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Martes, 24 de julio del 2018

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Corte Superior de Arequipa

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La República Martes, 24 de julio del 2018

EDICTOS EDICTO Ante el Octavo Juzgado Civil, en el Expediente 02323-2016, con la intervención del Magistrado, Dr. AURELIO RONALD VALENCIA DE ROMAÑA; Especialista Legal, Jimmy Luna Mazuelos. GUIDO GONZALO Y WILFREDO ENRIQUE RENDÓN VILLENA solicita la Prescripción Adquisitiva de Dominio respecto al inmueble ubicado en encuentra ubicado dentro del inmueble inscrito en la partida nro. 11048836 de la Oficina Registral Región Arequipa; inscripción que ha sido cancelada, por ejercer la posesión, pública, pacífica, continua y de buena fe por más de diez años, al haberlo adquirido de su anterior propietaria Luz Imelda Villena Gamero Viuda de Rendón, mediante escritura pública de anticipe de legítima. Resolviéndose mediante resolución nro. 20 admitir a trámite la demanda sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA interpuesta por GUIDO GONZALO Y WILFREDO ENRIQUE RENDÓN VILLENA en contra de JORGE EFRAÍN CHINO CUTIPA, HERNÁN ROY CHINO CUTIPA, GERMAN ARAGÓN VILLENA, FERNANDO ARAGÓN VILLENA, PEDRO ARAGÓN VILLENA, MARCO ANTONIO ARAGÓN VILLENA, CARLOS ARAGÓN VILLENA Y LA SUCESIÓN DE JOSÉ ESPINOZA BARRERA, en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiriéndose traslado por el plazo de diez días para su contestación. Por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados. Tómese Razón y Hágase Saber.- JIMMY M. LUNA MAZUELOS SECRETARIA JUDICIAL .- (18-24-31 julio) B/E 031-12952. EDICTO Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Paucarpata, que despacha el Sr. Juez Lino Zúñiga Portocarrero, especialista legal Sheyla Saldoval Loayza, en el expediente Nro. 05954-2017-0-412-JR-CI-01, mediante resolución Nro 08 de fecha 15 de mayo del 2018, se ha dispuesto la notificación por edictos a la sucesión de Manuela Escobedo de Cárdenas, con el traslado de la demanda, en el siguiente sentido, resolución Nro. 2 de fecha 24 de noviembre del 2017, admitir a trámate en vía de proceso de conocimiento como primera pretensión, la ineficacia de acto jurídico contenida en la escritura pública número 3992 del 18 de mayo del 2012 y en forma de acumulación objetiva originaria y accesoria la cancelación del asiento registral Nro. C00002 de la partida registral Nro. 01135240 y asiendo C00001 de las partidas Nro. 11376181, 11376182,11376183 y 11376184 del registro de predios de la Zona Registral Nro. XII de esta ciudad, como segunda pretensión principal la entrega de posesión a favor de la demandante de los a) predios rústicos denominados parcelas agrícolas signadas con los números 1106,1114, 1259 y 1261 de una extensión total de 12 014.66 m2 ubicados en la Comunidad Campesina Pampas Viejas de Socabaya, provincia y departamento de Arequipa y b) vehículos de placa de rodaje DEI-7514 y AIQ702 del registro de propiedad vehicular, como tercera pretensión principal la división y partición del bien inmueble ubicado en la manzana “C” lote “1” de la Urbanización Pampas Viejas de Socabaya, provincia y departamento de Arequipa inscrito en la partida registral Nro. 01135240 del Registro de Predios de la Zona Registral Nro. XII de esta ciudad, interpuesto por Minan Felicitas Cárdenas Núñez en contra de Deiby David Cárdenas Escobedo, Mijael Cárdenas Escobedo, James Gonny Cárdena Escobedo, Hernán Keis Cárdenas Escobedo, Bruinilda Teresa Salas Tóala y la sucesión de Manuela Escobedo de Cárdenas, en consecuencia traslado de la demanda a los demandados por el plazo de treinta días para su contestación, téngase por ofrecidos los medios de prueba agréguese a los ante-

cedentes los anexos acompañados, debiéndose de emplazar a la Comunidad Campesina Pampas Viejas de Socabaya a efecto de que tome conocimiento de este proceso. Tómese razón y hágase saber. Al otrosí téngase presente en su oportunidad. SHEYLA SANDOVAL LOAYZA ESPECIALISTA LEGAL PRIMER JUZGADO CIVIL. (18-24-31 julio) B/E 031-12957.EDICTO JUDICIAL En el expediente 01576-2017-0-0401-JR-CI-10, la Jueza del Décimo Juzgado Civil de Arequipa, Dra. Zoraida Julia Salas Flores, con intervención de la Especialista Legal Karina Colmenares Oblitas, ha dispuesto la publicación por edictos en el diario El Peruano y en el diario de avisos judiciales de la ciudad de Arequipa, de un extracto de la resolución doce, por la que SE ADMITE a trámite en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, la demanda interpuesta por HELARD ALBERTO QUESADA SOTOMAYOR, sobre PETICIÓN DE HERENCIA como primera pretensión principal; ACCION REIVINDICATORIA DE BIEN HEREDITARIO como primera pretensión subordinada a la primera pretensión principal; INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL como segunda pretensión subordinada a la primera pretensión principal; y, NULIDAD PARCIAL DEL TESTAMENTO y DEL DOCUMENTO QUE LA CONTIENE como segunda pretensión principal; en contra de Luzbelinda Mónica Loayza De Quesada; María Ángela Quesada Loayza, José María Javier Quesada Torres, José Eusebio Quesada Torres, Eleana Patricia Quesada Torres, Cecilia Roxana Quesada Torres y Helard Quesada Sotomayor, TRASLADO de la demanda a las demandadas por el plazo de TREINTA DÍAS, debiendo notificarse en el domicilio precisado; por ofrecidos los medios probatorios que se indican y agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados. SE DISPONE: Notificar vía edictos a las demandadas: Luzbelinda Mónica Loayza De Quesada y María Ángela Quesada Loayza, con un extracto de la presente resolución, en la forma prevista por los artículos 167° y 168° del código procesal civil, para su contestación; bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal, a gestión de parte interesada, bajo responsabilidad en la demora; sin perjuicio de la notificación en los domicilios precisados en sus fichas de RENIEC. Regístrese y Comuniqúese.- Karina Colmenares Oblitas Especialista legal. Segundo Modulo Corporativo de Justicia de Arequipa. (20-23-24 julio) B/E 031-12967. EDICTO Ante el Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Hunter, Juez YENNY SOLEDAD CONDORI FERNANDEZ, Expediente 01578-2018-0-0411-JP-CI-01, Especialista Legal Luisa Hortencia Gutiérrez Rodríguez, demandante Mónica Griselda Gómez Mamani de Gonzales, por Resolución 2 se resuelve “ADMITIR a trámite, en la vía del Proceso No Contencioso, la solicitud de: 1. La Rectificación de Partida de Matrimonio formulada por MONICA GRISELDA GOMEZ MAMANI DE GONZALES, quien por derecho propio solicita; que se disponga la rectificación de su partida de matrimonio inscrita y registrada en la Municipalidad Distrital de Tiabaya, en el sentido que el apellido materno de su cónyuge figura como “CASSANI”, debiendo ser lo correcto “CCASANI”. 2. La Rectificación de Partidas de Nacimiento formulada por MONICA GRISELDA GOMEZ MAMANI DE GONZALES, quien en representación de sus menores hijos HELBER JAVIER, ROÑAL EWUAR, GABRIEL JOSUE, JAYRO XAVIER GONZALES GOMEZ; solicita se disponga la rectificación de sus partidas de nacimiento inscritas y registradas en la Municipalidad Provincial de Arequipa, Municipalidad Distrital de Tiabaya y ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en el sentido

que el apellido materno de su padre figura como “CASSANI” debiendo ser lo correcto “CCASANI” y se dispone señalar fecha para la Audiencia de Ley para el día TREINTA DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS CON VEINTE MINUTOS, en la Sala de Audiencias del Juzgado de Paz Letrado de Jacobo Hunter. Arequipa, 23 de julio de 2018 - Judith Natalia Gonzales Ccasani - Abogada - Registro 7574. LUISA H. GUTIERREZ RODRIGUEZ ESPECIALISTA LEGAL. (24 julio) B/E 031-12983. EDICTO En el Expediente Nro. 03877-2018-0-0401-JRFC-03 seguido por ante el Tercer Juzgado de Familia, Señora Juez Julia María Montesinos y Montesinos Hartley, Especialista Pamela Mónica Zambrano Acuña; sobre Tenencia, interpuesta por LUZ ARCE CHAVEZ en contra de MAROM HAYOT Y MINISTERIO PUBLICO, se ha emitido Resolución Nro.02 de fecha 21.05.18 que RESUELVE: ADMITIR a trámite en VÍA DE PROCESO ÚNICO la demanda de RECONOCIMIENTO DE TENENCIA Y CUSTODIA y en forma acumulativa, objetiva, originaria y accesoria, el cobro de pensión de alimentos, a favor de los niños SAMUEL Y MICAELA HAYOT ARCE; interpuesta por LUZ ARCE CHAVEZ en contra de MAROM HAYOT; en consecuencia, córrase TRASLADO al demandado, por el plazo de cinco días, más ios términos de la distancia; BAJO APERCIBIMIENTO de seguirse el proceso en su REBELDÍA, Con conocimiento del Ministerio Público. Por OFRECIDOS LOS MEDIOS PROBATORIOS que se indica y agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados; TÓMESE RAZÓN y HÁGASE SABER.y Resolución Nro. 03 de fecha 26.06.18 DISPONE notifíquese al demandado mediante edictos, por el plazo de 90 días, a efecto que se apersone a proceso y conteste la demanda incoada en su contra, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal; debiendo la demandante efectuar las publicaciones respectivas en el diario oficial La República y El Peruano.- Suscribe la especialista legal en mérito al artículo N° 122 del Código Procesal Civil. Arequipa, 19 de julio del 2018.- PATRICIA ZAMBRANO ACUÑA SECRETARIA JUDICIAL. (24-26-31 julio) B/E 031-12980. EDICTO Ante el Juzgado mixto Sede Aplao, de la Corte Superior de Justicia de Arequipa , Juez LOAIZA CALLATA JULIA YSABEL, proceso contencioso sobre Divorcio por Causal, que sigue LEONCIO JOSE CASTILLO TODCO, en contra de YOLANDA HERRERA CARPIO, CON CITACION DE LA Fiscalía provincial de Familia de Castilla, Expediente Nro .. 289-2016-0-0404-JM-FC-01, Especialista VERA MACHACA WILMER JESUS. Por resolución 12, SE RESUELVE. CONFIERASE TRASLADO a la parte demandada del desistimiento del proceso solicitado por el demandante, por el plazo de tres días, vencido el plazo con o sin absolución resuélvase. Arequipa, 19 de julio del 2018. WILMER J. VERA MACHACA SECRETARIO JUDICIAL. (24-25-26 julio) B/E 031-12978.

NOTIFICACIONES NOTIFICACION POR EDICTO La Sra., Jueza del JUZGADO MIXTO DE CHIVAY PROVINCIA DE CAYLLLOMA, Dra., MARGARITA SALAS VALDIVIA, expediente No 1769-2015-0-0405-JMCI-01, a cargo del Especialista Dr-, FERNANDO MAMANI MAMANI, seguido por EMILIO DIAZ RODRIGUEZ (por propio derecho y como succesor de PAULINA JAVIER HUAYCHO DE DIAZ) sobre Otorgamiento de Escritura en contra de GUILLERMINA DIAZ RODRIGUEZ, ha DISPUESTO en la RESOLUCION No 16., del 7 de Junio del 2018, NOTIFICAR mediante EDICTOS a la demandada GUILLERMI-

NA DIAZ RODRIGUEZ, conforme a lo dispuesto en los arts. 165, 167 y 168 del C.P.C. para que se apersone al proceso y continué el proceso en el estado en que se encuentra bajo apercibimiento de NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL.- RESOLUCION No 02.- SE RESUELVE: A) Admitir a tramite la demanda interpuesta por EMILIO DIAZ RODRIGUEZ y PAULINA JAVIER HUAYCHO DE DIAZ, en contra de GUILLERMINA DIAZ RODRIGUEZ, sobre Oblgacion de hacer (otorgamiento de escritura publica) en la via del proceso SUMARISIMO B) Se confiere traslado de la demanda a la parte demandada por el plazo de cinco dias para su contestación, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. C) Por ofrecidos los medios probatorios indicados y agregúese a los antecedentes los anexos acompañados.- Tómese Razón y Hagase saber.- FIRMA Dra., Margarita SALAS VALDIVIA.JUEZA.- Femando Mamani Mamani.- Secretario Judicial.- Juzgado Mixto de Caylloma-CHIVAY.CHIVAY, 18 de Julio del 2018. MAMANI MAMANI FERNANDO SECRETARIO JUDICIAL. (24-31 julio 06 agosto) B/E 031-12979. NOTIFICACIÓN POR EDICTO El señor Juez del Noveno Juzgado Especializado Civil de Arequipa, en el Exp. N° 065792017-0-0401-JR-CI-09 seguido por Rohel Sánchez Sánchez en contra de la Corporación Vistaprevia E.I.R.L y Oscar Alfonso Montero Pereda, ha dispuesto mediante Resolución N2 02 se notifique mediante edictos a los Sucesores de Oscar Alfonso Montero Pereda; la misma que en su parte resolutoria indica lo siguiente: SE RESUELVE: SUSPENDER EL PRESENTE PROCESO POR EL PLAZO DE TREINTA DÍAS a efecto de que comparezcan al proceso los sucesores de OSCAR ALFONSO MONTERO PEREDA para lo cual deberá efectuarse la correspondiente notificación por edictos de la presente resolución, en la forma y veces que señalan los numerales 167 y 168 del Código Procesal Civil, haciéndoseles presente que en caso de que los sucesores procesales no se apersonen en autos debidamente acreditados, se nombrará curador procesal que los represente. Tómese razón y hágase saber.- Marisol García Jurado.- Secretaria Judicial.- Arequipa, 16 de julio de dos mil dieciocho. MARISCAL GARCIA JURADO SECRETARIA JUDICIAL NOVENO JUZGADO CIVIL. (23-24-25 julio) B/E 031-12973 NOTIFICACION POR EDICTO Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, que despacha el Sr. Juez Dr. Javier Alonso Talavera Ligarte, se tramita el Expediente Nro. 0965-2018-0-0401 -JP-FC-01, Especialista Dr. Joel Fernandez Monroy, demanda de Alimentos, seguido por Francisca Lupaca Condori en representación de sus menores hijos YOSMER DANIEL MARCA LUPACA Y JOSUE MIGUEL MARCA LUPACA, en contra de JHOSMAR JOSUE MARCA TICONA. Por Resolución Nro. 01 de fecha 28 de marzo del 2018 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre COBRO DE ALIMENTOS en la vía del PROCESO UNICO en contra de JHOSMAR JOSUE MARCA TICONA. TRASLADO: Al demandado mediante edictos para que en el plazo de quince días proceda a contestar la presente demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. AREQUIPA, 11 JULIO DEL 2018.- JOEL PETER FERNANDEZ MONROY SECRETARIO JUDICIAL. (23-24-25 julio) B/E 031-12971.

REMATES PRIMER REMATE PÚBLICO En el Expediente No 08300-2014-0-0401-JP-CI-01 sobre Obligación de dar Suma de Dinero seguido por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa en contra de José Labrian Umaña Condo,

Feliciana Yallercco Huayhuacuri y Demetrio Jesús Jauja Huamani; la señora Jueza del Primer Juzgado de Paz Letrado – Sede Cayma, doctora Claudia Noelia Valdivia Ticona, con la actuación del Especialista Legal doctor Ángel Vladimir Rosello Subia, ha dispuesto convocar a PRIMER REMATE PÚBLICO del bien inmueble embargado y cuya descripción se detalla: INMUEBLE ubicado en el Proyecto Alto Cayma, Sector I, Programa Tepro, manzana G, lote 2, Zona A, distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Registral Nº P06097234 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº XII - Sede Arequipa, donde aparecen sus todas características. GRAVAMENES: 1) Embargo en forma de inscripción; medida cautelar fuera de proceso a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por S/ 8,000.00, según resolución N° 02-20-14 expedida por el Juzgado de Paz Letrado de Yanahuara; asiento 0004. 2). Medida Cautelar de Embargo a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de S/ 25,000.00, según resolución N° 02-2008 expedida por el Primer Juzgado de Paz Letrado de Yanahuara; asiento 0005.- No se conoce otros gravámenes. TASACION: S/ 100,170.00 (Cien mil ciento setenta 00/100 Soles) BASE: S/ 66,780.00 (Sesenta y seis mil setecientos ochenta /100 Soles), o sea las dos terceras partes de la tasación según ley. FECHA Y LUGAR DEL REMATE: El remate se efectuará el día 22 de agosto 2018 a horas: 09.30a.m., en el frontis del Juzgado, el que está ubicado en la calle Ramón Castilla s/n, estadio de La Tomilla – Cayma. El remate será dirigido por el Martillero Público Sr. José Carlos E. Chirinos Escobedo con Registro Nº 65. Los interesados en ser postores deberán depositar previamente al acto del remate una suma no menor al 10% del valor de la tasación del bien, en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor (Art. Nº 735 del C.P.C.); además, se deberá acompañar la tasa judicial por derecho de participación en remate de bien inmueble. Los honorarios del Martillero Público más IGV deberán ser cancelados por el adjudicatario en forma inmediata a la conclusión del remate conforme a lo normado (Art. 18° del Reglamento de la Ley 27728) Dr. Ángel Vladimir Rosello Subia, Especialista Legal. José C. E. Chirinos E., Martillero Público (959600795). Arequipa, 13 mayo 2018. ANGEL VLADIMIR ROSELLO SUBIA ESPECIALISTA LEGAL. (18-19-20-23-24-25 julio) B/E 031-12959. CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente Nº 00224-2005-0-0407-JM-CI-01 En los autos seguidos por GRIMALDINA MIGUELINA CHAVEZ CARCASI en contra de Gilda Raquel Chàvez Benavente, Rosa Pompeya Chàvez Carcasi, Gilda Chàvez Benavente y Rosa Chàvez Carcasi, sobre Particiòn de Herencia ; el Señor Juez Carlos Alvaro Cary Choque del Juzgado Mixto Sede Islay, con el Especialista Legal Dr. Juan Berly Ruelas Chaucayanqui, han encargado al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS y dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble denominado “ SANTO TOMAS “ de 3,5 Hectareas, ubicado en el Distrito de Cocachacra, Provincia de Islay y Departamento de Arequipa, con Registro Catastral Nº 05566, Nº 02350 y Nº 02636. VALOR DE TASACION : S/ 436,080.00 ( Cuatrocientos Treinta y Seis Mil Ochenta con 00/100 Soles) PRECIO BASE DE PRIMER REMATE : S/ 290,720.00 ( Doscientos Noventa Mil Setecientos Veinte con 00/100 Soles ) , equivalente a las 2/3 del Valor Comercial de Tasaciòn. AFECTACIONES DEL INMUEBLE : El inmueble no tiene ninguna Carga ni Gravamen . Es a través del AUTO DE VISTA Nº 662-2016-2SC Resoluciòn Nº TRES que se dispone, que de no producirse acuerdo entre las partes, sobre la adjudicación en común, Venta Contractual o Adjudicaciòn Preferencial se proceda a la inmediata convocatoria a Remate. DIA Y

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HORA DEL REMATE : 10 de AGOSTO del año 2018 a las 11,00 Horas de la MAÑANA LUGAR DE REMATE: Frontis del Juzgado Mixto Sede Islay – Esquina de Calle Comercio con el Parque Graù de Mollendo, Provincia de Islay y Departamento de Arequipa. POSTORES : 1) Oblaran antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Negociable” el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, Nro. de Expediente y el documento de identidad o RUC, con fotocopias de los mismos. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario y se cancelarán al finalizar la diligencia del remate, al firmar el ACTA, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-JUS) y están afectos al IGV. - Arequipa 11 de Julio de 2018.- ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS MARTILLERO PUBLICO JUAN RUELAS CHAUCAYANQUI SECRETARIO JUDICIAL. (18-19-20-23-24-25 julio) B/E 031-12961. PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por EDILBERTO FLORENTINO PACHECO COAQUIRA presentado por el Sucesor Procesal MOISES MENSALA HUAHUASONCO en contra de LUIS ENRIQUE PACHECO ALAZON representado por la Sucesora Procesal GLADYS MILAGROS PACHECO VELÁSQUEZ, en el proceso de Obligación, de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 85-2009 (antes Expediente N° 96-2008), el Juzgado de Paz de Edificadores Misti, del Distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Arequipa, a cargo del Juez Percy Walter Gálvez Arce y con la intervención del Testigo Actuario Rocío Edith Trelles 0llachica ha ordenado sacar a Remate Público lo siguiente: 1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: Inmueble Urbano ubicado en el Conjunto Habitacional Francisco Mostajo Edificio N° 4, Departamento 201, Distrito del Cercado, Provincia y Departamento de Arequipa, cuyo dominio y características se encuentran detallados en la Partida Electrónica N° P06141589 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII — Sede Arequipa. 2.- VALOR DE TASACION: US$ 19,491.17 Dólares Americanos. 3.- BASE DEL REMATE: US$ 12,994.11 Dólares Americanos. 4.- AFECTACIONES: a) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: Asiento 002 de la partida donde corre inscrito el predio materia de la presente diligencia, Embargo en forma de inscripción ordenado en el presente proceso hasta por la suma de S/. 15,000.00 5.- DIA Y HORA DEL REMATE: Viernes 03 de Agosto del 2018, a las 16:00 horas. 6.- LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado, ubicado en la Calle Calvario N° 1104, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Arequipa. 7.- LOS POSTORES: Oblaran el 10% del valor de la tasación, o sea: US$ 1,949,11 Dólares Americanos en efectivo o en cheque de gerencia, presentaran DNI y Arancel Judicial indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Adjudicatario cancela honorarios del Martillero más IGV de acuerdo a ley. El remate será efectuado por Fernando Arnulfo Butrón Rodríguez - Martillero Público - Registro Nacional No. 230. Arequipa, 2018 Julio 18 .- Fernando Butron Rodriguez, Martillero Público. Reg. M.P.N°230. Percy Walter Chávez Arce, Juez de Paz. Juzgado de Edificadores Misti. (20-23-24-25-2630 julio) B/E 031-12968. PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna SA contra Maricela Judith Galindo de Vera Pinto, Percy Vitaliano Vera Pinto Salas, sobre Ejecución de Garantías, en el Expediente N° 02188-2016-0-0401-JR-CI-03, ante el Tercer Juzgado Civil de Arequipa, a cargo de la Señor Juez Dr. Chávez Mamani Zoilo Alcides y Especialista Legal Dra. Ylla Velásquez Karina Cecilia, ha autorizado al suscrito Martillero Público Joseph Alberto Chira Moreno con registro N° 335, sacar a Remate Público lo siguiente: EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en el Asentamiento Urbano Municipal “Horacio Zeballos Gámez” Mz. 13, lote 4, sector 1, sector A (calle Las Malvinas), Distrito de Socabaya - Characato, Provincia y Depar-

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tamento de Arequipa, que se halla inscrito en la Partida Registral Nro. P06102334 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII-Sede Arequipa. VALOR DE TASACIÓN COMERCIAL: US$ 60,744.00 dólares americanos (sesenta mil setecientos cuarenta y cuatro con 00/100 dólares americanos) BASE DE REMATE: US$ 40,496.00 dólares americanos (cuarenta mil cuatrocientos noventa y seis con 00/100 dólares americanos) equivalente a las 2/3 partes de la tasación.AFECTACIONES: 1.- Inscripción de Hipoteca: la sociedad conyugal propietaria del predio inscrito en esta partida constituye hipoteca a favor Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna SA hasta por el monto de S/ 165,063.36 soles, inscrito en el Asiento 00011 de la presente partida registral. Fecha de inscripción: 05/12/2014. 2.- Modificación de Hipoteca: los prestatarios y el acreedor convienen en modificar el monto de la Hipoteca contenida en el Asiento 00011 de esta partida hasta por la suma de S/. 132,482.88 soles, inscrito en el Asiento 00012 de la presente partida registral. Fecha de inscripción: 16/01/2015. FECHA Y HORA DEL REMATE: día martes 31 de julio de 2018 a horas 3:00 de la tarde. LUGAR DE REMATE: en Sala de Remates ubicado en el sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la Plaza España s/n, Cercado de Arequipa. LOS POSTORES: 1.- Al momento del acto de remate deberán oblar el 10% del valor de la tasación del inmueble en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre de postor. 2.- Presentarán en el acto de remate el arancel judicial por participación en remate, que deberán adquirir en el Banco de la Nación (Código 07153) indicando número de Expediente, numero de documento de identidad y Juzgado. EL ADJUDICATARIO Y/O EJECUTANTE: 1.- A la firma del acta de remate deberá pagar los honorarios del Martillero Público de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del Decreto Supremo N° 008-2005-JUS) y están afectos al IGV. 2.- Deberá consignar el saldo de precio de adjudicación dentro del tercer día hábil posterior a la fecha de remate, bajo apercibimiento de nulidad del acto de remate. INFORMES: El remate será efectuado por Martillero Público – Abogado Joseph Alberto Chira Moreno con Registro N° 335, celular 987765901. JOSEPH ALBERTO CHIRA MORENO MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 335 .- KARINA YLLA VELASQUEZ ESPECIALISTA LEGAL. (2023-24-25-26-30 julio) B/E 031-12969. PRIMER REMATE En el proceso de Único de Ejecución, expediente N° 04252-2015-0-0401-JR-CI-07, que sigue Jaime Rodrigo del Rio Mendoza y Juane Gomez Farfán en contra de Guadalupe Janeth Cutipa Machaca, en calidad de terceros: JUANA NANCY AMEZQUITA CASTRO, FONAVI, SCOTIABANK PERU S.A.A., ROSA KACHA CORIMANYA, PERCY EDUARDO KACHA CORIMAYA, FREDY ALFREDO ARTEAGA CONDE, EDPYME NUEVA VISION, COMPARTAMOS FINANCIERA, CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TACNA S.A., CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, BANCO DE CREDITO DEL PERÚ, la Jueza del Sétimo Juzgado Civil de Arequipa, Dra. Nikola Marisol Gonzales Ramos, con intervención de la Especialista Legal Kenia Malena Risco Berrocal, ha designado al Martillero Público José Angelo Canales Gallegos, con Registro Nro. 281-SUNARP, para la realización del PRIMER REMATE del inmueble ubicado en el Pueblo Joven Pampa de Polanco, Mz. K, Lote 4, Sector Ramiro Priale, distrito de Alto Selva Alegre, Arequipa, cuyas demás características obran en la partida registral Nro. P06010027 del Registro de Predios de la Zona Registral Nro. XII, Sede Arequipa, martillero quien con la facultad otorgada por el juzgado ha señalado para la realización del PRIMER REMATE el día 13 de agosto de 2018, a las 09:00 horas, el mismo que se llevará a cabo en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina de la Plaza España con Siglo XX s/n, Pabellón E, Cercado, Arequipa. VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN DEL INMUEBLE: U.S.$ 90,000.00 (noventa mil con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América); con una BASE DEL REMATE: U.S.$ 60,000.00 (sesenta mil con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), que son las dos terceras partes de la Tasación, QUIEBRA Depósito para ser postor: U.S.$ 9,000.00 (nueve mil con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre; teniendo además que pagar arancel judicial (código 7153) para participar en remate judicial correspondiente, esto es S/ 622.50 (indicando juzgado, número de expediente y número de documento nacional de identidad) y pre-

sentarán en original su documento nacional de identidad u otro según corresponda. La comisión del martillero los paga el postor beneficiado al concluir el acto de remate, conforme rangos y tramos arancelarios del Art.: 18° Decreto Supremo N° 008-2005 - JUS. GRAVÁMENES: 1) Hipoteca a favor de Fonavi hasta por la suma de S/ 13,650.00. 2) Hipoteca a favor de Edpyme Nueva Visión hasta por la suma de U.S.$ 8,535.00. 3) Embargo en forma de Inscripción a favor de Caja Arequipa, hasta por la suma de S/ 8,000.00. 4) Hipoteca a favor de Juana Nancy Amezquita Castro, hasta por la suma de U.S.$ 30,000.00. 5) Embargo a favor de Scotiabank Perú S.A.A. hasta por la suma de S/ 40,000.00. 6) Embargo a favor de Compartamos Financiera hasta por la suma de S/ 26,000.00. 7) Hipoteca a favor de los demandantes hasta por la suma de U.S.$ 20,000.00. 8) Modificación de Hipoteca a favor de los demandantes, se hace mediante una Cesión de Derechos a favor de estos. 9) Anticresis a favor de Percy Eduardo Kacha Corimaya y Rosa Kacha Corimanya hasta por la suma de S/ 50,000.00. 10) Embargo a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. hasta por la suma de S/. 80,000.00. 11) Embargo en forma de inscripción a favor de Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de S/ 77,000.00. No se conocen otros gravámenes. El remate se llevará a cabo ante el Martillero Público José Angelo Canales Gallegos, Registro Nro. 281-SUNARP. Arequipa, 19 de julio de 2018.- KENIA MALENA RISCO BERROCAL SECRETARIA JUDICIAL. (20-23-24-25-26-30 julio) B/E 031-12970. PRIMER REMATE PÚBLICO En el expediente Nº 01256-2017-0-0412-JR-CI-01, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, seguido por el CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA en contra de HÉCTOR MARTÍN ÑAUPA ÑAUPA, ELIZABETH MARISOL HILARE VARGAS, BERTHA CYNTHIA ÑAUPA ÑAUPA y GLICERIO TIZÓN OLLACHICA, el Señor Juez del Primer Juzgado Civil de Paucarpata, LINO ZUÑIGA PORTOCARRERO con intervención del especialista SHEYLA MAGALY SANDOVAL LOAYZA, , se ha dispuesto se lleve a efecto el PRIMER REMATE PUBLICO del bien que se detalla a continuación: Inmueble ubicado en PUEBLO JOVEN CIUDAD BLANCA, MANZANA A’ (A PRIMA), LOTE 2-A, ZONA A, DISTRITO DE PAUCARPATA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; cuya área, linderos y demás características, corren inscritos en la Partida P06173046 del Registro de Predios de la Zona Registral Nro. XII – Sede Arequipa. TASACIÓN COMERCIAL: S/ 214,046.23 (DOSCIENTOS CATORCE MIL CUARENTA Y SEIS CON 23/100 SOLES) - BASE DEL REMATE = S/ 142,697.48 (CIENTO CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 48/100 SOLES) que es equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasacion.– LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE .- La que se realizará en la Sala de lectura del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata , ubicado en la Urbanización Guardia Civil III Etapa, Calle Alberto Labeau s/n, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, el día 13 de Agosto del 2018 a horas 10:00 A.M.- AFECTACIONES: 1) INSCRIPCIÓN DE EMBARGO: A favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por la suma de S/ 75,000.00 (Setenta y cinco mil con 00/100 soles), así consta inscrito en el Asiento 00008; 2) INSCRIPCIÓN DE EMBARGO: A favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por la suma de S/ 70,000.99 (Setenta mil con 99/100 soles), así consta inscrito en el Asiento 00009.- DE LOS POSTORES: Los interesados para ser postores, deberán depositar en el acto del remate una cantidad dineraria no menor al 10% del valor de la Tasación, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, cuyo oblaje es equivalente S/ 21,404.62 ( VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS CUATRO CON 62/100 SOLES), además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate de bien inmueble, pagado en Banco de la Nación, consignando número de expediente, juzgado y número de DNI/RUC del postor. Tratándose de personas jurídicas deberán presentar además poder correspondiente, RUC, DNI SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo de precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate.- FUNCIONARIO A CARGO DEL REMATE: Martillero Publico Oscar Ronald Cornejo Barragán con Registro N° 266, celular 959779577.Arequipa, julio del 2018.- SHEYLA SANDOVAL LOAYZA ESPECIALISTA LEGAL .- (23-24-25-26-3031 julio) B/031-12975.-

Martes, 24 de julio del 2018

EDICTO-PRIMER REMATE JUDICIAL.Exp. 09427-2008-0-0401-JR-CI-01, en los seguidos por ROBERT FERNANDO REYES DIAZ SUCESOR PROCESAL DE EDWING RENZO MEDINA MORON Y CLAUDIA TATIANA CERVANTES MANSILLA contra CERVANTES SALAS VIUDA DE CARDENAS, ROSA TERESA CRISTINA, y emplazamiento de DAMNY GREGORY CÁRDENAS CERVANTES sobre EJECUCION DE GARANTIAS. El Séptimo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa que Despacha el Señor Juez Dr. CARLOS ENRIQUE POLANCO GUTIERREZ, Especialista Legal Dra. SANDRA SATURNINA, CCALLO CUEVAS; ha dispuesto sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble: UBICACION: Sector Ramal, La Joya, La Joya, Arequipa, Denominado Innominado, con un área del terreno de 0.6600 Hectáreas inscrito en la Partida Nº 04020048, del Registro de Propiedad de Inmueble de la Zona Registral Nº XII, Sede Arequipa, Oficina Registral de Arequipa.---- TASACIÓN COMERCIAL: En la suma de S/. 632,677.35 (SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SETENTISIETE Y 35/100 SOLES. ---- PRECIO BASE: Siendo su precio base las dos terceras partes del valor de la tasación; la misma que asciende a la suma de S/. 421,784.90 (CUATROCIENTOS VEINTINUN MIL SETECIENTOS OCHENTICUATRO Y 90/100 SOLES.----DIA Y HORA DE REMATE: 7 de agosto de 2018 a horas tres y treinta de la tarde (3:30pm).-- LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates Judiciales ubicado en el sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia Arequipa, esquina Avenida Siglo XX y Plaza España, Arequipa.--- CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: Asiento D00002 de la Partida Nº 04020048. Constituida por su propietaria a favor de la sociedad conyugal conformada por EDWIN RENZO MEDINA MORON, peruano, identificado con DNI N° 29661283 y CLAUDIA TATIANA CERVANTES MANSILLA DE MEDINA, hasta por el monto de US $ 9,000.00 Dólares Americanos, a fin de garantizar el mutuo más ampliamente de la Escritura Pública de fecha 21 de diciembre de 2007, otorgada ante Notario Fernando Denis Begazo Delgado, en la ciudad de Arequipa. El título fue presentado el 26/12/2007.-- EMBARGO: Asiento D00003 de la Partida N° 04020048. LA JUEZA DEL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, KARINA FIORELLA APAZA DEL CARPIO, ha resuelto trabar medida cautelar de embargo en forma de inscripción sobre los derechos de propiedad que ostenta sobre el predio inscrito en la presente partida registral Damny Gregory Cárdenas Cervantes a favor de CIPRIANA NINA VILCA, hasta por la suma de S/40,000.00 Nuevos Soles. Así consta más ampliamente en las referidas resoluciones. El título fue presentado el 23/07/2015. POSTORES: Presentarán en efectivo o en cheque de Gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación, adjuntar la tasa judicial correspondiente por el inmueble por rematar a la orden del Séptimo Juzgado Civil de la Corte Superior de Arequipa, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, el acto procesal a realizar y copia de D.N.I. y firmas. El presente remate estará a cargo del Martillero Público Lic. José Antonio Antezana Soto, con Reg. 341. Mov. #948406280, RPC 986013982. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO PÚBLICO será de cargo del adjudicatario conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS más IGV.--Arequipa, 04 de julio de 2018.- LIC. JOSE ANTONIO ANTEZANA SOTO MARTILLERO PUBLICO REG. 341. SANDRA CCALLO CUEVAS SECRETARIA JUDICIAL. (24-2526-30-31 JULIO 01 AGOSTO) B/E 031-12981. SEGUNDO REMATE PÚBLICO Expediente N° 235-2013-0-0402-JP-CI-01, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, en autos seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ICA S.A., en contra de MARY LUZ HERRERA PIZARRO y WILFREDO ANTONIO JACOBO HUAMANI, el Juzgado de Paz Letrado de Camaná, de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, a cargo de la Señora Juez María Luisa Pickmann Adriazola, y como Especialista Legal Denisse Katherine Núñez Cervantes, ha dispuesto sacar a Remate Público: EN SEGUNDA CONVOCATORIA.- El TERRENO CON FRENTE A JIRÓN NRO. 2, ZONA UNICA, LOTE 12 DE LA MANZANA E, UBICADO EN LA URBANIZACION EL CHORRO; EN EL DISTRITO DE SAMUEL PASTOR, PROVINCIA DE CAMANA, REGION AREQUIPA, con un área de 126.00 M2, cuyo dominio, linderos, medidas, colindancias y demás características, se encuentran inscritas en la Partida N° 01097943 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII Sede - Arequipa. Oficina Registral Camaná. AFECTACIONES.- Asiento D00002: Embargo.- A favor de

WALTER YSMAEL GAMERO RAMIREZ, hasta por S/ 29,000.00 Soles. Camaná, 05 de Enero de 2012. Asiento D00003.- Embargo.- A favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ICA SA, hasta por S/ 23,000.00 Soles. Camaná, 22 de Noviembre de 2013. VALOR DE TASACIÓN.- S/ 29,400.00 ( Veintinueve Mil Cuatrocientos con 00/100 Soles). BASE DEL REMATE.- S/ 16,660.00 (Dieciséis Mil Seiscientos Cuarenta con 00/100 Soles). DIA.- MIÉRCOLES 22 DE AGOSTO DEL 2018, HORA.- A LAS 9:00 A.M. LUGAR DEL REMATE.- Frontis del Juzgado de Paz Letrado de Camaná, sito Jirón Comercio N° 140; en el Distrito y Provincia de Camaná, Departamento de Arequipa. POSTORES: Deben presentar: A) Original de su Documento de Identidad y/o RUC si corresponde, con los Documentos que acrediten su Representación. B) Arancel por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles, indicando el Juzgado, número de DNI o RUC (según postor) y número de Expediente. C) Monto no menor al 10% del valor de tasación (S/ 2,940.00), en efectivo o Cheque de Gerencia, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. El Adjudicatario cancelará los honorarios del Martillero Público que están afectos al IGV, una vez concluída la diligencia, de conformidad con el D.S. N° 008-2005-JUS. El remate será efectuado por Jairzinho Jorge Arturo Arce Almirón, Martillero Público con Registro N° 347. Celular 995904045. Camaná, 09 de Julio, 2018. DENISSE NUÑEZ CERVANTES SECRETARIA JUDICIAL. (2425-26 julio) B/E 031. 12984. SEGUNDO REMATE JUDICIAL - AREQUIPA En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A., con PUMA CRISANTO DE BEJAR Mariel y BEJAR CARDENAS Miguel Flavio, Expediente Nº 03810-2015-0-0401-JR-CI-01, por orden del 1º JUZGADO CIVIL -AREQUIPA, la Señorita Magistrada GALAGARZA PEREZ SHELAH NORTH, Especialista Legal MARQUEZ TICONA YULY ELIZABETH, el suscrito Martillero Público, Alcibiades Orlando Correa Guerrero, rematará en segunda convocatoria, el inmueble, ubicado en: Centro Poblado Semi-Rural Pachacutec, Grupo Zonal N° 19 Mz. 5 Sublote 9C Zona E, Distrito de Cerro Colorado, Provincia y Departamento Arequipa, inscrita en la partida N° P06254537, de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa. 1) VALOR DE TASACION: US$ 28,699.00 ( VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). 2) PRECIO BASE: US$ 16,262.76 (DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS CON 76/100 DOLARES AMERICANOS), que viene a ser las dos terceras partes del valor de la tasación. Más el 15% del descuento por tratarse de una segunda convocatoria 3) GRAVAMENES Y CARGAS: Asiento 0002 Conexiones de Agua y electricidad.- En mérito al artículo tercero de la Resolución Administrativa N° 178-2011-GIDUMDCC emitida por la Municipalidad Distrital de Cerro Colorado se dispone considerar como carga registral las conexiones domiciliarias de agua potable, desagüe y electricidad, en los sublotes resultantes de la subdivisión, otorgándose el plazo de seis meses para la instalación de los servicios, el título fue presentado el 24/05/2011.Asiento 0005 Inscripción de Hipoteca – A favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO AREQUIPA S.A., hasta por la suma de S/ 50,000.00 Soles, el título fue presentado el 12/04/2012. Asiento 0006 Rectificación de Oficio – Se rectifica el asiento 00005 en el sentido de que el nombre correcto del Cliente/Deudor es Miguel Flavio Bejar Cardenas y el acreedor es la Caja Municipal de Ahorro y crédito Cusco, el Titulo fie presentado el 26/04/12. Asiento 00007 Inscripción de Embargo – A favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A, hasta por la suma de S/ 77,000.00 Soles, el título fue presentado el 25/08/2015. Asiento 00008 Inscripción de Embargo – A favor de FINANCIERA PROEMPRESA S.A, hasta por la suma de S/ 33,000.00 Soles, el título fue presentado el 03/09/2015. 4) DIA DEL REMATE: 06 de Setiembre del 2018. 5) HORA : 09:10 AM 6) LUGAR: En la sala de Remates, sito en Calle Siglo XX S/N Distrito y Provincia de Arequipa. 7) POSTORES: 7.1) Oblarán el 10% US$ 2,869.90) del Valor de Tasación en efectivo o cheque de gerencia, a su nombre y sin el sello de no negociable. Además deberá adjuntar el arancel judicial (CODIGO: 07153) (IMPORTE: S/ 415.00 SOLES) por derecho de participación en el remate, DNI en original y fotocopia. Si es persona jurídica, los poderes correspondientes. 7.2) El que resulte adjudicatario deberá depositar la diferencia del oblaje dentro de los tres días siguientes al remate, bajo responsabilidad de declararse nulo y perder el importe entregado. 7.3) Así tam-

Martes, 24 de julio del 2018

bién, deberá cancelar a la firma del acta de adjudicación la comisión del martillero, establecido literalmente en el Art. 18 del DECRETO SUPREMO Nº 008 -2005 –JUS y están afectos al IGV. 8) INFORMES: Tel. 01-4412668 / #949063616 / www.martillerocorrea.es.tl . ORLANDO CORREA GUERRERO ABOGADO MAT. PUB. MAT. 193. YULY MARQUEZ TICONA SECRETARIO JUDICIAL. (24-25-26 JULIO) B/E 031- 12982.

RECTIFICACIONES EDICTO-RECTIFICACION DE PARTIDA Ante el 3JPL, en el Expediente Judicial 26022018-CI, Especialista Rivera, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento admitida en vida NO CONTENCIOSA para que se rectifique la partida de Nacimiento DE MILTON CESAR CHALCO MARES con respecto a que se suprima el segundo nombre de la madre del solicitante el de TOMASA quedando como nombre correcto de dicha persona como OTILIA MARES DE CHALCO. ALEXIS ALVAREZ CORNEJO ASISTENTE DE JUEZ. MARCOS FLORES CHICATA ABOGADO C.A.A. 7881.- (24 julio) B/E 031-12977. ECTIFICACION DE PARTIDA ANTE EL 1o JUZGADO DE PAZ LETRADO - SEDE HUNTER - AREQUIPA, QUE DESPACHA LA SEÑORITA JUEZ DRA. CONDORI FERNANDEZ YENNI SOLEDAD, ESPECIALISTA LUISA HORTENCIA GUTIERREZ RODRIGUEZ, EXP. 01596-2018-0-041 l-JP-CI-01, MIA ESTRELLA SALGUERO VALERIANO, quien RESUELVE: ADMITIR a trámite, en la vía de Proceso No Contencioso la solicitud de RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO formulada por MIA ESTRELLA SALGUERO VALERIANO, quien como petitorio solicita que se disponga la rectificación de la partida de nacimiento de su menor hijo FABIAN JHONATAN BERNAL SALGUERO respecto a los datos de su madre en el que se ha consignado como “MELANIA MARIBEL” siendo lo correcto “MIA ESTRELLA”. En consecuencia SOLICITO SE RECTIFIQUE judicialmente para que en adelante los nombres de la madre sean MIA ESTRELLA”, lo que se publica para los fines de Ley. AREQUIPA, 2018 JULIO 20. LUISA H. GUTIERREZ RODRIGUEZ ESPECIALISTA. (24 julio) B/E 031-12974.

EDICTOS PENALES EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA JUEZ ZEGARRA CALDERON YURI CORALES CITA Y EMPLAZA A LOS SIGUIENTES PROCESADOS PARA QUE SE PONGAN DERECHO Y DEFIENDAN DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA EN EL PROCESO QUE SELES SIGUE MEDIANTE. EXP. 2017-6160-9 (AGRAVIADA) CHAMBI VICTORIA FLORA DELITO CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES agraviado CHAMBI CHAMBI VICTORIA FLORA DILIGENCIA 13-08-2018 10.00 Sala 6 Secretaria Monge. OMAR MONGE CALDERON ESPECIALISTA DE CAUSAS. (23-24-25 julio)

El Segundo Juzgado de Paz Letrado de Paucarpata, bajo la dirección de la señora Jueza Mirtha Yadine Nuñez Cueva; notifica a MARIO CHIRINOS ALVIS, con un extracto de la resolución N° 01 que RESUELVE: 11 CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de MARIO CHIRINOS ALVIS por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo Cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de MARIBEL LUISA HUARACHUA CAURI. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada MARIO CHIRINOS ALVIS. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA DIEZ DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE LA MAÑANA; la que se llevará a cabo en un solo acto en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, ubicado en el Centro Cívico de 15 de agosto, sito en Avenida Salaverry N° 701 con calle José Santos Chocano, del distrito de Paucarpata. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada MARIO CHIRINOS ALVIS, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia y en el caso de reiterarse dicha ausencia injustificada se procederá al JUZGAMIENTO ANTICIPADO DEL PROCESO conforme a lo señalado

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

en el décimo considerando; y la parte agraviada MARIBEL LUISA HUARACHUA YAURI, deberán concurrir con abogado defensor público o privado, bajo apercibimiento de llevarse a cabo el juicio únicamente con presencia del investigado. Además las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. Ello conforme a lo ordenado en el Expediente N° 4218-2017-0-0401-JP- PE-02, con la intervención del Secretario Judicial Jorge Matías Arenas Puma. (23-24-25 julio) JUZGADO DE PAZ LETRADO TRANSITORIO - SEDE MARIANO MELGAR EXPEDIENTE : 00517-2018-0-0410-JP-PE-02 JUEZ : DIAZ MACHACA FLAVIO RENATO ESPECIALISTA : CHOQUE AGUILAR LIZBETH IMPUTADO : QUISPE LLACHO, RUPERTO FALTA : M A LT R A TOS AGRAVIADO: CONDORI INCA, CLAUDIA Notificación por Edicto Dr. David Vizcarra Banda Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia Mariano Melgar Por medio de la presente, el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, notifica a RUPERTO ELOGIO QUISPE LLACHO, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°05, por la que SE RESUELVE: Declarar el ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO por faltas contra la persona en la modalidad de maltrato, instaurado a favor de CLAUDIA ANCELMA CONDORI INCA en contra de RUPERTO ELODIO QUISPE LLACHO por el término de un mes, plazo en el cual la parte agraviada deberá pronunciare sobre su deseo de continuar con el presente proceso, bajo apercibimiento de ordenarse el archivo definitivo al término del mismo. Interviene la Especialista Legal que suscribe por disposición superior. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Ello en el proceso N° 00517-2018-0-0410-JP-PE-02, por Faltas contra la persona. Mariano Melgar, 2018, julio 17 - (2324-25 julio) EXPEDIENTE : 04567-2017-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Amelia Margot Samos Rivera, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada Fredy Yujra Capaquira del presente proceso por Faltas Contra el Patrimonio; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber. JORGE VILLANUEVA RIVEROS JUEZ. - (23-24-25 julio)

EXPEDIENTE : 04276-2017-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Milton Sillo Pilco con la siguiente resolución N° 02. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) Tener por FENECIDO el presente proceso por TRANSACCIÓN entre la partes procesales Rafael Wilson Chipana Lipa, Milton Sillo Pilco y Raquel Quispe Anco y: SE DISPONE: El archivo definitivo del presente proceso en este extremo conforme a indicado en el primer considerando. 2) Poner en conocimiento de las agraviadas María Anco Ramos y Sandra Elizabeth Ayque Choque Viuda de Fernández, la recepción por este Juzgado de la investigación por accidente de tránsito, para que en el plazo de TREINTA DIAS de recibida la presente, y de considerarlo conveniente a su derecho, cumplan con presentar la querella particular correspondiente con arreglo a ley, conforme a lo indicado en el tercer, cuarto y quinto considerando, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ordenar el ARCHIVO DEL PROCESO. Tómese razón y hágase saber. JORGE VILLANUEVA RIVEROS JUEZ. - (23-24-25 julio)

EXPEDIENTE : 5630-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : RAUL RAMOS PEREZ 5 o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede

Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte agraviada Cirila Chalco Paucar. Con la siguiente Resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Poner en conocimiento de CIRILA CHALCO PAUCAR, la recepción por este Juzgado de la investigación por lesiones derivadas de accidente de tránsito en su agravio, para que en el plazo de TREINTA DIAS de recibida la presente, y de considerarlo conveniente a su derecho, cumpla con presentar la querella particular correspondiente, con arreglo a ley, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ordenar el ARCHIVO DEL PROCESO. Debiendo notificar a la parte agraviada mediante edictos. Tómese razón y hágase saber. JORGE VILLANUEVA RIVEROS JUEZ. - (23-24-25 julio) EXPEDIENTE: N° 5516-2018 TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPACOMISARIAS TURNO “A” EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR JORGE VILLANUEVA RIVEROS dispone que se notifique mediante edictos a la parte agraviada JACINTO SAUL PAREDES MAMANI CON LA RESOLUCIÓN NUMERO UNO de FECHA OCHO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO: QUE RESUELVE: SE RESUELVE: Poner en conocimiento de SAUL PAREDES MAMANI, la recepción por este Juzgado de la investigación por lesiones derivadas de accidente de tránsito en su agravio, para que en el plazo de TREINTA DIAS de recibida la presente, y de considerarlo conveniente a su derecho, cumpla con presentar la querella particular correspondiente, con arreglo a ley, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ordenar el ARCHIVO DEL PROCESO. Tómese razón y hágase saber. ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, 23, 24 y 25 de JULIO del2018 1° JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO 01642-2018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAHI HUAMANI CHAVEZ, ILADIO VERA CUSE ROSMERY UBALDINA COMISARIA PNP LA FAMILIA , Notificación por Edicto DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO AGRAVIADO SOLICITANTE Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a ROSMERY UBALDINA VERA CUSI e ILADIO HUAMANI CHAVEZ , como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a ILADIO HUAMANI CHAVEZ realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de ROSMERY UBALDINA VERA CUSI, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser detenido el denunciado por veinticuatro horas por ia Policía Nacional dei Perú B. Se dispone terapia reeducativa para ILADIO HUAMANI CHAVEZ la que se realizara por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia, MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. SJCPÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese, comuníquese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 01642-2018-0401-JR-FT-01. Cerro

Colorado, 2018, junio 05. JORGE VILLANUEVA RIVEROS JUEZ. - (23-24-25 julio) Io JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE : 05593-2017-0-040 l-JR-FT-01 MATERIA : VIOLENCIA FAMILIAR JUEZ : LOZA PEÑA RILDO ESPECIALISTA : BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAHI DEMANDADO : BENITEZ TORRES, MARTINIANO ZAPANA DE BENITEZ, DORIS DEMANDANTE: DE JESUS PONCE, CARMEN Notificación por Edicto.- De : DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a DORIS ESTHER ZAPANA DE BENITEZ y MARTINIANO BENITEZ TORRES, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2. SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a MARTINIANO BENITEZ TORRES y DORIS ESTHER ZAPANA DE BENITEZ realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de CARMEN DE JESUS PONCE; B. Prohibir a MARTINIANO BENITEZ TORRES y DORIS ESTHER ZAPANA DE BENITEZ que se acerque o aproxime a CARMEN DE JESUS PONCE en cualquier forma, a una distancia no menor a 10 metros, ya sea en su hogar, centro de estudios, centro de trabajo o vía pública, salvo en casos de diligencias judiciales o extrajudiciales que pudieran tener las partes, autorizándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo en caso de incumplimiento; C. Se dispone tratamiento reducativo o terapéutico para el denunciado MARTINIANO BENITEZ TORRES y DORIS ESTHER ZAPANA DE BENITEZ la que se realizara por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia/ MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADOS POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese, comuniqúese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 05593-2017-0-0401-JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, julio 05. JORGE VILLANUEVA RIVEROS JUEZ. - (23-24-25 julio)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE : 02124-2018-0-040l-JR-FT-01 MATERIA : VIOLENCIA FAMILIAR VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO JUEZ ESPECIALISTA : BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAH1 MINISTERIO PUBLICO : FISCALIA PROVINCIAL DE FAMILIA , MENOR : MECH AGRAVIADA , DEMANDADO : COAQUIRA CUTIPA. MARCOS DEMANDANTE: HUACHO PINARES, CONCEBIDA ROXANA MENOR Notificación por Edicto : DR. RILDO LOZA PENA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a MARCOS COAQUIRA CUTIPA, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a MARCOS COAQUIRA CUTIPA realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de la menor de iniciales M.EC.H (05 años), bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser detenido el denunciado por veinticuatro horas por la Policía Nacional del Perú. B. Se dispone se realice visita social inopinada, a realizarse en el domicilio de la menor agraviada, a efecto de verificar su situación actual, debiendo notificarse a la Asistenta Social del equipo multidisciplinario de los Juzgados de familia de Cerro Colorado, quien deberá informar bajo responsabilidad la realización o en su defecto la imposibilidad de la visita dispuesta. C. Disponer que la menor agraviada reciba terapia psicológica y MARCOS COAQUIRA CUTIPA terapia

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reeducativa, por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia/ MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuira por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Registrese comuníquese y cúmplase. Ello en el proceso N° 02124-2018-0-0401-JR-FT-01 Cerro Colorado 2018 julio 05.- JORGE VILLANUEVA RIVEROS JUEZ. - (23-24-25 julio) JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a YULY YSENIA CARPIO RAMIREZ, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2. SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a NESTOR HUARACACHI YUPA realizar cualquier tipo de agresión psicológica en agravio de YULY YSENIA CARPIO RAMIREZ y del menor de iniciales Y.B.H.C. (14 años); B. Prohibir a YULY YSENIA CARPIO RAMIREZ realizar cualquier tipo de agresión psicológica en agravio de NESTOR HUARACACHI YUPA; C. Disponer que el menor de iniciales Y.B.H.C. (14 años) reciba terapia psicológica y NESTOR HUARACACHI YUPA y YULY YSENIA CARPIO RAMIREZ terapia reeducativa, por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia/ MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADOS POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese, comuniqúese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 02204-2018-0-0401-JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, junio 05. JORGE VILLANUEVA RIVEROS JUEZ. - (23-24-25 julio) 1° JUZGADO DE FAMILIA SEDE CERRO COLORADO. EXP. 02241 -2018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAH1 PACHECO MEDINA, TOMAS PACHECO MEDINA, PEDRO PABLO Notificación por Edicto.- De: DR. RILDO LOZA PEÑA.- JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a PEDRO PABLO PACHE-

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La República

CO MEDINA, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a TOMAS PACHECO MEDINA realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de PEDRO PABLO PACHECO MEDINA; B. Prohibir a TOMAS PACHECO MEDINA que se acerque o aproxime a PEDRO PABLO PACHECO MEDINA en cualquier forma, a una distancia no menor a diez metros, ya sea en su hogar, centro de estudios, centro de trabajo o vía pública, salvo en casos de diligencias judiciales o extrajudiciales que pudieran tener las partes, autorizándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo en caso de incumplimiento; C. Se dispone terapia reeducativa para TOMAS PACHECO MEDINA la que se realizara por ante el Centro de Salud de Bolognesi, para lo cual deberá cursarse el oficio respectivo, debiendo el profesional a cargo de las terapias informar al Juzgado bajo responsabilidad sobre la ejecución de las mismas/ MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese, comuníquese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 02241-2018-0-0401-JR- FT-01. Cerro Colorado, 2018 julio 05. (23-24-25 julio)

EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO DEMANDANTE EDICTO Expediente: 56-20 78-2JPLCC-EGCH Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. En el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO-PENAL DEL DISTRITO DE CERRO COLORADO, ubicado en la CALLE ALFONSO LIGARTE 119 MANZANA X LOTE CERRO COLORADO A LA ALTURA DEL MERCADO DE CERRO COLORADO. Ha dispuesto notifique a agraviada-imputada LIMA CHOQUE JUANA NINFA III. PARTE RESOLUTIVA: Por lo expuesto, este Juzgado de Paz Letrado ha resuelto: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de OSWALDO YOHANY CONDORI RAMIREZ y SHIRLEY IBETH QUISPE AYTA, por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de CONDORI LIMA DALESHKA LOURDES. 2) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de OSWALDO YOHANY CONDORI RAMIREZ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE MALTRATO conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y dos del Código Penal, en agravio de LIMA CHOQUE JUANA NINFA; 3) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada OSWALDO YOHANY CONDORI RAMIREZ y SHIRLEY IBETH QUISPE AYTA. 4) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el SEIS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS ; en el local ubicado en la Calle Alfonso Ugarte N°119, Mz X, Lote 18 (CUARTO PISO), Urb. La Libertad, Cerro Colorado (a la altura del mercado de Cerro Colorado). Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada OSWALDO YOHANY CONDORI RAMIREZ y SHIRLEY IBETH QUISPE AYTA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular CONDORI LIMA DALESHKA LOURDES y LIMA CHOQUE JUANA NINFA; deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso

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de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 5) CONFORME LO ESTABLECE el Artículo 1 55-A del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial modificado por la ley 30229 y lo dispuesto por la Resolución Administrativa de Presidencia N° 370-2015- PRES/ CSJAR cumpla con señalar casilla electrónica y casilla física tanto el abogado defensor de la parte agraviada como el abogado defensor de la parte imputada. 6) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Tómese razón y hágase saber. (23-24-25 julio) Expediente: 11208-2017-2JPLCC-EGCH Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. En el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO-PENAL DEL DISTRITO DE CERRO COLORADO, ubicado en la CALLE ALFONSO UGARTE 119 MANZANA X LOTE CERRO COLORADO A LA ALTURA DEL MERCADO DE CERRO COLORADO. Ha dispuesto notifique al agraviado de VERA APAZA, JHON NELSON con la resolución cero tres. PARTE RESOLUTIVA: Por lo expuesto, este Juzgado de Paz Letrado ha Resuelto: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de DIANE MARIEL TACO PARI, CRISTHIAN MAURO OBLITAS MOLLO, y RONY GUERRA CORNEJO; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de VERA APAZA JOHN NELSON. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada DIANE MARIEL TACO PARI, CRISTHIAN MAURO OBLITAS MOLLO, y RONY GUERRA CORNEJO. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA CINCO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS CATORCE HORAS CON QUINCE MINUTOS; en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado Penal de Cerro Colorado, ubicado en la Calle Alfonso Ugarte N°119, Mz X, Lote 18 (CUARTO PISO), Urb. La Libertad, Cerro Colorado (a la altura del mercado de Cerro Colorado). Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada DIANE MARIEL TACO PARI, CRISTHIAN MAURO OBLITAS MOLLO, y RONY GUERRA CORNEJO; con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular VERA APAZA JOHN NELSON. deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 3) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Tómese razón y hágase saber. (23-24-25 julio) EDICTO Expediente: 988- 2018.2JPLCC-EGCH Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. En el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADOPENAL DEL DISTRITO DE CERRO COLORADO, ubicado en la CALLE ALFONSO UGARTE 119 MANZANA X LOTE CERRO COLORADO A LA ALTURA DEL MERCADO DE CERRO COLORADO. Ha dispuesto notifique al imputado LUQUE RODRIGUEZ, RICARDO ANTHONY con la resolución cero dos. PARTE RESOLUTIVA: Por lo expuesto, este Juzgado de Paz Letrado Penal ha resuelto: 1) CITAR AJUICIO, en proceso por faltas, a la persona de RICARDO ANTHONY LUQUE GUTIERREZ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LAMODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de SOTOGUTIERREZ ESTEFANIA. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada RICARDO ANTHONY LUQUE GUTIERREZ; 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el VEINTINUEVE DE AGOSTO

DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS CATORCE HORAS CON QUINCE MINUTOS; en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado Penal de Cerro Colorado, ubicado en la Calle Alfonso Ugarte N°119, Mz X, Lote 18 (CUARTO PISO), Urb. La Libertad, Cerro Colorado (a la altura del mercado de Cerro Colorado). Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada RICARDO ANTHONY LUQUE GUTIERREZ; con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular SOTO GUTIERREZ ESTEFANIA deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) CONFORME LO ESTABLECE el Artículo 1 55-A del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial modificado por la ley 30229 y lo dispuesto por la Resolución Administrativa de Presidencia N° 370-2015- PRES/CSJAR cumpla con señalar casilla electrónica y casilla física tanto el abogado defensor de la parte agraviada como el abogado defensor de la parte imputada. 5) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Tómese razón y hágase saber.- (23-24-25 julio) Expediente: 12552-2017-2JPLCC-EGCH Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. En el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO-PENAL DEL DISTRITO DE CERRO COLORADO, ubicado en la CALLE ALFONSO UGARTE 119 MANZANA X LOTE CERRO COLORADO A LA ALTURA DEL MERCADO DE CERRO COLORADO. Ha dispuesto notifique a el imputado JUSTO GRIMALDO TTITO HUACHO CONLA RESOLUCION CERO OCHO. Al escrito con número de registro 4388-2018. Estando a la devolución de cédula de notificación, cúmplase con notificarlo a CRISTIAN CERVERA ROJAS en el domicilio real que indica la ficha reniec y a la constancia que antecede. Se FIJA fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el día DIEZ DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS; en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado Penal, ubicado en la Calle Alfonso Ugarte N°119, Mz X, Lote 18 (CUARTO PISO), Urb. La Libertad, Cerro Colorado (a la altura del mercado de Cerro Colorado). (23-24-25 julio) JUZGADO DE PAZ LETRADO TRANSITORIO - SEDE MARIANO MELGAR.- EXPEDIENTE: 02009-2017-0-0410-JP-PE-02 JUEZ : VIZCARRA BANDA, DAVID ESPECIALISTA : CHOQUE AGUILAR LIZBETH IMPUTADO : RIVAS RAMOS, AXEL EULOGIO FALTA: M A LT R A TOS AGRAVIADO: MAMANI RUIZ, LIVANA CELINDA Notificación por Edicto De : Dr. David Vizcarra Banda Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia Mariano Melgar Por medio de la presente, el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, notifica a AXEL EULOGIO RIVAS RAMOS, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N* 05: SE RESUELVE: Declarar el ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO por faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas, instaurado a favor de LIVANA CELINDA MAMANI RUIZ en contra de AXEL EULOGIO RIVAS RAMOS por el término de un mes, plazo en el cual la parte agraviada deberá pronunciare sobre su deseo de continuar con el presente proceso, bajo apercibimiento de ordenarse el archivo definitivo al término del mismo. Interviene la Especialista Legal que suscribe por disposición superior. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER - Ello en el proceso N° 02009-2017-0-0410-JP-PE-02, por Faltas contra la persona. Mariano Melgar, 2018, julio 17.- (2324-25 julio) JUZGADO DE PAZ LETRADO TRANSITORIO - SEDE MARIANO MELGAR EXPEDIENTE : 04543-2017-0-0410-JP-PE-02 JUEZ : VIZCARRA BANDA, DAVID ESPECIALISTA : CHOQUE AGUILAR LIZBETH IMPUTADO : GARCIA NOBLECILLA, LUIS ALFREDO FALTA : M A LT R A TOS AGRAVIADO : CHITE MAMANI, LADY MAMANI QUISPE, ELIZABETH Notificación por Edicto.- De

Martes, 24 de julio del 2018

: Dr. David Vizcarra Banda Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia Mariano Melgar Por medio de la presente, el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, notifica a LUIS ALFREDO GARCÍA NOBLECILLA, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°06. por la que SE RESUELVE: Declarar el ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO por faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas recíprocas, instaurado en contra de LADY ELIZABETH CHITE MAMANI y LUIS ALFREDO GARCIA NOBLECILLA en agravio de ELIZABETH MARÍA MAMANI QUISPE; y en contra de ELIZABETH MARÍA MAMANI QUISPE en agravio de LADY ELIZABETH CHITE MAMAN! y LUIS ALFREDO GARCIA NOBLECILLA por el término de un mes, plazo en el cual la parte agraviada deberá pronunciare sobre su deseo de continuar con el presente proceso, bajo apercibimiento de ordenarse el archivo definitivo al término del mismo. Interviene la Especialista Legal que suscribe por disposición superior. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Ello en el proceso N° 04543-2017-0-0410-JP-PE-02, por Faltas contra la persona. Mariano Melgar, 2018, julio 17 - (23-2425 julio) JUZGADO DE PAZ LETRADO TRANSITORIO - SEDE MARIANO MELGAR.- EXPEDIENTE: 04400-2017-0-0410-JP-PE-02. JUEZ DIAZ MACHACA FLAVIO RENATO ESPECIALISTA : CHOQUE AGUILAR LIZBETH IMPUTADO : ALANGUIAA QUISPE, TEODORA FALTA: MALTRATOS CHURA AZAÑA, PRUDENCIO FALTA:MALTRATOS AGRAVIADO : ARCE HUARSAYA, JAVIER MARIO ARCE HUARSAYA, CARLOS RICHARD BUSTINZA COILA, PATRICIA Notificación por Edicto : Dr. David Vizcarra Banda Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia Mariano Melgar Por medio de la presente, el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, notifica a TEODORA ALANGUIA QUISPE, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N° 0|: SE RESUELVE: (...) se REPROGRAMA LA FECHA PARA LA REALIZACIÓN DEL JUICIO ORAL PARA EL DÍA NUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS, la que se llevará a cabo en un solo acto en el despacho judicial del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, dejando a salvo los apercibimientos prevenidos mediante resolución uno en caso de inasistencia de las partes. Audiencia en la cual, ambas partes deberán presentar y actuar por única vez todos los medios probatorios que pretendan hacer valer para el esclarecimiento de la imputación, debiendo las partes identificarse con su respectivo Documento Nacional de Identidad y asistir con sus respectivos abogados guienes deberán concurrir preparados para sustentar sus alegatos oralmente. Ello en el proceso N° 04400-2017-0-0410-JP-PE-02 POR FALTAS contra la Persona. Mariano Melgar. 2018 julio 16. (23-2425 julio) JUZGADO DE PAZ LETRADO TRANSITORIO - SEDE MARIANO MELGAR EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO DEMANDANTE 01656-2017-0-0410-JP-FC-02 ALIMENTOS VIZCARRA BANDA DAVID CHOQUE AGUILAR LIZBETH CAMPANA ITT AQUI, JUNIOR ACHUMA SONCCO, ROCIO Notificación por Edicto .- Dr. David Vizcarra Banda Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia Mariano Melgar Por medio de la presente, el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, notifica a CESAR LEONIDAS GUARDIA GUERRERO, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°15. por la que SE RESUELVE: DE OFICIO: Estando al Informe que antecede elaborado por la Especialista Legal de la causa, SE DISPONE: 1) Señalar fecha para la Audiencia de Ley para el día SEIS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS en el despacho judicial del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Mariano Melgar, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de las partes de aplicarse lo dispuesto en el Artículo 203° del Código Procesal Civil. 2) SE REQUIERE a la parte demandante cumpla con gestionar el exhorto mandado librar, debiendo para tal caso notificársele en su domicilio real, ello bajo su responsabilidad. 3) Atendiendo a la naturaleza del presente proceso y al interés superior del Niño, notifíquese al demandado con la presente resolución mediante edictos. Ello

en el proceso N° 02335-2014-0-0410-JP-FC-02, de Filiación y alimentos. Mariano Melgar, 2018, julio 13.- (23-24-25 julio) EXPEDIENTE : 04499-2017-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Teresa Araujo Yallerco y Victoria Yallerco Inga, con la siguiente resolución N° 03. Parte resolutiva. RESUELVO: HACER EFECTIVO el apercibimiento contenido en la resolución número dos y en consecuencia: SE DISPONE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, de la imputada: Teresa Araujo Yallerco con DNI 24808254 con domicilio en Comunidad Uscamarca, Santo Tomas, Chumbivilcas, Departamento de Cusco, a fin de que sea puesta a disposición de este Juzgado el DIA 30 DE JULIO DE 2018, A LAS 09:00 HORAS para llevarse a cabo la audiencia de juicio oral, Debiéndose oficiar al Ministerio de Justicia para que designe un abogado defensor de oficio para la parte imputada; asimismo, el agraviado Victoria Yallerco Inga, en su calidad de querellante particular deberá concurrir con su Abogado Defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de declarar su desistimiento tácito, conforme autoriza el Artículo 110 del Nuevo Código Procesal Penal. DISPONGO 1) Que la Policía Judicial - Departamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución, debiendo dar cuenta e informar a este Despacho sobre lo ordenado, bajo responsabilidad; para lo cual se cursarán los oficios correspondientes. 2) Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniquese. (19-20-23 julio) 1o Juzgado de Familia EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO DEMANDANTE 01281-2014-0-0401 - JR-FC-01 VIOLENCIA FAMILIAR AQUIZE CACERES ROCIO DEL MILAGRO VALDEIGLESIAS CHAMBIZEA KARINA URACAHUA GIRE, PLACIDO PRIMERA FISCALIA PROV DE FAMILIA LLALLERCO QUISPE, ELENA EDICTO JUDICIAL La Señora Juez del Primer Juzgado Especializado de Familia, notifica a PLACIDO URACAHUA GIRE CON EL CONTENIDO DE LA RESOLUCIÓN. 02-2014, mediante la cual admite a trámite la demanda interpuesta por la Segunda Fiscalía Provincial de Familia representada por la señora Fiscal Nelly Jessica Montenegro Beltrán, en agravio de ELENA LLALLERCO QUISPE en contra de PLACIDO URACAHUA GIRE, sobre VIOLENCIA FAMILIAR; en consecuencia confiero traslado de la demanda por el plazo de cinco días al demandado, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. Por ofrecidos los medios probatorios, a sus antecedentes los anexos acompañados. RESOLUCIÓN N° 03-2014 que confirma la resolución número 787-2014-MP-2FPF-AR, de fecha siete de abril del año dos mil catorce, por lo tanto, VIGENTE, la medida de protección inmediata a favor de la parte agraviada, consistente en el IMPEDIMENTO DE TODO TIPO DE ACOSO Y AGRESION EN CUALQUIER FORMA, por parte del demandado a favor de la parte agraviada, EL INICIO DE TERAPIA Y TRATAMIENTO PSICOLOGICO a las partes, a cargo del Programa MAMIS del Hospital Goyeneche.- (1920-23 julio) NOTIFICACION POR EDICTO EXP. 17-2017-0. EDICTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA de ACARI. JUEZ MARISOL MONICA RAMOS PACSI. NOTIFICA vía Edicto al imputado DAVID MAXIMO MAMANI MONTANEZ Con Resolución. 01 de Fecha 03-03-2017 se dispone a notificar vía edictos el Auto de Enjuiciamiento emitido en audiencia, contra: DAVID MAXIMO MAMANI MONTAÑEZ, por la presunta comisión del delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD , ¡lícito previsto y sancionado en el artículo 173° inciso dos ultimo párrafo del Código Penal en agravio de menor de edad de iniciales F.Y.A.C. Ordenándose la remisión de los actuados del Juzgado Colegiado de Camaná. Acarí, 02-02-2018. –Especialista Delcy Yvonne Retamozo Mamani.-

Martes, 24 de julio del 2018

(19-20-23 julio) Ante el Juzgado de Paz Letrado de Acari, Sec. Carlos Benites Machuca, Expediente No 00126-2013. SE REPROGRAMA la Audiencia única para el día DIECIOCHO DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA en el Local del Juzgado de Paz Letrado de Acari. Fdo. Doctor William Javier Vega Bedregal. Juez (s) del Juzgado de Paz Letrado de Acari. Carlos Benites Machuca. Secretario Judicial. (19-20-23 julio) EL Juzgado Penal Colegiado de Apurímac, que preside el señor Juez Víctor Corrales Visa, NOTIFICA al procesado: ROSAS TORRES ASTO, la resolución N” 01, que RESUELVE; CITAR A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, el mismo que se realizará el DIA MARTES CUATRO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA {hora exacta), el mismo que se desarrollará en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Antabamba, mediante Video Conferencia por el Sistema HANGOUTS, con la 5ta Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado de Abancay; BAJO APERCIBIMIENTO DE DECLARARSE REO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA INJUSTIFICADA y RESERVARSE EL PROCESO HASTA QUE SEA HABIDO; dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 548-2018-37-030 l-JR-PE-01, seguido contra ROSAS TORRES ASTO por la presunta comisión del DELITO CONTRA LA LIBERTAD, EN LA MODALIDAD DE VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, SUB TIPO VIOLACIÓN DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales C.A.L. Sec. Farfán Gonzalos, (19-20-23 julio) EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de Acari, Sec. Carlos Benltes Machuca, Expediente No 00126-2016 póngase de conocimiento a las partes la liquidación de pensiones alimenticias devengadas por el término de tres días por el periodo del 16 de Junio del 2016 al 15 de Junio del 2018 hasta por la suma de SI. 5,637.50 y se le notificará por edictos en el Local del Juzgado de Paz Letrado de Acari. Fdo. Doctor William Javier Vega Bedregal. Juez (s) del Juzgado de Paz Letrado de Acari. Carlos Benites Machuca. Secretario Judicial. Acari, 20 Junio del 2018. (19-20-23 julio) EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de Acari, Sec. Carlos Benites Machuca, Expediente No 00082-2017. SE REPROGRAMA la Audiencia única para el día VEINTITRES DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA en el Local del Juzgado de Paz Letrado de Acari. Fdo. Doctor William Javier Vega Bedregal. Juez (s) del Juzgado de Paz Letrado de Acari. Carlos Benites Machuca. Secretario Judicial. Acari, 26 Junio del 2018. (1920-23 julio) NOTIFICACION POR EDICTO Expediente N° 3125-2017-0-0401-JR-LA-04, seguido por MIGUEL SIERRA LOPEZ, en contra de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTIN, sobre acción contencioso administrativa; El Señor Juez del Cuarto Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, con intervención de la Especialista Legal Estela Rocío Benavente Valdivia, por resolución número doce, de fecha veinticuatro de mayo del dos mil dieciocho, SE HA DISPUESTO que se efectúen las notificaciones por EDICTOS, la parte resolutiva de la resolución doce, A LOS SUCESORES DEL FALLECIDO MIGUEL SIERRA LOPEZ A EFECTO DE QUE COMPAREZAN A PROCESO BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL.- Extracto de RESOLUCION NRO 11: Arequipa, seis de abril del dos mil dieciocho, DISPUSIERON: la suspensión del proceso por el plazo de treinta días, dentro del cual deberán comparecer los sucesores procesales de quien en vida fue Miguel Sierra López. ORDENARON: la devolución del expediente al Juzgado de Origen, a fin de que realice el debido emplazamiento de los sucesores procesales del fallecido Miguel Sierra López, y en su caso la designación de curador procesal que los represente, luego de lo cual los autos deberán ser elevados de inmediato a ésta instancia. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. 2) Extracto de RESOLUCION NRO 12: Arequipa, veinticuatro de mayo del dos mil dieciocho. SE RESUELVE: 1) DISPONER que se efectúen las notificaciones por EDICTOS, la parte resolutiva de la resolución nueve, debiendo tenerse presente lo dispuesto en el artículo 167° del Código Procesal Civil, para tal efecto cúrsese oficio a la Administración de la Corte Superior

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

de Justicia de Arequipa; disponiéndose, la notificación de la presente en el domicilio real que fuera del demandante. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Juez, Doctor Aníbal Celso Maraza Borda; Especialista Legal, Estela Rocío Benavente Valdivia.- (19-20-23 julio) NOTIFICACION POR EDICTO Expediente N° 07697-2017-0-0401-JR-LA-05, seguido por JUAN CANCIO HUARACHA CUYO, en contra de la OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL, sobre acción contencioso administrativa; la Señora Jueza del Quinto Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, con intervención del Especialista Legal Miguel Angel Cornejo Tohalino, por resolución número siete, de fecha nueve de julio del dos mil dieciocho, SE HA DISPUESTO NOTIFICAR POR EDICTOS A LOS SUCESORES DEL FALLECIDO JUAN CANCIO HUARACHA CUYO, A EFECTO DE QUE COMPAREZAN A PROCESO BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL.- Extracto de RESOLUCION NRO 07: Arequipa, dos mil dieciocho, julio nueve; SE RESUELVE: 1) SUSPENDER el proceso por el plazo de TREINTA DIAS, a efecto de que se apersonen los sucesores procesales del demandante que en vida fue JUAN CANCIO HUARACHA CUYO, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. 2) DISPONER que se efectúen las notificaciones por EDICTOS, debiendo tenerse presente lo dispuesto en el artículo 167° del Código Procesal Civil, para tal efecto cúrsese oficio a la Administración de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. 3) DISPONER se oficie a la Zona Registral N° XII, Sede Arequipa, a efecto, informe si existe testamento o sucesión intestada inscritas, respecto del causante Paulino Cruz Triviños; disponiéndose la notificación de la presente en el domicilio real que fuera del demandante. TÓMESE RAZÓN Y HAGASE SABER. Jueza, Doctora Janett Fernández Gutiérrez; Especialista Legal, Miguel Angel Cornejo Tohalino.- (19-20-23 julio) NOTIFICACION POR EDICTO Expediente N° 00964-2012-0-0401-JR-CI-03, seguido por FLORENCIO PEDRO CHOQUEHUANCA LLACHO, en contra de la OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL, sobre acción contencioso administrativa; La Señora Jueza del Quinto Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, con intervención del Especialista Legal Leonel Antonio Zegarra Palo, por resolución número veintiséis, de fecha diez de julio del dos mil dieciocho, SE HA DISPUESTO NOTIFICAR POR EDICTOS A LOS SUCESORES DEL FALLECIDO FLORENCIO PEDRO CHOQUEHUANCA LLACHO A EFECTO DE QUE COMPAREZAN A PROCESO BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL.- Extracto de RESOLUCION NRO 26: Arequipa, diez de julio del dos mil dieciocho, SE RESUELVE: SE RESUELVE: 1) 1) SUSPENDER el proceso por el plazo de TREINTA DIAS, a efecto de que se apersonen los sucesores procesales del demandante que en vida fue FLORENCIO PEDRO CHOQUEHUANCA LLACHO, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. 2) DISPONER que se efectúen las notificaciones por EDICTOS, la parte resolutiva de la resolución once, debiendo tenerse presente lo dispuesto en el artículo 167° del Código Procesal Civil, para tal efecto cúrsese oficio a la Administración de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; disponiéndose, la notificación de la presente en el domicilio real que fuera del demandante. 3) Remítase oficio a la Oficina de la ZONA REGISTRAL N° XII, SEDE AREQUIPA, con el objeto de solicitar se sirva informarnos si existe testamento o sucesión intestada respecto del causante FLORENCIO PEDRO CHOQUEHUANCA LLACHO; y de ser el caso, nos remita copia certificada de la misma. Disponiéndose, la notificación de la presente en el domicilio real que fuera del demandante. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Jueza, Doctora FERNANDEZ GUTIERREZ SENEN JANETT; Especialista Legal, Leonel Antonio Zegarra Palo.- (19-20-23 julio) JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Jueza Margarita Salas Valdivia, asistido por el Especialista Legal José Luis Cáceres Pizarra, en el EXP.: 04372-2014-15-0405-JR-PE-01, SE NOTIFICA Al imputado FELIPA ANCONEIRA SOTOMAYOR; a fin de que tome conocimiento la lo dispuesto en el acta de la audiencia de fecha once de junio del dos mil dieciocho; que reprograma fecha de audiencia de JUICIO ORAL, para el dia treinta y uno de julio del dos mil dieciocho a las diez horas; bajo apercibimiento de ser DECLARADO CONTUMAZ Y DICTAR-

SE REQUISITORIAS DE LEY en su contra en caso de inasistencia, designándose abogado de la defensa pública. (19-20-23 julio) JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Jueza Margarita Salas Valdivia, asistido por el Especialista Legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP.: 00137-2009-3-0405-JRPE-01, SE NOTIFICA Al imputado FRANCISCO CELSO COAQUIRA CABANA; a fin de que tome conocimiento la resolución uno AUTO DE CITACION A JUICIO y lo dispuesto en el acta de la audiencia de fecha once de julio del dos mil dieciocho; que reprograma fecha de audiencia de JUICIO ORAL, para el dia veintitrés de julio del dos mil dieciocho a las once horas; bajo apercibimiento de ser DECLARADO CONTUMAZ Y DICTARSE REQUISITORIAS DE LEY en su contra en caso de inasistencia, designándose abogado de la defensa pública.- (1920-23 julio) El Segundo Juzgado de Paz Letrado de Paucarpata, bajo la dirección de la señora Jueza Yenny Soledad Condori Fernández; notifica a VALERIANO HUAMANI SILVA, con un extracto de la resoluciones N° 06 que RESUELVE: Hacer efectivo el percibimiento contenido en la resolución número cinco y en consecuencia declarar el archivo provisional del presente proceso seguido por CELINDA HUAMANI SILVA, del presente proceso por Faltas contra la persona seguido en contra de VALERIANO HUAMANI SILVA, en consecuencia; DISPONGO El Archivo del presente proceso debiendo de remitírselos autos al Archivo Central para su custodia.Ello conforme a lo ordenado en el Expediente N° 01145-2017-0-0401-JP- PE-02, con la intervención del Secretario Judicial Jorge Matias Arenas Puma. (19-20-23 julio) NOTIFICACIÓN POR EDICTO En el proceso judicial N° 00053-2017-0-0401-JRDC-01 seguido ante el JUZGADO ESPECIALIZADO CONSTITUCIONAL, que despacha la señora Jueza KARINA APAZA DEL CARPIO con intervención de la especialista legal ELIZABETH ROXANA MORALES COLLADO, sobre ACCIÓN DE AMPARO seguido por ERNESTO SIGFRIDO CARPIO FIERRO en contra DEL COMITÉ ELECTORAL DE LA JUNTA DE USUARIOS DE LA JOYA NUEVA presidido por Edwin Sixto Centy López, EL COMITÉ DE IMPUGNACIONES DE LA JUNTA DE USUARIOS DE LA JOYA NUEVA presidido por Francisco Vilca Flores y de LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE AGUA CHILI representada por su administrador local Pantaleón Huachani Mayta, con emplazamiento del Procurador Público del Ministerio de Agricultura, mediante Resolución N° 08 de fecha 05 de Julio del 2018 se ha resuelto: DISPONER la notificación por edictos al demandado COMITÉ ELECTORAL DE LA JUNTA DE USUARIOS DE LA JOYA NUEVA presidido por EDWIN SIXTO CENTY LÓPEZ, lo que se publica conforme a Ley. (19-20-23 julio) EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de Hunter, que despacha la señorita Juez Yenny Soledad Condori Fernández, en el expediente número 03258-2017-0-0411-JP-PE-01, especialista Luisa Hortencla Gutiérrez Rodríguez , sobre Faltas Contra la Persona en la modalidad de Lesiones Dolosas, se ha dispuesto notificar a la persona de GREGORIO QUINTASI CHAMPI con la RESOLUCIÓN NÚMERO 01, cuyo contenido es el siguiente: “1.CITAR A JUICIO A LAS PARTES INCULPADA Y AGRAVIADA, PARA EL DÍA TREINTA DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOCE HORAS en el local del Primer Juzgado de Paz Letrado de Hunter, atendiendo al rol de diligencias programadas y a la carga procesal que afronta el Juzgado. En los seguidos en contra de GREGORIO QUINTASI CHAMPI y en agravio de JUANA FRANCISCA ARPITA PINTO; sobre FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS, faltas previstas y sancionadas en el artículo 441 del Código Penal. DÍCTESE Mandato de COMPARESCENCIA contra la parte procesada; asimismo, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 355.5 del mismo cuerpo legal, SE DISPONE que las partes procesales coadyuven en la localización y comparecencia de los testigos pertinentes, debiendo tener presente lo acotado por el artículo 375.3 del Código Procesal Penal. NOTIFÍQUESE a la parte imputada y agraviada el derecho que tienen a ser informados del objeto del proceso, del derecho a la defensa que les asiste, hágase saber a las partes que en la audiencia de ley es la única oportunidad que tienen para ofrecer todos sus medios probatorios, debiendo asistir obligatoriamente con

asesoramiento de abogado defensor. REGÍSTRESE Y HAGASE SABER.-.” Con la RESOLUCIÓN NÚMERO 02: “Siendo que se ha señalado fecha de audiencia para un día feriado no hábil, teniendo el rol de diligencias programadas, SE DISPONE REPROGRAMAR la AUDIENCIA DE LEY para el DÍA DIEZ DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS, en el local del Primer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Hunter” y la RESOLUCIÓN NÚMERO 03.- AL ESCRITO CON REGISTRO 3394-2018.- Agregúese a los antecedentes la devolución de la cédula de notificación dirigida al inculpado sin diligenciar. Estando a lo informado por el notificador judicial, con vista de la ficha RENIEC del imputado y los antecedentes del proceso, SE DISPONE NOTIFICAR al imputado mediante edictos que serán publicados en el diario de la localidad”. Publicar por tres días (19-20-23 julio) 1o Juzgado de Familia 00306-2018-0-0401 - JRFT-01 VIOLENCIA FAMILIAR AQUIZE CACERES ROCIO DEL MILAGRO VALDEIGLESIAS CHAMBIZEA KARINA COMISARIA PNP CIUDAD MI TRABAJO, MIRANO TTITO, EPIFANIA GUIA MIRANO, KATY MARISETH DEMANDANTE : FRISANCHO RAMOS, MAX LUIS ENRIQUE EDICTO JUDICIAL MATERIA JUEZ ESPECIALISTA TERCERO DEMANDADO La señora Jueza del Primero Juzgado de Familia notifica a EPIFANIA, MIRANO TTITO y KATY MARISETH, GUIA MIRANO con la resolución dos, en la que; SE RESUELVE: 1.PROHÍBO a KATY MARISETH GUIA MIRANO agredir psicológicamente, de manera directa o indirecta a MAX LUIS ENRIQUE FRISANCHO RAMOS, recordándosele que en caso de incumplimiento comete el delito de desobediencia a la autoridad. 2.- PROHIBO a KATY MARISETH GUIA MIRANO impedir o permitir que terceros impidan cualquier contacto adecuado del señor MAX LUIS ENRIQUE FRISANCHO RAMOS con su menor hijo Liam Stefano F.G., recordándosele que en caso de incumplimiento comete el delito de desobediencia a la autoridad. 3.- Oficíese a la comisaría del sector del domicilio del agraviado y de la denunciada, quienes deberán prestar el auxilio necesario al denunciante e incluso otorgarle un número de comunicación directa, dando cuenta de ello a este Juzgado. 4.Dejo a salvo el derecho del denunciado de hacer valer la ejecución del acta de conciliación en la vía que corresponda. REMITASE los actuados a la Fiscalía Penal Especializada en Violencia de Género, debiendo la Fiscalía Penal bajo responsabilidad funcional informar la decisión que adopte frente al presente, sea archivo, formalización de denuncia. (19-20-23 julio) EXPEDIENTE : 05042-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en ia calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Hilario Ñifla Tantacuello, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Declarar NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por faltas contra la persona en la modalidad de lesiones culposas en agravio y en contra de HILARIO ÑIFLA TANTACUELLO, y en consecuencia SE DISPONE: El ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa. Tómese Razón y hágase saber.(19-20-23 julio) EXPEDIENTE : 04828-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Mercedes Condori Paredes, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por FENECIDO el presente proceso por TRANSACCIÓN entre la parte agraviada MERCEDES CONDORI PAREDES DE CONDORI con el imputado FILBERTO HUMANQUISPE SULLA; en consecuencia: DISPONGO: El archivo definitivo del presente proceso. Tómese razón y hágase saber.- (19-20-23 julio) EXPEDIENTE : 05108-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Elvira Tania Chávez Carrión, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno

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ai proceso iniciado por denuncia de Elvira Tania Chávez Carrión, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto contra persona no identificada, dejando a salvo su derecho de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. Regístrese y notifíquese. (19-20-23 julio)

EXPEDIENTE : 05197-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Jhonatan Laura Ccallo , con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso iniciado por denuncia de YHONATAN LAURA CCALLO, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto contra persona no identificada, dejando a salvo su derecho de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.- (19-20-23 julio) EXPEDIENTE : 04376-2017-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Jhon Bernales Falcon , con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada JHON CARLOS BERNALES FALCON del presente proceso por Faltas Contra la Persona en la modalidad de Lesiones Culposas; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber. (19-20-23 julio) Dra. VEGA VALENCIA CECIBEL CINTI IYA-Jueza del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia Mariano Melgar Por medio de la presente, la señorita Jueza del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar notifica REYNALDO MARCOS BENAVENTE QUISPE. a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN NRO. 38. QUE RESUELVE: Hacer efectivo el apercibimiento decretado mediante resolución número treinta y siete. Notificar al demandado REYNALDO MARCOS BENAVENTE QUISPE mediante edictos, debiendo notificársele al mismo la liquidación puesta en conocimiento de las partes mediante la resolución número treinta y UNO Y LAS RESOLUCIONES DE REQUERIMIENTO QUE SE EFECTUASEN, a gestión de la parte demandante, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal en caso de no absolver dicha notificación dentro del plazo de TRES DÍAS de efectuada la última publicación, cuyos honorarios profesionales serán de cargo de la parte demandante. Tómese razón y saber.RESOLUCIÓN NRO. 31- Póngase a conocimiento de las partes en el término de TRES DÍAS, a fin de que efectúen la observaciones, la liquidación de pensiones efectuada correspondiente al periodo comprendido ENTRE EL 01 DE MAYO DEL DOS MIL DOCE HASTA EL 31 DE OCTUBRE DEL DOS MIL CATORCE. Por la suma de SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA CON 73/100 NUEVOS SOLES. Ello en el proceso N° 00795-2012-0-0410-JP-FC-01, por filiación y alimentos. Mariano Melgar, 11 de julio del 2018.- (19-20-23 julio) JUZGADO DE PAZ LETRADO TRANSITORIO - SEDE MARIANO MELGAR EXPEDIENTE : 04865-2017-0-0410-JP-PE-02 JUEZ : DAVID VIZCARRA BANDA ESPECIALISTA : CHOQUE AGUILAR LIZBETH IMPUTADO : ROMANI MUÑOZ, SANTIAGO ANDRE FALTA : M A LT R A TOS AGRAVIADO : DEL CARPIO ZUÑIGA, WENDY JULIET Notificación por Edicto.- Dr. DAVID VIZCARRA BANDA Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia Mariano Melgar Por medio de la presente, el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, notifica a ANTONIO SANTIAGO ANDRE ROMAN! MUÑOZ, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°07, por la que SE RESUELVE: Declarar el ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO por faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas, instaurado a favor de WENDY JULIET DEL CARPIO ZÚÑIGA en contra de SANTIAGO ANDRE ROMANI MUÑOZ, por el término de un mes, plazo en el cual la parte agraviada deberá pronunciare sobre su deseo de continuar con el presente pro-

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ceso, bajo apercibimiento de ordenarse el archivo definitivo al término del mismo. Interviene la Especialista Legal que suscribe por disposición superior. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Ello en el proceso N° 04865-2017-0-0410-JP-PE-02 Por Faltas contra la persona. Mariano Melgar 20 julio 10.- (19-20-23 julio) Expediente: 10057-2016 JP-PE Secretaria: ZOIL AURORA MALAGA MONTOYA. PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CAYMA LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA ubicado en la calle Av. Ramón Castilla s/n la Tomilla ha dispuesto se notifique al imputado JUDITH PARI CONDORI Con la resolución No. 09. FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 24 DE SETIEMBRE del 2018 a horas 10.30 de la mañana; en el local del PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAYMA, ubicado en la calle Av. Ramón Castilla S/n Estadio la Tomilla. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada ...., con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia;, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha Audiencia única. (19-20-23 julio) EXPEDIENTE : 0585-2017-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a MARCELINA PAULA APAZA QUISPE, con la siguiente resolución N° 04. Parte resolutiva. RESUELVO: HACER EFECTIVO el apercibimiento contenido en la resolución número tres y en consecuencia: SE DISPONE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, de la imputada: 1) MARCELINA PAULA APAZA QUISPE con DNI 29530486 con domicilio en Calle Puquina, Manzana I, Lote 03, La Candelaria, distrito de Polobaya de la provincia de Arequipa, a fin de que sea puesto a disposición de este Juzgado el DIA 25 DE SETIEMBRE DE 2018, A LAS 12:00 HORAS para llevarse a cabo la audiencia de juicio oral, Debiéndose oficiar al Ministerio de Justicia para que designe un abogado defensor de oficio para la parte imputada; asimismo, el agraviado BENANCIO CLAUDIO QUISPE CHOQUE, deberá concurrir con su Abogado Defensor, bajo apercibimiento de disponer su archivo provisional en caso de inconcurrencia, en este proceso por faltas. Además las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. DISPONGO 1) Que la Policía Judicial - Departamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución, debiendo dar cuenta e informar a este Despacho sobre lo ordenado, bajo responsabilidad; para lo cual se cursarán los oficios correspondientes. 2) Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos y mediante edictos conforme aparece de los antecedentes.. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuníquese.- (19-20-23 julio) EXPEDIENTE : 03136-2017-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Emilia Rosa Murillo Villasante, con la siguiente resolución N° 03. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de IRENE VIERA

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PRIETO ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de EMILIA ROSA MURILLO VILLASANTE. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada IRENE VIERA PRIETO. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 12 DE SETIEMBRE DE 2018 A LAS 12:00 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada IRENE VIERA PRIETO, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante particular EMILIA ROSA MURILLO VILLASANTE, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de Irene Viera Prieto por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, conforme a lo indicado en el punto noveno. 7) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese. (19-20-23 julio) ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Gino Paúl Perea Ramos, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva, SE RESUELVE: Declarar NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños en agravio de GINO PAUL PEREA RAMOS y DAVID MAMANI CHIRI, dejándose a salvo el derecho que pudieran tener los propietarios de los vehículos dañados o algún tercero para hacerlo valer en la vía y forma pertinente; y en consecuencia SE DISPONE: El ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa. Tómese Razón y hágase Saber.- (19-20-23 julio) EXPEDIENTE: 04937-2018-0-0401 -JP-PE-01.ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a John Mendoza Zuñiga, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Declarar NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños en agravio de JOHN ARMANDO MENDOZA ZUÑIGA y MANUEL JESUS RAMOS ANDRADE, dejándose a salvo el derecho que pudieran tener los propietarios de los vehículos dañados o algún tercero para hacerlo valer en la vía y forma pertinente; y en consecuencia SE DISPONE: El ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa.-. Tómese Razón y hágase Saber.- (19-20-23 julio)

EXPEDIENTE : 03414-2017-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Jonatan Alfonso Boza Ramírez y Angie Lisbeth Chang Carreño, con la siguiente resolución N° 02. Parte resolutiva. SE RESUELVE: RESUELVO: HACER EFECTIVO el apercibimiento

contenido en la resolución número uno y en consecuencia: SE DISPONE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, de los imputados: 1) JONATAN ALFONSO BOZA RAMIREZ con DNI 70430071 y, con domicilio en la Av. Universitaria N° 288, Urb. Santa Isabel, distrito de Carabayllo, provincia y región de Lima; y ANGIE LISBETH CHANG CARREÑO con DNI 47790989 y, con domicilio en la Calle Amauta MZ. C, LT. 38 José Carlos Mariátegui, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y región de Lima a fin de que sea puesto a disposición de este Juzgado el DIA 11 DE SETIEMBRE DEL 2018 A LAS 11:00 HORAS para llevarse a cabo la audiencia de juicio oral, Debiéndose oficiar al Ministerio de Justicia para que designe un abogado defensor de oficio para la parte imputada; asimismo, los agraviados ANGIE LISBETH CHANG CARREÑO Y JONATAN ALFONSO BOZA RAMIREZ, deberá concurrir con su Abogado Defensor, bajo apercibimiento de disponer su archivo provisional en caso de inconcurrencia, en este proceso por faltas. Además las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. DISPONGO 1) Que la Policía Judicial - Departamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución, debiendo dar cuenta e informar a este Despacho sobre lo ordenado, bajo responsabilidad; para lo cual se cursarán los oficios correspondientes. 2) Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Publico lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos . Registrese y comuníquese. (19-20-23 julio)

EXPEDIENTE: 04651-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarias El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Ruth Liliana Pizarro, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CiTAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de RUTH LILIANA PIZARRO Y EUFEMIA GLADIS PERALES CHOQUEHUANCA ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de ESTEFANIA TITO PEQUEÑA. 2) D I C T A R MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada RUTH LILIANA PIZARRO Y EUFEMIA GLADIS PERALES CHOQUEHUANCA. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 01 DE OCTUBRE DE 2018 A LAS 12:00 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada RUTH LILIANA PIZARRO Y EUFEMIA GLADIS PERALES CHOQUEHUANCA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante particular ESTEFANIA TITO PEQUEÑA, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretenden hacer valer. 4) ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de Eufemia Gladis Perales Choquehuanca por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios seña-

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lados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos Registrese y comuníquese.- (19-20-23 julio) EXPEDIENTE: N° 0492-2016-PE. SECRETARIO: DENISSE NUÑEZ CERVANTES JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAMANÁ DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - LA SEÑORA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARIA LUISA PICKMANN ADRIAZOLA, ha dispuesto notificar a EVANIA MADELEYNE MAMANI QUISPE, con la RESOLUCIÓN 11 que RESUELVE DE OFICIO: VISTOS: Los actuados y la constancia que antecede respecto de la asistencia a la audiencia programada; y CONSIDERANDO: Primero.- Mediante resolución número diez de fecha diecisiete de abril del dos mil dieciocho, este Juzgado de Paz Letrado citó a juicio a la parte denunciada RONALD VIDAL MONRROY JARA, por la presunta comisión de Faltas contra la Persona en la modalidad de lesiones dolosas en agravio de EVANIA MAFELEYNE MAMANI QUISPE, disponiéndose que la parte agraviada debía concurrir bajo apercibimiento de declararse su desistimiento tácito. Segundo.- Como aparece de la constancia que antecede respecto de la asistencia a la audiencia programada, la parte agraviada EVANIA MAFELEYNE MAMANI QUISPE, no han asistido a la audiencia señalada en el proceso, así como tampoco ha justificado su inasistencia dentro del término de ley (48 horas de realizada la audiencia); habiendo sido debidamente notificados por edictos. Tercero.- De conformidad con lo establecido en el artículo 483° inciso 1) del Código Procesal Penal, la persona ofendida con una falta puede denunciar su comisión ante la Policía o dirigirse directamente al Juez, comunicando el hecho, constituyéndose en querellante particular, asimismo, de conformidad con lo establecido en el primer párrafo del artículo 110° del mismo cuerpo normativo, se considerará tácito el desistimiento cuando el querellante particular no concurra sin justa causa a las audiencias correspondientes, a prestar su declaración o cuando no presente sus conclusiones al final de la audiencia. En los casos, de incomparecencia, la justa causa deberá acreditarse, de ser posible, antes del inicio de la diligencia o, en caso contrario, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha fijada para aquella; Cuarto.- Siendo así, y conforme a lo antes indicado, la inasistencia de la parte agraviada EVANIA MAFELEYNE MAMANI QUISPE, y la falta de justificación dentro del plazo otorgado por ley, determinan que se haga efectivo el apercibimiento decretado; por lo que SE RESUELVE: hacer efectivo el apercibimiento contenido en la resolución número uno, en consecuencia tener por desistida tácitamente a la parte agraviada EVANIA MAFELEYNE MAMANI QUISPE, del presente proceso por Faltas Contra la Persona seguido en contra de RONALD VIDAL MONRROY JARA; en consecuencia: DISPONGO: El Archivo del presente proceso. DISPONGO: Notificar a la parte agraviada con la presente resolución vía edictos por medio del diario Oficial La República. Tómese razón y hágase saber.-. . SECRETARIO JUDICIAL DENISSE NUÑEZ CERVANTES, CAMANÁ de Julio, del 2018. (19-20-23 julio)

EXPEDIENTE: N° 3280-2017 TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPACOMISARIAS TURNO “A” EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR JORGE VILLANUEVA RIVEROS dispone que se notifique mediante edictos a la parte agraviada NESTOR HUERCE CONDORI CON LA RESOLUCION NUMERO DOS de FECHA CINCO DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO: QUE RESUELVE: 1] CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS a las persona de IGUEÑO VICTOR APAZA MAMANI por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de NESTOR WILLIAM HUERCE CONDORI. 2] SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada: IGUEÑO VICTOR APAZA MAMANI. 3] FIJAR fecha teniendo en cuenta ¡a excesiva carga procesa! que soporta el Juzgado por los hechos

derivados de violencia familiar, para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA SEIS DE 1UL1Q DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir la parte imputada IGUEÑO VICTOR APAZA MAMANI, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; asimismo en su condición de agraviada NESTOR WILLIAM HUERCE CONDORI, deberá concurrir con su abogado defensor, bajo apercibimiento de dictarse su desistimiento tácito en su calidad de querellante particular conforme a lo dispuesto en el Artículo 110 del Nuevo Código Procesal Penal. Además, las partes procesales, deben tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible, por lo que los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; Y LA RESOLUCION NUMERO CUATRO DE FECHA VEINTICINCO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO: A conocimiento de las partes que asume competencia ei Magistrado que suscribe en mérito a ia Resolución Administrativa de Presidencia N° 4142018- PRES/CSJA. A! escrito N° 2045-20/8: Estando a la devolución de la cédula de notificación de Néstor Huerce Condori efectuado por la central de notificaciones y siendo que en autos no obra mayores datos de su domicilio. Notifíquese mediante edictos y DE OFICIO: Estando a la constancia del secretario cursor que antecede y a efectos de no causarle indefensión a la parte agraviada y vulnerar su derecho de defensa y los actuados del presente proceso se DISPONE REPROGRAMAR la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 23 DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO A LAS 0930 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo Nro. 112 del Cercado de Arequipa – interior de la Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir la parte imputada: IGUEÑO VICTOR APAZA MAMANI con su respectivo abogado, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia. Y la parte agraviada NESTOR HUERCE CONDOR1 en calidad de querellante particular deberá concurrir con su respectivo abogado, en este proceso por faltas, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de aplicarse el desistimiento tácito al que autoriza el artículo 110° del Código Procesal Penal. Haciendo presente que ios apercibimientos están dirigidos a las partes procesales más no así a ios abogados. Asimismo las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión [de ser posible], por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ.- (19-20-23 julio)

EXPEDIENTE: N° 4921-2018 TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” DOCTOR JORGE VILLANUEVA RIVEROS dispone que se notifique mediante edictos a la parte agraviada DAMARIS HUAMANI APAZA CON LA RESOLUCIÓN NUMERO UNO de FECHA DIECISEIS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO: QUE RESUELVE: Poner en conocimiento de DAMARIS BETZABE HUAMANI APAZA, la recepción por este Juzgado de la investigación por lesiones derivadas de accidente de tránsito en su agravio, para que en el plazo de TREINTA DIAS de recibida la presente, y de considerarlo conveniente a su derecho, cumpla con presentar la querella particular correspondiente, con arreglo a ley, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ordenar el ARCHIVO DEL PROCESO. Tómese razón y hágase saber. ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ.(19-20-23 julio) Expediente: 11978-2017-PE Secretaria: ZOIL AURORA MALAGA MONTOYA. PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CAYMA. LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA ubicado en la calle Av. Ramón Castilla s/n la Tomilla ha dispuesto se no-

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tifique al imputado WALTER QUISPE QUISPE Y a la parte agraviada MARITZA GUTIERAREZ HUACANQUI y a la parte inculpada WALTER QUISPE QUISPE, Con la resolución No. 08. FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 20 de agosto del 2018; en el local del PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAYMA, ubicado en la calle Av. Ramón Castilla S/n Estadio la Tomilla. Audiencia a la que deberán asistir: Las partes imputada y agraviada con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha Audiencia Única. (19-20-23 julio)

EXPEDIENTE Nro.63-2017-JUC. ESPECIALISTA JUDICIAL: DR. FERNANDO HERNANDEZ HUAMAN Por disposición del señor Juez del Juzgado Mixto del Modulo Básico de Justicia de Caravelí, NOTIFICA: La resolución Nro. 4. Sentencia- Caravelí, 12 de mayo 2017, Absuelve a Mario Alberto Ramos Paredes, de los cargos del delito de lesiones , en agravio de Alberto Paulino Huaman Escobar, y ordena el archivo del proceso, mandato ordenado en el proceso de Lesiones Leves, seguido contra el imputado RAMOS PAREDES MARIO ALBERTO, en agravio de HUAMAN ESCOBAR ALBERTO PAULINO. Caravelí, 10 de julio 2018. (19-20-23 julio)

EXPEDIENTE Nro. 205- 2018-JUC. ESPECIALISTA JUDICIAL: DR. FERNANDO HERNANDEZ HUAMAN Por disposición del señor Juez del Juzgado Mixto del Modulo Básico de Justicia de Caravelí, CITA, LLAMA y EMPLAZA A: MEDINA RIVAS EMETERIO FORTUNATO, a fin de que se presente ante la sede del Juzgado en ACARI, el día 07 de AGOSTO del presente año, a horas 8.30 a. m., a fin de realizarse la audiencia de Juicio Oral, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y de ordenarse su captura a nivel nacional, audiencia ordenada en el proceso de Omisión a la Asistencia Familiar, seguido contra el imputado MEDINA RIVAS EMETERIO FORTUNATO en agravio de la menor de iniciales M.LL.D.M. Caravelí, 10julio 2018. (19-20-23 julio)

EXPEDIENTE Nro. 137- 2018-,JUC. ESPECIALISTA JUDICIAL: DR. FERNANDO HERNANDEZ HUAMAN Por disposición del señor Juez del Juzgado Mixto del Modulo Básico de Justicia de Caravelí, NOTIFICA A: ABURTO ACOSTA WALTER, Resolución 14. Declara reo contumaz a Walter Aburto Acosta, ordeno su captura a nivel nacional, suspende los términos de la prescripción, ordena el archivo provisional del proceso, y designa abogado defensor a la defensora Publica de Acari, mandato ordenada en el proceso de Omisión a la Asistencia Familiar, seguido contra el imputado ABURTO ACOSTA WALTER, en agravio de la menor de iniciales M.F.A.G. Caravelí, 10 de julio 2018. (19-20-23 julio) JUZGADO DE PAZ LETRADO TRANSITORIO - SEDE MARIANO MELGAR EXPEDIENTE JUEZ ESPECIALISTA IMPUTADO FALTA FALTA FALTA FALTA AGRAVIADO 01830-2016-0-0410-JP-PE-02 VIZCARRA BANDA DAVID CHOQUE AGUILAR LIZBETH VERA CHAMBI, ROSMERY LESIONES DOLOSAS CHAMBI MAMANI, DAYSI SUSANA : LESIONES CULPOSAS MACHACA MESTAS, DAYRON RAFAEL : LESIONES DOLOSAS MESTAS MENA, ANGIE STEPHANIE : LESIONES DOLOSAS : JUDITH MARLENY ORDOÑEZ PEÑA , RAFAEL ELADIO MACHAC ALIAGA , Notificación por Edicto.- Dr. David Vizcarra Banda Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia Mariano Melgar. Por medio de la presente, el Señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, notifica a JUDITH MARLENY ORDOÑEZ PEÑA, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°06. que resuelve: SE RESUELVE: 1. Declarar el DESISTIMIENTO TÁCITO de la parte agraviada ANGIE STEPHANIE MESTAS MENA, el menor DAYRON RAFAEL ELADIO MACHACA MESTAS (representado por su progenitora) JUDITH MARLENE ORDOÑEZ PEÑA y RAFAEL ELADIO MACHACA ALIAGA, en el presente proceso por Fal-

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

tas Contra la Persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de DEYSI SUSANA CHAMBI MAMANI y ROSMERY VERA CHAMBI; en consecuencia, por concluido el presente proceso. 2. Declarar el DESISTIMIENTO TÁCITO de la parte agraviada DEYSI SUSANA CHAMBI MAMANI, en el presente proceso por Faltas Contra la Persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de RAFAEL ELADIO MACHACA ALIAGA; en consecuencia, por concluido ei presente proceso. 3. Declarar el DESISTIMIENTO TÁCITO de la parte agraviada ROSMERY VERA CHAMBI, en el presente proceso por Faltas Contra la Persona en la modalidad de maltrato de obra seguido en contra de RAFAEL ELADIO MACHACA ALIAGA; en consecuencia, por concluido el presente proceso. 4. DISPONGO: El archivo definitivo del presente expediente. 5. DISPONGO: la notificación mediante edictos a JUDITH MARLENE ORDOÑEZ PEÑA. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Ello en el proceso N° 01830-2016-0—0410-JP-PE-02, por faltas contra la Persona . Mariano Melgar . 2018 julio cuatro. (19-20-23 julio)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-8263-94 (Sentenciado) MIGUEL ANGEL PUMA CRUZ, SE REPROGRAMA AUD. DE EJECUCION DE SENTENCIA DEBIENDO CUMPLIR CON EL INTEGRO DEL PAGO DE LA REPARACION CIVIL, delito HURTO Y OTRO, agraviado THALIA LUCIANA LEON HUANCA Y OTROS, DILIGENCIA 10-08-2018, 09:00, Sala 1, DISPONERSE SU RECLUSION EN EL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO; Secretario: Vargas .- (19-20-23 julio)

EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4771-56 AMERICO LUCAS QUISPE TACO (sala audiencias N° 15), delito APROPIACION ILICITA, agraviado Jorge Orlando Vásquez Torres, DILIGENCIA 16.10.2018, 10:00, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Montes .- (19-20-23 julio) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-5659-45 (Imputado) FRANS RENE MAMANI ARAPA Y LOLO PILA UMPIRE, delito HURTO AGRAVADO, agraviado JONATHAN CESPEDES CORI, DILIGENCIA 24-07-2018, 10:30 A.M., Sala 6, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Lazarte .- (19-20-23 julio) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2013-4096-17 (Sentenciado) JESUS RODOLFO BANDA TALAVERA, delito HURTO AGRAVADO, agraviado JOSE RUBEN HUANCA MEDINA, DILIGENCIA 13-08-2018, 08:00, Sala 4, AUDIENCIA DE EJECUCION DE SENTENCIA; Secretario: Vargas .- (19-20-23 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-8613-0 (Imputado) EDWIN RODY PAZ HUAMANI, delito LESIONES CULPOSAS POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado TERESA CUEVA MENDOZA, DILIGENCIA 12-10-2018, 12:00, Sala 4, LLEVARSE A CABO LA AUDIENCIA SIN SU PRESENCIA; Secretario: Gallegos .- (19-20-23 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1369-0 (Imputado) SILVIO ROLANDO QUISPE ALVAREZ, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGEN-

CIA 27-08-2018, 14.15, Sala 1, LLEVARSE A CABO LA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO; Secretario: Gallegos .- (19-20-23 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-6951-0 (Imputado) JESUS MIGUEL TINTA QUISPE (Agraviada)LILIAN ANGELICA HUALLPA QUISPE, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado LILIAN ANGELICA HUALLPA QUISPE, DILIGENCIA 14-08-2018, 09:00 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Arones .(19-20-23 julio) EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-56993 (Imputado) ALEJANDRO CIRILO VALERO CHOQUEHUANCA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Susana Rufina Ccahuana Ccoa, DILIGENCIA 10-10-2018, 08:30, Sala 2, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Monge .- (19-20-23 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1530-0 (Imputado) MARCELINO PUMACHARA KANA, delito FALSIFICACION DE DOCUMENTO, agraviado ONP, DILIGENCIA 24-08-2018, 10:30, Sala 1, RESOLUCIÓN 03-2018: SE CITA PARA LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN FISCAL ; Secretario: Rosa .- (20-23-24 julio) EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-6560-57 FERMIN PAREDES CERVANTES Y LELIA ALIAGA QUIROGA, delito Uso indebido de tierras agrícolas, agraviado EL ESTADO MINISTERIO DEL AMBIENTE, DILIGENCIA 03.12.2018, 10:30, Sala 5, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Montes .- (20-23-24 julio) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4743-21 (Imputado) Armando Vilcazan Díaz. , delito LESIONES GRAVES, agraviado Alfredo Paucar Mamani, DILIGENCIA 16-08-2018, 08:00, Sala 3, ; Secretario: Díaz.- (20-23-24 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-5050-0 (Imputado) JAVIER ELMER COAGUILA VELASQUEZ, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MATILDE VELASQUEZ FLORES, DILIGENCIA 11-09-2018, 08:00, Sala 1, LLEVARSE A CABO LA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO SIN SU PRESENCIA; Secretario: Gallegos.- (20-23-24 julio) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 125-2018-92 BENITES GUTIERREZ GERMAN JULIO , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado LILIANA BENITES CONDORI, DILIGENCIA 1308-2018, 8:15, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: PEREZ .- (20-23-24 julio) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los

cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-1172-98 (Imputado)JAIME GUILLERMO PAREDES FRISANCHO , delito FRAUDE EN LA ADMINISTRACIÓN DE PERSONAS JURIDICAS , agraviado DIVICENTER SAC , DILIGENCIA 31-07-2018, 09:00 HORAS, Sala 4, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Ramírez.- (20-23-24 julio) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-6160-9 (Imputado) SABINO ELIY MAMANI CHINO , delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado VICTORIA FLORA CHAMBI CHAMBI , DILIGENCIA 13-08-2018, 10:00, Sala 6, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Monge .- (20-23-24 julio) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-6160-9 (AGRAVIADA) CHAMBI CHAMBI VICTORIA FLORA , delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado CHAMBI CHAMBI VICTORIA FLORA, DILIGENCIA 13-08-2018, 10:00, Sala 6, ; Secretario: Monge.- (20-23-24 julio) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4837-78 (agraviado) FREDDY PHOCO PUMA, delito DAÑOS, agraviado , DILIGENCIA 26-07-2018, 12:00, Sala de Audiencia del Juzgado, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO PARA EL DÍA 26-07-2018, A LAS 12:00 HORAS, EN LA SALA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO ; Secretario: Fuentes .(20-23-24 julio) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-5631-60 (Imputado) AMADEO JUSTO MAMANI VILCA (AGRAVIADOS) AVELINA LLALLACACHI LOPEZ, BRYAN JESUS APAZA APAZA, JAVIER PARI PAUCAR MEDALY DEXTRE MIGUEL, REYSEN CACERES LEON, VALERIANA JUAREZ LARICO, Y VICTORIA MAMANI HUARACAYO, FRANCISCA CHAMBI DE ROJAS DE CRUZ, ZONIA GLORIPES QUISPE SUEAÑA, LEONIDAS APAZA JACHO, ROXANA YUCRA HUAMAN, JAVIER LAURA JOVE, CALIXTA VALENCIA CHUQUIJA, BALTAZAR ARGUEDAS YUCRA, ISABEL QUISPE MAMANI, BENITO PAUCAR HUANCA, ESTEBAN YUCRA SUCLLA, MARIANO MERCEDES, CCALLA MURIEL, ANTONIO CUTIMBO PACOMPIA, CLEVER RODY QUISPE LAURA, DILAN QUISPE SALAS, EDWARD GILBERTO QUISPE ADCO, EDWIN QUISPE QUISPE, FLOR SAIDE CONDORI, FRANCO MAMANI QUISPE, GILMER MAMANI QUISPE, GLADIS SUCASAIRE LIPA, GRACIELA APAZA APAZA, AIDEE ALVAREZ UCHURI, JESUS MAMANI HUAYTA, JUAN PARI MIRANDA, JUANA YAMPARA APAZA, JUVENAL CONDORI MOLLEAPAZA, LKISBETH SHIOMARA PARISUAÑA MAMANI, MARGOT PARI MAMANI QUISPE, MARI KATHERINE QUISPE SALAS, MARIA ESTHER APAZA APAZA, MARIA JOSEFINA UMASI CHISE, MARILUZ CONDORI APAZA, MARITZA CONDORI TICONA, MELANIO RIOS CERNA, HOLIVER CUTIMBO PACOMPIA, PAULINO SONCCO ATAMARI, PILAR CHUQUIPIUNTA QUISPE, RAMIREZ MAMANI VALENTINA, RENE QUISPE CHOQUE, RINA SALAS MERMA, SONCCO QUISPE ROUSS MARIFE, SONCCO QUISPE DANAHI ISABEL, SONCCO QUISPE DEYANIRA MAGDIEL, SONCCO QUISPE MARILU CLAUDIA, VICTOR MAMANI HUARACAYO, WALTER QUISPE MAMANI, PATRICIA ELENA SOLIS CHOQUE, YENI APAZA CHARCA, YESSICA BRINA MAMANI SOLIS, YOSHIMAR YHIMY RIOS SUICASAIRE, JOAQUIN LAURA PACHECO, MARIA BELINDA LAURA PACHECO, delito HOMICIDIO CULPOSO, agraviado Francisca Chambi Rojas de Cruz, DILIGENCIA 06-08-2018, 11:48 horas, Sala de Audiencia del Juzgado, estando al requerimiento fiscal córrase traslado del requerimiento fiscal por el

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plazo de diez días hábiles para los efectos del articulo 345° 350° del Código Procesal Penal por otro Se Dispone reprogramar la audiencia de control del requerimiento mixto para el día seis de agosto del año dos mil dieciocho, a las once horas con cuarenta y cinco minutos, la misma que se llevara en la sala de audiencia del juzgado ubicado en la calle Túpac Amaru del distrito de Cerro Colorado -; Secretario: Fuentes .- (20-23-24 julio) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-5760-0 (Agraviado) DIANA TORIBIA MAMANI SOLORZANO, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD, agraviado DIANA TORIBIA MAMANI SOLORZANO, NOTIFICACION, RES N°03: SE REPROGRAMA LA FECHA DE AUDIENCIA DE ACUSACION DIRECTA PARA EL DIA 11-092018, A LAS 8:30 HORAS, SE REALIZARA EN LA SALA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO, UBICADO EN LA CALLE TUPAC MARU 464, DISTRITO DE CERRO COLORADO- AREQUIPA ; Secretario: Herrera.- (2023-24 julio) } EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4300-66 (Imputado) ELIZABETH JUANA ZAPACAYO ZAPANA, delito TRATA DE PERSONAS, agraviado AMQLL, NOTIFICACION , , , RE. 12-2018 SE PROGRAMA PARA LA RENOVACIÓN DE LA AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA RESPECTO DE ZAPACAYO ZAPANA ELIZABETH JUANA, EL DÍA 31 JULIO 2018, A HORAS 14:15, EN SALA TRES, SEDE CENTRAL, BAJO APERCIBIMIENTO DE MULTA Y CONOC. CONTROL INTERNO.- ; Secretario: Fernández .-(23-24-25 julio)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-5446-0 EDGAR CHAMBI MACHACA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado BATALLANOS PAMPA VERONICA JANY, NOTIFICACION, CON FECHA 06.06.2018 EL JUZGADO CONVOCA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO PRESENTADO POR EL MINISTERIO PÚBLICO PARA EL DÍA 26.07.2018 A LAS 08:30,DESIGNADOLE DEFENSOR PÚBLICO A LA ABOG. MARTA CATACORA ARAMAYO, QUIEN ASUMIRA LA DEFENSA DEL IMPUTADO. ; Secretario: Figueroa .- (23-24-25 julio) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-00217-81 (Imputado) FRANCISCO SALVADOR CACERES GUTIERREZ , delito DESOBEDIENCIA Y RESISTECIA, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 29-08-2018, 08:15 HORAS, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Ramírez .- (23-24-25 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-2811-85 NOTIFICAR A.- CHANINI GARATE RENZO JESUS, delito , agraviado , DILIGENCIA, Sala 2, RESOLUCIÓN Nº 08-2018 Arequipa, 17 de Julio del 2018,SE RESUELVE: (00:10:39) Primero: Declarar INFUNDADO el requerimiento fiscal de REVOCATORIA DE SUSPENSIÓN DE PENA. Segundo: CONCEDER el plazo perentorio de VEINTE DÍAS HÁBILES al sentenciado RENZO JESÚS CHANINI GÁRATE para que cumpla con el pago del saldo de la reparación civil ascendente a S/. 600.00 soles mediante depósito judicial por ante el Banco de la Nación. Tercero: Asimismo, se le requiere para que CUMPLA con adjuntar el original del voucher o recibo pagado por ante el Banco de la Nación ascendente a la suma de S/. 700.00 soles. Cuarto: Se DISPONE la notificación al sentenciado en su domicilio real que aparecer en el acta de audiencia de juicio oral de fecha 25 de octubre del 2017; sin perjuicio de ello también se dispone notificársele en el domicilio real de Villa Continental V-18

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La República

(Ref. frente a Villa Corpac - según acta de fecha 19 de mayo del 2018) y sin perjuicio de ello se dispone su notificación en el último domicilio real señalado por el mismo sentenciado en Villa Continental M-5 Cayma, Cayma; sin perjuicio de ello se dispone también su notificación mediante edictos con el estracto de la presente resolución. ; Secretario: CCORAHUA .- (23-24-25 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20085011-0 SUCNO ÁLVAREZ JOSÉ ALFREDO, delito VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL , agraviado E.H.H., NOTIFICACION ; Secretario: Suarez.- (2324-25 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2006-67-0 GULLÉN CCALLA ARTEMIO, delito VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL , agraviado Y.E.G.M., NOTIFICACION; Secretario: Suarez.- (23-24-25 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2008117-0 YANARICO CALSIN JULIO CÉSAR, delito VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado C.R.C.C., NOTIFICACION; Secretario: Suarez .- (2324-25 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2007-401-0 CRUZ CHIPA FAUSTINO ABDÓN, delito VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado L.G.V.A., NOTIFICACION; Secretario: Suarez .- (2324-25 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2011-1340 RODRÍGUEZ DÍAZ ANTONIO, delito VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado Z.Y.H.Q., NOTIFICACION; Secretario: Suarez .- (23-24-25 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2002-1260 SUCASACA CONDORI MARCO ANTONIO, delito ROBO AGRAVADO, agraviado LEONARDO VIRGILIO CHOQUE QUISPE, NOTIFICACION; Secretario: Suarez .- (23-24-25 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2006118-0 GONZALO MAMANI ÁNGEL NESTOR , delito ROBO AGRAVADO, agraviado SERBIO BRAVO CUEVA, NOTIFICACION; Secretario: Suarez .- (23-24-25 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2003-29-0 B.A.O.H.(parte agraviada), delito VIOLACIÓN CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado B.A.O.H., NOTIFICACION, SENTENCIA DE SALA N° 04-2018 ABSOLVER A WERCIL CARLOS POTURGAL HEREDIA DEL DELITO DE VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL PREVISTO EN EL ARTICULO 173 PRIMER PÁRRAFO INCISO 1 VIGENTE MEDIANTE LEY 26950 EN AGRAVIO DE LA MENOR DE INICIALES B.A.O.H. ; Secretario: Suarez .- (23-24-25 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-5468-0 JAIME VIDAL ROJAS VARGAS Y

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

JOSÉ DAVID ROJAS VARGAS, delito AGRESIONES EN CONTRA DE INTREGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, agraviado ROBERTO MAMANI ROJAS Y SANDRA KATTY ROJAS VARGAS, DILIGENCIA 1808-2018, 08.00, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Figueroa .- (23-24-25 julio) JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-8165-26 JOSÉ ANTONIO SANDOVAL RAMÍREZ , delito ROBO AGRAVADO, agraviado ROXANA YOVANA VALDIVIA DE VASQUEZ , DILIGENCIA 23-7-2018, 11:00, Sala 10, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Luque .- (23-24-25 julio) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-5148-0 (Imputado) WILBER DINO CAHUAYA YARETA, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado MENOR DE INICIALES W.A.L.H., NOTIFICACION 06/09/2018, 09:30 A.M, Sala de Audiencia del Juzgado, RESOLUCIÓN N° 05, QUE DISPONE REPROGRAMAR LA FECHA DE LA AUDIENCIA DE ACUSACIÓN DIRECTA, LA MISMA QUE SE LLEVARA ACABO EL DÍA 06 DE SETIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A LAS 09:30 A.M., EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLADO, UBICADO EN LA CALLE TUPAC AMARU 464 CERRO COLORADO, A LA CUAL DEBERÁ DE ASISTIR OBLIGATORIA MENTE EL IMPUTADO WILBER DINO CAHUAYA YARETA CON SU ABOGADO DEFENSOR BAJO APERCIBIMIENTO DE LLEVARSE ACABO LA AUDIENCIA CON LA SOLA PRESENCIA DE DEFENSOR PUBLICO; Secretario: Zegarra .- (23-24-25 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-507432 (Imputado): ARMANDO VÍCTOR CHUMBES APAZA, JUAN CARLOS AGUILAR CASTILLO, LUCILA APAZA QUISPE, HENRY JOSÉ CHUMBES APAZA, KARINA LUCY CHUMBES APAZA Y JOSÉ ALBERTO CHUMBES APAZA, delito Usurpación Agravada, agraviado Pascual Flora Chino y otro, DILIGENCIA 21-09-2018, 09:00, Sala 1, ; Secretario: Almanza .(24-25-26 julio)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2013-4440-7 LEONOR QUE QUISPE, delito CONTRA EL PATRIMONIO EN LA MODALIDAD DE DEFRAUDACION, agraviado GLADYS CAPCHA LLACSA, DILIGENCIA 23-08-2018, 11:00 AM, Sala 1, ; Secretario: Huerta .- (24-25-26 julio) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2013-185-22 SE CUMPLE CON NOTIFICAR AL IMPUTADO JHONNY OSWALO PARI BENAVENTE A FIN DE QUE CONCURRA A LA AUDIENCIA DE INSTALACION DE JUICIO ORAL LA QUE SE LLEVARA A CABO EL DIA 20 DE SETIEMBRE 2018 A HORAS 15.00 EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DE CAMANA. , delito Ocultamiento y apropiación de documentos , agraviado Empresa Minera SECOCHA , DILIGENCIA 20-092018, 15.00, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DISPONER SU CAPTURA A NIVEL NACIONAL ; Secretario: Tapia -.- (24-25-26 julio) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-510-28 SE HACE SABER

Martes, 24 de julio del 2018

QUE EL DIA 18 SETIEMBRE 2018 A HORAS 11.30 SE LLEVARA A CABO LA AUDIENCIA DE INSTALACION DE JUICIO ORAL EN EL EXPEDIENTE 510-2017 HOMICIDIO CULPOSO - QUEDANDO NOTIFICADO EL IMPUTADO FORTUNATO OBREGON JARA PARA SU CONCURRENCIA. , delito HOMICIDIO CULPOSO, agraviado ANGEL MIGUEL CUTISACA RAMOS , DILIGENCIA 18-09-2018, 11.30, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Tapia .- (24-25-26 julio)

contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-8946-0 (JORGE JUNIOR CHAMBILLA ALVAREZ) , delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado ELIZABETH ROXANA MAMANI MAMANI, DILIGENCIA 14-08-2018, 9:30 A.M, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Rodríguez .- (24-25-26 julio)

SIO CATACORA COLQUE, delito Agresión contra mujeres integrantes del grupo familiar, agraviado Karol Catacora Lima, DILIGENCIA 28-08-2018, 09:30 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO .- (24-25-26 julio)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-500-46 (Imputado) JORGE LUIS ARANA FIGUEROA, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado Sanihahold sac, DILIGENCIA 25-072018, 08:00, Sala 2, ; Secretario: Delgado .- (2425-26 julio)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-9892-0 (HENRY GERONIMO ARRATEA TITO y RUBI DELFINA CHIRE YANQUI) , delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado AMBOS, DILIGENCIA 14-08-2018, 10:00, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Rodríguez .- (24-25-26 julio)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-3533-26 PAUL ELMER TALAVERA ALBARRACIN, delito Agresión contra mujeres integrantes del grupo familiar, agraviado Elvira López Robles, DILIGENCIA 23-08-2018, 09:00 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO .- (24-25-26 julio)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20171344-66 (Imputado) MAURICIO JAVIER SALINAS ARREDONDO, delito ESTAFA AGRAVADA Y OTROS, agraviado EL ESTADO Y OTROS, NOTIFICACION , , , RESOLUCIÓN 01: NOTIFIQUESE A LAS DEMÁS PARTES PROCESALES , POR EL PLAZO PERENTORIO DE DIEZ DÍAS HÁBILES , PARA LOS EFECTOS DEL ARTICULO 345 NUMERALES 1 Y 2 DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL. ; Secretario: Belizario.(24-25-26 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-256-53 (Imputado) DARWIN DAVID BARRIENTOS SONCOCHACA Y JUAN TACURI LIMA. (Agraviado) Difusión Andina de Radio y Televisión Digital EIRL. y otro , delito CONTRA EL PATRIMONIO EN LA MODALIDAD DE HURTO AGRAVADO, agraviado Difusión Andina de Radio y Televisión Digital EIRL. y El Estado, NOTIFICACION, Resolución N° 01-2018 fecha 22-05- 2018. Notifica requerimiento mixto promovido por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, por el plazo perentorio de diez días hábiles para efectos del Art. 350° Nuevo Código Procesal Penal. ; Secretario: Díaz .- (24-25-26 julio) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-754796 (Imputado) , delito SONIA ANALEMVA PEREZ GUERRERO, agraviado La Sociedad, DILIGENCIA 24-08-2018, 11:30, Sala 3, ; Secretario: Delgado.(24-25-26 julio) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-7547-96 (Imputado) SONIA ANAMELVA PEREZ GUERRERO, delito Autoaborto, agraviado La Sociedad, NOTIFICACION, Estando al requerimiento de acusación, notifíquese a los demás sujetos procesales por el plazo de 10 días para efectos del art. 350 del CPP, se nombra como su abogada defensora publica a la Dra. Gabriela Apaza Gonzales. ; Secretario: Delgado .- (24-25-26 julio) EL CUARTO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-2837-70 (Imputado): MANUEL PEDRO SURCO COLLAVINOS, delito EXHIBICIONES Y PUBLICACIONES OBSCENAS, agraviado ALEJANDRO ELVIS CENTENO ABRIL Y OTRO, DILIGENCIA 27-09-2018, 12:00 P.M., Sala 12, Se le cita a audiencia de juicio oral BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: TORRES .- (24-25-26 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 1763-2016-0 (Agraviada) UBALDA SUSANA ARAPA DE LUQUE, delito ESTAFA AGRAVADA, agraviado UBALDA SUSANA ARAPA DE LUQUE, DILIGENCIA 07-09-2018, 09:00, Sala de Audiencia, ; Secretario: Cossio .- (24-25-26 julio) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-9362-82 PEDRO RICARDO CHAVEZ SANCHEZ, delito DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 27-08-2018, 10:00 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO .- (24-25-26 julio) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4206-33 PEDRO RICARDO CHAVEZ SANCHEZ, delito Agresión contra mujeres integrantes de grupo familiar, agraviado Epifania Turpo Chura, DILIGENCIA 27-08-2018, 10:15 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO .- (24-25-26 julio) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4032-82 EDSON LARRY SOTOMAYOR GONZALES, delito Agresión contra mujeres integrantes del grupo familiar, agraviado Kiara Lira Miranda y otra, DILIGENCIA 28-082018, 09:00 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO ._ (24-25-26 julio) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 3536-2018-92 JONNY WALTER RODRIGUEZ CORNEJO, delito Agresión contra mujeres integrantes del grupo familiar, agraviado Margarita Mancillas Flores, DILIGENCIA 29-082018, 09: 00 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO .- (24-25-26 julio) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-2758-71 FERMIN NICA-

LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2006-21-0 N.J.CH.H (parte agraviada), delito VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL , agraviado N.J.CH.H , NOTIFICACION, SENTENCIA N° 02-2018 DECLARA A PEDRO ABEL PÉREZ DONAYRE AUTOR DEL DELITO DE VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL EN AGRAVIO DE N.J.CH.H. LE IMPONE 20 AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD QUE VENCERÁ EL 5 DE ENERO DE 2038. FIJA REPARACIÓN CIVIL. ; Secretario: Suarez .- (24-25-26 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2005-19-0 CANDIA CHABARREA VALENTIN TIMOTEO, delito VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado F.E.G.B., NOTIFICACION; Secretario: Suarez .- (2425-26 julio) EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-177-13 SE CITA AL ACUSADO RICARDO ANTONIO CASTILLO ESPETIA A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PROGRAMADO PARA EL 31 DE JULIO DEL 2018 A HORAS 10:00 EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL DESPACHO DEL 2DO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado GAMANIEL NESTOR LAZO MARTINEZ, DILIGENCIA 31-07-2018, 10:00 HORAS, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Ninasivincha .- (24-25-26 julio) JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20168196-12 EDWIN IZARRA LAPA, delito Trafico Ilícito de Drogas, agraviado, NOTIFICACION, N° 1, Auto de Citación a Juicio, a fin de que se apersone a la audiencia del 21-08-2018 a las 14.30 horas, para que ejerza su derecho de defensa; bajo apercibimiento de declarársele contumaz, ordenar su captura y el archivo provisional del proceso. ; Secretario: SALINAS .- (24-25-26 julio)

JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20178165-26 JOSÉ ANTONIO SANDOVAL RAMÍREZ , delito ROBO AGRAVADO , agraviado ROXANA YOVANA VALDIVIA DE VASQUEZ , DILIGENCIA 1-8-2018, 08:30, Sala 10, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Luque .- (24-25-26 julio)

Martes, 24 de julio del 2018

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SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

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CRONICAS JUDICIALES CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA Sala Mixta Descentralizada e Itinerante con sede en Camaná CRONICA JUDICIAL CORRESPONDIENTE AL MES DE ENERO DEL AÑO 2018. COLEGIADO CONFORMADO POR LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES: Dr. Nicolás Iscarra Pongo (Presidente) Dr. Alejandro Ranilla Collado Dr. Marco Antonio Herrera Guzmán.

JUEVES 04 DE ENERO DEL 2018 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Nicolás Iscarra Pongo (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. SENTENCIA DE VISTA 933-2016-FC VS Proceso de contravenciones, seguido por el MINISTERIO PUBLICO contra JUAN WALTER ARUTAYPE FLORES; APROBAMOS: la Sentencia N° 074-2017-JCT, de fojas noventa y ocho a ciento cinco, que declara infundada la demanda de contravenciones interpuesta por el Ministerio Publico contra Juan Walter Arutaype Flores, en agravio del menor Oscar Saúl Chura Chávez sobre contravenciones. SENTENCIA DE VISTA 147-2013-CI VS Proceso de nulidad de acto jurídico, seguido por NÉSTOR MANUEL PINTO ÁLVAREZ contra COSME EDUARDO MONTES FERNÁNDEZ Y OTRA; RESOLVEMOS: REVOCAR, La sentencia número 25-2017, de fecha veintidós de marzo del dos mil diecisiete que declaró infundada la demanda interpuesta por Néstor Manuel Pinto Álvarez, contra Cosme Eduardo Montes Fernández y Lilibeth Midori Ortega Granda, en cuanto pretende la nulidad parcial del acto jurídico de compraventa de fecha veintitrés de abril del año dos mil doce en su cuarta cláusula por las causales de fin ilícito y objeto jurídicamente imposible y en cuanto pretende la nulidad del acto jurídico del contrato de resolución de compra venta con pacto de retroventa de fecha veintidós de abril del dos mil trece por las causales de fin ilícito y objeto jurídicamente imposible. REFORMÁNDOLA: Declaramos improcedente la demanda. En los seguidos por Néstor Manuel Pinto Álvarez, contra Cosme Eduardo Montes Fernández y Lilibeth Midori Ortega Granda, por nulidad de acto jurídico. AUTO DE TRAMITE 76-2017-60-CI HG Proce so constitucional de amparo seguido por SANCHEZ JUAREZ DE BARRIOS, NOEMI contra SALINAS MALAGA, CESAR Y OTROS; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día treinta de enero del año dos mil dieciocho a las nueve horas, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúen las notificaciones de ley a la parte recurrente en la casilla electrónica que obre en autos; sin perjuicio de lo antes mencionado requiere a los abogados defensores deberán señalar su

casilla electrónica para realizar las notificaciones que correspondan de acuerdo a ley así como su domicilio procesal dentro del radio urbano de la provincia de Camaná; de igual forma los abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente en virtud al artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, solicitud que será aceptada por el solo hecho de su presentación, siempre y cuando se ejerza dicho derecho dentro del plazo de ley, exhortando a los mismos portar copia de su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa 298-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, bajo responsabilidad. AUTO DE TRAMITE 58-2017-0-FP RC Proce so constitucional de amparo seguido por SANCHEZ JUAREZ DE BARRIOS, NOEMI contra SALINAS MALAGA, CESAR Y OTROS; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTITRES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúen las notificaciones de ley a la parte recurrente en la casilla electrónica que obre en autos; sin perjuicio de lo antes mencionado requiere a los abogados defensores deberán señalar su casilla electrónica para realizar las notificaciones que correspondan de acuerdo a ley así como su domicilio procesal dentro del radio urbano de la provincia de Camaná; de igual forma los abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente en virtud al artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, solicitud que será aceptada por el solo hecho de su presentación, siempre y cuando se ejerza dicho derecho dentro del plazo de ley, exhortando a los mismos portar copia de su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa 298-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, bajo responsabilidad. AUTO DE TRAMITE 58-2017-0-FP RC Proce so constitucional de amparo seguido por SANCHEZ JUAREZ DE BARRIOS, NOEMI contra SALINAS MALAGA, CESAR Y OTROS; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SEIS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúen las notificaciones de ley a la parte recurrente en

la casilla electrónica que obre en autos; sin perjuicio de lo antes mencionado requiere a los abogados defensores deberán señalar su casilla electrónica para realizar las notificaciones que correspondan de acuerdo a ley así como su domicilio procesal dentro del radio urbano de la provincia de Camaná; de igual forma los abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente en virtud al artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, solicitud que será aceptada por el solo hecho de su presentación, siempre y cuando se ejerza dicho derecho dentro del plazo de ley, exhortando a los mismos portar copia de su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa 298-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala con poner los autos a Despacho, cinco días antes de la vista de la causa, bajo responsabilidad. AUTO DE TRAMITE 590-2011-0-CI RC Proceso de nulidad de acto jurídico seguido por HUARCA TACO, AURELIO LORENZO contra ESCARZA MAYCA, NAPOLEON NICEFORO; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SEIS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúen las notificaciones de ley a la parte recurrente en la casilla electrónica que obre en autos; sin perjuicio de lo antes mencionado requiere a los abogados defensores deberán señalar su casilla electrónica para realizar las notificaciones que correspondan de acuerdo a ley así como su domicilio procesal dentro del radio urbano de la provincia de Camaná; de igual forma los abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente en virtud al artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, solicitud que será aceptada por el solo hecho de su presentación, siempre y cuando se ejerza dicho derecho dentro del plazo de ley, exhortando a los mismos portar copia de su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa 298-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala con poner los autos a Despacho, cinco días antes de la vista de la causa, bajo responsabilidad. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 09 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator

VIERNES 05 DE ENERO DEL 2018 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Nicolás Iscarra Pongo (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. AUTO DE VISTA 68-2009-7-CI RC Proceso de partición de herencia, seguido por ZAIDA CANDELARIA PALACIOS DE CALDERÓN contra JORGE LUIS MEDINA BERLANGA; CONFIRMAMOS: la Resolución 01-2017, de fecha diez de julio de dos mil diecisiete, de fojas ochenta y uno, que declara improcedente la demanda de medida cautelar de embargo de bien inmueble no inscrito solicitado por Ronald Calderón Cadillo, como apoderado de Zaida Candelaria Palacios de Calderón. AUTO DE VISTA 49-2017-0-FP RC Proceso de infracción penal, seguido por el MINISTERIO PUBLICO contra LUIS FELIPE MEZA ALVIAR; DECLARAMOS: NULO, lo actuado en esta instancia; en consecuencia, INSUBSISTENTE, el concesorio, debiendo previamente notificarse la sentencia de primera instancia a Edilberto Abad Meza de la Cruz, como progenitor del infractor y al haberse dispuesto que la reparación civil pague en forma solidaria, reservándose la concesión del recurso de apelación interpuesta por la madre del infractor, mientras no se cumpla el emplazamiento debido. En los seguidos a Luis Felipe Meza Alviar, por infracción a la ley penal, homicidio culposo, en agravio de Máximo Prieto Mendoza. AUTO DE VISTA 35-2017-37-FC HG Proceso de contravenciones, seguido por MINISTERIO PÚBLICO contra ERNESTO NICOMEDES SALINAS CARPIO; REVOCAMOS la Resolución N° 03, de fecha seis de febrero dos mil diecisiete, que resolvió declarar infundado el pedido de nulidad del acto de notificación de la Resolución N° 1 y demanda, y ordenó se continué con el séquito del proceso. REFORMÁNDOLA DECLARAMOS FUNDADA la nulidad de actuados deducida por el demandado Ernesto Nicomedes Salinas Carpio, en consecuencia ordenamos se retrotraiga el proceso hasta que se cumpla con notificar al demandado con la demanda y el auto admisorio. SE EXHORTA al señor Notificador encargado, a fin cumpla con identificar plenamente el inmueble donde notifica consignando todos los datos que se requieren en el aviso de notificación (Suministro, color de vivienda y/o color de puerta). AUTO DE VISTA 307-2016-CI VS Proceso de impugnación de resolución, seguido por CFG INVESMENT SAC contra GERENCIA REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO; DECLARAMOS: NULA la resolución número 02-2017, de fecha diecisiete de mayo del dos mil doce, de fojas ochenta y uno, que resolvió hacer efectivo el apercibimiento señalado en la resolución uno guión dos mil dieciséis, rechazó la demanda presentada por CFG INVESTMET SAC y dispuso el archivo del proceso, ORDENAMOS, que se emita nuevo pronunciamiento teniendo en cuenta los considerandos precedentes. En los seguidos por CFG INVESMENT SAC, en contra de la Gerencia Regio-

nal de Trabajo y Promoción del Empleo, por impugnación de resolución administrativa. AUTO DE VISTA 205-2016-48-CI VS Proceso de nulidad de acto jurídico, seguido por ZELMIRA CASO IQUIAPAZA contra VICENTE CARCOMO HUAMANI Y OTROS; CONFIRMAMOS: la resolución número 69, de fecha veintisiete de marzo del dos mil diecisiete, de fojas seiscientos seis a seiscientos ocho, que declaró improcedente el pedido de apersonamiento de los recurrente Juan Ramiro Amesquita Ulloa y Juan Rubén Bravo Amesquita y el pedido de nulidad de actuados postulado por Juan Ramiro Amesquita Ulloa, en calidad de Presidente del Núcleo Ejecutor y Juan Rubén Bravo Amesquita, en calidad del Presidente del Comité de Defensa de la carretera de PampacolcaSihuarpo. AUTO DE VISTA 173-2012-68-CI HG Proceso de partición ejecución de garantías, seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA contra PRUDENCIA HUAY TA CABANA; CONFIRMAMOS la Resolución N° 13-2017, de fecha once de abril dos mil diecisiete, que resolvió declarar improcedente el pedido de nulidad del acto procesal de notificación de la demanda, anexos y auto admisorio, el pedido de nulidad de todos los actos procesales realizados con posterioridad a dicho acto de notificación viciado, efectuado por la ejecutada Prudencia Huayta Cabana. AUTO DE VISTA 184-2017-0-CI VS Proceso de nulidad de cosa juzgada fraudulenta, seguido por JUAN RAMIRO AMEZQUITA ULLOA contra VICENTE CÁRCAMO HUAMANÍ Y OTROS; RESOLVEMOS: APROBAR la resolución número 03-2017, del Segundo Juzgado Mixto de Caylloma-Majes, que no acepta la abstención y remite a esta instancia los antecedentes para que se dirima la competencia. DISPONEMOS: se remitan los antecedentes al señor Juez del Juzgado Mixto de Castilla Aplao, para que reasuma competencia y siga conociendo esta causa, notificándose esta resolución al Juez del Segundo Juzgado Mixto de Caylloma Majes. En los seguidos por Juan Ramiro Amezquita Ulloa, con Vicente Cárcamo Huamaní y otros, sobre nulidad de cosa juzgada fraudulenta. AUTO DE VISTA 2047-2016-0-CI LC Proceso de desalojo, seguido por EVANGELISTA TIOFONA AYAQUE MENDOZA DE NEIRA contra VÍCTOR MANUEL ANDRADE MARTÍNEZ; RESOLVEMOS: DESAPROBAR: La Resolución numero número cero seis guion dos mil diecisiete, de fecha tres de mayo del año dos mil diecisiete, expedido por el Segundo Juzgado Mixto de Caylloma, con sede en El Pedregal-Majes, que resolvió declarar su incompetencia y dispone remitir lo actuado en consulta a esta Sala Superior para que se dirima la competencia; DISPONEMOS: Se devuelvan los antecedentes al Segundo Juzgado Mixto de Caylloma con sede en El Pedregal-Majes, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, para que asuma competencia, en los seguidos por Evangelista Tiofona Ayaque Mendoza de Neira en contra de Víctor Manuel Andrade Martínez, sobre desalojo por ocupación precaria, vía proceso sumarísimo.

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SENTENCIA DE VISTA 84-2008-0CI RC Proceso contencioso administrativo, seguido por MARÍA DOLORES LINARES CORNEJO contra MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAMANÁ; CONFIRMAMOS: la Sentencia 28-2017, de fecha veintiocho de marzo de dos mil diecisiete, de fojas doscientos cincuenta y nueve, que declara improcedente la demanda contenciosa administrativa, interpuesta por María Dolores Linares Cornejo, dirigida a la Municipalidad Provincial de Camaná, con lo demás que contiene. SENTENCIA DE VISTA 165-2015-FC HG Proceso de violencia familiar, seguido por MINISTERIO PÚBLICO contra DAVID SABINO MEDINA FLORES; APROBARON la Sentencia N° 145-2017-JCT, del cuatro de julio del dos mil diecisiete, que resolvió declarar INFUNDADA la demanda interpuesta por el Ministerio Público, sobre Violencia Familiar en la modalidad de maltrato psicológico, seguida en contra de David Sabino Medina Flores en agravio de Nelith Graciela Rengifo Chatote y el menor Rodrigo Alonzo Medina Rengifo. SENTENCIA DE VISTA 892-2013-0-CI VS Proceso de nulidad de acto jurídico, seguido por MAGNO DEAN MOLINA BARRIGA contra LUIS EDUARDO QUINTANILLA TAYA; CONFIRMAMOS: la Sentencia 13-2017, del dieciséis de enero del dos mil diecisiete, de fojas doscientos sesenta y ocho a doscientos setenta y seis, que declara improcedente la demanda de nulidad de acto jurídico y restitución de posesión. SENTENCIA DE VISTA 144-2017-0-CI RC Proce so de reivindicación, seguido por PEDRO SANTIAGO TALLA TATAJE contra MANUEL COBARRUBIA AMÉSQUITA Y OTROS; CONFIRMAMOS: la Sentencia Número 24-2017, de fecha dos de febrero de dos mil diecisiete, de fojas mil setecientos cincuenta y seis, que declaró infundada la demanda de reivindicación e infundadas las pretensiones accesorias de cobro de frutos industriales, daños y perjuicios, daño moral. Con costas y costos de segunda instancia que pagará el demandante a los demandados. En los seguidos por Pedro Santiago Talla Tataje, con Manuel Cobarrubia Amésquita, Bertha Cristina Torres Díaz, Manuel Uscamayta Neyra e Hipólita Luisa Aquise Gonzáles, sobre reivindicación y otros conceptos. AUTO FINAL 21-2013-52-LA HG Proceso contencioso administrativo, seguido por ZAIDA CANDELARIA PALACIOS DE CALDERÓN contra JORGE LUIS MEDINA BERLANGA; SE RESOLVEMOS: 1) DECLARAR FUNDADA la queja interpuesta por José Antonio López Vera en contra de la resolución número 21 de fecha catorce de noviembre del dos mil diecisiete; en consecuencia, 2) CONCEDER el recurso de apelación con efecto suspensivo en contra de la resolución número 20, a favor de la parte solicitante de la medida cautelar, debiendo ser elevado el cuaderno de medida cautelar para su respectivo trámite en el plazo de tres días de tomar conocimiento de la presente resolución; sin perjuicio de la notificación a las partes de haberse apersonado en el cuaderno. Debiendo el juzgado emitir la resolución correspondiente sobre la resolución 21 en mérito a lo ordenado en el presente incidente de queja. AUTO DE TRAMITE 33-2012-0-CI HG Proceso de nulidad de resolución administrativa seguido por LOPEZ VERA, JOSE ANTONIO contra GERENCIA REGIONAL DE EDUCACION DE AREQUIPA; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día TREINTA DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúen las notificaciones de ley a la parte recurrente en la casilla electrónica que obre en autos; sin perjuicio de lo antes mencionado requiere a los abogados defensores deberán señalar su casilla electrónica para realizar las notificaciones que

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correspondan de acuerdo a ley así como su domicilio procesal dentro del radio urbano de la provincia de Camaná; de igual forma los abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente en virtud al artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, solicitud que será aceptada por el solo hecho de su presentación, siempre y cuando se ejerza dicho derecho dentro del plazo de ley, exhortando a los mismos portar copia de su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa 298-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala con poner los autos a Despacho, cinco días antes de la vista de la causa, bajo responsabilidad. AL OTROSI del escrito N° 2276-2017: Téngase presente. AUTO DE TRAMITE 165-2014-0-CI IP Proce so de prescripción adquisitiva seguido por OCHOA MACHADO, MANUEL AGUSTIN contra OCHOA MACHADO, MIGUEL ANGEL y otros; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SEIS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúen las notificaciones de ley a la parte recurrente en la casilla electrónica que obre en autos; sin perjuicio de lo antes mencionado requiere a los abogados defensores deberán señalar su casilla electrónica para realizar las notificaciones que correspondan de acuerdo a ley así como su domicilio procesal dentro del radio urbano de la provincia de Camaná; de igual forma los abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente en virtud al artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, solicitud que será aceptada por el solo hecho de su presentación, siempre y cuando se ejerza dicho derecho dentro del plazo de ley, exhortando a los mismos portar copia de su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa 298-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala con poner los autos a Despacho, cinco días antes de la vista de la causa, bajo responsabilidad. AUTO DE TRAMITE 261-2015-0-CI HG Proce so de interdicto de recobrar seguido por CASTRO ODICIO DE CHIRINOS, LILIA GRACIELA contra HERRERA HERRERA, ELISBAN GABINO; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SEIS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúen las notificaciones de ley a la parte recurrente en la casilla electrónica que obre en autos; sin perjuicio de lo antes mencionado requiere a los abogados defensores deberán señalar su casilla electrónica para realizar las notificaciones que correspondan de acuerdo a ley así como su domicilio procesal dentro del radio urbano de la provincia de Camaná; de igual forma los abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente en virtud al artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, solicitud que será aceptada por el solo hecho de su presentación, siempre y cuando se ejerza dicho derecho dentro del plazo de ley, ex-

hortando a los mismos portar copia de su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa 298-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala con poner los autos a Despacho, cinco días antes de la vista de la causa, bajo responsabilidad. Al escrito 2226-2017: Téngase presente. AUTO DE TRAMITE 107-2017-0-CI CI Proce so constitucional de amparo seguido por CHAVEZ ZEVALLOS, JORGE ANTONIO contra DIRECCION EJECUTIVA DE PROVIAS DESCENTRALIZADA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día TREINTA DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúen las notificaciones de ley a la parte recurrente en la casilla electrónica que obre en autos; sin perjuicio de lo antes mencionado requiere a los abogados defensores deberán señalar su casilla electrónica para realizar las notificaciones que correspondan de acuerdo a ley así como su domicilio procesal dentro del radio urbano de la provincia de Camaná; de igual forma los abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente en virtud al artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, solicitud que será aceptada por el solo hecho de su presentación, siempre y cuando se ejerza dicho derecho dentro del plazo de ley, exhortando a los mismos portar copia de su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa 298-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala con poner los autos a Despacho, cinco días antes de la vista de la causa, bajo responsabilidad. AUTO DE TRAMITE 196-2017-0-CI HG Proceso de revisión de procedimiento de ejecución /cobranza coactiva seguido por FERNANDEZ CASTILLO, NESTOR DANIEL contra MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAMANA; RESOLVEMOS: CONCEDER CON EFECTO SUSPENSIVO la apelación interpuesta por Nestor Fernández Castillo, en contra de la resolución número 1 de fecha veinte de noviembre del dos mil diecisieete; ORDENARON elevarse los actuados a la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República, en la forma y estilo de Ley; en los seguidos por Nestor Fernández Castillo contra la Municipalidad Provincial de Camaná y otros, sobre Revisión Judicial de Procedimiento Coactivo, una vez cursadas, devueltas y adheridas las cédulas de notificación correspondientes, en este caso también las que correspondan a los demandados conforme lo dispone el Código Procesal Civil. AUTO DE TRAMITE 113-2017-0-CI RC Proceso de rectificación de partida seguido por SILVA APAZA, NORKAIBETH CINTHYA; RESOLVEMOS: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SEIS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúen las notificaciones de ley a la parte recurrente en la casilla electrónica que obre en autos; sin perjuicio de lo antes mencionado requiere a los abogados defensores deberán señalar su casilla electrónica para realizar las notificaciones que correspondan de acuerdo a ley así como su domicilio procesal dentro del radio urbano de la provincia de Camaná; de igual forma los abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la pre-

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sente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente en virtud al artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, solicitud que será aceptada por el solo hecho de su presentación, siempre y cuando se ejerza dicho derecho dentro del plazo de ley, exhortando a los mismos portar copia de su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa 298-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, bajo responsabilidad. AUTO DE TRAMITE 124-2017-0-CI IP Proceso de nulidad de documentos seguido por MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CONDESUYOS contra VARGAS ROJAS, AUGUSTO SABINO; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SEIS DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su casilla electrónica y domicilio procesal dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar copia de su constancia de habilitación, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 09 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator LUNES 08 DE ENERO DEL 2018 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Nicolás Iscarra Pongo (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. AUTO DE TRAMITE 356-2014-0-CI RC Proceso de mejor derecho de propiedad seguido por SIFUENTES MARTINEZ, CARLA OLIVIA y otro contra PORTUGAL BRACAMONTE, LIDIA ABILIA; SE RESUELVE: 1) DECLARAR INFUNDADA la nulidad solicitada por la defensa de Eugenio Marcelino Márquez Granda. 2) DISPONER se devuelva los actuados al Juzgado de origen. UTO DE TRAMITE 221-2013-0-LA RC Proceso de pago de beneficios económicos seguido por TORRES TINTAYA, RAMON contra la ASOCIACION DE PRODUCTORES MINEROS ARTESANALES Y CONTRATISTAS SECOCHA URASQUI ASPPMACSU; SE RESUELVE: 1.SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día TRECE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores

resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, CINCO DÍAS antes de la vista de la causa. AUTO DE TRAMITE 227-2017-0-CI IP Proceso de obligación de dar suma de dinero seguido por FERNANDEZ MARTINEZ, JESUS contra MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LA UNION; SE RESUELVE: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día TRECE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, CINCO DÍAS antes de la vista de la causa. AUTO DE TRAMITE 23-2016-0-LA IP Proceso de reposición seguido por LAURA MAMANI, FELIX contra JUNTA DE USUARIOS PAMPA DE MAJES; SE RESUELVE: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, CINCO DÍAS antes de la vista de la causa. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 09 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator MARTES 09 DE ENERO DEL 2018 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Nicolás Iscarra Pongo (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. AUTO DE VISTA 105-2015-CI VS Proce so de ejecución de garantías, seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE SULLANA S.A contra GREGORIO CESAR FLORES MAMANI Y OTRA; DECLARAMOS: NULO El auto final número 016-2016-JCT,

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que resolvió denegar, la ejecución del bien dado en garantía hipotecaria, ubicado en la avenida Lima Sub. Lote B, cercado de Camaná, Arequipa, inscrito en la partida 01107796 y se deja sin efecto el apercibimiento contenido en la resolución tres guión dos mil quince de fecha veinte de octubre del dos mil quince. Sin costos ni costas. ORDENAMOS. Se emita un nuevo pronunciamiento solicitando previamente que el demandante cumpla con subsanar la omisión advertida por el juez de primera instancia en el auto objeto de apelación, sobre la liquidación de saldo deudor. AUTO DE VISTA 298-1999-20-CI VS Proce so de ejecución de garantías, seguido por BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ INTERBANK CAMANÁ contra SOLEDAD RAMÍREZ CASTILLO; DECLARAMOS: NULA la resolución número setenta y tres, de fecha treinta de mayo del dos mil diecisiete de fojas cuatrocientos cincuenta y tres a cuatrocientos cincuenta y seis que se resolvió aprobar el informe pericial de actualización de informe pericial obrante de fojas mil ciento tres a mil ciento seis presentada por los peritos Ingeniero Abel Quispe Mollo y el arquitecto Cesar Augusto Márquez-Mares Torres y dispuso continuar con el desarrollo del proceso en el estado en que se encuentra. ORDENAMOS, Se emita nuevo pronunciamiento previo requerimiento a los peritos con el fin que precisen su informe pericial en el extremo cuestionado. En los seguidos por el Banco Internacional del Perú, contra Soledad Ramírez Castillo de Carbajal, por ejecución de garantías. AUTO DE VISTA 214-2016-13-CI VS Proceso de nulidad de acto jurídico, seguido por IRMA YOLANDA CHAVEZ MARQUEZ VDA DE MONTI contra HUGO ALBERTO MONTI CHAVEZ; DECLARAMOS: NULA la resolución numero 10-2017, de fecha ocho de junio del dos mil diecisiete, de fojas ciento diecisiete a ciento dieciocho, que declaró improcedente la medida cautelar solicitada por Irma Yolanda Chávez Márquez Vda de Monti, representada por su apoderada judicial Alina Maday Granda Alpaca de Monti. ORDENAMOS: Se emita un nuevo pronunciamiento teniendo en cuenta los considerandos precedentes. En los seguido por Irma Yolanda Chávez Márquez Vda de Monti representada por Alina Maday Granda Alpaca de Monti contra Hugo Alberto Monti Chávez. Registrese y notifíquese. SENTENCIA DE VISTA 52-2017-LA VS Proceso contencioso administrativo, seguido por EULOGIO BENITO MOLINA ARENAS contra RED DE SALUD DE CASTILLA, CONDESUYOS Y LA UNIÓN Y OTROS; DECLARAMOS: NULA la sentencia numero 39-2017, que declaró fundada la demanda interpuse por Eulogio Benito Molina Arenas, contra la Red de Salud de Castilla Condesuyos y La Unión, el Gobierno Regional de Arequipa y el Procurador a cargo de los asuntos judiciales del Gobierno Regional de Arequipa, en consecuencia ordenó que el Jefe de la entidad demandada o quien haga de sus veces cumpla con lo dispuesto en la Resolución Gerencial Regional número 815-2015-GRA/ GRS/GR-OAL, en lo que se refiere a la demandante y solamente respecto al reajuste de bonificación personal en aplicación del decreto de urgencia numero 105-2001 y ordenó que el jefe de la entidad demandada cumpla dentro del plazo de quince días con expedir resolución administrativa que reconozca a favor del demandante el pago total de la suma devengada, monto que será liquidado en ejecución de sentencia, desde el primero de setiembre del dos mil uno, todo bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de aplicarse los apremios de ley e incluso remitir copias certificas de todo lo actuado al Ministerio Publico, a efecto proceda conforme a sus atribuciones. ORDENAMOS: Se emita un nuevo pronunciamiento debidamente motivado tomando en cuenta los considerandos precedentes. Sin costos ni costas. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 09 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán

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Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator MIERCOLES 10 DE ENERO DEL 2018 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Nicolás Iscarra Pongo (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. AUTO DE TRAMITE 459-2009-0-FC IP Proceso de divorcio seguido por FLORES CONDE, GENARO CONSTANCIO contra TORRES DE FLORES, URVELINA; SE RESUELVE: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SEIS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, CINCO DÍAS antes de la vista de la causa. AUTO DE TRAMITE 826-2016-0-FC HG Proceso de contravenciones seguido por MINISTERIO PUBLICO contra FARJE BENAVENTE, SONIA ADRIANA; RESOLVEMOS: DECLARAR IMPROCEDENTES los medios probatorios ofrecidos por la demandada Sonia Adriana Farje Benavente en el escrito número 5672-2017, de fecha catorce de diciembre del dos mil diecisiete, consistentes en los siguientes documentos “Certificado de Bachiller en Ciencias de la Educación; Titulo Profesional de Licenciado en Educación; Resolución Directoral Sub-Regional N° 00237; Memorándum N° 984-99-DREMO/ OAR/APER; Resolución Directoral Regional N° 00689; Resolución Directoral Regional N° 01006; Resolución Directoral Regional N° 00763; Resolución Directoral N° 1327 y la Resolución N° 0422-2013-ANR” y “Resolución Directoral que designa al Equipo SAANEE DEL CEBE CAMANÁ y Informe Escalafonario N° 316-2017-UGELC/ADM-ESC”, que corren de fojas 260 a 271. AUTO DE TRAMITE 826-2016-0-FC RC Proceso de contravenciones seguido por MINISTERIO PUBLICO contra FARJE BENAVENTE, SONIA ADRIANA; SE RESUELVE: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SEIS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, CINCO DÍAS antes de la vista de la causa. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 09 DECRETOS

Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator JUEVES 11 DE ENERO DEL 2018 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Nicolás Iscarra Pongo (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. AUTO DE VISTA 410-2009-CI IP Proceso de rectificación de áreas y linderos, seguido por EDUARDO FREDY MEDINA DIAZ Y OTRO contra MARIA CAVIEDES NEIRA; APROBAMOS: La Resolución N°63 de fecha trece julio de dos mil diecisiete, que no acepta la abstención y remite a esta instancia en consulta los antecedentes. Disponemos: Se remitan los antecedentes al Juzgado Civil Transitorio de Camaná, a efecto de que reasuma competencia y prosiga con el trámite del proceso, en los seguidos por Eduardo Fredy Medina Díaz y otro, sobre Rectificación de Áreas y Linderos. AUTO DE TRAMITE 15-2016-32-CI HG Proceso de nulidad de cosa juzgada fraudulenta seguido por FERNANDEZ CRUCES, WILMER contra ZAMALLOA CAMPERO, ELOY JUEZ SUPERIOR ZENON LUQUE, CESPEDES JUEZ CIVIL DE CAMANA; SE RESUELVE: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SEIS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, CINCO DÍAS antes de la vista de la causa. AUTO DE TRAMITE 1009-2015-0-CI RC Proce so de obligación de dar suma de dinero seguido por ESCOBEDO PAREDES, JORGE ALBERTO contra MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE SIGUAS; SE RESUELVE: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día TRECE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, CINCO DÍAS antes de la vista de la causa. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 09 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior

Relator VIERNES 12 DE ENERO DEL 2018 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Nicolás Iscarra Pongo (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. AUTO DE VISTA 203-2015-0-CI RC Proceso de obligación de dar suma de dinero, seguido por PROCAMPO SA contra INDUSTRIAS MOLINERAS SAN ANTONIO EIRL; CONFIRMAMOS: la Resolución 06-2017, de fecha dieciocho de julio de dos mil diecisiete, de fojas setenta y tres, que dispone la continuación de la ejecución forzada de la obligación de dar suma de dinero, hasta que la ejecutada pague a la ejecutante la suma objeto de la ejecución, con lo demás que contiene. En los seguidos por Procampo SA, con Industrias Molineras San Antonio EIRL, ejecución de dar la suma de dinero de quinientos treinta y un mil quinientos setenta y dos con 75/100 soles. Con costas y costos que pagará la empresa ejecutada al ejecutante. AUTO DE VISTA 123-2015-0-LA RC Proceso de nulidad de resolución administrativa, seguido por JORGE ERNESTO MEDINA CHAVEZ contra MINISTERIO PÚBLICO; CONFIRMAMOS: la Resolución 09-2016, de fecha cinco de septiembre de dos mil dieciséis, de fojas doscientos cuarenta y seis, que declara infundadas las excepciones de falta de legitimidad pasiva e incompetencia por territorio; concedida en forma diferida, resolviéndose en la fecha que se expide sentencia de vista. En los seguidos por Jorge Ernesto Medina Chávez, con el Fiscal Supremo Titular de la Fiscalía de Control Interno del Ministerio Público, representado por el Procurador Público del Ministerio Público, proceso contencioso administrativo. AUTO DE VISTA 350-2016-0-CI RC Proce so constitucional de amparo, seguido por EDGARD RICHARD GUZMÁN QUISPE contra CARLOS BERECHE GARCÍA; CONFIRMAMOS, la Resolución 08-2017, de fecha veintinueve de agosto de dos mil diecisiete, que declara fundada la excepción de falta de agotamiento de la vía previa, deducida por el Procurador de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, en consecuencia nulo todo lo actuado y por concluido el proceso. En los seguidos por Edgard Richard Guzmán Quispe, con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, amparo. AUTO DE VISTA 88-2015-0-LA HG Proceso de desnaturalización de contrato, seguido por MARCOS HERMILIO PERALTA ROJAS contra EMPRESA CFG-INVESTMENT SAC – LA PLANCHADA; DECLARAR NULA la Resolución N° 17-2017, del siete de julio del dos mil diecisiete, que rechaza la demanda que sobre desnaturalización de contrato y otros, interpuesta por Marcos Hermilio Peralta Rojas en contra de la Empresa CFGINVESMENT SAC LA Planchada, consecuentemente dispuso el archivo del proceso. DISPONEMOS se emita nueva resolución teniendo en cuenta lo expuesto en la presente. SENTENCIA DE VISTA 327-2013-0-CI RC Proceso de reivindicación, seguido por LEONOR TAPIA RIVERA DE SUEROS contra NILA ROSAURA RIVERA TAPIA; CONFIRMAMOS: la Sentencia 012-2017-JM-CI, de fecha once de julio de dos mil diecisiete, que declara fundada en parte la demanda de reivindicación, ordena que la demandada desocupe el predio “Riurrete”, UC 00120, inscrito en la Partida Registral 00903427 y entregue a la demandante en el plazo de diez días, bajo apercibimiento de lanzamiento y ejecución forzada. En los seguidos por Leonor Tapía de Sueros, con Nila Rosaura Rivera Tapia, sobre reivindicación. SENTENCIA DE VISTA 123-2015-0-LA RC Proceso de nulidad de resolución administrativa, seguido por JORGE ERNESTO MEDINA CHA-

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VEZ contra MINISTERIO PÚBLICO; CONFIRMAMOS: la Sentencia Número 109-2017JCT, de fecha veinticinco de mayo de dos mil diecisiete, de fojas trescientos veintinueve, que declara fundada la demanda contenciosa administrativa interpuesta, nulas las Resoluciones 739-2015-MP-ODCIArequipa, de siete de marzo de dos mil quince y 2959-2015-MP-FN-ESUPR.CI, de veintisiete de septiembre de dos mil quince y ordena se expida nueva resolución, con lo demás que contiene. Téngase presente que en la fecha se resuelve la apelación diferida referida a la resolución sobre excepciones procesales deducidas. En los seguidos por el Fiscal Provincial Jorge Ernesto Medina Chávez, dirigida al Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control Interno Arequipa y Fiscal Supremo de la Fiscalía Suprema de Control Interno Ministerio Público, representados por el Procurador Público encargado de la Defensa del Ministerio Público. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 09 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator LUNES 15 DE ENERO DEL 2018 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Nicolás Iscarra Pongo (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. AUTO DE VISTA 182-2011-0-CI RC Proceso de nulidad de resolución administrativa, seguido por WILMER FERNANDEZ CRUCES contra ADMINISTRACION LOCAL DE AGUA DEL DISTRITO DE OCOÑA; APROBAMOS: La Resolución 47, del Juzgado Especializado Civil de Camaná. DIRIMIMOS, la competencia a favor del Juez del Juzgado Civil Transitorio de Camaná, a quien se remitirá los antecedentes, con conocimiento del Juez del Juzgado Especializado Civil de Camaná. En los seguidos por Wilmer Fernández Cruces, con la Administración Local de Agua del Distrito de Ocoña, en proceso contencioso administrativo. SENTENCIA DE VISTA 44-2017-0-CI VS Proceso de prescripción adquisitiva, seguido por MIGUEL ABDON MARTINEZ FERNANDEZ Y OTRA contra FRANCISCO JAVIER GLAVE CHAVEZ Y OTRA; RESOLVEMOS DECLARAR LA NULIDAD de la Sentencia Número 0732016, de fecha veintiocho de septiembre de dos mil dieciséis, que corre de fojas seiscientos dieciséis a seiscientos veintiocho, que declara fundada la demanda de prescripción adquisitiva de dominio, ordena la cancelación registral a nombre de los anteriores propietarios, se independice e inscriba el inmueble a nombre de la sociedad conyugal formada por los demandantes, con lo demás que contiene. Renovando el acto dispusieron la expedición de nuevo y motivado pronunciamiento judicial, teniendo presente lo considerado por el Colegiado y siempre en resguardo del derecho de defensa de las partes, debiendo devolverse los autos al juzgado de origen. AUTO DE TRAMITE 52-2017-0-FC HG Proce so de impugnación de paternidad seguido por MELGAR AGUILAR, PEDRO CESAR ENRIQUE contra SANA QUISPE, ROSMERY EDITH; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día trece de marzo del dos mil dieciocho a las nueve horas, en el salón de audiencias de esta Sala Superior; la que se llevará a cabo ante el Colegiado que se encuentre habilitado en dicha oportunidad. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su casilla electrónica y domicilio procesal dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3.- DISPONER se

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La República

efectúe las notificaciones de Ley, debiendo cumplir Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AUTO DE TRAMITE 70-2017-0-LA RC Proceso contencioso administrativo seguido por DAVILA ARANA, RUMALDO ALEJANDRO contra RED DE SALUD DE CASTILLA CONDESUYOS LA UNION: SE RESUELVE: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día TRECE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, CINCO DÍAS antes de la vista de la causa. AUTO DE TRAMITE 80-2017-0-LA RC Proceso nulidad de resolución administrativa seguido por ALATRISTA ULLOA, VICTOR HUGO contra OBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA: SE RESUELVE: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día TRECE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, CINCO DÍAS antes de la vista de la causa. Al escrito 588-2017: Por apersonado al demandante Víctor Alatrista Ulloa, teniendo presente su domicilio procesal y su casilla electrónica. AUTO DE TRAMITE 70-2015-0-FC HG Proceso divorcio seguido por PORTILLA PRADO, ERICK ALEXANDER contra DEL CARPIO RABANAL, FLOR ROCIO: SE RESUELVE: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día veinte de marzo del dos mil dieciocho a las nueve horas, en el salón de audiencias de esta Sala Superior; la que se llevará a cabo ante el Colegiado que se encuentre habilitado en dicha oportunidad. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su casilla electrónica y domicilio procesal dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3.DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo cumplir Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AL OTROSI del escrito N° 2-2018: Téngase presente. AUTO DE TRAMITE 60-2017-0-FC IP Proceso declaración de unión de hecho seguido

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

por COAQUIRA CHEJE, YEHUDI BONY contra BUSTAMANTE JURO, ALEXANDER JOSE: SE RESUELVE: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, CINCO DÍAS antes de la vista de la causa. AL OTROSÍ del escrito N° 9-2018: Téngase presente. AUTO DE TRAMITE 142-2014-0-FC HG Proceso divorcio seguido por PRADO DELGADO, KATIA EDELMIRA contra VELARDE SALAZAR, WILDER ROBERTO: SE RESUELVE: 1.SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, CINCO DÍAS antes de la vista de la causa. AUTO DE TRAMITE 304-2016-0-FC RC Proceso impugnación de paternidad seguido por SAMATA CCAMA, GABRIEL REYNALDO contra VELARDE CHUMBISLLA CCOPA, DELIA: SE RESUELVE: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, CINCO DÍAS antes de la vista de la causa. AL OTROSÍ del escrito N° 5-2018: Téngase presente. AUTO DE TRAMITE 72-2003-0-PE RC Proceso penal por el delito de violación sexual de menor de edad, seguido contra CHOQUEHUANCA MAMANI, OSCAR, en agravio de la menor de iniciales VCHNX: SE RESUELVE: 1.

SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día trece de marzo del año dos mil dieciocho, a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER que Secretaría de Sala diligencie las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la Vista de la Causa señalada, solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil de aplicación supletoria del presente proceso, en atención a la Primera Disposición Final y Complementaria del acotado Código, solicitud que será aceptada por el solo hecho de su presentación siempre y cuando se ejerce dicho derecho dentro del plazo de ley, oportunidad en la cual los señores abogados deberán portar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa 298-2009-CE-PJ. 3. Se pone en conocimiento a las partes procesales que a partir del trece de julio del año dos mil quince, se dio inicio a las notificaciones electrónicas ello en cumplimiento de las leyes N° 30229 y 30293; con tal propósito requerimos a las partes procesales cumplan con señalar su casilla electrónica y domicilio procesal dentro del radio urbano de esta sede judicial, dentro del tercer día de notificado con la presente resolución, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 4.- CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho tres días antes de la vista de la causa NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 09 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator MARTES 16 DE ENERO DEL 2018 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Nicolás Iscarra Pongo (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. AUTO DE VISTA 108-2017-0-CI RC Proce so de reivindicación, seguido por WALTER GRIMALDO FERNÁNDEZ MENDOZA contra WALTER VIRRUETA REVILLA Y OTROS; DECLARAMOS: NULA, la Resolución Número 02, de fecha trece de septiembre de dos mil diecisiete, que corre a fojas noventa y que rechaza la demanda interpuesta. DISPONEMOS: se emita nuevo pronunciamiento con relación al escrito de subsanación, teniendo por innecesario que el actor presente certificados negativos de inscripción de las propiedades. En los seguidos por Walter Grimaldo Fernández Mendoza, con Walter Virrueta Revilla y otros, sobre reivindicación y cobro de frutos. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 09 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator VIERNES 19 DE ENERO DEL 2018 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Nicolás Iscarra Pongo (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. AUTO DE VISTA 281-2008-69-CI HG Proceso de partición de herencia, seguido por FELIBERTO ENRIQUE ULLOA DELGADO contra

Martes, 24 de julio del 2018

DOMINGO SEBASTIAN ULLOA DELGADO; CONFIRMAMOS la Resolución N° 78-2017, de fecha treinta de mayo del dos mil diecisiete, que declaró infundado el pedido de nulidad de deducido por Gladys Yolanda Pinto Paz de Ulloa, en representación de Felipe Enrique Ulloa Delgado. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 09 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator LUNES 22 DE ENERO DEL 2018 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Nicolás Iscarra Pongo (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. AUTO DE TRAMITE 221-2013-0-CI RC Proceso de interdicto de retener, seguido por FZEVALLOS DE GUILLEN CARMEN ROSA contra TEJADA PEREZ, JAIME WASINTON Y OTROS; DISPONEMOS: se realice una audiencia extraordinaria en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de Camaná, el día treinta y uno de enero de dos mil dieciocho a las diez horas, para lo cual se convocará a las partes y abogados defensores, quienes se pronunciarán sobre el derecho que les asiste con relación a los extremos anotados en la parte considerativa y con mención puntual de prueba actuada en el proceso, la diligencia se realizará con las partes que concurran a la audiencia, quedando expedita la causa para emitir sentencia; debiendo ser notificados en sus casillas electrónicas apersonadas en autos. Téngase presente que la documentación remitida por COFOPRI se encuentra en la Secretaría de esta Sala Superior y no se notifica con copias a las partes por su exagerado volumen. Para la audiencia se convocará a la Magistrada María Paola Venegas Saravia al haber intervenido en la audiencia de vista de la causa, debiendo diligenciarse la autorización correspondiente por Secretaria ante la Presidencia de Corte.. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 09 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator MARTES 23 DE ENERO DEL 2018 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Nicolás Iscarra Pongo (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. SENTENCIA DE VISTA 49-2017-LA VS Proceso contencioso administrativo, seguido por JORGE DANDY CALCINA LUQUE contra DIRECCION DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ; DECLARAR NULA la Sentencia N° 482017-LA, de fecha 13 de marzo del dos mil diecisiete, obrante de fojas 263 a 270, por la que se declara Improcedente la demanda contencioso administrativa interpuesta Jorge Dandy Calcina Luque, en contra de la Dirección de la Policía Nacional del Perú y Procurador Público del Ministerio del Interior encargado de los asuntos judiciales de la Policía Nacional del Perú, dispuso la conclusión del proceso y el archivo del expediente. DISPONEMOS que el A quo emita nueva sentencia a la brevedad posible. AUTO FINAL 179-1994-PE RC Proceso de partición de herencia, seguido por FELIBERTO ENRIQUE ULLOA DELGADO contra DOMINGO SEBASTIAN ULLOA DELGADO; NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 09 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior

Relator JUEVES 25 DE ENERO DEL 2018 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Nicolás Iscarra Pongo (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. AUTO DE VISTA 256-2015-CI VS Proceso de desalojo, seguido por CARLOS ROMAN NALVARTE ESTRADA contra MARTHA ELIZABETH DELGADO BANDA; CONFIRMAMOS: La resolución número 14-2017, del diez de enero del dos mil diecisiete, de fojas ciento ochenta y siete, que declaró improcedente el pedido invalidación parcial de acta de inspección judicial de fecha veintiséis de octubre del dos mil dieciséis presentado por Carlos Román Nalvarte Estrada. SENTENCIA DE VISTA 256-2015-CI VS Proceso de desalojo, seguido por CARLOS ROMAN NALVARTE ESTRADA contra MARTHA ELIZABETH DELGADO BANDA; CONFIRMAMOS: La sentencia numero 57-2017, de fecha veinte de junio del dos mil diecisiete, que declaró fundada la demanda de desalojo por ocupación precaria interpuesta por Carlos Román Nalvarte Estrada, contra Martha Elizabeth Delgado Banda y dispuso que la demandada desocupe y entregue el departamento numero 101 Duplex inscrito con el código de predio P06261236 del registro de Predios de la Zona Registral número XII-Sede Arequipa, ubicado en la Avenida Mariscal Castilla numero 440 Lote 4, manzana E-1) del cercado de Camaná, Arequipa compuesto por 64.96 metros cuadrados el primer piso y 58.5 metros cuadrados el segundo piso, en el plazo de seis días de consentida o ejecutoriada la sentencia. Sin costos ni costas. SENTENCIA DE VISTA 121-2017-CI VS Proceso de indemnización por daños y perjuicios, seguido por FREDY ROBERT NEYRA GUTIERREZ contra SANTO PALOMINO CABANILLAS; 1) DECLARAMOS infundado el recurso de apelación interpuesto por Felícitas Neyra Gutierrez contra la Sentencia N° 31-2016.-----------------------------------------------------2) CONFIRMAMOS la Sentencia N° 31-2016 su fecha veinticinco de setiembre del año dos mil dieciséis que corre de fojas dos mil trescientos a dos mil trescientos doce, que declara infundada la pretensión de indemnización por daño emergente, lucro cesante y daño moral formulado por Fredy Robert Neyra Gutierrez, en contra de Santos Palomino Cabanillas, empresa de transportes Cruz del Sur SAC y la empresa La Positiva Seguros y Reaseguros; fundada la pretensión de indemnización por daño emergente formulada por Fredy Robert Neyra Gutierrez en contra de Isaías Díaz Tapia, ordena que Isaías Díaz Tapia cancele a Fredy Robert Neyra Gutierrez la cantidad de veinticinco mil con 00/100 soles por concepto de daño emergente, infundada la pretensión de indemnización por lucro cesante y daño moral formulada por Fredy Robert Neyra Gutierrez en contra de Isaías Díaz Tapia, con los demás extremos que contiene. AUTO DE TRAMITE 115-2016-0-CI IP Proceso de nulidad de acto jurídico, seguido por RODRIGUEZ BENAVENTE, SONALY GERALDINE contra PABEL VERA, ROSA; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la

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resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AUTO DE TRAMITE 199-2014-0-CI HG Proceso de mejor derecho de propiedad, seguido por VALDIVIA MARQUEZ, ALEJANDRO IVAN contra BECERRA RODRIGUEZ, MANUEL ANASTASIO; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AL OTROSÍ del escrito N° 102-2018: Conforme a lo solicitado HAGA USO DE LA PALABRA el letrado que autoriza en la vista de la causa programada, debiendo de adecuar su informe al lapso de cinco minutos. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 09 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator VIERNES 26 DE ENERO DEL 2018 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Nicolás Iscarra Pongo (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. SENTENCIA ORDINARIA 152-2010-PE VS Proceso penal por delito de peculado y colusión, contra VICTOR FERNANDO HUARCA USCA Y OTROS en agravio de EL ESTADO; RESOLVEMOS: ABSOLVER a Víctor Fernando Huarca Usca y Percy Faustino Vizcarra Guillen por el delito de Peculado, previsto y sancionado en el artículo 387°, primer párrafo del Código Penal, Ley N° 26198, publicada el 13 de junio de mil novecientos noventa y tres, vigente al momento de los hechos, en agravio del Estado, representado por la Contraloría General de la República. ABSOLVER a Víctor Fernando Huarca Usca, Berly Luis Silva Reaño, Juan Benjamín Gonzales Cardeña, Manuel Francisco Quispe Quispe, Renzo Manuel Quispe Parizaca, Luis Javier Yépez Piguaycho y José Antonio Zúñiga Flores, respecto de los hechos concernientes a las Adjudicaciones Directas de Menor Cuantía N° 002-2003 MDM (contratación de Consultoría para la Elaboración de y Estudios de Viabilidad Técnico-Económico de Creación de una Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento (EPS) en el Distrito de Majes) y N° 001-2003 MDM, (Contratación de Consultoría para la elaboración de los Estudios del Plan de Acondicionamiento Urbano-Ciudad Majes) por el delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Concusión en la forma de Colusión, previsto y sancionado por el artículo 384 del Código Penal (Ley N° 26173, publicada el veintisiete de diciembre de 1996), en agravio del Estado, representado por la Contraloría General de la República. CONDENAR a Víctor Fernando Huarca Usca, respecto de la Adjudicación Directa N° 0200-2003-MDM/CPA (Adquisición de un (01) servidor y siete (07) computadoras, red e instalación) como autor del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Colusión previsto y sancionado por el artículo 384 del Código Penal (Ley N° 26173,

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publicada el veintisiete de diciembre de 1996), en agravio del Estado, representado por la Contraloría General de la República. CONDENAR a Berly Luis Silva Reaño, respecto de la Adjudicación Directa N° 0200-2003-MDM/CPA (Adquisición de un (01) servidor y siete (07) computadoras, red e instalación) como autor del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Colusión previsto y sancionado por el artículo 384 del Código Penal (Ley N° 26173, publicada el veintisiete de diciembre de 1996), en agravio del Estado, representado por la Contraloría General de la República. CONDENAR a Juan Benjamín Gonzales Cardeña, respecto de la Adjudicación Directa N° 02-00-2003-MDM/CPA (Adquisición de un (01) servidor y siete (07) computadoras, red e instalación) como autor del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Colusión previsto y sancionado por el artículo 384 del Código Penal (Ley N° 26173, publicada el veintisiete de diciembre de 1996), en agravio del Estado, representado por la Contraloría General de la República. CONDENAR a Santos Darwin Quenta Paredes, respecto de la Adjudicación Directa N° 02-00-2003-MDM/CPA (Adquisición de un (01) servidor y siete (07) computadoras, red e instalación) como cómplice primario del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Colusión previsto y sancionado por el artículo 384 del Código Penal (Ley N° 26173, publicada el veintisiete de diciembre de 1996), en agravio del Estado, representado por la Contraloría General de la República. IMPONER a Víctor Fernando Huarca Usca, CUATRO años de pena privativa de la libertad con el carácter efectiva. DISPONEMOS la conversión de la misma a prestaciones de servicios a la comunidad, conforme al artículo 52 del Código Penal, lo que equivale a 208 jornadas de prestación de servicios a la comunidad; la que se ejecutará conforme las disposiciones establecidas a cargo del INPE. IMPONER a Berly Luis Silva Reaño, CUATRO años de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por el período de 3 años e inhabilitación por el período de 3 años para el ejercicio de la función pública de conformidad con el artículo 36 inciso 2 del Código Penal. Todos los condenados estarán sujetos a las siguientes reglas de conducta: a) No variar de domicilio ni salir de la localidad en que reside, sin previa autorización del Juez de la causa; b) Concurrir cada fin de mes al Juzgado de origen, a fin de registrar su huella en el sistema biométrico; c) No cometer nuevo delito doloso y d) Pagar el íntegro de la reparación civil; todo bajo apercibimiento de aplicarse lo dispuesto en el artículo 59 del Código Penal vigente en caso de incumplimiento. IMPONER a Juan Benjamín Gonzales Cardeña, CUATRO años de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por el período de 3 años e inhabilitación por el período de 3 años para el ejercicio de la función pública de conformidad con el artículo 36 inciso 2 del Código Penal. Todos los condenados estarán sujetos a las siguientes reglas de conducta: a) No variar de domicilio ni salir de la localidad en que reside, sin previa autorización del Juez de la causa; b) Concurrir cada fin de mes al Juzgado de origen, a fin de registrar su huella en el sistema biométrico; c) No cometer nuevo delito doloso y d) Pagar el íntegro de la reparación civil; todo bajo apercibimiento de aplicarse lo dispuesto en el artículo 59 del Código Penal vigente en caso de incumplimiento. IMPONER a Santos Darwin Quenta Paredes, CUATRO años de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por el período de 3 años e inhabilitación por el período de 3 años para ejercer por cuenta propio o por intermedio de terceros comercio o industria con el Estado de conformidad con el artículo 36 inciso 4 del Código Penal. Todos los condenados estarán sujetos a las siguientes reglas de conducta: a) No variar de domicilio ni salir de la localidad en que reside, sin previa autorización del Juez de la causa; b) Concurrir cada fin de mes al Juzgado de origen, a fin de registrar su huella en el sistema biométrico; c)

No cometer nuevo delito doloso y d) Pagar el íntegro de la reparación civil; todo bajo apercibimiento de aplicarse lo dispuesto en el artículo 59 del Código Penal vigente en caso de incumplimiento.FIJAR en la suma de TRES mil soles (S/ 3 000.00) de reparación civil que Víctor Fernando Huarca Usca, Berly Luis Silva Reaño, Juan Benjamín Gonzales Cardeñas y Santos Darwin Quenta Paredes deberán abonar a favor de la parte agraviada en forma solidaria. REMITIR la presente causa al Juzgado Liquidador de Camaná para el cumplimiento de la presente sentencia. Así lo pronunciamos, mandamos y firmamos en audiencia pública en la sala de audiencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 09 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator LUNES 29 DE ENERO DEL 2018 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Nicolás Iscarra Pongo (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. AUTO DE VISTA 132-2011-CI HG Proce so de reivindicación, seguido por PEDRO GENRRY LOZADA VILLALOBOS contra JORGE ENRIQUE OTAZU FRANCO; APROBAMOS la resolución N° 33-2017, de fecha 01 de agosto de 2017, de fojas cuatrocientos treinta y cuatro expedida por el Juez del Juzgado Civil de Camaná, que resuelve elevar en consulta la abstención por decoro del Juez del Juzgado Civil Transitorio de Camaná, SE DISPONE que se remitan los antecedentes al señor Juez del Juzgado Civil Transitorio de Camaná, para que siga conociendo la presente causa, debiendo notificarse la presente resolución al Juez del Juzgado Civil de Camaná. SENTENCIA DE VISTA 97-2015-LA HG Proceso de pago de beneficios económicos, seguido por JIM FREDDY TALAVERA BRICEÑO contra LAIVE SA; CONFIRMAR la Sentencia N° 36-2017, del seis de abril del dos mil diecisiete, que declaró fundada la demanda interpuesta por Jim Freddy Talavera Briceño en contra de Laive S.A. sobre reposición por despido fraudulento, y ORDENÓ que la demandada cumpla con reponer al actor en el cargo de mecánico de mantenimiento de planta de Majes. AUTO DE TRAMITE 182-2017-0-CI RC Proceso de acción de amparo, seguido por YAÑEZ YANCAPALLO, PDRO SILVER contra la CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA; RESOLVEMOS: 1) SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día CATORCE DE FEBRERO del año DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS con CUARENTA Y CINCO MINUTOS, en el salón de audiencias de la Sala Mixta de Vacaciones con sede en la ciudad de Arequipa, ante los señores Jueces Superiores Nimer Marroquín Mogrovejo, María Paola Venegas Saravia y Nicolás Iscarra Pongo. 2) DISPONER se efectúen las notificaciones de ley en las casillas electrónicas que corre en autos, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 35° del Código Procesal Civil aplicable supletoriamente en virtud al artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, solicitud que será aceptada por el solo hecho de su presentación, siempre y cuando se ejerza dicho derecho dentro del plazo de ley, exhortando a los señores abogados portar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa 298-2009-CE-PJ. 3) CUMPLA Secretaría de

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Sala con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AUTO DE TRAMITE 45-2017-0-FC RC Proceso de tenencia, seguido por CHAVEZ YAÑEZ, EDUARDO MARCIAL contra la ZUÑIGA HIPOLITO, PATRICIA ELISA; RESOLVEMOS: 1) DECLARAR NULA la vista de la causa celebrada el diecinueve de diciembre del año dos mil diecisiete. 2) DECLARAR INADMISIBLE el medio probatorio en la forma de extemporáneo ofrecido por la demandada Patricia Elisa Zúñiga Hipólito, consistentes en documento denominado copias certificadas de demanda, auto admisorio y acta de conciliación del expediente número 550-2015 sobre Reducción de Alimentos que sigue en contra de Eduardo Chávez Yañez. 3) ADMITIR como medio de prueba de oficio el documento denominado copias certificadas de demanda, auto admisorio y acta de conciliación del expediente número 550-2015 sobre Reducción de Alimentos que sigue en contra de Eduardo Chávez Yañez seguido ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado de Arequipa. 4) Apareciendo que el presente proceso es uno de tenencia de menor y que se tramita en la vía de proceso único, es deber del Colegiado flexibilizar los plazos procesales con la finalidad de emitir resolución de grado en el menor plazo posible sin atentar el derecho de defensa de las partes; en consecuencia; se reprograma la vista de la causa para el día trece de marzo del año dos mil dieciocho a las nueve horas, en el salón de audiencias de la Sala de Camaná, ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil y cumpla Secretaría de Sala con poner los autos a Despacho tres días antes de la vista de la causa; queda subsistente el concesorio de uso de la palabra fijado en la resolución número 29 a favor de la parte demandada AUTO DE TRAMITE 188-2008-0-CI IP Proceso de prescripción adquisitiva, seguido por CALLATA NINA, ASUNTA contra la GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día TRES DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior; la que se llevará a cabo ante el Colegiado que se encuentre habilitado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AL OTROSÍ del escrito N° 77-2018: Téngase presente. AL ESCRITO N° 5-2018 presentado por Asunta Callata Nina: Téngase por señalado su domicilio procesal y su domicilio electrónico (casilla electrónica), lugares donde se le hará llegar las futuras notificaciones conforme corresponda de acuerdo a Ley NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 09 DECRETOS

cias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AUTO DE TRAMITE 184-2013-0-FC HG Proceso de impugnación de paternidad, seguido por LLAZA LLAMOCA, NICANOR NICOLAS contra MAQUITO PEREZ, YENI LUZ; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día TRES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AL OTROSÍ del escrito N° 232018: Téngase presente. AUTO DE TRAMITE 179-2015-0-FC RC Proceso de violencia familiar, seguido por MINISTERIO PUBLICO contra QUISPE SOTO, ALICIA; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día TRES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AL OTROSÍ del escrito N° 212018: Téngase presente

Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator

Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator

MARTES 30 DE ENERO DEL 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA Sala Mixta Descentralizada e Itinerante con sede en Camaná

Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Nicolás Iscarra Pongo (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. AUTO DE TRAMITE 421-1997-0-CI RC Proce so de reivindicación, seguido por APAZA APAZA, TEODOCIA contra SALAZAR SALAZAR, AMADO; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS, en el salón de audien-

NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 09 DECRETOS

CRONICA JUDICIAL CORRESPONDIENTE AL MES DE MARZO DEL AÑO 2018. COLEGIADO CONFORMADO POR LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES: Dr. Nicolás Iscarra Pongo te) Dr. Alejandro Ranilla Collado

(Presiden-

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La República

Dr. Marco Antonio Herrera Guzmán. JUEVES 01 DE MARZO DEL 2018 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Nicolás Iscarra Pongo (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. AUTO DE TRAMITE 145-2005-0-PE MM Proceso penal por delito de abuso de autoridad seguido contra Fernando Huarca Usca en agravio de El Estado; SE RESUELVE: Declarar IMPROCEDENTE la nulidad planteada por Fernando Huarca Usca en contra de la resolución número 128 que concede recurso de nulidad a favor del Ministerio Público en contra de la Sentencia N° 15-2017, se exhorta a la parte recurrente se abstenga de presentar escritos que causen dilación al proceso, más aún que obran en autos concesorios de nulidad a favor de los procesados, bajo apercibimiento de imponer multa progresiva y compulsiva, debiendo cumplirse con elevar los autos a la Corte Suprema en el día y bajo responsabilidad. AL ESCRITO CON NUMERO DE REGISTRO 217-2018: Otórguese las copias solicitadas, dejándose constancia de su expedición NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 09 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator LUNES 05 DE MARZO DEL 2018 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Nicolás Iscarra Pongo (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. AUTO DE VISTA 46-2017-LA RC Proce so de nulidad de despido, seguido por el ALCIDES LLAMOCA ANCULLE contra MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LA UNION; DECLARAMOS: NULA, la Resolución Número 09, de fecha diez de octubre de dos mil diecisiete, que corre a fojas ciento cincuenta y tres, que declara concluido el proceso, haciendo efectivo el apercibimiento decretado en la resolución número ocho. DISPONEMOS: se califique nuevamente el escrito de subsanación de la demanda, dándose por cumplido el mandato en el extremo de haber indicado el costo de la intervención quirúrgica objeto de la tercera pretensión accesoria. En los seguidos por Alcides Llamoca Anculle, con la Municipalidad Provincial de La Unión, sobre nulidad de despido. AUTO DE VISTA 249-2015-72-CI RC Proceso de indemnización, seguido por el MANUELA CÓRDOVA DE LAYME contra MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASTILLA Y OTRO; CONFIRMAMOS: la Resolución 252, de fecha diecisiete de abril de dos mil diecisiete, de fojas noventa y nueve, que declara improcedente la nulidad deducida. En los seguidos por Manuela Córdova de Layme, con la Municipalidad Provincial de Castilla y otro, sobre indemnización. AUTO DE VISTA 68-2015-95-CI VS Proceso de desalojo, seguido por el JOSE ROBERTO APAZA MOROCCO contra BRAULIO TOMAS DE LA CRUZ QUISPE; CONFIRMAMOS: la Resolución N° 29, de fecha treinta de junio del dos mil dieciséis, que resolvió declarar INFUNDADA la solicitud de nulidad de actuados peticionada por Hilda Rosa Manchego Gonzales. SENTENCIA DE VISTA 340-2008-CI HG Proceso de mejor derecho de propiedad, seguido por el MARILIN BARCINA PASCUALA GUIT TON BEDOYA contra JUAN HELARMARROQUIN LIMA Y OTROS; CONFIRMAR la Sentencia N° 18-2017, de fecha tres de marzo del dos mil diecisiete, que declaró INFUNDADA la demanda interpuesta por Marilin Barcina Pascuala Guitton Bedoya en contra de Hugo Ernesto Brillante Monroy y su cónyuge Eusebia Mary Bolaños Ma-

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rroquin; Juan Marcelino Brillante Monroy y su cónyuge Victoriana Teodocia Celia Pinto Velarde y; Juan Helar Marroquín Lima y su cónyuge Yeni Sandra Peralta Ortega , sobre mejor derecho de propiedad, respecto de cinco topos de terreno rústico ubicado en el anexo El Monte, Samuel Pastor La Pampa compuestos por 0.75 Ha (dos topos y medio) UC 00493; 0.43 Ha (topo y medio) con UC 00494 y; 0.35 Ha (un topo) UC 00449. Declaró INFUNDADAS las pretensiones accesorias de nulidad de inscripción y cancelación de los asientos registrales de las partidas N° 04005518 y 04006772 del Registro de Propiedad inmueble, reivindicación de los cinco topos, cobro de frutos, industriales y; cobro de daños y perjuicios y, daño moral. DISPUSO la conclusión del presente proceso. SENTENCIA DE VISTA 116-2017-CI HG Proceso de desalojo, seguido por el BERNARDINA FILIBERTA PEÑA ALARCON contra ANA ROSA HUAY TA QUISPE; DECLARAMOS NULA la Sentencia N° 45-2017 de fecha seis de marzo del dos mil diecisiete, que declaró infundada la demanda Desalojo por precaria interpuesta por Bernardina Filiberta Peña Alarcón en contra de Ana Rosa Huayta Quispe. DISPONEMOS se emita nueva sentencia. EXHORTAMOS a la Jueza María Luisa Pickmann Adriazola tenga mayor celo en el ejercicio de sus funciones, bajo apercibimiento en caso de reiterar su conducta se remitan copias a ODECMA. SENTENCIA DE VISTA 284-2009-CI HG Proceso de tercería de propiedad, seguido por el EDWIN ALFREDO LAZO BENAVIDES contra HECTOR ALFREDO LAZO CARAZAS; CONFIRMAR la Sentencia N° 101-2017-JCT, de fecha diecisiete de mayo del dos mil diecisiete, que declaró INFUNDADA en todos sus extremos la demanda de tercería de propiedad interpuesta por Edwin Alfredo Lazo Benavides contra Héctor Alfredo Lazo Carazas, Carmen Isabel Benavides Quicaño y José Guerrero Solano, en consecuencia, que DISPONE la conclusión del proceso y el archivo del expediente y dispone el pago de costos y costas. SENTENCIA DE VISTA 40-2017-LA LC Proceso de contencioso administrativo, seguido por el ANGEL HUMBERTO YAÑEZ MONTENEGRO contra RED SALUD CASTILLA-CONDESUYOS-LA UNION Y OTROS; DECLARAMOS NULA la Sentencia N° 20-2017-LA de fojas cincuenta y dos que declaró fundada la demanda interpuesta por Ángel Humberto Yáñez Montenegro; y ordeno que la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de Arequipa cumpla con emitir la Resolución de Gerencia Regional y/o a la Red de Salud de Castilla, Condesuyos y La Unión para que en el plazo perentorio de quince días cumpla con emitir la Resolución Administrativa que corresponda, reconociendo el derecho del accionante, y se disponga se proceda al incremento de su remuneración con la bonificación especial prevista en el Decreto de Urgencia N° 037-94 con deducción de lo percibido por concepto de bonificación otorgada por el D.S. 019-994-PCM, desde el día primero de julio de mil novecientos noventa y cuatro hasta la fecha, y otros; INSUBSISTENTE todo lo actuado incluso hasta la resolución número cero que corre de fojas treinta y nueve y; DISPONEMOS proceda a emitir nuevo pronunciamiento conforme a derecho una vez cumplido con regularizar el séquito del proceso y la actuación probatoria del mismo. En los seguidos por Ángel Humberto Yáñez Montenegro con la Red Salud Castilla-Condesuyos-La Unión y otros; sobre acción contencioso administrativo. SENTENCIA DE VISTA 58-2017-FP RC Proceso de infracción penal, seguido por el MINISTERIO PUBLICO contra JOSE ZEUS RICRA QUISPE Y OTRO; CONFIRMAMOS: la Sentencia Número 28-2017, de fecha dieciocho de septiembre de dos mil diecisiete, de fojas ciento veintiuno, que absolvió a José Zeus Ricra Quispe y Jhordy Roy Lizarbe Trinidad, de la infracción por tentativa de robo agravado (artículos 16; 188; 189.2.4.7 Código

Penal), en agravio de Piero Alessandro Flores Valencia, con lo demás que contiene. SENTENCIA DE VISTA 73-2017-LA RC Proceso contencioso administrativo, seguido por el BLANCA IRIS ZÚÑIGA MARTÍNEZ VIUDA DE BEJARANO contra GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Y OTRO; DECLARAMOS: NULA, la Sentencia 51-2017-LA, de fecha diecisiete de abril de dos mil diecisiete, de fojas sesenta y cuatro, que declara fundada la demanda interpuesta por Blanca Iris Zúñiga Martínez viuda de Bejarano, dirigida a La Red de Salud Castilla Condesuyos y La Unión y ordena que la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de Arequipa, emita la Resolución de Gerencia Regional o la Red de Salud de Castilla, Condesuyos, La Unión, en el plazo perentorio de quince días, emita la resolución administrativa reconociendo el derecho de la actora, disponiendo el incremento de su remuneración con la Bonificación Especial del Decreto de Urgencia 037-94, con deducción de lo pagado por bonificación del Decreto Supremo 019-994-PCM, desde el 01.07.1994 a la fecha, intereses legales desde el 01.07.1994 a favor de la actora, sin costas ni costos. DISPONEMOS: se emita nuevo pronunciamiento con arreglo a Derecho. SENTENCIA DE VISTA 154-2017-CI RC Proceso de deslinde, seguido por el ASUNTO ROSAS HUAMANÍ ORDÓÑEZ contra HELBER FREDY VELAZCO MORÁN Y OTRA; DECLARAMOS: NULA,la Sentencia 45-2015-CI, de fecha veinticuatro de abril de dos mil quince, de fojas setecientos sesenta y dos, que declara fundada la demanda y dispone se establezca el deslinde de los predios, con lo demás que contiene. DISPONEMOS, se emita nuevo pronunciamiento, teniendo en cuenta lo expuesto en los considerandos de la presente sentencia de vista. En los seguidos por Asunto Rosas Huamaní Ordóñez, con Helber Fredy Velazco Morán y otra, deslinde. SENTENCIA DE VISTA 172-2017-CI RC Proceso de nulidad de acto jurídico, seguido por el NARCISO MIGUEL VILCA BARRIOS contra AUGUSTO RAFAEL LLERENA ROMERO Y OTRO; DECLARAMOS: NULA, la Sentencia Número 59-2017, de fecha doce de mayo de dos mil diecisiete, de fojas doscientos ochenta y cuatro, que declara improcedente la demanda de nulidad de acto jurídico de compra venta de fecha diez de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco, del fundo “Ayacoto Las Palmas”, que celebraron Víctor Modesto Cateriano Cateriano, con Augusto Rafael Llerena Romero; demanda interpuesta por Narciso Miguel Vilca Barrios, con Augusto Rafael Llerena Romero y Lucila Díaz de Llerena. INSUBSISTENTE, todo mandato que ordene expedir sentencia; en consecuencia, DISPONEMOS: se cumpla con integrar en el proceso como litisconsorte necesario pasivo a Víctor Modesto Cateriano Cateriano, quien además será emplazado con la demanda, sus anexos, resolución que la admite y la presente sentencia; asimismo, se cumpla con integrar como litisconsorte necesario activo al Gobierno Regional de Arequipa, como entidad pública que asumió las funciones de AUTODEMA por efecto de transferencia legal, emplazándose al Procurador Público Encargado de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional de Arequipa, como representante en juicio, con la demanda, sus anexos, resolución que la admite y la presente sentencia, todo a efecto que los litisconsortes integrados hagan valer sus derechos de contradicción y defensa en el plazo previsto por la ley, expidiéndose en su oportunidad un pronunciamiento con arreglo a Derecho. SENTENCIA DE VISTA 211-2017-CI RC Proce so de nulidad de resolución administrativa, seguido por MINERA VETA DORADA SAC contra MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHALA; DECLARAMOS: NULA, la Sentencia Número 013-2017-SI-JM, de fecha dieciséis de agosto de dos mil diecisiete, de fojas doscientos cincuenta y nueve, que decla-

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ra fundada la demanda contenciosa administrativa de nulidad de las Resoluciones Municipales 490-2015-MDCH/ALC y 0462016-MDCH/ALC, interpuesta por Minera Veta Dorada SAC, dirigida a la Municipalidad Distrital de Chala. INSUBSISTENTE, lo actuado hasta fojas ochenta y nueve inclusive, reponiéndose la causa al estado de emplazarse con la demanda, sus anexos y resolución que la admite, al Señor Procurador Público Encargado de los Asuntos Judiciales de la Municipalidad Distrital de Chala. SENTENCIA DE VISTA 05-2014-CI LC Proceso contencioso administrativo, seguido por el JOSE JESUS ARAOZ BARRIOS contra MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASTILLA; DECLARAMOS: NULA la Sentencia 52-2017, de fecha diecisiete de abril de dos mil diecisiete de fojas setecientos veintiuno, que declara infundada la pretensión de reposición del vinculo laboral, en consecuencia válida la rescisión de contrato emitida por la Municipalidad Provincial de Castilla, con lo demás que contiene; e INSUBSISTENTE, lo actuado hasta fojas seiscientos noventa y nueve inclusive, únicamente respecto al extremo que dispone el ingreso de los autos a despacho para expedir sentencia, reponiéndose la causa al estado de disponerse la remisión de los actuados al Ministerio Publico para la emisión del respectivo Dictamen. En los seguidos por José Jesús Araoz Barrios, en contra de la Municipalidad Provincial de Castilla, sobre acción contencioso administrativo. AUTO DE TRAMITE 21-2006-PE HG Proceso penal por delito de violación sexual de menor de edad contra PEDRO ABEL PEREZ DONAYRE en agravio de la menor de iníciales NJCHH; RESUELVE: Reprogramar la instalación del juicio oral contra el procesado pedro abel pérez donayre para el día dieciséis de marzo del año dos mil dieciocho a las once horas con treinta minutos, en el salón de audiencias del establecimiento penal de pucchun de camaná, la cual se llevará a cabo ante los jueces superiores habilitados que integren la sala mixta en dicha oportunidad y el magistrado llamado por ley de la sala penal de apelaciones de turno, que en este caso corresponde a la magistrada maría paola venegas saravia. 2) disponer se notifique al acusado con la acusación fiscal, con la sentencia 004-2014, con la ejecutoria suprema y con la presente resolución para fines de conocimiento. de igual manera, se debe tener presente que en autos existe parte civil, quién deberá ser notificado por esta única vez en el domicilio procesal indicado. 3) nombrar como defensa del acusado a los abogados de la defensoría pública del ministerio de justicia de la provincia de camaná, a quién se le notificará con el encargo. 4) disponer que para la audiencia es necesario se obtenga los medios probatorios admitidas en el auto de enjuiciamiento tomando en cuenta el ofrecimiento de prueba realizado por el ministerio público; así como las ordenadas por la corte suprema, las cuales se corre traslado al ministerio público para que proceda conforme a sus atribuciones. 5) mandar que secretaría solicite: - las hojas penales y los cuadernos de beneficios penitenciarios y sentencias de otros procesos de ser el caso. - los certificados actualizados de antecedentes penales y judiciales del encausado. - el informe del estado de las causas, que en su caso puedan registrar.- informe de la dirección del INPE sobre los ingresos y egresos del inculpado al establecimiento penal de socabaya y pucchún, el juzgado o sala penal que lo ordenó, número de instrucción, el delito y motivo; así como realice las demás diligencias de ley para la obtención de autorización del traslado por parte de presidencia de corte AUTO DE TRAMITE 249-2012-0-CI RC Proceso de nulidad de acto jurídico, seguido por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES contra VITA HUARCA, JACQUELINE KEMIN; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día TRES DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS, en el salón

de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AUTO DE TRAMITE 53-2017-0-CI IP Proce so de ejecución de garantias, seguido por el BANCO AGROPECUARIO contra FLORES GONZALES, PERSI ROGELIO; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día TRES DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo el señor abogados que desee informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AUTO DE TRAMITE 19-2003-71-LA HG Proceso de pago de beneficios sociales, seguido por FREDETMOSA contra TOP CONSULTING MANAGEMENT; SE RESUELHGVE: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día TRES DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AUTO DE TRAMITE 78-2017-LA RC Proceso de nulidad de resolución administrativa, seguido por DIAZ FLORES, JOSE ANTONIO contra DIRECTOR LA RED DE SALUD DE CASTILLA CONDESUYOS Y LA UNION; SE RESUELHGVE: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día TRES DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo

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los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AL OTROSI del escrito N° 352018: Téngase presente AUTO DE TRAMITE 79-2017-LA IP Proceso de nulidad de resolución administrativa, seguido por CARPIO CADILLO, CARMEN CAPDEVILA contra DIRECTOR LA RED DE SALUD DE CASTILLA CONDESUYOS Y LA UNION; SE RESUELHGVE: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día TRES DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AL OTROSI del escrito N° 28-2018: Téngase presente. AUTO DE TRAMITE 374-2016-0-FC RC Proceso de divorcio, seguido por HUAMANI JACOBO, MARIA NELLY contra SALAZAR CARAZAS, BERLY ANTONIO; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELEC-

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TRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo el señor abogados que desee informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AUTO DE TRAMITE 6-2014-0-FC IP Proce so de divorcio, seguido por GUTIERREZ PASTOR, KEITH ORLANDO contra CRUCES NAVARRO, YESIKA ELSA; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo el señor abogados que desee informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los

autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AUTO DE TRAMITE 284-2015-0-CI HG Proce so de reivindicación, seguido por CANALES RIEGA, GAMALIEL SIGIFREDO contra LLERENA MEDRANO, FERNANDO LEON; SE RESUELHGVE: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AUTO DE TRAMITE 154-2015-0-CI HG Proceso de indemnización, seguido por TORRES BENAVENTE, PERCY ARTURO contra TORRES NUÑEZ, ALVARO RAFAEL; SE RESUELHGVE: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AUTO DE TRAMITE 87-2017-0-LA IP Proceso

de impugnación de resolución, seguido por HUAMANI CHOQUE, ANDRES VICTORIANO contra MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA DE PAMPACOLCA; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo el señor abogados que desee informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AUTO DE TRAMITE 187-2017-0-CI HG Proceso de mejor derecho a la propiedad, seguido por LAZO ACOSTA, ANGEL contra MANCHEGO ZUÑIGA, NICOLASA JOSEFA; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la

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resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AUTO DE TRAMITE 4-2014-0-LA RC Proceso constitucional de acción de amparo, seguido por ZUÑIGA TICONA, CAMILO ALFREDO contra el MINISTERIO DEL INTERIOR; RESOLVEMOS: 1) CORRER TRASLADO del escrito de apelación obrante de fojas trescientos treinticuatro a trescientos cuarentidos, con sus respectivos anexos, a la parte demandada. 2) SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día diez de abril del año dos mil dieciocho a las nueve horas, en el salón de audiencias de la Sala Mixta de Camaná, ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 3) DISPONER se efectúen las notificaciones de ley a las partes procesales apersonadas a esta instancia, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil aplicable supletoriamente en virtud al artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, solicitud que será aceptada por el solo hecho de su presentación, siempre y cuando se ejerza dicho derecho dentro del plazo de ley, oportunidad en la cual los señores abogados deberán portar copia de su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa 298-2009-CE-PJ. 4) CUMPLA Secretaría de Sala con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AUTO DE TRAMITE 55-2017-0-LA IP Proceso contencioso administrativo, seguido por CONCHA GUTIERRAZ, PEPE RAYMUNDO contra MUNICIPALIDAD DE URACA CORIRE; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores re-

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