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30 abr. 2019 - contra de WILLY ELBER ZEGARRA DIAZ y BERTHA. DOMINGA PINTO PERALTA, en la vía del proceso. ABREVIADO, res
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Martes, 30 de abril del 2019

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Corte Superior de Arequipa

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La República Martes, 30 de abril del 2019

EDICTOS EDICTO ANTE EL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE PAUCARPATA, JUEZA: BERTHA UCHANI SARMIENTO, EXPEDIENTE:02380-2017-0-0401 -JR-CI-03, ESPECIALISTA: RUBEN YANAHUAYA ROSALES, DEMANDANTES: NICOLAS BENITO SALAS MONROY Y FELIPA GLORIA EDERMA DEL CARPIO CANO DE SALAS, DEMANDADOS: CARLOS BERNARDO REVILLA CASQUINA Y WINDER JESUS REVILLA MORAN, POR RESOLUCION 11 DEL 24/09/2018, RESUELVE ADMITIR LA DEMANDA DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL BIEN DE CALLE URUBAMBA, ZONA C, LOTE 4, MANZANA J, DE LA URB. SAN MARTÍN DE SOCABAYA, DISTRITO DE SOCABAYA - AREQUIPA, PARTIDA REGISTRAL N° 01133184, VIA PROCESO ABREVIADO, CONTRA LOS DEMANDADOS, EMPLAZANDO A MARTIN ABDON MARES, ROCIO PAQUITA ILASACA RETAMOSO, MARCOS ARTEMIO MANRIQUE PAREDES, AMADOR SALOME MANRIQUE PAREDES Y EFRAIN CARPIO MIRANDA, CON TRASLADO POR DIEZ DIAS, POR OFRECIDOS LOS MEDIOS PROBATORIOS. AREQUIPA, 06 DE DICIEMBRE 2018. RUBEN YANAHUAYA ROSALES ESPECIALISTA LEGAL.- (1624-30 abril) B/E 031-13618.S/. 0.00 EDICTO. Ante el juzgado Mixto de Aplao-Castilla, Exp. N.0081-2012-0- 0404-JM-CI-01, que despacha el Dr. Lucio Zeny Ruelas Escobedo, especialista legal Dr. Wilmer J. Vera Machaca, don Miguel Abdón Martínez Fernández y Laura Angelita Vizcardo Guzmán, siguen un proceso sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, del inmueble urbano ubicado en el Centro Poblado Corire-Castilla-Arequipa, Sub-Lote 4-A, mz. J, inscrito en la Partida Matriz P06172455, contra Bernardo Carlos Dioguardi Morales y Karim Alvarado Assad, Francisco Javier Glave Chávez y Laura Berrios; el Juzgado mediante Resolución N.45, de fecha primero de abril del dos mil diecinueve, ha dispuesto se notifique a Financiera del Sur S.A.- FINSUR y Banco del Sur, para los fines legales que crean conveniente.- Aplao, 201904-10. WILMER J. VERA MACHACA SECRETARIO JUDICIAL. (16-24-30 abril) B/E 031-13619.S/. 0.00 EDICTO Por ante el Primer Juzgado Civil de Arequipa, que despacha la Jueza Dra. SHELAH NORTH GALAGARZA PEREZ, Especialista Legal Dra. NIKOLA MARISOL GONZALES RAMOS, Expediente N2 06134-2018-0-0401-JR-CI-01, ha emitido la Resolución N2 2- 2019, que RESUELVE: ADMITIR la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por SAVINA LLUTAHUE LEAÑO, en contra de WILLY ELBER ZEGARRA DIAZ y BERTHA DOMINGA PINTO PERALTA, en la vía del proceso ABREVIADO, respecto del bien inmueble ubicado en la Manzana G, Lote 5, Zona Seis del Asentamiento Poblacional Asociación Pro-Vivienda Las Flores, del Distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la Partida P06152275 ante los Registros Públicos de Arequipa, por lo que se ha dispuesto realizar la publicación de ley. NIKOLA GONZALES RAMOS SECRETARIA JUDICIAL.- .- (24-30 abril 07 mayo) B/E 031-13600. S/. 0.00 EDICTO Ante el 2° Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Juez Dra. GLORIA LIBERTAD PARI VALENCIA, Expediente N° 04309-2018-0-0401 JP-CI-02, Especialista Legal GUTIERREZ CHACON LUZ ELIANA, en la vía del proceso no contencioso se solicita la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCION de la Señora FORTUNATA VILLAZANTE SAIRA a FORTUNATA VILLASANTE SAIRA (el primer apellido se encuentra escrita con “Z” cuando debe ser con la letra “S”) por

ser este la forma correcta como se encuentra en su Libreta Electoral N” 1836217 y las partidas de nacimiento de los hijos. Lo que se comunica para los fines de ley conforme a lo previsto en el Código Procesal Civil. Arequipa, 22 de Abril de 2019 - Juan Chipana Palomino - Abogado - Registro 7416 LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON SECRETARIA JUDICIAL. (29-30 abril 02 mayo) B /E 031- S/. 0.00 EDICTO JUDICIAL DE NOTIFICACIÓN En el Expediente Judicial Nro. 00809-2019-0-040lJR-CI-07, seguido por ante el Séptimo Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, el señor juez Dr. Carlos Enrique Polanco Gutiérrez, con intervención del Especialista Legal Dr. David Enrique Ito Flores, ha emitido la Resolución número 01-2019 de fecha 26 de marzo del año 2019, que Resuelve: ADMITIR a trámite la demanda sobre NULIDAD DE ACTO JURÍDICO en la vía del proceso de conocimiento, interpuesta por ANTONIO CASTELO AVILA y TOMAS ERNESTO CASTELO AVILA; en consecuencia, SE DISPONE: Correr TRASLADO de la demanda: 1] La sucesión de don JOSÉ JULIO CASTELO AVILA, representado por su heredero JOSE CARLOS CASTELO SI AVALA; y, 2) La sucesión de don HIGINIO OBANDO, para cuyo efecto y a gestión de parte interesada, deberá efectuarse la notificación por edictos de la presente resolución, en la forma y veces que señalan los numerales 167° y 168° del Código Procesal Civil, a efecto de los sucesores del demandado HIGINIO OBANDO se apersonen a proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal; para que dentro del término de TREINTA DÍAS cumpla con apersonarse a proceso y formular contestación, bajo apercibimiento de seguirse el juicio en rebeldía de ésta, teniéndose por ofrecido los medios de prueba que se indican y agregándose a los antecedentes a los anexos adjuntos, Regístrese y comuníquese. Arequipa, 11 de abril del 2019.- Francis Zegarra Cárdenas Especialista Legal Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral.- (29-30 abril 02 mayo) B /E 031- S/ 0.00

NOTIFICACIONES NOTIFICACION POR EDICTO En el Expediente N° 435-1993-0-0401-JR-CI-05 seguido ante el Quinto Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa que despacha la Doctor Aurelio Ronald Valencia de Romaña, con intervención de la Especialista Legal Doctora Arlety Gluliana Márquez Romero, sobre Pago de Honorarios interpuesta por Eduardo Gabriel Córdova Lanza en contra de Severo Medina Flores y Graciela Thelma Apollnarla Salas Medina de Medina; se ha expedido: 1) La resolución N° 04 del 7 de marzo del 2019; en la que se ha resuelto: 1) SUSPENDER EL TRAMITE DEL PROCESO, por el plazo de TREINTA DÍAS, a fin de QUE SE APERSONE LA SUCESIÓN DE SEVERO MEDINA FLORES, bajo APERCIBIMIENTO de nombrársele curador procesal y continuarse el séquito del proceso (Ejecución). 2) SE DISPONE que se notifique la presente resolución a los herederos de LA SUCESIÓN DE SEVERO MEDINA FLORES mediante edictos conforme a lo establecido por el artículo 168 del Código Procesal Civil, a gestión de la parte interesada (Graciela Thelma Apollnaria Salas Medina de Medina). Tómese razón y hágase saber. Fdo. Espec. Legal Dra. Arlety Giuliana Márquez Romero. Arequipa 25 de abril del 2019.- (30 abril 07-13 mayo) B/E 03113647. S/. 0.00.-

NOTIFICACIÓN POR EDICTO Ante el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ISLAY que despacha el juez JOEL JIM JANAMPA SANG especialista legal SOTO HOLGUIN MARIO en el Exp. Nº: 00486-2014-0-0407-JP-CI-01 seguido por MOLINOS & CIA S.A., representada por MARIO

MAYKELL RIVERA OJEDA en contra de CARMELA ALLASI, SANDRO CARBAJAL y FELIPE SANTIAGO QUISPE MAMANI sobre Obligación De Dar Suma De Dinero: RESOLUCIÓN N°84-2015 del 19/08/2015 - SE RESUELVE: 1. LLEVAR ADELANTE EJECUCIÓN FORZADA, y en tal sentido cumpla la parte demandada, CARMELA SELINA ALLASI MALAGA, con pagar a la parte demandante la cantidad de TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA CON 62/100 DOLARES AMERICANOS, más los intereses legales demandados. 2. IMPONGO el pago de costas y costos del proceso a la parte demandada. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Cuaderno de Medida Cautelar N° Nº: 00486-2014-98-040701-JZ-CI-01 RESOLUCION N°02-2014 del 10-11-14 SE RESUELVE: 1) DICTAR MEDIDA CAUTELAR FUERA DE PROCESO EN LA MODALIDAD DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN en favor de MOLINO & CIA SA, representada por su apoderado Mario Maykell Rivera Ojeda sobre los derechos y acciones espectaticios que le corresponda a Carmen Selina Allasi Malaga, de los siguientes inmuebles: A) inmueble ubicado en la calle 1, Mz A letra 10 Asociación de Vivienda Las Gaviotas del distrito de Mejía provincia de Islay del departamento de Arequipa, inscrito en la partida electrónica 01114030 de la Zona Registral XII – Sede Islay, hasta por el monto de Dos Mil Quinientos Dólares Americanos; B) inmueble ubicado en el centro poblado Mollendo Mz K, Lote 5 Provincia de Islay del departamento de Arequipa, inscrito en la partida electrónica P06216048 Zona Registral XII – Sede Islay, hasta por el monto de Dos Mil Quinientos Dólares Americanos; de propiedad de la sociedad conyugal conformada por Basilio Antonio Vilca Garcia y la demandada Carmela Selina Allasi Malaga, BAJO CUENTA Y RIESGO DE LA EJECUTANTE. 2) SE ACEPTA LA PROPUESTA Y SE REGULA LA CONTRACAUTELA OFRECIDA hasta por el monto de la medida cautelar concedida. 3) SE DESIGNA como órgano de auxilio judicial a la Zona Registral XII – Sede Islay. Por ofrecidos los medios probatorios que se indican y a los antecedentes los anexos acompañados; debiendo, via oficio, remitirse los partes judiciales, a gestión de parte, para su inscripción para su inscipcion correspondiente por ante el registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral XII – Sede Islay; debiendo previamente la parte solicitante proporcionar doble juego de copias de los actuados pertinentes para su certificación, bajo su propia responsabilidad. Tomese razón y hágase saber. MARIO SOTO HOLGUIN SECRETARIO JUDICIAL. (26-29-30 abril) B/E 031- S/. 0.00

REMATES PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por HELBER JULIO OLAECHEA CARNERO en contra de JENY LUZ TORREBLANCA REVILLA y MANUEL GUTIERREZ DONGO sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente N° 00282-2014-0-G4Q2-JP-CI-01, el Juzgado de Paz Letrado de Camana que despacha la Señora Juez ESTELA ROCIO BENAVENTE VALDIVIA, Especialista Legal LESLIE EDUARDO COLLANQUI han dispuesto sacar a Remate Publico en PRIMERA CONVOCATORIA el predio con Ubicación Rural U.C. 10126 Sector La Gamero U.C. El Mango, Distrito José María Quimper, Provincia de Camana, Departamento de Arequipa, linderos, medidas perimétricas y demás características corren inscrita en la Partida Registral N° 04002796 del Registro de Predios de los Registros Públicos de Arequipa, Zona Registral N° XII - Sede Arequipa, Oficina Registral Camana. VALOR DE LA TASACION: S/ 948,996.00 (NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES). BASE DEL REMATE: S/ 632,664.00 (SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO con 00/100 SOLES), equivalente a las dos terceras partes del

Valor de la Tasación. CARGAS Y GRAVAMENES: ASIENTO D00008. EMBARGO JUDICIAL: Resolución judicial N° 01 de fecha 26/08/2014 expedida por el Juzgado de Paz Letrado de Camana Dr. Rafael Aucahuaqui Puruhuaya, asistido por el Especialista Legal Edson Macedo Astigueta, se resuelve: Constituir medida cautelar de embargo en forma de inscripción a favor de Helber Julio Olaechea Carnero, sobre el bien inmueble de propiedad de los demandados, hasta la suma de $/ 70,000.00 nuevos soles, seguido en el Exp.282-2014-69-CI Materia de Obligación de Dar Suma de Dinero. Oficio N° 282-2014 de fecha 05/09/2014. Titulo inscrito 29.10.2014. ASIENTO C00008 ANTICIPO DE LEGITIMA GRECIA GUTIERREZ TORREBLANCA, ha adquirido el dominio del inmueble a mérito de anticipo de legitima otorgado por sus padres valorizado en la suma de s/. 35,000.00. consta en Escritura Pública N° 61 con fecha 15/01/2015 otorgado por Notario Público de Camana Dr.Carlos Soto Coaguila. Fecha de presentación 15/01/2015.ASIENTO: C00009 DONACION ROLANDO JUVENAL FAIJO ZEVALLOS, ha adquirido el dominio del predio, valorizado por US$ 50,000.00 dólares americanos, consta en escritura pública N° 452 de fecha 23/05/2015 mediante Notario Público de Camana Dr. Martínez Palomino, fecha de presentación 30/07/2015. ASIENTO: D0009 EMBARGO JUDICIAL: Resolución judicial N° 08 de fecha 20/07/2015 expedida por el Juzgado de Paz Letrado de Camana Dr. Rafael Aucahuaqui Puruhuaya, asistido por el Secretario Judicial Edward Mamani Chipana, se resuelve: Variar la medida cautelar concedida mediante Resolución N° 01 de fecha 26.08.2014 en el extremo de su monto debiendo ser ahora de S/ 80,000.00 nuevos soles, seguido en el Exp.282-2014-69-CI Materia de Obligación de Dar Suma de Dinero. Oficio N° 282-2014 de fecha 27/08/2015. Titulo presentado 07.09.2015. ASIENTO: C00010 ANTICIPO DE LEGITIMA FRANCISCO CONTRERAS AYCA ha adquirido el dominio del inmueble en mérito de anticipo de legitima valorizado por la suma de US$ 50,000.00 consta Escritura Pública N° 778 de fecha 11/11/2015 mediante Notario Público de Camana Dr. Martínez Palomino con fecha de presentación 12/11/2015. ASIENTO C00011 RECTIFICACIÓN DE OFICIO se rectifica el asiento C00010 que antecede que en el encabezado se consignó Anticipo de Legitima cuando lo correcto debe ser Donación. ASIENTO C00012 DONACION GRECIA GUTIERREZ TORREBLANCA, valorizado por US$ 50,000.00 por Escritura Publica N° 20 de fecha 20/01/2016 ante Notario Público de Camaná Dr. Martínez Palomino fecha de presentación 07/03/2016. DÍA Y HORA DE REMATE: SIETE DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUEVE a horas 09:30 a.m. LUGAR DE REMATE: Frontis del Juzgado de Paz Letrado de Camana ubicado en Calle Comercio N° 140 - 4to Piso del Distrito y Provincia de Camana, y Departamento de Arequipa. CONDICIONES DEL REMATE: Los POSTORES:1) Al momento del acto de remate deberán Oblar como garantía en efectivo o cheque de gerencia a su nombre NEGOCIABLE: suma no menor al 10% del valor de la Tasación del Inmueble. 2) Presentar arancel judicial Código 07153 para participar en Remate. 3) Presentar documento de identidad: DNI y/o RUC, según corresponda. 4) En caso de actuar mediante representante, se deberá acreditar Poder suficiente inscrito. Los honorarios del Martiliero Público serán cancelados por el adjudicatario de conformidad con la Ley del Martiliero Publico N° 27728 y su Reglamento aprobado por D.S. N° 0082005-JUS más el IGV. El remate será efectuado por Fanny Adeli Vergara Coaguiia - Martillera Publica con Registro N° 31 ó Celular 956-833302. Camana, 21 de marzo de 2019. LESLIE EDUARDO COLLANQUI. ESPECIALISTA LEGAL.- (23-24-25-26-29-30 abril) B/E 031-13635. S/. 0.00 EDICTO-PRIMER REMATE JUDICIAL. Exp. 00127-2016-0-0401-JP-CI-02, en los seguidos

por BANCO INTERNACIONAL DEL PERU- INTERBANK contra RODRIGUEZ MAMANI, MARA MARÍA, con emplazamiento al tercero CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. El Primer Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa que Despacha la Señora Juez Dra. Maritza Salomón Núñez, Especialista Legal Dr. Jorge Matías Arenas Puma; ha dispuesto sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble: --UBICACION: Pueblo Joven Ciudad Israel, Manzana B, Lote 2 Zona A - Distrito de Paucarpata - Provincia y Departamento de Arequipa, con un área del terreno de 200.00 M2., inscrito en la Partida Nº P06038595, del Registro de Propiedad de Inmueble de la Zona Registral Nº XII, Sede Arequipa, Oficina Registral de Arequipa. --TASACIÓN COMERCIAL: En la suma de S/ 412,386.61 (CUATROCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 61/100 SOLES). PRECIO BASE: Siendo su precio base las dos terceras partes del valor de la tasación; la misma que asciende a la suma de S/ 274,924.40 (DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO CON 40/100 SOLES).---- DIA Y HORA DE REMATE: 07 de mayo de 2019 a horas once de la mañana (11:00 am). ---LUGAR DEL REMATE: En el local del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia Arequipa, sito en Calle Túpac Amaru N°464, Distrito de Cerro Colorado, Provincia y Departamento de Arequipa. ----CARGAS Y GRAVAMENES: INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA: Asiento 00007 de la Partida Nº P06038595. Constitución de hipoteca sobre el inmueble inscrito en esta Partida a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Arequipa, hasta por la suma de US $ 150,986.00 dólares americanos, otorgado por su propietario, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del crédito que por la suma de US $ 120,000.00 dólares americanos que otorga la Acreedora a favor de la Prestataria, así como todas las obligaciones de dar, hacer y no hacer, presentes y futuras asumidas por la parte prestaría en forma directa e indirecta, individual o mancomunadamente ya sean en moneda nacional o extranjera, que se derive de la celebración de cualquier otro contrato, operación y/o servicio que la caja se encuentre autorizada a realizar como empresa del sistema financiero, según consta más ampliamente de la Escritura Pública de fecha 1903-2014 otorgada por Notario Público de Arequipa Víctor Tinageros Loza. Asiento de presentación N° 2014-00039034 del 26/03/2014 a horas 14:25:17. --INSCRIPCIÓN DE EMBARGO: Asiento 00008 de la Partida P06038595. EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN. - Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripción dentro del proceso a favor del BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ- INTERBANK, sobre el inmueble inscrito en esta Partida de propiedad de la ejecutada MARA MARIA RODRIGUEZ MAMANI, hasta por la suma de S/ 39,500.00. Se anota la presente por haberlo dispuesto así el Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Yanahuara sede Cerro Colorado, Dr. Edson Carlos Cuentas Celis, asistido por su Especialista Legal Paola Benavides Zúñiga, mediante Resolución Judicial N°01 de fecha 06/06/2016, en el Expediente N° 00127-2016-55-0401-JP-CI-02. La documentación fue remitida por Oficio Judicial N° 127-2016-55-CIJP-CI-ECC/ZAMM, de fecha 05/07/2016. Asiento de presentación 2016-01091325 del 07/07/2016 a horas 10:08:25. -POSTORES: Presentarán en efectivo o en cheque de Gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación, adjuntar la tasa judicial correspondiente por el inmueble por rematar a la orden del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, el acto procesal a realizar y copia de D.N.I. y firmas. El presente remate estará a cargo del Martillero Público Lic. José Antonio

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Antezana Soto, con Reg. 341. Movistar 948406280. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO PÚBLICO será de cargo del adjudicatario conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS más IGV. -Arequipa, 04 de abril de 2019.- JORGE M. ARENAS PUMA SECRETARIO JUCIDICIAL.- (23-24-25-26-2930 abril) B/E 031-13633. S/. 0.00 AVISO DE PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por demandante MARYORIT ELMA CANO CORZO en contra de la demandada ANA CONSTANZA CHUQUICONDOR VALLE, sobre la materia de OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, bajo Expediente N° 07083-2009-0-0401-JR-CI-04 a cargo del Señor Juez Dr. JUSTO ANDRES QUISPE APAZA y Especialista Judicial Norma Hilda Fernandez Huaquipaco, SE HA CONVOCADO a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble ubicado en Centro Poblado Semi Rural Pachacutec Grupo Zonal N° 24 y 25 MZ. 23 Lote 1A, Zona G, en el Distrito de Cerro Colorado , Provincia de Arequipa, Departamento de Arequipa con N° de Partida Registral P06185593 de la Zona Registral N° XII Sede Arequipa. VALOR DE TASACION: S/. 283,061.10 (DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SESENTA Y UNO y 10/100 SOLES). BASE DE REMATE: S/. 188,707.40 (CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SIETE Y 40/100 SOLES) que son equivalentes a las 2/3 partes de la Tasación. AFECTACIONES: CARGAS Y GRAVAMENES: 1.INSCRIPCION DE EMBARGO.- Corre Inscrito bajo el asiento 00003 por Resolución Judicial N°001 de fecha 23/12/2009, del Cuarto Juzgado Especializado Civil de Arequipa Exp. 07083-2009 otorgada, a favor de MARYORIT ELMA CANO CORZO hasta por USD $12,500.00 dólares americanos. El Título fue presentado el 31/03/10. 2.INSCRIPCION DE ANTICIPO DE LEGITIMA.- Corre Inscrito bajo el asiento 00004 por Escritura Publica N° 2018 del 09/06/10. Shirley Vanessa Morón Chuquicondor ha pasado a ser la única propietaria del bien inscrito. El Título fue presentado el 28/04/11. 3.INSCRIPCION DE EMBARGO.- Corre Inscrito bajo el asiento 00005 por Resolución Judicial N°001 de fecha 22/11/2017, del Primer Juzgado de Paz Letrado de Arequipa Exp. 0626-2017 sobre Alimentos, otorgada, a favor de ANA CONSTANZA CHUQUICONDOR VALLE hasta por S/ 10,000.00 soles. El Título fue presentado el 27/12/17 FECHA Y HORA DE REMATE: MARTES 14 DE MAYO del 2019 A LAS 10:30 A.M. HORAS DE LA MAÑANA. LUGAR DE REMATE: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa sito PLAZA ESPAÑA S/N con siglo XX - CERCADO Provincia de Arequipa, Departamento de Arequipa. POSTORES: Oblarán una cantidad no menor del 10% de la Tasación del inmueble, en efectivo o mediante cheque de gerencia del Banco de la Nación sin sello No Negociable y presentarán el original del pago del arancel judicial respectivo a nombre del Juzgado, consignando el número del Expediente, el número de Documento de Identidad, firma y adjuntando copia simple de todos los documentos. El Adjudicatario cancelará la comisión del Martillero Público al finalizar el acto público, de conformidad con el artículo 18º del D.S. 008-2005-JUS-. Así mismo el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el ACTA, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Lima, Marzo del 2019. Lic LUIS FERNANDO PINO JORDAN ADMINISTRADOR– Martillero Reg. 357. TL 961705290.- NORMA FERNANDEZ H. ESPECIALISTA LEGAL. (23-24-25-26-29-30 abril) B/E 031- 13634.S/. 0.00

PRIMER REMATE. En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA en contra de WILBERT WILFREDO MAQUERA MAMANI y estando apersonados los terceros CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO CUSCO Y CAJA RURAL DE AHORRO Y CRÉDITO INCASUR SA., sobre ejecución de garantías; expediente 00603-2015-0-0401-JR-CI-08, por orden del Octavo Juzgado Especializado Civil de Arequipa, a cargo del señor Magistrado Doctor Omar Alejandro del Carpio Medina, con intervención del especialista legal Dr. Jimmy Marcelo Luna Mazuelos , se ha designado al Martillero Publico Jorge Arturo Manrique Lewis para la realización del PRIMER REMATE .-.BIEN A REMATAR: Inmueble ubicado en el Pueblo Joven Virgen de Chapi, Manzana K, lote 7, distrito de Cayma, que tiene un área de 180,000 m2 (ciento ochenta metros cuadrados) y que se encuentra encerrado dentro de los siguientes linderos, por el FRENTE con el pasaje San Salvador en 9,00 ml; por el costado DERECHO entrando con lote 6 en 20,00 ml; por

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el costado IZQUIERDO entrando con el lote 8 en 20,00 ml y por el FONDO con el lote 12 en 9,00 ml. Esta propiedad se encuentra debidamente inscrita en la Partida Registral Nro P06018055, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral No XII- Sede Arequipa, en donde obran sus demás medidas y características…DIA Y HORA DEL REMATE: 13 DE MAYO DEL 2019, A LAS 08.30 AM.-. LUGAR DE REMATE: En la Sala de Remates, ubicada en el sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina Plaza España S/N del Cercado del distrito de Arequipa.-VALOR DE LA TASACIÓN: Inmueble valorizado en la suma de S/.161,639.40 (ciento sesenta y un mil seiscientos treinta y nueve con 40/100 nuevos soles).-.- PRECIO BASE: Equivalente a las dos terceras partes de la tasación, que asciende a la suma de S/. 107,759.60.-.- POSTORES: Aquellas Personas interesadas deberán presentar el día del remate, mediante cheque de gerencia negociable a su nombre, el 10% del valor de la tasación del inmueble equivalente a S/.16,163.94 (dieciséis mil ciento sesenta y tres con 94/100 nuevos soles).- GRAVAMENES Y CARGAS: Obran inscritos en la partida registral P06018055, del Registro de la Propiedad Inmueble de Arequipa, la siguiente carga y gravámenes que se detallan a continuación: 1. Asiento 00005. Hipoteca por US$24356.00 a favor de la Caja de Ahorro y Crédito de Arequipa 2. Asiento 00006 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco. Embargo, hasta por S/.34,000.00, ordenado por el Sétimo Juzgado Paz Letrado de Arequipa. Expediente 4739-2014-3 3. Asiento 00007. Embargo por la suma de S/24,800.00, a favor de Caja Rural de Ahorro y Crédito Incasur SA. Ordenado por el Primer Juzgado de Paz Letrado de Yanahuara, en el expediente 7099-2015-28. Los honorarios del martillero público, serán por cuenta del adjudicatario, y equivalen al 5% del valor de adjudicación, debiendo ser cancelados, una vez concluido el acto del remate. Martillero Público Jorge Arturo Manrique Lewis, Registro Nro. 277. Cel. 959174441. Arequipa, 2019 abril 15. DR. JIMMY MARCELO LUNA MAZUELOS ESPECIALISTA LEGAL. (25-26-29-30 abril 0203 mayo) B/E S/. 0.00 PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por HELBER JULIO OLAECHEA CARNERO en contra de JENY LUZ TORREBLANCA REVILLA y MANUEL GUTIERREZ DONGO sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente N° 00282-2014-0-0402-JP-CI-01, el Juzgado de Paz Letrado de Camana que despacha la Señora Juez ESTELA ROCIO BENAVENTE VALDIVIA, Especialista Legal LESLIE EDUARDO COLLANQUI han dispuesto sacar a Remate Publico en PRIMERA CONVOCATORIA el predio con Ubicación Rural U.C. 10126 Sector La Gamero U.C. El Mango, Distrito José María Quimper, Provincia de Camana, Departamento de Arequipa, linderos, medidas perimétricas y demás características corren inscrita en la Partida Registral N° 04002796 del Registro de Predios de los Registros Públicos de Arequipa, Zona Registral N° XII - Sede Arequipa, Oficina Registral Camana. VALOR DE LA TASACION: S/ 948,996.00 (NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES). BASE DEL REMATE: S/ 632,664.00 (SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO con 00/100 SOLES), equivalente a las dos terceras partes del Valor de la Tasación. CARGAS Y GRAVAMENES: ASIENTO D00008. EMBARGO JUDICIAL: Resolución judicial N° 01 de fecha 26/08/2014 expedida por el Juzgado de Paz Letrado de Camana Dr. Rafael Aucahuaqui Puruhuaya, asistido por el Especialista Legal Edson Macedo Astigueta, se resuelve: Constituir medida cautelar de embargo en forma de inscripción a favor de Helber Julio Olaechea Carnero, sobre el bien inmueble de propiedad de los demandados, hasta la suma de S/ 70,000.00 nuevos soles, seguido en el Exp.282-2014-69-CI Materia de Obligación de Dar Suma de Dinero. Oficio N° 282-2014 de fecha 05/09/2014. Titulo inscrito 29.10.2014. ASIENTO C00008 ANTICIPO DE LEGITIMA GRECIA GUTIERREZ TORREBLANCA, ha adquirido el dominio del inmueble a mérito de anticipo de legitima otorgado por sus padres valorizado en la suma de s/. 35,000.00. consta en Escritura Pública N°61 con fecha 15/01/2015 otorgado por Notario Público de Camana Dr. Carlos Soto Coaguila.Fecha de presentación 15/01 /2015.ASIENTO: C00009 DONACION ROLANDO JUVENAL FAIJO ZEVALLOS, ha adquirido el dominio del predio, valorizado por US$ 50,000.00 dólares americanos, consta en escritura pública N°452 de fecha 23/05/2015 mediante Notario Público de Camana Dr. Martínez Palomino, fecha de presentación 30/07/2015. ASIENTO: D0009 EMBARGO JUDICIAL: Resolución

judicial N° 08 de fecha 20/07/2015 expedida por el Juzgado de Paz Letrado de Camana Dr. Rafael Aucahuaqui Puruhuaya, asistido por el Secretario Judicial Edward Mamani Chipana, se resuelve: Variar la medida cautelar concedida mediante Resolución N° 01 de fecha 26.08.2014 en el extremo de su monto debiendo ser ahora de S/ 80,000.00 nuevos soles, seguido en el Exp.282-2014-69-CI Materia de Obligación de Dar Suma de Dinero. Oficio N° 282-2014 de fecha 27/08/2015. Titulo presentado 07.09.2015. ASIENTO: C00010 ANTICIPO UÉ LEGITIMA FRANCISCO CONTRERAS AYCA ha adquirido el dominio del inmueble en mérito de anticipo de legitima valorizado por la suma de US$ 50,000.00 consta Escritura Pública N°778 de fecha 11/11/2015 mediante Notario Público de Camana Dr. Martínez Palomino con fecha de presentación 12/11/2015. ASIENTO C00011 RECTIFICACION DE OFICIO se rectifica el asiento C00010 que antecede que en el encabezado se consignó Anticipo de Legitima cuando lo correcto debe ser Donación. ASIENTO C00012 DONACION GRECIA GUTIERREZ TORREBLANCA, valorizado por US$ 50,000.00 por Escritura Publica N°20 de fecha 20/01/2016 ante Notario Público de Camaná Dr. Martínez Palomino fecha de presentación 07/03/2016. DÍA Y HORA DE REMATE: SIETE DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUEVE a horas 09:30 a.m. LUGAR DE REMATE: Frontis del Juzgado de Paz Letrado de Camana ubicado en Calle Comercio N° 140 - 4to Piso del Distrito y Provincia de Camana, y Departamento de Arequipa. CONDICIONES DEL REMATE: Los POSTORES:!) Al momento del acto de remate deberán Oblar como garantía en efectivo o cheque de gerencia a su nombre NEGOCIABLE: suma no menor al 10% del valor de la Tasación del Inmueble. 2) Presentar arancel judicial Código 07153 para participar en Remate. 3) Presentar documento de identidad: DNI y/o RUC, según corresponda. 4) En caso de actuar mediante representante, se deberá acreditar Poder suficiente inscrito. Los honorarios del Martillero Público serán cancelados por el adjudicatario de conformidad con la Ley del Martillero Publico N° 27728 y su Reglamento aprobado por D.S. N° 0082005-JUS más el IGV. El remate será efectuado por Fanny Adeli Vergara Coaguila - Martillera Publica con Registro N° 316 Celular 956-833302. Camana, 21 de marzo de 2019. LESLIE E. COLLANQUI ESPECIALISTA LEGAL. (25-26-29-30 abril 02-03 mayo) B/E 031-13640. S/. 0.00 PRIMER REMATE En el expediente Nº 01983-2015-0-0412-JM-CI-01, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS seguido por CREDICORP CAPITAL SOCIEDAD TITULIZADORA S.A., sucesor procesal de BANCO DE CRÉDITO DEL PERU en contra de JESUS AGUSTIN FERNANDEZ CABERO ALPACA , con notificación de doña SILVIA BEATRIZ LAJO FIASCUNARI, con notificación de LAURA ISABEL MONTES VENEGAS y WALTER HENRY TEJADA GOMEZ, a cargo del señor Juez del Primer Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, Dr. Lino Zúñiga Portocarrero con intervención de la Especialista Legal Roberto Fredy Flores Suarez, se ha facultado al martillero Público HAMLET CHÁVEZ MARTINEZ ante quien se realizará el día 13 de mayo de 2019 a horas 08:30 a.m. en la sala de lectura de expedientes del Primer Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, sito en la esquina de las calles Alberto Laveau con calle Teniente Alcantara s/n, Guardia Civil III Etapa del distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, la diligencia del PRIMER REMATE del inmueble signado registralmente como: Lote 2-B ubicado en la calle Cesar Vallejo Nro. 221, Pueblo Joven Ciudad mi Trabajo, distrito de Socabaya, provincia y departamento de Arequipa, que se encuentra inscrito en la Partida P06244549, del hoy Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa. TASACIÓN: S/. 248,780.78; BASE DEL PRIMER REMATE (2/3 DE LA TASACIÓN): S/.165,853.85, DEPÓSITO PARA PARTICIPAR EN EL REMATE (10% DE LA TASACIÓN): S/. 24,878.07; GRAVÁMENES: 1.- Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de S/. 186,243.80, que es materia del presente proceso.2.- Anticresis a favor de Laura Isabel Montes Venegas y Walter Henry Tejada Gómez por el monto de S/. 110,000.00, por el plazo de 36 meses que se computa a partir del 21 de noviembre de 2018 y vence el 21 de noviembre de 2021. Arequipa, 2019 abril 23. HAMLET CHAVEZ MARTINEZ MARTILLERO PUBLICO , ROBERTO FREDY FLORES SUAREZ ESPECIALISTA LEGAL.- (26-29-30 abril 02-03-06 mayo) B/E 031-13644 S/. 0.00

PRIMER REMATE JUDICIAL - AREQUIPA

Martes, 30 de abril del 2019

En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA con HUAYTA CABANA, Prudencia. Expediente N° 00173-2012-0- 0402-JRCI-01, por orden del Primer Juzgado Civil de Arequipa, a cargo del Señor Magistrado LUQUE CESPEDES, Zenón, Especialista Legal CARNERO TITO, Berty, El suscrito Martillero Público, rematará en PRIMERA CONVOCATORIA, el inmueble de área 104.90 m2, ubicado en el Centro Poblado El Puente, Mz. B3, Lt. 4, Sector Huacapuy, Distrito de José María Quimper, Provincia de Camaná, Departamento de Arequipa. Inscrito en la partida N° P06177976 de la Zona Registral N° XII- Sede Arequipa, Oficina Registral de Arequipa 1) VALOR DE TASACION: US$ 15,886.00 (QUINCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 00/100 DOLARES EUA.). 2) PRECIO BASE: US$ 10.590.66 (DIEZ MIL QUINIENTOS NOVENTA CON 66/100 DOLARES EUA). Que viene a ser las dos terceras partes del valor de tasación. 3) CARGAS Y GRAVAMENES: Asiento 00006: HIPOTECA, a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, hasta por la suma de $12,000.00 DOLARES EUA. El titulo fue presentado el 26/05/2011. Asiento 00007: EMBARGO, a favor de la CAJA DE AHORROS Y CREDITO SEÑOR DE LUREN, hasta por la suma S/. 15,000.00 SOLES. el titulo fue presentado el 14/08/2012. 4) DIA DEL REMATE: 20 de MAYO del 2019 5) HORA: 02:30 PM 6) LUGAR: En la Sala de espera del Juzgado Especializado Civil de Camaná (urbanización Villa Salazar B-7, cercado, 2do piso). Camaná, Arequipa. 7) POSTORES: Condiciones y requisitos: 7.1) Oblarán el 10% del Valor de Tasación (US$ 1,588.60) en efectivo o cheque de gerencia. Adjuntar tasa judicial (CODIGO: 07153) (IMPORTE:S/420.00) por derecho de participación en el remate, consignar en el mismo el número del expediente con copia del arancel, DNI y generales de ley. 7.2) Corre por cuenta del Adjudicatario, la comisión del Martillero Publico y se cancela a la firma del Acta, de acuerdo a la escala de comisiones determinado en el Art. 18 del DECRETO SUPREMO Nº 008 -2005 –JUS y están afectos al IGV. 7.3) El adjudicatario, depositara la diferencia del oblaje entregado, por la postura realizada, dentro de los tres días hábiles siguientes al remate, bajo responsabilidad de ley. 8) INFORMES: Tel. 01-4412668 / 949063616 / www.martillerocorrea.es.tl (LSJ) .- Orlando Correa Guerrero Abogado Martillero Publico Reg. N° 193 . BERTY CARNERO TITO ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO CIVIL CAMANA. (29-30 abril 02-03-06-07 abril) B/E 031- S/. 0.00.

PRIMER REMATE En el expediente Nº 01983-2015-0-0412-JM-CI-01, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS seguido por CREDICORP CAPITAL SOCIEDAD TITULIZADORA S.A., sucesor procesal de BANCO DE CRÉDITO DEL PERU en contra de JESUS AGUSTIN FERNANDEZ CABERO ALPACA , con notificación de doña SILVIA BEATRIZ LAJO FIASCUNARI, con notificación de LAURA ISABEL MONTES VENEGAS y WALTER HENRY TEJADA GOMEZ, a cargo del señor Juez del Primer Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, Dr. Lino Zúñiga Portocarrero con intervención de la Especialista Legal Roberto Fredy Flores Suarez, se ha facultado al martillero Público HAMLET CHÁVEZ MARTINEZ ante quien se realizará el día 13 de mayo de 2019 a horas 08:30 a.m. en la sala de lectura de expedientes del Primer Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, sito en la esquina de las calles Alberto Laveau con calle Teniente Alcantara s/n, Guardia Civil III Etapa del distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, la diligencia del PRIMER REMATE del inmueble signado registralmente como: Lote 2-B ubicado en la calle Cesar Vallejo Nro. 221, Pueblo Joven Ciudad mi Trabajo, distrito de Socabaya, provincia y departamento de Arequipa, que se encuentra inscrito en la Partida P06244549, del hoy Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa. TASACIÓN: S/. 248,780.78; BASE DEL PRIMER REMATE (2/3 DE LA TASACIÓN): S/.165,853.85, DEPÓSITO PARA PARTICIPAR EN EL REMATE (10% DE LA TASACIÓN): S/. 24,878.07; GRAVÁMENES: 1.- Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de S/. 186,243.80, que es materia del presente proceso.2.- Anticresis a favor de Laura Isabel Montes Venegas y Walter Henry Tejada Gómez por el monto de S/. 110,000.00, por el plazo de 36 meses que se computa a partir del 21 de noviembre de 2018 y vence el 21 de noviembre de 2021. Arequipa, 2019 abril 23. HAMLET CHAVEZ MARTINEZ MARTILLERO PUBLICO . ROBERTO F. FLORES SUAREZ ESPECIALISTA LEGAL. (29-30 abril 02-03-06-07 mayo) B/E 031- S/. 0.00.

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por agraviado EUFEMIA LUQUE LUQUE contra imputado PEDRO FLORES BENAVENTE. sobre la materia de Falsedad Ideologica. bajo Expediente NO: 03684-2005-0-0401-JR-PE-02 Del Juzgado Penal Liquidador(AO FUNC 4JUP) de Arequipa a cargo del Señora Especialista Judicial Isabel Huanqui Tejada ha dispuesto sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble ubicado en el Urbanizacion Cooperativa de Vivienda Villa Electrica Mz H lote 14 Seccion2 Departamento N 2 en el Distrito del Cercado. Provincia de Arequipa y Departamento de Arequipa con MCI 129079 de Partida Registral de la Zona Registral N O XII-Sede AREQUIPA VAÇOR pe TASACION•, USD $ 39,300-09 (Treinta y nueve mil trescientos y 09/100 dólares americanos). BASE DE REMATE: USD $26,200.06 (Veintiseis mil doscientos Y 06/100 Dólares Americanos) que son equivalentes a las 213 partes de la Tasación. GRAVAMENES Y CARGAS: EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION,- 00002 Sobres los derechos expectaticios que le corresponden a PEDRO BENAVENTE FLORES. hasta por la suma de S/ 15.000.00 soles a favor de EUFEMIA LUQUE LUQUE por resolución Judicial N° 02-2014 del 2010-2014 FECHA Y HORA DE REMATE: Martes 14 de mayo del a las 8.50 am LUGAR DE REMATE: Local del 1ER Juzgado Penal Transitorio sede Central de Arequipa ubicado en Plaza España s/n.el Departamento de Arequipa POSTORES: Oblarän una cantidad no menor del de la Tasación del inmueble. en efectivo o mediante cheque de gerencia sin sello No Negociable y presentarán el original del pago del arancel judicial respectivo a nombre del Juzgado, consignando el número del Expediente, el número de Documento de Identidad. firma y adjuntando copia simple de todos los documentos. El Adjudicatario cancelará la comisión del Martillero Público al finalizar el acto público. de conformidad con el articulo 180 del OS. 008-2005-JUS-. Asi masmo el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el ACTA, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Lima, abril del 2019. DRA KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE - Abogado Martillero Reg. 310. LIZBETH TORRES CHOQUE EPSECIALISTA DE CAUSAS.- (30 abril 02-03-06-07-08 mayo) B/E 03113645. S/. 0.00

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por demandante COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DEL PERU LTDA , REPRESENTANTE CARLOS RUIZ SOUSA contra demandada CCAPIRA MALCUACCHA, SHIOMI YANET sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO bajo Expediente: 00557-2016-0-0401-JP-CI-02 , del 2 ° JUZGADO DE PAZ LETRADO- CIVIL de la CORTE SUPERIOR DE AREQUIPA, a cargo del señora Jueza ROMERO ORCCON JACKELINE DENISSE y Especialista CAHUANA MAMANI WILBERT PAUL ha dispuesto sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en MZ H, LOTE 8, ASOCIACION DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL ALDO MORO, DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA inscritas en la Partida N° 11203799 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Arequipa. VALOR DE TASACION: S/ 156,955.00 (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES). BASE DE REMATE: S/104,636.67 (CIENTO CUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 67/100 SOLES) que son equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: CARGAS Y GRAVAMENES- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION.- D00004 Mediante Resolución N° 01 de fecha 01/02/2016 en el Expediente N° 00557-2016-23-0401-JP-CI-02 la Dra. JACKELINE DENISSE ROMERO ORCCON Jueza (S) del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Arequipa ha dispuesto conceder MEDIDA CAUTELAR FUERA DE PROCESO a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DEL PERU LTDA. sobre el inmueble de propiedad de SHIOMY YANET CCAPIRA MALCUACCHA hasta por la suma de S/28,000.00 soles. EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION.- D00005 Mediante Resolución N° 01 de fecha 11/04/2016 en el Expediente N° 1317-2016-24-0401-JR-CI-10 la Jueza del Décimo Juzgado Civil de Arequipa, Zoraida Salas Flores ha dispuesto conceder MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO TACNA S.A. sobre el inmueble de propiedad de la ejecutada Shiomy Yanet Ccapira Malcuaccha hasta por la suma de S/ 67,000.00 soles. EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION.- D00006 Por Resolución

Martes, 30 de abril del 2019

Judicial N° 1 de fecha 06/06/2016 y resolución N° 2 de fecha 27/06/2016 en el Expediente N° 616-2015-60-0401-JP-CI-02 sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, el Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa Edson Carlos Cuentas Celis ha dispuesto conceder MEDIDA CAUTELAR FUERA DE PROCESO a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA S.A. sobre el inmueble de propiedad de la ejecutada SHIOMY YANET CCAPIRA MALCUACCHA hasta por la suma de S/ 16,000.00 soles. EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION.- D00007 Por Resolución Judicial N° 01 de fecha 09.03.2017 y Resolución Judicial N° 04 de fecha 19.09.2018 en el Expediente N° 1151-2017-92-0401-JP-CI-06 sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, la Jueza del Sexto Juzgado de Paz Letrado, Dra. Cecibel Cinthya Vega Valencia ha dispuesto dictar EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN FUERA DE PROCESO a favor de ASOCIACIÓN FONDO DE DESARROLLO REGIONAL FONDESURCO sobre los derechos que en esta partida le corresponden a SHIOMY YANET CCAPIRA MALCUACCHA hasta por la suma de S/24,000.00 soles. FECHA Y HORA DE REMATE: MARTES 14 DE MAYO DEL 2019 a las 12:00 DEL MEDIODIA. LUGAR DE REMATE: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa sito PLAZA ESPAÑA S/N con siglo XX - CERCADO Provincia de Arequipa, Departamento de Arequipa. POSTORES: Oblarán una cantidad no menor del 10% de la Tasación del inmueble, en efectivo o mediante cheque de gerencia sin sello No Negociable y presentarán el original del pago del arancel judicial respectivo a nombre del Juzgado, consignando el número del Expediente, el número de Documento de Identidad, firma y adjuntando copia simple de todos los documentos. El Adjudicatario cancelará la comisión del Martillero Público al finalizar el acto público, de conformidad con el artículo 18º del D.S. 008-2005-JUS-. Así mismo el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el ACTA, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate .Lima, Marzo del 2019. Lic LUIS FERNANDO PINO JORDAN – Administrador. Reg 357.- LUIS F. PINO JORDAN REGISTRO 357 MARTILLERO PUBLICO . WILBERT CAHUANA MAMANI SECRETARIO JUDICIAL.- (30 abril 02-03-06-07-08 mayo) B/E 031-15648 SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL En el Expediente Nro. 04529-2016-0-0401-JR-CI-05 sobre Ejecución de Garantías seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A. en contra de JUSTO BALDOMERO TEJADA CASTRO y CLAUDIA FLORA TEJADA HUANQUI, el Quinto Juzgado Civil de Arequipa, que despacha el Juez Dr. Aurelio Ronald Valencia de Romaña y Especialista Legal Dr. Washington Choque Llave, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en SEGUNDA CONVOCATORIA, el bien inmueble ubicado en la Urbanización El Nazareno Manzana E, Lote 18, Zona A, distrito Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, con un área de 120.00 m2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características técnicas, se encuentran inscritas en la Partida Electrónica Nº 11064843, del Registro de Predios de la Zona Registral Nro. XII-Sede Arequipa. VALOR DE TASACION: El valor de tasación del bien inmueble, asciende a la suma de US$74,182.00 (SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y DOS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). PRECIO BASE DE REMATE: US$42,036.46 (CUARENTA Y DOS MIL TREINTA Y SEIS CON 46/100 DÓLARES AMERICANOS), que es menos el 15% del precio base del remate público de la primera convocatoria. AFECTACIONES DEL BIEN: Según la Partida Registral aparecen en los asientos: D00002: Primera y preferente Hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por la suma de US$ 7,730.00 Dólares Americanos. Así más ampliamente consta en la Escritura Pública de fecha 30/01/2006 otorgada ante Notario de Arequipa Dr. Víctor Raúl Tinageros Loza. D00003: Ampliación y modificación de Hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de US$ 19,414.00. Así más ampliamente consta en la Escritura Pública de fecha 10/05/2007 otorgada ante Notario de Arequipa Dr. Víctor Tinageros Loza. D00004: Modificación y Ampliación de Garantía hipotecaria a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por el monto US$ 50,264.00 Dólares Americanos. Así consta en la Escritura Pública de fecha 16/02/2011 otorgada ante Notario de Arequipa Dr. Víctor Tinageros Loza. D00005: Modificación y Ampliación de Garantía hipotecaria a favor de la Caja

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SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de US$ 74,182.00 Dólares Americanos. Así más ampliamente consta en la Escritura Pública Nº 1465 de fecha 16/04/2013, otorgada ante Notario Público de Arequipa Dr. Victor Tinageros Loza. LUGAR DEL REMATE: En la SALA DE REMATES JUDICIALES ubicada en el sótano de la Sede de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la Avenida Siglo XX S/N y Plaza España, Cercado de Arequipa.DIA Y HORA DEL REMATE: El día 14 de Mayo del 2019, a horas 09:00 de la mañana. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE), una cantidad no menor del 10% del valor de la tasación, esto es la suma de US$7,418.20, suma que será devuelta íntegramente a los postores no beneficiados, debiendo además presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/630.00, donde conste el nombre del Juzgado, número de expediente y DNI o RUC. y traer copias de su DNI y arancel judicial y presentar su DNI; tratándose de personas jurídicas deberán además de presentar poder correspondiente, DNI y copias. SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732º del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) y están afectos al IGV. La diligencia de remate estará a cargo del Martillero Público Luis Beltrán Ramos Ortega, con Registro Nro. 292 . Arequipa, 16 de Abril del 2019.- WASHINGTON CHOQUE LLAVE ESPECIALISTA LEGAL (29-30 abril 02 mayo) B/E 031- S/. 0.00. AVISO DE SEGUNDO REMATE PÚBLICO El Señor Juez del 8º Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Dr. DEL CARPIO MEDINA OMAR ALEJANDRO, convoca a SEGUNDO REMATE JUDICIAL, en el Proceso Exp. 02465-2009-0-0401-JR-CI-08, Especialista Legal Dra. MAMANI MAMANI ISABEL MARGARITA, seguido por INVERSIONES AGROPECUARIAS SAN JUAN E.I.R.L., contra CACHAY MONTOYA, SILVIA CRISTINA, sobre EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACION, terceros con derechos inscritos: BANCO CONTINENTAL (BBVA BANCO CONTINENTAL) e INVERSIONES AGROPECUARIAS SAN JUAN E.I.R.L.; ha dispuesto el SEGUNDO REMATE JUDICIAL del bien que se detalla a continuación: DATOS Y CARACTERÍSTICAS DEL BIEN INMUEBLE: Bien inmueble predio rústico (con infraestructura) denominado Sub Lote E2A-D5, con un área de 2.5000 Has. (25,000.00 M2), ubicado en la Primera Etapa del Proyecto Majes, Sección D, Asentamiento D-5, Distrito de Lluta (hoy Majes), provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, inscrito en la Partida N° 04021632 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIISede Arequipa, Oficina Registral de Arequipa. En dicha Partida registral se encuentran detalladas todos sus linderos, medidas perimétricas y demás características y detalles. AFECTACIÓNES DEL BIEN: RUBRO: GRAVAMENES Y CARGAS D00007 HIPOTECA.- Constituida por su propietaria, Silvia Cristina Cachay Montoya (la deudora) a favor del BANCO CONTINENTAL (el Banco) hasta por la suma de US $ 251,000.00 dólares americanos, monto que garantizará las siguientes obligaciones: a) El pago del préstamo que se concede por la suma de US $. 400,000.00, rembolso en 96 cuotas mensuales, asumida por la Deudora frente al Banco. b) Obligaciones que la Deudora mantiene o pudiera mantener frente al Banco, sin reserva o limitación alguna, por concepto de líneas de crédito, descuento en letras, factoring, leasing, lease back, créditos comerciales, pagares descontados y no descontados, financiamiento de importaciones y exportaciones, adelanto de cuenta corriente ME/MN, cartas fianzas, finanzas en documento aparte, avales, avales a terceros, adelantos sobre cobranza, adelantos sobre facturas forwards, contilocal, préstamo promotor, préstamo CTS, RFA, FOPE, PROBID, SWARS, compra de cheques, financiamiento de advance account, letras avaladas (comercio exterior), confirming, apertura de créditos documentarios de importación y exportación, tarjetas de crédito, créditos personales y de consumo, créditos mi vivienda, refinanciamientos, créditos hipotecarios, stand by letter of credit, sobregiros, líneas de crédito en cuenta corriente, avance en cuenta, confort letter, forfaiting, créditos sindicados, así como refinanciaciones o restructuraciones de

obligaciones asumidas por la Deudora, incluso aquellas obligaciones en que la Deudora tuviera la condición de deudor, aceptante, endosante, descontante, avalista o fiador, aun cuando se trate de obligaciones cedidas o endosadas a favor del Banco por terceros o adquiridas por el Banco a terceros por cualquier título. Y las demás que conforme y más ampliamente consten de la escritura presentada. Así y más ampliamente consta de la Escritura Pública de fecha 04/12/2007, otorgada ante Notario Dr. Víctor Raúl Tinajeros Loza, en la ciudad de Arequipa. RUBRO: GRAVAMENES Y CARGAS D00008 MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN Por Resolución N° 01 del 26 de enero del 2011, el Juez del Quinto Juzgado Civil, modulo Corporativo Civil 1, Ronald Valencia De Romaña, asistido por la especialista Yenny Condori Fernández, ha resuelto dictar medida cautelar de embargo a favor de Inversiones Agropecuarias San Juan E.I.R.L., en el predio inscrito en esta partida por la suma de US$ 30,000.00 dólares americanos, en el proceso sobre ejecución de acta de conciliación, se sigue en contra de la propietaria, expediente N° 04372-2011-11-0410-JR-CI-05. RUBRO: GRAVAMENES Y CARGAS D00009 MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripción dentro del proceso a favor de Inversiones Agropecuarias San Juan E.I.R.L., sobre el inmueble inscrito en esta partida de propiedad de Silvia Cristina Cachay Montoya, hasta por la suma de US $ 102,000.00 dólares americanos. Se anota la presente por haberlo dispuesto así el Juez del Octavo Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa Dr. Omar Del Carpio Medina, asistido por su Especialista Legal Isabel Mamani Mamani, mediante Resolución judicial N° 01, de fecha 16/02/2017, en el expediente 02465-2009-10-0401-JR-CI-08. La documentación fue remitida por oficio judicial N° 2465-2009-10-8JC-IMMM, de fecha 30/0372017. VALOR DE LA TASACIÓN (Comercial): El bien embargado está VALORIZADO en la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS CON 50/100 DÓLARES AMERICANOS (US $ 251,762.50). LUGAR, DÍA Y HORA DEL REMATE: La diligencia se llevará a cabo el VEINTE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, A LAS CATORCE HORAS, en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicado en la Plaza España s/n, Cercado de Arequipa, diligencia que será efectuada por el Martillero Público Christian Rubén Vizcarra Adriano, con Registro 264. BASE DE LA POSTURA: El precio base del segundo remate asciende a la suma de: CIENTO CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 41/100 DÓLARES AMERICANOS (US $ 142,665.41). PORCENTAJE PARA PARTICIPAR EN EL REMATE: Para ser postor debe depositar en efectivo o en cheque de gerencia no menos del diez por ciento del valor de tasación del inmueble, así como pagar en el Banco de la Nación la Tasa Judicial por derecho a participar en el remate de bienes inmuebles. Arequipa 05 de abril de 2019. Christian Rubén Vizcarra Adriano Martillero Público Reg. 264 979726457.- ISABEL M. MAMANI MAMANI SECRETARIA JUDICIAL (29-30 abril 02 mayo) B/E 031.- S/. 0.00

TERCER REMATE JUDICIAL EN EL EXPEDIENTE NRO. 04673-2015-0-0401-JRCI-07, SEGUIDO ANTE EL SEPTIMO JUZGADO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE AREQUIPA, QUE DESPACHA EL MAGISTRADO CARLOS ENRIQUE POLANCO GUTIERREZ, ESPECIALISTA LEGAL: GLENDA MARIA CARDENAS ENCHUÑA, SOBRE PROCESO DE EJECUCION DE GARANTIAS, SEGUIDO POR MARTHA JEANETTE QUENAYA ORDOÑEZ CON GUIDO ERNESTO CABALLERO VALENCIA, SE HA NOMBRADO COMO MARTILLERO PÚBLICO A BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICA, QUIEN HA DISPUESTO CONVOCAR EL TERCER REMATE EN LOS DERECHOS QUE EL EJECUTADO TIENE EN EL INMUEBLE UBICADO EN: PUEBLO TRADICIONAL YANAHUARA, MZ. Y-l LOTE 4, DISTRITO DE YANAHUARA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, CON PARTIDA ELECTRONICA N° P06144859 DEL REGISTROS DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N° XII- SEDE AREQUIPA. VALOR DE TASACIÓN: US$. 45,000.00 (CUARENTA Y CINCO MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: US$. 21,675.00 (VEINTIUN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). SIENDO EL 15% MENOS DE LA BASE ANTERIOR. CARGAS Y GRAVAMENES: ASIENTO. D00003) INSCRIPCION DE HIPOTECA A FAVOR DE MARTHA JEANETTE QUENAYA VALENCIA, MUTUO DE S/. 10,000.00 SOLES

HASTA POR LA SUMA DE US$. 20,000.00 DOLARES AMERICANOS; ASIENTO. D00004) RECTIFICACION DE HIPOTECA, SE RECTIFICA EL ASIENTO 0003, EN EL SENTIDO QUE EL NOMBRE DE LA ACREEDORA ES MARTHA JEANETTE QUENAYA ORDOÑEZ, MUTUO DE US$. 10,000.00. FECHA Y HORA DE REMATE: SIETE DE MAYO DEL 2019 A LAS NUEVE HORAS LUGAR DE REMATE: EL REMATE SE REALIZARÁ EN LA SALA DE REMATES JUDICIALES DE BIENES INMUEBLES - SALA N° 12, EN EL SOTANO DE LA SEDE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, SITO EN LA PLAZA ESPAÑA S/N - CERCADO - AREQUIPA Y SERÁ EFECTUADO POR EL MARTILLERO PÚBLICO BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICA, REG. N° 345. REQUISITOS PARA SER POSTOR: 1) OBLAR MEDIANTE DEPOSITO EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA UNA CANTIDAD NO MENOR AL DIEZ POR CIENTO DEL VALOR DE TASACION, EQUIVALENTE AL MONTO DE US$. 4,500.00 (CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS); 2) PRESENTAR EN ORIGINAL EL DOCUMENTO DE IDENTIDAD; 3) PRESENTAR ARANCEL JUDICIAL POR PARTICIPACIÓN EN REMATE JUDICIAL, CONSIGNANDO EL JUZGADO RESPECTIVO, NUMERO DE EXPEDIENTE Y NUMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD O RUC (PRESENTAR COPIA DEL ARANCEL JUDICIAL Y DNI); 4) EN CASO DE ACTUAR A TRAVEZ DE UN REPRESENTANTE LEGAL DEBERAN ACREDITARLO CON EL PODER RESPECTIVO Y EL CERTIFICADO DE VIGENCIA. COMISION DEL MARTILLERO PUBLICO: LA COMISIÓN SERÁ CANCELADA POR EL ADJUDICATARIO UNA VEZ CONCLUIDO EL ACTO DE REMATE, DE ACUERDO A LA ESCALA DE COMISIONES DETERMINADO EN EL ART. 18 DEL DECRETO SUPREMO N° 008 -2005 -JUS Y ESTÁN AFECTOS AL IGV, CONCORDANTE CON EL ART. 732 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL. MARTILLERO PÚBLICO, BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICA, REGISTRO N° 345. Liliana Tito Zamalloa Especialista Legal.- (26-29-30 abril) B/E 031- S/. 0.00

EDICTOS PENALES EXPEDIENTE: 06997-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Eliaquin Eliazar Cruz Salcedo, con la siguiente resolución N°01. Parte resolutiva. RESUELVO: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de ELIAQUIN ELIAZAR CRUZ SALCEDO; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de SHANTAL CECILIA CASTRO MOLLO. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada ELIAQUIN ELIAZAR CRUZ SALCEDO. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 08 DE MAYO DEL 2019 A LAS 11:00 A.M.; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa — Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada ELIAQUIN ELIAZAR CRUZ SALCEDO, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular SHANTAL CECILIA CASTRO MOLLO, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) DISPONGO: Que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Regístrese y comuniqúese.- (30 abril 02-03 mayo) EDICTO Por ante el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CHIVAY, a cargo del Juez Doctor Flavio Renato Díaz Machaca se viene tramitando el Expediente N° 3147-2017-FC, por Filiación y Cobro de Alimentos, siendo que en el mismo, mediante Resolución número nueve de fecha veinte de marzo del dos mil diecinueve se ha dispuesto notificar por edictos a EUSEBIA VICTORIA CCALACHUA CCALACHUA, de-

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biendo tomar conocimiento de la Audiencia Única de fecha veinte de marzo del dos mil diecinueve, en el que se RESUELVE: REPROGRAMAR la Audiencia Única para el DÍA OCHO DE MAYO DEL AÑO EN CURSO A LAS DOCE HORAS Chivay 22 de Marzo del 2019. Especialista Legal Gloria Coricasa Arias.- (2526-29 abril)

Expediente N° 02161-2017-25-0401-JR-PE-02 MODULO BASICO DE JUSTICIA DE PAUCARPATA JUZGADO PENAL INVESTIGACION PREPARATORIA. Dr. MANFRED VERA TORRES ESPECIALISTA LEGAL: Jefferson Dalhit Rodriguez Lavado. El Señor Juez que suscribe: emplaza y notifica al señor ELEISER CASTILLO CORODVA, a fin de poner en su conocimiento que mediante resolución número 04 de fecha 03.04.2019 el 2o Juzgado de Investigación Preparatoria del Modulo de Justicia de Paucarpata. a RESUELTO reprogramar la AUDIENCIA DE ACUSACION por el proceso de Violación sexual, para el día 12 DE NOVIEMBRE DEL 2019, A LAS OCHO HORAS CON QUINCE MINUTOS, (hora exacta) la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° 04 del 2o Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucarpata, Ubicado en la Calle Teniente Alcántara S/N, Urbanización Guardia Civil, Tercera Etapa. Arequipa. Para publicarlos por tres veces en distintos días. Arequipa, 09 de abril del 2019.- (25-26-29 abril) Por ante el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CHIVAY, a cargo del Juez Doctor Flavio Renato Díaz Machaca se viene tramitando el Expediente N° 52082018- PE, por faltas contra el patrimonio, siendo que en el mismo, mediante Resolución número dos de fecha veintiuno de marzo del año dos mil diecinueve se ha dispuesto notificar por edictos a Rene Costillas Puma, debiendo tomar conocimiento de la Resolución número uno de fecha veintisiete de diciembre del año dos mil dieciocho, en el que se RESUELVE Declarar no ha lugar a dictar citación a juicio por faltas contra el patrimonio en el que fue participe Koen Cornelis Johanes, disponiéndose el archivo definitivo del presente proceso. Chivay 21 de marzo del 2019. Especialista Legal Gloria Coricasa Arias.- (25-26-29 abril) EXPEDIENTE: N° 00811-2019-0-0407-JP-PE-C1. JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ISLA Y - MOLLENDO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA LA SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR JCEL JIM JANAMPA SAÑG dispone que se notifique mediante edictos a GUMERCINDO FLORES FUCHANS, la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha 02 de Abril del 2019: RESOLUCION N° 01: SE RESUELVE: Declarar NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO en torno a las faltas contra eí patrimonio en la modalidad de daños presentado por GUMERCINDO FLORES FÜCHANi, dejándose a salvo el derecho que pudieran tener el propietario del vehículo dañado o algún tercero para hacerlo valer en la vía y forma pertinente; y en consecuencia SE DISPONE: El ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa en este extremo. Tómese Razón y hágase Saber.- NOTIFÍQUESE con la resolución la presante resolución a GUMERCINDO FLORES PUCHAN!, mediante edictos vía el diario Oficia! La República.- SECRETARIO JUDICIAL MARIO SOTO HOLGUIN, MOLLENDO.- (25-26-29 abril) EXPEDIENTE: 07662-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Manuela Berrios de Larico y Frailan Larico Gutiérrez, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de FROILAN LARICO GUTIERREZ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE MALTRATO, conforme a lo previsto en el artículo cuatrocientos cuarenta y dos del Código Penal, en agravio de MANUELA BERRIOS DE LARICO. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada FROILAN LARICO GUTIERREZ. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 03 DE MAYO DE 20198 A LAS 11:00 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada FROILAN LARICO GUTIERREZ, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por

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medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular MANUELA BERRIOS DE LARICO, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia Haciendo presente que los apercibimientos son para las partes mas no para sus abogados. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. REGÍSTRESE Y COMUNIQUESE. (25-26-29 abril) EXPEDIENTE : 7759-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : RAUL RAMOS PEREZ 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte agraviada MARIA ANCELMA HUANACO HUANCA. Con la siguiente Resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada JISUN KANG del presente proceso por Faltas Contra la Persona en la modalidad de Lesiones Culposas; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Debiendo notificarse la presente a la agraviada mediante edictos. Tómese razón y hágase saber.- (25-26-29 abril) EXPEDIENTE : 06553-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, Interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Roñal Mamani Hacha, con la siguiente resolución N° 02. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS al imputado Nelson Ronaldo Umayasi Suni; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de lesiones dolosas, previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de Roñal Mamani Hacha. 2) SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada Nelson Ronaldo Umayasi Suni. 3) SEÑALAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 06 DE MAYO DE 2019 A LAS 09:00 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa-Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir el imputado Nelson Ronaldo Umayasi Suni, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de disponerse su conducción por la fuerza pública; y la parte agraviada constituida en querellante particular Roñal Mamani Hacha, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Haciendo presente que los apercibimientos señalados son únicamente aplicables a las partes procesales. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar au-

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diencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese. (25-26-29 abril)

EXPEDIENTE : 06848-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a RAUL GUIDO MACCHIAVELLO VIGIL, con las siguientes resoluciones 01 y 02 Resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de RAUL GUIDO MACCHIAVELLO VIGIL; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE MALTRATO, conforme a lo previsto en el artículo cuatrocientos cuarenta y dos del Código Penal, en agravio de LIZY NUÑEZ DEL PRADO VARGAS. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada RAUL GUIDO MACCHIAVELLO VIGIL. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL 2018 A LAS 09:15 A.M.: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Tumo A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa — Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada RAUL GUIDO MACCHIAVELLO VIGIL con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular LIZY NUÑEZ DEL PRADO VARGAS, deberá concurrir con abogado defensor en este proceso de faltas, bajo apercibimiento de diciar desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Haciendo presente que los apercibimiento son para las partes más no para sus abogados. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las COMUNIQUESE. Resolución N° 02. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCION PENAL por PRESCRIPCIÓN, en el extremo referido a las Faltas contra la persona en la modalidad de maltrato (artículo 442 del Código Penal) en contra de RAUL GUIDO MACCHIAVELLO VIGIL en agravio de LIZY NUÑEZ DEL PRADO VARGAS. 2) DISPONGO el ARCHIVO DEFINITIVO en lo que respecta a las Faltas contra la Persona en la modalidad de Maltrato (artículo 442 del Código Penal) en contra de RAUL GUIDO MACCHIAVELLO VIGIL en agravio de LIZY NUÑEZ DEL PRADO VARGAS, debiéndose notificar a las partes. Tómese Razón y Hágase Saber. partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juagado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. REGIS TRESE Y COMUNIQUESE.- (25-26-29 abril)

EXPEDIENTE : 08029-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Gudelino Huamani Puelles, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por DESISTIDA a la parte agraviada GUDELINO HUAMANÍ PUELLES del presente proceso por Faltas Contra el Patrimonio en la modalidad de hurto; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber. - (2526-29 abril) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MACHACA, asistido por el Especialista legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP.: 09619-2017-0-0405-JR-PE-01, NOTIFICA a JOSE SILLOCA QUISPE en la investigación que se le sigue por la presunta comisión del delito de O.A.F a fin de que tome conocimiento del REQUERIMIENTO

DE ACUSACION, lo dispuesto en la resolución uno que concede el plazo de diez días de notificado , a fin de que ‘puedan formular sus pretensiones, según lo estipulado en el artículo 345° inciso 2 del Código Procesal Penal, y asimismo que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN CINCO que señala fecha de audiencia de SOBRESEIMIENTO, para el dia VEINTITRES DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS CATORCE HORAS; en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria; SIENDO OBLIGATORIA para su instalación la presencia del representante del Ministerio Publico. LA CITACION 1.- Al representante del Ministerio Publico bajo apercibimiento, en caso de inasistencia de remitirse copias al Órgano de Control del Ministerio Público. 2.- A1 imputado acompañado de sus abogado de libre elección, BAJO APERCIBIMIENTO de nómbresele abogado de la defensa pública.- JOSE LUIS CAERES PIZARRO ESPECIALISTA LEGAL. (2223-24 abril) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MACHACA, asistido por el Especialista legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP.: 00067-2014-33-0-0405-JR-PE-01, NOTIFICA a LA SUCESION PROCESAL DE CARLOS CCOTO POCCO en la investigación que se le sigue por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO a fin de que tome conocimiento del REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO, lo dispuesto en la resolución uno que concede el plazo de diez días de notificado , a fin de que ‘puedan formular sus pretensiones, según lo estipulado en el artículo 345° inciso 2 del Código Procesal Penal, y asimismo que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN TRES que señala fecha de audiencia de SOBRESEIMIENTO, para el dia VEINTIOCHO DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS DIECISEIS HORAS; en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria; SIENDO OBLIGATORIA para su instalación la presencia del representante del Ministerio Publico. LA CITACION 1.- Al representante del Ministerio Publico bajo apercibimiento, en caso de inasistencia de remitirse copias al Organo de Control del Ministerio Público. 2.- Al imputado acompañado de sus abogado de libre elección, BAJO APERCIBIMIENTO de nómbresele abogado de libre elección BAJO APERCIBIMIENTO de nombrársele abogado de la defensa publica.- JOSE LUIS CAERES PIZARRO ESPECIALISTA LEGAL. (22-23-24 abril) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MACHACA, asistido por el Especialista legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP.: 08319-2018-0-0405-JR-PE-01, NOTIFICA a WILSON SONCCO GALINDO en la investigación que se le sigue por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR a fin de que tome conocimiento del REQUERIMIENTO DE ACUSACION, lo dispuesto en la resolución uno que concede el plazo de diez días de notificado , a fin de que puedan formular sus pretensiones, según lo estipulado en el artículo 345° inciso 2 del Código Procesal Penal, y asimismo que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN CUATRO que señala fecha de audiencia de ACUSACION, para el dia OCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS CATORCE HORAS con CUARENTA minutos; en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria; SIENDO OBLIGATORIA para su instalación la presencia del representante del Ministerio Publico. LA CITACION 1.- Al representante del Ministerio Publico bajo apercibimiento, en caso de inasistencia de remitirse copias al Órgano de Control del Ministerio Público. 2.- Al imputado acompañado de sus abogado de libre elección, BAJO APERCIBIMIENTO de nómbresele abogado de la defensa pública. JOSE LUIS CAERES PIZARRO ESPECIALISTA LEGAL. (22-23-24 abril) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MACHACA, asistido por el Especialista legal José Luis Cáceres Pizarra, en el EXP.: 10815-2018-0-0405-JR-PE-01, NOTIFICA a RICARDO CACYAVILCA VIZA en la investigación que se le sigue por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR a fin de que tome conocimiento del REQUERIMIENTO DE ACUSACION, lo dispuesto en la resolución uno que concede el plazo de diez días de notificado , a fin de que ‘puedan formular sus pretensiones, según lo estipulado en el artículo 345° inciso 2 del Código Procesal Penal, y asimismo que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN TRES que señala fecha de audiencia de ACUSACION, para el dia OCHO DE

Martes, 30 de abril del 2019

AGOSTO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS QUINCE HORAS con VEINTE minutos; en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria; SIENDO OBLIGATORIA para su instalación la presencia del representante del Ministerio Publico. LA CITACION 1.- Al representante del Ministerio Publico bajo apercibimiento, en caso de inasistencia de remitirse copias al Órgano de Control del Ministerio Público. 2 - Al imputado acompañado de sus abogado de libre elección, BAJO APERCIBIMIENTO de nómbresele abogado de la defensa publica.JOSE LUIS CAERES PIZARRO ESPECIALISTA LEGAL. (22-23-24 abril) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA EDICTO EXPEDIENTE: 04213-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Martha Jiménez Salluca, con la siguiente resolución N° 04. Parte resolutiva. SE DISPONE: FIJAR nueva fecha de AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral, para el DIA 17 DE JUNIO DE 2019, A LAS 10:00 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa — Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberá concurrir POR LA FUERZA PUBLICA, conforme esta ordenado en autos, el imputado Martha Lucila Jiménez Salluca con DNI 29679629 con domicilio en Calle Ricardo Palma Manzana M, Lote 12 - 2, Pueblo Joven Alto Alianza, distrito de Jacobo Hunter de la provincia de Arequipa debiendo de asistir con su abogado defensor; si al momento de realización de la audiencia programada el referido imputado no cuenta con abogado de su elección, se le designará un defensor de oficio, en previsión de tal hecho se dispone cursar el oficio correspondiente al Ministerio de Justicia; asimismo en su condición de agraviada Isabel María Mamani Quispe con su abogado defensor, deberá tener en cuenta lo dispuesto en el Artículo 110 del Código Procesal Penal que prescribe el desistimiento tácito en caso de no concurrir a la audiencia programada. Además se hace saber a las partes que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible, por lo que los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente; DISPONGO: Se curse oficio a la Policía Judicial para la conducción y POR LA FUERZA PÚBLICA del inculpado y que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniquese. (16-1722 abril) EXPEDIENTE: 06203-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a GLADYS SETELLA JARA GALVEZ, con la siguiente resolución N° 03. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de GLADYS SETELLA JARA GALVEZ ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de DANIEL WILLY CHOQUEHUANCA QUISPE. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada GLADYS SETELLA JARA GALVEZ. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 03 DE JUNIO DE 2019 A LAS 09:00 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa — Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada GLADYS SETELLA JARA GALVEZ, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular DANIEL WILLY CHOQUEHUANCA QUISPE, deberá concurrir

con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Haciendo presente que los apercibimientos señalados son únicamente aplicables a las partes procesales. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4)ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de Gladys Setella Jara Galvez por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Justado j a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuníquese.- LUIS VILLANUEVA RIVEROS Juez.- (16-17-23 abril) NOTIFICACION POR EDICTO En el Exp. N° 00075-2018-0-0409-JR-PE, seguido en contra de PERCY LUIS CHUQUIRAY OLIVO en agravio del menor L.E.CH.D. representada por Rita Filonela de la Rosa Ruiz, por el delito Omisión a la Asistencia Familiar. Se sigue en EL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ACARÍ, JUEZ WILLIAM JAVIER VERA BEDREGAL, se ha dispuesto notificar por edicto al imputado es decir, a la persona de PERCY LUIS CHUQUIRAY OLIVO, con la Resolución Nro. 04 de fecha veinte de febrero del dos mil diecinueve que dispone fecha de Audiencia de Control de Acusación Directa para el día VEINTITRES DE ABRIL DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS ONCE HORAS. NOTIFÍQUESE a PERCY LUIS CHUQUIRAY OLIVO en el diario “La República”, para lo cual debe cursarse los oficios respectivos. Especialista Legal: Delcy Yvonne Retamozo Mamani; distrito de Acarí, 20 de febrero del 2019. (15-16-17 abril) La señora Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Acora, Dra. Rusbi Yéssica Cuadros Anco, con intervención del Especialista Audiencias Alejandro Subia Zaira, en el Expediente Penal N° Exp. 078-2017- 90-2101-JR-PE-01, seguido contra de Flavio Saico Huayhua, por la presunta comisión del delito de Falsedad ideológica, en agravio de Tomas FHuallpa Quispe, ha expedido la siguiente resolución: Resolución 9 “(...) que DISPONE REPROGRAMAR la presente audiencia para el día TRES DE JUNIO DEL DOS MIL DIECINUEVE, a horas DIEZ DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Acora, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público y del Abogado Defensor del acusado, bajo apercibimientos de Ley (...); disponiéndose su notificación por edicto. (15-16-17 abril)

JUZGADO PENAL COLEGIADO DE TAMBOPATA EXPEDIENTE N° 01825-2016-78-2701 -JR-PE-01 MAGISTRADO: FRANCISCO JAVIER PALOMINO CARDENAS Especialista Judicial de Causa: TAÑIA MARIELA PIZARRO MAMANI Se cita y emplaza a los acusados: SOLEDAD UBERLINA PUMACAYO MAQUI Identificado con D.N.I. N° 47281386, SOLEDAD PARHUAYO CARLO Identificado con D.N.I. N° 42634018 y FLOR MARIA CHANCAYAURI LLAIQUE identificado con D.N.I. N° 41974718 a fin de que concurra a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, programada para el día 11 DE JUNIO DEL 2019 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Colegiado de Tambopata, sito en la Avenida Ernesto Rivera N° 722 de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz conforme corresponda, en caso de inconcurrencia injustificada, en cuyo caso se dispondrá su conducción compulsiva a través de la Policía Nacional del Perú; ello por haberse dispuesto así en el Proceso Penal N° 1825-2016-78-2701-JR-PE-01 seguido en contra Soledad Uberlina Pumacayo Maqui y otros por la comisión del delito de trata de personas en agravia vio de Pamela Betzabe Quispe Choque y otras Puerto Maldonado, 29 de Marzo del 2019. (15-1617 abril)

Martes, 30 de abril del 2019

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

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CRONICAS JUDICIALES CRONICA JUDICIAL APELACIONES

CUARTA SALA PENAL DE

ABRIL PAREDES. SENTENCIA DE VISTA

27 DE MARZO 2019

SV 19-2019

AUDIENCIA FC CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES. AUTO DE VISTA AV 43A-2019 LVV 7247-2016-43: DECLARAR FUNDADO EL RECURSO IMPUGNATORIO DE APELACIÓN, interpuesto por el señor abogado Luis Arturo del Carpio Saico; en consecuencia, DEJAR SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN QUE DECIDE EN AUDIENCIA MULTARLO CON DOS UNIDADES DE REFERENCIA PROCESAL, con todo lo que ella contiene vinculado al asunto; y por las razones que se han esgrimido precedentemente, SE EXHORTA O SE INSTA POR ESTA VEZ MAYOR OBSERVANCIA al colegiado de primera instancia, esto es al Primer Juzgado Penal colegiado Supraprovincial de la Sede, mayor observancia en razón a los principios de razonabilidad y proporcionabilidad en la asunción de decisiones judiciales semejantes y en general en todas, con un estudio diligente de los antecedentes, para evitar reexámenes semejantes. Regístrese, quedan notificadas las partes procesales.

9152-2018-0: Declaramos INFUNDADA la apelación interpuesta por CARLOS ENRIQUE GUISADO HUILLCA, obrante a fojas 460. CONFIRMAMOS la Sentencia de fecha 14 de enero de 2019, que declaró infundada la demanda de habeas corpus interpuesta por CARLOS ENRIQUE GUISADO HUILLCA, en su favor, y en contra de los jueces Víctor Corrales Visa, Reyna Margarita Jove Aguilar y Juan Suyo Rojas, integrantes del Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior de Justicia de Abancay, así como en contra de los jueces superiores integrantes de la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, señores René Gonzalo Olmos Huallpa, Haydee Vargas Oviedo y Liliam Janet Murillo Valdivia. Regístrese, comuníquese y devuélvase. SE EXPIDIERON: 05 DECRETOS ORLANDO ABRIL PAREDES CRISLEY HERRERA CLAURE

11360-2018-0: DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación instado por la parte querellante; y, en consecuencia: DECLARAR LA NULIDAD de la Resolución Nro. 03-2018, de fecha 13 de diciembre de 2018, que declaró improcedente de plano la querella interpuesta por César Augusto Loayza Vera, en contra de Giancarlo James Aguirre Velásquez, por la presunta comisión del delito contra el honor en la modalidad de Difamación, previsto y sancionado en el artículo 132, tercer párrafo, del Código Penal; en consecuencia: SE ORDENA, en los términos señalados precedentemente, una verificación integral del escrito de subsanación en orden a la revisión a si han sido cubiertos todos los puntos objeto de subsanación por la parte querellante para la correcta admisión o no de la demanda instada. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

AUTOS DE TRÁMITE

dos lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONADOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS.

AP

SE EXPIDIERON: 08 DECRETOS

AUTO DE VISTA

SENTENCIA DE VISTA

6156-2015-89: ADMITIMOS la declaración testimonial de Manuela Valdivia Tuesta y de Nathaly Joane Mateo Lobón, las que deberán ser citadas a la audiencia correspondiente. DECLARAMOS INADMISIBLES LOS MEDIOS PROBATORIOS ofrecidos por la imputada Melida Lizgarda Quispe Rivera conforme lo expuesto en el cuatro considerando de la presente resolución e INADMISIBLES LOS MEDIOS PROBATORIOS ofrecidos por el Tercero Civil Responsable – ESSALUD conforme lo expuesto en el quinto considerando de la presente resolución. CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTIUNO DE MAYO DE DOS MIL DIECINUEVE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones N° 14 (segundo piso - antiguo pabellón), bajo apercibimiento de declararse inadmisible los recursos de apelación interpuestos; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el sétimo considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando noveno, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa y será COMUNICADA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONADOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS.

SV 20-2019

AP

AUDIENCIA

LVV

2877-2017-40: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DIECIOCHO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECINUEVE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores aboga-

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

AUDIENCIA

AV 47-2019 FC

JUEZ SUPERIOR COORDINADORA CUARTA SALA SUPERIOR PENAL CUARTA SALA SUPERIOR PENAL 28 DE MARZO 2019

2232-2016-66: DECLARAR FUNDADO EL DESISTIMIENTO, la decisión cuestionada queda firme en su contenido y el proceso seguirá la parte según su estado. Se dispone la remisión de este incidente al juzgado de origen.

AUDIENCIA

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

AUTO DE VISTA

AUTO DE VISTA

AV 45-2019

AV 47A-2019

AP 4563-2013-80: DECLARAR FUNDADO LA APELACIÓN INTERPUESTA DEL MINISTERIO PÚBLICO; en consecuencia, SE DECLARA NULA LA RESOLUCIÓN N° 04-2018 que declaró fundado el pedido de conversión de pena solicitado por Álvaro Coila Luna, debiendo retrotraerse las actuaciones al momento de efectuar por el juzgador el juicio de admisibilidad correspondiente. SE DISPONE QUE EL JUZGADOR DE PRIMERA INSTANCIA RENUEVE LAS ÓRDENES DE CAPTURA EN CONTRA DEL SENTENCIADO ÁLVARO COILA LUNA. DISPONEMOS LA DEVOLUCIÓN DEL CUADERNO AL JUZGADO DE ORIGEN, precisando que el conocimiento de esta incidencia corresponderá a juez distinto del que emitió el pronunciamiento materia de esta evaluación.

AP 2102-2015-78: DECLARAR INFUNDADA la apelación formulada por el abogado defensor de Lizbeth Cutire Puma y Wolberth Cutire Puma. CONFIRMAR la Resolución N° 40-2018, de fecha 27 de agosto del 2018, que resolvió “Declarar IMPROCEDENTE el pedido de Levantamiento de Orden de Inhibición de Bienes realizado por la defensa de Lizbeth Cutire Puma y Wolberth Cutire Puma”, con lo demás que contiene. DISPONEMOS la devolución del cuaderno al Juzgado de origen.

AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

AUTO DE VISTA AV 44-2019 LVV 5196-2017-9: Declaramos infundada la apelación postulada por el señor abogado Alberto Medina Salas. Fundada en parte la apelación postulada por señorita abogada Nélida Ivonne Flores Cuevas. CONFIRMAMOS la decisión judicial del Juzgado Penal Colegiado, cuando dispuso en la resolución de fecha 17 de diciembre de 2018, la imposición de multa de dos (2) Unidades de Referencia Procesal, en referencia al señor defensor Alberto Medina Salas; REVOCAMOS esta decisión, esto es el auto de fecha 17 de diciembre de 2018, en cuanto señaló una multa de dos (2) Unidades de Referencia Procesal para la señorita abogada Nélida Ivonne Flores Cuevas; y la REFORMAMOS disponiendo que esta se reduzca a media (1/2) Unidad de Referencia Procesal. La sanción confirmada por este Tribunal y la reformada por esta Sala, deben de significar para los señores abogados que su comportamiento dentro de un proceso judicial debe observar las reglas establecidas en las normas y su conducción bajo la ética profesional que debe observar todo profesional del derecho ante los tribunales. Regístrese y comuníquese.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES.

_______________________________________ _____ _____________________________ ___________ ORLANDO ABRIL PAREDES CRISLEY HERRERA CLAURE JUEZ SUPERIOR COORDINADORA CUARTA SALA SUPERIOR PENAL CUARTA SALA SUPERIOR PENAL

29 DE MARZO 2019

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES. AUTO DE VISTA AV 48-2019 LVV 5070-2017-93: NULO EL CONCESORIO contenido en la resolución N° 04-2019, de fecha veinticinco de marzo de dos mil diecinueve y proveyendo en sede de instancia el recurso de apelación presentado, INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN presentado por la propietaria de por la Procuradora Pública Adjunta a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno regional de Arequipa contra la resolución de fecha quince de marzo de dos mil diecinueve. Regístrese y devuélvase..

AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES. AUTO DE VISTA AV 46-2019

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y

DESPACHO

Carpio Seminario absuelta del delito de difamación agravada previsto en el tercer párrafo del artículo 132 del Código Penal en agravio de Ralph Renato Almonte Velarde, declarándose nula con todo lo demás que contiene incluido el juicio oral que la generó; en consecuencia, DISPONER LA REALIZACIÓN DE NUEVO JUICIO ORAL por el Juzgado llamado por ley, el que se avocará con diligencia al conocimiento del caso objeto de juzgamiento penal y civil, recomendándose la observancia de la debida motivación exigida como principio y derecho de la función jurisdiccional.- SIN COSTAS.- REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE. DESPACHO

LVV

6784-2017-0: DECLARAR FUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el querellante Ralph Renato Almonte Velarde; en consecuencia, atendiendo a los agravios impugnatorios de la parte apelante y a las razones de nulidad advertidos de oficio también, DECLARAR LA NULIDAD DE LA SENTENCIA fecha veinticinco de junio de dos mil dieciocho que declaró a Ángela Luisa Fernanda del

SENTENCIA DE VISTA SV 21-2019 AP 4851-2013-56: DECLARAMOS: FUNDADA la ape-

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La República

lación interpuesta por el Ministerio Público; en consecuencia: DECLARAMOS NULA la sentencia N° 212-2018, de fecha seis de septiembre del año dos mil dieciocho, que rechazó la solicitud de la medida de seguridad de internamiento de dos años propugnada por el Ministerio Público, en contra de Carlos Alberto Ramos Pinto por los hechos que previstos en el delito de lesiones leves, contenido en el artículo 122° del Código Penal y que a su vez rechazó el pedido del Ministerio Público de ordenar compulsivamente un tratamiento ambulatorio, con lo demás que contiene. ORDENAMOS que los actuados sean remitidos a juzgador diferente de quien expidió el pronunciamiento declarado nulo, para que, renovando el juicio oral, expida nueva sentencia, a la BREVEDAD POSIBLE, considerando los plazos de prescripción de la acción penal. SIN COSTAS. AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES. SENTENCIA DE VISTA SV 22-2019 LVV 1172-2016-98: DECLARAR LA NULIDAD, DE OFICIO, DE LA SENTENCIA de fecha catorce de septiembre de dos mil dieciocho, en el extremo que declaró a Edith Magaly Yataco Murillo y a Monik Campana Contreras autora y cómplice primario, respectivamente, del delito de fraude en la administración de personas jurídicas, ilícito previsto y sancionado en el artículo 198° inciso 8 del Código Penal, en agravio de las empresas Divicenter S.A.C. y Diveimport S.A., con todo lo que ella contiene en dicho extremo, incluido el juzgamiento que la generó; en consecuencia, DISPONER LA REALIZACIÓN DE NUEVO JUICIO ORAL por el Juzgado llamado por ley, el que se avocará con diligencia al conocimiento del caso objeto de juzgamiento penal y civil del extremo declarado nulo, recomendándose la observancia de una debida motivación exigida como principio y derecho de la función jurisdiccional.- SIN COSTAS.REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE.DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, Y ABRIL PAREDES. AUTOS DE TRÁMITE FC 2207-2014-32: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el TRES DE JUNIO DEL DOS MIL DIECINUEVE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONADOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS. LVV 5095-2016-6: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTIOCHO DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUEVE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimis-

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

FC 7009-2016-86: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTITRÉS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECINUEVE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONADOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS.

misible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONADOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS. VV 5322-2017-0: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DIEZ DE JUNIO DEL DOS MIL DIECINUEVE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONADOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS.

AP 268-2013-10: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DIECISIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECINUEVE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONADOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS.

FC 1482-2018-89: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTINUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECINUEVE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada.