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23 may. 2016 - so de apelación interpuesto por Francisco Emilio. Manzanares Cruz. 2. ...... tencia a la autoridad, previ
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Martes 17 de mayo del 2016

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Corte Superior de Arequipa

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La República Martes, 17 de mayo del 2016

EDICTOS EDICTO En el proceso 2261-2014, el Señor Juez del Octavo Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa Dr. Omar Alejandro Del Carpio Medina, Especialista Legal Janeth Acabana Mamani, en los seguidos por Víctor Hugo Sanguinetti Aparicio y Lizbeth Sadith Sanguinetti Guerra sobre Nulidad de Acto Jurídico en contra de Richard Peter Sanguinetti Aparicio y otros, ha dispuesto la notificación mediante edictos a los sucesores de Fredy Alan Sanguinetti Aparicio, a cuyo efecto se transcribe las partes pertinentes de las Resoluciones correspondientes: Resolución N° 25: Arequipa, siete de enero del año dos mil quince.- ...SE RESUELVE: SUSPENDER el proceso por el plazo de TREINTA DIAS a efecto de que se apersonen los sucesores procesales de don FREDY ALAN SANGUINETTI APARICIO, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; SE DISPONE se efectúen las notificaciones por edictos a costo de la parte demandante, debiendo tenerse presente lo dispuesto en el Art. 167 del Código Procesal Civil. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- Omar Alejandro Del Carpio Medina, Juez. Janeth Acabana Mamani, Especialista Legal. Resolución N° 26: Arequipa, dos de mayo del año dos mil dieciséis....SE RESUELVE: CORREGIR LA FECHA de expedición de la resolución número veinticinco, siendo lo correcto de fecha siete de enero del dos mil dieciséis: sobrecartándose en todo lo demás que contiene la citada resolución. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- Ornar Alejandro Del Carpio Medina, Juez. Janeth Acabaña Mamani, Especialista Legal. Arequipa, 09 de mayo abril del 2016. (1617-18 mayo) B/E 031-3285. EDICTO En el Exp. N° 8212-2012-0-0401-JP-FC-01; El Señor Juez del 1 Juzgado de Paz letrado - Sede Yanahuara, ha dispuesto la NOTIFICACIÓN del demandado PEDRO CALDERÓN CABRERA de la RES. N° 22, de fecha 18-04-2016: RESUELVE: 1)-NOTIFICAR por edictos al demandado PEDRO CALDERÓN CABRERA para que comparezca al proceso judicial iniciado en su contra sobre cobro de alimentos seguido por SATURNINA VALENCIA CHANCUAÑA; acreditando debidamente su legitimidad e interés para obrar; 2) DISPONGO: las publicaciones por tres días hábiles en el Diario Oficial “El Peruano” y el diario de la localidad encargado de los avisos judiciales, para su apersonamiento bajo apercibimiento de nombrarse un CURADOR PROCESAL. T. R. y H. S. NELVAR HOMERO NUÑEZ TEJADA ESPECIALISTA LEGAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE YANAHUARA. (16-17-18 mayo) B/E 031-3319.

NOTIFICACIONES NOTIFICACIÓN POR EDICTO En el proceso sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Exp. Nº 7472-2005-0-0401-JR-CI-07, seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU en contra de JUAN ARCE INCA y ADRIANA CALCINA ARPITA, con notificación de los terceros MOISES ARCE CALCINA, MOISES GONZALO ARCE HUAHUACHAMPI y EUSEBIO CALIXTO HUAMANÍ FARA el Señor Juez del Sétimo Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa Dr. Rafael Aucahuaqui Puruhuaya, con intervención de la Especialista Legal Kenia Malena Risco Berrocal, mediante Res. 132, numeral 3.3. ha dispuesto se Notifique vía edictos al tercero Eusebio Calixto Huamani Fara con todas las resoluciones relevantes, como son: las fechas de remate, resolución que dispone la adjudicación y otras que el Juzgado vea por conveniente, ello con la finalidad de garantizar el debido proceso. Por tanto se notifica al referido tercero, con la Res. No. 136: Arequipa, veinte de abril de dos mil dieciséis, … (parte pertinente) Por cumplido el mandato: a lo expuesto por el señor martillero público, se fija fecha para la realización del primer remate, para el día veinticuatro de mayo de dos mil dieciseis, a las catorce horas, el mismo que se llevará a cabo, en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, para

lo cual el referido martillero realizará las actuaciones necesarias para el desempeño de su cargo, de acuerdo al Art. 16 de la Ley del Martillero Público, ley 27728 (Debiendo entenderse como parte de la obligación de la publicación del cartel de remate, su elaboración y fijado en el inmueble sublitis previa coordinación con la especialista legal). Arequipa, 2016 mayo 10. KENIA M. RISCO BERROCAL SECRETARIA JUDICIAL SETIMO JUZGADO CIVIL. (13-16-17 mayo) B/E 031-3254.

REMATES PRIMER REMATE En el proceso sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Exp. Nº 7472-2005-0-0401-JR-CI-07, seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU en contra de JUAN ARCE INCA y ADRIANA CALCINA ARPITA, con notificación de los terceros MOISES ARCE CALCINA, MOISES GONZALO ARCE HUAHUACHAMPI y EUSEBIO CALIXTO HUAMANÍ FARA el Señor Juez del Sétimo Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa Dr. Rafael Aucahuaqui Puruhuaya, con intervención de la Especialista Legal Kenia Malena Risco Berrocal, ha convocado al PRIMER REMATE del inmueble urbano ubicado en el Pueblo Joven 15 de Agosto Manzana 11 Lote 27, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, y cuya área, linderos y medidas perimétricas aparecen inscritos en la Partida Registral NºP06040937 del Registro de Predios de la Zona Registral Nro. XII – Sede Arequipa, en donde se detallan sus demás características; habiendo designado al Martillero Público Renee Salomón Díaz Coaquira, para llevar a cabo el remate, quien con la facultad otorgada por el Juzgado ha señalado para la realización del mismo el día 24 de Mayo de 2016, a las 14.00 horas, en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la plaza España S/N – Cercado - Arequipa. DATOS DEL REMATE: TASACION: S/. 148,770.00 (CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES); PRECIO BASE: S/. 99,180.00 (NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO OCHENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES); QUIEBRA: Depósito para ser postor S/. 14,877.00 (CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CON 00/100 NUEVOS SOLES), en efectivo o Cheque de Gerencia girado a su nombre. AFECTACIONES: 1) Hipoteca a favor de Banco del Sur del Perú (Hoy Banco de Crédito del Perú) hasta por la suma de US$ 40,000.00 Dólares Americanos que es materia de ejecución. 2) Hipoteca a favor de Eusebio Calixto Huamani Fara hasta por la suma de US$ 2,000.00 Dólares Americanos.- Para participar como postor deberá de pagarse la tasa judicial correspondiente. Honorarios de Martillero a cargo del postor favorecido.- Arequipa, 10 de Mayo de 2016. RENEE S. DIAZ COAQUIRA MARTILLERO PUBLICO REG. 267. KENIA RISCO BERROCAL ESPECIALISTA LEGAL. (11-12-13-1617-18 mayo) B/E 031-3244. PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A. con GLORIA LOPEZ LIMA, HILARIA MAMANI COAQUIRA Y FREDY ANDRES YUCRA MAMANI, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Exp. N° 332-2013, el 2° JUZGADO MIXTO DEL MODULO DE PAUCARPATA a cargo del Señor Juez Dr. Luis Alberto Rodríguez Pantigoso y Especialista Legal Dra. Mercy Yanella Apaza Calcina, ha dispuesto a sacar a Remate Público lo siguiente: EN PRIMERA CONVOCATORIA: El Inmueble rural ubicado en el Pueblo Tradicional Coripata, Manzana C, Lote 2, Distrito de Sabandía, Provincia y Departamento de Arequipa, de 110.91 M2s. y cuyos linderos y demás características se hallan inscritas en el Registro de Predios Nº P06091856 del Registro de Predios de la Zona Registral XII sede Arequipa. VALOR DE TASACIÓN COMERCIAL: US $ 17,901.00 (Diecisiete mil novecientos uno y 00/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE: US $ 11,934.00 (Once mil novecientos treinta y cuatro y 00/100 Dólares Americanos), que constituye las dos terceras partes del Valor de Tasación. GRAVÁMENES: 1).- Embargo.- A favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. hasta por la suma de S/ 60,000.00, or-

denado por el segundo juzgado mixto de Paucarpata, y que son materia de autos, inscrito en el asiento 00004 del Registro Predial N° P06091856 del Registro de Predios de la Zona Registral XII sede Arequipa. Fecha de Inscripción 30/05/13. 2).- Embargo.- A favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credicoop La Isla LTDA. hasta por la suma de S/ 8,400.00, ordenado por el primer juzgado de paz letrado de Paucarpata, inscrito en el asiento 00005 del Registro Predial N° P06091856 del Registro de Predios de la Zona Registral XII sede Arequipa. Fecha de Inscripción 30/05/13. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 24 de Mayo del año 2016, a horas 11:00 de la mañana. LUGAR DEL REMATE: Sala de espera del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata POSTORES: Oblarán el 10% del valor de Tasación en efectivo o en cheque de gerencia, presentarán D.N.I., Arancel judicial respectivo que indicará Documento de Identidad, el número de Expediente y el Juzgado correspondiente (original y copia). Funcionario responsable del Remate Publico Martillera María Ángela Zeballos Alva Martillero Publico con Registro Nº 142. Adjudicatario cancela Honorarios de la Martillera conforme la Ley y están afectos al I.G.V. Arequipa, 23 de Abril del 2016.- Ma Angela Zeballos MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 142. Mercy Yanella Apaza Calcina Especialista legal Reg, N° 142. Segundo juzgado civil Modulo básico de justicia de Paucarpata. (11-12-13-16-17-18 mayo) B/E 031-3243. REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA GIANNI GAST TONE CHAVEZ ENCISO MARTILLERO PÚBLICO REGISTRO NO. 293 CELULAR: 995097493 /CORREO: [email protected] En el expediente Nº 6812-2013-0-0401-JR-CI-05, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO seguido por el BANCO DE CRÉDITO DEL PERU -quien interviene como demandante, y además como acreedor no ejecutante-, en contra de INGENIERÍA TECNOLÓGICA Y SERVICIOS E.I.R.L., DEMETRIO HUGO CAYARI CONDORI Y LUCÍA FELICITAS CUBA YUPA, sobre Obligacion de Dar Suma de Dinero, el Quinto Juzgado Civil de Arequipa a cargo del señor Juez del Quinto Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa Anibal Celso Maraza Borda, con intervención del Especialista Legal Yeraldo Alexander Campos Cornejo, ha facultado al Martillero Público GIANNI GASTTONE CHAVEZ ENCISO, para llevar a cabo la diligencia del REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA de los siguientes inmuebles:1.- Inmueble ubicado en la calle Miguel de Cervantes N° 103, urbanización Victoria, distrito, provincia y departamento de Arequipa, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida Registral No. 01079343 del Registro de Predios de la Oficina Registral Nº XII Sede Arequipa. TASACIÓN: US $ 128,982.78 Dólares Americanos. BASE DEL PRIMER REMATE (2/3 DE LA TASACIÓN): US$ 85,988.52 Dólares Americanos. DEPÓSITO PARA PARTICIPAR EN EL REMATE (10% DE LA TASACIÓN): US$ 12,898.27 Dólares Americanos. AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: hasta por la cantidad de US$ 12,593.75 Dólares Americanos, a favor del Banco de Crédito del Perú, para garantizar las obligaciones señaladas en la escritura pública de fecha 28 de diciembre del 2004, otorgada ante el Notario Público Javier Rodriguez Velarde, inscrita en el asiento D00003 de la Partida No. 11014909 del Registro de Predios de la Zona Registral No. XII Sede Arequipa; 2) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: hasta por la suma de US$ 15,000.00 Dólares Americanos, ordenado por el Octavo Juzgado Especializado Civil – Módulo Corporativo II de Arequipa, Expediente 04009-2013-99-0401-JR-CI-08, a favor de Scotiabank Peru S.A.A., inscrito en el asiento D00004 de la Partida No. 11014909 del Registro de Predios de la Zona Registral No. XII Sede Arequipa; 3) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION FUERA DE PROCESO: hasta por la suma de S/. 90,000.00 Nuevos Soles, ordenado por el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil, Expediente 7644-2013-37-0401-JR-CI-03, a favor de BBVA BANCO CONTINENTAL, inscrito en el asiento D00005 de la Partida No. 11014909 del Registro de Predios de la Zona Registral No. XII Sede

Arequipa; 4) MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: hasta por la suma de US$ 40,000.00 Dólares Americanos, a favor del Banco de Credito del Perú, ordenado por el Quinto Juzgado Especializado Civil de Arequipa, Expediente 06812-2013-65-0401-JR-CI-05, inscrito en el asiento D00006 de la Partida No. 11014909 del Registro de Predios de la Zona Registral No. XII Sede Arequipa.2.- Inmueble ubicado en SubLote No. 27, Manzana “C”, Asociación Pro Vivienda las Dunas, Sub-División pago de Porongoche, Sección B, distrito de Paucarpata, Provincia y departamento de Arequipa, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida Electrónica No. 11014909, del hoy Registro de Predios de la Oficina Registral Nº XII Sede Arequipa. TASACIÓN: US $ 162,693.06 Dólares Americanos. BASE DEL PRIMER REMATE (2/3 DE LA TASACIÓN): US$ 108,462.04 Dólares Americanos. DEPÓSITO PARA PARTICIPAR EN EL REMATE (10% DE LA TASACIÓN): US$ 16,269.30 Dólares Americanos. AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: hasta por el monto de US$ 39,000.00 Dólares Americanos, a favor del Banco de Crédito del Perú, inscrito en el asiento 11-d la Partida No. 01079343 del Registro de Predios de la Zona Registral No. XII Sede Arequipa; 2) RATIFICACION, AMPLIACION Y MODIFICACION DE HIPOTECA: Se ratifica la hipoteca inscrita en el asiento 11-d, y se amplía en la suma de US$ 15,644.80, quedando en consecuencia constituida la hipoteca hasta por la suma de US$ 54,648.80 Dólares Americanos, a favor del Banco de Credito del Perú y la modifican en el sentido que garantizara todas las deudas y obligaciones de la cliente y la propietaria en los términos que constan de la Escritura Pública de fecha 06 de noviembre del 2009 otorgada ante el Notario José Jimenez Mostajo, inscrita en el asiento D00012 de la Partida 01079343 del Registro de Predios de la Zona Registral No. XII Sede Arequipa; 3) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: Ordenado por el Octavo Juzgado Especializado Civil - Modulo Corporativo II de Arequipa, en el Exp. 04009-2013-99-0401-JRCI-08, hasta por la cantidad de US$ 40,000.00 Dólares Americanos, a favor del Scotiabank Perú S.A.A., sobre las acciones y derechos que le corresponde a Demetrio Hugo Cayari Condori y Lucia Felicitas Cuba Yupa, inscrito en el asiento D00013 de la Partida No. 01079343 del Registro de Predios de la Zona Registral No. XII Sede Arequipa; 4) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: a favor del Banco de Crédito del Perú, ordenado por el Quinto Juzgado Especializado Civil de Arequipa, en el Exp. 06812-2013-65-0401-JR-CI-05, hasta por la suma de US$ 40,000.00 Dólares Americanos, inscrito en el asiento D00014 de la Partida No. 01079343 del Registro de Predios de la Zona Registral No. XII Sede Arequipa. Cuando el remate comprenda más de un bien, se debe preferir a quien ofrezca adquirirlos conjuntamente, siempre que el precio no sea inferior a la suma de las ofertas individuales. DIA Y HORA DEL REMATE: Día 23 de mayo del 2016 a horas 11.00 a.m. (once de la mañana). LUGAR DE REMATE: En la Sala de Remates Judiciales ubicada en el Sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa sito en Plaza España s/n Cercado Arequipa. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia a su nombre, por cada uno de los inmuebles materia de remate. Además se deberá adjuntar Tasa Judicial por derecho a participar en el remate judicial por cada uno de los inmuebles materia de remate, consignando número de expediente y generales de ley, mostrar DNI y tratándose de personas jurídicas deberán además entregar la Vigencia de Poderes correspondiente o copia literal (traer copia fotostática de la Tasa, del DNI y de la vigencia de poderes o copia literal de ser el caso). Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario más el IGV de acuerdo, de conformidad con el arancel señalado en la Ley No. 27728 y D.S. No. 008-2005-JUS, y se cancelaran culminado el acto de remate. GIANNI GASTTONE CHAVEZ ENCISO Martillero Público con Registro No. 293; Especialista legal Yeraldo Alexander Campos Cornejo, Quinto Juzgado Civil de Arequipa. (11-12-13-1617-18 mayo) B/E 031-3242.

PRIMER REMATE El día 02 de junio del 2016, a las 10.15 horas, en la sala de lectura del juzgado, sito en la Urbanización Guardia Civil III Etapa, calle Alberto Labeau S/N, Paucarpata; ORDENADO POR EL JUEZ DEL PRIMER JUZGADO CIVIL, MODULO BASICO DE JUSTICIA DE PAUCARPATA – Dr. LINO ZUÑIGA PORTOCARRERO - Expediente Nº 0039-2013 - Especialista Legal Dra. FIORELLA BOLIVAR CALLATA; En el proceso de OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO que sigue ALVARO ENRIQUE RODRIGUEZ DELGADO contra EVA LUISA LAYME ALFARO. SE REMATARA: los derechos que le corresponden a la demandada en el inmueble ubicado en Barrio Marginal Manuel Prado, Mz. L, Lote N° 17, Zona B, Distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa; cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL XII - SEDE AREQUIPA en la Partida Nº P06049202; TASACIÓN TOTAL DEL INMUEBLE= U.S.$.128,381.40, TASACIÓN DEL 25% QUE CORRESPONDE A LA DEMANDADA= U.S.$.32,095.35 - BASE DEL REMATE = U.S.$.21,396.90. AFECTACIONES: 1).- HIPOTECA, hasta por U.S.$.3,500.00, a/f de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO DEL SUR S.A. (Asiento N°04). 2).- MODIFICACIÓN DE HIPOTECA, hasta por U.S.$.5,600.00, a/f de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO DEL SUR S.A. (Asiento N°05). 3).- MODIFICACIÓN DE HIPOTECA, hasta por U.S.$.3,500.00, a/f de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO DEL SUR S.A. (Asiento N°06). 4).- EMBARGO, en forma de inscripción a/f de CARMEN CURASI CRUZ, hasta por S/.2,800.00, sobre los derechos de EVA LUISA LAYME ALFARO; Exp. 003-1999, Juzgado de Paz de Manuel Prado, Paucarpata. (Asiento N°07). 5).- EMBARGO, en forma de inscripción a/f de CARMEN CURASI CRUZ, hasta por S/.2,900.00, sobre los derechos de EVA DORA ALFARO LIZANO VDA. DE LAYME; Exp. 004-2000, Juzgado de Paz de Manuel Prado, Paucarpata. (Asiento N°08). 6).- EMBARGO, en forma de inscripción a/f de CARMEN CURASI CRUZ, hasta por S/.4,000.00, sobre los derechos de EVA LUISA LAYME ALFARO; Juzgado de Paz de Manuel Prado, Paucarpata. (Asiento N°09). 7).- EMBARGO, en forma de inscripción a/f de CARMEN CURASI CRUZ, hasta por S/.5,000.00, sobre los derechos de EVA DORA ALFARO LIZANO VDA. DE LAYME; Juzgado de Paz de Manuel Prado, Paucarpata. (Asiento N°10). 8).- DESMEMBRACIÓN, se ha subdividido en dos lotes, Lote 17 con un área de 133.69 m2. y Lote 17-A con un área de 50.61 m2. Quedando inscrito en esta partida (P06049202) el Lote 17. (Asiento N°11). 9).- EMBARGO, en forma de inscripción a/f de ELVIS CARLOS NEIRA MESTAS, hasta por S/.3,450.00, Exp. 476-2008 en el 2do. J.P.L. del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata. (Asiento N°12). 10).- EMBARGO, en forma de inscripción a/f de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, hasta por S/.13,000.00, Exp. 2652013 en el 1er. J.P.L. del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata. (Asiento N°13). 11).- EMBARGO, en forma de inscripción a/f de ALVARO ENRIQUE RODRIGUEZ DELGADO, hasta por S/.120,000.00, que origina el presente proceso. (Asiento N°14). LOS POSTORES, para participar en la subasta depositarán en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, suma no menor a U.S.$.3,209.54, adjuntando arancel judicial consignando número de expediente y juzgado. Los honorarios del Martillero Público más el IGV, serán cancelados por el adjudicatario en forma inmediata concluido el remate (Art° 732 del CPC. Modificado por la Ley N° 28371)(Decreto Supremo N° 008-2005-JUS Art° N° 18) ARMANDO PEREZ ANGULO – MARTILLERO PÚBLICO – REGISTRO N° 175 - Teléfonos 054-285020 – RPC-959692243 – RPM-966907733. Arequipa 16 de Mayo de 2016. Fiorella Bolivar Callata Especialista Legal Primer Juzgado Civil Modulo Basico de Justicia de Paucarpata. (16-1718-19-20-23 mayo) B/E 031-3311. SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por demandante WALTER RUBEN MAMANI PEÑA y MIRELLA MAYA VIZA AYQUIPA, sobre Ejecución de Garantías, bajo Expediente:

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N° 01564-2015-0-0412-JM-CI-02, DEL SEGUNDO JUZGADO MIXTO – SEDE MODULO BASICO DE JUSTICIA DE PAUCARPATA a cargo del señor Juez Dr. LUIS ALBERTO RODRIGUEZ PANTIGOSO y Secretaria Judicial Mercy Yanella Apaza Calcina, ha dispuesto que el Martillero Publico, abogada KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE con número de registro Reg. 310, lleve a cabo REMATE EN SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en Pueblo Joven Miguel Grau MZ. 27’ (27 prima) Lote. 3 Zona. B del Departamento de Arequipa Provincia de Arequipa Distrito de Paucarpata inscrito en la partida N° P06028215 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Sede Arequipa. VALOR DE TASACION: US$ 60,000.00 (sesenta mil y 00/100 dólares americanos). BASE DE REMATE: US$ 34,000.00 ( Treinta y cuatro mil y 00/100 dólares americanos), equivalentes a las 2/3 partes de la tasación MENOS 15% POR TRATARSE DE SEGUNDA CONVOCATORIA. AFECTACIONES: CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA inscrita en el Asiento N°00003 de la partida N° P06028215 a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito del SUR, hasta por la suma de US$ 8013.00 en garantía de un préstamo de S/. 20,000.00 Nuevos Soles según consta la Escritura Pública del 11/04/2006 otorgada ante Notario Fernando Begazo Delgado. HIPOTECA inscrita en el Asiento N°00005 de la partida N° P06028215 a favor de la sociedad conyugal formada por WALTER RUBEN MAMANI PEÑA y MIRELLA MAYA VIZA AYQUIPA hasta por la suma de US$ 50,000.00 en garantía de la deuda por US$ 45,000.00 según consta la Escritura Pública Nº 2465 del 12/05/2015 otorgada ante Notario Cesar Fernández Davila Barreda. FECHA Y HORA DE REMATE: LUNES 23 MAYO DEL 2016 A LAS 08:30 DE LA MAÑANA. LUGAR DEL REMATE: LOCAL DEL SEGUNDO JUZGADO MIXTO – SEDE MODULO BASICO DE JUSTICIA DE PAUCARPATA ubicado en Esquina Calle A. Laveau con Calle T. Alcantara s/n del distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa. POSTORES: Oblarán una cantidad no menor del 10% de la Tasación del inmueble, en efectivo o mediante cheque de gerencia sin sello No Negociable y presentarán el original del pago del arancel judicial respectivo a nombre del Juzgado, consignando el número del Expediente, el número de Documento de Identidad, firma y adjuntando copia simple de todos los documentos. El Adjudicatario cancelará la comisión del Martillero Público al finalizar el acto público, de conformidad con el artículo 18º del D.S. 008-2005-JUS-. Así mismo el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el ACTA, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Lima, 10 mayo del 2016. DRA. KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE – Abogado Martillero Reg. 310. MERCY Y. APAZA CALCINA ESPECIALISTA LEGAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL MODULO B. DE JUSTICIA DE PAUCARPATA. (13-16-17 mayo) B/E 031-3304.

RECTIFICACIONES RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Ante esta Vicaría Judicial del Arzobispado de Arequipa, se ha presentado, doña Primitiva Nancy Rojas Silva, hija del titular (fallecido), quien solicita por única vez la Rectificación de la Partida de Bautismo de Manuel Baltazar Rojas Araico, registrada en el Libro 22, foja 45 del Archivo de la Parroquia San Antonio Abad (Miraflores) - Arquidiócesis de Arequipa, en la que su fecha de nacimiento aparece como ‘doce días’; sus nombres aparecen como ‘Manuel Baltazar’. Pide que se hagan las siguientes rectificaciones: “Nació en ‘Miraflores, Arequipa el 06 de enero de 1921’. Se le suprima el primer nombre ‘Manuel’. Se le autorice a llevar como único nombre ‘Baltazar’. Debiendo la identidad del bautizado figurar en lo sucesivo como BALTAZAR ROJAS ARAICO”. Lo que se comunica a los interesados para los fines de ley.- Arequipa, 11 de mayo del 2016.- Walter Romaña Flores. Abogado Notario de la Vicaría Judicial - Arzobispado de Arequipa. (13-16-17 mayo) B/E 031-3260. AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Beatriz Ysabel Sarmiento Carcausto quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia San Pablo Apóstol (Buenos Aires - Cayma) -Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Arequipa el veintiocho de julio de mil novecientos ochenta y tres; hija de don Mauro Sarmiento Huillca y de doña Ursula Carcausto Condori, y que fue bautizada en la Parroquia San Pablo Apóstol (Buenos Aires Cayma) - Arequipa el doce de diciembre de mil novecientos ochenta y tres. Fueron sus padrinos don Moisés Pacho y doña Candelaria Pillco. Arequipa, 11 de mayo del 2016.- DR. WALTER TOMAS ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUARIO. (13-16-17 mayo) B/E 031-3255. AVISO

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Regina Nilda Challa Tancayllo quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia Nuestra Señora de los Dolores (Cerro Colorado) -Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Cerro Colorado -Arequipa el siete de setiembre de mil novecientos setenta; hija de don Pedro Pablo Challa Sivincha y de doña Marina Tancayllo Velasco de Challa, y que fue bautizada en la Parroquia Nuestra Señora de los Dolores (Cerro Colorado) - Arequipa el siete de diciembre de mil novecientos setenta. Fueron sus padrinos don Emilio Samillan Canasa y doña Martina Mamani de Samillan. Arequipa, 16 de mayo del 2016.- DR. WALTER TOMAS ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUARIO. (17-18-19 mayo) B/E 031-3333.RECTIFICACION DE PARTIDA DE MATRIMONIO Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Yanahuara, Exp. No. 07108-2016, Espec. Leg. Carmen Avendaño Cama; don ANTONIO JESUS ROQUE TAYPE, solicita la Rectificación de su Partida de Matrimonio habido con doña Timotea Aviles Callocondo, en cuanto los Pre-Nombres del solicitante se refiere, de “JESUS ANTONIO” por los de “ANTONO JESUS; todo ello, para aparecer finalmente como ANTONIO JESUS ROQUE TAYPE. Arequipa, 12 de mayo del 2016. CARMEN AVENDAÑO C. SECRETARIA JUDICIAL. (17 mayo) B/E 031-3313.EDICTO NOTARIAL- SUCESION INTESTADA Ante este despacho notarial se ha presentado MARLENE CRUZ CONDORI YDME, identificada con Documento Nacional de Identidad 46900239, solicitando se aperture proceso de Sucesión Intestada de quien en vida fuera SAMUEL QUISPE CALIZAYA y señala como sus presuntos herederos a JHON ADEMIR QUISPE CONDORI, ELVA YANETH QUISPE CONDORI, SOFIA CLAUDIA QUISPE CONDORI, LUIS FERNANDO QUISPE CONDORI, LUZMILA QUISPE CONDORI Y EDWIN JOSE QUISPE CONDORI en su condición de hijos del causante. Los interesados acercarse al despacho notarial ubicado en Manzana 3E, lote 19, Majes. RUBEN BOLIVAR CALLATA NOTARIO DE AREQUIPA. (17 mayo) B/E 031-3312.

SUCESIONES SUCESIÓN INTESTADA EN MI OFICIO DE CALLE PROGRESO N° 304, DISTRITO DE APLAO, PROVINCIA DE CASTILLA, AREQUIPA, SE HA PRESENTADO AMELIA LOURDES COPA SARMIENTO SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE MARIA MELETINA SARMIENTO HUAMANI FALLECIDA EL 23 DE ABRIL DEL 2014, TENIENDO SU ULTIMO DOMICILIO EN PAMPACOLCA, LO QUE COMUNICO DE ACUERDO A LEY PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE SE CREAN CON DERECHO SUCESORIO. APLAO, 10 DE MAYO DEL 2016. CESAR A. FERNANDEZ FLORES MONJE NOTARIO DE CASTILLA C.N.A. (17 mayo) B/E 031-3327.

PRESCRIPCIONES PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN LA AVENIDA EJERCITO 307 OFICINA 104, YANAHUARA, PATRICIA VERONICA ARGANDOÑA SALCEDO; SOLICITA PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL LOTE 2, MANZANA N-12, PROGRAMA HABITACIONAL ALTO CAYMA III -DEAN VALDIVIA, DISTRITO DE CAYMA - AREQUIPA. CON UN AREA DE 128.00 M2, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS: FRENTE: PASAJE 12-8 CON 8.00 M.; DERECHA: LOTES 6,1 CON 16.00 M.; IZQUIERDA: LOTE 3 CON 16.00 M. Y FONDO: LOTE 7 CON 8.00 M. INSCRITO EN LA PARTIDA P06108083 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII-SEDE AREQUIPA. SIENDO LOS TITULARES REGISTRALES GUILLERMO GONZALO MOSCOSO VILLENA E IRIS ROXANA REYNOSO RODRIGUEZ. LO QUE SE COMUNICA PARA FINES DE LEY.- AREQUIPA, 09 DE MAYO DEL 2016. MIGUEL VILLAVICENCIO CARDENAS NOTARIO DE AREQUIPA. (1117-23 mayo) B/E 031-3212. PRESCRIPCION ADQUISITIVA Ante El Segundo Juzgado Civil - Sede Paucarpata que despacha el Juez Luis Alberto Rodríguez Pantigoso, Especialista: Mercy Yanella Apaza Calcina, Expediente: 01367-2016-0-0412-JR-CI-02, Demandante: Diego Diaz Alanoca y Dorotea Choque De Diaz, Demandado: Cesar Celso Diaz Alanoca y otros, interpone demanda de prescripción adquisitiva donde se solicita se les declare propietarios, Proceso en el cual se ha admitido la demanda mediante Resolución Nro.02 - Arequipa (18/04/2016) Se Resuelve: Admitir a trámite la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, interpuesta por DIEGO DIAZ ALANOCA Y DOROTEA CHOQUE DE DIAZ, en contra de CESAR CELSO DIAZ ALANOCA, MARCELINA SILVIA DIAZ HUAN-

CA, SOLEDAD MARIA DIAZ HUANCA DE CONDORI Y JANET MARTHA DIAZ HUANCA; y debiéndose poner en conocimiento de los colindantes VALERIANA JULIA QUILLA HUANCA, CESAR CELSO DIAZ ALANOCA Y JUAN QUISPE NINA, debiendo sustanciarse en la vía procedimental correspondiente al proceso abreviado, por ofrecidos los medios probatorios que se indican, confiriendo traslado a los demandados por el plazo de DIEZ DÍAS. SE DISPONE: La publicación del extracto de la presente resolución por tres veces, en el diario oficial El peruano y en el de mayor circulación de la ciudad. AL PRIMER OTROSÍ: Téngase presente la delegación de facultades generales de representación a favor del letrado que autoriza. AL SEGUNDO OTROSI: Téngase presente. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE. MERCY YANELLA APAZA CALCINA ESPECIALISTA LEGAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE PAUCARPATA. (11-17-23 mayo) B/E 031-3211. PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE CONFORMIDAD CON LA LEY NRO. 27333, CONCORDANTE CON EL ART. 504 Y SGTS. DEL CPC, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, NOTARIO PUBLICO. CON OFICINA EN CALLE MELGAR NR0.214 - AREQUIPA, SE PRESENTO: JUAN CARLOS TELLO CHUCHULLO, SOLICITANDO PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL INMUEBLE: ASENTAMIENTO HUMANO COOPERATIVA DE VIVIENDA MARISCAL ANDRÉS AVELINO CÁCERES Y ASOCIACIÓN AUGUSTO SALAZAR BONDY MANZANA A LOTE 14, ALTO SELVA ALEGRE, AREQUIPA. LINDEROS: . FRENTE : CALLE 6 . COSTADO DERECHO ENTRANDO. LOTE 13 PROPIETARIO LUIS ARAOS ULLOA. COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO. LOTE 6 PROPIETARIO VICENTE CONDORI QUEQUEJANA. FONDO CON JIRÓN 3. LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES LEGALES DEL CASO. AREQUIPA, 04.05.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA ABOGADO NOTARIO. (11-17-23 mayo) B/Nº 031-3208. PRESCRIPCION ADQUISITIVA Ante esta ante esta Notaría se ha presentado Jorge Jesús Luna Quiroz y Yngemborg Luz Paredes de Luna, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio del predio ubicado en lote 22, manzana D, Urbanización Residencial Monte Bello distrito de Sachaca, provincia y departamento de Arequipa, con un área de 182.82 m2. (CIENTO OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y DOS DECIMETROS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por frente, calle 4, con 7.46, 1.35, 0.77, 1.84, y 1.53 metros; por la derecha, lote 21, con 17.34 metros; por la izquierda, lote 23 con 12.87 metros y por Fondo, UC. 03848, con 8.21 y 2.76 metros. El bien materia de prescripción forma parte del predio inscrito en la partida 04011943 del Registro de Predios de Arequipa. 03 de mayo del 2016.- José Luis Concha Revilla NOTARIO ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (05-11-17 mayo) B/E 031-3110. PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE CONFORMIDAD CON LA LEY NRO. 27333. CONCORDANTE CON EL ART. 504 Y SGTS. DEL CPC, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, NOTARIO PUBLICO, CON OFICINA EN CALLE MELGAR NR0.214 - AREQUIPA, SE PRESENTO: SILVIA BACILIA PORTILLA GUILLEN DE RODRIGUEZ Y SEGUNDO GERMAN RODRIGUEZ FLORES, SOLICITANDO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, DEL BIEN UBICADO EN LOTE 15-A, UBICADO EN EL LOTE 15, MZ. A, ZONA A, PUEBLO JOVEN GENERALISIMO JOSE DE SAN MARTIN, DISTRITO DE MARIANO MELGAR, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; EL BIEN SE ENCUENTRA FORMANDO PARTE DE UNO DE MAYOR EXTENSION INSCRITO EN LA PARTIDA P06051422 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL XII SEDE AREQUIPA. EL CUAL PRESENTA LOS SIGUIENTES CARACTERES: LINDEROS: FRENTE: COLINA CON LA AV. GARCILAZO DE LA VEGA EN LINEA RECTA DE TRAMO B’-B’ CONN 7.00ML. COSTADO DERECHO ENTRANDO: COLINDA CON EL LOTE 16 EN LINEA RECTA DE: TRAMO A-B CON 228.91ML. COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO: COLINDA CON EL LOTE 15 EN LINEA RECTA DE: TRAMO D’-B’ CON 29.06ML. FONDO: COLINDA CON EL LOTE 21 (EDUCACION) EN LINEA RECTA DE: TRAMO D’-A CON 7.50ML. AREA.205.16M2. PERIMETRO: 72.41ML. LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES LEGALES DEL CASO. AREQUIPA, 02.05.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (05-11-17 mayo) B/E 031-3102. PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE CONFORMIDAD CON LA LEY NRO. 27333, CONCORDANTE CON EL ART. 504 Y SGTS. DEL CPC, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, NOTARIO PUBLICO, CON OFICINA EN CALLE MELGAR NR0.214 - AREQUIPA, SE PRESENTO: OFELIA LEONOR GUILLEN PORTILLA, SOLICITANDO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CON SANEAMIENTO DE AREA Y LINDEROS, DEL BIEN UBICADO

Martes, 17 de mayo del 2016

EN LOTE 15, MZ. A, ZONA A, PUEBLO JOVEN GENERALISIMO JOSE DE SAN MARTIN, DISTRITO DE MARIANO MELGAR, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; EL BIEN SE ENCUENTRA FORMANDO PARTE DE UNO DE MAYOR EXTENSION INSCRITO EN LA PARTIDA P06051422 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL XII SEDE AREQUIPA, CON EL AREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS. EL CUAL PRESENTA LOS SIGUIENTES CARACTERES: LINDEROS: FRENTE: COLINA CON LA AV. GARCILAZO DE LA VEGA EN LINEA RECTA DE TRAMO C-B’ CON Nº 7.24ML. COSTADO DERECHO ENTRANDO: COLINDA CON EL LOTE 15-A EN LINEA RECTA DE: TRAMO D’-B’ CON 29.00ML. COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO: COLINDA CON EL LOTE 14 EN LINEA RECTA DE: TRAMO D-C CON 29.06 ML. FONDO: COLINDA CON EL LOTE 21 (EDUCACION) EN LINEA RECTA DE: TRAMO D- D’ CON 7.5ML. AREA.- 208.96M2. PERIMETRO: 72.84ML. LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES LEGALES DEL CASO. AREQUIPA, 02.05.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA ABOGADO NOTARIO. (05-11-17 mayo) B/E 031-3102. AVISO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA Y NOTIFICACION POR EDICTO ANTE MI HUGO JUUO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN CALLE SAN JOSE N° 330 - AREQUIPA, FUE PRESENTE NESTOR GILMAR DELGADO MANRIQUE Y EMILIO JESUS DELGADO MANRIQUE, SOLICITANDO INICIO DE TRÁMITE NOTARIAL DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, RESPECTO DEL INMUEBLE UBICADO EN EL LOTE NRO. 17 DE LA MANZANA A, DE LA URBANIZACION JUAN EL BUENO, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; EL PREDIO TIENE UN ÁREA REAL VERIFICADA DE 200.00 M2, DENTRO DE LOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SIGUIENTES: POR EL FRENTE CON CALLE N° 2 CON 10.00 ML, POR EL COSTADO DERECHO ENTRANDO CON LOTE 18, CON 20.00 ML.; POR EL COSTADO IZQUIERDO CON LOTE 16, CON 20.00 ML; Y POR EL FONDO CON LOTE 12, CON 10.00 ML, EL MISMO QUE SE ENCUENTRA INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N°01116577 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE AREQUIPA, SIENDO LOS TITULARES REGISTRALES ESTEBAN NESTOR DELGADO NUÑEZ Y PAULINA CELINA MANRIQUE CISNEROS DE DELGADO, DE QUIENES SE DESCONOCE SU DOMICILIO, POR LO QUE SE LES NOTIFICA POR EDICTO. SE EFECTUA LA PRESENTE PUBLICACIÓN PARA LOS FINES LEGALES PERTINENTES. AREQUIPA 03 DE MAYO DE 2016. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA MAT 036.- (05-11-17 mayo) B/E 0313094. PRESCRIPCION ADQUISITIVA Ante esta ante esta Notaría se ha presentado don Alejandro Timoteo Chuctaya Flores, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio del predio ubicado en el lote 12, manzana A. Zona A. de la Asociación “ Programa Municipal distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, el mismo que tiene un area de 175.00 m2. (CIENTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS) con los siguientes linderos medidas perimétricas: por el frente, con jirón 1. en línea recta de 8.75 metros: por el costado derecho entrando con lote 11. en línea recta de 20.00 metros: por el Costado izquierdo con lote 13 en línea recta de 20.00 metros y por el fondo con lote 14, con linea recta de 8.75 metros. EIbien materia de prescripción se encuentra inscrito en la partida número 01138908 del Registro de Predios de Arequipa. 02 de mayo del 2016. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (05-11-17 mayo) B/E 031-3083. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante mí, se ha presentado el señor BRUNO JAVIER GAMERO SALAS, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 30858869, solicitando la Prescripción Adquisitiva de Dominio sobre el inmueble urbano ubicado en Asoc. De Vivienda Asociación Pro Vivienda Santa Rosa de Lima N° 2, Mz. W Lote 2, Distrito de Cerro Colorado, Provincia y Departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Registral Matriz No. 01080897 del Registro de Predios de Arequipa, de la Zona Registral XII-Sede Arequipa, el mismo que cuenta con un real de 168.12 m2, encerrada dentro de un perímetro de 55.34 ml. y sus linderos y medidas perimétricas son los siguientes: Por el Frente: colinda con Calle Nº 2, con 9.01 ml. Por el Costado Derecho: colinda con W 1, propiedad de DANNY GLORIA HUAMAN ROMERO, inscrito en la partida 11064343 con 18.62 m.l Por el Costado Izquierdo: colinda con propiedad de EL SOLICITANTE : BRUNO JAVIER GAMERO SALAS inscrito en la partida N° 01137086, con 18.70 ml. Por el Fondo: colinda con Lote W 12 propiedad de NEREYDA ZOILA VERA BEDREGAL, en una línea recta de 9.01 ml. Tal como se aprecia de la Memoria Descriptiva, y Planos de Ubicación y

Perimétricos adjuntos a la presente solicitud, teniendo la posesión la solicitante por más de diez años.- Lo que se comunica, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27157, el artículo 40° de su Reglamento Decreto Supremo 035-2006MTC. Arequipa, 02 de mayo de 2016.- Doctor Javier Rodríguez Velarde Abogado – Notario Urb. Señorial A-3, distrito de Cayma.- (05-11-17 abril) B/E 031-3114

EDICTOS PENALES EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2015-789-0 (JIMMY ARENAS MANRIQUE) , delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 23-05-2016, 12:30, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Rodríguez. (11-12-13 mayo) Exp. 2015-4712-0 (Imputado) JORGE ZANABRIA REVILLA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado GIMENA QUIROZ GARCIA, DILIGENCIA 24-05-2016, 09.00 HRS., Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Diaz . (11-12-13 mayo) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - EL PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-910-0 (Imputado) Manuel Choque Tutucayo. Se REPROGRAMA la audiencia de incoacción de proceso inmediato seguido en su contra., delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Leocadia Huamani Huamani, DILIGENCIA 07-06-2016, 14:00, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Hernandez. (11-12-13 mayo) Exp. 2016-1524-0 (Imputado) HERNAN HUAMANI LOPINTA. Se REPROGRAMA la audiencia de incoacción de proceso inmediato. (PUBLICAR EN EL PERUANO Y LA REPUBLICA POR TRES DIAS CONSECUTIVOS), delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado HILDA QUISPE CHANCOLLA, DILIGENCIA 05-072016, 12:00, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Hernández . (11-12-13 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-3568-0 EDGAR MAQUERA PALOMINO, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado PATRICIA MARTGHA ORTIZ MENDOZA, DILIGENCIA 27-05-2016, 09:45 HRS, Sala 1, ; Secretario: Champi. (11-12-13 mayo) Exp. 2016-1779-0 (Imputado) Elías Edulio Salvador Falcón. Se notifica al procesado Elías EdulioSalvador Falcón, delito Contra La Salud Pública - Tráfico Ilícito de Drogas -Microcomercialización. Art. 298° primer párrafo númeral 1 del Código Penal. , agraviado El Estado. NOTIFICACION,Acta Audiencia de fecha 27-04-2016. Reprograma audiencia de proceso inmediato solicitado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, para el 10- 06-2016 a las 08:30 Hrs. Sala de Audiencias N° 2. Módulo Penal. ; Secretario: Díaz. (11-12-13 mayo) Exp. 2016-2203-0 (Imputado) Martín Huamaní Ramos. Se notifica a Martín Huamaní Ramos. , delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, NOTIFICACION, ACTA AUDIENCIA DE FECHA 27-04-2016. Reprograma fecha de audiencia de incoación de proceso inmediato requerido por la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, para el 10-06-2016 a las 08:45 Hrs. Sala de audiencias N° 01. ; Secretario: Díaz. (1112-13 mayo) Exp. 2016-3394-0 (Imputado) JUAN GUILLERMO CUEVAS CACERES, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado FABRIZIO NICOLAS CUEVA SANALEA REPRESENTADO POR ZAYDA SANALEA REAÑO, DILIGENCIA 24-052016, 08:30 am , Sala 1, ; Secretario: Quispe. (1112-13 mayo) Exp. 2014-3347-22 (Imputado) ALAN ELOY CALCINA MOROCCO, delito Uso dedocument público

Martes 17 de mayo del 2016

falso, agraviado El Estado, DILIGENCIA 07-062016, 12:30, Sala 1, ; Secretario: Delgado. (11-1213 mayo) Exp. 2016-2634-0 ASIS FELIBERTO GAMA CHUQUICONDOR, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado SOCIEDAD ELECTRICA DE AREQUIPA SEAL, DILIGENCIA 10-06-2016, 09:00 HRS, Sala 1; Secretario: Champi. (11-12-13 mayo) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2015-4114-7 MAX WINDER CONZA ORTIZ, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado JOSE WINDER CONDORI MAMANI, NOTIFICACION, VISTO EL REQUERIMIENTO DE ACUSACION FORMULADO POR EL DR. CARLOS MARTINEZ DIAZ NOTIFIQUESE POR EL PLAZO DE 10 DIAS HABILES, PARA LOS EFECTOS DEL ART. 350 DEL C.P.P. ; Secretario: Huerta. (11-12-13 mayo) Exp. 2885-2014-9 (Imputado) JAIME RAMIREZ MAMANI, delito CONTRA LA FE PUBLICA USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, agraviado ONP, NOTIFICACION, RES. 07-2016 SE CITA PARA LA AUDIENCIA CONTROL DE ACUSACIÓN SEÑALADA EL DÍA 20 DE MAYO 2016, A HORAS 09:00, EN LA SALA DOS; CITACIÓN OBLIGATORIA DEL FISCAL Y DEFENSA TÉCNICA PROCESADO; Secretario: Fernández. (11-12-13 mayo)

El Décimo Juzgado de Paz Letrado del Cercado de Arequipa, que Despacha la Señora Jueza Doctora LOURDES CABRERA MOLINA, con intervención de la Especialista Legal Tatiana Chong Torreblanca, en el Expediente Nro. 1192-2009-0-0401-JPFC-01, seguido por ERIKA DEL ROSARIO CARPIO DEL CARPIO, en contra de LINO RENAN URQUIETA CASTRO, sobre ALIMENTOS, ha dispuesto se notifique por EDICTOS al demandado LINO RENAN URQUIETA CASTRO, el contenido de las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN NRO. 02: De fecha dos de noviembre del dos mil nueve: SE RESUELVE: 1) ADMITIR a trámite la demanda de COBRO DE ALIMENTOS que ha promovido ERIKA DEL ROSARIO CARPIO DEL CARPIO en representación de los menores alimentistas Luciana Francesca Urquieta Carpió y Ana Flavia Amelia Urquieta Carpió en contra de LINO RENAN URQUIETA CASTRO, debiéndose tramitarse en la vía procedimental del PROCESO UNICO, por ofrecidos los medios probatorios propuestos, a sus antecedentes los anexos adjuntos. 2) CORRASE TRASLADO de la demanda y sus anexos al demandado, para que conteste dentro el plazo de cinco días siguientes de notificado, bajo apercibnimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER. RESOLUCIÓN NRO. 13: De fecha 25 de abril del 2016: SE RESUELVE: NOTIFICAR POR EDICTOS, al demandado Lino Renán Urquieta Castro, con el contenido de la resolución número dos que admite a trámite la demanda incoada, debiendo éste apersonarse al proceso, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL. Efectúese las publicaciones de los edictos, conforme a las formalidades establecidas en los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil. Concediendo el plazo de quince días al demandado para la absolución del traslado con la resolución referida- Tómese razón y hágase saber. AREQUIPA, 25 de abril del 2016. TATIANA CHONG TORREBLANCA SECRETARIA JUDICIAL (E). (12-13-16 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-3667-0 (Imputado) PERCY BENIGNO ANDIA PEREZ , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado FRANK JESUS ANDIA MAMANI Y WENDY MARIELENA ANDIA MAMANI, DILIGENCIA 12-08-2016, 09:00 am, Sala 1, ; Secretario: Quispe. (12-13-16 mayo) JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-5490-22 IMPUTADO: RONALD MAMANI RODRIGUEZ, delito CONDUCCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado ESTADO, DILIGENCIA 14-07-2016, 11:30, Sala 12, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO AUSENTE EN CASO DE INCONCURRENCIA; Secretario: CALDERON. . (1213-16 mayo) Exp. 2005-1301-0 (Imputado) Richard Jair Rengi-

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

fo Santana, delito Trafico Ilícito de Drogas, agraviado El Estado, DILIGENCIA 23-05-2016, 8.30 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, DILIGENCIA DE JUZGAMIENTO Resolucion Administrativa 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre del 2013, concordado con el articulo 85.2.3.5 del Codigo Penal, de aplicacion supletoria al presente caso.; Secretario: Herrerra. . (12-13-16 mayo) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-3707-0 (Imputada) MILAGROS KARINA GONZALES ESQUICHE , delito FALSA DECLARACION EN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO , agraviado ESTADO REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PUBLICO DEL ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO , NOTIFICACION, Visto el requerimiento de acusación directa NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, se designa como abogado defensor de oficio de la investigada a la defensora pública Yssa Ydalia Moran Vasquez. ; Secretario: Quispe . . (12-13-16 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-588-0 (Imputado) FROILAN PLACIDO FLORES PAREDES, delito OMIISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado A.F.P., DILIGENCIA 1705-2016, 09:30, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Palma. . (12-13-16 mayo) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-7217-34 Jose Patricio Montesinos Nuñez, delito falsedad ideológica , agraviado El Estado representado por el Procurador de los Registros Públicos, DILIGENCIA 06-09-2016, 08:15, Sala de Audiencia del Juzgado, audiencia de constitución de actor civil ; Secretario: Ojeda. . (12-13-16 mayo) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 33-2004-0 GUERRERO CAMARGO YULY ELIZABETH Y GUERRERO CALLALLI LUIS., delito ROBO AGRAVADO, agraviado REBECA ORE MEZA Y OTRO., NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya. . (12-13-16 mayo) Exp. 412-2004-0 JUAN LIMA MALDONADO, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INICIALES V.C.L.A., NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . . (12-13-16 mayo) Exp. 180-2004-0 SALAZAR PARI SANTOS ALBERCY, delito ROBO AGRAVADO, agraviado MIRIAM LUDEÑA SALAZAR Y OTRO, NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . . (12-13-16 mayo) Exp. 45-2005-0 ALAVAREZ CARHUAS ELIAS HERMOGENES, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INICIALES M.V.L.P., NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya. . (12-13-16 mayo)

Exp. 100-2005-0 TAPAHUASCO URBANO EDWIN HERMOGENES Y CAJAMARCA FALCON RICHARD NELSON, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INICIALES F.B.G.C., NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . . (12-13-16 mayo) Exp. 2006-194-0 PAREDES RAMOS ANTONIO MARIO, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INICIALES K.L.C.R., NOTIFICACION; . (12-13-16 mayo) Exp. 2005-245-0 CONDE CERON ALEJANDRO LUIS, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INICIALES S.N.J.D.C., NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . . (12-13-16 mayo) Exp. 2005-316-0 ESPINAL TRIBEÑO JONATHAN MICHEL, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INICIALES Y.M.A.N.T, NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . . (12-13-16 mayo) Exp. 2005-91-0 QUIÑONES RAMOS JOSE MIGUEL, delito ROBO AGRAVADO, agraviado MATIAS MARIO ACCO NAVARRO, NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . . (12-13-16 mayo)

16-17 mayo) Exp. 2005-254-0 CACHI CHOQUE PACO ROLANDO, delito ROBO AGRAVADO Y OTRO, agraviado EMPRESA DISTRIBUIDORA DE CERVEZA MAXIMO SANCHEZ Y OTRO., NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . . (12-13-16 mayo) Exp. 2006-118-0 GONZALO MAMANI ANGEL NESTOR, delito ROBO AGRAVADO, agraviado SERGIO BRAVO CUEVA, NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . . (12-13-16 mayo) EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-4973-93 (Imputado) JULIAN BACILIO CHIRE YANQUI, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 20-06-2016, 15:00 HORAS, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Arce. . (12-13-16 mayo) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-258-0 (Imputado) HUAMANI GOMEZ MILTON Y JOSE LUIS HUAMANI GOMEZ, delito LESIONES graves , agraviado EFRAIN QUISPE ANAMPA, NOTIFICACION, el 13/05/2011 a horas 22.00 el agraviado EFRAIN QUISPE ANAMPA luego de haber jugado partido y libado cerveza se encuentra con imputado, siendo que lo agrede primero y luego el coimputado jose luis lo agreden solicita pena de 4 y reparación s/.4000.00 ; Secretario: Suarez . . (12-13-16 mayo) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - EL PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-1401-0 (AGRAVIADO) YESSICA ESTHER TUNCO JACOBO, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Yessica Esther Tunco Jacobo, NOTIFICACION, AUTO DE ENJUICIAMIENTO, en el proceso seguido en contra de ALAIN CAMARGO RIVERA; se REMITEN todos los actuados al Juzgado Penal Unipersonal de El Pedregal. ; Secretario: Hernández. . (12-1316 mayo) JUZGADO PENAL UNIPERSONAL - EL PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-00775-52 JUSTO IGNACIO HUAMANI CORAHUA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MENOR KIARA HUAMANI SANCA REPRESENTADA POR SU MADRE SONIA MARIA SANCA MAMANI, DILIGENCIA VEINTISIETE DE MAYO , ONCE HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: RAMOS . . (12-13-16 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 20152745-79 (Imputado) WILIAM TOMMY ATAHUALPA RIVERA , delito CONTRA EL PATRIMONIO EN LA MODALIDAD DE HURTO AGRAVADO, agraviado Hostal El Faraón, NOTIFICACION, Declarar saneada la acusación fiscal y la existencia de una relación jurídica procesal válida; en consecuencia, SE DICTA AUTO DE ENJUICIAMIENTO en contra de los señores WILIAM TOMMY ATAHUALPA RIVERA y CLAUDIA RUTH LUZA PILLCO como AUTORES por el delito de Hurto agravado en grado de tentativa, previsto y sancionado por el artículo 185 concordante con el artículo 186 incisos 2 y 5 y concordante con el artículo 16 Código Penal, en agravio del Hostal El Faraón. ; Secretario: Quispe .(13-16-17 mayo) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-5838-47 (Agraviado) LUIS HENRY LINARES CONTRERAS, delito FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO, agraviado ODE LUTFI AGUAD CORNEJO, NOTIFICACIO, Visto el requerimiento de sobreseimiento formulado por el señor fiscal del Tercer Despacho de Investigación NOTIFIQUESE a los sujetos procesales por el plazo perentorio de diez días hábiles ; Secretario: Ramírez . .(13-

Exp. 2016-463-0 (Imputado) EDWIN JIMMY ENRIQUEZ ARISACA, delito Lesiones, agraviado Erick Mariscal Charca, DILIGENCIA 23-06-2016, 12:30, Sala 3; Secretario: Delgado. .(13-16-17 mayo) Exp. 2015-2377-28 (Imputado) RICHARD AYALA FERNANDEZ, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO , agraviado JAIME VARGAS VARGAS, DILIGENCIA 23-06-2016, 11:00, Sala 3; Secretario: Delgado . .(13-16-17 mayo) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 20154101-98 (Imputadas) ERIKA SHAQUIRA RIQUELME SALAZAR, y PATRICIA HUAMAN MESCCO, y RUTH KARINA HUAMAN MESCCO, y MONICA PATRICIA APAZA BAUTISTA y ANAIS AMPARO ZEGARRA FLORES , delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado MONICA PATRICIA APAZA BAUTISTA y otras, NOTIFICACION, Visto el requerimiento de acusación NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del artículo 350° del CPP ; Secretario: Quispe . .(13-16-17 mayo) Exp. 2015-4819-35 (Imputado) PEDRO PABLO UCAÑAY VELARDE, delito Violencia y resistencia a la autoridad, agraviado, NOTIFICACION, Visto el requerimiento de acusación formulado por el fiscal del sexto despacho de investigación NOTIFIQUESE: a los sujetos procesales por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del Art. 350° del NCPP. ; Secretario: Ramírez . .(1316-17 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2200-7 SENTENCIADO MILTON GUTIERREZ MESTAS, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MILUSKA REQUENA ORTIZ, DILIGENCIA 08-06-2016, 11:00, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Figueroa. .(13-16-17 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-2602-0 (Imputado) EDUARDO JAIME MIRAMIRA CUEVA, delito PELIGRO COMUN, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 19-05-2016, 14:40, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Arones. .(13-16-17 mayo) Exp. 2016-2532-0 (Imputado) MAURICIO ADOLFO GALLEJOS LAJO, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MAURICIO ABEL GALLEGOS QUISPE Y OTRA, DILIGENCIA 19-05-2016, 14:50 PM, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Arones. .(13-16-17 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2010-4153-69 (sentenciado) JULIO CHACHAQUI CALISAYA, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado la Sociedad, DILIGENCIA 21-06-2016, 08:30 HRS, Sala de Audiencia del Juzgado, REALIZARSE LA AUDIENCIA DE EJECUCION DE SENTENCIA SIN SU PRESENCIA REPRESENTADO POR ABOGADO Y REVOCARSE PENA SUSPENDIDA; Secretario: Cjuno . .(13-16-17 mayo) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 1994-179-0 JAVIER HONORIO MEZA CHÁVEZ, delito PECULADO, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya. .(13-16-17 mayo) Exp. 2008-169-0 ROJAS LA ROSA GUILLERMO, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INICIALES R.D.C.L., NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . .(13-16-17 mayo) Exp. 2007-5004-0 QUISPE LLAMOCA ELEAZAR JOSE, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INICIALES E.R.Q.R., NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . .(13-16-17 mayo) Exp. 2008-200-0 SARKCA ALVAREZ MAURO, delito

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VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INICIALES J.M.H., NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya. .(13-16-17 mayo) Exp. 2008-112-0 RAMOS CORDOVA FAUSTINO, delito ROBO AGRAVADO, agraviado HUGO CCANSAYA TORRES., NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . .(13-16-17 mayo) Exp. 2008-44-0 HUAMAN SAUME OSCAR, delito TRAFICO ILICITO DE DROGAS, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . .(1316-17 mayo) Exp. 2007-208-0 AGUIRRE LEVANO VICTOR FELIPE, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INICIALES Z.R.CH.I., NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . .(13-16-17 mayo) Exp. 2004-53-0 MARIO MAGDALENO ALCASIHUINCHA LAYME, delito PECULADO, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION, RES.39(AT.235)LA MISMA QUE DISPONE REPROGRAMAR EL INICIO DEL JUICIO ORAL PARA EL DÍA 27-05-16 A LAS 10:00 EN EL LOCAL DE LA SALA MIXTA DE CAMANÁ, BAJO APERCIBIMIENTO DE VARIAR SU CONDICIÓN JURÍDICA DE COMPARECENCIA CON RESTRICCIONES POR LA DETENCIÓN; Secretario: Chuctaya . .(1316-17 mayo) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2015-192-10 DARIO PEÑA URACCAHUA, delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado Menor de iníciales M.L.P.C., DILIGENCIA 09-08-2016, 16.30 hrs., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Briceño. .(13-16-17 mayo) EL TERER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-1253-22 (Imputado) MATEO CESAR MIRANDA CONDORI, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR , agraviado LUIS ANTONIO MIRANDA ALVIS , DILIGENCIA 13-06-2016, 15:30, Sala 6, DECLARSE CONTUMAZ Y GIRARSE ORDEN DE CAPTURA EN CASO DE INSISTENCIA ; Secretario: Monge. .(13-16-17 mayo) 4° Juzgado Civil EXPEDIENTE: : 03640-2006-0-040 l-JR-CI-04, MATERIA: : IMPUGNACION DE RESOLUCION, JUEZ: : QUISPE APAZA JUSTO ANDRES, , ESPECIALISTA : : MONTAÑEZ LUDEÑA CARLOS ALBERTO, DEMANDADO: OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL, DEMANDANTE : LLERENA MEDINA, LUCIANO PAULINO. Resolución Nro. 25 Arequipa, dos mil dieciséis Abril, once.- Proveyéndose en la fecha los escritos que anteceden, debido a la excesiva carga procesal que soporta este juzgado y al haber culminado el periodo vacacional; A LOS ESCRITOS N° 781-2016 Y N° 8297-2016: Por recibido los Oficios remitidos por la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa y por el Registro Nacional de Identificación y estado Civil, a conocimiento de la parte demandada. Y conforme al estado del proceso se procede a emitir la presente resolución; VISTOS; Y, CONSIDERANDO: PRIMERO: El artículo 320° del Código Procesal Civil, Artículo 108.- Por la sucesión procesal un sujeto ocupa el lugar de otro en un proceso, al reemplazarlo como titular activo o pasivo del derecho discutido. Se presenta la sucesión procesal cuando: 1. Fallecida una persona que sea parte en el proceso, es reemplazada por su sucesor, salvo disposición legal en contrario (...) En los casos de los incisos 1. y 2., la falta de comparecencia de los sucesores, determina que continúe el proceso con un curador procesal. Será nula la actividad procesal que se realice después que una de las partes perdió la capacidad o titularidad del derecho discutido, siempre que dicho acto le pueda haber generado indefensión. Si transcurridos treinta días no comparece el sucesor al proceso, el Juez debe designar a un curador procesal, de oficio o a pedido de parte.”. SEGUNDO: En el caso de autos, el demandante Luciano Paulino Llerena Medina, ha fallecido el día veinticinco de enero del dos mil catorce, tal como se corrobora con el acta de defunción que se ha adjuntado al oficio remitido por RENIEC, y no habiendo inscrito sucesión intestado ni testamento, corresponde notificarse mediante edictos a los posibles sucesores para que el plazo máximo de treinta días se apersonen al proceso bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal conforme a lo dispuesto en la norma antes señalada, debiendo de efectuarse la publicación de los edictos de la presente resolución, en mérito a lo dispuesto por el artículo 165° del mismo cuerpo legal, pre-

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cisándose que la Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Arequipa debe de gestionar y realizar dicha publicación en atención a la naturaleza del presente proceso y que la parte demandada es la Oficina de Normalización Previsional. Fundamentos por los cuales SE RESUELVE: 1) ordenar que se notifique mediante edictos a los posibles sucesores de Luciano Paulino Llerena Medina para que en el plazo de treinta días, se apersone al proceso, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal y continuarse el séquito del proceso. 2) DISPONER que la Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, efectué la publicación de los edictos en la forma y plazo establecidos en los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil, para lo cual cúrsese el oficio correspondiente. Tómese Razón y Hágase Saber. (13-16-17 mayo) 9 Juzgado Civil EXPEDIENTE: 05427-2015-0-0401 -JR-CI-02 , MATERIA: QUIEBRA, JUEZ: PINEDA GAMARRA EDGARD, ESPECIALISTA: GOMEZ CAMPOS EWART JOHANN, DEMANDADO COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL DE INDECOPI AREQUIPA DEMANDANTE: PROYECTOS Y NEGOCIOS SAC.- RESOLUCION NÚMERO 2 Arequipa, dos mil dieciséis. Abril, cuatro. Proveyéndose en la fecha debido a la excesiva carga procesal que soporta el Juzgado y al término de las vacaciones judiciales: AL ESCRITO 6807-2016: VISTOS: La demanda y la subsanación realizada y CONSIDERANDO: Primero - El artículo Primero del Título Preliminar del Código Procesal Civil consagra el derecho de toda persona para acceder a la tutela jurisdiccional efectiva para el ejercicio o defensa de sus derechos o intereses, derecho que es de configuración legal, esto es que su ejercicio se encuentra regulado Ley. Segundo.- En cumplimiento de ello, se tiene que la solicitud presentada reúne los requisitos previstos por el artículo 424°, se han adjuntado los documentos pertinentes señalados en el 425°del Cód ¡go Procesal Civil, y no se encuentra incursa dentro de las causales generales de inadmisibilidad e improcedencia contenidos en los artículos 426°y 427°del mismo Código, advirtiéndose que en ella concurren los presupuestos procesales y las condiciones de la acción. Tercero.- De la solicitud presentada al amparo de glos artículos 889 y siguientes de la Ley 27809 Ley General del Sistema Concursal, se verifica que la solicitante PROYECTOS Y NEGOCIOS S.A.C, entidad liquidadora de la Sociedad Conyugal conformada por Teófilo Espinoza Pérez y Leonor Turpo de Espinoza, pretende que se declare la quiebra de esta sociedad conyugal. Cuarto.- De la documentación adjuntada se advierte que se han cumplido los requisitos correspondientes teniendo en cuenta el balance final acompañado, por lo que estando a lo señalado por el artículo 99.2°de la Ley General Concursal, debe declarase la quiebra solicitada, la extinción de su patrimonio y la ¡ncobrabilidad de sus deudas. Por lo que, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud de declaración de quiebra de la Sociedad Conyugal conformada por Teófilo Espinoza Pérez y Leonor Turpo de Espinoza, presentada por su entidad Liquidadora PROYECTOS Y NEGOCIOS S.A.C, en consecuencia se DECLARA la QUIEBRA de la Sociedad Conyugal conformada por Teófilo Espinoza Pérez y Leonor Turpo de Espinoza; La EXTINCIÓN de su patrimonio y la ¡ncobrabilidad de sus deudas; DISPONGO que se PUBLIQUE la presente Resolución por el término de dos días consecutivos en el diario oficial El Peruano; OFICIESE a la Administración de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, a fin de poner la presente Resolución en conocimiento de los Jueces. ORDENO que una vez consentida o ejecutoriada la presente resolución, se inscriba la extinción del patrimonio del deudor y se expidan los certificados de ¡ncobrabilidad. Tómese razón y hágase saber. (13-16-17 MAYO) Proceso número 2015-7042-JPU Juzgado Penal Unipersonal de Islay-Mollendo Especialista Judicial: «AREN MARYBETH FARFÁN DELGADO SE CITA Y SE EMPLAZA, al acusado PAUL HUERTAS HUERTAS, con el fin de que se apersone al local del Juzgado Penal Unipersonal, sito en Plaza Grau 240 - Moliendo, el día SEIS DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A LAS NUEVE HORAS para la diligencia de Juicio Oral, bajo apercibimiento de ser declarados reos ausentes o contumaces en caso de inconcurrencia, ello en el proceso N° 20157042-JPU, que por el presunto delito de Omisión a la Asistencia Familiar se sigue en su contra, en agravio de Camila Eyleen Huertas Aguirre . (1316-17 MAYO) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado – Arequipa EXPEDIENTE: 05599-2014-73-0401-JR-PE-01 JUEZ: EDDY LEVA CASCAMAYTA SECRETARIO: JUAN D. LUQUE RECHARTE Se cita, emplaza y llama a EDGAR CHOQUE JARA y BENITO HILARION CONDORIMAY HUAYHUA para que se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN que se llevará a

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

cabo el día 19 de mayo del 2016, a horas 12:30 meridiano, en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 - Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Proceso N° 05599-2014-73 seguido en contra de EDGAR CHOQUE JARA por delito de Usurpación Agravada en agravio de BENITO HILARION CONDORIMAY HUAYHUA.- SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Arequipa, 06 de mayo del 2016.- (16-17-18 mayo) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado – Arequipa EXPEDIENTE : 02584-201568-0401 -JR-PE-01 JUEZ: EDDY LEVA CASCAMAYTA SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE Se cita, emplaza y llama a SEBASTIAN GILBERT GOMEZ AGUILAR para que absuelva el traslado de la acusación y se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN que se llevará a cabo el día 18 de mayo del 2016, a horas 09:30 de la mañana en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 - Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Proceso N° 02584-2015-68 seguido en contra de SEBASTIAN GILBERT GOMEZ AGUILAR por delito Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsedad Impropia de Documento Público en agravio del Estado representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Arequipa, 06 de mayo del 2016.- (1617-18 mayo) 1o Juzgado de Familia EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DENUNCIANTE DEMANDADO AGRAVIADO 06035-2016-0-0401 -JR-FC-01. VIOLENCIA FAMILIAR, ANYWSKA SOFIA GOMEZ FERNANDEZ, VALDEIGLESIAS CHAMBIZEA KARINA CUARTA FISCALIA PROVINCIAL DE FAMILIA , CHURA HUISA, ROGELIO, YANQUI YUCRA, LELIA La Señora Juez del Primer Juzgado Especializado de Familia, notifica a ROGELIO CHURA HUISA, LA RESOLUCIÓN NRO. 01-2016: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar interpuesta por el representante del Ministerio Público RENAN EDUARDO VALVERDE ORTIZ Fiscal Provincial de la Cuarta Fiscalía Provincial de Familia, por VIOLENCIA FAMILIAR en contra de ROGELIO CHURA HUISA y en agravio de LELIA YANQUI YUCRA, en la VÍA DE PROCESO ÚNICO, en consecuencia TRASLADO de la demanda por el plazo de cinco días al demandado bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal; por ofrecidos los medios probatorios y a sus antecedentes los anexos acompañados. CONFIRMA la resolución trescientos catorce -dos mil dieciséis, expedida por la Cuarta Fiscalía Provincial de Familia, por lo tanto, VIGENTES: las medidas de protección inmediatas en favor de la agraviada, consistentes en: Impedimento de acoso, prohibición de incurrir en nuevos hechos de violencia física y / psicológico a favor de la agraviada, medida que deberá cumplir estrictamente el demandado tanto en el domicilio de la víctima como en la vía pública. Al segundo otrosí: Conforme a lo dispuesto por el artículo 17 del reglamento de la Ley 26260, el artículo 297 TUO de la Ley orgánica del Poder Judicial, se concede a la agraviada el beneficio de gratuidad del proceso y se concede al demandado el plazo de tres días desde notificado con la presente para que concurra al local del Juzgado a fin de tomar conocimiento de la demanda y anexos y obtener copias simples de dichos documentos, identificándose con su documento de identidad con la finalidad que se le otorgue acceso al expediente. Al tercer otrosí: Téngase presente. Notifíquese al demandado mediante edictos. (16-17-18 mayo) El Décimo Juzgado de Paz Letrado del Cercado de Arequipa, que Despacha la Señora Jueza Doctora LOURDES CABRERA MOLINA, con intervención de la Especialista Legal Tatiana Chong Torreblanca, en el Expediente Nro. 1192-2009-0-0401-JPFC-01, seguido por ERIKA DEL ROSARIO CARPIO DEL CARPIO, en contra de LINO RENAN URQUIETA CASTRO, sobre ALIMENTOS, ha dispuesto se notifique por EDICTOS al demandado LINO RENAN URQUIETA CASTRO, el contenido de las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN NRO. 02: De fecha dos de noviembre del dos mil nueve: SE RESUELVE: 1) ADMITIR a trámite la demanda de COBRO DE ALIMENTOS que ha promovido ERIKA DEL ROSARIO CARPIO DEL CARPIO en representación de los menores alimentistas Luciana Francesca Urquieta Carpió y Ana Flavia Amelia Urquieta Carpió en contra de LINO RENAN URQUIETA CASTRO, debiéndose tramitarse en la vía procedimental del PROCESO UNICO, por ofrecidos los medios probatorios propuestos, a sus antecedentes los anexos adjuntos. 2) CORRASE TRASLADO de la demanda y sus anexos al demandado, para que conteste dentro el plazo de cinco días siguientes de notificado, bajo apercibnimiento

de seguirse el proceso en su rebeldía. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER. RESOLUCIÓN NRO. 13: De fecha 25 de abril del 2016: SE RESUELVE: NOTIFICAR POR EDICTOS, al demandado Lino Renán Urquieta Castro, con el contenido de la resolución número dos que admite a trámite la demanda incoada, debiendo éste apersonarse al proceso, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL. Efectúese las publicaciones de los edictos, conforme a las formalidades establecidas en los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil. Concediendo el plazo de quince días al demandado para la absolución del traslado con la resolución referida- Tómese razón y hágase saber. AREQUIPA, 25 de abril del 2016. (16-17-18 mayo) QUE EN EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CAYLLOMA: JUEZ FLAVIO DIAZ MACHACA, ESPECIALISTA JUDICIAL CESAR MAMANI RIOS, SE HA ORDENADO LA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO EN EL EXPEDIENTE NRO. 00014-2013-1 -0405-JR-PE-01 SEGUIDO POR EL DELITO DE ACTOS CONTRA EL PUDOR EN AGRAVIO DE LA MENOR DE INICIALES VSQC AL IMPUTADO JAVIER FRANK IBARRA COAQUIRA POR EL TERMINO DE 10 DIAS PUEDA APERSONARSE AL PROCESO Y SE PONGA A DERECHO DE LA ACUSACION QUE TIENE EN SU CONTRA.. CHIVAY, 18 DE ABRL DEL 2016. (16-17-18 mayo) Ante el Juzgado de Paz Letrado de Hunter, que despacha la señorita Jueza Shelah North Galagarza Pérez, en el expediente número 00638-20160-041 l-JP-PE-01, especialista Luisa Hortensia Gutiérrez Rodríguez, seguido en agravio de Emilson David Valencia Caicedo, sobre Faltas Contra la Persona en la modalidad de Lesiones Dolosas, se ha dispuesto notificar a las personas de EMILSON DAVID VALENCIA CAICEDO, BRAYAN ALEJANDRO QUINTERO ANDRADE y PEDRO JABIER ROCHA GIRALDO con la Resolución uno, cuyo contenido es el siguiente: “SE CITA A JUICIO a las partes inculpada y agraviada para el día SIETE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A LAS DOCE HORAS en el local del Primer Juzgado de Paz Letrado de Hunter; en los seguidos en contra de BRAYAN ALEJANDRO QUINTERO ANDRADE y PEDRO JABIER ROCHA GIRALDO y en agravio de EMILSON DAVID VALENCIA CAICEDO, sobre faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas, previstas y sancionadas en el artículo 441 del Código Penal; bajo apercibimiento de declararse el desistimiento tácito en caso de inasistencia del agraviado.” (16-17-18 mayo)

EN EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CHIVAY, A CARGO DE JUEZ DOCTOR FLAVIO DIAZ MACHACA Y ESPECIALISTA LEGA CESAR MAMANI RIOS, EN EL EXPEDIENTE PENAL NRO. 00013-2014-98-0405-JR-PE-01, SEGUIDO POR EL DELITO DE HOMICIDIO POR EMOCION VIOLENTA POR EL MINISTERIO PUBLICO EN CONTRA DE PAOLA LEONARDA CHUCTAYA CHACCA Y OTROS EN AGRAVIO DEL ESTADO SE HA ORDENADO LA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO PENAL A FIN DE QUE SE EMPLACE CON EL REQUERIMIENTO MIXTO A LOS IMPUTADOS NICACIO SUPO HUARACHA, SANTIAGO SUPO HUARACHA Y CELEDONIO SUPO HUARACHA, A FIN DE QUE SE APERSONEN Y SE PONGA A DERECHO POR EL TERMINO DE DIEZ DIAS. CHIVAY, 19 DE ABRIL DEL 2016. (16-17-18 mayo)

El Décimo Juzgado de Paz Letrado del Cercado de Arequipa, que Despacha la Señora Jueza Doctora LOURDES CABRERA MOLINA, con intervención de la Especialista Legal Tatiana Chong Torreblanca, en el Expediente Nro. 02852-2013-0-0401-JPFC-07, seguido por FELIPA MARLENY SOTO ESCALANTE, en contra de JULIO HUACHAUI HUACHAUI, sobre ALIMENTOS, ha dispuesto se notifique por EDICTOS al demandado JAVIER AMADOR CHIRINOS SARDI, el contenido de las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN NRO. 01: De fecha 17 de octubre del 2013: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO UNICO, la presente demanda de COBRO DE ALIMENTOS, presentada por FELIPA MARLENY SOTO ESCALANTE, en representación de la menor Jasmín Jenifer Achahui Soto, en contra de JULIO HUACHAUI HUACHAUI, y SE DISPONE: CONFERIR TRASLADO con la demanda a la parte demandada, por el plazo de CINCO DÍAS para su absolución, quien deberá acompañar a su contestación el anexo especial a que refiere el artículo 656 del Código Adjetivo glosado, sin cuyo requisito no se le admitirá; por ofrecidos los medios probatorios, a sus antecedentes los anexos acompañados. RESOLUCIÓN NRO. 04: De fecha 23 de marzo del 2016: SE RESUELVE: NOTIFICAR POR EDICTOS, al demandado JULIO HUACHAUI HUACHAUI, con el contenido de la resolución número uno que admite a trámite la demanda incoada, debiendo éste apersonarse al proceso, BAJO

Martes, 17 de mayo del 2016

APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL. Efectúese las publicaciones de los edictos, conforme a las formalidades establecidas en los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil. Concediendo el plazo de quince días al demandado para la absolución del traslado con la resolución referida- Tómese razón y hágase saber. AREQUIPA, 01 de abril del 2016. (16-17-18 mayo)

El Décimo Juzgado de Paz Letrado del Cercado de Arequipa, que Despacha la Señora Jueza Doctora Lourdes Cabrera Molina, con intervención de la Especialista Legal Tatiana Chong Torreblanca, en el Expediente Nro. 02492-2013-0-0401-JP-FA-07, seguido por ELIZABETH EULOGIA VERA ADRIAN, en contra de GIL AUGUSTO BORDA HUAMANI, sobre FILIACION JUDICIAL DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL Y ACUMULATIVAMENTE COBRO DE ALIMENTOS, ha dispuesto se notifique por EDICTOS al demandado GIL AUGUSTO BORDA HUAMANI, con el contenido de las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN NRO. 02: De fecha 21 de noviembre del 2013: SE RESUELVE: 1) DICTA MANDATO JUDICIAL DE DECLARACION DE PATERNIDADEXTRAMTRIMONIAL, interpuesta por ELIZABETH EULOGIA VERA ADRIAN a favor de la menor SOLAGNE MEDALY VERA ADRIAN, en contra de GIL AUGUSTO BORDA HUAMANI conforme al artiuclo dos de la Ley 28459, bajo apercibimiento de expedirse declaración judicial de paternidad , haciéndose efectivo lo dispuesto en el articulo 2 de la ley antes citada. 2) COMO PRETENSION ACCESORIA: EL PEDIDO DE ALIMENTOS a favor de la menor SOLAGNE MEDALY VERA ADRIAN, DEBIENDO cumplir el demandado con absolver en el plazo de diez días hábiles la PRETENSION DE ALIMENTOS formulada por la demandante. Se tiene por ofrecidos los medios probatorios que se indican, agregándose a sus antecedentes los anexos presentados. RESOLUCIÓN NRO. 04: De fecha 08 de abril del 2016: ... SE RESUELVE: NOTIFICAR POR EDICTOS, al demandado GIL AUGUSTO BORDA HUAMANI, con el contenido de la resolución número cero dos que admite a trámite la demanda incoada, debiendo éste apersonarse al proceso, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL. Efectúese las publicaciones de los edictos, conforme a las formalidades establecidas en los artículos 167° del Código Procesal Civil.- Tómese razón y hágase saber. AREQUIPA, 08 de abril del 2016. (16-17-18 mayo) EN EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CHIVAY, A CARGO DE JUEZ DOCTOR FLAVIO DIAZ MACHACA Y ESPECIALISTA LEGA CESAR MAMANI RIOS, EN EL EXPEDIENTE PENAL NRO. 04590-2015-0-0405-JR-PE-01, SEGUIDO POR EL DELITO DE HURTO AGRAVADO SEGUIDA POR EL MINISTERIO PUBLICO EN CECILIA CCOYO SICCOS Y OTRA EN AGRAVIO DE JOSE YBAÑEZ MENESES SE HA ORDENADO LA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO PENAL A FIN DE QUE SE EMPLACE CON EL REQUERIMIENTO DE ACUSACION LOS IMPUTADOS CECILIA CCOYO SICCOS Y ANDRES YLLA HUACCANQUI, A FIN DE QUE SE APERSONEN Y SE PONGA A DERECHO POR EL TERMINO DE DIEZ DIAS. CHIVAY, 19 DE ABRIL DEL 2016. (16-17-18 mayo) Ante el Juzgado de Paz Letrado de Acari, Sec. Carlos Benites Machuca, Expediente No 00062-2014 se ha dispuesto notificar por edictos estando a lo ordenado mediante Sentencia No. 27-2016 Acari, 26 de Febrero del 2016. FUNDADA la pretensión contenida en la demanda de fojas 11 y sgtes, sobre COBRO DE PENSION DE ALIMENTOS, interpuesta por doña RUFINA MACHACA COLCA, quien procede en representación de sus menores hijas Leydi Diana, Maña Lusbelia y Deysi Araceli Yanqui Machaca en contra de LEONARDO YANQUI YANQUI. Fdo. Doctora Marisol Mónica Ramos Pacsi. Juez (s) del Juzgado de Paz Letrado de Acari. Carlos Benites Machuca. Secretario Judicial. Acari, 25 de Abril, de 2016. (16-17-18 mayo) Proceso número 2013-155-JPU Juzgado Penal Unipersonal de Islay-Mollendo Especialista Judicial: KAREN MARYBETH FARFÁN DELGADO SE CITA Y SE EMPLAZA, a los acusados ARNALDO HECTOR ORTIZ RODRIGUEZ, LUZ ELIANA ORTIZ RODRIEGUEZ Y EDGAR ADALBERTO VILLAMAR TORRES, con el fin de que se apersone al local del Juzgado Penal Unipersonal, sito en Plaza Grau 240 - Moliendo, el día CUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS NUEVE HORAS para la diligencia de Juicio Oral, bajo apercibimiento de ser declarados reos ausentes o contumaces en caso de inconcurrencia, ello en el proceso N° 2013-155-JPU, que por el presunto delito Falsedad Genérica en agravio de Amelia Rodríguez Najar y otro. (16-1718 mayo)

SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que

se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: exp. 2006-1142-0 (Imputado) MARCO ANTONIO VARGAS PORTILLA y EDWIN MOISES HUARCAYA AQUINO, delito ROBO AGRAVADO, agraviado , NOTIFICACION, SE PONGAN A DERECHO ; Secretario: Ugarte. (16-17-18 mayo)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-3727-0 (Imputado) JOSE LUIS MEZA CHALCO, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ROSA JHENIFER MEZA SAMAYANI Y LUIS FERNANDO MEZA SAMAYANI REPRESENTADOS POR ROSA MARY SAMAYANI MENDOZA , DILIGENCIA 21-07-2016, 08:30 am , Sala 2, ; Secretario: Quispe . (16-17-18 mayo)

Exp. 2014-3780-66 (Imputado) Walter Hugo Romero Padilla. Se notifica al agraviado Nicolás Nicomedes Cama Huanqui, delito Falsedad Genérica, agraviado El Estado representado por el Procurador Público a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior a cargo de Policía Nacional del Perú y de Nicolás Nicomedes Cama Huanqui, NOTIFICACION, Resolución 01-2015 fecha 31-12-2015. Se notifica Nicolás Nicomedes Cama Huanqui por el plazo de 10 días hábiles con el requerimiento de acusación presentado por el Ministerio Público, ello para los efectos del artículo 350° del Código Procesal Penal; Secretario: Díaz. (16-17-18 mayo)

EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-4541-56 MAURO BENIGNO QUISPE QUISPE, HUGO DARIO ESCARZA MURGA, WENDY JANETH CALIZAYA CASTRO, ELOY NATALIO CHOQUE FLORES, RICARDO BENITO TOLA ARHUIRE, SATURNINO VELERIANO QUESOTA CCALACHUA, AMADO MAMANI JARA, FLORENTINO QUISPE CHACOLLA, ASOCIACIÓN DE CRIADORES DE VICUÑAS Y GUANACOS DE LA REGION AREQUIPA, delito FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, agraviado ASOCIACIÓN DE CRIADORES DE VICUÑAS Y GUANACOS DE LA REGION AREQUIPA Y OTROS, NOTIFICACION, Córrase traslado del requerimiento de Sobreseimiento a los sujetos procesales por el plazo de diez días hábiles, para los efectos de que pudieran hacer valer sus derechos de defensa conforme a ley ; Secretario: RETAMOSO . (1617-18 mayo) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-3105-2 (Imputado)JOSE ERNESTO CHAMBI MUÑOZ , delito FALSEDAD IDEOLOGICA, agraviado ASOCIACION CASA HUERTA DIVINO NIÑO JESUS REPRESENTADA POR VICTOR LUIS BARRIOS CARPIO, DILIGENCIA 26-05-2016, 10:00 am , Sala 4, ; Secretario: Quispe. (16-17-18 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-3453-0 (Agraviada) JENNIFER PATRICIA MAMANI COSSIO, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado JENNIFER PATRICIA MAMANI COSSIO, DILIGENCIA 16-05-2016, 8.30 HRS, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Díaz. (16-17-18 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-3387-17 (Imputado) JONATHAN EDUARDO HUARAHUARA MERMA, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado IGNACIA PACUALA GALDOS BENAVENTE, NOTIFICACION, RES. 01 SE CORRE TRASLADO DE LA RES. 01 CON EL REQUERIMIENITO ACUSATORIO DE LA 1FPPC DE MARIANO MLGAR POR EL PLAZO PERENTORIO DE DIEZ DIAZ, PARA LOS EFECTOS DEL ART. 350 NCPP; Secretario: Cossío . (16-17-18 mayo)

Exp. 3387-2015-17 (Imputado) JONATHAN EDUARDO HUARAHUARA MERMA, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES

Martes 17 de mayo del 2016

LEVES, agraviado IGNACIA PASCUALA GALDOS BENAVENTE, DILIGENCIA 15-06-2016, 09:30, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Cossío. (16-17-18 mayo)

LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 38-1994-0 DÁMASO SABINO CONDO ARREDONDO, delito PECULADO, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION , RES.33(AT.234) LA MISMA QUE DISPONE REPROGRAMAR EL INICIO DEL JUICIO ORAL PARA EL DÍA 27-05-16 A LAS NUEVE HORAS, EN SALA DE AUDIENCIAS DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE PUCCHÚN - CAMANÁ; Secretario: Chuctaya . (16-17-18 mayo)

Exp. 1996-17-0 EDMUNDO RICARDO MENDOZA LUPACA., delito PECULADO, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION, RES. 28 (AT. 236) LA MISMA QUE DISPONE PROGRAMAR LA REALIZACIÓN DEL NUEVO JUICIO ORAL, PARA EL DÍA 27-05-16 A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS EN EL SALON DE AUDIENCIAS DE LA SALA MIXTA DE CAMANÁ. ; Secretario: Chuctaya . (16-17-18 mayo) Exp. 2006-110-0 VALDEZ QUISPE FABIAN , delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INICIALES Y.M.P.M., NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . (16-17-18 mayo) Exp. 1995-44-0 JIMENEZ DIAZ VENTURO Y QUISPE DIAZ JUAN MATEO , delito ROBO AGRAVADO, agraviado EMILIO HUAMANÍ CAJA, NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . (16-17-18 mayo)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-208-11 (agraviado) EMPRESA MINERA PARAISO SAC y LIDIA CHAMBI MAMANI. nota publíquese por 10 días, delito ROBO AGRAVADO, agraviado LIDIA CHAMBI MAMANI, NOTIFICACION, r mixto se acusa por robo agravado a HEBERT TITO CHACON y BERNARDO PAREDES VARGAS por los hechos del 22/05/2015 a las 01.20 horas pena de ocho y 12 años y reparación s/. 500.00 para los agraviados y extinción de JAHIR CHIPANA CHOQUE por muerte. ; Secretario: Suarez . (16-17-18 mayo) EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-41-6 JULIO CESAR MEDINA CRUCES, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado PAMELA ALEXANDRA MEDINA HUACCHA., DILIGENCIA 07-07-2016, 08:00 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Briceño . (1617-18 mayo) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-1260-35 (Imputado) PRIETO MARTINEZ EDUARDO, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR , agraviado HILDHER AMIAR PRIETO CUNO, DILIGENCIA 16-05-2016, 08:30, Sala 6, DECLARARSE CONTUMAZ Y GIRARSE ORDEN DE CAPTURA EN CASO DE INASISTENCIA ; Secretario: Monge. (16-17-18 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-2210-0 (Imputado) MAURICIO GILBERTO PONCE NÚÑEZ, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado menores de edad representados por JANET MÓNICA MANRIQUE FLORES DE PONCE, NOTIFICACIO, Acta Audiencia de fecha 05-05-2016. Se reprograma audiencia de proceso inmediato solicitado por el Ministerio Público para el 14-06-2016 a las 08:00 horas. Se designa como su defensa técnica a la defensora pública Yssa Idalia Morán Vásquez; Secretario: Díaz. (1718-19 mayo) JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2012-2036-0 (Imputado) MARCELINO WASHINTON MOLER APARICIO, delito USO DE DOCUMENTO FALSO, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 01-07-2016, 8:00 A.M. , Sala 12, BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY; Secretario: CALDERON. (17-18-19 mayo)

formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-890-0 BASILIO CLARES CHURA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado NANCY RODRIGUEZ LIMACHE, DILIGENCIA 13-06-2016, 9:30 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, RESOLUCION N°03 BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ ; Secretario: LAURA. (17-18-19 mayo)

SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 1997-146-0 (Imputado) EFRAIN PUMA MAMANI y GREGORIO COLQUEHUANCA POMARI, delito ROBO AGRAVADO, agraviado, DILIGENCIA 15-06-2016, 09:30, Sala de Audiencia, ----; Secretario: Ugarte. (17-18-19 mayo)

Exp. 2016-2762-0 SIMON AFRAÑO GUTIERREZ SUTTA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado HORIEL PEDRO GUTIERREZ CHOQUEHUANCA, DILIGENCIA 09-06-2016, 10:00 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ; Secretario: LAURA. (17-18-19 mayo)

Exp. 2007-3810-0 (Imputado) WILBER PABLO TINTA AGUILAR, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado M.J.F., DILIGENCIA 1506-2016, 08:30, Sala de Audiencia, SE PONGA A DERECHO -------; Secretario: Ugarte. (17-18-19 mayo)

Exp. 2016-929-0 JAVIER ALEGRE MENDOZA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MARA ALEGRE CUNO, DILIGENCIA 09-06-2016, 10:30 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ O AUSENTE; Secretario: LAURA. (17-18-19 mayo)

EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-7030-0 (Imputado) IRMA DAMIANA RAMOS CHOQUEHUANCA, delito CONTRA EL PATRIMONIO APROPIACIÓN ILÍCITA, agraviado ASOC. DE PEQUEÑOS AGRICULTORES CASA GRANJA NUEVO AMANECER, DILIGENCIA 09-06-2016, 10:30, Sala 4, AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION; Secretario: Huerta. (17-18-19 mayo)

Exp. 2016-478-0 (Imputado) ALFREDO ANIBAL CATUNTA QUISPE (Agraviado) KATHERINE MILAGROS FLORES MAMANI y GERARDO ENRIQUE GUILLERNO USCA, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado, NOTIFICACION, Visto el requerimiento de acusación directa formulado por el fiscal de la segunda Fiscalía NOTIFIQUESE: a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del articulo 350° del NCPP; Secretario: Ramírez. (17-18-19 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-107-37 (Imputado) ANGEL RICARDO SUAQUITA SOTO, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ARNOLD SUAQUITA QUILLA, DILIGENCIA 30-05-2016, 11:30, Sala 1, REVOCATORIA DE LA PENA SUSPENDIDA IMPUESTA; Secretario: Gallegos. (17-18-19 mayo)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-340-35 (Imputado) ALDA MARIA MALCA RAMOS Y EDUARDO HIPÓLITO QUISPE RODIGUEZ, delito ESTA GENÉRICA, agraviado JESUS RODRIGUEZ CURI, DILIGENCIA 19-05-2016, 12:00, Sala de Audiencia del Juzgado, REALIZARSE LA AUDIENCIA SIN SU PRESENCIA; Secretario: Cjuno. (17-18-19 mayo) Exp. 2014-340-35 (Imputado) ALDA MARIA MALCA RAMOS Y EDUARDO HIPÓLITO QUISPE RODIGUEZ, delito ESTA GENÉRICA, agraviado JESUS RODRIGUEZ CURI, DILIGENCIA 19-05-2016, 12:00, Sala de Audiencia del Juzgado, REALIZARSE LA AUDIENCIA SIN SU PRESENCIA; Secretario: Cjuno. (17-18-19 mayo) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-3883-0 RAFAEL ÁNGEL CARRANZA ROJAS, delito omisión a la asistencia familiar, agraviado menor de iniciales MACP representado por LUZMARINA ANGELICA PINTO NINA, DILIGENCIA 12-07-2016, 08:00, Sala de Audiencia del Juzgado, se le corre traslado por el plazo de 10 días hábiles y se fija fecha de audiencia de control de acusación; Secretario: Ojeda. (17-18-19 mayo) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos

Exp. 2016-1710-0 JHON LUIS PORRAS GARCIA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado YUNSU SASSA PORRAS CATUNTA, DILIGENCIA 13-06-2016, 10:00 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ ; Secretario: LAURA. (17-18-19 mayo)

Exp. 2016-2753-0 LEONIDAS CASTILLO SONCCO, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado PATRICIA MANGO SUCASAIRE, DILIGENCIA 13-06-2016, 10:30 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ O AUSENTE Y GIRAR LAS ORDENES DE CAPTURA; Secretario: LAURA. (17-18-19 mayo) EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-4810-94 (Imputado) MARIO RAUL TORREBLANCA ALVAREZ, delito POSESION INDEBIDA DE CELULAR, agraviado INPE, DILIGENCIA 09-062016, 9:00, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Arce. (17-18-19 mayo) EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-22-98 MARCO ANTONIO ANTAYHUA VARGAS, delito ROBO AGRAVADO, agraviado MINERA JINZHAO MINING PERU S.A. , DILIGENCIA 14-07-2016, 09.30 horas, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Briceño. (17-18-19 mayo) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-30-0 demandado: ZEA RAMOS FELIX, delito violencia familiar, agraviado HUAYTA HUAYTA ELSA, NOTIFICACION: Nombrar como CURADOR PROCESAL del demandado al abogado German Quijano Huaman, quien procederá a ejercer el derecho de defensa del demandado, a quien se le notificar para que se apersone y acepte en el cargo. Debiendo además notificarse dicha designación por edictos; Secretario: Salunas. (17-18-19 mayo) Exp. 2015-124-0 DEMANDADO: CLEOVALDO EUSTAQUIO BARRIENTOS ANAMPA, delito VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado CRISTINA CIOLETA CARPIO FLORES, NOTIFICACION, RES 1ADMITIR a trámite la demanda de violencia familiar interpuesta por el representante del Ministerio Público en agravio de CRISTINA VIOLETA, CARPIO FLORES, en contra de CLEOVALDO, EUTAQUIO BARRIENTOS, TRASLADO POR 15 DIAS BAJO APERC CURADOR PROCES ; Secretario: Salunas. (17-18-19 mayo)

Exp. 2015-102-0 DEMANDADO: JUAN JOSE PINEDA ROJAS, delito VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado SILVIA TORIBIO TINUCO, NOTIFICACION, ADMITIR la demanda de violencia familiar Maltrato interpuesta por Ministerio Público en agravio de SILVIA, TORIBIO TINUCO, en contra de JUAN JOSE, PINEDA ROJAS, en VÍA DE PROCESO UNICO TRASLADO POR 15 DIAS BAJO APERC CURADOR PROCESAL ; Secretario: Salunas. (17-18-19 mayo) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2014-549870 FRANKLIN JOEL SALDAÑA ZAMORA , delito Posesión Indebida de Teléfonos Celulares en Establecimiento Penitenciario, agraviado INPE, DILIGENCIA 08/06/2016, 08:30, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Talavera. (17-18-19 mayo)

1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado – Arequipa EXPEDIENTE: 01053-2014-3-0401-JR-PE-01 JUEZ: EDDY LEVA CASCAMAYTA, SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Se cita, emplaza y llama a ANTONIO JUSTINO CENZANO ZAPATERO para que se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN que se llevará a cabo el día 26 de mayo del 2016, a horas 09:30 de la mañana en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 - Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Proceso N° 010532014-3 seguido en contra de ANTONIO JUSTINO CENZANO ZAPATERO por delito de Usurpación Agravada en agravio de Gloria Libertad Lucano Aranibar de Aylas. SECRETARIO JUAN D. LUÓUE RECHARTE.- (17-18-19 mayo) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado – Arequipa EXPEDIENTE: 02051-201512-0401 -JR-PE-01 JUEZ: EDDY LEVA CASCAMAYTA, SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Se cita, emplaza y llama al Representante de la Empresa CENCOSUD RETAIL PERU S.A. Hipermercado Metro S.A. para que absuelva el traslado de la acusación y se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN el día 26 de mayo del 2016, a horas 12:00 meridiano en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 - Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Proceso N° 02051-2015-12 seguido en contra de OLIVARES GAMERO MIGUEL ALEJANDRO por delito de Hurto Agravado en Grado de Tentativa en agravio de CENCOSUD RETAIL PERU S.A. Hipermercado Metro S.A. SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.- (17-18-19 mayo) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado – Arequipa EXPEDIENTE: 01680-2015-69-0401-JR-PE-01JUEZ: EDDY LEVA CASCAMAYTA. SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Se cita, emplaza y llama a MIDWARD ROMEL VALENCIA CACERES para que absuelva el traslado de la acusación y se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN el día 25 de mayo del 2016, a horas 09:30 de la mañana en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 - Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Proceso N° 016802015-69 seguido en contra de ALONSO OSCAR PEREZ CHA VEZ por delito de Hurto de Ganado y Recepción en agravio de Midward Romel Valencia Cáceres. SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.Arequipa, 06 de mayo del 2016.- (17-18-19 mayo) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado ArequipaEXPEDIENTE: 06326-2015-0-0401-JR-PE-01JUEZ : EDDY LEVA CASCAMAYTA. SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE Se cita, emplaza y llama a ISIDRO ARONI CCAMA para que absuelva el traslado de la acusación y se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN el día 25 de mayo del 2016, a horas 10:30 de la mañana en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 - Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Proceso N° 06326-2015-0 seguido en contra de ISIDRO ARONI CCAMA por delito de Lesiones Leves en agravio de Carlos Alberto

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Monroy Zavaleta. SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.-(17-18-19 mayo) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado Arequipa.- EXPEDIENTE : 04350-2015-73-0401-JR-PE-01 JUEZ: EDDY LEVA CASCAMAYTA, SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE. Se cita, emplaza y llama a LUZ MARINA WILCA MEDRANO para que absuelva el traslado de la acusación y se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN el día 25 de mayo del 2016, a horas 09:00 de la mañana en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 - Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Proceso N° 04350-2015-73 seguido en contra de LUZ MARINA WILCA MEDRANO por delito de Hurto Agravado en agravio de María Natividad Guzmán Medina y José Luis Fernández Puma. SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE. (17-18-19 mayo) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado – Arequipa EXPEDIENTE : 05730-2015-85-040l-JR-PE-01 JUEZ: EDDY LEVA CASCAMAYTA. SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Se cita, emplaza y llama a ANTHONY JONATHAN CHACCA FLORES y JAN JONANKAR GUTIERREZ TTAMINA para que absuelva el traslado de la acusación y se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN el día 25 de mayo del 2016, a horas 11:00 de la mañana en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 - Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Proceso N° 05730-2015-85 seguido en contra de ANTHONY JONATHAN CHACCA FLORES por delito de Robo Agravado en agravio de JAN JONANKAR GUTIERREZ TTAMIÑA. SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Arequipa, 06 de mayo del 2016.- (17-18-19 mayo) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado – Arequipa EXPEDIENTE : 06004-201493-0401 -JR-PE-01 JUEZ : EDDY LEVA CASCAMAYTA. SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Se cita, emplaza y llama a BENITES MORENO JUAN CARLOS DIDIER para que absuelva el traslado de la acusación y se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN el día 25 de mayo del 2016, a horas 12:30 meridiano en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 - Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Proceso N° 06004-2014-93 seguido en contra de SEMINARIO CAMACHO SANTIN ESAU y TESEN TERRONES CINTHIA DENNISSE por delito de Trata de Personas en agravio de Benites Moreno Juan Carlos Didier. SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.-Arequipa, 06 de mayo del 2016.(17-18-19 mayo) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado – Arequipa EXPEDIENTE: 06222-2015-0-0401-JR-PE-01JUEZ: EDDY LEVA CASCAMAYTA. SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Se cita, emplaza y llama a ZEBALLOS ZEBALLOS LAZARO para que absuelva el traslado de la acusación y se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN el día 26 de mayo del 2016, a horas 12:30 meridiano en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 - Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Proceso N° 06222-2015-0 seguido en contra de ZEBALLOS ZEBALLOS LAZARO por delito de Lesiones Leves en agravio de Herbert Camilo Rubina Alarcón. SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.-Arequipa, 06 de mayo del 2016.- (17-18-19 mayo)

1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado – Arequipa EXPEDIENTE : 01966-201568-0401 -JR-PE-01JUEZ: EDDY LEVA CASCAMAYTA, SECRETARIO: JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Se cita, emplaza y llama a MONTESINOS LAZARINOS BERNARDO OSCAR para que absuelva el traslado de la acusación y se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN el día 25 de mayo del 2016, a horas 08:30 de la mañana en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 - Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Ello en el proceso N° 019662015-68 seguido en contra de MONTESINOS LAZARINOS BERNARDO OSCAR por delito de Tenencia Ilegal de Material Peligroso en agravio de la Sociedad. SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Arequipa, 06 de mayo del 2016.- (17-18-19 mayo)

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Martes, 17 de mayo del 2016

CRONICAS JUDICIALES Martes, 17 de mayo del 2016

CRONICA JUDICIAL DE LA CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES 05 DE ENERO DE 2016 AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y ZÚÑIGA URDAY.

DECRETOS: Se expidieron un total de 4.

06 DE ENERO DE 2016 AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y ZÚÑIGA URDAY. AUTOS DE TRAMITE LL 01981-2013-47: DECLARA Inadmisible la impugnación interpuesta por la Parte Civil Rodolfo Rolando Carrillo Vargas.

apelación interpuesta en contra de la resolución número 01-2015 de fecha nueve de octubre de dos mil quince, que resolvió declarar improcedente la acción de habeas corpus interpuesta por José Belarmino Yucra Sucapuca; por tanto, consentida la resolución precedentemente pronunciada que corre en el folio sesenta y uno y siguientes. 2.- DISPONEMOS la devolución del presente proceso al Juzgado de origen. AL PRIMER OTROSI: Téngase presente el señalamiento de domicilio procesal. AV.3-2016 MB 6955-2015-0: 1) DECLARAMOS fundada la apelación planteada por Cleofe Graciela Gamero Troncoso, a favor de José Miguel Valencia Gamero. 2) REVOCAMOS la resolución de fecha catorce de diciembre del dos mil quince, que resolvió declarar improcedente la demanda de HABEAS CORPUS, interpuesta por Cleofe Graciela Gamero Troncoso, madre de José Miguel Valencia Gamero, en contra de los magistrados de la Primera Sala Penal de Apelaciones, así como del señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria y, en consecuencia; 3) ORDENAMOS cumpla el juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal, con admitir a trámite la demanda de habeas corpus, disponiendo las acciones correspondientes con arreglo a derecho y a ley. Y lo devolvemos.

DECRETOS: Se expidieron un total de 2. DECRETOS: Se expidieron un total de 1. 07 DE ENERO DE 2016

11 DE ENERO DE 2016

DESPACHO

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y ZÚÑIGA URDAY.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUISE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

AUTOS DE TRÁMITE

AUTOS DE TRÁMITE

MB 0412-2013-15: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo considerando de la presente resolución.

AD 01462-2014-1: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el SIETE DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el imputado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. AD 02746-2012-30: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el SIETE DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer consi-

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y ZÚÑIGA URDAY. AUTOS DE VISTA AV.1-2016 MB 7177-2015-92: 1. DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Francisco Emilio Manzanares Cruz. 2. CONFIRMAMOS la resolución número tres de fecha veintiuno de diciembre del dos mil quince, que resuelve declarar IMPROCEDENTE el pedido de Desalojo Preventivo y Ministración Provisional peticionado por Francisco Emilio Manzanares Cruz. Regístrese y Comuníquese. 3.- DISPONEMOS: La devolución del cuaderno al juzgado de origen. DECRETOS: Se expidieron un total de 0. 08 DE ENERO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y ZÚÑIGA URDAY. AUTOS DE VISTA AV.2-2016 LL 05427-2015-0: 1.- TENER POR DESISTIDO al demandante José Belarmino Yucra Sucapuca de la

derando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUISE DIAZ Y MENDOZA BANDA. AUTOS DE TRÁMITE

MB 04558-2013-40: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el CATORCE DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para los imputados recurridos de ser declarados contumaces en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. AD 01707-2014-79: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo considerando de la presente resolución. LL 0234-2014-41: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto LL 0189-2014-2: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el SIETE DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de

AD 0991-2015-0: DECLARA FUNDADA el examen del medio de prueba ofrecido y ADMITE como medio de prueba para actuación en esta instancia la Sentencia de Vista número 93-2015 resolución número 18-2015 de fecha diecinueve de octubre del dos mil quince, dictada en el expediente número 4673-2014-0-0401-JR-PE-02, en los seguidos en contra de como querellado Olga Melina Alejandro Oviedo y otro por delito de difamación, calumnia e injuria, y como querellante Nivian Rosario Zegarra Carpio, distada por la Segunda Sala Penal de Apelaciones. DECRETOS: Se expidieron un total de 7. 12 DE ENERO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUISE DIAZ Y MENDOZA BANDA. AUTOS DE TRAMITE

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUISE DIAZ Y MENDOZA BANDA. AUTOS DE VISTA AV.4-2016 AD 6779-2015-74: PRIMERO: DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa del imputado Alberto Hugo Ibárcena Cárdenas. SEGUNDO: REVOCAMOS la Resolución número cinco guión dos mil dieciséis de fecha seis de enero del dos mil dieciséis que declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva postulado por el Ministerio Público y dictó prisión preventiva en contra del imputado por el plazo de nueve meses, reformándola DECLARAMOS INFUNDADO por ahora, el requerimiento fiscal. DICTAMOS contra del procesado Alberto Hugo Ibárcena Cárdenas, las siguientes restricciones: a) No variar el domicilio real precisado en autos, ni ausentarse del departamento de Arequipa sin previa autorización judicial. b) Presentarse al local del juzgado a fin de justificar sus actividades el primer día hábil de cada mes, así como concurrir a todas las citaciones que efectúe la autoridad en los días que se le fije. c) Prohibición de comunicarse de manera directa o indirecta con la agraviada, excepto en las citaciones oficiales. TERCERO: DISPONEMOS: LA EXCARCELACIÓN del investigado salvo exista otro mandato dictado en su contra. CUARTO: DISPONEMOS la remisión de copias a la oficina de control interno del Ministerio Público a efecto se dilucide las posibles sanciones disciplinarias a los integrantes del Ministerio Público que no habrían cumplido adecuadamente con su rol, en un proceso tan delicado como es un acto contra el pudor de un menor de edad. Devolvemos los actuados al juzgado de origen.

AD 04954-2013-81: DECLARAMOS IMPROCEDENTE el ofrecimiento de medios de prueba presentado por la abogada de Dayana Bejarano Gómez.

DECRETOS: Se expidieron un total de 4.

LL 04954-2013-81: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el CATORCE DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

DESPACHO

MB 02563-2013-88: DECLARAMOS IMPROCEDENTE la nulidad planteada por la sentenciada Martha Isabel Huamani. 2) DISPONEMOS la devolución del presente proceso al Juzgado de origen. DECRETOS: Se expidieron un total de 1. 13 DE ENERO DE 2016

14 DE ENERO DE 2016

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUISE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

DECRETOS: Se expidieron un total de 3.

15 DE ENERO DE 2016 AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y ZUÑIGA URDAY. SENTENCIAS DE VISTA SV.1-2016 LL 1981-2013-47: 1.- DECLARARON, INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto y fundamentado por el representante del Ministerio Público, en contra de la Sentencia de fecha veinticinco de agosto del dos mil quince. 2.- CONFIRMARON la Sentencia N° 233-2015 de fecha veinticinco de agosto del dos mil quince, que FALLA: ABSOLVIENDO por DUDA a GILBERTO ROBERT CARRILLO VARGAS, de la comisión del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones Graves previsto y sancionado en el artículo 121°-B del Código Penal, concordante con el inciso 3 del artículo 121° del mismo cuerpo legal, en agravio de Rodolfo Rolando Carrillo Vargas; con lo demás que ella contiene.3.- ORDENARON que consentida sea la presente se devuelvan los autos al Juzgado de procedencia, para los fines pertinentes.

Martes 17 de mayo del 2016

Sin costas de la instancia.

de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto.

DECRETOS: Se expidieron un total de 5. SENTENCIAS DE VISTA 18 DE ENERO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE TRÁMITE LL 01052-2013-46: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. MB 01249-2013-13: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. MR 0400-2013-2: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto.

SV.2-2016 MR 5603-2015-0: 1. DECLARAMOS FUNDADA EN PARTE la apelación del abogado José Máx encalada Carpio en defensa de la sentenciada Esther Maribel Cuadros Turpo. 2. En consecuencia: REVOCAMOS la Sentencia S/N, de fecha veinticinco de noviembre de dos mil quince, corriente a fojas 117 y siguientes, que declaró INFUNDADA la acción de Hábeas Corpus interpuesta por Esther Maribel Cuadros Turpo en contra de la Directora del Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Socabaya y el Director de la Oficina Regional SurArequipa (INPE); REFORMÁNDOLA DECLARAMOS FUNDADA EN PARTE la demanda constitucional de Hábeas Corpus interpuesta por Esther Maribel Cuadros Turpo en contra la Directora del Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Socabaya y el Director de la Oficina Regional Sur-Arequipa (INPE), por tanto NULA la Resolución Directoral del Establecimiento Penitenciario de Mujeres Arequipa N° 009-2015-INPE/19-303-D y demás que sustenten y deriven de dicha resolución. 3. ORDENAMOS, que en el plazo más breve, y bajo responsabilidad funcional, la Administración Penitenciaria, esto es, la Directora del Establecimiento Penitenciario de Mujeres Arequipa, emita nueva resolución motivada y conforme a derecho, teniendo en consideración los fundamentos expuestos en la presente. 4. DECLARAMOS INFUNDADA la demanda interpuesta por la interna Esther Maribel Cuadros Turpo, sólo en cuanto a la pretensión de excarcelación por cumplimiento de pena por redención de trabajo y educación, hasta que la Administración Penitenciaria correspondiente emita la resolución sobre cumplimiento de pena. 5. MANDAMOS la devolución al juzgado de procedencia AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUISE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

DECRETOS: Se expidieron un total de 2. SENTENCIAS DE VISTA 19 DE ENERO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE VISTA AV.5-2016 MB 7314-2015-41: 1. DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público. 2. CONFIRMAR la resolución N° 02-2015, emitida en audiencia de prisión preventiva llevada a cabo el veintiocho de diciembre del dos mil quince, que declaró infundado el requerimiento de prisión preventiva formulado por el Ministerio Público en contra de Marco Eduardo Rosas Cutipa y Aldo Armando Rosas Galia. AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, ZUÑIGA URDAY Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE TRÁMITE MR 06563-2015-75: DECLARAMOS INFUNDADA El pedido del Ministerio Publico, de efectuar un control de admisibilidad del recurso incoado por la defensa de Ramiro Israel López Cruz. REGÍSTRESE esta decisión. DECRETOS: Se expidieron un total de 1. 20 DE ENERO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE TRÁMITE MR 03071-2013-66: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

SV.3-2016 MB 2385-2013-37: 1.- DECLARAMOS: INFUNDADA la apelación interpuesta por el sentenciado Walter Víctor Mamani Alejo. 2.- CONFIRMAMOS la Sentencia de fecha doce de agosto del dos mil quince, que declara a Walter Víctor Mamani Alejo autor del delito Contra la Indemnidad Sexual, en la modalidad de Actos Contra el Pudor de menor de 14 años, ilícito previsto en el artículo 176-A, inciso 3 del Código Penal, en concurso real con el delito de Violación Sexual de menor de edad, ilícito previsto en el primer párrafo del artículo 173, incisos 2, del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales C.M.CH.; imponiéndole la pena sumada de treinta y cinco años con el carácter de efectiva y fija como concepto de reparación civil la suma de dos mil quinientos nuevos soles. Con lo demás que contiene. SV.4-2016 AD 991-2015-0: 1. DECLARAMOS en aplicación al principio ne bis in idem el ARCHIVO del extremo penal en la presente causa seguida en contra de Juan Abdón Palo Rosas y Olga Melina Alejandro Oviedo, de los delitos de Injuria previsto en el artículo 130º del Código Penal, Calumnia, previsto en el artículo 131° del Código Penal y Difamación previsto en el segundo párrafo del artículo 132° del mismo código sustantivo, en concurso ideal y en agravio de Erol Ustün. 2. DECLARAMOS fundada en parte la apelación interpuesta por el querellado Erol Üstün a fojas 114 y siguientes.; en consecuencia, 3. DECLARAMOS NULA la sentencia de fecha doce de agosto de dos mil quince sólo en el extremo que declaró que no corresponde fijar reparación civil. 4. ORDENAMOS la REMISIÓN de los autos al Juzgado llamado por ley a efecto DISPONGA citar a audiencia especial donde se debata y decida la procedencia o no de reparación civil del presente caso. 5. SIN COSTAS de la instancia y los devolvemos. AUTOS DE VISTA AV.6-2016 MB 03098-2014-83: 1. DECLARAMOS FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del imputado Aysber Alcides Andia Ccahuana, únicamente en el extremo de disminuir el monto de la caución económica. 2. REVOCAMOS la resolución apelada número 102015 de fecha cinco de enero del dos mil dieciséis, sólo en el extremo que fija como caución la suma de trescientos mil nuevos soles; REFOR-

MÁNDOLA disponemos la prestación de una caución económica en la suma de cuarenta mil nuevos soles que se efectuará mediante depósito a la orden del juzgado de primera instancia; subsistiendo las demás restricciones impuestas por el juzgador de primera instancia. 3. ORDENAMOS: La devolución del cuaderno al Juzgado de procedencia. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y HERRERA GUZMAN.

AV.7-2016 HG 4349-2014-66:1.- DECLARARON INFUNDADA la apelación interpuesta por el representante del Ministerio Público. 2.- CONFIRMARON la resolución número cuatro-dos mil quince, de fecha nueve de julio del dos mil quince que DICTA AUTO DE SOBRESEIMIENTO a favor del investigado Pablo Solano Pérez por la presunta comisión del delito de Contaminación del Ambiente, previsto y penado en el primer párrafo del artículo 304° del Código Penal, en agravio del Pueblo Tradicional Veracruz del distrito de Cerro Colorado y del Estado, representado por el Procurador Público especializado en delitos ambientales del Ministerio del Ambiente. En consecuencia sobresee la causa a favor de Pablo Solano Pérez.3.- ORDENARON que consentida sea la presente se devuelvan los autos al Juzgado de procedencia, para los fines pertinentes. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AV.8-2016 LL 7318-2015-14: 1) DECLARAMOS: FUNDADO en parte el recurso de apelación formulado por el señor Fiscal Provincial contra la Resolución número 02-2015. 2) REVOCAMOS: la Resolución número 02-2015 del veintiocho de Diciembre del dos mil quince, solamente en el extremo relacionado con el plazo de la prisión preventiva dictada contra el imputado Julio César Cutipa Mamani. Reformándola, en este extremo, disponemos que el plazo de prisión preventiva dictada por el señor Juez de Investigación Preparatoria, será por el plazo de ocho meses. 3) ORDENAMOS: que, consentida la presente, se devuelvan los autos al Juzgado de procedencia para los fines pertinentes. DECRETOS: Se expidieron un total de 1. 21 DE ENERO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

AUTOS DE VISTA AV.9-2016 MR 07175-2015012-30: 1. DECLARAR INFUNDADA la apelación formulada por el representante del Ministerio Público, en contra de la resolución número resolución 01-2015 del quince de diciembre del dos mil quince que declaró improcedente el requerimiento de medida cautelar de anotación de proceso penal, propuesta por la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental. 2. CONFIRMAR la resolución 01-2015 del quince de diciembre del dos mil quince, que declaró improcedente el requerimiento de medida cautelar de anotación de proceso penal. 3. ORDENAMOS la devolución del cuaderno, a fin se dé cumplimiento a la presente.- 4. DISPONEMOS que el A quo tenga en consideración lo señalado en el acápite 4.3. de la presente.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, ZUÑIGA URDAY Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

AV.10-2016 MR 6563-2015-75: 1. DECLARAMOS FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del encausado Ramiro Israel López Cruz, en contra de la resolución N° 07 dictada en la audiencia de fecha treinta de diciembre de dos mil quince, corriente de fojas 130 y siguientes, únicamente en el extremo que declaró fundada la medida coercitiva de prisión preventiva en contra de Ramiro Israel López Cruz, por el plazo de nueve meses. En consecuencia; 2. REVOCAMOS la resolución N° 07, emitida en audiencia de prisión preventiva llevada a cabo el treinta de

diciembre de dos mil quince, sólo en el extremo referido al procesado Ramiro Israel López Cruz; y, REFORMÁNDOLA, se DECLARAMOS infundado el requerimiento fiscal de prisión preventiva solicitado en contra de Ramiro Israel López Cruz. 3. IMPONEMOS al imputado Ramiro Israel López Cruz, la medida de comparecencia con las siguientes restricciones: a) Obligación de no ausentarse de la localidad en la que reside; b) Deberá concurrir a todas y cada una de las diligencias y audiencias que convoque la autoridad policial, fiscal o judicial; c) No variará su domicilio real, señalado en la presente causa penal, salvo que lo haga conocer previamente al Juzgado. d) Deberá concurrir al juzgado cada quince días a fin de dar cuenta de sus actividades. f ) El procesado deberá cumplir con asistir a un centro de atención del Estado en el que se brinde tratamiento psicológico, a fin de establecer el tratamiento para el control de bebidas alcohólicas y drogas, pues conforme lo ha sostenido la defensa y el proceso procesado consume estas sustancias; así el psicólogo tratante deberá emitir un informe al juzgado de instancia, en un plazo no mayor de quince días de la puesta en libertad del procesado, sobre la frecuencia del tratamiento, el que deberá ser cumplido estrictamente por éste; y luego deberá informarse en forma mensual por el psicólogo tratante el avance o no, de dicho tratamiento. g) Se impone una caución económica de veinte mil nuevos soles, conforme lo expuesto en audiencia de apelación por el abogado del procesado, quien precisó la viabilidad de la imposición de esta regla de conducta y en el monto incluso de cien mil dólares, lo que habilita a la imposición de esta medida, dicha caución deberá ser abonada por el procesado, previo a su excarcelación y en el plazo de quince días. h) Además, se impone la medida de impedimento de salida del país, debiendo cursarse los oficios correspondientes por el juzgado de instancia. 4. ORDENAMOS la INMEDIATA EXCARCELACIÓN de Ramiro Israel López Cruz, una vez sea depositado el monto de la caución establecida en el plazo establecido, y siempre y cuando no medie en su contra otro mandato de prisión preventiva dictado en su contra por autoridad competente. 5. DISPONEMOS la devolución del cuaderno al Juzgado de procedencia. DECRETOS: Se expidieron un total de 1. 22 DE ENERO DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE TRÁMITE MR 01707-2014-79: PRIMERO: DECLARAR INADMISIBLE el medio de prueba ofrecido por el imputado Edgar Fredy Yufra Cruz, por los argumentos expuestos en el tercer considerando de la presente resolución. SEGUNDO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTIUNO DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número once (primer piso- antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. TERCERO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. LL 0412-2013-15: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el CATORCE DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los

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señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. AUTOS DE VISTA AV.11-2016 MR 07407-2015-0: 1. DECLARAMOS INFUNDADA la apelación interpuesta por el abogado Ernesto Soria Huaracha a favor del ciudadano Oscar Rolando Baswaldo Tesillo. 2. CONFIRMAMOS la Resolución N° 02, de fecha de fecha treinta y uno de diciembre dos mil quince, que declaró IMPROCEDENTE la demanda de Habeas Corpus interpuesta por Oscar Rolando Baswaldo Tesillo, dirigida en contra del señor Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, Roger Pari Tabeada 3. ORDENAMOS que consentida sea la presente, se devuelva al juzgado de procedencia. DECRETOS: Se expidieron un total de 2. 25 DE ENERO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ AUTO DE VISTA AV.12-2016 LL 07241-2015-0: 1. DECLARARON INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Tomas Roque Calliapaza Pampa, en contra de la resolución de fecha veintitrés de diciembre del dos mil quince. 2. CONFIRMARON la resolución de fecha veintitrés de diciembre del dos mil quince, que resuelve declarar IMPROCEDENTE la demanda de Habeas Corpus interpuesta por Tomas Roque Calliapaza Pampa, en contra de los magistrados Bejar Pereyra, Yucra Quispe y Zevallos Zevallos en su momento integrantes de la Sala Penal Liquidadora Transitoria.3.ORDENARON que se devuelvan los actuados al Juzgado de origen para los fines de ley. DECRETOS: Se expidieron un total de 3. 26 DE ENERO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ

DECRETOS: Se expidieron un total de 0. 27 DE ENERO DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ

DECRETOS: Se expidieron un total de 2. 28 DE ENERO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ DECRETOS: Se expidieron un total de 0. 29 DE ENERO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

bunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención. DECRETOS: Se expidieron un total de 0.

YENY MAGALLANES RODRIGUEZ JUEZ SUPERIOR CRISLEY HERRERA CLAURE COORDINADORA DE CAUSAS CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES

CRONICA JUDICIAL CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES 02 DE MARZO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

MR 02385-2013-37:1. ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN, interpuesto por el sentenciado Walter Víctor Mamani Alejo, contra la sentencia de vista de fecha veinte enero de dos mil dieciséis; debiendo elevarse el presente proceso a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma de estilo y dentro del plazo legal. 2. DISPONER se notifique a todas las partes emplazándolas para que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte Suprema y fijen nuevo domicilio procesal, en esta instancia, dentro del décimo día siguiente al de la notificación; asimismo, remítase copia certificada de la sentencia de vista, del escrito de casación y de la presente resolución para que sean anexados al cuaderno de ejecución. MB 02746-2012-30:DECLARAR FUNDADA la inhibición de la señora Jueza Superior Carmen Encarnación Lajo Lazo; en CONSECUENCIA conformar el Colegiado con el Juez Superior expedito de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de turno en la fecha, señor Juez Superior Orlando Abril Paredes.

DECRETOS: Se expidieron un total de 0. 03 DE MARZO DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

DECRETOS: Se expidieron un total de 2. 04 DE MARZO DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE VISTA

MB 05603-2015-0: 1) CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por el Procurador Público de Asuntos Penitenciarios del INPE, contra la sentencia de vista de fecha veinte de enero de dos mil dieciséis (folio ciento setenta y seis y siguientes). 2) DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención. AUTOS DE VISTA A.V 15-2016 MR 06026-2015-88: 1.- NULO el concesorio contenido en la resolución Nro. 12, dictada en audiencia de fecha dieciséis de dos mil dieciséis, y proveyendo en sede de instancia el recurso de apelación presentado, 2.- IMPROCEDENTE el recurso de apelación presentado por la representante del Ministerio Público, en contra de la resolución Nro. 11, dictada en audiencia de fecha dieciséis de febrero de dos mil dieciséis.

01249-2013-13: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo considerando de la presente resolución. LL 1052-2013-46: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo considerando de la presente resolución. MR 0234-2014-41: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo considerando de la presente resolución. MB 03071-2013-66: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo considerando de la presente resolución. MB 2102-2015-14: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. LL 0400-2013-2: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo considerando de la presente resolución.

DECRETOS: Se expidieron un total de 2. 11 DE MARZO DE 2016

Martes, 17 de mayo del 2016

partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. Debiendo el señor abogado señalar casilla electrónica. MB 02301-2013-11: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE VISTA A.V 17-2016 MB 0412-2013-15: 1. TENER POR DESISTIDO de la apelación interpuesta por el señor David Sanchez Quispe a través de su defensa en contra de la sentencia que lo declaró autor del delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto Agravado, previsto en el artículo 185°, concordado con las circunstancias agravantes del artículo 186°, incisos 2°, 3°, y 6° del Código Penal, en agravio del Estado a través del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) representado por la Procuraduría Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, imponiéndole la pena de tres años de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por el plazo de dos años, bajo cumplimiento de reglas de conducta; en consecuencia; 2. DECLARAMOS FIRME la presente sentencia. DECRETOS: Se expidieron un total de 0. 15 DE MARZO DE 2016

la defensa técnica a fojas 120 y siguientes. 2. CONFIRMAMOS la resolución N° 02-2016 dictada en la audiencia de fecha veintinueve de febrero de dos mil dieciséis, corriente de fojas 103 y siguientes, en el extremo que declaró fundada la medida coercitiva de prisión preventiva en contra de Manuel Kurt Cremer Escajadillo, por el plazo de siete meses. 3. DISPONEMOS la devolución del cuaderno al Juzgado de procedencia.

DECRETOS: Se expidieron un total de 1. 17 DE MARZO DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE VISTA A.V 19-2016 MR 04954-2013-81: 1. Declarar NULAS (i) la Audiencia de Apelación llevada a cabo el pasado 14 de marzo, (ii) el Acta que la contiene y (iii) el señalamiento de Audiencia de Lectura de Sentencia que hiciera la Sala en la referida Audiencia; 2. Declarar INADMISIBLE el recurso impugnatorio propuesto por la representación procesal de Lelia Tarcila Ale de Carrasco, que obra a folios 72 y siguientes; 3. Declarar FIRME el extremo civil de la resolución objeto de alzada; y, 4. Disponer la devolución de los actuados al juzgado de origen, para fines de ejecución. DECRETOS: Se expidieron un total de 1. 18 DE MARZO DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

DESPACHO AUTOS DE TRÁMITE

A.V 13-2016 MR 0888-2016-0: 1. DECLARAR INFUNDADA la apelación interpuesta por Jorge Burgos Coaquira a favor de Leocadio Rubén Cutipa Chicaña. 2. En consecuencia, CONFIRMAR la Resolución N° 01, de fecha cuatro de febrero de dos mil dieciséis, corriente a fojas 21 y siguientes, que declaró improcedente la demanda de Habeas Corpus, incoada por Leocadio Rubén Cutipa Chicaña en contra del doctor Edwin Agapo Cupi Condori, Juez del Juzgado Mixto de Chivay, contra del doctor Flavio Díaz Machaca, Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Chivay, y asimismo, en contra del Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial. 3. ORDENAMOS que consentida sea la presente, se devuelva al juzgado de procedencia

DECRETOS: Se expidieron un total de 1. 08 DE MARZO DE 2016

AUTOS DE VISTA AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE VISTA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

A.V 14-2016 MR 024-2012-5: 1. DECLARAR INFUNDADA la apelación formulada por el abogado defensor del sentenciado Pedro Mamani Apaza en contra de la resolución N° 18-2015 de fecha 19 de octubre del mismo año; en consecuencia, 2. CONFIRMAMOS la resolución N° 18-2015 que concede el plazo de 10 días hábiles al sentenciado Pedro Mamani Apaza para que cumpla con abonar al suma de S/2.200,00 nuevos soles restantes por concepto de reparación civil a favor de la sucesión del agraviado Rene Quicara Riquelme bajo apercibimiento de revocársele la suspensión de la ejecución de la pena.

AUTOS DE TRAMITE

DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

DECRETOS: Se expidieron un total de 3. 07 DE MARZO DE 2016

DESPACHO

MR 0343-2015-61: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. LL 0709-2016-0:1) CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por el demandante Luigi Calzolaio, contra la resolución de vista de fecha veintitrés de febrero de dos mil dieciséis (folio setenta y siete y siguientes), que confirma la resolución número 02-2016, de fecha veintiséis de enero de dos mil dieciséis, que declara improcedente liminarmente la demanda de hábeas corpus interpuesta por Luigi Calzolaio. 2) DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tri-

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

09 DE MARZO DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

A.V 16-2016 LL 01007-2016-38: 1. DECLARARON NULA la resolución número diez-dos mil dieciséis de fecha veinticinco de febrero del dos mil dieciséis -de fojas doscientos setenta y tres- y su respectiva notificación, en el extremo que convoca y cita a la audiencia de prisión preventiva al imputado Ivan Andre Chilet Bartolo; y la resolución número once dictada en audiencia contenida en el Acta de registro de audiencia de prisión preventiva, de fecha veinticinco de febrero del dos mil dieciséis –de fojas doscientos noventa y dos-.2. DECLARARON NULA la resolución número trece – dos mil dieciséis, de fecha veinticinco de febrero del dos mil dieciséis, expedida por el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Arequipa, en el extremo que resolvió: 1. AMPARAR LA MEDIDA COERCITIVA SOLICITADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN LO QUE CONCIERNE AL INVESTIGADO IVAN ANDRE CHILET BARTOLO, dictando dicha medida por el plazo de NUEVE MESES que computados desde la fecha de su intervención el día 04 de febrero del año 2016 vencerá el tres de noviembre del año 2016, debiendo cursarse el oficio correspondiente al Establecimiento Penal de Varones. Dejándose SUBSISTENTE en lo demás que contiene respecto de los procesados Walter Mariano Rodríguez Acosta y Erwin Alberto Urbina Franco.3. DISPUSIERON que se devuelvan los autos al Juzgado de origen para los fines consiguientes. DECRETOS: Se expidieron un total de 0.

DECRETOS: Se expidieron un total de 2.

14 DE MARZO DE 2016

10 DE MARZO DE 2016 DESPACHO DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE TRÁMITE LL

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE TRÁMITE MB 03889-2014-84: A) CORRER traslado a la demás

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. SENTENCIAS DE VISTA S.V 5-2016 MB 01462-2014-1: 1.- DECLARAMOS INFUNDADA la apelación interpuesta por la representante del Ministerio Público. 2.- CONFIRMAMOS la sentencia de fecha catorce de octubre del año dos mil quince, que declaro a HERLIN ISMAEL BERNAL VELÁSQUEZ, absuelto del delito Contra la Seguridad Pública, en la modalidad de conducción de vehículo en estado de ebriedad, ilícito previsto y sancionado en el artículo 274°, primer párrafo, del Código Penal, en agravio de la Sociedad, representada por el Ministerio Público. Con lo demás que contiene. SIN COSTAS en esta instancia.

MB 5690-2014-41: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. MB 0930-2014-25: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto.

DECRETOS: Se expidieron un total de 0. DECRETOS: Se expidieron un total de 1. 16 DE MARZO DE 2016 21 DE MARZO DE 2016 DESPACHO DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

AUTOS DE TRÁMITE AUTOS DE TRÁMITE MB 04228-2015-94:1.- DECLARAMOS IMPROCEDENTE el recurso de casación interpuesto por Catalina Suaña Machaca contra el auto de vista número veintinueve- dos mil dieciséis de fecha diecinueve de febrero de dos mil dieciséis. 2.- DISPONEMOS la devolución del presente proceso al Juzgado de origen.

AUTOS DE VISTA A.V 18-2016 MR 01556-2016-9: 1. DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por

LL 0133-2011-3: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. Debiendo los señores abogados señalar domicilio procesal en esta sede, así como casilla electrónica. DECRETOS: Se expidieron un total de 0. 22 DE MARZO DE 2016

Martes 17 de mayo del 2016

DESPACHO

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

AUTOS DE VISTA

AUTOS DE TRÁMITE

A.V 20-2016 MR 05956-2014-21: 1. DECLARAR INFUNDADA la apelación formulada por la Procuraduría de la Municipalidad Provincial de Arequipa,, en consecuencia CONFIRMAMOS la resolución No. 05-2015 de fecha treinta de diciembre del año dos mil dieciséis, que declaró FUNDADO EL SOBRESEIMIENTO del proceso seguido contra Zunilda Quispesivana Mamani, por el delito de desobediencia y resistencia a la autoridad, previsto en el primer párrafo del artículo 368° del Código Penal. Con lo demás que contiene. 2. ORDENAMOS la devolución del cuaderno correspondiente al Juzgado para los fines pertinentes.

LL 0400-2013-2: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DIECIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

DECRETOS: Se expidieron un total de 0. 23 DE MARZO DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE TRÁMITE LL 0343-2015-61: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo considerando de la presente resolución. LL 01249-2013-13: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DIECIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. MR 1052-2013-46: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DIECIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el imputado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. DECRETOS: Se expidieron un total de 2. 28 DE MARZO DE 2016

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

MB 0234-2014-41: 1) ADMITIMOS como medios de prueba excepcional el cuaderno original de control de trabajadores del centro de labor del imputado (marca justus- color anaranjado) y las declaraciones testimoniales de Cipriano León Hancco, Joel Colque Salcedo y Haydee Ccasa Álvarez, debiendo citarse para tal efecto a los testigos a la audiencia de ley.2) DECLARAMOS INADMISIBLE los medios probatorios ofrecidos por la defensa del procesado consistente en declaraciones testimoniales que se señalan en el punto 3.2, 3.3. y 3.4 de la presente resolución. 3) CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTICINCO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. 4) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando sétimo, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. MB 6955-2015-0: a) LLAMAMOS para dirimir la causa al señor Juez Superior Fernán Fernández Ceballos, por ser el Juez Superior hábil de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de turno el presente mes. b) SEÑALAMOS para la vista de la causa el día CUATRO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón). c) MANDAMOS archivar los votos suscritos, debiendo notificarse con copia de los mismos a las partes procesales.

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. SENTENCIAS DE VISTA S.V 6-2016 MR 02746-2012-30: 1.DECLARAMOS FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del sentenciado Richard Arnaldo Arena-

zas Varga; en consecuencia, 2. REVOCAMOS la sentencia de fecha quince de octubre del año dos mil quince, sólo en el extremo que declaró a Richard Arnaldo Arenazas Vargas, autor del delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Uso de Documento Privado Falso, previsto en el segundo párrafo del artículo 427°del Código Penal, en agravio de Porfirio Eloy Coronado Mengoa, el Notario Público Gorky Oviedo Alarcón y del Ministerio Público, representado por su Procurador Público, y como a tal le impuso dos años y ocho meses de pena privativa de libertad, suspendida en su ejecución por el mismo plazo, bajo el cumplimiento de reglas de conducta; y lo condenó al pago de doscientos cuarenta y un días multa y REFORMÁNDOLA lo ABSOLVEMOS de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, por lo que disponemos el ARCHIVO DEFINITIVO de la presente, con la cancelación de los antecedentes que se hubieren generado con ocasión de este procesamiento. 3. ORDENAMOS la devolución delos antecedentes al juzgado de procedencia.

DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

DECRETOS: Se expidieron un total de 0.

AUTOS DE VISTA

29 DE MARZO DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE TRÁMITE MR 03071-2013-1) DECLARAMOS INADMISIBLE el medio probatorio ofrecido por el actor civil – Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, conforme a lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución. 2) CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse acabo el VEINTICINCO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. 3) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando sétimo, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

31 DE MARZO DE 2016

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE TRÁMITE LL 04603-2013-82: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto.

A.V 22-2016 MB 01671-2011-76: 1) DECLARAMOS fundada la apelación interpuesta por el representante del Ministerio Público. 2) REVOCAMOS a resolución numero diecinueve, de fecha seis de noviembre del dos mil quince, que declara fundado el pedido de nulidad solicitado por la defensa del sentenciado Caviedes Reynaga Miguel Angel; con lo demás que contiene y es materia de apelación, REFORMÁNDOLA declaramos infundada la solicitud de nulidad planteada por el procesado.3) DISPONEMOS que el Juzgado cumpla con proseguir el trámite de la causa conforme a su estado, debiendo girar las correspondientes órdenes de búsqueda y captura en contra del sentenciado Miguel Angel Caviedes Reynaga.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

MR 0612-2014-72: DECLARAR CONSENTIDA LA SENTENCIA DE VISTA N° 14-2015, de fecha veintitrés de diciembre de dos mil quince; en consecuencia, encontrándose con resolución de vista firme; DISPONEMOS que se remitan los actuados al juzgado de origen. MB 0607-2014-62: DECLARAR CONSENTIDA LA SENTENCIA DE VISTA N° 15-2015, de fecha veintiocho de diciembre de dos mil quince; en consecuencia, encontrándose con resolución de vista firme; DISPONEMOS que se remitan los actuados al juzgado de origen. LL 1981-2013-47: DECLARAR CONSENTIDA LA SENTENCIA DE VISTA número 01-2016, de fecha quince de enero de dos mil dieciséis; en consecuencia, encontrándose con resolución de vista firme; DISPONEMOS que se remitan los actuados al juzgado de origen.

S. 07-2016 MB 0230-2014: DECLARANDO a ENRIQUE DEZA ANDÍA, como cómplice primario, del delito Contra la Administración Pública, en la modalidad de Colusión Ilegal, previsto en el artículo 384° del Código Penal, modificado por la Ley número 26713, en agravio del Estado –Municipalidad de la Joya, debidamente representado por el Procurador Público Encargado de los Asuntos Judiciales de la Contraloría General de la República. S. 08-2016 LL 1764-2006: POR UNANIMIDAD DECLARAMOS: a JAIME FRANCISCO SALAMANCA LAURA, cuyas calidades personales obran en la parte expositiva de la presente, coautor del delito de ROBO AGRAVADO previsto y penado en el artículo 188, concordante con el artículo 189 primer párrafo, incisos 2, 4 y 5 del Código Penal, modificado por la Ley 27472, en agravio de Cesar Antonio Oscar Muñiz Delgado. DECRETOS: Se expidieron un total de 8.

05 DE ABRIL DE 2016

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

DECRETOS: Se expidieron un total de 3. AUTOS DE VISTA A.V 21-2016 MB 06026-2015-41: 1. DECLARAR INFUNDADA la apelación formulada por la representante del Ministerio Publico; en consecuencia, 2. CONFIRMAR la resolución número 4 de fecha 23-03-2016 que resuelve declarar infundado el requerimiento de prolongación de Prisión Preventiva y disponer se remita copias certificadas al órgano de Control del Poder Judicial ODECMA de Arequipa, a fin de que investigue la conducta del Juez de Investigación Preparatoria de Mariano Melgar y del Juez de Juzgamiento del Módulo de Paucarpata. 3. DISPONIÉNDOSE la devolución del presente cuaderno en el más breve plazo al juzgado que ha remitido el mismo. DECRETOS: Se expidieron un total de 0.

AUTOS DE TRÁMITE

SENTENCIAS

DESPACHO AUDIENCIA

30 DE MARZO DE 2016

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

DESPACHO

DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

DESPACHO

9

CRONICA JUDICIAL DE LA CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES 01 DE ABRIL DE 2016

06 DE ABRIL DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE VISTA A.V. 11-2016 LL 1. 0320-2007-26: CONFIRMARON la resolución número once, de fecha tres de diciembre del dos mil quince, de fojas ciento setenta y nueve que RESUELVE DECLARAR INFUNDADA la solicitud de LIBERACION CONDICIONAL, formulada por la interna Maria Magdalena Mamani Peralta, quien fuera sentenciada en el Expediente N° 00320-2007-74-0-0401-SP-PE-01, por el delito de Parricidio en agravio de Imanol Josuhe Ajahuana Mamani. AUTOS DE TRÁMITE

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE VISTA A.V. 10-2016 MR 1099-2005-0: CONFIRMAMOS la resolución número ciento cuarenta y cinco su fecha dieciocho de junio del dos mil quince, que obra de fojas cuatro mil ciento once a cuatro ciento dieciséis, en el extremo que resolvió: DECLARANDO INFUNDADA la solicitud de cancelación del asiento registral número d00002 del rubro Gravámenes y Cargas de la Partida Registral número 11020294 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral número XII Sede Arequipa, formulado por Fredy Monegundo Cornejo Flores, Elva Chávez viuda de Cornejo, Uberth Javier Cornejo Chávez y Zarella Cornejo Chávez.

A. T. 032-2016 MB 5041-2007: CONCEDEMOS: El Recurso de Nulidad interpuesto por la Procuradora Pública Anticorrupción Descentralizada de Arequipa en contra de la Sentencia numero 004-2016 de fecha once de marzo del dos mil dieciséis. A.T. 033-2016 MB 0083-1999: DISPONEMOS REMITIR los autos al Ministerio Público, a fin de que el señor Fiscal Superior Penal, en el plazo de cinco días hábiles, se pronuncie respecto a las observaciones realizadas en la presente resolución, Fundamentos: 2.4, 2.5, 2.6 y 2.7; y, las observaciones formuladas en la resolución de fecha primero de julio del dos mil quince, fundamentos 3.1, 3.2, 3.3, 3.4 y 3.5, debiendo devolver el proceso, en el plazo indicado, toda vez que se encuentra pendiente, la emisión del auto de enjuiciamiento correspondiente. DECRETOS: Se expidieron un total de 5. 07 DE ABRIL DE 2016

DECRETOS: Se expidieron un total de 4.

04 DE ABRIL DE 2016

AUDIENCIA

10

La República

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. SENTENCIAS DE VISTA S.V 10-2016 MB 0526-2017: REVOCAMOS la Sentencia N° 2122015, de fecha quince de julio de dos mil quince, obrante de fojas mil quinientos setenta y tres a mil quinientos ochenta y siete, en el extremo que declaró a Ana María Salinas Valverde autora del delito Contra la Fe Pública, en la modalidad de Uso de Documento Público Falso, previsto y sancionado por el segundo párrafo del artículo 427°del Código Penal, en agravio de Amilcar Vargas Guillén, el Estado representado por el Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Superintendencia de Banca y Seguros y de la Empresa EDPYME EDYFICAR. PRECISAMOS, la calificación jurídica de los hechos imputados por la Fiscalía, de los delitos: Obtención Fraudulenta de Crédito, previsto en el primer párrafo del artículo 247° del Código Penal y Uso de Documento Público Falso, previsto en el segundo párrafo del artículo 427° del Código Penal; sólo en el delito Financiero, en la modalidad de Obtención Fraudulenta de Crédito, previsto en el primer párrafo del artículo 247° del Código Penal –al haberse evidenciado un concurso aparente de leyes y por aplicación del principio de especialidad. REFORMÁNDOLA, DECLARAMOS FUNDADA, de oficio, la Excepción de Cosa Juzgada y, como consecuencia, DECLARAMOS fenecido el proceso seguido contra Ana María Salinas Valverde, por el delito Financiero, en la modalidad de Obtención Fraudulenta de Crédito, previsto en el primer párrafo del artículo 247° del Código Penal, en agravio de Amilcar Vargas Guillén, el Estado representado por el Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Superintendencia de Banca y Seguros y de la Empresa EDPYME EDYFICAR; y disponemos el archivo definitivo del presente con lo demás que contiene. REVOCAMOS la Sentencia N° 212-2015, de fecha quince de julio de dos mil quince, obrante de fojas mil quinientos setenta y tres a mil quinientos ochenta y siete, en el extremo que declaró a Ana María Salinas Valverde cómplice primario en la comisión del delito Contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Propia de Documento Público (letra de cambio), previsto y sancionado por el primer párrafo del artículo 427° del Código Penal, en agravio de Amilcar Vargas Guillén, el Estado representado por el Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Superintendencia de Banca y Seguros y de la Empresa EDPYME EDYFICAR. Y, REFORMÁNDOLA, ABSOLVEMOS a ANA MARÍA SALINAS VALVERDE de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, en calidad de cómplice primario, en la comisión del delito Contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Propia de Documento Público (letra de cambio), previsto y sancionado por el primer párrafo del artículo 427° del Código Penal, en agravio de Amilcar Vargas Guillén, el Estado representado por el Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Superintendencia de Banca y Seguros y de la Empresa EDPYME EDYFICAR. DECRETOS: Se expidieron un total de 3.

08 DE ABRIL DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. DECRETOS: Se expidieron un total de 2. 11 DE ABRIL DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. SENTENCIAS DE VISTA S.V. 11-2016 MB 3278-2003: CONFIRMAMOS la sentencia N° 252201556-2015, de fecha veinticinco de agosto de dos mil quince, expedida por el Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Sede Corte; en el extremo cuestionado que declaró a ABAB VALVIZ CAHUAPAZA QUISPE, NÉSTOR EDWIN HUANCHI CONDORI, HERNÁN APAZA ROJAS, PAULINO GARCÉS YAPUCHURA, RUBÉN HUANCHI QUISPE, ORESTES LARICO TINTAYA, BERTHA YAPUCHURA FERNÁNDEZ Y RENÉ QUISPE MAMANI, ABSUELTOS

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

de los cargos formulados en su contra, por la comisión del delito de CONTRABANDO AGRAVADO, previsto y sancionado en los artículos uno, y siete apartado d) de la Ley de delitos aduaneros número veintiséis mil cuatrocientos sesenta y uno (vigente al momento de los hechos); en agravio del Estado, representado por la SUNAT. CONFIRMAMOS la sentencia N° 252-201556-2015, de fecha veinticinco de agosto de dos mil quince, expedida por el Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Sede Corte; en el extremo cuestionado que declaró a RONALD VICENTE MEDINA BONET, ABSUELTO de los cargos formulados en su contra, por la comisión del delito de CONTRABANDO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo siete apartado d) de la Ley de delitos aduaneros número veintiséis mil cuatrocientos sesenta y uno (vigente al momento de los hechos); en agravio del Estado, representado por la SUNAT. CONFIRMAMOS la sentencia N° 252-201556-2015, de fecha veinticinco de agosto de dos mil quince, expedida por el Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Sede Corte; en el extremo cuestionado que dispuso el comiso de la mercadería incautada contenida en el acta de incautación N° 154-2003-0201-000123, consistente en 78 rollos de tela, cuyo valor asciende a siete mil dólares americanos por parte de Aduanas, la cual deberá disponer de dichos bienes de acuerdo a lo establecido en ley, el resto de mercadería se deberá proceder conforme a las normas administrativas y el procedimiento que señala la ley. DECLARAMOS FUNDADA la pretensión impugnatoria postulada por la defensa técnica del procesado Ronald Vicente Medina Bonet. REVOCAMOS la sentencia N° 252-201556-2015, de fecha veinticinco de agosto de dos mil quince, expedida por el Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Sede Corte; en el extremo que declaró a RONALD VICENTE MEDINA BONET, AUTOR del delito por el delito de CONTRABANDO, previsto y sancionado por el artículo tres de la ley de delitos aduaneros, número veintiséis mil cuatrocientos sesenta y uno (vigente al momento de los hechos), en agravio del Estado, y le impuso cuatro años de pena privativa de Libertad, suspendida en su ejecución por el plazo de tres años, sujeto a reglas de conducta, le impone como pena accesoria el pago de trescientos sesenta y cinco días-multa, que calculada conforme a ley, equivale a la suma de mil ochocientos veinticinco nuevos soles, suma que deberá abonar el sentenciado a favor del Estado dentro del décimo día de quedar consentida la presente; y fija por concepto de reparación civil la suma de mil nuevos soles, que deberá abonar el sentenciado a favor del Estado representado por la SUNAT; y, en consecuencia; REFORMÁNDOLA, DECLARAMOS DE OFICIO FUNDADA la excepción de PRESCRIPCIÓN; por tanto, extinguida por prescripción, la acción penal seguida contra RONALD VICENTE MEDINA BONET, por el delito de CONTRABANDO previsto y sancionado por el artículo tres de la ley de delitos aduaneros numero veintiséis mil cuatrocientos sesenta y uno (vigente al momento de los hechos), en agravio del Estado.

AUTOS DE VISTA A.V. 12-2016 LL 0557-2006-75: CONFIRMARON la resolución número doce-dos mil quince, de fecha quince de octubre del dos mil quince, que RESUELVE DECLARAR INFUNDADA la solicitud de Liberación Condicional de Avelino Andrés Mamani Monzón, en el Expediente 557-2006 que fue sentenciado por Sentencia Nro. 54 expedida por la Tercera Sala Penal de Arequipa a una pena de trece años de pena privativa de la libertad por el delito de Robo Agravado, previsto en el articulo 188° concordante con el articulo 189°, primer párrafo inciso dos, cuatro y cinco, concurriendo además las agravantes contenida en el inciso tres del primer párrafo del citado articulo del Código Penal, en agravio de Jesús Acuña Cornejo; y por el delito de Secuestro previsto en el primer párrafo del articulo ciento cincuenta y dos del Código Penal modificado por la ley 27472 en agravio de Paula Obando Gil, debiendo de continuar el interno recluido en el Establecimiento Penitenciario con su tratamiento de rehabilitación y resocialización.

gado al sentenciado Luis Alberto Aguirre Fernández en el Expediente número 503-1999, solicitado Mediante escrito de fojas mil noventa y seis a mil noventa y ocho. SEÑALAMOS la instalación del Juicio Oral el día de hoy a las DOCE HORAS, en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora. AUTOS DE TRÁMITE A.T. 34-2016 LL 2122-1998-0: VARIAMOS el mandato de comparecencia simple dictado en contra de Percy Elvis Cueva Huamani a COMPARECENCIA RESTRINGIDA con la regla de conducta de CUSTODIA POLICIAL a cargo de la oficina de Diligencias Judiciales- Policía Nacional del Perú, quien tiene la obligación de ponerlo a disposición de la Sala media hora antes de los debates orales y demás días que sean necesarios, para tal efecto la Secretaria de Sala, bajo responsabilidad deberá comunicar al Jefe de la Oficina de Diligencias Judiciales lo pertinente como corresponde. SEÑALAMOS la instalación del Juicio Oral el día de hoy a las DOCE HORAS, en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora. CUMPLA Secretaria de Sala con levantar las órdenes de búsqueda y captura con motivo del presente proceso. A.T. 35-2016 MR 0633-2002-0: AGREGAMOS al mandato de COMPARECENCIA RESTRINGIDA de fojas cuarenta y uno, su fecha diecinueve de diciembre de dos mil dos, la regla de conducta de CUSTODIA POLICIAL a cargo de la oficina de Diligencias Judiciales- Policía Nacional del Perú, quien tiene la obligación de ponerlo a disposición de la Sala media hora antes de los debates orales y demás días que sean necesarios, para tal efecto la Secretaria de Sala, bajo responsabilidad deberá comunicar al Jefe de la Oficina de Diligencias Judiciales lo pertinente como corresponde. SEÑALAMOS la instalación del Juicio Oral el día de hoy a las A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora. CUMPLA Secretaria de Sala con levantar las órdenes de búsqueda y captura con motivo del presente proceso, bajo responsabilidad y se obtenga los antecedentes penales y judiciales actualizados del procesado. A.T. 36-2016 MB 0014-2008-0: AGREGAMOS al mandato de COMPARECENCIA RESTRINGIDA de fojas ochenta y cuatro, su fecha catorce de enero de dos mil ocho, la regla de conducta de CUSTODIA POLICIAL a cargo de la oficina de Diligencias Judiciales- Policía Nacional del Perú, quien tiene la obligación de ponerlo a disposición de la Sala media hora antes de los debates orales y demás días que sean necesarios, para tal efecto la Secretaria de Sala, bajo responsabilidad deberá comunicar al Jefe de la Oficina de Diligencias Judiciales lo pertinente como corresponde. SEÑALAMOS la instalación del Juicio Oral el día de hoy a las A LAS QUINCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora. CUMPLA Secretaria de Sala con levantar las órdenes de búsqueda y captura con motivo del presente proceso, bajo responsabilidad y se obtenga los antecedentes penales y judiciales actualizados del procesado. DECRETOS: Se expidieron un total de 9.

Martes, 17 de mayo del 2016

go de la oficina de Diligencias Judiciales- Policía Nacional del Perú, quien tiene la obligación de ponerlo a disposición de la Sala media hora antes de los debates orales y demás días que sean necesarios, para tal efecto la Secretaria de Sala, bajo responsabilidad deberá comunicar al Jefe de la Oficina de Diligencias Judiciales lo pertinente como corresponde. SEÑALAMOS la instalación del Juicio Oral el día de hoy a las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora. CUMPLA Secretaria de Sala con levantar las órdenes de búsqueda y captura con motivo del presente proceso. A.T. 39-2016 LL 0376-2007-0: DECLARAMOS: FUNDADO el pedido de corrección de sentencia solicitado por el sentenciado Alipio Carmona Rafael, en consecuencia. DISPONEMOS: CORREGIR la Sentencia Número 10-2015, de fecha veintisiete de abril del dos mil quince, de fojas novecientos sesenta y dos a novecientos setenta y siete, en su parte resolutiva, UNICAMENTE en el extremo que señala que la pena privativa de la libertad con el carácter de efectiva equivalente a doscientos ocho días de prestación de servicios a la comunidad, siendo lo correcto: que dicha equivalencia es de doscientos seis días de prestación de servicios, conservando validez en lo demás que contiene dicha sentencia. NOTIFÍQUESE la presente resolución con arreglo a ley y CUMPLA SECRETARIA DE SALA con remitir copia certificada de la presente resolución al INPE para los fines pertinentes y los devolvemos. A.T. 40-2016 MB 0409-1996-0: DECLARAMOS IMPROCEDENTE el pedido de aclaración y ampliación, presentado por el abogado de César Dario Uyén Gordillo. DISPONEMOS la devolución del presente proceso al Juzgado de origen.

DECRETOS: Se expidieron un total de 3. 13 DE ABRIL DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

DECRETOS: Se expidieron un total de 5.

14 DE ABRIL DE 2016

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. SENTENCIAS S. 8-A-2016 MR 2122-1998-0: DECLARAMOS A PERCY ELVIS CUEVA HUAMANÍ, CO AUTOR del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 188°, concordante con el artículo 189° inciso 2° y 4° del Código Penal, en agravio de Claudio León Ttica.

12 DE ABRIL DE 2016 DECRETOS: Se expidieron un total de 6. DESPACHO 15 DE ABRIL DE 2016 CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

A.T. 41-2016 LL 1142-2006: DECLARAMOS IMPROCEDENTE el pedido de nuevo cómputo de pena, presentado por el sentenciado Willian Castillo Ramos al existir pronunciamiento en el folio dos mil ciento veintiuno y siguientes. A.T. 42-2016 MR 2712-2008: DISPONEMOS el nuevo cómputo de vencimiento de pena impuesta a Pablo César Mamani Cayo, mediante sentencia de fecha uno de febrero de dos mil once, de DIECIOCHO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, quien se encuentra detenido desde el seis de mayo de dos mil ocho al treinta y uno de enero de dos mil once en el presente proceso (haciendo un total de dos años ocho meses y veinticinco días) que descontados hasta el día de la sentencia (uno de febrero de dos mil once) vencerá el CINCO DE MAYO DE DOS MIL VEINTISEÍS. DECRETOS: Se expidieron un total de 1. 18 DE ABRIL DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE VISTA A.V 16-2016 MR 0632-2007-12: CONFIRMAR la resolución número ocho, su fecha cuatro de noviembre del dos mil quince, que obra a fojas ciento sesenta y uno a ciento sesenta y ocho, que declaró Infundada la solicitud de liberación condicional de JESÚS GUILLERMO PRADO MINAYA, en el expediente número 00632-2007-0-0401-JR-PE-05, por el delito de homicidio simple en grado de tentativa en agraviode Gonzalo Núñez Borja Chirinos y por la comisión del delito de homicidio calificado –gran crueldad- en agravio de José Alberto Calle García. A.V. 17-2016 MR 0590-2008-28: CONFIRMAMOS la resolución número cinco guión dos mil quince, su fecha diecinueve de Noviembre del dos mil quince, que obra a fojas ciento tres a ciento once, que declaró Infundada la solicitud de liberación condicional de JUAN CARLOS AROQUIPA APAZA, por no haber demostrado fehacientemente la actividad que desarrollaría en el medio libre. AUTOS DE TRÁMITE A.T. 44-2016 MR 1584-2008-0: AGREGAMOS al mandato de COMPARECENCIA RESTRINGIDA de fojas setenta y cinco, su fecha cuatro de abril de dos mil ocho, la regla de conducta de CUSTODIA POLICIAL a cargo de la oficina de Diligencias Judiciales- Policía Nacional del Perú, quien tiene la obligación de ponerlo a disposición de la Sala media hora antes de los debates orales y demás días que sean necesarios, para tal efecto la Secretaria de Sala, bajo responsabilidad deberá comunicar al Jefe de la Oficina de Diligencias Judiciales lo pertinente como corresponde. SEÑALAMOS la instalación del Juicio Oral el día de hoy a las A LAS CATORCE HORAS, en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora. CUMPLA Secretaria de Sala con levantar las órdenes de búsqueda y captura con motivo del presente proceso, bajo responsabilidad y se obtenga los antecedentes penales y judiciales actualizados del procesado

DESPACHO DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

AUTOS DE TRÁMITE

A.V. 13-2016 MR 3203-2008-87: DECLARAR NULO todo lo actuado; y en consecuencia, DECLARAMOS IMPROCEDENTE la solicitud de beneficio penitenciario de semilibertad solicitado por Maribel Margot Taco Quispe.

A.T 37-2016 MR 1099-2005-0: SE DECLARA: IMPROCEDENTE el Recurso de Nulidad presentado por abogado defensor de la parte agraviada Tula Manrique de Zegarra en contra del Auto de Vista Nro. 10-2016de fecha primero de abril del presente año. CUMPLA Secretaria de Sala con notificar la presente resolución conforme a ley y con lo ORDENADO mediante Auto de Vista N° 10-2016.

A.V. 14-2016 LL 1830-2007: DECLARAMOS: IMPROCEDENTE el pedido de nulidad de la Sentencia número 12-2013-2SPLP-CSJAR en el extremo que revocó el beneficio penitenciario de semi libertad otor-

A.T. 38-2016 LL 0164-2008-0: VARIAMOS el mandato de comparecencia simple dictado en contra de Abdon Pacsi Maque a COMPARECENCIA RESTRINGIDA con la regla de conducta de CUSTODIA POLICIAL a car-

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

19 DE ABRIL DE 2016

AUTOS DE VISTA DESPACHO A.V. 15-2016 MB 1657-2014-55: CONFIRMAMOS la resolución N° 06-2015, de fecha once de noviembre del dos mil quince, que declaró infundada la solicitud de Liberación Condicional presentada por el interno José Luís Centeno Ortega, derivado del expediente 146-2002-0-0401-SP-PE-02.TÓMESE RAZÓN, HÁGASE SABER Y DEVUÉLVASE. AUTOS DE TRÁMITE

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS AUTOS DE TRÁMITE A.T. 43-2016 MCH 0786-2008: DISPONEMOS el nuevo cómputo de vencimiento de pena impuesta a Wilbert Huallpayunca Lezama, mediante sentencia de fecha cinco de enero de dos mil doce, de DIEZ AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD, con el carácter

Martes 17 de mayo del 2016

de efectiva, la misma que con el descuento de privación de libertad (un año, ocho meses y doce días) que descontados hasta el día de la sentencia (cinco de enero de dos mil doce) vencerá el día veintitrés de abril de dos mil veinte

DECRETOS: Se expidieron un total de 9.

20 DE ABRIL DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS. DECRETOS: Se expidieron un total de 3. 21 DE ABRIL DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.

ñor Defensor Público Doctor Pedro Urday Urday, quien deberá hacer estudio del expediente y venir preparado a la siguiente sesión. Y además deberá a las partes procesales en su domicilio real a efecto tomen conocimiento del presente proceso y de notificarse también por edictos, lo que agotaría las notificaciones por parte del órgano judicial a efecto que estos están debidamente emplazados, sin perjuicio de ser notificados en sus domicilios procesales con el apercibimiento anterior y además de la imposición de la medida disciplinaria de dos unidades de referencia procesal. En mérito a ello se convoca como nueva fecha para instalación de esta audiencia para el día 16 de mayo del 2016 a las 8:30 horas. Teniéndose ya por notificados en este acto para la indicada fecha la defensa técnica del investigado Artidoro Ojeda así como el Ministerio Público; así mismo con la precisión de la señorita Fiscal haber señalado no poder estar presente para el día 13 de mayo por tener una consulta médica siendo la única fiscal que conoce el caso. Quedando notificado el señor Defensor Pedro Urday Urday con la designación en caso no concurra la defensa, audiencia a la que deberá concurrir debidamente preparado.

26 DE ABRIL DE 2016

A.T 45-2016 MR 5001-2004-77: DECLARAMOS Tener por DESISTIDO al sentenciado Silverio Heredia Almora de su recurso impugnatorio formulado en su escrito de fojas noventa y ocho y siguientes.

DESPACHO

DECRETOS: Se expidieron un total de 7

DECRETOS: Se expidieron un total de 4.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.

27 DE ABRIL DE 2016 22 DE ABRIL DE 2016 DESPACHO DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS. DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

DECRETOS: Se expidieron un total de 2. 28 DE ABRIL DE 2016 25 DE ABRIL DE 2016 DESPACHO DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS. DECRETOS: Se expidieron un total de 4.

SENTENCIAS S. 009-2016 LL 1584-2008: DECLARAMOS: a GODOFREDO SALVADOR CUEVAS ESCOBEDO, cuyas calidades personales obran en la parte expositiva de la presente, autor del delito de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL previsto en el artículo 170 inciso 2 del segundo párrafo del Código Penal modificado por Ley número 28251, en agravio de M. D. G. R.; y, como a tal, LE IMPONEMOS: cuatro años y siete meses de pena privativa de la libertad con el carácter de efectiva, la misma que, con el descuento de la privación de su libertad sufrida desde el diecisiete de Abril del dos mil dieciséis, vencerá el dieciséis de Noviembre del dos mil veinte. MANDAMOS: Su inmediato internamiento en el centro penitenciario que designe el INPE, para lo cual se cursará el oficio correspondiente.

29 DE ABRIL DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.

DECRETOS: Se expidieron un total de 2.

YENY MAGALLANES RODRIGUEZ JUEZ SUPERIOR CRISLEY HERRERA CLAURE COORDINADORA DE CAUSAS CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES

AUTOS DE TRÁMITE A.T. 46-2016 MCH 0409-1996: DECLARAMOS IMPROCEDENTE el recurso de nulidad formulado por la defensa del Señor César Darío Uyén Gordillo, debiendo Secretaria de Sala devolver los autos al Juzgado Penal para los fines pertinentes

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS. A.T. 47-2016 MCH 11194-2008: Que previamente estos sean notificados en sus domicilios reales y en caso que no se presenten una defensa a elección de las partes imputadas, el despacho recién podría hacer efectivo el apercibimiento, que recaería en el se-

respectiva y conforme al estado del proceso. Señalaron fecha para la vista de causa el día quince de marzo del dos mil dieciséis a las nueve horas en la Sala de audiencias de la segunda sala civil. Tómese razón y hágase saber.AT 32 BZ Reg. N° 01229-2013-0.- Oswaldo Angel Galindo Valencia.- Karen Rodríguez Quispe.- Desalojo.- Ordenaron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber.AT 35 BZ Reg. N° 06618-2013-0.Lucio Zeny Ruelas Escobedo.- Donato Ruelas Escobedo.- Otorgamiento de Escritura Pública.- Ordenaron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber.AT 31 CL Reg. N° 01229-2013-0.- Oswaldo Angel Galindo Valencia.- Karen Rodríguez Quispe.- Desalojo.- Ordenaron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber.-

DECRETOS: Se expidieron un total de 3.

AUTOS DE TRMITE

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Con los SS. Bustamante Zegarra Cervantes López y Polanco Gutiérrez.-. AT OCHO BZ Reg. N° 00233-2015-0.Raúl Nicanor Atencio Coaguila.- Walter Paz Valderrama.- Acción de Amparo.- Resolvieron Admitir a trámite el escrito de contestación, presentado por el Doctor Francisco Néstor Carreón Romero, en consecuencia dieron por absuelta la demanda en los términos que contiene el escrito. Téngase por ofrecidos los medios probatorios- A los anexos Agréguese a sus antecedentes. Tómese razón y hágase saber.AT NUEVE BZ Reg. N° 00233-2015-0.Raúl Nicanor Atencio Coaguila.- Walter Paz Valderrama.- Acción de Amparo.- Resolvieron Admitir a trámite el escrito de contestación, presentado por el Doctor Francisco Néstor Carreón Romero, en consecuencia dieron por absuelta la demanda en los términos que contiene el escrito. Téngase por ofrecidos los medios probatorios- A los anexos Agréguese a sus antecedentes. Tómese razón y hágase saber.AT DIEZ MM Reg. N° 00233-2015-0.Raúl Nicanor Atencio Coaguila.- Walter Paz Valderrama.- Acción de Amparo.- Resolvieron Tener por propuestas las excepciones de falta de agotamiento de la vía previa.- y falta de legitimidad para obrar del demandado . Dispusieron conferir traslado al demandante para su conocimiento.- 2) Por absuelto el traslado de la demanda, en los términos que contiene el escrito de contestación. Téngase por ofrecidos los medios probatorios. A los anexos Agréguese a sis antecedentes. Admitir a trámite el escrito de contestación, presentado por el Doctor Francisco Néstor Carreón Romero, en consecuencia dieron por absuelta la demanda en los términos que contiene el escrito. Téngase por ofrecidos los medios probatorios- A los anexos Agréguese a sus antecedentes. Tómese razón y hágase saber.AT 09 MM Reg. N° 00125-2015-0.Percy Rene Ortega Cárdenas.- Municipalidad Provincial de Arequipa.- Acción Popular.- Declararon consentida la sentencia Nro. diecinueve de las páginas noventa a ciento diez, en consecuencia ha adquirido la autoriad de cosa juzgada. Dispusieron la publicación de la sentencia en el Diario Oficial El Peruano. Tómese razón y hágase saber.-

MIERCOLES 06 DE ENERO DE 2016

CRONICA JUDICIAL DE LA SEGUNDA SALA CIVIL DEL MES DE ENERO DE 2016 MARTES 05 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS.Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cárdenas Ticona.-. AT 35 BZ Reg. N° 01703-2012-0.Zaida Nancy Campos Rodríguez.- Gregoria Vargas Morales de Ala y otros.- Declararon: 1) Inadmisibles los medios probatorios referidos a la copia literal de la partida registral Nro. 11034948 y al auto Nro. cuarenta y dos, expedido en el proceso 194-2010. y 2) Partida registral Nro. 11034948 y el auto Nro. 42, expedido en el proceso 194-2010, y 2) Admitieron como medio probatorio la copia literal de la partida registral Nro. 1159453; ofrecido en el escrito de apelación de fojas seiscientos noventa y tres. Traslado a la parte demandada de los referidos medios probatorios por el plazo de diez días. Prescindieron de la audiencia de pruebas

En Despacho: Con los SS.Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cárdenas Ticona.-. SV 24 MM Reg. N° 04185-2011-0.Katiuska Payalich Zúñiga.- Martha Acrota Huacrapuma y otro. Violencia Familiar.- Confirmaron la sentencia Nro. 504-2015, de fojas ciento cuarenta y siete y siguientes, que declara infundad la demanda de fojas cuarenta y nueve y siguientes, interpuesta por el representante del Ministerio Público, sobre Cese de Violencia Familiar y maltrato físico, en contra de Martha Acrota Huacarpuma y otra. en agravio de Katiuka Nathaly Payalich Zúñiga y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 4JC.- Quispe.En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López.-. SV 02 BZ Reg. N° 02672-2011-

0.- Municipalidad Distrital de Cayma.- Karim Alvarado Assad y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.Confirmaron la sentencia Nro. 040-2015, de fecha veintisiete de abril del dos mil quince, que declara fundada la demanda, en su tenor modificado, cuyo texto obra agregado en la página seiscientos catorce y siguientes, interpuesta, en consecuencia declara nulo el acto jurídico de cesión de derechos, celebrado por los demandados el diciesete de setiembre del dos mil diez, asimismo Nulo el documento que lo contiene, estos es la escritura pública Nro. 0941, la transferencia de derechos de posesión de fecha diecisiete de setiembre del dos mil diez, otorgada por los demandados, por ante la motaría del Dr. Miguel Villavicencio Cárdenas, con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 10 JC.- Salas.SV 03 | Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cárdenas Ticona.-. Reg. N° 01673-2014-0.- Danitza Collado Zegarra.Juan Castillo Cuadros.- Violencia Familiar.- Confirmaron la sentencia Nro. 404-2015, del dieciséis de julio del dos mil quince, que declara infundada en todos sus extremos la demanda, interpuesta por el representante del Ministerio Público, en agravio de Luciana Alena Castillo Collado y Juan Alonso Castillo Cuadros. Sin costas ni costos. Y los devolvieron.. Tómese razón y hágase saber.- 4JF.Pacheco SV 04 MM Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López.-. Reg. N° 01486-2016-0.- Guido Ríos Lasteros.Agustín Córdova Cuayla y otros.- Reivindicación.- Confirmaron la sentencia Nro 31-2015, del veintidós de abril del dos mil quince, de fojas cuatrocientos cincuenta y siete y siguientes, que declara fundada la demanda interpuesta, y dispone que los demandados procedan a desocupar y hacer entrega del bien materia de reivindicación en favor del demandante, en el término de diez días de consentida y/o ejecutoriada la presente, con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 4JC.- Quispe.-

AV 03 BZ Reg. N° 03660-2003-66.- Rolando Linares Alemán.- Carlos Eduardo de Rivero Bustamante.- Nulidad de Acto Jurídico.- Revocaron la resolución apelada Nro. 111, del cuatro de marzo del dos mil quince, que declara improcedente el pedido de intervención litisconsorcial necesario activo formulado, reformándola declararon fundado dicho pedido, en consecuencia: Dispusieron incorporar al proceso como litis consorte a Gladis Chacón de Alemán, debiendo el juez de la causa em´lazar a la misma conforme a ley y remitírsele copia certificada de la presente resolución. Tómese razón y hágase saber.- 9JC.- Meza.En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cárdenas Ticona.-. AV 01 BZ Reg. N° 00989-201490.- Agro Buen Sembrador SAC.- Agrícola Hermanos Zambrano S.A. – Obligación de Dar Suma de Dinero: Confirmaron la resolución apelada Nro. 08 de fecha veintiuno de abril del dos mil quince.- Declara infundada la oposición respecto a la concesión de la Medida Cautelar, presentada por la demandante- Dispusieron: Otorgar a la misma el plazo de seis días hábiles, para que cumplan con con constituir contracautela de naturaleza real por el monto de cincuenta mil nuevos soles, bajo apercibimiento de dejarse sin efecto la Medida Cautelar. Dispusieron llamar la atención al juez de la causa Lino Zúñiga Portocarrero, por las irregularidades anotadas, exhortándolo a desempeñar sus funciones con mayor responsabilidad; y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.1JM Paucarpata.- Zúñiga AV 04 BZ| Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cárdenas Ticona.-. Reg. N° 01245-2012-0.- Sabina Muñoz Huachani.ONP.- Acción de Amparo.- Declararon Nula la resolución Nro. 39 de fecha nueve de junio del dos mil quince que resuelve: 1.-) Declarar fundada la observación a la resolución Nro. 118664-2014ONP hecha por la demandante, en consecuencia se declara nula dicha resolución, tan sólo en la parte que determina el monto de pensiones devengadas e intereses. 2) Se dispone que la ONP emita nueva resolución de liquidación de pensiones devengadas e intereses, teniendo como fecha de inicio del derecho, la fecha del fallecimiento del causante Germán Laja Esquigola. 3) Declarar nula la liquidación de fojas doscientos ochenta y ocho , presentada por el perito judicial Aldo Enrí-

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quez Gutiérrez. 4) Innecesario pronunciarse sobre las observaciones hechas por la ONP: y ordenaron se vuelva a expedir nueva resolución de acuierdo a los parámetros fijados en la presente y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JMPaucarpata.- Rodríguez.Pacheco AV 05 MM Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López.-. Reg. N° 03106-2009-86.- Javier Francisco Bustamante Alvarez.- Poder Judicial.- Acción de Amparo.- Declararon no emitir pronunciamiento sobre la apelación presentada en contra de la resolución Nro. 71 de fojas cuatrocientos doce, que resuelve requerir al Dr. José Francisco Carreón Romero, como responsable de ejecutar el proceso como titular del pliego del Consejo Ejecutivo Distrital del Poder Judicial para que en el plazo de tres días, cumpla con reponer al demandante en su cargo de técnico judicial, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 728 conforme a la sentencia emitida en autos, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de imponérsele multa de una URP y lo devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 1JC.- Herrera.-

AV 06 MM Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cárdenas Ticona.-. Reg. N° 06444-2006-31.- Eloy Díaz Valladares.ONP.- A.C.A.- Revocaron la resolución Nro. 49, del veintinueve de mayo de dos mil quince, que resuelve aprobar el informe pericial que obra a fojas setecientos cuarenta y tres a setecientos cincuenta, cuyas conclusiones son las siguientes: 1) Que por la liquidación de pensiones devengadas a partir de enero de dos mil catorce, que le corresponde al señor Eloy Díaz Valladares, asciende a la suma de sesenta y dos mil doscientos cincuenta nuevos soles. Que los intereses legales determinados sobre la base de los devengados asciende a nueve mil ochenta y cinco con noventa y siete céntimos. Reformándola: Desaprobaron el citado informe pericial. Ordenaron que el perit5o nombrado en autos presente nuevo dictamen pericial, luego de dar cumplimiento a lo dispuesto en la parte considerativa de la presente resolución y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 8JC.- Del Carpio.En Despacho: Con los SS.Cervantes López, Salinas Vizcarra y Cárdenas Ticona.-. AV 02 Sa V Reg. N° 04277-201383.- María Antonieta Fabian Rodríguez Murillo de Braganini.- Pedro Anahua Huahuasonco.- Revindicación.- Confirmaron la resolución Nro. 07, de fecha seis de marzo del dos mil catorce, en el extremo que resuelve declarar improcedente la reconvención interpuesta por el demandado Pedro Anahua Huahuasonco en calidad de presidente de la Asociación Centro Industrial Las canteras, sector Vivienda y Martha anahua Puma, Tómese razón y hágase saber.- 4JC.- Quispe.En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cárdenas Ticona.-. AV 18 BZ Reg. N° 06102-2008-5.Eduardo Retamozo Chávez.- Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A..- Impugnación de Resolución.- Confirmaron la resolución Nro. 60 obrante a fojas doscientos veintidós y siguiente, por la que se resuelve; 1) Requerir al gerente de EGASA S.A. a fin de que en el plazo de diez días cumpla con ordenar a quien corresponda se efectúe la actualización de los derechos y beneficios laborales que correspondan al actor, debiendo efectuar la nivelación de la remuneración correpondiente al actor. 2) Designar un perito judicial a fin de determinar el monto de lo adeudado al actor por parte de la demandada, por concepto de remuneraciones devengadas, recayendo el cargo en la contadora Patricia Lorena Pinto Salas, a quien se le concede el plazo de tres días para la aceptación del cargo, bajo apercibimiento de subrogación en el cargo en caso de incumplimiento, se fija como honorarios profesionales enana URP, la misma que será abonada por la parte demandante, dentro del plazo de cinco días, mediante depósito judiciales el Banco de la Nación ; y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.Valdivia.AV 14 BZ Reg. N° 02674-2011-0.Casana y Quiroz Asociados S.C.R.L. Municipalidad Provincial de Arequipa.- Ejecución de Laudos Arbitrales.-Confirmaron la resolución Nro. 42 de fecha veintiuno de agosto del dos mil catorce que resuelve A) Declarar infundada la cuestión probatoria de tacha. B) Declarar improcedente la

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La República

contradicción al mandato ejecutivo, con lo demás que contiene; y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 5JC.- Maraza.AV 159 CL Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López.-. Reg. N° 06752-2009-0.- Silvana Isabel Quispe Vilca y otros.- Asociación de Comerciantes Mayoristas de Especies Hidrobiológicas del Sur.- Impugnación de Acuerdos.- Revocaron la recurrida y en consecuencia arreglado a ley, dejaron sin efecto la sanción interpuesta con lo demás que contiene Tómese razón y hágase saber.- 6JC.- Valdivia.AV 08 MM Reg. N° 06752-2009-0.Silvana Isabel Quispe Vilca y otros.- Asociación de Comerciantes Mayoristas de Especies Hidrobiológicas del Sur.- Impugnación de Acuerdos.- Confirmaron la Resolución Nro. 40 de fojas cuatrocientos cincuenta y nueve, que resuelve rechazar la denuncia civil realizada en el escrito de folios cuatrocientos treinta y tres y siguientes. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.- Valdivia.AV 20 MM Reg. N° 06752-2009-0.Asociación de Comerciantes Mayoristas de Especies Hidrobiológicas del sur.- Ejecución de Laudos Arbitrales.-Confirmaron la resolución Nro. 41 de fojas cuatrocientos sesenta en el extremo que fija los puntos controvertidos.. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.- Valdivia. AV 10 MM Reg. N° 06752-20090.- Asociación de Comerciantes Mayoristas de Especies Hidrobiológicas del sur.- Impugnación de Acuerdos.- Confirmaron la resolución Nro. 51 de fojas quinientos cuarenta y cinco, que declara improcedente el ofrecimiento de la declaración jurada del demandante Jonhny Enríquez Quiroz, realizada por el abogado de la demandada. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.- Valdivia.AV 11 MM Reg. N° 06752-20090.- Asociación de Comerciantes Mayoristas de Especies Hidrobiológicas del sur.- Impugnación de Acuerdos.- Confirmaron la resolución Nro. 57 de fojas quinientos ochenta y cinco. Que declara improcedente la recusación formulada por el apoderado de la demandada José Salomón Linares Cornejo. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.Valdivia. AV 12 MM Reg. N° 06752-2009-0.Asociación de Comerciantes Mayoristas de Esad Provincial de Arequipa.- Impugnación de Acuerdos.- Confirmaron la resolución Nro. 143, que resuelve nombrar como apoderado común de los terceros coadyuvantes al abogado José Salomón Linares Cornejo. Tómese razón y hágase saber.6JC.- Valdivia.AV 13 MM Reg. N° 06752-20090.- Asociación de Comerciantes Mayoristas de Especies Hidrobiológicas del sur.- Asociación de Comerciantes Mayoristas de Especies Hidrobiológicas del sur.- Impugnación de Acuerdos.- Confirmaron la resolución Nro. 144, en el extremo que declara improcedente el recurso de apelación presentado por el abogado José Salomón Linares Cornejo. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.- Valdivia. SV 165 MM Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Valencia Dongo y Bustamante Zegarra.-. Reg. N° 06752-2009-0.- Silvana Isabel Quispe Vilca y otros.- Asociación de Comerciantes Mayoristas de Especies Hidrobiológicas del sur.- Impugnación de Acuerdos.- Confirmaron la sentencia apelada Nro. 64-2014 del cuatro de julio del dos mil catorce, que declara fundada la demanda interpuesta y declara la nulidad del acta de Asamblea General Extraordinaria y el acta de reapertura y aclaración del veintitrés de setiembre del dos mil nueve. Fundada la pretensión accesoria de cancelación del asiento B00005, rubro nombramientos de la partida 11006560 del Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos de Arequipa. Con costas y costos, con lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.- Valdivia. Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. AT 17 BZ Reg. N° 07332-2014-0.Teófilo Nemecio Ccaña Uska.- Rímac Seguros.Concedieron el recurso de agravio constitucional interpuesto. Ordenaron Elevarse los actuados al Tribunal Constitucional en el estilo, forma y plaszo de ley,. Tómese razón y hágase saber.AT DOS CL Reg. N° 0269-2015-0.ERIMAR SAC.- Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo.- Revisión de Procedimientos de Ejecución.- Admitieron a trámite en la vía de proceso especial la demanda interpuesta. Confi-

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rieron traslado de la demanda a los demandados. Por ofrecidos los medios probatorios. Los anexos a sus antecedentes. Mandaron que la autoridad administrativa demandada renita en el plazo de diez días el expediente colectivo relacionado con la actuación impugnada. Teófilo Nemecio Ccaña Uska.- Rímac Seguros.- Concedieron el recurso de agravio constitucional interpuesto. Tómese razón y hágase saber.AT 10 MM Reg. N° 01874-2015-0.- Karin Johana Rosas Cabrera y otras.- Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.- Acción de Amparo.Concedieron el recurso de agravio constitucional interpuesto. Ordenaron Elevarse los actuados al Tribunal Constitucional en el estilo, forma y plazo de ley. Tómese razón y hágase saber. AT 15 CL Reg. N° 0783-2015-0.Luz Zunilda Villa Feria.- Fábrica de Chocolates La Ibérica.- Acción de Amparo.- Concedieron el recurso de agravio constitucional interpuesto. Ordenaron Elevarse los actuados al Tribunal Constitucional en el estilo, forma y plazo de ley. Tómese razón y hágase saber.

JUEVES 07 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS.Cervantes López, Salinas Vuzcarra y Cárdenas Ticona.-. AV 25 Sa V Reg. N° 06434-200733.- Aurelio Pilco Valencia.-O.N.P.- Acción Contencioso Administrativa.- Confirmaron la resolución Nro. 42 de fecha nueve de octubre del dos mil catorce, obrante a folios doscientos seis y siguientes, en el extremo que resuelve: 1) Declarar infundadas las observaciones referidas por la parte demandante precisadas en el escrito de la página cuatrocientos cincuenta y tres y Dispone que la perito contadora, cumpla con emitir nuevo informe pericial, teniendo en cuenta lo establecido en el considerando noveno de la presente y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 10JC.Salas.En Despacho: Con los SS.Cervantes López, Salinas Vizcarra y Cárdenas Ticona.-. AV 20 Sa V Reg. N° 06823-2009-0.Santa Delia Pérez Condori.- Empresa Constructora Pacífico Asociados Contratistas Generales.SRL.- Resolución de Contrato.- Confirmaron la resolución Nro 26, de fecha diecisiete de agosto del dos mil once, por la que se resuelve: Declarar improcedente la solicitud de sucesión procesal

que obra a fojas trescientos de autos . B) Se otorga el plazo de treinta días para que se apersonen en autos, la sucesión del que en vida fue: Manuel Jesús Ponce Díaz, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. 2) Revocaron la resolución Nro 28de fecha veinticinco de octubre del dos mil once, por la que se resuelve: Declarar la sucesión procesal a la sucesora procesal Santa Delia Pérez Condori, y Reformándola declararon improcedente la solicitud presentada. Dispusieron que el juez de la causa cumpla con pronunciarse respecto de la solicitud presentada, así mismo deberá declarar la nulidad de actuados que se hayan suscitado sin la declaración de la sucesión de don Manuel Ponce y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.- Valdivia.AV 21 Sa V Reg. N° 06823-2009-0.- Santa Delia Pérez Condori.- Empresa Constructora Pacífico Asociados Contratistas Generales.- SRL.- Resolución de Contrato.- Declararon Nula e insubsistente la resolución Nro 51-2013 de fecha veinticuatro de enero del dos mil trece, que obra a fojas cuatrocientos ochenta y tres y siguientes, por las que se resuelve: 1) Incorporar al proceso en calidad de litis consortes necesarios pasivos respecto de restitución de posesión del inmueble y 2) Disponer la notificación con los citados actuados en el inmueble que origina la demanda; 3) Dejar sin efecto el señalamiento de fecha de la audiencia de pruebas del día de la fecha; y dispusieron, sin lugar a emitir pronunciamiento; y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.- Valdivia.AV 22 Sa V Reg. N° 06823-2009-0.- Santa Delia Pérez Condori.- Empresa Constructora Pacífico Asociados Contratistas Generales.- SRL.- Resolución de Contrato.- Declararon Nula e insubsistente la resolución Nro 64 de fecha veinte de agosto del dos mil trece, que obra a fojas 627 y siguiente,

por la cual se resuelve: Declarar improcedente la nulidad presentada por el litis consorte necesario pasivo Juan Agripino Benegas Coaguila y dispusieron, sin lugar a emitir pronunciamiento, y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.Valdivia.AV 23 Sa V Reg. N° 06823-2009-0.- Santa Delia Pérez Condori.- Empresa Constructora Pacífico Asociados Contratistas Generales.- SRL.- Resolución de Contrato.- Declararon Nula e insubsistente la resolución Nro 93-2015, de fecha catorce de agosto de dos mil quince, que obra a fojas mil trescientos setenta y siete y siguientes, por la que se resuelve: Declarar improcedente la demada, ejecución de cláusula penal, restitución de posesión, se declara la nulidad de todo lo actuado y la conclusión del proceso, se dispone la devolución de los anexos por las partes, y dispusieron, sin lugar a emitir pronunciamiento, y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.- Valdivia.AV 27 MM Con los SS.Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. Reg. N° 04955-2010-0.- Angel Enrique Rubina Carbajal.- AUTODEMA.- Acción de Amparo.- Confirmaron la resolución Nro. 34, del veinticinco de mayo de dos mil quince, que resuelve hacer efectivo el apercibimiento dispuesto en la resolución Nro. 31, en consecuencia: Impone multa de una URP. A Isaac Martínez Gonzales en su calidad de Gerente General de Autoridad Autónoma de Majes-AUTODEMA y se requiere nuevamente a la demandada representada por su gerente, para que cumpla con reincorporar al demandante en el cargo que venía desempeñando y lo devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 5JC.- Maraza.AV 29 CL Con los SS.Cervantes López, Salinas Vizcarra y Cárdenas Ticona.-. Reg. N° 01186-2009-8.- María Isabel Díaz Monteagudo.- Otto Merzenich Gonzales.- Violencia Familiar.- Se resuelve: Revocar la resolución Nro. 12-2015 de fecha veintidós de mayo del dos mil quince, que ordena la detención hasta por veinticuatro horas del agresor Otto Merzenich Gonzales, con lo demás que contiene. Reformándola 1) Se ordena que el demandado cumpla con asistir a terapias de orientación familiar en grupo e individuales dirigidas por la sicóloga del Módulo Básico de Justicia, en el plazo máximo de tres días de notificado.2) Se ordena que la madre del menor agraviado cumpla con asistirá a terapias de orientación familiar en grupo e individuales dirigidas por la sicóloga del Módulo Básico de Justicia, debiendo gestionar la cita en tres días, en caso contrario debe ordenarse su detención hasta el lapso de veinticuatro horas. 2 ) Se ordena que la madre del menor agraviado, cumpla con asistir a trapias de orientación familiar en grupo e individuales dirigidas por la sicóloga del módulo básico de justicia debiendo asistir en el plazo de cinco días de notificada con la presente. 3) Disponiéndose la notificación de la presente en los domicilios reales de las partes señaladas en el escrito copiada a folios doscientos catorce sin perjuicio de girar las cédulas de notificación correspondientes a los domicilios procesales fijados en autos., y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JMM.- Pinto.AV 29 CL Con los SS.Cervantes López, Salinas Vizcarra y Cárdenas Ticona.-. Reg. N° 02657-2012-0.- Natividad Vela Emmanuel y otro.- Alfredo Ballón Pérez y otro.- Prescripción Adquisitiva.- Se resuelve: Declarar Nula la sentencia Nro. 087-2015, de fecha diez de julio del dos mil quince, obrante a folios doscientos setenta, que declara improcedente la demanda interpuesta. Se dispone que el aquo expida nueva resolución y los devolvieron al juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber.- 8JC.- Del Carpio.VIERNES 08 DE ENERO DE 2016 SV 07 MM Con los SS.Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. Reg. N° 00186-2007-0.- Percy Christian Carpio Pérez.- Oscar Villanueva Huaco y otros.- Reivindicación.- Declararon Nula la sentencia Nro. 023-2015-CI del diecinueve de enero del dos mil quince, que declara improcedente la demanda. Ordenaron que la jueza, A-quo, expida nueva sentencia sobre el fondo de la cuestión extrovertida . Exhortaron a la señora jueza Silvia Sandoval Corimayta y el especialista Víctor José Tapia Málaga, mayor celo en el ejercicio de sus funciones.y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JC.Hunter.-

Martes, 17 de mayo del 2016

SV 15 MM Con los SS.Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cárdenas Ticona. Reg. N° 00044-2015-0.- Dionisio Tiílla Choque.Rímac Seguros.- Acción de Amparo.- Confirmaron la sentencia Nro. 78-2015 del veintiuno de mayo de dos mil quince, que declara improcedente la demanda interpuesta y lo devolvieron al juzgado de origen.. Tómese razón y hágase saber.- 1JJC.Herrera.AT UNO MM Reg. N° 0902-2014-0.Helen Reyes Flores.- Marleni Franco Cuadros.- Indemnización.- Resolvieron: Tener por interpuesto el recurso de queja, presentado por Geir Andersen, que rechaza y declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia, en consecuencia: Dispusieron elevar el cuaderno de recurso de queja, anexos y la prsente resolución a la Sala Civil de la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber. AT 54 CL Reg. N° 03683-20120.- Asociación de pequeños Comerciantes El Carmen.- Feliciano Calle Madani.- y otros.- Prescripción Adquisitiva.- “En caso de que el recurso sea presentado ante la Corte Superior, esta deberá remitirlo a la Corte Suprema sin más trámites dentro del plazo de tres días”. Ordenaron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber. AT 60 MM Reg. N° 03012-2011-0.Avelina Antonieta Alvarez vda. de Meza.- Rolando Eduardo Calisaya Cahuina y Lola Reyna Burgos Aquize.- Rectificación de Area y linderos.- Dispusieron la inmediata devolución del presente expediente al juzgado de origen a efecto de que en el día y bajo responsabilidad, cumpla con subsanar la omisión advertida. Cumplido lo cual deberá remitirse el expediente a esta Sala para absolver el grado. Tómese razón y hágase saber. AT 140 MM Reg. N° 08591-20070.- Natalia Colque Mancilla.- Empresa MINSER SRLTDA. Y Fundación del Colegio Nuestra Señora del Rosario.- Mejor Derecho a la Propiedad.- Declararon Fundada la abstención formulada por el señor Juez Superior doctor Carlos Enrique Polanco Gutiérrez, ha conocido el presente proceso, en primera instancia, fundamentos pór los cuales: Dispusieron, que el colegiado se integre con el juez llamado por ley. Tómese razón y hágase saber. SV 11 MM Con los SS.Marroquín Mogrovejo.- Valencia Dongo Cárdenas. Reg. N° 01765-2015-0.- Alejandro Marcel Galindo Vizcarra.- Club Internacional de Arequipa.- Acción de Amparo.- Declararon Improcedente la abstención efectuada por el señor juez doctor Rene Cervantes López.. Tómese razón y hágase saber.1JJC.- Herrera.-

AT 28 CL Con los SS.Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra.- Cervantes López. Reg. N° 00338-2014-0.- María Josefa Cristina Flores de Tamayo.- Sociedad de Beneficiencia Atrquipa.- Nulidad de resolución o Acto Administrativo.- Ordenaron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República cpn la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber.- 1JJC.Herrera.LUNES 11 DE ENERO DE 2016 AT UNO MM Con los SS.Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. Reg. N° 02217-2015-63.- Angel Flavio Mendoza del Carpio.- Banco ede la Nación de Arequipa.Acción de Amparo.- Dispusieron remitir el recurso de queja presentado en contra de la resolución Nro. nueve (Siete-2SC) 563-T del dieciséis de diciembre de dos mil quince, que declara inadmisible el recurso de agravio constitucional, contra el auto de vista Nro. 719-2015-2SC (SEIS); al Tribunal Constitucional, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber. AV 15 CL Reg. N° 02546-2015-0.- O. CH. P.- C.M.A.E.- Contra la libertad sexual.- Se resuelve: Confirmar la resolución Nro. 02-2015, de fecha dieciséis de octubre del dos mil quince, obrante a fojas dieciocho, en el extremo que resuelve declarar improcedente el ofrecimiento del medio probatorio presentado por el representante del menor infractor, con lo demás que contiene.y los devolvieron al juzgado

de origen.. Tómese razón y hágase saber.- 1JMPaucarpata.- Zúñiga.AV 16 CL Reg. N° 02546-2015-0.- O. CH. P.- C.M.A.E.- Contra la libertad sexual.- Se resuelve: Confirmar la resolución Nro. 04, de fecha veintiséis de octubre del dos mil quince, obrante a fojas doscientos once, en el extremo que resuelve declarar improcedente el ofrecimiento de medios probatorio extemporáneos, con lo demás que contiene.y los devolvieron al juzgado de origen.. Tómese razón y hágase saber.- 1JMPaucarpata.- Zúñiga.AV 17 CL Reg. N° 02546-2015-0.- O. CH. P.- C.M.A.E.- Contra la libertad sexual.- Se resuelve: Confirmar la resolución Nro. 16, de fecha dos de noviembre del dos mil quince, obrante a fojas doscientos treinta y tres, en el extremo que resuelve declarar infundado el pedido de cese del internamiento preventivo, con lo demás que contiene.- y los devolvieron al juzgado de origen.. Tómese razón y hágase saber.- 1JM Paucarpata.- Zúñiga.SV 17 CL Reg. N° 02546-2015-0.- O. CH. P.- C.M.A.E.- Contra la libertad sexual.- Se resuelve: Confirmar la sentencia Nro. 117-2015, de fecha diez de diciembre del dos mil quince, obrante a fojas doscientos ochenta y cuatro, que declara al menor O.R.C.P. coautor del acto infractor de violación a la libertad sexual, realizada por dos o más sujetos, previsto y contemplado en el artículo 170°, del Código Penal en agravio de C.M.A.E. de veintitrés años de edaed y como tal le impone la medida socioeducativa de internación por el plazo de cuatro años, con severa recriminación al menor, internación que se cumplirá el en el Centro Juvenil Alfonso Ugarte, fijando como reparación civil la suma de cinco mil nuevos soles, que pagarán los padres del infractor a favor de la parte agraviada, con lo demás que contiene y los devolvieron al juzgado de origen.. Tómese razón y hágase saber.- 1JMPaucarpata.- Zúñiga.MARTES 12 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo y Cervantes López. AT 04 MM Reg. N° 00219-201520.- Yura S.A. – Nulidad de Resolución Administrativa.- Aceptaron la abstención efectuada por el señor Ramiro Bustamante Zegarra debiendo conformar sala con el señor juez superior llamado por ley.Tómese razón y hágase saber.- 7JC.- Polanco.En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. AT UNO CL Reg. N° 01627-2014-0.Federación de Empleados Bancarios del Perú.Cristina Susana Llerena de Rodríguez y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.- Dispusieron la remisión del presente cuaderno de apelación a la Tercera Sala Civil, a efecto que la misma se avoque a su conocimiento. Tómese razón y hágase saber.Con los SS. Bustamante Zegarra, Cervantes López y CárdenasTicona. AT DOS BZ Reg. N° 00716-201480.- Mariela Salhua Callo.- Alejandro Huamaní Mamani.- Desalojo.- Declararon Improcedente el pedido de fijar día y hora para la realización de la audiencia de informe oral y la solicitud de informar oralmente, presentado por el abogado de la parte demandante, debiendo reingresar los autos para absolver el grado, en el turno que le correspondan. Tómese razón y hágase saber.- JFT.- Torreblanca.AT 54 CL Reg. N° 04746-2011-0.Gonzalo Espinoza Cácere y otros.- Edgar Corado de la Torre y otra.- Reivindicación.- Ordenaron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención.-.Tómese razón y hágase saber.AT UNO CL on los SS. Marroquín Mogrovejo y Cervantes López Reg. N° 03491-2000-32.- Alode Portilla Guillén.Ana María Portilla Gonzales.- División y Partición de Bienes.- Declararon Fundada la abstención formulada por el señor juez superior Ramiro Bustamante Zegarra; y dispusieron que el colegiadop se integre con el juez superior llamado por ley. Tómese razón y hágase saber.Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López AT 38 MM Reg. N° 00835-2013-0.Constanza Irene Zapana Aguilar.- Juan Julio Pé-

Martes 17 de mayo del 2016

rez Quispe.- Desalojo.- Dispusieron la inmediata devolución del presente xpediente al juzgado de origen, a efecto de que en el día y bajo responsabilidad, cumpla con subsanar las omisiones advertidas. Cumplido lo cual deberá remitirse el expediente a esta sala, para absolver el grado. Tómese razón y hágase saber. AT 25 MM Reg. N° 00989-20140.- Agro Buen sembrador SAC.- Agrícola hnos. Zambrano SAC.- Obligación de Dar Suma de Dinero.- Se resuelve Hacer efectivo el apercibimiento prevenido en la resolución número veintitrés (SEIS-2SC) y en consecuencia tener por no ofrecidos los medios probatorios, señalados en el escrito de apelación de fojas ciento setenta y tres a ciento ochenta y seis .Tómese razón y hágase saber.AT NUEVE MM Con los SS. Valencia Dongo, Bustamante Zegarra y Polanco Gutiérrez Reg. N° 01969-2010-74.- Carlos Cruz Quispe.- Carmen Rosa Cruz Alvarez.- Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta.- Recusación.- Declararon Improcedente el pedido de aclaración del Auto de Vista 764-2015-2SC, formulado por Carlos Miguel Cruz Quispe.Tómese razón y hágase saber.AT DIEZ CL Con los SS. Valencia Dongo, Bustamante Zegarra y Polanco Gutiérrez Reg. N° 01969-2010-74.- Carlos Cruz Quispe.- Carmen Rosa Cruz Alvarez.- Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta.- Recusación.- Declararon No ha lugar el pedido de recusación formulado por Carlos Cruz Quispe en contra del señor juez superior Marroquín Mogrovejo.Tómese razón y hágase saber.Con los SS. Valencia Dongo Cárdenas,. Bustamante Zegarra y Polanco Gitiérrez AT ONCE BZ Reg. N° 01969-201074.- Carlos Cruz Quispe.- Carmen Rosa Cruz Alvarez.- Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta.- Recusación.- Declararon No ha lugar el pedido de recusación formulado por Carlos Cruz Quispe en contra del señor juez superior Cervantes López. Tómese razón y hágase saber. AT DOCE5 BZ Reg. N° 01969-201074.- Carlos Cruz Quispe.- Carmen Rosa Cruz Alvarez.- Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta.- Recusación.- Declararon No ha lugar el pedido de recusación formulado por Carlos Cruz Quispe. Tómese razón y hágase saber.MIERCOLES 13 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS.Cervantes López, Salinas Vizcarra y Cárdenas Ticona.-. SV 09 Sa V Reg. N° 00078-20120.- Federico Cárdenas Benavenrte y otro.- Héctor Delgado Pino y otro.- Interdicto de Recobrar.Confirmaron la sentencia Nro. 027-2015, de fojas cuatrocientos noventa y ocho a quinientos cuatro, que declara fundada en parte la demanda sobre Interdicto de Recobrar y cobro de Daños y Perjuicios interpuesta, con lo demás que contiene y los devolvemos. Tómese razón y hágase saber.7JC.- Polanco.En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 10 BZ Reg. N° 00460-2014-0.Luis Enrique Valdivia Velarde.- Lila Cornejo Salinas Divorcio por Causal.- Aprobaron la sentencia consultada Nro. 2278-2015. de fecha veinticuatro de junio del dos mil quince, que declara fundada la demanda de Divorcio por Causal de separación de hecho, seguida por Luis Enrique Valdivia Velarde en contra de Lila Sofía Cornejo Salinas, con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 3JF.- Montesinos.Con los SS. Bustamante Zegarra, Cervantes López y CárdenasTicona. AV 22 CaT Reg. N° 02666-2014-0.Alberto Wilber Sucho Alcocer.- Mamerto Sucho Luza.- Violencia Familiar- Confirmar la resolución Nro. 08, dictada en audiencia única de fecha ocho de enero del dos mil quince, a folios noventa y cuatro, en el extremo apelado que resuelve rechazar como medios probatorios, los informes solicitados, por no tener relación con los puntos controvertidos, con lo demás que contiene. y los devolvieron al juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber.- JFT.- Torreblanca.AV 23 CaT Reg. N° 02666-2014-0.Alberto Wilber Sucho Alcocer.- Mamerto Sucho Luza.- Violencia Familiar- Se resuelve Confirmar la Sentencia Nro. 550-2015, de fecha tres de agosto, obrante a fojas ciento treinta y nueve, que declara que ha existido violencia familiar recíproca. Es-

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tablece un período de protección judicial a favor de la agraviada por el lapso de doce meses, período en el cual se deberán realizar las siguientes medidas de protección: 1) La prohibición para los demandados-agraviados asistan a un tratamiento psicológico y de orientación familiar a cargo del programa NAMIS del departamento de salud mental del Hospital Goyeneche.Sin costas ni costos del proceso. 2) Revocándola en el sentido que no sólo se consideran las mrdidas de protección temporales señaladas. Reformándola. Se dispone, que además los demandados cumplan con: a) Abstenerse de maltratarse entre ellos. b) En caso de reiterarse, debidamente comprobado, se dispondrá la detención hasta por el plazo de veinticuatro horas del agresor y de reincidir se hará merecedor de multas compulsivas y progresivas a favor del poder judicial, ello sin perjuicio de las denuncias penales a las que diera lugar y/ o por resistencia a la autoridad.Tómese razón y hágase saber.- JFT.- Torreblanca.AV 13 CL Reg. N° 01832-201460.- Gregorio Callo Machaca.- Ruperto Apaza Madani y otros.- Indemnización.- Se resuelve: confirmar la resolución Nro. 02-2014, de fecha veintisiete de noviembre del dos mil quince, que resauelve declarar improcedente la demanda interpuesta. Corregir el extremo de la recurrida en la parte que dice en contra de “Francisco Ruelas Mamani, debe decir en contra de la Sucesión Ruelas Mamani” y los devolvieron al juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber.- 3JFM Paucarpata.- Talavera.En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo y Bustamante Zegarra AT 51 BZ Reg. N° 04682-2009-0.Mario Loreto Alcocer Paz y otros.- Doris Fortunata Muñoz Rojas.- Desalojo.-Declararon fundada la abstención formulada por el señor juez superior René Cervantes López y Dispusieron que el colegiado se integre con el juez superior llamado por ley. Tómese razón y hágase saber.Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López . AT NUEVE BZ Reg. N° 00127-20150.- Walter Edgar Gutiérrez Cueva.- Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa y Empresa de Transportes Sur Perú EIRL.- Anulación de Laudo Arbitral.- Declararon consentida la sentencia Nro. veinte- dos mil quince, que obra a folios quinientos cinco, mediante la cual se falla declarando infundada la demanda interpuesta, en consecuencia ha adquirido la autoridad de cosa juzgada. Conforme a su estado Dispusieron el archivo definitivo del proceso y remítase el expediente al arhivo central en la oportunidad debida, debiendo devolverse los anexos a su presentante, previa constancia en autos.- Tómese razón y hágase saber.AT 26 MM Reg. N° 00989-20140.- Agro buen sembrador SAC.- Agrícola hermanos Zambrano SAC.- Obligación de Dar Suma de Dinero.- Admitieron como medio probatorio, las copias certificadas del Auto de Vista Nro. 5802015-3SC; ofrecido en el escrito de absolución al recurso de apelación, que obra a fojas doscientos diecinueve y el escrito de subsanación que antecede, presentado por la demandante. Traslado ala demandada por el plazo de diez días.-. Prescindieron de la audiencia de pruebas respectiva y conforme al estado del proceso Señalaron fecha para la vista de causa el día veintiséis de marzo de dos mil dieciséis.- a lsa nueve horas en la sala de audiencias de la segunda sala civil .Tómese razón y hágase saber. AT 36 BZ Reg. N° 01703-2012-0.Zaida Nanny Campos Rodríguez.- Gregoria Vargas Morales de Ala, Celso Epifanio Vargas Morales y Josefina Vargas Morales.- Admitieron el medio probatorio extemporáneo ofrecido. Traslado a la parte demandada por el plazo de cinco días.- Tómese razón y hágase saber.-

Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 13 CL Reg. N° 06408-20070.- Guillermo Ydme Chambi y otro.- Esther Murillo Málaga de Arpasi y otro.- Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta.- Se resuelve: Confirmar la sentencia Nro. 19-2015, de fecha veintisiete de marzo de dos mil quince. Que declara fundada la demanda interpuesta y en consecuencia declara nulas la sentencia Nro. 222-2005 emitida por el primer juzgado de paz letrado y la sentencia de vista Nro. 13-2005, emitida por el tercer juzgado civil de Arequipa, expedidas en el expediente Nro. 353-1995 sobre Desalojo y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 4JC.- Quispe SV 14 MM Reg. N° 00392-2014-0.- Basílica Gonzales de Aquise.- Félix César Aquise Gonzales.Interdicción.-Aprobaron la sentencia Nro. 5422015, del cuatro de setiembre de dos mil quince, que declara fundada la demanda interpuesta, en consecuencia declara interdicto a don Leonardo Clemente Aquise Dueñas, por incapacidad absoluta prevista en el artículo 43, inciso dos del Código Civil y se nombra como curadora especial del interdicto a su señora esposa: doña Basílica fijando los límites de la curatela, con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JFT.- Paucarpata.- Corrales.

JUEVES 14 DE ENERO DE 2016

Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. AT 37 CL Reg. N° 00064-20120.- Percy Félix Cáceres Guillén.- Primera Fiscalía Superior Civil y familia, Silvia Grimanesa Galindo Paredes.- Divorcio por Causal.- Ordenaron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber.-

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 06 MM Reg. N° 00831-2015-0.Francisco René Chalco.- Irma Ada Cahuana Hurtado.- Violencia Familiar.- Aprobaron la sentencia Nro. 488-2015, del quince de setiembre del dos mil quince, de fojas noventa y dos y siguientes, que declara infundada la demanda interpuesta, en agravio de Francisco René Madani Chalco y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.2JMMM.- Pinto.-

AT DOS

MM Reg. N° 0268-2015-0.- Jesús WilfridoApazaClavijo.- Municipalidad Provincial de Arequipa.- Acción de Amparo.- Admitieron a trámite el escrito de contestación presentado, en consecuencia Dieron por absuelta la demanda en los términos que contiene el escrito de contestación que antecede. A los anexos.- Agréguese a sus antecedentes. Requiérase a la demandante a que cumpla con efectuar la publicación ordenada en el auto admisorio de la demanda. Cumpla la demandada con señalar casilla electrónica dentro del plazo de tres días, bajo responsabilidad. Tómese razón y hágase saber. Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. AT 38 CL Reg. N° 04813-2014-0.Paul Alexander Linarez Sánchez.- Michael Jesús Flores Núñez.- Infracción contra la vida, el cuerpo y la salud.- Ordenaron Elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber. AT DOS BZ Reg. N° 04126-2015-0.Tecn. Fluidos SAC.- Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual Paul (INDECOPI) Revisión de Procedimiento de Ejecución / Cobranza Coactiva.Resolvieron declarar la incompetencia de esta sala superior, por razón de territorio, y Dispusieron la remisión de los actuados a mesa de partes de la Corte Superior de Justicia de Lima, para su ingreso aleatorio a la Sala Superior de Turno de la corte Superior de Justicia de Lima. Tómese razón y hágase saber. VIERNES 15 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. AT UNO MM Reg. N° 00007-20160.- Justina Lorenza García Ambur,. Exequatur.Resolvieron: Declarar Inadmisible la solicitud interpuesta.- Concedieron plazo de tres días a la actora para que subsanen los fundamentos expuestos en la parte considerativa, en consecuencia: Concedieron plazo de tres días a la actora, para que subsanen los defectos formales advertidos, bajo apercibimiento de de rechazar la demanda y ordenar el archivo del expediente. Tómese razón y hágase saber.

LUNES 18 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS. Valencia

Dongo.- Salinas Vizcarra y Cárdenas Ticona. SV 19 CaT Reg. N° 00211-20140.- Otilia Zegarra Tejada.- ETUPSSA.- Impugnación de Acuerdo.- Confirmaron la sentencia Nro. 176-2015 del once de junio de dos mil quince, que declara infundada la pretensión de acuerdo societario de exclusión de accionistas, llevada a cabo el catorce de noviembre del dos mil trece, contenido en la demanda interpuesta, y los devolvieron al juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber.- 1JMPauc.- Zúñiga.En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 19 CL Reg. N° 00347-20150.- Brisseth Hellen Gallegos Russell.- Elízabeth Russell García y otro.- Violencia Familiar.- Se resuelved aprobar la sentencia Nro. 538-2015-FC, obrante a fojas ciento nueve y siguientes, que declara infundada la demanda en la modalidad de maltrato sicológico, con lo demás que contiene.y los devolvieron al juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber.- 2JMMM.- Pinto.En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 20 CaT Reg. N° 04681-20140.- Gonzalo Erasmo Concha Mejía y otro.- Blanca Paulina Calero Obregón.- Prescripción Adquisitiva.- Confirmaron la sentencia Nro. 41-2015, que declara infundada la demanda en todos sus extremos, interpuesta, y los devolvieron al juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber.- 8JC.- Del Carpio.Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 21 CL Reg. N° 01732-20140.- Luz María Facón Quispe.- Reconocimiento de Unión de Hecho.- Se resuelve: Aprobar la sentencia Nro. 313-2015, de fecha nueve de julio de dos mil quince, que declara fundada la demanda interpuesta, que declara la existencia de unión de hecho habida entre doña Luz María Falcón Quispe y quien en vida fuera Efraín Condori Gómez en el período mencionado edesde el diez de febreo del dos mil seis hasta el veintidós de abril del dos mil catorce, fecha en la cual falleció su concubino, en consecuencia se le reconoce a la demandante como conviviente de quien en vida fuera Efraín Condori Gómez, en el período mencionado para los fines de ley, reconociéndole todos los derechos que este le otorga, sin costas ni costos y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 1JF.Aquize . SV 17 CL Con los SS. Cervantes López, Villena Ramírez y Cárdenas Ticona.. Reg. N° 06937-2013-0.- JustinoSacsi Portilla.ONP.- Acción de Amparo.- Se resuelve revocar la sentencia Nro. 093-2015, de fecha veintitrés de junio del dos mil quince, obrante a folios doscientos diez, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta, con lo demás que contiene, Reformándola se declara Improcedente la disponiéndose la conclusión y archivo del proceso, así como la devolción de los anexos, a gestión de la parte interesada y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 7JC.- Polanco. SV 18 CL Con los SS. Cervantes López, Villena Ramírez y Cárdenas Ticona.. Reg. N° 03023-2013-0.- Remo Hernán Apaza Cutipa.- ENACE.- Prescripción Adquisitiva.- Se resuelve: Revocar la sentencia Nro. 084-2015, de fecha doce de junio del dos mil quince, obrante a folios doscientos sesenta y cinco y siguientes, que resuelve declarar infundada la demanda interpuesta; Reformándola: Se declara Improcedente la misma, por la causal prevista en el artículo 427 del Código Procesal Civil, por las razones expuestas; Exonerar en forma expresa a la parte demandante del pago de costas y costos y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 7JC.- Polanco. Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. AV 33 BZ Reg. N°| 00644-2014-7.Municipalidad Distrital de Sachaca- Oscar Alzadora Zea y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.- Confirmaron la resolución Nro. 19 de fecha diez de julio del dos mil quince, obrante a fojas doscientos cuarenta y seis y doscientos cuarenta y siete, por la que se declara improcedente el abandono del

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proceso, solicitado por Jorge Luis Díaz Salas, con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JC Hunter. SV 17 CL Con los SS. Cervantes López, Villena Ramírez y Cárdenas Ticona.. Reg. N° 01911-1996-96.- María Sofía Cárdenas Canty y otro.- Julio Delfor Cárdenas Cuadros.- Divorcio por Causal.- Confirmaron la resolución Nro. 17-2015, de fecha veintidós de mayo del dos mil quince, copiada de fojas doscientos veinte y siguiente, en el extremo que resuelve declarar improcedente, el ofrecimiento de pago por la suma de cincuenta nuevos soles mensuales, realizada por Mauricio Filmar Cárdenas Yapo y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 1JF.- Aquize. Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. AT 34 BZ Reg. N°| 03489-20120.- Ramón Nonato Mamani Mamani.- ONP.-Acción de Amparo.- Admitieron los medios probatorios referidos a: a) Certificado de trabajo de fecha diez de agosto de 1999, las planilla de salarios del mes de enero de 1999. b) Planillas de jornales de la Empresa Raúl Salas Velarde y los certificados de pago. C) Las planillas de jornales de la Empresa Juan Bustamante Romero.d) Certificado de Trabajo de fecha diez de diciembre del dos mil quince. e) Copia legalizada del Testimonio de Declaratoria de Fábrica ante la Notaría Fernández Dávila . Traslado a las partes del proceso por el plazo de tres días . 2) Suspendieron por ahora el llamado de autos para resolver. 2) Suspendieron por ahora el llamado de autos para resolver. Tómese razón y hágase saber.AT 17 MM Reg. N° 00684-2014-0.Julia Valencia Mendoza.- Teresa Evangelina Laguna Pari Prescripción Adquisitiva.- Declararon inadmisibles los medios probatorios referidos a informe y constancia de búsqueda del expediente Nro. 2007- 5974 y el acta de conciliación Nro. 1563-2010 y Admitieron como medios probatorios, la constancia de búsqueda del expediente Nro. 2007-5974 y el reporte del expediente Nro. 2007-5974. Cúrsese oficio al Jefe del Archivo Central a fin de que remita el expediente Nro,. 20075974, sobre Desalojo, a la parte demandada por el plazo de diez días . Y conforme al estado del proceso, señalaron fecha para la vista de la causa el día veintitrés de marzo de dos mi dieciséis. Tómese razón y hágase saber.AT TRES MM Reg. N°| 00269-20150.- ERIMAR SAC.- Omar Isaías Rodríguez Barriga, ejecutor coactivo del Gobierno Regional de Arequipa.- Revisión de Procedimientos de Ejecución/ Cobranza Coactiva.- Admitieron a trámite el escrito de contestación presentado por la abogada Luz Amparo Begazo de Dávila.- Dieron por absuelta la demanda.- A los medios probatorios. Téngase presente.- Por ofrecidos los anexos.Cumpla la demanda con presentar el expediente administrativo cuestionado.Tómese razón y hágase saber.. AT 14 BZ Reg. N° 03928-2014-0.Cuarta Fiscalía Provincial de Familia.- Susana Hala Hancco.- y Pedro Ala Ccahua.- Violencia Familiar.Señalaron fecha para la vista de causa para el día diez de febrero de dos mil dieciséis a las nueve horas. Se requiere a las partes cumplan con señalar casilla judicial y casilla electrónica en el plazo de tres días. Bajo responsabilidad de la demora innecesaria en este proceso.Tómese razón y hágase saber.- JC Hunter. MARTES 19 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cárdenas Ticona. SV 22 BZ Reg. N° 01917-2011-0.Gonzalo Pinto Fernández en representación de MSPZ.- Lizbeth Zegarra Santillana.- Violencia Familiar.- Confirmaron la sentencia Nro. 353-2015FC, de fecha seis de julio del dos mil quince, en el extremo que resuelve declarar infundada la tacha interpuesta por la demandada Lizbeth Candy Zegarra Santillana, formulada en contra del medio probatorio referido al informe médico de fojas diez, declarar Fundada la demanda interpuesta, en consecuencia se declara la existencia de violencia familiar ejercida en agravio del menor Marcelo Sebastián Pinto Zegarra; y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JMMM.- Pinto.Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. AV 31 CL Reg. N° 01958-1998-

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45.- Walter Conde Marín.- Martha Mayta de Conde.- Alimentos.- Se resuelve Confirmar la resolución Nro. 50, de fecha diecinueve de enero del dos mil quince, copiada a folios cuarenta y nueve, que declara improcedente el pedido de nulidad de actuados, presentado por don Walter Conde Marín, con lo demás que contiene. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 1JF.- Aquize . SV 32 CL Con los SS. Cervantes López, Villena Ramírez y Cárdenas Ticona.. Reg. N° 01958-1998-41.- Walter Conde Marín.Martha Mayta de Conde.- Alimentos.- Se resuelve: Confirmar la resolución Nro 55, de fecha cinco de junio del dos mil quince, obrante copiada a folios sesenta y cuatro, que aprueba la liquidación de pensiones alimenticias devengadas, por el período comprendido entre el uno de febrero de mil novecientos noventa y nueve al treinta y uno de enero del dos mil catorce, por el monto de veintiun mil novecientos noventa y ocho con 99/100 soles, con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 1JF.- Aquize. Con los SS. Cervantes López.- Salinas Vizcarra y Cárdenas Ticona AV 35 CaT Reg. N° 05942-20060.- Asociación de Vivienda Quinta Martinetty.Eduardo Alvarado Fernández y otros.- Prescripción Adquisitiva.- Confirmaron la resolución Nro. 36 del diecinueve de junio de dos mil ocho, que admite la demanda en la vía de proceso abreviado y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 8JC.- Del Carpio. AV 36 CaT Reg. N° 05942-20060.- Asociación de Vivienda Quinta Martinetty.Eduardo Alvarado Fernández y otros.- Prescripción Adquisitiva.- Confirmaron la resolución Nro. 40 del once de julio de dos mil ocho, en el extremo que declara improcedente la reconvención planteada por doña Gina Mara Rodríguez Alcázar lo devolvieron. Tómese razón y hágase saber.8JC.- Del Carpio. AV 37 CaT Reg. N° 05942-20060.- Asociación de Vivienda Quinta Martinetty.Eduardo Alvarado Fernández y otros.- Prescripción Adquisitiva.- Confirmaron la resolución Nro. 47 del diecinueve de setiembre de dos mil ocho, que declara improcedente la nulidad de las notificaciones efectuadas por edictos y de la resolución Nro. 42, por las que las admite, deducida por la demandada y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 8JC.- Del Carpio. AV 38 CaT Reg. N° 05942-20060.- Asociación de Vivienda Quinta Martinetty.Eduardo Alvarado Fernández y otros.- Prescripción Adquisitiva.- Confirmaron la resolución Nro. 54 del veintiséis de enero del dos mil nueve, que declara infundadas las excepciones de incapacidad de demandante, oscuridad y ambigüedad en el modo de proponer la demanda, falta de legitimidad para obrar del demandante y litisdependencia interpuesta por la demandada y lo devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 8JC.- Del Carpio. AV 39 CaT Reg. N° 05942-20060.- Asociación de Vivienda Quinta Martinetty.Eduardo Alvarado Fernández y otros.- Prescripción Adquisitiva.- Confirmaron la resolución Nro. 61 del quince de junio de dos mil nueve, que resuelve incorporar al proceso a doña Catalina Valdez Yuca a don Nicolás Coari Belisario, como litis consortes necesarios pasivos y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 8JC.- Del Carpio. AV 40 CaT Reg. N° 05942-20060.- Asociación de Vivienda Quinta Martinetty.Eduardo Alvarado Fernández y otros.- Prescripción Adquisitiva.- Confirmaron la resolución Nro. 67 del nueve de diciembre de dos mil nueve, en el extremo que declara improcedente la reconvención planteada por Catalina Valdez Yuca y Nicol+as Coari Belisario y lo devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 8JC.- Del Carpio.

SV 23 SaV Con los SS. Valencia Dongo.- Salinas Vizcarra y Cárdenas Ticona. Reg. N° 06889-2013-0.- SEDAPAR.- Municipalidad Distrital de Yanahuara .- Acción Contencioso Administrativa.- Confirmaron la sentencia Nro. 392015 del dieciocho de mayo de dos mil quince, que declara infundada la demanda interpuesta y los devolvieron.- Tómese razón y hágase saber.3JC.- Chávez. SV 25 CaT Con los SS. Cervantes López.- Salinas Vizcarra y Cárdenas Ticona Reg. N° 05942-2006-0.- Asociación de Vivienda Quinta Martinetty.- Eduardo Alvarado Fernández

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y otros.- Prescripción Adquisitiva.- Confirmaron la resolución Nro. 64-2015 del veintisiete de mayo del dos mil quince, que declara infundada la demanda, subsanada a fojas seiscientos treinta y siete, interpuesta. Tómese razón y hágase saber.8JC.- Del Carpio. MIERCOLES 20 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cárdenas Ticona. SV 22 BZ Reg. N° 02899-2014-0.Benedicto Bellido Quico de Chura.- ONP.- Acción de Amparo.- Confirmaron la sentencia Nro. 972015 del veintidós de junio de dos mil quince, de fojas 76, que declara Fundada la pretensión constitucional de amparo, contenida en la demanda a fojas veintitrés a veinticinco interpuesta por Benedicto Bellido Quico vda. de Chura en contra de la ONP, en consecuencia declara la nulidad de la resolución Nro. 000003837-2013ONP/DPR/ DL19990 del nueve de agosto de dos mil trece, ordena que la demandada cumpla con expedir la resolución administrativa, otorgando pensión de viudez a favor de la accionante; asimismo, ordena que la demandada ONP, procede a determinar el pago de las pensiones devengadas y los reintegros, con los intereses, y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JMMM.- Pinto.Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 26 CL Reg. N° 00322-2015-0.Ignacia Hacco Madani.- Margarita Pacco Hancco.Violencia Familiar.- Se resuelve: Aprobar la Sentencia Nro. 561-2015-JR-FC-02, de fecha nueve de octubre del dos mil quince, obrante a folios treinta y nueve y siguientes, que declara infundada la demandada interpuesta, con lo demás que contiene, y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JF.- Valdivia. . SV 29 BZ Con los SS. Cervantes López, Villena Ramírez y Cárdenas Ticona.. Reg. N° 0189-2014-0.- Vilma Sánchez Alvarez.Braulio Vivanco Paz.- Divorcio por Causal.- Aprobaron la sentencia consultada de fecha nueve de abril del dos mil trece, que declara fundada la demanda, con lo demás que contiene y lo devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JM Islay.- Cary. Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 31 BZ Reg. N° 01416-20120.- Alfonso Coronel Salcedo.- Juana Chirinos Rodríguez y otros.- Acción de Amparo.- Confirmaron la sentencia Nro. 098-2015, corriente a fojas doscientos trece y siguientes en los extremos que resuelve Improcedente la demanda, en los extremos que señala que la pensión le corresponda dentro del régimen del Decreto Ley 20530, así como en cuanto se pretende, se deje sin efecto una resolución administrativa y otorgamiento de bonificación especial por preparación de clases . Infundada en cuanto a las personas de doña Juana Antonieta Chirinos Rodríguez, el azor jurídico don Gonzalo R. Febres Trigozo, jefe de personal doña Luz Marina Egoavil Quispe y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 7JC.- Polanco. . SV 36 CaT Reg. N° 01849-2015-0.Jorge Antonio Saiko Cacya.- Erick Paul Saico Alvarez.- Violencia Familiar.- Aprobamos la sentencia Nro. 399-2015-3JEF de fecha treinta y uno de agosto de dos mil quince, en el extremo que declara infundada en parte la demanda interpuesta por el Ministerio Público sobre Cese de Violencia Familiar en contra de Erick Paul Saico Alvarez, con lo demás que contiene y es materia de consulta y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.3JF.- Montesinos. . SV 38 CaT Reg. N° 02097-20150.- Amalia Hilacondo Arrisueño y otro.- Ninfa Hilacondo Vilcape.- Violencia Familiar.- Aprobamos la sentencia Nro. 524.2015 de fecha nueve de setiembre de dos mil quince, en el extremo que declara infundada en parte la demanda interpuesta por el representante del Ministerio Púbñico que solicita la existencia de violencia familiar en agravio de Anselmo Silvio Hilacondo Arrisueño con todo lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 4JF.- Pacheco. .

JUEVES 21 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López.

SV 30 BZ Reg. N° 01387-2014-0.Dolores Cusi Quispesivana.- Francisco Rimache Lluccallasi.- Violencia Familiar.- Corrigieron la sentencia apelada Nro. 542-2015 de fecha diecisiete de julio de dos mil quince, en la parte resolutiva que indica que el período de protección judicial a favor de la agraviada es por el lapso de seis meses , cuando en realidad debe ser por doce meses. Confirmaron la misma en los extremos que establece un período de protección judicial a favor de la agraviada por el lapso de doce meses y señala como apercibimiento multa y detención hasta por veinticuatro horas del demandado¸y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JFT.Torreblanca.Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Valencia Dongo Cárdenas y Bustamante Zegarra. SV 32 BZ Reg. N° 04586-2012-0.Lizeth Villena Gómez.- Jimmy David Minaya.- Divorcio por Causal.- Se resuelve: Aprobar la Sentencia consultada Nro. 299-2015, de fecha treinta de abril d dos mil quince.- que declara fundada la demanda interpuesta, con lo demás que contiene. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JFT.- Torreblnca. . SV 29 CL Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López, Reg. N° 04578-0-2014-0.- Agustina Quispe Olvea.- Lucio Flores Apaza.- Divorcio por Causal.- Se resuelve aprobar la sentencia Nro. 358-2015 de fecha catorce de agosto del dos mil quince, que declara fundada la demanda interpuesta, por un período ininterrumpido de mas de dos años, en consecuencia: Disuelto el vínculo matrimonial celebrado por los dos primeros con fecha siete de mayo de mil novecientos ochenta y siete, ante el registro civil de la Municipalidad Provincial de Moho, departamento de Puno. Con lo demás que contiene. hágase saber.- JF Hunter.- Soncco. Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 35 BZ Reg. N° 02091-2015-0.Ministerio Público.- Margot Magaly Madani Colque.- Violencia Familiar.- Aprobaron la sentencia consultada Nro. 537-2015 de fexcha veinticinco de setiembre del dos mil quince, que declara infundada la demanda interpuesta, en agravio de Margot Magali Madani Colque y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JF.- Valdivia.Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Valencia Dongo Cárdenas y Bustamante Zegarra. SV 32 CL Reg. N° 0350-20120.- Ruth María Espinoza Alarcón.- Jesús Ernesto Quispe Quilluya y otro.- Interdicto.- Se resuelve: 1) Revocar la sentencia Nro. 149-2015, de fecha veinticinco de agosto del dos mil quince, en el extremo apelado que declara fundada la tacha del documento Recibo 1057, obrante a fojas sesenta y dos y ochenta y cuatro, Reformándola: Se declara infundada la tacha interpuesta por la parte demandante. 2) Confirmar la sentencia Nro. 1492015 de fecha veinticinco de agosto del dos mil quince, en el extremo apelado que declara fundada la demanda interpuesta y en consecuencia dispone la restitución por los demandados, del bien inmueble, materia de litis, lote dieciséis, manzana S, Asociación APVIS “Los Olivos del Puerto”, con lo demás que contiene. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JCIslay.- Marín. . SV 37 BZ Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López, Reg. N° 02241-0-2014-0.- Ilda Huisa Jordán.- Reconocimiento de Unión de Hecho.- Aprobaron la sentencia consultada Nro. 0451-2015, de fecha veinticuatro de agosto de dos mil quince, que declara fundada la demanda interpuesta, con lo demás que contiene. Hágase saber.- 2JF.- Valdivia. Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López SV 3 4 BZ Reg. N° 02346-20130.- Elsa Santusa Chinche Cayllahua.- Jacqueline Margarita Chinche Cayllahua.- Violencia Familiar.- Declararon Nula la sentencia apelada Nro. 446-2015 con fecha veinticinco de junio del dos mil quince de fojas doscientos setenta y seis que resuelve declarar infundada la demanda de fojas treinta y ocho y siguientes interpuesta. Dispusieron se expida nueva sentencia a base de los considerandos expuestos a la brevedad posible. con

Martes, 17 de mayo del 2016

lo demás que contiene. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JCIslay.- Marín. . AV 44 MM Reg. N° 00022-201627.- B.A.C.P. P.F.D.- Confirmaron la resolución Nro. 02 del treinta y uno de diciembre del dos mil quince. Que declara fundado el requerimiento de internamiento, en consecuencia dispone el internamiento preventivo de los menores Herberth Danuel Puma Flores y Brayam Angel Cahuana Paye, por el término de dos meses en el centro de menores Alfonso Ugarte.. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JMMM.- Madariaga. . Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López AV 45 CL Reg. N° 02148-20130.- Luis Manuel Jordán Bejarano.- Municipalidad Provincial de Arequipa.- Acción Contencioso Administrativa.- Se resuelve: Declarar nula l resolución Nro. 05, obrante a folios cuarenta y dos, que resuelve rechazar la demanda presentada.- Se dispone.- Que el juez de la causa emita pronunciamientto de los pedidos realizados por la parte demandante en los escritos presentados, mientras el expediente se encontró en el Archivo Central de la Corte, obrantes a folios noventa y cinco a ciento nueve, y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JC Pineda. . AV 46 CL Reg. N° 00105-2015-0.Diek Joseph Mayta Mayta.- Corporación Lindley S.A. Acción de Amparo.- Se resuelve: onfirmar la resolución Nro. 01, de fecha quince de setiembre del dos mil quince, que resuelve declarar improcedente la demanda interpuesta.- y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JDC.- Valencia.. . Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López AV 47 CL Reg. N° 00748-201324.- Víctor Raúl Pinto Alemán.- Nulidad de Acto Jurídico.- Se resuelve: Confirmar la resolución Nro. 17, de fecha doce de mayo del dos mil quince, en el extremo apelado que resuelve rechazar como medio probatorio, la prueba de ADN, que deberá practicarse la demandada, con lo demás que contiene, y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JC Pineda. . AV 49 CL Reg. N° 02702-2007-0.Eymerio Manuel Quenta Paniega.- ONP.- Acción de Amparo.- Se resuelve: Confirmar la resolución Nro. 103, de fecha cuatro de julio del dos mil trece, obrante copiada a folios ochocientos setenta y tres, que resuelve declarar fundada la observación efectuada por el representante de la ONP, el dictamen pericial, requiriendo al perito, presente nuevo dictamen, con lo demás que contiene, y los devolvieron al Juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber.- 1JC.- Dueñas. AV 53 BZ Reg. N° 00468-2015-0.Félix Paredes Salas.- Feliciano Bejarano Guevara y otro.- Obligación de Dar Suma de Dinero.- Confirmaron la resolución apelada Nro. 09 de fecha tres de agosto del dos mil quince, de fojas ciento doce a ciento catorce en el extremo que resuelve declarar Fundada la excepción de prescripción extintiva respecto al período comprendido entre marzo de mil novecientos noventa a abril de dos mil cinco, revocaron la misma en el extremo que declara nulo todo lo actuado y la conclusión del proceso. Reformándola. Declararon infundada la excepción de prescripción extintiva a partir del mes de Mayo del dos mil cinco, hasta el pago total de la obligación, nulo lo actuado y por concluido el proceso. Dispusieron que el juez de la causaa continúe con la tramitación de esta causa, por los períodos no prescritos; y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JDC.- Valencia.. . Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López AV 54 BZ Reg. N° 02184-201392.- Ministerio Público.- Mauricio Peredo Salas.- Violencia Familiar.- Revocaron la reolución apelada Nro. 01-2015 de fojas diez, que declara infundada la solicitud de Auxilio Judicial; Reformándola: la declararon improcedente; y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JM.Pinto. . SV 403 MM Reg. N° 04979-2010-0.Hernán Rafael Banda Flores.-Banco Continental y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.- Declararon Nula la sentencia apelada Nro. 23 del dos de marzo del dos mil quince, de fojas novecientos cuarenta y nueve y siguientes, que declara improcedente en todos sus extremos, la demanda interpuesta, sin

costas ni costos. Ordenaron que el juez de primera instancia, emita nueva sentencia, conforme a lo señalado en la parte considerativa de esta sentencia de vista y lo devolvieron al Juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber.- 2JC.- Pineda. AV 59 CL Reg. N° 03648-20030.- Julian Augusto Infantes Tito.- ONP.- Acción de Amparo.- Se resuelve: Confirmar la resolución Nro. 62, de fecha cinco de noviembre del dos mil catorce, obrante copiada a folios ciento cuatro, que resuelve hacer efectivo el apercibimiento dispuesto en la resolución Nro. 61, en consecuencia, se impone una multa de una URP, a la demandada ONP.- representada por Marín Tovar Gutiérrez, con lo demás que contiene. y lo devolvieron al Juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber.5JC.- Maraza. Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. AV 41 BZ Reg. N° 010291-20040.- Víctor Raúl Linares.- Gerencia Regional de Agricultura de Arequipa.- Indemnización.- Confirmaron la resolución Nro. 134 de fecha tres de setiembre del dos mil quince, que declara improcedente la nulidad deducida por la parte demandada, debidamente representada por el procurador del Gobierno Regional de Arequipa. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.8JC.- Del Carpio. AV 42 BZ Reg. N° 01363-2015-0.Fernanado Joselito Ramírez Soncco.- Asociación de Bienestar Policial 7 de agosto.- Impugnación de Acuerdos. Declararon Nula la resolución apelada Nro. 01 de fecha veintiuno de julio de dos mil quince, que declara improcedente la demanda interpuesta. Ordenaron: Que el juez A-quo proceda a calificar nuevamente la demanda, conforme a derecho y a los antecedentes del caso concreto y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.3JM Pauc.- Talavera . AV 43 BZ Reg. N° 00093-20130.- Nancy Huayhua Casani.- Felimón Chumbes Chahuayo.- Violencia Familiar.- Dispusieron que el juez de la causa continúe con la tramitación de la causa en el estado que corresponde, exhortando al juez Dr. Lino Zúñiga Portocarrero a ejercer sus funciones con mayor responsabilidad con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 1JMPauc. Zúñiga. AV 48 CaT Reg. N° 06932-200825.- Zoila Leonor Linares de Valencia.- ESSALUD.A.C.A.- Se resuelve: Confirmar la resolución Nro. 75, de fecha 15 de diciembre de dos mil catorce, que resuelve declarar la nulidad de la resolución Nro. 54 interpuesta, en el extremo que requiere a la entidad demandada la devolución del monto equivalente a S/. 2, 161.25 con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 4JC.- Quispe. AV 50 BZ Reg. N° 03509-201278.- Madeleyne Herrera Peralta.- ESSALUD.- Acción de Amparo.- Confirmaron la resolución Nro. 09 de fecha veinte de agosto de dos mil quince, por la que se declara improcedente la solicitud de extinción de la medida cautelar innovativa de reposición dictada a favor de la demandante, solicitada por la parte demandada, por medio de su apoderado Raúl Max Tamayo Bernedo, con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 9JC.- Meza.AV 51 BZ Reg. N° 00044-2015-0.Jorge Luis Rodríguez Rodríguez.- Ministerio del Interior.- Acción de Amparo.- Confirmaron la resolución Nro. 01 de fecha treinta y uno de agosto del dos mil quince, por la que se declara improcedente la demanda y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 5JC. Valencia. AV 52 BZ Reg. N° 03479-20150.- Dante Carlos Rimache.- Corporación Aceros Arequipa S.A.- Aceros Arequipa.- Acción de Amparo.- Confirmaron la resolución Nro. 01 de fecha siete de setiembre del dos mil quince, obrante a fojas cincuenta y tres, por la que se resuelve: Declarar improcedente la demanda interpuesta, en consecuencia una vez consentida o firme la resolución, se dispone la inmediata devolución del expediente al juzgado de trabajo de turno, para que se avoque a su conocimiento.- demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JC.- Valencia de Romaña. AV 53 CaT Reg. N° 00303-2010-4.Antonio Pacho Cárdenas.- Gloria Alvarez Flores.Tenencia.- Se resuelve: Confirmar Resolución Nro. 53 de fecha quince de abril de dos mil quince, por

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PROCESO DE SELECCIÓN PARA EL CONCESIONARIO DEL SERVICIO DE COMEDOR DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA CRONOGRAMA Convocatoria

: Del 03 al 09 de mayo del 2016

Registro de participantes

: Del 10 al 13 de mayo del 2016 En mesa de partes de Administración y Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en Av. Siglo XX s/n Cercado, de 7:45 hrs a 15:45 hrs (Previa Adquisición de las bases).

Presentación de consultas

: Del 10 al 11 de mayo del 2016 En mesa de partes de Administración y Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en Av. Siglo XX s/n Cercado, de 7:45 hrs a 15:45 hrs.

Absolución de consultas

: El 12 de mayo del 2016 Vía correo electrónico declarado en su registro de participante.

Presentación de propuestas

: El 16 de mayo del 2016 En mesa de partes de Administración y Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en Av. Siglo XX s/n Cercado, de 7:45 hrs a 15:45 hrs

Evaluación de propuestas

: El 17 de mayo del 2016.

Designación de ganador

: El 18 de mayo del 2016. Vía publicación en el diario judicial de la localidad.  Arequipa,mayodel2016.

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