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Víctor Valdivia Cantigozo, registrada en el Libro 11, foja 219 del Archivo de la ..... SEDE AREQUIPA, A NOMBRE DE JULIA
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Viernes, 22 de enero del 2016

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Corte Superior de Arequipa

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La República Viernes, 22 de enero del 2016

EDICTOS EDICTO El señor Magistrado del JUZGADO MIXTO DE CASTILLA APLAO Dr. JUAN CARLOS CHURATA QUISPE, con intervención de la especialista legal Dra. MARIA ISABEL COA VARGAS en el expediente Nº 073-2012-0-0404-JM-CI-01, seguido por JUAN CARLOS MÁLAGA MÁLAGA en representación de LELIA JESUS NATIVIDAD RONDÓN PORTUGAL en contra de ANTONIO VELAZCO ARANA Y OTRO, SOBRE REIVINDICACIÓN sobre una sección del bien inmueble denominado fundo “ONGORO”, ubicado en la sección Castillo Estanque signado con las letras CEB-I de esta ciudad de Arequipa, el cual tiene una extensión superficial de veintisiete hectáreas y sesenta i tres centésimas, comprendido dentro de los siguientes linderos: Por el norte y este con la propiedad de la viuda De la Mota, lote cc-lll, cee-l y cee-ll, por el sur lote CEB-II, y por el oeste, lotes CED-I, CEC-IV,CEC-lII y CEC-II, camino a Chuquibamba; ha ordenado mediante la RESOLUCIÓN Nº 29 (...) RESUELVE: 1. Tener como LITISCONSORTE NECESARIO PASIVO a doña CARMEN LIVIA MOGROVEJO CERVANTES DE VELASCO. 2. SUSPENDER el tramite el presente proceso de Reivindicación, por el plazo de TREINTA DIAS, ello a fin de que los sucesores de la Litisconsorte Necesaria Pasiva, doña Carmen Livia Mogrovejo Cervantes de Velasco, se Apersonen al presente proceso, para lo cual los sucesores procesales al incorporase al presente proceso como Herederos o Sucesor Procesal, deberán acreditar dicha condición con documento válido como Testamento, Sentencia de Sucesión Intestada, Acta de Protocolización de Sucesión; en caso de no adjuntar dichos documentos, no se admitirá su Apersonamiento, ello en aplicación del Artículo 108 numeral 1; todo ello bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal (...),Tómese razón y hágase saber.- Arequipa 12 de enero del 2012. MARIA ISABEL COA VARGAS ESPECIALISTA LEGAL. JUZGADO MIXTO DE CASTILLA APLAO. (20-21-22 enero) B/E 031-1236. EDICTO Exp. 02321-2015-0-0412-JM-FC-02, Resolución uno, admite la demanda sobre reconocimiento de unión de hecho interpuesta por DELIA YOVANNA CCOSI ALE, en vía de proceso sumarísimo, habiéndose dispuesto notificar a la sucesión de don EDGAR PINTO APAZA mediante EDICTOS para que se apersonen a proceso, concediéndoles el plazo de 15 días desde la última publicación bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Paucarpata, 16 de setiembre de 2015.-Liliana Tito Molleapaza - Especialista Legal. Juzgado de Familia - Sede MBJ Paucarpata, Corte Superior de Justicia de Arequipa. (20-21-22 enero) B/E 031-1222. EDICTO JUDICIAL En el Expediente Judicial No. 02621-2014-0-0411-JPCI-01, seguido ante el Juzgado de Paz Letrado - Sede Jacobo Hunter, que despacha el Juez Shelah North Galarza Pérez, con la intervención del Especialista Legal Cynthia Sogeitt Romero Bejarano, en los seguidos por Alfredo Pimentel Sevilla S A. en contra de Pablo Alberto Quiroz Paredes y Reencauches Perú SRL, en el proceso sobre Obligación de Dar .Suma de Dinero; el Juez de la causa mediante Resolución No. 05, emitida con fecha 05 de agosto del 2015, ha dispuesto notificar por edicto a la codemandada REENCAUCHES PERU S.R.L. de la forma siguiente: Resolución No. 01, emitida con fecha 06 de junio del 2014, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la VÍA DEL PROCESO UNICO DE EJECUCION la demanda de OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, interpuesta por CAROLE JESSICA TAPIA CONCHA, en representación de ALFREDO PIMENTEL SEVILLA S.A., en contra de REENCAUCHES PERU S.R.L. y PABLO ALBERTO QUIROZ PAREDES. Dispongo: Se notifique a los ejecutados: REENCAUCHES PERU S.R.L. y PABLO ALBERTO QUIROZ PAREDES para que dentro del plazo de CINCO días, cumplan con pagar a la parte ejecutante la suma de CUATRO MIL DOSCIENTOS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS correspondiente al importe de la letra de cambio puesta a cobro, más los intereses legales; asi como los costos y costas del proceso, bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución; por ofrecido los medios probatorios; agréguese a sus antecedentes los anexos presentados. AL PRIMER OTROSI - Expídase

las copias simples que se solicitan, a cuenta y costo de la recurrente. AL SEGUNDO OTROSI.- Téngase presente la autorización efectuada, a excepción de la revisión del expediente la cual queda reservada a las partes y sus abogados. REGÍSTRASE y HAGASE SABER.- JULIE A. MILAGROS LINARES PUMA ESPECIALISTA LEGAL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE HUNTER. (21-22-25 enero) B/E 031-1250. EDICTO NOTARIAL Ante este despacho se ha presentado LILIA CONSUELO ZRUZ ZOTAYA DE APAZA identificada con DNI 29587554, peticionando se le declare propietaria por prescripción adquisitiva, del inmueble signado com lote 10, Manzana S - 2, La Colina, distrito de Majes, Provincia de Arequipa, departamento de Arequipa, el mismo que tiene como número de partida N° P06115656 del Registro de Predios de Arequipa, el mismo que tiene un área de 284.20 m2, siendo los linderos los siguientes: Por el frente calle perimetral 1 en línea recta d 8.50 ml, por el lado derecho con lote 9 con una línea recta de 29.20 ml, por el costado izquierdo con lote 11 el línea recta de 29.20 ml, y por el fondo con lote 31 en línea recta de 8.50 ml., siendo los emplazado AUTODEMA, LUIS GUMERCINDO QUISPE BRUNA, ANGEL GARCIA GALLEGOS, SILBIA SACXI EPIFANIA Y JUANA APAZA VIUDA DE FLORES, por lo que los interesados pueden acercarse al despacho notarial ubicado en Manzana 3E, lote 19, Majes. Majes, 28 de diciembre de 2015. RUBEN BOLIVAR CALLATA NOTARIO DE AREQUIPA. (22-28 enero y 03 febrero) B/E 031-1283. EDICTO A JOSÉ E. CÁCERES MENDOZA. El señor Juez del Primer Juzgado Mixto de Caylloma Chivay, en el proceso N° 02287-2015-0-0405-JM-CI-01, sobre Prescripción Adquisitiva, interpuesto por Juan Bernardo Supo Gonzales y Biviana Elisa Casaperalta Mendoza, en contra de José E. Cáceres Mendoza; ha dispuesto se notifique mediante edictos a la persona de JOSÉ E. CÁCERES MENDOZA, con resolución N° 1 (parte pertinente): de 28-dic-15: “A) ADMITIR a trámite en la vía del proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por Juan Bernardo Supo Gonzáles, en contra de José E. Cáceres Mendoza: B) SE CONFIERE TRASLADO de la demanda al demandado, para que conteste la demanda dentro del plazo de DIEZ DÍAS; C) SE TIENE por ofrecidos los medios probatorios indicados; D) NOTIFIQUESE mediante EDICTOS al demandado José E. Cáceres Mendoza, conforme a lo dispuesto en los artículos 165, 167 y 168 del Código Procesal Civil, para que se apersone al proceso, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal;...”. Firmado: Juez Margarita Salas y Secretario: Fernando Mamani. Chivay, 28 de diciembre del 2015. MAMANI MAMANI R. FERNANDO SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO MIXTO DE CAYLLOMA CHIVAY. (22-26-28 enero) B/E 031- 1287-. EDICTO de conformidad con el articulo 167 y 168 del código procesal civil , ante el sexto juzgado civil de Arequipa con expediente 04213-2015-0-0401-JR-CI-06 y con especialista Francis Zegarra Cárdenas se presento la demanda de prescripción adquisitiva de dominio que con resolución numero 02 RESUELVE : ADMITIR a trámite en vía de PROCESO ABREVIADO la demanda sobre prescripción adquisitiva, interpuesta por Teodoro Ccami Quispe en contra de I) Moisés Hipólito Caira Huanca y II) Olga Nelida Araca Ortega de Caira con emplazamiento de los colindante 1) Fidel Sergio Vargas Huanca 2) Ana Sofia Gutiérrez Turpo 3) Mercedes Flora Arias, en consecuencia Traslado de la demanda a la parte demandada y a los emplazados por el plazo de DIEZ DÍAS, téngase por ofrecidos los medios probatorios descritos de los numerales del 1 al 14 del rubro VI.- medios probatorios del escrito demanda corriente de fojas setenta y seis a fojas ochenta y tres . No se tiene por ofrecidos los medios probatorios descritos en los numerales del 15. Al 18, por no apreciarse de forma indubitable la descripción que de ellos se hace, se tiene por ofrecidos los nueve recibos: Nº 000017, N° 000132, N° 000358, Nº 000172, Nº 000404, N° 000250, N° 00422, N° 000203, N° 000282 que obran de fojas setenta a fojas setenta y cuatro y agréguese a sus antecedentes los anexos descritos en el rubro anexos del puntos 1.A al punto 1-0, No se agrega a sus antecedentes los anexos descritos en el punto del 1.P al 1.S, por no verificarse su descripción

en forma indubitable, y agréguese a sus antecedentes los recibos Nº 000017, Nº 000132, Nº 000358, Nº 000172, N° 000404, N° 000250, Nº 00422, Nº 000203, N° 000282 que obran de fojas setenta a fojas setenta y cuatro adjuntados en el escrito de demanda y agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntados en el escrito de subsanación de demanda. SE DISPONE 1) la publicación del extracto en la presente resolución conforme a lo previsto por el artículo 506 del código procesal civil .2) cumpla la parte demandante a la brevedad posible con presente al juzgado cinco juegos de copias de la demanda ,anexos, resolución número cero uno -dos mil quince , escrito de subsanación y de la presente resolución , mas el comprobante de pago por el monto correspondiente para notificar a todas las partes del proceso (parte demandada y emplazados) bajo su responsabilidad por la eventual demora .- tómese razón y hágase saber - recayendo dicha prescripción sobre el inmueble ubicado en asentamiento poblacional asociación pro -vivienda las flores manzana-G, lote-7, zona-3, distrito de Cerro Colorado provincia y departamento de Arequipa, inscrito departida registral P06151777 del registro de predios de Arequipa, inscrito a nombre de Moisés Hipólito Caira Huanca y la Señora Olga Nelida Araca Ortega de Caira y que tiene las siguientes características, por el frente: avenida oeste número 2 en línea recta de 10.00 ml ,costado derecho : pasaje 2 sur con línea recta de 20.00ML, por el costado izquierdo : con lote número 6 en línea resta 20 ML y fondo: con lote nro. 8 con línea recta de 10.00 ML, se efectúa la presente publicación para los fines legales pertinentes. FRANCIS ZEGARRA CARDENAS SECRETARIA JUDICIAL (s) SEXTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL. (18-22-28 enero) B/E 031- 1202.

NOTIFICACIONES NOTIFICACION POR EDICTO El señor Juez del Juzgado Mixto de Islay, Dr. Carlos Cary Choque, con intervención del Secretario Judicial Juan Berly Ruelas Chaucayanqui, en el proceso N° 1226-2015-CI, seguido por la Asociación Pro Vivienda de Interés Social Los Olivos del Puerto, representada por su Presidente Mario Teófilo Samayani Choquehuayta en contra de Josefina Miriam Tohalino Valencia y otros, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, se ha expedido la RESOLUCIÓN N° 02; SE RESUELVE: ADMITIR a tramite en la via del proceso ABREVIADO la demanda, interpuesta por la Asociación Pro Vivienda de Interés Social Los Olivos del Puerto, representada por su Presidente Mario Teófilo Samayani Choquehuayta en contra de Josefina Miriam Tohalino Valencia, Hugo Edgardo Tohalino Valencia, Ángel Maria Tohalino Valencia, Horacio Augusto Tohalino Valencia, Francisca Esther Tohalino Valencia, Clementina Felicitas Tohalino Valencia, Cosme Salomón Tohalino Valencia y Sara Idelfonsa Tohalino Valencia, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, en consecuencia TRASLADO de la misma por el plazo de DIEZ DÍAS para su absolución por los demandados, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía, teniéndose por ofrecidos los medios probatorios y agregándose a sus antecedentes los anexos acompañados; ORDENO que a los demandados Cosme Salomón Tohalino Valencia y Sara Idelfonsa Tohalino Valencia, se les notifique mediante edictos con arreglo a lo dispuesto por los artículos 165, 167 y 168 del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, si fuera el caso; DISPONGO: Que además del emplazamiento ordinario se emplace a los demandados en forma especial mediante publicaciones de un extracto del auto admisorio, en la forma señalada por el articulo 506 del Código Procesal Civil. Tómese razón y hágase saber. Firmado por el Dr. Carlos Cary Choque Juez del Juzgado Mixto de Islay y Secretario Judicial Juan Berly Ruelas Chaucayanqui. Mollendo 08 de enero del 2016. JUAN RUELAS CHAUCAYANQUI SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO ISLAY MOLLENDO. (18-2228 enero) B/E 031-1214.

REMATES PRIMER REMATE JUDICIAL. En el Expediente No.00626-2015-0-0410-JM-CI-01. sobre Ejecución de Garantías, en los seguidos por JESUS ENRIQUE ESPINOZA SALAS contra LESMES

MARTINA FLORES BENAVENTE DE FLORES y VICTOR FELIX FLORES QUISPE, el señor Juez del Primer Juzgado Mixto-Sede MBJ Mariano Melgar. Dr. Luis Eduardo Madariaga Condori Especialista Legal. Dr. Miltón Gonzáles Aroquipa, ha facultado al martillero público José María Javier Pinto Vargas,. qúien ha señalado para el dia 28 de Enero del 2016 a las ONCE HORAS CON QUINCE MINUTOS (11:15) en el frontis del Primer Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar ubicado en Esquina Av. Simón Bolívar con Calle Junin s/n-Mariano Melgar, la realización del PRIMER REMATE del bien inmueble ubicado en Pueblo Tradicional Miraflores Manzana U3 lote 20. Sección A. del distrito de Miraflores-Arequipa e inscrito en la Ficha Registral P06244304 del Registro de Predios de Arequipa. VALOR DE TASACION: USS 50.000.00 (Cincuenta mil 00/100 dólares americanos), BASE DEL REMATE: US$ 33.333.33, (equivalente a las 2/3 partes de la tasación). DEPOSITO PARA SER POSTOR: 10% del valor de la tasación: US$ 5,000.00 (Cinco mil 00/100 dólares americanos). En efectivo o cheque de gerencia a su nombre y negociable, adjuntando el arancel judicial para participar en remate de bienes inmuebles que corresponda, el cual debe de constar el DNI del postor, el número del expediente y el Juzgado. AFECTACIONES: 1.-Hipoteca y su modificación constituida por sus propietarios Lesmes Martina Flores Benavente De Flores y Víctor Félix Flores Quispe, en favor de Jesús Enrique Espinoza Salas, hasta por la suma de US$ 50,000.00 Dólares americanos que es materia del presente. 2.- Medida Cautelar Fuera de Proceso en forma de inscripción sobre el inmueble inscrito en esta partida registral de propiedad de los ejecutados Lesmes Martina Flores Benavente De Flores y Víctor Félix Flores Quispe a favor de Mi Banco-Banco de la Microempresa S.A. hasta por la suma de S/. 18,000.00 nuevos soles. 3.- Medida Cautelar de embargo en forma de inscripción fuera de proceso que afecta el inmueble inscrito en esta partida de propiedad de los ejecutados Lesmes Martina Flores Benavente De Flores y Victor Félix Flores Quispe a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de S/.5,500.00 nuevos soles. No se conocen otros gravámenes. Los Honorarios del Martillero público serán cancelados por el adjudicatario inmediatamente culminado el acto del remate, de conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo Nro.008-2005-JUS, Reglamento de la Ley del Martillero Público. Arequipa, 14 de enero del 2016. ABOG. JOSE MA. PINTO VARGAS MARTILLERO PUBLICO REG. 150 . MILTON GONZALES AROQUIPA 1ER JUZGADO MIXTO MBJ MARIANO MELGAR. (1518-19-20-21-22-25 enero) B/E 031- 1143. PRIMER REMATE El día 27 de enero del 2016 a las 11.15 horas, en la sala de Sala de Remates Judiciales, ubicada en el sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, esquina formada por la Av. Siglo XX y Plaza España; ORDENADO POR EL JUEZ DEL CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL – Dr. JUSTO ANDRES QUISPE APAZA - Expediente Nº 1821-2014 - Especialista Legal Dr. CARLOS ALBERTO MONTAÑEZ LUDEÑA; En el proceso Ejecución de Garantías que sigue ELIO PEPE COTACALLAPA VALDIVIA contra MERCEDES CATALINA NIEVES HUAMANI Y MARCO ANTONIO MENDOZA CHIRINOS SE REMATARA: el inmueble ubicado en el ASENTAMIENTO HUMANO BUENOS AIRES DE CAYMA, Manzana N, Lote N° 3, Zona C, del distrito de CAYMA, provincia y departamento de Arequipa; cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en el REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII, SEDE AREQUIPA, en la Partida Nº P06005547, actualmente de propiedad de EDWIN GUSTAVO TELLEZ CHANCAHUAÑA; TASACIÓN = S/.356,077.26 , BASE DEL REMATE = S/237,384.84 AFECTACIONES: 1).- HIPOTECA, hasta por U.S.$.45,959.00 a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, tal como consta en los Asientos N° 5 y 6 de la partida mencionada. 2).- HIPOTECA, hasta por S/.240,000.00 a favor del DEMANDANTE, tal como consta en los Asientos N° 7, 8 y 10 de la partida mencionada y que origina el presente proceso 3.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, hasta por S/.25,000.00 a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A., tal como consta en el Asiento N° 11 de la partida mencionada. LOS POSTORES, para participar en la subasta depositarán en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, suma no menor a S/:35,608.00,

adjuntando arancel judicial consignando número de expediente y juzgado. Los honorarios del Martillero Público más el IGV, serán cancelados por el adjudicatario en forma inmediata concluido el remate (Art° 732 del CPC. Modificado por la Ley N° 28371)(Decreto Supremo N° 008-2005-JUS Art° N° 18) ARMANDO PEREZ ANGULO – MARTILLERO PÚBLICO – REGISTRO N° 175 – Teléfonos 054-285020 – RPC 959692243 – RPM #966907733. Arequipa 21 de Enero de 2016. CARLOS A. MONTAÑEZ LUDEÑA SECRETARIO JUDICIAL (S) CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA. (15-18-19-2021-22 ENERO) B/E 031-1166. CONVOCATORIA A PRIMER REMATE PUBLICO Expediente Nº 01807 – 2014 – 0 – 0411 – JM – CI – 01 En autos seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A., en contra de : Jenny Huaranca Mamani y Margarita Sonia Huaranca Mamani por EJECUCION DE GARANTIAS ; que se tramita ante el Juzgado Civil, Sede Jacobo Hunter, a cargo de la señora juez Dra. Silvia Elizabeth Sandoval Corimayta, con intervención del especialista legal Dr. Aldo Javier Rodríguez Huanqui, han encargado al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS Registro Nº 265 y dispuesto: sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble siguiente: INMUEBLE: Sector “I” Manzna “A” Lote N° 17 Zona A, Pueblo Joven Ampliación Pampa del Cusco, Distrito Jacobo Hunter, Provincia de Arequipa , Región Arequipa, inscrita en la Partida Activa N° P06127199 - Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. VALOR DE TASACION DEL INMUEBLE: El valor de la tasación asciende a la suma de: US$. 61,019.00 ( Sesenta y Un Mil Diecinueve con 00/100 Dólares Americanos ). PRECIO BASE DE REMATE DEL INMUEBLE: El Precio Base es de las dos terceras partes del precio de tasación, suma que asciende a : US$. 40,679.33 ( Cuarenta Mil Seiscientos Setenta y Nueve con 33/100 Dólares Americanos ). GRAVAMENES Y CARGAS: ASIENTO N° 00010.- Inscripción de Hipoteca.- Se constituye Hipoteca a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A. Inscrita en la Partida N° 11000484 del Registro de Personas Jurídicas de Cusco, hasta por el Monto de S/. 128,000.00 a fín de garantizar el Crédito por la suma de S/. 128,000.00 otorgado a favor de la titular del bien, asimismo, garantiza las obligaciones detalladas en la escritura de Compra Venta y constitución de Hipoteca, que da origen a este asiento registral. ASIENTO N° 00011.- Por Resolución N° 01 de fecha 20/02/2014 recaída sobre el Expediente 870-2014-58-401-JP-CI-06 del proceso de Obligación de Dar Suma de Dinero, la Juez del Sexto Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, Yency Karin Carpio Chávez, con la intervención de la Especialista Legal Shirley Gonzales Lizárraga, ha resuelto dictar Medida Cautelar de Embargo en forma de Inscripción, la cual deberá recaer sobre los derechos de propiedad, que le corresponden a la demandada Margarita Sonia Huaranca Mamani, respecto del predio inscrito en la presente partida, hasta por la suma de S/. 16,000.00 a favor de la Caja de Ahorro y Crédito Cusco S.A. DIA Y HORA DE REMATE: 28 de ENERO del año 2016, a 14.00 horas de la TARDE. LUGAR DE REMATE: Frontis del Juzgado Civil – Sede Módulo Básico de Justicia de Hunter – Calle Berlín s/n. Distrito de Hunter, Provincia y Departamento de Arequipa. POSTORES: Oblarán El 10% del Valor de Tasación, sobre US$. 61,019,00, en cheque de gerencia del Banco de la Nación, a nombre del postor y presentaran la Tasa Arancelaria Judicial por derecho a participar en el Remate, con indicación de su documento de identidad, Nº de expediente y Juzgado correspondiente (todos los documentos con fotocopia); los honorarios del Martillero Publico más el IGV correspondiente, estarán a cargo del Adjudicatario de acuerdo al Art 18° del Reglamento de la Ley N° 27728, al momento de la firma del Acta. Arequipa 13 de enero de 2016. ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS MARTILLERO REG. 265. Aldo R.Huanqui Especialista Legal Juzgado Civil Modulo B. de Justicia de Hunter . (15-18-19-20-21-22 enero) B/E 031-1172. CONVOCATORIA A PRIMER REMATE PUBLICO Expediente Nº 00050– 2011 – 0 – 0412 – JM – CI – 01 En autos seguidos por JHOANNA JACKELIN VILLAFUERTE ZUÑIGA, en contra de : Antonia Mónica Sanjiinez Aguilar, Jaime Walter Sanjinez Aguilar, , Dominga Sanjinez Aguilar y Lorenza Aguilar Suárez, por EJECUCION DE GARANTIAS ; que se tramita ante el Primer Juzgado Civil, Sede Módulo Básico de

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Paucarpata, a cargo del señor juez Dr. Lino Ysauro Zuñiga Portocarrero, con intervención de la especialista legal Dra. Fiorella Nancy bolívar Callata, han encargado al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS Registro Nº 265 y dispuesto: sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble siguiente: INMUEBLE: Manzana “D” Lote 06 Zona A del Pueblo Joven Pedro P. Díaz – Distrito de Paucarpata – Provincia y Departamento de Arequipa, inscrita en la Partida N° P06030167 – Zona Registral N° XII – Sede Arequipa VALOR DE TASACION DEL INMUEBLE: El valor de la Tasación asciende a la suma de: S/. 599,323.85 (Quinientos Noventa y Nueve Mil Trescientos Veintitres con 85/100 Soles ) PRECIO BASE DE REMATE DEL INMUEBLE: El Precio Base es de las dos terceras partes del precio de tasación, suma que asciende a : S/. 399,549.23 ( Trescientos Noventa y Nueve Mil Quinientos Cuarenta y Nueve con 23/100 Soles ). GRAVAMENES Y CARGAS: ASIENTO N° 00008.- Inscripción de Hipoteca.- Primera y preferencial, constituida por sus propietarios Lorenza Aguilar Suárez de Sanjinez, Dominga Sanjinez Aguilar, Jaime Walter Sanjinez Aguilar, Antonia Mónica Sanjinez Aguilar (los deudores) a favor de Johanna Jackelin Villafuerte Zuñiga (el acreedor) hasta por la suma de S/. 36,000.00 monto que garantiza cada una de las operaciones y deudas, la cual tendrá vigencia hasta el 21 de Agosto del 2010. Así y más ampliamente consta en la Escritura Pública N° 4036 de fecha 23/12/2009, otorgada ante Notario Victor Tinajeros Loza, en la Ciudad de Arequipa. ASIENTO N° 00009.- Inscripción de Embargo .- Medida Cautelar de Embargo en forma de Inscripción, que afecta los derechos, que sobre este inmueble corresponden, a Jaime Walter Sanjinez Aguilar en ésta partida, hasta por la suma de S/. 15,000.00 (Quince Mil 00/100 Nuevos Soles). Se anota esta medida en mérito a la Resolución N° 01 de fecha 12/01/2010 emitida por Javier Talavera Ugarte, Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado, Edwin Apaza Campos secretario judicial, en el proceso de Obligación de Dar Suma de Dinero, que sigue Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, en contra de Jorge Luis Quispe Machaca y Otros, Expediente N° 2400-2009-97-JP-CI-01 ASIENTO N° 00020.- Inscripción de Demanda .- Resolución Judicial N° 01-2012 de 22/06/2012 Dr. Ricardo Gil Sancho . Sobre el inmueble inscrito en esta partida, en el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, a favor de Felicitas Fortunata Sanjinez Aguilar, en mérito a la Resolución N° 01-2011 del 22/06/2012 que resuelve constituir Medida Cautelar en forma de Anotación de Demanda, expedida por el Juez del tercer Juzgado Civil Dr. Ricardo Gil Sancho, asistido por el Especialista Legal, Karina Yila Velásquez en el Expediente Judiciial N° 00497-2012-75-0401-JR-CI-03 en la ciudad de Arequipa ASIENTO N° 00021.- Embargo en Forma de Inscripción.- Oficio N° 4789-2014-40-CI-7JPL-GVCC 23/10/2014 7mo. Juzgado de Paz Letrado – Arequipa. Resolución Judicial N° 04789-2014-40-0401-JP-CI-07 18/09/2014 7mo. Juzgado de Paz Letrado Arequipa. Embargo en forma de Inscripción – Medida Cautelar, fuera del proceso, seguido por Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura SAC., en contra de la demandada sobre el inmueble transcrito en esta partida, hasta por la suma de S/. 16,500.00. Se anota la presente, por haberlo dispuesto, así, el Juez del 7mo. Juzgado de Paz Letrado, Gabriela Tala Maquera, asistida por la Especialista Legal Gloria Violeta Cornejo Condori, mediante Resolución N° 01 de fecha 18/09/2014 en el expediente 04789-2014-40-0401-JP-CI-07 JPLGVCC de fecha 23/10/2014 en la ciudad de Arequipa. ASIENTO N° 00022.- Inscripción de Anotación de Correlación (Derecho de Superficie).- Se constituye DERECHO DE SUPERFICIE SOBRE EL SUELO, constituído en forma onerosa (US$. 10,000.00 ) por su propietaria Elizabeth Brigitte Sanjinez Aguilar a favor de Armando Raúl Vásquez Llacho, por el plazo de 80 años. ASIENTO N° 00023.- Inscripción de Embargo en forma de Inscripción .- Resolución Judicial N° 01-2015 de 30/06/2015 Tercer Juzgado de Paz Letrado de Paucarpata – Arequipa. Medida Cautelar de Embargo, recaída sobre el predio inscrito en esta partida, a favor de Caja Rural de Ahorro y Crédito Incasur S.A. por la suma de S/. 24,000.00 . Se procede en merito a la Resolución Judicial N° 01-2015 de fecha 30/06/2015, expedida por la Jueza del 3er. Juzgado de Paz Letrado de Paucarpata, con intervención de la Especialista Legal Dra. Jessica Malca Saavedra, en el Expediente N° 02646-2015-28-0412-JP-CI-03 seguido por Caja Rural de Ahorro y Crédito Incasur S.A. en contra de Elizabeth Brigitte Sanjinez Aguilar, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero. DIA Y HORA DE REMATE: 28 de ENERO del año 2016, a 9.00 horas de la mañana. LUGAR DE REMATE: Frontis del Primer Juzgado Civil – Sede Módulo Básico de Justicia de Paucarpata – Esquina Calle A. Leveau con Calle T. Alcántara s/n., Distrito de Paucarpata, Provincia y Departamento de Arequipa. POSTORES: Oblarán El 10% del Valor de Tasación, sobre S/. 599,323.85 en cheque de gerencia del Banco de la Nación, a nombre del postor y presentaran la Tasa Arancelaria Judicial por derecho a participar en el Remate, con indicación de su documento de identidad, Nº de expediente y Juzgado correspondiente (todos los documentos con fotocopia); los honorarios del Martillero Publico más el IGV correspondiente, estarán a cargo del Adjudicatario de acuerdo al Art 18° del Reglamento de la Ley N° 27728,

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

al momento de la firma del Acta. Arequipa , 14 de Enero del 2016. ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 265. FIORELLA N. BOLIVAR CALLATA ESPECIALISTA LEGAL PRIMER JUZGADO CIVIL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE PAUCARPATA. (15-18-19-20-21-22 enero) B/E 031-1188. PRIMER REMATE JUDICIAL EXPEDIENTE 6830-2000 En los seguidos por MARIA QUISPE PINTO Y OTROS contra MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AREQUIPA, sobre ACCION DE CUMPLIMIENTO, Expediente Nª 06830-200-0401-JR-CI-04 el Sr. Juez del 5ª Juzgado Civil de Arequipa Dr. Aníbal Celso Maraza Borda, con intervención de la especialista legal la Dra. Fernández Huaquipaco Norma Hilda, han encargado a la Martillero Publico Norma Reveca Rojas Alania y dispuesto: sacar a Remate Publico EN PRIMERA CONVOCATORIA 34,803 Acciones de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, VALOR DE TASACION DE LAS ACCIONES MATERIA DE REMATE: S/. 34,803.00 (Treinta y cuatro mil ochocientos tres con 00/100 Nuevos Soles) BASE DEL REMATE: S/. 23,202.00 (Veintitrés mil doscientos dos con 00/100 Nuevos Soles) equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación. AFECTACIONES: Medida Cautelar de Ejecución a favor de la demandante por la suma de S/. 34,803.00 (Treinta y cuatro mil ochocientos tres con 00/100 Nuevos Soles) la misma que deberá recaer sobre los 34,803 acciones que tiene la Municipalidad Provincial de Arequipa como accionista de la CAJA AREQUIPA, Resolución Nª 214 del 15.03.2013. DIA Y HORA DEL REMATE: El bien será rematado el día 26 de enero del 2016 a las 11.00 de la mañana. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates Judiciales, ubicado en el sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa sito en Siglo XX con Plaza España S/N Cercado de Arequipa del Distrito y Provincia de Arequipa Departamento de Arequipa. POSTORES: Oblaràn el 10% del valor de la tasación en efectivo o en cheque de gerencia (SIN SELLO NO NOGOCIABLE), presentaran DNI y Arancel Judicial consignando el número del DNI del postor, juzgado correspondiente y el Numero del Expediente (con copia del DNI y del Arancel Judicial firmados). El Remate será efectuado por NORMA REVECA ROJAS ALANIA, Martillero Publico a Nivel Nacional Reg, Nª 286, Adjudicatario cancela los honorarios del Martillero conforme a ley y están afectos al I.G.V, al finalizar el remate. Arequipa, 10 Diciembre de 2015. NORMA ROJAS A. MARTILLEREO PUBLICO A NIVEL NACIONAL REG. Nº 288. (20-21-22-25-26-27 enero) B/E 031-1267. CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N° 00504–2013-0-0407-JM-CI-01 En los autos seguidos por JULIO EDGARDO CUTIRE CONDO en contra de LOURDES EPIFANIA SAICO CRUZ, sobre Ejecución de Garantías .; el señor Juez del Juzgado Mixto de Islay – Sede Islay - Arequipa , Dr. Carlos Alvaro Cary Choque, con el Especialista Legal. Dr. Juan Berly Ruelas Chaucayanqui, han encargado al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS y dispuesto: sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble ubicado en: Lote N° 14 Manzana “F” AVIS Asociación Provincial de Interés Social, Alto Boquerón, del Distrito de Dean Valdivia, Provincia de Islay, Departamento de Arequipa; inscrito en la Partida Electrónica N° 11001961 de la Oficina Registral de Islay, Zona Registral N° XII – Sede Arequipa. VALOR DE TASACION : Según Tasación Convencional S/. 6,000.00 (Seis Mil 00/100 Nuevos Soles). PRECIO BASE DE PRIMER REMATE: S/. 4,000.00 (Cuatro Mil con 00 /100 Nuevos Soles), equivalente a las 2/3 del Valor Comercial de Tasación Convencional pactada. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: Asiento N° 00002 HIPOTECA – El propietario del inmueble constituye Hipoteca a favor de JULIO EDGARDO CUTIRE CONDO, de estado civil soltero e identificado con DNI. 41658215 hasta por la suma de S/. 6,000.00 a fín de garantizar el mutuo en la suma de S/. 5,750.00 a cancelarse en el plazo de 01 mes: Así y más extensamente consta en la Escritura Pública N° 149 de fecha de 04 Marzo del 2013, otorgada ante Notario Roberto Delgado Valdivia, en la ciudad de Mollendo. DIA Y HORA DEL REMATE: 29 de ENERO del año 2016, a horas 14:00 de la tarde. LUGAR DE REMATE: Frontis del Juzgado Mixto de Islay – Esquina Calle Comercio con Parque Graú - Mollendo – Arequipa. POSTORES: Oblarán el 10% del Valor de Tasación sobre S/. 6,000.00 en efectivo y/o cheque de gerencia del Banco de la Nación a nombre del postor y presentarán, la tasa arancelaria judicial por derecho a participar en el remate con indicación de su documento de identidad, N° de expediente y juzgado correspondiente (todo con su respectiva fotocopia); los honorarios del Martillero Publico serán a cargo del Adjudicatario al momento de la firma del Acta, de acuerdo al Art. N° 18 de D.S. 008-2005 JUS a ley 27728 Arequipa, Enero 2016 . ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 265. JUAN RUELAS CHAUCAYANQUI SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO ISLAY MOLLENDO. (18-19-20-21-22-25 enero) B/E 031-1206. PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por demandante WALTER RUBEN MAMANI PEÑA y MIRELLA MAYA VIZA AYQUIPA, sobre Ejecución de Garantías, bajo Expediente: N°

01564-2015-0-0412-JM-CI-02, DEL SEGUNDO JUZGADO MIXTO – SEDE MODULO BASICO DE JUSTICIA DE PAUCARPATA a cargo del señor Juez Dr. LUIS ALBERTO RODRIGUEZ PANTIGOSO y Secretaria Judicial Mercy Yanella Apaza Calcina, ha dispuesto que el Martillero Publico, abogada KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE con número de registro Reg. 310, lleve a cabo REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble ubicado en Pueblo Joven Miguel Grau MZ. 27’ (27 prima) Lote. 3 Zona. B del Departamento de Arequipa Provincia de Arequipa Distrito de Paucarpata inscrito en la partida N° P06028215 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Sede Arequipa. VALOR DE TASACION: US$ 60,000.00 (sesenta mil y 00/100 dólares americanos). BASE DE REMATE: US$ 40,000.00 (cuarenta mil y 00/100 dólares americanos), que son equivalentes a las 2/3 partes de la Tasación. AFECTACIONES: CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA inscrita en el Asiento N°00003 de la partida N° P06028215 a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito del SUR, hasta por la suma de US$ 8013.00 en garantía de un préstamo de S/. 20,000.00 Nuevos Soles según consta la Escritura Pública del 11/04/2006 otorgada ante Notario Fernando Begazo Delgado. HIPOTECA inscrita en el Asiento N°00005 de la partida N° P06028215 a favor de la sociedad conyugal formada por WALTER RUBEN MAMANI PEÑA y MIRELLA MAYA VIZA AYQUIPA hasta por la suma de US$ 50,000.00 en garantía de la deuda por US$ 45,000.00 según consta la Escritura Pública Nº 2465 del 12/05/2015 otorgada ante Notario Cesar Fernández Davila Barreda. FECHA Y HORA DE REMATE: Viernes 11 de marzo DEL 2016 A LAS 15:00 HORAS (3:00 DE LA TARDE). LUGAR DEL REMATE: LOCAL DEL SEGUNDO JUZGADO MIXTO – SEDE MODULO BASICO DE JUSTICIA DE PAUCARPATA ubicado en Esquina Calle A. Laveau con Calle T. Alcantara s/n del distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa. POSTORES: Oblarán una cantidad no menor del 10% de la Tasación del inmueble, en efectivo o mediante cheque de gerencia sin sello No Negociable y presentarán el original del pago del arancel judicial respectivo a nombre del Juzgado, consignando el número del Expediente, el número de Documento de Identidad, firma y adjuntando copia simple de todos los documentos. El Adjudicatario cancelará la comisión del Martillero Público al finalizar el acto público, de conformidad con el artículo 18º del D.S. 008-2005-JUS-. Así mismo el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el ACTA, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Lima, 15 de diciembre del 2015. DRA. KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE – Abogado Martillero Reg. 310. Mercy Y. Apaza Calcina Especialista Legal Segundo Juzgado Civil Modulo Basico de Justicia de Paucarpata. (19-20-21-22-25-26 enero) B/E 031-1238.SEGUNDO REMATE En el proceso sobre Ejecución de Garantías, expediente N° 01308-2015-0-0412-JM-CI-01, seguido por CREDISCOTIA FINANCIERA SAA. contra ROSA CLERI SALAS BARRIGA DE VELASQUEZ y AMADOR PEDRO VELASQUEZ CORREA, el Señor Juez del Primer Juzgado Mixto del Módulo de Justicia de Paucarpata, Dr. Lino Zúñiga Portocarrero, con la intervención del Especialista Legal Dr. Christian Omar Torreblanca Gómez, han autorizado al señor Martillero Público HAMLET CHAVEZ MARTINEZ para que realice el SEGUNDO REMATE del inmueble ejecutado signado como: PUEBLO JOVEN MIGUEL GRAU, MANZANA 4, LOTE 14, ZONA C, DISTRITO DE PAUCARPATA, provincia y departamento de Arequipa, cuyos linderos, medidas perimétricas y demás características constan de la Partida P06028331 del Registro de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos Sede Arequipa; el mismo que se realizará el día VEINTINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LAS NUEVE HORAS, diligencia que se realizará en la Sala de Lectura del Archivo Modular del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, ubicado en esquina Calle A. Laveau con Calle T. Alcantara s/n Distrito Paucarpata. AFECTACIONES: 1) Hipoteca a favor de CREDISCOTIA FINANCIERA S.A.A. hasta por US $. 54, 818.80 Dólares Americanos, que es materia de este proceso. 2). Embargo a favor de BANCO INTERNACIONAL DEL PERU, hasta por la suma de S/. 20,000.00 ordenada por el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, Exp. 03917-2013-27-0412-JP-CI-03 3). Embargo a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALTO SELVA ALEGRE, hasta por S/.10,000.00 ordenado por el Primer Juzgado de Paz Letrado de Paucarpata en el expediente Nº 01972-2014-4-0412-JP-CI-01. Se desconocen otras afectaciones. TASACIÓN COMERCIAL ACTUALIZADA: US$ 63, 824.00 BASE DE REMATE: US$ 36,166.93; DEPÓSITO PARA SER POSTOR (10% de la Tasación) es decir US$ 6,382.40 y presentar el recibo de pago de la tasa judicial correspondiente. Arequipa, Enero 2016. HAMLET CHAVEZ MARTINEZ MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 231. CRISTIAN TORREBLANCA GOMEZ ESPECIALISTA LEGAL PRIMER JUZGADO CIVIL MODULO B. DE JUSTICIA DE PAUCARPATA. (21-22-25 enero) B/E 031-1280.

RECTIFICACIONES

Viernes, 22 de enero del 2016

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Ante esta Vicaría Judicial del Arzobispado de Arequipa, se ha presentado don Elías Sifredo Valdivia Alvarez, hijo del titular (fallecido), quien solicita por única vez la Rectificación de la Partida de Bautismo de Víctor Valdivia Cantigozo, registrada en el Libro 11, foja 219 del Archivo de la Parroquia San José (Quequeña) - Archivo Arzobispal de Arequipa, en la que su fecha de nacimiento aparece como ‘setenta y siete de nacida’; su segundo apellido aparece como “Cantigozo”. Pide que se hagan las siguientes rectificaciones: “Nació el ‘07 de octubre de 1920’. Se le autorice a llevar como segundo apellido ‘Pantigoso’. Debiendo la identidad del bautizado figurar en lo sucesivo como VICTOR VALDIVIA PANTIGOSO”. Lo que se comunica a los interesados para los fines de ley.- Arequipa, 20 de enero del 2016.- Walter Romana Flores. Abogado Notario de la Vicaría Judicial - Arzobispado de Arequipa. Dr. Walter T. Romaña Flores Notario Actuario. (21-22-25 enero) B/E 031- 1277. AVISO DE SENTENCIA A PUBLICAR-CAMBIO DE APELLIDO Ante el 2do J.E.C. Exp. 1123 - 2015; Especialista: Zapata Coaguila Patricia Maribel. HUGO FRANCISCO QUISPE GUTIERREZ, ha realizado el trámite correspondiente en Proceso No Contencioso solicitando el cambio de sus apellidos que obra en su partida de nacimiento; se ha dictado la Resolución Nro. 10 que contiene la SENTENCIA Nro. 127-2015 de fecha 2 de noviembre del 2015, en el que se declara fundada la demanda en todos sus extremos autorizándose el cambio de sus apellidos, debiendo quedar en lo sucesivo como HUGO FRANCISCO GUTIERREZ ESPINOZA en lugar de Hugo Francisco Quispe Gutiérrez. Arequipa 08 de enero del 2016. Dr. MARCELINO RUFO USCAMAYTA CONDORI CAA. MAT. 7480. (22 enero) B/E 031-1295. RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE CONFORMIDAD CON LA LEY Nº 26662, ANTE MI DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN LA CALLE SAN JOSE 313-A, CERCADO SE HIZO PRESENTE: ROSA ANGELICA NAJAR DE VELANDO , SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, PARA QUE SE CORRIJA EL NOMBRE DE SU PADRE QUE DICE: “EMILIO NAJAR PINTO, DEBE DECIR: “MANUEL EMILIO HERMENEJILDO NAJAR PINTO”. Arequipa, 19 de enero de 2016. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA-ABOGADA C.N.A. Nº 24. (22 enero) B/E 031-1289. EDICTO Por ante el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil, con intervención del Especialista Legal Dr. Edwart Gómez Campos, en el Expediente 2849-2015-0, el señor Juez Dr. Edgard Pineda Gamarra ha expedido la Sentencia N° 145-2015 cuya parte resolutiva es la siguiente: “FALLO: Declarando FUNDADA en todos sus extremos la solicitud de cambio de nombre formulada por Melia Jenifer Paredes Villena; EN CONSECUENCIA, DISPONGO: que en el acta de Nacimiento número doce mil trescientos ochenta y cinco, inscrita el trece de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro por ante la Municipalidad Provincial de Arequipa, se cambie los apellidos de la titular “Paredes Villena” por “Villena De La Torre”, debiendo quedar en lo sucesivo como MELIA JENIFER VILLENA DE LA TORRE, conforme a lo expuesto en el considerando precedente; debiendo cursarse los partes judiciales correspondientes para tal fin, previo publicación de la presente”. Se publica la presente para los fines a que hubiere lugar. Arequipa, 2016 enero 19. FELIX PALACIOS AQUIZE ABOGADO C.A.A. 4088. (22 enero) B/E 031-1288. RECTIFICACIÓN DE PARTIDA ANTE MI JULIO ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA POR LICENCIA DEL TITULAR DR. HUGO JULIO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA, OFICIO NOTARIAL CALLE SAN JOSÉ 330, CERCADO, SE PRESENTÓ, KENY ENRIQUE CONCHA ZEBALLOS, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO NRO. 121, EXPEDIDA POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAYMA EN LOS DATOS DE LA MADRE DICE: ‘JUANA ZEBALLOS PRADO”. DEBE DECIR, “JUANA ALBERTA ZEBALLOS PRADO”. AREQUIPA, 19 DE ENERO 2016. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (22 enero) B/E 031-1286. CAMBIO DE NOMBRE Por ante el 2do Juzgado Mixto de Mariano Melgar, Especialista Legal: Dra. Esperanza Velarde Revilla, Expediente N° 2129-2015, estoy siguiendo un proceso de Cambio de Nombre, para que en vez de TOMASA JUDITH CÁCERES CHILQUE, sea cambiado a JUDITH TOMASA CÁCERES CHILQUE en lo posterior, por ser lo correcto en mi Partida de Nacimiento. AREQUIPA, 20 ENERO 2016. JESUS A. REVILLA MORALES ABOGADO C.A.A. 3481. (22 enero) B/E 031-1281. RECTIFICACION DE PARTIDA ANTE MI DESPACHO SE HA PRESENTADO, JOSE ANTONIO JUAREZ SAMAN, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN SU PARTIDA DE NACIMIENTO, A FIN QUE SE RECTIFIQUE EL NOMBRE DE SU SEÑORA MADRE, DONDE

FIGURA COMO: “MARÍA ENCARNACIÓN SAMÁN DE JUÁREZ”, SIENDO LO CORRECTO “MARÍA SAMÁN GAMARRA DE JUÁREZ”, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LEY. AREQUIPA, 19-01-2016. JAIME LlMA HERCILLA. NOTARIO. ASOC. VILLA Aviación G-9, Ciudad Municipal, Yura, Arequipa. Doy fe. JAIME LIMA HERCILLA ABOGADO-NOTARIO. (22 enero) B/E 031-1279. CAMBIO DE NOMBRE Ante el Segundo Juzgado Civil - Sede Paucarpata, Expediente Nro. 05305-2015, Juez, Dr. Luis Rodríguez Pantigoso, Especialista, Dra. Mercy Apaza Calcina, se tramita la solicitud de cambio de nombre y se resuelve: Declarando FUNDADA la solicitud de Cambio de Nombre en consecuencia, DISPONGO que la Municipalidad Provincial de Arequipa, proceda a cambiar el nombre contenido en la Partida de Nacimiento N° 824 de 1986 correspondiente a MARCO ALONSO CCUNO LARICO debiendo quedar en lo sucesivo como “MARCO ALONSO VIDAL LARICO”. Tómese razón y hágase saber.- Arequipa, 19 de enero del año 2016. E. ALEXI CHORA COAGUILA ABOGADO MAT. C.A.A. 2868. (22 enero) B/E 031-1278. RECTIFICACION DE PARTIDA ANTE Mí DR. JULIO ERNESTO ESCARZA BENITEZ, NOTARIO DE AREQUIPA, POR LICENCIA DEL TITULAR, HUGO JULIO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA, FUE PRESENTE LIZ ERIKA CENTENO LIVISE; SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO DE SU TUTELADO JHON ABELARDO CENTENO LIVISE DONDE SE HA CONSIGNADO ERRONEAMENTE EL NOMBRE DEL TITULAR DE DICHA PARTIDA, DEBIENDO FIGURAR COMO: “JHON ABELARDO ZENTENO LIVISE”. Arequipa 19 de enero de 2016. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (22 enero) B/E 031-1276. EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, se tramita el Expediente 04259-2015-0-0401-JR-CI-03, Juez Dr. Zoilo Alcides Chávez Mamani, Especialista Legal Dra. María del Pilar Paz Zeballos. El Sr. SANTIAGO SANZ CHULUNQUIA solicita el CAMBIO DE NOMBRE y accesoriamiente se disponga el cambio de nombre en sus partidas de nacimiento y matrimonio, Mediante Resolución N° 02-2015 y 03-2015, el Juez ordena ADMITIR a trámite en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la solicitud presentada por SANTIAGO SANZ CHULUNQUIA, sobre Cambio de Nombre en la modalidad de supresión de nombre; en consecuencia, ORDENO: La publicación del extracto de la solicitud en el diario el Peruano y en otro de mayor circulación de la ciudad de Arequipa, por una sola vez en la forma prevista por los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil, a costa del solicitante; téngase por ofrecido los medios probatorios, agréguese a los autos los anexos acompañados. Debiéndose notificar con la presente al MINISTERIO PUBLICO. Asimismo Señala fecha para la audiencia de actuación y declaración judicial para el día veintiocho de enero del 2016 a las catorce horas con treinta minutos de la tarde, a realizarse en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Civil; Lo que se comunica para los fines de ley conforme a lo previsto en el Código Procesal Civil. Arequipa 19 de enero de 2016. GONZALO MEDINA BRAVO ABOGADO C.A.A. 5383. (22 enero) B/E 031- 1275.

CAMBIO DE NOMBRE Ante el 1er Juzgado Civil de Paucarpata, Exp. 21532015, especialista Fiorella Bolívar; Maritza Antonieta Machaca Gutiérrez y otro, solicitan en la partida de nacimiento de su hija Nro. 63083955, el cambio del apellido paterno de Quispe por el de Saravia, debiendo quedar como EIMI BRITANI SARAVIA MACHACA y el de su padre Dámaso Gilbert Quispe Saravia como DÁMASO GILBERT SARAVIA QUISPE. Arequipa, 20 enero del 2016. JORGE ALBERTO TORRICO HUAMANI ABOGADO MAT. 0633. (22 enero) B/E 031- 1272. CAMBIO DE NOMBRE Por ante el 4to Juzgado Civil. Expediente Nro. 04699-2015-0-0401-JR-CI-04; Juez Quispe Apaza, Justo Andrés; Especialista Curo Umeres Sachi Yoana; CARMELA ACCHA HUARSUCA solicita el cambio de nombre que aparece en su partida de nacimiento expedida por la Municipalidad Distrital de Coasa. Provincia de Carabaya, Departamento de Puno a efecto de eliminar el segundo apellido HUARSOOCCA y en su lugar se coloque HUARSUCA, debiendo quedar en lo posterior como CARMELA ACCHA HUARSUCA; así como se aclare el Número de registro 745 y se remita los oficios respectivos. Por resolución Nro. 01-2015 del 09 de noviembre del 2015, se admite a trámite la demanda de CAMBIO DE NOMBRE por la vía del proceso no contencioso interpuesta por CARMELA ACCHA HUARSUCA(...) se señala para la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial el día 17 de Marzo del 2016 a las Nueve horas en la Sala de Audiencias del Juzgado(...) cúmplase con efectuar las publicaciones conforme al art. 828 del C.P.C. Firmado Juez QUISPE APAZA, JUSTO ANDRES. Especialista Legal CURO UMERES. SACHI YOANA Arequipa, 18 de enero del 2016. U. NATALY HUMPIRE DE D. C.A.A 4182. (22 enero) B/E 031- 1270.

Viernes, 22 de enero del 2016

SUCESIONES SUCESION INTESTADA Ante esta Notaría se presentó Carmen Cecilia Peña Delgado, solicitando la sucesión intestada de Francisco Ignacio Peña Condori, fallecido en Arequipa el día 19 de mayo del 2015, siendo su último domicilio esta ciudad de Arequipa. 20 de enero 2016.- Jose Luis Concha Revilla NOTARIO ABOGADO Av. Pumacahua Nº 510 Cerro Colorado. (22 enero) B/E 031-1297. SUCESION INTESTADA A MI OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN CALLE JERUSALEN 124, OFICINA 1 Y 2,CERCADO, SE PRESENTO: YASMINI AMELIA CHUQUITAYPE SARAVIA, SOLICITANDO LA DE: MANUEL NEPTALI BARRIOS NORATO, FALLECIDO EL 30 DE MAYO DEL 2014, EN EL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, SIENDO ESTA CIUDAD, SU ULTIMO DOMICILIO SEGÚN REFIERE LA SOLICITANTE, PARA QUE SE LE DECLARE HEREDERA A :TEODOCIA SOLEDAD SARAVIA DONGO, EN CALIDAD DE CÓNYUGE SUPÉRSTITE DEL CAUSANTE. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 18 DE ENERO DEL 2016. FERNANDO BEGAZO DELGADO ABOGADO NOTARIO. (22 enero) B/E 031-1296. SUCESIÓN INTESTADA ANTE MI JULIO ESCARZA BENITEZ. NOTARIO DE AREQUIPA, POR LICENCIA DEL TITULAR HUGO JULIO CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA CON OFICIO NOTARIAL SITO EN CALLE SAN JOSÉ 330 CERCADO, SE PRESENTO MARITZA LUPE RAMOS PONCE SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE DELIA SANTOS ANGELICA PONCE NUÑEZ DE RAMOS. FALLECIDA EL 20 DE AGOSTO DE 2015, SIENDO SU ÚLTIMO DOMICILIO EN LA CUIDAD DE AREQUIPA, PARA QUE SE DECLARE COMO HEREDEROS A: MAURO LUCIO RAMOS BENITES, HIGINIO RAUL, JESUS RUTH, CANDELARIA LUCIA, ANGEL MARIA Y MARITZA LUPE RAMOS PONCE, LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY; PRESÉNTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO A LA SUCESIÓN. AREQUIPA, 19 DE ENERO DEL 2016. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (22 enero) B/E 031-1294. SUCESION INTESTADA ANTE MI DR. JULIO ESCARZA BENITES POR LICENCIA DEL TITULAR DR. HUGO JULIO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA CON OFICIO NOTARIAL SITO EN CALLE SAN JOSE 330 CERCADO, SE PRESENTO ALY GUILLEN MEZA SOLICITANDO SUCESION INTESTADA DE JUANA ELDA MEZA QUENTA, FALLECIDA EL DÍA 09 DE ENERO DEL 2016 EN LA CIUDAD DE AREQUIPA, A FIN DE QUE SE DECLARE A ALY GUILLEN MEZA Y WENDY GABRIELA GUILLEN MEZA; COMO HEREDEROS DE LA CAUSANTE. LO QUE SE COMUNICA PARA LO FINES DE LEY. AREQUIPA 20 DE ENERO DE 2016. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (22 ENERO) B/E 031-1293. SUCESION INTESTADA ANTE MI DR. JULIO ESCARZA BENITES POR UCENCIA DEL TITULAR DR. HUGO JULIO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA CON OFICIO NOTARIAL SITO EN CALLE SAN JOSE 330 CERCADO, SE PRESENTO FERNANDO LEYVA ARRATIA SOLICITANDO SUCESION INTESTADA DE HUGO EDMUNDO LEYVA CONDORI, FALLECIDA EL DÍA 09 DE ENERO DEL 2016 EN LA CIUDAD DE AREQUIPA, A FIN DE QUE SE DECLARE A FERNANDO LEYVA ARRATIA; COMO HEREDEROS DEL CAUSANTE. LO QUE SE COMUNICA PARA LO FINES DE LEY. AREQUIPA, 20 DE ENERO DE 2016. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (22 ENERO) B/E 031-1292. EDICTO JUDICIAL-SUCESION INTESTADA En el expediente N° 2016-0131, sobre SUCESIÓN INTESTADA, la señorita Juez del Juzgado de Paz Letrado del MBJ de Hunter con intervención de la especialista legal Luisa Hortencia Gutiérrez Rodríguez, ha dispuesto por Resolución N° 01: Admitir a trámite la solicitud de SUCESIÓN INTESTADA de quien vida fuera ALFREDO VILCA MERMA, presentada por Gladis Edilberta CJUNO FLORES en representación legal de Dhenys Alfredo VILCA CJUNO, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO. Se dispone se hagan las publicaciones de ley en el diario oficial El Peruano y en el diario La República, lo que se pone de conocimiento de los interesados. AREQUIPA 2016 ENERO 20. Abog. WILBERT G. CHAMBILLA NINA REG. CAP . Nº 1756. (22 ENERO) B/E 031-1291. SUCESION INTESTADA A MI OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN CALLE JERUSALEN 124, OFICINA 1 Y 2,CERCADO, SE PRESENTO: PEDRO SURQUISLLA HUACHACA, SOLICITANDO LA DE: DOMINGO SURQUISLLA ALEGRIA, FALLECIDO EL 15 DE ABRIL DE 1990, EN EL DISTRITO DE OROPESA, PROVINCIA ANTABAMBA Y DEPARTAMENTO DE APURIMAC, SIENDO LA CIUDAD DE AREQUIPA, SU ULTIMO DOMICILIO SEGÚN REFIERE EL SOLICITANTE, PARA QUE SE LE DECLARE HEREDERO, EN CALIDAD DE HIJO DEL CAUSANTE. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 19 DE ENERO DEL 2016. FERNANDO BEGAZO DELGADO ABOGADO NOTARIO. (22 enero) B/E 031- 1282.

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

SUCESION INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662 ANTE MI, ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA CON OFICINA EN SAN JOSE 313-A CERCADO SE PRESENTO JACQUELINE GUILLERMINA BARRIOS PALACO, SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU MADRE SABINA PALACO HUAHUASONCO; LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU DERECHO A LA SUCESIÓN . AREQUIPA, 07 DE ENERO DEL 2016. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA-ABOGADA C.N.A. Nº 24. (22 enero) B/E 031-1273.

PRESCRIPCIONES PRESCRIPCION ADQUISITIVA Ante esta Notaría se han presentado doña Luz Elena Begazo Cerpa, doña Belia Idalia Begazo Cerpa, doña Beatriz Lucila Begazo Cerpa, doña Danila Amparo Begazo Cerpa y doña Roció del Pilar Begazo Cerpa, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio a su favor respecto del inmueble ubicado en calle Francisco Mostajo sin número, manzana Ql, lote 10 del Pueblo Tradicional Yanahuara del distrito de Yanahuara, provincia y departamento de Arequipa, el mismo que tiene un área de 813,83 m2, (OCHOCIENTOS TRECE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y TRES DECIMETROS) con los siguientes linderos, medidas perimétricas: por el frente, con calle Francisco Mostajo, con 17,05 metros; por el costado derecho, entrando, con lotes 11, 13 y 1, con tres segmentos de 45,20 metros, 0,37 metros y 6,17 metros; por el costado izquierdo, entrando, con lote 9, 7, 6, y 5, con 48,21 metros; y por el fondo, con el lote 2, con 15,80 metros. El bien se encuentra inscrito en la partida número P06144800 del Registro de Predios de Arequipa.-Arequipa, 19 de enero del 2016.- JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. ( 22-28 enero y 03 febrero) B/E 031-1285. PRESCRIPCIN ADQUISITIVA ANTE MI DR. HUGO JULIO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN CALLE SAN JOSE N° 330 - AREQUIPA, FUE PRESENTE MARIO JAVIER CÁRDENAS ARANA Y MARIA TERESA TEJADA JACOBO, SOLICITANDO INICIO DE TRÁMITE NOTARIAL DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, RESPECTO DEL INMUEBLE UBICADO EN URBANIZACIÓN COOPERATIVA DE VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA LTDA. N° 001-IX MZ, I-24, DISTRITO DE JOSÉ LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO AREQUIPA; EL MISMO QUE SE ENCUENTRA INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 01171774 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE AREQUIPA. EL PREDIO TIENE UN ÁREA REAL VERIFICADA DE 162.00 M2, DENTRO DE LOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SIGUIENTES: POR EL FRENTE CON CALLE 2 CON 9.00 ML, POR EL COSTADO DERECHO CON PROPIEDAD DE MARIA ELISABETH BOCANGEL BRAVO, MZ. I-25, CON 18.00 ML.; POR EL COSTADO IZQUIERDO CON PROPIEDAD DE LUCY MARINA GUTIERREZ PERALTA, MZ. 1-23, CON 18.00 ML; Y POR EL FONDO CON PROPIEDAD DE DAGED MAURO MARTIN VIZCARRA ROJAS, MZ. 1-10, CON 9.00 ML, SE EFECTÚA LA PRESENTE PUBLICACIÓN PARA LOS FINES LEGALES PERTINENTES. AREQUIPA, 15 DE ENERO DE 2016. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AEQUIPA MAT. 036. (22-28 enero y 03 febrero) B/E 031-1274. PRESCRIPCION ADQUISITIVA Ante esta Notaría se presentó Jesús Félix Ordinola Villanueva, solicitando la prescripción adquisitiva del predio ubicado en Asentamiento humano Las Guindas Manzana B, lote 9, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Arequipa, con un área de 1089.35 m2. (MIL OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO DECIMETROS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por frente con malecón Las Palmeras con 45.00 metros; por la derecha con calle Francisco Mostajo con 21.00 metros; por la izquierda con avenida San Martin con 28.50 metros y por el Fondo con lotes 6, 7 y 8 de la manzana B con cinco segmentos de 6.78, 9.28, 9.27, 11.50 y 19.50 metros. El bien materia de prescripción formar parte del predio de mayor extensión inscrito en la partida 01141748 del Registro de Predios de Arequipa. 18 de enero del 2016. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO-ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (22-28 enero y 03 febrero) B/E 031-1269. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA En el Expediente N° 02414-2012-0-0401-JR-CI-02, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, seguido por ARTURO VICENTE OBANDO SANCHEZ en contra de ALVARO ERNESTO CANALES MEZA Y PATRICIA ANTONIETA MARAVI GALVEZ, el señor Juez del Segundo Juzgado Especializado en lo Civil, Edgar Pineda Gamarra, con intervención de la especialista legal Patricia Maribel Zapata Coaguila, expidió la Resolución N° 02, que resolvió ADMITIR A TRAMITE , en la vía de proceso abreviado la demanda de prescripción adquisitiva presentada por ARTURO VICENTE OBANDO SANCHEZ

en contra de ALVARO ERNESTO CANALES SALAS Y PATRICIA ANTONIETA MARAVI GALVEZ, en consecuencia se confirió traslado de la demanda a los demandados por el plazo de DIEZ días para su contestación; se tienen por ofrecidos los medios probatorios y se agregan a los antecedentes los anexos presentados. Prescripción que recae sobre parte del fundo rústico denominado “BUENA ESPERANZA”, el que abarca casi la totalidad de las Unidades Catastrales 00128 y 00129 (antiguamente UC 10628) y parte de área no catastrada, ubicado en el Distrito de la Joya, Ficha Registral 300167, Partida 04007718, el que tiene los siguientes linderos y colindancias: Por el Norte: 340 ml, terrenos eriazos del Estado, con UC 00127 y UC 00125 (antiguamente UC 10413) de propiedad del señor Ysidro Obando Meza, línea de quebrada de 04 tramos: 120.94-16.50-42.19-125-12ml. Vértices D1-E1-F1Gl-A-B. Por el Sur: 746.95 ml, con terrenos eriazos del estado y quebradas, filtraciones de la cano, con línea de quebrada de 15 tramos: 41.01-88.62-38.9138.84- 56.75-32.65-31.25-62.63-32.99-17.49-26.1891.70-41.24-77.25-66.44 ml. Vértices: C-D-E-F-G-H-lJ-K-L-M-N-Ñ-O-P-Q-R-S-T. Por el Este: 196.30 ml, con terrenos eriazos del Estado y quebradas, con línea de quebrada 04 tramos : 36-25-75-68-64.34-20.03 ml. Vertices D-E-N-Ñ-O-P. Por el Oeste: 570.67 ml. Con terrenos eriazos del estado y quebradas con línea de quebradas 01 tramos: 27.79-75.44-24.04106.18-34.21-25.56-23.09-66.11-49.75-124-35-14.15 ml. Vértices T-U-V-W-X-Y-Z–A1-B1-C1-D1-F1.G1. Autorizando la presente publicación la-especialista Legal Patricia Maribel Zapata Coaguila. Secretaria Judicial Segundo Juzgado Civil. (21-22-25 enero) B/E 031-1241. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ANTE MI OFICIO NOTARIAL SE HA PRESENTADO, JESUS ERNESTO CARREON CERVANTES, SOLICITANDO LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL INMUEBLE EN ALAMEDA SAN LAZARO N° 112 Y EL PASAJE BAYONETA, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. ÁREA: 500.66 M2. COLINDANTES: - FRENTE: CON LINEA RECTA DE 5.80, CON PASAJE BEDOYA. - DERECHA: CON LÍNEA QUEBRADA DE 5 TRAMOS DE 9.50, 15.10, 5.10, 16.45, 9.32, CON LA PROPIEDAD DE DOÑA MANUELA PERALTA (ANTES), FAMILIA CALDERÓN (ACTUAL) Y ALAMEDA SAN LAZARO. -IZQUIERDA: EN LÍNEA QUEBRADA DE 3 TRAMOS DE 12.66, 3.02, 7.02 ML, CON LA PROPIEDAD DE MARIANO GONZALES (ANTES), FAMILIA TEJADA (ACTUAL) - FONDO: EN LÍNEA QUEBRADA DE 4 TRAMOS DE 10.53, 6.82, 4.75, 18.05 ML, CON PROPIEDAD DE DON FRANCISCO CHAVEZ Y SEÑORA (ANTES), FAMILIA URDAY (ACTUAL). INSCRIPCIÓN: PARTIDA N° 01129595 REGISTRO DE DE LOS REGISTROS PUBLICOS, ZONA REGISTRAL XIISEDE AREQUIPA, A NOMBRE DE JULIA ROSA ORIHUELA DE RIVERA DE DEL CARPIO, LELIA PEREZ CASTILLO DE ORIHUELA, LINA ORIHUELA PEREZ, JULIETA ORIHUELA PEREZ Y GUADALUPE ORIHUELA PEREZ, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LA LEY 27333. AREQUIPA, 12 DE ENERO DEL 2016. JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO PÚBLICO. ASOC. VILLA AVIACION G-9, CIUDAD MUNICIPAL, YURA, AREQUIPA.- JAIME LIMA HERCILLA ABOGADO NOTARIO. (18-22-28 enero) B/ Nº 031-1169. “PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO” A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por FILOMENO LORENZO CORNEJO MACHACA y su señora esposa doña MARIA MAGDALENA COAGULA DE CORNEJO, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del predio ubicado en Manzana “E” Lote 3. Asociación de vivienda “La Granja de Sabandía” distrito de Sabandia. provincia, departamento Arequipa, área terreno: 1258.00 metros cuadrados: linderos y medidas perimétricas: Por el frente: con calle número 3, con 49.08 metros. Por el Costado derecho entrando: Con Pasaje numero 04. con 28.00 metros. Por el Costado izquierdo entrando: Con Lote 4, con 23.00 metros. Por el Fondo: Con Lote Numero 1-2. con 50.90 metros. Lo que se pone en conocimiento público para les fines de ley. Arequipa, 2016 enero 11. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO ABOGADO. (18-22-28 enero) B/E 031-1192. PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE EL OFICIO NOTARIAL DE LA DRA. MARIA EMILIA LADRON DE GUEVARA ZUZUNAGA, SITO EN LA AVENIDA SOCABAYA 311, DISTRITO DE SOCABAYA; ROSA SILVA DEL CASTILLO VDA. DE FLORES, Y YAQUELIN FLORES CUTIPA, SOLICITAN LA DECLARACION DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO A FIN DE QUE SE LES DECLARE COMO PROPIETARIOS DEL PREDIO SIGNADO COMO PUEBLO JOVEN TRECE DE ENERO MZ. O LOTE 1, DISTRITO DE JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° P06057116, DEL REGISTRO DE PREDIOS, DE LA ZONA REGISTRAL N° XII SEDE AREQUIPA, INSCRITO A NOMBRE DE CRISTOBAL JUAN MAMANI MAMANI Y SABINA CENTENO COAGUILA DE MAMANI. LO QUE SE COMUNICA A FIN QUE QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHOS, LOS HAGAN VALER CONFORME A LEY. AREQUIPA, 14 DE ENERO DEL 2016. MA. EMILIA LADRON DE GUEVARA ZUZUNAGA NOTARIA DE AREQUIPA. (18-22-28 ENERO) B/E 031-1198.

PRESCRIPCION ADQUISITIVA Ante esta Notaría se presentaron Ludwig Jeet Linares Diaz y Maria Elena Riveros Mariño, solicitando la prescripción adquisitiva del predio urbano ubicado en urbanización La Merced II Etapa Challapampa manzana E, lote 4 distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, con un área de 120,90 m2, (CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS CON NOVENTA DECIMETROS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por frente, calle 2, con 8.20 metros; por la derecha, lote 3 con 15.48 metros; por la izquierda, lote 5 con 14.19 metros; por fondo, con la propiedad de Faustino Cruz Chirinos, con 5.54 y 2.76 metros. El bien materia de prescripción forma parte del predio inscrito en la partida 04006388 del Registro de Predios de Arequipa, 13 de enero del 2016. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (18-22-28 ENERO) B/E 031- 1191. PRESCRIPCION ADQUISITIVA Ante esta Notaría se presentó Hugo Silva Oviedo, solicitando la prescripción adquisitiva del lote 14, manzana R, zona A, de la asociación Pro Vivienda Taller P.I.P. distrito de Yura, provincia y departamento de Arequipa, con un área de 800,00 m2. (OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por frente jirón 10 con 20.00 metros; por la derecha Lote 13 con 40.00 metros; por la izquierda lote 15 con 40.00 metros y por Fondo Lote 9 con 20.00 metros. El bien forma parte de la lotización inscrita en la partida 01170420 del Registro de Predios de Arequipa. 13 de enero del 2016. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO Av. Pumacahua N° 510 Cerro Colorado. (18-22-28 enero) B/E 031- 1191. PRESCRIPCION ADQUISITIVA Ante esta Notaría se presentó Carlos Edgardo Carpio Larrea, solicitando la prescripción adquisitiva del inmueble ubicado en calle Pizarro 226-D distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, con un área de 134.30 m2. (CIENTO TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON TREINTA DECIMETROS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por frente pasaje sin nombre con 8.50 metros; por la derecha lote E propiedad de Carlos Alberto Quispe Zapana con 15.80 metros; por la izquierda lote C propiedad de Marcelino Carpio Salas con 15.80 metros y por Fondo propiedad de sucesión Juan Aguilar Alcocer pasaje de servicio de por medio con 8.50 metros. El bien no se encuentra en Registros Públicos. 13 de enero del 2016. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO-ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (18-22-28 enero) B/E 031-1191. RECTIFICACION DE AREAS Y LINDEROS Por ante el Juzgado Mixto - Cotahuasi, Juez Uberto Carlos Portugal Tejada, Secretaria Lizeth María Chirinos Quispe, Expediente 16-2015-0-040801 -JM-CI-01, se interpuso la demanda sobre rectificación de área del predio rústico denominado Culi de un área de 986.3642 Has., formado por cuatro cuerpos: Cuerpo 1 de 657.6501 Has; Cuerpo 2 de 122.5784 Has; Cuerpo 3 de 165.1589 Has; y, Cuerpo 4 de 40.9768 Has; ubicado en el distrito de Huaynacotas, provincia de La Unión y departamento de Arequipa, posteriormente se ha emitido la Resolución Nro. 02 del 19 de Mayo del 2015 que RESUELVE: Admitir a trámite la demanda de rectificación de área mediante proceso abreviado interpuesto por Policarpio Gonzáles Pérez y Dionisia Irene Huachaca Gómez de Gonzáles, en contra de Justina Llactahuamaní Gómez, Flora Llactahuamaní Gómez, Paulo Madueño Laucalla, Eulalia Quispe Torres, Francisco Gonzáles Totocayo y Benito Gonzáles Totocayo, se confiere traslado por el plazo de 10 días para que contesten la demanda, por ofrecidos los medios probatorios, poniéndose en conocimiento de los colindantes la demanda. Cotahuasi, 30 de Diciembre del 2015. ANDRES OLIVERA BOCANGELINO ABOGADA C.A.A. MAT. 1134. Abog. Lizeth M. Chirinos Quispe Secretaria Judicial Juzgado Mixto La Unión Cotahuasi. (18-22-28 enero) B/E 031-1203.

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señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Caravelí, mediante resolución 16 se ha ordenado Notificar a RAQUEL MARILU CABALLERO NAVARRO, Y EVER LUIS FLORES ACCO, la resolución uno: RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de violencia familiar Maltrato (FISICO) interpuesta por el representante del Ministerio Público en agravio de RAQUEL MARILU CABALLERO NAVARRO, en contra de EVER LUIS FLORES ACCO, tramitándose la presente causa en VÍA DE PROCESO UNICO; en consecuencia se dispone el TRASLADO de la demanda al demandado por el plazo especial de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de NOMBRARSE CURADOR PROCESAL. Caraveli 06 enero 2016. (2021-22 enero) EXPEDIENTE Nro. 62-2013-FC. ESPECIALISTA JUDICIAL: DR. HERNAN SALINAS LUNA. Por disposición del señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Caravelí, mediante resolución 07 se ha ordenado Notificar al demandado: JESUS CARMELINO LOPEZ LINARES Y A LA AGRAVIADA NANCY GONZALES AGUI LAR, la resolución uno: RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía de Proceso Único, la demandada de VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Señora Representante del Ministerio Público, basada en los supuestos del petitorio, acción interpuesta 1) En favor de NANCY GONZALES AGUILAR en contra de JESUS CARMELINO LOPEZ LINARES, téngase por ofrecidos los medios probatorios presentados, a sus antecedentes los anexos acompañados; TRASLADO AL DEMANDADO: por el plazo especial de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de NOMBRARSE CURADOR PROCESAL. CARAVELI 15 DE DICIEMBRE 2015. (20-21-22 enero) EXPEDIENTE Nro. 233-2013-FC. ESPECIALISTA JUDICIAL: DR. HERNAN SALINAS LUNA. POR DISPOSICIÓN DEL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CARAVELÍ, MEDIANTE RESOLUCIÓN 07 SE HA ORDENADO NOTIFICAR AL DEMANDADO: )HONY CESAR BELLIDO MONTOYA , Y AGRAVIADA NORMA OLINDA HUAMANI GUTIERREZ, LA RESOLUCIÓN UNO: RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA DE VIOLENCIA FAMILIAR MALTRATO ( FISICCO) INTERPUESTA POR EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO EN AGRAVIO DE NORMA OLINDA HUAMANI GUTIÉRREZ, EN CONTRA DE JHONY CÉSAR BELLIDO MONTOYA, TRAMITÁNDOSE LA PRESENTE CAUSA EN VÍA DE PROCESO UNICO; EN CONSECUENCIA SE DISPONE EL TRASLADO DE LA DEMANDA AL DEMANDADO POR EL PLAZO ESPECIAL DE QUINCE DIAS, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL.(20-21-22 enero) EXPEDIENTE Nro. 108-2013-FC. ESPECIALISTA JUDICIAL: DR. HERNAN SALINAS LUNA. Por disposición del señor Juez del juzgado de Paz Letrado de Caravelí, mediante resolución 08 se ha ordenado Notificar al demandado DIETER RAFAEL CANALES BALDEON Y A LA AGRAVIADA BERTHA SIFUENTES TANCHIVA, la resolución uno: RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de violencia familiar Maltrato ( FISICO y PSICOLOGICO ) interpuesta por el representante del Ministerio Público en agravio de BERTHA SIFUENTES TANCFIIVA, en contra de DIETER RAFAEL CANALES VALDEON, tramitándose la presente causa en VÍA DE PROCESO UNICO; en consecuencia se dispone el TRASLADO de la demanda al demandado por el plazo especial de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de NOMBRARSE CURADOR PROCESAL. (20-21-22 enero)

EDICTOS PENALES

EXPEDIENTE Nro. 244-2013-FC. ESPECIALISTA JUDICIAL: DR. HERNAN SALINAS LUNA. Por disposición del señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Caravelí, mediante resolución 05 se ha ordenado Notificar al demandado: PABLO ABSALON ACCO GUARDIA Y A LA AGRAVIADA MERCEDES FLORES RAMIREZ, la resolución uno: RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de violencia familiar Maltrato ( FISICO ) interpuesta por el representante del Ministerio Público en agravio de MERCEDES FLORES RAMIREZ, en contra de PABLO ABSALON ACCO GUARDIA, tramitándose la presente causa en VÍA DE PROCESO UNICO; en consecuencia se dispone el TRASLADO de la demanda al demandado por el plazo especial de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de NOMBRARSE CURADOR PROCESAL. Caravelí, 15 de Diciembre 2015. (20-2122 enero)

En el Expediente N° 02290-2014-0-0401-JR-FP-01, por ante el Juzgado de Familia Transitorio de Arequipa, que despacha el señor Juez Luis -Giancarlo Torreblanca Gonzáles, con intervención de la secretaria judicial Marisol Rosas Gutiérrez, en el proceso sobre Infracción a la Ley Penal, que sigue el Ministerio Público, se ha ordenado se notifique mediante edictos al agraviado DITER ACOSTA LLOCLLA, a fin de poner en su conocimiento la Resolución N° 16, de fecha diecinueve de enero del dos mil dieciséis, que DISPONE: Reprogramar la fecha de audiencia de esclarecimiento de los hechos para el día VEINTICINCO DE ENERO DEL DOS MIL DIECISÉIS A LAS OCHO HORAS, diligencia que se llevará a cabo en el Despacho del Juzgado de Familia Transitorio. Arequipa, diecinueve de enero del dos mil dieciséis.- (20-21-22 enero)

EXPEDIENTE Nro. 162-2010-FC. ESPECIALISTA JUDICIAL: DR. HERNAN SALINAS LUNA. Por disposición del señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Caravelí, ha ordenado Notificar al demandado: Edgar Yahuira Castro, y agraviada Rosi Porras Yupanqui. la resolución uno:. RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía de Proceso Único, la demandada de VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Señora Representante del Ministerio Público, basada en los supuestos del petitorio, acción interpuesta 1) En favor de ROSI PORRAS YUPANQUI en contra de EDGARD NICANOR YAUIRA CASTRO téngase por ofrecidos los medios probatorios presentados, a sus antecedentes los anexos acompañados; TRASLADO AL DEMANDADO EDGARD NICANOR YAUIRA CASTRO, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. (20-21-22 enero)

EXPEDIENTE Nro. 130-2014-FC. ESPECIALISTA JUDICIAL: DR. HERNAN SALINAS LUNA. Por disposición del

EXPEDIENTE Nro. 188-2011-FC. ESPECIALISTA JUDICIAL: DR. HERNAN SALINAS LUNA. Por disposición

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La República

del señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Caravelí, ha ordenado Notificar al demandado PAUL MIKI QUISPE CANALES, en agravio de MENOR P.S.Q.G., la resolución uno: RESEULVE: ADMITIR a trámite en la vía de Proceso Único, la demandada de VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Señora Representante del Ministerio Público, basada en los supuestos del petitorio, acción interpuesta 1) En favor de la menor P.S. Q. G. en contra de PAUL MIKY QUISPE CANALES téngase por ofrecidos los medios probatorios presentados, a sus antecedentes los anexos acompañados; TRASLADO AL DEMANDADO PAUL MIKY QUISPE CANALES, a efecto de que conteste la demanda en el plazo especial de quince dias, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Caravelí, 14 de Diciembre 2015. (20-21-22 enero) EXPEDIENTE Nro. 26-2011-FC. ESPECIALISTA JUDICIAL: DR. HERNAN SALINAS LUNA. Por disposición del señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Caravelí, mediante resolución 16 se ha ordenado Notificar al demandado: BENITO SANTOS HUAMANI PUJA, y agraviados GLADYS ZOILA DEL CARPIO LIMAHUAYA, YOLA ARNETH DEL CARPIO LIMAHUAYA y menor R.I.D.C. la resolución uno: RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía de Proceso Único, la demandada de VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Señora Representante del Ministerio Público, basada en los supuestos del petitorio, acción interpuesta 1) En favor de GLADYS ZOILA DEL CARPIO LIMAHUAYA en contra de BENITO SANTOS HUAMANI PUJA Y POR MALTRATO PSICOLOGICO EN AGRAVIO DE YOLA ARNETH DEL CARPIO LIMAHUAYA Y LA MENOR ROSMERY IPANAQUE DEL CARPIO téngase por ofrecidos los medios probatorios presentados, a sus antecedentes los anexos acompañados; TRASLADO AL DEMANDADO BENITO SANTOS HUAMANI PUJA, a efecto de que conteste la demanda en el plazo especial de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de NOMBRARSE CURADOR PROCESAL. Caravelí, 15 de Diciembre 2015. (20-21-22 enero) EXPEDIENTE Nro. 228-2013-FC. ESPECIALISTA JUDICIAL: DR. HERNAN SALINAS LUNA. Por disposición del señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Caravelí, mediante resolución 16 se ha ordenado Notificar al demandado: WILFREDO PASCUAL PALOMINO ALMENARA, y al agraviada FELICITAS SARA BELLIDO GALLEGOS, la resolución uno: RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de violencia familiar Maltrato ( PSICOLOGICO ) interpuesta por el representante del Ministerio Público en agravio de FELILCITAS SARA BELLIDO GALLEGOS, en contra de WILFREDO PASCUAL PALOMINO ALMENARA, tramitándose la presente causa en VÍA DE PROCESO UNICO; en consecuencia se dispone el TRASLADO de la demanda al demandado por el plazo especial de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de NOMBRARSE CURADOR PROCESAL al demandado. (20-21-22 enero) EXPEDIENTE Nro. 63-2011-FC. ESPECIALISTA JUDICIAL: DR. HERNAN SALINAS LUNA. Por disposición del señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Caravelí, mediante resolución 16 se ha ordenado Notificar al demandada: SALVADOR NICOLAS TOLEDO MACHACA, y agraviada NOEMI LIZ HUANCA HUAMAN, la resolución uno: RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía de Proceso Único, la demandada de VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Señora Representante del Ministerio Público, basada en los supuestos del petitorio, acción interpuesta 1) En favor de NOEMI LIZ HUANCA HUAMAN en contra de SALVADOR NICOLAS TOLEDO MACHACA, téngase por ofrecidos los medios probatorios presentados, a sus antecedentes los anexos acompañados; TRASLADO AL DEMANDADO: SALVADOR NICOLAS TOLEDO MACHACA, por el plazo especial de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de NOMBRARSE CURADOR PROCESAL. Caravelí, 15 de Diciembre 2015. (20-21-22 enero) EXPEDIENTE Nro. 66-2011-FC. ESPECIALISTA JUDICIAL: DR. HERNAN SALINAS LUNA. Por disposición del señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Caravelí, mediante resolución 15 se ha ordenado Notificar al demandado: FRANCISCO URBANO CAMPOS HUAYHUAPUMA, la resolución uno: RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía de Proceso Único, la demandada de VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Señora Representante del Ministerio Público, basada en los supuestos del petitorio, acción interpuesta 1) En favor de SOFIA CARMEN LUDEÑA SALCEDO en contra de FRANCISCO URBANO CAMPOS HUAYHUAPUMA. téngase por ofrecidos los medios probatorios presentados, a sus antecedentes los anexos acompañados; TRASLADO AL DEMANDADO FRANCISCO URBANO CAMPOS HUAYHUAPUMA, por el plazo especial de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de NOMBRARSE CURADOR PROCESAL. Caravelí, 14 diciembre 2015. (20-21-22 enero) Ante el Quinto juzgado civil, de la Corte Superior de Arequipa juez Dr. Aníbal Celso Maraya Borda y Especialista Legal Yovana Carlos Villan , expediente N° 1599-2011 seguida por la Municipalidad Distrital de Yanahuara con Milton Edilberto Filiberto Vera Gamero con con Juan Carlos Santiago Sánchez Rivera y con Eider Llerena Pancorbo, sobre Indemnización, por daños y perjuicios se ha dispuesto notificar a los

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

sucesores procesales del codemandado, Juan Carlos Santiago Sánchez Rivera a fin que se apersonen al proceso conforme a ley en el plazo de 30 días, bajo apercibimiento de designársele Curador Procesal. Arequipa, 25 de noviembre del 2015. (20-21-22 enero) Ante el Quinto juzgado civil, de la Corte Superior de Arequipa juez Dr. Aníbal Celso Maraya Borda y Especialista Legal Yovana Carlos Villan , expediente N° 1599-2011 seguida por la Municipalidad Distrital de Yanahuara con Milton Edilberto Filiberto Vera Gamero con con Juan Carlos Santiago Sánchez Rivera y con Eider Llerena Pancorbo, sobre Indemnización, por daños y perjuicios se ha dispuesto notificar a los sucesores procesales del codemandado, Juan Carlos Santiago Sánchez Rivera a fin que se apersonen al proceso conforme a ley en el plazo de 30 días, bajo apercibimiento de designársele Curador Procesal. Arequipa, 25 de noviembre del 2015. (20-21-22 enero) NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL Expediente No 2015-128-01-0-040801-JZ-PE-01 El Señor Juez de Investigación Preparatoria, doctor José Humberto Núñez Muñoz de la Provincia de La Unión-cotahuasi, ha dispuesto notificar a los investigados ROLANDO MOTTE QUISPE Y WELLIAM CONDORI SAVINA, con la Resolución N° 008-2015 dispone diferir la fecha de la AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA para el día 17 de Marzo del 2016 a horas 11:00, en la Sala de Audiencias del Módulo del Nuevo código Procesal Penal de la Provincia de La Unión, sito en la calle Libertad N° 201 Cotahuasi, audiencia que se celebrara con la concurrencia obligatoria del fiscal, imputados y sus abogados de la defensa privada, en caso de inasistencia se instalará con presencia del Defensor Público Penal, a quien se le notificará con la presente resolución. Firmado por el Juez doctor José Humberto Núñez Muñoz y la Especialista de causa Sonia Cornejo Cornejo. Cotahuasi, 07 de diciembre del 2015. Día publicados 09,10 y 11 de Marzo de 2016. Cotahuasi, 07 de Enero del 2016. (20-21-22 enero) Ante el Juzgado de Familia Transitorio del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata Corte Superior de Justicia Arequipa, Juez Yuri Filamir Corrales Cuba, Especialista Legal Rosario Gonzales Enríquez, Expediente 2294-2011-0-0412-JM-FT-02, sobre abandono moral y material seguido a favor del niño Yafef Nicolás Taco Pacco: FALLO:Declarando en ESTADO DE ABANDONO al menor Yafef Nicolás Taco Pacco de diez años de edad, disponiéndose como medida de protección a su favor que continúe albergado en las Aldeas Infantiles SOS; Res. 34 SE RESUELVE: Integrar la sentencia en el sentido que se extingue la patria potestad, respecto de sus progenitores: dispongo se curse oficio a la Oficina de Adopciones comunicando el estado de abandono del menor, para que actúe de acuerdo a sus atribuciones.- (20-22 enero) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-4812-7 (Imputado) ALFEREZ ARGANDOÑA, WILLIAM, delito Violencia y resistencia contra la autoridad agravada , agraviado Estado, NOTIFICACION: Visto el requerimiento de acusación formulado, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del artículo 350° del Nuevo Código Procesal Penal ; Secretario: Quispe . (21-2225 enero) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-5353-56 (Agraviado) SUCESION DE QUIEN EN VIDA FUE ANTONIO GIANNINI MUÑOZ, delito falsedad ideologica , agraviado SUNARP representada por el Procurador Publico y otros, DILIGENCIA 05-04-2016, 10:30 am , Sala 1; Secretario: Quispe . (21-22-25 enero) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-356-0 (Imputado) TROADIO ALCARRAZ CAMPOS , delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado La Sociedad , DILIGENCIA 15-03-2016, 10:00 am , Sala 1; Secretario: Quispe. (21-22-25 enero) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-5379-0 (Imputado) EDUARDO DANY LEE SUELDO PUMARAYME y (agraviados) DANY RODRIGO SUELDO DIAZ Y ANGIE GABRIELA SUELDO DIAZ REPRESENTADOS POR NOEMI CAROL DIAZ FLORES , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado DANY RODRIGO SUELDO DIAZ Y ANGIE GABRIELA SUEL-

DO DIAZ REPRESENTADOS POR NOEMI CAROL DIAZ FLORES , DILIGENCIA 29-03-2016, 10:30 am , Sala 1; Secretario: Quispe. (21-22-25 enero) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-4155-47 DANILO ALONSO SUEROS NINASIVINCHA, delito PELIGRO COMUN, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 22-03-2016, 10.30, Sala 5, DECLARSELE CONTUMAZ Y GIRARSE OREDENES DE CAPTURA EN SU CONTRA; Secretario: Pickman EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2012-2013-72 MANUEL TORRES BAQUERO, delito ESTAFA GENERICA, agraviado ASOCIACION AGRICULTORES ANDINOS SANTA ISABEL DE SIGUAS Y OTRO, DILIGENCIA 22-03-2016, 10.00, Sala 5, DECLARASE CONTUMAZ Y LIBRARSE ORDENES DE CAPTURA EN SU CONTRA; Secretario: Pickman . (21-22-25 enero) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-434-95 CHRISTOPHER MARIO PAREDES LUQUE , delito HURTO SIMPLE, agraviado Empresa SMP Servicios Postales y Logisticos Courier del Perú, DILIGENCIA 05.04.2016, 08:00, Sala 5, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Montes. (2122-25 enero) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. --0 AL AGRAVIADO ALEJANDRINO NEIRA BEGAZO, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado ALEJANDRINO NEIRA BEGAZO, DILIGENCIA 30-03-2016, 11:00 AM, Sala 2; Secretario: Huerta. (21-22-25 enero) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 489-2015-24 (Imputado) Martín Taipe Anastacio, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado , NOTIFICACION: Visto el requerimiento de sobreseimiento notifiquese a los sujetos procesales por el plazo perentorio de diez hábiles para los efectos del articulo 345° y 350° del NCPP. ; Secretario: Ramirez. (21-22-25 enero) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-4986-0 (Imputado) YEFERSON RENE CONDORI MOLLO, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES CULPOSAS GRAVES, agraviado HERMILIO RAMIREZ ESCALANTE, DILIGENCIA 05-04-2016, 11:00 am , Sala 2; Secretario: Quispe. (21-22-25 enero) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-257-0 (Imputado) CARLOS RENE PEREYRA PACHECO , delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado La Sociedad , DILIGENCIA 14-03-2016, 09:00 am, Sala 2; Secretario: Quispe. (21-22-25 enero) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-4568-95 (Imputado) RICARDO JESUS CORDOVA YNGA, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES CULPOSAS GRAVES, agraviado VICENTE SABINO LOPEZ MENESES, DILIGENCIA 08-04-2016, 12:00 pm , Sala 2; Secretario: Quispe. (21-22-25 enero) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-5110-0 (Imputado) JORDAN ELVIS GIL DELGADO, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado LUANA SAMANTHA GIL FERNANDEZ REPRESENTADA POR ROCIO DEL PILAR JESSICA FERNANDEZ CARDENAS , DILIGENCIA 10-03-2016, 09:30 am, Sala 2; Secretario: Quispe. (21-22-25 enero) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos

Viernes, 22 de enero del 2016

formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-6290-0 (Imputado) Enrique Isauro Nuñez Granda, delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado , NOTIFICACION: visto el requerimiento de acusación NOTIFIQUESE a los sujetos procesales por el plazo perentorio de diez dias habiles para los efectos del articulo 350 del NCPP. ; Secretario: Ramirez. (21-2225 enero) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-1482-21 (Imputado) CESAR DAVID VIERA MALAGA, delito TRÁFICO ILEGAL DE ESPECIES ACUÁTICAS DE LA FLORA Y FAUNA SILVESTRE PROTEGIDAS, agraviado ESTADO REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PUBLICO ESPECIALIZADO EN DELITOS AMBIENTALES DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE y otros, DILIGENCIA 21-03-2016, 08:00 am, Sala 3; Secretario: Quispe. (21-22-25 enero) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-508-99 MILTON EDILBERTO VERA GAMERO , delito CORRUPCION DE FUNCIONARIOS Y OTROS , agraviado EL ESTADO , DILIGENCIA 22-03-2016, 11:00, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR; Secretario: Huerta. (21-22-25 enero) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-3114-0 (Imputado) ANDERSON HERVACIO APOLINARIO, delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado La Sociedad, NOTIFICACION: se señala para la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL ACUSACION para el día 29 de MARZO del año 2016 a las 11:00 horas en la Sala de Audiencias número 3 ubicada en el segundo piso del Pabellón del Módulo Penal de la Sede de ésta Corte. ; Secretario: Delgado. (21-22-25 enero) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-3903-67 (Imputado)DANNY SULCA HUARILLOCLLA , delito VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, agraviado MENOR DE EDAD CON INICIALES E CH C REPRESENTADA POR PAULINA CCOLQUE QUISPE, DILIGENCIA 21-03-2016, 11:00 am , Sala 3; Secretario: Quispe. (21-22-25 enero) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 4538-2014-22 (Imputado) JORGE ARON ARISTA CASTILLO, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado ISABEL RIVERA HALANOCA, NOTIFICACION: RES. 1 NOTIFIQUESE A LOS DEMAS SUJETOS PROCESALES POR EL PLAZO DE 10 DIAS HABILES PARA LOS EFECTOS DEL ART. 350 DEL CPP. SE SEÑALA AUDIENCIA PARA EL DIA 25-01-2016 A LA 8:00 AM EN LA SALA 4 ; Secretario: ROSAS. (21-22-25 enero) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-4583-44 (PERSONA JURÍDICA REQUERIDA) TRANSPORTES IMAGEN DEL VALLE SOCIEDAD ANONIMA CERRADA REPRESENTADA POR MANUEL JUAN URIBE SANTOS Y MIGUEL ANGEL NAVARRETE ROJAS, delito ESTAFA Y OTRO , agraviado VICTOR NICOLAS MAMANI QUISPE, DILIGENCIA 1103-2016, 11:00 am , Sala 4; Secretario: Quispe. (2122-25 enero)

EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-3655-9 (Imputado) FERNANDO GUSTAVO AMADO CARPIO Y YORI IGELU VALDIVIA COLLADO, delito CONTAMINACION SONORA , agraviado ESTADO Y OTRAS, DILIGENCIA 16-03-2016, 10:00 am , Sala 4; Secretario: Quispe. (21-22-25 enero) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 3479-2014-38 (Imputado) PLACIDO ACEITUNA ZAMBRANO, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado EMPRESA ABB S.A., DILIGENCIA 30-03-2016, 08:00, Sala 4; Secretario: ROSAS. (21-22-25 enero)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 20153424-37 (Agraviado) Miguel Angel Cuevas Rojas, delito Robo Agravado, agraviado Miguel Angel Cuevas Rojas, NOTIFICACION: Res. 02 Requerimiento Mixto. Se procede a a dar trámite en forma primigenia al requerimiento de Sobreseimiento, se confiere traslado por el plazo de diez días hábiles para los efectos del Art. 345 NCPP. ; Secretario: Cossio. (21-22-25 enero) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-986-50 (Agraviado) Wilber Quispe Cari, delito VIOLACION DE DOMICILIO, agraviado Wilber Quispe Cari, NOTIFICACION: RES. 01 SE CORRE TRASLADO REQUERMIENTO DE ACUSACION POR EL PLAZO DE DIEZ DIAS HABILES PARA LOS EFECTOS DEL ART. 350 NCPP ; Secretario: Cossio. (21-22-25 enero) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-98650 (Imputado) EDUARDO HUISA TINTAYA Y (AGRAVIADOS) ROXANA LIMACHI CCOTO y WILBER QUISPE CARI, delito VIOLACION DE DOMICILIO, agraviado ROXANA LIMACHI Y OTRO, DILIGENCIA 05-04-2016, 11:00, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Cossio . (21-22-25 enero) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 20142014-84 (Imputado) DIONICIO FRANCISCO ZAPANA MAMANI, delito USO DE DOCUMENTO FALSO, agraviado MINISTERIO PUBLICO, NOTIFICACION: RES. 01 SE CORRE TRASLADO EL REQUERIMIENTO ACUSATORIO, POR EL PLAZO DE DIEZ DIAS, PARA LOS EFECTOS DEL ART. 350 NCPP ; Secretario: Cossio. (21-22-25 enero) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 20141780-84 (Imputado) DIONICIO FRANCISCO ZAPANA MAMANI. SE LE DESIGNA DEFENSOR PUBLICO DR. JUAN CARLOS RAMOS PERALTA AV. INDEPENDENCIA 927-933. CERCADO, delito USO DE DOCUMENTO FALSO, agraviado MINISTERIO PUBLICO, DILIGENCIA 05-04-2016, 11:30, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Cossio. (21-22-25 enero) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2214-0 (Imputado) LUIS FELIPE CRUZ ALVAREZ, delito PELIGRO COMUN, agraviado LA SOCIEDAD, NOTIFICACION: RES. 01 SE CORRE TRASLADO CON EL REQUERIMIENTO ACUSATORIO POR EL PLAZO PERENTORIO DE DIEZ DIAS HABILES PARA LOS EFECTOS DEL ART. 350 NCPP, SE LE DESIGNA DEFENSOR PUBLICO DR. JORGE CHAVEZ HERRERA AV. INDEPNDENCIA 927-933 CERCADO ; Secretario: Cossio. (21-22-25 enero) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 20152214-0 (Imputado) LUIS FELIPE CRUZ ALVAREZ, delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 0604-2016, 10:30, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Cossio. (21-22-25 enero) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 20146075-0 (Imputado) FELIPE PIO GUTIERREZ COLCA, delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado LA SOCIEDAD, NOTIFICACION: RES. 01 SE CORRE TRASLADO DEL REQUERIMIENTO ACUSATORIO, POR EL PLAZO PERENTORIO DE DIEZ DIAS HABILES, PARA LOS EFECTOS DEL ART. 350 NCPP. SE LE DESIGNA ABOGADO DEFENSOR DRA. JESSICA LUNA SANTA CRUZ AV. INDEPENDENCIA 927933 CERCADO ; Secretario: Cossio. (21-22-25 enero) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho

Viernes, 22 de enero del 2016

y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 20146075-0 (Imputado) FELIPE PIO GUTIERREZ COLCA, delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 06-04-2016, 11:00, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Cossio. (21-22-25 enero) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 20156228-0 (Imputado)HERBERTH JUAN CAHUAPAZA SUCAPUCA , delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado LA SOCIEDAD, NOTIFICACION: RES. 01 SE CORRE TRASLADO DEL REQUERIMIENTO ACUSATORIO, POR EL PLAZO PERENTORIO DE DIEZ DIAS HABILES PARA LOS EFECTOS DEL ART. 350 CPPY SE LE DESIGNA ABOGADO DEFENSOR DR JUAN CARLOS RAMOS PERALTA AV. INDEPENDENCIA 927-933, CERCADO. ; Secretario: Cossio. (21-22-25 enero) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 205-62280 (Imputado) HERBERTH JUAN CAHUAPAZA SUCAPUCA, delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 07-04-2016, 10:50, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Cossio. (21-22-25 enero) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 20152695-23 (Imputado) JHOSSEEP VALENTIN ROQUE PUMA, delito RECEPTACION AGRAVADA, agraviado ALBERTO JAVIER TICONA LLANQUE, NOTIFICACION: RES. 01 SE CORRE TRASLADO DE REQUERMIENTO DE ACUSACION POR EL PLAZO DE DIEZ DIAS PERENTORIOS PARA LOS EFECTOS DEL ART. 350 NCPP ; Secretario: Cossio. (21-22-25 enero) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 20152695-23 (Imputado) JHOSSEEP VALENTIN ROQUE PUMA, delito RECEPTACION AGRAVADA, agraviado ALBERTO JAVIER TICONA LLANQUE, DILIGENCIA 0704-2016, 11:20, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Cossio . (21-22-25 enero) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 20113702-24 (Imputado) CARLOS ENRIQUE SARMIENTO MENDOZA, delito APROPIACION ILICITA, agraviado MORAN DISTRIBUCIONES S.A., DILIGENCIA 26-012016, 08:40 AM, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Arones. (21-22-25 enero) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-3701-53 (Imputado) NINO CARIGA DE LA CRUZ, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado KARINA CHAMBI HILAJE, DILIGENCIA 08-03-2016, 09:50, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: MOSCOSO. (21-22-25 enero) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-1752-56 (Imputado) ANUSCA VELASQUEZ ACOSTA, delito ALTERACIÓN O SUPRESION DE ESTADO CIVIL DE MENOR, agraviado PRISCILA MARJORIE ZAVALETA VELASQUEZ, DILIGENCIA 14-04-2016, 08:30 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: MOSCOSO. (21-22-25 enero) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-1204-11 (Imputado) GILBERTO QUILLE CHALLO, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 15-03-2016, 12:25 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIEN-

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

TO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: MOSCOSO. (2122-25 enero) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-5823-014 (Imputado) DAVID HUBERT SAHUINCO COILA, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 15-03-2016, 12:00 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: MOSCOSO. (21-22-25 enero) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-5660-0 (Imputado) RICHARD PICHA LUNA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado JEANETH CHAMBI OLGUIN , DILIGENCIA 28-01-2016, 11:45, Sala 4; Secretario: Gallegos. (21-22-25 enero) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 20156565-0 (Imputado) ERNESTO VILCA CAHUANA, delito CONTAMINACION AMBIENTAL, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION: RES.01 CORRER TRASLADO de Acusación Directa en contra de Ernesto Vilca Cahuana por contaminación ambiental en agravio del estado a demás sujetos procesales por diez días hábiles a fin que hagan valer sus derechos conforme a ley. ; Secretario: Diaz. (21-22-25 enero) EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-3175-0 (Imputado) RICARDO CESAR CASTRO ANCO, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado YANETH QUISPE, DILIGENCIA 29-03-2016, 15:00, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Arce. (2122-25 enero) EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-2250-0 (Imputado) JUAN CESAR MARMANILLO MIRANDA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado GLORIA MARMANILLO MIRANDA, DILIGENCIA 30-03-2016, 15:00 HORAS, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Arce. (21-22-25 enero) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-148-70 (Imputado) MIGUEL ANGEL ROMERO REBATA SE CITA AUDIEBNCIA PARA EL DIA 29 DE MARZO DEL 2016 A HORAS 3 PM EN JIRON COMERCIO NRO 140 3ER PISO -CERCADO CAMANA SE DEBE PUBLICAR POR TRES DIAS CONSECUTIVOS, delito HURTO AGRAVADO, agraviado CECILIA LOURDES HANCCO, NOTIFICACION: RES. NRO 4-2016 DE FECHA 12/01/2016 SE REPROGRAMA AUDIENCIA PARA EL DIA 29 DE MARZO DEL 2016 A LAS 3 PM EN JIRON COMERCIO NRO 140 CERCADO CAMANA,DEBE PRESENTARSE A FIN DE HACER VALER SU DERECHO DE DEFENSA ; Secretario: Vargas. (2122-25 enero) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2012-162-48 El Primer Juzgado Unipersonal de Camaná, HA DISPUESTO NOTIFICAR AL IMPUTADO ELIZABETH EVANGELISTA PAJUEL, para la Audiencia de Juicio Oral en el Módulo Penal de Camaná, sito en el Jr. Comercio 140 - tercer piso - Cercado de Camaná, en el Proceso que se sigue en contra de Elizabeth Evangelista Pajuel., delito Lesiones Leves por Violencia Familiar., agraviado William Alvis Bobadilla, DILIGENCIA 29 de Marzo de 2016, 9:30 a.m., Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya. (21-22-25 enero) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ,

cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-45-64 El Primer Juzgado Unipersonal de Camaná, HA DISPUESTO NOTIFICAR A LOS IMPUTADOS FRANCISCO RUBEN NUÑEVERO CASTAÑEDA y JOSÉ RAMÓN TICONA MAMANI , para la Audiencia de Juicio Oral en el Módulo Penal de Camaná, sito en el Jr. Comercio 140 - tercer piso Cercado de Camaná, en el Proceso que se sigue en contra de Francisco Ruben Nuñevero Castañeda y José Ramón Ticona Mamani. , delito Falsificación de Documentos y uso de documentos falsos, agraviado Superintendencia Nacional de Registros Públicos., DILIGENCIA 22, 23 y 28 de Marzo, 3:00 p.m., Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya. (21-22-25 enero) EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 193-2015-95 (Imputado) MARELI INES ANCASSI HUAMANI SE HA PROGRAMADO AUDIENCIA PARA EL DIA 5 DE MAYO DEL 2015 A HORAS 10:30 AM ASI MISMO SE PONE EN CONOCIMIENTO DE LA IMPUTADA QUE SI DESEA PODRA CONCURRIR CON DEFENSA TECNICA PRIVADA CASO CONTRARIO SE LLEVARA CON LA DEFENSA PUBLICA DEBE PRESENTARSE EN JIRON COMERCIO NRO 140 CERCADO DE CAMANA- PUBLICARSE POR 3 DIAS CONSECUTIVOS, delito ABUSO DE CARGO, agraviado MENOR DE INCIALES NHH, NOTIFICACION 2016-05-05, 10:30 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, RES NRO 03-2016 DEL 11-01-2016 SE HA PROGRAMADO AUDIENCIA PARA EL DIA 05-05-2016 A HORAS 10:30A.M EN JIRON COMERCIO NRO 140-CERCADO CAMANA-DEBE CONCURRIR A FIN DE HACER VALER SU DERECHO DE DEFENSA- DECLARASE CONTUMAZ; Secretario: Vargas. (21-22-25 enero) EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-323-62 El Segundo Juzgado Unipersonal de Camaná, HA DISPUESTO NOTIFICAR A LOS IMPUTADOS LUIGGI JUNIOR ORMEÑO VELASQUEZ y DARWIN GUSTAVO CHUNA YOVERA, para la Audiencia de Juicio Oral en el Módulo Penal de Camaná, sito en el Jr. Comercio 140 - tercer piso Cercado de Camaná, en el Proceso que se sigue en contra de Luiggi Junior Ormeño Velásquez y otro. , delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado Ricardo Chiroque Palomino, DILIGENCIA 28 de Marzo de 2016, 9:00 a.m., Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya. (21-22-25 enero) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-362-46 (Imputado) Edgar alfredo viña quispe y otros, delito Hurto agravado y usurpacion agravada, agraviado Compañia de Minas Buenaventura S.A.A y otro, DILIGENCIA 26-01-2016, 11:20 am, , 1)IMPUTADOS: Edgar alfredo viña quispe, Silvia rosa montoya ramirez, delfin rolando ramirez riveros, hugo alejandro perez soria, roberto jorge rubio gutierrez, guillermo fernando huaman aguayo, jose luis grados llamoca, raul ronald navarro quispe, luis ruben turpo quispe, teofilo ibia linares, cecile rosa paredes yrupaylla, yonel jhonatan viña quispe, sigifredo pascual viña montoya, rigoberto lucio panibra quispe, antonio manuel vizcardo caituero, edson kilber jose vizcardo caituero, rosmery fiorella quispe cataño, angel luis montoya cruces, andres vera cateriano, alex ronalds villavicencio medina, mario rene del carpio montalvo , jorge pedro nuñez salazar, edgar alejandro huamani muñua; 2) AGRAVIADOS: Compañia de minas buenaventura S.A.A.; Empresa del futuro de Ica S.R.L. ; Secretario: USUCACHI . (21-22-25 enero) JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-6013-53 PERCYANTONIO CASTILLO INFANTES , delito ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENOR DE EDAD, agraviado V.G.O.C., DILIGENCIA 09-03-2016, 9.30 A.M., Sala 10, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Luque. (21-22-25 enero) Exp. 0303-2015-83-2802-JR-PE-02 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ILO. JUEZ: Abog. José

Antonio AchomaTito ESPECIALISTA LEGAL: Abog. Geovanna Montoya Tejerina Se emplaza, notifica y cita a FRANCHESCOLE VASQUEZ RENGIFO, con la RESOLUCION N° 03 que SE RESUELVE: 3. RESOLUTIVA: 3.1.- PRIMERO: DECLARAR LA AUSENCIA del acusado FRANCHESCOLE VASQUEZ RENGIFO, identificado con Documento Nacional de Identidad Nro. 61245337, nacido el 12 de Mayo de 1990, natural del Distrito de Carellia, Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali, hijo de Norris y Clarita, con quinto de secundaría, siendo su domicilio en el Jirón Santa Ciará Nro. 428, Distrito de Manatay, Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali. 3.2.- SEGUNDO: DISPONER SE OFICIE A LA POLICIA NACIONAL DEL PERU para que proceda a la búsqueda y captura del acusado a fin que sea puesto a disposición de este juzgado para que sea sometido a juicio con arreglo a ley.3.3.-TERCERO: SE ORDENA mientras sea ubicado y sometido a juicio el acusado SE DISPONE EL ARCHIVO PROVISIONAL DE LA PRESENTE CAUSA, nombrándose como su abogado al señor Fredy Mamani Callalla, debiendo cursar el oficio correspondiente a la defensoría pública para los fines pertinentes- 3.4.- CUARTO: Notifíquese a todos los sujetos procesales conforme a ley; asimismo al acusado mediante Edicto y en su domicilio real que obra en autos. Tómese Razón y Hágase Saber. Jose A. Achoma Tito Juez (t) (21-2225 enero) Proceso número 2015-4630-01 –JPU Juzgado Penal Unipersonal de Islay-Mollendo Especialista Judicial: KAREN MARYBETH FARFÁN DELGADO SE CITA Y SE EMPLAZA, a las acusadas NOELIA KARINA VIVANCO SURQUISLLA y NOEMI ORDOÑEZ QUISPE CALIZAYA, con el fin de que se apersone al local del Juzgado Penal Unipersonal, sito en calle Comercio número 771 - Moliendo, el día NUEVE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS NUEVE HORAS para la diligencia de Juicio Oral, bajo apercibimiento de ser declarados reos ausentes o contumaces en caso de inconcurrencia, ello en el proceso N°2015-4630-01-JPU, que por el presu nto delito de Lesiones Leves se sigue en su contra, en agravio de Noelia Karina Vivanco Surquislla y Noemi Ordoñez Quispe Calizaya. (21-22-25 enero) En el Expediente N° 02290-2014-0-0401-JR-FP-01, por ante el Juzgado de Familia Transitorio de Arequipa, que despacha el señor Juez Luis -Giancarlo Torreblanca Gonzáles, con intervención de la secretaria judicial Marisol Rosas Gutiérrez, en el proceso sobre Infracción a la Ley Penal, que sigue el Ministerio Público, se ha ordenado se notifique mediante edictos al agraviado DITER ACOSTA LLOCLLA, a fin de poner en su conocimiento la Resolución N° 16, de fecha diecinueve de enero del dos mil dieciséis, que DISPONE: Reprogramar la fecha de audiencia de esclarecimiento de los hechos para el día VEINTICINCO DE ENERO DEL DOS MIL DIECISÉIS A LAS OCHO HORAS, diligencia que se llevará a cabo en el Despacho del Juzgado de Familia Transitorio. Arequipa, diecinueve de enero del dos mil dieciséis.- (21-22-25 enero) EXPEDIENTE : 03536-2015-0-0401-JP-PE-01. ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN. 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías.- El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la imputada Ana María Aguilar Ricaldi, con la siguiente resolución N° 02. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS al imputado ANA CARMEN AGUILAR RICALDI; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de lesiones dolosas, previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de CAROLINA FABIOLA BENZON RODRIGUEZ. 2) SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada ANA CARMEN AGUILAR RICALDI. 3) SEÑALAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 11 DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISÉIS A LAS 10:30 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa-Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir el imputado ANA CARMEN AGUILAR RICALDI, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de disponerse su conducción por la fuerza pública; y la parte agraviada constituida en querellante particular CAROLINA FABIOLA BENZON RODRIGUEZ, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del

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Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en fechas más próximas. Regístrese y comuniquese. (21-22-25 enero) NOTIFICACION POR EDICTO En el expediente número 02031-2015-0-0412-JMFC-03, sobre violencia familiar, seguido por el Ministerio Público en representación de Gloria Quichca Rodríguez, en contra de Néstor Ccencho Rivas; el Señor Magistrado del Primer Juzgado de Familia del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, Nolam Elias Talavera Zapana, ha dispuesto mediante resolución número tres del años dos mil quince, se notifique por edictos la resolución número uno, de fecha doce de agosto del dos mil quince, la cual en su parte resolutiva dispone lo siguiente: “SE RESUELVE: Admitir a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR, interpuesta por el Representante del Ministerio Público de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Paucarpata, en representación de GLORIA QUICHCA RODRIGUEZ, en contra de NESTOR CCENCHO RIVAS, en la vía del PROCESO ÚNICO; disponiéndose la NOTIFICACIÓN por edictos al demandado NESTOR CCENCHO RIVAS por el término de QUINCE días debiéndose realizar la notificación en el diario oficial y en un diario de los de mayor circulación de la ciudad a gestión de la parte demandante, y luego de vencido el plazo conferido, deberá comparecer al proceso dentro de tres días y solicite en mesa de partes del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata copias de los actuados, debiendo identificarse con su documento de identidad al concurrir al Juzgado con la finalidad que se le otorgue acceso al expediente, previo pago por derecho de copias simples conforme numeral 6 del artículo primero de la Resolución Administrativa 051-2014-CE-PJ - de 1 a 5 folios S/. 1.90 y por cada copia simple adicional S/. 0.38, y absuelva los cargos de la demanda, confiriéndose traslado al demandado por el plazo de cinco días para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Por ofrecidos los medios probatorios y agregúese a los antecedentes los anexos acompañados.- Tómese razón y hágase saber.- AL PRIMER OTROSI: Estando a lo solicitado, se confirma las medidas de protección dictadas por la Fiscalía demandante, AL SEGUNDO OTROSI: Téngase presente, AL TERCER OTROSI: Conforme a lo dispuesto por el artículo 179 del Código Procesal Civil y al artículo 17 del Reglamento del T.U.O de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, se concede a la parte agraviada el beneficio del auxilio judicial.” (21-22-25 enero) Expediente 770-2016, Primer Juzgado de Familia de Arequipa, Jueza: Dra. Rocío Aquize Cáceres. Secretario: Marco Mamani. Materia Violencia Familiar. RES 02-2016: No dictar medidas de protección a favor de Marco Antonio Figueroa Eugenio en contra de Christian Tapia Valencia. Arequipa 2016, enero, 15. MARCO A. MAMANI YANA SECRETARIO JUDICIAL. (22-25-26 enero) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado EXPEDIENTE : 05922-2014-12-0401 -JRPE-01.- JUEZ : EDDY LEVA CASCAMAYTA, SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE. Se cita, emplaza y llama a la persona de REYNA OLGA CHOQUEVILCA HUARACHA para que se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN que se llevará a cabo el día 01 DE JUNIO DEL 2016, a las 11:30 HORAS a llevarse a cabo en el Local del Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado ubicado en la Calle Tupac Amaru 464 (Distrito de Cerro Colorado-Arequipa), diligencia que se llevará a cabo con la presencia obligatoria del Fiscal y del abogado del encausado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia.- Ello en el Proceso N° 05922-2014-12-0401-JR-PE-01 seguido en contra de YURI DENIS VILLAGRA MAMANI por delito de LESIONES GRAVES en agraviado de Marco Antonio Delgado Galindo.-SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Arequipa, 18 de enero del 2016. (22-2526 enero)

1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado EXPEDIENTE. 05922-2014-20-0401-JR-PE-01. JUEZ : EDDY LEVA CASCAMAYTA. SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE. Se cita, emplaza y llama a la persona de REYNA OLGA CHOQUEVILCA HUARACHA para que se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE CONSTITUCIÓN DE TERCERO CIVILMENTE RESPONSBLE que se llevará a cabo el día 23 DE MARZO DEL 2016, a las 12:30 HORAS a llevarse a cabo en el Local del Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado ubicado en la Calle Tupac Amaru 464 (Distrito de Cerro Colorado-Arequipa), diligencia que se llevará a cabo con la presencia obligatoria del Fiscal y del abogado del encausado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia.- Ello en el Proceso N° 05922-2014-20-040l-JR-PE-01 seguido en contra de YURI DENIS VILLAGRA MAMANI por delito de LESIONES GRAVES en agraviado de Marco Antonio Delgado Galindo.- SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Arequipa, 28 de diciembre del 2015. (22-25-26 enero)

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Viernes, 22 de enero del 2016

CRONICAS JUDICIALES Viernes, 22 de enero del 2016 CRONICA JUDICIAL TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE CON SEDE EN CAMANÁ CRONICA JUDICIAL CORRESPONDIENTE AL MES DE OCTUBRE DEL 2015 COLEGIADO CONFORMADO POR LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES: Dr. Juan Luis Rodríguez te) Dr. Miguel Ángel Irrazábal Salas Dr. Alejandro Ranilla Collado

Romero

(Presiden-

JUEVES 01 DE OCTUBRE DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. SV. 179-2015 IS En el expediente 2014953-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Segundo Miguel Quintanilla Villegas, DECLARARON: CONFIRMAMOS la Sentencia N° 095-2015 de fecha veintinueve de abril del dos mil quince (fojas ciento nueve a ciento catorce) que declara infundada la demanda de cese de violencia familiar en la modalidad de maltrato psicológico interpuesta por el representante del Ministerio Público a favor del menor Erick Segundo Quintanilla Medina en contra de Segundo Miguel Quintanilla Villegas. Regístrese y Notifíquese. SV. 186-2015 RC En el expediente 2013-770-FC. En el proceso de Impugnación de Paternidad, seguido por Luis Froilán Flores Loaiza, en contra de Yhony Rudy Huamaní Martínez y Otro, DECLARARON: NULA, la Sentencia 29-2015, de fecha trece de marzo del dos mil quince, de fojas setenta y nueve a ochenta y cuatro, que declara fundada la demanda, sobre impugnación de reconocimiento de paternidad y otros conceptos; INSUBSISTENTE, los proveídos que disponen expedir sentencia, reponiéndose la causa al estado de integrarse en el proceso como demandado al menor cuya partida de nacimiento se cuestiona Yhonny Jesús Flores Limache, designándose curador procesal que lo represente en juicio y se adopten las provisiones que corresponda estando las consideraciones expuestas, debiendo expedirse sentencia con arreglo a ley en su oportunidad. En los seguidos por Luis Froilan Flores Loaiza, con Rosali Milagros Limache Cuchuirumi y Yhonny Rudy Huamaní Martínez, sobre impugnación de reconocimiento de paternidad y otros conceptos. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juez Civil de Camaná. SV. 187-2015 RR En el expediente 2012-150-LA. En el proceso de Indemnización por Despido y Otros, seguido por Robert José Salazar Colquehuanca, en contra de High Power, DECLARARON: 1. INFUNDADA la apelación formulada por el demandante Robert José Salazar Colquehuanca; 2. De oficio DECLARAMOS NULA la sentencia en los extremos apelados de fojas doscientos cuarenta y nueve a doscientos cincuenta y siete en la parte que declara infundada la demanda de: pago de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), Vacaciones e Indemnización Vacacional así como las Gratificaciones; 3. DISPONEMOS: que el señor Juez de la causa, en breve término y bajo responsabilidad subsanando las omisiones anotadas, emita nuevo pronunciamiento con arreglo a ley y los antecedentes. Regístrese y comuníquese. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 13 DECRETOS MIÉRCOLES 02 DE OCTUBRE DEL 2015

Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. SV. 192-2015 RC En el expediente 2014187-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Luis Fernando Colque Chamba, DECLARARON: NULA, la Sentencia 106-2015, de fecha once de mayo del dos mil quince, que corre a fojas noventa y ocho, que declaró infundada la demanda de violencia familiar psicológica y sin lesiones; consecuentemente; DISPONEMOS, se emita nuevo pronunciamiento con arreglo a Derecho. En los seguidos por el Ministerio Público con Luis Fernando Colque Chambi, en agravio de Margarita Inés Quispe Mamani, Fernando José y Jharen Anthony Colque Quispe, sobre violencia familiar. AV. 213-2015 IS En el expediente 2015-860-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Henry Luis Rivas Monroy, DECLARARON: RESOLVEMOS: Se remitan los antecedentes de esta causa al Señor Juez del Juzgado Civil de Camaná, a quién corresponde asumir competencia en procesos de violencia familiar como el presente, en cumplimiento a las disposiciones antes citadas. En los seguidos por el Ministerio Público, en contra de Henry Luis Rivas Monroy en agravio de Celeste Rocío Borja Velasco, sobre violencia familiar. Tómese razón y hágase saber. AV. 214-2015 IS En el expediente 2015-790-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Simón Quispe Torres, DECLARARON: RESOLVEMOS: Se remitan los antecedentes de esta causa al Señor Juez del Juzgado Civil de Camaná, a quién corresponde asumir competencia en procesos de violencia familiar como el presente, en cumplimiento a las disposiciones antes citadas. En los seguidos por el Ministerio Público, en contra de Quispe Torres Simón y Quispe Torres Manuel en agravio de Quispe Torres Flora, sobre violencia familiar. Tómese razón y hágase saber. AV. 215-2015 IS En el expediente 2015-870-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Raúl Paccosoncco Quispe, DECLARARON: RESOLVEMOS: Se remitan los antecedentes de esta causa al Señor Juez del Juzgado Civil de Camaná, a quién corresponde asumir competencia en procesos de violencia familiar como el presente, en cumplimiento a las disposiciones antes citadas. En los seguidos por el Ministerio Público, en contra de Paccosoncco Quispe Raúl en agravio de Roque Ccosi Dominga, sobre violencia familiar. Tómese razón y hágase saber. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 11 DECRETOS LUNES 05 DE OCTUBRE DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. AV. 208-2015 RR En el expediente 2015174-98-CI. En el proceso de Mejor Derecho a la Posesión, seguido por Jimmy Arnaldo Sauri Barbachán, en contra de la Comunidad Campesina de Umachulco, DECLARARON: 1. FUNDADO el recurso de apelación copiado de fojas doscientos dieciséis a doscientos diecisiete formulado por el demandante Jimmy Yauri Barbachán; 2 NULA la resolución apelada número 38 del uno de julio del dos mil quince copiada a fojas doscientos sesenta y uno que declaró improcedente la nulidad procesal interpuesta por el apoderado del demandante en contra de la Resolución número 31 en cuanto declara improcedente el pedido de interrupción del plazo para realizar un acto procesal; 3. DISPONEMOS: que el señor Juez de la causa emita nueva resolución en breve término y bajo responsabilidad, con arreglo a ley y los antecedentes, subsanando la irregularidad anotada. Regístrese y Comuníquese. AV. 209-2015 RR En el expediente 2015107-0-CI. En el proceso de Declaración de Propiedad,

seguido por Yimmy Arnaldo Yauri Barbachán, en contra de la Comunidad Campesina de Umachulco, DECLARARON: 1. FUNDADA la apelación de fojas quinientos treinta y cuatro a quinientos treinta y cinco interpuesta por el señor abogado del demandante Jimmy Yauri Barbechan; 2. NULA la resolución apelada número 37 del veintidós de junio del dos mil quince de fojas quinientos veinticuatro a quinientos veinticinco que DECLARÓ: FUNDADA la solicitud de conclusión del proceso presentada por Elmer Alejandro Taya Pumatanca Presidente de la Comunidad Campesina de Umachulco, FUNDADA la nulidad de actuados presentada por el citado Elmer Alejandro Taya Pumatanca y NULA la fijación de Audiencia de Pruebas dispuesta en el primer otrosí de la resolución número treinta y uno de fojas cuatrocientos sesenta y ocho; 3. DISPONEMOS: se emita nueva resolución en breve término y bajo responsabilidad, con arreglo a ley y los antecedentes. Regístrese y Comuníquese. AV. 210-2015 RR En el expediente 2002285-0-PE. En el proceso de Peculado, seguido por El Estado, en contra de Isabel Ramírez Navarro y Otro, DECLARARON: 1. INFUNDADO el recurso de apelación de fojas ochocientos veintidós a ochocientos veintitrés formulado por la señora Procuradora Pública Anticorrupción Descentralizada del Distrito Judicial de Arequipa; 2. CONFIRMAMOS: la resolución apelada número 55 del diecinueve de enero del dos mil quince de fojas ochocientos diecisiete a ochocientos dieciocho, que DISPONE LA REHABILITACIÓN de ISABEL RAMÍREZ NAVARRO. Con lo demás que contiene. Y los devolvemos.- REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE. AV. 211-2015 RC En el expediente 201583-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Camaná, en contra de Tomás Villanueva Luque Céspedes, DECLARARON: DISPONEMOS: se remitan los antecedentes de esta causa al Señor Juez del Juzgado Civil de Camaná, quien deberá asumir competencia en cumplimiento a la Resolución citada. En los seguidos por el Ministerio Público, dirigido a Tomás Villanueva Pumainca Castilla, en agravio de María Francisca Paco Umires, sobre violencia familiar. Tómese razón y hágase saber. AV. 212-2015 RC En el expediente 2015140-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Camaná, en contra de Grimaldo Mollo Callo, DECLARARON: DISPONEMOS: se remitan los antecedentes de esta causa al Señor Juez del Juzgado Civil de Camaná, quien deberá asumir competencia en cumplimiento a la Resolución citada. En los seguidos por el Ministerio Público, dirigido a Grimaldo Mollo Callo, en agravio de Rostmeri Bustamante Huillca, sobre violencia familiar. Tómese razón y hágase saber. AT. 462-2015 RC En el expediente 2014289-0-CI. En el proceso de Acción de Amparo, seguido por Marcial Leyva Pérez, en contra del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, DECLARARON: 1) CORRER TRASLADO del escrito de apelación obrante de fojas doscientos noventa y seis a doscientos noventa y nueve, con sus respectivos anexos, presentado por Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la parte demandada debidamente apersonadas. 2) SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTISIETE DE OCTUBRE del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de la Sala Mixta de Camaná, ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 3) DISPONER se efectúen las notificaciones de ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil aplicable supletoriamente en virtud al artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, solicitud que será aceptada por el solo hecho de su presentación, siempre y cuando se ejerza dicho derecho dentro del plazo de ley, oportunidad en la cual los señores abogados deberán portar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Admi-

nistrativa 298-2009-CE-PJ. 4) CUMPLA Secretaría de Sala con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al escrito 1565-2015 presentado por el demandante: Téngase presente el domicilio procesal del demandante y por señalado la casilla electrónica. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 463-2015 RR En el expediente 20141825-0-CI. En el proceso de Acción de Amparo, seguido por el Gerente General de la Empresa de Transportes Múltiples el Fantástico Camaná Atico Chala S.R.L., en contra de LA Gerencia Regional de Transportes Terrestre y Comunicaciones del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: 1) CORRER TRASLADO del escrito de apelación obrante de fojas doscientos diecinueve a doscientos veinticinco, con sus respectivos anexos, presentado por el Gobierno Regional de Arequipa, Procuradoría Pública Regional, Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, Subgerencia de Transporte Terrestre del Gobierno Regional de Arequipa, a la parte demandante debidamente apersonada. 2) SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día TRES DE NOVIEMBRE del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de la Sala Mixta de Camaná, ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 3) DISPONER se efectúen las notificaciones de ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil aplicable supletoriamente en virtud al artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, solicitud que será aceptada por el solo hecho de su presentación, siempre y cuando se ejerza dicho derecho dentro del plazo de ley, oportunidad en la cual los señores abogados deberán portar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa 298-2009-CE-PJ. 4) CUMPLA Secretaría de Sala con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al Primer y Segundo Otrosí: Téngase por señalado su domicilio procesal en el radio urbano de la provincia y por indicada la casilla electrónica del recurrente abogado delegado de la Procuradoría Pública Regional a cargo de los asuntos judiciales del Gobierno Regional de Arequipa. Al escrito 1541-2015: Téngase presente el apersonamiento del representante de la entidad demandante, por señalado su domicilio procesal y por indicado su casilla electrónica. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 464-2015 IS En el expediente 2015189-0-PE. En el proceso de Homicidio Culposo, seguido por Edgar Fernández Condori y Otro, en contra de César Javier Begazo Ranilla, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE NOVIEMBRE del año dos mil quince, a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER que Secretaría de Sala diligencie las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la Vista de la Causa señalada, solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil de aplicación supletoria del presente proceso, en atención a la Primera Disposición Final y Complementaria del acotado Código, solicitud que será aceptada por el solo hecho de su presentación siempre y cuando se ejerce dicho derecho dentro del plazo de ley, oportunidad en la cual los señores abogados deberán portar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa 298-2009-CE-PJ. 3. REQUERIR a las partes y a sus abogados que señalen domicilio procesal en el radio urbano de la provincia de Camaná conforme lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo Distrital y señalen casilla electrónica para dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes y dar cumplimiento a la ley, bajo apercibimiento de dejar constancia de notificación en la fecha de expedición de la resolución y aplicación del artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabi-

lidad con poner los autos a Despacho tres días antes de la vista de la causa. Al Primer Otrosí del Dictamen Fiscal: Téngase presente al momento de absolver el grado. Al Segundo Otrosí del Dictamen Fiscal: Téngase presente. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 465-2015 RC En el expediente 2013-480-CI. En el proceso de Revisión Judicial de Procedimiento Coactivo, seguido por Carlos Chávez Chuquinaira, en contra del Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Majes, DECLARARON: 1) ADMITIR a trámite la demanda de revisión judicial del procedimiento administrativo tramitado bajo el expediente N° 001-2013-DEC-MDM, interpuesto por Carlos Chávez Chuquinaira, en contra del Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Majes, por la vía del proceso especial. 2) DISPONER correr traslado al demandado, así como al Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Majes por el plazo de diez días, debiendo al efecto cursarse los exhortos correspondientes, una vez el demandante abone el arancel judicial por dicho concepto; teniéndose por ofrecidos los medios probatorios y agregándose a los antecedentes los anexos acompañados; con citación del Ministerio Público. 3) MANDAR que la entidad administrativa remita el expediente relacionado con la actuación impugnada (Expediente número 001-2013-DEC-MDM) dentro del plazo de diez días, bajo responsabilidad, teniendo presente el domicilio procesal señalado por el demandante en esta instancia. 4) REQUERIR a las partes para que se señalen domicilio procesal dentro del radio urbano de la provincia de Camaná conforme a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo Distrital, así como señalen casilla electrónica para proceder a notificar las resoluciones correspondientes de conformidad a las leyes vigentes; en ambos casos bajo apercibimiento de proceder a dejar la constancia respectiva de notificación en la fecha de expedición de la resolución y aplicar los apremios contenidos en el artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. Actuando el Colegiado conformado con los señores Jueces Superiores Rodríguez Romero, Irrazábal Salas y Ranilla Collado por disposición de Presidencia. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS VIERNES 09 DE OCTUBRE DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. SV. 193-2015 IS En el expediente 201576-0-CI. En el proceso de Petición de Herencia, seguido por Julia Doris Vizcardo de Justo, en contra de Laura Angelita Vizcardo Salinas, DECLARARON: 1. NULA e Insubsistente la sentencia N° 80-2014, de fecha diecisiete de noviembre del dos mil catorce, de fojas trescientos cincuenta y seis a trescientos sesenta y dos, que resuelve declarar Fundada en parte la demanda interpuesta por Julia Doris Vizcardo de Justo, Melva Vizcardo Salinas y Luis Martín Vizcardo Salinas, sobre Partición de masa hereditaria de la parcela ubicada en el Distrito de Uraca - Corire, Provincia de Castilla, en contra de Laura Angelita Vizcardo Salinas y Erenia Josefina Vizcardo Salinas, e infundada en cuanto al pago de frutos dejados de percibir; 2. DISPONEMOS: Que el A quo emita nueva sentencia salvando las omisiones detectadas en la presente resolución. Regístrese y notifíquese. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 10 DECRETOS LUNES 12 DE OCTUBRE DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. AT. 466-2015 RR En el expediente 2011939-0-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes Representada por el Procurador Público Municipal, en contra de Berzabeth Magali Coa Gamarra, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR la VISTA DE LA CAUSA señalada para el día seis de octubre del año en curso, para que se lleve a cabo el día DIEZ DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta Sala

Viernes, 22 de enero del 2016

Superior. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado conformado por los señores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 467-2015 IS En el expediente 2015186-0-CI. En el proceso de Obligación de Dar Suma de Dinero, seguido por Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa, en contra de la Municipalidad Provincial de Castilla, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR la VISTA DE LA CAUSA señalada para el día seis de octubre del año en curso, para que se lleve a cabo el día DIEZ DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado conformado por los señores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 468-2015 RC En el expediente 2013516-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por José Antonio Bautista Vargas, en contra de Lucía Mayhuri Catundo, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR la VISTA DE LA CAUSA señalada para el día seis de octubre del año en curso, para que se lleve a cabo el día DIEZ DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. 4. DEJANDO SUBSISTENTE el concesorio de USO DE LA PALABRA conferido a José Antonio Bautista Vargas mediante resolución número 23. Actuando el Colegiado conformado por los señores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 470-2015 IS En el expediente 20116-0-LA. En el proceso de Indemnización por Despido Arbitrario, seguido por José Luis Quispe Vera, en contra de SGS DEL Perú SAC, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR la VISTA DE LA CAUSA señalada para el día seis de octubre del año en curso, para que se lleve a cabo el día DIEZ DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado conformado por los señores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 471-2015 RC En el expediente 2014189-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Jaime Alberto Raul Salazar Falcón, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR la VISTA DE LA CAUSA señalada para el día seis de octubre del año en curso, para que se lleve a cabo el día DIEZ DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta Sala

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SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Superior. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado conformado por los señores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. Al escrito 404-2015 presentado por Jaime Alberto Salazar Raúl Salazar Alarcón: Téngase por señalado su domicilio procesal y domicilio electrónico (casilla electrónico) lugares donde se les hará llegar las futuras notificaciones. Previniendo al presentante cumpla con adjuntar cédulas por derecho de notificación. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 472-2015 RR En el expediente 2014228-0-CI. En el proceso de Impugnación de Resolución, seguido por Ignacia Loyola Chirinos Triviños, en contra de la Municipalidad Provincial de Camaná y Otro, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR la VISTA DE LA CAUSA señalada para el día seis de octubre del año en curso, para que se lleve a cabo el día DIEZ DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CEPJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al oficio 279-2015-JC-PJ-CSJA/228-2014 que contiene el escrito 2880-2015: Vistos el Informe contenido en dicho oficio. AL PRINCIPAL: Téngase por apersonada a la Procuradora Pública Municipal que suscribe, por señalado su domicilio procesal y domicilio electrónico (casilla electrónica) indicaos en el exordio, lugares donde se les hará llegar las futuras notificaciones. AL PRIMER OTROSI: Conforme a lo solicitado Confiérase las copias simples solicitadas, debiendo de apersonarse ante esta instancia la recurrente a fin de recabar las mismas. AL SEGUNDO OTROSI: Téngase presente. AL TERCER OTROSI: Téngase por autorizadas las personas indicadas en el presente escrito. Actuando el Colegiado conformado por los señores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 473-2015 RR En el expediente 2013224-0-CI. En el proceso de Resolución de Contrato, seguido por Edwin Miguel Ambrosio Linares Arenas, en contra de Josefa Domitila Carpio Medina, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR la VISTA DE LA CAUSA señalada para el día seis de octubre del año en curso, para que se lleve a cabo el día DIEZ DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. 4.- DEJANDO SUBSISTENTE el concesorio de USO DE LA PALABRA conferido a Edwin Miguel Ambrosio Linares Arenas, decretado por medio de Resolución N° 11 de fojas 181. Actuando el Colegiado conformado por los señores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 474-2015 RC En el expediente 2014184-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Claudio Francisco Marcelo Arróspide Bernal, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR la VISTA DE LA CAUSA señalada para el día seis de octubre del año en curso, para que se lleve a cabo el día DIEZ DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código

Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CEPJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al escrito 406-2015 presentado por Claudio Francisco Marcelo Arróspide Bernal: Téngase por señalado su domicilio procesal y domicilio electrónico las (casilla electrónica), lugares donde se le harán llegar las futuras notificaciones conforme corresponda de acuerdo a ley. Previniendo al recurrente a fin cumpla con adjuntar cédulas por derecho de notificación. Actuando el Colegiado conformado por los señores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 475-2015 RR En el expediente 2012213-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por Paúl Salas Barrios, en contra de Gloria Cristina Meneses Quispe por la Asociación de Agricultores Los Álamos, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR la VISTA DE LA CAUSA señalada para el día seis de octubre del año en curso, para que se lleve a cabo el día DIEZ DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CEPJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. 4.- DEJANDO SUBSISTENTE el concesorio de USO DE LA PALABRA conferido a Gloria Cristina Meneses Quispe mediante Resolución N° 38 de fojas 444. Actuando el Colegiado conformado por los señores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 477-2015 RC En el expediente 2008212-0-CI. En el proceso de Interdicto, seguido por Juan Severo Anco Huaco, en contra de Asencio Prado Gómez y Otros, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR la VISTA DE LA CAUSA señalada para el día seis de octubre del año en curso, para que se lleve a cabo el día DIEZ DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al escrito 15102015 presentado por Juan Severo Anco Huaco: AL PRINCIPAL: Estando a la contenido de la presente resolución HAGA USO DE LA PALABRA el letrado que autoriza en la vista de la causa programada, debiendo de adecuar su informe al lapso de cinco minutos resolución. AL OTROSI DIGO: Téngase por señalado su domicilio procesal y domicilio electrónico (casilla electrónica), lugares donde se la harán llegar las futuras notificaciones. Al escrito 1549-2015 presentado por Pedro Saúl Gamero Díaz: Estése a la reprogramación de la vista de la causa efectuada mediante la presente resolución. AL OTRSOSI (1): Estando a la contenido de la presente resolución conforme a lo solicitado HAGA USO DE LA PALABRA el letrado que autoriza en la vista de la causa programada, debiendo de adecuar su informe al lapso de cinco minutos. AL OTROSI (2): Téngase por señalado su casilla electrónica, lugar donde se la harán llegar las futuras notificaciones conforme corresponda de acuerdo a ley. Actuando el Colegiado conformado por los señores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 478-2015 RR En el expediente 2015191-0-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por Pastor Mauro Cervantes Motta, en contra de Lina Hermelinda Cervantes Motta, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR la VISTA DE LA CAUSA señalada para el día seis de octubre del año en curso, para que se lleve a cabo el día DIEZ DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar

su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. 4.- DEJANDO SUBSISTENTE el concesorio de USO DE LA PALABRA conferido mediante Resolución N° 5 de fojas 78. Actuando el Colegiado conformado por los señores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 482-2015 RR En el expediente 2015430-36-CI. En el proceso de Interdicto de Recobrar, seguido por Inversiones Signus S.A.C., en contra de la Asociación de Agricultores Damnificados Adjudicatarios de los Asentamientos PB6 Y PB8 I Etapa de la Irrigación Majes, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día TRES DE NOVIEMBRE del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al escrito 14782015 presentado por Carlos Miguel Chavez Linares: AL PRINCIPAL: Téngase por señalado su domicilio procesal y domicilio electrónico (casilla electrónica) lugares donde se le harán llegar las futuras notificaciones, conforme corresponda de acuerdo a ley. AL PRIMER OTROSI: Téngase presente. Al escrito 1531-2015 presentado por la Asociación de Agricultores Dannificados Adjudicatarios de los Asientos PB6 y PB8 1 Etapa: AL PRINCIPAL: Téngase por señalado su domicilio procesal y domicilio electrónico (casilla electrónica) lugares donde se le harán llegar las futuras notificaciones, conforme corresponda de acuerdo a ley, y por autorizado al letrado designado. AL OTROSI: Téngase presente. Al escrito 1540 -2015 presentado por Ruben Herrera Atencia apoderado de Inversiones Signus SAC: AL PRINCIPAL: Conforme a lo solicitado HAGA USO DE LA PALABRA el letrado que autoriza en la vista de la causa programada. AL OTROSI: Téngase presente y agréguese a sus antecedentes. Actuando el Colegiado el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Angel Irrazabal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 483-2015 IS En el expediente 2010183-0-FC. En el proceso por definir, seguido por la Fiscalía Superior Mixta Descentralizada e Itinerante de Camaná, en contra de Constanza Mónica Lira Apaza, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día DIECISIETE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. REQUERIMOS en forma reiterativa a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 484-2015 RC En el expediente 2015210-0-CI. En el proceso de Administración Judicial de Bienes, seguido por José Gabriel Barahona Pérez, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día DIECISIETE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. REQUERIMOS en forma reiterativa a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asu-

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mir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 11 DECRETOS MARTES 13 DE OCTUBRE DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. SV. 195-2015 RC En el expediente 19735-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por Ebert Valcárcel Talavera, en contra de Rita María Huayhua de Paucara y Otros, DECLARARON: NULA, la Sentencia 35-2015-CI, de fecha diecinueve de marzo de dos mil quince, de fojas tres mil quinientos diecinueve, en cuanto declara fundada la demanda de desalojo por vencimiento de contrato, dispone que se desocupe la Parcela con Registro Catastral 10036, área de 3.50 hectáreas (comprende la Unidad Catastral 06753 (antigua 10036), con 1.4951 hectáreas, Unidad Catastral 06754 con 0.5157 hectáreas y 1.4892 hectáreas Unidad Catasral 06756), con costas y costos; DISPONEMOS: se emita nuevo pronunciamiento, previo emplazamiento conforme al primer y segundo considerandos; debiendo resolverse también si debe o no emplazarse a Godofredo Peña Condori, conforme a la solicitud formulada en el recurso de apelación; se resolverá en su oportunidad la tacha de documentos deducida por Genoveva Catalina Huayhua Vizcarra apreciando las razones de la tacha propuesta y lo expuesto en el tercer considerando; realizarse audiencia complementaria para el debate contradictorio referido en el quinto considerando y; en su oportunidad expedirse sentencia con arreglo a Derecho; PREVENIMOS, a las partes y los Señores Abogados que asesoran para que actúen con probidad y veracidad en el ejercicio de la defensa. Asimismo al Señor Juez de la causa y personal auxiliar para que obren con mayor diligencia. En los seguidos por Ebert Alejandro Valcárcel Talavera, con Natalia Vizcarra Quijahuaman viuda de Huayhua y los herederos de Javier Huayhua Nina, desalojo por vencimiento de contrato. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Aplao. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 14 DECRETOS MIÉRCOLES 14 DE OCTUBRE DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. SV. 194-2015 RC En el expediente 2015-200-CI. En el proceso de Resolución de Contrato, seguido por Miguel Esteban Llerena Quijandría, en contra de Roxana Araujo Castro y Otro, DECLARARON: REVOCAMOS: la Sentencia 59-2014-CI, de fecha veinte de octubre de dos mil catorce, de fojas doscientos veintiocho, que declara fundadas las pretensiones de resolución de contrato de arrendamiento de fecha once de diciembre de dos mil doce, restitución de posesión y cobro de frutos, con lo demás que contiene; REFORMÁNDOLA, DECLARAMOS: INFUNDADA, la demanda de resolución de contrato de arrendamiento, restitución de inmuebles y cobro de frutos. En los seguidos por Miguel Esteban Llerena Quijandría, con Roxana Araujo Castro y otros. Con costas y costos. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Aplao - Castilla. SV. 196-2015 RC En el expediente 2013193-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Timoteo Gómez Quispe, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia 122-2015, de fecha diecisiete de abril del dos mil quince, de fojas ochenta y seis, que declara infundada la demanda contenciosa administrativa, disponiendo el archivo del proceso y devolución de los anexos. En los seguidos por Timoteo Gómez Quispe, con el Gobierno Regional de Arequipa, proceso contencioso administrativo. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Civil Transitorio de Camaná. SV. 197-2015 RC En el expediente 2012611-0-CI. En el proceso de Cambio de Nombre, seguido por Henry Ocdan Choquehuayta Ccoa y Otros, DECLARARON: REVOCAMOS: la Sentencia 285-2014, de fecha diecisiete de diciembre del dos mil catorce, de fojas ochenta y uno, que declara infundada la demanda; REFORMÁNDOLA, DECLARAMOS: FUNDADA la demanda de cambio de nombre; Autorizamos a Pantaleón Choquehuayta Huacoto a llevar el apellido paterno de Pantaleón, llamándose en adelante PANTALEÓN PANTALEÓN HUACOTO, debiendo remitirse oficio al Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Mel-

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La República

gar, Ayaviri, Puno, con el objeto que se precisará; Autorizamos a Douglas Freddy Choquehuayta Ccoa a llevar el apellido paterno Pantaleón, llamándose en adelante DOUGLAS FREDDY PANTALEON CCOA, debiendo remitirse oficio Al Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de La Joya, Arequipa, con el objeto que se precisará; Autorizamos a Henry Ocdan Choquehuayta Ccoa a llevar el apellido paterno Pantaleón, llamándose en adelante HENRY OCDAN PANTALEÓN CCOA, debiendo remitirse oficio al Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de La Joya, con el objeto que se precisará; Autorizamos a Kristal Belén Choquehuayta Aguirre a llevar el apellido paterno Pantaleón, debiendo llamarse en adelante KRISTAL BELEN PANTALEÓN AGUIRRE, debiendo remitirse oficio al Registro del Estado Civil de la Municipalidad de Majes, Caylloma; los oficios a remitirse tienen por objeto que se extienda en las partidas de nacimiento de los titulares mencionados un acta marginal donde conste la autorización para el cambio de nombre en la forma ordenada. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Segundo Juzgado Mixto de Caylloma - Majes. AV. 216-2015 RC En el expediente 2015141-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Camaná, en contra de Hilda Felícitas Bengoa Feria y Otra, DECLARARON: DISPONEMOS: Se remitan los antecedentes de esta causa al Señor Juez del Juzgado Civil de Camaná, quien deberá asumir competencia en cumplimiento a la Resolución citada. En los seguidos por el Ministerio Público con Hilda Felicitas Bengoa Feria y otra, en agravio de Augusta Granilla Viuda De Machaca y otra, sobre violencia familiar. Tómese razón y hágase saber. AV. 217-2015 RC En el expediente 2015-800-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Camaná, en contra de Melvis Miguel Berlanga Torres, DECLARARON: DISPONEMOS: Se remitan los antecedentes de esta causa al Señor Juez del Juzgado Civil de Camaná, quien deberá asumir competencia en cumplimiento a la Resolución citada. En los seguidos por el Ministerio Público con Melvis Miguel Berlanga Torres en agravio de Gaudi Ruth Espinal Madani, sobre violencia familiar. Tómese razón y hágase saber. AV. 218-2015 RC En el expediente 201585-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Camaná, en contra de Alejandro Julio César Salazar Zaconet, DECLARARON: DISPONEMOS: Se remitan los antecedentes de esta causa al Señor Juez del Juzgado Civil de Camaná, quien deberá asumir competencia en cumplimiento a la Resolución citada. En los seguidos por el Ministerio Público con Alejandro Julio Cesar Salazar Zaconeten agravio Ivonne Lilian Trinidad Salazar Zaconet, sobre violencia familiar. Tómese razón y hágase saber. AV. 221-2015 IS En el expediente 2012-130-LA. En el proceso de Pago de Beneficios Económicos, seguido por Nemesio Tomás Mamani Laura, en contra de la Compañía Minera ERIKA S.A.C., DECLARARON: CONFIRMAMOS la resolución número 14, de fecha tres de julio del dos mil catorce, que corre de fojas mil doscientos noventa a mil doscientos noventa y dos, que rechaza la demanda de pago de beneficios sociales interpuesto por Nemesio Tomas Mamani Laura y otros en contra de las entidades demandadas Century Mining Perú S.A.C. y otros y Dispone el archivo del proceso y la devolución de los anexos presentados por los demandantes. Con lo demás que contiene; dejando a salvo el derecho de los accionantes para que lo hagan valer individualmente de acuerdo a ley. Regístrese y notifíquese. AT. 479-2015 IS En el expediente 2007-320-PE. En el proceso de Violación de la Libertad Sexual, seguido por el Ministerio Público, en contra de David Dionisio Inga Quispe, DECLARARON: 1. PROGRAMAR EL INICIO DEL JUICIO ORAL para el día de hoy catorce de octubre de dos mil quince a las dieciséis horas en el salón de audiencias de la Sala Mixta de Camaná. 2. DISPONER LA NOTIFICACIÓN PERSONAL del acusado con la denuncia de fojas setenta y tres, auto apertorio de instrucción de fojas setenta y siete, con la acusación fiscal de fojas trescientos veintidós, el auto de enjuiciamiento de fojas trescientos veintiséis, dictamen de fojas trescientos ochenta y seis y con la presente resolución. 3. ORDENAMOS el levantamiento de las órdenes de captura dispuestas en su contra, a cuyo efecto se cursarán en el día los oficios por Secretaría de Sala. 4. TENER POR DESIGNADO COMO DEFENSOR del acusado al abogado Alberto Huarca Pilluca, conforme a la designación indicada por el procesado en su escrito número 19102015. 5. DISPONER CUMPLIR POR SECRETARÍA DE SALA con las actuaciones necesarias para la ejecución de las diligencias y llevar adelante la etapa de juzgamiento, lo cual comprende también la notificación a la parte agraviada. Al escrito número 1910-2015: Al Principal: Téngase presente la designación de abogado. Al Primero Otrosí: Expídanse las copias simples de los actuados, bajo costo del recurrente. Al Segundo Otrosí: Téngase presente el señalamiento de casilla electrónica. Autorizan la presente el Colegiado integrado con los señores Jueces Superiores Rodríguez Romero, Irrazábal Salas y Ranilla Collado por disposición de Presidencia. REGIS-

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

TRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 485-2015 RR En el expediente 2015-700-LA. En el proceso de Indemnización por Despido Arbitrario y Otros, seguido por Nicolás Callocsa Calachua, en contra de la Municipalidad Distrital de Majes, DECLARARON: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIECISIETE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, CINCO DÍAS antes de la vista de la causa. Al escrito 3922015 presentado por Nicolás Callocsa Calachua: Téngase por señalado su domicilio procesal y domicilio electrónico (casilla electrónica), lugares donde se le harán llegar las futuras notificaciones, conforme corresponda de acuerdo a ley. Actuando el Colegiado integrado por los señores magistrados Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 13 DECRETOS JUEVES 15 DE OCTUBRE DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. AT. 481-2015 RC En el expediente 2015221-53-CI. En el proceso de Medida Cautelar, seguido por la Empresa de Producciones Willys E.I.R.L., en contra del Tribunal de Arbitraje del Colegio Nacional de Conciliadores Extrajudiciales del Perú, DECLARARON: 1) SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIECISIETE DE NOVIEMBRE del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de la Sala Mixta de Camaná. 2) DISPONER se efectúe la notificación de ley a la parte demandante de haber señalado domicilio ante esta sede, debiendo la parte que desee informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, solicitud que será aceptada por el solo hecho de su presentación, siempre y cuando se ejerza dicho derecho dentro del plazo de ley. 3) CUMPLA Secretaría de Sala con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. 4) REQUERIR a la parte recurrente para que señale domicilio procesal en el radio urbano de la provincia conforme a lo dispuesto por el Concejo Ejecutivo Distrital, así como también señale casilla electrónica conforme a las leyes vigentes; en ambos casos bajo apercibimiento de dejar constancia de notificación en la fecha de expedición de la resolución y aplicar los apercibimientos prescritos en el artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Suscriben la presente el Colegiado conformado con los señores Jueces Superiores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado por disposición superior. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS

VIERNES 16 DE OCTUBRE DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. SV. 198-2015 RR En el expediente 2014183-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Clara Gladis Medrano de Loayza, en contra del Gobierno Regional de Arequipa y Otros, DECLARARON: 1. CONFIRMAMOS: la Sentencia apelada número 193-2015-JCT, del veinticinco de mayo de dos mil quince, de fojas sesenta a sesenta y ocho, que DECLARA: INFUNDADA la demanda incoada por CLARA GLADYS MEDRANO DE LOAYZA sobre acción Contenciosa Administrativa contra el Gobierno Regional de Arequipa y otros. Con lo demás que contiene. Y los devolvemos. Regístrese y comuníquese. AT. 486-2015 IS En el expediente 2015-5259-FC. En el proceso de Régimen de Visitas, seguido por Elvis Joel Quispe Gamero, en contra de Alison Annie Andía Sonco, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día TRES DE NOVIEMBRE del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano

de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al escrito 1478-2015 presentado por Carlos Miguel Chávez Linares: AL PRINCIPAL: Téngase por señalado su domicilio procesal y domicilio electrónico (casilla electrónica) lugares donde se le harán llegar las futuras notificaciones, conforme corresponda de acuerdo a ley. AL PRIMER OTROSI: Téngase presente. Al escrito 365-2015 presentado por Elvis Joel Quispe Gamero: AL PRINCIPAL: Téngase por apersonado al solicitante y por señalado su domicilio procesal, lugar donde se le harán llegar las futuras notificaciones conforme corresponda de acuerdo a ley. AL OTORSI: Conforme a lo solicitado HAGA USO DE LA PALABRA el letrado que autoriza en la vista de la causa programada, debiendo de adecuar su informe al lapso de cinco minutos. AL MASDIGO: Téngase presente. Actuando el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Rodríguez Romero, Irrazábal Salas y Ranilla Collado. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 14 DECRETOS LUNES 19 DE OCTUBRE DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. AT. 488-2015 RR En el expediente 2015-690-CI. En el proceso de Nulidad de Resolución Administrativa, seguido por Jaime Segovia Pacheco, en contra del Ejecutor Coactivo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, DECLARARON: PRESCINDIR de la realización de la audiencia de pruebas en la presente causa; y conforme su estado se cumpla con la remisión de los autos al Ministerio Público. DE OFICIO: Se requiere a la defensa de la parte demandante que para dar cumplimiento a las leyes N° 30229 y 30293; señale aparte de su domicilio procesal su número de casilla electrónica, dentro del tercer día de notificado con la presente resolución, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 13 DECRETOS MARTES 20 DE OCTUBRE DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. SV. 188-2015 RR En el expediente 201540-0-LA. En el proceso de Reposición, seguido por Luis Timistocles Fernández Cueva, en contra de la Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLARARON: 1. De oficio NULA e INSUBSISTENTE la Sentencia apelada N° 22-2015, de fojas ciento ochenta a ciento ochenta y tres, que declara Improcedente la demanda de Desnaturalización de Contrato de Trabajo y Reposición, interpuesta por Luis Temístocles Fernández Cueva contra la Municipalidad Provincial de Condesuyos y deja a salvo su derecho para que pueda efectivizarlo vía acción por la pretensión de Indemnización, sin costas ni costos; 2. DISPONEMOS: que el señor Juez de la causa emita nueva sentencia a la brevedad posible teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución de vista. Regístrese y Notifíquese. SV. 189-2015 RR En el expediente 2015-370-LA. En el proceso de Reposición, seguido por Miguel Ángel Ríos Urdanivia, en contra de la Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLARARON: 1. De oficio NULA e INSUBSISTENTE la Sentencia apelada N° 31-2015, de fojas ciento dieciséis a ciento diecinueve, que declara Improcedente la demanda de Desnaturalización de Contrato de Trabajo y Reposición, interpuesta por Miguel Ángel Ríos Urdanivia contra la Municipalidad Provincial de Condesuyos y deja a salvo su derecho para que pueda efectivizarlo vía acción por la pretensión de Indemnización, sin costas ni costos; 2. DISPONEMOS: que el señor Juez de la causa emita nueva sentencia a la brevedad posible teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución de vista. Regístrese y Notifíquese. SV. 207-2015 IS En el expediente 2015-380-LA. En el proceso de Reposición, seguido por Víctor Alfonso Manchego Mejía, en contra de la Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLARARON: 1. NULA e insubsistente la Sentencia N° 21-2015, de fojas ciento veintinueve a ciento treinta y dos, que declara Improcedente la demanda de desnaturalización de contrato de trabajo y reposición interpuesta por Víctor Alfonso Manchego Mejía, en contra de la Municipalidad Provincial de Condesuyos y deja a salvo el derecho del actor

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para que pueda efectivizar su derecho vía acción por la pretensión de indemnización, sin costas ni costos del proceso; 2. DISPONEMOS: que el Juez de la causa emita nueva sentencia a la brevedad posible teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución de vista. SV. 208-2015 IS En el expediente 2015-420-LA. En el proceso de Reposición, seguido por Aurelia Luzgarda Romero Quispe, en contra de la Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLARARON: 1. NULA e insubsistente la Sentencia N° 29-2015, de fojas ciento cuarenta y dos a ciento cuarenta y cinco, que declara Improcedente la demanda de desnaturalización de contrato de trabajo y reposición interpuesta por Aurelia Luzgarda Romero Quispe, en contra de la Municipalidad Provincial de Condesuyos y deja a salvo el derecho de la actora para que pueda efectivizar su derecho vía acción por la pretensión de indemnización, sin costas ni costos del proceso; 2. DISPONEMOS: que el Juez de la causa emita nueva sentencia a la brevedad posible teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución de vista. Regístrese y Notifíquese. SV. 209-2015 RC En el expediente 2015-430-LA. En el proceso de Reposición, seguido por Maria Luisa Ríos Urdanivia, en contra de la Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLARARON: NULA, la Sentencia 28-2015, de fecha veintiuno de julio del dos mil quince, de fojas noventa y siete, que declara improcedente la demanda de desnaturalización de contrato de trabajo y reposición laboral; DISPONEMOS: se expida nuevo pronunciamiento con arreglo a la ley y la Constitución. En los seguidos por María Luisa Ríos Urdanivia, con la Municipalidad Provincial de Condesuyos, sobre desnaturalización de contrato y reposición laboral. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Condesuyos, Chuquibamba. SV. 210-2015 RC En el expediente 2015-390-LA. En el proceso de Reposición, seguido por Emilia Aurora Sauri Márquez, en contra de la Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLARARON: NULA, la Sentencia 27-2015, de fecha veintiuno de julio de dos mil quince, de fojas noventa y siete, que declara improcedente la demanda de desnaturalización de contrato de trabajo y reposición laboral; DISPONEMOS: se expida nuevo pronunciamiento con arreglo a la ley y la Constitución. En los seguidos por Emilia Aurora Yauri Márquez, con la Municipalidad Provincial de Condesuyos, sobre desnaturalización de contrato y reposición laboral. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Condesuyos, Chuquibamba. AV. 219-2015 RR En el expediente 2015138-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Percy Francisco Vásquez Llamoca, DECLARARON: DIRIMIR: la competencia a favor del señor Juez del Juzgado Civil de Camaná quien, de inmediato y bajo responsabilidad, deberá avocarse al conocimiento del presente proceso; DISPONEMOS: la devolución de los actuados a tal Juzgado para que continúe su trámite. Regístrese y comuníquese. AV. 220-2015 RR En el expediente 2015139-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Luis Enrique Solórzano Flores, DECLARARON: DIRIMIR: la competencia a favor del señor Juez del Juzgado Civil de Camaná, quien deberá avocarse, a la brevedad posible y bajo responsabilidad, al conocimiento del presente proceso; DISPONEMOS: la devolución de los actuados ha dicho Juzgado para que continúe su trámite.- Regístrese y comuníquese. AV. 222-2015 RR En el expediente 2015107-0-CI. En el proceso de Obligación de Dar Suma de Dinero, seguido por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A., en contra de Soledad Lema Bernaldo, DECLARARON: 1. FUNDADA la apelación de fojas veintiocho a treinta y uno interpuesta por la representante de la demandante Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A.; 2. REVOCAMOS: la resolución apelada número 01-2015 del dos de junio del dos mil quince de fojas dieciocho a diecinueve, que declara la incompetencia del Juzgado Especializado Civil de Camaná para el conocimiento de la presente causa por razón de territorio y dispone la remisión de los autos al Juzgado Mixto de Caravelí para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Y REFORMANDOLA DECLARAMOS: que el señor Juez del Juzgado Especializado Civil de Camaná es competente por razón de territorio debiendo, en término perentorio y bajo responsabilidad, avocarse a su conocimiento de acuerdo a su estado. Regístrese y Comuníquese. AV. 223-2015 RC En el expediente 20141540-49-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por Pedro Víctor Collazos Tebes, en contra de Celia Tebes García Viuda de Collazos y Otros, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Resolución 08-2015, de fecha veintidós de abril del dos mil quince, de fojas ciento sesenta y dos, que declaró infundada la nulidad de la notificación con la demanda al demandado Modesto Apolinario Collazos Teves; en el proceso sobre nulidad de acto jurídico le sigue Pedro Víctor Collazos Tebes y

otra. Tómese razón, hágase saber y notifíquese con arreglo a ley. AV. 224-2015 IS En el expediente 2014-521-CI. En el proceso de Acción de Amparo, seguido por José Jesús Araoz Barrios, en contra de la Municipalidad Provincial de Castilla, DECLARARON: 1. Revocar la resolución número 19 de fecha seis de enero del dos mil quince, obrante de fojas ciento treinta y uno a ciento treinta y dos, que declara Infundada la solicitud de nulidad de actuados interpuesta por la Procuradora Pública de la Municipalidad Provincial de Castilla; 2. Reformándola, Declaramos Fundada la solicitud de nulidad de actuados interpuesta por la Procuradora Pública de la Municipalidad Provincial de Castilla, en consecuencia, Nulo lo actuado hasta el estado de notificar la resolución número 17, de fecha nueve de octubre del dos mil doce, que corre a fojas ciento once; 3. Disponemos se rehaga la notificación de la resolución número 17 a la apelante adjuntándose copia de los anexos de la demanda interpuesta. En los seguidos por José Jesús Araoz Barrios en contra de la Municipalidad Provincial de Castilla y Procurador Público sobre Acción Contencioso Administrativa; 4. Devuélvase al juzgado de origen en la forma de estilo. Regístrese y notifíquese. AV. 225-2015 IS En el expediente 2015-820-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Cris Carolina Llave Asto, DECLARARON: En mérito a las consideraciones que anteceden, RESOLVEMOS: Se remitan los antecedentes de esta causa al Señor Juez del Juzgado Civil de Camaná, a quién corresponde asumir competencia en procesos de violencia familiar como el presente, en cumplimiento a las disposiciones antes citadas. En los seguidos por el Ministerio Público, en contra de CRIS CAROLINA LLAVE ASTO en agravio de LUIS ANTONIO CHUMBES ARREDONDO, sobre violencia familiar. Tómese razón y hágase saber. AV. 226-2015 IS En el expediente 2015-910-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Clorinda Lizeth Dongo Calderón, DECLARARON: En mérito a las consideraciones que anteceden, RESOLVEMOS: Se remitan los antecedentes de esta causa al Señor Juez del Juzgado Civil de Camaná, a quién corresponde asumir competencia en procesos de violencia familiar como el presente, en cumplimiento a las disposiciones antes citadas. En los seguidos por el Ministerio Público, en contra de CLORINDA LIZETH DONGO CALDERON en agravio de ESTELA CALDERON RAMOS, sobre violencia familiar. Tómese razón y hágase saber. AV. 227-2015 IS En el expediente 2015-890-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Hernán Afrodicio Flores Flores, DECLARARON: En mérito a las consideraciones que anteceden, RESOLVEMOS: Se remitan los antecedentes de esta causa al Señor Juez del Juzgado Civil de Camaná, a quién corresponde asumir competencia en procesos de violencia familiar como el presente, en cumplimiento a las disposiciones antes citadas. En los seguidos por el Ministerio Público, en contra de HERNAN AFRODICIO FLORES FLORES en agravio de ELSA FLORES MORALES, sobre violencia familiar. Tómese razón y hágase saber. AV. 228-2015 IS En el expediente 2014-450-CI. En el proceso de División y Partición, seguido por Martha Nancy Llerena de Gallegos y Otro, en contra de Víctor Hugo Arnaldo Llerena Ninasivincha y Otros, DECLARARON: la NULIDAD de la Resolución número 01 de fecha veinte de mayo del dos mil catorce que obra a fojas sesenta y uno que resolvió declarar improcedente la demanda de petición de herencia y declaratoria de herederos interpuesto por Martha Nancy Llerena Ninasivincha y Martín Rodolfo Rondón Llerena Ninasivincha y en consecuencia, dispuso el archivo del presente expediente, con todo lo demás que contiene; DISPONEMOS que el A Quo califique nuevamente la demanda interpuesta teniendo presente los considerandos esgrimidos en la presente resolución. Regístrese y notifíquese. AV. 229-2015 IS En el expediente 2015178-0-CI. En el proceso de Reivindicación, seguido por Maribel Fabiola Quispe Flores, en contra de Lucía Nelly Coaquira Choque, DECLARARON: REVOCAMOS la resolución número 13, del dos de diciembre del dos mil catorce, copiada de fojas ciento cincuenta a ciento cincuenta y uno, que resolvió declarar Infundado el pedido de interrupción del plazo del proceso solicitado por la demandada Lucía Nelly Coaquira Choque, REFORMÁNDOLA Declaramos: FUNDADO el pedido de interrupción del proceso solicitado por la demandada Lucia Nelly Coaquira Choque, por los días doce y trece de noviembre del dos mil catorce; DISPONEMOS que el Juez de la causa reponiendo el proceso al estado correspondiente fije nuevo día y hora para la realización de la audiencia de pruebas, dejando sin efecto la audiencia del día doce de noviembre del dos mil catorce, que en copia corre a fojas ciento treinta y siete; y devuélvase al Juzgado de origen en la forma de estilo. AT. 487-2015 RC En el expediente 2015183-0-CI. En el proceso de Acción de Amparo, seguido

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por Adela Coralia Manrique Chirinos, en contra del Director de la Unidad de Gestión Educativa Local de Condesuyos, DECLARARON: 1) NULA la vista de causa realizada el día veintinueve de setiembre del dos mil quince. 2) PROGRAMAR nuevamente la VISTA DE LA CAUSA el día DIECISIETE DE NOVIEMBRE del año en curso a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, las partes que soliciten informe oral podrán hacerlo dentro del tercero día de notificado. Al Principal del escrito 1620-2015: Por apersonado, teniendo señalado su domicilio procesal en el radio urbano de la provincia y por indicado su casilla electrónica. Al Segundo Otrosí del escrito 1620-2015: Se autoriza el abogado de la defensa hacer uso de la palabra por el espacio de cinco minutos en la vista de la causa, debiendo adecuar su intervención al tiempo concedido. Recomendando al personal de la Central de Notificaciones y de Secretaría de Sala tener mayor diligencia en entregar y recabar las cédulas de notificación de las resoluciones. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 11 DECRETOS MIÉRCOLES 21 DE OCTUBRE DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. SV. 190-2015 IS En el expediente 2013616-0-CI. En el proceso de Nulidad de Resolución Administrativa, seguido por Rosa María Luque Huaranka, en contra de la Municipalidad Distrital de Majes, DECLARARON: 1. NULA e insubsistente la Sentencia 244-2014, de fecha doce de noviembre del año dos mil catorce, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por María Luque Huaranka en contra de la Municipalidad Distrital de Majes sobre declaración de nulidad de resolución administrativa ficta, en consecuencia, declara Nula y sin efecto legal alguno la resolución administrativa negativa ficta, que deniega el recurso de apelación contra el acto contenido en el memorando N° 372-2013-RRHH-MDM, de fecha tres de julio de dos mil trece; Dispone que la demandada reponga a la demandante en el cargo de Secretaria de Gerencia Municipal (según corrección de fojas trescientos treinta y siete a trescientos treinta y ocho); 2. DISPONEMOS: que el Juez de la causa emita nueva sentencia a la brevedad posible teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución de vista. Regístrese y notifíquese. SV. 199-2015 RC En el expediente 1994116-0-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por la Sociedad de Beneficencia Pública de Camaná, en contra de Flora Llerena Vda. de Rivera y Otro, DECLARARON: NULA, la Sentencia 14-2015, del veinti-

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trés de enero del dos mil quince, de fojas setecientos dieciséis, que declara infundada la demanda de nulidad de inscripción registral y acto jurídico, con lo demás que contiene; DISPONEMOS: se emita nuevo pronunciamiento, regularización del proceso. En los seguidos por la Sociedad de Beneficencia Pública de Camaná, con Leoncio Arista Rivera, sobre nulidad de inscripción registral y del acto jurídico que lo contiene. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado especializado Civil de Camaná. SV. 200-2015 RR En el expediente 200519-0-CI. En el proceso de Petición de Herencia y Otro, seguido por Antonio Gutiérrez Riega, en contra de José Gutiérrez Riega, DECLARARON: 1. de oficio NULA la Sentencia apelada número 224-2014 del diecisiete de octubre del dos mil catorce de fojas cuatrocientos cuarenta y cinco a cuatrocientos cincuenta y cuatro; 2. ORDENAMOS: Se devuelvan los actuados al Juzgado de origen para que el señor Juez, subsanando la irregularidad anotada, en término perentorio y bajo responsabilidad emita nuevo pronunciamiento conforme a ley y los antecedentes. Regístrese y Comuníquese. SV. 201-2015 IS En el expediente 2014-970-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Isela Dador Fernández, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: 1. Infundado el recurso de apelación interpuesto por la abogada del accionante. 2. CONFIRMAMOS la Sentencia número N° 109-2015, de fecha diez de abril del dos mil quince, obrante de fojas setenta y ocho a ochenta y seis, que declara Infundada la demanda incoada por Isela Amparo Dador Fernández sobre acción contencioso administrativa en contra de Gobierno Regional de Arequipa, Gerencia Regional de Educación de Arequipa y Unidad de Gestión Educativa de Camaná; sin costas ni costos; con lo demás que contiene; y los devolvieron al Juzgado de origen. SV. 202-2015 IS En el expediente 2014188-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Segundo Zenón Juan Dongo Salazar, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: 1. Infundado el recurso de apelación interpuesto por la abogada del accionante; 2. CONFIRMAMOS la Sentencia número N° 183-2015 de fecha veinte de mayo del dos mil quince, obrante de fojas sesenta y nueve a setenta y siete, que declara Infundada la demanda incoada por Segundo Zenón Juan Dongo Salazar sobre acción contenciosa administrativa en contra del Gobierno Regional de Arequipa, Gerencia Regional de Educación de Arequipa y Unidad de Gestión Educativa de Camaná; sin costas ni costos; con lo demás que contiene; y los devolvieron al Juzgado de origen. Regístrese y notifíquese.

SV. 203-2015 IS En el expediente 2011108-0-CI. En el proceso de Reivindicación, seguido por José Edmundo Gorriti Drago, en contra de Elvira del Castillo Valdivia, DECLARARON: 1. NULA la Sentencia Nº 65-2014, de fecha diez de abril del dos mil catorce, de fojas ciento setenta y cuatro a ciento ochenta y dos, que resolvió Declarar Fundada la demanda de fojas doce y siguientes, interpuesta por José Edmundo Gorriti Drago, apoderado de María Esther Gorriti Drago, sobre Reivindicación, en contra de Elvira Del Castillo Valdivia; e Infundada la Tacha interpuesta por la parte demandada; sin costas ni costos del proceso; 2. DISPONEMOS: que el A Quo emita nueva resolución teniendo presente lo expuesto en la presente resolución; y DEVUÉLVASE al Juzgado de origen. Regístrese y notifíquese. SV. 204-2015 IS En el expediente 2009-290-CI. En el proceso de Reivindicación, seguido por Lina Cervantes Motta, en contra de Vigilia Bautista Motta y Otro, DECLARARON: 1. NULA la Sentencia N° 10-2015, de fecha diecinueve de marzo del dos mil quince, que corre de folios mil ochenta y uno a mil noventa y dos, que resuelve declarando Infundada tachas de documentos; Fundada la demanda de reivindicación interpuesta por Lina Hermelinda Cervantes Motta en contra de Pastor Mauro Cervantes Motta y Vigilia Hermes Bautista Motta y ordena que los demandados hagan dejación del terreno sub litis y hagan entrega de la posesión del mismo en el término de diez días de consentida o ejecutoriada que sea la presente, bajo apercibimiento de lanzamiento, con lo demás que contiene; 2. DISPONEMOS: que el A Quo emita nueva resolución teniendo presente lo expuesto en la presente resolución; y DEVUELVASE al Juzgado de origen. Regístrese y notifíquese. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 13 DECRETOS

JUEVES 22 DE OCTUBRE DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. SV. 205-2015 RR En el expediente 2015-480-LA. En el proceso de Reposición, seguido por Marco Aurelio Revilla Fernández, en contra de la Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLARARON: 1. De oficio NULA e INSUBSISTENTE la Sentencia apelada N° 33-2015, de fojas ciento diecinueve a ciento veintidós, que declara Improcedente la demanda de Desnaturalización de Contrato de Trabajo y Reposición, interpuesta por Marco Aurelio Revilla Fernández contra la Municipalidad Provincial de Condesuyos y deja a salvo

su derecho para que pueda efectivizarlo vía acción por la pretensión de Indemnización, sin costas ni costos; 2. DISPONEMOS: que el Juez de la causa emita nueva sentencia a la brevedad posible teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución de vista. Regístrese y Notifíquese. SV. 206-2015 RR En el expediente 2015-460-LA. En el proceso de Reposición, seguido por Justo Sabino Vargas Gamero, en contra de la Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLARARON: 1. De oficio NULA e INSUBSISTENTE la Sentencia apelada N° 34-2015, de fojas ciento veintiocho a ciento treinta y uno, que declara Improcedente la demanda de Desnaturalización de Contrato de Trabajo y Reposición, interpuesta por Justo Sabino Vargas Gamero contra la Municipalidad Provincial de Condesuyos y deja a salvo su derecho para que pueda efectivizarlo vía acción por la pretensión de Indemnización, sin costas ni costos; 2. DISPONEMOS: que el señor Juez de la causa emita nueva sentencia a la brevedad posible teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución de vista. Regístrese y Notifíquese. SV. 211-2015 RC En el expediente 2015-410-LA. En el proceso de Reposición, seguido por Marcial Reinaldo Chirinos Herencia, en contra de la Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLARARON: NULA, la Sentencia 20-2015, de fecha catorce de julio del dos mil quince, de fojas ciento once, que declara improcedente la demanda de desnaturalización de contrato de trabajo y reposición laboral; DISPONEMOS: se expida nuevo pronunciamiento con arreglo a la ley y la Constitución. En los seguidos por Marcial Reinaldo Chirinos Herencia, con la Municipalidad Provincial de Condesuyos, sobre desnaturalización de contrato y reposición laboral. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Condesuyos, Chuquibamba. SV. 213-2015 RR En el expediente 2014125-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Alejandrina May Bellido y Aguilar, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: 1. CONFIRMAMOS: la Sentencia apelada número 213-2015-JCT del cuatro de junio del dos mil quince de fojas sesenta y seis a setenta y cuatro, que DECLARA: INFUNDADA la demanda incoada por ALEJANDRINA MAY BELLIDO Y AGUILAR sobre acción Contenciosa Administrativa contra el Gobierno Regional de Arequipa y otros. Con lo demás que contiene. Y los devolvemos. Regístrese y comuníquese. SV. 214-2015 IS En el expediente 201523-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por José Eduardo Montes Dávila, en contra

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del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: 1. Fundado el recurso de apelación interpuesto por el accionante; 2. REVOCAMOS la recurrida en la parte que declara fundada en parte la demanda de autos; REFORMANDOLA Declaramos Fundada la demanda contencioso administrativa interpuesta por José Eduardo Montes Dávila en contra de: 1) La Red de Salud de Castilla – Condesuyos y la Unión. 2) Gobierno Regional de Arequipa. 3) Con emplazamiento del Procurador de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional de Arequipa; en consecuencia, Nula la Resolución Directoral N° 0952012-GRA/GRS-DRS-CCU-DIREC-OA-U-RR-HH, de fecha veintinueve de febrero del año dos mil doce, que resuelve declarar improcedente su solicitud de pago y reconocimiento de reintegros del 30% de la bonificación diferencial mensual; 3. DISPONEMOS que la entidad demandada cumpla con recalcular y abonar al actor la bonificación diferencial íntegramente, por condiciones excepcionales de trabajo, equivalente al 30% de su remuneración total, así como el reintegro de los montos dejados de percibir desde el uno de enero de mil novecientos noventa y uno hasta la fecha de interposición de demanda y en adelante, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 184 de la ley N° 25303, más los intereses legales correspondientes por el no pago oportuno, en base a la remuneración total, previa deducción de ser el caso de los montos incompletos percibidos; sin costas ni costos; 4. Declarar Infundado el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Pública del Gobierno Regional de Arequipa; Regístrese y notifíquese. AV. 230-2015 IS En el expediente 201535-0-FC. En el proceso de Divorcio por Causal, seguido por Eufemio Gustavo Sihuinta Jorge, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: Por los considerandos que anteceden, APROBAMOS la sentencia consultada número quince guión dos mil quince de fecha siete de julio del dos mil quince, que corre de fojas setenta y ocho a ochenta y dos, que declara fundada la demanda de divorcio por la causal de separación de hecho, por más de dos años contiguos; DISUELTO el vinculo matrimonial generado pro el Matrimonio Civil contraído por el señor Eufemio Gustavo Sihuinta Jorge y Esther Emilia Rosas Zúñiga, con lo demás que contiene; y los devolvieron. Regístrese y notifíquese. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 11 DECRETOS LUNES 26 DE OCTUBRE DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. AV. 231-2015 RC En el expediente 20141144-0-CI. En el proceso de Nulidad de Cosa Juzgada

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