Page 1 MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN "% N' 683-2018

Cooperat tva Pesquera Jeh ova na da es stor me fa Ita ra. La Tortuga Pa ita (folio 37), suscrito por el Armador Sociov s
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MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN

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g,;M N' 683-2018-PRODUCE/DGPCHDI Lima, 20 de junio de 2018 VISTOS: La petición de permiso de pesca, comprendida en la solicitud presentada por la ,,coopERATtvA pEseuERA JEHovA Es Mt pASToR NADA ME FALTARÁ - LA ToRTUGA PAlrA" con escrito de registro Ne 12097-2017, a favor del señor JosÉ JEsÚs FIESTAS QUEREVALÚ para operar la embarcación pesquera CARMEN ELENA de matrícula PT-15818-BM y 4.00 de arqueo bruto; y demás documentos relacionados a dicho registro;

Y,

CONSIDERANDO:

1.

el artículo 1 de la Resolución Directoral Ne 539-2018-PRODUCE/DGPCHDI, PESqUERA JEHOVA ES Ml PASTOR NADA ME FALTARA - LA la cooPERATtVA vistos, mediante el escrito de pesca a TORTUGA pAITA (en adelante, Cooperativa Pesquera), ha solicitado el otorgamiento de permisos de para la socios, de favor de cada uno de los armadores que ¡ntegran dicha organización cooperativa en calidad y gigos) Perico Pota lDosidicus realización de actividades extract¡vas de los recursos Calamar G¡gante o y sus disposiciones normativas pertinentes disposiciones (Coryphaeno hippurusl, con sujeción a las Ne 006estatutar¡as; en el marco de la Resolución Ministerial Ne 284-2016-PRODUCE y el Decreto Supremo Ne 003-2018-PRODUCE; por Decreto Supremo el 2016-PRODUCE, modificado En concordancia con

2. En este contexto,

de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la precitada resolución

folios pa ra la evaluación de la petición de permiso (CN de pesca formulada por la Cooperativa Pesquera, a favor del señor JOSE JESÚS FIESTAS QUEREVALÚ

directoral, se ha procedido a organizar un expediente de 45

nte, Armador Socio) para operar la embarcación pesquera CARMEN ELENA de matrícula PT'15818-BM Y de arqueo bruto, en la realización de actividades extractivas de los indicados recursos pesqueros, con sujeción a las pertinentes disposiciones normativas y sus disposiciones estatutar¡as;

3. Al respecto, en concordancia con los artículos 1y 3 y el numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto los Supremo Ne 006-2016-pRODUCE, modificado por Decreto Supremo Ne OO3-2018-PRODUCE, debe reunirse del favor a Pesquera siguientes requisitos para la obtención del permiso de pesca solicitado por la Cooperativa Armador Socio;

i) ii)

Armador Socio debe ser propietar¡o o poseedor de la embarcación pesquera antes mencionada. La precitada embarcación debe tener una capacidad de bodega de hasta 32.6 m3, con certificado de matrícula v¡gente obtenido fuera de los alcances del Decreto Legislativo Ne 1273. iii) El Armador Socio debe encontrarse reg¡strado en el libro padrón de socios de la Cooperativa Pesquera, con de sus respectivos datos personales, e información respecto a las caracterÍst¡cas y número del certificado la misma' poseedor de propietario o a si es respecto información asícomo embarcación, de su matrícula por iv) En caso de copropiedad de la embarcación, el Armador Socio debe haber sido designado como socio y por escr¡to. los respectivos copropietarios, en forma expresa El

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4' 4.1

Con relación al cumplimiento de los mencionados requisitos debe señalarse lo siguiente

requ isito i) refer ido a la exige nc de a credita r p ropieda d poses ron d e a em ba rca cton de la revrsron d e expediente, se a dv¡erte que media nte e escrito de vistos la Coo pe rativa prese ntó co p¡a de determ nado co ntrato con firmas lega lizad as so bre la c om prave nta de la rca cro n pesq ue ra CARM E N ELENA de matrícula PT,-1 58 18-B M (fo lio 2 1 v 221, de fec ha 9 de a gosto 2 01 6, ce le b rado en tre el Arma dor Soc ro v e senor Pedro Pa blo Pa nta Temoch e, media nte el c ual la propieda d de la referid a em ba rca cton pes q uera S¡ bien se a dvie rte q ue este u Itimo a pa rece pro p eta rio de la em ba rcac ton en la c opia del Certificado de Matrí cula presenta d o (fo to 24 t, de be derse, E n ate nc ron a Princ p o de Presu nc ió n de Ver'acida d, qu e la p ropied ad reca sobre el ado Socio v q ue dic ho docum e nto n o se n cue ntra actu a za do. E n ese se ntido, se tie n e po plido el re q u ¡to en m e nc ron a

u e fd,

4.2

relació n

req uisito

¡¡ t, refe ri d o a la exige nc a de q ue la ca pacida d de bodega de la emba rca c to n igua 32.6 m" v q ue el c e rtif ica do de matríc u la se nc uent re vige nte v h aya o bte n do fue ra de los a ca nces del Decreto Leg rs ativo N 9 L2 7 3; debe in dica rse lo

a

sea me no

siguiente:

copia d e certif ica d o de matrícula prese nta do (fo to 241 se a dvierte que la e mba rca cton pesquera EN ELE NA d e matrícula PT-15818-B M, tiene 4. 00 de rqueo bruto, lo cua representa una m edida nor 32. 6 m3 de ca pa cida d de bodega

la

¡l

-l I

--

: 1

:

¡a nte escrito de registro pita nta v G UA rdacostas

NI

49274-207 8, de fec ha 28 de mayo de 20 18, la Direcció n G en ra de (fol o 44 v 4sl inform o que m atríc u la de la mencio na da ba rcac on pesquera se e nc u e ntra activa v no c a ncela da, lo cua tm plica, e n concorda ncia con el u o 603 del Reglam nto del Dec reto Legislat tvo N I 1 74 71 que d tc ho certifica do de ma tríc u la se ue ntra vige nte D CA P

en el ex pedie nte u n reporte de la con U Ita rea liza da a Porta Web del M in isterio de la Produ ccro n 43 t, en el cua se adv rte q ue la m e nciona d a em ba rca c ron pesquera no se e nc ue ntra regist ra da e st FOR PA, lo cua ¡m pl rca q ue la mat ncu la ha sido o bte n da fuera de los a lca nces d e Dec reto Ne

En

4.3

1273.

onsecuencia, se tiene por cumplido el requisito ii) en mención

el req uisito iii), referido a la exigencia de que el Armador socio se encuentra registrado en el libro

nde socios de la Cooperativa Pesquera, con de

determ inada informac¡ón;

de la revisión

del

se colige que obra copia del folio 0045 del Libro Padrón de Socios (folio a0) y del certificado atrícula (folio 24), con la siguiente información, entre otra: NOMBRES Y APELLIDOS

José Jesús Fiestas Querevalú

DNI

03493848

FECHA DE NACIMIENTO

27 108/796s

EMBARCACIÓN PESQUERA

CARMEN ELENA

MATRfCULA

CARACTERíSTICAS

PT-15818-BM

DE

EMBARCACIÓN PESQUERA

LA

ARQUEO BRUTO:4.00 ESLORA:

8.84

MANGA: 3.35

PUNTAL: 1.29 En

4.4

nsecuencia, se t¡ene por cumplido el requisito iii) en mención al requ is ito

mt

Nac¡onal -

a exige nc ta de que E ), refe rido rm ado Socio haya sido design ado por los rios de la e mba rca ción; de la rev ron del fol o 0045 del Libro Pa drón de Socios m e nciona do ntemente folio 401, se advie rte co mo untco prop ieta rio o poseedor a Armador Socio A mayor m ie nto, obra en el expedien te una "Des igna cto n de soc to de la Cooperat tva Pesquera Jeh ova es stor na da me fa Ita ra La Tortuga Pa ita (folio 37), suscrito por el A rm ador Socio su convivie nte

v

del Decreto LeSislat¡vo Ne 71,47',que regu la el fortalecim¡ento de las Fu erzas Armadas en las competenc¡as Genera I de CapitanÍas Guardacostas, aprobado por Decreto Supremo Ne 015-2014-DE,

de la Autoridad Marít¡ma

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MINISTERIO DE

tA PRODUCCIÓN DE¿

"%

qM N" 683-2018-PRODUCE/DGPCH Dl Lima, 20 de junio de 2018 Guadalupe Nunura Querevalú2, en el cual se designa expresamente al primero de los mencionados para ser considerado como socio de la Cooperativa Pesquera. En ese sentido, se ha dado cumplimiento al requisito en mención;

5. En consecuencia,

al haberse verificado el cumplimiento de los precitados requisitos, corresponde

otorgar el permiso de pesca solicitado con el escrito de vistos a favor del Armador Socio, en el marco del Decreto Supremo Ne 006-2016-PRODUCE modificado por Decreto Supremo Ne 003-2018-PRODUCE, la Resolución Ministerial Ne 284-2016-PRODUCE;

6.

el permiso de pesca, otorgado en el marco de los precedentemente, al Armador Socio para iniciar determinado habilita decretos supremos citados procedimiento administrativo para la obtención de un nuevo certificado de matrícula, el cual comprende la De otro lado, debe tenerse en cuenta que

inspección a la embarcación pesquera, en concordancia con el artículo 10 del Decreto Supremo Ne 006-2016PRODUCE, incorporado por el Decreto Supremo Ne 003-2018-PRODUCE. En ese contexto, se advierte que una vez emitido el nuevo certificado de matrÍcula, en el marco de las disposiciones normativas antes mencionadas, corresponderá actualizar o modificar la presente resolución directoral en los aspectos referidos al número de matrícula y las caracterÍsticas principales de la embarcación pesquera (eslora, manga, punta y capacidad de bodega);

'

7. Estandoaloexpuestoenel lnformeNeO141-2018-PRODUCE/DPCHD|-lcerna,deconformidadcon las normas citadas precedentemente, la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Ley Ne 25977, su

t

Reglamento aprobado por Decreto Supremo Ns 012-2001-PE y sus modificatorias; y en uso de las atribuciones conferidas en el Decreto Supremo Ne 006-2016-PRODUCE, modlficado por el Decreto Supremo Ne 003-2018PRODUCE; SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar permiso de pesca al señor

JOSÉ JESÚS FIESTAS QUEREVALÚ MI PASTOR NADA ME FALTARA

en calidad

de

-

LA TORTUGA PAITA, para operar la embarcaclón pesquera CARMEN ELENA de matrícula PT-15818-BM y 4,00 de arqueo bruto, en la extracción de los recursos Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigosl y Perico lCoryphaeno hippurusl; en el marco de la Resolución Ministerial Ne 284-2016-PRODUCE y el Decreto Supremo Ne 006-2016PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo Ne 003-2018-PRODUCE. ATMAdOT SOC|O dC IA COOPERATIVA PESQUERA JEHOVA ES

Artículo 2.- El permiso de pesca otorgado en el articulo 1de la presente resolución directoral deberá ser ejercido con sujeción a las disposiciones normat¡vas correspondientes y las pertinentes disposiciones CStAtUtATiAS dE IA COOPERATIVA PESQUERA JEHOVÁ ES MI PASTOR NADA ME FALTARA - LA TORTUGA PAITA.

2 En

el caso de los convivientes, salvo declaración judicial de unión de hecho, arnbos son cons¡derados como copropietar¡os

Pá¡lina 3 de 4

resol del Prog

actua liza

pesque certif ica Supre

de

Fisca

del Min Min

3.' El periodo de vigencia del permiso de pesca mencionado en el artículo 1 de la presente es de cuatro años, contados a part¡r de la emisión del primer permiso de pesca otorgado en marco ma Piloto a que se refiere la Resolución Ministerial Ns 284-2016-pRODUCE. o 4.' El permiso de pesca a que se refiere el artículo L de la presente resolución directoral será en los aspectos referidos al número de matrícula y las características principales de la embarcación

(eslora, manga, punta y capacidad de bodega) como consecuencia de la expedición del nuevo ,de matrícula, en el marco del Decreto Supremo Ns 006-2016-PRODUCE, incorporado por Decreto s 003-2018-PRODUCE

5.- El permiso de pesca a que se refiere la presente resolución directoral, caducará en caso rse la ocurrencia de cualquiera de las causales previstas en el numeral 6.9 del artículo 6 del Decreto 006-2016-PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo Ne OO3-2018-pRODUCE 6.- Rem¡tir copia de la presente Resolución Directoral a Ia Dirección General de Supervisión, y Sanción del Minister¡o de la Producción y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de Defensa - DICAPI; asÍ como, disponer su publicación en el Portal de la Página Web del de la Producción: www.produce.gob.pe. Se registra y se comunica

,

LUIS CASTILLO FIGUEROA

Director General de Pesca para Consumo Humano Directo e lndirecto

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