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14 sept. 2016 - Abogado Edwin Valencia. Sanchez. Secretario Judicial del Juzgado de. Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto
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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Jueves, 15 de setiembre del 2016

Avisos Judiciales EDICTO EDICTO EXPEDIENTE: 874-2016-QUEJA RICARDO; QUEJOSO: ROQUE RODRIGUEZ RODOLFO; QUEJADO RODOLFO MAMANI; MATERIA INCONDUCTA FUNCIONAL. EL MAGISTRADO CONTRALOR RAMIRO JOSE MORALES ALI HA DISPUESTO SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTO LA SIGUIENTE RESOLUCION: Resolución N° 04. Omate, seis de septiembre Del dos mil dieciséis .- VISTOS: 1) Los Oficios N° 054-2016-JPI y N° 056-2016JPL recibidos por esta Unidad el 01 y el 06 de Septiembre del 2016, remitidos por Rodolfo Mamani Gerónimo, en calidad de Juez de Paz Accesitario de Ichuña; 2) La devoluciónón de la notificaciónón cursada al quejoso Ricardo Roque Rodríguez; 3) La constancia realizada por la asistente de la causa; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Mediante Oficios N° 054-2016-JPI y N° 056-2016-JPI, recibidos por esta Unidad el 01 y el 06 de Septiembre del 2016, don Rodolfo Mamani Gerónimo, en calidad de Juez de Paz Accesitario de Ichuña, procede a remitir informe sobre los hechos materia de queja, conforme le fuera solicitado por Resolución N° 02 del 22 de Julio del 2016. SEGUNDO: De otro lado, según constancia realizada por la asistente de la causa, se ha producido la devolución de la cedula de notificación remitida al quejoso Ricardo Roque Rodríguez con la Resolución N° 02 del 22 de Julio del 2016, con la indicación de que se habría mudado de domicilio, siendo que, de acuerdo con la constancia que antecede, el domicilio señalado resulta ser el mismo que el fijado en su ficha RENIEC. En tal razón, en lo sucesivo, ha de notificársele mediante edictos. TERCERO: Finalmente, estando a que el juez investigado ha señalado que, siendo juez accesitario, se le encargo el despacho durante el mes de agosto del 2013 (fecha en que el quejoso afirma haber presentado una solicitud de inspección ocular que no habría sido atendida), es preciso contar con la documentación pertinente. Asimismo, debe recabarse un ejemplar de la Resolución de Presidencia N° 469-2016-P/CSJMO a la que hace referencia en la parte final de su informe. Fundamentos por los cuales: SE RESUELVE: PRIMERO: Téngase por recibidos los informes remitidos por Rodolfo Mamani Gerónimo con fecha 01 y el 06 de Septiembre del 2016, en calidad de Juez de Paz Accesitario de Ichuña; téngase presente en lo que fuera pertinente y agréguese a los autos. SEGUNDO: Téngase por devuelta la notificación cursada al quejoso Ricardo Roque Rodríguez a quien, a partir de la fecha y en tanto no fije nuevo domicilio real, deberá notificársele mediante edictos, los cuales deberán ser publicados por tres días consecutivos en el diario de avisos judiciales de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. TERCERO: Cúrsese oficio a la Oficina de ODAJUP de esta Corte Superior de Justicia a efecto de que, en el plazo de cinco días hábiles y, bajo apercibimiento de procederse conforme lo dispuesto por los artículos 8.n) y 19° y siguientes del Reglamento del Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador del Poder Judicial, cumpla con informar si durante el mes de agosto del 2013 el Juez de Paz Titular de Ichuña Cristóbal Aquilino Arce Asencio solicito licencia y, de ser el caso, a quien se concedió tal encargatura, adjuntando la documentación que corresponda, de ser el caso. CUARTO: Autorícese a la asistente de la causa a efecto de recabar un ejemplar de la Resolución de Presidencia N° 469-2016-P/CSJMO.- A la constancia realizada, se tuvo presente. Regístrese y hágase saber. Ramiro Jose Morales Alí – Magistrado Contralor de ODECMA – Corte Superior de Justicia de Moquegua; Abog. Cecilia A. Hurtado Cuellar. Asistente Administrativo ODECMA – Corte

Superior de Justicia de Moquegua. (15-16-19 Setiembre)

el siete de octubre del año en curso, a las once de la mañana. Ilo, 06 de setiembre del 2016. (15 Setiembre)

EDICTO JUDICIAL EDICTO JUDICIAL En el Expediente N° 000324-2016-0-2801 -JMCI-01, ante el Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto de Moquegua, que despacha el Juez Fredy Fernández Sánchez, actuando como Especialista Legal Gaby Nina Escobar, en la demanda interpuesta por DELHI AMPARO MAMANI RAMOS sobre Cambio de Nombre, por lo que mediante Resolución N° 02 de fecha 01 de Setiembre del 2016 se ha RESUELTO lo siguiente: ADMITIR a trámite la solicitud de CAMBIO DE NOMBRE, interpuesta por DELHI AMPARO MAMANI RAMOS, solicitando Cambio del Primer Apellido Paterno, que según Acta de Nacimiento figura como DELHI AMPARO MAMANI RAMOS y que figure en lo sucesivo como DELHI AMPARO DE LA TORRE RAMOS, la que debe de tramitarse en la vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, con conocimiento del Ministerio Publico, debiendo de notificársele con la presente resolución. Señalándose la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial el día CINCO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, a las ONCE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, conforme a la disponibilidad de la agenda del Juzgado en la Sala de Audiencias del Juzgado, debiendo de efectuarse las publicaciones de ley en el Diario Judicial La Republica y Franelografo del Juzgado. Moquegua, 13 de Setiembre del 2,016. Richard E. Dominguez Ugarte – Abogado CAM 302; Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretaria Judicial – Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia Moquegua. (15 Setiembre) AVISO JUDICIAL DECLARACION DE UNION DE HECHO ANTE MI MARIA ISABEL GUISELLE VERA KIHIEN, ABOGADA NOTARIA PUBLICA DE LA PROVINCIA MARISCAL NIETO, CON OFICIO NOTARIAL UBICADO EN LA CALLE MOQUEGUA N° 758 DE MOQUEGUA, SE PRESENTAN DON RUBBY ANTHONIO FLOR PEREZ, IDENTIFICADO CON D.N.I. N°04440068; Y DOÑA FIORELLA PAOLA, SALAS PALACIOS, IDENTIFICADA CON DNI N° 42815564, SOLICITANDO QUE SE RECONOZCA SU UNIÓN DE HECHO, POR HABER CONVIVIDO LIBRE DE IMPEDIMENTO PARA CONTRAER MATRIMONIO, POR MAS DE DOS AÑOS. MOQUEGUA, 2016 JULIO 21. GUISELLE VERA KIHIEN – ABOGADA – NOTARIA PÚBLICA. MOQUEGUA – PERU. (15 SETIEMBRE) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA Ante mí; JOHN SOTO GAMERO, Notario Publicó de Ilo, con oficio notarial en Calle Moquegua N° 429 de esta ciudad, la señora FERNANDA CHANA DE CATACORA, solicita la Sucesión Intestada de su esposo sector MARIANO CATACORA ARISACA. Se procede conforme a los Artículos 13 y 41 de la Ley 26662. llo, 12 de Setiembre del 2,016. (15 Septiembre). CAMBIO DE NOMBRE CAMBIO DE NOMBRE El Juez del Juzgado Mixto de Ilo, en el expediente Nro 281-2016, ha resuelto: Admitir a trámite la solicitud de cambio de apellido materno, interpuesta por Dante Freddy Rosales Mamani, con conocimiento del Ministerio Publico, la misma que deberá tramitarse en la vía del proceso no contencioso. Señalando fecha para la audiencia de actuación y declaración judicial para

PUBLICACIÓN DE CAMBIO DE NOMBRE Tramitada ante el Juzgado Mixto (Ex 1°) de la Corte Superior de Moquegua, Juez Dr. Adolfo Cornejo Polanco, Especialista Legal Judith Gallegos Ramos, Expediente 00271-2016-0-2802-JMCI-01, en la vía del proceso no contencioso, María Rosa del Carmen Llanque solicita el CAMBIO DE NOMBRE de su menor hija ALEJANDRO ABIGAIL QUISPE LLANQUE a ALEJANDRA ABIGAIL QUISPE LLANQUE, porque en el extremo del primer nombre se ha registrado el nombre de un varón. Lo que se comunica para los fines de ley, conforme a lo previsto en el Código Procesal Civil. Ilo, 09 de setiembre de 2016. (15 Septiembre). EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00786-2013-0-2801-JP-PE-02, NOTIFICAR al Sentenciado CAMILO HUACHO RAMOS, la Resolución N° 23 de fecha 05.09.2016 que DISPONE: 1. SENALAR fecha para la realización de la AUDIENCIA DE CONVERSION DE LA PENA de prestación de servicios comunitarios en pena privativa de la libertad para el CUATRO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, A LAS DOCE HORAS (12:00 hora exacta) la que se llevara en el despacho de este Juzgado. Debiendo asistir las partes en compania de su abogado defensor. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 12 de Setiembre del 2016. Heiner Rivera Rodriguez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sanchez. Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (15-16-19 Setiembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 001506-2015-0-2801-JP-PE-03, JUZGADO: Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua.. El Señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto ha dispuesto mediante resolución número ocho. NOTIFICAR VIA EDICTOS al IMPUTADO WILINTON MARTIN ORTIZ TORRES, por el medio del cual se le comunica que mediante resolución ocho de fecha veintinueve de agosto del dos mil dieciséis se RESUELVE. 1. Declarar CONTUMAZ al imputado WILINTON MARTIN ORTIZ TORRES. 2. DISPONER la CONDUCCION COMPULSIVA del imputado WILINTON MARTIN ORTIZ TORRES, por parte de la Policía Nacional del Perú. Moquegua, 07 de Setiembre del 2016. Saúl Felipe Arenas Pérez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin E. Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (14-15-16 Setiembre) EDICTO PENAL EXP: 00026-2015-54-2802-JR-PE-02, Se emplaza, notifica y cita a WILLIAMS OSCAR RIVERA CABANA, con la RESOLUCION N° 04, que RESUELVE: PRIMERO: Declarar reo contumaz al acusado Williams Oscar Rivera Cabana, identificado con DNI N° 45295118, nacido el 10 de junio de 1986, natural de Moquegua, hijo de Juan de Dios y Angélica, domiciliado en Alto Ho San Pedro Mz. U Lote 02 y Luis E. Valcárcel Mz. 55 Lote 12, en contra de quien se ordena su conducci6n compulsiva por la Policía Nacional del Per6, debiendo de cursarse los oficios correspondientes para su ubicación, captura y puesta a disposición de este Despacho, en hora y día hábil, sin perjuicio de notificársele vía edictos en el diario oficial de

esta localidad. SEGUNDO: Se le nombra como su abogado defensor en su nueva situación jurídica al abogado defensor público Héctor Acuria Robles, a efecto de que asuma su defensa en dicha calidad. TERCERO: Se dispone el ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso, hasta la puesta a disposición de este Juzgado del acusado para el inicio del juicio. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- (14, 15, 16 Septiembre). EDICTO PENAL EXP: 00112-2015-85-2802-JR-PE-02, Se emplaza, notifica y cita a DANIEL ANGEL CABEDUQUE SALAS, con Ia RESOLUCION N° 03 que RESUELVE: PRIMERO: Declarar reo contumaz al acusado Daniel Angel Cabeduque Salas, identificado con DNI N° 47583338, alias efemo, nacido el 01 de diciembre de 1992, natural de chancay — Huaral Lima, hijo de Daniel y Elizabeth, con domicilio en 20 de diciembre B-01 - Ilo, en contra de quien se ordena su conducción compulsiva por la Policía Nacional del Per6, debiendo de cursarse los oficios correspondientes para su ubicación, captura y puesta a disposición de este Despacho, en hora y día hábil, sin perjuicio de notificársele vía edictos en el diario oficial de esta localidad. SEGUNDO: Se le nombra como su abogado defensor en su nueva situación jurídica at abogado defensor público Fredy Mamani CallaIla, a efecto de que asuma su defensa en dicha calidad. TERCERO: Se dispone el ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso, hasta Ia puesta a disposición de este Juzgado del acusado para el inicio del juicio. Tómese RAZON Y HAGASE SABER.- (14, 15, 16 Septiembre). EDICTO PENAL EXP: 00127-2015-59-2802-JR-PE-02, Se emplaza, notifica y cita a DANTE RAMOS GASTANAGA, con la RESOLUCION N° 12 que RESUELVE: PRIMERO: Declarar reo contumaz al acusado Dante Ramos Gastaliaga, identificado con DNI N° 23949888, estado civil soltero, sexo masculino, nacido el 13 de noviembre de 1971, natural del distrito de Santiago, provincia y departamento de Cusco, de ocupación obrero, hijo de Armando y Pilar, con domicilio real en AA.HH. dos de marzo Mz. J Lt. 03, en contra de quien se ordena su conducción compulsiva por la Policía Nacional del Peri], debiendo de cursarse los oficios correspondientes para su ubicación, captura y puesta a disposici6n de este Despacho, en hora y día hábil, sin perjuicio de notificársele vía edictos en el diario oficial de esta localidad. SEGUNDO: Se le nombra como su abogado defensor en su nueva situaci6n jurídica al abogado defensor público Fredy Mamani Callalla, a efecto de que asuma su defensa en dicha calidad. TERCERO: Se dispone el ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso, hasta la puesta a disposición de este Juzgado del acusado para el inicio del juicio. Tómese Razón y Hágase Saber.- (14, 15, 16 Septiembre). EDICTO PENAL EXP: 00391-2015-82-2802-JR-PE-02, Se emplaza, notifica y cita a FELIPE PABLO ARIAS CACERES y WALDIR ROMARIO CORTEZ ORTEGA, con la RESOLUCION N° 02, que SE RESUELVE: PRIMERO: Declarar reo contumaz al acusado Felipe Pablo Arias Cáceres, identificado con DNI N° 43836192 de 31 años de edad, nacido el 01 de enero de 1985, natural de Arequipa, de ocupación mozo, con domicilio en Restaurant Los Waiquis en el departamento de Tacna kilómetro 7.5 carretera a Calana, de estado civil soltero y declarar reo contumaz a Waldir Romario Cortez Ortega, identificado con DNI N° 77293449, natural de Rupa Rupa Leoncio Prado Huánuco, hijo de Pablo y Luz, con domicilio en Villa Paraíso Mz. 39 Lt. 14, en contra de quienes se ordena su conducción compulsiva por parte de la Po-

licía Nacional del Peru, debiendo de cursarse los oficios correspondientes para su ubicación, captura y puesta a disposición de este Despacho, en hora y día hábil, sin perjuicio de notificársele vía edictos. SEGUNDO: Se les nombra como sus abogados defensores en su nueva situación jurídica a los defensores públicos Miriam Mendoza Pacori y Fredy Mamani Callalla. TERCERO: Se dispone el ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso, hasta la puesta a disposición de este Juzgado de los acusados para el inicio del juicio. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- (14, 15, 16 Septiembre).

EDICTO EDICTO EXPEDIENTE: 874-2016-QUEJA RICARDO; QUEJOSO: ROQUE RODRIGUEZ RODOLFO; QUEJADO RODOLFO MAMANI; MATERIA INCONDUCTA FUNCIONAL. EL MAGISTRADO CONTRALOR RAMIRO JOSE MORALES ALI HA DISPUESTO SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTO LA SIGUIENTE RESOLUCION: Resolución N° 04. Omate, seis de septiembre Del dos mil dieciséis .- VISTOS: 1) Los Oficios N° 054-2016-JPI y N° 056-2016JPL recibidos por esta Unidad el 01 y el 06 de Septiembre del 2016, remitidos por Rodolfo Mamani Gerónimo, en calidad de Juez de Paz Accesitario de Ichuña; 2) La devoluciónón de la notificaciónón cursada al quejoso Ricardo Roque Rodríguez; 3) La constancia realizada por la asistente de la causa; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Mediante Oficios N° 054-2016-JPI y N° 056-2016-JPI, recibidos por esta Unidad el 01 y el 06 de Septiembre del 2016, don Rodolfo Mamani Gerónimo, en calidad de Juez de Paz Accesitario de Ichuña, procede a remitir informe sobre los hechos materia de queja, conforme le fuera solicitado por Resolución N° 02 del 22 de Julio del 2016. SEGUNDO: De otro lado, según constancia realizada por la asistente de la causa, se ha producido la devolución de la cedula de notificación remitida al quejoso Ricardo Roque Rodríguez con la Resolución N° 02 del 22 de Julio del 2016, con la indicación de que se habría mudado de domicilio, siendo que, de acuerdo con la constancia que antecede, el domicilio señalado resulta ser el mismo que el fijado en su ficha RENIEC. En tal razón, en lo sucesivo, ha de notificársele mediante edictos. TERCERO: Finalmente, estando a que el juez investigado ha señalado que, siendo juez accesitario, se le encargo el despacho durante el mes de agosto del 2013 (fecha en que el quejoso afirma haber presentado una solicitud de inspección ocular que no habría sido atendida), es preciso contar con la documentación pertinente. Asimismo, debe recabarse un ejemplar de la Resolución de Presidencia N° 469-2016-P/CSJMO a la que hace referencia en la parte final de su informe. Fundamentos por los cuales: SE RESUELVE: PRIMERO: Téngase por recibidos los informes remitidos por Rodolfo Mamani Gerónimo con fecha 01 y el 06 de Septiembre del 2016, en calidad de Juez de Paz Accesitario de Ichuña; téngase presente en lo que fuera pertinente y agréguese a los autos. SEGUNDO: Téngase por devuelta la notificación cursada al quejoso Ricardo Roque Rodríguez a quien, a partir de la fecha y en tanto no fije nuevo domicilio real, deberá notificársele mediante edictos, los cuales deberán ser publicados por tres días consecutivos en el diario de avisos judiciales de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. TERCERO: Cúrsese oficio a la Oficina de ODAJUP de esta Corte Superior de Justicia a efecto de que, en el plazo de cinco días hábiles y, bajo apercibimiento de procederse conforme lo dispuesto por los artículos 8.n) y 19° y siguientes del Reglamento del Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador del

Jueves, 15 de setiembre del 2016

Poder Judicial, cumpla con informar si durante el mes de agosto del 2013 el Juez de Paz Titular de Ichuña Cristóbal Aquilino Arce Asencio solicito licencia y, de ser el caso, a quien se concedió tal encargatura, adjuntando la documentación que corresponda, de ser el caso. CUARTO: Autorícese a la asistente de la causa a efecto de recabar un ejemplar de la Resolución de Presidencia N° 469-2016-P/CSJMO.- A la constancia realizada, se tuvo presente. Regístrese y hágase saber. Ramiro Jose Morales Alí – Magistrado Contralor de ODECMA – Corte Superior de Justicia de Moquegua; Abog. Cecilia A. Hurtado Cuellar. Asistente Administrativo ODECMA – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (15-16-19 Setiembre) EDICTO JUDICIAL EDICTO JUDICIAL En el Expediente N° 000324-2016-0-2801 -JMCI-01, ante el Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto de Moquegua, que despacha el Juez Fredy Fernández Sánchez, actuando como Especialista Legal Gaby Nina Escobar, en la demanda interpuesta por DELHI AMPARO MAMANI RAMOS sobre Cambio de Nombre, por lo que mediante Resolución N° 02 de fecha 01 de Setiembre del 2016 se ha RESUELTO lo siguiente: ADMITIR a trámite la solicitud de CAMBIO DE NOMBRE, interpuesta por DELHI AMPARO MAMANI RAMOS, solicitando Cambio del Primer Apellido Paterno, que según Acta de Nacimiento figura como DELHI AMPARO MAMANI RAMOS y que figure en lo sucesivo como DELHI AMPARO DE LA TORRE RAMOS, la que debe de tramitarse en la vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, con conocimiento del Ministerio Publico, debiendo de notificársele con la presente resolución. Señalándose la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial el día CINCO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, a las ONCE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, conforme a la disponibilidad de la agenda del Juzgado en la Sala de Audiencias del Juzgado, debiendo de efectuarse las publicaciones de ley en el Diario Judicial La Republica y Franelografo del Juzgado. Moquegua, 13 de Setiembre del 2,016. Richard E. Dominguez Ugarte – Abogado CAM 302; Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretaria Judicial – Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia Moquegua. (15 Setiembre) AVISO JUDICIAL DECLARACION DE UNION DE HECHO ANTE MI MARIA ISABEL GUISELLE VERA KIHIEN, ABOGADA NOTARIA PUBLICA DE LA PROVINCIA MARISCAL NIETO, CON OFICIO NOTARIAL UBICADO EN LA CALLE MOQUEGUA N° 758 DE MOQUEGUA, SE PRESENTAN DON RUBBY ANTHONIO FLOR PEREZ, IDENTIFICADO CON D.N.I. N°04440068; Y DOÑA FIORELLA PAOLA, SALAS PALACIOS, IDENTIFICADA CON DNI N° 42815564, SOLICITANDO QUE SE RECONOZCA SU UNIÓN DE HECHO, POR HABER CONVIVIDO LIBRE DE IMPEDIMENTO PARA CONTRAER MATRIMONIO, POR MAS DE DOS AÑOS. MOQUEGUA, 2016 JULIO 21. GUISELLE VERA KIHIEN – ABOGADA – NOTARIA PÚBLICA. MOQUEGUA – PERU. (15 SETIEMBRE)

El Juez del Juzgado Mixto de Ilo, en el expediente Nro 281-2016, ha resuelto: Admitir a trámite la solicitud de cambio de apellido materno, interpuesta por Dante Freddy Rosales Mamani, con conocimiento del Ministerio Publico, la misma que deberá tramitarse en la vía del proceso no contencioso. Señalando fecha para la audiencia de actuación y declaración judicial para el siete de octubre del año en curso, a las once de la mañana. Ilo, 06 de setiembre del 2016. (15 Setiembre)

este Despacho, en hora y día hábil, sin perjuicio de notificársele vía edictos en el diario oficial de esta localidad. SEGUNDO: Se le nombra como su abogado defensor en su nueva situación jurídica al abogado defensor público Héctor Acuria Robles, a efecto de que asuma su defensa en dicha calidad. TERCERO: Se dispone el ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso, hasta la puesta a disposición de este Juzgado del acusado para el inicio del juicio. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- (14, 15, 16 Septiembre).

PUBLICACIÓN DE CAMBIO DE NOMBRE Tramitada ante el Juzgado Mixto (Ex 1°) de la Corte Superior de Moquegua, Juez Dr. Adolfo Cornejo Polanco, Especialista Legal Judith Gallegos Ramos, Expediente 00271-2016-0-2802-JMCI-01, en la vía del proceso no contencioso, María Rosa del Carmen Llanque solicita el CAMBIO DE NOMBRE de su menor hija ALEJANDRO ABIGAIL QUISPE LLANQUE a ALEJANDRA ABIGAIL QUISPE LLANQUE, porque en el extremo del primer nombre se ha registrado el nombre de un varón. Lo que se comunica para los fines de ley, conforme a lo previsto en el Código Procesal Civil. Ilo, 09 de setiembre de 2016. (15 Septiembre).

EDICTO PENAL EXP: 00112-2015-85-2802-JR-PE-02, Se emplaza, notifica y cita a DANIEL ANGEL CABEDUQUE SALAS, con Ia RESOLUCION N° 03 que RESUELVE: PRIMERO: Declarar reo contumaz al acusado Daniel Angel Cabeduque Salas, identificado con DNI N° 47583338, alias efemo, nacido el 01 de diciembre de 1992, natural de chancay — Huaral Lima, hijo de Daniel y Elizabeth, con domicilio en 20 de diciembre B-01 - Ilo, en contra de quien se ordena su conducción compulsiva por la Policía Nacional del Per6, debiendo de cursarse los oficios correspondientes para su ubicación, captura y puesta a disposición de este Despacho, en hora y día hábil, sin perjuicio de notificársele vía edictos en el diario oficial de esta localidad. SEGUNDO: Se le nombra como su abogado defensor en su nueva situación jurídica at abogado defensor público Fredy Mamani CallaIla, a efecto de que asuma su defensa en dicha calidad. TERCERO: Se dispone el ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso, hasta Ia puesta a disposición de este Juzgado del acusado para el inicio del juicio. Tómese RAZON Y HAGASE SABER.- (14, 15, 16 Septiembre).

CAMBIO DE NOMBRE CAMBIO DE NOMBRE

cársele vía edictos. SEGUNDO: Se les nombra como sus abogados defensores en su nueva situación jurídica a los defensores públicos Miriam Mendoza Pacori y Fredy Mamani Callalla. TERCERO: Se dispone el ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso, hasta la puesta a disposición de este Juzgado de los acusados para el inicio del juicio. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- (14, 15, 16 Septiembre).

EDICTO

EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00786-2013-0-2801-JP-PE-02, NOTIFICAR al Sentenciado CAMILO HUACHO RAMOS, la Resolución N° 23 de fecha 05.09.2016 que DISPONE: 1. SENALAR fecha para la realización de la AUDIENCIA DE CONVERSION DE LA PENA de prestación de servicios comunitarios en pena privativa de la libertad para el CUATRO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, A LAS DOCE HORAS (12:00 hora exacta) la que se llevara en el despacho de este Juzgado. Debiendo asistir las partes en compania de su abogado defensor. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 12 de Setiembre del 2016. Heiner Rivera Rodriguez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sanchez. Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (15-16-19 Setiembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 001506-2015-0-2801-JP-PE-03, JUZGADO: Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua.. El Señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto ha dispuesto mediante resolución número ocho. NOTIFICAR VIA EDICTOS al IMPUTADO WILINTON MARTIN ORTIZ TORRES, por el medio del cual se le comunica que mediante resolución ocho de fecha veintinueve de agosto del dos mil dieciséis se RESUELVE. 1. Declarar CONTUMAZ al imputado WILINTON MARTIN ORTIZ TORRES. 2. DISPONER la CONDUCCION COMPULSIVA del imputado WILINTON MARTIN ORTIZ TORRES, por parte de la Policía Nacional del Perú. Moquegua, 07 de Setiembre del 2016. Saúl Felipe Arenas Pérez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin E. Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (14-15-16 Setiembre)

SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA Ante mí; JOHN SOTO GAMERO, Notario Publicó de Ilo, con oficio notarial en Calle Moquegua N° 429 de esta ciudad, la señora FERNANDA CHANA DE CATACORA, solicita la Sucesión Intestada de su esposo sector MARIANO CATACORA ARISACA. Se procede conforme a los Artículos 13 y 41 de la Ley 26662. llo, 12 de Setiembre del 2,016. (15 Septiembre).

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

EDICTO PENAL EXP: 00026-2015-54-2802-JR-PE-02, Se emplaza, notifica y cita a WILLIAMS OSCAR RIVERA CABANA, con la RESOLUCION N° 04, que RESUELVE: PRIMERO: Declarar reo contumaz al acusado Williams Oscar Rivera Cabana, identificado con DNI N° 45295118, nacido el 10 de junio de 1986, natural de Moquegua, hijo de Juan de Dios y Angélica, domiciliado en Alto Ho San Pedro Mz. U Lote 02 y Luis E. Valcárcel Mz. 55 Lote 12, en contra de quien se ordena su conducci6n compulsiva por la Policía Nacional del Per6, debiendo de cursarse los oficios correspondientes para su ubicación, captura y puesta a disposición de

EDICTO PENAL EXP: 00127-2015-59-2802-JR-PE-02, Se emplaza, notifica y cita a DANTE RAMOS GASTANAGA, con la RESOLUCION N° 12 que RESUELVE: PRIMERO: Declarar reo contumaz al acusado Dante Ramos Gastaliaga, identificado con DNI N° 23949888, estado civil soltero, sexo masculino, nacido el 13 de noviembre de 1971, natural del distrito de Santiago, provincia y departamento de Cusco, de ocupación obrero, hijo de Armando y Pilar, con domicilio real en AA.HH. dos de marzo Mz. J Lt. 03, en contra de quien se ordena su conducción compulsiva por la Policía Nacional del Peri], debiendo de cursarse los oficios correspondientes para su ubicación, captura y puesta a disposici6n de este Despacho, en hora y día hábil, sin perjuicio de notificársele vía edictos en el diario oficial de esta localidad. SEGUNDO: Se le nombra como su abogado defensor en su nueva situaci6n jurídica al abogado defensor público Fredy Mamani Callalla, a efecto de que asuma su defensa en dicha calidad. TERCERO: Se dispone el ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso, hasta la puesta a disposición de este Juzgado del acusado para el inicio del juicio. Tómese Razón y Hágase Saber.- (14, 15, 16 Septiembre). EDICTO PENAL EXP: 00391-2015-82-2802-JR-PE-02, Se emplaza, notifica y cita a FELIPE PABLO ARIAS CACERES y WALDIR ROMARIO CORTEZ ORTEGA, con la RESOLUCION N° 02, que SE RESUELVE: PRIMERO: Declarar reo contumaz al acusado Felipe Pablo Arias Cáceres, identificado con DNI N° 43836192 de 31 años de edad, nacido el 01 de enero de 1985, natural de Arequipa, de ocupación mozo, con domicilio en Restaurant Los Waiquis en el departamento de Tacna kilómetro 7.5 carretera a Calana, de estado civil soltero y declarar reo contumaz a Waldir Romario Cortez Ortega, identificado con DNI N° 77293449, natural de Rupa Rupa Leoncio Prado Huánuco, hijo de Pablo y Luz, con domicilio en Villa Paraíso Mz. 39 Lt. 14, en contra de quienes se ordena su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Peru, debiendo de cursarse los oficios correspondientes para su ubicación, captura y puesta a disposición de este Despacho, en hora y día hábil, sin perjuicio de notifi-

EDICTO EXPEDIENTE: 874-2016-QUEJA RICARDO; QUEJOSO: ROQUE RODRIGUEZ RODOLFO; QUEJADO RODOLFO MAMANI; MATERIA INCONDUCTA FUNCIONAL. EL MAGISTRADO CONTRALOR RAMIRO JOSE MORALES ALI HA DISPUESTO SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTO LA SIGUIENTE RESOLUCION: Resolución N° 04. Omate, seis de septiembre Del dos mil dieciséis .- VISTOS: 1) Los Oficios N° 054-2016-JPI y N° 056-2016JPL recibidos por esta Unidad el 01 y el 06 de Septiembre del 2016, remitidos por Rodolfo Mamani Gerónimo, en calidad de Juez de Paz Accesitario de Ichuña; 2) La devoluciónón de la notificaciónón cursada al quejoso Ricardo Roque Rodríguez; 3) La constancia realizada por la asistente de la causa; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Mediante Oficios N° 054-2016-JPI y N° 056-2016-JPI, recibidos por esta Unidad el 01 y el 06 de Septiembre del 2016, don Rodolfo Mamani Gerónimo, en calidad de Juez de Paz Accesitario de Ichuña, procede a remitir informe sobre los hechos materia de queja, conforme le fuera solicitado por Resolución N° 02 del 22 de Julio del 2016. SEGUNDO: De otro lado, según constancia realizada por la asistente de la causa, se ha producido la devolución de la cedula de notificación remitida al quejoso Ricardo Roque Rodríguez con la Resolución N° 02 del 22 de Julio del 2016, con la indicación de que se habría mudado de domicilio, siendo que, de acuerdo con la constancia que antecede, el domicilio señalado resulta ser el mismo que el fijado en su ficha RENIEC. En tal razón, en lo sucesivo, ha de notificársele mediante edictos. TERCERO: Finalmente, estando a que el juez investigado ha señalado que, siendo juez accesitario, se le encargo el despacho durante el mes de agosto del 2013 (fecha en que el quejoso afirma haber presentado una solicitud de inspección ocular que no habría sido atendida), es preciso contar con la documentación pertinente. Asimismo, debe recabarse un ejemplar de la Resolución de Presidencia N° 469-2016-P/CSJMO a la que hace referencia en la parte final de su informe. Fundamentos por los cuales: SE RESUELVE: PRIMERO: Téngase por recibidos los informes remitidos por Rodolfo Mamani Gerónimo con fecha 01 y el 06 de Septiembre del 2016, en calidad de Juez de Paz Accesitario de Ichuña; téngase presente en lo que fuera pertinente y agréguese a los autos. SEGUNDO: Téngase por devuelta la notificación cursada al quejoso Ricardo Roque Rodríguez a quien, a partir de la fecha y en tanto no fije nuevo domicilio real, deberá notificársele mediante edictos, los cuales deberán ser publicados por tres días consecutivos en el diario de avisos judiciales de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. TERCERO: Cúrsese oficio a la Oficina de ODAJUP de esta Corte Superior de Justicia a efecto de que, en el plazo de cinco días hábiles y, bajo apercibimiento de procederse conforme lo dispuesto por los artículos 8.n) y 19° y siguientes del Reglamento del Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador del Poder Judicial, cumpla con informar si durante el mes de agosto del 2013 el Juez de Paz Titular de Ichuña Cristóbal Aquilino Arce Asencio solicito licencia y, de ser el caso, a quien se concedió tal encargatura, adjuntando la documentación que corresponda, de ser el caso. CUARTO: Autorícese a la asistente de la causa a efecto de recabar un ejemplar de la Resolución de Presidencia N° 469-2016-P/CSJMO.- A la constancia realizada, se tuvo presente. Regístrese y hága-

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se saber. Ramiro Jose Morales Alí – Magistrado Contralor de ODECMA – Corte Superior de Justicia de Moquegua; Abog. Cecilia A. Hurtado Cuellar. Asistente Administrativo ODECMA – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (15-16-19 Setiembre) EDICTO JUDICIAL EDICTO JUDICIAL En el Expediente N° 000324-2016-0-2801 -JMCI-01, ante el Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto de Moquegua, que despacha el Juez Fredy Fernández Sánchez, actuando como Especialista Legal Gaby Nina Escobar, en la demanda interpuesta por DELHI AMPARO MAMANI RAMOS sobre Cambio de Nombre, por lo que mediante Resolución N° 02 de fecha 01 de Setiembre del 2016 se ha RESUELTO lo siguiente: ADMITIR a trámite la solicitud de CAMBIO DE NOMBRE, interpuesta por DELHI AMPARO MAMANI RAMOS, solicitando Cambio del Primer Apellido Paterno, que según Acta de Nacimiento figura como DELHI AMPARO MAMANI RAMOS y que figure en lo sucesivo como DELHI AMPARO DE LA TORRE RAMOS, la que debe de tramitarse en la vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, con conocimiento del Ministerio Publico, debiendo de notificársele con la presente resolución. Señalándose la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial el día CINCO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, a las ONCE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, conforme a la disponibilidad de la agenda del Juzgado en la Sala de Audiencias del Juzgado, debiendo de efectuarse las publicaciones de ley en el Diario Judicial La Republica y Franelografo del Juzgado. Moquegua, 13 de Setiembre del 2,016. Richard E. Dominguez Ugarte – Abogado CAM 302; Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretaria Judicial – Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia Moquegua. (15 Setiembre) AVISO JUDICIAL DECLARACION DE UNION DE HECHO ANTE MI MARIA ISABEL GUISELLE VERA KIHIEN, ABOGADA NOTARIA PUBLICA DE LA PROVINCIA MARISCAL NIETO, CON OFICIO NOTARIAL UBICADO EN LA CALLE MOQUEGUA N° 758 DE MOQUEGUA, SE PRESENTAN DON RUBBY ANTHONIO FLOR PEREZ, IDENTIFICADO CON D.N.I. N°04440068; Y DOÑA FIORELLA PAOLA, SALAS PALACIOS, IDENTIFICADA CON DNI N° 42815564, SOLICITANDO QUE SE RECONOZCA SU UNIÓN DE HECHO, POR HABER CONVIVIDO LIBRE DE IMPEDIMENTO PARA CONTRAER MATRIMONIO, POR MAS DE DOS AÑOS. MOQUEGUA, 2016 JULIO 21. GUISELLE VERA KIHIEN – ABOGADA – NOTARIA PÚBLICA. MOQUEGUA – PERU. (15 SETIEMBRE) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA Ante mí; JOHN SOTO GAMERO, Notario Publicó de Ilo, con oficio notarial en Calle Moquegua N° 429 de esta ciudad, la señora FERNANDA CHANA DE CATACORA, solicita la Sucesión Intestada de su esposo sector MARIANO CATACORA ARISACA. Se procede conforme a los Artículos 13 y 41 de la Ley 26662. llo, 12 de Setiembre del 2,016. (15 Septiembre). CAMBIO DE NOMBRE CAMBIO DE NOMBRE El Juez del Juzgado Mixto de Ilo, en el expediente Nro 281-2016, ha resuelto: Admitir a trámite la solicitud de cambio de apellido materno, interpuesta por Dante Freddy Rosales Mamani, con conocimiento del Ministerio Publico, la misma que deberá tramitarse en la vía del proceso no contencioso. Señalando fecha para la audiencia de actuación y declaración judicial para el siete de octubre del año en curso, a las once de la mañana. Ilo, 06 de setiembre del 2016. (15

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Setiembre) PUBLICACIÓN DE CAMBIO DE NOMBRE Tramitada ante el Juzgado Mixto (Ex 1°) de la Corte Superior de Moquegua, Juez Dr. Adolfo Cornejo Polanco, Especialista Legal Judith Gallegos Ramos, Expediente 00271-2016-0-2802-JMCI-01, en la vía del proceso no contencioso, María Rosa del Carmen Llanque solicita el CAMBIO DE NOMBRE de su menor hija ALEJANDRO ABIGAIL QUISPE LLANQUE a ALEJANDRA ABIGAIL QUISPE LLANQUE, porque en el extremo del primer nombre se ha registrado el nombre de un varón. Lo que se comunica para los fines de ley, conforme a lo previsto en el Código Procesal Civil. Ilo, 09 de setiembre de 2016. (15 Septiembre). EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00786-2013-0-2801-JP-PE-02, NOTIFICAR al Sentenciado CAMILO HUACHO RAMOS, la Resolución N° 23 de fecha 05.09.2016 que DISPONE: 1. SENALAR fecha para la realización de la AUDIENCIA DE CONVERSION DE LA PENA de prestación de servicios comunitarios en pena privativa de la libertad para el CUATRO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, A LAS DOCE HORAS (12:00 hora exacta) la que se llevara en el despacho de este Juzgado. Debiendo asistir las partes en compania de su abogado defensor. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 12 de Setiembre del 2016. Heiner Rivera Rodriguez. Juez

del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sanchez. Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (15-16-19 Setiembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 001506-2015-0-2801-JP-PE-03, JUZGADO: Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua.. El Señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto ha dispuesto mediante resolución número ocho. NOTIFICAR VIA EDICTOS al IMPUTADO WILINTON MARTIN ORTIZ TORRES, por el medio del cual se le comunica que mediante resolución ocho de fecha veintinueve de agosto del dos mil dieciséis se RESUELVE. 1. Declarar CONTUMAZ al imputado WILINTON MARTIN ORTIZ TORRES. 2. DISPONER la CONDUCCION COMPULSIVA del imputado WILINTON MARTIN ORTIZ TORRES, por parte de la Policía Nacional del Perú. Moquegua, 07 de Setiembre del 2016. Saúl Felipe Arenas Pérez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin E. Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (14-15-16 Setiembre) EDICTO PENAL EXP: 00026-2015-54-2802-JR-PE-02, Se emplaza, notifica y cita a WILLIAMS OSCAR RIVERA CABANA, con la RESOLUCION N° 04, que RESUELVE: PRIMERO: Declarar reo contumaz al acusado

Williams Oscar Rivera Cabana, identificado con DNI N° 45295118, nacido el 10 de junio de 1986, natural de Moquegua, hijo de Juan de Dios y Angélica, domiciliado en Alto Ho San Pedro Mz. U Lote 02 y Luis E. Valcárcel Mz. 55 Lote 12, en contra de quien se ordena su conducci6n compulsiva por la Policía Nacional del Per6, debiendo de cursarse los oficios correspondientes para su ubicación, captura y puesta a disposición de este Despacho, en hora y día hábil, sin perjuicio de notificársele vía edictos en el diario oficial de esta localidad. SEGUNDO: Se le nombra como su abogado defensor en su nueva situación jurídica al abogado defensor público Héctor Acuria Robles, a efecto de que asuma su defensa en dicha calidad. TERCERO: Se dispone el ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso, hasta la puesta a disposición de este Juzgado del acusado para el inicio del juicio. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- (14, 15, 16 Septiembre). EDICTO PENAL EXP: 00112-2015-85-2802-JR-PE-02, Se emplaza, notifica y cita a DANIEL ANGEL CABEDUQUE SALAS, con Ia RESOLUCION N° 03 que RESUELVE: PRIMERO: Declarar reo contumaz al acusado Daniel Angel Cabeduque Salas, identificado con DNI N° 47583338, alias efemo, nacido el 01 de diciembre de 1992, natural de chancay — Huaral Lima, hijo de Daniel y Elizabeth, con domicilio en 20 de diciembre B-01 - Ilo, en contra de quien se ordena su conducción compulsiva por la Policía Nacional del Per6, debiendo de cursarse los oficios correspondientes para su

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ubicación, captura y puesta a disposición de este Despacho, en hora y día hábil, sin perjuicio de notificársele vía edictos en el diario oficial de esta localidad. SEGUNDO: Se le nombra como su abogado defensor en su nueva situación jurídica at abogado defensor público Fredy Mamani CallaIla, a efecto de que asuma su defensa en dicha calidad. TERCERO: Se dispone el ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso, hasta Ia puesta a disposición de este Juzgado del acusado para el inicio del juicio. Tómese RAZON Y HAGASE SABER.- (14, 15, 16 Septiembre). EDICTO PENAL EXP: 00127-2015-59-2802-JR-PE-02, Se emplaza, notifica y cita a DANTE RAMOS GASTANAGA, con la RESOLUCION N° 12 que RESUELVE: PRIMERO: Declarar reo contumaz al acusado Dante Ramos Gastaliaga, identificado con DNI N° 23949888, estado civil soltero, sexo masculino, nacido el 13 de noviembre de 1971, natural del distrito de Santiago, provincia y departamento de Cusco, de ocupación obrero, hijo de Armando y Pilar, con domicilio real en AA.HH. dos de marzo Mz. J Lt. 03, en contra de quien se ordena su conducción compulsiva por la Policía Nacional del Peri], debiendo de cursarse los oficios correspondientes para su ubicación, captura y puesta a disposici6n de este Despacho, en hora y día hábil, sin perjuicio de notificársele vía edictos en el diario oficial de esta localidad. SEGUNDO: Se le nombra como su abogado defensor en su nueva situaci6n jurídica al abogado defensor público Fredy Mamani Callalla, a efecto de que asuma su defensa en dicha calidad. TERCERO: Se dispone el ARCHIVO

PROVISIONAL del presente proceso, hasta la puesta a disposición de este Juzgado del acusado para el inicio del juicio. Tómese Razón y Hágase Saber.- (14, 15, 16 Septiembre). EDICTO PENAL EXP: 00391-2015-82-2802-JR-PE-02, Se emplaza, notifica y cita a FELIPE PABLO ARIAS CACERES y WALDIR ROMARIO CORTEZ ORTEGA, con la RESOLUCION N° 02, que SE RESUELVE: PRIMERO: Declarar reo contumaz al acusado Felipe Pablo Arias Cáceres, identificado con DNI N° 43836192 de 31 años de edad, nacido el 01 de enero de 1985, natural de Arequipa, de ocupación mozo, con domicilio en Restaurant Los Waiquis en el departamento de Tacna kilómetro 7.5 carretera a Calana, de estado civil soltero y declarar reo contumaz a Waldir Romario Cortez Ortega, identificado con DNI N° 77293449, natural de Rupa Rupa Leoncio Prado Huánuco, hijo de Pablo y Luz, con domicilio en Villa Paraíso Mz. 39 Lt. 14, en contra de quienes se ordena su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Peru, debiendo de cursarse los oficios correspondientes para su ubicación, captura y puesta a disposición de este Despacho, en hora y día hábil, sin perjuicio de notificársele vía edictos. SEGUNDO: Se les nombra como sus abogados defensores en su nueva situación jurídica a los defensores públicos Miriam Mendoza Pacori y Fredy Mamani Callalla. TERCERO: Se dispone el ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso, hasta la puesta a disposición de este Juzgado de los acusados para el inicio del juicio. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- (14, 15, 16 Septiembre).

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA NIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

ILO, 29 de agosto de 2016.

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 013-2015-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara las VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS, en el mes de SEPTIEMBRE del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Órgano Jurisdiccional JUZGADO DE FAMILIA DE MARISCAL NIETO

Día Viernes 16 de septiembre

Hora de inicio 08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencias, proseguirán con sus diligencias programadas.

JOSE ANTONIO ACHOMA TITO MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE ILO ______________________________________________________________________________________________ PODER JUDICIAL DEL PERU

AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA Resolución N° 01

Ilo, dos de Setiembre Del dos mil dieciséis.-

VISTOS: El Decreto Ley 25476 publicada en el Diario Oficial El Peruano”, con fecha 06 de agosto de 1992 y su Reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ publicado con fecha 18 de Marzo del 2011 en el Diario Oficial; y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, procederán a realizar una Audiencia Pública Extraordinaria en forme trimestral, con el objeto de controlar el cumplimiento de la duración de los plazos procesales de instrucción y de juzgamiento de los procesos penales ordinarios con encausados en cárcel y libres, así como de los procesos sumarios con encasado en cárcel, ordenando la libertad inmediata cuando la libertad bajo vigilancia de los acusados con carcelería haya vencido; y en su caso, dictar las medidas de corrección y disciplinarias que correspondan; y siendo responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta – Penal su estricto y fiel cumplimiento, con la asistencia del Señor Fiscal.

RESOLVIERON: 1.- Conforme al rol de Audiencias de ésta Sala PROGRAMAR para el día TREINTA DE SETIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, la realización de la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al Tercer Trimestre del año Judicial dos mil dieciséis en la competencia territorial de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo;

2.- ORDENARON: Que por secretaría se formule la razón general de las instrucciones ordinarias con reo en cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en el Despacho del Fiscal, con indicación de número y fecha de entrega, asimismo con formular una razón por cada causa presentada con los datos consignados en el artículo 3° numeral 2) del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias; 3.- MANDARON: Se oficie al Juzgado Mixto competente de materia Penal en liquidación y Fiscalías, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación conforme lo dispone el artículo 03 numeral 03 del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, ello para dar cuenta en el acto de la audiencia. 4.- DISPUSIERON: Se oficie a los Directores de los Establecimientos Penitenciario de Tacna y Arequipa, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento, incluidos los procesos penales sumarios, con indicación del tiempo que permanecen detenidos, dando cuenta de ello en la Audiencia y se publique la presente resolución en el Diario “La República” por el término de ley. Autorizan la presente resolución los Magistrados que suscriben en mérito a lo dispuesto por el artículo 141° del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-

S.S. CONTRERAS CUZCANO. RUIZ NAVARRO.

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA Moquegua, 31 de agosto de 2016. La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 013-2015-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara las VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS, en el mes de SEPTIEMBRE del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuation en la siguiente fecha: Órgano Jurisdiccional JUZGADO DE FAMILIA DE ILO

Día Viernes 30 de Septiembre

Hora de inicio 08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y/hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencias, proseguirán con sus diligencias programadas

CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA MOQUEGUA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA Moquegua, 31 de agosto de 2016. La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 013-2015-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara las VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS, en el mes de SEPTIEMBRE del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuation en la siguiente fecha: Órgano Jurisdiccional JUZGADO DE TRABAJO DE ILO

Día Jueves 29 de Septiembre

Hora de inicio 08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y/hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencias, proseguirán con sus diligencias programadas

CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA MOQUEGUA

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA SALA MIXTA MOQUEGUA

Audiencia Pública Extraordinaria – Tercer Trimestre 2016

Resolución Nº 01 Moquegua, seis de Setiembre del dos mil dieciséis.VISTOS Y CONSIDERANDO: ----------------------------------------------------------------PRIMERO: Conforme lo dispuesto mediante Decreto Ley veinticinco mil cuatrocientos setenta y seis publicado en el Diario Oficial, con fecha seis de agosto de mil novecientos noventa y dos y su reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ, publicado con fecha dieciocho de marzo del dos mil once en el Diario Oficial, que establece que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, procederán a realizar una Audiencia Pública Extraordinaria en forma trimestral, con el objeto de garantizar que los procesos penales se tramiten dentro de los plazos fijados por ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o bien a ser puesta en libertad.--------------------------------------------------SEGUNDO: Que, es responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta – Penal su estricto y fiel cumplimiento, de conformidad con la Resolución Administrativa Nº 013-2008-CE-PJ, de fecha veintiséis de enero de dos mil ocho, mediante el cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispone que esta Sala Mixta de Moquegua conozca de los procesos penales en liquidación, respecto de las provincias de Mariscal Nieto y Sánchez Cerro, con la asistencia de la Fiscalía Superior; por lo que:------------------------------------------------------------------------------RESOLVIERON: 1) Conforme al Rol de Audiencias de ésta Sala PROGRAMAR para el día JUEVES VEINTINUEVE DE SETIEMBRE del año dos mil dieciséis, a las NUEVE HORAS, la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al Tercer Trimestre del año judicial dos mil dieciséis, en la competencia territorial de la Sala Mixta de Mariscal Nieto - Moquegua, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias número diez de la Sede Moquegua. 2) ORDENARON: Que por secretaría se formule la razón general de los procesos con Reo en Cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en la Fiscalía con indicación de número y fecha de entrega. 3) MANDARON: Se oficie al Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, Juzgado Mixto de Sánchez Cerro – Omate y Fiscalía Superior Penal en Liquidación de Mariscal Nieto, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto (Despacho en Liquidación) y Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación, para dar cuenta en el acto de la audiencia. 4) DISPUSIERON: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Moquegua, al Director del Establecimiento Penitenciario de Tacna y al Director del Establecimiento Penitenciario de Arequipa, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento con indicación del tiempo que permanecen en forma discriminada del Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, del Juzgado Mixto de Sánchez Cerro – Omate y de la Sala Mixta de Moquegua. Publíquese la presente resolución en el Diario “La Republica” por el término de ley. REGISTRESE Y HÁGASE SABER.S.S. GONZALEZ AGUILAR NAJAR PINEDA COAGUILA MITA