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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSO

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Miércoles, 14 de febrero del 2018

AVISOS JUDICIALES PODER JUDICIAL EDICTOS JUDICIALES

EDICTO JUDICIAL OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la Sra. Juez Provisional SIOMARA CANDELARIA MORALES MAR, en el Exp. N° 184-2013-0-1015- JM-CI-01, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Abg. Sandra Paola Núñez Ruiz, se ha emitido la resolución N° 01 de fecha dieciocho de marzo del dos mil trece que resuelve: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO CUSCO S.A, representado por su apoderado Fredy Minauro Rodríguez, contra YANETH CCANTO MARCAVILLACA Y RICHARTH CARPIO GONZALES; sobre EJECUCIÓN DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO; en la VÍA DEL PROCESO ÚNICO DE EJECUCIÓN; en tal virtud ORDENO: Que, los ejecutados, dentro del plazo de CINCO DÍAS de notificado con la presente resolución, cumplan con pagar a la EJECUTANTE, la suma de S/. 50,000.00 (CINCUENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES, más los interés compensatorios y moratorios pactados devengados y por devengar así como las costas y costos, que se sigan generando, hasta el día de su pago; bajo apercibimiento de iniciarse la ejecución forzada. Por ofrecidos los medios probatorios que indica para tenerse en cuenta en su oportunidad.- A sus antecedentes los anexos adjuntos .- AL OTROSI.- Téngase en cuenta.- Así mismo se ha emitido la resolución diecisiete de fecha cinco de junio del dos mil diecisiete mediante la cual se ha dispuesto que se realicen las notificaciones por medio de publicaciones edictales, para fines de que se apersonen sus sucesores procesales en el estado en que se encuentra el presente proceso, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Se requiere a la parte ejecutante realice las indagaciones para determinar quiénes son los sucesores legales de Q.E.V.F. Yaneth Ccanto Marcavillaca, para efectos de viabilizar de mejor manera la ejecución del proceso, de ser declarada fundada su pretensión. (13,14, 15, 16, 19 FEB) Urubamba, 10 de enero del 2018 SANDRA PAOLA NUÑEZ RUIZ SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO DE URUBAMBA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

EDICTO JUDICIAL 1°JUZ. DE INVES. PREPARATORIA -S. URUBAMBA. EXPEDIENTE: 00608-2016-95-1015-JR-PE-01 JUEZ: CARLOS ALBERTO GUTIÉRREZ HUALLPA ESPECIALISTA: ROXANA SALDIVAR YUPANQUI SE EMPLAZA A VIRREY VARGAS LEÓN CON EL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL, DE FECHA 27 DE NOVIEMBRE DEL 2017, formulado por Rosario Cornejo Cabrera. Fiscal Provincial de la Segunda fiscalía Provincial Penal de Urubamba, donde se dispone: FORMULAR REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN contra: MILTON RAÚL CUEVA HUAMAN, VIRREY VARGAS LEÓN y CLOTILDE HUAMAN PILLCO por La presunta comisión del delito contra la Administración Pública en la modalidad de Violencia y Resistencia a la Autoridad, sub tipo VIOLENCIA CONTRA UN FUNCIONARIO PÚBLICO y alternativamente por el delito de VIOLENCIA CONTRA LA AUTORIDAD PARA IMPEDIR EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES. SE EMPLAZA A VIRREY VARGAS LEÓN CON LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO, DE FECHA DOCE DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017, donde se dispone: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) Observar formalmente la acusación, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad c terminación anticipada), 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios cíe medio prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez daré por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación a señalarse en su oportunidad. 11) El plazo de absolución de diez días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. SE EMPLAZA A VIRREY VARGAS LEÓN CON

LA RESOLUCIÓN NÚMERO TRES, DE FECHA 25 DE ENERO DEL AÑO 2018, donde se dispone: Declarar FRUSTRADA la audiencia de control, de acusación, y se señala como nueva fecha para el día VEINTIDÓS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria de Urubamba, subsistiendo los apercibimientos para la concurrencia de los sujetos procesales. Se dispone que se notifique al procesado VIRREY VARGAS LEÓN, mediante edictos con un extracto del requerimiento de acusación y de la resolución número uno, a fin de que apersone al presente proceso y señale su domicilio procesal, dentro del plazo de tres días, bajo expreso apercibimiento de continuarse con el trámite del proceso con la participación de la defensoría pública. Se requiere a la parte agraviada de que proporcione el domicilio del procesado VIRREY VARGAS LEON, debiendo de proporcionarlo dentro del término, de 48 horas, en caso lo proporcione se notifique el procesado en dicho domicilio. Se dispone que los edictos sean publicados también en el distrito judicial de Madre de Dios, en el diario judicial de dicho distrito judicial. (J.S. 14,15, 16 FEB)

EDICTO Nro. 006 -2018-SPAAFSPL-SR-J EXPEDIENTE: Nro. 0218-2006-0-2111 -SPPE-01. SECRETARIO: Elena Condori Ojeda Se notifica y emplaza al acusado: BEATRIZ LAURA PUMA Con la resolución N° 74 su fecha 30 de noviembre del 2017, cuyo tenor es el siguiente: por última vez, DISPUSIERON: 1.- SEÑALAR nueva fecha y hora para la AUDIENCIA PÚBLICA de ley, el que tendrá lugar el día SIETE DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS TRES DE LA TARDE CON DIEZ MINUTOS, diligencia que se llevará a cabo en el salón de audiencias de la Sala Penal de Apelaciones en adición Sala Penal Liquidadora de esta provincia de San Román - Juliaca; con asistencia del representante del Ministerio Público y de la acusada BEATRIZ LAURA PUMA, quien deberá estar asistido del abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de iniciarse el juicio oral con presencia del defensor público adscrito a ésta Sala Superior, en caso de inconcurrencia del abogado de libre elección; asimismo en caso de inconcurrencia

injustificada de dicha acusada bajo apercibimiento de ser declarada contumaz e interrumpirse el plazo de prescripción de la acción penal, sin perjuicio de revocarse la medida coercitiva personal de comparecencia restringida por el de detención, y disponer su internamiento en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de la localidad de Lampa. Dispuesto en el proceso penal de la referencia, seguido en contra de la acusada Beatriz Laura Puma, por el delito contra la vida el cuerpo y la salud en su modalidad de Homicidio en grado de Tentativa, en agravio de Edwin Germán Ito Amanqui. Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le imputa. Juliaca, 30 de enero del 2018. (J.S. 14,15, 16 FEB)

EDICTO PRIMER JUZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEAMBOPATA EXPEDIENTE 1991-2016-88-2701-JR-PE-01 JUEZ: Edward Ivan Barrios Flores ESPECIALISTA JUD.: Geulia Verónica Apaza Quispe. NUMERO DE RESOLUCIÓN: 08. SE CITA a los imputados MEYSTER SÁNCHEZ TORIBIO y PORFIRIO SULLA LIMA, por la comisión del delito contra la tranquilidad pública, sub tipo penal delito contra la paz pública, en la modalidad de mareaje y reglaje, en agravio del estado, representado por la Procuraduría Publica Especializada en Delitos de Orden Público del Ministerio del Interior, con el extracto de la resolución número 08, mediante el cual se reprograma la AUDIENCIA PUBLICA DE PRISIÓN PREVENTIVA para el DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2018 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA [hora exacta!, la que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del 1o Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en la Avenida Ernesto Rivera N° 722 de esta ciudad. Asimismo los imputados en mención deberá de designar defensor privado de su libre elección caso contrario persistirá la designación de la defensa pública.Puerto Maldonado, 06 de febrero del 2018. (J.S. 14,15, 16 FEB)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO

Miércoles, 14 de febrero del 2018

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A: CASIANO PILLCO ACCOSTUPA PROGENITOR DEL MENOR PROMOVIDO DE INICIALES YPV. AL PROMOVIDO: YONATAN PILLCO VELASQUE AL TESTIGO; ANDERSON PILLCO VELASQUE Ante el Juzgado Mixto de Vacaciones de Wanchaq, Santiago y Anta, que despacha el señor Juez POL DAVID MEDINA PINARES bajo la actuación de la Especialista Judicial ESMERALDINA CHOQUEHUANCA HILASACA, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro.502017-0-1001-JM-FP-01, seguido contra Yonatan Pillco Velasque, por la infracción Contra la Libertad Sexual en agravio de la menor de iniciales KRHN representada por su progenitora Verónica Navarro Quispe, donde mediante la resolución N°12 dictada en audiencia pública de fecha 07 de febrero del 2018, se ha dispuesto la notificación vía edicto con el siguiente tenor: Resolución Nro. 12 Wanchaq, siete de febrero De año dos mil dieciocho. DE OFICIO.-Estando a la constancia dejada en autos, reprográmese la audiencia de esclarecimiento de hechos, para el día VEINTITRÉS DE MARZO DE AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE; acto al que deberán de concurrir de manera obligatoria los progenitores del promovido y su abogado defensor, LA PARTE AGRAVIADA, el testigo ANDERSON PILLCO VELASQUE, la representante del MINISTERIO PÚBLICO, el Médico Legista de la División Médico Legal de Anta, JORGE LUIS ZAVALA AGUILAR; para cuyo efecto notifíqueseles al promovido, la parte agraviada y al testigo mediante edictos, debiendo notificarse al promovido adicionalmente en el sector Tantañay del distrito de Pucyura. Firma Especialista Judicial: Esmeraldina Choquehuanca Hilasaca. (J.S. 14,15, 16 FEB)

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA

EDICTO JUDICIAL En el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, Exp. N° 117-2016CI, se ha dispuesto publicar el extracto de la Resolución N° 01 del 17-10-2016: “...ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por JUANA RAMIREZ CHIPANA en la vía del Proceso No Contencioso sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO; (...) Practíquese las publicaciones en el Diario Judicial del Cusco y Diario El Peruano”.- Lo que se publica para los fines de ley.- (14 FEB) Maranura, 30 de enero del 2018

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

BETSY ROCIO SENCCA CONDORI SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÓN PREPARATORIO DE MARANURA PODER JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL En el Juzgado de Paz Letrado e Inver gación Preparatoria de Maranura, Exp. N° 117-2016CI, se ha dispuesto publicar el extracto de la Resolución N° 01 del 17-10-2016: “...ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por LUCRECIA RAMIREZ CHIPANA en la vía”del Proceso No Contencioso sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO; (...) Practíquese las publicaciones en el Diario Judicial del Cusco y Diario El Peruano”.- Lo que se publica para los fines de Ley.- (14 FEB) Maranura, 30 de enero del 2018 BETSY ROCIO SENCCA CONDORI SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÓN PREPARATORIO DE MARANURA PODER JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL En el Juzgado de Paz Letrado e Invernación Preparatoria de Maranura, Exp. N° 116-2016CI, se ha dispuesto publicar el extracto de la Resolución N° 01 del 17-10-2016: “...ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por MARUJA RAMIREZ CHIPANA en la vía del Proceso No Contencioso sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO; (...) Practíquese las publicaciones en el Diario Judicial del Cusco y Diario El Peruano”.- Lo que se publica para los fines de ley.- (14 FEB) Maranura, 30 de enero del 2018 BETSY ROCIO SENCCA CONDORI SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÓN PREPARATORIO DE MARANURA PODER JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL En el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, que despacha el señor Juez Francisco Ponce Atencio, se viene tramitando el Exp. N° 99-2017-CI, se ha dispuesto publicar el extracto de la Resolución NT 01 del 19-12-2017: “...ADMITIR A TRÁMITE la deman-

da en la vía del Proceso No Contencioso sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO solicitada por NICOMENES RAMIREZ CHIPANA; (...) Practíquese las publicaciones en el Diario Judicial del Cusco y Diario El Peruano”.Lo que se publica para los fines de ley.- (14 FEB) Maranura, 26 de Enero del 2018 BETSY ROCIO SENCCA CONDORI SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÓN PREPARATORIO DE MARANURA PODER JUDICIAL

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA

EDICTO JUDICIAL En el Proceso N° 39-2018, tramitado ante el Segundo Juzgado Mixto del Distrito Wanchaq de la Provincia del Cusco, se ha resuelto mediante Resolución N° 01 de fecha 25 de Enero del año 2018: “ADMITIR PROCESO ABREVIADO, la demanda interpuesta por NERY MIRANDA OQUENDO, KELLY HUARHUA MIRANDA, PAMELA HUARHUA MIRANDA Y FANY HUARHUA MIRANDA, contra EL ASENTAMIENTO HUMANO SANTA TERESA DEL DISTRITO DE WANCHAQ, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN INMUEBLE en consecuencia se corre traslado de la demanda a los emplazados a fin de que conteste la demanda dentro del plazo de diez días. Lo que se publica para los fines de ley.- firma de la Señorita Juez Dra. Elvia Barriga Morón,- Secretaria Judicial Betsabe Prudencio Sotelo. (02, 08, 14 FEB) BETSABE PRUDENCIO SOTELO SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE WANCHAQ CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Anta, Despachado por la Magistrado Luz Marina Merma Delgado, se tramita el Proceso Civil N° 209-2017-CI, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por PAULINA JULIA TORRES HOLGUIN y FRANCISCO QUISPE CHACON, en contra de MARCELINO MARCOS TORRES HOLGUIN, con citación de los colindantes 1) Municipalidad Distrital de Cachimayo, 2) Augusto Arana Galiano y 3) Manuel Torres Pilleo; sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO del predio

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ubicado en el sector Nueva Esperanza del distrito de Cachimayo de la provincia de Anta, departamento de Cusco con un área de 433.98 m2, sustanciándose en la vía del PROCESO ABREVIADO, por su mérito de conformidad a lo dispuesto por el artículo 430 del Código Procesal Civil, concordante con lo precisado por el inciso quinto del artículo 491 del citado cuerpo legal, córrase traslado a la parte demandada por el plazo de DIEZ días, bajo expreso apercibimiento de ser declarada rebelde en caso de inconcurrir a los supuesto regulados en la ley. De conformidad a lo establecido en el artículo 506 del Código Procesal Civil se dispone se proceda a publicar el extracto de la demanda en el diario judicial “La República” y en el diario oficial “El Peruano”, por tres veces con intervalo de tres días y la notificación por radiodifusión por cinco días consecutivos.- (02, 08, 14 FEB) Anta, 29 de enero del 2017. MARCIA NATALY TEJADA FLORES SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO DE ANTA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CUSCO

SUCESIÓN INTESTADA

EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. María del Carmen Villagarcía Valenzuela y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Ketty Conchoy Ochoa, se viene tramitando el proceso civil Nro. 02369-2017, solicitado por NELLY MEJIA HUAMAN, sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue su señor padre COSME DAMIAN MEJIA RIOS, fallecido en fecha 08 de setiembre del año 2014, en el distrito, provincia y departamento del Cusco, a fin de que se considere como sus legítimos y universales herederos a sus hijos NELLY MEJIA HUAMAN, MARIO MEJIA HUAMAN, LEONCIO MEJIA HUAMAN, PAULINA MEJIA HUAMAN y COSME ALCIDES MEJIA HUAMAN. Publicación que se pone a conocimiento del público para los fines de ley. (14,15,16 FEB) Cusco, 30 de enero de 2018 KETTY CONCHOY OCHOA SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CUSCO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

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