JUD CUS - 30 ABR.indd

hace 6 días - ... una vez cumplida la publi- cación de ley.S.S. Media Firma de los. Señores Jueces Superiores MURILLO. F
826KB Größe 0 Downloads 962 Ansichten
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

2

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Martes, 30 de abril del 2019

AVISOS JUDICIALES

EDICTO JUDICIAL ROBERTO CONDORI JACINTO DECLARACION DE REBELDIA DEL DEMANDADO - La Señora Juez de Paz de la Urbanización Túpac Amaru del Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento de Cusco, Sra. Juez Ítala Pérez Vidal, viene tramitando el proceso Nro. 0109-2019-JP-TASS, instado por LEON IZQUIERDO LIMA en contra de ROBERTO CONDORI JACINTO, sobre Incumplimiento de Pago de Alquileres y Descerraje, y por consiguiente ha dispuesto notificar por Edictos a la parte Demandada el Acta de Audiencia Única la misma que contiene la resolución N° 02, de fecha 29 de Abril del 2019 en la forma siguiente: DESARROLLO DE LA AUDIENCIA - Seguidamente se procede a tomar la asistencia de las partes, para dejar expresa constancia de la inasistencia de la parte demandada, pese a estar legalmente notificada mediante Edicto Judicial en el Diario la República de la ciudad del Cusco el día 29 de Abril del 2019, en vista de ello la parte demandante solicita de forma verbal, que se haga efectivo el apercibimiento de declarar REBELDE a la parte demandada, por inasistencia a la Audiencia Única; por tales consideraciones SE RESUELVE: PRIMERO - declarar REBELDE en el presente proceso al demandado ROBERTO CONDORI JACINTO; SEGUNDO - Se pone en conocimiento de la parte demandada, que el presente proceso se encuentra expedito para emitir la correspondiente sentencia, TERCERO- Publicar la presente DECLARATORIA DE REBELDÍA por una vez en el diario La República de la ciudad del Cusco — firma la Sra. Juez ítala Pérez Vidal .- Cusco 29 de Abril del 2019. ÍTALA PÉREZ VIDAL JUEZ DE PAZ P. 7447439 F. (30 ABR) EDICTO JUDICIAL.

En el Proceso N° 05-2019-CI, seguido por REYNA MARIA CONDOR! CONZA sobre SUCESION INTESTADA, tramitado ante el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Pomacanchi de la Provincia de Acomayo, se ha resuelto: ADMITIR la demanda interpuesta por REYNA MARIA CONDORI CONZA, de Q.E.V.F. POLICARPO CONDORI LOPEZ fallecido el 28/06/2012 , en la vía del proceso NO CONTENCIOSO a fin de ser declarada heredera única y universal a la recurrente REYNA MARIA CONDORI CONZA . H.S. Firma del Señor Juez Efraín La Torre Valenzuela y Secretario Judicial David Amam Jara, Lo que se publica para los fines de ley. Pomacanchi, 22 de Abril del 2019. DAVID AMURU JARA SECRETARIO JUDICIAL P. 7446990 F. (30 ABR, 07 Y 13 MAY) EDICTO IUDICIAL En el Expediente Judicial N° 0357-2019-0-1001-JP-CI-01 seguido ante el Primer Juzgado Civil de Cusco que despacha la Juez Sandra Contreras Campana, bajo la actuación de la Especialista Legal Indira Arenas Apumaita instado por sobre Cambio de nombre, se ha dispuesto la publicación edictal del extracto del Autoadmisorio contenido en la Resolución N° 02 como sigue: Resolución N° 02.- Cusco, 15 de abril del 2019 VISTOS Y CONSIDERANDO: (...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MAURICIA HUAMAN ALMANZA sobre CAMBIO DE NOMBRE, con la finalidad que se haga el cambio de pre nombre e inclusión del primer nombre patronímico de progenitora; en la vía del proceso NO CONTENCIOSO; (...) En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 754° del Código Procesal Civil, CONVOQUESE a AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACION JUDICIAL a realizarse en el local del Juzgado Civil el día VEINTIOCHO DE MAYO DEL

DOS MIL DIECINUEVE A HORAS 12:00 de la mañana.- Téngase por ofrecidos los medios probatorios para su oportunidad procesal (...) Tramítese el presente proceso con citación del Ministerio Público. H.S.Fdo. Juez Contreras Campana, Esp. Legal Indira Arenas Apumaita.— publíquese en el Diario Judicial El Peruano y Judicial de Cusco -Diario La República por una sola vez.Cusco, 26 de abril del 2019 INDIRA ARENAS APUMAITA SECRETARIA JUDICIAL P. 7447004 F. (30 ABR) NOTIFICACION VIA EDICTO JUDICIAL A LA PERSONA DE: ROMALDO HUAMAN JAQQUEHUA Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr. RAFAEL ENRIQUE SIERRA CASANOVA y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramita el proceso N° 979-2018-0-10231-JP-PE -02 seguido en contra de Romaldo Huaman Jaqquehua por faltas contra la persona en agravio de Salome Puma Paccha, se ha dispuesto la notificación vía edicto judicial de la Rs. 2 AUTO DE CITACIÓN A JUICIO Wanchaq, 15 de marzo del 2019.- I. VISTO: Los actuados remitidos mediante oficio N° 186-2019 del Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián; y en atención a los siguientes, II. FUNDAMENTOS: 1 Salome Puma Paccha, interpone denuncia contra Romaldo Huamán Jaqquehua, pues refiere que el día 8 de mayo del 2018 a las 18:30 horas aproximadamente, cuando se encontraba en su domicilio aparecio su enamorado quien le dijo para salir, es cuando recibió una llamada telefónica, y este al no saber quien la llamaba, arranco su vehículo golpeándola cayendo la denunciada al piso, por lo que retorno para auxiliarla. 2 Romal-

do Huamán Jaqquehua, refiere que el día de los hechos, cuando se retiraba del domicilio de su enamorada la llamo por su celular un varón, por lo que le pregunto quién la llamaba, a lo que se molesto y al querer retirarse Salome Puma se agarro del carro porque la puerta estaba abierta y al avanzar un poco el carro, se cayo golpeándose su cara, por lo que bajo para ayudarla y llevarla a la clínica. 3 Estando a los hechos denunciados y teniendo en cuenta que del certificado médico legal practicado a la denunciante Salome Puma Paccha, se advierte que éste presenta lesiones traumáticas corporales recientes que requieren de 02 día de atención facultativa y 06 días de incapacidad medico legal; este despacho concluye que: i) los hechos denunciados –considerando como agraviada a Salome Puma Paccha– se encuentran dentro de la conducta típica antijurídica contenida en el artículo 441° del Código Penal, que a la letra dice: “El que, de cualquier manera, causa a otro una lesión dolosa que requiera hasta diez días de asistencia o descanso, o nivel leve de daño psíquico, según prescripción facultativa, será reprimido con prestación de servicio comunitario de cuarenta a sesenta jornadas, siempre que no concurran circunstancias o medios que den gravedad al hecho, en cuyo caso será considerado como delito…” 4. Asimismo, se advierte que se encuentra debidamente individualizado el presunto autor de la falta denunciada Romaldo Huaman Jaqquehua con DNI 47671051; que la acción penal no ha prescrito, y los hechos denunciados vinculan al denunciado en su perpetración; de modo que en la denuncia por faltas concurren los requisitos procesales establecidos en el artículo 483°.3 del nuevo Código Procesal Penal. 5. Contra el inculpado procede dictar comparecencia sin restricciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 485° del Código Procesal Penal; y respecto de la parte agraviada debe asistir a la audiencia con su abogado defensor. Finalmente corresponde recabar los antecedentes policiales y penales de los imputados en virtud a lo dispuesto en

Martes, 30 de abril del 2019

la sexta disposición complementaria final de la Ley 30076. III. DECISIÓN Por los fundamentos que anteceden, y, al amparo de las facultades conferidas a este despacho por el artículo 138 de la Constitución Política del Estado, se resuelve CITAR A JUICIO al inculpado ROMALDO HUAMAN JAQQUEHUA, por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en su modalidad de LESIONES DOLOSAS, en agravio de Salome Puma Paccha. FIJAR como fecha para la realización de la AUDIENCIA UNICA en la que se realizará el JUICIO ORAL para el DIA 7 DE MAYO DEL 2019 A LAS 12:00 DEL MEDIO DIA en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, ubicado en la Urbanización La Florida Pasaje Los Kantus C-14 del distrito de Wanchaq; audiencia a la que deberá concurrir el inculpado Romaldo Huaman Jaqquehua, asistido por su abogado defensor, bajo apercibimiento de disponer su conducción por la fuerza pública en caso de inconcurrencia. REQUERIR que ambas partes – Romaldo Huaman Jaqquehua y Salome Puma Paccha– además de acudir con sus abogados, asistan a la audiencia con los medios de prueba que consideren pertinentes actuar en dicho acto. En aplicación de lo dispuesto por la norma del artículo 485° del Código Procesal Penal, SE DICTA mandato de comparecencia sin restricciones en contra del inculpado. RECÁBESE los antecedentes penales y policiales del imputado a efectos de determinar su reincidencia y/o habitualidad en los hechos imputados en su contra. NOTIFÍQUESE conforme a ley a las partes del proceso en los domicilios que aparece en los actuados remitidos y telefónicamente. H.S.-” la misma que se pone de conocimiento del interesado, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 24 de abril del 2019. R. V (30 ABR) EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Anta, que despacha el Dr. Arturo Cabrera Orue, bajo la actuación de la Especialista Legal Maritza Marlene Tolentino Herrera,, se

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

viene tramitando el Proceso Civil N° 005-2019-0-1004-JP-CI-01, seguido por MARCO CHECCA TUMI sobre SUCESION INTESTADA, de quien vida fue MERCEDES TUMI SIHUA, quien falleció en fecha 17 de Junio del 2018, se publica para los fines de Ley.Anta, 25 de abril del 2019. MARIDZA MARLENE TOLENTINO HERRERA SECRETARIA JUDICIAL P. 7433941 F. (30 ABR) TERCERA SUBASTA JUDICIAL En los seguidos por JAVIER MAURICIO GALLEGOS MONTEAGUDO Y ROXANA ORTEGA CASTRO contra VICTOR ISIDRO MESTAS NEYRA Y ELENA PILAR QUISPE YANA DE MESTAS; sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 00821 -2005-0-1001-JR-CI-02, el Segundo Juzgado Civil de Cusco - Sede Central, a cargo del Señor Juez Dr. Eliot Alcibiades Zamalloa Cornejo, con intervención del Especialista Legal Dr. David Américo Olivera Sarmiento, ha dispuesto que el suscrito Martillero Público con Matrícula Nro. 209, saque a REMATE PUBLICO en TERCERA CONVOCATORIA, el bien inmueble, ubicado en: CALLE SAPHY NRO. 844, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO CUSCO; CUYA ÁREA (360.00 M2) LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SON: POR EL FRENTE CON LA CALLE SAPHY DE 10.30 ML, POR LA DERECHA CON PROPIEDAD DE TERCEROS CON 36.00 ML, POR EL FONDO CON AV. DON BOSCO DE 10.00 ML Y POR LA IZQUIERDA CON PROPIEDAD DE TERCEROS DE 36.00 ML. Y QUE CORRE INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 11006446 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA OFICINA REGISTRAL DE CUSCO, ZONA REGISTRAL N°XSEDE CUSCO. VALOR DE TASACIÓN (COMERCIAL): TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE CON 20/100 SOLES ( S/ 3 389,967.20 Soles. BASE DE REMATE: S/ 1 632,834.20

Soles, equivalente a las 2/3 partes de la tasación, menos dos veces el quince por ciento. AFECTACIONES: HIPOTECA: en el Asiento 02 de la Ficha 24478, hasta por la suma de US$ 66,000.00. EMBARGO: en el Asiento 03 y 08, hasta por la suma de S/ 24,000.00, a favor del Banco de Materiales - Unidad Operativa del Cusco. AMPLIACION DE HIPOTECA: en el Asiento D00005, se ratifica y extiende la hipoteca inscrita en el Asiento 02 a favor de los esposos JAVIER MAURICIO GALLEGOS MONTEAGUDO Y ROXANA ORTEGA CASTRO DE GALLEGOS hasta por la suma de US$ 80,000.00. ANOTACION DE DEMANDA: en el Asiento D00007, en los seguidos por ROXANA ORTEGA CASTRO DE GALLEGOS contra VICTOR ISIDRO MESTAS NEYRA y otro, sobre Ineficacia de Acto Jurídico. INEFICACIA DE ACTO JURÍDICO (Acción Pauliana): en el Asiento D00009, mediante Sentencia, Resolución 53 de fecha 22.4.2008 declara la ineficacia del acto jurídico contenido en la escritura pública de Anticipo de Legítima. Se deja constancia que los acreedores respecto de los cuales es ineficaz el acto señalado son Javier Mauricio Gallegos Monteagudo y Roxana Ortega Castro. EMBARGO: en el Asiento D00010, hasta por la suma de US$ 35,000.00, a favor de Javier Mauricio Gallegos Monteagudo y Roxana Ortega Castro de Gallegos. EMBARGO: en el Asiento D00012, se dispuso variar la medida cautelar inscrita en el Asiento D00010, hasta por la suma de US$ 400,000.00, a favor de Javier Mauricio Gallegos Monteagudo y Roxana Ortega Castro de Gallegos. Todas inscritas en la Partida Electrónica N° 11006446 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cusco. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: miércoles 15 mayo de 2019, a horas 08h15 am. Que se verificará en la Oficina de Administración del Módulo Civil de la Corte Superior de Justicia del Cusco, sito en Av. El Sol Nro. 239, Cusco. Remate a viva voz, que será efectuado por el Martillero Público Dr. Asdel Vega Tirado, Cell: 999098701 / correo electrónico: asdel_v@hotmail. com. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de la tasación, en cheque de gerencia, nego-

La República

3

ciable, a su nombre; deben presentar original y copia del Arancel Judicial (Código 7153) por derecho de participación a remate, indicando número de expediente y generales de ley (original y copia del arancel y DNI debidamente firmados). Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario y están afectos al IGV, de conformidad con el Artículo 18° del D.S. N° 008-2005-JUS y la Ley Nro. 27728 del Martillero Publico y se cancelan al término de la subasta. Cusco, 18 de ENERO de 2019 DR. DAVID AMÉRICO OLIVERA SARMIENTO SECRETARIO JUDICIAL DR. ASDEL VEGA TIRADO MARTILLERO PÚBLICO P. 7431655 F. (29, 30 ABR Y 02 MAY) EDICTO NOTIFICACION JUDICIAL. Ante el 2do. Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago - Cusco, despacho por el señor Juez Tito Nuñez Valencia, bajo la actuación del Especialista Legal Abogado Mario Pereira Aldazabal, se viene tramitando el Proceso Civil No. 02711-2017, seguido por Pedro Huillca Huallpa, contra Justo Pillco Carazas, sobre obligación de dar de suma de dinero, se ha dispuesto por lo siguiente. RESOLUCIÓN No. 08. Santiago, dos de mayo de dos mil dieciocho: Estando a lo manifestado por el recurrente que ha agotado las gestiones destinadas a conocer el domicilio real y actual del demandado Justo Pillco Carazas, en consecuencia de conformidad con lo previsto por el artículo 165 del Código Procesal Civil, cúmplase con emplazar al demandado Justo Pillco Carazas, con el extracto de la Resolución No. 02 ( Auto Admisorio ) de fecha 12 de octubre de 2,017, mediante edictos judiciales por el Diario Judicial designado, así como diario de mayor circulación nacional, para que dentro del plazo de ley, cumpla con apersonarse al proceso y absuelva al traslado de la demanda, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. RESOLUCIÓN No. 02.

4

La República

Santiago, doce de octubre de dos mil diecisiete: SE RESUELVE : ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por PEDRO HUILLCA HUALLPA, contra JUSTO PILLCO CARAZAS, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero ( Pago de Renta de Arrendamiento ) en la vía del PROCESO UNICO DE EJECUCIÓN, en consecuencia SE DISPONE que el demandado CUMPLA dentro del plazo de cinco días, con pagar el monto ascendente CUATRO MIL SOLES, por alquileres impagos del departamento del cuarto nivel de la avenida Illarey Ñ-8-B del Distrito de Santiago, correspondiente a los meses de Enero a Agosto de 2,017, a razón de S/. 500.00 mensual, mas intereses, costas y costos del proceso, bajo apercibimiento de iniciarse la ejecución forzada. Firmada Juez Baliska Dueñas Zúñiga; Carmen Rosa Delgado Sánchez- Secretaria Judicial. Lo que se publica para los fines consiguientes de ley. Santiago, 13 de Julio del 2,018. MARIO PEREIRA ALDAZABAL SECRETARIO JUDICIAL P. 7431127 F. (29, 30 ABR Y 02 MAY) NOTIFICACION POR EDICTOS En el proceso Nro.91-2005 tramitada por ante el juzgado Paz Letrado del Distrito de San Sebastián, despachado por la Srta. Juez Dra. Lynda Vargas Manga, bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León se ha dispuesto notificar la liquidación de los alimentos devengados del periodo enero 2013 a diciembre 2018 al demandado BLEHIC CRISTOFERTHI MACHUCA ZARATE con la liquidación de los alimentos devengados conforme dispone el artículo 165 del código procesal civil por el diario judicial la república y en el de mayor circulación por el término establecido por ley en el proceso INTERPUESTA POR EDITH HUAMANI CUCCHI sobre PRESTACIÓN DE ALIMENTOS en representación de su menor hijo Ángel Yanpier Machuca Huamani contra BLEHIC CRISTOFERTHI MACHUCA ZARATE mediante resolución numero 29 de fecha 18 de marzo del año 2019 se ha dispuesto notificar al deman-

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

dado con la liquidación de alimentos devengados Resolución Nro. 27 San Sebastián 28 de diciembre del dos mi dieciocho. “ a conocimiento de las partes la liquidación de los alimentos devengados , por el termino de tres días bajo apercibimiento de darse por aprobada la misma en la suma de S/.- 7,751.00 soles con 11/100 ( siete setecientos cincuenta y un soles con once céntimos) H.S.ANTONINA PONCE DE LEON PAGUADA SECRETARIA JUDICIAL P. 7433065 F. (29, 30 ABR Y 02 MAY) EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Espinar, que despacha el señor Juez Dr. Edwin Florencio Cruz Domínguez, bajo la actuación del Secretario Judicial Hugo Guevara Flores, se viene tramitando el proceso civil N° 218-2009-0-1009-JM-CI-01; seguido por Facunda Choquevilca Chuctaya, en contra de la Comunidad Campesina de Huisapata y otros, sobre deslinde con amojonamiento y colocación de hitos del predio rustico denominado “antayaqque-pillone, fracción A de 112.50 has., ubicado en el distrito de Occoruro, provincia de Espinar y departamento del Cusco; habiendo resuelto por Resolución N° 57, de fecha 11/04/2019, Disponer el emplazamiento de los sucesores procesales de JULIAN LLAIQUE HUALLPA, mediante edictos de ley, a fin de que comparezcan al proceso dentro del plazo de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de continuar el proceso designándose CURADOR PROCESAL; lo que se publica para los fines pertinentes.Espinar, 22 de abril de 2019. HUGO GUEVARA FLORES SECRETARIO JUDICIAL P. 7431268 F. (29, 30 ABR Y 02 MAY) EDICTO JUDICIAL (JUZGADO MIXTO Y UNIPERSONAL DE ECHARATE) EL JUZGADO MLXTO Y UNIPER-

Martes, 30 de abril del 2019

SONAL DE ECHARATE.- Notifica al acusado JILDER VARGAS RÍOS (Reo libre), a efecto de que concurra a la audiencia de Juicio Oral a verificarse el día 27 de junio a horas 09:30, en el proceso Penal N°15-2016-55-1010JR-PE-01, por el delito de Contra La Vida El Cuerpo y La Salud, en su modalidad de homicidio Culposo, en agravio del Q.E.F. PAVEL SMITH CHIPA ACHAFUI, LUZ DAYANA CHIPANA ACHAHUI, JUAN CARLOS CHIPANA SOTOMAYOR, MADIANA SEFURA ACHAHUI QUISPE, WILFREDO QUISPE QUISPE Y ANSELMO TAYNA PFUÑO, representado por MATILDE QUISPE CANAHUIRE..- Firma Juez Nataly C. Cáceres Velarde.- Secretaria Rocío Callaymara Ayquipa. 3.V. J. S. (26, 29 Y 30 ABR) JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE IBERIA EXPEDIENTE N° 2018-00017-98170302-JR JUEZ: RAÚL ANTONIO CAPACUTI ROQUE ESPECIALISTA JUDICIAL: ELIZABETH CCAMA QUISPE.NUMERO DE RESOLUCIÓN: 07 del 16 de abril del 2019.SE NOTIFICA al investigado MANUEL OCTAVIO ROMERO MEJIA, por la comisión del delito contra la Administración Pública — delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, en la modalidad de COLUSIÓN AGRAVADA en agravio de PROYECTO ESPECIAL DE MADRE representado por la Procuraduría Publica de Madre de Dios, con el extracto de la resolución número 07 de su fecha; resolución que REPROGRAMA audiencia para el día JUEVES 23 DE MAYO DEL AÑO 2019. a horas 11:00 DE LA MAÑANA (hora exacta) para la realización de la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, a llevarse a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Iberia, en la Av. José Aldamiz s/n barrio empleados de iberia; con la presencia del Fiscal y de los demás sujetos procesales, bajo apercibimiento de las responsabilidades funcionales que corresponda aplicar en caso de frustración de la audiencia por la inconcurrencia injustificada. Iberia, 16 de abril del 2019

J. S. (26, 29 Y 30 ABR) EDICTO JUDICIAL SALA CIVIL(EX 1°) - SEDE CENTRAL EXPEDIENTE : 01143-2018-26-1001-JR-CI-01 MATERIA : INDEMNIZACION RELATOR : CANAL YEPEZ ELMER DEMANDADO : PEREZ VERA, HAYDEE FIDELIA DEMANDANTE : MAMANI CCANA, JAVIER Resolución Nro. 02 Cusco, 24 de abril de 2019. Habiéndose producido discordia respecto del auto venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al cual se adhiere el Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores opina por: “CONFIRMAR la Resolución N° 12, de fecha 20 de diciembre de 2018 (fojas 295); y el VOTO EN DISCORDIA del Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón, es porque: “Se DECLARE NULO la resolución N° 12 de 20 de diciembre de 2018 (folios 295) que resuelve: “Declarar IMPROCEDENTE la nulidad deducida por Haydee Fidelia Pérez Vera (…)”, y NULO TODO LO ACTUADO hasta la resolución N° 02 de 25 de julio de 2018 (folio 177), y REFORMANDOLA ordenaron a la juez emita nueva resolución otorgando plazo para que el actor subsane el monto de su pretensión”. DISPUSIERON llamar como Juez Superior dirimente al Magistrado Superior Supernumerario Hugo Arturo Castro Alvarez, quien integra la Primera Sala Laboral de Cusco por licencia del Magistrado Superior Franklin Gregorio Gutierrez Merino -conforme a lo dispuesto por el Reglamento N° 001-2013-CED-CSJCU-PJ, modificado por la Resolución Administrativa N° 005-2015-CEDCSJCU-PJ del 6 de marzo del 2015; y atendiendo a la naturaleza de la resolución apelada -variación de la medida de internamiento-, prescíndase de la vista de causa, debiendo de entregarse el proceso al Magistrado Dirimente, una vez cumplida la publicación de ley.S.S. Media Firma de los Señores Jueces Superiores MURILLO FLORES Y DELGADO AYBAR. Fir-

Martes, 30 de abril del 2019

ma y sello de la Secretaria de la Sala, Roxana Bohórquez Abarca. Cusco, 25 de abril de 2019. J. S. (26, 29 Y 30 ABR) A JHON DAVID RODRIGUEZ TAIÑA En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora BONY EVE GAMARRA FLORES, bajo la actuación de la Especialista Legal Nancy Victorio Vásquez, en el proceso civil Nro. 00552005-0-1018-JM-FC-01, mediante la Resolución Nro. 61 de fecha 04 de abril del año en curso SE RESUELVE : 1.- Declarar IMPROCEDENTE la devolución de cédulas realizada por doña María Asunción Taiña Vda. de Rodríguez progenitora del sentenciado, en consecuencia declarar validas las notificaciones realizadas a don Jhon David Rodríguez Taiña, por tanto continuar la secuela procesal conforme a su estado. 2.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el punto uno CUMPLASE con notificar con la APROBACION Y REQUERIMIENTO de los alimentos devengados mediante edictos en el diario judicial de la localidad y el peruano, Resolución Nro. 57 de fecha ocho de noviembre del año dos mil dieciocho, donde SE RESUELVE: APROBAR la liquidación de los alimentos devengados verificada en fecha 17 de mayo del año en curso, por el monto de S/. 25,508.93 soles. MAS DIGO; Requiérase al obligado a efecto de cumpla con pagar los alimentos devengados al quinto día de notificado con la presente resolución bajo apercibimiento de REMITIRSE copia a la fiscalía penal para la denuncia por omisión de asistencia familiar.- H.S.-. Santiago, 16 de Abril del 2019. NANCY VICTORIO VÁSQUEZ ESPECIALISTA LEGAL P. 7428949 F. (26, 29 Y 30 ABR) SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE JUDICIAL En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A., contra SANTIAGO

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

ANAMPA GUIZADO, ANASTACIA JINCHO CRUZ y MARILYN VILLALBA VELASQUEZ, Expediente N° 00788-2016-0-1001-JR-CI-02 sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, en el Segundo Juzgado Civil de Cusco - Sede Central, a cargo del Juez Dr. ELIOT ALCIBIADES ZAMALLOA CORNEJO, Especialista Legal Dra. SAIDA CHIUN MANCO, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente: EN SEGUNDA CONVOCATORIA.- El bien inmueble ubicado en Asociación de Vivienda de la Federación Departamental de Trabajadores Campesinos del Cusco Mz. T Lote 9, Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento del Cusco, inscrito en la Partida N° P31019319 de la Zona Registral N° X Sede Cusco - Oficina Registral de Cusco. VALOR DE TASACION.S/. 226,640.27 (Doscientos Veintiséis Mil Seiscientos Cuarenta con 27/100 Soles). PRECIO BASE.- S/. 128,429.49 (Ciento Veintiocho Mil Cuatrocientos Veintinueve con 49/100 Soles) que es la base de remate de la primera convocatoria reducida en un quince por ciento. AFECTACIONES, GRAVAMENES Y CARGAS PARTIDA N° 31019319, ASIENTO 00007.- INSCRIPCION DE HIPOTECA: DEUDOR: ANAMPA GUIZADO, SANTIAGO - CASADO, DNI 23981584. DEUDOR: JINCHO CRUZ, ANASTACIA -CASADO, DNI 23857325. ACREEDOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE INTELECTUALES, LIDERES Y EMPRESARIOS S/D. Tipo de Hipoteca: Común. Tipo de Monto Gravamen: Determinado. Monto de gravamen: S/. 120,000.0000. Monto tasación, valorización: S/. 99,000.0000. Título que da mérito a la inscripción. ESCRITURA PUBLICA N° 83 18/02/2015 NOTARIA PUBLICA LUIS ALBERTO LIRA APAZA (CUSCO). Para este acto la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE INTELECTUALES, LIDERES Y EMPRESARIOS ha sido representada por William Almirón Ronco y otro cuyos poderes están debidamente inscritos en la partida

11110043 del Registro de Persona Jurídicas de la Zona Registral X - Sede Cusco. PARTIDA N° 31019319, ASIENTO 00008.- INSCRIPCION DE EMBARGO: DEMANDADO: JINCHO CRUZ, ANASTACIA -CASADO, DNI 23857325. DEMANDADO: ANAMPA GUIZADO, SANTIAGO - CASADO, DNI 23981584. DEMANDANTE: CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A. RUC 20114839176. Tipo de embargo: FORMA DE INSCRIPCION. Monto de carga: S/. 39,000.0000. EMBARGO.- El Juez del Segundo Juzgado Civil - Módulo Corporativo Civil de Cusco, Dr. Eliot A. Zamalloa Cornejo, con la actuación de la especialista legal Saida Chiun Manco, dentro del proceso N° 00788-2016-51-1001-JRCI-02, mediante Resolución N° 02 de fecha 19/08/2016, aclarada por Resolución N° 05 de fecha 23/09/2016 ha ordenado trabar EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION sobre el inmueble materia de la presente partida. LUGAR DE REMATE.- Local de la Oficina de Administración del Módulo Civil, sito en el Palacio de Justicia del Cusco, ubicado en la Av. El Sol S/N, del Distrito, Provincia y Departamento de Cusco. DIA Y HORA DEL REMATE.- El día 15 de Mayo del 2019 a las 11:00 a.m. OBLAJE, TASA JUDICIAL Y PAGO DE HONORARIOS.- Los postores abonarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (Negociable) y copia del mismo; también entregarán en original y copia el recibo del Arancel Judicial correspondiente a la orden del Segundo Juzgado Civil de Cusco - Sede Central, suscribiendo dicho arancel con el número de expediente y los generales de ley del postor; asimismo el DNI del postor en original y copia. SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día de cerrada el acta. FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE.- GONZALO EFRAIN ECHEVARRIA CAMARGO Martillero Público con registro número 342. Cel. 999011377. Cusco, 14 de Enero del 2019.

La República

5

SAIDA CHIUN MANCO ESPECIALISTA LEGAL GONZALO E. ECHEVARRIA CAMARGO MARTILLERO PÚBLICO P. 7428814 F. (26,29 Y 30 ABR) PRIMER REMATE PÚBLICO En el proceso sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 01355-2018-0-1001-JR-CI-01 seguido por SCOTIABANK PERU S.A.A. en contra de Edwin Rios Noriega, la señora Juez del Primer Juzgado Civil del Cusco - Sede Central, Dra. Sandra Contreras Campana con intervención del Especialista Legal Boris Juvenal Santos de la Gala, ha dispuesto convocar a Remate Público en Primera Convocatoria lo siguiente: DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Bien Inmueble signado como Departamento N° 102 ubicado en el Primer Nivel del edificio “Condominio Virgen del Carmen II” de la urbanización Progreso parte baja I-24 del Distrito de Wanchaq, provincia y Departamento de Cusco, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características se detallan inscrito en la Partida Electrónica N° 11109437 del registro de predios de la Zona Registral N° X Sede Cusco - Oficina Registral Cusco. VALOR DE TASACIÓN: S/.136.190.00 (CIENTO TREINTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA CON 00/100 SOLES). BASE DEL REMATE: S/.90,793.33 (NOVENTA MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES CON 33/100 SOLES), correspondientes a las dos terceras partes de la tasación. GRAVÁMENES: 1) Asiento D00005.HIPOTECA.- Se constituye hipoteca a favor de SCOTIABANK PERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADA hasta por la suma de S/.139,999.80. Fecha de inscripción: 03/11/2011. LUGAR. FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en el local de la Oficina de Administración del Módulo Corporativo Civil, sito en el Segundo piso del Palacio de Justicia, ubicada en la Avenida Sol N° 239 de la ciudad del Cusco, el día 09 de Mayo del 2,019 a hrs. 08:30 a.m. POSTORES: Para ser postor deberá

6

La República

Martes, 30 de abril del 2019

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

depositarse en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre el 10% de la tasación (S/ 13,619.00), además de arancel judicial respectivo (S/.420.00), consignando el Juzgado, DNI del postor y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). El adjudicatario cancela los honorarios del Martillero al término de la diligencia más IGV de acuerdo al Artículo 732 del CPC. y D.S. 008-2005-JUS. El acto del remate estará a cargo del Martiliero Público Víctor Orlando Apaza Morante con Registro Nacional No. 321-SUNARP. Celular 952-603020 y correo: [email protected]. Cusco, 10 de Abril del 2019. INDIRA ARENAS APUMAITA SECRETARIA JUDICIAL

P. 7427612 F. (24, 25, 26, 29, 30 ABR Y 02 MAY) EDICTO JUDICIAL NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTOS CONFORME EL ARTÍCULO 506 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL. Expediente N° 00005-2019-0-1001-JRCI-04, seguido por MARCIA ZEVALLOS LOAIZA con la SUCESION DE QUIEN EN VIDA FUERA MARCIAL LOAIZA COSINI, conformada por MARCELINA GLORIA LOAYZA BEJAR, RAINER FERNANDO LOAYZA BEJAR y WILBER BENITO LOAIZA BEJAR, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA; bajo la actuación del ESPECIALISTA LEGAL JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA, la señora Juez de! Cuarto Juzgado Civil del Cusco

Doctora FANNY LUPE PEREZ CARLOS, ha dispuesto la publicación edictal, de un extracto del auto admisorio contenida en la Resolución N° 01 de fecha 11 de enero del 2019.- Resolución N° 01, del 11 de enero del 2019. (...) VISTO (...) y CONSIDERANDO (...), SE RESUELVE: 1. ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MARCIA ZEVALLOS LOAIZA contra la SUCESION DE QUIEN EN VIDA FUERA MARCIAL LOAIZA COSINI, conformada por MARCELINA GLORIA LOAYZA BEJAR, RAINER FERNANDO LOAYZA BEJAR y WILBER BENITO LOAIZA BEJAR en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado a los demandados por el término de DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes; con CITACIÓN de los colindantes: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LUCRE, MERCEDES

LOAYZA COSINI y DONATO LOAYZA LOAYZA. 2. PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista en los Artículos 167 y 168, de conformidad con lo previsto en el artículo 506 del Código Procesal Civil. Firma de la señora Juez Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, Especialista Legal Juan Santiago Callañaupa Soria. Cusco, 01 de abril del año 2019. JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA ESPECIALISTA LEGAL P. 7399642 F. (16, 24, 30 ABR)

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL DEL CUSCO TABLA DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIAS (Del Lunes 29 de Abril al Viernes 03 de mayo de 2019)

Lunes, 29 de Abril de 2019 Nº

Hora

Demandante

Exp.

Demandado

Materia

Apelación

Procede

Colegiado

5JETC

Fernandez Echea - Meza Monge Cáceres Cáceres

03489-2014-0-1001-JR-LA-02

Oficina de Normalización Previsional Cirilo Segundo Rampas Quispe ONP

Contencioso Adm

Auto que Declara Fundada Excepción de FAVA

2 08:35a.m.

04433-2017-0-1001-JR-LA-05

Diotina Arusha Paco Huamán

Unidad de Gestión Educativa Local de Cusco

Contencioso Adm

Sentencia

5JETC

Fernandez Echea - Meza Monge Cáceres Cáceres

3 08:40a.m.

01970-2018-0-1001-JR-LA-03

Arturo Amadeo Huaroc Vargas

Unidad de Gestión Educativa Local de Cusco y otro

Contencioso Adm

Sentencia

3JETC

Fernandez Echea - Meza Monge Cáceres Cáceres

1 08:30a.m.

Cusco, 26 de Abril de 2019

CARLOS BERNARDINO FERNANDEZ ECHEA

HERNAN HUACASI GONZALES

PRESIDENTE

SECRETARIO DE SALA

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL

Martes, 30 de abril del 2019

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO



 d.

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS

VI.

BASE LEGAL      

II.

c.

d. e. f. g.

h. i. j. k. l.

b.

VII.

Ser mayor de edad. Están impedidos de ser contratados bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios, aquellos/aquellas que tienen impedimento para ser postores o contratistas, expresamente previsto por las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia. Están impedidas de percibir ingresos por contrato administrativo de servicios aquellas personas que perciben otros ingresos del Estado, salvo que, en este último caso, dejen de percibir esos ingresos dentro del periodo de contratación administrativa de servicios. La prohibición no alcanza cuando la contraprestación que se percibe proviene de la actividad docente activa o por ser miembros únicamente de un órgano colegiado. No estar inhabilitado administrativa o judicialmente para el ejercicio de la profesión, para contratar con el Estado o para desempeñar función pública. No registrar antecedentes policiales, penales, ni judiciales. Cumplir con todos los requisitos señalados en el perfil de la presente convocatoria. Para ser considerado apto el postulante no deberá incurrir en la incompatibilidad por parentesco por consanguinidad o afinidad conforme a lo establecido en la Directiva N° 006-2008-CE-PJ, Normas y procedimientos para el control de nepotismo y/o incompatibilidad en el Poder Judicial, aprobada mediante R.A. N° 087-2008-CE-PJ de fecha 10 de abril de 2008. De igual modo, tampoco deberá registrar inhabilitación administrativa vigente en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles – RNSSC. No haber sido condenado con sentencia firme por los delitos establecidos en la Ley Nº 30794, Ley que establece como requisito para prestar servicios en el sector público, no tener condena por terrorismo, apología del delito de terrorismo y otros delitos. No haber cesado durante los últimos cinco (5) años, acogiéndose a programas de renuncia voluntaria con incentivos ejecutados por cualquiera de las instituciones comprendidas en los pliegos presupuestales de la Ley de Presupuesto del Sector Público. No encontrarse con sanción de Destitución de la Administración Pública, ni con impedimento para contratar con entidades del Sector Público. No encontrarse patrocinando procesos judiciales. No encontrarse requisitoriado por ninguna Dependencia Judicial.

c.

d. e.

7.1. a. b. c.

Sobre la Postulación La postulación se realiza por medio de la opción de la pagina web institucional “OPORTUNIDAD LABORAL” una vez identificado deberán seleccionar Convocatorias vigentes y registrar su postulación dentro del plazo establecido en el cronograma de la convocatoria, siendo la inscripción virtual un requisito indispensable para ser considerado en el proceso de selección. Durante el proceso de Inscripción virtual en donde también se registrará la declaración jurada de Postulación.

7.3.

Selección El postulante es responsable de consignar de forma correcta todos los datos de identificación solicitados durante todas las etapas del proceso de selección, de acuerdo con las instrucciones brindadas para la ejecución de cada etapa. De no proceder conforme a lo señalado o ceñirse a las indicaciones proporcionadas, éste será eliminado del proceso y será considerado como “Error de identificación”.

7.4.

Verificación de Cumplimiento de Requisitos y Evaluación Curricular 7.4.1. Verificación de Requisitos Mínimos: En esta etapa se verificará la información declarada por el postulante en los siguientes requisitos: o Generales (DDJJ). o Formación académica básica declarada (secundaria, técnica, universitaria). o Conocimientos técnicos. o Conocimientos de ofimática e inglés, de ser requerido. o Años de experiencia general declarada de acuerdo a lo exigido en perfil del puesto. o Otros requisitos generales solicitados en la convocatoria. El/la postulante que cumpla con los requisitos generales requeridos en el perfil, será considerado (a) APTO (A) para la siguiente etapa. El/la postulante que resulte NO APTO (A), quedará eliminado del proceso.

La inscripción a los procesos de selección en el Poder Judicial, se hace únicamente por medio del Sistema de Postulación, Selección y Evaluación de Personal (PSEP), por lo que para ser considerado (a) postulante, el/la interesado (a) deberá registrarse a través del link “Oportunidad Laboral” en la página institucional del Poder Judicial y presentar en la fecha programada en el cronograma, un sobre cerrado con la siguiente información:

7.4.2.

b. c. d.

e.

La información que es registrada en el citado sistema tiene carácter de declaración jurada y el/la postulante es responsable de registrar la ficha de postulante y la declaración jurada, y se somete a proceso de fiscalización posterior que el Poder Judicial considere necesario. En caso se detecte que ha consignado información falsa, El Poder Judicial procederá con las acciones administrativas y/o penales correspondientes. En el caso que los documentos que se presentan como sustento de la postulación se encuentren en un idioma diferente al castellano, el postulante deberá adjuntar la traducción oficial o certificada de dichos documentos, conforme la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. En el caso de ser licenciado de las Fuerzas Armadas o contar con certificado de persona con discapacidad, deberá declararlo al momento de su postulación y figurar en el reporte de postulación que emite el Sistema de Postulación, Selección y Evaluación de Personal – PSEP. De de resultar “Apto (a)” para la etapa de entrevista, el/la postulante deberá presentar el documento que lo acredite en la citada fase, lo cual lo hará acreedor a las bonificaciones de Ley. Este documento no podrá ser entregado de forma posterior a la etapa de entrevista personal.

Los cursos o programas de especialización deberán acreditarse presentado copia o constancia de los estudios en la etapa de presentación de documentación. Todos los documentos que acrediten estudios de cursos o especialización, deberán indicar cantidad de horas para contabilizar, de lo contrario, no será considerado. Si es curso (talleres, seminarios, conferencia o cualquier otro certificado de cualquier capacitación, este debe tener como mínimo una duración de 12 horas (no acumulados). Se podrá considerar cursos con una duración menor a 12 horas siempre que sean mayor a 8 horas y organizadas por un ente rector, en el marco de sus atribuciones normativas.

Formación académica básica (Secundaria, Técnica, Universitaria u otra) Formación académica especializada (maestrías, doctorados) Experiencia general Experiencia específica Cursos y/o programas de especialización Otros requisitos específicos solicitados para el perfil requerido. Por otro lado se asignaran los puntajes en base a la escala señalada en la Convocatoria. El/la postulante que cumpla con todos los requisitos específicos requeridos en el perfil, será considerado (a) APTO (A) para la siguiente etapa. El/la postulante que resulte NO APTO (A), quedará eliminado (a) del proceso.

7.5.

Evaluación Técnica Para ser considerado (a) APTO (A) a la siguiente etapa del proceso de selección, el/la postulante deberá rendir y aprobar todas las evaluaciones señaladas en la convocatoria. Las evaluaciones pueden ser de forma virtual o presencial según se detalle en cada convocatoria.

7.6.

VIII.

Entrevista Personal Será realizada por la Comisión CAS Ad Hoc, cuyo objetivo es identificar a la persona idónea para la prestación de servicios en concurso, considerando el conocimiento, experiencia, logros y habilidades relacionados con el perfil requerido en la convocatoria.

RESULTADO FINAL Se publicará en el portal web https://aplicativo.pj.gob.pe/psep el resultado de la ponderación de cada una de las etapas evaluativas en un orden de puntación de mayor a menor. El postulante que en estricto orden de méritos hubiera obtenido la puntuación más alta en el puntaje final, será considerado como GANADOR (A) de la convocatoria. En caso de empate en el puntaje final, será el postulante con mayor calificación en la etapa de evaluación técnica, el/la que cubrirá la vacante. El/la GANADOR (A) deberá suscribir contrato durante los cinco (05) días hábiles siguientes a la publicación de resultados finales. En caso el/la GANADOR (A) no suscriba contrato, se procederá a convocar a los elegibles siguientes (en estricto orden de mérito), el cual deberá suscribir contrato durante los cinco (05) días hábiles posteriores a la notificación.

CURSOS Y/O PROGRAMAS DE ESPECIALIZACIÓN a. b. c.

Comprende la revisión de cumplimiento de los siguientes requisitos declarados y debidamente sustentados: o o o o o o

Reporte de postulación debidamente llenado y suscrito por el/la postulante. Copia simple de las constancias de estudios, trabajo y/o certificados que acrediten la información registrada en el aplicativo web de postulación. Declaración Jurada que figura en las presentes bases como Anexo N.° 01.

El grado y/o título (bachiller, título universitario, maestría, doctorado) declarado por el/la postulante, será verificado y acreditado mediante el resultado de la búsqueda que será efectuada por el Poder Judicial, en el Registro Nacional de Grados Académicos y Títulos Profesionales en el portal web de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU). Solo en el caso que el grado y/o título no se visualice en la web de SUNEDU, será responsabilidad del postulante presentar en su debido momento, la copia del grado y/o título declarado. Solo se considerarán las los estudios profesionales de las lista de carreras autorizadas por SUNEDU. Tratándose de estudios realizados en el extranjero y de conformidad con lo establecido en la Ley del Servicio Civil N.° 30057 y su Reglamento General, los títulos universitarios, grados académicos o estudios de post grado emitidos por una universidad o entidad extranjera o los documentos que los acrediten deberán serán registrados previamente ante SERVIR. Asimismo, podrán ser presentados aquellos títulos universitarios, grados académicos o estudios de post grado que hayan sido legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, apostillados o reconocidos por SUNEDU. En los casos donde en la formación académica se indique lo siguiente: "afines a las carreras señaladas", se entenderá que se refiere a las carreras listadas, relacionadas a las especialidades y que pudieran tener otros nombres, además se considerara como único documento de verificación el clasificador de carreras de educación superior y técnico productivas del Instituto Nacional de Estadísticas e Informática.

Sobre la Convocatoria Se realiza por medio de las siguientes fuentes de información: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Portal WEB: https://aplicativo.pj.gob.pe/psep Opcionalmente en otros medios de información

7.2.

SOBRE LA FORMACIÓN ACADÉMICA a.

La experiencia laboral solo se sustenta con certificado o constancias de trabajo, resoluciones administrativas de encargatura y cese u otro documento que demuestre fehacientemente la experiencia requerida. Cabe mencionar que para ser considerado válido debe contener información mínima del cargo o función desarrollada, fecha de inicio y fin o tiempo laborado. Para aquellos puestos que requieran formación técnica o universitaria completa (desde egresado), el tiempo de experiencia se contará desde el momento de egreso de la formación correspondiente, por lo que el postulante deberá declarar y sustentar su egreso de la formación académica correspondiente. Caso contrario se contabilizará desde la fecha indicada en el documento de la formación académica presentada y que califique para el puesto. Para los casos donde no se requiere formación técnica y/o profesional completa, se contará toda la experiencia laboral sustentada. En ninguno de los casos, se considerarán las prácticas Pre profesionales u otras modalidades formativas, con excepción de las prácticas profesionales, si el perfil así lo especifica.

DESARROLLO DEL PROCESO DE SELECCIÓN Todas las etapas del proceso de selección mencionado en la convocatoria tienen carácter de obligatorio y eliminatoria, salvo que en la misma convocatoria se señale lo contrario.

El/la postulante debe revisar previamente las bases de la convocatoria para los procesos de selección bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios. En ese sentido, el/la postulante acepta, confirma y reconoce las condiciones del proceso, no siendo válido argumentar desconocimiento o vacíos de las reglas generales y especificas contenidas en estas bases.

  

V.

c. d.

CONSIDERACIONES GENERALES a.

IV.

b.

REQUISITOS GENERALES a. b.

III.

Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales. Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios. Decreto Supremo N° 075-2008-PCM , el cual aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, modificado por Decreto Supremo N° 065-2011-PCM. Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 61-2010-SERVIR/PE y sus normas modificatorias. Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad. Las demás disposiciones que regulen el Contrato Administrativo de Servicios.

Si es programa de Especialización o Diplomado, deben tener no menos de 90 horas de capacitación. Los programas de especialización pueden ser desde 80 horas si son organizados por un ente rector, en el marco de sus atribuciones normativas (Anexo N° 01-Directiva N°001-2016-SERVIR/GDSRH).

SOBRE LA EXPERIENCIA LABORAL a.

I.

7

IX.

DECLARACIÓN DE DESIERTO O CANCELACIÓN DEL SERVICIO CONVOCADO 9.1.

Declaratoria del Servicio convocado como Desierto Puede ser declarado desierto en alguno de los siguientes supuestos:

8

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Martes, 30 de abril del 2019

 o o o



Cuando no se presentan postulantes al proceso de selección. Cuando ninguno de los postulantes cumple con los requisitos mínimos. Cuando habiendo cumplido los requisitos mínimos, ninguno de los postulantes obtiene puntaje mínimo en cualquiera de las etapas del proceso.

ANEXO Nº 1 DECLARACION JURADA

9.2.

Cancelación de la convocatoria del Servicio Puede ser cancelado en alguno de los siguientes supuestos, sin que sea responsabilidad de la entidad: o o o o

Cuando desaparece la necesidad del servicio de la entidad con posterioridad al inicio del proceso de selección. Por restricciones presupuestales. En caso de interposición de medidas cautelar o resolución judicial. Otras debidamente justificadas.

Yo, ________________________________________________________, identificado (a) con Documento Nacional de Identidad N°__________________, con domicilio actual en ______________________________________________________________________________ Distrito:________________________________, Provincia:________________________, Departamento: __________________________. Declaro bajo juramento que: 1. No tengo vínculo de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, ni hasta segundo grado de afinidad y de matrimonio con personal del Poder Judicial, de conformidad con las normas legales que regulan sobre el particular. 2. Cumpliré con lo dispuesto en la Ley N° 27588 y Reglamento aprobado por D.S. N° 019-2002-CNM, sobre prohibiciones e incompatibilidades de Funcionarios y Servidores Públicos, así como de las personas que presten servicios al estado bajo cualquier modalidad contractual. 3. No he cesado durante los últimos cinco (5) años, acogiéndome a programas de renuncia voluntaria con incentivos ejecutados por cualquiera de las instituciones comprendidas en los pliegos presupuestales de la Ley de Presupuesto del Sector Público. 4. No me encuentro con sanción de Destitución de la Administración Pública, ni con impedimento para contratar con entidades del Sector Público. 5. No me encuentro patrocinando en procesos judiciales, ni lo haré durante el ejercicio de la función pública en este Poder del Estado. 6. No registro Antecedentes Penales, ni me encuentro procesado por delito doloso. 7. No registro Antecedentes Policiales. 8. No me encuentro requisitoriado por ninguna Dependencia Judicial. 9. Me comprometo en el marco de las normas internas y disposiciones vigentes con relación a los servicios que realice en la institución, a guardar confidencialidad y reserva de la información y documentación a mi cargo. 10. Los documentos que presento son auténticos; así como la información contenida en la Ficha de Postulación y demás documentos requeridos, es veraz. Asimismo en caso de falsedad de lo manifestado en la presente Declaración Jurada, me someto a lo dispuesto a la Ley de Procedimiento Administrativo General, sin perjuicio de las responsabilidades que pudiera corresponderme por tal hecho. 11. No figuro en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. En fe de lo firmado, suscribo la presente, En ___________________ a los ____ días del mes de ____________ de 2019 (ciudad)

______________________ FIRMA DNI N.° ………………………..

Martes, 30 de abril del 2019

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Conocimientos para el puesto y/o cargo (4)

9

 Conocimientos en Derecho Penal y Procesal Penal.  Enfoques y principios en temas de delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos, protección de derecho de propiedad.  Redacción de resoluciones, sentencias, autos y otros.

(*) La colegiatura debe estar vigente al momento del registro de la postulación en el PSEP.

2. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIA (Cód. 01129_1, 01129_2 y 01129_3 ) REQUISITOS

DETALLE

PROCESO CAS N° 003-2019 I.- GENERALIDADES

Experiencia (1)

 Experiencia laboral no menor de dos (2) años como Secretario Judicial o como especialista judicial o en el ejercicio profesional de la carrera de derecho (acreditado con escritos presentados con sellos de recepción original, mínimo uno por mes o recibo por honorarios mínimo uno por mes) computándose este a partir de la fecha de colegiatura o desempeñando docencia universitaria en disciplina jurídica, por igual término.

Habilidades (2)

 Comprensión lectora, redacción veloz, trabajo en equipo, orientación a resultados y razonamiento lógico.

Formación académica, grado académico y/o nivel de estudios (3)

 Titulado (a) en derecho, con colegiatura vigente y habilitado (a) (*).

Cursos y/o estudios de especialización

 En derecho Penal y procesal Penal, nuevo código Procesal Penal, lavado de activos, corrupción de funcionarios (acreditado)  Cursos de ofimática básica (Word, Excel mínimo) debidamente acreditada (obligatorio).

Conocimientos para el puesto y/o cargo (4)

 Conocimientos en Derecho Penal y Procesal Penal.  Enfoques y principios en temas de delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos, protección de derecho de propiedad.  Redacción de resoluciones, sentencias, autos y otros.

1. Objeto de la Convocatoria: La Corte Superior de Justicia de Cusco pone en conocimiento el proceso de selección que se llevará a cabo para cubrir doce (12) presupuestos CAS, conforme se detalla a continuación: N°

CÓDIGO

PRESTACIÓN

DEPENDENCIA

RET. ECON. S/

CANTIDAD

1

01128_1

Especialista Judicial de Juzgado

Módulo Penal Central

2,972.00

1

2

01128_2

Especialista Judicial de Juzgado

Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio.

2,972.00

2

3

01129_1

Especialista Judicial de Audiencia

Módulo Penal Central

2,972.00

1

4

01129_2

Especialista Judicial de Audiencia

Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio

2,972.00

2

5

01129_3

6

00905

Especialista Judicial de Audiencia

Apoyo Jurisdiccional

Módulo Penal de la Convención

2,972.00

1

Módulo Judicial Integrado en Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar.

2,572.00

2

(*) La colegiatura debe estar vigente al momento del registro de la postulación en el PSEP. 3.

7

01464

Auxiliar Judicial

Módulo Judicial Integrado en Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar.

2,212.00

1

8

00723

Asistente Jurisdiccional

Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio.

2,572.00

2

APOYO JURISDICCIONAL (Cód. 00905) REQUISITOS

DETALLE



Experiencia no menor de dos (02) años en labores de Auxiliar de Oficina o actividades equivalentes, preferentemente con especialidad en derecho de familia (acreditado).

Habilidades (2)



Comprensión lectora, redacción veloz, trabajo en equipo, trabajo bajo presión, organización de información y razonamiento lógico.

Formación académica, grado académico y/o nivel de estudios (3)



Bachiller en Derecho.

Cursos y/o estudios de especialización

 

Cursos en temas de Derecho de Familia, Violencia familiar, Violencia de género, Ley 30364 (acreditados documentalmente) Cursos de ofimática básica debidamente acreditados (obligatorio).

Conocimientos para el puesto y/o cargo (4)

  

Conocimientos en temas de derecho de familia. Enfoques y principios de la atención de casos de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar. Redacción de documentos, informes, otros.

Experiencia (1)

2. Dependencia, unidad orgánica y/o área solicitante: Módulo Penal Central. Modulo Penal La Convención Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio. Modulo Judicial Integrado en Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. 3. Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación: Coordinación de Recursos Humanos.

II.- PERFIL DE LOS PUESTOS 1.

ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO (Cód. 01128_1 Y 01128_2) REQUISITOS

DETALLE 

Experiencia (1)

Experiencia laboral mayor de dos (2) años como especialista judicial de juzgado o como secretario judicial o en el ejercicio profesional de la carrera de derecho (acreditado con escritos presentados con sellos de recepción original, mínimo uno por mes o recibo por honorarios mínimo uno por mes) computándose este a partir de la fecha de colegiatura o desempeñando docencia universitaria en disciplina jurídica, por igual término.

4. Habilidades (2)

AUXILIAR JUDICIAL (Cód. 01464)

 Comprensión lectora, redacción veloz, análisis, orden razonamiento lógico.

REQUISITOS Formación académica, grado académico y/o nivel de estudios (3)

 Titulado (a) en derecho, con colegiatura vigente y habilitado (a) (*).

Cursos y/o estudios de especialización

 En derecho Penal y procesal Penal, nuevo código Penal, lavado de activos. corrupción de funcionarios (acreditado)  Cursos de ofimática básica (Word, Excel mínimo) debidamente acreditada (obligatorio).

DETALLE

2

10

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

 Experiencia no menor de dos (02) años en labores de Auxiliar de Oficina o actividades equivalentes, preferentemente con especialidad en derecho de familia (acreditado).

Experiencia (1)

• Informar a los magistrados sobre las causas asignadas, cuando ello sea requerido. • Programar las audiencias en los plazos establecidos por ley y según la agenda de su juzgado. • Ejecutar las disposiciones consignadas en autos y sentencias, oficiando a las instituciones pertinentes, cuando corresponda. • Responsable del descargo oportuno de Hitos Estadísticos sobre producción del Órgano jurisdiccional en el sistema correspondiente. • Cumplir las demás obligaciones que le señala la Ley, los reglamentos y manuales correspondientes y otras funciones que le sean asignadas por su jefe inmediato inherentes al puesto. 2.

Habilidades (2)

 Comprensión lectora, redacción veloz, trabajo en equipo, trabajo bajo presión, organización de información y razonamiento lógico.

Formación académica, grado académico y/o nivel de estudios (3)

 Estudios en la carrera profesional de Derecho (8vo ciclo) mínimo.

Cursos y/o estudios de especialización

 Cursos en temas de Derecho de Familia, Violencia familiar, Violencia de género, Ley 30364 (acreditados documentalmente)  Cursos de ofimática básica debidamente acreditados (obligatorio).

Conocimientos para el puesto y/o cargo (4)

 Conocimientos en temas de derecho de familia.  Enfoques y principios de la atención de casos de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar.  Redacción de documentos, informes, otros.

ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIA (Cód. 01129_1, 01129_2 y 01129_3) • Realiza labores jurisdiccionales, tales como coordinaciones para la realización de las audiencias, efectuar las grabaciones de audio/video, dar fe pública de actos procesales efectuados en el Juzgado, elaboración del acta de audiencias, preparación de notificaciones y oficios. • Cumplir diariamente con el protocolo de verificar el funcionamiento de los equipos requeridos (computador, sistema informático, y equipos de grabaciones de audio y/o video) • Pregonar la realización de la audiencia, verificar que los actores procesales se encuentren presentes antes de la realización de la audiencia, debiendo certificar su identidad. • Cautelar el cumplimiento de las prohibiciones establecidas durante la audiencia: no uso de celulares, no permanencia de menores de edad, etc. según cartilla de prohibiciones. • Dar fe pública de los actos procesales desarrollados durante la realización de la audiencia. • Realizarlas grabaciones de audio o video y los registro de la audiencia en el sistema informático respectivo (preferentemente contará con dispositivos de respaldo mp3) • Descargar y asociar las Audiencias grabadas y actas de registro en el sistema informático, cuando corresponda. • Realizar las copias de seguridad de los registros de audio y/o video de las audiencias en los medios de almacenamiento de datos correspondientes (CD/DVD, etc.); identificándolas adecuadamente para su fácil ubicación y uso, cuando corresponda. • Entregar al Área de Custodia los CD/DVD conteniendo las grabaciones de las Audiencias, cuando corresponda. • Reportar ante el Administrador del Módulo Penal y el área de informática, el mantenimiento y/o reposición de los equipos de audio y video; así como del software correspondiente y atender las faltas que se presenten. • Elaborar el acta del registro de la audiencia y una vez firmada por el magistrado agregarla al Cuaderno Judicial, asociarla al sistema y enviarla a quienes corresponda. • Redactar las resoluciones expedidas en audiencia las mismas que contendrán una relación sucinta de lo ocurrido durante su desarrollo y deben cumplir con lo dispuesto en el artículo 120 del Código Procesal Penal y entregadas a los Especialistas Judiciales de Juzgado en el plazo de 24 horas. • Cumplir las demás obligaciones que le señale la Ley, los reglamentos y manuales correspondientes y otras funciones que le sean asignadas por su jefe inmediato inherentes al puesto.

3.

APOYO JURISDICCIONAL (Cód. 00905) • • • • • • • • • • • •

4.

5.

ASISTENTE JURISDICCIONAL (Cód. 00723) REQUISITOS

DETALLE

Experiencia (1)

 Experiencia no menor de dos (02) años en labores de Auxiliar de Oficina o actividades equivalentes, preferentemente con especialidad en derecho Penal (acreditado).

Habilidades (2)

 Comprensión lectora, redacción veloz, trabajo en equipo, confidencialidad, organización de información y razonamiento lógico.

Formación académica, grado académico y/o nivel de estudios (3)

 Estudios en la carrera profesional de Derecho (8vo ciclo) mínimo.

Cursos y/o estudios de especialización

 En derecho Penal y procesal Penal, nuevo código Procesal Penal (acreditado documentalmente)  Cursos de ofimática básica debidamente acreditados (obligatorio).

Martes, 30 de abril del 2019

Verificar permanente el buen estado de los expedientes. Fotocopiar las piezas procesales para los cuadernillos de apelación o demás recursos que se propongan en el proceso. Elaborar las cédulas de notificación y remitirlas a través del SINOE. Sellar las copias para certificación del secretario de la causa. Recepcionar en el sistema y en el día los expedientes que se le asignan. Recepcionar los escritos y ubicar los expedientes para ser entregados al Secretario Judicial para que dé cuenta de ellos. Participar en el inventario y depuración de expedientes. Hacer seguimiento de los cargos de notificación que presentan demora en su diligenciamiento y devolución; y pegar los cargos de notificación diligenciado en el día. Diligenciar las cédulas de notificación con la debida anticipación, para evitar dilaciones en el proceso judicial. Realizar las coordinaciones necesarias para la comparecencia de los testigos, peritos, intérpretes y otros intervinientes citados por la dependencia jurisdiccional. Realizar las coordinaciones para la asistencia puntual de las partes procesales y sus abogados. Cumplir las demás obligaciones que le señala la Ley, los reglamentos y manuales correspondientes y otras funciones inherentes al puesto que su jefe inmediato le asigne. AUXILIAR JUDICIAL (Cód. 01464) Efectuar la búsqueda de los expedientes para resolver los escritos presentados por los litigantes. Organizar y conservar en buen estado los expedientes. Confeccionar la cédula de notificaciones y remitirlas a la Central de Notificaciones. Facilitar los expedientes a los litigantes y abogados en la Sala de Lectura. Realizar las notificaciones y enviarlas a la Central de Notificaciones para su remisión. Pegar en los expedientes los cargos de notificación. Formar los cuadernos de apelación e incidentes. Transcribir las audiencias de conciliaciones en el Libro correspondiente. Elaborar el Cuadro Resumen de Producción del Juzgado. Apoyo en diligencias de declaración instructiva y testimoniales. Forma de cuadernos incidentales. Cumplir las demás obligaciones que le señala la Ley, los reglamentos y manuales correspondientes y otras funciones inherentes al puesto que su jefe inmediato le asigne.

• • • • • • • • • • • • 5.

ASISTENTE JURISDICCIONAL (Cód. 00723) • • • • • • • • • •

Generar las notificaciones y verificar su efectiva comunicación a los sujetos procesales, diligenciando las que corresponda mediante vía idónea (teléfono, fax, correo electrónico). Elaborar citaciones a audiencias de Juicio Oral y diligenciarlas con el procedimiento más ágil. Realizar las coordinaciones pertinentes para la asistencia puntual de las partes procesales y sus abogados a las diferentes audiencias programadas. Realizar las coordinaciones necesarias para la comparecencia de los testigos, peritos, intérpretes y otros intervinientes citados por la dependencia jurisdiccional. Elaborar boletines de condenas, diligenciarlos y coordinar su remisión al Registro Central de Condenas. Formar los cuadernos y expedientes judiciales que corresponda en el proceso con la documentación pertinente. Apoyar en la organización y mantención actualizada de cada carpeta o Expediente Judicial. Apoyar en el diligenciamiento de notificaciones, así como con la atención al público cuando se requiera. Apoyar a la Administración, cuando se requiera por necesidad de servicio. Cumplir las demás obligaciones que le señala la Ley, los reglamentos y manuales correspondientes y otras funciones inherentes al puesto que su jefe inmediato le asigne.

IV. CONDICIONES ESENCIALES DEL CONTRATO CONDICIONES

Conocimientos para el puesto y/o cargo (4)

 Conocimientos en Derecho Penal y Procesal Penal.  Enfoques y principios en temas de delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos, protección de derecho de propiedad.  Redacción de documentos, informes, otros.

DETALLE

PRESTACIÓN

Cód. 01128_1 Módulo Penal Central. Sede Central de la CSJCU – Av. El Sol N° 239.

III. CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO: Cód. 01128_2 Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio

Principales funciones a desarrollar: 1.

Lugar de Prestación del Servicio

ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO (Cód. 01128_1 y 01128_2)

• Realiza labores jurisdiccionales, tales como seguimiento de causas, control de plazos, registro de requisitorias y condenas, coordinación para el uso de las salas de audiencias y verificación del correcto despacho de las notificaciones, supervisa a los asistentes jurisdiccionales de juzgados. • Recibir por el sistema y físicamente los cuadernos, expedientes y documentos provenientes del Área de Atención al Público. • Registrar en el sistema informático los cuadernos, expedientes y documentos ingresados dentro del horario de turno, cuando uno de sus magistrados actué como Juez Superior de Investigación Preparatoria. • Dar cuenta del despacho, elaborar y suscribir los decretos y proyectar los autos que no requieren pronunciamiento de fondo en los plazos establecidos por ley. • Organizar y mantener actualizado el proceso (cuadernos y expedientes) • Certificar las copias de las piezas procesales que sean solicitadas al Juzgado.

3

Cód. 01129 _1) Modulo Penal Central

Sede Central de la CSJCU – Av. El Sol N° 239.

Cód. 01129_2 - Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio Juzgado de la Convención Cód. 01129 _3 Modulo Penal de la Convención

4

Martes, 30 de abril del 2019

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Cod. 00905 - Modulo Judicial Integrado en Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar

8

Evaluación Técnica

08 de mayo de 2019

Comisión CAS Ad Hoc

9

Resultados de la Evaluación Técnica

08 de mayo de 2019

Comisión CAS Ad Hoc

10

Entrevista Personal

09 de mayo de 2019

Comisión CAS Ad Hoc

11

Resultados de la Entrevista Personal

09 de mayo de 2019

Comisión CAS Ad Hoc

12

Resultados Finales – Declaración de Ganadores

09 de mayo de 2019

Coordinación de personal

Villa el Periodista F-1 Wanchaq Cod. 01464 - Modulo Judicial Integrado en Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar

Cod. 00723 - Juzgado Transitorio Especializado em Extinción de Dominio

Duración del contrato

Sede Central de la CSJCU – Av. El Sol N° 239.

Desde el 13 de mayo hasta el 30 de junio de 2019, pudiendo ser prorrogable

S/ 2,972.00

Retribución económica S/.

Otras condiciones esenciales del contrato

Cód. 01128_1, 01128_2 Cód. 01129_1, 01129_2 y 01129_3

S/ 2,572.00

Cód. 00905 Cód. 00723

S/. 2,212.00

Cód. 01464

SUSCRIPCIÓN Y REGISTRO DE CONTRATO

• Contar con número de RUC. • No contar con antecedentes penales y policiales. • No estar inscrito en el Registro Nacional de Deudores Alimentarios -REDAM. • No estar inscrito en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido –RNSDD. • Para la prestación de servicios de Apoyo Jurisdiccional y Auxiliar Judicial, se requiere disponibilidad de tiempo de lunes a domingo las veinticuatro horas del día, según turnos rotativos.

13

Suscripción del contrato

10 de mayo de 2019

Coordinación de personal

14

Registro de contrato

10 de mayo de 2019

Coordinación de personal

IV. FASES DE EVALUACIÓN: V. CRONOGRAMA Y ETAPAS DEL PROCESO

1. 2.

ETAPAS DEL PROCESO

CRONOGRAMA

ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO (Cód. 01128) ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIA (Cód. 01129)

RESPONSABLE EVALUACIONES

Aprobación de la Convocatoria

12 de abril de 2019

Gerencia de Administración Distrital

Publicación del proceso en el aplicativo para el registro y difusión de las ofertas laborales del Estado – Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

15 al 30 de abril de 2019 (10 días hábiles)

1

Publicación de la convocatoria en el link Oportunidad Laboral del Poder Judicial

15 al 30 de abril de 2019 (10 días hábiles)

Coordinación de personal

2

Postulación web – Sistema de Postulación, Selección y Evaluación de Personal – PSEP

02 de mayo de 2019

Postulante

Responsable del registro

CONVOCATORIA

PUNTUJE MÍNIMO

PUNTAJE MÁXIMO

EVALUACIÓN DE LA HOJA DE VIDA

15

35

Experiencia 1. Experiencia de 2 años acreditados en el sector público y/o privado (8 puntos) 2. Por cada 1 año de experiencia adicional en el cargo requerido (2 puntos).

8

20

Formación Académica, Cursos y/o especializaciones, 1. Título profesional de Abogado con colegiatura vigente y habilitado (7 puntos). 2. Maestría /Doctorado en: Nuevo Código Penal, Derecho Penal, Procesal Penal, delitos de lavado de activos, corrupción de funcionarios, (acreditado) (2 puntos). 3. Diplomados o especializaciones no menor de 90 horas en Derecho Penal, Procesal Penal, Nuevo Código Penal, delitos de lavado de activos, corrupción de funcionarios, Derecho de propiedad (acreditado) (1 punto). 4. Cursos, talleres, seminarios, mínimo 12 horas no acumuladas de Derecho penal, procesal penal, delitos de lavado de activos, corrupción de funcionarios, Derecho de propiedad (1 punto). 5. Cursos de Ofimática (que contenga mínimo programas de Word y Excel ) (1 punto)

7

15

EVALUACIÓN TÉCNICA

26

40

Oficina de Trámite Documentario o Mesa de Partes

Presentación física de hoja de vida documentada: (solo aquellos postulantes que se inscribieron vía web) 3

03 de mayo de 2019 Av. El Sol N° 239 Cusco Mesa de Partes de la Corte Superior de Justicia de Cusco

Horario: De 07:45 hs a 13:00 hs o de 14:00 hs a 16:45 hs

ENTREVISTA PERSONAL

25

PUNTAJE TOTAL

100

SELECCIÓN

4

Evaluación Curricular – Sin puntajes

06 de mayo de 2019

Gerencia de Administración Distrital

5

Resultados de la Evaluación Curricular – Sin puntajes

06 de mayo de 2019

Gerencia de Administración Distrital

3. 4.

APOYO JURISDICCIONAL (Cod. 00905) AUXILIAR JUDICIAL (Cod. 01464)

EVALUACIONES

6

Evaluación Curricular – Con puntajes

07 de mayo de 2019

Comisión CAS Ad Hoc

7

Resultados de la Evaluación Curricular – Con puntajes

07 de mayo de 2019

Comisión CAS Ad Hoc

5

EVALUACIÓN DE LA HOJA DE VIDA Experiencia 1. Experiencia no menor de dos (02) años en labores de Auxiliar de Oficina o actividades equivalentes, preferentemente con especialidad en derecho de familia (acreditado) (8 Puntos) 2. Por cada 1 año de experiencia adicional en el cargo requerido (2 puntos). Formación Académica, Cursos y/o especializaciones, 1. Título profesional de Abogado /Bachiller /Ultimo ciclo de la carrera de Derecho (según perfil). (7 puntos). 2. Maestría en: Derecho de familia, Violencia Familiar, violencia de género, (acreditado) (2 puntos). 3. Diplomados o especializaciones no menor de 90 horas en Derecho de Familia, Violencia familiar,

6

PUNTUJE MÍNIMO

PUNTAJE MÁXIMO

15

35

8

20

7

15

11

12

La República

Martes, 30 de abril del 2019

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

violencia de genero (acreditado) (1 punto). Cursos, talleres, seminarios, mínimo 12 horas no acumuladas en derecho de familia, violencia familiar, violencia de genero (1 punto). Cursos de Ofimática (que contenga mínimo programas de Word y Excel ) (1 punto)

4. 5.

EVALUACIÓN TÉCNICA

26

40

ENTREVISTA PERSONAL

25

PUNTAJE TOTAL

100

5.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PROCESO CAS N.° 003-2019 CONVOCATORIA BAJO LOS ALCANCES DEL D. LEG. N.° 1057, REGIMEN ESPECIAL DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS

ASISTENTE JURISDICCIONAL

EVALUACIONES EVALUACIÓN DE LA HOJA DE VIDA Experiencia 1.

Experiencia no menor de dos (02) años en labores similares, preferentemente con especialidad en materia penal (acreditado) (8 puntos) 2. Por cada 1 año de experiencia adicional en el cargo requerido (2 puntos). Formación Académica, Cursos y/o especializaciones, 1. Título profesional de Abogado /Bachiller/ Estudios en la carrera profesional de Derecho y Ciencias Políticas (8vo ciclo) mínimo (según perfil) (7 puntos). 2. Maestría en: Nuevo Código Penal, Derecho Penal, Procesal Penal, (acreditado) (2 puntos). 3. Diplomados o especializaciones no menor de 90 horas en Derecho penal, procesal penal, delitos de lavado de activos, corrupción de funcionarios, Derecho de propiedad. (acreditado) (1 punto). 4. Cursos, talleres, seminarios, mínimo 12 horas no acumuladas en Derecho penal, procesal penal, delitos de lavado de activos, corrupción de funcionarios, Derecho de propiedad (1 punto). 5. Cursos de Ofimática (que contenga mínimo programas de Word y excel ) (1 punto) EVALUACIÓN TÉCNICA

PUNTUJE MÍNIMO

PUNTAJE MÁXIMO

15

35

8

20

CRONOGRAMA Y ETAPAS DEL PROCESO ETAPAS DEL PROCESO Aprobación de la Convocatoria

7

26

40

PUNTAJE TOTAL

100

1

Publicación de la convocatoria en el link Oportunidad Laboral del Poder Judicial

2

Postulación web – Sistema de Postulación, Selección y Evaluación de Personal – PSEP

Cada etapa tiene carácter de eliminatoria, razón por la cual, el/la postulante o candidato (a) que no obtenga puntaje aprobatorio, no será considerado como apto(a) para la siguiente etapa, ni podrá ser declarado (a) ganador (a) o elegible. El puntaje mínimo aprobatorio para ser declarado ganador es de SESENTA Y SEIS (66) puntos que resulta obligatoriamente de la sumatoria de los puntajes aprobatorios de las fases (evaluación curricular, evaluación técnica y entrevista personal).

V. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

Para ser considerado postulante deberá registrarse a través del link “Oportunidad Laboral” en la página web institucional del Poder Judicial y presentar en la fecha programada en el cronograma, un sobre cerrado con los siguientes documentos debidamente firmados y foliados:



Gerencia de Administración Distrital

Responsable del registro

3

Presentación física de hoja de vida documentada: (solo aquellos postulantes que se inscribieron vía web)

15 al 30 de abril de 2019 (10 días hábiles)

Coordinación de personal

02 de mayo de 2019

Postulante Oficina de Trámite Documentario o Mesa de Partes

03 de mayo de 2019

Av. El Sol N° 239 Cusco Mesa de Partes de la Corte Superior de Justicia de Cusco

Horario: De 07:45 hs a 13:00 hs o de 14:00 hs a 16:45 hs

SELECCIÓN

La información que el/la postulante registre en el Sistema de Postulación, Selección y Evaluación de Personal (PSEP) tiene carácter de declaración jurada, motivo por el cual el/la postulante es responsable del registro de información que efectúe al momento de la postulación, así como la impresión de su ficha de postulante y la declaración jurada, las cuales deberán ser presentadas debidamente suscritas. Asimismo, se somete al proceso de fiscalización posterior que el Poder Judicial considere necesario

     

12 de abril de 2019

CONVOCATORIA

25



RESPONSABLE

Publicación del proceso en el aplicativo para el registro y difusión de las ofertas laborales del 15 al 30 de abril de 2019 Estado – Ministerio de Trabajo y Promoción (10 días hábiles) del Empleo

15

ENTREVISTA PERSONAL



CRONOGRAMA

Reporte de postulación debidamente firmado. (obligatorio) Copia simple de las constancias de estudios, trabajo y/o certificados que acrediten la información registrada en el aplicativo web de postulación. Constancia de habilitación profesional vigente, en caso corresponda. Declaración Jurada – Anexo N. º 1, que figura en las bases. Debidamente firmado. Copia simple del documento que acredite su condición de persona con discapacidad o de licenciado (a) de las fuerzas armadas (en caso aplique). Copia simple de licencia de conducir, en caso corresponda.

4

Evaluación Curricular – Sin puntajes

06 de mayo de 2019

Gerencia de Administración Distrital

5

Resultados de la Evaluación Curricular – Sin puntajes

06 de mayo de 2019

Gerencia de Administración Distrital

6

Evaluación Curricular – Con puntajes

07 de mayo de 2019

Comisión CAS Ad Hoc

7

Resultados de la Evaluación Curricular – Con puntajes

07 de mayo de 2019

Comisión CAS Ad Hoc

8

Evaluación Técnica

08 de mayo de 2019

Comisión CAS Ad Hoc

9

Resultados de la Evaluación Técnica

08 de mayo de 2019

Comisión CAS Ad Hoc

10

Entrevista Personal

09 de mayo de 2019

Comisión CAS Ad Hoc

11

Resultados de la Entrevista Personal

09 de mayo de 2019

Comisión CAS Ad Hoc

12

Resultados Finales – Declaración de Ganadores

09 de mayo de 2019

Coordinación de personal

El sobre estará dirigido a la Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y etiquetado de la siguiente manera: Señores: PODER JUDICIAL Atención: Coordinación de Personal de la Corte Superior de Justicia de Cusco Proceso CAS N° 003-2019-UE-CUSCO Nombre completo del postulante: _____________________________________ Dependencia a la que postula: _____________________________________ Puesto al que postula: ______________________________________

Se precisa que, aquel postulante que no adjunte a su hoja de vida documentada el Reporte de postulación firmado emitido por el aplicativo web, así como la Declaración Jurada – Anexo N. º 1. Debidamente firmado, será eliminado del proceso.

SUSCRIPCIÓN Y REGISTRO DE CONTRATO

Los documentos presentados por los postulantes no serán devueltos por ningún motivo.

7

13

Suscripción del contrato

10 de mayo de 2019

Coordinación de personal

14

Registro de contrato

10 de mayo de 2019

Coordinación de personal

Martes, 30 de abril del 2019

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PRIMERA SALA LABORAL

TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTAS DE CAUSA Nº 1 2 3

Hora 08:20 09:00 12:00

Exp. 303-2018 1785-2018 3392-2017

Apelación Demandante Sentencia Sutec Vásquez, Rubén Sentencia López Choquehuanca, Efraín Sentencia Huamán Rivas, Magda Patricia

Nº 1 2 3

Hora 08:20 08:45 09:30

Exp. 259-2018 3725-2017 38-2018

Apelación Demandante Sentencia Inquiltupa Ttito, Vicente Sentencia Parquez Macedo, Graciela Sentencia Barragan Barrientos, Danitza

Nº 1 2 3

Hora 08:20 08:45 09:30

Exp. 2852-2018 828-2018 1690-2018

Apelación Demandante Sentencia Laucata Ninachoque, Ernesto Sentencia Portillo Becerra, Nilton Sentencia Llamocca Toledo, Dionicia

Lunes, 29 de abril de 2019 Demandado Universidad Tecnológica de los Andes Plan COPESCO Corte Superior de Justicia de Cusco Martes, 30 de abril de 2019 Demandado Municipalidad de Cusco Municipalidad de Cusco Municipalidad de Cusco Jueves, 2 de mayo de 2019 Demandado Municipalidad de San Sebastián Municipalidad de Cusco Municipalidad de Cusco

Materia Desnat.de Contrato de Trabajo Indemn.por Despido Arbitrario Reint.del Bono por Función Juris.

Materia Pago de Remuneraciones Rec. de Contrato de Trabajo Rec. de Contrato de Trabajo

Materia Declaracion de Relación Laboral Reposición Reposición

Proc. 1.J.T.C. 4.J.T.C. 1.J.T.C.

Colegiado Bustamante-Barra-Gutiérrez Bustamante-Barra-Gutiérrez Barra-Gutiérrez-Cáceres

Proc. 1.J.T.C. 1.J.T.C. 1.J.T.C.

Colegiado Bustamante-Barra-Gutiérrez Bustamante-Barra-Gutiérrez Bustamante-Barra-Gutiérrez

Proc. 1.J.T.C. 1.J.T.C. 1.J.T.C.

Colegiado Bustamante-Barra-Gutiérrez Bustamante-Barra-Gutiérrez Bustamante-Barra-Gutiérrez

Cusco, 29 de abril de 2019

WILBER BUSTAMANTE DEL CASTILLO PRESIDENTE

MARIA DEL ROSARIO DONGO CALLO SECRETARIA

&257(683(5,25'(-867,&,$'(/&86&2 6$/$0,;7$3(1$//,48,'$'25$