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30 oct. 2018 - PAL: Estando al acta de defunción presentado, de con- formidad con el ...... Acta de Intervención Policia
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Martes, 30 de octubre del 2018

AVISOS JUDICIALES EDICTO Ante el Primer Juzgado Mixtote Wanchaq se viene tramitando la causa N° 336-2018-CI, se ha dispuesto publicar un extracto del auto admisorio de la demanda: Resolución N°03 de fecha veintiuno de agosto del año dos mil dieciocho SE RESUELVE; ADMITIR a trámite la demanda en la vía abreviada formulada por CARLOS RAUL SAY PAM SIU OLIVERA contra TRASDISA SICUANI consistente en la propiedad vehicular del automóvil de placa N°PZ 3215 marca Ford color amarillo azul planeo, modelo F-250 número de serie F24FCB1066 numero de motor F25FCJB 1066,año de fabricación 1980 tipo de carrocería cabina simple; lo que se pone en conocimiento para los fines consiguiente.- A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Por ofrecidos los medios probatorios para su oportunidad.- H.S.- Media Firma y sello del señora Juez Doctora YANET OFELIA PAREDES SALAS.-Especialista Legal Crisalta Salazar Yauta ,- Lo que se publica para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 3 de octubre del 2018. CRISALTA SALAZAR YAUTA SECRETARIO JUDICIAL P. 7042671 F. (18, 24, 30 OCT)

REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA En los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra AMAZING ANDEAN AREA SCDRL, ZACARIAS CASAZOLA SOTA Y YUDITH LIDIA TOLEDO LUNA DE CASAZOLA sobre ejecución de garantías, Exp. N° 00891 -2016-0-1001 -JR-CI-05; el Quinto Juzgado Civil de Cusco que Despacha la Juez Dra. Marianella Cárdenas Villanueva y Especialista Legal Dra. Vilma Vargas Trujillo, ha ordenado el remate en primera convocatoria del inmueble N° 5, Manzana F, desmembrado de la Asociación Pro vivienda Día de ¡a Dignidad Nacional ubicado en distrito de Santiago Provincia y Departamento de Cusco, cuyos linderos, medidas perimétricas, y demás características se encuentran inscritas en la Partida N° 02011078 del Registro de Propiedad inmueble de Cusco. Este inmueble fue valorizado en US$. 50,395.00 (CINCUENTA MIL TRESCIENTOS NOVENTICINCO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS) y saldrá a remate por la suma de US$. 33,596.67 (TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 67/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale a las dos ‘terceras partes de la tasación convencional. GRAVAMENES: 1) Hipoteca a favor de la ejecutante hasta por US$. 40,000.00 y 2) Modificación y ratificación de hipoteca a favor de la ejecutante e inscritas las afectaciones en los asientos D00008 y D00010 de la Partida N° 02011078 del Registro de Propiedad Inmueble de Cusco, respectivamente. El remate será el SEIS DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE, en la Oficina de Administración del Juzgado .Civil, ubicada en el Segundo Piso, del Palacio de Justicia sito en Av. Sol S/N del Distrito, Provincia y Departamento del Cusco. Diligencia que estará a cargo del Martiliero Público Abraham Marinas Sánchez, con Registro N° 224. Los postores, oblarán una cantidad no menor a US$. 5,039.50 (CINCO MIL TREINTA Y NUEVE CON 50/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale al 10% del valor de la tasación del bien, en efectivo o cheque de gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) y presentarán su documento oficial de identidad

en original y copia, además el arancel judicial correspondiente (tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y el número de documento de identidad del postor, debidamente suscrito. La comisión del Martiliero será cancelada por el adjudicatario al finalizar el remate y está afecta al IGV, de conformidad con el Decreto Supremo N° 008-2005 JUS. Cusco, 11 de setiembre del 2018 ABRAHAM MARINAS SANCHEZ Martiliero Público a Nivel Nacional Registro N° 224 P. 7024179 F. (23, 24,25, 26, 29, 30 OCT)

EDICTO JUDICIAL Se hace saber, que el señor Juez del Segundo Juzgado Civil del Cusco Eliot A. Zamalloa Cornejo, bajo la actuación del Especialista Legal David Américo Olivera Sarmiento, en el Expediente N° 00744-2017-0-1001-JR-CI02 seguido por CARLOS CAHUA QUINTO en contra de PAULINO BALLADARES PFUYO, PLACIDA ATAULLUCO BERROCAL e IRENE QUINTO MANCO, sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO, ha dispuesto la publicación del siguiente mandato judicial: Resolución N° 10.- Cusco, quince de Octubre de dos mil dieciocho.- AL PRINCIPAL: Estando al acta de defunción presentado, de conformidad con el artículo 108 del Código Procesal Civil, DISPONGASE EL EMPLAZAMIENTO de los herederos legales de la demandada Q.E.V.F. IRENE QUINTO MANCO VIUDA DE CAHUA mediante el Diario Judicial del Cusco y el Diario Oficial “El Peruano”, con el fin de que dentro del PLAZO DE TREINTA DIAS se apersonen al proceso en la forma establecida por ley, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.- H.S/- Media firma y sello del señor Juez.- Media firma y sello del Especialista Legal. Cusco, 15 de Octubre de 2018 DAVID AMERICO OLIVERA SARMIENTO SECRETARIO JUDICIAL P. 7054103 F. (26, 29, 30 OCT)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo-Cusco, en el Exped. N° 355-2018-CI, En la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La petición de ROGER BRIEL VILLAFUERTE NAGAREMORI, quien solicita se rectifique el Documento Nacional de Identidad N° 04805996 que corresponde a su progenitora QEVF Artimia Nagaremori de Gonzales, que obra inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, como “Artimia Nagaremori de Gonzales”, siendo lo correcto Artimia Nagaremori Cartagena, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 24-10-2018 ISABEL DEL CARMEN ROJAS PINO SECRETARIA JUDICIAL P. 7054116 F. (26, 29, 30 OCT)

EDICTO JUDICIAL

Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 351-2018-CI seguido por MATIASA QUISPE GUTIÉRREZ sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de sus datos y de su progenitora, siendo lo correcto MATIASA QUISPE GUTIÉRREZ hija de ROSA GUTIÉRREZ CONDE, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de LeySan Jerónimo, 23-10-2018 ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS SECRETARIA JUDICIAL P. 7054114 F. (26, 29, 30 OCT)

EDICTO PENAL EXP. N° 02022-2018-59-1001-JR-PE-06 ESPC. V.BOZA B. Ante el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, se notifica al acusado MARLON ANGEL LOAYZA SAAVEDRA, con el Auto de Citación a Juicio RESOLUCIÓN NRO. 01 Cusco, nueve de octubre del año dos mil dieciocho.- VISTO: En la fecha los actuados remitidos del SEXTO Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, y CONSIDERANDO: PRIMERO: El Juez Penal del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, ha cumplido con lo dispuesto en los artículos 351º, 352º y 353º del Código Procesal Penal, esto es, que ha efectuado el Control de la Acusación en la audiencia preliminar emitiendo el Auto de Enjuiciamiento respectivo. SEGUNDO: El artículo 28, Inciso 2 del Código Procesal Penal, establece “Los Juzgados Penales Unipersonales conocerán materialmente de aquellos cuyo conocimiento no se atribuye a los Juzgados Penales Colegiados”. El delito que va a ser materia de Juzgamiento por este Juzgado es Contra LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, en la modalidad de DELITOS CONTRA LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL, sub tipo FUGA DEL ACCIDENTE DE TRÁNSITO tipificado en el artículo 408 del Código Penal; en consecuencia, este Juzgado Unipersonal es competente a tenor de lo dispuesto en la norma antes mencionada. Conforme al estado del proceso y como dispone el artículo 355º del Código Procesal Penal; SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, la misma que se verificará en AUDIENCIA PÚBLICA el DIA OCHO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE a las DIEZ HORAS (10:00) (hora exacta), a realizarse en la QUINTA SALA DE AUDIENCIA DEL MODULO PENAL, sito en el 3er. Nivel del Palacio de Justicia de Cusco, con presencia obligatoria del representante del Ministerio Público, el acusado y su defensor. Se deja constancia que la audiencia es de carácter INAPLAZABLE (articulo 355° inciso 6 del CPP). Se deja constancia que la fecha señalada es la que corresponde en el orden de ingreso del proceso a este Juzgado habiéndose tomado en cuenta la recargada labor con la que cuenta este Juzgado, y dando cumplimiento a la Resolución Administrativa Nro. 964-2015-P-CSJCU-PJ de fecha CORTE SUPERIOR DE CUSCO 29 de octubre del 2015, en su parte resolutiva, establece en el artículo primero: “Disponer que la Administración del Modulo realice un corte en el señalamiento de las audiencias para reformular el agentamiento de las mismas, a partir del 1 de diciembre del 2015, debiendo de realizarse de manera paralela únicamente cuatro audiencias a la vez a cargo de cada órgano jurisdiccional”. 1.- EMPLÁCESE a las siguientes personas para que concurran obligatoriamente a todo el Juicio oral: 3.1. Notifíquese al acusado MARLÓN ÁNGEL LOAYZA SAAVEDRA en su domicilio procesal Casilla electrónica, sin perjuicio de ser emplazado en su Domicilio Real, dirección proporcionada por el Representante del Ministerio Público en su requerimiento acusatorio u otros domicilios actuales que aparezcan en

autos. En caso alguna de las partes (Ministerio Público, parte agraviada o defensa del acusado) conozcan una nueva dirección domiciliaria del acusado debe hacerla saber por escrito al Juzgado, bajo responsabilidad. La citación al acusado es bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y/o Reo Ausente y ordenarse su captura y conducción a este Juzgado. El acusado asistirá a la audiencia asistido del abogado defensor que designe voluntariamente, bajo apercibimiento de designársele abogado defensor público.3.2. Notifíquese: A ANGELA MARIA PAREDES MENDOZA, Fiscal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco; la citación en caso de inasistencia injustificada es bajo apercibimiento de ser denunciado por responsabilidad funcional y/o ser excluido del juicio y requerir al Fiscal Superior en grado, para que designe otro Fiscal en su reemplazo. Por tanto, en caso no pueda asistir el fiscal mencionado bajo el mismo apercibimiento deberá asistir el Fiscal que lo reemplace. 3.3. TENER POR DESIGNADA como Abogada del acusado, a la Defensora Pública INES BEJAR GALINDO, quien debe ser notificada en su domicilio procesal (Casilla Electrónica), la citación en caso de inasistencia injustificada es bajo apercibimiento de ser excluida de la defensa y disponer se nombre para la acusada otro abogado Defensor Público (artículo 359° inciso 5) del Código Procesal Penal, modificado por el Decreto legislativo N° 1307, concordante con el numeral uno y tres del artículo 85° de la misma norma. 3.4. NOTIFÍQUESE: a la parte agraviada Estado Peruano representado por la Procuraduría Pública del Poder Judicial en su domicilio real consignado en autos, quien además prestara su declaración en el juicio oral. 3.5. NOTIFÍQUESE EN SU OPORTUNIDAD: a los testigos: JAIME SOLÍS CCALA, ANGELINA ROSARIO TAINA MAMANI, YHON WASHINGTON ZAMALLOA MORA, ALEX OCHOA PUMAYALI y JHON DENNIS PÉREZ TAINA. Precísese que los testigos mencionados, deberán concurrir al juicio oral en las próximas sesiones donde se requiera su intervención, para cuyo fin serán citados oportunamente, bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la fuerza pública en caso de no presentarse a la primera citación, conforme lo dispone el artículo 164° inciso 3 del Código Procesal Penal, concordado por el inciso 1) del artículo 379° de la misma norma. Por tanto es obligación del Ministerio Público y de las partes oferentes coadyuvar en la localización y comparecencia de los testigos y peritos que hayan propuesto, conforme dispone el inciso 5) del artículo 355° del Código Procesal Penal. 4. DISPONER la formación del EXPEDIENTE JUDICIAL de la presente causa al amparo de lo establecido en los artículo 136° y 137° del Código Procesal Penal y de los artículos 4°, 5°, 6°, 7° y 8° del Reglamento del Expediente Judicial aprobado mediante Resolución Administrativa número 096-2006-CE-PJ de fecha 28 de Junio del 2006, emitido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en consecuencia cumpla el Especialista legal con formar el Expediente Judicial al cual deberán anexarse: a.- los actuados relativos al ejercicio de la acción penal y de la acción civil derivada del delito; b.- las actas en que consten las actuaciones objetivas e irreproducibles realizadas por la Policía o el Ministerio Público, así como las declaraciones del imputado; c.- los informes periciales y los documentos; d.- las resoluciones expedidas por el Juez de la Investigación Preparatoria y, de ser el caso, los elementos de convicción que la sustenten; e.las resoluciones emitidas durante la etapa intermedia y los documentos, informes y dictámenes periciales que hayan podido recabarse, así como de ser el caso, las actuaciones complementarias realizadas por el Ministerio Público. Asimismo PRECÍCESE: que el CUADERNO DE DEBATE a formarse con el auto de citación a juicio y los registros que se realicen durante el juicio oral y demás resoluciones que se dicten hasta la sentencia, formarán parte del expediente judicial. 5. SE DISPONE que la Representante del Ministerio Público, REMITA a

Martes, 30 de octubre del 2018

este Despacho La declaración testimonial de ANGELINA ROSARIO TAINA MAMANI(fojas 22 a 25),la declaración de YHON WASHINGTON ZAMALLOA MORA (fojas 46 a 48), La declaración de ALEX OCHOA PUMAYALI(fojas 38 a 39), la declaración de JHON DENNIS PÉREZ TAIÑA, bajo responsabilidad.- 6. PÓNGASE a disposición del MINISTERIO PÚBLICO y los SUJETOS PROCESALES el EXPEDIENTE JUDICIAL por el plazo de cinco días en secretaria del Juzgado, a efecto de su revisión, eventual solicitud de copias simples o certificadas y/o para instar la incorporación de alguna pieza o la exclusión de alguna que no corresponde incorporar contempladas en el artículo 136° del Código Procesal Penal. 7. PRECÍSESE que el desarrollo íntegro de la audiencia del juicio oral será grabado en audio y las resoluciones orales se entenderán notificadas inmediatamente de ser emitidas. 8. NOTIFÍQUESE la presente resolución a los sujetos procesales.J. S (26, 29, 30 OCT)

EDICTO PENAL SEÑORES: FLOR DE MARIA MENDOZA CRUZ ROSA MARIA ÁLVAREZ CCARHUASUYCA La señorita Juez del 5to Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Villa Humpiri en el proceso Nro. 6757-2018-0-1001-JR-PE-05, seguido contra FLOR DE MARIA MENDOZA CRUZ, por el delito de Lesiones Leves, en agravio de Rosa María Álvarez Ccarhuasuyca, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con la Resolución Nº 01 del 18/10/18 y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACION.- El primer despacho de la 2da FPPC de Santiago, formula ACUSACION DIRECTA contra Flor de María Mendoza Cruz, por el delito de Lesiones Leves, en agravio de Rosa María Álvarez Ccarhuasuyca, respecto de los hechos ocurridos en fecha 04/06/18 se solicita contra la acusada 40 MESES DE PPL, y el pago de S/. 1,000.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor de la Agraviada. RESOLUCIÓN NRO. 01, Cusco, 18/10/18.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación Directa; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación (…). Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día ONCE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las ONCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS (…). 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (…). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (…). 5. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fin de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defienda en el proceso (…). 6. SE REQUIERE a las partes procesales (…) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente (…) 7. NOTIFIQUESE a las partes mediante la publicación de edictos (…) Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señorita Juez Dra. Sandra Natali Villa Humpiri, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 18 de Octubre del 2018 J. S (26, 29, 30 OCT)

NOTIFICACIÓN POR EDICTO

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Srs. YHOJAN ALVAREZ CAVIEDES y JOSÉ PIO LUNA SIERRA Se pone en conocimiento lo siguiente: Ante el Juzgado Penal Unipersonal Itinerante del Cusco (Calca), bajo la dirección de la señora Jueza Dra. Inés Rojas Contreras y actuación del especialista legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la causa penal N° 449-2017-55, seguido contra JOSÉ PIO LUNA SIERRA y YHOJAN ALVAREZ CAVIEDES como presuntos coautores del delito Contra LA FE PÚBLICA, en modalidad de FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS EN GENERAL, sub tipos FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO PÚBLICO y USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO, tipificado en el primer párrafo del artículo 427 del Código Penal y el segundo párrafo del artículo 427 del mismo cuerpo legal respectivamente, en agravio del Notario Público LUIS ALBERTO LUNA RHODDO y el ESTADO representado por la PROCURADURÍA PÚBLICA DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE REGISTROS PÚBLICOS respectivamente; donde se ha dispuesto lo siguiente: 1.- DEJAR INSUBSISTENTE la resolución N° 01 en su extremo que señala fecha de audiencia para el día 14 de octubre del año 2019 que obra a fojas 1, quedando inalterables los demás extremos. 2.- En su lugar REPROGRAMAR la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, para el día VEINTITRÉS DE SETIEMBRE del DOS MIL DIECINUEVE, a las OCHO de la mañana (hora exacta), que tendrá lugar en la sala Itinerante de audiencias del módulo penal, ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia, con presencia obligatoria del representante del Ministerio Público, el acusado y su defensor. Se deja constancia que la audiencia es de carácter INAPLAZABLE (articulo 355° inciso 6 del CPP), subsistiendo los apercibimiento decretados en autos. 3.- NOTIFÍQUESE a los acusados YHOJAN ALVAREZ CAVIEDES y JOSÉ PÍO LUNA SIERRA mediante EDICTOS en el diario judicial de Cusco, en razón de que han sido devueltos las cédulas de notificación sin su diligenciamiento respectivo, tanto que sus domicilios son inciertos y se desconoce sus actuales domicilios reales.Cusco, 24 de octubre de 2018. J. S (26, 29, 30 OCT)

EDICTO JUDICIAL JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Chumbivilcas EXPEDIENTE: 00438-2017-68-1009-JR-PE-01 JUEZ: JOSÉ OBLEA MAMANI ESPECIALISTA: DEVORA SISARA DÍAZ ANTEZANA Se pone en conocimiento del señor MARIO RENE ALVIS ALMIRON, que la Fiscalía Provincial Penal De Chumbivilcas. ha requerido ACUSACIÓN contra MARIO RENE ALVIS ALMIRON, por el delito contra la libertad, en su modalidad de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, en agravio la menor hija DI.RA.SI.HU.; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 04, 01. 1. REPROGRAMAR la presente audiencia para el DÍA VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 A LAS OCHO HORAS, la misma que se llevara a cabo en la sala de audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria de Chumbivilcas. 3.REQUERIR al hoy acusado MARIO RENE ALVIS ALMIRON para que, en el termino de 24 horas designe abogado de su libre elección, bajo expreso apercibimiento en caso d no hacerlo se le designara abogado de oficio, sin perjuicio de ello se dispone que, se remita OFICIO a la oficina de coordinación de la Defensoría Publica del Ministerio de Justicia de esta sede, a efectos de que designe abogado de oficio para que concurra al acto señalado. Chumbivilcas, once de setiembre del 2018. J. S (26, 29, 30 OCT)

EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 01874-2017-93-1001-JR-

PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza al procesado JAVIER UNTIVEROS ALVAREZ, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 10 DE JUNIO DEL 2019 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); acto que se llevara a cabo, en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial - A, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia-Tercer Piso. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 01874-2017-93-1001-JRPE-01, como presunto autor del delito contra la libertad en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad agravado por vinculo familiar, en agravio de la menor de iníciales B.M.U.C.- Cusco, 25 de Octubre del 2018. J. S (26, 29, 30 OCT)

EDICTO PENAL QUISPICANCHI EXPEDIENTE No. 00390-2018-0-1014-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE QUISPICANCHI.Especialista Judicial: Sonia L. Quispe .J Materia: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR. Se cita y emplaza a NICO QUISPE MERMA, a la audiencia en la que 2DA. Fiscalía Penal de Quispicanchi insta en el proceso N° 00390-2018-0-1014-JR-PE-01, por la presunta comisión del delito de omisión de asistencia familiar en agravio de FRANK QUISPE SULLCAPUMA, a llevarse a cabo el día 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 A HORAS 09:45 DE LA MAÑANA, en la segunda sala de audiencias Casa de la Juventud de Urcos- Urb. Tambillo s/n Urcos. Urcos, 16 de Octubre del año 2018. J. S (26, 29, 30 OCT)

EDICTO JUDICIAL En el Proceso Penal N° 00027-2017-53-1017-JR-PE-01, seguido contra Diego Orlando Tarazona Ferrando, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio en su modalidad de Hurto Agravado, previsto y sancionado en el artículo 185 del Código Penal, en agravio de Giovanna Navarro Loaiza, tramitado ante el Juzgado Mixto, Unipersonal y Liquidador de Machupicchu, bajo la dirección de la señorita Juez Melody Contreras Barineza y la Actuación del secretario Judicial Carlos Augusto Palomino Núñez del Prado, se ha dispuesto notificar con el resumen de la acta de audiencia de Juicio oral de fecha 23-10-2018, que RESUELVE: DAR POR NO INSTALADO EL JUICIO ORAL por inconcurrencia injustificada del acusado DIEGO ORLANDO TARAZONA FERRANDO. DECLARAR CONTUMAZ al acusado DIEGO ORLANDO TARAZONA FERRANDO Quien deberá ser ubicado y conducido compulsivamente con el apoyo de la policía nacional, para cuyo efecto SE DISPONE girar los oficios respectivos. SUSPENDER EL TRÁMITE DEL PRESENTE PROCESO en etapa de Juzgamiento hasta que el acusado DIEGO ORLANDO TARAZONA FERRANDO sea habido y puesto a disposición del Juzgado a efecto de desarrollar el Juicio Oral respectivo. DESIGNAR como defensa del acusado al Dr. BREIDY BERBEÑO TREV1ÑO, para poder dar inicio al Juicio una vez ubicado el acusado. SE DISPONE notificar con esta resolución al acusado a los domicilios reales consignados en el proceso así como al domicilio procesal y notificar por edictos. H.S. Firma: Dra Melody Contreras Barineza. Secretario Judicial: Carlos Augusto Palomino Núñez del Prado. Machupicchu, 23 de octubre.de! año 2018. J. S (26, 29, 30 OCT)

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JUZGADO PENAL COLEGIADO DE TAMBOPATA EXPEDIENTE N° 1961-2016-22-2701-JR-PE-02 Especialista Judicial de Causa: TANIA MARIELA PIZARRO MAMANI Se cita y emplaza al acusado: ROXANA QUISPE HUAMANI identificado con D.N.I. N° 48089021, y a la parte agraviada UBALDINA QUISPE MELÓ con D.N.I. 74454571 a fin de que concurra a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, programada para el día 12 DE MARZO DEL 2019 A HORAS 12:00 DEL MEDIO DÍA, la misma que se realizará en la Sala de Audiencias Juzgado Penal Colegiado de Tambopata, sito en la Avenida Ernesto Rivera N° 722 de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz conforme corresponda, en caso de inconcurrencia injustificada, en cuyo caso se dispondrá su conducción compulsiva a través de la Policía Nacional del Perú; ello por haberse dispuesto así en el Proceso Penal N° 1961-2016-22-2701-JR-PE-02, seguido contra Roxana Quispe uamaní por la comisión del delito de Trata de Personas en agravio de la menor de iniciales U.Q.M. Puerto Maldonado, 17 de Octubre del 2018. J. S (26, 29, 30 OCT)

EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 02283-2017-44-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza al procesado FIDEL PHOCCO CONSA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 09 DE SETIEMBRE DEL 2019 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); acto que se llevara a cabo, en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – A, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia- Tercer Piso, vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de Sicuani. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02283-2017-44-1001-JRPE-01, como presunto autor de la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales L.P.Q.- Cusco, 25 de Octubre del 2018. J. S (26, 29, 30 OCT)

EDICTO JUDICIAL NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTOS A MARIA DE LA O MEDINA DE DELGADO, HILARIO MEDINA CAIRO, TIBURCIO MEDINA CAIRO, SATURNINA MEDINA CAIRO, JUAN GUALBERTO MEDINA CAIRO Y MARIA CAIRO DE MEDINA. Expediente N° 01998-2017-0-1001-JR-CI-04, seguido por ALEJANDRO OLIVERA LOAIZA Y LEONOR PERALTA DE OLIVERA constituido por la Sucesión de LIA DULA OLIVERA PERALTA contra MARIA DE LA O MEDINA DE DELGADO, HILARIO MEDINA CAIRO, TIBURCIO MEDINA CAIRO, SATURNINA MEDINA CAIRO, JUAN GUALBERTO MEDINA CAIRO Y MARIA CAIRO DE MEDINA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del INMUEBLE N° 36 DE LA CALLE PROCURADORES (HOY SIGNADO CON EL N° 159 DE ACUERDO CON EL CERTIFICADO DE NUMERACIÓN N° 018-2003 DE FECHA 17 DE MARZO DEL 2003, DE LA PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; bajo la actuación del ESPECIALISTA LEGAL JUAN SANTIA-

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GO CALLAÑAUPA SORIA, la señora Juez del Cuarto Juzgado Civil del Cusco Doctora FANNY LUPE PEREZ CARLOS, ha dispuesto la publicación edictal, de un extracto del auto admisorio contenida en la Resolución N° 02 de fecha diecisiete de setiembre del año dos mil dieciocho.- Resolución N° 02.- del 23 de octubre del año dos mil dieciocho. (...) VISTO (...) y CONSIDERANDO (...), SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la sucesión de ALEJANDRO OLIVERA LOAIZA Y LEONOR PERALTA DE OLIVERA constituido por la Sucesión de LIA DULA OLIVERA PERALTA, conformada por LUIS ALBERTO NIÑO DE GUZMAN OLIVERA, FRESIA ALINE, FELIX ALAN, FABIAN y LISBETH REQUEJO OLIVERA; MARCIA EMILIA OLIVERA DE MURRILLO, CESAR AUGUSTO OLIVERA PERALTA, VILMA OLIVERA PERALTA, JOSE ALEJANDRO OLIVERA PERALTA, EDMUNDO OLIVERA PERALTA contra MARIA DE LA O MEDINA DE DELGADO, TIBURCIO MEDINA CAIRO, HILARIO MEDINA CAIRO, SATURNINA MEDINA CAIRO, JUAN GUALBERTO MEDINA CAIRO, MARIA CAIRO DE MEDINA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del INMUEBLE N° 36 DE LA CALLE PROCURADORES (HOY SIGNADO CON EL N° 159 DE ACUERDO CON EL CERTIFICADO DE NUMERACIÓN N° 018-2003 DE FECHA 17 DE MARZO DEL 2003, DE LA PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO); en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado al demandado por el término de DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declarársele rebelde, debiendo efectuarse las publicaciones conforme el artículo 506 del Código Procesal Civil.-. RESOLUCIÓN NRO. 08.- Cusco, diecinueve de setiembre Del año dos mil dieciocho: SE RESUELVE.- 1. INTEGRAR LA RESOLUCIÓN N° 02 de fecha 23 de octubre del 2017, en el extremo resolutivo se debe INCORPORAR en la calidad de CITADOS en el presente proceso a los colindantes VIVIANA CARMEN DEL RISCO SALDIVAR, GERARDO CALDERÓN TERRAZAS, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO, JOSEFINA OLIVERA RENDON, debiendo NOTIFICÁRSELES con la presente resolución. 2. Habiéndoseles notificado con la demanda, anexos y auto admisorio, CONVALÍDESE el emplazamiento a los citados conforme a ley. Firma de la señora Juez Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, Especialista Legal Juan Santiago Callañaupa Soria. Cusco, 24 de octubre del año 2018 JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA ESPECIALISTA LEGAL P. 7056351 F. (29, 30, 31 OCT)

TERCER REMATE En los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A. en contra de JUBER TORRES QUIÑONES, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS; Expediente 00010-2017-0-1001-JRCI-02; el señor Juez del Segundo Juzgado Civil de Cusco, Sede Central, Dr. Eliot Alcibiades Zamalloa Cornejo, Especialista Legal Dra. Saida Chiun Manco, ha autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro N° 318, sacar a REMATE el inmueble ubicado en: DEPARTAMENTO 401, INDEPENDIZADO DE LA FRACCION E’ 29, 30 - A UBICADO EN LA CALLE SIN NOMBRE DEL EX FUNDO SANTUTIS O SACASHUAYLLA, EN EL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, INSCRITO EN LA PARTIDA N° 11048013, DE LA ZONA REGISTRAL N° X - SEDE CUSCO, OFICINA REGISTRAL CUSCO, DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS; VALOR DE TASACIÓN: S/382,775.62 (Tres cientos ochenta y dos mil setecientos setenta y cinco con 62/100 soles); PRECIO BASE: S/ 184,370.26 (Ciento ochenta y cuatro mil trescientos setenta con 26/100 soles), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación del inmueble materia del presente, menos el 15% por tratarse de segunda convocatoria y menos el 15% por tratarse de tercera convocatoria; AFECTACIONES: 1) HIPOTECA.- Hasta

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

por la suma de US$ 69,500.10 dólares americanos a favor de Scotiabank Perú Sociedad Anónima Abierta, así consta inscrito en el asiento D00005, del rubro gravámenes y Cargas, materia de ejecución; 2) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION.- Hasta por la suma de S/68,968.12 a favor de Mi Banco Banco de la Microempresa S.A., así consta inscrito en el asiento D00007, del rubro gravámenes y Cargas; 3) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION.- Hasta por la suma de US$5,000.00 a favor de PROMOTORA OPCION S.A. EAFC, así consta inscrito en el asiento D00008, del rubro gravámenes y Cargas; 4) ANOTACION DE DEMANDA.- Ordenada por el Sr. Juez del Segundo Juzgado Civil - Cusco, seguido por Scotiabank Perú S.A.A, contra Juber Torres Quiñones, así consta inscrito en el asiento 1)00009, del rubro gravámenes y Cargas, afectaciones que se hallan inscritas en la partida N° 11048013, de la Zona Registral N° X - Sede Cusco, Oficina Registral Cusco, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; DIA Y HORA DE REMATE: MIERCOLES 14 DE NOVIEMBRE DEL 2018 A HORAS 10:00 (DIEZ) A.M.; LUGAR DEL REMATE: Se realizara en LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN DEL MODULO CIVIL (2o PISO), UBICADO EN LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICA DE CUSCO, AV. EL SOL S/N - CUSCO.; LOS POSTORES: Depositaran no menos del diez por ciento (S/38,277.60) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martiliero Público, más el IGV, son por cuenta de la parte adjudicataria, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martillero Público. MARLENE CLEOFE FLORES DE MENDOZA MARTILLERO PÚBLICO SAIDA CHIUN MANCO ESPECIALISTA LEGAL P. 7056332 F. (29, 30, 31 OCT)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Anta, despachado por el señor Juez Mario Sota Álvarez, se tramita el Proceso Civil Nro. 00226-2018-0-1004-JM-FC-01, seguido por Ernestina Huamán Quispe sobre Divorcio por causal contra Víctor Alberto Luna Huamán, en el cual se ha dispuesto la notificación por edictos al mencionado demandado con el auto admisorio de la demanda cuyo tenor es el siguiente: SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por Ernestina Huamán Quispe sobre DIVORCIO CON LA CAUSAL DE SEPARACIÓN DE HECHO contra Víctor Alberto Luna Huamán, cítese a la representante del ministerio público de la fiscalía civil y familia de Anta, debiendo sustanciarse en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, en consecuencia CÓRRASE TRASLADO a la demandada, a fin de que la absuelva dentro del plazo de Ley, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. DE LOS MEDIOS PROBATORIOS.- Por ofrecidos los medios probatorios, los mismos que serán admitidos y actuados en su oportunidad.- A sus antecedentes los anexos presentados. H.S. Firmado por el Juez Sota Alvarez.- Secretario Judicial Elorrieta Salazar. Anta, 12 de octubre del 2018

Martes, 30 de octubre del 2018

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Anta, que despacha el Juez Arturo Cabrera Ortiz, Bajo la actuación del Secretario Judicial Leandro Juvenal Lazo Zambrano se viene tramitando el proceso Civil Nro.00103-2018-0-1004-JP-CI-01 seguido por SONIA HUILLCA HUANACO sobre SUCESION INTESTADA, de quien en vida fue su progenitura PLACIDA HUANACO SOLIS quien falleció el 25 de junio del año 2018, se pública para los fines de ley. Anta 21 de Agosto del 2018 LEANDRO JUVENAL LAZO SECRETARIO JUDICIAL P. 7055217 F. (29, 30 OCT)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Anta, que despacha el Dr. Arturo Cabrera Orue, bajo la actuación de la Especialista Legal Adela Isabel Prado Aroni, se viene tramitando el Proceso Civil N° 0104-2018-0-1004-JP-CI-01. Seguido por SONIA HUILLCA HUANACO sobre SUCESION INTESTADA, de quien en vida fue ALEJANDRINO HUILLCA BENAVENTE, fallecido entecha 25 de Abril del año 2013, se publica para los fines de ley Anta, 03 de Setiembre del 2,018. ADELA ISABEL PRADO ARONI SECRETARIA P. 7055218 F. (29, 30 OCT)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Anta, despachado por el Juez Mario Sota Álvarez, se tramita el Proceso Civil Nro. 00076-2018-0-1004-JM-CI-01, seguido por Eleuterio Huanaco Calachahuin sobre Cambio de Nombre en su partida de nacimiento; en el que se ha dispuesto la publicación del extracto del auto admisorio de la demanda, de fecha veinte de julio del dos mil dieciocho, cuyo tenor es el siguiente: SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta ELEUTERIO HUANACO CALACHAHUIN sobre CAMBIO DE NOMBRE, consistente en el cambio de apellido paterno de “Huanaco” a “RONDAN”, para quedar su nombre como “ELEUTERIO RONDAN CALACHAHUIN” en su partida de nacimiento, ello contra la RENIEC debidamente representado por su Procurador Publico, para lo cual Córrase traslado de la demanda por el plazo de Ley, debiendo sustanciarse en la vía del PROCESO SUMARÍSIMO. REQUIERASE al demandante para que dentro del plazo de TRES DIAS cumpla con adjuntar al proceso original y/o copia certificada de las Actas de Nacimientos de sus hijos presentados en su demanda como medios probatorios, ello bajo apercibimiento de ser valorado conforme se presentó en la etapa correspondiente. DE LOS MEDIOS PROBATORIOS.- Por ofrecidos los medios probatorios detallados en este acápite los mismos que serán admitidas y actuadas en su oportunidad.- ANEXOS.- A sus antecedentes los anexos de su referencia. En aplicación extensiva del Artículo ochocientos veintiocho del Código procesal Civil, publíquese el extracto del presente en el Diario Judicial de la Ciudad de Cusco y en el Diario de mayor circulación. Firmado por el Juez Sota Álvarez.- Secretario Judicial Elorrieta Salazar.

RONALD ELORRIETA SALAZAR SECRETARIA JUDICIAL

Anta, 19 de setiembre del 2018.

P. 7056304 F. (29, 30, 31 OCT)

RONALD ELORRIETA SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL

P. 7055222 F. (29, 30 OCT)

EDICTO FAMILIA CIVIL EXP. N° 4108-2018-0-1001-JR-FC-04 Ante el Cuarto Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Daniel Banda Laucata en el Proceso N° 4108-2018-0-1001-JR-FC-04, se ha admitido a trámite en la vía del proceso único la demanda de Adopción por excepción de la menor de iniciales B.I.P.H interpuesta por ALBERTH ANDREE VASQUEZ ROMERO contra LUIS HELBERT PILARES AMPUERO y SARA HUAMAN CALLA con citación del representante del Ministerio Público. Asimismo se ha dispuesto que las partes concurran al Equipo Multidisciplinario de esta Corte a efectos de practicarse las evaluaciones psicológica^ y social. En caso nadie se apersone, se nombrará Curador Procesal. VENUS FLOREZ QQUESIHUALLPA SECRETARIA JUDICIAL P. 7055210 F. (29, 30, 31 OCT)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San JerónimoCusco, en el Exped. N° 152-2018-CI, En la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO ADMITIR a trámite la solicitud de ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de SAMUEL ZANABRIA POCCORI sobre RECTIFICACIÓN del acta de su partida de nacimiento por el error al consignar el nombre de su progenitora como Victoria Poccori Rodríguez, siendo lo correcto Victoria Rodríguez CcorL, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 16-10-2018 ISABEL DEL CARMEN ROJAS PINO SECRETARIA JUDICIAL P. 7055176 F. (29, 30, 31 OCT)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo-Cusco, en el Exped. N° 1298-2018-CI, En la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de ORLANDO UGARTE RODRÍGUEZ sobre RECTIFICACIÓN del acta de su partida de nacimiento inclusión de apellidos maternos de sus progenitores, se ha dispuesto la publicación del presente,-para los fines de Ley.San Jerónimo, 24-10-2018 P. 7055172 F. (29, 30, 31 OCT)

NOTIFICACIÓN JUDICIAL POR EDICTOS En el EXPEDIENTE N° 0217-2018-JP-TA-SS, la Juez de Paz de la Urb. Túpac Amaru del Distrito de San Sebastián, ha dispuesto la NOTIFICACIÓN POR EDICTOS, de un extracto de la demanda y Auto Admisorio, en la forma siguiente: SE RESUELVE: PRIMERO - Admitir a trámite la demanda interpuesta por VICTORIA QUISPE HUALLA en representación de sus menores hijos Elizabeth Apaza Quispe Y Karen Lisbeth Apaza Quispe, sobre Ejecución de Acta de Prestación de Alimentos, en contra de TOMAS APAZA ITME. SEGUNDO - Oficiar al Diario LA REPUBLICA de la ciudad del Cusco, para efectuar la notificación vía Edicto Judicial por TRES VE-

Martes, 30 de octubre del 2018

CES, con intervalo de un dia, para lo cual se DISPONE - efectuar un extracto del Auto Admisorio. para notificar al demandado a fin de que concurra a la AUDIENCIA UNICA PROGRAMADO PARA EL DÍA LUNES 05 DE NOVIEMBRE DEL 2018 A LAS 10:00 HORAS y haga uso del Derecho a la Defensa, asi como efectué observaciones a la liquidación de alimentos, que se elaborara en la fecha de audiencia, bajo expreso apercibimiento de declarar su REBELDIA en el presente proceso para los fines legales correspondientes, media firma de la señora Juez Ítala Pérez Vidal – Cusco, 23 de Octubre del 2018 ÍTALA PÉREZ VIDAL JUEZ DE PAZ P. 7055166 F. (29, 30, 31 OCT)

NOTIFICACION EDICTAL Por ante el Primer Juzgado de Familia de Cusco se viene tramitando el Expediente Nro. 3951-2018 sobre Reconocimiento de unión de hecho instado por Nemesia Pariguana Salas, habiéndose ordenado notificar al demandado BELTRAN GUTIERREZ CCACYA con el extracto del auto admisorio siendo como sigue: “... Resolución Nro.02.-Cusco, veinte de Setiembre Del dos mil dieciocho.SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del proceso ABREVIADO la solicitud presentada por NEMESIA PARIGUANA SALAS , sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE UNION DE HECHO, contra BELTRAN GUTIERREZ CCAYA por su mérito: CORRASE traslado a la parte contraria por el termino de ley , con citación de la representante del Ministerio Público.-Por ofrecidos los medios probatorios para su oportunidad. A sus antecedentes los anexos adjuntos para su oportunidad.- Atendiendo que el demandado Beltrán Gutiérrez Ccaya según el informe y certificado de discapacidad de fojas 07 y 08 ha sido calificada como invalidez permanente, por ello se hace necesario que se le asigne a un curador procesal conforme prevé el Artículo 61 del Código Procesal Civil por lo que SE DISPONE: NOTIFICAR mediante EDICTOS a las personas que tengan derecho, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal al demandado. H.S.

José Carlos Bustamante Cruz, sobre Cambio en la forma de prestar los alimentos, en el que se ha dictado la Resolución Nro. 04 de fecha 20 de setiembre de] 2018. Se notifique mediante edictos la Rs. 01 DE FECHA. 2507-2017 31, en el que se dispone “...Por lo que. SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por LUZ MAVILA MORALES VILLENA SOBRE CAMBIO EN LA FORMA DE PRESTAR LOS ALIMENTOS en contra de JOSE CARLOS BUSTAMANTE CRUZ. Estando al Artículo 168° del Código de los Niños y Adolescentes CORRASE traslado a la parte demandada por el plazo de CINCO DÍAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde en caso de renuencia. Debiendo acompañar en su escrito de contestación a la demanda el anexo requerido, conforme lo dispone el artículo 565° del Código Procesal Civil, sin cuyo requisito no será admitida su contestación a la demanda. SE DISPONE, notificar por Edictos tanto en el Diario oficial el Peruano, corno en el diario judicial del Cusco, un extracto de la presente resolución, por cinco veces .-H-. S.”-.- Especialista Legal M. Halanoca P.- 22 de Octubre de 2018. MATILDE HALANOCA PUMA ESPECIALISTA LEGAL P. 7055462 F. (29, 30, 31 OCT)

EDICTO PENAL DE NOTIFICACIÓN El Juzgado Penal Unipersonal de la provincia de Quispicanchis, en el proceso penal N° 00357-2017-87-1014-JR-PE-01, seguido contra ROÑAL GUTIÉRREZ TTITO por la comisión del delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de ZENOVIA TTITO CURASL Se ha dispuesto mediante resolución cinco dictada en audiencia pública de fecha 18 de octubre de 2018, la NOTIFICACIÓN POR EDICTO a ROÑAL GUTIÉRREZ TTITO, a fin de que concurra a la AUDIENCIA PÚBLICA señalada para el día DIECISEIS DE ENERO DE DOS MIL DIECINUEVE a las ONCE HORAS DE LA MAÑANA, que se llevara a cabo en la sede judicial de Urcos; Del que doy fe: Urcos, 18 de octubre de 2018.

P. 7054082 F. (29, 30, 31 OCT)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San JerónimoCusco, en el Exped. N° 329-2018-CI, En la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO ADMITIR a trámite la solicitud de MARÍA FELIX JIMÉNEZ PIMENTEL, sobre SUCESIÓN INTESTADA de su progenitor QEVF Guillermo Jiménez Cortez, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.- San Jerónimo, 24-10-2018 ISABEL DEL CARMEN ROJAS PINO SECRETARIA JUDICIAL P. 7055333 F. (29, 30, 31 OCT)

Cusco, bajo la dirección de la señora Juez Dra. Erika Nuñez Orihuela e integrado por la Dra. Lisbeth Nohemí Yépez Provincia y Dr. Gilbert Arias Pullo y actuación del especialista legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la causa penal N° 508-2015-81, seguido contra WILBER CHOQUE ARAPA por la presunta comisión del delito contra la Libertad en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual, sub tipo VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor Y.B.H.T, representada por su progenitor Pedro Huiñocana Sipaucar; donde se ha dispuesto lo siguiente: -(...) INSTALACION DE LA AUDIENCIA.-DIRECTOR DE DEBATES: Deja constancia de la inconcurrencia del acusado y de su defensa privada por lo que dispone que el especialista de audio informe si han sido válidamente notificados.- ESPECIALISTA DE AUDIO: Informa lo solicitado conforme queda registrado en audio.- FISCAL: Solicita se declare contumaz al acusado, se excluya al abogado particular y se designe defensa pública.- ABOGADO DE LA PARTE AGRAVIADA: Se aúna a lo solicitado por el representante del Ministerio Público.- COLEGIADO: Debate y emite la resolución correspondiente: RESOLUCION N° 20.- Cusco, veinticinco de octubre del dos mil dieciocho.-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA.- Registrado en el sistema de audio.- PARTE RESOLUTIVA.- Se transcribe.- SE RESUELVE: VOLVER A CITAR A LOS TRES ÓRGANOS DE PRUEBA: · EXCLUIR AL ABOGADO HERBERTH CHALLCO CARDENAS DE LA DEFENSA DEL IMPUTADO WILBER CHOQUE ARAPA. · REQUERIR AL MINISTERIO DE JUSTICIA DESIGNE UN ABOGADO DEFENSOR PARA ASISTIR AL ACUSADO WILBER CHOQUE ARAPA, DEBIENDO COMUNICAR A ESTE DESPACHO PARA QUE SEA NOTIFICADO PARA LA FECHA A REPROGRAMARSE. · DISPONER LA NOTIFICACIÓN AL IMPUTADO MEDIANTE EDICTOS JUDICIALES, PRECISANDO FECHA Y HORA DE LA AUDIENCIA, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ. · SE REPROGRAMA LA AUDIENCIA PARA EL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DE 2018 A LAS 08:30 HORAS EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS (...).Cusco, 25 de octubre de 2018. J. S (29, 30, 31 OCT)

J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO

Cusco, 11 de Octubre del 2018. CARMEN PALOMINO ALATRISTA SECRETARIA JUDICIAL

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

EDICTO Quillabamba, 23 de octubre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: SAYDA QUISPE ALEGRIA. Se cita y emplaza al señor ALBERTO LOVON AMACHI, en el Proceso Nro. 1391-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO de fecha VEINTISEIS DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

Quillabamba, 25 de octubre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: SAYDA QUISPE ALEGRIA. Se cita y emplaza al señor AMILCAR CARRASCO ALAGON, en el Proceso Nro. 1524-2018-0-1010-JRPE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO de fecha OCHO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DEL DÍA (09:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (29, 30, 31 OCT)

J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO JUDICIAL Sr. JOSE CARLOS BUSTAMANTE CRUZ. Ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, despachado por el Sr. Juez Dr. David Barazorda Velásquez, se tramita el Proceso Civil Nro. 00651-2018-0-1001-JPFC-03. Seguido por Luz Mavila Morales Villena contra

EDICTO NOTIFICACIÓN POR EDICTO Sr. WILBER CHOQUE ARAPA Se pone en conocimiento lo siguiente: Ante el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial B del

Quillabamba, 25 de octubre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: SAYDA QUISPE ALEGRIA.

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Se cita y emplaza al señor FREDI RONAL HINISTROZA DEL POZO, en el Proceso Nro. 1535-2018-0-1010-JRPE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO de fecha OCHO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DEL DÍA (08:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO Quillabamba, 25 de octubre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: SAYDA QUISPE ALEGRIA. Se cita y emplaza al señor ALEX RENE HUANCA HUILLCA, en el Proceso Nro. 1564-2018-0-1010-JRPE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO de fecha OCHO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO Y MEDIA DEL DÍA (08:30 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO Quillabamba, 25 de octubre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: SAYDA QUISPE ALEGRIA. Se cita y emplaza al señor JAIME CATUNTA VILLA, en el Proceso Nro. 1561-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO de fecha OCHO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO Y QUINCE DEL DÍA (08:15 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO Quillabamba, 25 de Octubre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Conven-

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ción Especialista: Sayda Quispe Alegría. Se cita y emplaza al señor WILE VELASQUEZ GUZMAN, en el Proceso Nro. 1515-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Familia, modalidad Omisión de Asistencia Familiar, Sub Tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio del MENOR DE INICIALES K.S.V.L. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la PROGRAMACIÓN de audiencia para el día DIECISEIS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DEL DÍA (09:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO Quillabamba, 25 de Octubre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría. Se cita y emplaza al señor NILDER SEGOVIA TOCRE, en el Proceso Nro. 1476-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Familia, modalidad Omisión de Asistencia Familiar, Sub Tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de la MENOR DE INICIALES S.V.S.C. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la PROGRAMACIÓN de audiencia para el día OCHO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO CON CUARENTA Y CINCO DEL DÍA (08:45 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO Quillabamba, 25 de Octubre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría. Se cita y emplaza al señor YUNIOR FROILAN VEGA SANCHEZ, en el Proceso Nro. 1278-2018-0-1010-JRPE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD EN LA MODALIDAD DE AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de ZULMA QUISPE CARRASCO. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la PROGRAMACIÓN de audiencia para el día CINCO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (29, 30, 31 OCT)

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la PROGRAMACIÓN de audiencia para el día CINCO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS QUINCE DEL DÍA (15:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 02, para la REPROGRAMACIÓN de audiencia para el día CINCO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE DEL DÍA (14:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

J. S (29, 30, 31 OCT)

J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO

EDICTO

Quillabamba, 25 de Octubre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría. Se cita y emplaza al señor JUAN JOSE HUALLPA HUANQUI, en el Proceso Nro. 723-2017-7-1010-JRPE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra LA LIBERTAD SEXUAL, EN SU MODALIDAD DE VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, SUB TIPO VIOLACION SEXUAL, PREVISTO Y SANCIONADO POR EL INCISO 2 DEL ART. 170 DEL CODIGO PENAL, en agravio de M.C.C. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 05, para la REPROGRAMACIÓN de audiencia para el día SIETE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL DÍA (12:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

Quillabamba, 25 de Octubre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría. Se cita y emplaza al señor WILFREDO CESPEDES GUZMAN, en el Proceso Nro. 962-2018-0-1010-JRPE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra LA ADMINISTRACION PUBLICA, MODALIDAD DE DELITOS COMETIDOS POR PARTICULARES, SUB TIPO DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL PRIMER PARRAFO, DEL ARTICULO 368, DEL CODIGO PENAL, en agravio de PROCURADURIA PUBLICA A CARGO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DEL PODER JUDICIAL. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 02, para la REPROGRAMACIÓN de audiencia para el día CINCO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL DÍA (12:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

J. S (29, 30, 31 OCT)

J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO Quillabamba, 25 de Octubre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría. Se cita y emplaza a los señores LUCIO GONGORA MARQUEZ, EUSTAQUIO FIGUEROA TINOCO, SIMIONA GONGORA MARQUEZ, FLORENTINO CARDENAS OVALLE, MARIO QUISPE GOMEZ, PAULINA TINOCO VALER, KENYI HAROLD QUISPE TINOCO Y RONALD VERA RAMOS, en el Proceso Nro. 975-2017-21-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD EN LA MODALIDAD DE LESIONES, SUB TIPO DE LESIONES DOLOSAS LEVES, PREVISTO Y SANCIONADO POR EL ART. 122 DEL CODIGO PENAL, en agravio de LAS MISMAS PERSONAS. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la REPROGRAMACIÓN de audiencia para el día VEINTISIETE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DEL DÍA (10:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO EDICTO

Quillabamba, 25 de Octubre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría. Se cita y emplaza al señor JULIO CESAR AYALA GONZALES, en el Proceso Nro. 1431-2018-0-1010-JRPE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD EN LA MODALIDAD DE LESIONES LEVES CON LA AGRAVANTE DE VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de MANUEL NAVIDAD AYALA HUAMAN.

Martes, 30 de octubre del 2018

Quillabamba, 25 de Octubre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría. Se cita y emplaza al señor LUCIA FLORA HUILLCA, en el Proceso Nro. 1324-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra EL PATRIMONIO, EN LA MODALIDAD DE HURTO, SUBTIPO HURTO AGRAVADO, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL SEGUNDO PARRAFO, NUMERAL 1 DEL ARTICULO 186, CONCORDANTE CON EL ART. 185 DEL CODIGO PENAL, en agravio de PROCURADURIA PUBLICA A CARGO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DEL PODER JUDICIAL.

EDICTO Quillabamba, 25 de Octubre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría. Se cita y emplaza al señor JEFRE DIAZ JORDAN, en el Proceso Nro. 1595-2018-87-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra LA LIBERTAD, EN SU MODALIDAD DE VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, SUB TIPO VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, PREVISTO Y SANCIONADO POR EL INCISO 2 DEL ART. 173 DEL CODIGO PENAL, CON LA AGRAVANTE DEL ULTIMO PARRAFO DE ESTE MISMO ARTICULO y en contra de ANGEL QUENTA TUMPAY por la presunta comisión del Delito contra la Libertad, en su modalidad de Violación de la Libertad Sexual, subtipo Actos Contra el Pudor de menor de Edad previsto y sancionado en el articulo 176° - A, numeral 3 del Código Penal, con la agravante del último párrafo de este mismo artículo, en agravio de la menor de iníciales MA.LI.GI.QU (13), debidamente representado por su progenitor Niover Giraldo Herrera. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la PROGRAMACIÓN de audiencia DE REQUERIMIENTO DE PRISIÓN PREVENTIVA para el día NUEVE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL DÍA (12:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (29, 30, 31 OCT)

NOTIFICACIÓN POR EDICTO Sra. MARÍA CONSUELO GUEVARA HERNÁNDEZ Se pone en conocimiento lo siguiente: Ante el Juzgado Penal Unipersonal Itinerante del Cusco (Calca), bajo la dirección de la señora Jueza Dra. Inés Rojas Conteras y actuación del especialista legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la causa penal

N° 5457-2017-46, seguido contra MARIA CONSUELO GUEVARA HERNANDEZ como presunta autora, por la comisión del delito CONTRA LA CONFIANZA Y BUENA FE EN LOS NEGOCIOS, en la modalidad de LIBRAMIENTO Y COBROS INDEBIDOS, sub tipo LIBRAMIENTO INDEBIDO, en agravio de ELIO MARIO AVILA MUÑOZ; donde se ha dispuesto lo siguiente: 1.- DEJAR INSUBSISTENTE la resolución N° 01 en su extremo que señala fecha de audiencia para el día 28 de octubre del año 2019 que obra a fojas 1, quedando inalterables los demás extremos. 2.- En su lugar REPROGRAMAR la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, para el día SEIS DE AGOSTO del DOS MIL DIECINUEVE, a las DIEZ de la mañana (hora exacta), que tendrá lugar en la sala Itinerante de audiencias del módulo penal, ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia, con presencia obligatoria del representante del Ministerio Público, el acusado y su defensor. Se deja constancia que la audiencia es de carácter INAPLAZABLE (articulo 355° inciso 6 del CPP), subsistiendo los apercibimiento decretados en autos. 3.- NOTIFÍQUESE a la acusada MARÍA CONSUELO GUEVARA HERNÁNDEZ mediante EDICTOS en el diario judicial de Cusco, en razón de que su domicilio es incierto y se desconoce su actual domicilio. Cusco, 25 de octubre de 2018. J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO PENAL SEÑORES: JOSE LUIS ESPINOZA HUILLCAHUAMAN EDWIN GONZALES ZAMATA El señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Guido Castillo Lira en el proceso Nro 6808-2018-0-1001-JR-PE-03, seguido contra José Luis Espinoza Huillcahuaman, por el delito de Lesiones Culposas Graves, en agravio de Edwin Gonzales Zamata, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con la Resolución Nº 01 del 19/10/18 y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACION.- La 2da FPP de Wanchaq, formula ACUSACION DIRECTA contra José Luis Espinoza Huillcahuaman, por el delito de Lesiones Culposas Graves, en agravio de Edwin Gonzales Zamata, respecto de los hechos ocurridos en fecha 18/11/17 se solicita contra el Acusado UN AÑO Y DOS MESES DE P.P.L. SUSPENDIDA, POR EL MISMO PLAZO, y el pago de S/. 3,000.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor del agraviado. RESOLUCIÓN NRO. 01, Cusco, 19/10/18.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación Directa; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación (…). Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día CINCO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las DIEZ HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la NOVENA SALA DE AUDIENCIAS (…). 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (…). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (…). 5. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fin de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defienda en el proceso (…). 6. SE REQUIERE a las partes procesales (…) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente (…) 7. NOTIFIQUESE mediante la publicación de edictos (…) Lo que notifico a Usted, Me-

Martes, 30 de octubre del 2018

dia Firma del Señor Juez Dr. Guido Castillo Lira, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 19 de Octubre del 2018 J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO PENAL SEÑORES: FRAYTA ROBER CAMALA SUMA ALCIONED KARINA ARENAS BARRETO El señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Castillo Lira en el proceso Nro 6737-2018-0-1001-JR-PE-03, seguido contra Frayta Rober Camala Suma, por el delito de Agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar, en agravio de Alcioned Karina Arenas Barreto, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con la Resolución Nº 01 del 19/10/18 y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACION.- El 3er Despacho de la 3ra FPPC de Cusco, formula ACUSACION DIRECTA contra Frayta Rober Camala Suma, por el delito de Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Alcioned Karina Arenas Barreto, respecto de los hechos ocurridos en fecha 21/04/18 se solicita contra el Acusado UN AÑO Y OCHO MESES DE PPL EFECTIVA, y el pago de S/. 1,500.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL. RESOLUCIÓN NRO. 01, Cusco, 17/10/18.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación Directa; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación (…). Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día CINCO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las ONCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la NOVENA SALA DE AUDIENCIAS (…). 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (…). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (…). 5. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fin de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defienda en el proceso (…). 6. SE REQUIERE a las partes procesales (…) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente (…) 7. NOTIFIQUESE a los acusados mediante la publicación de edictos (…) Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Guido Castillo Lira, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 17 de Octubre del 2018 J. S (29, 30, 31 OCT)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Exp. N° 0689-2018-15-1001-JR-PE-02 TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL -FLAGRANCIA DE CUSCO. Especialista Judicial: RUTH ELENA ÑAHUE CHOQUE. Ante el Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Carlos Román Gil, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado Abg. Ruth Elena Ñahue Choque, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el Exp. N° 0689-2018--15-1001-JR-PE-02, seguido contra KEVIN ADRIEL MAMANI QUISPE por la presunta comisión del delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de lesiones, Sub tipo AGRESIONES EN CONTRA

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

DE LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de María Elena Quispe Gutierrez, se ha dispuesto NOTIFÍCAR al imputado con el Acta de Audiencia de fecha 20 de Septiembre de 2018, que dispone:-JUEZ: Hace de conocimiento de las partes procesales la devolución de cedulas de notificación del imputado. FISCAL: Solicita la reprogramación de audiencia y se le notifique vía edictos judiciales al imputado. ABOGADA DEL IMPUTADO: No manifiesta ninguna observación. JUEZ: Reprograma la presente audiencia para el día ocho de noviembre del año en curso a horas tres y treinta de la tarde a verificarse en la Tercera Sala de Audiencias del Modulo Penal, quedando notificados los presentes, debiendo notificarse al imputado mediantes edictos judiciales por el plazo de ley. III. NOTIFICACIÓN: JUEZ: Notifica a las partes procesales presentes con la resolución dictada en este acto. PARTES PROCESALES: Conforme. IV. CONCLUSIÓN: Cusco, 26 de octubre del 2018. J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO PENAL EXP. N° 03754-2017-68-1001-JR-PE-06 ESPC. V.BOZA B. Ante el Quinto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, se notifica a los acusados JUAN MAMANI CONZA y TEOFILA QQUENAYA CONDORI con el acta de audiencia de fecha 25/10/2018. RESOLUCIÓN N° 02 Cusco, 25 de octubre del 2018 PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en el sistema audio. PARTE RESOLUTIVA.- Se transcribe: SE RESUELVE: DECLARA FRUSTRADA la presente audiencia de juicio oral por inasistencia injustificada de los acusados Juan Mamani Conza y Teofila Qquenaya Condori.-DECLÁRESE REO AUSENTE al acusado JUAN MAMANI CONZA, identificada con DNI Nro.24982771, de 51 años, nacido el 30/03/1966, con grado de instrucción Secundaria completa, de estado civil Casado, de ocupación Conductor, con domicilio real en Quebrada Tutallikayo S/N, Asociación Tejas y ladrillo(parte de adentro), distrito San Jerónimo/Cusco/ Cusco.1.- DECLÁRESE REO AUSENTE a la acusada TEOFILA QQUENAYA CONDORI, identificada con DNI Nro.40990252, nacido el 23/01/1973, de 44 años, con grado de instrucción Primaria incompleta (Tercer Grado), de ocupación Comerciante, con domicilio real en Quebrada Tutallikayo S/N, (asociacion tejas y ladrillo, parte de adentro), distrito San Jerónimo/Cusco/Cusco.2.- NÓMBRESE como defensa técnica del acusado Juan Mamani Conza declarado reo ausente a la letrada Susana Ladron De Guevara Mejia, quien hará valer sus derechos conforme corresponde.-3.- NÓMBRESE como defensa técnica de la acusada Teofila Qquenaya Condori declarada reo ausente a la letrada Miluska Baca Beltran, quien hará valer sus derechos conforme corresponde. 4.- GÍRESE los oficios respectivos ante la Policía Nacional del Perú, a efecto de que pongan a disposición de éste despacho, mediante la conducción compulsiva a los acusados declarados reo ausente.-5.Una vez que sea puesto a disposición de éste Juzgado los acusados declarados reo ausentes, señálese fecha y hora para la audiencia de juicio oral, y mientras ello suceda ARCHÍVESE PROVISIONALMENTE el presente proceso.J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO JUDICIAL Quillabamba, 26 de octubre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención. Expediente: 214-2016-86-1010-JR-PE-01. Juez: Miguel Ángel Arizábal Arriaga.

Especialista : Alex Sander Franco Palomino. Se notifica al agraviado: WILSON HITTOCCOLLO MAMANI, a fin de que concurra a la audiencia de requerimiento de sobreseimiento, signada en el expediente N° 214-2016-86. Se dispuso así en la resolución N° 06 de fecha 26 de octubre de 2018, a fin de que asista a la audiencia REPROGRAMADA para el día 13 DE DICIEMBRE DE 2018, A HORAS 10:00 A.M, a realizarse en la Quinta sala de audiencias del Juzgado Investigación Preparatoria Transitoria, ubicado en el Jr. Espinar Nro. 140-148 (tercer nivel) de La Convención. J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 0445-2018-19-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN ESPECIALISTA DE AUDIENCIA: LUCY HAYDEE APAZA APAZA Se cita y emplaza a:EDGAR WALDIR CALLAPIÑA QUISPE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día JUEVES 08 NOVIEMBRE DEL 2018 A HORAS 15:00 PM; bajo apercibimiento de declararlo reo asunte o contumaz, dispuesto en el proceso que se sigue en su contra, por la presunta comisión del delito de Conducción en estado de Ebriedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 26 de octubre de 2018 J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Civil de Canchis - Sicuani, a cargo de la señora Juez Marilyn Mujica Peralta y bajo la actuación de la Especialista Judicial Jimena Luque Espinoza, se viene tramitando el PROCESO JUDICIAL N° 653-2018-0-1007-JR-FT-01 sobre Violencia Familiar; mediante el cual se resuelve: “ (...) Resolución Nro. 01 Sicuani, once de junio del año dos mil dieciocho.(...) Por las consideraciones precedentemente expuestas se RESUELVE: 1. ADMITIR A TRÁMITE EN LA VÍA DEL PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de violencia familiar en la modalidad de VIOLENCIA FÍSICA Y PSICOLÓGICA en agravio de SEGUNDINA HUAMAN COCHAMA en contra de su hija VILMA CCARITA HUAMAN. 2. REQUERIR al denunciante SEGUNDINA HUAMAN COCHAMA cumpla con presentar a este juzgado la pericia respectiva dentro del plazo de 3 días, bajo apercibimiento de no dictarse medidas de protección en caso de incumplimiento, empero de cumplirse con lo requerido PRESCINDIR la convocatoria de Audiencia Oral a Efecto de Emitir Medidas de Protección e INGRESE A DESPACHO para emitir las medidas de protección. (...) ”. Para los fines de ley. Sicuani, 12 de setiembre del 2018 J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CALCA Mediante el presente se cita, llama y emplaza al

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acusado TEÓFILO HUAMAN HERRERA, con D.N.I. 47386935, nacido el 08/10/1985; y a la agraviada CLARA CLARISA OLAVE INQUILLAY con D.N.I. 48783033 en el proceso Nro. 393-2018, seguida en su contra como AUTOR por la presunta comisión del delito OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio Fatima Huaman Olave y otro representado por su progenitora CLARA CLARISA OLAVE INQUILLAY, y tenga a bien CONCURRIR el día VEINTE DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 A HORAS ONCE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (hora exacta), a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, que ha de llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de esta provincia, ubicada en el Primer Nivel del local del Juzgado, Avenida Vilcanota 869 - Calca, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del imputado. Calca, 25 de octubre del 2018 J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO PENAL Expediente N° 01713-2017-26-2701 -JR-PE-03. Primer Juzgado Penal Unipersonal de Tambopata Juez: Francisco Javier palomino Cárdenas. Especialista Judicial: Nilda López Alcos. Se cita y emplaza al acusado ROLANDO LÓPEZ NINA, a la audiencia de proceso inmediato programado para el día 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018, A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA, LA MISMA QUE SE REALIZARA EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TAMBOPATA, sito en la Av. Ernesto Rivera Nro. 720 2do piso bloque 2 de Puerto Maldonado; por estar dispuesto así en el Proceso penal N° 01713-2017-26-2701-JR-PE-03, seguido contra ROLANDO LÓPEZ NINA, por la presunta comisión del delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Maribel Soncco Letona; quien deberá asistir bajo expreso apercibimiento de ser declarado reo contumaz, en caso de advertirse su inconcurrencia, ordenándose su captura y conducción compulsiva a nivel nacional. Puerto Maldonado, 24 de octubre de 2018. J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO PENAL Proceso Penal Nro.: 2008-01951-1007-SP-PE-OL SALA MIXTA, PENAL LIQUIDADORA Y DE APELACIONES DE SICUANI. Secretario: Moisés Palomino Tunqui. Se cita y emplaza al acusado AUSENTE: JULIO MAMANI SARMIENTO; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, por el delito de Robo Agravado, en agravio de Mauro Mejía Zavaleta. Sicuani. 19 de octubre de 2018. J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 02059-2016-67-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza al procesado SABINO CCASA VALDEZ, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MIERCOLES 06 DE MARZO DEL 2019 A HORAS 12:00 DEL MEDIO DIA (hora exacta); acto que se llevara a cabo, en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – A, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia- Tercer Piso, vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Pe-

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nal de Espinar. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02059-2016-67-1001-JRPE-01, como presunto autor del delito contra la libertad en su modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales M.M.A.C, representada por su progenitora Florentina Corimanya Sinayuca.- Cusco, 25 de Octubre del 2018. J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Civil de Canchis - Sicuani, a cargo de la señora Juez Marilyn Mujica Peralta y bajo la actuación de la Especialista Judicial Jimena Luque Espinoza, se viene tramitando el PROCESO JUDICIAL N° 717-2018-0-1007-JR-FT-01 sobre Violencia Familiar; mediante el cual se resuelve: “ (-) Resolución Nro. 01 Sicuani, quince de mayo del año dos mil dieciocho.(...) Por las consideraciones precedentemente expuestas se RESUELVE: 1. ADMITIR A TRÁMITE EN LA VÍA DEL PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de violencia familiar en la modalidad de VIOLENCIA PSICOLÓGICA en agravio de REYNA POLONIA VARGAS PUCHO en contra de su pro«cnitora PASCUALA PUCHO AQUINO y en contra de su hermana DINA VARGAS PUCHO. 2. REQUERIR al denunciante REYNA POLONIA VARGAS PUCHO cumpla con presentar a este juzgado la pericia respectiva dentro del plazo de 3 dias, bajo apercibimiento de no dictarse medidas de protección en caso de incumplimiento, empero de cumplirse con lo requerido PRESCINDIR la convocatoria de Audiencia Oral a Efecto de Emitir Medidas de Protección c INGRESE A DESPACHO para emitir las medidas de protección. (...)”. Para los fines de ley. Sicuani, 27 de agosto del 2018. J. S (29, 30, 31 OCT)

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia y DISPONER la reprogramación de la presente audiencia para el DIA SIETE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOS DE LA TARDE CON TREINTA MINUTOS, audiencia a verificarse en la Segunda Sala de Audiencias del Modulo Penal. 2. SE EXHORTA al personal encargado del presente proceso a efecto de que en el día y bajo responsabilidad se emita los edictos correspondientes, DISPONIENDO que estos sean publicados en el diario judicial respectivo, con la finalidad de que se cumpla con el propósito del notificación al imputado, máximo que en el presente caso debe coadyuvar con la celeridad que el caso amerita en virtud del proceso y de esta audiencia que es de carácter inaplazable, quedando NOTIFICADA las partes procesales con los términos de la presente resolución. Cusco, 26 de octubre del 2018. J. S (29, 30, 31 OCT)

EDICTO JUDICIAL En el Juzgado de Paz Letrado de Maranura, que despacha el señor Magistrado Francisco Ponce Atencio, asistido por la secretaria judicial Betsy Roció Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso N° 0069-2018CI, seguido por Willis Urbano Warthon Chirinos sobre AUTORIZACION PARA DISPONER BIENES DE INCAPAZ DE MENOR DE EDAD, se ha resuelto: ADMITIR la solicitud presentada por WILLIS URBANO WARTHON CHIRINOS, sobre AUTORIZACION PARA DISPONER BIENES DE INCAPAZ DE MENOR DE EDAD, de su menor hija Ruth Milagros Warthon Sánchez en la vía del proceso NO CONTENCIOSO. Publicación que se pone a conocimiento publico para los fines. H.S. Maranura, 23 de octubre del 2018. BETSY ROCIO SENCCA CONDORI SECRETARIA JUDICIAL P. 7058875 F. (30 OCT)

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 05826-2018-0-1001-JR-PE-02 la señora Magistrada del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Sonia Álvarez Mendoza, en el proceso Nro. 05826-2018-0-1001-JRPE-02, seguido contra RÓMULO LUZA VALER con D.N.I. 23976904, por el delito contra la Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor con iniciales: M.L.S., representado por su progenitora MARCELA LUZA SORIA, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Henning Siverts Garcia Rios, se ha dispuesto notificar con la Resolución N°. 02 de fecha 03 de octubre del 2018, y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Wanchaq, formula PROCESO INMEDIATO contra RÓMULO LUZA VALER con D.N.I. 23976904, por el delito contra la Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor con iniciales: M.L.S., representado por su progenitora MARCELA LUZA SORIA; la Fiscalía ha tipificado el delito en el primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 02. Cusco, tres de octubre Del año dos mil Dieciocho.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Conforme queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se trascribe.

EDICTO JUDICIAL En el Juzgado de Paz Letrado de Maranura, que despacha el señor Magistrado Francisco Ponce Atencio, asistido por la secretaria judicial Betsy Roció Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso N° 0073-2018CI, seguido por Marilu Gil Yupanqui sobre AUTORIZACION PARA DISPONER BIENES DE INCAPAZ DE MENOR DE EDAD, se ha resuelto: ADMITIR la solicitud presentada por MARILU GIL YUPANQUI, sobre AUTORIZACION PARA DISPONER BIENES DE INCAPAZ DE MENOR DE EDAD, de su menor hija Andrea Gabriela Marilu Delgado Gil en la vía del proceso NO CONTENCIOSO. Publicación que se pone a conocimiento público para los fines. H.S. Maranura, 23 de octubre del 2018. BETSY ROCIO SENCCA CONDORI SECRETARIO JUDICIAL P. 7058670 F. (30 OCT)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San JerónimoCusco, en el Exped. N° 1608-2018-CI, En la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO ADMITIR a trámite la demanda instada por CARMEN JANETT ALVAREZ VARGAS sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO respecto al rubro nombre del padre consignado

Martes, 30 de octubre del 2018

como “David Albarez Valcarcel”, siendo lo correcto José David Alvarez Valcarcel, rubro de la madre consignado como “Hilda Vargas Tisoc”, siendo lo correcto Hilda Regina Vargas Tisoc , se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 24-10-2018 ISABEL DEL CARMEN ROJAS PINO SECRETARIA JUDICIAL P. 7058604 CF. (30, 31 OCT, 05 NOV)

EDICTO JUDICIAL Ante el 2do Juzgado de Paz Letrado de Cusco, que despacha la Señorita Juez Ross Mery Tamata Kehuarucho, bajo la actuación del Especialista Judicial Edwin Cusacani Atencio, se viene tramitando el proceso no contencioso número 02372-2018-0-1001 -JP-CI-04, en el que se ha emitido la resolución N° 01 de fecha 12 de octubre del 2018, que resuelve ADMITIR A TRAMITE la solicitud formulada por ANGEL VENERO AZCONA sobre RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en los extremos en que se habría omitido consignar el apellido materno de su progenitor, habiéndose consignado como “Bernardino Venero”, siendo lo correcto, a decir del solicitante, “BERNARDINO VENERO ARAGON”. Lo que se publica para fines de ley. Cusco, 26 de octubre del 2018. EDWIN CUSACANI ATENCIO SECRETARIO JUDICIAL P. 7056600 F. (30 OCT)

EDICTO SEÑOR: POOL RICHARD JORDAN LAZO En el proceso signado con el No 01302-2016-20-1001JRCI-02, seguido por Scotiabank Perú S.A.A., en contra de Pool Richard Jordán Lazo sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, tramitado ante el Segundo Juzgado Civil del Cusco que Despacha el señor Juez Titular doctor Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la Especialista Legal Saida Chiun Manco, de conformidad a lo regulado por el articulo 165 del Código procesal Civil, se ha ordenado se publique el extracto del auto admisorio de la demanda. “Estando a los considerandos expuestos, SE RESUELVE: Declarar procedente el pedido de Medida Cautelar solicitado por SCOTIABANK PERU S.A.A., mediante su escrito de fecha 27 de julio del 2016; en consecuencia DISPONGO se ejecute la MEDIDA CAUTELAR FUERA DEL PROCESO CONSISTENTE EN EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN sobre el bien inmueble de propiedad de POOL RICHARD JORDAN LAZO ubicado en el predio urbano Jr. Los Halcones Manzana “F” lote 10 las Piedras del distrito y provincia de Tambopata del departamento de Madre de Dios, inscrita en la Partida N° 11126802 del Registro de Predios de la Zona Registral N° X Sede Madre de Dios, hasta por la suma de S/. 100, 000.00 (...); en consecuencia habiendo declarado juratoriamente la recurrente de que ignora la dirección domiciliaria del demandado, notifiquese mediante edictos conforme a las formalidades expresadas en el articulo 167° del Código Procesal Civil, a fin de que se apersone al proceso, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal -Hágase Saber”.-FIRMA: Eliot Zamalloa Cornejo, Saida Chiun Manco, Especialista legal. Cusco, 23 de Octubre del 2018.SAIDA CHIUN MANCO ESPECIALISTA LEGAL

P. 7056593 F. (30, 31 OCT, 05 NOV)

PRIMER REMATE En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE INTELECTUALES LIDERES Y EMPRESARIOS, en contra de GUADALUPE ZEGARRA ALVAREZ; MARIA ANTONIETA CRUZ MEZA; JUVENAL CRUZ MEZA Y JULIO OTAZU QUISPE; sobre EJECUCION DE GARANTIAS; Expediente N° 00650-2017-0-1001-JR-CI-Ol; la señorita Juez del Primer Juzgado Civil - Sede Central, Dra. Sandra Contreras Campana y especialista Legal Dra. Isabel Huaman Sequeiros, ha autorizado a la suscrita Martiliero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro N° 318, sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en: FRACCION 1-H-A DE LA URBANIZACION LICENCIADOS DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN , PREDIO DENOMINADO ALFAPATA, DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° 11119946, DE LA ZONA REGISTRAL N° X - SEDE CUSCO. OFICINA REGISTRAL CUSCO; VALOR DE TASACIÓN: US$284,800.00 (Doscientos ochenta y cuatro mil ochocientos 00/100 dólares americanos); PRECIO BASE; US$189,866.70 (Ciento ochenta y cuatro mil ochocientos sesenta y seis con 70/100 dólares americanos), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación del inmueble materia del presente; AFECTACIONES; 1) HIPOTECA: Hasta por la suma de S/200,000.00 (dos cientos mil 00/100 nuevos soles a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito de Intelectuales Lideres y Empresarios, así consta inscrito en el asiento D00004; 2) HIPOTECA: Hasta por la suma de S/280,000.00 (dos cientos ochenta mil 00/100 nuevos soles) a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito de Intelectuales líderes y Empresarios, así consta inscrito en el asiento D00005, afectaciones que se hallan inscritas en la partida N° 11119946, de la Zona Registral N° X - Sede Cusco, Oficina Registral Cusco; DIA Y HORA DE REMATE: 14 DE NOVIEMBRE DEL 2018, A HORAS 9:30 (NUEVE Y TREINTA MINUTOS) A.M.; LUGAR DEL REMATE: Se realizara en la Oficina de Administración del Módulo Civil (2o piso), ubicado en la Corte Superior de JusticadeCusco, Av. El Sol S/N-Cusco; LOS POSTORES: Depositaran no menos del diez por ciento (US$ 28,480.00) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el aclo de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martiliero Público, más el IGV, son por cuenta del adjudicatario, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martiliero Público. Cusco 2018, octubre 18 MARLENE CLEOFÉ FLORES DE MENDOZA MARTILLERO PÚBLICO ISABEL CRISTINA HUAMAN SEQUEIROS ESPECIALISTA JUDICIAL P. 7056465 F. (30, 31 OCT, 05, 06, 07, 08 NOV)

EDICTO JUDICIAL ANTE EL JUZGADO DE CIVIL DE SICUANI - CANCHIS, EN EL EXPED. N° 71-2018-FC, SE HA DISPUESTO LA PUBLICACIÓN DEL EDICTO JUDICIAL EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS. AUTO ADMISORIO -RESOLUCIÓN Nro. 01: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por EDELMIRA CHALCO DE CAHUANA Y MA-

Martes, 30 de octubre del 2018

RIO FRANCISCO CAHUANA ALVAREZ, en contra de JESUS MARTIN CAHUANA HUAMAN, sobre Tenencia de la menor VICTORIA XIMENA CAHUANA CAHUANA (09), con citación del representante del Ministerio Público. 2) TRAMITESE en la vía del PROCESO ÚNICO. 3) CÓRRASE TRASLADO de la demanda al demandado, por el término perentorio de CINCO DIAS, debiendo notificársele en su domicilio real, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. A LOS MEDIOS! PROBATORIOS: Por ofrecidos. A LOS ANEXOS: A sus antecedentes. H.S.Y el contenido de la Resolución N° 03 expedida en acto de audiencia: “En actc de audiencia se tiene que el demandado Jesús Martin Cahuana Huamán se encontraría notificado en el Jr. Los Olivos S/N de la urbanización Mazna intersección con calle 6 de julio de Sicuani, Canchis. Cusco en fecha 29 de agosto de 2018 conforme se tiene de la cédula de notificación de folios 35, no teniéndose la concurrencia del demandado y verificado la notificación realizada con la demanda, auto admisorio ha sido notificado bajo puerta advirtiendo de esta forma el Juzgado que el demandado al parecer no tendría conocimiento del presente proceso, (...) verificado la ficha RENIEC del demandcdo se advierte que este tendría como domicilio el inmueble ubicado en el Jr. Los Olivos S/N del distrito de Sicuani, Canchis, Cusco, siendo ello así, se tiene que el presente proceso en cuanto a derechos fundamentes del hoy demandcdo, por lo que este juzgado considera necesario realizar las notificaciones vía edicto a efectos de que el demandado tome conocimiento y se apersone al proceso. Por estos fundamentos, SE RESUELVE: NOTIFICAR VIA EDICTO AL. DEMANDADO JESUS MARTIN CAHUANA HUAMAN (...)” Sicuani, 22/10/2018 INDYRA RAYSHA PAREDEZ SANCA SECRETARIA JUDICIAL P. 7056355 F. (30, 31 OCT, 05 NOV)

NOTIFICACIÓN VIA EDICTO JUDICIAL En la Segunda Sala Especializada Laboral de Cusco, en el EXPEDIENTE: 01627-2017-0-1001-JR-LA-02, seguido por Leonidas Aparicio Gallegos, sobre acción contenciosa administrativa contra la Dirección Regional de Agricultura de Cusco, SE NOTIFICA: A LOS SUCESORES PROCESALES DEL QVF LEONIDAS APARICIO GALLEGOS. con la resolución siguiente: Resolución Nro. 17.- Cusco, 17 de octubre de 2018. AUTOS Y VISTO: EL presente proceso; Y CONSIDERANDO: 1. Mediante escrito presentado por la Apoderada y Abogada de la Dirección Regional de Agricultura de Cusco, en el extremo “otrosí digo” pone en conocimiento de este despacho que el demandante señor Leonidas Aparicio Gallegos falleció, adjuntando copia del Certificado de Defunción. (...) POR ESTOS FUNDAMENTOS: B. DISPUSIERON se notifique a la sucesión del que en vida fue señor Leonidas Aparicio Gallegos mediante edictos para efectos de su apersonamiento así como los documentos que acrediten su condición de sucesores, para fines de la sucesión procesal correspondiente. C. DISPUSIERON que por Secretaría se Sala se publiquen los edictos respectivos en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Diario Judicial del Cusco, para fines de la última parte del artículo 108 del Código Procesal Civil. D. ORDENARON girar oficio a la Reniec - Cusco, a fin de que proporcione a esta Sala Superior la copia certificada del Acta de Defunción del demandante señor LEONIDAS APARICIO GALLEGOS, identificado con D.N.I. N° 23902927. Notifíquese la presente resolución además en el domicilio real del demandante. Integra el Colegiado el Juez Superior señor Ángel Cáceres Cáceres, por encontrarse con licencia por salud la señora Juez Superior Xiomar Alfaro Herrera, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro. 922-2018-P-CSJ-

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

CU-PJ.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE Y CÁCERES CÁCERES.- Hernán Huacasi GonzalesSecretario de Sala. Cusco, 26 de octubre de 2018 J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°. 01164-2018-81-1001-JR-PE-07 El señor Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal Flagrancia - Sede Cusco, Dr. Carlos Adalberto Román Gil, en el proceso Nro. 01164-2018-81-1001-JR-PE-07, seguido contra JACINTO JOAQUIN MENDEZ CALLAPANI con D.N.I. 01317033, por el delito contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de BRAYAM ANTHONY MENDEZ TUNQUE, bajo la actuación del Especialista Judicial Abog. Henning Siverts Garcia Rios, se ha dispuesto notificar con la Resolución Nº. 01 del 26/10/18 y el extracto de la disposición de formalización de la Acusación en Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Penal Corporativa de Santiago, formula ACUSACIÓN FISCAL contra JACINTO JOAQUIN MENDEZ CALLAPANI con D.N.I. 01317033, por el delito contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de BRAYAM ANTHONY MENDEZ TUNQUE; la Fiscalía ha tipificado el delito en el Primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. Resolución Nro. 01 Cusco, veintiséis de octubre Del año dos mil dieciocho.SE RESUELVE: 1. CONVOCAR: a la Audiencia de Juicio Inmediato al imputado JACINTO JOAQUIN MENDEZ CALLAPANI, con DNI. N° 01317033, quien OBLIGATORIAMENTE deberá concurrir el día NUEVE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS DIEZ HORAS CON QUINCE MINUTOS A LA TERCERA SALA DE AUDIENCIAS DEL MÓDULO PENAL adscrito al Tercer Juzgado Penal Unipersonal - Flagrancia, Omisión de Asistencia Familiar - en adelante O.A.F-, Conducción de vehículo motorizado en Estado de Ebriedad o Drogadicción de Cusco (Ubicado en el Tercer piso del Palacio de Justicia), con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del imputado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia del requirente de informar al Órgano de Control del Ministerio Público, PRECÌSESE que la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE, además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivará que el operador judicial aplique lo dispuesto por el artículo 85º del CPP modificado por Ley N° 30076. Cusco, 04 de Junio del 2018. J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°. 03449-2018-87-1001-JR-PE-02 El señor Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal Flagrancia - Sede Cusco, Dr. Carlos Adalberto Román Gil, en el proceso Nro. 03449-2018-87-1001-JR-PE-07, seguido contra WILBER LAURA PIZARRO con D.N.I. 23912741, por el delito contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor con iniciales Y.D.F.L.L. representado por su progenitora BERTHA LOAIZA CABRERA, bajo la actuación del Especialista Judicial Abog. Henning Siverts Garcia Rios, se ha dispuesto notificar con la Resolución Nº. 01 del 26/10/18 y el extracto de la disposición de formali-

zación de la Acusación en Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Wanchaq, formula ACUSACIÓN FISCAL contra WILBER LAURA PIZARRO con D.N.I. 23912741, por el delito contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor con iniciales Y.D.F.L.L. representado por su progenitora BERTHA LOAIZA CABRERA; la Fiscalía ha tipificado el delito en el Primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. Resolución Nro. 01 Cusco, veintiséis de octubre Del año dos mil dieciocho.SE RESUELVE: 1. CONVOCAR: a la Audiencia de Juicio Inmediato al imputado WILBER LAURA PIZARRO, con DNI. N° 24994384; quien OBLIGATORIAMENTE deberá concurrir el día QUINCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS NUEVE HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS (Hora exacta 09:45 AM) A LA TERCERA SALA DE AUDIENCIAS DEL MÓDULO PENAL adscrito al Tercer Juzgado Penal Unipersonal Flagrancia, Omisión de Asistencia Familiar - en adelante O.A.F-, Conducción de vehículo motorizado en Estado de Ebriedad o Drogadicción de Cusco (Ubicado en el Tercer piso del Palacio de Justicia), con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del imputado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia del requirente de informar al Órgano de Control del Ministerio Público, PRECÌSESE que la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE, además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivará que el operador judicial aplique lo dispuesto por el artículo 85º del CPP modificado por Ley N° 30076. Cusco, 26 de octubre del 2018. J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA JHON CORAZAO CARBAJAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Quebrada, que despacha el señor Juez Israel David Villafuerte Anaya, bajo la actuación del Especialista Judicial Eleonor Raquel Ortega Arias, se viene tramitando el Proceso Penal EXP. 00061-2018-0-1019-JR-PE-Ol, seguido contra JHON CORAZAO CARBAJAL, por la comisión del delito Contra la Familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, subtipo delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio del MENOR JORDÁN CORAZAO MUÑIZ, representado por su progenitora Haqueline Muñiz Serrano, donde mediante resolución número tres de fecha 11 de octubre del 2018, se ha dispuesto la notificación vía edicto donde se emplaza a la persona de JHON CORAZAO CARBAJAL. RESOLUCIÓN NRO.03 La Quebrada, once de octubre Del año dos mil dieciocho. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: EN TAL VIRTUD; 1.- Se da por FRUSTRADA la presente audiencia por las razones expuestas. 2.- Se REPROGRAMA el verificativo de audiencia de Control de Acusación para llevarse acabo el día OCHO DE NOVIEMBRE del año dos mil dieciocho, a horas DIEZ Y TREINTA de la mañana la Audiencia de Control de Acusación, la misma que se llevará en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Quebrada, sito entre la Av. Calca con la Calle Lares del Poblado de la Quebrada, con la concurrencia obligatoria del representante del Ministerio Publico, bajo apercibimiento de remitirse copias al Control Interno de su Institución, asimismo se le requiere a la defensa pública cumpla dentro del plazo

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de 24 horas de notificada con la presente resolución acreditar su inasistencia a la presente audiencia, asimismo, advirtiéndose que no obra en autos el cargo la notificación según el domicilio de ficha Reniec, se le requiere a la especialista legal en el día pueda cumplir con notificar y diligenciar las cédulas de notificación, sin perjuicio a notificarse vía Edicto para la audiencia antes programada. H.S. J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

EDICTO PENAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. 3o JUP) - SEDE CENTRAL EXPEDIENTE: 00095-2009-0-2701-JR-PE-01 ESPECIALISTA: NUÑEZ MAMANI ALEX CITAR A LA ACUSADA MARILUZ CHALLCO RODRIGO, PARA LA AUDIENCIA DE LECTURA DE SENTENCIA PÚBLICA E INAPLAZABLE, la misma que se llevará a cabo en el despacho de Juez del Juzgado Penal Liquidador sito en la Avenida Ernesto Rivero Nro. 720, Segundo Bloque Segundo Piso de la Ciudad de Puerto Maldonado, distrito y provincia de Tambopata Departamento de Madre de Dios, el día VIERNES 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta), con su abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de designarse defensor público en caso de inasistencia del abogado defensor elegido por el acusado, así como la presencia del representante del Ministerio Público. Puerto Maldonado, 29 de Octubre del 2018 J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

EDICTO PENAL SEÑORES: ALDO GUSTAVO ASTETE FLORES JOSE LUIS CHAVEZ BLANCO ELVIS CCASANI HANAMPA La señora Jueza del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Sánchez Farfán, en el proceso Nro 2037-2017-78-1001-JR-PE-06, seguido contra los acusados antes referidos, por el delito de Banda Criminal, en agravio del Estado, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarles con la Resolución Nº 02 del 23/05/18 y Resolución N° 09 del 22/10/18 cuyo contenido es el siguiente: ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO MIXTO I. INTRODUCCIÓN: (…) II.ACREDITACION: (…) III.-RESOLUCION NRO.02.Cusco, 23/05/18.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: 1. DECLARAR FUNDADO el requerimiento de sobreseimiento formulado por el Ministerio Publico, en consecuencia sobreséase el proceso de manera definitiva a favor de ALDO GUSTAVO ASTETE FLORES, JOSE LUIS CHAVEZ BLANCO, ELVIZ CCASANI HANAMPA, por la comisión del delito contra el Patrimonio en la Modalidad de Hurto; sub tipo Hurto Agravado, tipificado en el artículo 185, tipo base y el articulo 186 inciso 9 del Código Penal en agravio de Leonardo Busto Mamani Huayhua. 2. Consentida o Ejecutoriada que sea la presente procédase al archivo definitivo del expediente en los extremos antes indicados, previa anulación de los antecedente generados con la tramitación del proceso; así mismo levántese todas las medidas de carácter real y/o personal generado contra los procesados antes indicados. 3. REPROGRAMESE la audiencia para el DIA TREINTA DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sexta Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justica del Cusco, precisándose que se viene señalando la fecha antes indicada en atención a que se viene disponiendo la exclusión de abogado y los procesados domicilian en la ciudad de Arequipa. 4. EXCLUYASE de la defensa técnica de los procesados JOSE LUIS CHAVEZ BLANCO y ALDO GUSTRAVO AS-

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TETE FLOREZ, al abogado Germán Palomino Tumpay, en consecuencia se le concede el plazo de 24 horas a dichos procesados a fin de que designen a bogado de su elección, bajo expreso apercibimiento de continuarse con el iter procesal con la defensora publica asignada al caso. 5. AMONESTESELE al abogado Germán Palomino Tumpay, por su inconcurrencia injustificada a la presente sesión, comuníquese dicha sanción al Colegio de Abogados, asi como a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco, asi mismo SE DISPONE LA NOTIFICACION de la sanción al abogado antes indicado, precísese que la audiencia tiene el carácter de inaplazable, subsistiendo los apercibimiento decretados en autos en caso de inconcurrencia de las partes, cuya asistencia sea necesaria para instalar la presente. 6. NOTIFIQUESE la presente resolución a LEONARDO AUGUSTO MAMANI HUAYHUA, con dirección en la Av. Carlos Ugarte D-16, Santiago - Cusco, celular 984758081. IV.NOTIFICACION: (…)V.- CONCLUSIÓN: (…) ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO MIXTO I. INTRODUCCIÓN: (…) II. ACREDITACION: (…) RESOLUCION NRO. 09 Cusco, 22/10/18.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la verificación de la presente audiencia al haberse devuelto sin diligenciar las cedulas de notificación dirigidas a ALDO GUSTAVO ASTETE FLOREZ y JOSE LUIS CHAVEZ BLANCO, con la resolución N° 02 y recién haber glosado en la fecha las cedulas de notificación. 2. Reprogramar la presente audiencia para el día 29 DE NOVIEMBRE DE 2018, A HORAS 15:30, en esta Sexta Sala de audiencias de la Corte Superior de Justicia de Cusco, precisándose que viene señalándose la fecha antes indicada de acuerdo a la agenda del juzgado. 3. Precísese que la audiencia tiene el carácter de inaplazable. 4. Gírese oficio a la Administradora del Modulo Penal comunicando que recién el día de la fecha se han glosado las cedulas de notificación de la resolución N° 02 a fin que tome las acciones correctivas pertinentes. III. NOTIFICACION: (…) V.- CONCLUSIÓN: (…) Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Jueza Dra. Zulay Sánchez Farfán, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 25 de octubre del 2018. J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Exp. N° 0330-2017-69-1001-JR-PE-07 TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL -FLAGRANCIA DE CUSCO. Especialista Judicial: RUTH ELENA ÑAHUE CHOQUE. Ante el Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Carlos Román Gil, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado Abg. Ruth Elena Ñahue Choque, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el Exp. N° 0330-2017-69-1001-JR-PE-07, seguido contra GREGORIO NICOLAS HUARAYA ALCA por la presunta comisión del delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, Sub tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, en agravio del menor de iníciales NIHH., representado por su progenitora HONORIA HUACHACA GUERREROS, por lo que se ha dispuesto NOTIFÍCAR al imputado con la Res. 08, de fecha veinticuatro de octubre del año dos mil dieciocho, que dispone:-Resolución Nro. 08 Cusco, veinticuatro de octubre Del año dos mil dieciocho.DADO CUENTA: en la fecha debido a la recargada labor con la que cuenta esta secretaria, se da cuenta de las cedulas de notificación pertenecientes al imputado, las cuales han sido devueltas sin diligenciar, en consecuencia, siendo el estado del presente proceso; SE DISPONE: 1. REPROGRAMAR la Audiencia Única de In-

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coación de Proceso Inmediato, para el día MIERCOLES TRECE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL DIA (Hora exacta 10:15 AM.), en la TERCERA SALA de Audiencias del Módulo Penal Central de Cusco ubicado en el inmueble N° 239 de la Av. el Sol (Palacio de Justicia), con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del imputado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia del requirente de informar al órgano respectivo. 2. PRECISESE que la fecha señalada es en merito a la disponibilidad de las Salas de Audiencia; por lo que la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE, además de dejar subsistente los apercibimientos y disposiciones contenidas en la resolución Nro. 01. 3. NOTIFIQUESE al imputado vía edictos judiciales, publicación que debe realizarse por el tiempo de ley establecido, con la anticipación del caso. 4. NOTIFIQUESE a las demás partes en sus respectivos domicilios reales y procesales señalados en autos conforme a la información proporcionada por la Fiscalía. Cusco, 29 de Octubre del 2018. J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

NOTIFICACIÓN POR EDICTO Ante el Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de la Provincia de Acomayo del departamento del Cusco, que Despacha la señorita Juez Supernumeraria Karina Zarate Huillca, bajo la actuación del Especialista legal Luis E. Alvarez Cáceres, se viene tramitando el proceso Nro 00193-2018-0-1003-JM-FT-01, sobre violencia Familiar seguido contra LEÓNIDAS SENCIA PFOCCORI en agravio de la menor de iniciales Y.S.P., representado por su progenitura MATIAZA PAPEL ZAPACAYO, Por lo que se ha dispuesto la notificación con el extracto de la siguiente resolución. RESOLUCIÓN N° 01 de fecha 24 de octubre de 2018 Auto de inicio de proceso por violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar; VISTO (...) I CONSIDERANDO (...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO ESPECIAL la denuncia por violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar y interpuesta por la menor de iniciales Y.S.P. (15), representado por su progenitora MATIAZA PAPEL ZAPACAYO, contra LEÓNIDAS SENCIA PFOCCORI, consistente en violencia Psicológica, se señala fecha para la audiencia oral para el día MIÉRCOLES 07 DE NOVIEMBRE DEL 2018, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, diligencia que se verificara en la Sala de audiencias del Juzgado Mixto de Acomayo, sito en el Jirón Bolognesi s/n., de esta localidad, bajo apercibimiento de llevarse con o sin la concurrencia de las partes procesales. (...), lo que se publica para los fines pertinentes de ley. 3.Vz. Acomayo, 25 de octubre del año 2018 1 J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

NOTIFICACIÓN EDICTO IUDIC1AL Ante Juzgado de Paz Letrado de la Provincia CanasYanaoca, cargo señora Juez Dra. Evelyn Becerra Viza, bajo actuación Secretario Judicial Abogado: Santiago Calla Quispe; en el Expediente Penal N°. 00106-2017-0-1006-JP-PE-01; se ha dispuesto se NOTIFIQUE mediante edictos a la agraviada MAGDALENA QUISPE NINA, en lo seguido sobre Faltas contra la Persona en su modalidad de Lesiones Culposas ,contra Walter Huaracha Onofre y otros.- Parte Resolutiva: Resolución N° 09- Yanaoca, 12 de Octubre del 2018: SE REPROGRAMA nueva fecha para audiencia del juicio oral DÍA 20 de DICIEMBRE del 2018, a horas DIEZ DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado de Paz Letrado de Canas, debiendo concurrir los imputados Walter Huaraca Onofre,tercero civilmente responsable la empresa de transportes de pasajeros El Caribe S.R.L.representado por su Gerente Gregorio Huallpa Challco y Dennis Navio Escobar, considerado como

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tercero civilmente responsable la empresa Corazón de Jesús S.R.L.representado por su Gerente Williams Rolando Cosió Cañari y las agraviadas Magdalena Quispe Nina, Luz Laguna Nuñonca,Consuelo Soledad Medrano Huampa y otros, asistidos por su abogado defensor de su elección o en su defecto se nombrara un defensor público, bajo apremio de disponerse su conducción de grado o fuerza de los imputados y para los agraviados su concurrencia es obligatoria, bajo apremio de declarárseles su desistimiento tácito en calidad de querellantes particulares y archivarse los actuados, caso de inconcurrencia.-.- Notifíquese a la agraviada MAGDALENA QUISPE NINA mediante edictos, por desconocerse su domicilio actual.Fdo. Juez Dra. Evelyn Becerra Viza.- Secretario Judicial Abog: Santiago Calla Quispe. Lo que se notifica para los fines consiguientes de ley. YANAOCA, 23 DE OCTUBRE DEL 2018. J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

EDICTO JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CALCA Mediante el presente se cita, llama y emplaza al acusado ALFREDO MAYO CALLO, con D.N.I. 45615798, nacido el 14/01/1989; en el proceso Nro. 428-2018, seguida en su contra como AUTOR por la presunta comisión del delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio MARIBEL CCORIMANYA JUÁREZ, y tenga a bien CONCURRIR el día VEINTE DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (hora exacta), a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, que ha de llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de esta provincia, ubicada en el Primer Nivel del local del Juzgado, Avenida Vilcanota 869 - Calca, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del imputado. ACUSACIÓN DIRECTA. ERIK VERA ALARCON, Fiscal Provincial de la Primera Provincial-Penal de Calca, con domicilio procesal Calle San Martín” S/N de esta ciudad, en la investigación seguida contra Alfredo Mayo Callo, por el de agresiones en contra de integrantes del grupo familiar, en agravio de Maribel Ccorimanya Juárez; a Usted atentamente digo; Conforme a lo prescrito por el articulo 336 numeral 4 Código Procesal Penal concordante con las formalidades establecidas por el artículo 349 del mismo cuerpo normativo, FORMULO ACUSACIÓN DIRECTA contra ALFREDO MAYO CALLO, tiene la calidad de AUTOR del delito materia de la presente acusación, puesto que de los actos de Investigación realizados en la investigación preliminar se ha acreditado de manera indubitable su responsabilidad. Siendo esto así, se verifica que el acusado ha satisfecho todo los elementos objetivos y subjetivos que configuran el tipo penal de Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en su modalidad LESIONES, sub tipo AGRESIONES EN CONTRA DE INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, tipificado en el artículo 122-B del Código Penal vigente. Calca, 25 de octubre del 2018 J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – A (sito en la Av. Sol S/N tercer piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02374-2017-96-1001-JR-PE-01, como presunto autor de la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor, en agravio de la menor de iníciales D.R.T.H, representada por Ricarda Huari Uman.- Cusco, 29 de Octubre del 2018. J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 01616-2017-87-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza al procesado JOEL EDISON PEREZ LEVA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 15 DE JULIO DEL 2019 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – A (sito en la Av. Sol S/N tercer piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 01616-2017-87-1001-JR-PE-01, seguido como presunto autor de la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales R.H.T.- Cusco, 29 de Octubre del 2018. J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 03835-2018-92-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza al procesado PEDRO PABLO CHULLO PEREZ, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 22 DE JULIO DEL 2019 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – A (sito en la Av. Sol S/N tercer piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 03835-2018-92-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudro en menores de 14 años, en agravio del menor de iníciales L.S.H.M, representada por Orbelinda Mamani Zabala.- Cusco, 29 de Octubre del 2018. J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

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CUADERNO DE DEBATES Nº 02374-2017-96-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza al procesado JOSUE HOLGUIN LIGAS, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 23 DE SETIEMBRE DEL 2019 A HORAS 10:00 DE LA

CUADERNO DE DEBATES Nº 04213-2017-15-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza al procesado LIBIO HUAMAN CCALLO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 22 DE JULIO DEL 2019 A HORAS 11:00 DE LA MAÑANA (hora

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exacta); la misma que se verificara en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – A (sito en la Av. Sol S/N tercer piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 04213-2017-15-1001-JR-PE-01, seguido como por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual en grado de consumado, en agravio de la menor de iníciales M.M.Q.- Cusco, 29 de Octubre del 2018. J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 01893-2017-51-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza al procesado SEBASTIAN CALLAÑAUPA QUISPE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 02 DE SETIEMBRE DEL 2019 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – A (sito en la Av. Sol S/N tercer piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 01893-2017-51-1001-JR-PE-01, seguido como presunto autor de la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales R.T.Q.- Cusco 29 de Octubre del 2018. J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 01358-2017-48-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza al procesado EDWIN HUARANCCA SUCSO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 08 DE JULIO DEL 2019 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); acto que se llevara a cabo, en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco - A, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia-Tercer Piso, vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 01358-2017-48-1001-JR-PE-01, como presunto autor de la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales A.O.N.- Cusco 29 de Octubre del 2018. J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 04325-2018-91-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza al procesado BERNARDINO CALDERON HINCHU, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA

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LUNES 22 DE JULIO DEL 2019 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA, la misma que se verificara en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – A (sito en Av. Sol S/N – Cusco) tercer nivel del Palacio de Justicia de Cusco. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 04325-2018-91-1001-JR-PE-01, seguido en contra del antes referido imputado, por la comisión del delito contra la libertad en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad en grado de tentativa, en agravio de la menor de iníciales C.C.N.Q, representada por Isabel Quispe Cruz de Nina.- Cusco, 29 de Octubre del 2018. J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 02011-2018-93-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza al procesado WALTER ROBERTO PUMA ACHUMA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 17 DE JUNIO DE 2019 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA, la misma que se verificara en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, tercer nivel del palacio de Justicia, vía enlace por video conferencia con la sala de Audiencias del Juzgado Penal de Espinar, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02011-2018-93-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad en grado de tentativa, en agravio de la menor de iníciales M.C.C.P, representada por Julia Puma Ccaña.-Cusco, 29 de Octubre del 2018. J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 03783-2018-50-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza al procesado CARLOS JOSE SOLIZONQUEHUA QQUECAÑO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 09 DE SETIEMBRE DEL 2019 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – A (sito en la Av. Sol S/N tercer piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 03783-2018-50-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la libertad, en su modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio del menor de iníciales H.M.H.H, representada por Lourdes Huamán Arcos.Cusco, 29 de Octubre del 2018. J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 06729-2018-99-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO

ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza al procesado ANGEL GOMEZ QUISPE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 21 DE OCTUBRE DEL 2019 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); acto que se llevara a cabo, en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco - A, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia-Tercer Piso, vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 06729-2018-99-1001-JR-PE-01, como presunto autor de la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor en menor de edad, en agravio de la menor de iníciales A.P.M.D, representada por su progenitora Manuela Palma Omperane.- Cusco 29 de Octubre del 2018. J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

EDICTO PENAL SEÑOR: LUCIO LOPEZ CORDOVA El señor Juez del Juzgado Penal Unipersonal Itinerante del Cusco a (Anta), Dra. Mery Luz Supa Miranda, en el proceso Nro. 1382-2014-36-1001-JR-PE-06, seguido contra LUCIO LOPEZ CORDOVA, por el delito contra el Patrimonio, en la modalidad de Extorsión, Sub Tipo CHANTAJE en agravio de EDWIN GRIMALDO SAJI DAZA, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Johana Cecilia Carbajal Casaverde, se le ha dispuesto notificar con la Resolución Nº 03 del 13/09/2018 cuyo contenido es el siguiente: RESOLUCION NRO. 03 Cusco, trece de Septiembre Del año dos mil dieciocho.DE OFICIO.- Dado cuenta en la fecha, tan pronto como fue devuelto el presente proceso por parte de la encargada de la programación de audiencias y en aplicación del plan de descarga proyectado para los Juzgados Unipersonales en delitos de Violencia Familiar; y en merito a la R.A. Nro. 237-2018-CE-PJ este despacho judicial DISPONE: REPROGRAMAR el presente Juicio Oral para el día NUEVE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a las OCHO HORAS a verificarse en la SALA ITINERANTE DE AUDIENCIAS del Modulo Penal, ubicado en el Tercer Nivel del Palacio de Justicia (Av. El Sol S/N de esta ciudad); dejando insubsistente la fecha y hora señalada en la resolución numero uno de fecha veintitrés de Abril del año dos mil dieciocho e inalterables los demás extremos indicados en el auto de Citación a Juicio Oral c; para lo cual CUMPLA la especialista con notificar a las partes procesales en sus domicilios consignados en autos. NOTIFIQUESE.J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

EDICTO PENAL Exp. 02972-2017-19-1001-JR-PE-03. SEÑOR: AMILCAR JOHN CUSICUNA HUILLCA. Ante el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Edwin Del Pozo Condori, bajo la actuación del Especialista de Causa Efrain Flores Zuniga se CITA Y EMPLAZA al Acusado AMILCAR JOHN CUSICUNA HUILLCA, a efecto de que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente N° 02972-2017-19-1001-JR-PE-03, que se le sigue por delito de Lesiones por Violencia Familiar, en agravio de Edith Ccoscco Cusirimay; Se pone en conocimiento la Siguiente resolución .RESOLUCION N° 03 Cusco, veintinueve de Octubre del año dos mil dieciocho. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA la presente

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audiencia de Juicio Oral por inasistencia del acusado AMILCAR JOHN CUSICUNA HUILLCA. DECLARAR REO AUSENTE al acusado AMILCAR JOHN CUSICUNA HUILLCA, quien como generales conforme al requerimiento acusatorio tiene los siguientes datos de identidad: DNI N° 46846774, estado civil soltero, natural de Cusco, con fecha de nacimiento 30/01/1991, hijo de Tomas y Gerarda, con domicilio real en Urbanización Picchu I-2 del cercado del Cusco y demás datos que deben ser obtenidos y contrastados con su ficha RENIEC. NOMBRAR como abogada defensora del acusado ausente a la abogada Defensora Pública SUSANA LADRON DE GUEVARA MEJIA, quien debe hacer valer todos los derechos que correspondan al procesado. ORDENAR SE GIREN los oficios para la captura y posterior conducción del procesado ausente mediante la fuerza pública es decir, mediante la Policía Nacional del Perú. DISPONER SE NOTIFIQUE AL ACUSADO MEDIANTE EDICTOS JUDICIALES QUE DEBEN SER PUBLICADOS POR TRES DIAS HABILES CONSECUTIVOS EN EL DIARIO OFICIAL EL CUSCO Y EN LA PAGINA WEB DEL PODER JUDICIAL Y TAMBIEN EN LA TABLILLA DEL JUZGADO A FIN DE QUE TOME CONOCIMIENTO DE LOS CARGOS IMPUTADOS EN SU CONTRA. DISPONER que una vez sea puesto a disposición del Juzgado el acusado o ésta se presente voluntariamente se fije fecha y hora para la audiencia de JUICIO ORAL y mientras ello ocurra ARCHIVESE PROVISIONALMENTE la causa.Cusco, 29 de octubre del 2018. J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

NOTIFICACIÓN POR EDICTO Sr. ISAÍAS QUISPE MANTILLA Se pone en conocimiento lo siguiente: Ante el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, bajo la dirección del señor Juez Dr. Edwin Del Pozo Condori y actuación del especialista legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la causa penal N° 3180-2018-37, seguido contra ISAÍAS QUISPE MANTILLA como presunto autor del delito CONTRA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, en la modalidad de LESIONES, sub tipo AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES, tipificado en el artículo 122°-B primer párrafo del Código Penal, en agravio de CARMEN SURIHUAYLLA LIMA; donde se ha dispuesto lo siguiente: RESOLUCIÓN N° 1.- Cusco, veinticinco de octubre del dos mil dieciocho.- (...) 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en la presente causa seguida contra ISAÍAS QUISPE MANTILLA como presunto autor del delito CONTRA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, en la modalidad de LESIONES, sub tipo AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES, tipificado en el artículo 122°-B primer párrafo del Código Penal, en agravio de CARMEN SURIHUAYLLA LIMA; cuyo acto procesal se realizará el día OCHO DE ENERO del dos mil DIECINUEVE, a horas DOS de la tarde (hora exacta) en la primera sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia de Cusco, acto al cual comparecerá el imputado ISAÍAS QUISPE MANTILLA, asistido por Abogado de su elección o el defensor de oficio que se les designe oportunamente, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de declararse REO CONTUMAZ y disponerse sus conducción compulsiva por la fuerza pública; para cuyo efecto NOTIFÍQUESE en su domicilio real y domicilio procesal señalados en autos (domicilios consignados en la acusación escrita y auto de enjuiciamiento).- Teniendo en cuenta que el domicilio real del acusado Isaías Quispe Mantilla queda en una comunidad sin numeración de difícil accesibilidad para su ubicación, consiguientemente sin perjuicio a su notificación por cédula, notifíquese mediante EDICTO en el diario judicial del Cusco. (...). Cusco, 26 de octubre de 2018. J. S (30, 31 OCT, 05 NOV)

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CUSCO - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE URB. LA FLORIDA C-14 PJE KANTUS(WANCHAQ), Secretario:VILLARROEL CCASO Maria Eddie Zulema FAU 20159981216 soft Fecha: 29/10/2018 08:12:44,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: CUSCO / CUSCO,FIRMA DIGITAL

NOTIFICACION VIA EDICTO JUDICIAL A LA PERSONA DE: EVELYN ARANDO QUITO Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr. DANIEL RAUL PURISCA CHACON CASANOVA y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramita el proceso N° 1902-2018-0-1001-JP-PE -02 seguido por faltas contra el patrimonio, se ha dispuesto la notificación vía edicto judicial de la Resolución Nro.1 de fecha 28 de setiembre del 2018.- " AUTO DE NO A LUGAR A JUICIO / REMISION Resolución N° 01 Cusco, 28 de Septiembre de 2018.I. VISTO: Los actuados policiales remitidos por la Comisaria Sect. “A” Wanchaq mediante Oficio Nº 4851-2018-VIIMACRO REGPOL/REP CUS-CONSEWAN-SIDF., y los escritos con Nº de CDG 4155-2018 y 4155-2018; y en atención a los siguientes, II. FUNDAMENTOS: 1. fundamento 1 los hechos denunciados no constituyen falta, sino que más bien se tipifican en el tipo penal señalado en el artículo 185 del Código Penal, el cual refiere “El que, para obtener provecho, se apodera ilegítimamente de un bien mueble, total o parcialmente ajeno, sustrayéndolo del lugar donde se encuentra, será reprimido”. Es decir los hechos constituyen delito no falta, específicamente Delito de Hurto. 2. El artículo 482 del Código Procesal Penal precisa que el Juzgado de Paz Letrado es competente para conocer los procesos por faltas, siendo así, en atención a lo señalado en el fundamento precedente, no estaríamos ante un caso de faltas, sino ante el tipo penal de lesiones leves contra la mujer. Por lo que, corresponde declarar la incompetencia de este despacho para conocer el presente caso. 3. Se debe aclarar que lo aquí afirmado no implica que los hechos hayan ocurrido efectivamente, ni pronunciamiento alguno respecto a la responsabilidad del presunto imputado; sino únicamente se refiere a la incompetencia de este juzgado, la calificación y juzgamiento de los hechos en este extremo, son de competencia de otras instancias fiscales y judiciales pero no por este despacho. 4. Al haberse determinado la incompetencia de este despacho, y en aplicación a lo previsto por el artículo 483.3 del Código Procesal Penal, corresponde ordenar el archivamiento de las investigaciones policiales respecto a este extremo, al NO constituir faltas. 5. Siendo que los hechos denunciados bien pueden configurar delito y que como ya se ha señalado este Despacho carece de competencia para avocarse a su conocimiento, pero por el contrario su calificación y/o investigación correspondientes son atribuciones del Representante del Ministerio Público, por lo que deberá remitírsele el expediente a la Fiscalía Provincial Penal de Wanchaq de turno. III. DECISION: Por estos fundamentos que precede, al amparo de las facultades conferidas por el artículo 138 de la Constitución Política del Estado, se resuelve, NO A LUGAR CITAR A JUICIO en consecuencia se declara el ARCHIVAMIENTO de las actuaciones judiciales realizadas en atención al Acta de Denuncia Verbal seguidos por la comisión por la comisión de FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO, en su modalidad de HURTO SIMPLE, en agravio de EVELYN ARANDO QUITO debiendo archivarse los autos en la forma prevista por Ley, consentida que sea la presente resolución. REMITIR copias certificadas del presente proceso respecto a los daños patrimoniales a la Fiscalía Penal de Turno de Wanchaq para que proceda conforme a sus facultades, Una vez se declare consentida la misma. Se reasigna y firma el presente proceso el Secretario Dr. Daniel Barrientos Cardenas, por licencia de la secretaria Dra Maria Eddie Villarroel Ccaso. .H.S. " la misma que se pone de conocimiento del interesado, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 26 de octubre del 2018.

Martes, 30 de octubre del 2018

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CUSCO - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE URB. LA FLORIDA C-14 PJE KANTUS(WANCHAQ), Secretario:VILLARROEL CCASO Maria Eddie Zulema FAU 20159981216 soft Fecha: 29/10/2018 08:12:44,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: CUSCO / CUSCO,FIRMA DIGITAL

NOTIFICACION VIA EDICTO JUDICIAL A LA PERSONA DE: ANGEL JAVIER QUISPE HUILLCA Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr. DANIEL RAUL PURISCA CHACON y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramita el proceso N° 1817-2018-0-1001-JP-PE02 seguido por faltas contra el patrimonio, se ha dispuesto la notificación vía edicto judicial de la Resolución Nro.1 de fecha 14 de setiembre del 2018.- " AUTO DE NO HA LUGAR I. VISTO: los actuados policiales y anexos remitidos por la Comisaria Sect. Wanchaq “A” mediante Oficio Nº 4606-2018-VII-MACRO-REGPOL-CUS/DIVPOS-CSW-SEINCRI., y en atención a los siguientes: II. FUNDAMENTOS: Respecto de los hechos 1. Del Acta de Intervención Policial se tiene que el día 23 de agosto del 2018 a las 23:45 horas de la noche aprox. se intervino en la inmediaciones del Parque Marianito Ferro del distrito de Wanchaq a las personas de Eder Nicomedes Huallpa Cruz identificado con DNI Nº 42771724, Luis Edgardo Aguilar Walestrohn DNI Nº 29297473 y Angel Javier Quispe Huillca identificado con DNI Nº 41814840, estos dos últimos refieren que fueron agredidos por Eder Nicomedes Huallpa Cruz, quien les habría agredió con un objeto contuso – botella de vidrio –. Los mismos refieren que la agresión se habría suscitado en el interior de la discoteca Bajo Zero ubicada en la Av. Confraternidad del Distrito de Wanchaq. 2. De la declaración de Luis Edgardo Aguilar Walestrohn y Angel Javier Quispe Huillca, ambos refieren que respecto de los hechos, se encontraban en el interior de la discoteca Bajo Zero en compañía unos amigos, cuando tuvieron un desacuerdo con Eder Nicomedes Huallpa Cruz, quien le habría roto una botella o jarra – no precisa cual – en la cabeza a Luis Edgardo Aguilar Walestrohn, y luego con los restos del objeto corto la mano de Javier Quispe Huillca. 3 De la declaración de Eder Nicomedes Huallpa Cruz, este refiere que respecto de los hechos, que nunca agredió físicamente a Luis Edgardo Aguilar Walestrohn y Javier Quispe Huillca, y desconoce cómo es que se realizaron las lesiones físicas que los mismos presentan. 4. De los actuados policiales se tiene: i) el Certificado Médico Legal Nº 016342-L practicado a Luis Edgardo Aguilar Walestrohn, el cual señala la presencia de lesiones ocasionadas por agente contundente y por agente con punta y/o filo que requiere de 02 días de atención facultativa y 08 días de incapacidad médico legal, i) el Certificado Médico Legal Nº 016738-L practicado a Angel Javier Quispe Huillca el cual señala la presencia de lesión ocasionada objeto cortante que requiere de 02 días de atención facultativa y 07 días de incapacidad médico legal. 5. Conforme a lo previsto por el artículo 483.3 del Código Procesal Penal, para dictar el auto de citación a juicio es necesaria la concurrencia de las siguientes condiciones: i) que los hechos constituyan falta ii) que la acción penal no haya prescrito y que iii) existan fundamentos razonables de su perpetración y de la vinculación del imputado en su comisión, es necesario establecer en el caso concreto la concurrencia de tales condiciones. 6. Así: El artículo 441 del Código Penal refiere que: “El que, de cualquier manera, causa a otro una lesión dolosa que requiere hasta diez días de asistencia o descanso, según prescripción facultativa, será reprimido con ... siempre que no concurran circunstancias o medios que den gravedad al hecho, en cuyo caso será considerado como delito….” (el énfasis es agregado). 7. En el

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presente caso, se tiene que conforme a lo declarado por los presuntos agraviados – Luis Edgardo Aguilar Walestrohn y Angel Javier Quispe Huillca – ambos abrían sido agredidos con un objeto punzo cortante – pedazo de botella o vidrio – hecho que esta corroborado por los certificados médico legal, que obran a su nombre, por lo que los hechos denunciados conforme señala el artículo 441 del Código Penal no configurarían como falta contra la persona sino delito, dado que el hecho de ser agredido por un objeto punzo cortante constituiría un medio que da gravedad al hecho. 8. Junto a ello se tiene lo señalado por la jurisprudencia, debido a que en el expediente Nº 2969-97 se precisa que: “En caso de lesiones producidas en circunstancias que den gravedad al hecho, estas serán consideradas como delito, en el presente caso las lesiones han sido producidas por arma blanca lo cual hace que estas deban ser consideradas como delito y no como falta.”1 (énfasis agregado) 9. El artículo 482 del Código Procesal Penal precisa que el Juzgado de Paz Letrado es competente para conocer los procesos por faltas, siendo así, en atención a lo señalado en el fundamento precedente, no estaríamos ante un caso de faltas, sino ante el tipo penal de lesiones leves. Por lo que, corresponde declarar la incompetencia de este despacho para conocer el presente caso 10. Se debe aclarar que lo aquí afirmado no implica que los hechos hayan ocurrido efectivamente, ni pronunciamiento alguno respecto a la responsabilidad del presunto imputado; sino únicamente se refiere a la incompetencia de este juzgado, la calificación y juzgamiento de los hechos en este extremo, son de competencia de otras instancias fiscales y judiciales pero no por este despacho. 11.Al haberse determinado la incompetencia de este despacho, y en aplicación a lo previsto por el artículo 483.3 del Código Procesal Penal, corresponde ordenar el archivamiento de las investigaciones policiales respecto a este extremo, al NO constituir faltas contra la persona. 12. Siendo que los hechos de agresión física denunciados bien pueden configurar delito y que como ya se ha señalado este Despacho carece de competencia para avocarse a su conocimiento, pero por el contrario su calificación y/o investigación correspondientes son atribuciones del Representante del Ministerio Público, por lo que deberá remitírsele el expediente a la Fiscalía Provincial Penal de Wanchaq de turno. Por estas consideraciones SE RESUELVE: NO A LUGAR CITAR A JUICIO en consecuencia se declara el ARCHIVAMIENTO de las actuaciones judiciales realizadas en atención al Acta de Intervención Policial, de los seguidos por LUIS EDGARDO AGUILAR WALESTROHN Y ANGEL JAVIER QUISPE HUILLCA, por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA, en su modalidad de LESIONES DOLOSAS, en contra de EDER NICOMEDES HUALLPA CRUZ, debiendo archivarse los autos en la forma prevista por Ley, consentida que sea la presente resolución DISPONER QUE SE REMITAN COPIAS CERTIFICADAS del presente proceso a la Fiscalía Provincial Penal de Wanchaq de Turno a fin de que proceda conforme a sus atribuciones, con la precisión que en el caso de las actuaciones policiales deben remitirse los originales –quedando en el presente copias certificadas en su lugar–. Consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución remítase el presente expediente al archivo H.S.-" la misma que se pone de conocimiento del interesado, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 26 de octubre del 2018.

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“AÑO DEL DIÁLOGO Y RECONCILIACIÓN NACIONAL”

COMUNICADO Se hace de conocimiento de los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Cusco, la creación de las siguientes Casillas por especialidad: Casilla Nro. 89585 89587 89588

Nomenclatura Procuraduría Pública del Poder Judicial Procuraduría Pública del Poder Judicial Procuraduría Pública del Poder Judicial

Materia Civil/Laboral

Correo Electrónico [email protected]

Penal

[email protected]

Constitucional

[email protected]

Resolución Suprema Munayco Gonzales Merlyn Lizethe Oversluijs Razzeto, Patricia Giselle Oscar Rolando, Lucas Asencios

Asimismo, se hace de conocimiento que, la Casilla 640 de la Procuraduría Pública del Poder Judicial se ha solicitado su desactivación. Cusco, 26 de octubre de 2018. Unidad de Servicios Judiciales Corte Superior de Justicia de Cusco

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PRIMERA SALA LABORAL

TABLA DE AUDIENCIAS Y VISTAS DE CAUSA Martes, 30 de octubre de 2018 Nº 1 2 3 4

Hora

Exp.

Apelación

5

08:20 09:30 10:00 10:30 11:30

888-2018 688-2018 272-2018 359-2018 567-2017

Nº 1 2 3 4 5 6

Hora 08:20 08:30 09:00 10:00 10:45 12:30

Exp. 756-2018 3909-2017 3560-2017 353-2018 4048-2017 239-2013

Demandante

Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Auto

Rocca Sapa, Matilde Huacac Carrillo, Mirian Chambi Churquipa, Nazaria Cruz Ávalos, Gervasio Galiano Luna, Lucio

Apelación Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Auto

Demandante Cabello Del Castillo, Miriam Elena Quispe Mañaccasa, Lucio Tapia Candia, Jorge Cabrera Villavicencio, Ada Carlota Cruz Caballero, Elvis Arturo Pacific Security SCRL

Demandado Municipalidad de Cusco Corte Superior de Justicia de Cusco Gobierno Regional de Cusco Plan COPESCO Universidad Andina del Cusco Miércoles, 31 de octubre de 2018 Demandado Corte Superior de Justicia de Cusco Municipalidad de Cusco Municipalidad de Cusco Corte Superior de Justicia de Cusco Corte Superior de Justicia de Cusco Direc. Regional de Trabajo de Cusco

Materia Declar.de Contrato a Plazo Indet. Pago del Bono por Función Jurisd. Reposición Reposición Reposición y otros

Materia Reint.del Bono por Función Jurisd. Pago e Beneficios Sociales Pago e Beneficios Sociales Reint.del Bono por Función Jurisd. Reint.de Gratific. con el Bono por Func.Jurisd.

Contencioso Adminisitrativo

Proc.

Pereira-Gutiérrez-Cáceres

Proc. 4.J.T.C. 1.J.T.C. 1.J.T.C. 4.J.T.C. 4.J.T.C. 4.J.T.C.

Colegiado Pinares-Pereira-Gutiérrez Pinares-Pereira-Gutiérrez Pinares-Pereira-Gutiérrez Pinares-Pereira-Gutiérrez Pinares-Pereira-Gutiérrez Pinares-Pereira-Gutiérrez

Cusco, 29 de octubre de 2018

MIRIAM HELLY PINARES SILVA PRESIDENTA

Colegiado

1.J.T.C. 4.J.T.C. 4.J.T.C. 4.J.T.C. 4.J.T.C.

MARIA DEL ROSARIO DONGO CALLO SECRETARIA

Pinares-Pereira-Gutiérrez Pinares-Pereira-Gutiérrez Pinares-Pereira-Gutiérrez Pinares-Pereira-Gutiérrez

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