ministerio de salud - Minsa

por el Dr. Víctor CRUZ CHUQUIN del Hosp. 111 de Emergencias Grau de EsSalud, a la Oficina. General de Gestión de Recur
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MINISTERIO DE SALUD

Visto, el Expediente W 15-046897-001 y Exp. N° 15-051774-001 , que co ntiene la solicitud de don Walter A LBURQUEQUE MADRID y el Informe W 592-2015-EIE-OARH/MINSA, em itido por el Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos , sobre licencia por enfermedad ; y, CO NSID ERANDO:

Que , el articulo 15° del Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud , aprobado por Decreto Supremo N° 009-97-SA, establece que el derecho a subsidio por cuenta del Seguro Social de Salud se adquiere a parti r del vigésimo primer día de incapacidad . Durante los primeros 20 días de incapacidad, la entidad empleadora continua obl igada al pago de la remuneración o retribución. Para lal efecto, se acumulan los días de incapacidad remunerada durante cada año calendario; Que, así mismo, el Decrelo Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM , y en la Resolución Ministerial N° 0132-92-SA, que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud , se establecen las condiciones para el otorgamiento de la Licencia por Enfermedad : Que, Memorándums Ws 0968 y 1051-2015-DGIEM/MINSA, de fechas 18 y 29 de mayo de 20 15, la Directora General y la Directora General (e) de la Dirección General de Infraestructura , Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud , corren traslado de los Certificados de Incapacidad Temporal para el Trabajo W CITT A-007-00009611-5, por seis (6) días a partir del 2 al 7 de mayo de 2015, del Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo W CITT A-0070001 0079-5, por catorce (14) días, a partir del 8 al 21 de mayo de 2015 y del Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo W CITT A-007-00011270-5, por doce (12) dias, a partir del 22 de mayo al 2 de junio de 2015 a nombre de don Walter ALBURQUEQUE MADRID , suscritos por el Dr. V íctor CRUZ CHUQUIN del Hosp. 111 de Emergencias Grau de EsSalud, a la Oficina Gene ral de Gestión de Recursos Humanos para que se efectúen las acciones correspond ientes; Que, med iante Memorandos Ws 293-2015-0DRH-ESST-OGGRH/MINSA y 316-201 5OGGRH IODRH-ESST/MINSA, de fechas 26 de mayo y 16 de junio de 2015, la Ejecutiva Adjunta I de la Ofici na de Desarrollo de Recursos Humanos, remite adjunto las Notas Informativas N° 289 Y 312-2015-SMO-ESST-ODRH-OGGRH/MINSA de fechas 21 de mayo y 4 de junio de 2015, a través de los cuales el Servicio Médico Odontológico , ma nifiesta que la documentación presentada por el referido servidor sustenta lo solicitado, por lo que opi n a favorablemente;

Que, el Equipo de Ingreso y Escalafón con Informe W 592-2015-EIE-OARHIMINSA, de fecha 5 de agosto de 2015, emite opinión favorable en relación a lo solicitado por el selVidor Watter ALBURQUEQUE MADRID, dado que su petición se encuentra amparada en los dispositivos legales acotados en los párrafos precedentes y en el correspondiente Certificados de Incapacidad Temporal para el Trabajo W C1TI A-007-00010079-5, W CITT A-007-00009611-5 y W CITT A007-00011270-5, suscritos por el Dc Victor CRUZ CHUQUIN del Hosp. 111 de Emergencias Grau de EsSalud que acompañan su solicitud , precisando que la citada licencia por enfermedad debe ser concedida con eficacia anticipada por los periodos indicados en los documentos precedentes; Que, el numeral 17.1 del articulo 17° de la Ley W 27444 , Ley del Procedimiento Administrativo General , establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto adm inistrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión , sólo si fuera más favorable a los administrados , y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción ; Que, en mérito a lo señalado en los considerandos preceden tes , resulta pertinente adoptar las acciones de personal, a fin de atender la solicitud formulada por el servidor Walter ALBURQUEQUE MADRID ; Con la visación de la Jefa de Equipo (e) de Ingreso y Escalafón y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos ; y. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo W 276 Ley de Base de la Carrera Adm inistrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y el Decreto Supremo W 005090-PCM; la Ley N° 26790 GLey de Modernización de la Seguridad Social en Salud- y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo W 009-97-SA y la Ley W 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE : Articulo 1°._CONCEDER, con eficacia anticipada, licencia por enfermedad a don Wa tter ALBURQUEQUE MADRID , Técnico en Ingeniería l. Nivel ST8, servidor de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud por treinta y dos (32) días, a partir del 2 de mayo al 2 de junio de 2015, de la siguiente manera: CON GOCE DE REMUNERACIONES ANO 2015 TOTAL

j

MES

OlAS

MAYO

20 2O

PERIODO DEL 2 AL 21

CON GOCE DE SUBSIDIOS

I

ANO

MES

2015 MAYO JUNIO TOTAL

OlAS

PERIODO

10 2

DEL 22 AL 31 DEL 1 AL2

12

Artículo 2°._ ENCARGAR a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Directoral en el Portal Institucional del Ministerio de Salud , en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/portadaftransparencia/normaslasp . Artículo 3°._ Notificar la presente Resolución Directoral a don Walter ALBURQUEQUE MADRID , al Equipo de Remuneraciones y Pensiones y a la Oficina de Desarrollo de Recursos Humanos. Registrese y comu!Ji'""""~

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