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Viernes, 22 de enero del 2016

SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

La República

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Corte Superior de Justicia de Puno

Viernes, 22 de enero del 2016 EDICTOS NOTIFICACION POR EDICTO Que ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Carabaya que despacha el Señor Juez Juan Leopoldo Gil Layme, con la actuación del Secretario Judicial que suscribe, obra el proceso acumulado signado con el N° 00020-2001/007-2003-0-2103-JMCI-01, seguido por CARMEN JESUS LAZO APARICIO, en contra de HILDA DUEÑAS VIUDA DE TUNI, MIGUEL TUNI DUEÑAS, CRISTINA TUNI DUEÑAS RUBEN TUNI DUEÑAS, NIDA TUNI DUEÑAS, NORMA TUNI DUEÑAS, YNOCENCIO MUÑOZ RIQUELME Y CRISTINA TUNI DUEÑAS sobre División y Partición y Nulidad de Acto Juridico; en el que por Resolución N° 89, de fecha 7 de diciembre de 2015, se dispone integrar al proceso a los presuntos herederos legales de Martina Aparicio Aragón y Benedicta Tuni Aragón en calidad de litisconsortes necesarios pasivos en la demanda de Divisan y Partición (Expediente 2001-020-CI); consecuentemente, se emplaza a los mencionados herederos habilitados a efecto de que dentro del plazo de sesenta días computados desde la ultima notificación, pueden apersonarse al proceso y absolver la demanda, bajo apercibimiento de nombrar curador procesal y proseguir con el proceso. Se dispone notificar por edictos. Se publique. Macusani, 14 de enero del 2016. ELMER CASTILLO HUAYNACHO – SECRETARIO JUDICIAL. (18, 20, 22 ENE ) B/30 – 0000330 S/.0.00 EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Chucuito -Desaguadero, a cargo del Juez Marco Antonio Picona Miranda y la Secretaria Judicial Mary E. Tapia Sanchez, hace saber que en el expediente N° 02-2013-0-2114-JM-CI, seguido por Maritza Navarro Serrano y otras, en el proceso de mejor derecho de propiedad, en contra de Humberto Arias Quispe y otros. Se ha realizado la audiencia de pruebas en fecha doce de enero del dos mil dieciséis, se transcribe para su publicación en la parte pertinente: SE DISPONE: Que, Habiéndose realizado la audiencia de pruebas el día doce de enero del presente año a horas nueve de la mañana, en el cual se dispuso que las pruebas documentales oralizadas se tendrán en cuenta al momento de sentenciar, asi mismo estando pendientes la actuación de los medios probatorios como la inspección judicial y el peritaje solicitado por las partes se suspende la presente audiencia para el día diez de marzo a horas ocho de Ia mañana a efecto de llevar a cabo la diligencia de inspección judicial, siendo el punto de partida el Jugado

mixto de desaguadero, quedando en ese acto notificadas las partes presentes y debiendo de notificarse mediante edictos a los demandados inasistentes. Lo que se cumple con publicar para los fines de ley. Desaguadero, 18 de enero del 2016. MARY E. TAPIA SÁNCHEZ, SECRETARIA JUDICIAL. (22, 25, 27 ENE) B/ 029-0000334 S/. 0.00. EDICTO Por ante el Tercer Juzgado Mixto de Puno, que Despacha el señor Juez Guido Armando Chevarria Tisnado, en el Expediente Nro. 00039-2016-0-2101-JM-CI-03, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por Modesto Lucio Pineda Calvo en representación de Juan A Pineda Calvo, a fin de que se efectúe el cambio de nombre, para que en lo posterior quede como Juan Alipio Pineda Calvo; sobre cambio de nombre, en la vía del proceso no contencioso, en consecuencia SEÑALA la realización de la audiencia de actuación y Declaración Judicial el día DIEZ DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DOCE, en el Despacho del Tercer Juzgado Mixto de Puno. Puno, 21 de ENERO del 2016. ARTURO R. IBAÑEZ BANDA, SECRETARIO JUDICIAL. (22 ENE) B/. 029-0000334 S/. 0.00 EDICTO JUDICIAL El señor Juez de cuarto Juzgado de Paz Letrado de San Roman – Juliaca que despacha el Juez ALE POLAR RAUL, con la actuación del Especialista legal CAHUANA VARGAS CARLOS DIONI, obra el Exp. 028792015-0-211 l-JP-CI-04, sobre SUCESION INTESTADA seguido por doña NORKA ROSA OLINDA ORTEGA ARDILES, quien solicita la declaratoria de herederos, del que en vida fue su madre BENITA MATILDE ARDILES DE ORTEGA, se ha dispuesto la publicación, con la siguiente: RESUELVE: ADMITIR a tramite la solicitud de SUCESISON INTESTADA, en la Vía del PROCESO NO CONTENCIOSO, ORDENANDOSE: la anotación de la solicitud en el Registro de sucesión Intestada y en el Registro de Mandatos y Poderes; REMITASE: los Partes Judiciales a SUNARP Juliaca, acreditándose su realización antes de la emisión de la Resolución Final con la presentación del certificado de anotación correspondiente; NOTIFIQUESE: A LOS PRESUNTOS HEREDEROS y a la Beneficencia Publica , con Resolución Admisorio y demás resoluciones si se apersonan al proceso; NOTIFIQUESE: Al representante del Ministerio Publico con las resoluciones que se expidan en el presente Proceso; lo que se pone en conocimiento del público en general y del los que se crean con Derecho para los efectos de Ley correspondiente. CARLOS D.

CAHUANA VARGAS – SECRETARIO JUDICIAL. (22 ENE) B/30 – 0000359 S/.0.00 EDICTO JUDICIAL El señor Magistrado del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de la Provincia de Azángaro, Juez Santos Llanos Quispe y con actuación del Especialista Legal Rider Ayar Apaza Perez, en el expediente N° 00125-2015-0-2102-JPCI-01, se ha emitido la siguiente resolución N° 01-2016: ADMITIR a trámite la solicitud de rectificación de partida de nacimiento N° 249 incoada por BENILDA LOURDES PILCO VILCA, teniendo como pretensión principal: la rectificación de la partida de nacimiento N° 249 de Gregorio Pilco Mayta, con respecto al apellido paterno PILLCO en los datos de su progenitor que no es correcto sino debe ser PILCO, además se rectifique el apellido CARI APAZA en los datos de su madre, lo cual no es correcto sino debe ser LARICO. Por ofrecido los medios probatorios y agréguese a autos los anexos presentados. TRAMITESE la presente demanda por la vía procedimental correspondiente al proceso NO CONTENCIOSO, SEÑALESE fecha y hora para la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial la misma que se realizará el día 09 DE MARZO del año en curso a horas ONCE DE LA MAÑANA, la misma que se llevará adelante en el salón de Audiencias del Juzgado de Paz Letrado de Azángaro. Firmado Juez. Especialista Legal. Azángaro, 20 de Enero del 2016. RIDER AYAR APAZA PEREZ – SECRETARIO JUDICIAL. (22 ENE) B/30 – 0000360 S/.0.00 EDICTO JUDICIAL CAMBIO DE NOMBRE – Ante el Primer Juzgado Mixto de la Provincia de San Antonio de Putina, Expediente N° 00097- 2015-0-2110-JMCI-01, especialista Percy Amilcar Rivas Surco, materia Cambio y Adición de Nombre, se ha expedido la Resolución N° 03, de fecha 07 de enero el 2016, que resuelve: ADMITIR a trámite la solicitud interpuesta por Francisco Moya Mamani sobre cambio y adicion de nombre de pila de la Partida de Nacimiento N° 183, otorgado por la Municipalidad de San Juan del Oro y que en adelante sus nombres correctos sean Franco Lenin Moya Mamani. SEÑALESE fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACIÓN JUDICIAL, el dia VEINTISÉIS DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA, en la Sala de audiencia de este Juzgado. Hágase Saber. Putina, 19 de enero del 2016. PERCY AMILCAR RIVAS SURCO – SECRETARIO JUDICIAL. (22 ENE) B/30 – 0000362 S/.0.00

REMATE PRIMER REMATE PÚBLICO En el expediente N° 01204-2010-0-2101-JM-CI-02, seguido por MIBANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. representado por NANCY TURPO PARI y EDDY OLIVER SAYRITUPA FLORES, en contra de RENAN MAMANI NINA, sobre obligación de dar suma de dinero, que se sigue ante el Segundo Juzgado Civil de Puno, a cargo de la Juez Dra. Martha Irene Aguilar Castillo, con intervención del especialista legal Elmer Pilco Monje, se ha dispuesto convocar a PRIMER REMATE PÚBLICO del bien inmueble ubicado en el Jirón Dos de Mayo N° 401, Urb. Barrio Santa Rosa, provincia El Collao, departamento de Puno -actualmente Jirón Dos de Mayo N° 411 y 413, Urbanización. Barrio Unión Santa Barbara, provincia El Collao, departamento de Puno, conforme al asiento B00005 de la partida registral), inscrito en la ficha N° 7029, que continua en la partida Número 11003173 del Registro de predios de la Oficina Registral de Puno Zona Registral N° XIII - Sede Tacna. GRAVAMENES: Asiento D00002 Primera y preferente hipoteca hasta por la suma de US$ 14,106.76 dólares americanos a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Los Andes S.A, según escritura pública del 15/02/2007 otorgado ante notario Elard Wilfredo Vilca Monteagudo en el Ciudad de Puno. Asiento D00003 Rectificación de oficio del asiento D00002 en cuanto se refiere al nombre del deudor siendo lo correcto Renán y no como fue consignado Hernán, para mayor claridad el propietario del inmueble es el Señor Renán Mamani Nina. Asiento D00004 Anotación de embargo en forma de inscripción a favor de MiBanco Banco de la Microempresa S.A. hasta por la suma de US$ 6,500.00 dólares americanos, la que es materia del presente proceso. VALOR DE TASACION COMERCIAL: US$ 125,973.44 (ciento veinticinco mil novecientos setenta y tres con 44 /100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE : US$ 83,982.29 (ochenta y tres mil novecientos ochenta y dos con 29/100 DOLARES AMERICANOS). LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: EL remate tendrá lugar en el local del Segundo Juzgado Civil de Puno ubicado en Avenida El Sol 865 - Puno; el día 28 de Enero del 2015 a horas 3:00 p.m. (tres de la tarde), Remate que se llevará con intervención del señor Martillero Público Percy Luis Cornejo Barragán, con registro N° 247. POSTORES: Para ser portores es requisito depositar en efectivo o en cheque de gerencia el 10% del valor de la tasación del bien (Art. 735 del Código Procesal

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Civil) además adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate, comisión del martillero a cargo del adquiriente. Puno, 11 de enero del 2016. ELMER PILCO MONJE, SECRETARIO JUDICIAL, PERCY LUIS CORNEJO BARRAGAN, MARTILLERO PUBLICO (15, 18, 19, 20, 21, 22 ENE) B/ 029-0000309 S/. 0.00 SUCESIONES SUCESION INTESTADA ANTE MI OFICIO NOTARIAL SITO EN EL JR. SAN MARTIN 204 DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE AZANGAROPUNO, LUZMILA MELISSA MAMANI AQUINO, EN REPRESENTACIÓN DE SU MENOR HIJO YUMPHIO JHON MATIHUS HUALLPA MAMANI SOLICITA LA SUCESIÓN INTESTADA DE SU FINADO COVIVIENTE HAROLD HUALLPA OLARTE, FALLECIDO EN FECHA 01 DE ENERO DEL 2016 EN LA CARRETERA INTEROCEÁNICA SAN ANTÓN- AZÁNGARO, TENIENDO SU ULTIMO DOMICILIO EN CENTRO POBLADO CARLOS GUTIERREZ, DISTRITO DE POTONI, -AZANGARO.LLAMÁNDOSE A LOS QUE SE CREAN CON DERECHO A LA HERENCIA PARA QUE HAGAN VALER EL MISMO DENTRO DEL PLAZO DE LEY. AZANGARO, 19 DE ENERO DEL 2016. IVAN FREDDY VILLAR GONZALES – ABOGADO NOTARIO. (22 ENE) B/30 – 0000361 S/.0.00 PRESCRIPCIONES ADQUISITIVAS PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE MI ROGER SALLUCA HUARAYA, NOTARIO PÚBLICO DE SAN ROMAN JULIACA, CON OFICIO NOTARIAL EN JIRON CUSCO NRO. 230, NICANOR CHAMBI ALIAGA CON DNI N° 02390706 E IRMA NOEMI MAMANI DE CHAMBI CON DNI ° 10295762, SOLICITAN AL AMPARO DE LO DISPUESTO POR LEY Nº 27157 SU REGLAMENTO D.S. 008-2000-MTC. Y LEY Nº 27333, PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE URBANO UBICADO EN EL JIRON BENIGNO BALLON N° 1062 BARRIO TUPAC AMARU (CERCADO) DE ESTA CIUDAD DE JULIACA, PROVINCIA DE SAN ROMAN Y DEPARTAMENTO DE PUNO, CUYAS CARACTERÍSTICAS DEL BIEN ES COMO SIGUE: POR EL FRENTE (OESTE).- COLINDA CON EL JIRON BENIGNO BALLON, EN LINEA RECTA DE 2.05 ML. POR LA DERECHA (SUR).- COLINDA CON LA PROPIEDAD DE HUGO EDGAR MAMANI CONDORI Y JUAN LEOPOLDO HUANCA SUCASAIRE, EN LINEA QUEBRADA DE TRES TRAMOS DE 20.00, 5.50 Y 21.40 ML. POR LA IZQUIERDA (NORTE).- COLINDA CON LA PROPIEDAD DE VICENTE SAMURIO SENCARA Y VALENTIN LUQUE MAMANI, EN LINEA RECTA DE 40.40 ML. POR EL FONDO (ESTE).- COLINDA CON LA PROPIEDAD DE IGLESIA ADVENTISTA DEL 7° DIA, EN LINEA RECTA DE 7.58 ML. PERIMETRO DEL TERRENO ES DE 96.93 ML. Y AREA DEL TERRENO: 198.43 M2. CUYOS DEMAS DATOS CONSTAN EN LA SOLICITUD. CON CITACION DE LOS ANTERIORES PROPIETARIOS: GERARDO MAMANI HUAQUIPACO Y ELENA MAMANI DE MAMANI, LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO DE LOS INTERESADOS PARA QUE HAGAN VALER SUS DERECHOS DENTRO DEL TERMINO DE LEY. JULIACA, 15 DE ENERO DE 2016. ROGER SALLUCA HUARAYA ABOGADO NOTARIO DE SAN ROMAN JULIACA. (18, 22, 28 ENE ) B/30 – 0000323 S/.0.00

SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO ANTE MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN: PASAJE SANTA ELISA, SEGUNDO PISO, OFICINA 202, DE JULIACA; COMPARECE DOÑA MARGARITA QUISPE TURPO, CON DNI N° 02384009, SOLICITANDO LA INDEPENDIZACION POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN INMUEBLE, DE CONFORMIDAD A LA LEY 27157 Y 27333, A FIN DE QUE SE LES DECLARE PROPIETARIA DEL INMUEBLE URBANO, UBICADO EN LA CALLE SIN NOMBRE S/N., LOTE N° 11¬12, MANZANA E-5, DE LA URBANIZACIÓN MUNICIPAL TAPARACHI ZONA INDUSTRIAL, DEL DISTRITO DE JULIACA-SAN ROMÁNPUNO, CON UN ÁREA DE 1540.00 M2. (MIL QUINIENTOS CUARENTA CON 00/100 METROS CUADRADOS), CUYAS COLINDANCIAS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SON: POR EL FRENTE (OESTE), COLINDA CON LA CALLE SIN NOMBRE, MIDE 40.00 METROS; POR LA DERECHA ENTRANDO (SUR), COLINDA CON EL LOTE N° 10 DE LA MISMA MANZANA, PROPIEDAD DE LIZARDO MAMANI RAFAEL, MIDE 38.50 METROS; POR LA IZQUIERDA ENTRANDO. (NORTE), COLINDA CON LOS LOTES N° 13 Y 2 DE LA MISMA MANZANA, PROPIEDAD DE RUTH LUPACA CORNEJO Y EDGAR VENTURA CHARCA RESPECTIVAMENTE, MIDE 38.50 METROS; Y POR EL FONDO (ESTE), COLINDA CON LOS LOTES N° 3, 7 Y 8 DE LA MISMA MANZANA, PROPIEDAD DE EDGAR VENTURA CHARCA, RUTH LUPACA CORNEJO Y NICANOR CHAMBI ALIAGA RESPECTIVAMENTE, MIDE 40.00 METROS; CON UN PERIMETRO DE 157.00 METROS LINEALES, CON CITACIÓN DE LOS PROPIETARIOS ANTERIORES DON JUAN VENTURA LUPACA Y ESPOSA TREFONA CHARCA DE VENTURA Y TITULAR REGISTRAL LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN, LO QUE SE PUBLICA PARA FINES DE LEY.- JULIACA, 15 DE ENERO DEL 2015. JESUS SUNI HUANCA – ABOGADO NOTARIO DE SAN ROMAN JULIACA. (18, 22, 28 ENE ) B/30 – 0000327 S/.0.00 EDICTOS PENALES EDICTO N° 001 -2016-SPA/SPL PROCESO PENAL N°: 00085-2005. ESPECIALISTA JUDICIAL: Jimmy Rolando Alata Tito. EL SEÑOR PRESIDENTE DE LA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICIÓN SALA PENAL LIQUIDADORA DE LA PROVINCIA DE PUNO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO, QUE SUSCRIBE: Cita, llama y emplaza a los acusados: Acusados ausentes: 1.- ANDRES ILLACHURA CHAMBILLA 2.- FREDY CHAMBILLA CHAMBILLA. 3.- SERAPIO CALIZAYA CHAMBILLA. 4.- PERCY ILLACHURA CHAMBILLA. 5.- OCTAVIO AGAPITO CLEMENTE ZAPANA. 6.- JUAN CARLOS COAQUIRA CONDORI. 7.- JOSE ROSARIO CALIZAYA CAUNA. A fin de que estén presentes, se pongan a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra por el señor Representante del Ministerio Público, en la audiencia pública que se realizará el día CUATRO DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISÉIS A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, en el salón de audiencias de la Sala Mixta Vacacional de Emergencia de Puno, bajo apremio de hacerse efectivo el apercibimiento prevenido en autos, en caso de inconcurrencia injusti-

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ficada a la presente citación. Ordenado en el proceso Penal de la referencia, seguido en contra de Santos David Chambilla Ramos y otros, por la comisión del Delito Homicidio calificado, en agravio de Diuverly Chambilla Mandamientos. Puno, 15 de enero de 2016. REYNALDO LUQUE MAMANI. PRESIDENTE SALA PENAL. (20, 21, 22 ENE) EDICTO PENAL - SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PUNO Expediente N° 1347-2015-46, seguido contra Walter Paca Incacutipa, en agravio del menor de iniciales C.L.Q.C. por el presunto delito de Omisión de la Asistencia Familiar; se ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial al imputado WALTER PACA INCACUTIPA con la RESOLUCIÓN No. 10 - Puno doce de enero Del año dos mil doce.VISTOS, OIDOS y CONSIDERANDO: Argumentos y Fundamentos registrados en audio. EL JUZGADO RESUELVE: DECLARAR fundado el requerimiento de prisión preventiva postulado por el señor representante del Ministerio Público, dispongo prisión preventiva en contra de Walter Paca Incacutipa identificado con DNI. 46814604 nacido el trece de enero de mil novecientos noventa y dos, con grado de instrucción secundaria cuarto año, de estatura 1.57 mt. y estado civil soltero, domiciliado según el certificado de inscripción en el Jr. Lima S/N, esto es en la ciudad de llave, provincia el Collao y departamento de Puno, por el delito Contra la Libertad en su modalidad de Violación Sexual en su forma Sexual de Menor, ilícito previsto y sancionado en el articulo 170 inciso 6) del segundo párrafo del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales C,S,Q., por el lapso de tres meses siempre y cuando no varíen las circunstancias que dan lugar a la presente resolución ordeno que se giren los respectivos oficios de ubicación y captura una vez que quede firme la presente resolución conforme a ley; a efecto de que sea internado en el establecimiento que disponga el INPE. A las partes procesales presente con la presente resolución. - ESPECILISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES DE PUNO.- Hugo Begazo Armaza. Puno, 15 de enero del 2016. GUILLERMO HUGO BEGAZO ARMAZA, ESPECIALISTA DE CAUSAS. (20, 21, 22, ENE) EDICTO PENAL - SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNO Expediente N° 1330-2012-16, seguido contra Edgardo Lope Rojas, en agravio de Rubén Slamanca Paripanca y otra, por el presunto delito de Homicidio Culposo; se ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial a la agraviada ALICIA DARIA ARCE y a los TERCEROS CIVILES RESPONSABLES PLANET GAME SAC Y LEASING TOTAL con la RESOLUCIÓN No. 24.- VISTOS Y OIDOS: La solicitud de nulidad de designación de abogado de la defensa pública de los terceros civilmente responsable PLANET GAME SAC y LEASING TOTAL: y, CONSIDERANDO: Expuestos y grabados en audio. RESUELVE: Declarar la NULIDAD DE LA DESIGNACIÓN DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE LOS TERCEROS CIVILMENTE RESPONSABLE PLANET GAME SAC y LEASING TOTAL; por lo que, se debe continuar con el

trámite del proceso, se dispone REPROGRAMAR la presente audiencia para el día VEINTIUNO DE MARZO del dos mil dieciséis, a horas OCHO DE LA MAÑANA CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS (08:45 horas), quedando notificados en este acto todos los asisten a la presente audiencia, no siendo necesaria ninguna otra notificación para los mismo. NOTIFICAR a los terceros civilmente responsables en sus domicilios procesales, reales y edictos conforme a ley, a efecto de que concurran a la audiencia bajo su responsabilidad en caso de no incurrir, pudiendo llevarse la misma sin su presencia, teniendo presente que audiencia tiene el carácter de inaplazable. Notificarse a los sujetos procesales conforme a ley. - ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES DE PUNO.- HUGO BEGAZO ARMAZA. Puno, 18 de enero del 2016. GUILLERMO HUGO BEGAZO ARMAZA, ESPECIALISTA DE CAUSAS. (20, 21, 22, ENE) EDICTO PENAL - SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNO Expediente N° 1191-2015-40, seguido contra Ever Paulino Vargas Quispe, en agravio de Vanesa Vargas Quispe por el presunto delito de Omisión de Asistencia Familiar; se ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial al imputado EVER PAULINO VARGAS PINEDA con la RESOLUCIÓN No. 05.- Estando a lo solicitado por la abogada de la defensa pública presente en la audiencia y lo expresado por el representante del Ministerio Público, verificándose que el imputado ha sido notificado en su domicilio procesal de libre elección, y a lo referido por la abogada de la defensa pública el imputado, ya no requeriría sus servicios de la misma, en cuanto el mismo ha señalado un domicilio procesal de defensa privada y a pesar de haber sido notificado en su domicilio procesal, el mismo no se encuentra presente en esta audiencia; se DISPONE, REPROGRAMAR la presente audiencia para el día VEINTIUNO DE MARZO del dos mil dieciséis, a horas OCHO DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, quedando notificados en este acto todos los asisten a la presente audiencia, no siendo necesaria ninguna otra notificación para los mismo. NOTIFICAR al imputado en su domicilio real, procesal y por edictos, a efecto de que cumpla en el plazo de 24 HORAS, con designar o ratificar abogado de libre de elección, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo de designarse abogado de la defensa pública, debiendo OFICIARSE a dicha institución para tal finalidad, a efecto de que designe otro defensor público que asuma la defensa del imputado, teniendo la presente audiencia el carácter de inaplazable en la referida fecha. Debiendo concurrir el abogado correspondiente, en caso de ratificar su defensa, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo de imponérsele una multa de tres unidades de referencia procesal conforme a ley. — ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES DE PUNO.- Hugo Begazo Armaza. Puno, 18 de enero del 2016. GUILLERMO HUGO BEGAZO ARMAZA, ESPECIALISTA DE CAUSAS. (20, 21, 22, ENE) EDICTO El Juzgado Penal Colegiado supra-

Viernes, 22 de enero del 2016 provincial de la Provincia de Huancané, a cargo de las Magistrados Dr. Sandra Suni Huaracha, Dra. Lorena Meneses Ticona, Dra. Mary Sandra Lino Talavera (DD), con intervención del Especialista de Causas Jurisdiccionales Edgar Luis Quispe Quenta, en el cuaderno de debates número 094-2015-81-2106-JRPE-01, seguido en contra de los imputados; A los procesados TOMAS MAMANI INCHUÑA, Y OTROS; como coautores del delito Contra el Patrimonio, en su modalidad de Robo, en su forma de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en los incisos 1,2 y 3 del primer párrafo del artículo 189 del Código Penal, en agravio de Vicente Calsina Larico, Percy Andia Condori, Humberto Tacca Huaquisto y Jesús Mamani Apaza, Contra el Seguridad Pública, en su modalidad de Peligro Común, en su forma de PRODUCCIÓN DE PELIGRO COMÚN CON MEDIOS CATASTRÓFICOS, previsto y sancionado por el artículo 273 del Código Penal, en agravio de los Comuneros del Sector de Arizona de la Comunidad Campesina de Queneque, representados procurador del Ministerio del Interior; Contra el Patrimonio, en su modalidad de Daños, en su forma de DAÑO AGRAVADO, previsto y sancionado por el inciso 3, del artículo 206, teniendo como tipo base el artículo 205 del Código Penal, en agravio de Leucadio Calsina Paredes, Santiago Calsina Mamani, Herbert Andia Condori, Nilo Pacha Pacheco, Gregorio Castillo Huanca Fredy Richard Andia Condori, Javier Mamani Monroy, Efraín Andia Condori, Percy Andia Condori, Vicente Calsina Larico, Donato Perez Vallejos, Angelino Yanapa Ticona, Jesús Mamani Apaza, Humberto Tacca Huaquisto y Ladys Tacca Bustinza; y, Contra la Libertad, en su modalidad de Violación a la Libertad Personal, en su forma de SECUESTRO, previsto y sancionado, en el artículo 152°, segundo párrafo, inciso 11 del Código Penal, en agravio de Jhoel Toledo Mamani, Jesus Toledo Ancco, Gualberto Apaza Hurtado, René Nazario Lipa Carita, Gilberto Machaca Carita, Fortunato Urtado Calsina y Prudencio Quispe Ccallo, con el contenido de la resolución N° 01-2015, que PROGRAMA la audiencia de juicio oral para el QUINCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIES, A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (hora exacta); a realizarse en el Salón Auditórium de la sede Judicial San Román (Plaza Zarumilla S/N Juliaca) bajo apercibimiento de ser declarados REOS CONTUMACES, lo que se hace de su conocimiento. Huancané, 11 de enero del 2016. EDGAR LUIS QUISPE QUENTA, ESPECIALISTA JUDICIAL. (20, 21, 22, ENE) EDICTO JUDICIAL EN EL EXPEDIENTE NUMERO 0189-2013-56-2108-JR-PE-01, EL JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE MELGAR - PUNO, DOCTOR ADOLFO EDGAR PERALTA CORNELIO, EN FECHA ONCE DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS, HA DISPONIENDO PONER DE CONOCIMIENTO MEDIANTE EDICTO CON LA RESOLUCIÓN 10 DE FECHA 28 DE OCTUBRE DEL 2015, AL IMPUTADO DAYNER CCARITA MAMANI, CUYO TEXTO ES EL SIGUIENTE (...) CUARTO- EN RELACIÓN AL IMPUTADO DAYNER CCARITA MAMANI SE LE DESIGNA AL DEFENSOR PÚBLICO

SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

DE ESTA CIUDAD DE AYAVIRI (...) Y LAS NOTIFICACIONES SERAN COMUNICADAS EN EL DOMICILIO PROCESAL DEL ABOGADO DEFENSOR PUBLICO; ASIMISMO REPROGRAMA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA CUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOS DE LA TARDE CON TREINTA MINUTOS LA MISMA QUE SE LLEVARÁ A CABO EN ESTA SALA DE AUDIENCIAS DEL MÓDULO PENAL DE ESTA SEDE JUDICIAL, UBICADA EN EL SEGUNDO PISO DEL JR. TACNA N° 205 DE ESTA CIUDAD DE AYAVIRI, PROVINCIA DE MELGAR, REGIÓN PUNO; CON LA PRESENCIA OBLIGATORIA DEL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO Y LA DEFENSA TÉCNICA DE LOS IMPUTADOS, SUBSISTIENDO LOS APERCIBIMIENTOS SEÑALADOS EN RESOLUCIONES ANTERIORES, LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY. AYAVIRI, 11 DE ENERO DEL 2016. RIVEL MESTAS LEÓN, ESPECIALISTA JUDICIAL. (20, 21, 22, ENE) EDICTOS JUDICIALES Por ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Lampa, que Despacha el Señor Juez doctor Heriberto Raphael Paredes Lupaca, con actuación de la especialista Judicial Lea Calderon Arapa, en el proceso Nro. 45-2014-49, seguido en contra de: Mamani Ramos Hugo Adolfo, por la comisión del delito de Violación Sexual de Menor de Edad en agravio de la menor de iniciales J.M.CH., se le notifica a: MAMANI RAMOS HUGO ADOLFO Y LA MENOR DE INICIALES J.M.CH. con la resolución No.-06 del cuaderno No.-45-2014-49 que señala fecha y hora para audiencia de requerimiento de acusación para el día VEINTITRES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Lampa; lo que se pone en conocimiento para los fines de ley. Lampa, 14 DE ENERO del 2016. LEA CALDERON ARAPA, ESPECIALISTA JUDICIAL. (20, 21, 22, ENE) EDICTO DE LA SALA PENAL LIQUIDADORA DE SAN ROMÁN - JULIACA La señora Presidenta de la Sala Penal Liquidadora de la Provincia de San Román Juliaca de la Corte Superior de Justicia de Puno, con la intervención del Secretario de Sala (e) Carmelo Huisa Gutierrez, en el proceso penal expediente N° 0177-2008-0-2111-SP-PE-01, seguido en contra de Manuel Exequiel Díaz Saavedra y otros por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública, delitos cometidos por Funcionarios Públicos, en su modalidad de Peculado, en su forma de PECULADO DOLOSO AGRAVADO, en agravio del Estado Peruano, específicamente del Proyecto Especial Pradera I,; CITA Y NOTIFICA al Testigo JHONY MAYTA HANCCO, a fin de prestar su declaración testimonial en la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL, señalado para el día veintidós de enero del dos mil dieciséis a horas ocho de la mañana, en el salón de audiencias de la Sala Penal Liquidadora de San Román - Juliaca, bajo apercibimiento de prescindirse. Juliaca, 15 de Enero del 2016. CARMELO HUISA GUTIERREZ, SECRETARIO SALA PENAL. (20, 21, 22, ENE)

EDICTO DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE SAN ROMÁN - JULIACA El Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, del Distrito Judicial de Puno, a cargo del Magistrado MILTON HUALLPA MACEDO, con intervención del Asistente Jurisdiccional Nimer Bautista Quilla, en el proceso penal expediente N° 012-2014-89-2111-JR-PE-03 (Cuaderno de debate), seguido en contra de seguido en contra de DARIO PUNTACA COILA, quien se encuentra procesado por la presunta comisión del delito Contra la Fe Publica, en su modalidad de Falsificación de documentos en General en su forma de Falsificación de documentos en agravio de la Municipalidad Provincial de San Román Juliaca y otro, CITA Y NOTIFICA al acusado DARIO PUNTACA COILA, a fin de que asista acompañado de su abogado defensor a la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL, señalado para el DIA DIEZ DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS OCHO DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS en el salón de audiencias del Módulo Penal de San Román Juliaca, bajo apercibimiento de declarársele REO CONTUMAZ y ordenarse su captura hasta que sea habido en caso de inasistencia.- Juliaca, 14 de enero del 2016. NIMER BAUTISTA QUILLA, ASISTENTE JURISDICCIONAL. (20, 21, 22, ENE) EDICTO PENAL El señor Juez del Juzgado Unipersonal de la provincia de El Collao Ilave, Dr. Julio César Chucuya Zaga, con intervención del Especialista Judicial Néstor Henry Ticona de la Peña, en el Expediente Penal N° Exp. 00051-2015-17-2105-JR-PE-01, seguido contra Jhoni Winder Mamani Mamani, por la presunta comisión del delito de omisión de asistencia familiar en agravio de Graciela Flores Huaraza; ha expedido la siguiente resolución: Resolución 04 “(...); DISPONE REPROGRAMAR la presente audiencia de juicio oral para el día DIECISÉIS DE MARZO DEL DOS MIL DIECISÉIS, a horas NUEVE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en hora exacta en esta misma sala de audiencias del Juzgado Unipersonal el la Provincia de El Collao (...); disponiéndose su notificación por edicto, llave, 06 de enero del 2016. NÉSTOR HENRY TICONA DE LA PEÑA, ESPECIALISTA JUDICIAL. (20, 21, 22, ENE) EDICTO JUDICIAL El señor Juez del CUARTO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA de la Provincia de San Román - Juliaca Dr. Walter Robert Paredes Lipa, por medio del presente NOTIFICA A: GILDA SIFUENTES REYES; con el contenido del RESOLUCIÓN NUMERO UNO, por medio de la cual se REQUIERE a la acusada GILDA SIFUENTES REYES a efectos de que en el término de cuarenta y ocho horas de notificado DESIGNE un Abogado de libre elección bajo apercibimiento de designarle un Abogado Defensor Público, para que asuma la defensa técnica del referido imputado, con quien se llevará a cabo el trámite de la etapa intermedia. Ello en el proceso penal N° 1131-2013-78-2111-JR-PE-04, seguido en contra de Elsa Ccoa Apaza y otros, por la presunta comisión

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del delito de tráfico ilícito de drogas, en agravio del Estado Peruano. Asistente Jurisdiccional: XIANETH Y. VILA GALLARDO Juliaca, 28 de diciembre de 2015. XIANETH YESENIA VILA GALLARDO, ASISTENTE JURISDICCIONAL. (20, 21, 22, ENE) EXPEDIENTE N° 01375-2014-58-2111-JR-PE-03, (CUADERNO DE DEBATE) El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de San Román - Juliaca, a cargo del señor Magistrado Milton Huallpa Macedo, por medio de la presente NOTIFICA al acusado EFRAÍN LARICO MAMANI, por el delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesiones Culposas en su forma de Lesiones Culposas Agravadas, previsto en el artículo 124° último párrafo del Código Penal; en agravio de Pedro Luís Trujillo Lizárraga, la misma que se realizará en AUDIENCIA PÚBLICA É INAPLAZABLE en fecha VEINTISÉIS DE ENERO DE DOS MIL DIECISÉIS A HORAS TRES DE LA TARDE, en la sala de audiencias del Módulo Penal de la Provincia de San Román - Juliaca, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ O AUSENTE y disponerse su captura a nivel nacional en caso de inasistencia. GUISELA SOFIA ZEBALLOS VALDEZ, ASISTENTE JURISDICCIONAL (20, 21, 22, ENE) EDICTO PENAL - SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNO Expediente N° 652-2014-46, seguido contra Benjamín Gomez Najar, en agravio de El Estado Peruano, por el presunto delito de Peculado Doloso; se ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial al imputado BENJAMIN GOMEZ NAJAR con la AUTO DE ENJUICIAMIENTO RESOLUCIÓN No. 19- VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO - Fundamentos expuestos y grabados en audio. SE RESUELVE PRIMERO.- Declarar SANEADA la ACUSACION fiscal oralizada por la representante del Ministerio Público. DISPONER el ENJUICIAMIENTO del ciudadano BENJAMIN GOMEZ NAJAR, con DNI 80157691, nacido el veintidós de abril de mil novecientos setenta y nueve en el distrito de Pomata, provincia de Chucuito, departamento de Puno, hijo de Antonio y Modesta, como presunto AUTOR por la comisión del delito de Peculado Doloso por Apropiación, previsto en el primer párrafo del artículo 387 del Código Penal, en agravio del Estado Peruano específicamente la Universidad Nacional del Altiplano de Puno representado por el Procurador Público Anticorrupción Descentralizado del distrito judicial de Puno. SEGUNDO - ADMITIR como MEDIOS DE PRUEBA por parte del representante del MINISTERIO PÚBLICO, los siguientes: L; EXAMEN DE TESTIGOS - La declaración de Irma Curasi Salas, quien deberá narrar las circunstancias de modo, forma y tiempo en que se produjeron los hechos que sustentan la acusación, así como reconocerá e individualizará concretamente al acusado y la participación de este en los hechos objeto de investigación, declarando específicamente sobre la entrega de dinero al acusado y el propósito de la entrega, así como las acciones que efectuó para ubicar al acusado a fin que devuelva o rinda cuenta del dinero entrega-

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do, a quien deberá ser notificada en el Jr. Gamaliel Churata No. 248, Int. 03 - Puno. La declaración de José Asdrubal Coya Ponce, quien deberá declarar las circunstancias de modo, forma y tiempo en que se produjeron los hechos que sustentan la acusación, así como la participación del imputado, específicamente declarará sobre las calidades de funcionario y/o servidor público del acusado y de las funciones que el acusado desempeñaba al interior de la Universidad Nacional del Altiplano, declarará además sobre las acciones que efectuó para ubicar al acusado para que este último devuelva o rinda cuenta de la suma de dinero entregada, a quien deberá de notificársele en la Av. El Ejercito No. 329 - Puno. El examen del perito José Luis García Apucusi, quien deberá explicar las operaciones periciales que ha realizado y sobre las conclusiones del Dictamen Pericial Contable de fecha nueve de diciembre de dos mil catorce, a quien deberá de notificársele en el Jr. Cajamarca No. 509, Of. 01 - Puno. II.DOCUMENTALES - El contenido del recibo de pago s/n de fecha veintisiete de diciembre de dos mil diez. El contenido del recibo de pago s/n de fecha treinta de noviembre de dos mil diez. El contenido del Oficio No. 093-2012-OAC-UNA- PUNO de fecha veintiséis de enero de dos mil doce. El contenido del Memorando No. 106-2010-J-OAC/UNAP de fecha trece de marzo de dos mil diez. El contenido del Informe Pericial Contable de fecha nueve de diciembre de dos mil catorce, formulado por José Luis García Apucusi. Que, por comunidad de la prueba la parte civil asume las pruebas admitidas. Reservar el derecho del acusado de ofrecer medios de prueba en la etapa correspondiente del juicio oral. TERCERO - Precisar que en autos existe constitución en actor civil. Se dispone que el acusado BENJAMIN GOMEZ NAJAR, tenga para la etapa de juzgamiento, la medida de coerción de COMPARECENCIA SIMPLE. Finalmente, se dispone la remisión de los actuados al Juzgado Unipersonal de Puno que corresponda, dentro del plazo de ley. - ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES DE PUNO.- Hugo Begazo Armaza. Puno, 19 de enero del 2016. GUILLERMO HUGO BEGAZO ARMAZA, ESPECIALISTA DE CAUSAS. (21, 22, 25 ENE) EDICTO PENAL - SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNO Expediente N° 1597-2015-0, seguido contra Dario Crispin Nina Chalco, en agravio del menor de iniciales L.M.N.M., por el presunto delito de Omisión de Asistencia Familiar; se ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial al imputado DARIO CRISPIN NINA CHALCO con AUTO DE ENJUICIAMIENTO RESOLUCIÓN No. 04-VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO - Fundamentos expuestos y grabados en audio. SE RESUELVE. PRIMERO.- Declarar SANEADA la ACUSACIÓN fiscal oralizada por la representante del Ministerio Público. DISPONER el ENJUICIAMIENTO del ciudadano DARIO CRISPIN NINA CHALCO, con DNI 01228792, nacido el veinticinco de octubre de mil novecientos cincuenta y cinco en el distrito de Juliaca, provincia de San Román,

SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO departamento de Puno, hijo de Juan Gualberto y Modesta, como presunto AUTOR por la comisión del delito de Omisión de Asistencia Familiar, previsto en el primer párrafo del artículo 149 del Código Penal, en agravio del menor Luis Miguel Nina Mamani representado por su madre Natividad Mamani Jahuira. SEGUNDO- ADMITIR como MEDIOS DE PRUEBA por parte de la representante del MINISTERIO PÚBLICO, los siguientes: I.- EXAMEN DE TESTIGOS - La declaración de Natividad Mamani Jauira, quien deberá declarar respecto al incumplimiento de la obligación alimentaria por parte del acusado y respecto a los daños ocasionados como consecuencia de dicho incumplimiento, a quien deberá de notificársele en el Jr. Coronel Ponce No. 168; Int. A - Puno. II.- DOCUMENTALES - Copia certificada de la sentencia número sesenta guión dos mil nueve de fecha ocho de julio de dos mil nueve. Copia certificada de la liquidación de pensiones devengadas. Copia certificada de la resolución número cuarenta y cuatro de fecha seis de abril de dos mil quince. Copia certificada de la cédula de notificación No. 15643-2015-JP-FC. Reservar el derecho del acusado de ofrecer medios de prueba en la etapa correspondiente del juicio oral. TERCERO - Precisar que en autos no existe constitución en actor civil. Se dispone que el acusado DARIO CRISPIN NINA CHALCO, tenga para la etapa de juzgamiento, la medida de coerción de COMPARECENCIA SIMPLE. Finalmente, se dispone la remisión de los actuados al Juzgado Unipersonal de Puno que corresponda, dentro del plazo de ley. - ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES DE PUNO.- Hugo Begazo Armaza. Puno, 19 de enero del 2016. GUILLERMO HUGO BEGAZO ARMAZA, ESPECIALISTA DE CAUSAS. (21, 22, 25 ENE) EDICTO PENAL - SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNO Expediente N° 719-2010-48, seguido contra de Edilberto del Carpio Gamio y otros, en agravio de El Estado Peruano, por el presunto delito de Colusión; se ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial a los imputados JOSE APARICIO CASTRO QUISPE, MARIBEL TUPAC SANTOS, EDILBERTO DEL CARPIO GAMIO, OSCAR LUIS MONTES VIVAS Y ZOILA MERCEDES FUENTES REYNA FARGE con la RESOLUCION NRO. 18 Puno, dieciocho de enero Del dos mil quince - Estando a lo señalado por el representante del Ministerio Publico, así como lo expresado por el abogado defensor público Leoncio Chambilla Mandamiento y lo expresado por los demás abogados intervinientes, verificándose de actuados que no se habrían realizado los apercibimientos correspondientes a efecto de designar defensor público SE DISPONE por última vez REPROGRAMAR la presente audiencia para el DIA DIECIOCHO DE MARZO EL AÑO 2016 A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (9:00) quedando notificados en este acto los asistentes a esta audiencia, no siendo necesaria ninguna notificación para los mismos, debiendo asistir el Ministerio Publico a la referida audiencia, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo de ponerse en

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conocimiento de la Junta de Fiscales Superiores de este Distrito Fiscal de Puno, así como también de el Órgano de Control Interno de su institución, en caso de inasistencia de la Procuraduría Respectiva, en caso que fuera Actor Civil, de dejarse sin efecto su constitución y devolverse dichas facultades al representante del ministerio Publico y en caso de no se r actor civil, de llevarse la audiencia sin su presencia, en caso de inasistencia de los Defensores Públicos, de ponerse en conocimiento de la Coordinadora de la Defensa Publica a Nivel Nacional, en caso de inasistencia de los Defensores de la Defensa Privada de imponerse una multa de tres unidades de referencia procesal y sustituírseles en dicho acto por abogado de la defensa Publica; respecto del imputado Pablo Hernan Fuentes Guzmán SE DISPONE notificar en su domicilio real y procesal a efecto de que en el plazo de veinticuatro horas cumpla con designar o ratificar abogado de libre elección, bajo apercibimiento, en caso de no hacerlo de designársele abogado de la defensa pública, la misma que recaerá en el defensor público Leoncio Chambilla Mandamiento, teniendo dicha audiencia el carácter de INAPLAZABLE. H.S. - ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES DE PUNO.- Hugo Begazo Armaza. Puno, 19 de enero del 2016. GUILLERMO HUGO BEGAZO ARMAZA, ESPECIALISTA DE CAUSAS. (21, 22, 25 ENE) EDICTO PENAL Expediente N° 1167-2014-5. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Puno. Especialista de Causas: Henry Velásquez Enriquez. Se ha dispuesto la Notificación por Edicto con la Resolución N° 05, de fecha 14/01/16, a los acusados NESTOR JUAN QUISPE ORTEGA y MARIA REYNA TICONA SALCEDO, cuyo extracto de la parte pertinente, es la siguiente: “SE RESUELVE: Declarar injustificada la inasistencia de los acusados NESTOR JUAN QUISPE ORTEGA y MARIA REYNA TICONA SALCEDO en consecuencia se hace efectivo el apercibimiento prevenido y se les DECLARA CONTUMACES y SE DISPONE SU CONDUCCION COMPULSIVA generándose requisitoria a nivel nacional para su ubicación, captura y puesta a disposición del Órgano Jurisdiccional, todo con fines de instalar el juicio oral, cumplido sean los mandatos y la finalidad que se persigue se levantara esta condición y se dejara sin efecto la requisitoria generada, háganse las comunicaciones correspondientes. (,..)ARCHIVESE PROVISIONALMENTE la presente causa, sin perjuicio de que el acusado en tanto tome conocimiento pueda presentarse voluntariamente para la instalación del juicio oral, en cuya circunstancia se convocara a la audiencia de juicio oral de manera inmediata (…)”. Puno, 19 de enero de 2016. HENRY VELÁSQUEZ ENRIQUEZ, ESPECIALISTA JUDICIAL. (21, 22, 25 ENE) EDICTO PENAL Expediente N° 1676-2015-8. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Puno. Especialista de Causas: Henry Velásquez Enriquez. Se ha dispuesto la Notificación por Edicto con la Resolución N° 05, de fecha 14/01/16, al acusado HECTOR CILVESTRE MAMANI PACHO, cuyo extracto de la

parte pertinente, es la siguiente: “SE RESUELVE: Declarar injustificada su inasistencia del acusado, se hace efectivo el apercibimiento y se le declara CONTUMAZ al acusado HECTOR SILVESTRE MAMANI PACHO, SE DISPONE SU CONDUCCION COMPULSIVA generándose requisitoria a nivel nacional para su ubicación captura y puesta a disposición del Órgano Jurisdiccional, todo con fines de instalar el juicio oral, (...) ARCHIVESE PROVISIONALMENTE la presente causa, hasta que se cumplan los mandatos; sin perjuicio de que en cuanto corresponda el acusado pueda presentarse voluntariamente en cuyo caso se convocara en audiencia inmediata (...)”. Puno, 19 de enero de 2016. HENRY VELÁSQUEZ ENRIQUEZ, ESPECIALISTA JUDICIAL. (21, 22, 25 ENE) EDICTO PENAL Expediente N° 1944-2015-90. Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Puno. Especialista de Causas: Henry Velásquez Enriquez. Se ha dispuesto la Notificación por Edicto con la Resolución N° 03, de fecha 12/01/16, al acusado BAILON DAVID RAMOS PARILLO, cuyo extracto de la parte pertinente, es la siguiente: “SE RESUELVE: DECLARAR REO CONTUMAZ al ciudadano BAILON DAVID RAMOS PARILLO, con DNI 44761735, nacido el diecisiete de Mayo de mil novecientos ochenta y siete, natural de el Distrito de Capachica, Provincia y Departamento de Puno, hijo de Agapito Lucio y Herminia Lucia, en la presente causa que se le sigue por el delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria en agravio de Cristian David Ramos Humpiri, en consecuencia SE DISPONE conducción compulsiva del acusado, a efecto de que una vez puesto a disposición de este órgano jurisdiccional, se desarrolle el juicio oral, sin perjuicio de que el mismo pueda presentarse al Juzgado en horario de oficina, portando su DNI a efecto de que se lleve el Juicio Oral, para esta finalidad, (…). SE DISPONE el archivo provisional de la presente causa, hasta cuando sea habido el señor BAILON DAVID RAMOS PARILLO (…)”. Puno, 15 de enero de 2016. HENRY VELÁSQUEZ ENRIQUEZ, ESPECIALISTA JUDICIAL. (21, 22, 25 ENE) EDICTO PENAL Por ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Acora, que despacha el Juez Dr. Ronald Lyonel Ferreyros Calisaya, con intervención del Especialista Judicial, Jorge Herrera Mamani, en el proceso, 022-2015-96-PE, NOTIFICA con la Resolución N°. 05-2016 de fecha once de enero del dos mil dieciséis , al imputado Elias Chacolli Yabar , por la presunta comisión del delito de Lesiones Culposas en agravio Lorenzo Ccallomamani , que RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia de tercero civil responsable , para el día VEINTIOCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS HA HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 am. hora exacta) se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Acora, quedando subsistentes los apercibimientos prevenidos en las resoluciones anteriores. Acora, 18 de enero del 2016. JORGE EDMUNDO HERRERA MAMANI, ESPECIALISTA JUDICIAL. (21, 22, 25 ENE)

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EDICTO Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Huancané, despachado por la Señora Juez doctora Evelyn Silvana Pari Huaynapata, con intervención de la secretaria que autoriza; se ha emitido la Resolución N° 05 de fecha siete de septiembre del dos mil quince; que RESUELVE: DISPONER que la presunta agraviada MARGARITA CALPACRUZ QUISPE, formalice su denuncia y se constituya en querellante particular conforme a lo establecido en el artículo 108 del Código Procesal Penal, precisando de modo específico la falta o faltas que se atribuye, individualizando a su presunto autor, autores o partícipes, con indicación de su dirección domiciliaria descrito en croquis de ubicación de ser el caso, precisando los hechos denunciados con elementos de prueba (medios probatorios) en que se funda la imputación, entre otros requisitos formales. Por lo que, se CONCEDE el plazo de TRES DIAS hábiles para su cumplimiento, bajo apercibimiento de archivarse las actuaciones y tenerse por desistida de su denuncia y calificar su conducta como abstención del ejercicio de la acción penal en caso de incumplimiento. Notifíquese a la parte agraviada en su domicilio real. T.R. y H.S. Huancané, 13 de enero del 2016. ESPERANZA ZAPATA MURILLO, SECRETARIA JUDICIAL. (21, 22, 25 ENE) EXPEDIENTE N° 01085-2014-44-2111-JR-PE-03, (CUADERNO DE DEBATE) El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de San Román - Juliaca, a cargo del señor Magistrado Milton Huallpa Macedo, por medio de la presente NOTIFICA al acusado YHERAL LENIN BRAVO CALCINA, por el delito Contra la Libertad en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual en su forma de Violación de la Libertad Sexual, previsto en el artículo 170° del Código Penal; en agravio de la persona de iniciales R.M.P.M., la misma que se realizará en AUDIENCIA PÚBLICA É INAPLAZABLE en fecha VEINTICUATRO DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DOS DE LA TARDE, en la sala de audiencias del Módulo Penal de la Provincia de San Román - Juliaca, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ O AUSENTE y disponerse su captura a nivel nacional en caso de inasistencia. GUISELA SOFIA ZEVALLOS VALDEZ, ASISTENTE JURISDICCIONAL. (21, 22, 25 ENE) EDICTO El Juzgado Penal Colegiado Supraprovincia! de la Provincia de Huancané, a cargo de los Magistrados Dr. HEctor Benito Olvera Cusilayme (DD), Dra. Lorena Meneses Ticona, Dra. Sandra Lino Talavera, con intervención del Especialista de Causas Jurisdiccionales Edgar Luis Quispe Quenta, en el cuaderno de debates número 008-2016-63-2106-JRPE-01, seguido en contra del imputado ROCKY LUIS COAQUIRA QOSQO y GUMERCINDA MAMANI CHIPANA, por el delito de TRATA DE PERSONAS AGRAVADA, en agravio de días menores de Iniciales T.CH.C. y F.CH.C; por intermedio de la presente se NOTIFICA al acusado OCKY LUIS COAQUIRA QOSQOE, con el contenido de la resolución N° 01-

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2015, que PROGRAMA la audiencia de juicio oral para el día CINCO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A HORAS ONCE CON CINCUENTA MINUTOS DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del Establecimiento Penitenciario de Juliaca “Ex Capilla”, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, lo que se hace de su conocimiento. Huancané, 19 de enero del 2016. EDGAR LUIS QUISPE QUENTA, ESPECIALISTA JUDICIAL. (21, 22, 25 ENE) EDICTO JUDICIAL El señor Juez del Cuarto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Román - Juliaca, Dr. WALTER ROBERT PAREDES LIPA, por medio de la presente NOTIFICA A: ROGER MAMANI LUQUE; con el contenido de la resolución numero cinco, de fecha cinco de enero del año dos mil dieciséis, mediante el cual se requiere al sentenciado ROGER MAMANI LUQUE a efectos de que cumpla con el pago de los alimentos devengados, esto es, con lo establecido en la sentencia, contenida en la resolución número seis de fecha tres de junio del año dos mil quince, en la que se estableció como regla de conducta; y, PROGRÁMESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA DE REVOCATORIA DE PENA para el día VIERNES VEINTINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A LAS DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA; audiencia a llevarse a cabo en el Salón de Audiencias del Módulo Penal de San Román ubicado en el local del Poder Judicial - sede Juliaca (Plaza Zarumilla s/n). Con presencia obligatoria del representante del Ministerio Publico bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de remitirse copias a su Órgano de Control Interno, en caso de inconcurrencia injustificada de la abogada de la parte solicitante de declarase inadmisible su pedido y en caso de inconcurrencia del abogado del imputado de procederse conforme a lo establecido por el artículo 85.1 del Código Procesal Penal, para cuyo efecto GÍRESE el oficio correspondiente a la Coordinación de la Defensoría Pública. NOTIFIQUESE al sentenciado BERARDO QUISPE MAMANI, tanto en su domicilio procesal como en su domicilio real y publíquese por edictos; ello ordenado en el proceso número 00198-2014-19-2111-JRPE-04, seguido en contra de Róger Mamani Luque, por la presunta comisión del delito de omisión a la asistencia familiar, en agravio de Ana Chuquija Chura. Juan Miguel Salas Ccori - Asistente Jurisdiccional.- JUAN MIGUEL SALAS CCORI, ASISTENTE JURISDICCIONAL. (21, 22, 25 ENE) EDICTO DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA EL SEÑOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIDE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA, a cargo del Doctor IVAN VICTOR ARIAS CALVO, en el expediente 2245-2015, ha dispuesto notificar mediante el presente la resolución número dos y tres. Al imputado ARNALDO HERNAN HUANCA MACHACA. ESTANDO: A la revisión de autos y al estado del proceso y teniendo en

cuenta que el acusado ha sido notificado con la resolución número uno, sin que haya cumplido con designar abogado defensor de su elección, corresponde hacerse efectivo el apercibimiento de la resolución citada. Por lo que se Dispone: designar un abogado Defensor Público al acusado para que lo asista en la presente causa, a tal efecto se cúrsese el oficio correspondiente a la Defensoría Pública de esta ciudad, haciéndose saber que las notificaciones serán comunicadas en el domicilio procesal del abogado defensor público en Consecuencia: CÓRRASE TRASLADO del Requerimiento de Acusación Directa por el plazo de diez días útiles a las demás partes procesales diferentes al Ministerio Público para que puedan actuar conforme lo dispuesto por el artículo 350° del Código Procesal Penal. Que, el Fiscal Provincial Penal Corporativo San Román Juliaca formula Requerimiento de Acusación directa en contra de ARNALDO HERNAN HUANCA MACHACA, por la presunta comisión del delito de Contra la seguridad Publica en su forma de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio del estado , solicitando la suspensión para conducir cualquier tipo de vehículo , por el periodo de un año conforme la pena privativa de la libertad y mediante resolución número 3- 2016, que PROGRÁMA fecha y hora para la realización de la Audiencia Preliminar de Control de Acusación para el día QUINCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 am.) hora exacta; audiencia a llevarse a cabo en el Salón de Audiencias del Módulo Penal de San Román ubicado en el local del Poder Judicial - sede Juliaca (Plaza Zarumila s/n). Bajo apercibimiento, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable, en caso de inconcurrencia del representante del Ministerio Público, de remitirse copias a su Órgano de Control Interno, en caso de inconcurrencia del Abogado Defensor Público de ponerse en conocimiento de su coordinador para los fines disciplinarios que corresponden. Asistente Judicial Margarita Paredes Pamo. Juliaca, 18 de enero de 2016. MARGARITA PAREDES PAMO, ASISTENTE JURISDICCIONAL. (21, 22, 25 ENE) EDICTO DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA EL SEÑOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIDE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA, a cargo del Doctor IVAN VICTOR ARIAS CALVO, ha dispuesto notificar por edictos al imputado GREGORIO CAZARLA MACHACA con la resolución número cinco:.. A la revisión de autos y al estado del proceso y teniendo en cuenta que el acusado ha sido notificado con la resolución número uno, sin que haya cumplido con designar abogado defensor de su elección, corresponde hacerse efectivo el apercibimiento de la resolución citada. Por lo que se Dispone: designar un abogado Defensor Público al acusado para que lo asista en la presente causa, a tal efecto se cúrsese el oficio correspondiente a la Defensoría Pública de esta ciudad, haciéndose saber que las notificaciones serán comu-

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nicadas en el domicilio procesal del abogado defensor público en Consecuencia: CÓRRASE TRASLADO del Requerimiento de Acusación Directa por el plazo de diez días útiles a las demás partes procesales diferentes al Ministerio Público para que puedan actuar conforme lo dispuesto por el artículo 350° del Código Procesal Penal...que el Fiscal Provincial Penal del Primer Despacho de Adecuación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa ha formulado Acusación Penal directa contra GREGORIO CAZORLA MACHACA, por el delito de omisión a la asistencia familiar en agravio de MNCMy MLCM, representado por MAXIMILANA MAXHACA MENDOZA, concurriendo la agravante se ser reincidente solicitando una pena conforme lo previsto en los artículos 45, 45-A y 46 del Código Penal... y la PROGRÁMESE la Audiencia Preliminar de Control de Acusación para el día QUINCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIES A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 am.) hora exacta; audiencia a llevarse a cabo en el Salón de Audiencias del Módulo Penal de San Román ubicado en el local del Poder Judicial - sede Juliaca (Plaza Zarumila s/n)... Asistente Judicial Margarita Paredes Pamo. Juliaca, 18 de enero de 2016. MARGARITA PAREDES PAMO, ASISTENTE JURISDICCIONAL. (21, 22, 25 ENE) EDICTO DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA EL SEÑOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIDE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN – JULIACA a cargo del Doctor IVAN VICTOR ARIAS CALVO, por medio de la presente se ha dispuesto que mediante el presente publicar la resolución número cuatro y cinco.: Resolución número cuatro. A la revisión de autos y al estado del proceso y teniendo en cuenta que el acusado ha sido notificado con la resolución número uno, sin que haya cumplido con designar abogado defensor de su elección, corresponde hacerse efectivo el apercibimiento de la resolución citada. Por lo que se Dispone: designar un abogado Defensor Público al acusado para que lo asista en la presente causa, a tal efecto se cúrsese el oficio correspondiente a la Defensoría Pública de esta ciudad, haciéndose saber que las notificaciones serán comunicadas en el domicilio procesal del abogado defensor público en Consecuencia: CÓRRASE TRASLADO del Requerimiento de Acusación Directa por el plazo de diez días útiles a las demás partes procesales diferentes al Ministerio Público para que puedan actuar conforme lo dispuesto por el artículo 350° del Código Procesal Penal. QUE EL Fiscal Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román Juliaca formula Acusación directa en contra de EDDY RAMOS FLORES, por la comisión del delito de conducción en Estado de Ebriedad, en agravio del Estado, un año de pena . La suspensión y lo incapacidad para obtener autorización para conducir vehículos por el mismo tiempo que la pena principal y la Resolución número cinco REPROGRÁMESE fecha y hora para la realización de la Audiencia Preliminar de Control

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de Acusación para el día QUINCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 am.) hora exacta; audiencia a llevarse a cabo en el Salón de Audiencias del Módulo Penal de San Román ubicado en el local del Poder Judicial - sede Juliaca (Plaza Zarumila sin). Bajo apercibimiento, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable, en caso de inconcurrencia del representante del Ministerio Público, de remitirse copias a su Órgano de Control Interno, en caso de inconcurrencia del Abogado Defensor Público de ponerse en conocimiento de su coordinador para los fines disciplinarios que corresponden. Asistente Judicial Margarita Paredes Pamo. Juliaca, 18 de enero de 2016. MARGARITA PAREDES PAMO, ASISTENTE JURISDICCIONAL. (21, 22, 25 ENE) EDICTO DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA EL SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA a cargo del Doctor YESSICA CONDORI CHATA ESTANDO: ha dispuesto mediante el presente notificar la resolución número tres al imputado OSWALDO PACOMBIA CARI; Siendo que el acusado ha sido notificado con la resolución número uno, sin que haya cumplido con designar abogado defensor de su elección, corresponde hacerse efectivo el apercibimiento de la resolución citada. Por lo que se Dispone: designar un abogado Defensor Público al acusado para que lo asista en la presente causa, a tal efecto se cúrsese el oficio correspondiente a la Defensoría Pública de esta ciudad, haciéndose saber que las notificaciones serán comunicadas en el domicilio procesal del abogado defensor público en Consecuencia: CÓRRASE TRASLADO del Requerimiento de Acusación Directa por el plazo de diez días útiles a las demás partes procesales diferentes al Ministerio Público para que puedan actuar conforme lo dispuesto por el artículo 350° del Código Procesal Penal.(Fiscal Provincial Penal de la Segunda Fiscalía , Segundo Despacho de Decisión Temprana , ha formulado ACUSACION DIRECTA , contra Oswaldo Pacombia Cari, por el delito de Omisión de la Asistencia Familiar , en agravio del menor GOPQ, representado por su progenitora JUSTINA QUISPE SUCASACA, solicitando se imponga al acusado UN AÑO DE PENA PRIVARIVA DE LIBERTAD EFECTIVA, monto de la Reparación Civil por el monto de TRESCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES (s/ 300.00 sin perjuicio de pagar las pensiones devengadas) debiendo PROGRÁMÁRSE fecha y hora para la realización de la Audiencia Preliminar de Control de Acusación para el día DIECISEIS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (11:30 am.) hora exacta; audiencia a llevarse a cabo en el Salón de Audiencias del Módulo Penal de San Román ubicado en el local del Poder Judicial - sede Juliaca (Plaza Zarumila s/n....Asistente Judicial Margarita Paredes Pamo. MARGARITA PAREDES PAMO, ASISTENTE JURISDICCIONAL. (21, 22, 25 ENE) EDICTO

SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO Por ante el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Puno, que despacha el señor Juez Edson Jáuregui Mercado, con intervención del Especialista de Causas Jurisdiccionales Ramón Casa Pari, en el expediente 01397-2014-39, ha dispuesto mediante la presente se NOTIFIQUE a los acusados ANTONIO CHECALLA MANZANO Y ANDRES CHECALLA MEDINA con la Resolución NUMERO CINCO a fin que concurran a la audiencia de control de acusación a realizarse el 28 de enero del 2016 a horas 11:00 a.m. en el salón de audiencias N° 1 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Puno, ubicado (en el la Plaza de Armas) Jr. Puno N° 459. Puno, 20 de enero del 2016. RAMÓN CASA PARI, ESPECIALISTA DE CAUSAS. (22, 25, 26 ENE). EDICTO En el expediente N° 2223-2015-342101 -JR-PE-02 seguida contra Francisco Olmer Condori Quispe, por delito de incumplimiento de obligación alimentaria, en agravio de su menor hijo representado por su señora madre Santusa Pastora Apaza Gallegos, se NOTIFICA la resolución N° 2 al imputado FRANCISCO OLMER CONDORI QUISPE, a fin que asista a la audiencia de declaración de ausencia programada para el 11 de marzo de 2016 a horas 11:50 a.m., en el salón de audiencias N° 2 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, ubicado en la Plaza de Armas (jirón Puno N° 459). Puno, 20 de enero de 2016. RAMÓN CASA PARI, ESPECIALISTA DE CAUSAS. (22, 25, 26 ENE). EDICTO PENAL - PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNO Expediente N° 2225-2015-4, seguido contra Jean Leonard Dueñas Huayhua, en agravio de Alejandra Micalela Dueñas Mamani, por el presunto delito de Omisión de Asistencia Familiar; se ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial al imputado JEAN LEONARD DUEÑAS HUAYHUA con la AUTO DE ENJUICIAMIENTO RESOLUCION N° 03 Puno, quince de Enero Del año dos mil dieciséis.- VISTOS OIDOS Y CONSIDERANDO.- fundamentados expuestos y registrados en audio. RESUELVE: PRIMERO: DISPONER EL ENJUICIAMIENTO DE JEAN LEONARD DUEÑAS HUAYHUA, con DNI. N° 46741455, nacido el veinticinco de Julio del año 1990, en el Distrito, Provincia y Departamento de Puno, hijo de Leonardo y Julia como presunto autor del delito de Omisión de Asistencia Familiar, previsto en el Primer Párrafo del Artículo 149° del Código Penal, en agravio de ALEJANDRA MICAELA DUEÑAS MAMANI, representada por MILAGROS MAMANI SOTO, quien no tiene la condición de Actora Civil. SEGUNDO: SE ADMITEN COMO PRUEBAS OFRECIDAS, por parte del Ministerio Público: La declaración de Milagros Mamani Soto, quien deberá de exponer sobre, sobre el proceso de alimentos el daño ocasionado por el acusado, como consecuencia del incumplimiento del pago de las pensiones devengadas, además a través de ella se deben actuar las siguientes documentales que se admiten como tales; a) la RESOLUCION N° 14, del 21 de Julio del 2014, b) RESOLUCION N° 15, del 25 de Agos-

Viernes, 22 de enero del 2016

to del 2015, c) y las Constancias de notificación de la Resolución N° 15, dirigidas tanto al domicilio real, realizada el 27 de Agosto del año 2014. Todas ellas correspondientes al expediente sobre alimentos N° 2184-2013, del cuarto Juzgado de Paz Letrado de Puno. TERCERO.- SE DISPONE QUE JEAN LEONARD DUEÑAS HUAYHUA, tenga para la etapa de Juicio la medida de coerción de comparecencia simple, esta Resolución debe ser notificada además mediante edictos, y cumplidos los trámites correspondientes, los actuados deben ser remitidos al Juzgado Unipersonal de Puno que corresponda. - ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES DE PUNO.- Hugo Begazo Armaza. Puno, 20 de enero del 2016. GUILLERMO HUGO BEGAZO ARMAZA, ESPECIALISTA DE CAUSAS. (22, 25, 26 ENE). EDICTO PENAL - PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNO Expediente N° 2241-2015-0, seguido contra Rene Monzon Villalba, en agravio del menor de iniciales A.M.M., por el presunto delito de Omisión de Asistencia Familiar; se ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial al imputado JAIME RENE MONZON VILLALBA con la AUTO DE ENJUICIAMIENTO RESOLUCION N° 04 Puno, quince de Enero Del año dos mil dieciséis.- VISTOS OIDOS Y CONSIDERANDO.- expuestos, fundamentados y registrados en audio. RESUELVE: PRIMERO: DISPONER EL ENJUICIAMIENTO DE JAIME RENE MONZON VILLABA, con DNI. N° 02536070, nacido el treinta de Septiembre del año 1968, en el Distrito de Quiaca, Provincia de Sandia y Departamento de Puno, hijo de Isaac y Marcelina como presunto autor del delito de Omisión de Asistencia Familiar, previsto en el Primer Párrafo del Artículo 149° del Código Penal, en agravio de sus hijos ADDERLY MONZON MAQUERA y ROLANDO MONZON MAQUERA, quienes no tienen la condición de Actores Civiles. SEGUNDO: SE ADMITEN COMO PRUEBAS OFRECIDAS, por parte del Ministerio Público: Las declaraciones de ADDERLY MONZON MAQUERA y ROLANDO MONZON MAQUERA, ellos deberán de exponer respecto del incumplimiento de la obligación alimentaría liquidada y requerida al acusado, así como de los daños ocasionados, por tal incumplimiento. Además también se admiten como pruebas las siguientes documentales, a ser introducidas a través de las declaraciones de los citados agraviados, que son: Resolución N° 38 del 20 de Abril del año 2015, Resolución N° 40 del 08 de Junio del año 2015, Cédula de notificación N° 293592015. Todas ellas correspondientes al proceso de alimentos N° 63-1998, del segundo Juzgado de Familia de Puno. TERCERO.- SE DISPONE QUE JAIME RENE MONZON VILLABA, tenga para la etapa de Juicio la medida de coerción de comparecencia simple, esta Resolución debe ser notificada mediante edictos dada su condición de ausente, y cumplidos los trámites correspondientes, los actuados deben ser remitidos al juzgado unipersonal de Puno que corresponda. - ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES DE PUNO.- Hugo Begazo Armaza. Puno, 20 de enero del 2016. GUILLERMO HUGO BEGAZO ARMAZA, ESPECIA-

LISTA DE CAUSAS. (22, 25, 26 ENE). EDICTO PENAL Expediente N° 1774-2015-48. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Puno. Especialista de Causas: Henry Velásquez Enriquez. Se ha dispuesto la Notificación por Edicto con la Resolución N° 01, de fecha 23/10/15, y N° 04, de fecha 14/01/16, al acusado ERNESTO LOPEZ VALDIVIA, cuyo extracto de la parte pertinente, es la siguiente: “RES. 01.- SE RESUELVE: CONVOCAR A JUICIO ORAL con carácter de INAPLAZABLE al señor acusado ERNESTO LOPEZ VALDIVIA, identificado con D.N.I. N° 05413261, de sexo masculino, nacido el 23 de noviembre de 1980, en el distrito de Atuncolla, provincia y departamento de Puno, hijo de Justo y Catalina; como presunto AUTOR de la comisión del Delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, en su forma de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, previsto y sancionado por el Artículo 149, Primer Párrafo, del Código Penal; en agravio de las menores Elizabeth Zapana Apaza y Dayana Zapana Apaza, representados por EDUARDA ZAPANA APAZA (...)”. “RES. 04.- SEÑALAMOS para la instalación del juicio oral EL DIA VIERNES CUATRO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, en esta misma sala de audiencia (…)”. Puno, 20 de enero de 2016. HENRY VELÁSQUEZ ENRIQUEZ, ESPECIALISTA JUDICIAL. (22, 25, 26 ENE). EDICTO PENAL JUEZ: JORGE MATIAS NINA PARIAZA. ESPECIALISTA JUDICIAL: A. JHONNY PUMA QUISPE EXP. 101-2014-15. SE NOTIFICA a la persona de Juan Torres Huanca, con la/resolución N° 04 de fecha once de enero del año 2016, que fija fecha y hora para la audiencia de control de acusación, para el 04 de abril del 2016 a horas 11:00am; en el proceso N° 1012014-15, seguido en contra de Torres Hu8asnca Juan, por el delito de violación sexual de menor de edad en agravio de la menor de iniciales G.CH.E.- A. JHONNY PUMA QUISPE, ESPECIALISTA DE JUZGADO. (22, 25, 26 ENE). EDICTOS JUDICIALES Por ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Desaguadero, que Despacha el señor Juez Marco Antonio Ticona Miranda, en el Expediente 02-2014-9 seguido en contra de: Henry Copaja Mamani, Nile Copaja Mamani, y Félix Olegario Mamani Mamani, por la comisión del delito de lesiones, en agravio de Felipa Gutiérrez Machaca, se ha señalado nueva fecha para la Audiencia de juicio oraI a llevarse a cabo el día 29 de marzo próximo a horas 03:00 p.m. en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Desaguadero, bajo apercibimiento caso de inconcurrencia, de declararse reo contumaz y disponerse su captura a nivel nacional, lo que se pone en conocimiento del público en general para los fines ley. Desaguadero, 15 de enero del 2016. JUSTA SERRUTO CAHUANA. (22, 25, 26 ENE). EDICTOS JUDICIALES Por ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Desaguadero, que Despacha la señora Juez Shir-

lay Bazilka Flores Menéndez, en el Expediente 136-2015-86 seguido en contra de: Yunior Oswelt Montalico Castro, por la comisión del delito Contrabando se ha señalado nueva fecha para la Audiencia de confirmatoria de incautación a llevarse a cabo el día 08 de marzo próximo a horas 09:30 a.m en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Desaguadero, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia, de procederse conforme al artículo 85 del Código Procesal Penal y nombrarse su abogado Defensor Público, lo que se pone en conocimiento del público en general para los fines de ley. Desaguadero, 15 de enero del 2016. JUSTA SERRUTO CAHUANA. (22, 25, 26 ENE). EDICTO JUDICIAL El señor Juez del JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA del Modulo Básico de Justicia de Yunguyo, Dr. CARLOS EDISSON FLORES ELGUERA, por medio del presente NOTIFICA A: ZOSIMO CHAVEZ ROJAS; con el contenido de la resolución numero tres guión dos mil dieciséis, de fecha dieciocho de enero del año dos mil dieciséis: VISTOS y CONSIDERANDO... SE RESUELVE: Reprogramar la fecha de la audiencia preliminar de control de acusación directa, de acuerdo a la agenda de audiencias del Juzgado, para el día VIERNES CUATRO DE MARZO DEL DOS

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SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

Viernes, 22 de enero del 2016

MIL DIECISÉIS, a horas TRES DE LA TARDE (15:00 p.m.), a llevarse a cabo en la sala de audiencias del Establecimiento Penitenciario de Puno. Debiendo asistir los imputados Javier Chambilla Mamani, Zosimo Chavez Rojas y Alipia Quenta Mamani con sus respectivos abogados de su libre elección bajo apercibimiento de nombrárseles abogado defensor de oficio en caso de incumplimiento, para lo cual gírese oficio a la Defensoría Publica de la Provincia de Yunguyo. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios reales y/o procesales señalados en autos sin perjuicio de notificarse vía edicto al imputado Zosimo Chavez Rojas, para lo cual gírese oficio remitiendo los respectivos edictos. Hágase Saber.- Que, para el trámite del proceso el Especialista Legal del Juzgado y/o Secretario Judicial, puede suscribir resoluciones dando cuenta a despacho, conforme a lo establecido por el artículo 123° del Código Adjetivo Penal.- NOTIFÍQUESE. Ello ordenado en el expediente penal No. 00099-2014-95-2113-JR-PE-01, seguido en contra de JAVIER CHAMBILLA MAMANI y otros, por la comisión del delito contra la Salud Pública, en su modalidad de Tráfico Ilícito de Drogas, en su forma de Favorecimiento al Consumo de Drogas mediante Actos de Trafico Agravado, en agravio

del Estado Peruano representado por el Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos al Tráfico Ilícito de Drogas. LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY. REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE. ALEXANDER PACORICONA FLORES ESPECIALISTA JUDICIAL (E). ANTONIO A. PACORICONA FLORES, ESPECIALISTA JUDICIAL. (22, 25, 26 ENE). EXPEDIENTE N° 0957-2014-31 -2111-JR-PE-01, (CUADERNO DE DEBATE) El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de San Román - Juliaca, a cargo del señor Magistrado Milton Huallpa Macedo, por medio de la presente NOTIFICA a la acusada ANGHI NILDA LAURA ILLACUTIPA, por el delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Estafa en su forma de Estafa Agravada, previsto en el artículo 196°-A numeral 2 y 3, tipo base artículo 196 del Código Penal; en agravio de Luciano Estofanero Huancollo, Vicentina Subia Quispe, René Richard Gutiérrez Arenas, Lucía Soncco Mamani, Florentino Rodríguez Añacata, María Rosa Quispe Valeriano, Porfirio Quispe Mendoza y Claudia Zully Huallpa Mamani, la misma que se realizará en AUDIENCIA PÚBLICA É INAPLAZABLE en fecha VEINTISIETE DE ENERO DE DOS MIL DIECISÉIS A

HORAS CUATRO DE LA TARDE, en la sala de audiencias del Módulo Penal de la Provincia de San Román - Juliaca, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ O AUSENTE y disponerse su captura a nivel nacional en caso de inasistencia. GUISELA SOFIA ZEVALLOS VALDEZ, ASISTENTE JURISDICCIONAL. (22, 25, 26 ENE). NOTIFICACION POR EDICTO Expediente N9 0422-2013-11-2111-JR-PE-03 (Cuaderno de Control de Acusación).- El Tercer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Román Juliaca a cargo del Señor Juez Iván Víctor Arias calvo por medio de la presente NOTIFICA a los acusados HUGO CALIZAYA CHURA y JULIAN CALIZAYA QUISPE con la resolución número once de fecha doce de enero del año dos mil dieciséis cuya parte resolutiva se transcribe: “III. DECISIÓN: 1. REPROGRAMAR LA PRESENTE DILIGENCIA PARA SER REALIZADA EN FECHA TRES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, publíquese los edictos respectivos, desígnese un abogado de la defensa pública, adjúntese copia del requerimiento acusatorio.” Juliaca, 15 de enero del 2016. EDUARDO A. GONZALEZ ITO, ESPECIALISTA JUDICIAL. (22, 25, 26 ENE).

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO COMISIÓN ESPECIAL DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE PERITOS JUDICIALES 2016 – 2017 Resultados finales de la Convocatoria de Peritos Judiciales Periodo 2016 - 2017 N°

APELLIDOS Y NOMBRES

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QUIROZ MOLINA, AXEL LUIS VILLALTA SALAS, KARIN IBELIA CRUZ JAHUIRA, MARIA ELENA

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MONROY ATENCIO, ALIZABETH RUELAS CHAVEZ, FRANK JIMENEZ MITA, MIRIAM HAYDEE

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MANGO MAMANI, BENJAMÍN

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PROFESIÓN Y/O ESPECIALIDAD Arquitecto Arquitecto Analista de fonética, Audio y Video Forense Odontólogo Odontólogo Traductor e intérprete de idioma Aimara Traductor e intérprete de idioma Quechua

NOTA Seleccionado Seleccionado Seleccionado Seleccionado Seleccionado Seleccionado Seleccionado

Puno, 12 de enero de 2016 LA COMISIÓN

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SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

Viernes, 22 de enero del 2016

 Corte Superior de Justicia de Puno Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura JEFATURA DE ODECMA (# "!#$!!")  

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