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17 jul. 2015 - con resolución número cero nueve de fecha veintiséis de junio del dos mil quince: SE .... Remate, sito en
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Viernes, 17 de julio de 2015

SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

La República

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Corte Superior de Justicia de Puno

Viernes, 17 de julio de 2015 EDICTOS 1O JUZGADO MIXTO - SEDE COLLAO EXPEDIENTE: 00018-2012-0-2105-JM-CI-01 MATERIA: NULIDAD DE ACTO JURIDICO JUEZ: CHUCUYA ZAGA JULIO CESAR ESPECIALISTA: CUEVA CHATA VERONICA BLANCA DEMANDADO: HUAYCANI APAZA, GUADALUPE MAQUERA SUPO, NANCY QUISPE BARRIGA, SIMON MOYANO FLORES, GAYLE MAGALI CHURA DE QUISPE, JUANA MAMANI BORDA, JORGE DEMANDANTE: BUTRON DE RIVERA, MARGARITA EDICTO Por ante el Juzgado Mixto de llave, en el Expediente Nro. 018-2012-CI, seguido por Margarita Butrón de Rivera, sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO en contra de JUANA CHURA DE QUISPE y otros, se ha dispuesto NOTIFICAR a los herederos legales de quién en vida fue JUANA CHURA DE QUISPE; debiendo apersonarse al presente proceso dentro del plazo de treinta días, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal en caso de incumplimiento. Ilave 13 de julio del 2015. VERONICA CUEVA CHATA ESPECIALISTA JUDICIAL. (15, 16, 17 Jul.) B/29-9478 S/.0.00 1° JUZGADO MIXTO - SEDE COLLAO EXPEDIENTE: 00104-2014-0-2105-JM-FC-01 MATERIA: RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO JUEZ: CHUCUYA ZAGA JULIO CESAR ESPECIALISTA: CUEVA CHATA VERONICA BLANCA DEMANDADO: JARECCA MARON, SIMONA Y OTROS DEMANDANTE: ARRECCA COAQUIRA, NIEVES Por ante el Juzgado Mixto de llave, en el Expediente Nro. 0104-2014-0-2105-JM-FC-01, seguido por Nieves Areca Coaquira sobre reconocimiento de unión de hecho en contra de los herederos legales de quién en vida fue el demandado ANIBAL GIL JARECCA; con la resolución Nro. 02 y 03, de fecha 22 y 30 de agosto del 2014 respectivamente; por el cual se admite a trámite la presente demanda; a efectos de que se absuelva el traslado dentro del plazo de cuarenta y cinco días de publicada la presente, bajo apercibimiento de ley en caso de incumplimiento. Ilave, 14 de mayo del 2015. VERONICA CUEVA CHATA ESPECIALISTA JUDICIAL. (16, 17, 20 Jul.) B/29-9483 S/.0.00 1° JUZGADO MIXTO - SEDE COLLAO EXPEDIENTE: 00077-2014-0-2105-JM-CI-01 MATERIA: PETICION Y/O EXCLUSION DE HERENCIA JUEZ: CHUCUYA ZAGA JULIO CESAR ESPECIALISTA: CUEVA CHATA VERONICA BLANCA DEMANDADO: MONROY ATENCIO, ENRIQUE MONROY ATENCIO, GERARDO MONROY ATENCIO, RAMONA MONROY ATENCIO, PRUDENCIA DEMANDANTE: MONROY ATENCIO, NANCY EDICTO Por ante el Juzgado Mixto de llave, en el Expediente Nro. 077-2014-CI, seguido por NANCY MONROY ATENCIO, sobre PETICION DE HERENCIA y DIVISIÓN Y PARTICIÓN en contra de ENRIQUE MONROY ATENCIO y otros; se ha dispuesto NOTIFICAR a los herederos legales de quién en vida fueran RAMONA DAMIANA MONROY ATENCIO y PRUDENCIA MONROY ATENCIO, con la resolución Nro. 01, de fecha 19-03-2015, que admite a trámite la presente demanda, concediéndole un plazo especial de emplazamiento por sesenta días, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. Ilave, 02 de Julio del 2015. VERONICA CUEVA CHATA ESPECIALISTA JUDICIAL. (16, 17, 20 Jul.) B/299484 S/.0.00 4O JUZGADO DE PAZ LETRADO - SEDE ANEXA PUNO EXPEDIENTE: 01427-2015-0-2101 -JP-CI-05

MATERIA: SUCESION INTESTADA JUEZ: KATTIA ALVAREZ AVALOS ESPECIALISTA: WILBER EUFEMIO AROAPAZA BALCONA MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA DE FAMILIA CIVIL, REPRESENTANTE: BENEFICENCIA PUBLICA, DEMANDANTE: MAMANI CHOQUEÑA, AGRIPINA MAMANI CHOQUEÑA, VICENTE EDICTO Por ante el Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Puno, despachado por la Doctora Kattia Alvarez Avalos, con intervención del Secretario Judicial Wilber E. Aroapaza Balcona, en el expediente N° 1427-2015-CI, mediante resolución N° 01, cuyo extracto dice: SE RESUELVE: 1) ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por AGRIPINA MAMANI CHOQUEÑA, sobre SUCESIÓN INTESTADA respecto de quien en vida fue Gerónimo Mamani Choqueña y Micaela Choqueña de Mamani. 2) TRAMÍTESE en la vía del proceso NO CONTENCIOSO. 3) CÚMPLASE con la anotación de la solicitud en el Registro de Sucesión Intestada y el Registro de Mandatos y Poderes, para tal fin cúrsese los partes al registro correspondiente. 4) NOTIFÍQUESE a la Beneficencia Pública y al Ministerio Público con la presente resolución y VICENTE MAMANI CHOQUEÑA. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Puno, 13 de Julio del 2015. WILBER AROAPAZA BALCONA SECRETARIO JUDICIAL. (16, 17, 20 Jul.) B/29-9485 S/.0.00 EDICTO JUDICIAL Exp. 031-2015-JP-CI en el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE YUNGUYO que despacha el Juez CARLOS EDISSON FLORES ELGUERA; admite a trámite la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento instado por VICTOR AVENDAÑO CUNURANA en vía de proceso no contencioso, quien solicita rectificación de su partida de nacimiento respecto del nombre de su padre que aparece como Feliciano Avendaño Cunurana, debiendo ser Feliciano Avendaño UCHASARA y e? nombre del padre indicado en la partida de nacimiento de su padre como Tiburcio Avendaño, debiendo ser TEODORO Avendaño USEDO. Yunguyo 14 de julio del 2015. KARINA MAMANI LUQUE SECRETARIA JUDICIAL. (17 Jul.) B/29-9490 S/.0.00 CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE PUNO EDICTO JUDICIAL Por ante el Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Puno, a cargo de la Juez Kattia Álvarez Avalos, con la actuación de la Secretaria Judicial Lucila Churacutipa Mamani; en el expediente N° 1518-2015-0-2101-JP-CI-04 JUAN MANUEL ORDÓÑEZ LLANO, solicita declaración de sucesión intestada de quién en vida fue GUILLERMINA ORDÓNEZ YUCRA. HÁGASE saber a los interesados, que dentro de los TREINTA DÍAS contados desde la publicación del aviso, el que se considere heredero puede apersonarse al proceso acreditando su calidad con la copia certificada de la partida correspondiente, o instrumento público que contenga el reconocimiento o declaración judicial de filiación. Lo que se pone en conocimiento, para los fines de ley. Puno, 19 de junio del 2015. LUCILA CHURACUTIPA MAMANI SECRETARIA JUDICIAL. (17 Jul.) B/29-9491 S/.0.00 EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE: 02546-2014-0-2111-JM-CI-03 El Magistrado del Tercer Juzgado Mixto de la Provincia de San Román-Juliaca Doctor Ángel Balcona Balcón, con intervención del Secretario Jesús G. Macedo Soncco; se ha expedido la siguiente resoluciones números cero nueve de fecha cinco de junio del dos mil quince: SE RESUELVE: DE OFICIO: DISPONER notificar mediante EDICTOS a quiénes se consideren herederos legales de CATALINA HUMPIRI QUISPE Y DANIEL APAZA MAMANI conforme dispone el artículo 167,168 para su apersonamiento en el presente proceso, bajo apercibimiento de seguirse el proceso mediante un curador

procesal en representación de CATALINA HUMPIRI QUISPE Y DANIEL APAZA MAMANI y demás herederos legales, en su omisión a la absolución de la demanda por los herederos legales, el cómputo del plazo, será a partir del día siguiente a la última publicación de los edictos. El costo de la publicación será asumido por los demandantes. Juliaca, 10 de julio del 2015. JESUS G. MACEDO SONCCO – SECRETARIO JUDICIAL. (13, 15, 17 Jul.) B/30- 4817 S/.0.00 NOTIFICACION POR EDICTO POR ANTE EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE SAN ROMÁN-JULIACA, EL JUEZ RIVEROS SALAZAR YOUL, ESPECIALISTA LEGAL GUADALUPE RAMÍREZ RUBIN DE CELIS; SE TRAMITE EL EXP. NRO. 00949-2015-0-2011-JR-FC-01, SOBRE DECLARACIÓN JUDICIAL DE UNIÓN DE HECHO; SE HA EMITIDO LA RESOLUCIÓN NRO. 02, JULIACA 22 DE JUNIO DEL 2015, VISTOS: CONSIDERANDO: (...) SE RESUELVE ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA INTERPUESTA POR YENY SANCHEZ HUANCA SOBRE DECLARACIÓN JUDICIAL DE UNIÓN DE HECHO EN CONTRA DE LA SUCESIÓN DE QUIEN EN VIDA FUE JUAN FELIPE CHAMBI SULLCA; EN LA VÍA DEL PROCESO ABREVIADO; CON CITACIÓN DEL MINISTERIO PUBLICO EN CONSECUENCIA, EMPLÁCESE A LA SUCESIÓN DEMANDADA POR EL PLAZO DE TREINTA DÍAS, MEDIANTE EDICTOS Y EN LA FORMA PREVISTA POR LEY, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL A LOS MEDIOS PROBATORIOS: TÉNGASE POR OFRECIDOS. A LOS ANEXOS: TÉNGASE PRESENTE. AL PRIMER OTROSI.-ESTESE A LO DISPUESTO EN EL PRINCIPAL. AL SEGUNDO OTROSI.TENGA POR OTORGADO LAS FACULTADES GENERALES DE REPRESENTACIÓN A FAVOR DEL ABOGADO ROLANDO YANCACHAJLLA BAUTISTA.-FIRMA DEL SEÑOR JUEZ YOUL RIVEROS SALAZAR Y ESPECIALISTA LEGAL GUADALUPE RAMIREZ RUBIN DE CELIS. (15, 16, 17 Jul.) B/30- 4830 S/.0.00 EDICTO JUDICIAL En el proceso civil Nro. 0481-2015, tramitado por ante el Primer Juzgado de Familia de la Provincia de san Román, con intervención de la especialista Guadalupe Ramirez, se ha dispuesto admitir a trámite la solicitud interpuesta por LUZ MARINA PASACA CALLATA, sobre Reconocimiento de Unión de Hecho en contra de la Sucesión de quien en vida fue Juan Bautista Idme Quispe, lo que se dispone para los fines de ley. Juliaca, julio de 2015. GUADALUPE RAMIREZ R. SECRETARIA DE JUZGADO. (16, 17, 20 Jul.) B/30- 4839 S/.0.00 EDICTO SUCESION INTESTADA Por ante el segundo Juzgado de Paz Letrado de Juliaca, que despacha el Dr. Lizandro Muñuco Mamani, bajo la actuación del especialista legal Abg. W. Ciro Gallegos Apaza, se vine tramitando el proceso N° 01188-2015-0-2111-JP-CI-02 seguido por JULIAN CALLA SANCA, EDWIN CALLA ARAPA, MAGDALENA CALLA ARAPA, sobre SUCESION INTESTADA, del que en vida fue FELICITAS ARAPA GOYZUETA, fallecido el día: 12-01-2014, a fin de que se declare heredero legal y universal a: JULIAN CALLA SANCA, EDWIN CALLA ARAPA, MAGDALENA CALLA ARAPA, lo que se tramita en la vía del proceso no contencioso, lo que se publica para los que tengan derecho se presenten en el plazo de ley al proceso. Julio, 15 del 2015. W.CIRO GALLEGOS APAZA – SECRETARIO JUDICIAL. (17 Jul.) B/30- 4846 S/.0.00 EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE N° 00035-2015-0-2109-JM-CI-01 JUEZ: Jorge Abad Salazar Calla. SECRETARIO JUDICIAL: Ronald Gómez Gutiérrez. EDICTO JUDICIAL: Por ante el Juzgado Mixto de la Provincia de San Pedro de Moho, se tramita el Expediente

N° 00035-2015-0-2109-JM-CI-01, seguido a solicitud de NILTON MAMANI MAMANI, sobre autorización judicial de cambio de nombre; se ha DISPUESTO: SEÑALAR fecha y hora para la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL, acto procesal a llevarse a cabo el día TREINTA DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Juzgado Mixto de la Provincia de San Pedro de Moho. En consecuencia, NOTIFIQUESE POR EDICTOS.- Interviene el Secretario Judicial que autoriza, RONALD GOMEZ GUTIERREZ. 15/07/15. (17 Jul.) B/30- 4847 S/.0.00 EDICTO JUDICIAL 3° JUZGADO MIXTO-SEDE JULIACA EXPEDIENTE: 00459-2015-0-2111-JM-CI-03 MATERIA: CAMBIO DE NOMBRE, SUPRESION DE NOMBRE Y/O ADICION DE NOMBRE JUEZ: BALCONA BALCON ANGEL ESPECIALISTA: MACEDO SONCCO JESUS GERARDO DEMANDADO:, DEMANDANTE: ROSENDO CCACA, CCACA EI Magistrado del Tercer Juzgado Mixto de la Provincia de San Román-Juliaca Doctor Ángel Balcona Balcón, con intervención del Secretario Jesús G. Macedo Soncco; se ha expedido la siguiente sentencia emitido con resolución número cero nueve de fecha veintiséis de junio del dos mil quince: SE RESUELVE: FALLO: 1) Declarando FUNDADA la solicitud sobre AUTORIZACION JUDICIAL DE CAMBIO DE NOMBRE, presentada por ROSENDO CCACCA CCACCA, mediante escrito de folios 18 a 24, subsanada en folio 30, respecto del cambio de los nombre patronímicos de “CCACCA CCACCA” por los de “CCAMA CCAMA”. 2) AUTORIZO el cambio de nombre en el Acta de Nacimiento con número ciento cincuenta y seis (156), cuya copia certificada obra a folio 05, del solicitante ROSENDO CCACCA CCACCA con fecha de nacimiento el treinta de agosto de mil novecientos sesenta y ocho, inscrito ante el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Samán, Provincia de Azángaro, Departamento de Puno, debiendo aparecer su nombre en lo posterior como: ROSENDO CCAMA CCAMA; debiendo quedar inalterables los demás datos que contiene la citada Acta de Nacimiento. 3) ORDENO la Publicación del presente Fallo por única vez en el Diario Oficinal El Peruano y el Diario Oficial de éste Distrito Judicial, conforme lo dispuesto en el décimo considerando de la presente. 4) Para su cumplimiento, GIRESE OFICIO a la Oficina de Registro Nacional de Identificación y Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Samán, Provincia de Azángaro, Departamento de Puno, observándose los artículos cinco y seis del Decreto Supremo 01598-PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de identificación y Estado Civil además de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 754° in fine del Código Procesal Civil una vez que quede consentida la presente resolución, previo pago de la tasa judicial correspondiente. Sin costas ni costos. Así lo pronuncio, mando y firmo en la Sala de mi Despacho. T.R. y NOTIFIQUESE. Juliaca, 15 de julio del 2015. JESUS G. MACEDO SONCCO – SECRETARIO JUDICIAL. (17 Jul.) B/30- 4848 S/.0.00 EDICTO JUDICIAL La señorita Magistrada del Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Liquidador del Módulo Básico de Justicia de la Provincia de Azángaro, Juez LORENA MENESES TICONA y con actuación del Especialista Legal Edwin Darío Condori Callohuanca, en el expediente N° 0432-2015-0-2102-JM-CI-01 se ha emitido la siguiente Resolución N° 02-2015: ADMITIR la solicitud de CAMBIO DE NOMBRE Y ADICION; presentada por NEYRY LINCOLN CANCHANO CORDOVA por derecho propio, en el extremo que solicita se autorice el cambio de nombre y apellido de “NEYRY LINCOLN “ por el de

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“NEYRY”, y el apellido de “CANCHANO CORDOVA” por el de “LINCOLN, CANCHANO CORDOVA, debiendo ser en lo sucesivo como “NEYRY, LINCOLN CANCHANO CORDOVA” cambio que debe ser inscrito en la partida 4859 en los Registros de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Ceres del Perú provincia de santa del departamento de Ancash; en la vía de PROCESO NO CONTENCIOSO; SEÑALESE fecha para la Actuación y Declaración Judicial que debe realizarse el día VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE del presente año a horas DIEZ CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA. Firmado Juez, Especialista Legal.- Azángaro, 14 de Julio del 2015. EDWIN D. CONDORI CCALLOHUANCA – ESPECIALISTA JUDICIAL. (17 Jul.) B/30- 4849 S/.0.00 EDICTO JUDICIAL En el Expediente No. 01187-2015-0-2111-JM-CI-03 tramitado ante el Tercer Juzgado Mixto de la Provincia de San Román-Juliaca, que despacha el Juez Dr. Ángel Balcona Balcón, con actuación de la Secretaria Esperanza Zapata Murillo, mediante Resolución No. 02-2015, de fecha 26 de Junio del año 2015, SE RESUELVE: 1) ADMITIR a trámite la solicitud interpuesta por LUCRECIO MACHACA YANAPA sobre AUTORIZACION JUDICIAL DE CAMBIO DE NOMBRE, en su forma de: cambio del primer nombre de pila de “LUCRECIO” por el de “BRYAM”, asimismo se adicione como segundo nombre de pila el de “ALAN” debiendo quedar en lo posterior como: BRYAM ALAN MACHACA YANAPA. 2) Tramítese la presente demanda por la vía procedimental correspondiente al proceso NO CONTENCIOSO. 3) Señálese fecha y hora para la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial, la misma que se realizara el día DIECIOCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas DOCE DEL MEDIO DIA CON TREINTA MINUTOS. En el Despacho del Juez del Tercer Juzgado Mixto de ésta ciudad, fecha que se señala teniendo en cuenta la agenda del Juzgado. A LOS MEDIOS PROBATORIOS.Téngase por ofrecidos, para su admisión y actuación en audiencia correspondiente. A LOS ANEXOS.- Agréguese a sus antecedentes. NOTIFIQUESE.- Juliaca, 15 de julio del2015. ESPERANZA ZAPATA MURILLO – SECRETARIA JUDICIAL. (17 Jul.) B/30- 4850 S/.0.00 REMATE PRIMER REMATE JUDICIAL En el proceso que sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 00686-2013-0-2101-JP-CI-04 sigue la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DEL ARTESANO CIAP en contra de Gabriela Celestina Zapana Centeno, Modesto Zapana Cahua y Jacinta Centeno Coaquira, la Juez del Cuarto Juzgado de Paz letrado - Sede anexa Puno, Dra. Kattia Alvarez Avalos con intervención de la Especialista Legal Lucila Churacutipa Mamani, ha dispuesto sacar a Remate Público en Primera convocatoria lo siguiente: DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Inmueble urbano, lote de terreno signado con el Lote N° 18, de la Manzana C-2, en la Urbanización Los Geranios II Etapa de la Ciudad de Juliaca, Provincia de San Román y Departamento de Puno, midiendo por el frente 6 metros lineales y hacia el fondo 15 metros lineales con un área de 90 m2 y un perímetro de 42 ML; con las siguientes colindancias: Por el este: con el lote N° 17, Por el oeste: con el lote N° 19, Por el sur: con el pasaje 11; Por el Norte: con el lote 28. Dicho bien se acredita con la Escritura de Compraventa N° 5,372 otorgado por Emérita Ofelia Hallasi Romero a favor de Modesto Zapana Cahua y Jacinta Centeno Coaquira según se registra en el Testimonio de fecha 14 de Diciembre del 2,010 celebrado ante la notaría Jorge G. Gutiérrez Díaz -Notario Público. VALOR DE TASACIÓN: US $19,475.00 (Diecinueve mil cuatrocientos setenta y cinco con 00/100 dólares americanos). BASE DEL REMATE: US $12,983.33 (Doce mil novecientos ochenta y tres con 33/100 Dólares Americanos), correspondientes a las dos terceras partes del valor de tasación. GRAVÁMENES: Medida cautelar de embargo en forma de depósito de bien inmueble no inscrito hasta por la suma de S/.6,000.00 Nuevos soles, dispuesta mediante Resolución N° 02 de fecha 11/ JULIO/2013 expedida por el Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Puno sobre Obligación de Dar Suma de Dinero Expediente N° 00686-2013-31-2101-JP-CI-04. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en el frontis del local del Cuarto Juzgado de Paz letrado - Sede Anexa Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, sito en Jirón Ramón Castilla S/N (costado Clínica Puno), el día 23 de Julio del 2015 a horas 11:00 a.m. POSTORES: Para ser postor deberá depositarse en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre el 10% de la tasación (US $1,947.50), además del Arancel Judicial respectivo por derecho a participar en el Remate judicial (S/.385.00), consignando el

SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO Juzgado, DNI del postor y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). El adjudicatario cancela los honorarios del martiliero al término de la diligencia más IGV de acuerdo al Artículo 732 del CPC. y D.S. 0082005-JUS. La diligencia del remate estará a cargo del Martiliero Público Víctor Orlando Apaza Morante con Registro Nacional No. 321. Celular 952-603020, RPM #952-603020 y correo: [email protected]. Puno, 06 de Julio del 2015. LUCILA CHURACUTIPA MAMANI SECRETARIA JUDICIAL. (10, 13, 14, 15, 16, 17 Jul.) B/29-9460 S/.0.00 PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO DE BIEN INMUEBLE Expediente N° 02408-2013-0-2101-JP-CI-04, en los Autos seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CABANILLAS MANAZO contra CRISTIN EUSEBIO CABANA BENAVENTE, JUSTA LIBRADA CHAMBILLA DE CABANA, JUAN ENRIQUE GONZALES OCSA Y MAGDA MARTINA QUISPE FLORES, Sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el 4TO Juzgado de Paz Letrado de Puno, de la corte Superior de Justicia de Puno, a cargo de la Juez Dra. KATTIA ALVAREZ AVALOS, Especialista Legal Dr. WILBER EUFEMIO AROAPAZA BALCONA, Ha Dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el Bien INMUEBLE Siguiente: 1.- Inmueble ubicado en la Mz. E Lote 24 del Barrio San Isidro, Centro Poblado Mañazo, del Distrito de Mañazo, Provincia y Departamento de Puno, cuyo Dominio, área, Linderos, Medidas Perimétricas y demás características obran Inscrita en la Partida Electrónica No P47027353 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° Xlll-Sede Tacna - Oficina Puno. VALOR DE TASACIÓN: El Valor de Tasación Asciende a la Suma de US$22,930.22.Dólares Americanos. BASE DE REMATE: Las Dos Terceras Partes de la Tasación, lo que Asciende a la Suma de US$15,286.81.Dólares Americanos. AFECTACIONES: Bien Inmueble tiene las siguientes afectaciones: - INSCRIPCION DE EMBARGO: Constituida hasta por la suma de. S/.20,000.00Nuevos Soles a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, inscritos en el Asiento No 00003, inscrita el 09-09-2013. - INSCRIPCION DE EMBARGO: Constituida hasta por la suma de SI. 15,000.00. Nuevos Soles a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CABANILLAS MANAZO, inscritos en el Asiento No 00004, inscrita el 31-01-2014. FECHA Y HORA DEL REMATE: El Bien será Rematado el Día 23 de Julio del año 2015 a Horas 02:30. pm., y será llevado a cabo por el Abogado Martillero Público Rudy Oscar Ramos Romani, Registro Nacional No 317. Telf. (01)6646975 RPM #945537061 -RPC 991596439. CE. oscarromani@ gmail.com. LUGAR DE REMATE: El Bien se Rematara en el Local donde Funciona el Juzgado que Ordena el Remate, sito en La Avenida el Sol N° 865 del Distrito, Provincia y Departamento de Puno. LOS POSTORES : Oblarán el 10% del Valor de la Tasación del bien a rematarse, mediante depósito, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y presentarán el arancel judicial para participar en Remate, su DNI en Original, suscribiendo dicho arancel, con el Número de Expediente, Juzgado y Generales de Ley EN FORMA LEGIBLE. Los Honorarios del Martillero Público más el IGV se cancelaran al Finalizar el Remate y será por cuenta del Adjudicatario. Puno, 23 de Junio de 2,015. RUDY RAMOS ROMANI MARTILLERO PÚBLICO. (13, 14, 15, 16, 17, 20 Jul.) AVISO DE PRIMER REMATE En el expediente número 00052-2013-0-2102-JPCI-01, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero seguido por Iván Elías Gárate Cuentas, endosatario en procuración de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO LA ISLA Ltda., en contra de Aurelia Quispe Mayta; el Señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Azángaro, a cargo del Dr. Santos Llanos Quispe, con actuación del Secretario Dr. Rider Ayar Apaza Pérez, ha dispuesto que en el local del Juzgado ubicado en el jirón Tácna – Arica S/N del distrito de Azángaro, provincia de Azángaro y departamento de Puno, se lleve adelante el PRIMER REMATE del bien inmueble que a continuación se detalla. CARACTERISTICAS Y DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE.- Inmueble urbano ubicado en el Centro Poblado Azángaro, manzana S Lote 15 Barrio Revolución del distrito de Azángaro, provincia de Azángaro y departamento de Puno, con un área total de 114.67 m2, con las siguientes colindancias y medidas perimétricas: Por el Frente: colinda con el Jr. Azángaro, con 4.70 m. l.; Por la Derecha: colinda con el lote Nº 16, con 24.51 m. l.; Por la Izquierda: colinda con el lote Nº 14, con 24.36 m. l. y, Por el Fondo: colinda con el lote Nº 16, con 4.70 m. l.; Inmueble debidamente inscrito en la Partida Electrónica Nº P48007474 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina de

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Registros Públicos de la ciudad de Juliaca. GRAVAMENES.- Embargo en forma de Inscripción a favor de Iván Elías Gárate Cuentas, quien es endosatario en procuración de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO LA ISLA Ltda., hasta por el monto de DOS MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES S/. 2,500.00 de fecha 23 de abril del 2010. No se conoce más gravámenes. VALOR DE LA TASACION.- El valor de la tasación comercial del inmueble es de S/. 121,445.00 (CIENTO VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES), según peritaje realizado por los señores peritos Reynaldo E. Charaja Canaval y Ruben Tamayo Mollinedo. (y aprobado por resolución 16-2015 del expediente principal). PRECIO BASE PARA EL PRIMER REMATE.- S/. 80,963.33 (OCHENTA MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES CON 33/100 NUEVOS SOLES). LUGAR, FECHA Y HORA DE REMATE.- el día 03 de Agosto del 2015 a las 1:30 pm (de la tarde), diligencia que tendrá lugar en el local del Juzgado de Paz Letrado del distrito de Azángaro, provincia de Azángaro y departamento de Puno, sito en el jirón Tácna – Arica S/N de la ciudad de Azángaro. Remate que se llevará con intervención del señor Martillero Público René Díaz Coaquira. POSTORES.- Para ser postores es requisito depositar en efectivo o en cheque de gerencia el 10 % del valor de la tasación del bien (Art. 735 del Código Procesal Civil), además adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate. Los honorarios del martillero los paga el adjudicatario de acuerdo a ley. Los interesados podrán recabar mayor información en el local del Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Azángaro. Azángaro, julio del 2015. Wilder Ayar Apaza Perez – Secretario Judicial. (13, 14, 15, 16, 17, 20 Jul.) B/30- 4818 S/.0.00 AVISO DE PRIMER REMATE En el expediente número 02771-2013-0-2111-JPCI-04, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero seguido por Iván Elías Gárate Cuentas, endosatario en procuración de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO LA ISLA Ltda., en contra de Roxana Melodias Zayra; la Señora Juez del Cuarto de Paz Letrado de la Provincia de San Román, a cargo de la Dra. Veronikha Tuco Zuñiga, con actuación de la Secretaria Dra. Mirian soto Iriarte, ha dispuesto que en el local del Juzgado ubicado en la Plaza Zarumilla S/N del distrito de Juliaca, provincia de San Román y departamento de Puno, se lleve adelante el PRIMER REMATE del bien inmueble que a continuación se detalla. CARACTERISTICAS Y DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE.- Inmueble urbano signado con el lote Nº 02 de la manzana H ubicado en la Urbanización Prolongación Tambopata del distrito de Juliaca, provincia de San Román y departamento de Puno, con las siguientes colindancias y medidas perimétricas: Por el Norte: colinda con la propiedad de Nicanor Andrade Gómez, de por medio jirón Conima, con 9.50 m. l.; Por el Sur: colinda con la propiedad de Yolanda Sucapuca de Condori, con 9.50 m. l.; Por el Este: colinda con la propiedad de Mauro Capquequi Añamuro, con 18.00 m. l.; y por el Oeste: colinda con la propiedad de Demetrio Huancachuquimamani, con 18.00 m. l., con un área total de 171.00 m2 y un perímetro de 55.00 m. l., con 15.00 m. l., Bien inmueble inmatriculado en la Partida Electrónica Nº 11126893 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina de Registros Públicos de la ciudad de Juliaca. AFECTACIONES.- Embargo en forma de Embargo de Bien Inmueble No Inscrito En Forma de Depósito, a favor de Iván Elías Gárate Cuentas, quien es endosatario en procuración de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO LA ISLA Ltda., hasta por el monto de S/. 15,000.00 (QUINCE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) de fecha 14 de febrero del 2013. No se conocen otras afectaciones. VALOR DE LA TASACION.- El valor de la tasación comercial del inmueble es de S/. 135,634.00 (CIENTO TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 00/100 NUEVOS SOLES), según peritaje realizado por los señores peritos Roger Carcasi Cutipa y Ruben Tamayo Mollinedo. (y aprobado por resolución 18-2015 del expediente principal). PRECIO BASE PARA EL PRIMER REMATE.- S/. 90,422.67 (NOVENTA MIL CUATROCIENTOS VEINTIDOS CON 67/100 NUEVOS SOLES). LUGAR, FECHA Y HORA DE REMATE.- el día 18 de agosto del 2015 A Horas 11:00 a.m., la misma que se realizará en el LOCAL DEL CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN JULIACA, sito en la Plaza Zarumilla S/N de la ciudad de Juliaca, provincia de San Román y departamento de Puno. Remate que se llevará con intervención del señor Martillero Público Oscar Ronald Cornejo Barragán con Registro Nacional Nº 266, celular 959779577. DE LOS POSTORES.- Los interesados para ser postores, deberán depositar previo al acto del remate una cantidad dineraria no menor al 10 % del valor de la Tasación (Art. 735 del Código Pro-

cesal Civil), en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, el recibo de pago del arancel judicial para participar en el remate judicial (indicando número de expediente, juzgado y su número de documento nacional de identidad) y D.N.I. (copia de DNI y tasa judicial). Los honorarios del martillero público son de cuenta del adjudicatario y están afectos al IGV, determinados según Ley. Nº 27728, Ley Nº 28371 y su Reglamento (D. S. Nº 008-2005-JUS). Los interesados podrán recabar mayor información en el local del Cuarto Juzgado de Paz Letrado – Sede Anexa Juliaca; Julio del 2015. MIRIAM M.D. SOTO IRIARTE – SECRETARIA JUDICIAL. (15, 16, 17, 20, 21, 22 Jul.) B/30- 4832 S/.0.00 EDICTOS PENALES SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICION SALA PENAL LIQUIDADORA DE PUNO EDICTO N° 040-2015-SPA/SPL PROCESO PENAL N°: 00054-2009 ESPECIALISTA JUDICIAL: Jimmy Rolando Alata Tito EL SEÑOR PRESIDENTE DE LA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICIÓN SALA PENAL LIQUIDADORA DE LA PROVINCIA DE PUNO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO, QUE SUSCRIBE: Cita, llama y emplaza a los acusados: ACUSADOS EN LIBERTAD: 1. - ERNESTO RUFO GAUNA MAMANI 2. - FREDDY PASCUAL CUSACANI MORERA 3. - EMILIO HUANCA AQUINO 4. - ROBERTO ALFREDO TAPIA DEZA A fin de que estén presentes, se pongan a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra por el señor Representante del Ministerio Público, en la AUDIENCIA PÚBLICA que se realizará el día TREINTA DE JULIO DE DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en el salón de audiencias de la Sala Penal de Apelaciones en adición Sala Penal Liquidadora de Puno, bajo apercibimiento de ser declarados contumaz y ordenar su captura en caso de inconcurrencia injustificada a la presente citación. Ordenado en el Proceso Penal de la referencia, seguido contra los acusados ERNESTO RUFO GAUNA MAMANI Y OTROS, por delito de PECULADO DOLOSO POR APROPIACIÓN Y OTRO, en agravio del ESTADO PERUANO - MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YUNGUYO. PUNO, 10 DE JULIO DE 2015. REYNALDO LUQUE MAMANI PRESIDENTE SALA PENAL DE APELACIONES. (15, 16, 17 JUL.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA EDICTO Por ante el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Puno, que despacha el señor Juez Christian Neil Cayetano Chire, con intervención de la Especialista de Causas Jurisdiccionales Lena Leonor Alzamora Pérez, en el expediente 0368-2015-0, ha dispuesto mediante la presente se NOTIFIQUE; al acusado PEDRO ANIBAL MAMANI FLORES con la Resolución NUMERO OCHO.- Puno, trece de julio del dos mil quince.Estando a lo actuado, SE DISPONE REPRGRAMAR por última vez la presente audiencia para el DIA DIECIOCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (9:30) en este salón de audiencias, quedando notificada la representante del Ministerio Público, no siendo necesaria ninguna notificación para ella; NOTIFIQUESE al imputado en su domicilio real conforme aparece en su ficha de RENIEC, esto es en la parcialidad de Aziruni y en el domicilio real señalado en el acta de intervención que es Urb. Aziruni, Segunda Etapa S/N, NOTIFIQUESE también vía EDICTOS, a efecto de que el mismo pueda concurrir a la audiencia; REITERESE oficio a la Coordinación de la Defensa Publica a fin de que concurra a próxima audiencia, y justifique su inconcurrencia a la presente audiencia, ya que no se ha presentado ningun defensor público a esta audiencia, por cuanto ya se habría remitido el oficio 1485-2015, en fecha 24 de junio del 2015, dentro de las veinticuatro horas, bajo apercibimiento de ponerse en conocimiento de la Coordinadora de la Defensa Publica a nivel nacional. Puno, 13 de julio del 2015. LENA L. ALZAMORA PEREZ ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES. (15, 16, 17 JUL.) PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNO EDICTO En el expediente N° 465-2015-0-2101-JR-PE-01 seguida contra Arnaldo Ayvar Guzman, por delito de incumplimiento de obligación alimentaria, en agravio de su menor hija representado por su señora madre

Viernes, 17 de julio de 2015 Susy R. Quispe Cordero, se NOTIFICA la resolución N° 8 al acusado ARNALDO AYVAR GUZMAN, a fin que asista a la audiencia de continuación de la audiencia de control de acusación programada para el 10 de agosto de 2015 a horas 9.30 a.m., en el salón de audiencias N° 2 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, ubicado en la Plaza de Armas (jirón Puno N° 459). Puno, 13 de julio del 2015. RAMON CASA PARI ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES. (15, 16, 17 JUL.) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE HUANCANE EXPEDIENTE N° 00040-2014-74 JUEZ. María Candelada Morales Segura Especialista de Juzgado: Julia Lizeth Gómez Quispe EDICTO PENAL - JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE HUANCANE Expediente N’’ 0040-2014-74.- Se NOTIFICA a bs que resuden responsables y/o afectados, con lo dispuesto en la resolución Nro. Cuatro de fecha treinta de junio del año en curso, que señala fecha para la REPROGRAMACION DE LA AUDIENCIA DE INCORPORACION DE TERCERO CIVIL para el día VEINTITRES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a horas DIEZ DE LA MAÑANA la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Huancané; proceso que se sigue en contra de Raul Apaza Condori, por la presunta comisión de los delitos de Homicidio Culposo y Lesiones Culposas, previstos en los artículos 111° y 124° del Código Penal, en agravio de Pedro Pablo Carita Chuquimamani y otros, Conforme a lo ordenado en la resolución Nro. Cuatro de fecha treinta do junio del año en curso. Huancané, 03 de julio del 2015. JULIA GOMEZ QUISPE ESPECIALISTA JUDICIAL. (15, 16, 17 Jul.) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE HUANCANE EXPEDIENTE N’ 00045-2014-88 JUEZ. María Candelada Morales Segura Especialista de Juzgado: Julia Lizeth Gómez Quispe EDICTO PENAL - JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE HUANCANE Expediente N° 00045-2014-88 - Se NOTIFICA a los imputados JAVIER ANGEL HALLASI HALLASI, VICTOR OSCAR HALLASI HALLASI Y BASILIA HALLASI MAMANI con la numero Nro. Uno de fecha tres de julio del año en curso, que señala fecha para la realización de la AUDOIENCIA DE DECLARACION DE REO CONTUMAZ, para el día VEINTITRES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas ONCE DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Huancané; proceso que se sigue en contra de Basilia Hallasi Mamani y otros, por el delito de Usurpación, en agravio de Paula Estofanero Molleapaza. Conforme a lo ordenado mediante resolución Nro. Uno. Huancané, 06 de julio del 2015. JULIA GOMEZ QUISPE ESPECIALISTA JUDICIAL. (15, 16, 17 Jul.) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE HUANCANE EXPEDIENTE N° 00012-2015-29 JUEZ. María Candelada Morales Segura Especialista de Juzgado: Julia Lizeth Gómez Quispe EDICTO PENAL - JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVÍNCIA DE HUANCANE Expediente N” 00012-2015-29.- Se NOTIFICA al imputado EDUARDO TARQUI TARQUI con la resolución Nro. Uno de fecha dos de julio del año en curso, que señala fecha para la realización de la AUDIENCIA DE DECLARACION DE RE0 AUSENTE, para el día VEINTITRES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a horas DIEZ CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Huancané: proceso que se signe en contra de Eduardo Tarqui Tarqui por la presunta comisión del delito de Contrabando, en agravio del Estado Peruano. Conforme a lo ordenado mediante resolución Nro. Uno. Huancané, 06 de julio del 2015. JULIA GOMEZ QUISPE ESPECIALISTA JUDICIAL. (15, 16, 17 Jul.) EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE: 0133-2014-0-FC JUEZ: HECTOR BENITO OLIVERA CUSILAYJME SECRETARIO: JAIME EDGAR SANDOVAL MEDRANO ANTE EL JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE SAN ANTONIO DE PUTINA. SE VIENE TRAMITANDO EN EL EXPEDIENTE FAMILIA CIVIL NRO 0133-2014-0-2110-JM-FC-Ol; DONDE POR RESOLUCION NUMERO 11 QUE CONTIENE LA SENTENCIA FAMILIA CIVIL NRO 052-2015; FALLA DE-

SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

CLARANDO FUNDADA LA DEMANDA DE FOLIOS 18 AL 27 SUBSANADO A FOLIOS 35 A 37 INTERPUESTO POR ISABEL FLORES VIUDA DE MARA SOBRE DECLARACION JUDICIAL DE UNION DE HECHO SEGUIDO EN CONTRA DE LA SUCESION DEL QUE EN VIDA FUE BENEDICTO VILCAPAZA CHURA, DEFENDIDO POR FRANCISCO HANCCO CAPAJAÑA, EN CONSECUENCIA DECLARA LA EXISTENCIA DE UNION DE HECHO ENTRE ISABEL FLORES VIUDA DE MARA Y EL QUE EN VIDA FUE BENEDICTO VILCAPAZA CHURA, publíquese por el plazo de tres días. T.R. Y H.S. Putina, 01 de julio del 2015. JAIME SANDOVAL MEDRANO SECRETARIO JUDICIAL. (15, 16, 17 Jul.) JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE HUANCANE EXPEDIENTE N° 00026-2015-41 JUEZ: Maria Candelaria Morales Segura Especialista de Juzgado: Julia Lizeth Gómez Quispe EDICTO PENAL - JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE HUANCANE Expediente N° 00026-2015-41.- Se NOTIFICA a los imputados HECTRO RENE HUANCA AÑAMURO con la resolución Nro. Uno de fecha tres de julio del año en curso, que señala fecha para la realización de la AUDIENCIA DE DECLARACION DE REO CONTUMAZ, para el día SEIS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a horas NUEVE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Huancané; proceso que se sigue en contra de Héctor Rene Huanca Añamuro, por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Asunción Miramira de Huanca. Conforme a lo ordenado mediante resolución Nro. Uno. Huancané, 06 de julio del 2015. JULIA GOMEZ QUISPE ESPECIALISTA JUDICIAL. (15, 16, 17 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO MÓDULO PENAL DELA PROVINCIA DE LAMPA NOTIFICACIÓN POR EDICTO POR ANTE EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE LAMPA, QUE DESPACHA EL SEÑOR JUEZ ROGER DIAZ HAYTARA, con intervención del SECRETARIO JUDICIAL JOSÉ LUIS VALDEZ PACHECO, se tramita el EXP. N° 00003-2015-83-2107-JR-PE-01, seguido en contra de FIDEL QUISPE HUMPIRI, por la presunta comisión de Delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Magdalena Fernández Quispe; por lo que por medio de la presente SE LLAMA. EMPLAZA Y NOTIFICA: AL ACUSADO FIDEL QUISPE HUMPIRI, con el estracto de la Audiencia de Continuación de Juicio Oral de fecha 06 de Julio del 2015...que reprograma fecha para la instalación de la Audiencia de Juicio Oral, para el día LUNES DIEZ DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta); audiencia a llevarse a cabo en el Salón de Audiencias del Módulo Penal de Lampa. Publíquese por tres veces en el diario “La República” y “El Peruano”. Lampa, 09 de Julio del 2015. JOSE LUIS VALDEZ PACHECO SECRETARIO JUDICIAL. (15, 16, 17 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO JUZGADO PENAL COLEGIADO DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA EDICTO JUDICIAL Los Señores Jueces del JUZGADO PENAL COLEGIADO de la Sede Judicial de San Román, Dr. RUBEN GOMEZ AQUINO, VICTOR PAREDES MESTAS y RCIHARD CONDORI CHAMBI, por medio del presente NOTIFICA A: CARMEN PAULA COAQUIRA MAMANI Y KARIM ISRAEL SARABIA PALZA; con la finalidad de que asistan a la audiencia de juicio oral programada para el día 25 de agosto del 2015 a horas 10:00am en el establecimiento Penal de Juliaca, ello ordenado en el proceso No. 544-2013-56-2111-JR-PE-01, seguido en contra de Carmen paula Coaquira Mamani y otros, por la presunta comisión del Delito de Receptación aduanera, en agravio del Estado Peruano. Asistente Jurisdiccional: Juan Pablo Guerra Cornejo. Juliaca, 09 de Julio del 2015. JUAN P. GUERRA CORNEJO ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES. (15, 16, 17 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO JUZGADO PENAL COLEGIADO DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA EDICTO JUDICIAL Los señores Juez del JUZGADO PENAL COLEGIADO de la Sede Judicial de San Román, Dr. RUBEN GOMEZ AQUINO, VICTOR PAREDES MESTAS y RICHARD CONDORI CHAMBI, por medio del presente NOTIFICA A: LUCILA PARICAHUA PARICAHUA y KARIM ISRAEL SARABIA PALZA; con la finalidad de que asistan a la

audiencia de juicio oral programado para el día 27 de agosto del 2015 a horas 9.00am, a llevarse a cabo en el penal de Juliaca, ello ordenado en el proceso No. 4362013-82-2111 -JR-PE-01, seguido en contra de Lucila Paricahua Paricahua y otros, por la presunta comisión del Delito de Receptación aduanera, en agravio del Estado Peruano. Asistente Jurisdiccional: Juan Pablo Guerra Cornejo. Juliaca, 09 de Julio del 2015. . JUAN P. GUERRA CORNEJO ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES. (15, 16, 17 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO JUZGADO PENAL COLEGIADO DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA EDICTO JUDICIAL Los señores Jueces de JUZGADO PENAL COLEGIADO de la Sede Judicial de San Román, Dr. RUBEN GOMEZ AQUINO, VICTOR PAREDES MESTAS y RICHARD CONDORI CHAMBI, por medio del presente NOTIFICA A: PANFILO ARTURO MAMANI AFARAYA; a fin de que asista a la audiencia de juicio oral programada para el día 26 de agosto del 2015 a horas 9.00am a llevarse a cabo en el Modulo penal de Juliaca, ello ordenado en el proceso No. 431 -2014-44-2111-JR-PE-02, seguido en contra de Panfilo Arturo Mamani Afaraya, por la presunta comisión del Delito de Violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales K.H.CH. Asistente Jurisdiccional: Juan Pablo Guerra Cornejo. Juliaca, 07 de Julio del 2015. . JUAN P. GUERRA CORNEJO ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES. (15, 16, 17 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO JUZGADOS UNIPERSONALES Y COLEGIADO DEL MODULO PENAL DE SAN ROMÁN NOTIFICACION POR EDICTO Expediente N° 1759-2013-10-2111 -JR-PE-02.. (Cuaderno de Debate).- El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca a cargo de la señora magistrada Yessica Condori Chata, por medio de la presente NOTIFICA a los acusados ROSA PAULINA ROQUE YANQUI, NELY NORMA ROQUE CHAINA y RAMÓN ROQUE YANQUI, como presuntos autores del delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud en su Modalidad de Lesiones, en su Forma de Lesiones Leves, previsto en el primer párrafo del artículo 122 del Código Penal, en agravio de Clemente Coila Yanqui; la misma que se realizara en AUDIENCIA PUBLICA INAPLAZABLE EN FECHA DIECISIETE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de la Provincia de San Román - Juliaca. con expreso apercibimiento en caso del acusado de ser declarados reo contumaz o ausente. Se DISPONE que conforme lo dispuesto en el artículo 355.5, del Código Procesal Penal, y el acuerdo plenario número 05-2012/CJ-116, de fecha veintinueve de enero del dos mil trece, los sujetos procesales COADYUVEN EFICAZMENTE en la localización y comparecencia de los órganos de prueba. Se DISPONE que el Asistente Jurisdiccional de la presente causa adopte las acciones urgentes y pertinentes para que se efectúen las notificaciones ordenadas a todos los sujetos procesales; Se EXHORTA a las partes que las resoluciones expedidas en el curso del juicio oral quedarán notificadas a todas partes en el momento de su expedición oral, siendo que toda cuestión deberá ser pedido, fundamentado y resuelto en audiencia, se advierte al Acusado que en caso de inconcurrencia de la sesión de juicio oral, donde puede ejercer su derecho a la autodefensa material, dicha actitud será tomada como desistimiento a su derecho, apercibimiento que se hará efectivo inmediatamente. FORMESE EL EXPEDIENTE JUDICIAL, con los actuados originales de los medios de pruebas admitidos. Cumplido sea PÓNGASE el Expediente Judicial a disposición de los sujetos procesales por el término de CINCO DÍAS para su revisión y eventual solicitud de copias simples o certificadas, y vencido dicho plazo DESE por bien formado el expediente judicial. Asimismo SE DISPONE que durante la tramitación de la presente causa toda revisión, obtención de copias y seguimiento de expedientes se deberá realizar por intermedio de la OFICINA DE CUSTODIA Y GRABACIONES DEL MODULO PENAL, la misma que se deberá realizar en el tiempo y horario de despacho. Tómese Razón y Hágase Saber. Juliaca, 03 de julio de 2015. WILLIAMS CRUZ YUCRA ASISTENTE JURISDICCIONAL. (15, 16, 17 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DEL MODULO PENAL DE SAN ROMÁN NOTIFICACION POR EDICTO Expediente N° 0632-2013-25-2111 -JR-PE-02 (Cuaderno de Debates).- El juzgado penal Unipersonal de la

La República

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Provincia de San Román Juliaca, a cargo de la magistrada Yessica Condori Chata, por medio de la presente se NOTIFICA a los acusados LOURDES ARRIZALES CHAMBI y SANTOS FERNANDO CHOQUEHUANCA MAYTA, (todo ello con la medida de comparecencia simple), como autor por la presunta comisión del Delito de CONTRA LA FE PUBLICA, en agravio del ESTADO PERUANO; Para la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL a realizarse en fecha DIECISEIS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de la provincia de San Román - Juliaca BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ y disponerse su captura a nivel nacional, en caso de inasistencia. Sin perjuicio de notificarse por edictos si el caso lo amerita. Juliaca, 07 de julio del 2015. FLAVIO CALSINA CHOQUE ASISTENTE JURISDICCIONAL. (15, 16, 17 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DEL MODULO PENAL DE SAN ROMÁN NOTIFICACION POR EDICTO Expediente N° 0857-2011-63-2111-JR-PE-01 (Cuaderno de Debates).- El juzgado penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, a cargo de la magistrada Carmen Mamani Núñez, por medio de la presente se NOTIFICA a los acusados EDITH GOMEL MAMANI, HILDA HALANOCA HUAYTA, GENARO MAQUERA APAZA y BERNARDO TEOFILO TAPIA SOTO, (todo ello con la medida de comparecencia simple), como autor por la presunta comisión del Delito de RECEPTACION ADUANERA Y CONTRA LA FE PUBLICA, en agravio del ESTADO PERUANO; Para la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL a realizarse en fecha DIECIOCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A HORAS DOS DE LA TARDE CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de San Román Juliaca. BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ y disponerse su captura a nivel nacional, en caso de inasistencia. Sin perjuicio de notificarse por edictos si el caso lo amerita. Juliaca, 06 de Julio del 2015. FLAVIO CALSINA CHOQUE ASISTENTE JURISDICCIONAL. (15, 16, 17 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO JUZGADO PENAL COLEGIADO DE LA PROVINCIA DE SAN ROMAN JULIACA EDICTO JUDICIAL Los señores Jueces del JUZGADO PENAL COLEGIADO, de la Sede Judicial de San Román, Dr. RUBEN GOMEZ AQUINO, VICTOR PAREDES MESTAS y RICHARD CONDORI CHAMBI, por medio del presente NOTIFICA A: ALFREDO MAMANI YUCRA y KARIM ISRAEL SARABIA PALZA; con la finalidad de que asista a la audiencia de juicio oral programada para el día 25 de agosto del 2015 a horas 9:00am en el Establecimiento Penal de Juliaca, ello ordenado en el proceso No.507-2013-652111 -JR-PE-04, seguido en contra de Alfredo Mamani Yucra y otros, por la presunta comisión del Delito de Receptación aduanera, en agravio del Estado Peruano. Asistente Jurisdiccional: Juan Pablo Guerra Cornejo. Juliaca, 09 de Julio de 2015. JUAN P. GUERRA CORNEJO ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES. (15, 16, 17 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DEL MODULO PENAL DE SAN ROMÁN NOTIFICACION POR EDICTO Expediente N° 0629-2015-0-2111 -JR-PE-04 (Cuaderno de Debates).- El juzgado penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, a cargo de la Magistrada Yessica Condori Chata, por medio de la presente se NOTIFICA a los acusados ABRAHAM HUGO MAMANI TURPO, (todo ello con la medida de comparecencia simple), como autor por la presunta comisión del Delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de la menor ANGELLY DAYANA MAMANI GANOZA representada por su madre GERALDINA GANOZA CCAPA; Para la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL a realizarse en fecha DIEZ DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias del módulo penal de la provincia de San Román - Juliaca BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ y disponerse su captura a nivel nacional, en caso de inasistencia. Sin perjuicio de notificarse por edictos si el caso lo amerita. Juliaca, 06 de julio del 2015. FLAVIO CALSINA CHOQUE ASISTENTE JURISDICCIONAL. (15, 16, 17 Jul.) EDICTO El Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justi-

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cia de Azángaro, que despacha el señor Juez Dr. Santos Llanos Quispe, asistido por el Secretario Judicial que autoriza, en el expediente N° 0030-2015-0-2102-JPPE-01, del proceso penal por Faltas contra la Persona seguido a instancia de los supuestos agraviados Mario Vilcapaza Masco y Dionicia Cano Choquehuanaca, se ha emitido la resolución N° 01-2015, su fecha ocho de junio del año dos mil quince; con la finalidad de NOTIFICAR: a los supuestos agraviados MARIO VILCAPAZA MASCO y DIONICIA CANO CHOQUEHUANACA, para que en el plazo de tres días de su conocimiento, se constituya en querellante particular, bajo expreso apercibimiento de darse por no presentada la denuncia y disponer su archivo definitivo, en caso de incumplimiento, cumplimiento defectuoso o incompleto. Lo que se pone en conocimiento para los fines consiguientes. Azángaro, 07 de julio del 2015. RIDER APAZA PEREZ SECRETARIO JUDICIAL. (15, 16, 17 Jul.) 4O JUZGADO DE PAZ LETRADO - SEDE ANEXA PUNO EXPEDIENTE: 00427-2015-0-2101 -JP-PE-04 JUEZ: KATTIA ALVAREZ AVALOS ESPECIALISTA: WILBER EUFEMIO AROAPAZA BALCONA IMPUTADO: ORTEGA BEDREGAL, LEDY DORA FALTA: DAÑO AGRAVIADO: RAMOS CHECALLA, FRANCISCO SEVERO RAMOS, LEONARDO EDICTO Por ante el Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Puno, despachado por la Doctora Kattia Alvarez Avalos, con intervención del Secretario Judicial Wilber E. Aroapaza Balcona, en el expediente N° 0427-2015-PE, mediante resolución N° 03, cuyo extracto dice: SE RESUELVE: DE OFICIO.- Por desistido tácitamente de la denuncia del agraviado FRANCISCO RAMOS CHECALLA, por los fundamentos expresados, y, ordeno el ARCHIVAMIENTO DEFINITIVO de las actuaciones remitidas en el informe policial, consentida sea, remítase al Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Puno. Puno, 09 de Julio del 2015. WILBER AROAPAZA BALCONA SECRETARIO JUDICIAL. (15, 16, 17 Jul.) 4O JUZGADO DE PAZ LETRADO - SEDE ANEXA PUNO EXPEDIENTE: 00383-2015-0-2101 - JP-PE-04 JUEZ: KATTIA ALVAREZ AVALOS ESPECIALISTA: WILBER EUFEMIO AROAPAZA BALCONA IMPUTADO: SUPO PACOMPIA, ELEUTERIO FALTA: DAÑO AGRAVIADO: ESCARCENA PACOMPIA, JESUS EDICTO Por ante el Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Puno, despachado por la Doctora Kattia Alvarez Avalos, con intervención del Secretario Judicial Wilber E. Aroapaza Balcona, en el expediente N° 0383-2015-PE, mediante resolución N° 04, cuyo extracto dice: DE OFICIO: Habiéndose puesto en conocimiento de la parte agraviada la resolución uno, la misma que no ha sido objeto de impugnación, en aplicación supletoria del artículo 123° del Código Procesal Civil, DESE por consentida la referida resolución, en consecuencia, remítase los autos al Archivo Central como se tiene ordenado, publíquese mediante edicto. Puno, 09 de Julio de 2015. WILBER AROAPAZA BALCONA SECRETARIO JUDICIAL. (15, 16, 17 Jul.) EDICTO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA El Señor Juez del PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA, a cargo del Doctor JESUS ESQUIVEL VEGA, por medio de la presente dispone que en el expediente 1517-2014 se notifique HECTOR CHURA QUISPE , con la resolución numero dos que corre traslado del requerimiento de acusación directa por el plazo de diez días, como autor directo de la comisión del delito contra la Familia ,en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de MGCHM representada por su progenitura Nilda Yanet Machaca Soncco, solicitando se le imponga al acusado un año de pena privativa de la libertad , ello sin perjuicio de cumplir el mandato judicial emitido en el expediente 0751-2012-0-2111-Jp-Fc-03 Tercer Juzgado De Paz Letrado ,cumpl¡endo con el pago de tres mil veinte con 14/100 nuevos soles ( 3,020.14) asimismo 1.-REPROGRAMAR la audiencia para el día TREINTA DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, quedando en este acto notificado ¡a representante del Ministerio Publico para su concurrencia obligatoria, bajo apercibimiento de; ponerse en conocimiento del control interno del Ministerio Publico caso de inasistencia injustificada. 2.

SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO Se debe cumplir con NOTIFICAR Y REQUERIR al imputado Héctor Chura Quispe, para que en el término de 24 horas cumpla con designar un abogado particular de libre elección, bajo expreso de apercibimiento ha de ser sustituido por el abogado defensor público, queda en este acto también notificado el abogado de la defensa publica presente, a fin de que concurra a la próxima sesión de audiencia, bajo apercibimiento de; ponerse en conocimiento de la coordinación del Ministerio de Defensa en caso de inasistencia injustificada. 3. Se dispone con NOTIFICAR en su domicilio real al acusado Héctor Chura Quispe y también se notifique mediante EDICTOS JUDICIALES. Regístrese y Notifíquese.- MARGARITA PAREDES PAMO ASISTENTE JURISDICCIONAL. (15, 16, 17 Jul.) EDICTO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA El Señor Juez del PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA, a cargo del Doctor JESUS ESQUIVEL VEGA, por medio de la presente dispone que en el expediente 989-2015 seguido en contra de se NOTIFIQUE al acusado MIGUEL ZAVALETA TICONA y a los menores agraviados, representados por su progenitora CYNTHIA LARICO ROQUE, con el extracto del contenido del índice de registro de audiencia de control de acusación.. DESARROLLO DE LA AUDIENCIA: JUEZ: Deja constancia de la inasistencia de la defensa del acusado, solicitando informe al especialista respecto de su emplazamiento.- FISCAL: Informa, que el acusado ha sido notificado en su domicilio procesal, respecto de la agraviada la cédula de notificación ha sido devuelta sin diligenciar. Detalles registrados en audio.- JUEZ: Corre traslado al fiscal.- FISCAL: Solicita se nombre defensor público al acusado, de la parte agraviada se notifique, y se reprograme esta audiencias. Detalles registrados en audio.-RESOLUCION N° 02 - 2015Juliaca, treinta de junio Del año dos mil quince. DECISIÓN: REPROGRAMAR la presente diligencia para realizarla en fecha TREINTA DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, en la sala de Audiencias del Módulo Penal de esta ciudad. Quedando en este acto notificado el representante del ministerio público para su concurrencia obligatoria, bajo apercibimiento de; ponerse en conocimiento al control interno del Ministerio Publico en caso de inasistencia. Cúmplase con NOTIFICAR con la presente acta al acusado y a la parte agraviada en sus domicilios procesales señalados en el requerimiento de acusación, asimismo sin perjuicio de lo mencionado anteriormente notifíquese mediante Edictos Judiciales. Asimismo GÍRESE OFICIO a la defensoría pública de esta ciudad a fin de que nombre un defensor público al acusado. MARGARITA PAREDES PAMO ASISTENTE JURISDICCIONAL. (15, 16, 17 Jul.) EDICTO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA El Señor Juez del TERCER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA, a cargo del Doctor IVAN VICTOR ARIAS CALVO, por medio de la presente SE NOTIFICA A: FELIX HUMPIRI LOPEZ, con el extracto del contenido del escrito presentado por Felicitas Montesinos Ligarte donde en aplicación del Art. 29 y 495 inc. 01 del C.P.P, recurre al presente despacho EN VÍA DE EJECUCION DE SENTENCIA y ORDENE LA SUPRESION de la partida electrónica 11083809 inscrita en SUNARP sede Juliaca, asimismo ordene la anotación de la sentencia en Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Asesoría Legal de la Municipalidad de San Román sobre falsificación de Certificado de Numeración Predial Na 005999 y el Certificado Negativo de Catastro Urbano ambos de fecha 14 de Julio del 2008 y la RESOLUCIÓN N° 05 de fecha seis de julio del año dos mil quince, dictada en audiencia de fecha seis de julio del año dos mil quince, en el Expediente N° 1045-2010-25-2111 -JR-PE-03, mediante la cual se pone en conocimiento que (...) DECISION: 1. REPROGRAMAR la audiencia de ejecución de sentencia para realizarla en fecha VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA. Se dispone la asistencia obligatoria de las partes. (...). Juliaca, 07 de Julio del 2015. MHAYRA RAMOS VILCA ASISTENTE JURISDICCIONAL. (15, 16, 17 Jul.) EDICTO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA El Señor Juez del TERCER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA, a cargo del Doctor IVAN VICTOR ARIAS CALVO, por medio de la presente SE NOTIFICA A: ERNESTO ALCIDES GUTIERREZ GARCIA, ROSALIA QUISPE QUISPE, EFRAIN PILCO MAYTA, KARIM ISRAEL

Viernes, 17 de julio de 2015

SARAVIA PALZA, RENE ALFREDO FLORES HUANCOLLO y JUAN JOSE YAGUNO OJEDA, con el extracto del contenido de REQUERIMIENTO FISCAL presentado por la Fiscalía Corporativa Especializada en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual de Puno donde formula (...) REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN contra ERNESTO ALCIDES GUTIERREZ GARCIA, ROSALIA QUISPE QUISPE, EFRAIN PILCO MAYTA, KARIM ISRAEL SARAVIA PALZA, RENE ALFREDO FLORES HUANCOLLO y JUAN JOSE YAGUNO OJEDA como AUTOR de la Comisión del delito Aduanero en su Modalidad de Receptación Aduanera en agravio del Estado Peruano representado por el Estado Peruano representado por el Procurador Ad Hoc de la SUNAT - ADUANAS y la RESOLUCIÓN N° 02-2015 de fecha uno de julio del año dos mil quince, emitido en el Expediente N° 817-2013-67-2111-JR-PE-03. mediante la cual se pone en conocimiento que (...) DE OFICIO: ESTANDO al estado del proceso; CÓRRASE TRASLADO del Requerimiento Mixto por el plazo de diez días útiles a las demás partes procesales diferentes al Ministerio Público para que puedan actuar conforme lo dispuesto por el artículo 350° del Código Procesal Penal y; PROGRÁMESE fecha y hora para la realización de la Audiencia Preliminar de Control Mixto (Sobreseimiento y Acusación) para el día -de acuerdo a la agenda del juzgado- SEIS DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA hora exacta, audiencia a llevarse a cabo en el Salón de Audiencias del Módulo Penal de San Román ubicado en el local del Poder Judicial - sede Juliaca (Plaza Zarumilla s/n). Bajo expreso apercibimiento en caso de inconcurrencia del señor representante del Ministerio Público de remitirse copias a su Órgano de Control Interno y en caso de la inconcurrencia de los demás sujetos procesales de instalarse la audiencia con los asistentes conforme lo prevé el artículo 345° inciso 3) del Código Procesal Penal para el extremo del sobreseimiento y en el extremo del Control de Acusación, en caso de inconcurrencia de los abogados de libre elección de excluirlos de la defensa conforme a lo establecido por el artículo 85°. 1 y llevarse a cabo la etapa intermedia con Abogado Defensor Público. Juliaca, 01 de Julio del 2015. MHAYRA RAMOS VILCA ASISTENTE JURISDICCIONAL. (15, 16, 17 Jul.)

DNI N° 77384699, hijo de Praxides Daniel y Denise, nacido el 14 de noviembre de 1995, de 19 años de edad, natural del Distrito de Ollachea, Provincia de Carabaya y Departamento de Puno, estado civil soltero, como AUTOR por la presunta comisión del delito contra la Libertad, en su Modalidad de Violación de la Libertad Sexual, en su forma de Violación Sexual de Menor de Edad, ilícito previsto en el artículo 173 del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales J.V.H.M., articulo 170 numeral 6 primer y segundo párrafo. 3. SE DISPONE EL ARCHIVAMIENTO DEFINITIVO DEL PROCESO, levántense toda medida cautelar de orden personal o real que hubiera recaído en contra del imputado, anúlense los antecedentes penales y/o judiciales, notifíquese conforme se tiene indicado, a conocimiento de las partes. Juliaca, 07 de Julio del 2015. MHAYRA RAMOS VILCA ASISTENTE JURISDICCIONAL. (15, 16, 17 Jul.)

EDICTO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA El Señor Juez del CUARTO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA, a cargo del Doctor WALTER ROBERT PAREDES LIPA, por medio de la presente SE NOTIFICA A: ROGER LARICO MENDOZA, con extracto del contenido de REQUERIMIENTO MIXTO presentado por la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual de Puno, ello seguido contra JUAN ALBERTO DURAN VILCA y ROGER LARICO MENDOZA como AUTORES de la Comisión del delito Aduanero en su modalidad de RECEPTACION ADUANERA en agravio del ESTADO PERUANO representado por el Procurador Publico de la SUNAT - ADUANAS y la RESOLUCIÓN N° 02-2015 de fecha tres de julio del año dos mil quince, en el Expediente N° 320-2011-40-2111-JR-PE-02, mediante la cual se pone en conocimiento que (...) ESTANDO: A la Información remitida y el requerimiento de Control Mixto (acusación y sobreseimiento) por el Representante del Ministerio Público, del mismo se advierte que los imputados Roger Larico Mendoza, Constantina Cama Larico y Elmer Itusaca Condori no se apersonaron al proceso ni ha designado Abogado Defensor de libre elección, por lo que; REQUIÉRASE al imputado Roger Larico Mendoza, para que en el término de cuarenta y ocho horas de notificado designe un Abogado de libre elección bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de que el Juzgado le designe un Abogado Defensor Público para que asuma su defensa y con quien se seguirá el trámite de la etapa intermedia. Juliaca, 03 de Julio del 2015. MHAYRA RAMOS VILCA ASISTENTE JURISDICCIONAL. (15, 16, 17 Jul.)

EDICTO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA El Señor Juez del SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA, a cargo del Doctor JOHNNY PEDRO QUISPE VILCA, por medio de la presente SE NOTIFICA A: NESTOR CAPQUEQUI CHAMBI, con el extracto del contenido de REQUERIMIENTO MIXTO presentado por la Fiscalía Especializada en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual de Puno donde formula ACUSACIÓN contra NESTOR CAPQUEQUI CHAMBI , LADISLAO FRANCO PAURO LLUTARI y KARIM ISRAEL SARABIA PALZA como AUTORES de la Comisión del delito de Receptación Aduanera en agravio del Estado Peruano representado por la Procuraduría Publica de la SUNAT - ADUANAS y la RESOLUCIÓN N° 01-2015, en el Expediente N° 435-2013-41 -2111-JR-PE-02, mediante la cual se pone en conocimiento que (...) Estando al requerimiento mixto formulado por la Fiscalía provincial Especializada en delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual de Puno, se advierte que el imputado Néstor Capquequi Chambi, Ladislao Franco Pauro Llutari, y Karim Israel Sarabia Palza, no han señalado domicilio procesal en la presente investigación; por lo que previamente a correr traslado NOTIFIQUESE a los citados imputados en su domicilio real proporcionado por el representante del Ministerio Publico, para que dentro del plazo de CUARENTA Y OCHO HORAS de notificados cumplan con designar abogado de libre elección; BAJO APERCIBIMIENTO de llevarse a cabo la secuela del presente proceso con abogado defensor público. Juliaca, 07 de julio del 2015. MHAYRA RAMOS VILCA ASISTENTE JURISDICCIONAL. (15, 16, 17 Jul.)

EDICTO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA El Señor Juez del TERCER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA, a cargo del Doctor IVAN VICTOR ARIAS CALVO, por medio de la presente SE NOTIFICA A: MENOR DE INICIALES J.V.H.M., con el extracto del contenido de la RESOLUCION N° 13, emitido en la audiencia de fecha treinta de Julio del presente año del Expediente N° 1677-2014-0-2111-JR-PE-04, mediante el cual se pone en conocimiento que (...) DECISION: 1. DECLARAR FUNDADA LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO, instada por el Representante de Ministerio Público. 2. DICTAR SOBRESEIMIENTO A FAVOR DE DAVID DANIEL QUISPE RODRIGUEZ, con

INVESTIGACION N° 134-2014 EDICTO El magistrado Sustanciador Dr. JAVIER CARACELA BORDA, integrante de la Unidad Desconcentrada de Investigaciones, Visitas Quejas de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Puno, con actuación de la secretaria encargada Dra. GRACE TICONA BARREDA, en la INVESTIGACION N° 134-2014, siendo el investigado MAXIMILIANO COLQUE VALDIVIA; se ha ordenado notificar por edictos al investigado MAXIMILIANO COLQUE VALDIVIA: con las resoluciones N° 15, 14, 13, RESOLUCIÓN N° 13.- Primero.- Se resuelve: aperturar proceso disciplinario, en contra del ex servidor judicial MAXIMILIANO COLQUE VALDI-

EDICTO PENAL Expediente N° 526-2015-0 Primer Juzgado Penal Unipersonal de Puno Especialista de Causas: Henry Velásquez Enríquez Se ha dispuesto la Notificación por Edicto con las resoluciones N° 06 y N° 07, de fecha 09/07/15, al acusado RUBEN ELOY COLLAZOS ROMERO, cuyo extracto de la parte pertinente, es el siguiente: “RES. 06.- RESUELVE: DECLARAR REO CONTUMAZ al querellado RUBEN ELOY COLLAZOS ROMERO con DNI 29267352, SE DISPONE, su conducción compulsiva se curse el oficio correspondiente a la Policía Judicial, SE DISPONE la reserva del proceso hasta cuando sea ávido del mismo, SE DISPONE; con notificar con la presente resolución al querellado en su domicilio real”. “RES. 07.- RESUELVE: SUSPENDER el presente Juicio Oral en la etapa de conciliación, PARA EL VEINTIUNO DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE A LAS DOCE DEL DIA en esta sala de audiencias de los Juzgados Penales Unipersonales y Colegiados de Puno, integrando la resolución N° 06, SE DISPONE, el extremo de la declaración de contumacia así como la presente citación sean notificadas vía edicto en los diarios de la región, notificar en el domicilio real proporcionada por la querellante”. Puno, 10 de julio de 2015. HENRY VELASQUEZ ENRIQUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL. (15, 16, 17 Jul.)

Viernes, 17 de julio de 2015 VIA, en su actuación como secretario del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Puno, por el cargo de negligencia en el cumplimiento de sus deberes(por la presunta perdida de expediente), inobservando su deber previsto en el literal b) del artículo 41° del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Administrativa n° 010-2004-cepj; concordado con el inciso 11) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, incurriendo con ello en falta grave, previsto en el artículo 9o inciso 12) del Reglamento de’ Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa n° 227-2009-ce-pj. Segundo: Encárguese su sustanciación al magistrado JAVIER CARACELA BORDA. RESOLUCION N° 14.- Se dispone .correr traslado al servidor judicial MAXIMILIANO COLQUE VALDIVIA, en su actuación como secretario del juzgado de primera instancia en lo civil de puno, a fin de que dentro del quinto día de notificado emita su informe de descargo, acompañando los medios probatorios que sustenten sus argumentos de defensa. RESOLUCION N° 15.- Notificar al servidor judicial MAXIMILIANO COLQUE VALDIVIA, a fin de que en el plazo de 72 horas remita copia certificada del acta de entrega de cargo -adjuntando la relación de expedientes- realizada a su sucesor, como secretario judicial en el juzgado de primera instancia en lo civil de puno; bajo apercibimiento de prescindir del mismo y tener en cuenta su conducta procesal al momento de emitir informe final, en caso de incumplimiento; y, emitir el mismo con los medios probatorios que sean recabados. Puno, 07 julio del 2015. GRACE TICONA BARREDA SECRETARIA ODECMA PUNO. (16, 17, 20 Jul.) INVESTIGACION N° 239-2014 EDICTO El magistrado Sustanciador Dr. EDSON AUGUSTO JAUREGUI MERCADO, integrante de la Unidad Desconcentrada de Investigaciones, Visitas Quejas de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Puno, con actuación de la secretaria encargada Dra. GRACE TICONA BARREDA, en la INVESTIGACION N° 0239-2014. siendo el investigado RICHARD KORADI KANO: se ha ordenado notificar por edictos al investigado RICHARD KORADI KANO con la resolución N° 02 de fecha veintinueve de enero, y resolución 01 de fecha doce de diciembre del dos mil catorce. RESOLUCION N° 01.- SE RESUELVE: Aperturar proceso disciplinario al servidor judicial RICHARD KORADI KANO, en su actuación como Encargado de Mesa de Partes de la provincia de Melgar - Ayaviri, por el cargo de INCUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES, precisados en el apartado IV 4 del considerando cuarto que antecede. Segundo: Encárguese su sustanciación al doctor EDSON AUGUSTO JAUREGUI MERCADO. RESOLUCIÓN N° 02.- Se avoca al conocimiento del presente proceso disciplinario el magistrado que suscribe por disposición superior; y, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 93° incisos 1) y 2) del Reglamento del Procedimiento Disciplinario de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, se dispone correr traslado al servidor judicial RICHARD KORADI KANO, en su actuación como encargado de mesa de partes de la provincia de Melgar - Ayaviri; a fin de que dentro del quinto día de notificado emita su informe de descargo, acompañando los medios probatorios que sustenten sus argumentos de defensa. H.S. Puno, 07 julio del 2015. GRACE TICONA BARREDA SECRETARIA ODECMA PUNO. (16, 17, 20 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA JEFATURA DE ODECMA EDICTO Por ante la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA de Puno, que despacha el Señor Juez Superior Ricardo Pablo Salinas Málaga, con actuación del secretario (e) Miguel Becerra Pineda, en la QUEJA N° 0264-2014, seguida por BONIFACIO MAMANI QUISPE, en contra del Magistrado CARLOS CAHUANA VARGAS y otros, se ha dictado la Resolución N° 06, del 06 de Julio del dos mil quince, que RESUELVE: Declarar CONSENTIDA la resolución número uno, del dieciséis de enero del dos mil quince, que resuelve: Primero: DECLARAR IMPROCEDENTE la queja interpuesta por BONIFACIO MAMANI QUISPE, en contra del Magistrado CARLOS CAHUANA VARGAS, y de los servidores judiciales HARNALDO PAYE SOLORZANO y WILLIAM PEREZ CCAMA, en sus actuaciones como Magistrado, técnico y notificador del Juzgado Mixto del distrito de Desaguadero, respectivamente. Segundo: EXHORTAR al servidor judicial HEBER ROMULO ALI CABANA, en su actuación como notificador del distri-

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to de Desaguadero, para que cumpla sus funciones con diligencia, en cumplimiento del literal b) del artículo 41° del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial; en consecuencia, remítase al archivo central de la Corte Superior de Justicia de Puno..- Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. Puno, 06 de Julio del 2015. MIGUEL BECERRA PINEDA SECRETARIO ODECMA PUNO. (16, 17, 20 Jul.) SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA SAN ROMÁN -JULIACA EDICTO JUDICIAL El señor Juez del SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA de la Provincia de San Román - Juliaca Dr. JOHNNY PEDRO QUISPE VILCA, por medio del presente NOTIFICA A: VIDAL QUISPE SUCATICONA, CORINA QUISPE LARICO Y YONY QUISPE SUCATICONA; con el contenido del REQUERIMIENTO DE PRISION PREVENTIVA, mediante el cual el Fiscal Provincial Especializada en Trafico ilícito de Drogas de San Román - Juliaca, solicita mandato de prisión preventiva, para Julia Pari Monroy, por la presunta comisión del delito Trafico ilícito De Drogas, en su PROMOCION, FAVORECIMIENTO Y FACILITACION AL CONCUMO ILEGAL DE DROGAS TOXICAS MEDIANTE ACTOS DE TRAFICO AGRAVADO ; y, con el contenido de la RESOLUCIÓN NUMERO OCHO, de fecha Diez de Julio del año dos mil quince, por medio de la cual se CÍTA para la realización de la Audiencia de Prisión Preventiva para el día DIEZ DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas NUEVE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, hora exacta, diligencia que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Módulo Penal del Nuevo Código Procesal Penal, ubicado en la Plaza Zarumilla s/n local del Poder Judicial de ésta ciudad, con la asistencia obligatoria del Representante del Ministerio Publico, de los imputados y sus abogados, siendo que la presente audiencia tiene el carácter de inaplazable, bajo apremio en caso de inconcurrencia del señor representante del Ministerio Público de remitirse copias certificadas a la oficina de Control Interno de Ministerio Publico y en caso de la inconcurrencia de los señores abogados de los imputados de llevarse a cabo la misma con Abogado Defensor Público conforme a lo establecido por el artículo 85.1° del Código Procesal Penal. Juliaca, 13 de Julio de 2015. JOVANA CERPA ZAMATA ASISTENTE JURISDICCIONAL. (16, 17, 20 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA SAN ROMÁN - JULIACA EDICTO JUDICIAL El señor Juez del PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA de la Provincia de San Román - Juliaca Dr. JESUS ESQUIVEL VEGA, por medio del presente NOTIFICA A: ROSA DINA QUISPE ATAMARI y EDWIN WLADIMIER SUCASAIRE RAMOS; con el contenido de la RESOLUCIÓN NUMERO TRES,, de fecha siete de mayo del año dos mil quince, por medio de la cual se RESUELVE Declarar FUNDADO el requerimiento de sobreseimiento formulado por el señor Representante del Ministerio Público en el presente proceso penal, favor de los investigados ULGER FERDY QUISPE ATAMARI, LUZ MARINA QUISPE ATAMARI y JHONNATAN HOUSTON SUMARI QUISPE por la presunta comisión del delito de contra la Vida, el cuerpo y la Salud, en su modalidad de Lesiones, en su forma de Lesiones Leves Agravadas por Violencia Familiar, Ilícito previsto y sancionado en el Artículo 122o- B del Código Penal en agravio de Rosa Dina Quispe Atamari y Edwin Sucasaire Ramos. Consentida y/o ejecutoriada sea la presente resolución, archívese definitivamente la causa, en el extremo sobreseído, en la forma y modo de ley; DISPONIENDO el SOBRESEIMIENTO Definitivo de la causa. ORDENANDO la anulación de los antecedentes judiciales y policiales que pudo haber generado la investigación en el extremo indicado. En relación al extremo acusatorio, prosígase la secuela del proceso conforme dispone el numeral 3. del artículo 348° del Código Procesal Penal. REGISTRESE Y HAGASE SABER. Ello en el proceso penal N° 1124-2014-20-2111-JRPE-01, seguido en contra de Martha Deysi Atamari Quispe y otros, por la presunta comisión del delito de lesiones leves por violencia familiar, en agravio de Rosa Dina Quispe Atamari y otro. Juliaca, 09 de Juliaca de 2015. XIANETH VILA GALLARDO ASISTENTE JURISDICCIONAL. (16, 17, 20 Jul.) EDICTO DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA EL SEÑOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIDE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA, a cargo del Doctor IVAN VICTOR

ARIAS CALVO, por medio de la presente ha dispuesto mediante resolución número tres se corra traslado del Requerimiento de Acusación presentado por el Representante del Ministerio Público -Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román en contra al imputado de POLICARPIO CAMACHO MARTINEZ, por la comisión del delito Contra la Familia en su modalidad de Omisión a la asistencia Familiar en agravio de del menor ACM, representada por su madre LUISA HONORATA MAMANI MAMANI, determinación de la pena, doce meses de pena privativa de la libertad, monto de la Reparación Civil de CIENTO DIEZ SOLES CON 00/100 NUEVOS SOLES . Asimismo dispone reprogramar la audiencia de control de acusación para el veinte de julio del año dos mil quince a horas doce del mediodía a llevarse a cabo en los salones de audiencia del Módulo Penal de San Román Juliaca (Plaza Zarumilla) Notifíquese en el domicilio proporcionado por el fiscal, subsistiendo los apercibimientos prevenidos en la resolución número uno de autos. Asistente Judicial Margarita Paredes Pamo. Juliaca, 14 de julio de 2015. MARGARITA PAREDES PAMO ASISTENTE JURISDICCIONAL. (16, 17, 20 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LAMPA EDICTOS JUDICIALES. Por ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Lampa, que Despacha el Señor Juez doctor Heriberto Paredes Lupaca, con actuación de la especialista Judicial Lea Calderón Arapa, en el proceso Nro.- 77-201321, seguido en contra de: Añasco Ticona Laura Isabel y otros, por la comisión del delito de Robo Agravado y Otros, en agravio de la Comunidad Campesina de Lenzora representado por su Presidenta Cirila Apaza Salazar, se le notifica a: CATI CHURA EDGAR con la resolución No.-01 que corre traslado el requerimiento mixto de sobreseimiento y acusación por el plazo de diez días y el escrito de requerimiento mixto que indica: Del sobreseimiento: En contra de: 1.- Benito Hañari Coyla, Juan de Dios Humpiri, Maria Saturnina Hañari Monzón de Velasquez, Eusebio Calixto Miranda Miranda, Crisenta Catalina Ticona Tumi, Inés Toribia Ticona Tumi, Práxedes Julia Ccalla Ramos de Ticona, Bacilia Monroy, Alfonso Benique Monroy, Valeriana Colquehuanca Viuda de Coyla, Santos Rildo Halanoca, Halanoca, Julia Francisca Coyla Colquehuanca, Lucio Condón Condori, Edgar Cati Chura, Juan Bautista Mamani Ari, Víctor Abel Quispe Ccuno, Willy Demetrio Sanca Zapana, José Alberto Ari Ccacca, Fermin Claudio Urrutia Chura, David Mamani Ramos y Pedro Samillan Laura como COAUTORES del delito de Contra el Patrimonio en su modalidad de Daños Agravados previsto y sancionado en el artículo 205 del Código Penal concordante con el inciso 3) del artículo 206 del Código Penal en agravio de la COMUNIDAD CAMPESINA DE LENZORA representado por su presidenta CIRILA APAZA SALAZAR. 2.- Benito Hañari Coyla, Juan de Dios Humpiri, Maria Saturnina Hañari Monzón de Velásquez, Eusebio Calixto Miranda Miranda, Crisenta Catalina Ticona Tumi, Inés Toribia Ticona Tumi, Práxedes Julia Ccalla Ramos de Ticona, Bacilia Monroy,. Alfonso Benique Monroy, Valeriana Colquehuanca Viuda de Coyla, Santos Rildo Halanoca, Halanoca, Julia Francisca Coyla Colquehuanca, Lucio Condori Condori, Edgar Cati Chura, Juan Bautista Mamani Ari, Víctor Abel Quispe Ccuno, Willy Demetrio Sanca Zapana, José Alberto Ari Ccacca, Fermin Claudio Urrutia Chura, David Mamani Ramos y Pedro Samillan Laura como COAUTORES del delito de Contra el Patrimonio en su modalidad de Robo Agravado previsto y sancionado en el artículo 188 del Código Penal concordante con el inciso 3 y 4 del primer párrafo del artículo 189 del Código Penal en agravio de la COMUNIDAD CAMPESINA DE LENZORA representado por su presidenta CIRILA APAZA SALAZAR. 3.- Rafael Fortunato Quiza Mamani, Guzman Domingo Ticona Tumi, Graciano Victoriano Hañari Coyla, Heraclides Hañari Coyla, Santos Agapíto Hañari Coyla, Sixto Silverio Quiza Mamani, Hipólito Velasquez Apaza, Dante Manuel Velasquez Hañari, Justo Herrmilio Mamani Quiza, Benita Machaca Humpiri, Laura Isabel Añasco Ticona, Gilma Benique Monroy, Walter Edgar Quispe Machaca, Máximo Flavio Machaca Humpiri, como autores del delito Contra el Patrimonio en su modalidad de Robo Agravado tipificado y sancionado en el artículo 188 del Código Penal concordante con los incisos 3 y 4 del primer párrafo del artículo 189 del Código Penal (respecto a la sustracción de los bienes como son: equipo de inseminación artificial, módulo de cerco eléctrico y moto guaraña) en agravio de la COMUNIDAD CAMPESINA DE LENZORA representado por su presidenta Cirila Apaza Salazar. De la acusación: 1.- Rafael Fortunato

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Quiza Mamani, Guzman Domingo Domingo Ticona Tumi, Graciano Victoriano Hañari Coyla, Heraclides Hañari Coyla, Santos Agapíto Hañari Coyla, Sixto Silverio Quiza Mamani, Hipólito Velasquez Apaza, Dante Manuel Velasquez Hañari, Justo Herrmilio Mamani Quiza, Benita Machaca Humpiri, Laura Isabel Añasco Ticona, Gilma Benique Monroy, Walter Edgar Quispe Machaca, Máximo Flavio Machaca Humpiri, como coautores del delito Contra el Patrimonio en su modalidad de Robo Agravado tipificado y sancionado en el artículo 188 del Código Penal concordante con los incisos 3 y 4 del primer párrafo del artículo 189 del Código Penal (respecto a la sustracción del dinero ascendente a S/3,600.00 nuevos soles y el libro de Actas de Uso exclusivo de la Comunidad Campesina de Lenzora), en agravio de la COMUNIDAD CAMPESINA DE LENZORA representado por su presidenta Cirila Apaza Salazar. 2 - Rafael Fortunato Quiza Mamani, Guzman Domingo Domingo Ticona Tumi, Graciano Victoriano Hañari Coyla, Heraclides Hañari Coyla, Santos Agapíto Hañari Coyla, Sixto Silverio Quiza Mamani, Hipólito Velasquez Apaza, Dante Manuel Velasquez Hañari, Justo Herrmilio Mamani Quiza, Benita Machaca Humpiri, Laura Isabel Añasco Ticona, Gilma Benique Monroy, Walter Edgar Quispe Machaca y Máximo Flavio Machaca Humpiri, como coautores del delito Contra el Patrimonio en su modalidad de Daños Agravados tipificado y sancionado en el artículo 205 del Código Penal concordante con el inciso 3 del artículo 206 del Código Penal en agravio de la COMUNIDAD CAMPESINA DE LENZORA representado por su presidenta Cirila Apaza Salazar. Vencido dicho término señálese fecha y hora para audiencia de requerimiento mixto; lo que se pone en conocimiento para los fines de ley. Lampa, 09 de julio del año 2015. LEA CALDERON ARAPA ESPECIALISTA JUDICIAL. (16, 17, 20 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LAMPA EDICTOS JUDICIALES. Por ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Lampa, que Despacha el Señor Juez doctor Heriberto Paredes Lupaca, con actuación de la especialista Judicial Lea Calderón Arapa, en el proceso Nro.- 77-201321, seguido en contra de: Añasco Ticona Laura Isabel y otros, por la comisión del delito de Robo Agravado y Otros, en agravio de la Comunidad Campesina de Lenzora representado por su Presidenta Cirila Apaza Salazar, se le notifica a: CATI CHURA EDGAR con la resolución No.-01 que corre traslado el requerimiento mixto de sobreseimiento y acusación por el plazo de diez días y el escrito de requerimiento mixto que indica: Del sobreseimiento: En contra de: 1.- Benito Hañari Coyla, Juan de Dios Humpiri, Maria Saturnina Hañari Monzón de Velasquez, Eusebio Calixto Miranda Miranda, Crisenta Catalina Ticona Tumi, Inés Toribia Ticona Tumi, Práxedes Julia Ccalla Ramos de Ticona, Bacilia Monroy, Alfonso Benique Monroy, Valeriana Colquehuanca Viuda de Coyla, Santos Rildo Halanoca, Halanoca, Julia Francisca Coyla Colquehuanca, Lucio Condori Condori, Edgar Cati Chura, Juan Bautista Mamani Ari, Victor Abel Quispe Ccuno, Willy Demetrio Sanca Zapana, José Alberto Ari Ccacca, Fermin Claudio Urrutia Chura, David Mamani Ramos y Pedro Samillan Laura como COAUTORES del delito de Contra el Patrimonio en su modalidad de Daños Agravados previsto y sancionado en el artículo 205 del Código Penal concordante con el inciso 3) del artículo 206 del Código Penal en agravio de la COMUNIDAD CAMPESINA DE LENZORA representado por su presidenta CIRILA APAZA SALAZAR. 2- Benito Hañari Coyla, Juan de Dios Humpiri, Maria Saturnina Hañari Monzón de Velasquez, Eusebio Calixto Miranda Miranda, Crisenta Catalina Ticona Tumi, Inés Toribia Ticona Tumi, Práxedes Julia Ccalla Ramos de Ticona, Bacilia Monroy, Alfonso Benique Monroy, Valeriana Colquehuanca Viuda de Coyla, Santos Rildo Halanoca, Halanoca, Julia Francisca Coyla Colquehuanca, Lucio Condori Condori, Edgar Cati Chura, Juan Bautista Mamani Ari, Victor Abel Quispe Ccuno, Willy Demetrio Sanca Zapana, José Alberto Ari Ccacca, Fermin Claudio Urrutia Chura, David Mamani Ramos y Pedro Samillan Laura como COAUTORES del delito de Contra el Patrimonio en su modalidad de Robo Agravado previsto y sancionado en el artículo 188 del Código Penal concordante con el inciso 3 y 4 del primer párrafo del artículo 189 del Código Penal en agravio de la COMUNIDAD CAMPESINA DE LENZORA representado por su presidenta CIRILA APAZA SALAZAR. 3.- Rafael Fortunato Quiza Mamani, Guzman Domingo Ticona Tumi, Graciano Victoriano Hañari Coyla, Heraclides Hañari Coyla, Santos Agapíto Hañari Coyla, Sixto Silverio Quiza Mamani, Hipólito Velasquez Apaza, Dante Manuel Velasquez

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Hañari, Justo Herrmilio Mamani Quiza, Benita Machaca Humpiri, Laura Isabel Añasco Ticona, Gilma Benique Monroy, Walter Edgar Quispe Machaca, Máximo Flavio Machaca Humpiri, como autores del delito Contra el Patrimonio en su modalidad de Robo Agravado tipificado y sancionado en el artículo 188 del Código Penal concordante con los incisos 3 y 4 del primer párrafo del artículo 189 del Código Penal (respecto a la sustracción de los bienes como son: equipo de inseminación artificial, módulo de cerco eléctrico y moto guaraña) en agravio de la COMUNIDAD CAMPESINA DE LENZORA representado por su presidenta Cirila Apaza Salazar. De la acusación: 1- Rafael Fortunato Quiza Mamani, Guzman Domingo Domingo Ticona Tumi, Graciano Victoriano Hañari Coyla, Heraclides Hañari Coyla, Santos Agapíto Hañari Coyla, Sixto Silverio Quiza Mamani, Hipólito Velasquez Apaza, Dante Manuel Velasquez Hañari, Justo Herrmilio Mamani Quiza, Benita Machaca Humpiri, Laura Isabel Añasco Ticona, Gilma Benique Monroy, Walter Edgar Quispe Machaca, Máximo Flavio Machaca Humpiri, como coautores del delito Contra el Patrimonio en su modalidad de Robo Agravado tipificado y sancionado en el artículo 188 del Código Penal concordante con los incisos 3 y 4 del primer párrafo del artículo 189 del Código Penal (respecto a la sustracción del dinero ascendente a S/3,600.00 nuevos soles y el libro de Actas de Uso exclusivo de la Comunidad Campesina de Lenzora), en agravio de la COMUNIDAD CAMPESINA DE LENZORA representado por su presidenta Cirila Apaza Salazar. 2.- Rafael Fortunato Quiza Mamani, Guzman Domingo Domingo Ticona Tumi, Graciano Victoriano Hañari Coyla, Heraclides Hañari Coyla, Santos Agapíto Hañari Coyla, Sixto Silverio Quiza Mamani, Hipólito Velasquez Apaza, Dante Manuel Velasquez Hañari, Justo Herrmilio Mamani Quiza, Benita Machaca Humpiri, Laura Isabel Añasco Ticona, Gilma Benique Monroy, Walter Edgar Quispe Machaca y Máximo Flavio Machaca Humpiri, como coautores del delito Contra el Patrimonio en su modalidad de Daños Agravados tipificado y sancionado en el artículo 205 del Código Penal concordante con el inciso 3 del artículo 206 del Código Penal en agravio de la COMUNIDAD CAMPESINA DE LENZORA representado por su presidenta Cirila Apaza Salazar. Vencido dicho término señálese fecha y hora para audiencia de requerimiento mixto; lo que se pone en conocimiento para los fines de ley. Lampa, 09 de Julio del año 2015. LEA CALDERON ARAPA ESPECIALISTA JUDICIAL. (16, 17, 20 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LAMPA EDICTOS JUDICIALES. Por ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Lampa, que Despacha el Señor Juez doctor Heriberto Raphael Paredes Lupaca, con actuación de la especialista Judicial Lea Calderón Arapa, en el proceso Nro. 029-2013-0, seguido en contra de: López Parí Jaime y Otros, por la comisión del delito de Promoción o Favorecimiento al Tráfico Ilícito de Drogas, en agravio del Estado Peruano, se le notifica a: ROJAS QUISPE ANABEL, LOPEZ PARI JAIME, QUISPE CCOPA ROSA ISABEL Y MONTES BOHORQUEZ EDWIN con la resolución No.14-2015 del cuaderno No.-29-2013-40 que ha resuelto designar al defensor público de la ciudad de Lampa a efectos de que represente a los imputados Rojas Quispe Anabel, López Parí Jaime, Quispe Ccopa Rosa Isabel y Montes Bohorquez Edwin, conforme a lo dispuesto en la resolución No.-13-2015 y disponiéndose la reserva de la emisión de la resolución correspondiente; lo que se pone en conocimiento para los fines de ley. Lampa, 09 de julio del 2015. LEA CALDERON ARAPA ESPECIALISTA JUDICIAL. (16, 17, 20 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO JUZGADO UNIPERSONAL TRANSITORIO DEL MODULO PENAL DE SAN ROMÁN NOTIFICACION POR EDICTO Expediente N° 0929-2014-64-2111-JR-PE-01 (Cuaderno de Debates).- El juzgado penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, a cargo de la magistrada Yessica Condori Chata, por medio de la presente se NOTIFICA a los ROGER SUCASACA COARI, (todo ello con la medida de comparecencia simple), como autor por la presunta comisión del Delito de SUSTRACCIÓN DE MENOR, en agravio de MONICA ELENA MENDOZA CHAMBI; Para la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL a realizarse en fecha QUINCE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de la provincia de San Román - Juliaca BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ y disponerse su captura a nivel nacional,

SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO en caso de inasistencia. Sin perjuicio de notificarse por edictos si el caso lo amerita. Juliaca, 09 de julio del 2015. FLAVIO CALSINA CHOQUE ASISTENTE JURISDICCIONAL. (16, 17, 20 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DEL MODULO PENAL DE SAN ROMÁN NOTIFICACION POR EDICTO Expediente N° 01726-2014-81-2111 -JR-PE-02 (Cuaderno de Debates).- El juzgado penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, a cargo de la magistrada Yessica Condori Chata, por medio de la presente se NOTIFICA al acusado ELIAS HUISA PILA, (todo ello con la medida de comparecencia simple), como autor por la presunta comisión del Delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de DOMINGA CHAMBILLA CHOQUEJAHUA; Para la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL a realizarse en fecha VEINTIUNO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de la provincia de San Román - Juliaca BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ y disponerse su captura a nivel nacional, en caso de inasistencia. Sin perjuicio de notificarse por edictos si el caso lo amerita. Juliaca, 09 de julio del 2015 FLAVIO CALSINA CHOQUE ASISTENTE JURISDICCIONAL. (16, 17, 20 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO JUZGADO UNIPERSONAL TRANSITORIO DEL MODULO PENAL DE SAN ROMÁN NOTIFICACION POR EDICTO Expediente N° 01082-2015-37-2111-JR-PE-01 (Cuaderno de Debates).- El juzgado penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, a cargo del señor magistrado Rubén Gómez Aquino, por medio de la presente se NOTIFICA a los acusados HUGO FREDY QUISPE CHOQUEMAQUI, RUBEN MACCAPA MACCAPA Y ALFREDO HUMBERTH QUISPE QUISPE (todo ello con la medida de comparecencia simple), como autor por la presunta comisión del Delito de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales R.M.CH; Para la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL a realizarse en fecha DIEZ DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Establecimiento Penitenciario Ex “La Capilla” de la provincia de San Román -Juliaca BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ y disponerse su captura a nivel nacional, en caso de inasistencia. Sin perjuicio de notificarse por edictos si el caso lo amerita. Juliaca, 9 de julio del 2015. FLAVIO CALSINA CHOQUE ASISTENTE JURISDICCIONAL. (16, 17, 20 Jul.)

Viernes, 17 de julio de 2015

JUICIO ORAL con carácter de INAPLAZABLE al señor acusado JOSE LUIS RUELAS COLQUE; como presunto AUTOR de la comisión del Delito de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA; en agravio de la menor Trehissy Jasmin Ruelas Ramos, representada por su señora madre ROSSI RAMOS MAMANI; audiencia que se realizará el día UNO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias N° 01 de los Juzgados Penales Unipersonales y Colegiado, ubicado en el Segundo Piso del Palacio de Justicia de Puno, sito en el Jr. Puno N° 459, de esta ciudad de Puno”. Puno, 10 de julio de 2015. HENRY VELASQUEZ ENRIQUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL. (16, 17, 20 Jul.) EDICTO PENAL Expediente N° 653-2015-33 Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Puno Especialista de Causas: Henry Velásquez Enríquez Se ha dispuesto la Notificación por Edicto con la resolución N° 01, de fecha 09/07/15, al acusado DAVID LLACSA CALSINA, cuyo extracto de la parte pertinente, es el siguiente: “RESUELVE: CONVOCAR A JUICIO ORAL con carácter de INAPLAZABLE al señor acusado DAVID LLACSA CALSINA, identificado con D.NJ. N° 42422952; como presunto AUTOR de la comisión del Delito de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, previsto y sancionado por el Artículo 149, Primer Párrafo, del Código Penal; en agravio de la menor Magaly Llacsa Chanca, representado por su señora madre Y OVAN NA CHANCA TURPO; audiencia que se realizará el día UNO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a HORAS ONCE, en la Sala de Audiencias N° 03 de los Juzgados Penales Unipersonales y Colegiado, ubicado en el Segundo Piso del Palacio de Justicia de Puno, sito en el Jr. Puno N° 459, de esta ciudad de Puno”. Puno, 10 de julio de 2015. HENRY VELASQUEZ ENRIQUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL. (16, 17, 20 Jul.)

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO JUZGADOS UNIPERSONALES Y COLEGIADO DEL MODULO PENAL DE SAN ROMÁN NOTIFICACION POR EDICTO Expediente N° 1417-2014-39-2111-JR-PE-01. (Cuaderno de Debate).- El Segundo Juzgado Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca integrado por la señora magistrada Yessica Condori Chata, por medio de la presente NOTIFICA a la acusada MERY LOIDA CONDE CHIPANA (con mandato de comparecencia simple), como AUTOR de la presunta comisión del delito Contra el Patrimonio, en la modalidad de daños, en su forma de daño agravado previsto en el artículo 206 numeral 3 teniendo como tipo base el artículo 205 del Código Penal, en agravio de GINO FRANCISCO CHOQUEHUANCA LOPEZ, , la misma que se realizara en AUDIENCIA PUBLICA INAPLAZABLE en fecha VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a horas NUEVE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de Juliaca, todo ello teniendo en cuenta la recargada labor del Órgano Jurisdiccional de San Román Juliaca. BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ O AUSENTE y disponerse su captura a nivel nacional, en caso de inasistencia. Sin perjuicio de notificarse por edictos si el caso lo amerita. Autoriza el Asistente Jurisdiccional del Juzgado que suscribe por Disposición Superior.- Juliaca, 09 de julio de 2015. WILLIAMS CRUZ YUCRA ASISTENTE JURISDICCIONAL. (16, 17, 20 Jul.)

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE MOHO EXPEDIENTE N° 026-2014-83-2109-JR-PE-01- MOHO JUEZ: Jorge Abad Salazar Calla. Especialista de Juzgado: Belinda Ramos Mora de Moneada. EDICTO PENAL: Por ante el Juzgado Penal Unipersonal de la provincia de San Pedro de Moho, que Despacha el Sr. Jorge Abad Salazar Calla, con intervención del Especialista Judicial Belinda Ramos Mora de Moneada, en el Expediente N° 026-201483, seguido en contra de Julián Yanqui Yana, por la presunta comisión del delito contra la Familia en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar en su forma de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA, tipificado en el Artículo 149° 1er párrafo del Código Penal, en agravio de menor Alberto Yanqui Calderón representado por Margarita Calderón Tinta; se notifique al acusado JULIAN YANQUI YANA con la RESOLUCIÓN Numero 01-2015, de fecha primero de julio del dos mil quince, que RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL, en la presente causa seguida contra el acusado JULIAN YANQUI YANA (con medida coercitiva de comparecencia simple) en su condición de presunto autor, acusado por la Fiscalía Provincial Mixta de Moho, por el presunto delito contra la Familia en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar en su forma de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA, tipificado en el Artículo 149° 1er párrafo del Código Penal, en agravio de menor Alberto Yanqui Calderón representado por Margarita Calderón Tinta, la misma que se realizará en AUDIENCIA PÚBLICA en fecha MARTES CUATRO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A HORAS DOS I MEDIA DE LA TARDE, , (hora exacta) la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Moho, ubicado en el Jirón Puno N° 44 -Moho; NOTIFÍQUESE la presente resolución a los sujetos procesales en sus domicilios señalados en autos, sin perjuicio de notificársele al acusado JULIAN YANQUI YANA por EDICTOS, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser declarada reo contumaz y/o ausente y ordenarse los oficios de captura i remisión a fin de que sea puesto a disposición de este Juzgado Hágase Saber. BELINDA RAMOS MORA DE MONEADA ESPECIALISTA JUDICIAL. (16, 17, 20 Jul.)

EDICTO PENAL Expediente N° 125-2015-96 Primer Juzgado Penal Unipersonal de Puno Especialista de Causas: Henry Velásquez Enríquez Se ha dispuesto la Notificación por Edicto con las resoluciones N° 01, de fecha 07/07/15, al acusado JOSÉ LUIS RUELAS COLQUE, cuyo extracto de la parte pertinente, es el siguiente: “RESUELVE: CONVOCAR A

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNO EDICTO En el expediente N° 1126-2014-15-2101 -JR-PE-01 seguida contra Emiliano Tamayo Bernales y otra, por delito de contrabando y otros, en agravio del Estado Peruano, se NOTIFICA la resolución N° 1 a los impu-

tados EMILIANO TAMAYO BERNALES y HERMANISA SANTUSA TICONA ALPACA, a fin que asistan a la audiencia de prórroga de la investigación preparatoria caso complejo programada para el 10 de agosto de 2015 a horas 9.50 a.m., en el salón de audiencias N° 1 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, ubicado en la Plaza de Armas Girón Puno N° 459). Puno, 15 de julio del 2015. RAMON CASA PARI ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES. (16, 17, 20 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNO EDICTO En el expediente N° 1063-2015-48-2101-JR-PE-02 seguida contra Lucio Vicente Quispe Arohuanca, por delito de incumplimiento de obligación alimentaria, en agravio de su menor hijo representado por su señora madre Sofía Mamani Apaza, se NOTIFICA la resolución N° 3 al acusado LUCIO VICENTE QUISPE AROHUANCA, a fin que asista a la audiencia de declaración de ausencia programada para el 12 de agosto del 2015 a horas 4.00 p.m., en el salón de audiencias N° 2 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, ubicado en la Plaza de Armas (jirón Puno N° 459). Puno, 14 de julio del 2015. RAMON CASA PARI ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES. (16, 17, 20 Jul.) EDICTO JUDICIAL Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Pun, que despacho la Dra. Norka Rosario Castillo Prado, con la intervención del Secretario Judicial Asterio Flores Vásquez, se tramite el Exp. N° 01239-2007-FC, sobre alimentos, seguido por Sofía Olga Cabrera Melodías, se ha emitido la resolución siguiente: SE RESUELVE: Puno, siete de abril del dos mil quince: SE RESUELVE: APROBAR La liquidación de pensiones devengados e interese que corre en fojas 129, por el monto de SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA CON 82/100 nuevo soles, cuyo monto comprende desde el 27 de marzo del 2012, al 27 de Diciembre del 2013; en consecuencia: REQUIERASE al obligado ROGER SOSA SAIRITUPA, para en el plazo de CINCO días cumpla con abonar dicho monto por concepto de pensiones devengados y sus intereses debiendo de notificarse dicha resolución con el domicilio y procesal del demandado y además mediantes edictos, por los fundamentos en la parte considerativa.- T. R y H. S.- ASTERIO FLORES VELASQUEZ SECRETARIO JUDICIAL. (17, 20 Jul.) 3° JUZGADO DE PAZ LETRADO - SEDE ANEXA PUNO EXPEDIENTE: 00492-2015-0-2101-JP-PE-03 JUEZ: RAMOS CHAHUARES KELLY YESENIA ESPECIALISTA: WILFREDO HINOJOSA PONCE IMPUTADO: GUTIERREZ LOSA, BENIGNO FLORENTINO QUISPE. ZAPANA, FRANCISCA FALTA: DAÑO AGRAVIADO: MAMANI HUALLPA, ELEUDORO VIZCARRA CAHUANA, MARUJA TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE PUNO EDICTO Por ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Puno, Despachado por la señora Juez Kelly Ramos Chahuares, con la intervención del Secretario que Autoriza, en el expediente penal N° 0492-2015, seguido por Eleudoro Mamani Huallpa y otra, en contra de Benigno Florentino Gutiérrez Losa y otra, sobre Faltas contra el patrimonio, se ha expedido la resolución siguiente: Resolución N° 01: REQUERIR a las personas de ELEUDORO MAMANI HUALLPA Y MARUJA VIZCARRA CAHUANA, a fin de que cumplan en constituirse como querellantes particulares, debiendo precisar de modo específico la falta o faltas que se atribuye, individualizando a su presunto autor, autores o partícipes con indicación de dirección domiciliaria descrito en croquis de ubicación, exponiendo los hechos denunciados con elementos de prueba en que se funda la imputación, así como fundamente la sanción penal a imponerse y el monto de la reparación civil, requisitos formales de cumplimiento obligatorio; y, SEÑALEN su domicilio procesal, teléfono, correo electrónico para los actos de notificación, bajo responsabilidad y con dicho objeto, CONCÉDASE el plazo de tres días hábiles, bajo apercibimiento de emitir el auto archivando las actuaciones y tenerse por desistido tácitamente de la denuncia verbal interpuesta.- WILFREDO HINOJOSA PONCE SECRETARIO JUDICIAL. (17, 20 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO CUARTO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA SAN ROMÁN - JULIACA

Viernes, 17 de julio de 2015 EDICTO JUDICIAL El señor Juez del Cuarto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Román - Juliaca, Dr. WALTER ROBERT PAREDES LIPA, por medio de la presente NOTIFICA A: ORLANDO ANCCO HANCCO; con el contenido de la resolución número tres, de fecha trece de julio del año dos mil quince, mediante el cual se PROGRAMA fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO para el día VIERNES SIETE DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (10:30 a.m.) hora exacta; audiencia a llevarse a cabo en el Salón de Audiencias del Módulo Penal de San Román ubicado en el local del Poder Judicial - sede Juliaca (Plaza Zarumilla s/n). Bajo apercibimiento, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable, en caso de inconcurrencia del representante del Ministerio Público, de remitirse copias a su Órgano de Control Interno, en caso de la inconcurrencia de las demás partes procesales de llevarse a cabo la misma con los asistentes de conformidad a lo establecido por el artículo 345 inciso 3° del Código Procesal Penal, ello ordenado en el proceso número 01271-2014-38-2111-JR-PE-04, seguido en contra de Orlando Ancco Hancco, por la presunta comisión del delito de hurto simple, en agravio de Gilda Apaza Quispe. Juan Miguel Salas Ccori - Asistente Jurisdiccional.- Juliaca, 13 de julio del 2015. JUAN M. SALAS CCORI ASISTENTE JURISDICCIONAL. (17, 20, 21 Jul.) JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE CARABAYA-MACUSANI NOTIFICACION POR EDICTO EXPEDIENT N° 2015-10-0-2103-JP-PE-01 Ante el Juzgado de Paz letrado de la Provincia de Carabaya-Macusani, que despacha el Juez Cesar A. Pineda Fernández con la intervención de la Especialista Judicial Roxana Cutipa Ccuno se ha dispuesto, mediante Resolución N° 01-2015 CUMPLA la parte agraviada Roger Oswaldo Ccari Quipe con constituirse en querellante particular, precisando de modo específico la falta o faltas que se atribuye, individualizando a su presunto autor, autores o partícipes con indicación de dirección domiciliaria descrito en croquis de ubicación, exponiendo los hechos denunciados con elementos de prueba en que se funda la imputación, así como fundamente la sanción penal a imponerse y el monto de la reparación civil, requisitos formales de cumplimiento obligatorio; y, SEÑALE su domicilio procesal, para los actos de notificación, bajo responsabilidad con dicho objeto: CONCEDASE plazo de TRES DIAS hábiles, bajo apercibimiento de emitir el auto archivando las actuaciones y tenerse por desistido tácitamente de la denuncia interpuesta. Macusani, 09 de julio del 2015. ROXANA CUTIPA CCUNO SECRETARIA JUDICIAL. (17, 20, 21 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO MODULO BASICO DE JUSTICIA DE AZANGARO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA EXPEDIENTE N° 0244-2014-59. JUEZ: SANTOS POMA MACHACA. Especialista Judicial: Celestino Yana Mamani. EDICTO PENAL - JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE AZANGARO. Expediente Nro. 0244-2014-59.- Se cita y emplaza al imputado OLIVER RICARDO CCUNO PARRA, con el contenido de la resolución número Uno, que señala fecha para la AUDIENCIA DE DECLARATORIA DE AUSENCIA, para el día SEIS DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE, A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, la misma que se realizará en la Sala de Audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Azángaro, proceso seguido en contra del citado, por la presunta comisión del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de lesiones, en su forma de Lesiones Graves, previsto en el Art. 121 primer párrafo inciso 3 del Código Penal, en agravio de Enrique Mamani Mamani. Azángaro, 26 de junio del 2015. CELSTINO YANA MAMANI ESPECIALISTA JUDICIAL. (17, 20, 21 Jul.) EDICTO DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE EL COLLAO – ILAVE El Juez del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de El Collao - llave, a cargo del Magistrado Dr. Julio Cesar Chucuya Zaga, con intervención del Especialista Judicial: Eduardo Chávez Domínguez, en el Proceso Penal expediente N° 0046-2013-11 -2105-JR-PE-01, seguido en contra de JULIAN MAMANI VILCA y DIGNA CORINA MAMANI VILCA, por la presunta comisión del delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la Modalidad de Lesiones en su forma de Lesiones Graves previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo

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121 inciso 3o del Código Penal, en agravio de Ninfa Mamani Vilca; CITA Y NOTIFICA a los acusados: JULIAN MAMANI VILCA y DIGNA CORINA MAMANI VILCA a fin de que asista acompañado de su abogado defensor a la AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL señalado para el día VEINTISÉIS DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00), en el Salón de Audiencias del Módulo Penal de El Collao -llave; bajo apercibimiento de declararse reo contumaz y ordenarse la captura del citados procesados hasta que sea habido en caso de su inasistencia.- Ilave, 10 de Julio del 2015. EDUARDO CHAVEZ DOMINGUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL. (17, 20, 21 Jul.) JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MELGARAYAVIRI EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Penal Unipersonal de la provincia de Melgar-Ayaviri, que despacha el Dr. Severiano Ramos Núñez, en el cuaderno de debate N° 00098-2014-84 por el delito de lesiones leves en agravio de VICTOR BARTOLOME HANCCO SALAZAR Y EN CONTRA DE JUAN WILFREDO RIQUELME ALVARADO Y CLODOALDO RIQUELME MAMANI emite RESOLUCION N°05, Ayaviri, siete de Julio del año dos mil quince VISTOS Y OIDOS: fundamentos expuestos y registrados en audio, por estas consideraciones SE DISPONE: QUE SE REALICEN LAS PUBLICACIONES EN EL DIARIO La República por el termino de ley a los sucesores legales del que en vida fue Víctor Bartolomé Hancco Salazar a efectos de que se hagan partes en el proceso acreditando con documentación idónea que acredite su representación bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal de dicho fallecido en caso de inconcurrencia de los herederos legales debiendo suspenderse la realización de la presente audiencia a resultas de que concurran los herederos legales del citado extinto o de nombrarse curador procesal. T. R. y H.S.- Ayaviri, 09 DE JULIO del 2015. GERALDO CHALCO UGARTE SECRETARIO JUDICIAL. (17, 20, 21 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO JUZGADO PENAL COLEGIADO DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA EDICTO JUDICIAL Los señores Jueces del JUZGADO PENAL COLEGIADO de la Sede Judicial de San Román, Dr. RUBEN GOMEZ AQUINO, VICTOR PAREDES MESTAS y RICHARD CONDORI CHAMBI, por medio del presente NOTIFICA A: SONIA HUANCA CALLO; con la finalidad de que asista a la audiencia de juicio oral programada para el día 20 de julio del 2015 a horas 10:00am a llevarse a cabo en las Instalaciones del Establecimiento Penitenciario de la capilla de Juliaca, ello ordenado en el proceso No. 481-2012-66-2111-JR-PE-02, seguido en contra de Ladislao Pauro Llutari y otro, por la presunta comisión del Delito de Receptación aduanera, en agravio del Estado Peruano. Asistente Jurisdiccional: Juan Pablo Guerra Cornejo. Juliaca, 14 de Julio del 2015. JUAN P. GUERRA CORNEJO ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES. (17, 20, 21 Jul.) EDICTO PENAL NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL A LOS IMPUTADOS LUIS YUCRA PÉREZ Y MARTÍN MAMANI ZAPANA Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitoria Especializado en Asuntos Ambientales del Cusco que despacha el Dr. Edson Ormachea Acurio, se tramita el Proceso Penal N° 02591-2014-0-1001-JR-PE-01, seguido contra LUIS YUCRA PÉREZ Y OTROS como presuntos AUTORES del delito de DEPREDACIÓN DE FLORA Y FAUNA SILVESTRE PROTEGIDA previsto y sancionado en el artículo 308-C del Código Penal, en agravio del Estado Peruano representado por el Procurador Público del Ministerio del Ambiente; en consecuencia conforme lo ordenado en Resolución N° 08, de fecha 13/07/2015 NOTIFÍQUESE MEDIANTE EDICTOS: a los investigados LUIS YUCRA PÉREZ Y MARTÍN MAMANI ZAPANA que RESUELVE: CÍTESE para el día viernes 14 de agosto del 2015 a horas 10:30 minutos de mañana (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria especializado en Delitos Medio Ambientales de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de éste último de excluirlo de la defensa y designar a un abogado de oficio como lo autoriza el artículo 85.1° del Código Procesal Penal, sin perjuicio de ser sancionado disciplinariamente. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido cita-

dos aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada, a efectos de posibilitar la incoación de un criterio de oportunidad, de ser el caso. Notifíquese por medio de edictos y conforme a ley. LO QUE NOTIFICO A USTED. Cusco, 13 de julio del 2015. EDSON ORMACHEA ACURIO JUEZ PROVISIONAL. (17, 20, 21 Jul.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DESCONCENTRADA DE INVESTIGACIONES Y VISITAS RESOLUCIÓN DE UNIDAD N° 0005-2015-BJAQ-UDIVODECMA-CSJPU Puno, nueve de julio de dos mil quince. De OFICIO. I. VISTOS: La Resolución de Unidad N° 0004-2015-BJAQ-UDIV-ODECMA-CSJPU del treinta de junio de dos mil quince. II. CONSIDERANDO: PRIMERO: Mediante la Resolución Jefatural N° 01-2015-ODECMA-CSJP del veintinueve de enero de dos mil quince, emitida por el Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta ciudad, se resuelve aprobar el programa anual de visitas judiciales ordinarias del año dos mil quince, propuesta por esta Unidad Desconcentrada de Investigaciones y Visitas; y, se dispone que la ejecución de las mismas se encuentran a cargo de esta Unidad. SEGUNDO: Es así que, se ha programado la visita judicial ordinaria a la Sala Mixta de la provincia de Huancané, a realizarse el día quince de julio de dos mil quince; por lo que, mediante Resolución de Unidad N° 0004-2015-BJAQ-UDIV-ODECMACSJPU del treinta de junio de dos mil quince, se nombra al señor Juez Superior Iván Alberto Quispe Aucca como magistrado visitador; sin embargo, la referida resolución no ha sido posible notificarla conforme lo establece el artículo 147° último párrafo del Código Procesal Civil. Por lo que, corresponde señalar nueva fecha para la realización de la visita judicial ordinaria a realizarse a la Sala mixta de la Provincia de Huancané. Por lo expuesto. III. SE RESUELVE: PRIMERO: SEÑALAR para el día VEINTE DE JULIO del presente año, la realización de la Visita Judicial Ordinaria a realizarse en la Sala Mixta de la Provincia de Huancané. SEGUNDO: PÓNGASE en conocimiento del Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Puno, del magistrado visitador y del órgano jurisdiccional que será visitado. BENNY JOSE ALVAREZ QUIÑONEZ JEFE UNIDAD DESCONCENTRADA DE INVESTIGACIONES Y VISITAS. (17, 20, 21 Jul.) EDICTO PENAL Expediente N° 219-2015-47 Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Puno Especialista de Causas: Henry Velásquez Enríquez Se ha dispuesto la Notificación por Edicto con la resolución N° 05, de fecha 14/07/15, al acusado ALFREDO QUISPE QUISPE, cuyo extracto de la parte pertinente, es el siguiente: “RESUELVE: Disponer el ARCHIN/ AMIENTO PROVISIONAL de la presente causa seguido en contra de ALFREDO QUISPE QUISPE, identificado con DNI 45306674, por la presunta comisión del delito de conducción en Estado de Ebriedad; en consecuencia, se dispone que se giren los oficios en forma periódica para la conducción del referido acusado, a efecto de que se puede llevar la audiencia de Juicio Oral, una vez sea puesto a disposición de este ^Órgano jurisdiccional, o en cuanto se presente en forma voluntaria”. Puno, 14 de julio de 2015. HENRY VELASQUEZ ENRIQUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL. (17, 20, 21 Jul.) EDICTO JUDICIAL EN EL EXPEDIENTE NO. 0156-2015-62-2101-JR-P&01, SEGUIDO EN CONTRA DE HILARIO BENITO YANA DE LA TORRE, POR EL delito Contra la Familia, EN AGRAVIO en agravio de menor Vanessa Anjaly Yana Coaquira representado por su señora madre María Rosa Coaquira Flores, EL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PUNO NOTIFICA a HILARIO BENITO YANA DE LA TORRE, con RESOLUCIÓN NRO. 05- 2015 DE FECHA Puno, 14 de Julio del año 2015. SE RESUELVE: SE RESUELVE: 1. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día TREINTA DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE, A HORAS OCHO DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, a realizarse en esta Sala de Audiencias, para el cual persisten los apercibimientos prevenidos en el Auto de Citación a Juicio Oral, es decir tiene carácter de INAPLAZABLE dicha fecha para la instalación de la audiencia, al cual deberá concurrir el acusado bajo

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apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia; debiendo NOTIFICARSELE en su domicilio real que proporciono la señora Fiscal en el JR. VICTORIA NRO. 460 de la ciudad de Juliaca, mayores precisiones deberán consignarse en la cédula respectiva, que la señorita Fiscal ha indicado, así mismo persisten los apercibimientos para la defensa pública así como para el Ministerio Público, señalados ya en el Auto de Citación a juicio Oral. Respecto a los órganos de prueba, en este acto de audiencia, deberá ser notificado para que se presente en la fecha señalada. Puno 15 de Julio del 2015. MARCELO PASSANO DEL CARPIO ESPECIALISTA JUDICIAL. (17, 20, 21 Jul.) EDICTO JUDICIAL Ante el 2do Juzg. Paz Letrado de San Román - Juliaca, a cargo del señor Juez Dr. Lizandro Muñuico Mamani, en el expediente Nro. 223- 2015-PE, mediante Resolución Nro. 01 cuyo extracto dice: SE RESUELVE: ARCHIVAR la denuncia interpuesta por Ruth Consuelo Huayhuas Rojas, por la presunta comisión de faltas contra la persona, en su modalidad lesiones dolosas leves, en contra de Verónica Flavia Chambi Ugarte y otro. Juliaca, 30 de Abril de 2015. LOURDES MAMANI CRUZ – SECRETARIA JUDICIAL. (17, 20, 21 Jul.) EDICTO JUDICIAL Ante el 2do Juzg. Paz Letrado de San Román - Juliaca, a cargo del señor Juez Dr. Lizandro Muñuico Mamani, en el expediente Nro. 121- 2015-FC, mediante Resolución Nro. 01 cuyo extracto dice: Segundo.- En la demanda se advierte algunos defectos de carácter formal, las que deben ser subsanadas oportunamente, siendo estas las siguientes: a) La demandante interpone demanda de alimentos, solicitando que el obligado aumente la pensión de alimentos de ciento ochenta nuevos soles al sesenta por ciento de la remuneración que percibe a favor de su hijo, sin embargo ello no es posible, ya que el aumento tiene que ser en la misma modalidad, es decir, si la pensión de alimentos se ha fijado en monto fijo el aumento también tiene que ser en monto fijo, y si la pensión de alimentos se fijó en porcentaje el aumento también tiene que ser en porcentaje, de tal manera que la accionante debe preciar su petitorio en ese sentido. Ahora bien, se puede pedir que la forma de prestar la pensión de alimentos se varíe de monto fijo a porcentaje, pero eso es otra pretensión denominado cambio en la forma de prestar alimentos, lo cual puede ser perfectamente solicitado por la accionante si así lo considera, pero para que ello ocurra tiene que concurrir motivos especiales que justifique esa medida, tal como establece el artículo 484 del Código Civil, de modo que si la accionante considera que se debe variar la forma de prestar alimentos de monto fijo a porcentaje, debe solicitar en ese sentido justificando los motivos, y a ello puede acumular en forma autónoma el aumento de alimentos en porcentaje; b) La vía procedimental propuesta no corresponde a la naturaleza del proceso, dado que el alimentista aún es menor de edad, en cuyo caso se tramita bajo las normas del Código de los Niños y Adolescentes, debiendo por tanto proponer la vía procedimental correcta teniendo en cuenta lo regulado por la norma legal en mención; c) Se adjuntó a la demanda la libreta de información del estudiante, el mismo que sin embargo no ha sido ofrecido como medio probatorio ni como anexo, por lo tanto la demandante debe indicar si ofrece o no como medio probatorio dicho documento; d) Ofrece como medios probatorios en los numerales 7.3 y 7.4, el recibo de pago y boleta de estudios, sin embargo no indica la cantidad de dichos comprobantes de pago, los mismos que deben ser detallados con los nombres correctos y la cantidad correspondiente de dichos comprobantes de pago; y, e) Los anexos de la demanda deben ser identificados con arreglo a lo previsto por el artículo 130 inciso 6) del Código Procesal Civil, consignando todos los anexos acompañados SE RESUELVE: DECLARAR INADMISIBLE la demanda interpuesta por Juana Balbina Chambilla Choque, sobre aumento de alimentos, en contra de Edwin Zegarra Saniso. En consecuencia, se CONCEDE a la demandante el plazo de TRES DÍAS, para que subsane las omisiones advertidas, bajo apercibimiento de rechazarse la demanda y disponerse la devolución de los anexos, en caso de incumplimiento, archivándose en la dependencia correspondiente. Juliaca, 30 de Abril de 2015. LOURDES MAMANI CRUZ – SECRETARIA JUDICIAL. (17, 20, 21 Jul.)

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Viernes, 17 de julio de 2015