Sesión de Pleno - Congreso

4 dic. 2014 - Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera; y, rechazada que fuera la ... establece la prohibición de ejerc
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PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2014 21.ª A SESIÓN (Matinal) JUEVES 4 DE DICIEMBRE DE 2014 PRESIDENCIA DE LA SEÑORA ANA MARÍA SOLÓRZANO FLORES, DE LOS SEÑORES MODESTO JULCA JARA Y NORMAN DAVID LEWIS DEL ALCÁZAR SUMARIO Se pasa lista.— Se reanuda la sesión.— A pedido de la congresista Oseda Soto, la Representación Nacional guarda un minuto de silencio por el deceso del alcalde electo de Satipo, señor Edgard Zevallos Ramírez.— Con dictamen favorable de la Comisión de Relaciones Exteriores, se sanciona el proyecto de resolución legislativa que aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo al Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL), en Cusco, Perú.— Se aprueba en primera votación el nuevo texto sustitutorio del proyecto de Ley que establece el uso de los sistemas de retención infantil (SRI) en el interior de los vehículos, suscrito por la presidenta de la Comisión de Transportes y Comunicaciones; y a continuación se acuerda exonerar de segunda votación dicha fórmula.— Se aprueba en primera votación, con las modificaciones introducidas en el curso del debate, el texto sustitutorio contenido en el dictamen de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, por el 1

que se promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y a la protección social; y la Presidencia expresa que, de conformidad con la norma reglamentaria pertinente, la referida fórmula sería objeto de segunda votación transcurridos siete días calendario.— Admitida a debate, se aprueba la moción de orden del día en virtud de la cual se otorgan facultades de comisión investigadora a la Comisión de Fiscalización y Contraloría para investigar las presuntas irregularidades en el accionar del señor Manuel Burga Seoane, como presidente de la Federación Peruana de Fútbol, y de funcionarios públicos, ante presunto ilícito de lavado de activos u otros, así como sus presuntos vínculos económicos con otras personas naturales y jurídicas.— Se acuerda designar a los integrantes de la Comisión Especial Multipartidaria de homenaje a Mariano Melgar Valdivieso, con ocasión de conmemorarse en el año 2015 el bicentenario de su fallecimiento.— Se aprueba en primera votación el texto sustitutorio del proyecto de Ley que crea el Instituto Nacional de Investigación de Glaciares y Ecosistemas de Montaña, consensuado entre la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado y la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología; y a continuación se acuerda exonerarlo de segunda votación.— Se aprueba en primera votación el nuevo texto sustitutorio del proyecto de Ley que promueve la reactivación de la economía, suscrito por el presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera; y, rechazada que fuera la exoneración de segunda votación de dicha fórmula, la Presidencia indica que se procedería al respecto conforme al trámite previsto en el Reglamento.— Se aprueba la aclaración formulada por el presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos respecto al proyecto de Ley que modifica diversos artículos del Código Procesal Civil, con el fin de promover la modernidad y la celeridad procesal, sancionado en sesión anterior; y la Presidencia manifiesta que la autógrafa seguiría el trámite correspondiente.— Se aprueba en segunda votación el nuevo texto sustitutorio, presentado por la presidenta de la Comisión de la Mujer y Familia en sesión anterior y sancionado en primera votación en esa oportunidad, relativo a la Ley que modifica el artículo 92.º del Código de los Niños y Adolescentes y el artículo 472.° del Código Civil, sobre noción de alimentos.— Se aprueba en segunda votación el texto sustitutorio consensuado entre las Comisiones de Trabajo y Seguridad Social y de Justicia y Derechos Humanos en anterior sesión y sancionado en primera votación en dicha ocasión, sobre la Ley que modifica el artículo 1 de la Ley 26771, que establece la prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el sector público en caso de parentesco.— Se aprueba el texto sustitutorio contenido en el dictamen de la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural, con el que el Pleno se allana a las observaciones formuladas por el Poder Ejecutivo a la autógrafa de la Ley que declara de interés nacional y necesidad pública el saneamiento físico-legal, protección, conservación y puesta en valor de la zona arqueológica monumental de Mocollope, ubicada en el distrito de Chocope, provincia de Ascope, departamento de La Libertad.— Se acuerda conceder la prórroga de 180 días hábiles adicionales para concluir la investigación, solicitada en su informe preliminar por la Comisión Investigadora sobre presuntas irregularidades y actos de corrupción en el gobierno regional de Áncash y su relación con la existencia de mafias y crimen organizado infiltrados en los órganos de gobierno e instancias del Estado.— A pedido del presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, ingresa a un cuarto intermedio el nuevo texto sustitutorio del proyecto de Ley de promoción de las inversiones para el crecimiento económico y desarrollo sostenible en las zonas de mayor exclusión social.— Se aprueba 2

en primera votación el texto sustitutorio, contenido en el dictamen de la Comisión de Vivienda y Construcción, por el cual se declara en emergencia y de necesidad pública la reubicación de la población de la zona baja del distrito de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto; y a continuación se acuerda exonerar de segunda votación la precitada fórmula legal.— Se aprueba en primera votación el nuevo texto sustitutorio, presentado por el presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, en virtud del cual se modifican diversos artículos del Código Civil; y la Presidencia indica que, de conformidad con el artículo 78 del Reglamento, se procedería a la segunda votación de dicha fórmula trascurridos que fueran siete días calendario.— Por disposición de la Presidencia, ingresa a un cuarto intermedio el nuevo texto sustitutorio del proyecto de Ley que establece parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del interés superior del aniño, suscrito por la presidenta de la Comisión de la Mujer y Familia.— Se aprueba la designación de los integrantes de la Comisión investigadora de las denuncias periodísticas sobre las presuntas actividades ilícitas del prófugo Martín Belaunde Lossio para obtener irregularmente contratos a favor de empresas vinculadas a él, y la posible vinculación con ellas de altos funcionarios del Estado.— Se aprueba la designación de los integrantes de la Comisión especial investigadora multipartidaria encargar de investigar y determinar la influencia del narcotráfico en los partidos políticos y en los movimientos regionales y locales.— Se acuerdan las modificaciones propuestas al Cuadro de Comisiones Ordinarias.— Se levanta la sesión. —A las 11 horas y 9 minutos, bajo la Presidencia de la señora Ana María Solórzano Flores e integrando la Mesa Directiva el señor Modesto Julca Jara, la señora Esther Capuñay Quispe y el señor Norman Lewis del Alcázar, el Relator pasa lista, a la que contestan los señores Miguel Grau Seminario1, Abugattás Majluf, Acha Romaní, Aguinaga Recuenco, Alcorta Suero, Andrade Carmona, Angulo Álvarez, Anicama Ñáñez, Apaza Ordóñez, Becerril Rodríguez, Bedoya de Vivanco, Belaunde Moreyra, Benítez Rivas, Cabrera Ganoza, Canches Guzmán, Cárdenas Cerrón, Castagnino Lema, Chacón De Vettori, Chávez Cossío, Chihuán Ramos, Coari Mamani, Condori Cusi, Condori Jahuira, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, Dammert Ego Aguirre, De la Torre Dueñas, Eguren Neuenschwander, Falconí Picardo, Fujimori Higuchi, Gagó Pérez, Galarreta Velarde, Gastañadui Ramírez, Grandez Saldaña, Gutiérrez Cóndor, Hurtado Zamudio, Iberico Núñez, Inga Vásquez, Isla Rojas, Kobashigawa Kobashigawa, Lay Sun, Llatas Altamirano, López Córdova, Medina Ortiz, Mendoza Frisch, Merino de Lama, Mulder Bedoya, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Núñez de Acuña, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pariona Galindo, Pérez del Solar Cuculiza, Portugal Catacora, Reggiardo Barreto, Rimarachín Cabrera, Rodríguez Zavaleta, Romero Rodríguez, Ruiz Loayza, Saavedra Vela, Simon Munaro, Tapia Bernal, Tejada Galindo, Tubino Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Valencia Quiroz, Valle Ramírez, Valqui Matos, Velásquez Quesquén, Zamudio Briceño, Zeballos Salinas y Zerillo Bazalar. (Los señores congresistas precitados, además de contestar a la list a registran su asistencia por medio del sistema digital.) Con licencia oficial, los congresistas Apaza Condori, Beingolea Delgado, Carrillo Cavero, Delgado Zegarra, Espinoza Cruz, García Belaunde, Huayama Neira, Jara Velásquez 1

Por Res. Leg. N.° 23680 (13-10-83), se dispone permanentemente una curul, en el Hemiciclo del Congreso, con el nombre del Diputado Miguel Grau Seminario. La lista de asistencia comenzará con el nombre del Héroe de la Patria, MIGUEL GRAU SEMINARIO, tras cuyo enunciado la Representación Nacional dirá ¡PRESENTE!

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(Presidenta del Consejo de Ministros), León Rivera, Omonte Durand (ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables), Otárola Peñaranda (ministro de Trabajo y Promoción del Empleo), Pérez Tello de Rodríguez y Reátegui Flores. Con licencia por enfermedad, los congresistas Bardález Cochagne, Luna Gálvez, Mora Zevallos, Rosas Huaranga, Sarmiento Betancourt e Yrupailla Montes. En función de representación, la congresista León Romero. Ausentes, los congresistas Acuña Núñez, Acuña Peralta, Bruce Montes de Oca, Ccama Layme, Chehade Moya, Coa Aguilar, Cordero Jon Tay, Díaz Dios, Elías Ávalos, Espinoza Rosales, Gamarra Saldívar, Guevara Amasifuen, Huaire Chuquichaico, Lescano Ancieta, Mavila León, Melgar Valdez, Molina Martínez, Monterola Abregú, Neyra Olaychea, Ramírez Gamarra, Reynaga Soto, Rivas Teixeira, Rondón Fudinaga, Salazar Miranda, Salgado Rubianes, Schaefer Cuculiza, Spadaro Philipps, Tait Villacorta, Tan de Inafuko, Teves Quispe, Uribe Medina, Vacchelli Corbetto, Wong Pujada y Yovera Flores. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Han registrado su asistencia 76 señores congresistas. El quórum para la presente sesión es 57. Con el quórum reglamentario, continúa la sesión. Con dictamen favorable de la Comisión de Relaciones Exteriores, se sanciona el proyecto de Resolución Legislativa que aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo al Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) en Cusco (Perú). La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continuamos con los puntos de la agenda. El RELATOR da lectura: Dictamen por unanimidad de la Comisión de Relaciones Exteriores, en que recomienda sancionar el Proyecto de Resolución Legislativa 3867/2014-PE, por el cual se propone aprobar el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para Educación, la Ciencia y la Cultura relativo al Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL), en Cusco, Perú, suscrito el 21 de julio de 2014 en París, República Francesa.(*) La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra, brevemente, la congresista Oseda Soto. La señora OSEDA SOTO (NGP).— Señora Presidenta, mi saludo a los congresistas presentes.

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Señora Presidenta, hoy parte de la Selva Central está de duelo, por lo que pido un minuto de silencio por quien en vida fue alcalde electo de Satipo, Edgard Zevallos Ramírez. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se invita a la Representación Nacional a guardar un minuto de silencio. —La Representación Nacional, puesta de pie, guarda un minuto de silencio por el sensible fallecimiento de quien en vida fue alcalde electo de Satipo, señor Edgard Zevallos Ramírez. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Gracias, señores congresistas. Se va a iniciar la sustentación del dictamen por unanimidad de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el Proyecto de Resolución Legislativa 3867, por el que se propone aprobar el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo al Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina en Cusco, Perú. La Junta de Portavoces, con fecha 25 de noviembre de 2014, acordó la ampliación de la agenda. Tiene la palabra la presidenta de la Comisión de Relaciones Exteriores, congresista Alcorta Suero. La señora ALCORTA SUERO (GPCP).— Presidenta: Efectivamente, este dictamen, recaído en el Proyecto de Resolución Legislativa 3867, propone aprobar el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo al Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL), en Cusco, Perú, que fue suscrito el 21 de julio de 2014 en París, República Francesa e ingresó a la Comisión de Relaciones Exteriores para su estudio el 21 de octubre de 2014. El dictamen fue aprobado por unanimidad en la novena sesión ordinaria, efectuada el 3 de noviembre de 2014. El Acuerdo consta de 21 artículos y tiene por objeto definir las modalidades de colaboración entre la UNESCO y el Gobierno peruano, así como los correspondientes derechos y obligaciones que asumirán las partes para el Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL), situado en la ciudad del Cusco. Cabe precisar que este Acuerdo reemplazará al primigenio Acuerdo CRESPIAL del año 2006. El actual Acuerdo CRESPIAL 2014 tiene una estructura sustancialmente similar al Acuerdo CRESPIAL 2006, pero con reformas. Es pertinente señalar que, conforme lo establece la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO, de 17 de octubre de 2003, se define patrimonio cultural inmaterial como los usos, representaciones, expresiones, 5

conocimientos y técnicas y espacios culturales, entre otros, que son inherentes a las comunidades o grupos a los cuales se trasmiten de generación en generación. Como se advirtió, este Convenio reemplazaría al Convenio 2006. Pero, ¿cuáles son las variaciones que contiene el actual Convenio 2014? No recoge privilegios ni inmunidades para ningún funcionario o experto que asista a las reuniones del Centro. El Convenio 2006 sí los establecía. Contribución mínima anual de 500 mil dólares a cargo de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco. Antes las cifras eran exactas. El plazo de funcionamiento es del 2014 al 2020, es decir, por seis años. En el Convenio anterior, del 2006, fue del 2006 al 2011, es decir, por un plazo de cinco años. Cuenta con las opiniones favorables del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Ministerio de Cultura. Es importante señalar que, a la fecha, son quince los países miembros del CRESPIAL: Argentina, Chile, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, México, Paraguay, Uruguay, Venezuela y Perú. El presente Acuerdo, suscrito entre el Perú y la UNESCO, se inscribe en el supuesto de las obligaciones financieras contempladas en el inciso 4) del artículo 56.° de la Constitución Política del Perú, en este caso, aportar un mínimo de 500 mil dólares americanos anuales para sufragar el costo administrativo del funcionamiento del Centro, los gastos de organización de las reuniones y otras actividades. Además, el Gobierno peruano pondrá a disposición del Centro locales para su sede en Cusco y el personal administrativo necesario para el desempeño de sus funciones, y sufragará los gastos correspondientes. Ahora bien, la contribución de la UNESCO es aportar la colaboración de sus expertos en los ámbitos de especialidad del Centro. Procederá, en función de las necesidades, a intercambios temporales de miembros de su personal, que permanecerán en las nóminas de la organización de la que procedan; adscribirá temporalmente a miembros de su personal, en virtud de una decisión adoptada con carácter excepcional por el Director General, cuando lo justifique la ejecución de una actividad o un proyecto conjunto en un ámbito estratégico prioritario del programa. Finalmente, con la aprobación de este Acuerdo por unanimidad se continuará fomentando un espacio latinoamericano de intercambio de políticas nacionales para salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial a través del desarrollo del proyecto multinacional. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluida la sustentación, se da inicio al debate. El presente dictamen ha sido aprobado por unanimidad, por lo que cada grupo parlamentario tendrá un máximo de dos minutos para exponer su posición sobre el proyecto, en aplicación del tercer párrafo del inciso b) del artículo 55.° del Reglamento. 6

Se ofrece la palabra. No habiendo solicitado la palabra ningún otro parlamentario, la tiene la presidenta de la Comisión de Relaciones Exteriores, congresista Alcorta Suero. La señora ALCORTA SUERO (GPCP).— Presidenta, es bastante clara esta propuesta. Estamos comprometidos con ella, y, por lo tanto, solicito la votación del proyecto de resolución legislativa. Me pide una interrupción el congresista Abugattás. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Abugattás Majluf. El señor ABUGATTÁS MAJLUF (NGP).— Señora Presidenta, pido que conste en acta de que se trata de un proyecto de resolución legislativa que incorpora gasto, porque se están asignando 500 mil dólares anuales. Pero lo que me llama la atención es que se presente la lista de los trabajadores que ya tienen contratados o que serán contratados. La verdad, me llama poderosamente la atención que se presente un proyecto de resolución legislativa con los cargos, los nombres y las personas que están contratadas. Yo no sé si aquí vamos a sancionar una resolución legislativa con nombre propio. Simplemente, hago la consulta a la presidenta de la Comisión, porque esto me llama la atención. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúe, congresista Alcorta Suero. La señora ALCORTA SUERO (GPCP).— Quiero informarle al congresista Abugattás que este centro regional se viene implementando desde el año 2006, y su personal sigue siendo el mismo, no se ha incrementado absolutamente nada. Es una continuidad de lo que ya existía en el año 2006, y lo mismo se amplía al año 2020. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la segunda interrupción, congresista Abugattás Majluf. El señor ABUGATTÁS MAJLUF (NGP).— Claro, pero yo pregunto si se está pretendiendo perennizar a dicho personal a través de esta resolución legislativa. No creo que podamos aprobar una resolución legislativa que otorga permanencia, durante 20 años, a un grupo de trabajadores. Me imagino que eso debe ser aclarado adecuadamente, porque sería inconstitucional. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúe, congresista Alcorta Suero.

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La señora ALCORTA SUERO (GPCP).— Presidenta, es la continuidad de un compromiso asumido respecto del CRESPIAL, no representa indemnización alguna, y tenemos que asumirlo exactamente igual hasta el año 2020. En consecuencia, solicito que se vote este proyecto de resolución legislativa. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Finalizado el debate, los señores congresistas se servirán registrar su asistencia para proceder a votar. —Los señores congresistas registran su asistencia mediante el sistema digital para verificar el quórum. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Han registrado su asistencia 71 congresistas. Al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se sanciona, por 69 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, el proyecto de resolución legislativa que aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo al Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL), en Cusco, Perú. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Ha sido aprobado. Se deja constancia del voto a favor de los congresistas Chacón De Vettori, Díaz Dios, Ccama Layme, Valqui Matos, Cabrera Ganoza, Galarreta Velarde, Tait Villacorta, Simon Munaro, Portugal Catacora, Molina Martínez, Urquizo Maggia y Coari Mamani. De conformidad con el penúltimo párrafo del artículo 78.° del Reglamento, el presente proyecto de resolución legislativa no requiere de segunda votación. —El texto aprobado es el siguiente: “EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA RELATIVO AL CENTRO REGIONAL PARA LA SALVAGUARDIA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL DE AMÉRICA LATINA (CRESPIAL) EN CUSCO (PERÚ) Artículo único. Objeto de la Resolución Legislativa Apruébase el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo al Centro 8

Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) en Cusco (Perú), suscrito el 21 de julio de 2014 en París, República Francesa. Comuníquese, etc.” “Votación del proyecto de Resolución Legislativa 3867 Señores congresistas que votaron a favor: Abugattás Majluf, Acuña Peralta, Aguinaga Recuenco, Alcorta Suero, Andrade Carmona, Angulo Álvarez, Anicama Ñáñez, Apaza Ordóñez, Becerril Rodríguez, Bedoya de Vivanco, Benítez Rivas, Canches Guzmán, Capuñay Quispe, Castagnino Lema, Chávez Cossío, Chihuán Ramos, Coa Aguilar, Condori Cusi, Condori Jahuira, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, Dammert Ego Aguirre, De la Torre Dueñas, Eguren Neuenschwander, Elías Ávalos, Falconí Picardo, Fujimori Higuchi, Gagó Pérez, Gastañadui Ramírez, Grandez Saldaña, Guevara Amasifuen, Gutiérrez Cóndor, Huaire Chuquichaico, Hurtado Zamudio, Iberico Núñez, Inga Vásquez, Isla Rojas, Julca Jara, Kobashigawa Kobashigawa, Lay Sun, Lewis del Alcázar, Llatas Altamirano, López Córdova, Mavila León, Medina Ortiz, Mendoza Frisch, Merino de Lama, Mulder Bedoya, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Neyra Olaychea, Núñez de Acuña, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pariona Galindo, Pérez del Solar Cuculiza, Reggiardo Barreto, Rodríguez Zavaleta, Ruiz Loayza, Saavedra Vela, Tan de Inafuko, Tapia Bernal, Tejada Galindo, Tubino Arias Schreiber, Valencia Quiroz, Valle Ramírez, Zamudio Briceño, Zeballos Salinas y Zerillo Bazalar.” Se aprueba en primera votación el nuevo texto sustitutorio del proyecto de Ley que establece el uso de los sistemas de retención infantil (SRI) en el interior de los vehículos, suscrito por la presidenta de la Comisión de Transportes y Comunicaciones; y a continuación se acuerda exonerar de segunda votación dicha fórmula La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— El siguiente punto. El RELATOR da lectura: Proyecto pendiente de segunda votación Dictamen de la Comisión de Transportes y Comunicaciones, con un texto sustitutorio del Proyecto de Ley 2832/2013-CR, por el que se propone establecer el uso de los sistemas de retención infantil conocidos como sillas de bebé/niño, así como de cinturones de seguridad en el interior de los vehículos, para niños de hasta doce años de edad.(*) La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— De conformidad con la parte pertinente del artículo 78.° del Reglamento del Congreso, se inicia el debate para la segunda votación del texto sustitutorio presentado por la presidenta de la Comisión de Transportes y Comunicaciones, recaído en el Proyecto de Ley 2832 y aprobado en la sesión del Pleno de 6 de noviembre de 2014, por el que se propone establecer el uso de los sistemas de retención infantil en el interior de los vehículos. Tiene la palabra la presidenta de la Comisión de Transportes y Comunicaciones, congresista Oseda Soto. 9

La señora OSEDA SOTO (NGP).— Señora Presidenta, alcanzo un nuevo texto del que se aprobó en primera votación el 6 de noviembre de 2014, en el que se han hecho las siguientes modificaciones: En el artículo 5 se ha agregado la palabra ‘universal’ y se ha retirado el último párrafo del mismo artículo, por ser una repetición, para una mejor redacción. Alcanzo este texto para que el señor Relator le dé lectura. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluida la sustentación, se da inicio al debate. Se va a dar lectura al texto que acaba de presentar la presidenta de la Comisión, mientras se reparte copia del mismo a los congresistas. El RELATOR da lectura: Texto sustitutorio del Proyecto de Ley 2832, presentado el 4 de diciembre de 2014 a las 12:17 horas por la congresista Oseda Soto, presidenta de la Comisión de Transportes Ley que establece el uso de los sistemas de retención infantil en el interior de los vehículos Artículo 1. Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto establecer la obligatoriedad del uso de los sistemas de retención infantil (SRI), conocidos como sillas de bebé/ niño, así como de cinturones de seguridad universal en el interior de los vehículos, para niños de hasta doce años de edad, que deben ir firmemente asegurados en el asiento posterior del vehículo para retener al niño en el asiento en caso se produzca una parada o desaceleración brusca o colisión, manteniéndolo alejado de la estructura del vehículo y protegido de lesiones. Artículo 2. Responsable del uso de los sistemas de retención infantil (SRI) y del cinturón de seguridad El que conduce un vehículo de uso particular, comprendido en la categoría M1, en el cual viaja un niño de hasta doce años de edad, asegura al menor en el asiento posterior del vehículo, utilizando los sistemas de retención infantil (SRI) y los cinturones de seguridad universal adecuados a su edad. El cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley con relación a los conductores de otros vehículos es establecido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en forma proporcional. Artículo 3. Clasificación del aseguramiento por grupos infantiles Todo niño de hasta doce años de edad que viaje en un vehículo automotor debe colocarse en el asiento posterior del vehículo de acuerdo a la siguiente clasificación: a)

Grupo 0: Niños hasta un año de edad 10

b)

Los niños viajan asegurados con sistemas de retención infantil (SRI), conocidos como sillas de bebé/ niño, colocados mirando hacia el asiento posterior, en sentido contrario a la marcha, es decir, el niño va de espaldas, no de frente. Grupo I: Niños entre uno a tres años de edad Los niños viajan asegurados con sistemas de retención infantil (SRI), conocidos como sillas de bebé/niño, acorde a su edad.

c) Grupo II: Niños entre tres a doce años de edad Los niños viajan asegurados con el cinturón de seguridad universal. Artículo 4. Calidad y condiciones de los sistemas de retención infantil (SRI) Los sistemas de retención infantil (SRI), conocidos como sillas de bebé/ niño, son de calidad probada, adecuados para el tamaño y peso de los niños y están bien instalados; asimismo, son homologados y cumplen ciertas condiciones mínimas estipuladas en el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito — Código de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo 016-2009-MTC. Artículo 5. Acciones de promoción Los Ministerios de Transportes y Comunicaciones y de Salud implementan acciones de promoción financiadas con cargo al presupuesto institucional propio, tendientes a informar, sensibilizar y concientizar a la población sobre el uso de los sistemas de retención infantil (SRI) y de los cinturones de seguridad universal para los niños, sin demandar recursos adicionales al tesoro público, así como para el control estricto del cumplimiento de la presente ley. Disposición Complementaria Final Única. Adecuación del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito — Código de Tránsito El Poder Ejecutivo, en el plazo de ciento veinte días útiles, adecúa el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito — Código de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo 016-2009-MTC, a las disposiciones establecidas en la presente Ley, el mismo que contempla su implementación de manera gradual. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se ofrece la palabra. Tiene la palabra la congresista Schaefer Cuculiza. La señora SCHAEFER CUCULIZA (GPFP).— Presidenta: Saludo a usted y a la Mesa Directiva por haber puesto a consideración del Pleno este proyecto tan importante, que proviene de una iniciativa del congresista Kenji Fujimori, y que fue recibido por la opinión pública de manera bastante positiva. Pude ver, en una serie de informes periodísticos, la importancia de este proyecto de ley para salvar la vida de niños, niñas y bebés. Me quedé impresionada al ver en varios 11

canales de televisión accidentes realmente desastrosos, donde toda la familia había muerto, y gracias a este sistema de retención, el único que sobrevivió fue una criatura. Tengo un video sobre el particular; lamentablemente, he llegado un poquito tarde. Pero si algún otro colega hace uso de la palabra, vamos a ubicarlo, para que sepan todos los congresistas la importancia de este proyecto de ley. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Abugattás Majluf. El señor ABUGATTÁS MAJLUF (NGP).— Señora Presidenta: Advierto aquí un vacío, por lo que creo que tiene que incorporarse el requisito de que los vehículos que se importen al país deben tener los ganchos para poder colocar las sillas. Tengo entendido que casi el 30% de los vehículos que vienen de China no tienen esos ganchos. Entonces, habría que incorporar al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para que regule la importación de vehículos con el fin de que los tengan; porque ¿para qué hacemos una ley si los vehículos que entran al país no tienen esos ganchos para colocar las benditas sillas estas? Me pide una interrupción la congresista Alcorta. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Alcorta Suero. La señora ALCORTA SUERO (GPCP).— Una consultita nomás. Acá dice: ‘El que conduce un vehículo de uso particular, comprendido en la categoría MI’. Lo que quiero saber es a qué se refieren con ‘vehículo de uso particular’, porque los taxis son vehículos particulares pero de servicio público. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúe, congresista Abugattás Majluf. El señor ABUGATTÁS MAJLUF (NGP).— No podemos dejar de considerar que se pueda seguir comercializando en el mercado vehículos que no traen los elementos básicos de seguridad. Mal podemos dar una norma que exija que se coloquen esas sillas, cuando, por otro lado, se permite el ingreso de vehículos que no tienen ninguno de esos elementos que permiten darle seguridad no solamente al niño sino a todos los pasajeros del asiento trasero. Entonces, esto debería ser considerado por la presidenta de la Comisión e incorporar, no sé si al Ministerio de Comercio Exterior para que se encargue de ese asunto o un artículo adicional con ese fin. Lo dejo a discreción de ella. Gracias.

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La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— No estando inscrito otro congresista en el rol de oradores, tiene la palabra la presidenta de la Comisión de Transportes, congresista Oseda Soto. La señora OSEDA SOTO (NGP).— Presidenta, justamente se trata de vehículos de servicio particular. Es muy importante, colegas, trabajar en prevención, y este proyecto tiene esa intención, por lo que pido que se someta a votación. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Congresista, permítale una interrupción al congresista Belaunde Moreyra. Puede proceder, congresista. El señor BELAUNDE MOREYRA (SN).— Se dice que esto es para automóviles de uso particular, pero el artículo 3 no corresponde a lo que señala la congresista Oseda, que promueve este proyecto. Se habla de todo niño de hasta doce años de edad que viaje en un vehículo automotor; y los vehículos automotores pueden ser de uso particular, como los que tiene la inmensa mayoría de los congresistas; o pueden ser automóviles de servicio público, que son los así llamados taxis. Entonces, aquí hay una contradicción. Esta es una ley llena de buenas intenciones, con un propósito muy loable; pero, en mi opinión, tiene el defecto incurable de que incide en una excesiva reglamentación. Personalmente me abstendré al momento de votar. En poco tiempo habrá que modificar esta ley, se los aseguro. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúe, congresista Oseda Soto. La señora OSEDA SOTO (NGP).— Presidenta, me pide otra interrupción el congresista Coa. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— La segunda interrupción es para el congresista Coa Aguilar. El señor COA AGUILAR (NGP).— Señora Presidenta, veo que este es un asunto que está absolutamente claro, porque el artículo 2 habla del que conduce un vehículo de uso particular; así que no entiendo el sentido de algunas apreciaciones que se están haciendo. Creo que con eso está bastante claro el texto. Me adhiero a la solicitud de la presidenta, a los efectos de que de una vez se someta a votación esta propuesta. Muchas gracias. 13

La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Bedoya. El señor BEDOYA DE VIVANCO (PPC-APP).— Presidenta: Acabo de revisar y he visto que, en la primera votación, nosotros omitimos votar porque teníamos muchas dudas sobre ese aspecto, y estas dudas subsisten. Coincidiendo con las expresiones del congresista Martín Belaunde, el proyecto puede estar lleno de buenas intenciones, pero no es acorde con la realidad del Perú. La gran mayoría de gente no tiene estos sistemas dentro de los vehículos. No se trata simplemente de comprar una silleta para colocarla en el interior de los mismos. Me pregunto cómo se va a hacer con todos los vehículos, por ejemplo, que sirven para el transporte de los niños en edad escolar a los colegios; o que harán las familias que tienen criaturas de diversas edades. De acuerdo con este proyecto, habría hasta tres tipos de asientos. Cuando es una criatura de hasta un año de edad, tiene que tener esos asientos que van en sentido contrario al del avance el auto, o sea, el infante va sentado mirando hacia atrás. Después de un año, es otro tipo de sillas; y después de tres años, basta que sea con el cinturón de seguridad que traen habitualmente todos los vehículos. Creo que esto va a ser el más grande negocio de los policías corruptos, que van a encontrar cómo detener vehículos que conducen criaturas, para ver cómo sacan, sobre todo en épocas prenavideñas, su alguito navideño. Estamos queriendo trasladar una legislación que probablemente es muy válida en Suiza a una realidad como la peruana. No estoy en contra del proyecto, pero no estoy conforme con él; me parece que es inviable, no es operable en el Perú, por lo menos a rajatabla. Tampoco se está poniendo plazo para implementar los vehículos. Esto significa que al día siguiente de publicada la ley, si es que es publicada, ya es exigible. En consecuencia, creo que la ley no ha sido adecuadamente estudiada. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra la congresista Oseda Soto. La señora OSEDA SOTO (NGP).— Presidenta, actualmente quienes usan el cinturón de seguridad para su protección son los adultos, descuidándose a los menores. Este es meramente un trabajo de prevención. Para nadie es un secreto los innumerables accidentes que vienen ocurriendo a la fecha; y, prácticamente, ni el ministerio ni a veces la familia tienen dinero para atender las emergencias. Esta iniciativa tiene opinión favorable de los Ministerios de Educación, de Transportes y Comunicaciones y de Salud; y lo demás se va a adecuar con el reglamento. Invoco a los colegas hacer una reflexión y apoyar esta iniciativa, que es de importancia. 14

Pido que se pase al voto. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Antes de proceder a la votación de este importante proyecto, la Presidencia expresa el saludo de la Representación Nacional a los jóvenes parlamentarios de las regiones de Ayacucho, Huánuco, Puno y Tumbes, que están en las galerías. (Aplausos.) Asimismo, saluda al señor Henning Senger, representante regional para Perú, Bolivia y Ecuador de la Fundación Hanns Seidel, auspiciador del programa, así como al equipo de Participación Ciudadana del Congreso, por la colaboración en este IV Plenario Nacional del Parlamento Joven. Bienvenidos. Señores congresistas, sírvanse registrar su asistencia para proceder a consultar en primera votación el nuevo texto sustitutorio con las modificaciones alcanzadas por la presidenta de la Comisión de Transportes y Comunicaciones. —Los señores congresistas registran su asistencia mediante el sistema digital para verificar el quórum. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Han registrado su asistencia 85 congresistas. Antes de proceder al voto, tiene la palabra la congresista Schaefer Cuculiza. La señora SCHAEFER CUCULIZA (GPFP).— Presidenta, teniendo la oportunidad de contar aquí con los parlamentarios jóvenes, a los cuales saludamos, le agradecería que se proyecte este video de dos minutos; porque la idea es crear conciencia para proteger a nuestros niños, así como la conciencia que hoy nos está inculcando la COP20 que se celebra en nuestro país. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se va a proyectar. —Se proyecta video. “El señor .—... y presentado en el Congreso de la República, que plantea que los niños a los doce años viajen por seguridad en asientos protectores, esas sillas para los bebes, pero sería hasta los doce años en vehículos particulares. Hay gente que ha puesto el grito en el cielo; hay gente que está de acuerdo y [...?] Julián y ya después de la nota. Muñoz, adelante. —Se percibe un accidente vehicular.

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El señor .— Para evitar estos mortales accidentes vehiculares que afectan a niños, el Congreso de la República aprobó que el uso de sillas para bebés y los respectivos cinturones de seguridad en el asiento posterior de los vehículos particulares sea obligatorio. El señor .— Este tipo de sistemas de retención infantil va a ser importantísimo para reducir los altos índices de accidentes, sobre todo de niños de cero a diez años, que son las sillas que [...?] La correa de seguridad está hecha para adultos, no está hecha para niños. Entonces, uno cuando se va de paseo lleva a un niño; a veces yo he visto en carreteras que la mamá lleva a niño, cuando dice que lleva la correa de seguridad, pero el niño no tiene ninguna correa de seguridad. El señor .— Por ejemplo, preste mucha atención a estas imágenes en las que un [...?] que no lleva un cinturón de seguridad sale expulsado por el parabrisas delantero del vehículo. Ahora, fíjese qué hubiera sucedido si el niño estaba sentado en esta silla de retención infantil que propone la Comisión de Transportes del Congreso.” La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se aprueba en primera votación, por 53 votos a favor, ninguno en contra y 28 abstenciones, el nuevo texto sustitutorio del proyecto de Ley que establece el uso de los sistemas de retención infantil (SRI) en el interior de los vehículos. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se deja constancia del voto a favor de la Presidencia y de los congresistas Díaz Dios, Tapia Bernal, Cabrera Ganoza, Canches Guzmán, Gutiérrez Cóndor y Vacchelli Corbetto; y del cambio de voto de abstención por voto a favor del congresista Grandez Saldaña. Ha sido aprobado en primera votación el nuevo texto sustitutorio del Proyecto de Ley 2832. —El texto aprobado es el siguiente: “EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE ESTABLECE EL USO DE LOS SISTEMAS DE RETENCIÓN INFANTIL (SRI) EN EL INTERIOR DE LOS VEHÍCULOS Artículo 1. Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto establecer la obligatoriedad del uso de los sistemas de retención infantil (SRI), conocidos como sillas de bebé/niño, así como de cinturones de seguridad universal en el interior de los vehículos, para niños de hasta doce años de edad, que deben ir firmemente asegurados en el asiento posterior del vehículo para retener al niño en el asiento en caso de que se produzca una parada o desaceleración 16

brusca o colisión, manteniéndolo alejado de la estructura del vehículo y protegido de lesiones. Artículo 2. Responsable del uso de los sistemas de retención infantil (SRI) y del cinturón de seguridad universal El que conduce un vehículo de uso particular, comprendido en la categoría M1, en el cual viaja un niño de hasta doce años de edad, asegura al menor en el asiento posterior del vehículo, utilizando los sistemas de retención infantil (SRI) y los cinturones de seguridad universal adecuados a su edad. El cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley con relación a los conductores de otros vehículos es establecido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en forma proporcional. Artículo 3. Clasificación del aseguramiento por grupos infantiles Todo niño de hasta doce años de edad que viaje en un vehículo automotor debe colocarse en el asiento posterior del vehículo de acuerdo a la siguiente clasificación: a)

Grupo 0 : Niños hasta un año de edad

Los niños viajan asegurados con sistemas de retención infantil (SRI), conocidos como sillas de bebé/niño, colocados mirando hacia el asiento posterior, en sentido contrario a la marcha, es decir, el niño va de espaldas, no de frente. b)

Grupo I : Niños entre uno y tres años de edad

Los niños viajan asegurados con sistemas de retención infantil (SRI), conocidos como sillas de bebé/niño, acorde a su edad. c)

Grupo II : Niños entre tres y doce años de edad

Los niños viajan asegurados con el cinturón de seguridad universal. Artículo 4. Calidad y condiciones de los sistemas de retención infantil (SRI) Los sistemas de retención infantil (SRI), conocidos como sillas de bebé/niño, son de calidad probada, adecuados para el tamaño y peso de los niños y están bien instalados; asimismo, son homologados y cumplen ciertas condiciones mínimas estipuladas en el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito – Código de Tránsito, aprobado por el Decreto Supremo 016-2009-MTC. Artículo 5. Acciones de promoción Los ministerios de Transportes y Comunicaciones y de Salud implementan acciones de promoción financiadas con cargo al presupuesto institucional propio, tendientes a informar, sensibilizar y concientizar a la población sobre el uso de los sistemas de retención infantil (SRI) y de los cinturones de seguridad universal para los niños, sin demandar recursos adicionales al tesoro público, así como para el control estricto del 17

cumplimiento de la presente Ley. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. Adecuación del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito – Código de Tránsito El Poder Ejecutivo, en el plazo de ciento veinte días útiles, adecúa el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito, aprobado por el Decreto Supremo 016-2009-MTC, a las disposiciones establecidas en la presente Ley, el mismo que contempla su implementación de manera gradual. Comuníquese, etc.” “Primera votación del nuevo texto sustitutorio del Proyecto 2832 Señores congresistas que votaron a favor: Acuña Peralta, Aguinaga Recuenco, Angulo Álvarez, Anicama Ñáñez, Apaza Ordóñez, Becerril Rodríguez, Benítez Rivas, Capuñay Quispe, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Chacón De Vettori, Chávez Cossío, Chihuán Ramos, Coa Aguilar, Condori Cusi, Cuculiza Torre, De la Torre Dueñas, Elías Ávalos, Falconí Picardo, Fujimori Higuchi, Gagó Pérez, Gastañadui Ramírez, Hurtado Zamudio, Isla Rojas, Julca Jara, Kobashigawa Kobashigawa, León Romero, Lewis del Alcázar, López Córdova, Medina Ortiz, Molina Martínez, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Neyra Olaychea, Núñez de Acuña, Oseda Soto, Pariona Galindo, Pérez del Solar Cuculiza, Portugal Catacora, Reggiardo Barreto, Rodríguez Zavaleta, Salazar Miranda, Schaefer Cuculiza, Spadaro Philipps, Tait Villacorta, Tan de Inafuko, Tubino Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Valqui Matos, Velásquez Quesquén, Wong Pujada, Zeballos Salinas y Zerillo Bazalar. Señores congresistas que se abstuvieron: Abugattás Majluf, Bedoya de Vivanco, Belaunde Moreyra, Chehade Moya, Coari Mamani, Condori Jahuira, Crisólogo Espejo, Dammert Ego Aguirre, Eguren Neuenschwander, Galarreta Velarde, Grandez Saldaña, Guevara Amasifuen, Huaire Chuquichaico, Iberico Núñez, Inga Vásquez, Lay Sun, Llatas Altamirano, Mavila León, Mendoza Frisch, Merino de Lama, Pari Choquecota, Rivas Teixeira, Saavedra Vela, Simon Munaro, Tejada Galindo, Valencia Quiroz, Valle Ramírez y Zamudio Briceño.” La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra la presidenta de la Comisión de Transportes. La señora OSEDA SOTO (NGP).— Presidenta, solicito que se exonere de segunda votación este proyecto de ley. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Con la misma asistencia, se va a consultar la exoneración de segunda votación solicitada. Al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital.

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—Efectuada la consulta, se acuerda, por 50 votos a favor, 13 en contra y 15 abstenciones, exonerar de segunda votación el nuevo texto sustitutorio del proyecto de Ley que establece el uso de los sistemas de retención infantil (SRI) en el interior de los vehículos. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Ha sido acordado. Se deja constancia del voto a favor de los congresistas Tapia Bernal, Díaz Dios, Portugal Catacora, Vacchelli Corbetto, Canches Guzmán, Gutiérrez Cóndor y Cabrera Ganoza. Ha sido exonerado de segunda votación el nuevo texto sustitutorio del Proyecto de Ley 2832. “Votación de la exoneración de segunda votación del nuevo texto sustitutorio del Proyecto 2832 Señores congresistas que votaron a favor: Acuña Peralta, Aguinaga Recuenco, Angulo Álvarez, Anicama Ñáñez, Apaza Ordóñez, Becerril Rodríguez, Benítez Rivas, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Chacón De Vettori, Chávez Cossío, Chihuán Ramos, Coa Aguilar, Condori Cusi, Cuculiza Torre, De la Torre Dueñas, Elías Ávalos, Fujimori Higuchi, Gagó Pérez, Gastañadui Ramírez, Grandez Saldaña, Hurtado Zamudio, Isla Rojas, Julca Jara, Kobashigawa Kobashigawa, León Romero, Lewis del Alcázar, López Córdova, Medina Ortiz, Molina Martínez, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Neyra Olaychea, Núñez de Acuña, Oseda Soto, Pariona Galindo, Reggiardo Barreto, Rodríguez Zavaleta, Salazar Miranda, Schaefer Cuculiza, Spadaro Philipps, Tait Villacorta, Tan de Inafuko, Tubino Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Valqui Matos, Velásquez Quesquén, Wong Pujada, Zeballos Salinas y Zerillo Bazalar. Señores congresistas que votaron en contra: Abugattás Majluf, Bedoya de Vivanco, Chehade Moya, Eguren Neuenschwander, Galarreta Velarde, Iberico Núñez, Llatas Altamirano, Rivas Teixeira, Simon Munaro, Tejada Galindo, Valencia Quiroz, Valle Ramírez y Zamudio Briceño. Señores congresistas que se abstuvieron: Belaunde Moreyra, Coari Mamani, Condori Jahuira, Crisólogo Espejo, Dammert Ego Aguirre, Guevara Amasifuen, Huaire Chuquichaico, Inga Vásquez, Lay Sun, Mavila León, Mendoza Frisch, Merino de Lama, Pari Choquecota, Pérez del Solar Cuculiza y Saavedra Vela.” La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Fujimori Higuchi, como autor del proyecto original. El señor FUJIMORI HIGUCHI (GPFP).— Presidenta, quiero agradecer a la Representación Nacional por el voto emitido, porque lo que esta ley busca es inculcar una cultura de prevención y, de esa manera, reducir los índices de mortalidad infantil y las lesiones graves en los niños de hasta doce años. Obviamente, hay que buscar la gradualidad, y de esa manera vamos a revertir estas estadísticas tristes que refleja la realidad nacional. 19

Muchas gracias. Por disposición de la Presidencia ingresa a un cuarto intermedio el texto sustitutorio materia de debate, propuesto por la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, que fuera aprobado en primera votación en sesión anterior, sobra la Ley que promueve la reactivación de la economía La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— El siguiente punto. El RELATOR da lectura: Proyecto pendiente de segunda votación Dictamen de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, con un texto sustitutorio del Proyecto de Ley 4007/2014-PE, por el cual se propone promover la reactivación de la economía. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— De conformidad con la parte pertinente del artículo 78.° del Reglamento del Congreso, se inicia el debate para la segunda votación del texto sustitutorio del Proyecto de Ley 4007, presentado por el presidente de la Comisión de Economía y aprobado en la sesión del Pleno de 26 de noviembre de 2014, por el que se propone promover la reactivación de la economía. Tiene la palabra el presidente de la Comisión de Economía, congresista Huaire Chuquichaico. El señor HUAIRE CHUQUICHAICO (PP).— Señora Presidenta: Antes de ir a la segunda votación de este proyecto, recogiendo el pedido de los señores congresistas, propongo que se retire y modifique en el texto del dictamen lo correspondiente a la eliminación de la tasa aplicable a los dividendos distribuidos a personas jurídicas domiciliadas, manteniéndose el esquema tributario vigente. Asimismo, se precisa en los artículos 74.° y 86.° la reducción del 10% a 8% en lo concerniente a los pagos a cuenta en las rentas de cuarta categoría. Alcanzo a la Mesa el texto para que el señor Relator le dé lectura. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluida la sustentación, se da inicio al debate. Tiene la palabra el congresista Cárdenas Cerrón. El señor CÁRDENAS CERRÓN (NGP).— Presidenta: Mi saludo a todos los colegas. Esta norma es muy importante para poder enfrentar el ciclo recesivo que afronta nuestro país y busca, en ese sentido, dar mayor liquidez a la población en general y a las empresas. 20

Respecto al artículo 74.° del Proyecto de Ley 4007, en lo referido a la cuarta categoría, queremos que se pueda considerar la reducción del monto de retención que se realiza a las personas que emiten recibos por honorarios profesionales u oficios, en este caso, los profesionales independientes. En el artículo 74.° se dice que deberán retener con carácter de pago a cuenta del Impuesto a la Renta el 8%. Queremos, entonces, que el presidente de la Comisión de Economía pueda valorar esto. Pero también, a la vez, queremos que se pueda considerar en el artículo 86 lo mismo, ya que habla de cuotas mensuales que determinarán aplicando la tasa del 8%. Es importante que las personas que están sujetas a esta retención del Impuesto a la Renta de cuarta categoría tengan la liquidez necesaria a partir del 1 de enero del año 2015. Eso es lo que estaremos alcanzando al presidente de la Comisión de Economía. Pero también quisiéramos que pueda considerar algunas propuestas con relación al Impuesto a la Renta de tercera categoría. En este Impuesto a la Renta de tercera categoría hay dos involucrados: la empresa y los accionistas en lo que se refiere a la distribución de dividendos. A la empresa se le retiene el 30%. Con la propuesta se busca que los descuentos sean escalonados: 28%, 27% y 26%. El objetivo de esta reducción en lo que se refiere a la retención del Impuesto a la Renta de tercera categoría es dar mayor liquidez a la empresa para que pueda reinvertir ese dinero en investigación, infraestructura y mejoramiento de la competitividad de la empresa. En ese sentido, también queremos proponer algunas modificaciones, que las vamos a leer, y son necesarias y se deben considerar. Estos pagos que se desarrollan deberían tener algunas excepciones en lo que se refiere a las transferencias de dividendos o reparto de dividendos de empresa a empresa. Lo estaremos explicando en su momento. En algún momento los colegas congresistas han mencionado que se sube el impuesto de la distribución de la renta, en este caso, nosotros lo que queremos es buscar incentivar la reinversión de dinero fresco a través de la reducción de este impuesto. Voy a pasar a leer las propuestas que quisiéramos que se consideren para poder fortalecer esta norma. Primero, que se eliminen las modificaciones al último párrafo del artículo 19 de la Ley del Impuesto a la Renta contenidas en el artículo 1 del dictamen del Proyecto de Ley 4007/2014-PE. También, que se considere la eliminación de las modificaciones al artículo 24-B de la Ley del Impuesto a la Renta contenidas en el artículo 1 del dictamen del Proyecto de Ley 4007/2014-PE. También, eliminar el artículo 2 del dictamen del proyecto de ley mencionado, 4007, que comprende la incorporación del inciso k) del artículo 28 de la Ley del Impuesto a la Renta. Asimismo, eliminar el artículo 2 del dictamen del proyecto de ley mencionado, 4007, que comprende la incorporación del último párrafo del artículo 37 a la Ley del Impuesto a la 21

Renta; eliminar las modificaciones al último párrafo del artículo 49 de la Ley del Impuesto a la Renta, contenidas en el artículo 1 del dictamen del Proyecto de Ley 4007/2014-PE. Asimismo, eliminar, en lo que se refiere el artículo 55, el segundo, tercero y cuarto párrafo de la Ley del Impuesto a la Renta, contenidos en el artículo 1 del dictamen del Proyecto de Ley 4007/2014-PE. Quedaría, en todo caso, el artículo 55 del siguiente modo: Artículo 55.°.— El impuesto a cargo de los perceptores de rentas de tercera categoría domiciliados en el país se determinará aplicando sobre su renta neta las tasas siguientes: Ejercicio gravables 2015 - 2016, tasa 28%. Ejercicios gravables 2017 - 2018, tasa 27%. Y ejercicios gravables 2019 en adelante, tasa 26%. De esa manera lo tendría que considerar el presidente de la Comisión de Economía. También quisiéramos que se consideren las modificaciones al artículo 73-A de la Ley del Impuesto a la Renta, contenidas en el artículo 1 del dictamen del proyecto de ley que estamos tratando. En ese sentido, buscamos que el artículo 73-A se pueda fortalecer del siguiente modo: ‘Las personas jurídicas comprendidas en el artículo 14 que acuerden la distribución de dividendos o cualquier otra forma de distribución de utilidades, retendrán de las mismas el Impuesto a la Renta correspondiente’. Aquí se debería agregar lo siguiente: ‘Excepto cuando la distribución se efectúe a favor de personas jurídicas domiciliadas’. Y continúa el párrafo: ‘Dicha retención se efectuará aplicando las tasas establecidas en el último párrafo del artículo 52-A de la ley’. Otro párrafo que queremos agregar a continuación diría: ‘Las redistribuciones sucesivas que se efectúen no estarán sujetas a retención, salvo que se realicen a favor de personas no domiciliadas en el país o a favor de las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales, domiciliadas en el país’. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene tiempo para terminar, congresista. El señor CÁRDENAS CERRÓN (NGP).— El artículo 73-A continúa, con la propuesta que estamos haciendo, del siguiente modo: ‘La obligación de retener también se aplica a las sociedades administradoras de los fondos de inversión, a los fiduciarios de fideicomisos...’; y continúa tal cual está la propuesta establecida. También queremos que después de este párrafo fortalecido, que sería el párrafo uno, se considere la eliminación del segundo párrafo, que dice lo siguiente: ‘Tratándose de dividendos o cualquier otra forma de distribución de utilidades que provengan de redistribuciones sucesivas entre personas jurídicas domiciliadas, las retenciones efectuadas previamente podrán ser aplicadas como crédito contra el impuesto que deba retenerse. 22

Para tales efectos se presume que los dividendos o cualquier otra forma de distribución de utilidades recibidas de otra persona jurídica domiciliada son distribuidos en primer lugar’. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluya, congresista. El señor CÁRDENAS CERRÓN (NGP).— Este párrafo que he leído se elimina, y continúa como corresponde el texto. También queremos que se pueda fortalecer el quinto párrafo del artículo 73-A, que dice lo siguiente: ‘El monto retenido o los pagos efectuados constituirán pagos definitivos del Impuesto a la Renta’. Lo queremos fortalecer con las siguientes oraciones: ‘… de los beneficiarios, cuando éstos sean personas naturales o sucesiones indivisas domiciliadas en el Perú’. Quisiéramos que eso lo pueda considerar el presidente de la Comisión de Economía. También quisiéramos que se pueda eliminar la modificación del segundo párrafo del artículo 76 de la Ley del Impuesto a la Renta, contenido en el artículo 1 del dictamen de este Proyecto de Ley 4007/2014-PE. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene dos minutos adicionales, congresista. El señor CÁRDENAS CERRÓN (NGP).— También se elimina el artículo 2 del dictamen del Proyecto de Ley 4007, que comprende la incorporación del penúltimo párrafo del artículo 76 de la Ley del Impuesto a la Renta. Por lo tanto, al presidente de la Comisión de Economía, ya no sería necesario efectuar ningún cambio al artículo 76 de la Ley del Impuesto a la Renta. En lo que se refiere a las disposiciones complementarias finales, se busca modificar, en este caso, la novena disposición, y sería del siguiente modo: ‘NOVENA. Dividendos y otras formas de distribución de utilidades Las tasas establecidas por la presente ley se aplican a la distribución de dividendos y otras formas de distribución de utilidades que se adopten o se pongan a disposición en efectivo o en especie, lo que ocurra primero, a partir del 01 de enero de 2015.’ Otro párrafo: ‘A los resultados acumulados u otros conceptos susceptibles de generar dividendos gravados, a que se refiere el artículo 24-A de la Ley del Impuesto a la Renta, obtenidos hasta el 31 de diciembre de 2014 que formen parte de la distribución de dividendos o de cualquier otra forma de distribución de utilidades se les aplicará la tasa de cuatro coma uno por ciento (4,1%)’. Estas propuestas que estamos desarrollando son importantes porque lo que buscan es incentivar la reinversión que tengan que realizar las empresas con relación al Impuesto a la Renta de tercera categoría. 23

En lo primero, liquidez para los profesionales, a los que se les retiene del 10% a 8% del Impuesto a la Renta. Esperemos que pueda valorar esto el presidente de la Comisión. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— La Presidencia expresa su saludo a la señora Paloma Noceda Chiang, Campeona Mundial de Motonáutica en dos categorías el presente año, que se encuentra en la galería del hemiciclo acompañada del congresista Daniel Abugattás. (Aplausos). Expresa también su saludo a los señores Carlos Felipa y Pedro Pablo de Vinatea Estrada, atleta y nadador paralímpicos, respectivamente, ubicados en las galerías, que han obtenido las medallas de oro y de bronce en los recientes torneos de Medellín y que han conseguido su clasificación para participar en los Parapanamericanos de Toronto 2015. A ellos, que nos acompañan el día de hoy, les damos la bienvenida. (Aplausos). Tiene la palabra el congresista Dammert Ego Aguirre. El señor DAMMERT EGO AGUIRRE (AP-FA).— Señora Presidenta: Tengo la impresión, por esa lectura veloz que se ha dado a unos artículos, que este es el nuevo paquetazo que se está incrementando. Nadie sabe exactamente qué cosa es lo que se ha leído. Nadie puede, de una lectura rápida, a menos que haya participado de una negociación en la redacción, saber de qué se trata. Y es evidente lo que ya anuncia el día de hoy la revista Caretas. Esta revista señala que el shock económico está en veremos. Dice: ‘Según analistas tributarios y agentes empresariales, la norma tiene incoherencias. Las empresas que gozan de contrato de estabilidad tributaria no se benefician de la reducción del Impuesto a la Renta, pero sí son castigadas con el aumento del Impuesto a los Dividendos, al menos aquellas empresas en el sector minero. Así, la onda entre las estabilizadas es repartir los dividendos ahora en diciembre antes que entre en vigencia la nueva tasa el 1 de enero, si es que el Congreso aprueba el paquete, claro, paradójicamente restando liquidez al mercado en lugar de fomentar la reinversión. Tampoco los holdings se benefician con la reducción tributaria, pese a que la inversión necesaria para sacudir la economía peruana del letargo, naturalmente, debería salir de sus holgados bolsillos.’

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Señora Presidenta, aquí ha habido un inmenso lobby empresarial que ha desmentido al ministro de Economía cuando estuvo en la Comisión diciendo que la característica singular de este paquete es que compensaba la reducción del impuesto a la renta de las grandes empresas, de los grandes contribuyentes; que ese dinero que se les iba a regalar lo compensarían con el impuesto a los dividendos para obligarlos a reinvertir. Esa era la supuesta novedad del paquete; es decir, el dinero que el Estado iba a dejar de percibir, impidiendo a los peruanos utilizar los beneficios del Estado en los servicios públicos; eso que se les daba al bajar el impuesto a la renta, se iba a compensar porque se obligaría a las empresas, con el impuesto a los dividendos, a invertir. Y ahora resulta que el lobby minero bancario está en este momento presentando casi un proyecto de ley, a través de algunos congresistas, que nadie ni ninguna Comisión conoce, que nadie ha discutido y que desmiente al propio ministro de Economía. Yo planteo, como cuestión previa, que venga acá el ministro de Economía, el cual, si esta modificación funciona, debería renunciar de inmediato. Porque lo central de su paquete estuvo, justamente, en decir que se va a regalar la reducción del impuesto a la renta porque se les va a obligar a reinvertir. Y aquí se está anulando esa obligación de reinvertir, porque se les está regalando la baja del impuesto a la renta y se les está diciendo, respecto al impuesto a los dividendos, que hagan lo que quieran con el dinero que se les está regalando. ¿Así se enfrenta la parálisis de la producción? ¿Así se enfrentan las limitaciones en la producción? Así solamente se enfrenta una presión lobista contra el Estado nacional y contra los contribuyentes. No he leído, no conozco, pero se ha mencionado rápidamente una serie de otras modificaciones... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Culmine, congresista. El señor DAMMERT EGO AGUIRRE (AP-FA).— ¿Qué se está haciendo? ¿Se está favoreciendo de esa manera a ese puñado de grandes empresas para poner más tributos al contribuyente medio y pequeño? ¿A eso se refiere lo que se ha leído ahora tan rápido? Se están modificando las composiciones tributarias del resto de la población, para que sobre ellos una vez más pese la carga tributaria que se está exonerando a las grandes empresas, a los grandes beneficiarios mineros y bancarios. Con este sistema de crear modalidades de nueva esclavitud para los jóvenes, de anular la legislación laboral con derechos fundamentales que organizan la vida democrática, con eso que se está regalando, con una población sometida a regímenes laborales inconstitucionales; ahora, además, aparentemente este sexto paquete es para permitir que se mantenga la rebaja del impuesto a la renta, que se les regale eso y que no paguen impuesto a los dividendos, y que sea contraparte de esa minúscula... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Culmine, congresista.

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El señor DAMMERT EGO AGUIRRE (AP-FA).— Que carguen sobre los bolsillos de las empresas medianas, de las clases medias, de los trabajadores, del conjunto de la población. Por eso yo planteo, como cuestión previa, primero, que venga acá el ministro de Economía; y segundo, que esta propuesta no se puede votar si no pasa por Comisión. Es, simplemente, una lectura rápida y una votación a ciegas a favor de una acción lobista clara y evidentemente contraria al interés nacional. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Cárdenas Cerrón. El señor CÁRDENAS CERRÓN (NGP).— Presidenta, en realidad, algunos de los colegas parece que no están tomando el valor necesario para poder fortalecer las políticas económicas y fiscales del Gobierno; porque estamos en un ciclo recesivo de nuestra economía y se tienen que tomar algunas medidas. Aquí en ningún momento se ha dicho que se van a cargar algunos impuestos a las pequeñas y medianas empresas. Lo que se busca, en el caso del impuesto a las rentas de cuarta categoría, a los profesionales, a esas personas que perciben mil 500 nuevos soles para arriba, es que se les pueda dar una liquidez y no se les retengan el 10%, sino el 8%. En ningún momento se les está gravando. ¿En qué momento hemos dicho eso? En ningún momento. Más bien, esto significa liquidez para las personas. En lo que se refiere a la rentas de tercera categoría de las empresas, en cuanto a la distribución de los dividendos, lo que se quiere es que se pueda descontar no el 30%, sino el 28% para el año 2015, y que eso se invierta en la empresa y no se utilice para vacacionar. Es por eso que se está esclareciendo en todos los documentos que hemos leído, en el sentido de que la empresa pueda reinvertir esos dineros de reducción del... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Belaunde Moreyra. El señor BELAUNDE MOREYRA (SN).— Señora Presidenta: Debo hacer una confesión pública, a pesar de que Fernando Belaunde Terry decía que los espacios públicos no deben servir para confesionarios. ¿Por qué voy a hacer una confesión pública? Porque, muy a mi pesar, creo que estoy de acuerdo con lo que dice el congresista Dammert. Generalmente no estoy de acuerdo con él, pero en esto sí lo estoy. Considero que esas desgravaciones, bajadas y subidas, del impuesto a la renta empresarial, y no me refiero al 8% de los profesionales o al menor tramo de impuesto que se va a cobrar a las personas que tienen menores ingresos, sino al impuesto a la renta, que en el Perú es 30%, y al impuesto a los dividendos a las personas naturales, que es 4,1%; pues bien, se quiere rebajar el impuesto a la renta gradualmente hasta el 26%, y 26

se quiere aumentar el impuesto a los dividendos en forma tal que resulta gravándose más a las empresas. Entonces, digo, ¿para qué este enredo tributario que solo confunde? Y, la verdad, no está bien explicado. Con todo respeto por mis colegas, les digo que han leído rápidamente un papel que alguien se los escribió. Yo creo, por respeto a la Nación, a la cual representamos, que aquí, efectivamente, debe venir el ministro de Economía y que él, sin leer ningún papel, nos explique la razón de este sube y baja tributario, de bajar el impuesto a la renta del 30 al 26% y de subir proporcionalmente el impuesto a los dividendos; y que nos diga cuál es la situación en países comparables al Perú, entiéndase Chile, Ecuador, Colombia. No digo Venezuela, porque este país está sufriendo hoy la peor crisis de su historia. Creo que esto es lo que debería hacer el ministro de Economía, venir aquí, pues no debemos votar a ciegas. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Lescano Ancieta. El señor LESCANO ANCIETA (AP-FA).— Presidenta: Este es un proyecto de ley importante en el aspecto que favorece a los trabajadores, porque les da más recursos en un momento en que sus sueldos son minúsculos. Los trabajadores no tienen buenos sueldos. Ayer se ha querido aprobar una ley para el trabajo de los jóvenes de 18 a 24 años, sin derechos laborales. En este dictamen que va a segunda votación, por lo menos démosles mayor liquidez a los trabajadores, mayor posibilidad de atender sus necesidades; por eso hemos votado a favor, porque esto contempla una exoneración de impuestos: se exonera de más impuestos a los trabajadores que perciben rentas de cuarta y quinta categoría. Quisiera hacer una propuesta que podría ayudar a buscar mayor beneficio y no pérdida de ingresos al Estado. Eso lo va a recuperar a través del Impuesto General a las Ventas, porque los trabajadores, teniendo más plata en los bolsillos, pueden comprar más. Entonces, el Estado lo recupera a través del Impuesto General a las Ventas. En estos momentos, para los trabajadores de cuarta y quinta categoría el monto no imponible es de siete unidades impositivas tributarias; es decir, sobre esa suma de dinero que reciben los trabajadores no tributan, pero me parece que es un monto insuficiente. He propuesto al presidente de la Comisión de Economía y a su cuerpo técnico que no sean siete unidades impositivas tributarias sino diez, con lo cual se va a beneficiar mejor a los trabajadores, sobre todo a los que menos ganan. Los que ganan más van a seguir pagando impuestos; pero los que ganan menos, al subir el monto no imponible a diez unidades impositivas tributarias, van a tener más liquidez, que va a revertir al Estado a través del Impuesto General a las Ventas. Esta es una ayuda a los trabajadores de cuarta y quinta categoría; es decir, a los que cobran su dinero a través de los recibos de honorarios profesionales, que son 27

independientes, y a los que están en relación de dependencia en las empresas. En el Estado perciben renta de quinta categoría por trabajo dependiente. Creo que si se quiere dar una ayuda importante a los trabajadores, con el fin de que tengan mayor posibilidad para contribuir a la reactivación económica, no solamente deberíamos sancionar esas exoneraciones sin límites a los ingresos de tercera categoría, que son para las empresas, sino ayudar un poquito más a los trabajadores con respecto a las rentas de cuarta y quinta categoría. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Culmine, congresista. El señor LESCANO ANCIETA (AP-FA).— De manera que le propongo al presidente de la Comisión de Economía que el monto no imponible para los trabajadores que perciben rentas de cuarta y quinta categoría se incremente a diez unidades impositivas tributarias, con lo cual se les estaría dando una gran ayuda y la posibilidad de tener mayor capacidad de gasto. Pero el Estado no se va a perjudicar, porque, reitero, a través de la captación de otros impuestos, como es el impuesto general a la ventas, va a recuperar esos ingresos, no va a perder. En el caso de las rentas de tercera categoría, no sabemos si las empresas van a invertir o no. No hay ningún mecanismo que pueda verificarlo, y a pesar de eso les estamos perdonando el impuesto a la renta. Pero en el caso de los trabajadores, sí se sabe que lo van a recuperar, porque el trabajador no va a guardar esa plata, la necesita para gastarla. Consecuentemente, ojalá que esta propuesta sea aceptada e incluida en el dictamen final. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Pari Choquecota. El señor PARI CHOQUECOTA (GPDD).— Presidenta: Creo que este asunto hay que tomarlo con mucho cuidado, más aún cuando en el debate se empieza a juntar y empaquetar y se pone un ‘caramelo’ por ahí, y por el otro lado las gangas para el otro sector. A mí me parece que tenemos que separar las cosas. Una cosa es el impuesto a la renta de cuarta categoría que pagan las personas naturales, y está muy bien que se rebaje el impuesto a esas personas que ganan dos mil 200 para arriba; porque va a permitir tener cierta liquidez y aumentar, por presión de la demanda, las posibilidades de consumo y las posibilidades de producción de las empresas. Eso me parece correcto, y tiene que votarse por separado. En cuanto a la disminución del impuesto a la renta de tercera categoría que pagan las empresas, hay que considerar que son cerca de 252 las empresas top que contribuyen con el 52% del impuesto a la renta. Este 52% es sumamente significativo, porque es a esas empresas a las que se va a facilitar esa reducción, concretamente, a las empresas mineras. 28

Y aquí, mucho ojo a las regiones que están recibiendo canon. Por concepto de canon, las regiones reciben el 50% de lo que aportan las empresas mineras. Eso es lo que reciben, y con esta reducción esas empresas van a recibir menos canon. ¿Cómo es que el Gobierno Central va a retribuir, cuál es el mecanismo que va a permitir que esa brecha generada presupuestalmente en los gobiernos regionales y locales se cubra, no obstante rebajarse más aún, aparte de la reducción de los precios internacionales, que ya generó una reducción de la presión presupuestal de los gobiernos regionales y locales? Ahora, con esto obviamente van a recibir mucho menos. Esta reducción supone también un cambio en todo lo que implica el marco macroeconómico y los supuestos que el propio Gobierno plantea. Si esos supuestos se modifican, ¿cuáles son los cálculos nuevos con relación a los nuevos supuestos generados por esta norma? ¿Cómo será afectado el marco macroeconómico que se va a plantear, por ejemplo, para el presupuesto del 2017? Cambian las reglas, cambian los parámetros, cambia un montón de situaciones que hay que empezar a asumir y discutir. Este no es un proyecto sencillo como para aprobarlo alegremente; hay que verlo con suma responsabilidad. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Culmine, congresista. El señor PARI CHOQUECOTA (GPDD).— Otro aspecto que también contempla esta propuesta es el que implican los contratos de estabilidad tributaria para el sector minero. Y ojo, pues esta es una ley refrescada originada en el Decreto 014, de 1992, de estabilidad tributaria minera. En ese tiempo se exigían 500 millones en materia de inversión para darle a la empresa una estabilidad tributaria por 15 años. Ahora nos hemos tirado al piso, porque solo se exigen 25 millones, es decir, un monto de inversión totalmente inferior, ya que pasamos de 500 a 25 millones. Regalamos el país y damos estabilidad tributaria por doce años. ¿Eso lo hemos evaluado? Mucho cuidado, porque estamos ante una situación muy delicada que está al margen del comportamiento de los precios internacionales, aunque al final de cuentas el sector minero depende de cómo se van moviendo estos precios. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluya, congresista. El señor PARI CHOQUECOTA (GPDD).— Presidenta, me está pidiendo una interrupción la congresista Natalie Condori. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Está en tiempo adicional, congresista. El señor PARI CHOQUECOTA (GPDD).— Ayer, Presidenta, en tiempo adicional se dio interrupciones a muchos congresistas. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluya, congresista. El señor PARI CHOQUECOTA (GPDD).— Espero que las reglas sean las mismas para todos los congresistas. 29

Entonces, hay que tener mucho cuidado. No es cuestión de aprobar por aprobar y con esto ya se reactivó la economía. El tema impositivo es fundamental y hay que ver por dónde podemos generar procesos de reactivación. Si es por presión de demanda, tenemos que ver cómo se incrementan los ingresos de la gente, cómo es que la gente tiene mayor capacidad adquisitiva, qué elementos que tenemos que poner en debate: por ejemplo, el salario mínimo vital; cómo impulsamos y dinamizamos la capacidad adquisitiva de la gente. Entonces, si a un segmento muy pequeño se le va a aumentar la capacidad adquisitiva, en este caso a los que perciben rentas de cuarta categoría, me parece que eso habría que votarlo por separado. En cuanto a los otros elementos, habría que discutirlos y votarlos también por separado; si no, estaremos mezclando el ‘caramelito’ con otro elemento que, simplemente... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Abugattás Majluf. El señor ABUGATTÁS MAJLUF (NGP).— Señora Presidenta: Me imagino que en el momento oportuno, si el presidente de la Comisión tiene a bien incorporar las propuestas del congresista Cárdenas, podremos tener el tiempo suficiente para ver cómo queda el texto; porque hay añadidos y exclusiones importantes, y es un poco difícil entender la lógica y la coherencia del proyecto si no sabemos qué es lo que, finalmente, vamos a aprobar. Supongo que se elaborará en su momento una propuesta coherente. Pero hay algo de lo que no se habla, y es que aquí, en el sistema financiero existe una situación de discriminación a favor de siete instituciones financieras. Estas instituciones financieras tienen la opción de comprar bonos del Estado, sean del Banco Central de Reserva o sean del Ministerio de Economía y Finanzas, y los intereses que reciben están exonerados de todo tipo de impuesto a la renta; tanto es así que cuando uno hace un análisis simple acerca de qué porcentaje de impuesto a la renta pagan esas instituciones, puede ver que ninguna de ellas paga el 30%, como pagan todas las personas jurídicas en el Perú. Entonces, son estas instituciones financieras las únicas que tienen el derecho de adquirir esos bonos, y no pagan el 30% de impuesto a la renta, sino el 22%, el 23%, el 24%, dependiendo del monto; y además son intereses que van directamente al bolsillo de los accionistas. Es decir, no es que el dinero de los aportantes, de los que tienen sus depósitos, se beneficie con esta exoneración. Esta exoneración va directamente al bolsillo de los accionistas del banco, que utiliza los recursos de los depositantes, a quienes paga 0,5% o 0,75% de interés, recibiendo por la plata del aportante 4,5% o 5% de parte del Estado. Esos ingresos son solo para estas empresas, no para todo el sector financiero. Son, pues, un grupo de empresas privilegiadas, y esto le cuesta al Estado más o menos mil 500 millones de nuevos soles al año.

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Creo que dentro del costo que debe tener y dentro de la propuesta integral, en que estamos hablando de impuesto a la renta, esta disposición tiene que quedar eliminada. No puede seguir existiendo un favoritismo dirigido con nombre propio, y voy a leer qué instituciones son las que están beneficiadas: Banco Continental, Banco Internacional, Citibank, Deutsche Bank, Scotiabank Perú y Banco de Crédito del Perú. El resto de instituciones financieras paga, como cualquier mortal, el 30% de impuesto. Estas instituciones financieras, gracias a una propuesta de un exfuncionario del Banco Continental… La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. El señor ABUGATTÁS MAJLUF (NGP).— No sé si serían lobbies, pero, cumpliendo su función como exfuncionario del Banco Continental, esta fue una movida del señor Luis Carranza durante el periodo anterior que ha representado más de cinco mil millones de nuevos soles de menor recaudación al país, los cuales han ido a los bolsillos de determinados accionistas. Esta es una situación inmoral que tiene que ser modificada, y creo que este es el momento para que eliminemos esa situación de privilegio que solo favorece a unos cuantos señores accionistas del sistema financiero, ni siquiera a todos. No favorece a las cooperativas de ahorro, ni a las cajas municipales, ni a los bancos pequeños; solo a los grandes, únicamente para ellos hay este beneficio. Esta es una disposición que tiene incorporarse, para eliminar esa situación; y la voy a hacer alcanzar al presidente de la Comisión, congresista Huaire. Eso es lo que quería decir. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Angulo Álvarez. El señor ANGULO ÁLVAREZ (NOAG).— Señora Presidenta: Vemos que este dictamen tiene dos partes claramente diferentes; una se refiere a la reducción del impuesto a la renta a los que perciben rentas de tercera categoría; y otra, a los que perciben rentas de cuarta y quinta categoría. Me parece bien la parte referida a los de cuarta y quinta categoría, porque los que reciben menos dinero van a pagar menos impuestos. Eso está bien, y el impacto va a ser aproximadamente de mil 200 millones de nuevos soles. Estos señores, los que reciben menos dinero, los que viven al día con 40 mil nuevos soles al año, van a tener la posibilidad de invertir esa pequeña parte que se les está descontando en educación, en alimentación, en vestido, en casa. Eso está perfectamente bien, y por eso deberíamos separar lo que significa el impacto sobre la tercera categoría del impacto sobre la cuarta y quinta categorías.

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Pero lo que me parece pésimamente mal es la parte referida a la tercera categoría. ¿Cómo es posible que todos nosotros vayamos a reducir el impuesto a la renta a las empresas y empresarios más ricos del país? ¿Cómo es posible que les demos mil 340 millones de nuevos soles para que ellos, según dicen, puedan reinvertir las utilidades, reinvertir precisamente esa rebaja? ¿Eso es cierto? Si ellos quisieran reinvertir esas utilidades y esas rebajas ya lo hubiesen hecho, pero no las reinvierten. Lo que hacen es extraer el dinero, ganarlo cada vez más y llevarlo fuera. Eso es lo absurdo, lo terrible; porque si ellos quisieran reinvertir, ya tendríamos más carreteras y más colegios. Podrían hacerlo desde el punto de vista privado, pero no lo hacen. Entonces, me parece pésimamente mal hacer una rebaja a una entidad, a un grupo de personas que van a obtener mayores réditos, mayores utilidades y que van a sacar esas utilidades, esos réditos, hacia afuera y no van a reinvertir en nuestro país. En el análisis costo-beneficio se dice lo siguiente: ‘Aumenta los niveles de inversión doméstica y extranjera’. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. El señor ANGULO ÁLVAREZ (NOAG).— ¿Es así, verdaderamente? Tenemos un gobierno, como también los anteriores, que habla de la necesidad de inversión. Dice: ‘Tenemos necesidad de que vengan e inviertan’. Me parece perfectamente bien; pero, ¿por qué entonces permite el BCR que las AFP, el Sistema Privado de Pensiones, invierta más de 40 mil millones de nuevos soles, es decir, diez veces más de lo que se está exonerando acá, en el exterior? ¿Cómo es posible eso? Si necesitamos, según dice este dictamen, más inversión, ¿por qué entonces permitimos que el ahorro de todos los peruanos, que el ahorro de seis millones de peruanos, se invierta fuera, y se invierta diez veces más? La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Culmine, congresista. El señor ANGULO ÁLVAREZ (NOAG).— Es decir, se invierta 40 mil millones de nuevos soles en el exterior. ¿Y en dónde se invierte? En sistemas financieros que son falsos, que de alguna forma u otra están siendo cuestionados en el exterior. Entones, como cuestión previa planteo que se separen y se vote en forma diferente: que se separen las rebajas del impuesto a la renta para la cuarta y quinta categoría, que es precisamente darles dinero a los más pobres, a los trabajadores; y que se separe la rebaja del impuesto a la renta para la tercera categoría, que es darles dinero a los hombres más ricos. Es por eso que, como cuestión previa, planteo que decida el Pleno sobre la base de esta diferencia. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Eguren Neuenschwander. 32

El señor EGUREN NEUENSCHWANDER (PPC-APP).— Presidenta: Veo aquí un tema de metodología, porque siento que estamos en un debate que no va a ser muy productivo. La razón es que ha habido una serie de propuestas, creo que se ha planteado una docena de modificaciones, y no sabemos si el presidente de la Comisión las va a recoger o no. Entonces, ¿qué estamos discutiendo si no sabemos si van a ser recogidas o no? Creo que la metodología debiera orientarse a que el presidente señale qué se va a recoger, se reparta el nuevo texto sustitutorio, que pasaría a ser votado en primera votación, y sobre ese nuevo texto abrir el debate. Porque el texto que se ha repartido va a ser bien diferente del que finalmente vamos a tener que debatir y votar en su momento. Me pide una interrupción el presidente de la Comisión; con todo gusto. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Huaire Chuquichaico. El señor HUAIRE CHUQUICHAICO (PP).— Muchas gracias, congresista Eguren. Presidenta, yo decía al inicio, fundamentalmente sobre los dividendos, que se tenía programado hasta nueve punto y tantos por ciento, que debería ser como un impuesto; y eso ya no va, se está suprimiendo, solo va a quedar en 4,1%. Justamente, a petición suya, colega, del congresista Galarreta y de otro congresista más eso ha sido considerado. Además, he pedido a la Presidenta que el Relator lea lo que estamos sacando. Creo, colega, que la opinión que usted está dando está muy bien. Entonces, que se lea primero y que luego se empiece a debatir. Esa es mi petición. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúe, congresista Eguren Neuenschwander. El señor EGUREN NEUENSCHWANDER (PPC-APP).— Presidenta, si fuese ese el caso, sí ha quedado claro. El presidente de la Comisión ha señalado que va a recoger la propuesta para eliminar lo de los dividendos. Sin embargo, hay otros planteamientos, básicamente del congresista Cárdenas, extensos y numerosos, y no sabemos si van a ser recogidos o no. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— La Presidencia expresa el saludo de la Representación Nacional a los integrantes de la Asociación Red Peruana de Inventores, que se encuentran en las galerías acompañados por la congresista Luciana León. Como última oradora, tiene la palabra la congresista Condori Jahuira. La señora CONDORI JAHUIRA (GPDD).— Presidenta: Mi saludo a la Representación Nacional. 33

Este es un importante proyecto, remitido por el Poder Ejecutivo, precisamente por el contenido del mismo, ya que contiene seis puntos sobre modificación de impuestos; pero para nosotros el más preocupante es el último punto, sobre los contratos de estabilidad tributaria en minería y la modificación de la Ley General de Aduanas. Esto no es solo de competencia del Ministerio de Economía, sino, además, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y, también, de la Sunat. Lo que nosotros solicitamos es que venga el ministro de Economía para que nos explique claramente cuáles van a ser los efectos de estas seis medidas que contiene este paquete de promoción de reactivación de la economía, cuáles son sus efectos al corto y al largo plazo, a quiénes se va a beneficiar, por qué tiene que ser así, si va a beneficiar en algunos aspectos a la clase trabajadora, a algunos grupos empresariales, quiénes son los principales beneficiarios, cuánto es lo que se va a reactivar la economía en el primer año y en los próximos años, si eso le da sostenibilidad al crecimiento económico y cuántos puntos porcentuales podrá crecer la economía de nuestro país el próximo año. Necesitamos esas respuestas del ministro. Pero también, por hacerse referencia a la Ley General de Aduanas, involucra a Mincetur y, también, a la Sunat. Necesitamos respuestas claras, porque no podemos aprobar por aprobar este paquete reactivador cuyos distintos aspectos sí van a afectar, positiva o negativamente, la caja fiscal. Definitivamente, necesitamos respuestas claras de parte del sector correspondiente; por lo cual apoyaremos la cuestión previa del congresista Manuel Dammert, así como la del congresista Roberto Angulo. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Huaire Chuquichaico. El señor HUAIRE CHUQUICHAICO (PP).— Presidenta, una vez más solicito, ya que a la Mesa se ha enviado el documento respectivo, que el Relator le dé lectura y que, de acuerdo con eso, se someta a votación este proyecto. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Congresista, que su equipo técnico alcance a la Mesa el documento a que usted alude, porque aquí no se ha recibido nada aún. El señor HUAIRE CHUQUICHAICO (PP).— Presidenta, permítame ver, porque hace rato he solicitado que se entregue el documento del caso. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Congresista, se ha alcanzado el texto del proyecto, pero la Mesa desea saber cuáles son las modificaciones que se han incorporado. Tiene la palabra, congresista. El señor HUAIRE CHUQUICHAICO (PP).— Presidenta, solicito que se pase a un cuarto intermedio con el fin de ordenar el documento para su entrega. 34

Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se abre un cuarto intermedio. Se aprueba en primera votación, con las modificaciones introducidas en el curso del debate, el texto sustitutorio propuesto en el dictamen de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, sobre la Ley que promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y a la protección social; y la Presidencia expresa que la indicada fórmula sería objeto de segunda votación transcurridos siete días calendario La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— El siguiente punto. El RELATOR da lectura: Dictamen en mayoría de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, con una fórmula sustitutoria del Proyecto de Ley 3942/2014-PE, por el cual se propone promover el acceso de jóvenes al mercado laboral y a la protección social.(*) La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Finalizado el debate del dictamen en mayoría de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, con un texto sustitutorio del Proyecto de Ley 3942, enviado por el Poder Ejecutivo con carácter de urgencia, por el que se propone promover el acceso a jóvenes al mercado laboral y a la protección social; se va a votar la cuestión previa planteada por el congresista Guevara Amasifuen para que el referido proyecto vuelva a Comisión. A esos efectos, los señores congresistas se servirán registrar su asistencia. —Los señores congresistas registran su asistencia mediante el sistema digital para verificar el quórum. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Han registrado su asistencia 83 congresistas. Al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se rechaza, por 51 votos en contra, 23 a favor y ocho abstenciones, la cuestión previa planteada. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— La cuestión previa ha sido rechazada. Se deja constancia del voto en contra de la Presidencia y del congresista Coa Aguilar. “Votación de la cuestión previa del congresista Guevara Amasifuen Señores congresistas que votaron en contra: Abugattás Majluf, Acha Romaní, Aguinaga Recuenco, Becerril Rodríguez, Bedoya de Vivanco, Benítez Rivas, Cabrera Ganoza, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Chávez Cossío, Chehade Moya, Condori Cusi, 35

Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, De la Torre Dueñas, Eguren Neuenschwander, Fujimori Higuchi, Galarreta Velarde, Gastañadui Ramírez, Grandez Saldaña, Gutiérrez Cóndor, Huaire Chuquichaico, Hurtado Zamudio, Iberico Núñez, Isla Rojas, Julca Jara, Kobashigawa Kobashigawa, Lewis del Alcázar, Llatas Altamirano, López Córdova, Molina Martínez, Monterola Abregú, Nayap Kinin, Oseda Soto, Pariona Galindo, Portugal Catacora, Rivas Teixeira, Ruiz Loayza, Salazar Miranda, Schaefer Cuculiza, Tait Villacorta, Tan de Inafuko, Tapia Bernal, Tejada Galindo, Teves Quispe, Tubino Arias Schreiber, Vacchelli Corbetto, Valle Ramírez, Valqui Matos, Zamudio Briceño y Zerillo Bazalar. Señores congresistas que votaron a favor: Acuña Peralta, Alcorta Suero, Angulo Álvarez, Apaza Ordóñez, Belaunde Moreyra, Coari Mamani, Condori Jahuira, Dammert Ego Aguirre, Guevara Amasifuen, Inga Vásquez, Lay Sun, León Romero, Lescano Ancieta, Mavila León, Mendoza Frisch, Mulder Bedoya, Pari Choquecota, Rodríguez Zavaleta, Saavedra Vela, Simon Munaro, Valencia Quiroz, Yovera Flores y Zeballos Salinas. Señores congresistas que se abstuvieron: Anicama Ñáñez, Canches Guzmán, Díaz Dios, Gagó Pérez, Medina Ortiz, Neyra Huamaní, Neyra Olaychea y Wong Pujada.” La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Con la misma asistencia, se va a votar el texto propuesto por la presidenta de la Comisión de Trabajo. Al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se aprueba en primera votación, por 55 votos a favor, 17 en contra y ocho abstenciones, el texto sustitutorio del proyecto de Ley que promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y a la protección social. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Ha sido aprobado. Se deja constancia del voto a favor de la Presidencia y del congresista Coa Aguilar. Ha sido aprobado en primera votación el texto sustitutorio del Proyecto de Ley 3942. —El texto aprobado es el siguiente: “EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE PROMUEVE EL ACCESO DE JÓVENES AL MERCADO LABORAL Y A LA PROTECCIÓN SOCIAL TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto de la Ley 36

La presente Ley tiene por objeto mejorar la empleabilidad y promover la contratación de jóvenes desocupados para que cuenten con mayores oportunidades de acceso al mercado laboral a través de un empleo de calidad con protección social. Artículo 2. Ámbito de aplicación La presente Ley es aplicable a nivel nacional en el sector privado, a la contratación laboral de jóvenes entre dieciocho (18) y veinticuatro (24) años, inclusive, con educación completa o incompleta de secundaria o superior técnica o universitaria, que: a)

se incorporen por primera vez a la planilla electrónica como trabajador, o

b) a la fecha de contratación, se encuentren desocupados. Se entiende que una persona se encuentra desocupada siempre y cuando no haya estado registrada en planilla electrónica como trabajador al menos noventa (90) días calendario consecutivos, previos a la fecha de su contratación. Artículo 3. Regulación de derechos y beneficios laborales La presente norma crea el régimen laboral especial, de carácter opcional, para la contratación de jóvenes y regula los derechos y beneficios laborales contenidos en los contratos laborales juveniles celebrados a partir de la vigencia así como el acceso a la protección social, por parte de empresas del sector privado que al momento de la contratación no tengan multas consentidas impagas vigentes por infracciones a la normativa sociolaboral. Los contratos laborales celebrados por jóvenes con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ley continúan rigiéndose bajo sus mismos términos y condiciones, al amparo del imperio de las leyes que regularon su celebración. El régimen laboral especial establecido en esta Ley no es aplicable a los jóvenes trabajadores contratados bajo el régimen laboral general que cesen con posterioridad a su entrada en vigencia y vuelvan a ser contratados por el mismo empleador. En todo lo no previsto en esta norma es de aplicación supletoria la regulación de los contratos sujetos a modalidad prevista en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado mediante el Decreto Supremo 003-97-TR. Artículo 4. Naturaleza temporal del régimen laboral especial El régimen laboral especial creado por la presente Ley es de naturaleza temporal por un plazo de cinco (5) años desde su entrada en vigencia. Artículo 5. Normas mínimas La presente Ley establece las normas mínimas para la contratación laboral de los jóvenes a que se refiere el artículo 2, pudiendo establecerse mayores beneficios de manera unilateral por parte de los empleadores, por costumbre, por mutuo acuerdo en el contrato 37

de trabajo o vía negociación colectiva. TÍTULO II RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL JUVENIL CAPÍTULO I CONTRATO LABORAL JUVENIL Artículo 6. Contrato laboral juvenil El contrato laboral juvenil es un contrato sujeto a plazo determinado y a tiempo completo. La empresa podrá contratar a tiempo parcial a jóvenes que están cursando estudios de secundaria, superiores, técnicos o universitarios. El contrato debe constar por escrito y ser firmado por triplicado, debiendo consignarse en forma expresa su duración, las condiciones de la relación laboral, así como la actividad que desarrolla el joven. Una copia del contrato es entregada al joven, antes o al inicio de la prestación de servicios, y otra es presentada a la autoridad administrativa de trabajo dentro de los quince (15) días calendario de su celebración, para efectos de su conocimiento y registro, pudiendo esta ordenar la verificación posterior de la veracidad de los datos consignados. En el caso del joven que está cursando o haya culminado estudios superiores debe desarrollar una ocupación relacionada a su formación. En el caso del joven que está cursando o haya culminado su educación secundaria debe desarrollar una ocupación que incremente su empleabilidad. En el plazo máximo de sesenta (60) días calendario de iniciada la relación laboral, el joven que no haya culminado sus estudios de secundaria debe acreditar ante su empleador que continúa con dichos estudios. Lo previsto en el presente párrafo se aplica de acuerdo con lo señalado en el reglamento de la presente Ley. Los jóvenes contratados bajo este régimen especial no pueden exceder el veinticinco por ciento (25%) del total de trabajadores de la empresa. Artículo 7. Plazo del contrato y sus prórrogas El contrato laboral juvenil debe celebrarse en forma escrita, a plazo determinado de por lo menos un (1) año, con un periodo de prueba de sesenta (60) días calendario. Una vez vencido el plazo del contrato, este podrá ser renovado por periodos de al menos seis (6) meses. El plazo máximo de duración de un contrato laboral juvenil, incluyendo sus prórrogas en la misma empresa, es de tres (3) años siempre que el joven mantenga su edad entre los dieciocho (18) y veinticuatro (24) años inclusive. Artículo 8. Reparación por terminación del contrato laboral juvenil antes de su plazo de vencimiento En caso de que se termine la relación laboral del joven por decisión unilateral, sin justa 38

causa, de la empresa, antes de la finalización del plazo del contrato, el empleador debe pagarle, en efectivo, un monto equivalente a veinte (20) remuneraciones diarias por cada mes dejado de laborar con un máximo de ciento veinte (120) remuneraciones diarias. Las fracciones de mes se abonan por treintavos (1/30). Artículo 9. Desnaturalización del contrato laboral juvenil El contrato laboral juvenil se considera de duración indeterminada, de acuerdo con el régimen laboral que le corresponde a la empresa contratante, en los siguientes supuestos: a) Si el joven continúa laborando después de la fecha de vencimiento del plazo estipulado, o después de las prórrogas pactadas, si estas exceden del límite máximo permitido. b)

Si el joven sigue laborando luego de cumplidos los veinticinco (25) años.

c) Cuando el joven demuestre la existencia de simulación o fraude a las normas establecidas en la presente Ley. CAPÍTULO II DERECHOS LABORALES Y DE EMPLEO APLICABLES Artículo 10. Derechos laborales fundamentales En toda empresa del sector privado a nivel nacional se deben respetar los derechos fundamentales laborales de los jóvenes, entre ellos: a) No ser discriminado por motivo de edad, origen, raza, sexo, idioma, religión o de cualquier otra índole. La empresa no debe discriminar al remunerar, capacitar, entrenar, promover o despedir a su personal. b) Formar parte de sindicatos y no interferir con el derecho de los trabajadores a elegir, o no elegir, y a afiliarse o no a organizaciones legalmente establecidas. c) Gozar de un ambiente seguro y saludable de trabajo, con las debidas medidas de prevención frente a los riesgos laborales de los puestos de trabajo que ocupan. d) Los demás derechos fundamentales previstos en la Constitución y tratados de derechos humanos ratificados por el Perú. Artículo 11. Régimen laboral especial El régimen laboral especial comprende remuneración mínima, jornada de trabajo de ocho (8) horas diarias o cuarenta y ocho (48) semanales, horario de trabajo y trabajo en sobretiempo, descanso semanal, descanso vacacional, descanso por días feriados, protección contra el despido injustificado. Artículo 12. Jornada y horario de trabajo 39

En materia de jornada de trabajo, horario de trabajo, trabajo en sobretiempo de los jóvenes trabajadores, les es aplicable lo previsto por el Decreto Supremo 007-2002-TR, Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 854, Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo Modificado por Ley 27671, o norma que lo sustituya. Artículo 13. Descanso semanal obligatorio El descanso semanal obligatorio y el descanso en días feriados se rigen por las normas del régimen laboral general de la actividad privada. Artículo 14. Descanso vacacional Los jóvenes trabajadores que cumplan el récord establecido en el artículo 10 del Decreto Legislativo 713, Ley de Consolidación de Descansos Remunerados de los Trabajadores sujetos al Régimen Laboral de la Actividad Privada, tienen derecho a quince (15) días calendario de descanso por cada año completo de servicios. Para su disfrute se rigen por lo dispuesto en el Decreto Legislativo 713, en lo que les sea aplicable. Artículo 15. Seguro social Los jóvenes trabajadores son afiliados obligatorios al seguro social en salud y, en los casos que corresponda, serán asegurados obligatorios al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, de acuerdo a las normas que lo regulan. Artículo 16. Derechos colectivos Los derechos colectivos de los jóvenes trabajadores se regulan por las normas del régimen general laboral de la actividad privada. Artículo 17. Régimen de pensiones Los jóvenes trabajadores deben afiliarse a cualquiera de los regímenes previsionales contemplados en el Decreto Ley 19990, Ley que crea el Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social, y en el Decreto Supremo 054-97-EF, Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones. Artículo 18. Inscripción automática en la bolsa de trabajo Los jóvenes contratados bajo el régimen laboral especial previsto en la presente Ley son inscritos automáticamente en la Bolsa de Trabajo de la Ventanilla Única de Promoción del Empleo (VUPE) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Tres (3) meses antes del vencimiento de su contrato, la Bolsa de Trabajo le notifica las posibilidades de contratación disponibles según el perfil del joven. El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo publica un informe anual con relación al servicio brindado a los jóvenes, en especial, respecto de su inserción en el mercado laboral. CAPÍTULO III 40

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR Artículo 19. Obligaciones del empleador Son obligaciones del empleador: a) Proporcionar un ambiente de trabajo seguro y saludable para prevenir los riesgos laborales, de acuerdo a las normas de la materia. b) Cumplir con el pago oportuno de la remuneración y demás beneficios sociales para el régimen laboral especial contemplado en la presente norma. c)

Respetar los derechos fundamentales y constitucionales de los jóvenes.

d) Cumplir con las retenciones y los aportes a la seguridad social en salud, pensiones y seguro de riesgo, de acuerdo con los parámetros establecidos en la presente Ley. e) Cumplir con la jornada y horario de trabajo de los jóvenes, de acuerdo a las normas que las regulan. f) Proporcionar a los jóvenes capacitación para el trabajo, a fin de mejorar su formación laboral y sus capacidades para el desarrollo de sus labores y el incremento de la empleabilidad y productividad, para lo cual se pueden acoger al incentivo previsto en el artículo 20 de la presente norma. g) Los demás contemplados en las normas que resulten aplicables supletoriamente al régimen del empleo laboral juvenil. Artículo 20. Incentivos para la capacitación de jóvenes Las empresas que contraten jóvenes bajo este régimen especial tienen derecho a un crédito tributario contra el Impuesto a la Renta equivalente al monto del gasto de capacitación de jóvenes contratados bajo este régimen, siempre que no exceda al dos por ciento (2%) de su planilla anual de trabajadores del ejercicio en que devenguen dichos gastos; para lo cual son aplicables los requisitos a que se refiere el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley 30056 y sus modificatorias, salvo lo dispuesto en el literal a) de dicho numeral. Este porcentaje es adicional al establecido por el crédito por gastos de capacitación señalado en la Ley 30056 y sus modificatorias. TÍTULO III INCENTIVOS PARA LA CONTRATACIÓN DE JÓVENES Artículo 21. Incentivo por primer empleo En el caso de las micro y pequeñas empresas, el Estado asume el costo correspondiente al primer año de la cotización del seguro social en salud de los jóvenes, que ingresen por primera vez a planilla electrónica, en virtud de esta norma. A efectos de recibir el incentivo previsto en el párrafo precedente, el joven debe ser 41

contratado por un (1) año como mínimo. En caso de que se termine la relación laboral del joven por decisión unilateral de la empresa antes del primer año, esta debe hacerse cargo de los montos de cotización del seguro social en salud correspondientes, en cuyo caso la empresa debe devolver al Estado los aportes abonados. El procedimiento para la implementación del presente artículo se regulará en el reglamento de la presente Ley. TÍTULO IV PROHIBICIÓN DE FRAUDE DE LEY Artículo 22. Fraude de ley Está prohibido el cese de trabajadores sin causa justa, con el fin de ser sustituidos, en el mismo puesto y funciones, por jóvenes contratados bajo el régimen laboral de la presente Ley. El incumplimiento del empleador se considera infracción administrativa muy grave en materia de relaciones laborales, conforme al artículo 33 de la Ley 28806, Ley General de Inspección del Trabajo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Modificación de la planilla electrónica Para el registro y seguimiento de las empresas que quieran contratar a jóvenes al amparo de la presente Ley, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), realiza una inclusión de dicha información en la planilla electrónica, en un plazo no mayor de noventa (90) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ley. SEGUNDA. Normativa complementaria Mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo y el ministro de Economía y Finanzas, con el voto favorable del Consejo de Ministros, se dicta el reglamento y demás disposiciones complementarias que sean necesarias para la mejor aplicación de la presente Ley en un plazo no mayor de ciento veinte (120) días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación. TERCERA. Implementación El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo implementa las acciones correspondientes para la efectividad de lo previsto en la presente Ley. CUARTA. Crédito y financiamiento La capacitación a que se refiere el artículo 20 de la presente Ley debe cumplir con los requisitos que establezca el reglamento. El crédito a que se refiere el artículo 20 de la presente Ley será aplicado en el ejercicio en el que devenguen y paguen los gastos de capacitación, y no generará saldo a favor del contribuyente ni podrá arrastrarse a los ejercicios siguientes, tampoco otorgará derecho a devolución ni podrá transferirse a terceros. 42

Para la determinación del crédito tributario no se considerarán los gastos de transporte y viáticos que se otorguen a los trabajadores. El monto del gasto de capacitación que se deduzca como crédito, de acuerdo a lo señalado en el artículo 20 de la presente Ley, no puede deducirse como gasto. El costo correspondiente al pago del seguro social en salud de los jóvenes que ingresen por primera vez en planillas, en el marco de lo dispuesto en el artículo 21 d e la presente Ley, es financiado con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en atención a la información registrada en la planilla electrónica. Para tal efecto, se autoriza al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a efectuar el pago del Seguro Social de Salud a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) en su calidad de ente recaudador de las contribuciones de seguro social. Dicho pago se aprueba mediante resolución del titular del pliego. La periodicidad del referido pago, así como las disposiciones que resulten pertinentes para la mejor aplicación de lo dispuesto en el presente artículo, se establecerán en el reglamento de la presente norma. Para el caso de la devolución de los aportes abonados a los que hace referencia el artículo 21 de la presente Ley, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) queda autorizada a exigir coactivamente la devolución de los aportes mediante el procedimiento de ejecución coactiva señalado en la Ley 26979. Los recursos recuperados por la SUNAFIL se revierten al tesoro público. Comuníquese, etc.” “Votación del texto sustitutorio del Proyecto 3942 Señores congresistas que votaron a favor: Abugattás Majluf, Acha Romaní, Acuña Peralta, Aguinaga Recuenco, Bedoya de Vivanco, Belaunde Moreyra, Benítez Rivas, Cabrera Ganoza, Canches Guzmán, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Chávez Cossío, Chehade Moya, Condori Cusi, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, De la Torre Dueñas, Eguren Neuenschwander, Fujimori Higuchi, Galarreta Velarde, Gastañadui Ramírez, Grandez Saldaña, Gutiérrez Cóndor, Huaire Chuquichaico, Iberico Núñez, Isla Rojas, Kobashigawa Kobashigawa, Lewis del Alcázar, Llatas Altamirano, López Córdova, Medina Ortiz, Molina Martínez, Monterola Abregú, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Neyra Olaychea, Oseda Soto, Pariona Galindo, Portugal Catacora, Rivas Teixeira, Ruiz Loayza, Salazar Miranda, Schaefer Cuculiza, Tait Villacorta, Tan de Inafuko, Tapia Bernal, Teves Quispe, Tubino Arias Schreiber, Vacchelli Corbetto, Valle Ramírez, Valqui Matos, Wong Pujada, Yovera Flores, Zamudio Briceño y Zerillo Bazalar. Señores congresistas que votaron en contra: Alcorta Suero, Angulo Álvarez, Apaza Ordóñez, Coari Mamani, Condori Jahuira, Dammert Ego Aguirre, Guevara Amasifuen, Inga Vásquez, León Romero, Lescano Ancieta, Mavila León, Mendoza Frisch, Mulder Bedoya, Pari Choquecota, Rodríguez Zavaleta, Saavedra Vela y Valencia Quiroz. 43

Señores congresistas que se abstuvieron: Anicama Ñáñez, Becerril Rodríguez, Díaz Dios, Gagó Pérez, Hurtado Zamudio, Lay Sun, Simon Munaro y Zeballos Salinas.” La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra la presidenta de la Comisión de Trabajo, congresista Chávez Cossío. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— Señora Presidenta, quiero agradecer a la Representación Nacional por dar esta oportunidad, que es de carácter voluntario, para que las empresas puedan acogerse a este régimen en favor de jóvenes que recién ingresan al mercado laboral y de jóvenes que van a ser capacitados y van a formalizarse y recibir muchos de los beneficios que hoy no tienen, y que son muy similares a los de los trabajadores de las mypes y de las pequeñas empresas. Teniendo en cuenta que es un proyecto muy importante, no voy a solicitar la exoneración de segunda votación. Espero que la semana entrante podamos estar cumpliendo con este trámite. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— De conformidad con el artículo 78.° del Reglamento, el proyecto aprobado será materia de segunda votación transcurridos siete días calendario. A solicitud del presidente de la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado, se abre un cuarto intermedio para la elaboración del texto final sobre la Ley que crea el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (INIAGEM) La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— El siguiente punto. El RELATOR da lectura: Dictamen por unanimidad de la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado, con una fórmula sustitutoria del Proyecto de Ley 4015/2014-PE, por el cual se propone la creación del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (INIAGEM).(*) La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Señores congresistas, este proyecto se ha incluido en la agenda teniendo en cuenta que estamos en la semana de la COP20. Se va a iniciar la sustentación del dictamen por unanimidad de la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado, recaído en el Proyecto de Ley 4015, enviado por el Poder Ejecutivo con carácter de urgencia, por el que se propone crear el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña. Al respecto, la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología ha presentado un dictamen en mayoría. 44

La Junta de Portavoces, con fecha 4 de diciembre de 2014, acordó la exoneración del plazo de publicación de los dictámenes en el Portal del Congreso y la ampliación de la agenda. Tiene la palabra el presidente de la Comisión de Descentralización, congresista Dammert Ego Aguirre. El señor DAMMERT EGO AGUIRRE (AP-FA).— Señora Presidenta: La Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado aprobó por unanimidad el Proyecto de Ley 4015/2014-PE, mediante el cual se propone crear el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (INIAGEM), remitido con carácter de urgencia por el Poder Ejecutivo. Para encuadrar la importancia de este proyecto, quizá es bueno decir las condiciones de desafío que vive el Perú ante el cambio climático. Este desafío se aprecia claramente en que la emergencia por fenómenos hidrometeorológicos se ha incrementado más de seis veces, desde 1997 al 2006, y es probable una intensificación del fenómeno de El Niño, para lo cual no está preparado el país ni las regiones afectadas. Para el 2030, la temperatura mínima del aire aumentaría en el país entre 0,4 y 1,4 grados Celsius, en especial en el sector de la costa y selva norte y sector central y parte del sector sur andino. Las precipitaciones anuales mostrarían deficiencias, mayormente en la sierra, entre menos 10 y menos 20%; y en la selva norte y central, selva alta, en hasta menos 10%. Los incrementos más importantes se darían en la costa norte y selva sur entre más 10% a más 20%. En la costa norte, el incremento del nivel del mar sería aproximadamente de 60 a 81 centímetros para los próximos 100 años, lo que afectará a las poblaciones, actividades económicas, crecimiento urbano y asentamiento poblacional principal en el país. Pese a poseer el 71% de los glaciares tropicales del mundo, ya se ha perdido en los últimos 30 años el 22% de superficie glaciar, perdiéndose más de 12 mil millones de metros cúbicos de agua. En los próximos diez años podrían desaparecer todos los glaciares por debajo de los cinco mil metros. De esta forma, la disponibilidad hídrica en la vertiente del Pacífico disminuirá en 6%, salvo el extremo norte, afectando la costa, donde está ubicada el 80% de la población peruana y las principales tierras irrigadas con agua canalizada desde las altas vertientes andinas. Se acentuarán los problemas de una distribución de recurso hídrico, limitado en la costa donde hay más población errática y polarizada, y restringida en la zona de alta potencialidad pero sin fuente de almacenamiento y sistema de riego; y en la amazonía será abundante, pero con variaciones sustantivas entre los periodos de altas y bajas, afectando el bosque amazónico e incrementando la tendencia a la deforestación y pérdida de los bancos genéticos de la biodiversidad. 45

El Perú es uno de los diez países más megadiversos del mundo, y ve con preocupación y con seriedad que estamos perdiendo aspectos sustantivos de la organización del territorio. Esta es la dimensión del desafío civilizatorio que tiene el Perú ante el cambio climático, además de los problemas de calentamiento global por los gases de efecto invernadero. Por eso es que el tema de los glaciares tiene un rol particular. En el caso de nuestra patria los glaciares andinos, que tienen esa disminución tan drástica, son el eje organizador de la gestión general del territorio. En nuestra civilización andina originaria se les consideraba montañas sagradas —los apus—, porque eran el punto de origen de las condiciones de vida —los nevados andinos—, donde se almacena el agua; y esa agua almacenada corre luego a través de los ríos, luego, en forma subterránea y organiza los valles interandinos y, en las planicies andinas, organiza la vida, pero la organiza también en la costa. Y también esas montañas andinas tienen que ver con las condiciones de humedad en la amazonía, y permiten la condición excepcional que tiene la amazonía como una gran fuente de agua dulce y, además, de recursos de biodiversidad y recursos forestales. Lamentablemente, esas condiciones de los glaciares andinos están siendo directamente afectadas por el cambio climático. Es por eso que se propone una medida específica para poder, dentro del enfrentamiento al cambio climático, tener un instrumento central que ayude a concentrar esfuerzos institucionales para hacer frente a esa modificación del clima. El presente proyecto de ley propone crear el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña, en adelante INIAGEM, como un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio del Ambiente, que tiene como finalidad fomentar y expandir la investigación científica y tecnológica en el ámbito de los glaciares y los ecosistemas de montaña, promoviendo su gestión sostenible en beneficio de las poblaciones que viven en o se benefician de dichos ecosistemas; establece su estructura orgánica y la función de sus órganos y su régimen laboral y económico. Esta propuesta se fundamenta en lo dispuesto en los artículos 67.° y 68.° de la Constitución Política del Perú, que establecen que el Estado determina la política nacional del ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos, además de la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas. Asimismo, la décimo novena política de Estado del Acuerdo Nacional establece la integración de la política nacional ambiental con las políticas económicas, sociales, culturales y de ordenamiento territorial, para contribuir a superar la pobreza y lograr el desarrollo sostenible del Perú, así como a institucionalizar la gestión ambiental, pública y privada, para proteger la diversidad biológica, facilitar el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, asegurar la protección ambiental y promover centros poblados y ciudades sostenibles; lo cual ayudará a mejorar la calidad de vida, especialmente de la población más vulnerable del país. Al respecto, el artículo 100.° de la Ley General del Ambiente, Ley 28611, señala que el Estado protege los ecosistemas de montaña y promueve su aprovechamiento sostenible; 46

en el ejercicio de sus funciones, las autoridades públicas adoptan medidas para, entre otras, estimular la investigación de las relaciones costo-beneficio y la sostenibilidad económica, social y ambiental de las diferentes actividades productivas en la zonas de montañas; y, facilitar y estimular el acceso a la información y al conocimiento, articulando adecuadamente conocimientos y tecnologías tradicionales con conocimientos y tecnologías modernas. En dicho marco, la Política Nacional del Ambiente, aprobada por Decreto Supremo 0122008-MINAM, es de obligatorio cumplimiento en todos los niveles del Gobierno nacional, regional y local, con carácter orientador para el sector privado y la sociedad civil. Se estructura sobre la base de cuatro ejes temáticos esenciales de la gestión ambiental, respecto de los cuales se establecen lineamientos de política orientados a alcanzar el desarrollo sostenible del país, siendo el Ministerio del Ambiente el encargado de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la Política Nacional del Ambiente, así como de aprobar los planes, programas y normatividad que se requiera para el cumplimiento de la misma. La Política Nacional del Ambiente en el Eje 1 de la ‘Conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y la diversidad biológica’, tiene como lineamientos, entre otros: En materia de diversidad biológica, impulsar la conservación de la diversidad de ecosistemas, especies y recursos genéticos y el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales de los que depende la supervivencia de las especies; en materia de aprovechamiento de los recursos naturales, promover la innovación tecnológica, la investigación aplicada y el uso de tecnologías limpias para el aprovechamiento de los recursos naturales; y, en materia de mitigación y adaptación al cambio climático, incentivar la aplicación de medidas para la mitigación y adaptación al cambio climático con un enfoque preventivo, considerando las particularidades de las diversas regiones del país, con énfasis en la situación y accionar espontáneo de adaptación de las comunidades campesinas y pueblos indígenas. Asimismo, se deben tener en cuenta los objetivos específicos del Ministerio del Ambiente para asegurar el cumplimiento del mandato constitucional sobre la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas y el desarrollo sostenible de la Amazonía, así como asegurar la prevención de la degradación del ambiente y de los recursos naturales y revertir los procesos negativos que los afectan. De acuerdo al artículo 33.° de la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los organismos técnicos especializados se crean, por excepción, cuando existe la necesidad de: planificar y supervisar, o ejecutar y controlar políticas de Estado de largo plazo, de carácter multisectorial o intergubernamental que requieren un alto grado de independencia funcional; y, establecer instancias funcionalmente independientes que otorgan o reconocen derechos de los particulares, para el ingreso a mercados o para el desarrollo de actividades económicas que resulten oponibles a otros sujetos de los sectores público o privado. En el caso específico del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña, la propuesta de su creación se enmarca en lo previsto en el numeral 1 del 47

dispositivo legal citado anteriormente, toda vez que el desarrollo de la investigación respecto de los glaciares y ecosistemas de montaña requiere la existencia de un organismo público especializado que permita su fortalecimiento, en particular a nivel científico y tecnológico, contribuyendo a una mejor toma de decisiones y a la gestión sostenible de los mismos en beneficio de las poblaciones que viven en o se benefician de estos ecosistemas. Es necesario un organismo público que cuente con la jerarquía suficiente para el mayor y mejor abordaje sistémico de los problemas que puedan impactar a los glaciares y ecosistemas de montaña, en particular los efectos del cambio climático, así como potenciar los aspectos positivos que puedan presentarse en el marco del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, el Sistema Nacional de Gestión Ambiental, así como el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos y Desastres, entre otros. Finalmente, a través de la propuesta del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña, se pretende contribuir al fortalecimiento de la gestión intersectorial, en particular entre los principales sectores involucrados en esta temática, profundizando el estudio y tratamiento de los glaciares tropicales y ecosistemas de montaña en nuestro país; asimismo permitir la definición concertada sobre las líneas de investigación priorizadas a desarrollar, como la evolución y fluctuaciones de los glaciares ocasionados por el calentamiento global, entre otros temas de estudio, con el rigor requerido en las investigaciones y publicaciones científicas internacionales, y acorde con un plan estratégico institucional determinado. De acuerdo a lo planteado en la propuesta de la Comisión, y acordado por unanimidad, se considera también la importancia de que una vez al año el Ministerio del Ambiente informe al Pleno del Congreso sobre cómo se ha avanzado respecto a esta protección de los sistemas de alta montaña y de los glaciares, considerados como ejes del conjunto de la problemática ambiental del Perú para enfrentar el cambio climático. Se plantea, entonces, que sea un tema público el informe anual; que cada cinco años haya un informe de evaluación, pero que sea un tema público el informe anual ante el Congreso, así como en otras materias, que permita una concordancia entre los poderes del Estado y con el conjunto de la opinión pública y la sociedad nacional, para ir manteniendo la preocupación nacional, viendo de manera constante y sensible cuáles son los puntos en que se avanza, los puntos en que se retrocede, los puntos en que hay limitaciones, los puntos que deben fortalecerse, los puntos en los cuales el acuerdo entre todos los peruanos debe permitirnos que el sistema de glaciares, el sistema hídrico del país, el sistema general de nuestra profunda biodiversidad y de nuestros recursos naturales sean adecuadamente seguidos, supervisados y facilitados en su gestión ante el cambio climático, por la decisión de los poderes públicos. De ahí, señor Presidente, señores congresistas, que a este dictamen, apenas llegó la propuesta del Poder Ejecutivo, se le dio prioridad en la Comisión de Descentralización, que tiene a su cargo ver estas materias; y, tomado el acuerdo por unanimidad, se ha traído al Pleno del Congreso este texto para que pueda ser aprobado, más aún, en homenaje al esfuerzo que hace el Perú en este momento en la COP20 para buscar y

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llegar a acuerdos que permitan concordar entre todos los países del mundo, desde el Perú y desde sus apus tutelares, para enfrentar el desafío del cambio climático. Gracias. —Reasume la Presidencia el señor Norman David Lewis del Alcázar. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiene la palabra el presidente de la Comisión de Pueblos Andinos, congresista Pariona Galindo, hasta por diez minutos. El señor PARIONA GALINDO (GPFP).— Presidente: El dictamen recaído en los Proyectos de Ley 3804 y 4015 propone la creación del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña. Estas iniciativas buscan fomentar la investigación científica y tecnológica en el ámbito de los glaciares y los ecosistemas de montaña, con el propósito de lograr una gestión sostenible en beneficio de la población que vive en dichas zonas o se benefician en dichos ecosistemas. Como es de conocimiento de todos, nuestros nevados están desapareciendo y cada día este proceso se acelera. Con ello estamos afectando a la población por la escasez de agua, los constantes deslizamientos, entre otros fenómenos que dañan el ecosistema. El Instituto Nacional de Investigación de Glaciares y Ecosistemas de Montaña será un organismo técnico especializado, y cumple con lo dispuesto en el artículo 33.° de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. Su sede será en la ciudad de Huaraz y podrá establecer observatorios, laboratorios u otros órganos desconcentrados en cualquier lugar del territorio nacional. Con la creación de este instituto se pretende contribuir al fortalecimiento en la gestión intersectorial, en particular entre los principales sectores involucrados en esta temática, profundizando el estudio y tratamiento de los glaciares tropicales y ecosistemas de montaña en nuestro país; asimismo, permitir la definición concertada sobre las líneas de investigación priorizadas a desarrollar, como la evolución y fluctuaciones de los glaciares ocasionados por el calentamiento global. Por esta razón, solicito a la Representación Nacional dar su voto favorable a esta iniciativa, toda vez que tiene mucha importancia. Gracias. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Concluida la sustentación, se da inicio al debate. Como el dictamen de la Comisión de Descentralización ha sido aprobado por unanimidad, cada grupo parlamentario tendrá un máximo de dos minutos para que exponga su posición, en aplicación del tercer párrafo del inciso b) del artículo 55.° del Reglamento.

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Tiene la palabra el congresista Julca Jara. El señor JULCA JARA (PP).— Presidente: Mi saludo a los colegas presentes. Un tema tan importante como este debería merecer probablemente la atención de todos nosotros. En el marco del cambio climático, en el que el Perú es uno de los países más afectados por el calentamiento global, sobre todo en cuanto se refiere a los nevados y las cordilleras, esta propuesta, de hecho, tiene suma importancia, y por eso saludamos a ambas Comisiones por haber aprobado y presentado estos dictámenes. Nosotros propusimos, con fecha 12 de setiembre, un proyecto de ley que propone declarar de necesidad pública e interés nacional la creación del Instituto de Investigación de Glaciares y Cambio Climático, con sede en Huaraz, dado a que en este momento existe en la ANA una Unidad de Glaciología. En consecuencia, propusimos la creación de este instituto, que es necesario como han manifestado los presidentes de ambas Comisiones. Luego, el Ejecutivo envió el 23 de noviembre un proyecto en el que propone la creación de un nuevo instituto, con lo cual estamos totalmente de acuerdo. Finalmente, ambas Comisiones han debatido esta propuestas, y por ello considero que debe aprobarse la fórmula legal en debate; pero solicito que se acumulen los dictámenes de ambas Comisiones, para poder lograr que este proyecto, además en el marco de la COP20, pueda tener la relevancia y reflejar, sobre todo, la actitud del Congreso de que estamos también legislando respecto a problemas de nivel mundial que, de hecho, afectan sobre todo a nuestro país. Considero que esto debe aprobarse. Por eso solicito, de ser posible, que sean acumulados ambos dictámenes y que se proceda a su aprobación. Muchas gracias. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiene la palabra el congresista Cárdenas Cerrón. El señor CÁRDENAS CERRÓN (NGP).— Presidente: Quisiéramos solicitar a los presidentes de las Comisiones de Descentralización y de Pueblos Andinos que puedan considerar y valorar la acumulación del Proyecto de Ley 2989/2013-CR, que hemos presentado y que tiene un solo artículo, dirigido a declarar de interés nacional la conservación y protección de los ecosistemas de montaña en el territorio nacional. Como ya dijeron los señores representantes de las Comisiones, los ecosistemas de montaña son algunas de las regiones con mayor biodiversidad en el mundo. El 32% de todas las áreas protegidas se encuentran en las regiones montañosas, y muchos animales raros y en peligro de extinción hacen sus hogares en esos corredores ecológicos especiales. Durante miles de años las montañas han sido fuentes de recursos básicos y valiosísimos como son el agua, la energía y la diversidad biológica. Sin embargo, los procesos socioeconómicos, como la globalización que estamos viendo, el incremento del turismo, 50

el urbanismo y las actividades extractivas son un alto riesgo para las comunidades de las montañas y para los recursos de su subsistencia. En ese sentido, y con relación a esta problemática, hemos elaborado esa propuesta legislativa que está orientada a que se declare de interés nacional la conservación y protección de los ecosistemas de montaña, la cual tiene coincidencias con las disposiciones complementarias finales: con la primera, respecto al mecanismo de articulación, y con la quinta, respecto al informe anual que deben desarrollar los ministros. Entonces, pido a los congresistas Pariona y Dammert que se sirvan considerar la acumulación de esa propuesta legislativa que hemos presentado en el año 2013. Gracias. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Congresista, le había pedido una interrupción su colega Julca Jara. Okay. Puede proceder, congresista. El señor JULCA JARA (PP).— Presidente, sobre esta materia hemos presentado el proyecto 3804/2014-CR, y, tal como ha manifestado nuestro colega Cárdenas, el calentamiento global es un fenómeno prácticamente devastador e increíblemente multiefecto, porque afecta no solamente hoy con la desglaciación, sino también con la disminución de los bofedales, perjudicando la biodiversidad, el manejo de cuencas, y también la capacidad económica y social de muchas comunidades que hoy día están asentadas en las cabeceras de cuencas, que es donde se está sintiendo ese efecto devastador. Solo quiero mencionar que, en los últimos días, en los medios de comunicación se han publicado reportajes sobre cuál es el efecto del cambio climático, y también de la minería informal, como es en Huaraz, en el caso de la cordillera, en el Huascarán. Y asimismo El Comercio, días atrás, a raíz de la COP20, publica un artículo muy dramático y devastador sobre la lenta muerte del Pastoruri. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Gracias, congresista. Tiene la palabra el congresista Pari Choquecota. El señor PARI CHOQUECOTA (GPDD).— Presidente, la congresista Mavila y el congresista Julca me solicitan interrupciones. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiene la interrupción, congresista Mavila León. La señora MAVILA LEÓN (AP-FA).— Gracias, congresista Pari. Señor Presidente, solo para dejar constancia de mi acuerdo con esta norma. El exministro del Ambiente, señor Ricardo Giesecke, nos explicó acuciosamente el significado del 51

deshielo de los glaciares, que en términos geofísicos supranacionales afecta principal y significativamente a nuestro país. Nos especificó el riesgo país de que estos glaciares se vayan disolviendo y que no haya políticas públicas georreferenciales para depositar el agua que se pierde en el mar, convirtiendo esas áreas en zonas pantanosas y que de alguna manera repercuten en el cambio del ecosistema, pero que no necesariamente aseguran para las nuevas generaciones el acceso al agua. De otro lado, esos bofedales, que de alguna manera no se canalizan con la perspectiva de reservorios de agua y que se dejan a la espontaneidad de la construcción de ecosistemas que poco a poco se van perdiendo en su capacidad de regeneración... El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Gracias, congresista. Tiene la interrupción, congresista Julca Jara. El señor JULCA JARA (PP).— Gracias, colega Pari. Presidente, quiero complementar la información que también acaba de salir hace unas cuantas horas en la revista Agronoticias. Es un artículo que escribe uno de los más conspicuos y conocedores científicos sobre el tema de los glaciares, como es el señor Benjamín Morales Arnao, que dice: ‘Adiós a los glaciares’. Justamente ahí hace una mención muy amplia sobre cuál es la situación del retroceso de los glaciares a nivel del Perú, cuál es el efecto que eso tiene. De hecho, de él nació la propuesta de crear inicialmente este instituto, por lo que tenemos que expresarle nuestro reconocimiento. Él propuso dos cosas: Políticas públicas estables o sostenibles, transversales a nivel de todo el Estado, e institucionalidad. Me parece que al crear este instituto estamos dando, de alguna manera, un paso importante desde el Congreso, y de hecho con el Ejecutivo, que ha enviado también su proyecto, para poder iniciar políticas estables o sostenibles que permitan lograr una mitigación y, sobre todo, un nivel de adaptación, hoy día que se discuten las propuestas en el COP20. Esperemos que sean aprobadas y que permitan de alguna manera a los países que generan el efecto... El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Gracias, congresista. Puede iniciar su intervención, congresista Pari Choquecota. El señor PARI CHOQUECOTA (GPDD).— Presidente: Los glaciares y los ecosistemas de montaña son estratégicos y fundamentales para la vida del país, porque ahí nace la vida, ahí se recargan los acuíferos tanto para la cordillera oriental como para la cordillera occidental. Me parece que la creación de este instituto es un aporte importantísimo. Sin embargo, creo que hay que considerar otros elementos adicionales. Una cosa es la puna seca, otra cosa es la puna húmeda. Hay que poner atención en que cada investigación tiene sus propias características y sus propias formas de abordaje.

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La puna seca está más en la cordillera occidental, y la puna húmeda está en la cordillera oriental. Los niveles de precipitación y la forma y el comportamiento de los acuíferos son diferentes; el comportamiento de los ecosistemas también lo es, y esto hay que subrayarlo. Y no solo se trata de hacer un inventario de glaciares, de la condición de los mismos, o de ver de cómo se está retrocediendo y como cada vez se están teniendo menos reservorios naturales de agua; porque un glaciar es un reservorio de agua natural, del que se va alimentando y recargando el acuífero, y esos reservorios naturales van desapareciendo o son cada vez menores. Pero junto a ese reservorio es el propio ecosistema altoandino el que retiene humedad y permite generar recarga acuífera. Por tanto, es el nevado, pero también es el ecosistema y la flora, que cumple el papel de retener humedad y generar posibilidades de recarga del acuífero. Entonces, es sumamente importante no solo ver los glaciares y las lagunas, sino también los elementos sustanciales y estratégicos que se dan en esos ecosistemas y que pertenecen a la vida de las personas locales que están en esos ecosistemas, como los bofedales. Y en el inciso g), del artículo 4.°, no está la evaluación y la identificación de bofedales. Es importante hacer una caracterización de los bofedales, y el instituto debe tener esa tarea, porque este es un recurso estratégico y fundamental para los ecosistemas y para los pobladores altoandinos en zonas de montaña. Eso hay que adicionarlo en dicho inciso g), y voy a hacer llegar por escrito la propuesta correspondiente. Pero también hay que tener mucho cuidado en que este instituto se vaya a convertir en un instituto solo de interpretación científica de la realidad, con lo que llegaríamos a un extremo cientificista. Aquí hay que señalar que parte de su función es también la investigación de elementos más concretos para poder abordar la problemática; porque, si no, se convertiría en un instituto interpretativo de la realidad, cuando lo importante es cómo se aborda esa realidad. Entonces, hay que adicionar ahí un inciso que diga: ‘Investigación de tecnologías de recuperación, conservación e integración de los ecosistemas en el desarrollo de la vida y las poblaciones vulnerables que habitan en estos ecosistemas’. Creo que eso es fundamental; porque, si no, simplemente vamos a crear una institución que podría abordar temas muy interesantes, pero, muchos a veces, más por curiosidad científica. Eso no; hay que hacer que el instituto sea práctico, es decir, que haga investigación para abordar la diferente problemática que se presenta en esos ecosistemas y cómo, desde nuestro país, contribuimos a todo este proceso de carácter global que viene ocurriendo. En todo caso, debe abordarla, no solamente desde la mirada y la lectura, sino desde la práctica, desde el desarrollo de heterologías, de elementos, en razón de que las poblaciones también tienen sus aportes, sus propias prácticas, que hay que recuperar y sistematizar para poder entenderlas y ver cómo podemos realmente asumir muy responsablemente esta situación. Pasaré por escrito las propuestas que estamos haciendo al presidente de la Comisión a cargo de este proyecto. 53

Muchas gracias. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiene la palabra el congresista Hurtado Zamudio. El señor ZAMUDIO BRICEÑO (NGP).— Señor Presidente: Evidentemente, cuando se propone crear el Instituto Nacional de Investigación de Glaciares y Ecosistemas de Montaña, estamos abarcando uno de los problemas centrales del país, porque nosotros sí podemos ser proveedores de recursos hídricos en el futuro. La siembra y cosecha de agua puede proveer diez mil millones de metros cúbicos, lo que significa un lago Titicaca cada año, y evitaría muchos problemas en las zonas que están en la costa. Aparte de eso, el estudio de la investigación del agua tiene que ver con todo lo que ya nuestros antepasados hicieron. Ellos tuvieron un conocimiento bastante profundo de los asuntos del manejo del agua, tanto en la siembra como en la cosecha del mismo. Ahora, el problema aquí —que veo después de leer este documento— es solamente un acápite de la aplicabilidad de los estudios científicos. Lamentablemente, entre la investigación y su aplicación debe haber una estrecha vinculación, y no la hay. Aquí, se trata de un instituto de investigación como muchos que hoy tenemos: hay diecisiete en el Perú que investigan, pero toda esa investigación queda solamente en grandes libros, en bonitos informes. Entonces, yo sugeriría que en la parte de esta propuesta donde figuran las funciones y atribuciones se añada una, exclusivamente, orientada a que los datos científicos que aquí se den se traduzcan en propuestas pragmáticas para el Gobierno, para que sean políticas nacionales dentro del Acuerdo 33, sobre el Manejo del Agua. Recordemos que nosotros tenemos la enorme capacidad de apoyar al mundo, porque ahora que vemos el cambio climático y el calentamiento global, se debe cuidar la reforestación de toda la sierra, por ejemplo. Si reforestáramos toda la sierra peruana, solucionaríamos el problema del cambio climático a nivel mundial; entonces, si vamos a ayudar al mundo, también deberíamos ver que los países que van a recibir nuestro apoyo, a través de millones de árboles sembrados en nuestras serranías, paguen de alguna manera ese trabajo que hacemos para mantener el equilibrio global a nivel internacional. Por eso creo que esto no solamente tiene un alcance pragmático a nivel nacional, sino también a nivel internacional. Nosotros somos el pulmón del mundo, y hay documentos muy claros a nivel mundial que revelan de qué manera podríamos aportar al producto bruto mundial. En cuanto a las informaciones que ahora poseemos sobre el cambio climático, tenemos conocimiento de que este es un trabajo que se hizo a nivel mundial, y se da cuenta de la pérdida económica que tendríamos si aumentara solamente un grado la temperatura global de la Tierra. Esa pérdida es enorme en comparación con lo que nosotros podríamos dar.

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De manera que, solo con la siembra y la cosecha de agua en nuestras alturas, se aportaría 0,23% al producto bruto internacional; entonces, estaremos aportando al mundo. Por tanto, habría que ver qué convenios se celebran con los otros institutos del mundo, porque ellos sí deben financiar los aportes que con este trabajo se van a hacer. Muchas gracias. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiene la palabra el congresista Tejada Galindo. El señor TEJADA GALINDO (NGP).— Presidente: Este proyecto es realmente importante. El Perú, como se ha dicho reiteradamente en estos días de la COP20, es uno de los tres países que podrían ser más afectados por el cambio climático, debido a la gran diversidad y fragilidad de los ecosistemas, y, también, a la propia vulnerabilidad de la población. Es increíble que en el Perú no haya un instituto que haga investigación sobre glaciares. Tenemos varios institutos que abordan la investigación de asuntos relacionados al clima. Tenemos el Instituto del Mar, pero no tenemos un instituto de glaciares, a pesar de que, como dice el propio dictamen, en los andes peruanos se contiene el 71% de los glaciares tropicales. De manera que este proyecto va a ser muy importante, sobre todo en el marco de la COP20, porque es necesario captar la atención del mundo respecto a que requerimos aquí apoyo internacional y cooperación. Así como en el caso de la gestión de bosques, con el gobierno de Noruega, también se puede conseguir un apoyo para esta investigación sobre los glaciares. Hay algunas precisiones que quería hacer, y ojalá sean acogidas por los presidentes de las Comisiones. En el artículo 5.° del proyecto, en el punto número 3, se menciona a órganos de apoyo como parte de la estructura orgánica básica. Sin embargo, proponemos que sean órganos de administración interna, que incluyan a los órganos de apoyo y también a otros órganos, como los de planificación y asesoría. Es más amplio hablar de órganos de administración interna. Hay una cuestión de orden material. Dice: Artículo 13. Funciones de la Presidencia Ejecutiva. Debería ser artículo 14. Finalmente, en la disposición complementaria quinta, sobre el informe anual, se señala que el Ministro del Ambiente se presenta ante el Pleno del Congreso de la República para presentar el informe elaborado por el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiene tiempo adicional, congresista. El señor TEJADA GALINDO (NGP).— Planteamos que la redacción quede de la siguiente forma: ‘Quinta. Informe Anual: El Ministerio del Ambiente presenta anualmente al Congreso de la República el informe elaborado por el Instituto Nacional de Investigación 55

en Glaciares y Ecosistemas (INIAGEM), sobre la situación de los glaciares y el ecosistema de montañas en el país, como eje de los procesos de cambio climático en el país, así como las acciones adoptadas por esta entidad en el marco de su competencia’. De esta manera, podemos hacer que se presenten también por escrito, en algunas ocasiones, los informes sobre los avances de este Instituto de Investigación. Muchas gracias. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiene la palabra el congresista Medina Ortiz. El señor MEDINA ORTIZ (GPFP).— Presidente: En estos tres años y un poco más que estamos en el Congreso, el debate sobre temas ambientales y ecológicos en realidad ha estado ausente; prácticamente, casi nada a este respecto. Qué nos vamos a oponer a una iniciativa que, en primer lugar, genera en nuestro país una condición institucional de investigación para proteger nuestro medio ambiente. Hablar sobre ecosistemas y sobre glaciares me trae inmediatamente a la memoria a los pastores de puna, esos pastores que están en los humedales y que cada vez son menos. Sin embargo, como política de Estado tiene que haber criterios plurales para la defensa de nuestro medio ambiente, y eso es lo que no se nota. Se han aprobado en este Congreso tres proyectos, uno de ellos sobre el lago Titicaca. La ley respectiva ha sido promulgada por el Presidente de la República. El lago tiene su propia autoridad autónoma y ya se están haciendo gestiones para su recuperación. Los otros dos proyectos han sido observados. Esto revela que no hay coherencia. La autógrafa de la ley sobre la laguna de Pacucha, para su protección, recuperación y conservación, aprobada por unanimidad en el Congreso, ha sido observada por el Ejecutivo; y ahora estamos discutiendo un tema relacionado con esa observación del Ejecutivo. Lo mismo ha sucedido con la autógrafa de la laguna de Choclococha, en Huancavelica; también ha sido observada por el Ejecutivo. Entonces, tenemos que llamar la atención del Ejecutivo para que entienda que la protección del medio ambiente y de nuestro ecosistema tiene que ver con voluntades institucionales, con voluntades políticas. —Reasume la presidencia la señora Ana María Solórzano Flores. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene tiempo adicional, congresista. El señor MEDINA ORTIZ (GPFP).— Porque si hace dos años se hubiera promulgado la ley sobre la laguna de Pacucha, en Andahuaylas, ya los presupuestos de los gobiernos regionales y municipales se habrían orientado justamente a la conservación, protección y recuperación en la que estamos involucrados.

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Por eso pido que este asunto, originado en el Proyecto 852, sobre la laguna de Pacucha, que está aprobado por la Mesa Directiva, se ponga en agenda para su insistencia. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Abugattás Majluf. El señor ABUGATTÁS MAJLUF (NGP).— Señora Presidenta: Quiero llamar la atención de los presidentes de ambas Comisiones, que, tengo entendido, han consensuado un texto, en cuanto al artículo 7, referido a la designación de los directores, que es crucial, sobre una tara en la administración pública. Nosotros tenemos, como se ha mencionado, una serie de instituciones científicas con extraordinarios científicos; pero nadie va a encontrar ninguna norma en que las opiniones de esos científicos sean vinculantes. La tara que tenemos es que los cargos políticos asumen que saben sobre temas para los cuales nunca han sido preparados. Entonces, si no damos la pauta en este momento, para que el directorio de este instituto tenga gente experta en la materia, tendremos probablemente veterinarios, carpinteros, gasfiteros opinando sobre cuestiones relativas a glaciares y ecosistemas de montaña, como ocurre por ejemplo en el Imarpe, donde solamente puede ser director un marino, que no tiene que tener ningún estudio en materia de investigación oceanográfica. Y aquí dejamos en manos de políticos o tecnócratas la designación de quiénes podrán ser y qué requisitos tendrán. Creo que es responsabilidad del Congreso dar la pauta de que, para asumir el cargo de director, quien sea designado tiene que ser un experto en materias relacionadas a glaciares y ecosistemas de montaña. De otra manera seguiremos cometiendo errores por los que los institutos de investigación no son atendidos. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene tiempo adicional, congresista. El señor ABUGATTÁS MAJLUF (NGP).— Hemos realizado reuniones con toda la academia peruana, con todas las instituciones, donde hemos debatido temas de cambio climático y donde las opiniones eran tan claras, tan contundentes, que nosotros les preguntamos ¿pero por qué su institución no dice esto? Y nos respondían: Porque nosotros emitimos los informes, pero los tecnócratas, que no son de la institución, que son los directores, que son los miembros, deciden lo que quieren. Entonces, con la carencia que tenemos de investigadores, con lo poco que se invierte en investigación, la hacemos y nadie les hace caso. Creo que sería el momento oportuno, dada la gravedad de la situación, de que demos la pauta para que quienes integren este directorio no sean amigos del gobierno de turno, sino gente experta en materias relacionadas a los temas propios de este instituto. Hago esa invocación, porque así lo habíamos planteado en la Comisión de Pueblos Andinos. Pero acá veo que persiste ese intento del Ejecutivo de manejar los directorios, 57

sabe Dios con qué criterios. Si nosotros no fijamos esos criterios, los determinará cualquier señor que vaya a redactar el reglamento, sin que sepamos siquiera si conoce o no la materia. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Acuña Peralta. El señor ACUÑA PERALTA (SN).— Presidenta: Saludo la iniciativa de los colegas que han presentado este proyecto de ley que permite crear un instituto de conservación de los glaciares; pero creo, además, que estamos entrando a la discusión de un asunto que es de interés global. Hoy precisamente se celebra en el Perú el evento de la COP20, que tiene que ver con la preocupación que existe en el mundo sobre el mantenimiento del planeta y su conservación. Estimados colegas, no solo son los glaciares, no solo son los hielos, no solo son los deshielos que pasan por nuestras lagunas. Hay también otros temas por los que tenemos que preocuparnos. Así como ahora nos preocupamos por la conservación de los glaciares, debiéramos también preocuparnos por la contaminación de los océanos, porque quién será capaz más delante de poder limpiarlos de tanta basura, de tanto plástico, de tantos animales muertos y de tantas arenas que van a contaminarlos. Y no solo es el océano Pacifico, sino los océanos de todo el planeta. Quién será capaz de reponer esos bosques verdes que diariamente vamos reemplazando por bosques de cemento. Quién será capaz en el futuro de evitar la desaparición de los ríos. Quién será capaz de reponer el agua dulce que día a día se pierde. Quién será capaz de poner en marcha un gran programa de reforestación que tanto necesita el planeta. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. El señor ACUÑA PERALTA (SN).— Hago estas reflexiones porque creo que la crisis actual que vivimos con los deshielos y con la contaminación no son crisis del planeta, no son crisis ambientales, sino que son crisis políticas, porque en su momento los políticos no fueron capaces de dar las normas requeridas para conservar nuestro medio ambiente, ni tuvieron la visión suficiente para dictar las políticas dirigidas a ese objetivo. Entonces, saludo la decisión de estos colegas porque eso es realmente preocuparse por las próximas generaciones. Solo de esta manera podremos conservar más adelante la permanencia de los seres vivientes, inclusive. ¿Qué podrá pasar más adelante si vamos destruyendo a todos los seres vivientes? Por esa razón, creo oportuno un proyecto de ley como este, porque indirecta o directamente estaremos incluso buscando la conservación del ser humano, que es lo más importante. Desafortunadamente, la política se ha centrado en el mercado, en la empresa, en el consumismo, y nunca se ha preocupado por la conservación del medio ambiente.

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Por eso creo que es el momento de que todos nos involucremos en esta política global que es la conservación del medio ambiente. Presidenta, el congresista Martín Belaunde me pide una interrupción. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Belaunde Moreya. El señor BELAUNDE MOREYRA (SN).— Congresista Acuña, con relación a este instituto de investigación sobre el fenómeno de la desglaciación, que afecta a los nevados tropicales y que sería una de los factores adversos que estamos sufriendo como consecuencia del llamado fenómeno del calentamiento global, que a su vez estaría originando el otro fenómeno llamado del cambio climático; entiendo que el INGEMMET, del que he leído ayer una memoria, hace estudios sobre el fenómeno de la desglaciación, palabra difícil de pronunciar. El INGEMMET, que es el Instituto Geológico Minero Metalúrgico, es una entidad del Estado que se remonta en el Perú desde la segunda mitad del siglo XIX. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la segunda interrupción, congresista Belaunde Moreyra. El señor BELAUNDE MOREYRA (SN).— Entonces, quisiera preguntar al autor de este proyecto de ley lo siguiente: si este Instituto tiene todo el acervo documentario del antiguo cuerpo de ingenieros de minas, de geólogos, etcétera, ¿qué va a ser de esos trabajos del INGEMMET? La dirección, dentro del INGEMMET que ve estos trabajos, ¿se va a quedar en INGEMMET o será transferida a este nuevo instituto? ¿Este trabajo ya no va a ser hecho por INGEMMET? Sería interesante que mi distinguido colega Manuel Dammert Ego Aguirre pudiera informar al Pleno sobre el particular, tratándose del INGEMMET, que es también una entidad del Estado. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúe, congresista Acuña Peralta. El señor ACUÑA PERALTA (SN).— Para concluir, creo que la permanencia y la subsistencia del planeta dependen de todos los políticos del mundo, y que, más que dirigir la mirada al consumismo, debemos dirigirla a la conservación de nuestros recursos naturales, fundamentalmente el agua, que, así como ha sido el gas, o como ha sido el petróleo, será un recurso fundamental para el presente siglo. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Ha concluido el rol de oradores. Tiene la palabra el presidente de la Comisión de Pueblos Andinos, congresista Pariona Galindo. 59

El señor PARIONA GALINDO (GPFP).— Presidenta, en el artículo 7.° de la propuesta de la Comisión de Descentralización, sobre el Consejo Directivo, planteamos que se diga al final lo siguiente: ‘Las entidades deberán designar como su representante a expertos en la materia’. Es necesario que haya expertos en la materia; por eso proponemos ese agregado al artículo. En el artículo 4.°, sobre Funciones y atribuciones, es muy importante la sugerencia del congresista Hurtado, y por eso se agregaría como inciso j), Formular y desarrollar propuestas alternativas al Ejecutivo a fin de aplicar los resultados científicos. Asimismo, no tengo ningún inconveniente en que se acumule al dictamen el Proyecto 2989, del congresista Cárdenas. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el presidente de la Comisión de Descentralización, congresista Dammert Ego Aguirre. El señor DAMMERT EGO AGUIRRE (AP-FA).— Señora Presidenta, quiero agradecer el interés y la sugerencias de los integrantes del Pleno. Hemos prácticamente concordado un texto final, y quisiera señalar las propuestas que se han acogido, aunque después voy a solicitar un tiempo para poder presentarlas por escrito. Ciertamente, se acepta acumular al dictamen presentado los proyectos de ley que han sido mencionados. En segundo lugar, estamos aceptando que se agregue en el inciso g) del artículo 4, sobre Funciones y Atribuciones, lo sugerido por el congresista Pari respecto a bofedales. Y se agregaría un inciso j), que tiene que ver con investigar la Tecnología, Recuperación, Conservación, Integración del Ecosistema de Montañas en el desarrollo de la vida de las poblaciones del área; porque entre las poblaciones del área tenemos las poblaciones vulnerables, y también a todos los que tienen que ver con la ganaderías de camélidos y a todos los que están en los ecosistemas de alta montaña. Se ha planteado un agregado a la parte referida a la estructura orgánica, para que se incorpore a los ‘órganos de administración interna’, y también se ha aceptado. Es una formula positiva, sin entrar al detalle de especificar cuáles son esos órganos: apoyo, planificación y asesoría. Eso se verá en el respectivo el reglamento. Con relación al Consejo Directivo, artículo 6.°, aquí está incluido un representante del Ministerio del Ambiente, uno del Ministerio de Agricultura y Riego, uno del Ministerio de Cultura, uno del Ministerio de Energía y Minas y uno de la Autoridad Nacional del Agua. Pondríamos como representante del sector Energía y Minasa uno del Ingemmet; porque ciertamente esta es la entidad especializada y tiene trabajos al respecto que deben ser coordinados. En el artículo 7 se acogen las iniciativas del congresista Abugattás y del presidente de la Comisión de Pueblos Andinos, para que las entidades designen como sus representantes a expertos en la materia. 60

También se ha planteado, al final de la disposición complementaria final, una modificación que tiene que ver con el informe anual. Se acoge la propuesta con la siguiente redacción: ‘El Ministerio del Ambiente presenta anualmente al Congreso de la República el informe elaborado por el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montañas sobre la situación de los glaciares y el ecosistema de montañas en el país, como eje de los procesos de cambio climático, así como las acciones adoptadas por esta entidad en el marco de su competencia’. Creo que de esta forma podemos tener ya un alto consenso... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Congresista, antes que concluya, le pide una interrupción su colega Chávez Cossío. EL señor DAMMERT EGO (AP-FA).— Cómo no. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Puede proceder, congresista. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— Gracias, congresista Dammert. Con relación a la conformación del Consejo Directivo, pese a que en el artículo 4 se señala que son funciones y atribuciones del Instituto, inciso h): ‘Formular y desarrollar programas educativos orientados a la formación, capacitación, perfeccionamiento y especialización de investigadores, profesionales…’, e inciso i): ‘Representar al país ante los organismos científicos y técnicos…’, veo que no existe ningún miembro de las universidades; por lo que sería bueno que en el Consejo Directivo haya un miembro de las universidades públicas y privadas, que tienen facultades relacionadas con estos estudios. No lo sé, así que pediría al presidente de la Comisión que me ilustre. ¿Qué hace un miembro del Ministerio de Cultura en un Instituto tan especializado sobre glaciares y lagunas, en lugar de entes que están vinculados a la investigación científica y todo ello? Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúe, congresista Dammert Ego Aguirre. El señor DAMMERT EGO AGUIRRE (AP-FA).— Respecto a lo que se señala, debo precisar que el Instituto no es solamente de los glaciares, sino también de los ecosistemas de alta montaña. Los ecosistemas de alta montaña incluyen a la población que habita allí y, también, al patrimonio cultural que allí existe. Por eso es que el Ministerio de Cultura tiene un representante. Y concuerdo con la iniciativa de agregar a un representante de las universidades, justamente para la coordinación; porque una característica muy positiva que tiene este Instituto es que no es un instituto para informar y dar opiniones simplemente, sino que es un instituto para conocer saberes y sistematizarlos, para desarrollar tecnologías, para proponer políticas públicas. Es un instituto que tiene capacidad efectiva de hacer propuestas de política y de interrelacionarse con todos los que tienen que ver con la 61

temática para poder actuar con resultados positivos. Por eso, se acoge también la propuesta de la congresista Chávez. Como verán, acogemos todas las propuestas que sean positivas, y con las cuales concordamos los peruanos. Dicho esto, señora Presidenta, pido que se abra un cuarto intermedio para elaborar la redacción final que será sometida a votación. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— A solicitud del presidente de la Comisión, se abre un cuarto intermedio sobre este punto. Admitida a debate, se aprueba la moción de orden del día en virtud de la cual se otorgan facultades de comisión investigadora a la Comisión de Fiscalización y Contraloría para investigar las presuntas irregularidades en el accionar del señor Manuel Burga Seoane, como presidente de la Federación Peruana de Fútbol, y de funcionarios públicos, ante presunto ilícito de lavado de activos u otros, así como sus presuntos vínculos económicos con otras personas naturales y jurídicas La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— El siguiente punto. El RELATOR da lectura: Moción de Orden del Día De los congresistas Wong Pujada, Apaza Condori, Saavedra Vela, Becerril Rodríguez, Lescano Ancieta, Mulder Bedoya, Aguinaga Recuenco, Llatas Altamirano, Tapia Bernal, Simon Munaro y Canches Guzmán, presidente y miembros de la Comisión de Fiscalización, mediante la cual proponen que el Congreso de la República otorgue facultades de Comisión Investigadora a la Comisión de Fiscalización para investigar las presuntas irregularidades en el accionar del señor Manuel Burga Seoane como presidente de la Federación Peruana de Fútbol y de funcionarios públicos, ante presunto ilícito de lavado de activos u otros, así como sus presuntos vínculos económicos con otras personas naturales y jurídicas. (Moción 11939.) La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— La Junta de Portavoces, con fecha 25 de noviembre de 2014, acordó la ampliación de la agenda respecto a esta moción. Tiene la palabra el presidente de la Comisión de Fiscalización y Contraloría, congresista Wong Pujada. El señor WONG PUJADA (SN).— Presidenta: La Comisión de Fiscalización y Contraloría del Congreso de la República solicitó, a través de la moción 11939, que se otorguen facultades de comisión investigadora a la Comisión de Fiscalización y Contraloría hasta por 120 días hábiles, para investigar las presuntas irregularidades en el accionar del señor Manuel Burga Seoane como presidente de la Federación Peruana de Fútbol y de funcionarios públicos, ante el presunto ilícito de lavado de activos y otros, así como sus presuntos vínculos económicos con otras personas naturales y jurídicas. 62

De acuerdo a la denuncia periodística difundida en el programa Cuarto Poder, el presidente de la Federación Peruana de Fútbol, Manuel Burga Seoane, habría sido favorecido en un atestado policial que lo vinculaba con el posible delito de lavado de activos. La Procuradora Pública especializada en delitos de lavado de activos y proceso de pérdida de dominio, señora Julia Príncipe Trujillo, fue invitada a participar en la sétima sesión de la Comisión de Fiscalización y Contraloría para informar sobre la investigación y tramitación de la denuncia iniciada por su Despacho ante la presunta comisión del delito de lavado de activos por parte del señor Burga Seoane. La sesión antes indicada se llevó a cabo en forma reservada, a pedido de la procuradora Príncipe Trujillo, considerando el carácter preliminar de la investigación iniciada por su Despacho. Luego de la exposición, se aprobó por unanimidad solicitar al Pleno del Congreso de la República facultades de Comisión Investigadora, por considerar indispensable el uso de los apremios y facultades especiales de investigación, tales como el levantamiento del secreto bancario y la reserva tributaria, medidas necesarias para investigar la presunta comisión del delito de lavado de activos por parte de las personas investigadas, sobre todo tomando en consideración que la investigación y tramitación de la denuncia penal iniciada por la procuraduría pública, formulada hace casi cinco años, hasta el día de hoy no tiene resultados, siendo inexplicable que no se haya procedido, por parte de la Fiscalía, a solicitar el levantamiento del secreto bancario y de la reserva tributaria, tal como lo formuló la procuraduría especializada de manera reiterada. Por estas razones, solicito que se ponga al voto la Moción 11939, y asimismo invoco a los colegas que le presenten su apoyo. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— De conformidad con el penúltimo párrafo del artículo 68.° del Reglamento del Congreso de la República, se concederá el uso de la palabra a los voceros de los grupos parlamentarios que se opongan, por un minuto cada uno, con un máximo de cinco minutos entre todos. No habiendo solicitado la palabra ningún congresista para oponerse, se va a consultar la admisión a debate; acordada esta, posteriormente se procederá a la discusión. La admisión a debate, según el artículo 88.° del Reglamento, requiere el voto a favor del treintaicinco por ciento de los miembros del Congreso, es decir, 46 congresistas. Previamente, los señores congresistas se servirán registrar su asistencia. —Los señores congresistas registran su asistencia mediante el sistema digital para verificar el quórum. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Han registrado su asistencia 67 congresistas. Al voto la admisión a debate. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. 63

—Efectuada la consulta, se acuerda, por 62 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, la admisión a debate de la moción 11939. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Ha sido acordada. Se deja constancia del voto a favor de la Presidencia y de los congresistas Julca Jara, Gagó Pérez, Lewis del Alcázar, Tapia Bernal, Belaunde Moreyra, Simon Munaro, Guevara Amasifuen y Portugal Catacora. Ha sido admitida a debate la moción. “Votación de la admisión a debate de la moción de orden del día 11939 Señores congresistas que votaron a favor: Acha Romaní, Acuña Peralta, Alcorta Suero, Angulo Álvarez, Anicama Ñáñez, Apaza Ordóñez, Becerril Rodríguez, Benítez Rivas, Cabrera Ganoza, Canches Guzmán, Capuñay Quispe, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Chávez Cossío, Chehade Moya, Coa Aguilar, Coari Mamani, Condori Jahuira, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, Dammert Ego Aguirre, De la Torre Dueñas, Díaz Dios, Eguren Neuenschwander, Fujimori Higuchi, Grandez Saldaña, Gutiérrez Cóndor, Huaire Chuquichaico, Hurtado Zamudio, Isla Rojas, Kobashigawa Kobashigawa, Lay Sun, Llatas Altamirano, López Córdova, Mavila León, Medina Ortiz, Mendoza Frisch, Molina Martínez, Monterola Abregú, Mulder Bedoya, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Neyra Olaychea, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pariona Galindo, Rivas Teixeira, Ruiz Loayza, Saavedra Vela, Schaefer Cuculiza, Tan de Inafuko, Tejada Galindo, Teves Quispe, Tubino Arias Schreiber, Valencia Quiroz, Valle Ramírez, Valqui Matos, Wong Pujada, Yovera Flores, Zamudio Briceño, Zeballos Salinas y Zerillo Bazalar.” La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— En debate la moción. Se ofrece la palabra. No habiendo solicitado el uso de la palabra ningún congresista, la tiene el presidente de la Comisión de Fiscalización y Contraloría, congresista Wong Pujada, para que informe sobre el texto que se va a votar. El señor WONG PUJADA (SN).— Presidenta, a través de las denuncias que llegaron a la Comisión, y también gracias a la presentación de la Procuradora Pública Especializada en delitos de Lavado de Activos, doctora Julia Príncipe Trujillo, que nos hizo un informe sobre todas las irregularidades que en cinco años ella había detectado, es que, en función de estas graves irregularidades, la Comisión plantea que se le otorguen facultades de comisión investigadora, hasta por 120 días hábiles, considerando que este es un asunto de interés público, ante el presunto ilícito de lavado de activos, siendo indispensable hacer uso de los apremios y facultades especiales de investigación, con el levantamiento del secreto bancario y de la reserva tributaria, entre otras medidas. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Gracias, congresista. Se va a dar lectura a la parte resolutiva de la moción.

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El RELATOR da lectura: Moción de Orden del Día 11939 El Congreso de la República; Acuerda: Otorgar facultades de comisión investigadora a la Comisión de Fiscalización y Contraloría, conforme al artículo 88.° del Reglamento del Congreso de la República, hasta por 120 días hábiles, para investigar las presuntas irregularidades en el accionar del señor Manuel Burga Seoane como presidente de la Federación Peruana de Fútbol y de funcionarios públicos, ante presunto ilícito de lavado de activos u otros, así como sus presuntos vínculos económicos con otras personas naturales y jurídicas. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Los señores congresistas se servirán registrar su asistencia para proceder a votar. —Los señores congresistas registran su asistencia mediante el sistema digital para verificar el quórum. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Han registrado su asistencia 63 congresistas. Al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema electrónico. —Efectuada la consulta, se aprueba, por 58 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, otorgar facultades de comisión investigadora a la Comisión de Fiscalización y Contraloría, por 120 días hábiles, para investigar las presuntas irregularidades en el accionar del señor Manuel Burga Seoane como presidente de la Federación Peruana de Fútbol y de funcionarios públicos, ante presunto ilícito de lavado de activos u otros, así como sus presuntos vínculos económicos con otras personas naturales y jurídicas. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Ha sido aprobada. Se deja constancia del voto a favor de los congresistas Portugal Catacora, Julca Jara, Simon Munaro, Huaire Chuquichaico, Pari Choquecota, Angulo Álvarez, Tapia Bernal, Valqui Matos y Ruiz Loayza. —El texto aprobado es el siguiente: “EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Acuerda: Otorgar facultades de Comisión Investigadora a la Comisión de Fiscalización y Contraloría, conforme al artículo 88 del Reglamento del Congreso de la República, hasta por 120 días hábiles para investigar las presuntas irregularidades en el accionar del señor 65

Manuel Burga Seoane como Presidente de la Federación Peruana de Fútbol (FPF) y de funcionarios públicos, ante presunto ilícito de lavado de activos u otros, así como sus presuntos vínculos económicos con otras personas naturales y jurídicas. Lima, 05 de noviembre de 2014.” “Votación de la moción de orden del día 11939 Señores congresistas que votaron a favor: Acha Romaní, Acuña Peralta, Alcorta Suero, Anicama Ñáñez, Apaza Ordóñez, Becerril Rodríguez, Belaunde Moreyra, Benítez Rivas, Cabrera Ganoza, Canches Guzmán, Capuñay Quispe, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Chávez Cossío, Chehade Moya, Coa Aguilar, Coari Mamani, Condori Jahuira, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, Dammert Ego Aguirre, De la Torre Dueñas, Eguren Neuenschwander, Fujimori Higuchi, Gagó Pérez, Grandez Saldaña, Guevara Amasifuen, Gutiérrez Cóndor, Hurtado Zamudio, Kobashigawa Kobashigawa, Lay Sun, Lewis del Alcázar, Llatas Altamirano, López Córdova, Mavila León, Medina Ortiz, Mendoza Frisch, Molina Martínez, Monterola Abregú, Mulder Bedoya, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Neyra Olaychea, Oseda Soto, Pariona Galindo, Saavedra Vela, Schaefer Cuculiza, Tan de Inafuko, Tejada Galindo, Teves Quispe, Tubino Arias Schreiber, Valencia Quiroz, Valle Ramírez, Wong Pujada, Yovera Flores, Zamudio Briceño, Zeballos Salinas y Zerillo Bazalar.” Se acuerda designar a los integrantes de la Comisión Especial Multipartidaria de homenaje a Mariano Melgar Valdivieso, con ocasión de conmemorarse en el año 2015 el bicentenario de su fallecimiento La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— El siguiente punto. El RELATOR da lectura: Designación de integrantes de la Comisión Especial Multipartidaria de homenaje a Mariano Melgar Valdivieso, con ocasión de conmemorarse el bicentenario de su fallecimiento en el año 2015. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— De conformidad con la Moción de Orden del Día 10351, aprobada en la sesión del Pleno de 26 de noviembre de 2014, por la que se acordó nombrar una Comisión Especial Multipartidaria de homenaje a Mariano Melgar Valdivieso con ocasión de conmemorarse el bicentenario de su fallecimiento en el año 2015, se propone la designación de los siguientes congresistas para integrar la referida comisión. El RELATOR da lectura: Señores congresistas: Juan Carlos Eguren Neuenschwander, Tomás Zamudio Briceño,

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Gustavo Rondón Fudinaga, Justiniano Apaza Ordóñez, Ana María Solórzano Flores, Jaime Delgado Zegarra, Norman Lewis del Alcázar, Daniel Abugattás Majluf, Martha Chávez Cossío, Hugo Carrillo Cavero y Claudia Coari Mamani. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se va a votar a mano alzada. Los señores congresistas que estén a favor se servirán expresarlo levantando la mano. Los que estén en contra, de la misma manera. Los que se abstengan, igualmente. —Efectuada la consulta, se acuerda la designación de los integrantes de la Comisión Especial Multipartidaria de homenaje a Mariano Melgar Valdivieso, con ocasión de conmemorarse el Bicentenario de su fallecimiento en el año 2015. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Ha sido acordada la designación de los citados congresistas para conformar dicha Comisión Especial Multipartidaria. Concluido el cuarto intermedio, se aprueba en primera votación el nuevo texto sustitutorio del proyecto de Ley que crea el Instituto Nacional de Investigación de Glaciares y Ecosistemas de Montaña, consensuado entre la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado y la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología; y a continuación se acuerda exonerarlo de segunda votación La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Vencido el cuarto intermedio, tiene la palabra el presidente de la Comisión de Descentralización, congresista Dammert Ego Aguirre, para que informe sobre el texto consensuado que se va a votar respecto de los Proyectos de Ley 2989, 3804 y 4015, por el que se propone crear el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña. El señor DAMMERT EGO AGUIRRE (AP-FA).— Señora Presidenta, hemos arribado a un texto final del proyecto de ley, y en él se han recogido los aportes efectuados con respecto a la creación del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña. Creo que el país recibiría con agrado que el Congreso pueda impulsar de esta manera una de las tantas medidas indispensables para que el Perú, que es uno de los tres países 67

más afectados por el cambio climático a nivel global, adopte medidas, genere instituciones y oriente políticas públicas para tener una respuesta adecuada frente al desafío que para nuestro país representa el cambio climático global. Por eso pediría a los congresistas que respalden este texto final, que esta concordado entre la Comisión de Descentralización y la Comisión de Pueblos Andinos, en el que se han incorporado las propuestas que se han hecho, para que sea votado por unanimidad por el Pleno del Congreso. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Finalizado el debate, los señores congresistas se servirán registrar su asistencia para proceder a votar el nuevo texto sustitutorio presentado por los presidentes de las Comisiones dictaminadoras a las 15 horas y 2 minutos y distribuido a la Representación Parlamentaria. —Los señores congresistas registran su asistencia por medio del sistema digital para verificar el quórum. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra la congresista Chávez Cossío. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— Presidenta, en primer lugar quiero agradecer al señor presidente de la Comisión por haber aceptado nuestra sugerencia para que se incorpore en el consejo directivo a un representante de las universidades. Sin embargo, se ha puesto en el texto sustitutorio que sea designado por la Sunedu. Si bien vamos a votar a favor de esta fórmula, en la medida en que tenemos suscrita una demanda de inconstitucionalidad contra la nueva Ley Universitaria, que contempla la creación de la Sunedu, queríamos dejar constancia de que nuestra aprobación a este proyecto en modo alguno significa el reconocimiento de la legitimidad de esa Superintendencia. Quiero que esta expresión conste en acta. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Han registrado su asistencia 63 congresistas. Al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se aprueba en primera votación, por 60 votos a favor, ninguno en contra y una abstención, el nuevo texto sustitutorio del proyecto de Ley que crea el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se deja constancia del voto a favor de la Presidencia y de los congresistas Belaunde Moreyra, Capuñay Quispe, Zeballos Salinas, Acuña Peralta y Simon Munaro. 68

El proyecto de ley ha sido aprobado en primera votación. —El texto aprobado es el siguiente: “EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE CREA EL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN EN GLACIARES Y ECOSISTEMAS DE MONTAÑA CAPÍTULO I CREACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN EN GLACIARES Y ECOSISTEMAS DE MONTAÑA Artículo 1. Creación y naturaleza Créase el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (INAIGEM) como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio del Ambiente, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera. Constituye pliego presupuestal. Artículo 2. Finalidad El Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (INAIGEM) tiene por finalidad fomentar y expandir la investigación científica y tecnológica en el ámbito de los glaciares y los ecosistemas de montaña, promoviendo su gestión sostenible en beneficio de las poblaciones que viven en o se benefician de dichos ecosistemas. El INAIGEM es la máxima autoridad en investigación científica de los glaciares y ecosistemas de montaña, sin perjuicio de las competencias y funciones específicas asignadas a otros organismos del Estado. Artículo 3. Domicilio El Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña tiene domicilio legal y sede principal en la ciudad de Huaraz del departamento de Áncash, pudiendo establecer observatorios, laboratorios u otros órganos desconcentrados en cualquier lugar del territorio nacional. CAPÍTULO II FUNCIONES Y ATRIBUCIONES Artículo 4. Funciones y atribuciones El Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (INAIGEM) tiene como funciones y atribuciones las siguientes: 69

a. Formular y proponer la aprobación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Glaciares y Ecosistemas de Montaña, en el marco de la Ley de Recursos Hídricos y en coordinación con la Autoridad Nacional del Agua, sobre la base de la normativa vigente. b. Gestionar la ejecución y monitoreo de la Política Nacional y el Plan Nacional de Glaciares y Ecosistemas de Montaña, según corresponda. c. Generar conocimiento mediante la investigación científica y el desarrollo tecnológico en el ámbito de glaciares y ecosistemas de montaña. d. Promover la investigación aplicada, orientada a prácticas productivas generadoras de valor que impulsen el mantenimiento de los bienes y servicios que proveen los ecosistemas de montaña, en coordinación con los sectores vinculados. e. Promover el conocimiento, la recuperación, la validación, la innovación y la replicación de las tecnologías y las prácticas tradicionales de conservación y gestión de glaciares y ecosistemas de montaña. f. Estudiar y monitorear el comportamiento y evolución de los glaciares y ecosistemas de montaña y el efecto del cambio climático y otros factores de presión en los mismos y formular las medidas de prevención necesarias. g. Realizar cada cinco años el Inventario Nacional de Glaciares, Lagunas y Bofedales, determinando su cantidad, estado y superficie, en coordinación con las entidades vinculadas. h. Formular y desarrollar programas educativos orientados a la formación, capacitación, perfeccionamiento y especialización de investigadores, profesionales y técnicos en las áreas de su competencia en coordinación con las universidades y otros centros de investigación nacionales y extranjeros. i. Representar al país ante los organismos científicos y técnicos nacionales e internacionales, en asuntos, eventos y reuniones relacionadas con los glaciares y ecosistemas de montaña, en el marco de la normativa vinculada a la materia. j. Investigar las tecnologías de recuperación, conservación e integración de los ecosistemas de montaña en el desarrollo de la vida de sus poblaciones. k.

Otras funciones que por ley se le asigne. CAPÍTULO III ORGANIZACIÓN

Artículo 5. Estructura orgánica El Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (INAIGEM) tiene la siguiente estructura orgánica básica: 1.

Alta Dirección.

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a.

Consejo Directivo.

b.

Presidencia Ejecutiva.

2.

Órganos de línea.

3.

Órganos de administración interna.

4.

Órganos desconcentrados.

5.

Órgano de control institucional.

Las competencias del INAIGEM se ejercen a través de sus órganos de línea. El reglamento de organización y funciones desarrolla la estructura, organización y funciones. CAPÍTULO IV CONSEJO DIRECTIVO Y LA PRESIDENCIA EJECUTIVA Artículo 6. Consejo Directivo El Consejo Directivo es el órgano máximo de la entidad y está conformado de la siguiente manera: a.

Un representante del Ministerio del Ambiente, quien lo presidirá.

b.

Un representante del Ministerio de Agricultura y Riego.

c.

Un representante del Ministerio de Cultura.

d. Un representante del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico (INGEMMET) del Ministerio de Energía y Minas. e.

Un representante de la Autoridad Nacional del Agua.

f. Un representante de las universidades designado por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU). Artículo 7. Designación Los representantes ante el Consejo Directivo son designados mediante resolución suprema, refrendada por el titular del sector correspondiente, por un periodo de tres años, pudiendo ser designado por un periodo adicional, conforme lo establecerá el Reglamento de Organización y Funciones del INAIGEM. Las entidades deben designar como su representante a expertos en la materia. Los perfiles, mecanismos y procedimientos de designación de los representantes ante el Consejo Directivo serán establecidos en el Reglamento de Organización y Funciones del 71

INAIGEM. Artículo 8. Prohibiciones para ser miembro del Consejo Directivo No pueden ser miembros del Consejo Directivo quienes al momento del nombramiento ocupen cargos de elección popular en la administración pública, o hayan sido inhabilitados para el ejercicio de la función pública. Artículo 9. Cese en el cargo de miembro del Consejo Directivo El cargo de miembro del Consejo Directivo cesa por: a.

aceptación de renuncia formalizada a través de resolución correspondiente;

b.

impedimento legal sobreviniente a la designación;

c.

remoción dispuesta conforme a lo establecido en el artículo 13 de la presente Ley;

d. inasistencia injustificada a tres (3) sesiones consecutivas o cinco (5) no consecutivas del Consejo Directivo en el período de seis (6) meses, salvo licencia autorizada; y e.

fallecimiento o incapacidad permanente que impida el ejercicio del cargo.

Artículo 10. Dietas de los miembros del Consejo Directivo El cargo de miembro del Consejo Directivo es retribuido mediante el pago de dietas, con un máximo de cuatro (4) sesiones retribuidas al mes, aun cuando se realicen más sesiones y conforme al Reglamento de Organización y Funciones del INAIGEM. La aprobación del monto de las dietas se efectuará conforme a lo dispuesto por la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. El presidente ejecutivo no percibe dieta. Artículo 11. Funciones del Consejo Directivo Son funciones del Consejo Directivo: a.

proponer la Política y el Plan Nacional de Glaciares y Ecosistemas de Montaña;

b. aprobar las acciones orientadas a la implementación de la Política y el Plan Nacional de Glaciares y Ecosistemas de Montaña, así como realizar seguimiento a las mismas; c. designar y remover a los directores o jefes de los órganos de línea o a quienes hagan sus veces; d. aprobar las políticas institucionales de administración, finanzas, relaciones internacionales, planeamiento y de ejecución presupuestaria del INAIGEM, en el marco de las disposiciones legales vigentes; 72

e. aprobar la instalación y funcionamiento de órganos desconcentrados, así como disponer su desactivación; f.

aprobar, cuando corresponda, sus documentos de gestión;

g.

aprobar el presupuesto institucional de apertura; y

h. las demás funciones que le sean asignadas por ley y en el Reglamento de Organización y Funciones del INAIGEM. Artículo 12. Presidencia Ejecutiva 12.1. El representante del Ministerio del Ambiente en el Consejo Directivo es el presidente ejecutivo del INAIGEM. 12.2. La Presidencia Ejecutiva del INAIGEM conduce el funcionamiento institucional de la entidad. Está a cargo de un presidente ejecutivo, a dedicación exclusiva y remunerada, quien es la máxima autoridad administrativa de la entidad y ejerce la titularidad del pliego presupuestal, es designado mediante resolución suprema a propuesta del ministro del Ambiente, por un periodo de tres años, pudiendo ser renovada su designación por un periodo adicional. 12.3. Cumplido el periodo de designación, el funcionario cesante permanecerá en el ejercicio del cargo hasta que sea designado el nuevo presidente ejecutivo. La designación del nuevo presidente ejecutivo deberá efectuarse dentro de los tres (3) meses de concluido dicho periodo. Artículo 13. Remoción del presidente ejecutivo El presidente ejecutivo sólo puede ser removido de su cargo por la comisión de falta grave o delito doloso, según los supuestos establecidos en la normativa aplicable al Sector Público. Artículo 14. Funciones de la Presidencia Ejecutiva Son funciones de la Presidencia Ejecutiva: a.

presidir el Consejo Directivo;

b. proponer al Consejo Directivo la designación de los directores o jefes de los órganos de línea; c. proponer y sustentar ante el Consejo Directivo los planes estratégicos y operativos, las políticas, los objetivos y las metas del instituto en armonía con la política del Gobierno; d.

gestionar la implementación de estrategias de articulación del INAIGEM con los 73

actores vinculados a la materia; e. dirigir y supervisar la gestión institucional, ejerciendo las funciones generales como titular de pliego presupuestario; y f. otras que le encomiende el Consejo Directivo y las que se señalen en el Reglamento de Organización y Funciones del INAIGEM. CAPÍTULO V RÉGIMEN LABORAL Y ECONÓMICO Artículo 15. Régimen laboral Los trabajadores del INAIGEM están sujetos a lo dispuesto en la Ley 30057, Ley del Servicio Civil. Artículo 16. Recursos del INAIGEM Son recursos del INAIGEM los siguientes: a. Los que le asigne la ley anual de presupuesto del sector público según el pliego presupuestal anual. b. Los provenientes de operaciones de endeudamiento o donaciones, de conformidad con la normativa vigente. c. Las asignaciones, donaciones, legados, transferencias u otros aportes por cualquier título provenientes de personas jurídicas o naturales, nacionales o extranjeras, incluyendo las que provengan de la cooperación técnica internacional no reembolsable de acuerdo a la normativa vigente. d.

Los recursos propios que genere.

e.

Otros que las leyes establezcan.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Mecanismos de articulación El INAIGEM establece mecanismos de articulación intergubernamental e interinstitucional con los distintos niveles de gobierno y las entidades de la administración pública, que contribuyan al desarrollo e implementación de la Política y el Plan Nacional de Glaciares y Ecosistemas de Montaña. SEGUNDA. Cooperación nacional e internacional El INAIGEM establece relaciones de cooperación y coordinación que estime necesarias con los distintos actores, privados o públicos, nacionales o extranjeros, vinculados al ámbito de glaciares y ecosistemas de montaña.

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TERCERA. Instrumentos de gestión El Reglamento de Organización y Funciones y demás instrumentos de gestión del INAIGEM son aprobados en un plazo de 90 días contados a partir de la vigencia de la presente Ley. El Reglamento de Organización y Funciones del INAIGEM es aprobado mediante decreto supremo refrendado por el presidente del Consejo de Ministros y el ministro del Ambiente, a propuesta de este último. CUARTA. Financiamiento La aplicación de lo dispuesto en la presente Ley se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio del Ambiente, en el marco de las leyes anuales de presupuesto y conforme a la normativa vigente. Para tal efecto se autoriza al Ministerio del Ambiente a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña, las cuales se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y el ministro del Ambiente, a propuesta de este último. QUINTA. Informe anual El ministro del Ambiente presenta anualmente al Congreso de la República el informe elaborado por el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (INAIGEM), sobre la situación de los glaciares y el ecosistema de montañas en el país, como eje de los procesos de cambio climático en el país, así como las acciones adoptadas por esta entidad al respecto. Comuníquese, etc.” “Primera votación del nuevo texto sustitutorio del Proyecto 4015 y otros Señores congresistas que votaron a favor: Acha Romaní, Alcorta Suero, Angulo Álvarez, Anicama Ñáñez, Apaza Ordóñez, Becerril Rodríguez, Benítez Rivas, Cabrera Ganoza, Canches Guzmán, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Chávez Cossío, Chehade Moya, Coa Aguilar, Condori Cusi, Condori Jahuira, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, Dammert Ego Aguirre, De la Torre Dueñas, Fujimori Higuchi, Gagó Pérez, Guevara Amasifuen, Gutiérrez Cóndor, Huaire Chuquichaico, Hurtado Zamudio, Isla Rojas, Julca Jara, Kobashigawa Kobashigawa, Lay Sun, Lewis del Alcázar, Llatas Altamirano, López Córdova, Mavila León, Medina Ortiz, Mendoza Frisch, Molina Martínez, Monterola Abregú, Mulder Bedoya, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pariona Galindo, Portugal Catacora, Rivas Teixeira, Ruiz Loayza, Saavedra Vela, Schaefer Cuculiza, Tan de Inafuko, Tapia Bernal, Tejada Galindo, Teves Quispe, Tubino Arias Schreiber, Valencia Quiroz, Valle Ramírez, Valqui Matos, Yovera Flores, Zamudio Briceño y Zerillo Bazalar. Señor congresista que se abstuvo: Neyra Olaychea.”

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La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el presidente de la Comisión de Descentralización, congresista Dammert Ego Aguirre. El señor DAMMERT EGO AGUIRRE (AP-FA).— Señora Presidenta, dada la unanimidad del Congreso, y además para expresar la presencia de este Poder del Estado en la COP20, exigiendo que se pueda avanzar en el enfrentamiento contra el cambio climático a nivel general y en el país, pido que se exonere el proyecto aprobado de segunda votación. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— En atención a lo solicitado, y con la misma asistencia, se va a consultar la exoneración de segunda votación. Al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se acuerda, por 58 votos a favor, tres en contra y una abstención, exonerar de segunda votación el texto sustitutorio sobre la Ley que crea el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se deja constancia del voto a favor de la Presidencia y de los congresistas Belaunde Moreyra, Zeballos Salinas, Capuñay Quispe y Acuña Peralta. Ha sido exonerado de segunda votación el texto sustitutorio de los Proyectos de Ley 2989, 3804 y 4015. “Votación de la exoneración de segunda votación del Proyecto 4015 y otros Señores congresistas que votaron a favor: Acha Romaní, Alcorta Suero, Angulo Álvarez, Anicama Ñáñez, Apaza Ordóñez, Becerril Rodríguez, Benítez Rivas, Cabrera Ganoza, Canches Guzmán, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Chehade Moya, Coa Aguilar, Condori Cusi, Condori Jahuira, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, Dammert Ego Aguirre, De la Torre Dueñas, Fujimori Higuchi, Guevara Amasifuen, Gutiérrez Cóndor, Huaire Chuquichaico, Hurtado Zamudio, Isla Rojas, Julca Jara, Kobashigawa Kobashigawa, Lay Sun, Lewis del Alcázar, Llatas Altamirano, López Córdova, Mavila León, Medina Ortiz, Mendoza Frisch, Molina Martínez, Monterola Abregú, Mulder Bedoya, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pariona Galindo, Portugal Catacora, Rivas Teixeira, Ruiz Loayza, Saavedra Vela, Schaefer Cuculiza, Simon Munaro, Tan de Inafuko, Tejada Galindo, Teves Quispe, Tubino Arias Schreiber, Valencia Quiroz, Valle Ramírez, Valqui Matos, Yovera Flores, Zamudio Briceño y Zerillo Bazalar. Señores congresistas que votaron en contra: Gagó Pérez, Neyra Olaychea y Tapia Bernal. Señora congresista que se abstuvo: Chávez Cossío.” La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Pariona Galindo.

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El señor PARIONA GALINDO (GPFP).— Presidenta, solamente quiero agradecer por la aprobación de este proyecto de ley tan importante, toda vez que se está celebrando en nuestro país un evento tan trascendente como es la COP20. Esperamos que el martes de la próxima semana podamos también aprobar un proyecto de ley inscrito en el marco del cambio climático. Gracias. Vencido el cuarto intermedio, se aprueba en primera votación el nuevo texto sustitutorio del proyecto de Ley que promueve la reactivación de la economía; y, rechazada que fuera la exoneración de segunda votación de dicha fórmula, la Presidencia indica que se procedería al respecto conforme al trámite previsto en el Reglamento La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Vencido el cuarto intermedio, tiene la palabra el presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, congresista Huaire Chuquichaico, para que informe sobre el texto que se va a votar respecto del Proyecto de Ley 4007, por el que se proponen medidas para la reactivación de la economía. El señor HUAIRE CHUQUICHAICO (PP).— Presidenta, debo manifestar que el texto sustitutorio ya se ha entregado a cada uno de los congresistas. En ese sentido, con respecto a las modificaciones al dictamen del Proyecto de Ley 4007/2014-PE presentado y sometido a primera votación, tenemos que en el artículo 1.° se han eliminado las modificaciones a los artículos 19.°, 24.°-B, 49.° y 76.° del Texto Único Ordenado del Impuesto a la Renta. También se ha eliminado del mismo dictamen la modificación al segundo y tercer párrafo del artículo 55.° del TUO del Impuesto a la Renta. Asimismo, se modifica el artículo 73.°-A, quedando con el texto siguiente: ‘Artículo 73.°A.— Las personas jurídicas comprendidas en el artículo 14.° que acuerden la distribución de dividendos o cualquier otra forma de distribución de utilidades, retendrán de las mismas el Impuesto a la Renta correspondiente, excepto cuando la distribución se efectúe a favor de personas jurídicas domiciliadas dentro del país. Dicha retención se efectuará aplicando las tasas establecidas en el último párrafo del artículo 52.°-A de la ley. Las redistribuciones sucesivas que se efectúen no estarán sujetas a retención, salvo que se realicen a favor de personas no domiciliadas en el país o a favor de las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales, domiciliadas en el país. La obligación de retener también se aplica a las sociedades administradoras de los fondos de inversión, a los fiduciarios de fideidecomisos bancarios y a las sociedades titulizadoras de patrimonios fideicometidos, respecto de las utilidades que distribuyan y que provengan de dividendos u otras formas de distribución de utilidades, obtenidos por los fondos de inversión, fideicomisos bancarios y patrimonios fideicometidos de sociedades titulizadoras. La obligación de retener el impuesto se mantiene en el caso de dividendos o cualquier otra forma de distribución de utilidades que se acuerden a favor del Banco Depositario de ADR’s (American Depositary Receipts) y GDR’S (Global Depositary Receipts). 77

Cuando la persona jurídica acuerde la distribución de utilidades en especie, el pago del 6,8%, del 8% o 9,3% según corresponda deberá ser efectuado por ella y reembolsado por el beneficiario de la distribución. El monto retenido o los pagos efectuados constituirán pagos definitivos del Impuesto a la Renta de los beneficiarios, cuando estos sean personas naturales o sucesiones indivisas domiciliadas en el Perú.’ De igual manera, se modifica el primer párrafo del artículo 74.° y el primer párrafo del artículo 86.° del TUO del Impuesto a la Renta, incorporándose al dictamen con el texto siguiente: Artículo 74.°.— Tratándose de rentas de cuarta categoría, las personas, empresas y entidades a que se refiere el inciso b) del artículo 71 de esta ley, deberán retener con carácter de pago a cuenta del Impuesto a la Renta el 8% de las rentas brutas que abonen o acrediten. Artículo 86.°.— las personas naturales que obtengan rentas de cuarta categoría, abonarán con carácter de pago a cuenta por dichas rentas, cuotas mensuales que determinarán aplicando la tasa del 8% —cabe resaltar que hasta el momento era 10%— sobre la renta bruta mensual abonada o acreditada, dentro de los plazos previstos por el Código Tributario. Dicho pago se efectuará sin perjuicio de los que corresponda por rentas de otras categorías. El artículo 2.° se ha eliminado; debido a ello, la numeración de los artículos subsiguientes quedará modificada. Se modifica la novena disposición complementaria final del dictamen, quedando con el texto siguiente: Las tasas establecidas por la presente Ley se aplican a la distribución de dividendos y otras formas de distribución de utilidades que se adopten o se pongan a disposición en efectivo o en especie, lo que ocurra primero, a partir del 1 de enero de 2015. A los resultados acumulados u otros conceptos susceptibles de generar dividendos gravados, a que se refiere el artículo 24°-A de la Ley del Impuesto a la Renta, obtenidos hasta el 31 de diciembre de 2014 que formen parte de la distribución de dividendos o de cualquier otra forma de distribución de utilidades se les aplicará la tasa de 4,1%. De acuerdo a estos cambios, según lo que se ha expuesto, pido que este texto se someta a primera votación. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Lewis del Alcázar. El señor LEWIS DEL ALCÁZAR (GPUR).— Presidenta, solicito al presidente de la Comisión de Economía acumular el Proyecto de Ley 3922 de 2014 al dictamen recaído en el Proyecto de Ley 4007, que fue aprobado en el Pleno en primera votación el 26 de noviembre y que va a ser votado nuevamente con los cambios de que se ha dado cuenta. 78

Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Huaire Chuquichaico, para que se pronuncie sobre la acumulación solicitada. El señor HUAIRE CHUQUICHAICO (PP).— Presidenta, si no difiere del contenido de esta propuesta, acepto que se acumule al dictamen; y pido que se someta a votación. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se va a consultar la cuestión previa planteada por el congresista Dammert Ego Aguirre, para que concurra al Pleno el ministro de Economía y Finanzas. Los señores congresistas se servirán registrar su asistencia para proceder a votar. —Los señores congresistas registran su asistencia mediante el sistema digital para verificar el quórum. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Han registrado su asistencia 66 congresistas. Al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se rechaza, por 45 votos en contra, 17 a favor y una abstención, la cuestión previa planteada. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se deja constancia del voto en contra de la Presidencia y de los congresistas Tan de Inafuko y Ruiz Loayza; y del voto a favor de las congresistas Mendoza Frisch y Alcorta Suero. La cuestión previa ha sido rechazada. “Votación de la cuestión previa del congresista Dammert Ego Aguirre para que concurra al Pleno el Ministro de Economía y Finanzas Señores congresistas que votaron en contra: Acha Romaní, Bedoya de Vivanco, Benítez Rivas, Cabrera Ganoza, Capuñay Quispe, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Chávez Cossío, Chehade Moya, Coa Aguilar, Condori Cusi, Cordero Jon Tay, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, De la Torre Dueñas, Eguren Neuenschwander, Fujimori Higuchi, Gagó Pérez, Gutiérrez Cóndor, Huaire Chuquichaico, Isla Rojas, Julca Jara, Kobashigawa Kobashigawa, Lay Sun, Lewis del Alcázar, Llatas Altamirano, López Córdova, Molina Martínez, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Neyra Olaychea, Oseda Soto, Pariona Galindo, Portugal Catacora, Rivas Teixeira, Schaefer Cuculiza, Tejada Galindo, Teves Quispe, Tubino Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Valencia Quiroz, Valle Ramírez, Yovera Flores, Zamudio Briceño y Zerillo Bazalar. Señores congresistas que votaron a favor: Angulo Álvarez, Anicama Ñáñez, Apaza Ordóñez, Becerril Rodríguez, Coari Mamani, Condori Jahuira, Dammert Ego Aguirre, Guevara Amasifuen, Hurtado Zamudio, Mavila León, Medina Ortiz, Mulder Bedoya, Pari 79

Choquecota, Saavedra Vela, Tapia Bernal, Valqui Matos y Zeballos Salinas. Señor congresista que se abstuvo: Canches Guzmán.” La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Congresista Dammert Ego Aguirre, precise su siguiente cuestión previa. El señor DAMMERT EGO AGUIRRE (AP-FA).— Presidenta, siendo evidente que se ha introducido una modificación sustancial al texto que presentó la Comisión, donde el ministro de Economía y Finanzas sustentó una política determinada que se basaba en que la rebaja del Impuesto a la Renta tenía que permitir la expansión de la producción y la inversión, lo que se ha cambiado ahora sustancialmente; es que hemos planteado, como cuestión previa, que el proyecto vuelva a la Comisión de Economía, para que haga una evaluación sobre el particular, ya que lo que ha habido hasta el momento es solo la opinión del presidente de la Comisión y no la de la Comisión. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Con la misma asistencia, se va a consultar la cuestión previa planteada por el congresista Dammert, para que el proyecto vuelva a la Comisión de Economía. Al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se rechaza, por 44 votos en contra, 16 a favor y cinco abstenciones, la cuestión previa planteada. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se deja constancia del voto en contra de la Presidencia y de los congresistas Tan de Infuko y Ruiz Loayza; y del voto a favor de la congresista Mendoza Frisch. La cuestión previa ha sido rechazada. “Votación de la cuestión previa del congresista Dammert Ego Aguirre en el sentido de que el proyecto regrese a la comisión de Economía Señores congresistas que votaron en contra: Acha Romaní, Becerril Rodríguez, Benítez Rivas, Cabrera Ganoza, Capuñay Quispe, Cárdenas Cerrón, Chehade Moya, Coa Aguilar, Condori Cusi, Cordero Jon Tay, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, De la Torre Dueñas, Eguren Neuenschwander, Gutiérrez Cóndor, Huaire Chuquichaico, Hurtado Zamudio, Isla Rojas, Julca Jara, Kobashigawa Kobashigawa, Lay Sun, Lewis del Alcázar, Llatas Altamirano, Medina Ortiz, Molina Martínez, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Neyra Olaychea, Oseda Soto, Pariona Galindo, Portugal Catacora, Rivas Teixeira, Schaefer Cuculiza, Tapia Bernal, Tejada Galindo, Teves Quispe, Tubino Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Valencia Quiroz, Valle Ramírez, Valqui Matos, Yovera Flores, Zamudio Briceño y Zerillo Bazalar. Señores congresistas que votaron a favor: Alcorta Suero, Angulo Álvarez, Apaza Ordóñez, Bedoya de Vivanco, Coari Mamani, Condori Jahuira, Dammert Ego Aguirre, Fujimori 80

Higuchi, Gagó Pérez, Guevara Amasifuen, López Córdova, Mavila León, Mulder Bedoya, Pari Choquecota, Saavedra Vela y Zeballos Salinas. Señores congresistas que se abstuvieron: Anicama Ñáñez, Canches Guzmán, Ccama Layme, Chávez Cossío y Simon Munaro.” La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— En mérito a las modificaciones introducidas por la presidencia de la Comisión, se va a votar en primera votación el nuevo texto sustitutorio, presentado hoy a las 15 horas con 22 minutos. Con la misma asistencia, al voto. Congresista, no hay más cuestiones previas que se hayan planteado. Tiene la palabra el congresista Angulo Álvarez. El señor ANGULO ÁLVAREZ (NOAG).— Señora Presidenta, he pedido que se voten por separado los artículos 55.° y 73.° del dictamen del Proyecto de Ley 4007, que se refieren precisamente a la reducción de impuestos a las grandes empresas. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se va a consultar la cuestión previa planteada últimamente por el congresista Angulo Álvarez, para que se voten por separado los artículos 55.° y 73.°. A esos efectos, los señores congresistas se servirán registrar su asistencia. —Los señores congresistas registran su asistencia mediante el sistema digital para verificar el quórum. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— La Presidencia expresa su saludo a los niños del Centro Poblado Menor de Raura, distrito de San Miguel de Cauri, provincia de Lauricocha, departamento de Huánuco, que se encuentran en las galerías invitados por el congresista Josué Gutiérrez. (Aplausos.) Han registrado su asistencia 62 congresistas. Al voto la cuestión previa planteada por el congresista Angulo Álvarez. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se rechaza, por 40 votos en contra, 18 a favor y una abstención, la cuestión previa planteada. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se deja constancia del voto en contra de la Presidencia y de los congresistas Becerril Rodríguez, Acha Romaní, Molina Martínez, Tejada Galindo, Ruiz Loayza, Cordero Jon Tay y Schaefer Cuculiza; y del voto a favor del congresista Apaza Ordóñez. 81

La cuestión previa ha sido rechazada. “Votación de la cuestión previa para votar de manera separada los artículos 55 y 73 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta Señores congresistas que votaron en contra: Alcorta Suero, Bedoya de Vivanco, Cabrera Ganoza, Capuñay Quispe, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Chávez Cossío, Chehade Moya, Coa Aguilar, Condori Cusi, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, Eguren Neuenschwander, Fujimori Higuchi, Gagó Pérez, Gutiérrez Cóndor, Huaire Chuquichaico, Hurtado Zamudio, Isla Rojas, Julca Jara, Kobashigawa Kobashigawa, Lay Sun, Lewis del Alcázar, Llatas Altamirano, López Córdova, Medina Ortiz, Mulder Bedoya, Neyra Huamaní, Neyra Olaychea, Oseda Soto, Pariona Galindo, Portugal Catacora, Rivas Teixeira, Tan de Inafuko, Tapia Bernal, Tubino Arias Schreiber, Valle Ramírez, Valqui Matos, Zamudio Briceño y Zerillo Bazalar. Señores congresistas que votaron a favor: Angulo Álvarez, Anicama Ñáñez, Benítez Rivas, Canches Guzmán, Coari Mamani, Condori Jahuira, Dammert Ego Aguirre, De la Torre Dueñas, Guevara Amasifuen, Mavila León, Mendoza Frisch, Nayap Kinin, Pari Choquecota, Saavedra Vela, Urquizo Maggia, Valencia Quiroz, Yovera Flores y Zeballos Salinas. Señor congresista que se abstuvo: Simon Munaro.” La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— En mérito a las modificaciones presentadas por el presidente de la Comisión de Economía, se va a votar en primera votación el nuevo texto sustitutorio del proyecto de Ley que promueve la reactivación de la economía, presentado a las 15 horas y 22 minutos. Con la misma asistencia, al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se aprueba en primera votación, por 26 votos a favor, 11 en contra y 22 abstenciones, el nuevo texto sustitutorio del proyecto de Ley que promueve la reactivación de la economía. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se deja constancia del voto a favor de la Presidencia y de los congresistas Molina Martínez, Acha Romaní y Ruiz Loayza; y de la abstención de los congresistas Becerril Rodríguez, Schaefer Cuculiza, Cordero Jon Tay y Simon Munaro. Ha sido aprobado en primera votación el nuevo texto sustitutorio del proyecto de Ley que promueve la reactivación de la economía. —El texto aprobado es el siguiente: “EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: 82

LEY QUE PROMUEVE LA REACTIVACIÓN DE LA ECONOMÍA CAPÍTULO I MODIFICACIÓN DE LAS TASAS DEL IMPUESTO A LAS RENTAS DEL TRABAJO Y DE FUENTE EXTRANJERA Artículo 1. Modificación del tercer párrafo del artículo 20º; del inciso f) del artículo 24º-A; del inciso j) del artículo 44º; del último párrafo del artículo 52º-A; del artículo 53º; del inciso a) del artículo 54º; del primer párrafo del artículo 55º; del primer párrafo del inciso e) del artículo 56º; del artículo 73º; del artículo 73º-A; del primer y segundo párrafos del artículo 73º-B, del primer párrafo del artículo 74º y el primer párrafo del artículo 86º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo 179-2004-EF y normas modificatorias Modifícanse el tercer párrafo del artículo 20º; el inciso f) del artículo 24º-A; el inciso j) del artículo 44º; el último párrafo del artículo 52º-A; el artículo 53º; el inciso a) del artículo 54º; el primer párrafo del artículo 55º; el primer párrafo del inciso e) del artículo 56º; el artículo 73º; el artículo 73º-A; el primer y segundo párrafos del artículo 73º-B; el primer párrafo del artículo 74º y el primer párrafo del artículo 86º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo 179-2004-EF y normas modificatorias; conforme a los textos siguientes: “Artículo 20º.- (…) No será deducible el costo computable sustentado con comprobantes de pago emitidos por contribuyentes que a la fecha de emisión del comprobante: (i) Tengan la condición de no habidos, según publicación realizada por la administración tributaria, salvo que al 31 de diciembre del ejercicio en que se emitió el comprobante, el contribuyente haya cumplido con levantar tal condición. (ii) La SUNAT les haya notificado la baja de su inscripción en el Registro Único de Contribuyentes”. “Artículo 24º-A.- (…) f) Todo crédito hasta el límite de las utilidades y reservas de libre disposición, que las personas jurídicas que no sean empresas de operaciones múltiples o empresas de arrendamiento financiero, otorguen en favor de sus socios, asociados, titulares o personas que las integran, según sea el caso, en efectivo o en especie, con carácter general o particular, cualquiera sea la forma dada a la operación. No es de aplicación la presunción contenida en el párrafo anterior a las operaciones de crédito en favor de trabajadores de la empresa que sean propietarios únicamente de acciones de inversión”. “Artículo 44º.- (…)

83

j) Los gastos cuya documentación sustentatoria no cumpla con los requisitos y características mínimas establecidos por el Reglamento de Comprobantes de Pago. Tampoco será deducible el gasto sustentado en comprobante de pago emitido por contribuyente que a la fecha de emisión del comprobante: (i) Tenga la condición de no habido, según la publicación realizada por la administración tributaria, salvo que al 31 de diciembre del ejercicio, el contribuyente haya cumplido con levantar tal condición. (ii) La SUNAT le haya notificado la baja de su inscripción en el Registro Único de Contribuyentes. No se aplicará lo previsto en el presente inciso en los casos en que, de conformidad con el artículo 37º de la ley, se permita la sustentación del gasto con otros documentos”. “Artículo 52º-A.- (…) Lo previsto en los párrafos precedentes no se aplica a los dividendos y cualquier otra forma de distribución de utilidades a que se refiere el inciso i) del artículo 24º de esta Ley, los cuales están gravados con las tasas siguientes: Ejercicios Gravables

Tasas

2015-2016

6,8%

2017-2018

8,0%

2019 en adelante

9,3%”

“Artículo 53º.- El impuesto a cargo de personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades conyugales que optaron por tributar como tales, domiciliadas en el país, se determina aplicando a la suma de su renta neta del trabajo y la renta de fuente extranjera a que se refiere el artículo 51º de esta Ley, la escala progre siva acumulativa de acuerdo a lo siguiente: A partir del ejercicio gravable 2015: Suma de la Renta Neta de Trabajo y de la Renta de Fuente Extranjera Hasta 5 UIT

Tasa

8%

84

Más de 5 UIT hasta 20 UIT

14%

Más de 20 UIT hasta 35 UIT

17%

Más de 35 UIT hasta 45 UIT

20%

Más de 45 UIT

30%”

“Artículo 54º.- (…) a) Dividendos y otras formas de distribución de utilidades, salvo aquellas señaladas en el inciso f) del artículo 10º de la Ley.

2015-2016 : 6,8% 2017-2018 : 8,0% 2019 en adelante : 9,3%

(…)” “Artículo 55º.- El impuesto a cargo de los perceptores de rentas de tercera categoría domiciliadas en el país se determinará aplicando sobre su renta neta las tasas siguientes: Ejercicios Gravables

Tasas

2015-2016

28%

2017-2018

27%

2019 en adelante

26%

(…)”. “Artículo 56º.- (…) e) Dividendos y otras formas de distribución de utilidades recibidas de las personas jurídicas a que se refiere el artículo 14º de la Ley: Ejercicios Gravables

Tasas

85

2015-2016

6,8%

2017-2018

8,0%

2019 en adelante

9,3%

(…)”. “Artículo 73º.- Las personas jurídicas que paguen o acrediten rentas de obligaciones al portador u otros valores al portador, deberán retener el Impuesto a la Renta de los importes pagados o acreditados aplicando las tasas siguientes: Ejercicios Gravables

Tasas

2015-2016

28%

2017-2018

27%

2019 en adelante

26%

Dicha retención deberá ser abonada al fisco dentro de los plazos previstos por el Código Tributario para las obligaciones de periodicidad mensual, considerando como fecha de nacimiento de la obligación el mes en que se efectuó el pago de la renta o la acreditación correspondiente. Esta retención tendrá el carácter de pago definitivo”. “Artículo 73º-A.- Las personas jurídicas comprendidas en el artículo 14º que acuerden la distribución de dividendos o cualquier otra forma de distribución de utilidades, retendrán de las mismas el Impuesto a la Renta correspondiente, excepto cuando la distribución se efectúe a favor de personas jurídicas domiciliadas. Dicha retención se efectuará aplicando las tasas establecidas en el último párrafo del artículo 52º-A de la Ley. Las redistribuciones sucesivas que se efectúen no estarán sujetas a retención, salvo que se realicen a favor de personas no domiciliadas en el país o a favor de las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales, domiciliadas en el país. La obligación de retener también se aplica a las sociedades administradoras de los fondos de inversión, a los fiduciarios de fidecomisos bancarios y a las sociedades titulizadoras de patrimonios fideicometidos, respecto de las utilidades que distribuyan y que provengan de dividendos u otras formas de distribución de utilidades, obtenidos por los fondos de inversión, fideicomisos bancarios y patrimonios fideicometidos de sociedades titulizadoras.

86

La obligación de retener el impuesto se mantiene en el caso de dividendos o cualquier otra forma de distribución de utilidades que se acuerden a favor del Banco Depositario de ADR’s (American Depositary Receipts) y GDR’s (Global Depositary Receipts). Cuando la persona jurídica acuerde la distribución de utilidades en especie, el pago del seis coma ocho por ciento (6,8%), del ocho por ciento (8,0%) o nueve coma tres por ciento (9,3%) según corresponda deberá ser efectuado por ella y reembolsado por el beneficiario de la distribución. El monto retenido o los pagos efectuados constituirán pagos definitivos del Impuesto a la Renta de los beneficiarios, cuando estos sean personas naturales o sucesiones indivisas domiciliadas en el Perú. Esta retención deberá abonarse al fisco dentro de los plazos previstos por el Código Tributario para las obligaciones de periodicidad mensual”. “Artículo 73º-B.- Las sociedades administradoras de los fondos de inversión, las sociedades titulizadoras de patrimonios fideicometidos y los fiduciarios de fideicomisos bancarios retendrán el impuesto por las rentas que correspondan al ejercicio y que constituyan rentas de tercera categoría para los contribuyentes, aplicando la tasa establecida en el primer párrafo del artículo 55º de la Ley sobre la renta neta devengada en dicho ejercicio. Si el contribuyente del impuesto se encontrara sujeto a una tasa distinta de la señalada en el párrafo anterior, por las rentas a que se refiere dicho párrafo, la retención se efectuará aplicando la tasa a la que se encuentre sujeto, siempre que las rentas generadas por los Fideicomisos Bancarios, los Fondos de Inversión Empresarial o por los Patrimonios Fideicometidos de Sociedades Titulizadoras, se deriven de actividades que encuadren dentro de los supuestos establecidos en las leyes que otorgan el beneficio; para lo cual el contribuyente deberá comunicar tal circunstancia al agente de retención, conforme lo establezca el Reglamento. (…)”. “Artículo 74º.- Tratándose de rentas de cuarta categoría, las personas, empresas y entidades a que se refiere el inciso b) del artículo 71 de esta Ley, deberán retener con carácter de pago a cuenta del Impuesto a la Renta el 8% (ocho por ciento) de las rentas brutas que abonen o acrediten. (…)”. “Artículo 86º.- Las personas naturales que obtengan rentas de cuarta categoría, abonarán con carácter de pago a cuenta por dichas rentas, cuotas mensuales que determinarán aplicando la tasa del 8% (ocho por ciento) sobre la renta bruta mensual abonada o acreditada, dentro de los plazos previstos por el Código Tributario. Dicho pago se efectuará sin perjuicio de los que corresponda por rentas de otras categorías. (…)”. 87

CAPÍTULO II RÉGIMEN ESPECIAL DE RECUPERACIÓN ANTICIPADA DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS PARA PROMOVER LA ADQUISICIÓN DE BIENES DE CAPITAL Artículo 2. Objeto Establécese, de manera excepcional y temporal, un Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, a fin de fomentar la adquisición, renovación o reposición de bienes de capital. Artículo 3. Del Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas El régimen consiste en la devolución del crédito fiscal generado en las importaciones y/o adquisiciones locales de bienes de capital nuevos, efectuadas por contribuyentes que realicen actividades productivas de bienes y servicios gravadas con el Impuesto General a las Ventas o exportaciones, que se encuentren inscritos como microempresas en el REMYPE, de conformidad con la Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa. El crédito fiscal objeto del régimen a que se refiere el párrafo anterior será aquel que no hubiese sido agotado como mínimo en un periodo de tres (3) meses consecutivos siguientes a la fecha de anotación en el registro de compras. Para el goce del presente régimen los contribuyentes deberán cumplir con los requisitos que establezca el reglamento, los cuales deberán tomar en cuenta, entre otros, un periodo mínimo de permanencia en el Registro Único de Contribuyentes, así como el cumplimiento de obligaciones tributarias. Artículo 4. Montos devueltos indebidamente Los contribuyentes que gocen indebidamente del régimen, deberán restituir el monto devuelto, en la forma que se establezca en el reglamento, siendo de aplicación la Tasa de Interés Moratorio y el procedimiento a que se refiere el artículo 33º del Código Tributario, a partir de la fecha en que se puso a disposición del solicitante la devolución efectuada; sin perjuicio de la aplicación de las sanciones correspondientes establecidas en el Código Tributario. CAPÍTULO III MODIFICACIONES AL TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL CÓDIGO TRIBUTARIO Artículo 5. Modificación del segundo párrafo del artículo 11º; de los numerales 1 y 3 del artículo 87º; del inciso i) del artículo 92º; del artículo 97º; del artículo 112º; de los numerales 4, 5, 8 y 9 y del nombre del artículo 174º; del cuarto, quinto, octavo y noveno ítem del rubro 2 de las Tablas de Infracciones y Sanciones Tributarias I, II y III, referidos a las infracciones tipificadas en los numerales 4, 5, 8 y 9 del artículo 174º; de las notas (5) y (6) de las Tablas de Infracciones y Sanciones Tributarias I y II; de las notas (6) y (7) de la 88

Tabla de Infracciones y Sanciones Tributarias III del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo 133-2013-EF y normas modificatorias Modifícanse el segundo párrafo del artículo 11º; los numerales 1 y 3 del artículo 87º; el inciso i) del artículo 92º; el artículo 97º; el artículo 112º; los numerales 4, 5, 8 y 9 y el nombre del artículo 174º; cuarto, quinto, octavo y noveno ítem del rubro 2 de las Tablas de Infracciones y Sanciones Tributarias I, II y III, referidos a las infracciones tipificadas en los numerales 4, 5, 8 y 9 del artículo 174º; las notas (5) y (6) de las Tablas de Infracciones y Sanciones Tributarias I y II; las notas (6) y (7) de la Tabla de Infracciones y Sanciones Tributarias III del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo 133-2013-EF y normas modificatorias, conforme a los textos siguientes: “Artículo 11º.- DOMICILIO FISCAL Y PROCESAL (…) El domicilio fiscal es el lugar fijado dentro del territorio nacional para todo efecto tributario; sin perjuicio de la facultad del sujeto obligado a inscribirse ante la Administración Tributaria de señalar expresamente un domicilio procesal en cada uno de los procedimientos regulados en el Libro Tercero del presente Código con excepción de aquel a que se refiere el numeral 1 del artículo 112º. El domicilio procesal deberá estar ubicado dentro del radio urbano que señale la Administración Tributaria. La opción de señalar domicilio procesal en el procedimiento de cobranza coactiva, para el caso de la SUNAT, se ejercerá por única vez dentro de los tres días hábiles de notificada la Resolución de Ejecución Coactiva y estará condicionada a la aceptación de aquella, la que se regulará mediante resolución de superintendencia”. “Artículo 87º.- OBLIGACIONES DE LOS ADMINISTRADOS Los administrados están obligados a facilitar las labores de fiscalización y determinación que realice la Administración Tributaria y en especial deberán: 1. Inscribirse en los registros de la Administración Tributaria así como obtener, con ocasión de dicha inscripción, la CLAVE SOL que permita el acceso al buzón electrónico a que se refiere el artículo 86º-A y a consultar periódicamente el mismo. El administrado debe aportar todos los datos necesarios para la inscripción en los registros de la Administración Tributaria así como actualizar los mismos en la forma y dentro de los plazos establecidos por las normas pertinentes. Asimismo, deberán cambiar el domicilio fiscal en los casos previstos en el artículo 11º. (…) 3. Emitir y/u otorgar, con los requisitos formales legalmente establecidos y en los casos previstos por las normas legales, los comprobantes de pago o los documentos complementarios a estos. Asimismo, deberán, según lo establezcan las normas legales, portarlos o facilitar a la SUNAT, a través de cualquier medio, y en la forma y condiciones que esta señale, la información que permita identificar los documentos que sustentan el traslado. 89

(…)”. “Artículo 92º.- DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS Los deudores tributarios tienen derecho, entre otros, a: (…) i) Formular consulta de acuerdo a lo establecido en los artículos 93º y 95º-A, y obtener la debida orientación respecto de sus obligaciones tributarias; (…)”. “Artículo 97º.- OBLIGACIONES DEL COMPRADOR, USUARIO, DESTINATARIO Y TRANSPORTISTA Las personas que compren bienes o reciban servicios están obligadas a exigir que se les entregue los comprobantes de pago por las compras efectuadas o por los servicios recibidos, así como los documentos relacionados directa o indirectamente con estos, ya sean impresos o emitidos electrónicamente. Las personas que presten el servicio de transporte de bienes están obligadas a exigir al remitente los comprobantes de pago, las guías de remisión y/o los documentos que correspondan a los bienes, así como a: a)

portarlos durante el traslado o,

b) en caso de documentos emitidos y otorgados electrónicamente, facilitar a la SUNAT, a través de cualquier medio, y en la forma y condiciones que aquella señale mediante la resolución respectiva, la información que permita identificar en su base de datos, los documentos que sustentan el traslado, durante este o incluso después de haberse realizado el mismo. En cualquier caso, el comprador, el usuario y el transportista están obligados, cuando fueran requeridos, a exhibir los referidos comprobantes, guías de remisión y/o documentos a los funcionarios de la administración tributaria o, de ser el caso, a facilitar, a través de cualquier medio, y en la forma y condiciones que indique la SUNAT mediante resolución, cualquier información que permita identificar los documentos que sustentan el traslado. Además, los destinatarios y los transportistas que indique la SUNAT deberán comunicar a esta, en la forma y condiciones que señale, aspectos relativos a los bienes que se trasladan y/o a la información de los documentos que sustentan el traslado. El incumplimiento de la forma y condiciones, de acuerdo a lo que señale la SUNAT, determinará que se tenga como no presentada la referida comunicación”. “Artículo 112º.- PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS Los procedimientos tributarios, además de los que se establezcan por ley, son: 90

1. Procedimiento de Fiscalización. 2. Procedimiento de Cobranza Coactiva. 3. Procedimiento Contencioso-Tributario. 4. Procedimiento No Contencioso”. “Artículo 174º.- INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE EMITIR, OTORGAR Y EXIGIR COMPROBANTES DE PAGO Y/U OTROS DOCUMENTOS, ASÍ COMO DE FACILITAR, A TRAVÉS DE CUALQUIER MEDIO, QUE SEÑALE LA SUNAT, LA INFORMACIÓN QUE PERMITA IDENTIFICAR LOS DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN EL TRASLADO Constituyen infracciones relacionadas con la obligación de emitir, otorgar y exigir comprobantes de pago y/u otros documentos, así como facilitar, a través de cualquier medio, que señale la SUNAT, la información que permita identificar los documentos que sustentan el traslado: (…) 4. Transportar bienes y/o pasajeros sin portar el correspondiente comprobante de pago, guía de remisión, manifiesto de pasajeros y/u otro documento previsto por las normas para sustentar el traslado o no facilitar a través de los medios señalados por la SUNAT, la información que permita identificar la guía de remisión electrónica, el comprobante de pago electrónico y/u otro documento emitido electrónicamente que sustente el traslado de bienes, durante dicho traslado. 5. Transportar bienes y/o pasajeros portando documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago o guías de remisión, manifiesto de pasajeros y/u otro documento que carezca de validez o transportar bienes habiéndose emitido documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago electrónicos, guías de remisión electrónicas y/u otro documento emitido electrónicamente que carezca de validez. (…) 8. Remitir bienes sin portar el comprobante de pago, la guía de remisión y/u otro documento previsto por las normas para sustentar la remisión; remitir bienes sin haberse emitido el comprobante de pago electrónico, la guía de remisión electrónica y/u otro documento emitido electrónicamente previsto por las normas para sustentar la remisión, cuando el traslado lo realiza un sujeto distinto al remitente o no facilitar, a través de los medios señalados por la SUNAT, la información que permita identificar esos documentos emitidos electrónicamente, durante el traslado, cuando este es realizado por el remitente. 9. Remitir bienes portando documentos que no reúnan los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago, guías de remisión y/u otro documento que carezca de validez o remitir bienes habiéndose emitido documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago 91

electrónicos, guías de remisión electrónicas y/u otro documento emitido electrónicamente que carezca de validez. (…)”. “TABLA I CÓDIGO TRIBUTARIO - LIBRO CUARTO (INFRACCIONES Y SANCIONES) PERSONAS Y ENTIDADES GENERADORES DE RENTA DE TERCERA CATEGORÍA (…) 2. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE EMITIR, OTORGAR Y EXIGIR COMPROBANTES DE PAGO Y/U OTROS DOCUMENTOS, ASÍ COMO DE FACILITAR, A TRAVÉS DE CUALQUIER MEDIO, QUE SEÑALE LA SUNAT, LA INFORMACIÓN QUE PERMITA IDENTIFICAR LOS DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN EL TRASLADO.

Artículo 174º

(…)  Transportar bienes y/o pasajeros sin portar el correspondiente comprobante de pago, guía de remisión, manifiesto de pasajeros y/u otro documento previsto por las normas para sustentar el traslado o no facilitar, a través de los medios señalados por la SUNAT, la información que permita identificar la guía de remisión electrónica, el comprobante de pago electrónico y/u otro documento emitido electrónicamente que sustente el traslado de bienes, durante dicho traslado.

Numeral 4

Internamiento temporal del vehículo (5)

 Transportar bienes y/o pasajeros portando documentos que no reúnen los requisitos y

Numeral 5

50% de la UIT

92

características para ser considerados como comprobantes de pago o guías de remisión, manifiesto de pasajeros y/u otro documento que carezca de validez o transportar bienes habiéndose emitido documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago electrónicos, guías de remisión electrónicas y/u otro documento emitido electrónicamente que carezca de validez.

o internamiento temporal del vehículo (6)

(…)  Remitir bienes sin portar el comprobante de pago, la guía de remisión y/u otro documento previsto por las normas para sustentar la remisión; remitir bienes sin haberse emitido el comprobante de pago electrónico, la guía de remisión electrónica y/u otro documento emitido electrónicamente previsto por las normas para sustentar la remisión, cuando el traslado lo realiza un sujeto distinto al remitente o no facilitar, a través de los medios señalados por la SUNAT, la información que permita identificar esos documentos emitidos electrónicamente, durante el traslado, cuando este es realizado por el remitente.

Numeral 8

 Remitir bienes portando documentos que no reúnan los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago, guías de remisión y/u otro documento que carezca de validez o remitir bienes habiéndose emitido documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago electrónicos, guías de remisión electrónicas y/u otro documento emitido electrónicamente que carezca de validez.

Numeral 9

Comiso (7)

Comiso o multa (8)

(…)”. “TABLA II CÓDIGO TRIBUTARIO - LIBRO CUARTO (INFRACCIONES Y SANCIONES) PERSONAS NATURALES, QUE PERCIBAN RENTA DE CUARTA CATEGORÍA, PERSONAS 93

ACOGIDAS AL RÉGIMEN ESPECIAL DE RENTA Y OTRAS PERSONAS Y ENTIDADES NO INCLUIDAS EN LAS TABLAS I Y III, EN LO QUE SEA APLICABLE (…) 2. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE EMITIR, OTORGAR Y EXIGIR COMPROBANTES DE PAGO Y/U OTROS DOCUMENTOS, O FACILITAR, A TRAVÉS DE CUALQUIER MEDIO, QUE SEÑALE LA SUNAT, LA INFORMACIÓN QUE PERMITA IDENTIFICAR LOS DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN EL TRASLADO.

Artículo 174º

(…)  Transportar bienes y/o pasajeros sin portar el correspondiente comprobante de pago, guía de remisión, manifiesto de pasajeros y/u otro documento previsto por las normas para sustentar el traslado o no facilitar, a través de los medios señalados por la SUNAT, la información que permita identificar la guía de remisión electrónica, el comprobante de pago electrónico y/u otro documento emitido electrónicamente que sustente el traslado de bienes, durante dicho traslado.

Numeral 4

Internamiento temporal del vehículo (5)

 Transportar bienes y/o pasajeros portando documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago o guías de remisión, manifiesto de pasajeros y/u otro documento que carezca de validez o transportar bienes habiéndose emitido documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago electrónicos, guías de remisión electrónicas y/u otro documento emitido electrónicamente que carezca de validez.

Numeral 5

25% de la UIT o internamiento temporal del vehículo (6)

(…)  Remitir bienes sin portar el comprobante de pago, la guía de remisión y/u otro documento previsto por las normas para sustentar la remisión; 94

Numeral 8

Comiso

remitir bienes sin haberse emitido el comprobante de pago electrónico, la guía de remisión electrónica y/u otro documento emitido electrónicamente previsto por las normas para sustentar la remisión, cuando el traslado lo realiza un sujeto distinto al remitente o no facilitar, a través de los medios señalados por la SUNAT, la información que permita identificar esos documentos emitidos electrónicamente, durante el traslado, cuando este es realizado por el remitente.  Remitir bienes portando documentos que no reúnan los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago, guías de remisión y/u otro documento que carezca de validez o remitir bienes habiéndose emitido documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago electrónicos, guías de remisión electrónicas y/u otro documento emitido electrónicamente que carezca de validez.

(7)

Numeral 9

Comiso o multa (8)

(…)”. “TABLA III CÓDIGO TRIBUTARIO - LIBRO CUARTO (INFRACCIONES Y SANCIONES) PERSONAS Y ENTIDADES QUE SE ENCUENTRAN EN EL NUEVO RÉGIMEN ÚNICO SIMPLIFICADO (…) 2. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE EMITIR, OTORGAR Y EXIGIR COMPROBANTES DE PAGO Y/U OTROS DOCUMENTOS, ASÍ COMO DE FACILITAR, A TRAVÉS DE CUALQUIER MEDIO, QUE SEÑALE LA SUNAT, LA INFORMACIÓN QUE PERMITA INDIVUALIZAR LOS DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN EL TRASLADO. (…)

95

Artículo 174º

 Transportar bienes y/o pasajeros sin portar el correspondiente comprobante de pago, guía de remisión, manifiesto de pasajeros y/u otro documento previsto por las normas para sustentar el traslado o no facilitar, a través de los medios señalados por la SUNAT, la información que permita identificar la guía de remisión electrónica, el comprobante de pago electrónico y/u otro documento emitido electrónicamente que sustente el traslado de bienes, durante dicho traslado.

Numeral 4

Internamiento temporal del vehículo (6)

 Transportar bienes y/o pasajeros portando documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago o guías de remisión, manifiesto de pasajeros y/u otro documento que carezca de validez o transportar bienes habiéndose emitido documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago electrónicos, guías de remisión electrónicas y/u otro documento emitido electrónicamente que carezca de validez.

Numeral 5

0,3% de los I o internamiento temporal del vehículo (7)

(…)  Remitir bienes sin portar el comprobante de pago, la guía de remisión y/u otro documento previsto por las normas para sustentar la remisión; remitir bienes sin haberse emitido el comprobante de pago electrónico, la guía de remisión electrónica y/u otro documento emitido electrónicamente previsto por las normas para sustentar la remisión, cuando el traslado lo realiza un sujeto distinto al remitente o no facilitar, a través de los medios señalados por la SUNAT, la información que permita identificar esos documentos emitidos electrónicamente, durante el traslado, cuando este es realizado por el remitente.

Numeral 8

 Remitir bienes portando documentos que no reúnan los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago, guías de remisión y/u otro documento que carezca de validez o remitir bienes habiéndose emitido documentos que no reúnen los requisitos y características para ser

Numeral 9

96

Comiso (8)

Comiso o multa (9)

considerados como comprobantes de pago electrónicos, guías de remisión electrónicas y/u otro documento emitido electrónicamente que carezca de validez. (…)”. “TABLA I CÓDIGO TRIBUTARIO - LIBRO CUARTO (INFRACCIONES Y SANCIONES) PERSONAS Y ENTIDADES GENERADORES DE RENTA DE TERCERA CATEGORÍA (…) Notas: (…) (5) La sanción de internamiento temporal de vehículo se aplicará a partir de la primera oportunidad en que el infractor incurra en alguna de estas infracciones. La multa a que hace referencia el inciso b) del octavo párrafo del artículo 182º, será de 3 UIT. (6) La Administración Tributaria podrá aplicar la sanción de internamiento temporal de vehículo a partir de la tercera oportunidad en que el infractor incurra en alguna de estas infracciones. A tal efecto, se entenderá que ha incurrido en las dos anteriores oportunidades cuando las sanciones de multa respectivas hubieran quedado firmes y consentidas. (…)”. “TABLA II CÓDIGO TRIBUTARIO - LIBRO CUARTO (INFRACCIONES Y SANCIONES) PERSONAS NATURALES, QUE PERCIBAN RENTA DE CUARTA CATEGORÍA, PERSONAS ACOGIDAS AL RÉGIMEN ESPECIAL DE RENTA Y OTRAS PERSONAS Y ENTIDADES NO INCLUIDAS EN LAS TABLAS I Y III, EN LO QUE SEA APLICABLE (…) Notas: (…) (5) La sanción de internamiento temporal de vehículo se aplicará a partir de la primera oportunidad en que el infractor incurra en alguna de estas infracciones. La multa a que hace referencia el inciso b) del octavo párrafo del artículo 182º, será de 2 UIT.

97

(6) La Administración Tributaria podrá aplicar la sanción de internamiento temporal de vehículo a partir de la tercera oportunidad en que el infractor incurra en alguna de estas infracciones. A tal efecto, se entenderá que ha incurrido en las dos anteriores oportunidades cuando las sanciones de multa respectivas hubieran quedado firmes y consentidas. (…)”. “TABLA III CÓDIGO TRIBUTARIO - LIBRO CUARTO (INFRACCIONES Y SANCIONES) PERSONAS Y ENTIDADES QUE SE ENCUENTRAN EN EL NUEVO RÉGIMEN ÚNICO SIMPLIFICADO (…) Notas: (…) (6) La sanción de internamiento temporal de vehículo se aplicará a partir de la primera oportunidad en que el infractor incurra en alguna de estas infracciones. La multa a que hace referencia el inciso b) del octavo párrafo del artículo 182º, será de 1 UIT. (7) La Administración Tributaria podrá aplicar la sanción de internamiento temporal de vehículo a partir de la tercera oportunidad en que el infractor incurra en alguna de estas infracciones. A tal efecto, se entenderá que ha incurrido en las dos anteriores oportunidades cuando las sanciones de multa respectivas hubieran quedado firmes y consentidas. (…)”. Artículo 6. Incorporación de un último párrafo al artículo 61º y de los artículos 62º-B, 86º-A, 95º-A, 112º-A y 112º-B al Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo 133-2013-EF y normas modificatorias Incorpóranse un último párrafo al artículo 61º y los artículos 62º-B, 86º-A, 95º-A, 112ºA y 112º-B al Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo 133-2013-EF y normas modificatorias, conforme a los siguientes textos: “Artículo 61º.- FISCALIZACIÓN O VERIFICACIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA EFECTUADA POR EL DEUDOR TRIBUTARIO (…) Cuando del análisis de la información proveniente de las declaraciones del propio deudor o de terceros o de los libros, registros o documentos que la SUNAT almacene, archive y conserve en sus sistemas, se compruebe que parte, uno o algunos de los elementos de la obligación tributaria no ha sido correctamente declarado por el deudor tributario, la 98

SUNAT podrá realizar un procedimiento de fiscalización parcial electrónica de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 62º-B”. “Artículo 62º-B.- FISCALIZACIÓN PARCIAL ELECTRÓNICA El procedimiento de fiscalización parcial electrónica, a que se refiere el último párrafo del artículo 61º se realizará conforme a lo siguiente: a) La SUNAT notificará al deudor tributario, de acuerdo a la forma prevista en el inciso b) del artículo 104º, el inicio del procedimiento de fiscalización acompañado de una liquidación preliminar del tributo a regularizar y los intereses respectivos con el detalle del (los) reparo(s) que origina(n) la omisión y la información analizada que sustenta la propuesta de determinación. b) El deudor tributario en un plazo de diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del inicio de la fiscalización parcial electrónica, subsanará el (los) reparo(s) notificado(s) contenidos en la liquidación preliminar realizada por la SUNAT o sustentará sus observaciones a esta última y, de ser el caso, adjuntará la documentación en la forma y condiciones que la SUNAT establezca mediante la resolución de superintendencia a que se refiere el artículo 112º-A. c) La SUNAT, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la fecha en que vence el plazo establecido en el párrafo anterior, notificará, de acuerdo a la forma prevista en el inciso b) del artículo 104º, la resolución de determinación con la cual se culmina el procedimiento de fiscalización, y de ser el caso, la resolución de multa. La citada resolución de determinación contendrá una evaluación sobre los sustentos presentados por el deudor tributario, según corresponda. En caso de que el deudor tributario no realice la subsanación correspondiente o no sustente sus observaciones en el plazo establecido, la SUNAT notificará, de acuerdo a la forma prevista en el inciso b) del artículo 104º, la resolución de determinación con la cual culmina el procedimiento de fiscalización, y de ser el caso, la resolución de multa. d) El procedimiento de fiscalización parcial que se realice electrónicamente de acuerdo al presente artículo deberá efectuarse en el plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día en que surte efectos la notificación del inicio del procedimiento de fiscalización. Al procedimiento de fiscalización parcial electrónica no se le aplicará las disposiciones del artículo 62º-A”. “Artículo 86º-A.- OBLIGACIONES DE LA SUNAT PARA EFECTO DE LAS ACTUACIONES O PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS QUE SE REALICEN A TRAVÉS DE SISTEMAS ELECTRÓNICOS, TELEMÁTICOS E INFORMÁTICOS Para efecto de las actuaciones o procedimientos tributarios que se realicen a través de sistemas electrónicos, telemáticos e informáticos, la SUNAT deberá: 1.

Asignar la CLAVE SOL que permita acceder al buzón electrónico a todos los 99

sujetos que deban inscribirse en sus registros, que le permita realizar, de corresponder, la notificación de sus actos por el medio electrónico a que se refiere el inciso b) del artículo 104º. 2. Almacenar, archivar y conservar los documentos que formen parte del expediente electrónico, de acuerdo a la resolución de superintendencia que se apruebe para dicho efecto, garantizando el acceso a los mismos de los interesados”. “Artículo 95º-A.- CONSULTAS PARTICULARES El deudor tributario con interés legítimo y directo podrá consultar a la SUNAT sobre el régimen jurídico tributario aplicable a hechos o situaciones concretas, referidas al mismo deudor tributario, vinculados con tributos cuya obligación tributaria no hubiera nacido al momento de la presentación de la consulta o, tratándose de procedimientos aduaneros, respecto de aquellos que no se haya iniciado el trámite del manifiesto de carga o la numeración de la declaración aduanera de mercancías. La consulta particular será rechazada liminarmente si los hechos o las situaciones materia de consulta han sido materia de una opinión previa de la SUNAT conforme al artículo 93º del presente Código. La consulta será presentada en la forma, plazo y condiciones que se establezca mediante decreto supremo; debiendo ser devuelta si no se cumple con lo previsto en el presente artículo, en dicho decreto supremo o se encuentre en los supuestos de exclusión que este también establezca. La SUNAT deberá abstenerse de responder a consultas particulares cuando detecte que el hecho o la situación caracterizados que son materia de consulta se encuentren incursas en un procedimiento de fiscalización o impugnación en la vía administrativa o judicial, aunque referido a otro deudor tributario, según lo establezca el decreto supremo. La SUNAT podrá solicitar la comparecencia de los deudores tributarios o terceros para que proporcionen la información y documentación que se estime necesaria, otorgando un plazo no menor de cinco (5) días hábiles, más el término de la distancia de ser el caso. La SUNAT dará respuesta al consultante en el plazo que se señale por decreto supremo. La contestación a la consulta escrita tendrá efectos vinculantes para los distintos órganos de la SUNAT exclusivamente respecto del consultante, en tanto no se modifique la legislación o la jurisprudencia aplicable; no se hubieran alterado los antecedentes o circunstancias del caso consultado; una variable no contemplada en la consulta o su respuesta no determine que el sentido de esta última haya debido ser diferente; o los hechos o situaciones concretas materia de consulta, a criterio de la SUNAT aplicando la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario, no correspondan a actos simulados o a supuestos de elusión de normas tributarias. La presentación de la consulta no eximirá del cumplimiento de las obligaciones tributarias ni interrumpe los plazos establecidos en las normas tributarias para dicho efecto. El consultante no podrá interponer recurso alguno contra la contestación de la consulta, pudiendo hacerlo, de ser el caso, contra el acto o actos administrativos que se dicten en aplicación de los criterios contenidos en ellas. 100

La información provista por el deudor tributario podrá ser utilizada por la SUNAT para el cumplimiento de su función fiscalizadora que incluye la inspección, la investigación y el control del cumplimiento de obligaciones tributarias, incluso de aquellos sujetos que gocen de inafectación, exoneración o beneficios tributarios. Las absoluciones de las consultas particulares serán publicadas en el portal de la SUNAT, en la forma establecida por decreto supremo”. “Artículo 112º-A.- FORMA DE LAS ACTUACIONES DE LOS ADMINISTRADOS Y TERCEROS Las actuaciones que de acuerdo al presente Código o sus normas reglamentarias o complementarias realicen los administrados y terceros ante la SUNAT podrán efectuarse mediante sistemas electrónicos, telemáticos, informáticos de acuerdo a lo que se establezca mediante resolución de superintendencia, teniendo estas la misma validez y eficacia jurídica que las realizadas por medios físicos, en tanto cumplan con lo que se establezca en la resolución de superintendencia correspondiente”. “Artículo 112º-B.- EXPEDIENTES GENERADOS PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS DE LA SUNAT

EN

LAS

ACTUACIONES

Y

La SUNAT regula, mediante resolución de superintendencia, la forma y condiciones en que serán llevados y archivados los expedientes de las actuaciones y procedimientos tributarios, asegurando la accesibilidad a estos. La utilización de sistemas electrónicos, telemáticos o informáticos para el llevado o conservación del expediente electrónico que se origine en los procedimientos tributarios o actuaciones, que sean llevados de manera total o parcial en dichos medios, deberá respetar los principios de accesibilidad e igualdad y garantizar la protección de los datos personales de acuerdo a lo establecido en las normas sobre la materia, así como el reconocimiento de los documentos emitidos por los referidos sistemas. Para dicho efecto: a) Los documentos electrónicos que se generen en estos procedimientos o actuaciones tendrán la misma validez y eficacia que los documentos en soporte físico. b) Las representaciones impresas de los documentos electrónicos tendrán validez ante cualquier entidad siempre que para su expedición se utilicen los mecanismos que aseguren su identificación como representaciones del original que la SUNAT conserva. c) La elevación o remisión de expedientes o documentos podrá ser sustituida para todo efecto legal por la puesta a disposición del expediente electrónico o de dichos documentos. d) Cuando en el presente Código se haga referencia a la presentación o exhibiciones en las oficinas fiscales o ante los funcionarios autorizados esta se entenderá cumplida, de ser el caso, con la presentación o exhibición que se realice en aquella dirección o sitio electrónico que la SUNAT defina como el canal de comunicación entre el administrado y 101

ella”. CAPÍTULO IV CONTRATOS DE ESTABILIDAD TRIBUTARIA EN MINERÍA Artículo 7. Modificación del artículo 82º; del artículo 83º-A y del tercer párrafo del artículo 83º-B del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería aprobado por el Decreto Supremo 014-92-EM y normas modificatorias Modifícanse el artículo 82º, el artículo 83º-A y el tercer párrafo del artículo 83º-B del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería aprobado por el Decreto Supremo 014-92-EM y normas modificatorias, conforme a los textos siguientes: “Artículo 82º.- A fin de promover la inversión y facilitar el financiamiento de los proyectos mineros con capacidad inicial no menor de 5,000 TM/día o de ampliaciones destinadas a llegar a una capacidad no menor de 5,000 TM/día referentes a una o más concesiones o a una o más Unidades Económicas Administrativas, los titulares de la actividad minera gozarán de estabilidad tributaria que se les garantizará mediante contrato suscrito con el Estado, por un plazo de doce años, contados a partir del ejercicio en que se acredite la ejecución de la inversión o de la ampliación, según sea el caso. Para los efectos de los contratos a que se refieren los artículos 78º, 83º-A y el presente artículo, se entiende por Unidad Económica Administrativa, el conjunto de concesiones mineras ubicadas dentro de los límites señalados por el artículo 44º de la presente Ley, las plantas de beneficio y los demás bienes que constituyan una sola unidad de producción por razón de comunidad de abastecimiento, administración y servicios que, en cada caso, calificará la Dirección General de Minería”. “Artículo 83º-A.- A fin de promover la inversión y facilitar el financiamiento de los proyectos mineros con capacidad inicial no menor de 15,000 TM/día o de ampliaciones destinadas a llegar a una capacidad no menor de 20,000 TM/día referentes a una o más concesiones o a una o más Unidades Económicas Administrativas, los titulares de la actividad minera gozarán de estabilidad tributaria que se les garantizará mediante contrato suscrito con el Estado, por un plazo de quince años, contados a partir del ejercicio en que se acredite la ejecución de la inversión o de la ampliación, según sea el caso”. “Artículo 83º-B.- (…) El efecto del beneficio contractual recaerá exclusivamente en las actividades de la empresa minera a favor de la cual se efectúe la inversión, sea que aquellas estén expresamente mencionadas en el programa de inversiones contenido en el estudio de factibilidad que forma parte del contrato de estabilidad; o, las actividades adicionales que se realicen posteriormente a la ejecución del programa de inversiones, siempre que tales actividades se realicen dentro de una o más concesiones o en una o más Unidades Económicas Administrativas donde se desarrolle el proyecto de inversión materia del contrato suscrito con el Estado; que se encuentren vinculadas al objeto del proyecto de inversión; que el importe de la inversión adicional sea no menor al equivalente en 102

moneda nacional a US$ 25´000,000.00; y sean aprobadas previamente por el Ministerio de Energía y Minas, sin perjuicio de una posterior fiscalización del citado Sector. (...)”. CAPÍTULO V DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS Artículo 8. Modificación del segundo párrafo del artículo 197º de la Ley General de Aduanas aprobada mediante el Decreto Legislativo 1053 Modifícase el segundo párrafo del artículo 197º de la Ley General de Aduanas aprobada mediante el Decreto Legislativo 1053, conforme al texto siguiente: “Artículo 197.- Sanción de comiso de las mercancías Se aplicará la sanción de comiso de las mercancías, cuando: (…) También será aplicable la sanción de comiso al medio de transporte que habiendo ingresado al país al amparo de la legislación pertinente o de un convenio internacional, exceda el plazo de permanencia concedido por la autoridad aduanera. En estos casos, los vehículos con fines turísticos podrán ser retirados del país, si dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores al vencimiento del plazo de permanencia concedido por la autoridad aduanera, el turista cumple con pagar una multa cuyo monto es establecido en la Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones del presente Decreto Legislativo. De no efectuarse el pago en el citado plazo o el retiro del vehículo del país en el plazo establecido en su Reglamento, este caerá en comiso. (…)”. Artículo 9. Incorporación del tercer párrafo del artículo 197º de la Ley General de Aduanas aprobada mediante el Decreto Legislativo 1053 Incorporáse como tercer párrafo del artículo 197º de la Ley General de Aduanas aprobada mediante el Decreto Legislativo 1053, el siguiente texto: “Artículo 197.- Sanción de comiso de las mercancías Se aplicará la sanción de comiso de las mercancías, cuando: (…) Asimismo, será aplicable la sanción de comiso, al vehículo que haya sido ingresado temporalmente al país con fines turísticos al amparo de la legislación pertinente o de un convenio Internacional, y que hubiese sido destinado a otro fin. 103

(…)”. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Reglamentación del Capítulo II Mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, se dictarán las normas reglamentarias mediante las cuales se establecerá el alcance, procedimiento, cobertura de los bienes y otros aspectos necesarios para la mejor aplicación del régimen dispuesto en el Capítulo II de la presente Ley. SEGUNDA. Consultas particulares La SUNAT establecerá los arreglos institucionales necesarios para mejorar sus estrategias de cumplimiento tributario con la información y documentación obtenida de las consultas particulares señaladas en el artículo 95º-A del Código Tributario incorporado por la presente Ley. TERCERA. Utilización de sistemas electrónicos, telemáticos e informáticos Los artículos incorporados al Código Tributario por la presente Ley referidos al uso de sistemas electrónicos, telemáticos e informáticos en las actuaciones o procedimientos tributarios, no derogan ni restringen las facultades otorgadas a la SUNAT por otros artículos del citado Código o de las normas tributarias vigentes para regular la forma y condiciones en que aquellas deben realizarse. CUARTA. Dirección y buzón electrónicos Entiéndase como CLAVE SOL, dirección electrónica y buzón electrónico a que se refieren los artículos 86º-A, 112º-A, 112º-B a aquellos conceptos definidos en las normas vigentes, como SUNAT Virtual o portal de la SUNAT, Código de Usuario y CLAVE SOL y Buzón Electrónico, respectivamente o a los conceptos que los reemplacen. A partir de la entrada en vigencia del Capítulo III de la presente Ley, la SUNAT asignará un Código de Usuario y CLAVE SOL y Buzón Electrónico a todo aquel sujeto que se inscriba en el RUC. QUINTA. Vigencia 1. Lo dispuesto en el Capítulo I de la presente Ley entrará en vigencia el 1 de enero de 2015. 2. Lo dispuesto en el Capítulo II de la presente Ley entrará en vigencia a partir del primer día del mes siguiente de la fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano, hasta por un periodo de tres (3) años, siendo de aplicación a las importaciones y/o adquisiciones efectuadas durante su vigencia. 3. Las disposiciones establecidas en el Capítulo III de la presente Ley, con excepción de la modificación referida al inciso i) del artículo 92º e incorporación del artículo 95º-A, entrarán en vigencia el día siguiente de la publicación de la presente Ley. 104

4. Las disposiciones contenidas en el inciso i) del artículo 92º y en el artículo 95º-A del Código Tributario entrarán en vigencia a los 120 días hábiles computados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley. 5. Las disposiciones establecidas en el Capítulo V de la presente Ley entrarán en vigencia a partir del día siguiente de publicado el decreto supremo que modifique la Tabla de Sanciones aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas. SEXTA. Aplicación del artículo 62º-B, del Código Tributario para las fiscalizaciones de la regalía minera y el gravamen especial a la minería Para la realización por parte de la SUNAT de las funciones asociadas al pago de la regalía minera y del gravamen especial a la minería será de aplicación lo dispuesto en el artículo 62º-B del Código Tributario que se incorpora al citado cuerpo normativo mediante la presente Ley. SÉTIMA. Reglamentación del Capítulo V Mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, se modificará la Tabla de Sanciones aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, dentro del plazo de treinta (30) días calendarios computados a partir del día siguiente de publicada la presente Ley. Mediante decreto supremo refrendado por los ministros de Economía y Finanzas, de Transportes y Comunicaciones, de Comercio Exterior y Turismo, y del Interior, se modificará el Reglamento de internamiento temporal de vehículos con fines turísticos, aprobado mediante el Decreto Supremo 015-87-ICTI/TUR, dentro del plazo de treinta (30) días calendarios computados a partir del día siguiente de publicada la presente Ley. OCTAVA. Convenios de estabilidad La renuncia de las empresas que tuvieran convenios de estabilidad suscritos, al amparo de los Decretos Legislativos 662 y 757 y/o al amparo de leyes sectoriales; para efectos de acogerse a las disposiciones de la presente Ley, en lo que corresponda, requerirá la renuncia de los contratos y/o convenios de estabilidad que tuvieran suscritos sus accionistas o inversionistas por las inversiones realizadas en las empresas que opten por renunciar a la estabilidad. Lo dispuesto en el párrafo anterior resulta aplicable a los supuestos de resolución y/o rescisión de tales contratos. NOVENA. Dividendos y otras formas de distribución de utilidades Las tasas establecidas por la presente Ley se aplican a la distribución de dividendos y otras formas de distribución de utilidades que se adopten o se pongan a disposición en efectivo o en especie, lo que ocurra primero, a partir del 1 de enero de 2015. A los resultados acumulados u otros conceptos susceptibles de generar dividendos gravados, a que se refiere el artículo 24º-A de la Ley del Impuesto a la Renta, obtenidos 105

hasta el 31 de diciembre de 2014 que formen parte de la distribución de dividendos o de cualquier otra forma de distribución de utilidades se les aplicará la tasa de cuatro coma uno por ciento (4,1%). DÉCIMA. Pagos por el Impuesto a la Renta de dividendos provenientes de contribuyentes comprendidos en leyes promocionales Los dividendos y otras formas de distribución de utilidades otorgados por los contribuyentes comprendidos en los alcances de la Ley 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía y norma complementaria; Ley 27360, Ley que aprueba las Normas de Promoción del Sector Agrario y normas modificatorias; la Ley 29482, Ley de Promoción para el desarrollo de actividades productivas en zonas altoandinas; la Ley 27688, Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna y normas modificatorias; y el Decreto Supremo 112-97-EF, Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley emitidas en relación a los CETICOS y normas modificatorias, continuarán afectos a la tasa del cuatro coma uno por ciento (4,1%) del Impuesto a la Renta siempre que se mantengan vigentes los regímenes tributarios previstos en las citadas leyes promocionales. DECIMOPRIMERA. Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría Para efectos de determinar los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría del ejercicio 2015, el coeficiente deberá ser multiplicado por el factor 0.9333. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA ÚNICA. Aplicación progresiva de las consultas particulares El régimen de consultas particulares a que se refiere el artículo 95º-A del Código Tributario, incorporado por la presente Ley, se implementará de forma progresiva de acuerdo con lo que se establezca mediante decreto supremo, considerando criterios tales como el tamaño y envergadura del contribuyente, el tributo a que se refiere o afecta la consulta; antecedentes y/o al comportamiento tributario del deudor tributario o de sus representantes o administradores de hecho, o la conducta de sus asesores tributarios o legales, entre otros. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA. Derogatoria Derógase la décimo primera disposición complementaria final del Decreto Legislativo 981. Deróganse o déjanse sin efecto las demás normas que se opongan a la presente Ley. Comuníquese, etc.” “Primera votación del nuevo texto sustitutorio del Proyecto 4007 Señores congresistas que votaron a favor: Bedoya de Vivanco, Cabrera Ganoza, Capuñay Quispe, Cárdenas Cerrón, Chehade Moya, Coa Aguilar, Condori Cusi, 106

Crisólogo Espejo, De la Torre Dueñas, Eguren Neuenschwander, Gutiérrez Cóndor, Huaire Chuquichaico, Isla Rojas, Julca Jara, Lay Sun, Lewis del Alcázar, Nayap Kinin, Oseda Soto, Portugal Catacora, Rivas Teixeira, Tejada Galindo, Urquizo Maggia, Valle Ramírez, Yovera Flores, Zamudio Briceño y Zerillo Bazalar. Señores congresistas que votaron en contra: Angulo Álvarez, Apaza Ordóñez, Coari Mamani, Condori Jahuira, Dammert Ego Aguirre, Guevara Amasifuen, Mavila León, Mendoza Frisch, Pari Choquecota, Saavedra Vela y Zeballos Salinas. Señores congresistas que se abstuvieron: Alcorta Suero, Anicama Ñáñez, Benítez Rivas, Canches Guzmán, Ccama Layme, Chávez Cossío, Cuculiza Torre, Fujimori Higuchi, Gagó Pérez, Hurtado Zamudio, Kobashigawa Kobashigawa, López Córdova, Medina Ortiz, Mulder Bedoya, Neyra Huamaní, Neyra Olaychea, Pariona Galindo, Tan de Inafuko, Tapia Bernal, Tubino Arias Schreiber, Valencia Quiroz y Valqui Matos.” La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el presidente de la Comisión, congresista Huaire Chuquichaico. El señor HUAIRE CHUQUICHAICO (PP).— Presidenta, solicito que se exonere de segunda votación el texto aprobado. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Con la misma asistencia, se va a votar la exoneración de segunda votación solicitada. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se rechaza, por 31 votos en contra, 21 a favor y tres abstenciones, exonerar de segunda votación el nuevo texto sustitutorio del proyecto de Ley que promueve la reactivación de la economía. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se deja constancia del voto a favor de la Presidencia y de los congresistas Acuña Peralta, Molina Martínez, Acha Romaní, Ruiz Loayza y Tejada Galindo; y del voto en contra de los congresistas Becerril Rodríguez, Cuculiza Torre, Cabrera Ganoza, Schaefer Cuculiza y Cordero Jon Tay. Ha sido rechazada la exoneración de segunda votación del texto sustitutorio del Proyecto de Ley 4007. Se procederá conforme al trámite previsto en el Reglamento, esto es, el proyecto de ley aprobado será sometido a segunda votación transcurridos siete días calendario. “Votación de la exoneración de segunda votación del nuevo texto sustitutorio del Proyecto 4007 Señores congresistas que votaron en contra: Alcorta Suero, Angulo Álvarez, Apaza Ordóñez, Ccama Layme, Chávez Cossío, Coari Mamani, Condori Jahuira, Dammert Ego Aguirre, Fujimori Higuchi, Gagó Pérez, Guevara Amasifuen, Hurtado Zamudio, Kobashigawa Kobashigawa, López Córdova, Mavila León, Medina Ortiz, Mendoza Frisch, Mulder Bedoya, Neyra Huamaní, Neyra Olaychea, Pari Choquecota, Pariona Galindo, 107

Saavedra Vela, Simon Munaro, Tan de Inafuko, Tapia Bernal, Tubino Arias Schreiber, Valencia Quiroz, Valqui Matos, Yovera Flores y Zeballos Salinas. Señores congresistas que votaron a favor: Bedoya de Vivanco, Cárdenas Cerrón, Chehade Moya, Coa Aguilar, Condori Cusi, Crisólogo Espejo, De la Torre Dueñas, Eguren Neuenschwander, Gutiérrez Cóndor, Huaire Chuquichaico, Isla Rojas, Lay Sun, Lewis del Alcázar, Nayap Kinin, Oseda Soto, Portugal Catacora, Rivas Teixeira, Urquizo Maggia, Valle Ramírez, Zamudio Briceño y Zerillo Bazalar. Señores congresistas que se abstuvieron: Anicama Ñáñez, Guzmán.”

Benítez Rivas y Canches

Se aprueba la aclaración formulada por el presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos respecto al proyecto de Ley que modifica diversos artículos del Código Procesal Civil, con el fin de promover la modernidad y la celeridad procesal, sancionado en sesión anterior; y la Presidencia indica que la autógrafa seguiría el trámite correspondiente La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— El siguiente punto. El RELATOR da lectura: Aclaración del congresista Eguren Neuenschwander, presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, mediante la cual solicita consultar al Pleno del Congreso, en vía de aclaración, la rectificación de errores materiales por una omisión involuntaria en el contenido del texto sustitutorio del dictamen recaído en los Proyectos de Ley 1324 y 1326, aprobado en la sesión del Pleno de 6 de noviembre de 2014, por el que se propone modificar diversos artículos del Código Procesal Civil, con el fin de promover la modernidad y la celeridad procesal. —Reasume la Presidencia el señor Norman David Lewis del Alcázar. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiene la palabra el congresista Eguren Neuenschwander. El señor EGUREN NEUENSCHWANDER (PPC-APP).— Señor Presidente, efectivamente, como se ha señalado, el Pleno del Congreso aprobó el Proyecto de Ley 1324, que incorpora modificaciones al Código Procesal Civil con el objeto de promover la modernidad y la celeridad procesal incorporando herramientas de modernidad como notificaciones electrónicas, etcétera. Sin embargo, probablemente por esa misma celeridad que reconocemos, se deslizaron algunos errores que son absolutamente materiales, y, después de la revisión de técnica legislativa, se vio por conveniente recurrir al Pleno nuevamente para dar cuenta de estas modificaciones, que seguramente serán leídas. Pero antes de que sean leídas, lo cual a veces confunde, quiero señalar que las modificaciones de los errores materiales se han producido en tres artículos.

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En el artículo 85, numeral 3., faltó la letra ‘y’. Debe decir: ‘en este Código y leyes’. No se digitó esa letra. En el artículo 412, se repitió un mismo párrafo. Y, finalmente, en el artículo 425 hay que suprimir ‘al momento’. Dice ‘Copia legible al momento del documento’, cuando debiera decir ‘Copia legible del documento’. En el mismo artículo 425, inciso 5., se repite ‘alguno’. Son errores absolutamente materiales, por lo que solicito que se consulte la aclaración que se solicita con el fin de corregirlos y poder remitir la autógrafa al Poder Ejecutivo para su respectiva publicación. Gracias. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Se va a dar lectura al oficio remitido por el presidente de la Comisión de Justicia respecto a la aclaración del texto sustitutorio de los Proyectos de Ley 1324 y 1326, aprobado en la sesión del Pleno de 6 de noviembre de 2014, por el que se propone modificar diversos artículos del Código Procesal Civil con el fin de promover la modernidad y la celeridad procesal. El RELATOR da lectura: Oficio 226-2014-2015 Señora Congresista Ana María Solórzano Flores Presidente del Congreso de la República De mi consideración: Es grato dirigirme a usted para saludarla y a la vez solicitarle se sirva consultar al Pleno del Congreso en vía de aclaración, la rectificación de errores materiales por una omisión involuntaria en el contenido del texto sustitutorio del dictamen que propone la ley que modifica diversos artículos del Código Procesal Civil, a fin de promover la modernidad y la celeridad procesal, proyectos de ley 1324 y 1326, aprobado en la sesión Plenaria del 6 de noviembre de 2014, en cuyo caso los textos correspondientes quedarían redactados conforme se propone a continuación. Dice: “Requisitos de la acumulación objetiva Artículo 85.— (…)

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Se exceptúan de estos requisitos los casos expresamente establecidos en este Código, leyes especiales y también son supuestos de acumulación los siguientes.” Debe decir: “Requisitos de la acumulación objetiva Artículo 85.— Se exceptúan de estos requisitos los casos expresamente establecidos en este Código y leyes especiales. También son supuestos de acumulación los siguientes.” Dice: “Principios de la condena en costas y costos Artículo 412.— (…) En los casos en que se hubiera concedido auxilio judicial a la parte ganadora, la vencida es condenada a reembolsar las tasas judiciales al Poder Judicial. La parte vencida en un incidente debe reembolsar a la vencedora las tasas judiciales, los honorarios de los órganos de auxilio judicial a la parte ganadora, la vencida es condenada a reembolsar las tasas judiciales al Poder Judicial.” Debe decir: “Principios de la condena en costas y costos Artículo 412.°.— (…) En los casos en que se hubiera concedido auxilio judicial a la parte ganadora, la vencida es condenada a reembolsar las tasas judiciales al Poder Judicial.” Dice: “Anexos de la demanda Artículo 425.°.— A la demanda debe acompañarse: 1. Copia legible al momento del documento de identidad del demandante y en su caso, del representante. 5. Los documentos probatorios. Si el demandante no dispusiera de alguno de algún medio probatorio, describe su contenido, indicando con precisión el lugar donde se encuentran y solicitando las medidas pertinentes para su incorporación al proceso.” 110

Debe decir: “Anexos de la demanda Artículo 425.°.— A la demanda debe acompañarse: 1. Copia legible del documento de identidad del demandante y, en su caso, del representante. 5. Los documentos probatorios. Si el demandante no dispusiera de algún medio probatorio, describe su contenido, indicando con precisión el lugar donde se encuentran y solicitando las medidas pertinentes para su incorporación al proceso.” Agradezco la atención que le brinde a la presente y hago propicia la ocasión para expresarle los sentimientos de mi estima persona. Atentamente, JUAN CARLOS EGUREN NEUENSCHWANDER, Presidente de la Comisión de Justicia. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Se va a votar el pedido de aclaración formulado por el presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. Los señores congresistas se servirán registrar su asistencia para proceder a votar. —Los señores congresistas registran su asistencia mediante el sistema digital para verificar el quórum. —Reasume la presidencia la señora Ana María Solórzano Flores. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— En nombre de la Representación Nacional, la Presidencia expresa su saludo al niño arequipeño José Adolfo Quisocala Condori, que a los nueve años ha obtenido el Premio Nacional de Voluntariado 2014 en la categoría Medio Ambiente, promovido por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerable, así como otros premios a nivel nacional, y que se encuentra en la galería del hemiciclo acompañado de su madre, la señora Mariela Condori, a quienes damos un fuerte aplauso. (Aplausos). Han registrado su asistencia 61 congresistas. Al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se aprueba, por 58 a votos a favor, ninguno en contra y una abstención, la aclaración formulada respecto a las partes pertinentes del texto de la Ley 111

que modifica diversos artículos del Código Procesal Civil a fin de promover la modernidad y la celeridad procesal, aprobado en sesión anterior. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se deja constancia del voto a favor de la Presidencia y de los congresistas Mavila León, Mendoza Frisch, Rodríguez Zavaleta, Valle Ramírez y Crisólogo Espejo. El pedido de aclaración ha sido aprobado. Por consiguiente, la autógrafa continuará el trámite correspondiente. —El texto aprobado es el siguiente: “EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA DIVERSOS ARTÍCULOS DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL A FIN DE PROMOVER LA MODERNIDAD Y LA CELERIDAD PROCESAL Artículo 1. Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto modificar el Código Procesal Civil a fin de brindar herramientas para la celeridad de los procesos civiles, y a la vez, modernizar algunos requisitos y formalidades. Artículo 2. Modificación de los artículos 35, 36, 85, 86, 88, 108, 148, 158, 162, 167, 194, 200, 204, numeral 2 del artículo 208, 271, 301, 320, 324, 374, 377, 412, 414, 415, 416, 417, 419, 423, 424, 425, 426, 427, 428, numeral 6 del artículo 451, 480, 534 y 559 del Código Procesal Civil Modifícanse los artículos 35, 36, 85, 86, 88, 108, 148, 158, 162, 167, 194, 200, 204, numeral 2 del artículo 208, 271, 301, 320, 324, 374, 377, 412, 414, 415, 416, 417, 419, 423, 424, 425, 426, 427, 428, numeral 6 del artículo 451, 480, 534 y 559 del Código Procesal Civil en los términos siguientes: “Incompetencia Artículo 35.- La incompetencia por razón de materia, cuantía, grado, turno y territorio, esta última cuando es improrrogable, se declarará de oficio al calificar la demanda o excepcionalmente en cualquier estado y grado del proceso, sin perjuicio de que pueda ser invocada como excepción.” “Efectos de la incompetencia Artículo 36.- Sin perjuicio de lo señalado en el artículo 35 el Juez al declarar su incompetencia lo hace en resolución debidamente motivada y dispone la inmediata remisión del expediente al órgano jurisdiccional que considere competente. Si en los casos indicados en el artículo 35 el Juez a quien se remite el proceso se declara 112

incompetente, se observan las siguientes reglas: 1. Tratándose de un conflicto por la materia, se remite el proceso al órgano jurisdiccional superior de la especialidad. Si los órganos jurisdiccionales en conflicto pertenecen a distintos distritos judiciales, se remite a la sala correspondiente de la Corte Suprema. 2. Tratándose de la cuantía, se remitirá el proceso a la Sala Civil de la Corte Superior correspondiente. 3. Tratándose del territorio, se remite el proceso a la Sala Civil correspondiente de la Corte Superior o de la Corte Suprema, según corresponda.” “Requisitos de la acumulación objetiva Artículo 85.- Se pueden acumular pretensiones en un proceso siempre que estas: 1. Sean de competencia del mismo Juez; 2. No sean contrarias entre sí, salvo que sean propuestas en forma subordinada o alternativa; 3. Sean tramitables en una misma vía procedimental. Se exceptúan de estos requisitos los casos expresamente establecidos en este Código y leyes especiales. También son supuestos de acumulación los siguientes: a. Cuando las pretensiones sean tramitadas en distinta vía procedimental, en cuyo caso, las pretensiones acumuladas se tramitan en la vía procedimental más larga prevista para alguna de las pretensiones acumuladas. b. Cuando las pretensiones sean de competencia de Jueces distintos, en cuyo caso la competencia para conocer las pretensiones acumuladas corresponderá al órgano jurisdiccional de mayor grado.” “Requisitos de la acumulación subjetiva de pretensiones Artículo 86.- Esta acumulación es procedente siempre que las pretensiones provengan de un mismo título, se refieran a un mismo objeto o exista conexidad entre ellas; además, se deben cumplir con los requisitos del artículo 85, en cuanto sean aplicables. Se presenta cuando en un proceso se acumulan varias pretensiones de varios demandantes o contra varios demandados.” “Acumulación objetiva sucesiva Artículo 88.- La acumulación objetiva sucesiva se presenta en los siguientes casos: 113

1. Cuando el demandante amplía su demanda agregando una o más pretensiones; 2. Cuando el demandado reconviene; 3. Cuando de oficio o a petición de parte, se reúnen dos o más procesos en uno, a fin de que una sola sentencia evite pronunciamientos jurisdiccionales opuestos; y 4. Cuando el demandado formula el aseguramiento de la pretensión futura.” “Sucesión procesal Artículo 108.- Por la sucesión procesal un sujeto ocupa el lugar de otro en un proceso, al reemplazarlo como titular activo o pasivo del derecho discutido. Se presenta la sucesión procesal cuando: 1. Fallecida una persona que sea parte en el proceso, es reemplazada por su sucesor, salvo disposición legal en contrario; 2. Al extinguirse o fusionarse una persona jurídica, sus sucesores en el derecho discutido comparecen y continúan el proceso; 3. El adquirente por acto entre vivos de un derecho discutido, sucede en el proceso al enajenante. De haber oposición, el enajenante se mantiene en el proceso como litisconsorte de su sucesor; o 4. Cuando el plazo del derecho discutido vence durante el proceso y el sujeto que adquiere o recupera el derecho, sucede en el proceso al que lo perdió. En los casos de los incisos 1. y 2., la falta de comparecencia de los sucesores, determina que continúe el proceso con un curador procesal. Será nula la actividad procesal que se realice después que una de las partes perdió la capacidad o titularidad del derecho discutido, siempre que dicho acto le pueda haber generado indefensión. Si transcurridos treinta días no comparece el sucesor al proceso, el Juez debe designar a un curador procesal, de oficio o a pedido de parte.” “Oficios a otros poderes y a funcionarios públicos Artículo 148.- A los fines del proceso, los Jueces se dirigen mediante oficio a los funcionarios públicos que no sean parte en él. La comunicación entre Jueces se hace también mediante oficios o por notificación electrónica de acuerdo a lo regulado en la Ley 30229 en lo pertinente, teniendo la misma validez. De realizarse la notificación electrónica, se deja constancia de tal hecho en el expediente, anexándose el reporte que acredite la recepción de la comunicación, fecha que se considerará para el cómputo de los plazos a que hubiere lugar.” “Contenido y entrega de la cédula Artículo 158.- La forma de la cédula se sujeta al formato que fija el Consejo Ejecutivo del 114

Poder Judicial. En los demás casos y considerando la progresiva aplicación de la notificación electrónica que determine en cada especialidad el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la cédula se entrega únicamente en la casilla física correspondiente del abogado patrocinante en la oficina de casillas judiciales del distrito judicial o del colegio de abogados respectivo. Para este efecto, el abogado patrocinante, debe contar con la respectiva casilla. Esta disposición no rige para los casos en los que no se requiera defensa cautiva o el litigante se apersone al proceso sin abogado.” “Notificación por comisión Artículo 162.- La notificación a quien domicilia fuera de la competencia territorial del juzgado dentro del país se realiza por la central de notificaciones del distrito judicial correspondiente al domicilio donde se efectúa dicho acto por el servicio de notificaciones que se hubiera contratado, sin perjuicio de que el Juez disponga un medio de notificación diferente. El Poder Judicial puede instaurar, en estos casos, mecanismos para la certificación digital de la documentación remitida. Si la parte a notificar se halla fuera del país, la notificación se realiza mediante exhorto, el cual se tramita por intermedio de los órganos jurisdiccionales del país en que reside o por el representante diplomático o consular del Perú en este.” “Notificación por edictos Artículo 167.- La publicación de los edictos se hace en el portal web oficial del Poder Judicial. Si ello no fuera posible por las condiciones tecnológicas o lejanía del órgano jurisdiccional, el edicto se publica en el diario de mayor circulación de la circunscripción. A falta de diarios, la publicación se hace en la localidad más próxima que los tuviera, debiéndose además fijar el edicto en la tablilla del Juzgado y en los sitios que aseguren su mayor difusión. En todos los casos, la publicación debe efectuarse por un periodo de tres días hábiles acreditándose su realización, agregando al expediente la constancia de su publicación web emitida por el especialista o secretario judicial respectivo y la impresión de la publicación realizada en el portal institucional o, de ser el caso, el primer y el último ejemplar de las publicaciones realizadas en los diarios.” “Pruebas de oficio Artículo 194.- Excepcionalmente, cuando los medios probatorios ofrecidos por sean insuficientes para formar convicción el Juez de Primera o de Segunda ordenará la actuación de los medios probatorios adicionales y pertinentes que necesarios para formar convicción y resolver la controversia, siempre que la prueba haya sido citada por las partes en el proceso.

las partes Instancia, considere fuente de

Con esta actuación probatoria el Juez cuidará de no reemplazar a las partes en su carga probatoria, y deberá asegurarles el derecho de contradicción de la prueba. 115

La resolución que ordena las pruebas de oficio debe estar debidamente motivada, bajo sanción de nulidad, siendo esta resolución inimpugnable, siempre que se ajuste a los límites establecidos en este artículo. En ninguna instancia o grado se declarará la nulidad de la sentencia por no haberse ordenado la actuación de las pruebas de oficio. El Juez puede ordenar de manera excepcional la comparecencia de un menor de edad con discernimiento a la audiencia de pruebas o a una especial.” “Improbanza de la pretensión Artículo 200.- Si la parte no acredita con medios probatorios los hechos que ha afirmado en su demanda o reconvención, estos no se tendrán por verdaderos y su demanda será declarada infundada.” “El acta de la audiencia Artículo 204.- La audiencia de pruebas es registrada en video o en audio, en soporte individualizado que se incorpora al expediente. Se entrega una copia a las partes dejándose constancia en el expediente de dicha entrega. En los casos en que esto no sea posible, se levanta el acta respectiva, la cual contendrá: a. b.

Lugar y fecha de la audiencia, así como el expediente al que corresponde. Nombre de los intervinientes y, en su caso, de los ausentes.

c.

Resumen de lo actuado.

Los intervinientes pueden sugerir al Juez la adición, precisión o rectificación de alguna incidencia. Para la elaboración del acta o su grabación, el secretario respectivo puede usar cualquier medio técnico que la haga expeditiva y segura. El acta será suscrita por el Juez, el secretario y todos los intervinientes. Si alguno se negara a firmarla, se dejará constancia del hecho. El original del acta se conservará en el archivo del juzgado, debiendo previamente el secretario incorporar al expediente copia autorizada por el Juez.” “Actuación de pruebas Artículo 208.- En el día y hora fijados, el Juez declara iniciada la audiencia y dispone la actuación de las pruebas en el siguiente orden: 1. Los peritos, quienes resumen sus conclusiones y responden a las observaciones hechas por las partes a sus informes escritos; 2. Los testigos con arreglo al interrogatorio que los abogados le realicen directamente, comenzando por el abogado de la parte que lo hubiera ofrecido. Luego de las preguntas de los abogados, el Juez podrá formular preguntas; 116

(…)” “Honorario Artículo 271.- El Juez fija el honorario de los peritos, estando obligada al pago la parte que ofrece la prueba. Si no lo hiciera dentro del plazo que el Juez le señale, éste puede ordenar que se prescinda del medio probatorio, salvo que la otra parte ofrezca efectuar el pago, con cargo a repetir. Cuando el medio probatorio es ordenado de oficio, el honorario será pagado proporcionalmente por las partes. El incumplimiento de una parte faculta a la otra a efectuar el pago con cargo a repetición.” “Tramitación Artículo 301.- La tacha u oposición contra los medios probatorios se interponen en el plazo que establece cada vía procedimental, contado desde notificada la resolución que los tiene por ofrecidos, precisándose con claridad los fundamentos en que se sustentan y acompañándose los medios probatorios respectivos. La absolución debe hacerse de la misma manera y en el mismo plazo, anexándose los medios probatorios correspondientes. La tacha, la oposición o sus absoluciones que no cumplan con los requisitos indicados serán declaradas inadmisibles, concediéndose un plazo no mayor de tres días para subsanar los defectos. Estos requisitos no se exigen a las absoluciones realizadas en el proceso sumarísimo. La actuación de los medios probatorios se realiza en la audiencia de pruebas, iniciándose esta por la actuación de las cuestiones probatorias. El medio probatorio cuestionado será actuado, sin perjuicio de que su eficacia sea resuelta en la sentencia, salvo decisión debidamente fundamentada e inimpugnable.” “Suspensión legal y judicial Artículo 320.- Se puede declarar la suspensión del proceso, de oficio o a pedido de parte, en los casos previstos legalmente o cuando a criterio del Juez sea necesario. El Juez a pedido de parte, suspende la expedición de la sentencia en un proceso siempre que la pretensión planteada en él dependa directamente de lo que debe resolver en otro proceso en el que se haya planteado otra pretensión cuya dilucidación sea esencial y determinante para resolver la pretensión planteada por él. Para ello es necesario que las pretensiones sean conexas, a pesar de lo cual no puedan ser acumuladas, caso contrario, deberá disponerse su acumulación.” “Formalidad de la conciliación.Artículo 324.- La conciliación se lleva a cabo ante un centro de conciliación elegido por las partes; no obstante, si ambas lo solicitan, puede el Juez convocarla en cualquier etapa 117

del proceso. El Juez no es recusable por las manifestaciones que pudiera formular en esta audiencia. Los Jueces, de oficio o a solicitud de ambas partes, podrán citar a una audiencia de conciliación antes de emitir sentencia, salvo en los casos de violencia familiar. Si la audiencia de conciliación fuera a petición de ambas partes y cualquiera de ellas no concurre a la misma, se le aplica una multa de entre tres y seis unidades de referencia procesal (URP).” “Medios probatorios en la apelación de sentencias Artículo 374.- Las partes o terceros legitimados pueden ofrecer medios probatorios en el escrito de formulación de la apelación o en el de absolución de agravios, únicamente en los siguientes casos: 1. Cuando los medios probatorios estén referidos a la ocurrencia de hechos relevantes para el derecho o interés discutido, pero acaecidos después de concluida la etapa de postulación del proceso; y 2. Cuando se trate de documentos expedidos con fecha posterior al inicio del proceso o que comprobadamente no se hayan podido conocer y obtener con anterioridad. Es inimpugnable la resolución por la que el superior declara inadmisibles los medios probatorios ofrecidos. Si fueran admitidos y los requiriese, se fijará fecha para la audiencia respectiva, la que será dirigida por el Juez menos antiguo, si el superior es un órgano colegiado.” “Trámite de la apelación sin efecto suspensivo Artículo 377.- La apelación se interpone dentro de los mismos plazos previstos en el artículo anterior. En la misma resolución que concede la apelación sin efecto suspensivo y sin la calidad de diferida, se precisa los actuados que deben ser enviados al superior, considerando los propuestos por el recurrente al apelar, sin perjuicio de que la instancia que resuelva pueda pedir los documentos que considere necesarios. Dentro del tercer día de notificado el concesorio, la otra parte puede adherirse a la apelación y, de considerarlo, pedir al Juez que agregue al cuaderno de apelación los actuados que estime conveniente, previo pago de la tasa respectiva. El auxiliar jurisdiccional, dentro de cinco días de notificado el concesorio, bajo responsabilidad, remite a la instancia correspondiente las piezas indicadas por el Juez, debidamente escaneadas, formando un cuaderno de apelación virtual, además del oficio de remisión firmado por el Juez, agregando el original al expediente principal que eleva en cd y otro medio magnético y dejando constancia de la fecha del envío. En los casos en que los órganos jurisdiccionales no cuenten con la posibilidad de escanear, el auxiliar jurisdiccional remite las fotocopias de las piezas procesales.

118

En los casos que una misma resolución haya sido apelada por varias partes o personas, se formará un solo cuaderno de apelación, bajo responsabilidad. Recibido el cuaderno por la instancia que resuelve la apelación, esta comunica a las partes que los autos están expeditos para ser resueltos. En este trámite no procede informe oral, ni ninguna otra actividad procesal. Sin perjuicio de ello, el Superior podrá de oficio citar a los Abogados a fin que informen o respondan sobre cuestiones específicas contenidas en la resolución apelada.” “Principios de la condena en costas y costos Artículo 412.- La imposición de la condena en costas y costos no requiere ser demandada y es de cargo de la parte vencida, salvo declaración judicial expresa y motivada de la exoneración. La condena en costas y costos se establece por cada instancia, pero si la resolución de segunda revoca la de primera, la parte vencida es condenada a reembolsar las costas y costos de ambas instancias. Este criterio se aplica también para lo que se resuelva en casación. Si en un proceso se han discutido varias pretensiones, la condena incide únicamente sobre las que han sido acogidas para el vencedor. En los casos en que se hubiera concedido auxilio judicial a la parte ganadora, la vencida es condenada a reembolsar las tasas judiciales al Poder Judicial. La parte vencida en un incidente debe reembolsar a la vencedora las tasas judiciales, los honorarios de los órganos de auxilio judicial y demás gastos judiciales incurridos durante su tramitación. No se considera los honorarios del abogado. La liquidación correspondiente se realiza al finalizar el proceso.” “Pluralidad de sujetos y condena en costas y costos Artículo 414.- Cuando la parte condenada en costas y costos esté conformada por una pluralidad de sujetos, la condena al pago los obliga solidariamente. De manera excepcional, el Juez en resolución debidamente motivada regula la proporción que debe pagar cada sujeto procesal atendiendo a la actividad procesal desplegada. Por el mismo motivo, un sujeto procesal puede ser eximido de la condena en costas y costos, por decisión debidamente fundamentada.” “Acuerdo sobre reembolso de las costas y costos en la transacción y conciliación Artículo 415.- Las partes deben convenir sobre el reembolso de las costas y costos cuando el proceso concluye por transacción o conciliación. Dicho acuerdo no es oponible para quienes no participan del mismo, quienes se someten a las reglas generales. De omitirse el acuerdo sobre el reembolso de las costas y costos, se entiende que cada 119

parte asume las propias.” “Condena en costas y costos en el desistimiento y el abandono Artículo 416.- Si el proceso concluye por desistimiento, ya sea del proceso o de la pretensión, quien se desista es condenado en costas y costos, salvo pacto en contrario. El abandono del proceso determina la condena en costas y costos del demandante.” “Liquidación de las costas Artículo 417.- Luego de quedar firme la resolución que impone la condena en costas la parte acreedora tiene la carga de presentar una liquidación de éstas. La liquidación atenderá a las partidas citadas en el artículo 410, debiendo incorporar sólo los gastos judiciales realizados y correspondientes a actuaciones legalmente autorizadas. La parte condenada tiene tres días para observar la liquidación, con medio probatorio idóneo. Transcurrido el plazo sin que haya observación, la liquidación es aprobada por resolución inimpugnable. Interpuesta la observación, se confiere traslado a la otra parte por tres días. Con su absolución o sin ella, el Juez resuelve. La resolución es apelable sin efecto suspensivo.” “Reembolso de las costas y costos Artículo 419.- El reembolso de las costas y costos se exige ante el Juez de la ejecución y se efectúa dentro del tercer día de quedar firme la resolución que las aprueba. Vencido el plazo, la falta de pago genera intereses legales.” “Pago de multa Artículo 423.- La multa debe pagarse inmediatamente después de impuesta. En caso contrario, devengan intereses legales. El Juez de la causa requiere al multado del pago. Si luego de diez días de haber sido notificado con la resolución correspondiente no se ha abonado el valor de la misma, se transfiere la resolución de multa para su cobro en la oficina correspondiente, la que dispone de facultades coactivas.” “Requisitos de la demanda Artículo 424.- La demanda se presenta por escrito y contendrá: 1.

La designación del Juez ante quien se interpone.

2. El nombre, datos de identidad, dirección domiciliaria, domicilio procesal del demandante y el domicilio procesal electrónico, constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial de acuerdo a la Ley 30229. 120

3. El nombre y dirección domiciliaria del representante o apoderado del demandante, si no puede comparecer o no comparece por sí mismo. 4. El nombre y dirección domiciliaria del demandado. Si se ignora esta última, se expresará esta circunstancia bajo juramento que se entenderá prestado con la presentación de la demanda. 5.

El petitorio, que comprende la determinación clara y concreta de lo que se pide.

6. Los hechos en que se funde el petitorio, expuestos enumeradamente en forma precisa, con orden y claridad. 7.

La fundamentación jurídica del petitorio.

8.

El monto del petitorio, salvo que no pudiera establecerse.

9.

El ofrecimiento de todos los medios probatorios.

10. La firma del demandante o de su representante o de su apoderado y la del abogado, la cual no será exigible en los procesos de alimentos. El secretario respectivo certificará la huella digital del demandante analfabeto.” “Anexos de la demanda Artículo 425. - A la demanda debe acompañarse: 1. Copia legible del documento de identidad del demandante y, en su caso, del representante. 2. El documento que contiene el poder de iniciar el proceso, cuando se actúe por apoderado. 3. Los medios probatorios que acrediten la representación legal del demandante, si se trata de personas jurídicas o naturales que no pueden comparecer por sí mismas. 4. Los medios probatorios de la calidad de heredero, cónyuge, curador de bienes, administrador de bienes comunes, albacea o del título con que actúe el demandante, salvo que tal calidad sea materia de un conflicto de interés y en el caso del procurador oficioso. 5. Los documentos probatorios. Si el demandante no dispusiera de algún medio probatorio, describe su contenido, indicando con precisión el lugar donde se encuentran y solicitando las medidas pertinentes para su incorporación al proceso. 6. Copia certificada del acta de conciliación extrajudicial, en los procesos judiciales cuya materia se encuentre sujeta a dicho procedimiento previo.” “Inadmisibilidad de la demanda Artículo 426.- El Juez declara inadmisible la demanda cuando: 121

1.

No tenga los requisitos legales.

2.

No se acompañan los anexos exigidos por ley.

3.

El petitorio sea incompleto o impreciso.

4.

Contenga una indebida acumulación de pretensiones.

En estos casos el Juez ordenará al demandante subsane la omisión o defecto en un plazo no mayor de diez días. Si el demandante no cumpliera con lo ordenado a criterio del Juez, este rechaza la demanda y ordena el archivo del expediente.” “Improcedencia de la demanda Artículo 427.- El Juez declara improcedente la demanda cuando: 1.

El demandante carezca evidentemente de legitimidad para obrar;

2.

El demandante carezca manifiestamente de interés para obrar;

3.

Advierta la caducidad del derecho;

4.

No exista conexión lógica entre los hechos y el petitorio; o

5.

El petitorio fuese jurídica o físicamente imposible.

Si el Juez estima que la demanda es manifiestamente improcedente, la declara así de plano expresando los fundamentos de su decisión y devolviendo los anexos. Si el defecto se refiere a alguna de las pretensiones, la declaración de improcedencia se limita a aquellas que adolezcan del defecto advertido por el Juez. Si la resolución que declara la improcedencia fuese apelada, el Juez pone en conocimiento del demandado el recurso interpuesto. La resolución superior que resuelva en definitiva la improcedencia, produce efectos para ambas partes.” “Modificación y ampliación de la demanda Artículo 428.- El demandante puede modificar la demanda antes que ésta sea notificada. Es posible modificar las pretensiones planteadas en la demanda, siempre que las nuevas pretensiones se refieran a la misma controversia que fue objeto del procedimiento conciliatorio. Puede, también, ampliar la cuantía de lo pretendido si antes de la sentencia vencieran nuevos plazos o cuotas originadas en la misma relación obligacional, siempre que en la demanda se haya reservado tal derecho. A este efecto, se consideran comunes a la ampliación los trámites precedentes y se tramitará únicamente con traslado a la otra parte. Iguales derechos de modificación y ampliación tiene el demandado que formula la 122

reconvención.” “Efectos de las excepciones Artículo 451.- Una vez consentido o ejecutoriado el auto que declara fundada alguna de las excepciones enumeradas en el Artículo 446, el cuaderno de excepciones se agrega al principal y produce los efectos siguientes: (…) 6. Remitir los actuados al Juez que corresponda, si se trata de la excepción de incompetencia. En el caso de la excepción de incompetencia territorial relativa, el Juez competente continúa con el trámite del proceso en el estado en que este se encuentre y si lo considera pertinente, aun cuando la audiencia de pruebas hubiera ocurrido, puede renovar la actuación de alguno o de todos los medios probatorios, atendiendo a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 50. En los demás casos el Juez debe proceder a emplazar nuevamente con la demanda.” “Tramitación Artículo 480.- Las pretensiones de separación de cuerpos y de divorcio por las causales señaladas en los numerales 1 al 12 del artículo 333 del Código Civil, se sujetan al trámite del proceso de conocimiento, con las particularidades reguladas en este subcapítulo. Estos procesos solo se impulsarán a pedido de parte. Cuando haya hijos menores de edad, tanto el demandante como el demandado deberán anexar a su demanda o contestación una propuesta respecto a las pretensiones de tenencia, régimen de visitas y alimentos. El Juez evalúa las coincidencias entre las propuestas y atendiendo a la naturaleza de las pretensiones, puede citar a una audiencia complementaria conforme lo establece el artículo 326 del Código Procesal Civil, en la cual oirá a los niños, niñas y adolescentes sobre los cuales versa el acuerdo. El Juez evalúa las coincidencias entre las propuestas atendiendo a un criterio de razonabilidad, asimismo tomará en consideración la conducta procesal de aquel que haya frustrado el acto conciliatorio respecto a dichas pretensiones.” “Oportunidad Artículo 534.- La tercería de propiedad puede interponerse en cualquier momento antes que se inicie el remate del bien. La de derecho preferente antes que se realice el pago al acreedor. El Juez competente es el Juez del proceso en el que se interviene.” “Improcedencias Artículo 559.- En este proceso no son procedentes: 123

1.

La reconvención.

2.

Los informes sobre los hechos.” DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

PRIMERA. Vacatio legis La presente Ley entra en vigencia a los treinta días hábiles de su publicación en el diario oficial El Peruano, a excepción del artículo 167, el cual entra en vigencia a los ciento veinte días hábiles. Los procesos judiciales iniciados antes de la entrada en vigor, se adecuan a la presente Ley en el estado en que se encuentren, para lo cual el Poder Judicial dicta las medidas necesarias. SEGUNDA. Adecuación del Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil El Poder Ejecutivo adecuará el Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil en el plazo de treinta días hábiles de la entrada en vigencia de la presente Ley. Comuníquese, etc.” “Votación de la aclaración a la autógrafa de los Proyectos 1324 y 1326 Señores congresistas que votaron a favor: Acha Romaní, Acuña Peralta, Aguinaga Recuenco, Alcorta Suero, Angulo Álvarez, Anicama Ñáñez, Apaza Ordóñez, Becerril Rodríguez, Bedoya de Vivanco, Benítez Rivas, Cabrera Ganoza, Canches Guzmán, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Chávez Cossío, Chehade Moya, Coa Aguilar, Coari Mamani, Condori Cusi, Condori Jahuira, Cordero Jon Tay, Cuculiza Torre, De la Torre Dueñas, Eguren Neuenschwander, Fujimori Higuchi, Gagó Pérez, Hurtado Zamudio, Isla Rojas, Julca Jara, Kobashigawa Kobashigawa, Lay Sun, Lewis del Alcázar, Llatas Altamirano, López Córdova, Medina Ortiz, Molina Martínez, Mulder Bedoya, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pariona Galindo, Reynaga Soto, Ruiz Loayza, Saavedra Vela, Schaefer Cuculiza, Simon Munaro, Tan de Inafuko, Tapia Bernal, Tejada Galindo, Tubino Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Valencia Quiroz, Valqui Matos, Yovera Flores, Zamudio Briceño, Zeballos Salinas y Zerillo Bazalar. Señor congresista que se abstuvo: Guevara Amasifuen.” Se aprueba en segunda votación el nuevo texto sustitutorio, presentado por la presidenta de la Comisión de la Mujer y Familia en sesión anterior y sancionado en primera votación en esa oportunidad, relativo a la Ley que modifica el artículo 92.º del Código de los Niños y Adolescentes y el artículo 472.° del Código Civil, sobre noción de alimentos La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— El siguiente punto. El RELATOR da lectura: Proyecto pendiente de segunda votación

124

Comisión de la Mujer y Familia: nuevo texto sustitutorio del Proyecto de Ley 742/2011CR, por el que se modifica el artículo 92 del Código de los Niños y Adolescentes y el artículo 472 del Código Civil sobre noción de alimentos. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— De conformidad con la parte pertinente del artículo 78.° del Reglamento del Congreso, se inicia el debate para la segunda votación del nuevo texto sustitutorio presentado por la presidenta de la Comisión de la Mujer, recaído en el Proyecto de Ley 742, aprobado en la sesión de 30 de octubre del 2014, por el que se propone modificar el artículo 92 del Código de los Niños y Adolescentes y el artículo 472 del Código Civil sobre noción de alimentos. Tiene la palabra la presidenta de la Comisión de la Mujer, congresista Cordero Jon Tay. La señora CORDERO JON TAY (GPFP).— Presidenta, en la sesión de Pleno del pasado 30 de octubre se aprobó en primera votación el nuevo texto sustitutorio del Proyecto de Ley 742/2011-CR, que propone la Ley que modifica el artículo 92 del Código de Niños y Adolescentes y el artículo 472 del Código Civil sobre noción de alimentos. Habiendo transcurrido el plazo previsto en el Reglamento del Congreso de la República, solicito se someta a segunda votación este proyecto. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluida la sustentación, se da inicio al debate. Se ofrece la palabra. No habiendo solicitado la palabra otro congresista, la tiene la presidenta de la Comisión de la Mujer. La señora CORDERO JON TAY (GPFP).— Presidenta, no habiendo solicitado la palabra otro congresista, le pido que se pase a votación. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— La Presidencia expresa el saludo de la Representación Nacional a la directora y funcionarios del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, que se encuentran en las galerías invitados por los congresistas Huaire Chuquichaico y Julca Jara. Bienvenidos. (Aplausos.) Los señores congresistas se servirán registrar su asistencia para proceder a votar. —Los señores congresistas registran su asistencia mediante el sistema digital para verificar el quórum. 125

La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Han registrado su asistencia 65 congresistas. Antes de la votación, damos la palabra a la congresista Cuculiza Torre, que desea formular un saludo. La señora CUCULIZA TORRE (GPFP).— Presidenta, quiero expresar un saludo efusivo al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, al conmemorarse el 4 de diciembre del presente año los 75 años de creación del primer establecimiento de salud, asistencial y administrativo, cuyo aporte científico y profesional ha hecho de esta institución una de las más grandes de América en el tratamiento de enfermedades cancerígenas, además de destacar por su eficiente labor en la descentralización de los servicios oncológicos y por su valiosa experiencia en la ejecución del Plan Esperanza. Queremos reconocer al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas como uno de los mejores institutos de investigación y tratamiento del cáncer, quizá el mejor de América. Fue fundado por el doctor Eduardo Cáceres Graziani y hoy día está dirigido por la doctora Vidaurre, a la que ustedes acaban de ver en la parte alta del hemiciclo. Felicitaciones a todo el personal que allí trabaja: médicos, enfermeras, asistentes, auxiliares, y nuestra gratitud eterna por tantas vidas que salva. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Urquizo Maggia. El señor URQUIZO MAGGIA (NGP).— Presidenta, quiero hacer de conocimiento de la Representación Nacional que el día de mañana, 5 de diciembre, se conmemora el 154.° aniversario del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú; en el caso particular de Ayacucho, son 40 años los que hoy conmemora la Compañía de Bomberos N.° 63. Debo recordar a la Comisión de Defensa Nacional del Congreso de la República que es necesario que aquí se impulse una nueva ley del Cuerpo General de Bomberos del Perú, tomando en consideración que la norma ha sufrido diversas modificaciones y hay un desfase en el tiempo. Un afectuoso saludo a los Bomberos Voluntarios de nuestra patria en su 154 aniversario, que se conmemora el 5 de diciembre. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se aprueba en segunda votación, por 62 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, el texto sustitutorio sobre la Ley que modifica el artículo 92 del Código de los Niños y Adolescentes y el artículo 472 del Código Civil sobre noción de alimentos. 126

La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se deja constancia del voto a favor de la Presidencia y de los congresistas Acuña Peralta, Huaire Chuquichaico y Abugattás Majluf. Ha sido aprobado en segunda votación el texto sustitutorio del Proyecto de Ley 742. —El texto aprobado es el siguiente: “EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 92 DEL CÓDIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES Y EL ARTÍCULO 472 DEL CÓDIGO CIVIL SOBRE NOCIÓN DE ALIMENTOS Artículo 1. Modificación del artículo 92 del Código de los Niños y Adolescentes Modifícase el artículo 92 del Código de los Niños y Adolescentes en los siguientes términos: “Artículo 92.- Definición.Se considera alimentos lo necesario para el sustento, habitación, vestido, educación, instrucción y capacitación para el trabajo, asistencia médica y psicológica y recreación del niño o del adolescente. También los gastos del embarazo de la madre desde la concepción hasta la etapa de postparto”. Artículo 2. Modificación del artículo 472 del Código Civil Modifícase el artículo 472 del Código Civil en los siguientes términos: “Artículo 472.- Se entiende por alimentos lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, educación, instrucción y capacitación para el trabajo, asistencia médica y psicológica y recreación, según la situación y posibilidades de la familia. También los gastos del embarazo de la madre desde la concepción hasta la etapa de postparto”. Comuníquese, etc.” “Segunda votación del texto sustitutorio del proyecto 742 Señores congresistas que votaron a favor: Acha Romaní, Aguinaga Recuenco, Alcorta Suero, Angulo Álvarez, Anicama Ñáñez, Apaza Ordóñez, Becerril Rodríguez, Bedoya de Vivanco, Benítez Rivas, Cabrera Ganoza, Canches Guzmán, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Chávez Cossío, Chehade Moya, Coa Aguilar, Coari Mamani, Condori Cusi, Condori Jahuira, Cordero Jon Tay, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, Dammert Ego Aguirre, De la Torre Dueñas, Eguren Neuenschwander, Fujimori Higuchi, Gagó Pérez, Guevara Amasifuen, Hurtado Zamudio, Julca Jara, Kobashigawa Kobashigawa, Lay Sun, Lewis del Alcázar, Llatas Altamirano, López Córdova, Medina Ortiz, Mendoza Frisch, 127

Molina Martínez, Mulder Bedoya, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pariona Galindo, Reynaga Soto, Rodríguez Zavaleta, Ruiz Loayza, Saavedra Vela, Salazar Miranda, Salgado Rubianes, Schaefer Cuculiza, Tan de Inafuko, Tapia Bernal, Tubino Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Valencia Quiroz, Valle Ramírez, Valqui Matos, Yovera Flores, Zamudio Briceño, Zeballos Salinas y Zerillo Bazalar.” Se aprueba en segunda votación el texto sustitutorio consensuado entre las Comisiones de Trabajo y Seguridad Social y de Justicia y Derechos Humanos en anterior sesión y sancionado en primera votación en dicha ocasión, sobre la Ley que modifica el artículo 1 de la Ley 26771, que establece la prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el sector público en caso de parentesco La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— El siguiente punto. El RELATOR da lectura: Proyecto pendiente de segunda votación Comisiones de Trabajo y Seguridad Social y de Justicia y Derechos Humanos, con un texto consensuado de los Proyectos de Ley 1321, 1620 y 1740, por el que se propone modificar la Ley 26771, que establece la prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación del personal en el sector público en caso de parentesco. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— De conformidad con la parte pertinente del artículo 78.° del Reglamento del Congreso, se inicia el debate para la segunda votación del texto sustitutorio consensuado, suscrito por la presidenta de la Comisión de Trabajo y el presidente de la Comisión de Justicia, recaído en los Proyectos de Ley 1321, 1620 y 1740, aprobado en la sesión del Pleno de 30 de octubre de 2014, por el que se propone modificar la Ley 26771, Ley que establece la prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el sector público en los casos de parentesco. Tiene la palabra la presidenta de la Comisión de Trabajo, congresista Chavéz Cossío. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— Señora Presidenta: En esta ocasión traemos ante la Representación Nacional, para segunda votación, el texto legal consensuado entre la Comisión de Trabajo y Seguridad Social y la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, que recomiendan modificar la Ley 26771, que establece la prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el sector público en caso de parentesco; propuesta que ha sido aprobada en primera votación por el Pleno del Congreso de la República en la sesión realizada el pasado 30 de octubre, por 84 votos a favor y ninguno en contra. Con esta propuesta normativa estamos perfeccionando la Ley de nepotismo, a fin de extender su ámbito de aplicación a las uniones de hecho y convivientes, en concordancia con el artículo 83.° de la Ley 30057, Ley Servir, aprobada el 3 de julio del año 2013; asimismo, para que la prohibición de nepotismo se aplique también a los contratos de locación de servicios, contratos de consultoría y otros de similar naturaleza. De este modo 128

cubrimos el vacío legal que actualmente existe al respecto, coadyuvando en la lucha contra la corrupción. Sobre el particular, el Tribunal Constitucional, en el expediente 0006-2006-PC, ha sido enfático al señalar que la lucha contra la corrupción es un mandato constitucional que se desprende de los artículos 39.° y 41.° de la Constitución. En la misma línea, la Convención de las Naciones Unidas sobre lucha contra la corrupción estipula en su artículo 8.° que, con objeto de combatir la corrupción, cada Estado parte, de conformidad con los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, promoverá, entre otras cosas, la integridad, la honestidad y la responsabilidad entre sus funcionarios públicos. Señora Presidenta, señores congresistas, la corrupción impacta gravemente en nuestra sociedad. Así, por ejemplo, en el campo político la corrupción perjudica gravemente el buen funcionamiento de las instituciones públicas, convirtiéndolas en inestables e ineficientes. Esto trae consigo el descontento de la ciudadanía y la desconfianza en su funcionamiento, que con el tiempo pueden ocasionar un ambiente generalizado de insatisfacción social. En el aspecto social la corrupción acentúa las desigualdades en perjuicio sobre todo de los más pobres, dado que se pierden recursos que deberían destinarse a mejorar las condiciones de vida de todos los peruanos. Igualmente, la corrupción socava los valores de la sociedad. En el ámbito económico, la corrupción genera el alejamiento de los inversionistas, quienes al considerar al país inestable y riesgoso dejan de invertir en él, perjudicando no solo los intereses del Estado sino también los de todos los ciudadanos. Señora Presidenta, la fórmula que presentamos es acorde con los fines del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción y con la Vigésima Sexta Política de Estado del Acuerdo Nacional, referida a la promoción de la ética y la transparencia y erradicación de la corrupción. Por lo expuesto, tenemos la valiosa oportunidad de que el Congreso de la República apruebe en segunda votación esta fórmula legislativa, cuyo fin constitucionalmente legítimo —hacemos énfasis en esto— es coadyuvar a la lucha contra la corrupción y apoyar así la transparencia que el pueblo peruano exige del Estado y de sus autoridades. Señora Presidenta, me está solicitando una interrupción el congresista Abugattás. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Abugattás Majluf. El señor ABUGATTÁS MAJLUF (NGP).— No, no, lo que pasa es que, como estaban sustentando, pensé que era un nuevo texto y no lo habían repartido. Pero no, era solamente la simple solicitud de segunda votación. 129

Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúe, congresista Chávez Cossío. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— Señora Presidenta, en consecuencia, conforme a lo que hemos detallado, solicito al Pleno del Congreso que apruebe en segunda votación el presente texto legal, que, como repito, es resultado del consenso entre la Comisión de Trabajo y Seguridad Social y la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el presidente de la Comisión de Justicia, congresista Eguren Neuenschwander. El señor EGUREN NEUENSCHWANDER (PPC-APP).— Señora Presidenta, a nombre de la Comisión de Justicia, nada tengo que agregar; más bien ratifico todos y cada uno de los extremos señalados por la congresista Chávez. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluida la sustentación, se da inicio al debate. Tiene la palabra el congresista Tubino Arias Schreiber. El señor TUBINO ARIAS SCHREIBER (GPFP).— Señora Presidenta, cuando se votó este proyecto de ley en primera votación, pedí que se acumulara al dictamen el Proyecto de Ley 3230/2013-CR, que había presentado, el cual establece la prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el sector público en caso de parentesco, e incluye a las uniones de hecho, propias e impropias, y a quienes hayan procreado descendencia en común. La presidenta de la Comisión de Trabajo aceptó mi pedido; pero la Mesa Directiva objetó la acumulación indicando que el proyecto de ley de mi autoría también se encontraba en la Comisión de Fiscalización. Sin embargo, se ha hecho una gestión en la Comisión de Fiscalización y, con fecha 11 de noviembre, esta Comisión ha enviado el Oficio 610 al Oficial Mayor del Congreso, en el que indica que ese proyecto de ley ha sido desacumulado de la referida Comisión de Fiscalización. Por lo tanto, solicito que el Proyecto de Ley 3230/2013-CR sea acumulado a este dictamen. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Becerril Rodríguez. El señor BECERRIL RODRÍGUEZ (GPFP).— Presidenta, me veo obligado a tomar la palabra para solicitar que las bancadas Unión Regional y Nacionalista Gana Perú se 130

sirvan nombrar a sus representantes para conformar en la fecha la Comisión investigadora sobre el ciudadano Martín Belaunde Lossio. Presidenta, el 2 de diciembre le hice llegar un comunicado para que usted exhorte a esas bancadas a que nombren a sus representantes. El hecho de que no lo hagan significa una maniobra dilatoria para que no se conforme esta Comisión, porque una vez que las bancadas nominan a sus representantes, usted tenía que poner a consideración del Pleno la designación de los mismos y luego nombrar a su presidente. Denunciamos públicamente esta maniobra del partido oficialista y sus aliados, que no quieren que se investigue esta red de corrupción que, desde nuestro punto de vista, lleva hacia Palacio de Gobierno y directamente hacia la señora Nadine Heredia, quien sería la cabeza visible de esa red. No podemos permitir que el ministro Figallo se haya reunido con el asesor presidencial, Roy Gates, y también con la procuradora para este caso. Todo indica que lo han hecho para blindar a la primera dama, la señora Nadine Heredia. Rechazamos totalmente estas prácticas dilatorias de ambas bancadas y exhortamos, en honor a la verdad y para que el Perú conozca qué está pasando con esta red de corrupción, que en forma inmediata nombren a sus representantes y que usted, señora Presidenta, como tal exhorte a estas bancadas a que lo hagan. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— No habiendo solicitado la palabra otro señor congresista, la tiene la presidenta d la Comisión de Trabajo, congresista Chávez Cossío. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— Señora Presidenta, con relación a lo solicitado por el señor congresista Tubino, consideramos que en la medida en que es procedente, de acuerdo a las normas de procedimiento, no tenemos ninguna objeción para que se acumule el proyecto que tiene que ver con esta materia. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el presidente de la Comisión de Justicia, congresista Eguren Neuenschwander. El señor EGUREN NEUENSCHWANDER (PPC-APP).— Señora Presidenta, de igual manera, no encontramos inconveniente para no acumular el proyecto que ha señalado el congresista Tubino. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Finalizado el debate, los congresistas se servirán registrar su asistencia para proceder a votar. —Los señores congresistas registran su asistencia mediante el sistema digital para verificar el quórum.

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La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra la congresista Cuculiza Torre. La señora CUCULIZA TORRE (GPFP).— Presidenta, me tiene muy preocupada la situación de la Fuerza Aérea del Perú. Hay una ley que declara la intangibilidad y la imprescriptibilidad de los bienes inmuebles del Ministerio de Defensa y sus órganos de ejecución. Pero en un mes se vence el plazo para que la Sunat embargue a la Fuerza Aérea. Esto no es posible. A ver, si me escuchan. ¿Me escuchan? La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Todos la escuchamos. La señora CUCULIZA TORRE (GPFP).— Gracias. De una u otra manera debe detenerse este embargo de la Sunat contra la Fuerza Aérea. Si no es así, la ley está de adorno. Desgraciadamente, es un terreno que lo van a coger a un precio ínfimo, y después lo van a negociar y a vender cómo les dé la gana, quitándole ese patrimonio a la Fuerza Aérea del Perú. Cuanto antes veamos esto acá va a ser lo correcto. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Han registrado su asistencia 74 congresistas. Al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se aprueba en segunda votación, por 71 votos a favor, ninguno en contra y una abstención, el texto sustitutorio sobre la Ley que modifica el artículo 1 de la Ley 26771, que establece la prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el sector público en caso de parentesco. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se deja constancia del voto a favor de la Presidencia y de los congresistas Simon Munaro y Pariona Galindo. Ha sido aprobado en segunda votación el texto sustitutorio de los Proyectos de Ley 1321, 1620 y 1740. —El texto aprobado es el siguiente: “EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

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LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY 26771, QUE ESTABLECE LA PROHIBICIÓN DE EJERCER LA FACULTAD DE NOMBRAMIENTO Y CONTRATACIÓN DE PERSONAL EN EL SECTOR PÚBLICO EN CASO DE PARENTESCO Artículo único. Modificación del artículo 1o de la Ley 26771 Modifícase el artículo 1o de la Ley 26771, que establece la prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el sector público, en casos de parentesco, el cual queda redactado en los siguientes términos: “Artículo 1o.- Los funcionarios, directivos y servidores públicos, y/o personal de confianza de las entidades y reparticiones públicas conformantes del Sector Público Nacional, así como de las empresas del Estado, que gozan de la facultad de nombramiento y contratación de personal, o tengan injerencia directa o indirecta en el proceso de selección se encuentran prohibidos de nombrar, contratar o inducir a otro a hacerlo en su entidad respecto a sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, por razón de matrimonio, unión de hecho o convivencia. Extiéndase la prohibición a la suscripción de contratos de locación de servicios, contratos de consultoría, y otros de naturaleza similar”. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. Adecuación del Reglamento El Poder Ejecutivo adecúa el Reglamento de la Ley 26771 al artículo modificatorio de la presente Ley en un término no mayor de treinta días hábiles contados a partir de la vigencia de la norma. Comuníquese, etc.” “Segunda votación del texto sustitutorio del proyecto 1321 y otros Señores congresistas que votaron a favor: Acha Romaní, Acuña Peralta, Aguinaga Recuenco, Alcorta Suero, Angulo Álvarez, Anicama Ñáñez, Apaza Ordóñez, Becerril Rodríguez, Bedoya de Vivanco, Benítez Rivas, Cabrera Ganoza, Canches Guzmán, Capuñay Quispe, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Chacón De Vettori, Chávez Cossío, Chehade Moya, Coa Aguilar, Coari Mamani, Condori Cusi, Condori Jahuira, Cordero Jon Tay, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, Dammert Ego Aguirre, De la Torre Dueñas, Eguren Neuenschwander, Fujimori Higuchi, Gagó Pérez, Grandez Saldaña, Guevara Amasifuen, Hurtado Zamudio, Inga Vásquez, Isla Rojas, Julca Jara, Kobashigawa Kobashigawa, Lay Sun, León Romero, Lewis del Alcázar, Llatas Altamirano, López Córdova, Mavila León, Medina Ortiz, Mendoza Frisch, Molina Martínez, Mulder Bedoya, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Núñez de Acuña, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pérez del Solar Cuculiza, Reynaga Soto, Rodríguez Zavaleta, Ruiz Loayza, Saavedra Vela, Salazar Miranda, Salgado Rubianes, Schaefer Cuculiza, Tan de Inafuko, Tapia Bernal, Tejada Galindo, Tubino Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Valencia Quiroz, Valle Ramírez, Yovera Flores, Zamudio Briceño, Zeballos Salinas y Zerillo Bazalar. 133

Señor congresista que se abstuvo: Abugattás Majluf.” Se aprueba el texto sustitutorio contenido en el dictamen de la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural, con el que el Pleno se allana a las observaciones formuladas por el Poder Ejecutivo a la autógrafa de la Ley que declara de interés nacional y necesidad pública el saneamiento físico-legal, protección, conservación y puesta en valor de la zona arqueológica monumental de Mocollope, ubicada en el distrito de Chocope, provincia de Ascope, departamento de La Libertad La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— El siguiente punto. El RELATOR da lectura: Dictamen en mayoría de la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural del período anual de sesiones 2013-2014, que recomienda allanarse a las observaciones formuladas por el Presidente de la República a la autógrafa de ley, originada en el Proyecto 2711, por la que se declara de interés nacional y de necesidad publica el saneamiento físico-legal, protección, conservación y puesta en valor de la Zona Arqueológica Monumental de Mocollope, ubicada en el distrito de Chocope, provincia de Ascope, departamento de La Libertad. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se va iniciar la sustentación del dictamen en mayoría de la Comisión de Cultura del periodo anual de sesiones 20132014, que recomienda allanarse a las observaciones formuladas por el señor Presidente de la República a la autógrafa de ley, originada en el Proyecto de Ley 2711, por la que se propone declarar de interés nacional y necesidad pública el saneamiento físico-legal, protección, conservación y puesta en valor de la zona arqueológica monumental de Mocollope, ubicada en el distrito de Chocope, provincia de Ascope, departamento de La Libertad. Tiene la palabra el presidente de la Comisión de Cultura, congresista Aguinaga Recuenco. El señor AGUINAGA RECUENCO (GPFP).— Presidenta: Con fecha 21 de mayo, el Poder Ejecutivo efectuó observaciones al dictamen recaído en el Proyecto de Ley 2711/2013, aprobado por este Pleno y cuyos alcances son los siguientes. Con relación al artículo 1.°, el Poder Ejecutivo considera que las actividades de investigación, protección, conservación y puesta en valor del Complejo de Mocollope implicarían una iniciativa de gasto para su implementación. Sobre este punto, mediante Oficio 855-2013, de fecha 4 de noviembre del 2013, el Ministerio de Cultura propuso como texto sustitutorio el siguiente artículo único: ‘Declárese de interés nacional y necesidad pública el saneamiento físico-legal, protección, conservación y puesta en valor de la Zona Arqueológica Monumental de Mocollope, ubicada en el distrito de Chocope, provincia de Ascope, departamento de La Libertad”. En cuanto al artículo 2.°, el Poder Ejecutivo lo observa porque considera que nuestro llamado a las autoridades correspondientes para que den prioridad al saneamiento físico134

legal de la zona arqueológica de Mocollope colisiona con la autonomía del Poder Ejecutivo, así como con el ámbito de actuación del Ministerio de Cultura. Al respecto, la Comisión se allana a esta observación y elimina el artículo 2.° de la autógrafa. Por ello, contando con la opinión del Ministerio de Cultura, aceptamos el texto sustitutorio propuesto al artículo 1 de la autógrafa, configurándose de esta manera el allanamiento respectivo, quedando así definido el siguiente texto: ‘Ley que declara de interés nacional y necesidad pública el saneamiento físico-legal, protección, conservación y puesta en valor de la zona arqueológica monumental de Mocollope, departamento de La Libertad Artículo Único. Declaración Declárese de interés nacional y necesidad pública el saneamiento físico-legal, protección, conservación y puesta en valor de la zona arqueológica monumental de Mocollope, ubicada en el distrito de Chocope, provincia de Ascope, departamento de La Libertad.’ Eso es todo. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluida la sustentación, se ofrece la palabra. Tiene la palabra el congresista Kobashigawa Kobashigawa. El señor KOBASHIGAWA KOBASHIGAWA (GPFP).— Presidenta: Quería agradecer que esté cumpliendo con su palabra de que hoy se iba a ver este asunto sobre Mocollope. Me estaban preguntando si el accidente ocurrido en Mocollope ha sido en la zona arqueológica, y yo quiero aclarar que al costado de dicha zona había un campo de tiro donde iba el Ejército a hacer sus ejercicios y que ahí había quedado abandonada una granada de guerra. Un joven la encontró y la estuvo manipulando; fue por eso que explotó la granada y ha perdido, lamentablemente, parte de la mano. Pero no ha sido porque las ruinas se estén limpiando con dinamita o con explosivos. Eso ha ocurrido en el campo de tiro, que ya está abandonado; aunque todavía han quedado rezagos de algunas granadas que han sido abandonadas en la zona. Por lo demás, pido a la Representación Nacional aprobar este dictamen, porque de esa forma se podrán reanudar las excavaciones que ya se han estado efectuando y que se han paralizado por falta de apoyo legal que se va conseguir con este proyecto de ley. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Urquizo Maggia. El señor URQUIZO MAGGIA (NGP).— Presidenta: Quiero saludar este dictamen de allanamiento de la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural del Congreso de la República. Si bien es cierto que es una norma declarativa y, obviamente, ya nos 135

encontramos en esta etapa del dictamen y en el Pleno del Congreso; sin embargo, sería importante que en los próximos textos que contengan disposiciones de índole declarativa se determinen las responsabilidades para que se sepa quién debe implementar estas acciones de la puesta en valor, de la protección, de la promoción del cuidado de nuestros complejos arqueológicos, como es el caso en esta oportunidad del ubicado en la región La Libertad. Solo como una sugerencia, que traslado al presidente de la Comisión de Cultura, congresista Aguinaga: si bien es cierto que es una norma declarativa, considero necesario que se evalúe la posibilidad de que se determine la rectoría, como es en este caso del Ministerio de Cultura, para que asuma en el futuro la responsabilidad de implementar estas acciones que estamos señalando en este proyecto de carácter declarativo. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el presidente de la Comisión, congresista Aguinaga Recuendo. El señor AGUINAGA RECUENCO (GPFP).— Señora Presidenta: Es cierto lo que señala el colega Urquizo. A pesar de que el Perú tiene un riquísimo patrimonio arqueológico, es decir, un patrimonio cultural y material, fatalmente no se logran los recursos para poder lograr su puesta en valor. El sector Cultura tiene escasamente, y lo hemos venido reclamando, el 0,23% del Presupuesto Nacional. Mientras que en otros países sus sectores Cultura son locomotoras del desarrollo a través de la exposición de sus riquísimos patrimonios arqueológicos, acá en el país todavía no hemos dado ese paso para lograr tal impulso. La Comisión de Cultura está trabajando un proyecto que involucre a los gobiernos locales, a los gobiernos regionales y a las unidades desconcentradas que tiene el Ministerio de Cultura, para que de una vez por todas se logre poner la puesta en valor de ese riquísimo patrimonio. Es evidente que este patrimonio arqueológico va a traer consigo un gran desarrollo del turismo; de la misma manera, de forma horizontal, involucra a muchos sectores que van a poder lograr un desarrollo y realizar un trabajo importante. Eso es lo que queremos, que de una vez por todas se logre y se preste la atención a lo que es realmente en sí la cultura, el patrimonio arqueológico que tiene el país. No habiendo más oradores, señora Presidenta, le pediría que se pase a la votación. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Finalizado el debate, los congresistas se servirán registrar su asistencia para proceder a votar. —Los señores congresistas registran su asistencia mediante el sistema digital para computar el quórum. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Han registrado su asistencia 71 congresistas.

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Al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se aprueba, por 69 votos a favor, ninguno en contra y una abstención, la fórmula legal contenida en el dictamen de la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural con la cual el Pleno se allana a las observaciones formuladas por el Poder Ejecutivo a la autógrafa de la Ley que declara de interés nacional y necesidad pública el saneamiento físico-legal, protección, conservación y puesta en valor de la zona arqueológica monumental de Mocollope, ubicada en el distrito de Chocope, provincia de Ascope, departamento de La Libertad. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se deja constancia del voto a favor de la Presidencia y de los congresistas Schaefer Cuculiza, Becerril Rodríguez, Salgado Rubianes, Díaz Dios y Gagó Pérez. Ha sido aprobado el texto contenido en el dictamen de la Comisión, con el cual el Pleno se allana a las observaciones formuladas por el señor Presidente de la República a la autógrafa de ley originada en el Proyecto de Ley 2711. La aprobación de allanamientos no requiere de segunda votación. —El texto aprobado es el siguiente: “EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA EL SANEAMIENTO FÍSICO-LEGAL, PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN Y PUESTA EN VALOR DE LA ZONA ARQUEOLÓGICA MONUMENTAL DE MOCOLLOPE, UBICADA EN EL DISTRITO DE CHOCOPE, PROVINCIA DE ASCOPE, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD Artículo único. Declaración Declárase de interés nacional y necesidad pública el saneamiento físico-legal, protección, conservación y puesta en valor de la Zona Arqueológica Monumental de Mocollope, ubicada en el distrito de Chocope, provincia de Ascope, departamento de La Libertad. Por tanto, etc.” “Votación del allanamiento a las observaciones del Poder Ejecutivo respecto del Proyecto 2711 137

Señores congresistas que votaron a favor: Acha Romaní, Aguinaga Recuenco, Alcorta Suero, Angulo Álvarez, Anicama Ñáñez, Apaza Ordóñez, Bedoya de Vivanco, Benítez Rivas, Cabrera Ganoza, Canches Guzmán, Capuñay Quispe, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Chacón De Vettori, Chávez Cossío, Chehade Moya, Coa Aguilar, Coari Mamani, Condori Cusi, Condori Jahuira, Cordero Jon Tay, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, Dammert Ego Aguirre, De la Torre Dueñas, Eguren Neuenschwander, Fujimori Higuchi, Galarreta Velarde, Grandez Saldaña, Guevara Amasifuen, Huaire Chuquichaico, Hurtado Zamudio, Inga Vásquez, Isla Rojas, Julca Jara, Kobashigawa Kobashigawa, Lay Sun, León Romero, Lewis del Alcázar, Llatas Altamirano, López Córdova, Mavila León, Mendoza Frisch, Molina Martínez, Mulder Bedoya, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Núñez de Acuña, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pariona Galindo, Pérez del Solar Cuculiza, Portugal Catacora, Reynaga Soto, Rodríguez Zavaleta, Saavedra Vela, Salazar Miranda, Simon Munaro, Tan de Inafuko, Tapia Bernal, Tejada Galindo, Tubino Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Valencia Quiroz, Valle Ramírez, Velásquez Quesquén, Wong Pujada, Yovera Flores y Zerillo Bazalar. Señor congresista que se abstuvo: Abugattás Majluf.” Se acuerda conceder la prórroga de 180 días hábiles adicionales para concluir la investigación, solicitada en su informe preliminar por la Comisión Investigadora sobre presuntas irregularidades y actos de corrupción en el gobierno regional de Áncash y su relación con la existencia de mafias y crimen organizado infiltrados en los órganos de gobierno e instancias del Estado La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— El siguiente punto. El RELATOR da lectura: Informe Preliminar de la Comisión Investigadora sobre presuntas irregularidades y actos de corrupción en el gobierno regional de Áncash y su relación con la existencia de mafias y crimen organizado infiltrados en los órganos de gobierno e instancias del Estado; mediante el cual solicita al Pleno del Congreso una ampliación de plazo por 180 días hábiles adicionales para concluir la investigación. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— En debate el Informe Preliminar de la Comisión Investigadora sobre presuntas irregularidades y actos de corrupción en el gobierno regional de Áncash y su relación con la existencia de mafias y crimen organizado infiltrados en los órganos de gobierno e instancias del Estado, por el que se recomienda solicitar al Pleno del Congreso la ampliación del plazo por 180 días hábiles. Con fecha 4 de diciembre de 2014, la Junta de Portavoces acordó la ampliación de agenda. Tiene la palabra el presidente de la Comisión investigadora, congresista Guevara Amasifuen. El señor GUEVARA AMASIFUEN (AP-FA).— Señora Presidenta: Hemos recibido la importante misión de hacer esta investigación, y la hemos venido haciendo, con bastante 138

seriedad y responsabilidad, los siete miembros que integramos esta Comisión multipartidaria. Antes, quiero hacer público mi reconocimiento a todos los integrantes de la Comisión, porque hemos venido trabajando de manera seria y responsable. Con fecha 27 de marzo de 2014 fue aprobada la Moción de Orden del día 9919, por la cual se acuerda designar una Comisión encargada de investigar las presuntas irregularidades y actos de corrupción en el gobierno regional de Áncash y su relación con la existencia de mafias y crimen organizado infiltrados en los órganos de gobierno e instancias del Estado. Constituida la Comisión investigadora multipartidaria, desde su instalación, el 3 de abril de 2014, hemos realizado 28 sesiones ordinarias, cinco sesiones extraordinarias, 19 sesiones de trabajo, una sesión extraordinaria descentralizada y una audiencia pública descentralizada en la ciudad de Huaraz, lo que equivale a un total de 135 horas con 15 minutos que ha sesionado la Comisión. Se considera el avance hasta el 25 de noviembre último. Asistió a la Comisión un total de 62 personas, entre funcionarios públicos, representantes de instituciones, empresas privadas y ciudadanos. Es importante que se sepa que nosotros hemos mantenido todas las sesiones con carácter de reservadas. La comisión informante viene acopiando información documental y testimonial más relevante y útil para la investigación, la misma que ha servido de base para elaborar diversos cuadernos de trabajo. Es bueno decir a los colegas que hemos aplicado, y venimos aplicando, la metodología de investigación científica; es decir, hemos planteado el problema, hemos planteado la hipótesis, y en función de ello hemos determinado las variables, las cuales se han convertido en cuadernos de trabajo. Hasta hoy hemos identificado 20 cuadernos de trabajo, que han sido fruto de esta hipótesis sobre el planteamiento del problema. Por lo tanto, señora Presidenta y colegas, permítanme leer la composición de los cuadernos. Uno, composición de la organización criminal y su lógica de funcionamiento. Dos, movimiento económico y materia de corrupción del Gobierno Regional de Áncash 2007-2014. Tres, aportes mineros e inversiones del Gobierno Regional de Áncash. Cuatro, gastos discrecionales en los gobiernos locales de Áncash de 2007 a 2014. Cinco, Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI). 139

Seis, obras emblemáticas del 2007 al 2014. Siete, ganadores de procesos de selección del Gobierno Regional de Áncash 2007-2014. Ocho, cartas fianzas. Nueve, cobranzas coactivas fraudulentas. Diez, Proyecto Especial Chinecas. Once, lavado de activos y pérdida de dominio. Doce, análisis de las exoneraciones del Gobierno Regional de Áncash 2007-2014. Trece, análisis de la aplicación del gasto del Gobierno Regional de Áncash 2007-2014. Catorce, instituciones, como el Ministerio de Economía y Finanzas, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y Contraloría General de la República. Quince, la Centralita. Dieciséis, Ministerio Público. Diecisiete, Poder Judicial. Dieciocho, Consejo Nacional de la Magistratura. Diecinueve, Policía Nacional del Perú. Veinte, periodistas comandos. Nosotros hemos tratado de hacer que esto tenga un alcance menor; porque, según los vecinos de la región Áncash, tendríamos que investigar también, por ejemplo, la minería ilegal, la pesca negra, el narcotráfico. Sin embargo, consideramos que eso ya no nos daría tiempo para cumplir con el encargo que el Pleno nos ha encomendado. El presente informe preliminar, como les he comentado, contiene los avances en la investigación de los 20 casos señalados con la siguiente estructura: antecedentes, objetivos de la investigación, hechos constatados mediante documentos y testimonios, y la línea de investigación pendiente que falta procesar. Falta procesar toda la información documentada recibida últimamente en volúmenes muy grandes. Nos han llegado como cerca de quince cajas con bastante información, los testimonios recogidos hasta la fecha y lo que nos falta recibir. También falta hacer el contraste de las versiones. Hemos recogido diversos testimonios que es necesario evaluar, y luego deliberar y decidir para sacar las conclusiones y recomendaciones. Señora Presidenta, colegas, dada la complejidad de la investigación y la aparición de nuevos indicios y denuncias sobre presuntas irregularidades y actos de corrupción en el gobierno regional de Áncash, expuestas en las líneas de investigación pendientes en cada 140

caso y otras diligencias que se tengan que realizar en adelante, es bueno hacer de conocimiento de todo el Pleno que el informe preliminar ha sido aprobado por unanimidad en la Comisión en su vigésima octava sesión ordinaría, de fecha 25 de noviembre de 2014; por lo que pido al Pleno del Congreso de la República la ampliación de plazo por 180 días hábiles adicionales para concluir la investigación, toda vez que hay documentación solicitada a las diversas instituciones públicas y privadas pendiente de recibir y que debe ser evaluada y contrastada, y en razón de que faltan visitas inopinadas a las obras emblemáticas y realizar las pericias correspondientes. Con ello se completaría el sustento de las conclusiones y recomendaciones finales del proceso de investigación encargado a esta Comisión. Señora Presidenta, pido que se ponga al voto el informe preliminar que ha sido aprobado por unanimidad en la Comisión. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluida la sustentación, se ofrece la palabra. No habiendo pedido intervenir otro señor congresista, tiene la palabra el congresista Guevara Amasifuen. El señor GUEVARA AMASIFUEN (AP-FA).— Señora Presidenta, solicito que se pase al voto. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Los señores congresistas se servirán registrar su asistencia para proceder a votar. —Los señores congresistas registran su asistencia en el sistema digital de cómputo de quórum. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Han registrado su asistencia 71 congresistas. Al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se acuerda, por 68 votos a favor, ninguno en contra y dos abstenciones, la prórroga de 180 días hábiles adicionales solicitada para concluir la investigación por la Comisión Investigadora sobre las presuntas irregularidades y actos de corrupción en la región Áncash y su relación con la existencia de mafias y crimen organizado infiltrados en los órganos de gobierno e instancias del Estado. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Ha sido acordado. Se deja constancia del voto a favor de la Presidencia. 141

“Votación del pedido de ampliación de plazo de la comisión investigadora sobre presuntas irregularidades y actos de corrupción en el Gobierno Regional de Áncash Señores congresistas que votaron a favor: Abugattás Majluf, Acha Romaní, Aguinaga Recuenco, Alcorta Suero, Andrade Carmona, Angulo Álvarez, Anicama Ñáñez, Apaza Ordóñez, Becerril Rodríguez, Bedoya de Vivanco, Cabrera Ganoza, Canches Guzmán, Capuñay Quispe, Cárdenas Cerrón, Chehade Moya, Coa Aguilar, Coari Mamani, Cordero Jon Tay, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, Dammert Ego Aguirre, Díaz Dios, Eguren Neuenschwander, Fujimori Higuchi, Gagó Pérez, Galarreta Velarde, Grandez Saldaña, Guevara Amasifuen, Huaire Chuquichaico, Hurtado Zamudio, Inga Vásquez, Isla Rojas, Julca Jara, Kobashigawa Kobashigawa, Lay Sun, León Romero, Lewis del Alcázar, Llatas Altamirano, López Córdova, Mendoza Frisch, Molina Martínez, Mulder Bedoya, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pariona Galindo, Pérez del Solar Cuculiza, Portugal Catacora, Reynaga Soto, Rodríguez Zavaleta, Ruiz Loayza, Saavedra Vela, Salazar Miranda, Salgado Rubianes, Schaefer Cuculiza, Simon Munaro, Tan de Inafuko, Tapia Bernal, Tejada Galindo, Tubino Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Valle Ramírez, Velásquez Quesquén, Wong Pujada, Yovera Flores, Zamudio Briceño y Zerillo Bazalar. Señores congresistas que se abstuvieron: Benítez Rivas y Chávez Cossío.” A pedido del presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, ingresa a un cuarto intermedio el nuevo texto sustitutorio del proyecto de Ley de promoción de las inversiones para el crecimiento económico y desarrollo sostenible en las zonas de mayor exclusión social La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Vencido el cuarto intermedio, tiene la palabra el presidente de la Comisión de Economía, congresista Huaire Chuquichaico, para que informe sobre el texto que se va a votar respecto del Proyecto de Ley 3941, por el que se propone la Ley de promoción de las inversiones para el crecimiento económico y desarrollo sostenible en las zonas de mayor exclusión social. El señor HUAIRE CHUQUICHAICO (PP).— Presidenta: Durante el cuarto intermedio hemos analizado las diversas propuestas planteadas por los señores congresistas, luego de lo cual se ha presentado un nuevo texto sustitutorio del Proyecto de Ley 3941/2014PE, en el que se han consignado todas las propuestas que hemos recogido, tanto modificaciones como adiciones, que, en el nuevo texto, están resaltadas con letras negritas para facilitar su identificación en el documento que se les está entregando. En ese sentido, paso a enunciar las propuestas recogidas en el nuevo texto. En el artículo 6.° se ha modificado el numeral 6.3, a propuesta del congresista Rivas Teixeira, con el siguiente texto: ‘En los casos en que exista cualquier variación relevante en el área de estudio respecto a una Línea de Base preexistente, la Autoridad Competente puede solicitar al administrado su actualización o complementación’. A propuesta del mismo congresista, se ha añadido el literal c) al artículo 7.° con el siguiente texto: ‘La Línea de Base preexistente constituye la Línea de Base para el nuevo proyecto de inversión, conforme a lo establecido en la presente Ley’. 142

En el artículo 9.°, numeral 9.3, se ha añadido un último párrafo, a propuesta del congresista Wong, con el fin de garantizar los mecanismos de participación ciudadana, lo cual ha sido también preocupación de otros congresistas, y dice: ‘En esta etapa de revisión del estudio ambiental y dentro del plazo mencionado, se realizarán los mecanismos de participación ciudadana correspondientes a dicha etapa’. En el artículo 10.° se ha modificado el numeral 10.3, a propuesta del congresista Yrupailla, para precisar que el SENACE solo podrá emitir dispositivos de carácter procedimental; y ahora dice: ‘Mediante decreto supremo, refrendado por el ministro del Ambiente, a propuesta del SENACE, se establece el procedimiento para la integración progresiva de los Títulos Habilitantes que forman parte de la Certificación Ambiental Integrada. Las Entidades Autoritativas están obligadas, bajo responsabilidad de su titular, a contribuir al procedimiento de integración. Asimismo, facúltese al SENACE a aprobar los dispositivos de carácter procedimental que sean necesarios para el funcionamiento de la Certificación Ambiental Integrada’. En el artículo 11.° se sustituye el numeral 11.4, a propuesta del congresista Cárdenas Cerrón, a fin de que el procedimiento de certificación ambiental no se paralice y se agilice la obtención de los permisos. El texto es el siguiente: 11.4 Una vez recibidos los informes técnicos para los títulos habilitantes y las opiniones técnicas previas vinculantes y no vinculantes, el SENACE emite la Resolución de Certificación Ambiental Integrada, que comprende en un único acto administrativo tanto la aprobación del EIA-d como de los Títulos Habilitantes correspondientes, conforme a las siguientes reglas: a) Cuando no se emiten las opiniones técnicas vinculantes o los informes técnicos para los títulos habilitantes dentro del plazo previsto en la presente Ley, el Titular de la entidad debe emitir los documentos a que se refiere el presente literal en un plazo de 10 días, bajo responsabilidad. b) Cuando no se emiten las opiniones técnicas no vinculantes dentro del plazo previsto en la presente Ley, el funcionario responsable continuará el procedimiento de evaluación de la Certificación Ambiental Integrada. En su defecto, lo realiza el titular del SENACE. c) Cuando el informe técnico para el título habilitante sea desfavorable, cuando no se haya emitido dentro del plazo por el titular de la entidad, o cuando no hayan sido levantadas las observaciones dentro del plazo correspondiente, el SENACE debe continuar con el procedimiento de la Certificación Ambiental Integrada excluyendo el Título Habilitante correspondiente. En dicho supuesto, el SENACE remite la parte pertinente del expediente a la Entidad Autoritativa que corresponda para continuar con el procedimiento de evaluación del Título Habilitante desde el estado en que este se encuentre al momento de la remisión, debiendo comunicarlo al administrado. La Entidad Autoritativa, una vez recibido el expediente, se encuentra prohibida de formular observaciones nuevas o adicionales a aquellas formuladas durante la evaluación de la Certificación Ambiental Integrada y que quedaron pendientes de subsanación por el titular del proyecto.

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d) En los casos de incumplimiento de lo dispuesto en los literales precedentes, es de aplicación lo dispuesto en el artículo 38 de la presente Ley. Se modifica el artículo 14.°, a propuesta del congresista Wong, para precisar que la OEFA es la entidad competente para fiscalizar y supervisar los títulos habilitantes de la certificación ambiental. El texto es el siguiente: Artículo 14. Fiscalización de las obligaciones y compromisos de la Certificación Ambiental Integrada El OEFA o la entidad de fiscalización ambiental competente mantiene las funciones de fiscalización ambiental, según la legislación aplicable. Las Entidades Autoritativas son competentes para fiscalizar los Títulos Habilitantes que conforman la Certificación Ambiental Integrada. En el artículo 15.°, numeral 15.1, se hace una precisión reemplazando la frase ‘Autoridad competente’ por ‘Autoridad correspondiente’. A propuesta del congresista Yrupailla, se realizan las modificaciones de los artículos 18.° y 19.°. En el artículo 18.°, numeral 18.1, con el fin de dejar claramente establecida la protección de los derechos de las comunidades campesinas y nativas, se propone el siguiente texto: ‘18.1 El titular de un proyecto de inversión solicita a la autoridad sectorial competente la servidumbre sobre los terrenos eriazos de propiedad estatal, siempre que no estén ocupados por comunidades campesinas y nativas las que se regulan por la ley de la materia, que sean necesarios para el desarrollo del proyecto de inversión. Para tal efecto, debe adjuntar lo siguiente:’. Asimismo, en el literal c) del mismo artículo se propone: ‘c) Declaración jurada indicando que el predio que solicita no se encuentra ocupado por comunidades campesinas y nativas.’ En el mismo sentido, se realiza la siguiente precisión en el artículo 19.°, numeral 19.2: ‘La entrega provisional a cargo de la SBN, procede respecto de terrenos eriazos, siempre que no estén ocupados por comunidades campesinas y nativas las que se regulan por la ley de la materia, que sean terrenos, inscritos o no, de propiedad estatal que se encuentran bajo la administración de la SBN o no.’ En el artículo 27.°, numeral 27.3, a propuesta del congresista Cárdenas Cerrón, se realiza una aclaración respecto a la protección de los derechos de vía de los proyectos de inversión; queda con la siguiente redacción: ‘Artículo 27. Protección de derechos de vía y localización de área 27.3 Sobre los terrenos destinados a derechos de vía no puede otorgarse ningún título de propiedad ni admitir autorizaciones de ocupación, construcción, ni de reconocimiento de nuevos derechos distintos al uso de derecho de vía para la instalación de la infraestructura necesaria para la ejecución de proyectos de inversión. La autoridad 144

municipal, a través del Ejecutor Coactivo, debe ordenar la demolición de obras inmobiliarias que contravengan lo dispuesto en la presente norma.’ En el artículo 29.°, numerales 29.1 y 29.2, se realizan las siguientes modificaciones a fin de ampliar los plazos en el procedimiento de expropiación, quedando con la siguiente redacción: ‘Artículo 29. Procedimiento de Expropiación 29.1 Dentro de los cinco días siguientes de identificados los bienes afectados que se requiera para la ejecución de las obras de infraestructura, el sector competente comunica dicha afectación al sujeto pasivo, cuyo bien se encuentra inscrito registralmente, y/o al posesionario del bien inmueble, de corresponder. 29.2 Dentro de un plazo no mayor de cuatro meses siguientes a la comunicación a que se refiere el numeral precedente, se elabora los expedientes para la tasación a fin de ser derivados al órgano competente encargado de realizar dicha tasación. La tasación deberá efectuarse en un plazo no mayor de dos meses de recibido el expediente, bajo responsabilidad. Para tales efectos, el informe expedido por la Oficina de Catastro del Registro y/o el Certificado de Búsqueda Catastral, deberá ser expedido por SUNARP en un plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de presentada la solicitud correspondiente, bajo responsabilidad. Se ha añadido el artículo 39.°, a propuesta del congresista Zamudio, a través del cual se busca que no se afecte el proceso de consulta previa, de acuerdo al siguiente texto: ‘Artículo 39. Consulta previa La presente Ley no enerva el proceso de consulta previa que resulte aplicable según la ley de la materia.’ En la primera disposición complementaria final se realiza una corrección de tipo material, dado que la redacción actual dice ‘Título I’, cuando debería decir ‘Título II’. Por otro lado, se acorta el plazo para su reglamentación, quedando con la siguiente redacción: ‘Primera. Reglamentación de la certificación ambiental integrada Mediante decreto supremo emitido por el Ministro del Ambiente y refrendado por los Sectores correspondientes, se aprueba el Reglamento del Título II de la presente Ley en lo referido a la Certificación Ambiental Integrada, en un plazo que no excederá de 45 días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley.’ En la quinta disposición complementaria final, en lo que respecta a las servidumbres, se han retirado las palabras ‘forzosas’, quedando subsistente el resto de texto. Se ha añadido una décima disposición complementaria final, a propuesta del congresista Gamarra, con el siguiente texto: 145

‘Décima. Otorgamiento de uso de derecho de vía para redes viales regionales y vecinales El procedimiento establecido en el artículo 14 de la Ley 29904, es de evaluación previa con silencio administrativo positivo, y se encuentra sujeto a un plazo de evaluación no mayor a 15 días hábiles. Lo establecido en el indicado artículo también resulta aplicable, en lo que corresponda, al uso de otorgamiento de uso del derecho de vía de las redes viales regionales y vecinales destinadas al despliegue de redes de telecomunicaciones. Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones se reglamentará la presente disposición.’ Se han realizado precisiones a las disposiciones complementarias transitorias primera, segunda y tercera, en el siguiente sentido: En la primera disposición se agrega la expresión ‘autoridad forestal competente’. Además, se agrega un último párrafo con la siguiente redacción: ‘El numeral 11.4 del artículo 11 de la presente Ley aplica a este procedimiento en lo que resulte pertinente’. En la segunda disposición se agrega un último párrafo con la siguiente redacción: ‘El numeral 11.4 del artículo 11 de la presente Ley aplica a este procedimiento en lo que resulte pertinente’. En la tercera disposición se sustituye la frase ‘Los instrumentos de gestión ambiental’ por ‘Los Estudios de Impacto Ambiental’. La segunda disposición complementaria modificatoria, en el extremo que modifica la segunda disposición complementaria transitoria de la Ley 29968, Ley de creación del SENACE, se ha sustituido con el siguiente texto: ‘Segunda disposición complementaria transitoria.El SENACE asumirá progresivamente la función de aprobar los Estudios de Impacto Ambiental Semidetallados regulados en la Ley 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, pudiendo aplicar la Certificación Ambiental Integrada a dichos instrumentos. Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio del Ambiente y el titular del Sector cuya transferencia se aprueba, se establecen las condiciones para la aplicación de la presente disposición, así como el cronograma de transferencia de funciones del EIA que se dé sobre la base de un proceso ordenado, progresivo y gradual. El proceso de transferencia solo podrá iniciarse luego de transcurrido al menos un año desde que el SENACE haya concluido con la transferencia de la función de aprobar los EIA-Detallados correspondientes a todos los sectores de conformidad con la Ley 29968.’ En la tercera disposición complementaria modificatoria, en el extremo de la modificación del artículo 8 del Decreto Ley 25707, respecto a la SUCAMEC, se hace una aclaración incluyendo el uso de explosivos y no solo su adquisición, según el cronograma de actividades previsto en el proyecto u obra a ejecutar y tendría una vigencia máxima de un año, renovable previo cumplimiento de los requisitos previstos para tal fin. 146

Asimismo, se precisa que en el procedimiento de otorgamiento de autorización de SUCAMEC se solicita la opinión previa de la autoridad sectorial competente a la cual pertenece el proyecto o actividad a desarrollar en los casos que establezca el reglamento. Finalmente, se han incorporado la octava y la novena disposiciones complementarias modificatorias con los siguientes textos: ‘Octava. Modifíquese el artículo 25 de la Ley 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, conforme al siguiente texto: Artículo 25. Duración del Régimen de Apoyo Transitorio El Régimen de Apoyo Transitorio se lleva a cabo durante el tiempo que resulte necesario para el cumplimiento del objeto previsto en el artículo 20 de la presente Ley, no pudiendo exceder de quince años, salvo que se suscriba contratos de asociación público privada, en cuyo caso el plazo del régimen de apoyo transitorio se sujeta al de los contratos que se hubieren suscrito. Novena. Autorícese al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) a contratar a empresas supervisoras para el ejercicio de funciones específicas de supervisión, dentro del marco del encargo de gestión, previsto en el inciso 71.4 del artículo 71 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, debiendo el OSIPTEL reglamentar los aspectos referidos a su calificación, clasificación, incompatibilidades y registro, designación, ejecución de actividades y régimen de obligaciones y responsabilidades sobre la confidencialidad de la información, la protección de datos personales y el secreto de las telecomunicaciones, entre otros aspectos. Para ello, modifíquese la Ley 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del OSIPTEL y demás normas relacionadas, debiendo entenderse que toda mención que se haga al funcionario o funcionarios autorizados para las acciones de supervisión se encontrará referida al funcionario del OSIPTEL o de una empresa supervisora debidamente autorizado y acreditado por el OSIPTEL para realizar, en nombre de este, acciones de supervisión en ejercicio de la facultad supervisora que le asiste.’ Habiendo concluido con informar de las modificaciones que se han incorporado, solicito que este texto se someta a votación. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Cárdenas Cerrón. El señor CÁRDENAS CERRÓN (NGP).— Presidenta: Quisiéramos que el presidente de la Comisión de Economía pueda considerar la incorporación de una disposición complementaria modificatoria y de una disposición complementaria final. En lo que se refiere a la disposición complementaria modificatoria, que sería décima, diría:

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Décima.- Incorpórese en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, los siguientes proyectos: Infraestructura diversa 128) Mejoras a la seguridad energética del país y desarrollo del Gasoducto Sur Peruano 129) Tramo Vial Desvío Quilca - Desvío Arequipa (Repartición) - Desvío Matarani Desvío Moquegua; Desvío Ilo – Tacna - La Concordia. 130. Majes - Siguas II Etapa 131. Chavimochic III Etapa 132. Obras de cabecera y conducción para el abastecimiento de agua potable para Lima 133. Reubicación de establecimientos penitenciarios 134. Aeropuerto de Chachapoyas, ubicado en la ciudad de Chachapoyas -Gobierno Regional de Amazonas 135. Aeropuerto de Andahuaylas, del distrito de Andahuaylas, provincia de Andahuaylas y departamento de Apurímac 136. Carretera Longitudinal de la Sierra: Huancayo – Izcuchaca – Mayocc – Ayacucho/Ayacucho – Andahuaylas - Puente Sahuinto/División Pisco – Huaytará Ayacucho Amplíese el plazo establecido en el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley 30025, por dieciocho meses adicionales.’ Esto es en lo que se refiere a la disposición complementaria modificatoria. En lo que se refiere a la disposición complementaria final décima segunda, diría: ‘Décima segunda.- Los Certificados de Inversión Pública Gobierno Nacional del Tesoro Público (CIPGN) emitidos al amparo del artículo 17 de la Ley 30264, podrán ser financiados con cargo a recursos de la fuente de financiamiento Recurso Determinado, provenientes del Fondo Mi Riego y orientados al financiamiento de los proyectos de inversión pública conforme a los fines establecidos en dicho Fondo. Mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Agricultura y Riego, a propuesta de este último, se aprueban de ser necesario, las modificaciones que correspondan a las normas reglamentarias del Fondo Mi Riego, para adecuar su operatividad a la presente disposición, teniendo en cuenta, de corresponder, el procedimiento establecido en el tercer párrafo de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley 29951.’ 148

Esperamos que el presidente de la Comisión de Economía pueda evaluar y acceder a la incorporación de estas dos disposiciones. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Abugattás Majluf. El señor ABUGATTÁS MAJLUF (NGP).— Señora Presidenta: Creo que este proyecto en general va en la línea adecuada de lo que estamos buscando; pero tengo una objeción al artículo 23 de la Ley 30056, que se propone modificar y que en teoría se refiere a créditos por gasto de capacitación, porque una vez que leemos el desarrollo y las condiciones del mismo, nos damos cuenta realmente de que es poco serio. Esta propuesta, definitivamente, ha sido elaborada por alguien que nunca ha generado un puesto de trabajo en su vida, ni nunca ha tenido que capacitar a nadie en su vida. Es un razonamiento obsoleto, anacrónico, desfasado, recesivo y anticompetitivo. No puede ser que en un país que está tratando de salir adelante, que requiere tener las herramientas para convertirse en competitivo, cuando hablamos de capacitar al personal que trabaja en las empresas, haya una serie de limitaciones. Por poner un simple ejemplo: si nosotros queremos dar el paso tecnológico y traer una maquinaria que requiere asesoría directa o asesoría externa, en primer lugar, externa no puede ser, porque no la reconocen; y, en segundo lugar, asesoría directa de una empresa en el desarrollo de una tecnología, tampoco. Se limita solamente a lo que vayan a establecer cuando se haga el decreto supremo de acuerdo a la Clasificación Internacional Industrial Uniforme de las Naciones Unidas. ¿Qué dice esta Clasificación Internacional de las Naciones Unidas? Habla, en términos generales, de agricultura, ganadería, explotación de minas y canteras, industrias manufactureras. Pero no sabemos en qué se va a poder aplicar, porque eso será establecido a futuro, no sabemos por quién ni con qué criterio, quién será el genio que nos toque ese día y qué determine. Pero, en el fondo, creo que esto de la innovación, de la tecnología, de la necesidad de capacitarnos para dar el salto cualitativo que el país necesita, no puede ser disfrazado, maquillado, ocultado. Si realmente tenemos la intención de dar ese salto, este artículo resulta absolutamente contraproducente. Le quiero pedir al presidente de la Comisión —no sé si me puede prestar atención un minuto— que retire ese artículo del proyecto de ley, porque es absolutamente contrario al objetivo que se busca y nos obligaría a que pensemos en desarrollar un proyecto de ley que realmente entienda lo que es capacitación para el trabajo. Esta propuesta, reitero, es obsoleta, anacrónica, del siglo XVII. Eso no ocurre en ningún país que tenga la intención de dar el salto para ser un país desarrollado... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. 149

El señor ABUGATTÁS MAJLUF (NGP).— Ese artículo 23, que se supone se refiere al crédito por gastos de capacitación, es, lamentablemente, un engaño para decir que estamos haciendo cosas que no estamos haciendo. Realmente, creo que esto lo ha redactado alguien que no quiere al país o alguien al que, lamentablemente, por ignorancia le han dado la opción de ponerlo acá. Presidenta, me pide una interrupción el congresista Pariona. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Pariona Galindo. El señor PARIONA GALINDO (GPFP).— Gracias, colega Abugattás. Presidenta, tengo una observación a la disposición complementaria transitoria primera. En el último párrafo debería decir Autoridad Nacional Forestal, o sea, ‘Facúltese a la Autoridad Nacional Forestal’. No debería decir Autoridad Forestal competente. En los dos primeros párrafos sí, porque estar relacionados con el procedimiento administrativo. Pero el último párrafo se refiere a todo lo que es evaluación, y por eso se deben dar facultades a la Autoridad Nacional Forestal. No deja de tener razón el congresista Abugattás cuando señala que esto no lo ha hecho una persona que conoce. Aquí, a simple vista, en la última página, la 31, le pido al presidente de la Comisión de Economía que nos explique qué hace acá Osiptel, que no tiene nada que ver acá, porque este es un proyecto referido totalmente a medidas ambientales. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúe, congresista Abugattás Majluf. El señor ABUGATTÁS MAJLUF (NGP).— Quiero insistir en que el Gobierno está haciendo un enorme esfuerzo de inversión en educación, y no puede ser que, por un mal entendido, aunque espero que por ignorancia, simplemente, seamos el único país en América Latina que pone límites a la capacitación. Lo que uno debe hacer es invertir en capacitar a su personal. Aquí se dice: ¡No, no lo hagas! No quiero pensar mal, pero quizá pretenden que nos quedemos retrasados para seguir importando productos de China. Sería maquiavélico que esto esté direccionado para que sigamos siendo un país tercermundista, sin capacitación, sin desarrollo, sin tecnología. Sería realmente perverso que alguien esté pensando y proponiendo estas normas. Quiero pensar que es por pura ignorancia que lo han planteado así. Por lo tanto, le pido al presidente de la Comisión que retire este artículo 25. Muchas gracias.

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La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra la congresista Mendoza Frisch. La señora MENDOZA FRISCH (AP-FA).— Presidenta: Habíamos señalado ya en la sesión anterior del Pleno en que se trató este dictamen nuestra preocupación por la manera como, en el año en que nuestro país es anfitrión de la COP20, estamos debilitando la institucionalidad ambiental, en particular lo que tiene que ver con los famosos estudios de impacto ambiental. Desde el año 2013, en que se emitió el Decreto Supremo 060, se ha dado una serie de normas que han venido modificando los plazos de los estudios de impacto ambiental y las opiniones técnicas vinculantes de los títulos habilitantes de manera desordenada, dispersa, desintegrada, quedando en evidencia que en lugar de apostar por el fortalecimiento y por la modernización de la gestión ambiental desde una perspectiva integral, lo que se ha hecho es supeditar todos estos cambios a una lógica de allanamiento a las inversiones, cuando justamente este año era la oportunidad para poder debatir a fondo acerca de la gestión ambiental, para fortalecerla y para modernizarla. Pero eso no ha ocurrido, sino que, más bien, hemos tenido —repito— el Decreto Supremo 060, luego la Ley 30230, luego el reglamento de hidrocarburos, y ahora esta norma, y en todas ellas se pretende modificar los plazos de los estudios de impacto ambiental. Inclusive en la Ley de Presupuesto se pretendió introducir una norma para recortar los plazos ya establecidos en el reglamento de hidrocarburos. Este es un desorden total que nos expone a graves impactos en el ambiente por tener estudios de impacto ambiental que podrían ser insuficientemente rigurosos. Habíamos señalado también que, estando de acuerdo con el fortalecimiento del Servicio Nacional de Certificación Ambiental, estando de acuerdo con la certificación integrada, esto nos parece absolutamente insuficiente; porque, por otro lado, se está fortaleciendo a otra entidad, que es justamente ese equipo de seguimiento de inversiones que estaría dentro del MEF, al cual se le estaría otorgando una capacidad omnipotente y omnisciente y, además, una serie de gerencias a cargo del Ministerio de Economía Y Finanzas, a las cuales se encarga, dice textualmente la norma, la potestad de realizar cualquier acción que sea necesaria para que el proyecto de inversión obtenga todos los permisos, licencias, autorizaciones, etcétera. ¿Qué entendemos por cualquier acción? ¿Quiere decir que este equipo de seguimiento de las inversiones va a estar por encima de los demás sectores? ¿Va a estar por encima de este Servicio Nacional de Certificación Ambiental? ¿De qué estamos hablando? Parece un gabinete paralelo dentro del propio Gabinete, un gabinete al mando del MEF; y eso se pretende aprobar en esta norma, lo cual es inaceptable. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. La señora MENDOZA FRISCH (AP-FA).— Pero también habíamos expresado nuestra preocupación por esa pretensión de facilitar el otorgamiento de servidumbres en terrenos supuestamente eriazos.

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Sobre el particular, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental ha señalado que la norma, tal como la estamos planteando ahora, podría interpretarse negativamente en el sentido de que se podría pretender incluir el patrimonio forestal y de fauna silvestre de la Nación; es decir, podría ponerse en riesgo parte de nuestros bosques, justamente cuando estamos hablando en el marco de la COP20 de luchar contra la deforestación. Por eso se ha propuesto que se incluya expresamente en el artículo 18.° que no son terrenos eriazos las áreas incluidas en el patrimonio forestal. Pero también estamos poniendo en riesgo a las comunidades campesinas y nativas, lo que también habíamos señalado en el Pleno anterior. Y ahora se nos alcanza una propuesta con la cual se pretende resguardar la seguridad jurídica de estas comunidades, señalando que se dará servidumbre sobre terrenos eriazos siempre que no estén ocupados por comunidades campesinas o nativas; y se pretende que con esto nos hemos salvado del problema. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene tiempo, congresista. La señora MENDOZA FRISCH (AP-FA).— Pretender que esto es un candado suficiente para evitar la expropiación indiscriminada de las comunidades campesinas o nativas es mostrar un desconocimiento total de la realidad y, en particular, un desconocimiento total de la realidad de las comunidades campesinas y nativas. ¿Por qué lo digo? Porque la mayoría de las comunidades campesinas y nativas no están tituladas, a pesar de que están aquí incluso desde antes que se constituyera el Estado peruano. Algunas de ellas no están tituladas. Se señala, por ejemplo, que actualmente cerca de cuatro mil comunidades están pendientes de titulación, más de 600 comunidades nativas y tres mil comunidades campesinas. Estos datos, lamentablemente, son información de la sociedad civil porque el Estado peruano como tal no tiene información oficial verídica, georreferenciada; no existe en la era digital una base de datos oficial. No hay nadie en el Estado peruano que está en capacidad de decirnos en este momento cuántas comunidades campesinas y nativas hay, donde están, su georreferenciación y cuantas están en proceso de titulación. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. La señora MENDOZA FRISCH (AP-FA).— Al establecer que se exceptúa de servidumbre los terrenos ocupados por comunidades campesinas y nativas, no estamos resolviendo el problema, porque muy bien se podría otorgar servidumbre en terrenos de comunidades que están en proceso de titulación, con lo cual lo que ocurriría es que estaríamos bloqueando, impidiendo, que las miles de comunidades campesinas y nativas que están en proceso de titulación puedan concluir dicho proceso, justamente cuando en el marco de la COP se está hablando de la necesidad de darles seguridad jurídica porque son los guardianes del bosque, entre otras cosas; y aquí, en el Congreso, con esta norma se pretende bloquear el proceso de titulación. Esta norma no puede ser aprobada en estas condiciones, porque eso ya está ocurriendo, y comentamos en el Pleno pasado el caso de las cuatro cuencas: Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón, en Loreto, cuyo proceso de titulación está bloqueado. A pesar de que llevan ya tres años de diálogo con este gobierno, esas comunidades no se pueden 152

titular porque el gobierno anterior declaró parte de sus territorios como terrenos eriazos; y hasta ahora no se pueden titular. Lo que pretendemos con esta norma es hacer que este caso de las cuatro cuencas se reproduzca a nivel nacional, lo que generaría un grave problema de conflictividad. Pero no solamente es eso: nuevamente vamos a tener que traer a la memoria el caso de Edwin Chota, este líder asháninca asesinado por madereros ilegales, que estuvo durante diez años luchando para que se titule su comunidad, pero que por superposición con una concesión forestal, hasta el día de hoy, y después de más de dos meses de su asesinato, aún no se titula. Hay antecedentes que nos muestran que el proceso es bastante complicado; y si aprobáramos esta norma tal como está planteada, correríamos el riesgo de complicarlo muchísimo más. Esto sería peor que las normas que generaron el Baguazo porque estaríamos bloqueando —repito— el proceso de titulación. De ninguna manera se puede aprobar bajo estas condiciones. Tendría que establecerse mínimamente que se debe consultar no solamente a la Sunarp, sino al Ministerio de Cultura, para que revise su base de datos de pueblos indígenas; base de datos que debiera incluir una georreferenciación. Se debiera consultar también a los gobiernos regionales, porque son ellos los que tienen el registro de las comunidades que están en proceso de titulación. Así como está es absolutamente insuficiente. Lo que vamos a hacer es expropiar de facto los territorios de las comunidades campesinas y nativas, y eso es inadmisible. No podemos aprobar esta norma tal como está planteada. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Tejada Galindo. El señor TEJADA GALINDO (NGP).— Presidenta: Solo quiero hacer dos observaciones. Una es de forma: el artículo 11.° señala que cuando no se emitan opiniones técnicas no vinculantes dentro del plazo previsto en la presente ley, el funcionario responsable continuará el procedimiento de evaluación de la certificación ambiental integrada y en su defecto lo realizará el titular del SENACE. Esto tiene un problema porque pareciera que el SENACE tendría que emitir opiniones técnicas no vinculantes; es decir, reemplazar la opinión que pueden tener sectores como Produce, Vivienda, Transportes, y ese no es el objetivo del SENACE. Por lo tanto, planteamos una redacción alternativa que diga lo siguiente: ‘Cuando no se emitan las opiniones técnicas no vinculantes dentro del plazo previsto en la presente ley, el SENACE continuará el procedimiento de evaluación de la Certificación Ambiental Integrada’; simplemente, para que no haya confusión en ese aspecto. Quisiera compartir la última preocupación que ha expuesto la congresista Mendoza. Efectivamente, creo que hay que tomar con mucho cuidado el aspecto relacionado con los terrenos eriazos. La verdad, estamos haciendo múltiples esfuerzos por acortar los 153

plazos y facilitar la inversión privada; pero no estamos realizando nada para facilitar la titulación de las comunidades nativas y campesinas. Esa es una deuda histórica que tiene la República y que a lo largo de estos casi 200 años ha generado levantamientos en todo el país, por las dificultades de las comunidades de tener esa estabilidad jurídica que permanentemente tratamos de mejorar para el sector privado. Creo que la legislación actual no es mejor, o sea, no creo que esto dificulte más las cosas; pero sí creo que hay que mostrar nuestra preocupación por que bajo este criterio se pueda estar afectando a comunidades campesinas y nativas, a las que efectivamente debemos prestar mucha mayor atención y garantizar su protección y su titulación. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Dammert Ego Aguirre. El señor DAMMERT EGO AGUIRRE (AP-FA).— Señora Presidenta: Tengo que manifestar con toda seriedad mi preocupación por lo contenido en este proyecto de ley. Ya hemos visto que se bajó el Impuesto a la Renta a las grandes empresas; luego se les dijo que debían manejar los dividendos y no cobrar dividendos; y ahora hemos visto que en la parte laboral se están creando regímenes laborales prácticamente sin derechos, y se crea para la juventud un régimen laboral de nueva esclavitud. En esta norma, referida a las zonas excluidas, están provocando un nuevo Baguazo, porque son impresionantes las tres cosas fundamentales que contiene. En primer lugar, se refiere a las zonas excluidas, y eso tiene que ver ciertamente con las comunidades campesinas y nativas. ¿Pero qué hace el artículo 18.° de este proyecto de ley? Utiliza un concepto para hablar de cómo vincularse con los territorios donde están las comunidades nativas y campesinas, y dice que podrá haber servidumbres sobre esos terrenos siempre que no estén ocupados por comunidades campesinas y nativas. ¿A qué se refiere el concepto de ocupación ahí? ¿Qué es una comunidad campesina y nativa? Una comunidad nativa está en el bosque amazónico; en el bosque amazónico hay sedentarismo interno en amplias áreas; la comunidad nativa en el bosque amazónico se caracteriza por no estar fija en un solo sitio, porque va trasladándose en un territorio muy amplio; por lo tanto, cuando está en un área equis, el resto del propio territorio de la comunidad no está ocupado en el sentido de que no está haciendo uso directo pero forma parte de la manera de gestionar el bosque amazónico. Eso lo saben todos los que viven en la amazonía y lo saben todos los estudiosos. Por eso, plantear que se pueden dar servidumbres en las zonas no ocupadas equivale a recortar fundamentalmente toda la propiedad, todos los recursos que la Constitución, desde siempre, reconoce a las comunidades nativas en la amazonía; porque así se maneja el bosque, así se ubica la construcción de la vida cotidiana de los pueblos en la amazonía. 154

Y en el caso de las comunidades campesinas de la sierra, ¿qué hacen estas comunidades allí? Tienen variados pisos ecológicos y complementariedad en los mismos, y van cultivando y modificando el uso del área. No siempre usan el área permanentemente; usan una parte, después pasan a otra, después pasan a otra; por lo tanto, no tienen ocupada toda el área el cien por ciento. La comunidad ocupa un tercio o un cuarto de esa área; el resto del área está en reposo o preparándose para otras condiciones. Entonces, cuando se dice que se va a permitir que se haga cualquier tipo de intervención en el área de la comunidad que no esté ocupada, quiere decir que se va a expropiar el área de las comunidades, se va a invadir el área de las comunidades, se va a afectar el área de las comunidades; y se va a pisotear lo que manda la Constitución. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. El señor DAMMERT EGO AGUIRRE (AP-FA).— La Constitución Política del Perú dice expresamente en el artículo 89.° que las comunidades campesinas tienen existencia legal y son personas jurídicas, son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras; por lo tanto, en sus tierras tienen esos tipos de uso reconocidos social e históricamente. Hay, pues, en primer lugar, ese problema. En segundo lugar, el otro problema que hay es que en el artículo 11.° se está propiciando una acción compulsiva sobre el servidor público para que cometa delitos. Eso es, en resumen, lo que se está planteando. Se dice que para la obtención de las certificaciones ambientales integradas, las entidades autoritativas y los operadores técnicos tienen que emitir informes técnicos u opiniones técnicas vinculantes y no vinculantes; y si no lo hacen en un plazo determinado, la autoridad competente, o sea el titular, tiene que hacerlo. Si en una entidad hay un equipo técnico especializado en una materia, y los responsables del equipo técnico no lo hacen en el plazo de 30 días, el titular, que no conoce esta materia, pero es el titular de esa área compleja, por esta ley está obligado a emitir un pronunciamiento sin tener conocimiento de la materia, sin ser su especialidad; y, si no lo hace, se le va a despedir o se le va a enjuiciar. Se le está llevando a cometer un delito porque no puede decir qué cosa hay en estos minerales. Y, como no es un especialista, no sabe de la materia, ni tiene recursos para contratar a otro. Pero si no emite una opinión que dé curso a ese procedimiento, va preso o se le despide. Eso es coacción para cometer delito, y es lo que está haciendo esta ley. Si no, lean con detenimiento todo el artículo 11 de este proyecto. Esto es algo así como que se le diga a un congresista que no es especialista en una materia, que, si no saca inmediatamente y como sea una ley, si no la improvisa, si no hace cualquier cosa, se le va a quitar el cargo o se le va a meter preso... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo para culminar, congresista. El señor DAMMERT EGO AGUIRRE (AP-FA).— Esta manera de coartar el procedimiento obligando al titular a firmar el documento para poder darle pase y poder cumplir la 155

normas, es una propuesta para cometer delito, es una incitación a que el funcionario cometa delito para que no sea sancionado. Por eso, esta forma de agilizar el procedimiento de las certificaciones ambientales lo que va a ocasionar es una cantidad de certificaciones mal hechas, equivocadas, simple y llanamente, para que algunas gentes no pierdan el puesto. Por último, en el artículo 37 aparece este Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión, que es ilegal e inconstitucional, y cuando estuvo acá la presidenta del Consejo de Ministro se lo dijimos; porque se plantea que este Equipo del MEF se convierta en un proyecto especial, que tenga gerencias, que sea una autoridad en todo lo que se refiera a los procedimientos, que tenga todas las competencias sobre todo tipo de proyectos de inversión, que esté autorizado para cambiar procedimientos; e inclusive tiene facultad sancionadora, porque si alguien no cumple puede sancionarlo. A este Equipo Especializado, que se quiere convertir en un proyecto especial vía esta ley, vulnerando lo que manda la propia Ley Orgánica del poder Ejecutivo, se le da una facultad excepcional, es cuasi un Ministerio. Se le quiso incluir en la ley que se iba a aprobar en el Congreso; y no quedé en el aire, porque ahora se le quiere aprobar en esta forma. Se quiere convertir a este Equipo Especializado del MEF en un superministerio que va a reemplazar las funciones de coordinación intersectorial que le corresponden a la Presidencia del Consejo de Ministro. Y va a reemplazar lo que es una coordinación intergubernamental, desde el punto de vista político, por una coordinación de presión presupuestal, para que se hagan determinadas cosas que se le ocurran a una instancia que está, desde arriba, orientando para que se ejecuten... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Sírvase culminar, congresista. El señor DAMMERT EGO AGUIRRE (AP-FA).— Eso puede funcionar en dictaduras, porque las dictaduras mandan desde arriba y la autocracia hace que se cumplan y terminen en las barbaridades en que terminan las dictaduras. Pero en un régimen donde hay división y equilibrio de poderes, donde hay especialización de funciones, este tipo de organismos como proyecto especial, que se hace cargo y reemplaza a los ministerios, a las autoridades, no facilita la inversión. Lo que hace es generar una traba general para tener inversiones trucha, falsas, falsificadas, llenas de corruptelas. Por eso, estos artículos, el 11, el 18, el 37 y las disposiciones complementarias transitorias primera, segunda y tercera, deberían votarse aparte o retirarse, porque son contrarios a la Constitución, a la legislación, a cualquier razonamiento lógico de un buen gobierno. Son propiciadores de delitos, y, más aún, si se pusieran en práctica, ocasionarían en el país una inmensa crisis política social. No sé si lo que se busca es eso. Creo que hay ignorancia al respecto. Se está simplemente legislando por precipitación, pensando que así… La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Zamudio Briceño. El señor ZAMUDIO BRICEÑO (NGP).— Presidenta, no tengo ningún inconveniente en darle una interrupción al congresista Martín Belaunde. 156

La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Belaunde Moreyra. El señor BELAUNDE MOREYRA (SN).— Señora Presidenta, quisiera preguntar al congresista Dammert Ego Aguirre si él considera que el íntegro del territorio de la República del Perú pertenece a las comunidades campesinas y nativas. Quisiera que respondiera, porque da la impresión de que en su discurso dice eso; y además quisiera que me dijera si vale la pena que en el Perú se invierta un centavo en un proyecto. Si no se dispone de algunos mecanismos legales para servidumbres y otras cosas, la inversión será imposible, no cabría invertir. Quizá algunos no se hayan percatado, pero es absolutamente imposible que haya inversión alguna. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Congresista Zamudio Briceño, ¿a quién cede la segunda interrupción? El señor ZAMUDIO BRICEÑO (NGP).— Presidenta, para demostrar que estamos en una democracia, al congresista Dammert. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Dammert Ego Aguirre. El señor DAMMERT EGO AGUIRRE (AP-FA).— Muchas gracias por la oportunidad de responder. Estoy seguro de que mi estimado amigo Belaunde conoce muy bien que existen en los registros de todo el Estado los mapas donde figuran las áreas que las comunidades nativas reclaman como parte de su posesión tradicional e histórica, y existen también los mapas de las comunidades campesinas; inclusive hay tomos grandes donde está todo diseñado, y no es todo el Perú, son ciertas áreas. Desde hace tiempo, viene el Estado diciéndoles a las comunidades que tienen posesión y que falta propiedad. Y eso no es todo el territorio nacional; es una parte limitada y pequeña de dicho territorio: es la parte donde está el bosque amazónico y las partes de altura, sobre todo en los Andes peruanos. Por lo tanto, ahí no estamos hablando de que se va a impedir la inversión; pero, en segundo lugar, tenemos un ejemplo muy concreto: en torno al lote 1AB, ¿qué están planteando las comunidades nativas amazónicas?, ¿que no se haga la inversión? No. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Puede iniciar su intervención, congresista Zamudio Briceño. El señor ZAMUDIO BRICEÑO (NGP).— Presidenta: Los congresistas integrantes de la bancada por Arequipa solicitamos al presidente de la Comisión de Economía que se sirva incluir en el proyecto de ley en debate el siguiente texto: Modifíquese la quinta disposición complementaria final de la Ley 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles 157

afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, conforme al siguiente texto: Disposición quinta.74 A. Majes Siguas II, segunda etapa. Presidenta, le solicito, por excepción, que autorice una tercera interrupción que me está solicitando el congresista Eguren, referida al mismo asunto. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Congresista, ya autoricé las dos interrupciones. El señor ZAMUDIO BRICEÑO (NGP).— Es por excepción y para complementar, Presidenta; nada más. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Eguren Neuenschwander. El señor EGUREN NEUENSCHWANDER (PPC-APP).— Gracias, congresista Zamudio. Quiero reforzar el pedido y el criterio que, de alguna manera, ha expuesto el congresista Cárdenas. En la Comisión se verá el mejor texto, el texto ideal, pero quiero señalar que este asunto fue planteado por los seis parlamentarios de Arequipa en el debate de la Ley de Presupuesto. Lamentablemente, se quedó en el tintero, y es urgente corregir esa omisión en la Ley de Presupuesto. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluyó su tiempo, congresista Zamudio Briceño. Tiene la palabra el congresista Nayap Kinin. El señor NAYAP KININ (NGP).— Señora Presidenta: En primer lugar, quiero mostrar mi extrañeza por el hecho de que en la sesión anterior elaboramos una propuesta que entregamos pero se ignoró, y en este documento no aparece, no se contempla, lo que nos sorprende. Rechazamos esa actitud, toda vez que ella habla de territorios indígenas. No debe ser así. Nos preocupa cómo se presenta en el documento una facilidad para arrebatarles territorios a las comunidades indígenas, solamente con la presentación de una declaración jurada. En este momento venimos siendo testigos de qué manera se despoja propiedades a través de firmas fraudulentas; y aquí vamos a aprobar una ley que dice que con solo una declaración jurada, donde se indique que en esos territorios no hay nadie, ya se pueden otorgar esos territorios a cualquier empresa. Eso no se puede aceptar. Nosotros los indígenas no acostumbramos dar un uso intensivo a los territorios, sino un uso extensivo, es decir, usamos un territorio y lo dejamos descansar diez, doce años, porque no utilizamos abono para nuestros productos. 158

Entonces, la tierra descansa y volvemos a utilizar nuevamente esos mismos territorios. Si en algún momento nuestros territorios están descansando, podrían creer que están desocupados, que no pertenecen a nadie; y con solo mirarlos, van a hacer una declaración jurada y nos arrebatan esos territorios. Por eso propusimos en la sesión anterior que todo documento que pretenda otorgar autorización por las tierras nativas debe ser certificado por un juez de paz letrado o por el Ministerio Público competente del sector que tenga que ver con los territorios indígenas. No es posible que podamos dejarlos así, al abandono, porque de esa forma realmente corren peligro los territorios indígenas. Quiero que esa propuesta se considere. Si no fuese así, no vamos a estar contentos, y yo no apoyaré esta ley. Gracias. —Reasume la Presidencia el señor Norman David Lewis del Alcázar. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiene la palabra la congresista Chávez Cossío. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— Presidente: Esta ley, tal como se ha venido advirtiendo, lo que busca es de alguna manera desarrollar más una norma que ya fue objeto de observación respecto a su constitucionalidad, cuando se debatió inicialmente. Este es una ley que mantiene a esta ley sábana de expropiaciones y que viola el artículo 70.° de la Constitución, que establece que por ley expresa debe declararse la necesidad de expropiar un bien. En la medida que la Constitución garantiza el derecho de propiedad de todas las personas, solamente como una excepción dispone que, por ley autoritativa del Congreso, se puede expropiar a alguien un bien; ese mismo artículo de la Constitución señala que hay que pagar previamente y en efectivo, y que el justiprecio que se decida puede ser objeto de discusión, y, además, que ese justiprecio debe involucrar una indemnización por lo que implica quitarle al propietario su propiedad. Pero resulta que no queda esto ahí, porque se sigue manteniendo e incluso se agrava en este texto sustitutorio, diríamos, la casi fuerza de hecho, mediante la cual, manu militari, se estaría quitando a los propietarios sus bienes bajo el argumento de que se busca desarrollar proyectos de gran envergadura. Acá, inclusive, se establece la existencia de una resolución ministerial inimpugnable, salvo la impugnación que se pueda hacer respecto del precio total. ¿Qué quiere decir esto? Que si, por ejemplo, mediante resolución ministerial se decide que deben expropiarse tales y cuales propiedades; pero estas propiedades no tienen nada que ver con el proyecto en sí, y, suponiendo que haya un abuso o un exceso, la parte que está siendo afectada no podría impugnar eso. Lo único que podría impugnar es lo que atañe al justiprecio. Eso es violatorio de todas las garantías que la Constitución reconoce en favor de los propietarios. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiempo adicional, congresista.

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La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— En segundo lugar, se incurre en incongruencias, porque la disposición complementaria final sétima dice que mientras el Ministerio de Transportes y Comunicaciones esté en posesión de los inmuebles materia de expropiación antes de la emisión de la resolución ministerial, se puede facilitar el trato directo. Sin embargo, en el artículo 2.° de la Ley 27628 se señala que el trato directo se inicia una vez que, mediante resolución ministerial, se ha fijado el precio. Entonces, cómo puede haber una disposición complementaria final, la sétima, que se ponga en el supuesto de que se inicie un trato directo y que inclusive el Ministerio de Transportes tenga la posesión del bien materia de expropiación antes de que se emita la resolución ministerial, que es la que debe fijar el precio que se ha asignado al bien y sobre el cual se debe hacer el trato directo. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiempo adicional, congresista. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— Es decir, esto no tiene ninguna consistencia. Pero, por otra parte, lo que vemos acá es muy preocupante. En la novena de las disposiciones complementarias modificatorias, casi en la parte final del proyecto, lo que se está haciendo en el primer párrafo es traer el contenido del Proyecto de Ley 2543, del Ejecutivo, que fue objeto de debate en este Pleno y que por la inconstitucionalidad que se apreció fue devuelto a las Comisiones de Defensa del Consumidor y de Economía. Ahora, entre gallos y medianoche, se quiere introducir en el texto sustitutorio una norma que fue objeto de observaciones... El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiempo adicional, congresista. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— En esta misma novena disposición complementaria modificatoria se viola el secreto de las comunicaciones y se crea una situación administrativa bastante grave, porque prácticamente se convierte en funcionarios públicos a personas que no lo son y que están contratadas para supervisar el ejercicio de funciones específicas dentro del marco del encargo de gestión a empresas supervisoras, que son las que tienen que ver aspectos referidos a calificación, clasificación, incompatibilidades y registro, designación, ejecución de actividades y régimen de obligaciones y responsabilidades sobre la confidencialidad de la información, la protección de los datos personas y el secreto de las telecomunicaciones. Es decir, a empresas privadas supervisoras se les confía la supervisión en lo que atañe al secreto de las telecomunicaciones. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiempo para culminar, congresista. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— Y en el segundo párrafo se dice que, para efecto de la aplicación de estas funciones, se va a entender que toda mención que se haga a funcionarios o funcionarios autorizados en la Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades de Osiptel, se va a considerar referida a las empresas supervisoras’. Es decir, así, por arte de magia, convertimos a funcionarios y trabajadores de una empresa privada 160

supervisora en los sustitutos o los iguales de los funcionarios de una entidad pública como Osiptel. Este párrafo ya venía en el proyecto de Ley de Presupuesto actual, y la Comisión de Presupuesto retiró esa norma; y ahora, vuelvo a señalarlo, quieren meter todo esto en el paquete como que si no nos diéramos cuenta. ¿Qué tiene que ver esta norma, más allá del antecedente de que ya ha sido rechazada en el Pleno y en la propia Comisión de Presupuesto, con la norma que ahora estamos viendo? El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiempo para culminar, congresista. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— Creo que esto merece un mayor análisis, y, en todo caso, restringirse a lo que es materia del propio proyecto. Por último, debo señalar que este proyecto ha ido a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas, Inteligencia, cuando correspondía que pasara a otras comisiones. Eso me hace recordar que la Ley de reforma de las AFP se mandó así, manu militari, a la Comisión de Defensa del Consumidor, porque su presidente era del Nacionalismo; y ya vimos en los despropósitos en que terminó esa norma y en el retroceso que ocurrió, todo por no enviar la norma a la Comisión que correspondía, que era la Comisión de Trabajo. Hoy se repite esta situación. Este proyecto fue visto en la Comisión de Economía, cuando correspondía a otras comisiones, como por ejemplo la Comisión de Poblaciones Indígenas. Creo que hay que ser muy cuidadoso con este tipo de normas. Gracias. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiene la palabra el congresista Pari Choquecota. El señor PARI CHOQUECOTA (GPDD).— Presidente: Un estudio de impacto ambiental tiene como objetivo ver cómo impacta dentro de una realidad concreta, sobre el ambiente, la implementación de un proyecto; y ese estudio de impacto ambiental sirve para que la empresa se plantee las medidas de mitigación que desarrollaría frente a situaciones de impacto negativo que podría tener el proyecto cuando se ejecuta. Sin embargo, no puede haber un estudio de impacto ambiental si no existe una línea de base bien hecha, si no hay una lectura bien clara de la realidad, porque es sobre esa realidad que se hace todo el trabajo. Pero en este proyecto lo que ocurre es lo siguiente: Se pueden usar —dice— líneas de base de otros proyectos, cuando cada proyecto tiene su naturaleza. Una cosa es una línea de base para un proyecto vial; otra cosa es una línea de base para un proyecto minero; otra cosa es una línea de base para una planta de tratamiento. O sea, las variables son diferentes, de acuerdo a la naturaleza que importaría al tipo de proyecto que podría estar afectando y de acuerdo al tipo de variables naturales que se dan dentro de un ambiente que el proyecto podría estar afectando. 161

Entonces, esa simplificación y ese razonamiento simplemente relajan totalmente el entendimiento de lo que implica un estudio de impacto ambiental. Aparentemente, se está haciendo un favor a muchas inversiones; y digo aparentemente, porque en realidad les están generando un cúmulo de problemas, ya que no estarían afrontando con responsabilidad y se estarían comprando un conjunto de problemas de orden ambiental y efectos ambientales. Hay que tener mucho cuidado con la importancia de las líneas de base. Tampoco se puede pensar que la línea de base va a ser por un periodo de cinco años, sin que dentro de esos cinco años pase absolutamente nada en la realidad. O sea, se puede estar utilizando una línea de base de hace cinco años, como si ninguna actividad humana hubiese existido en ese territorio. Ese supuesto es muy peligroso y puede traer serios conflictos inclusive para las propias empresas. ¿Creen que les están haciendo un favor a las empresas? No. Aquí el tema ambiental y el ver cómo se mejoran los estándares ambientales es un asunto de discusión y de aporte de todas las sociedades. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiempo adicional, congresista. El señor PARI CHOQUECOTA (GPDD).— Inclusive sectores empresariales modernos, sectores empresariales comprometidos con el desarrollo están preocupados por ver cómo mejoran sus estándares y sus parámetros; y aquí, simplemente, en el año de la COP20, nos preocupamos de relajar el tipo de lectura y la calidad de los estudios de impacto ambiental. Y ahora se habla de que en el periodo se va a llevar a cabo la participación ciudadana. Si van a estar utilizando la línea de base antigua, ¿qué participación ciudadana va a haber, si están utilizando ya algo hecho para un equis que es este proyecto? Hay que decir las cosas claras: este conceptito que han puesto de participación ciudadana, para ablandar un poco, no tiene sentido porque van a utilizar lecturas de otro tipo de proyectos o lecturas preestablecidos o lecturas de proyectos hasta no viables. Entonces, esto es de suma preocupación y hay que decirlo con claridad. Otro tema que hay que ver y que también es peligroso, y que aparece como aparentemente positivo, es la certificación ambiental integrada. Todo proceso económico, ambiental y social tiene relaciones de causalidad y de sucesión; y el no entendimiento de los elementos de causalidad, de los elementos naturales, hace que los veamos como algo que podríamos decir mecánico, que se pueden simplemente empaquetar sin considerar que un elemento es de causa y efecto. Una certificación conlleva la aprobación de otra certificación, siempre y cuando esté buena la primera. Ahí hay relaciones de mucho cuidado que hay que tener en cuenta. No se trata de hacer un simple empaquetamiento de orden administrativo. ‘Estas son las certificaciones, las empaqueto y las saco de un solo golpe’. No. Aquí hay una lógica de sucesión y una lógica de causalidad de uno y otro elemento. Integrar así no más es irresponsable. Creo que esto tiene que discutirse muy claramente y mirando técnicamente la materia a que se refiere. No es un asunto ligero... 162

El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiempo adicional, congresista. El señor PARI CHOQUECOTA (GPDD).— No es un tema de tramitología, sino de entendimiento técnico, de cómo se dan los procesos y de cómo se hacen los estudios de impacto ambiental, de cómo se entiende y se establece la lectura sobre la realidad y de cómo se manejan las variables con relación a ese tipo de lectura y qué tipo de variable se utiliza para equis y zeta proyectos. Entonces, eso hay que verlo con suma seriedad. Y con relación a la servidumbre, debo decir que aquí hay un desconocimiento de lo que significa la realidad altoandina, el comportamiento de las comunidades campesinas y las comunidades nativas. Aquí no nos preocupamos de la tramitología que existe frente a los comuneros, frente a la legalización, frente a la formalización de la propiedad de las comunidades campesinas. Eso no les interesa; y, como no les interesa, que sigan allí los comuneros sin establecer su propiedad con claridad. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiempo para terminar, congresista. El señor PARI CHOQUECOTA (GPDD).— No ha funcionado absolutamente nada, no ha funcionado todo lo que implica formalización de la propiedad. Si se hubiese trabajado en forma eficiente en la formalización de la propiedad, probablemente no estaríamos discutiendo estos temas y se podría conversar, y tendríamos claridad respecto a los términos de la propiedad. Pero el Estado no ha trabajado en la formalización de la propiedad, y no quiere asumir su responsabilidad a este respecto. Y lo que dice el congresista Nayap es totalmente cierto en cuanto a cómo se maneja la rotación de cultivos. Yo conozco, aunque no tanto como el colega, las comunidades amazónicas; pero sí conozco mejor las comunidades altoandinas, pastoriles y alpaqueras, que utilizan la rotación de canchas de pastoreo. Una cosa es que se pastoree en tiempos de lluvia y otra que se pastoree en tiempos de estiaje; hay movimientos en el manejo del territorio. Entonces, una declaración jurada simple que diga: ‘Aquí no hay ninguna comunidad pastoril, absolutamente nada’, y ya va a funcionar. No, pues, la cosa no es tan simple; ¿o es que nos queremos comprar conflictos sociales y muertes que queremos evitar en el país? El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiempo para culminar, congresista. El señor PARI CHOQUECOTA (GPDD).— ¿Queremos eso, señoras congresistas? ¿Queremos nuevamente otro Bagua? ¿Queremos nuevamente muertos? No. Tenemos que ver las cosas con responsabilidad, con mucha claridad. Queremos que haya inversión en el país, queremos que haya inversionistas con responsabilidad, queremos que haya inversionistas que asuman claramente los estándares ambientales con los que se trabaja en todos los lugares del mundo. Pero ahora lo que queremos es simplemente promover inversionistas irresponsables. Yo no quiero eso para mi país. Yo quiero para mi país inversionistas responsables, que miren 163

nuestro país con respeto, que miren con respeto nuestra cultura. Necesitamos inversionistas que respeten y vean con responsabilidad nuestro ambiente, nuestra cultura, nuestra posibilidad de desarrollo. Creo que así podemos trabajar firmemente. Pero para eso no hay que estar relajando los estándares ambientales. Hay que buscar cómo se manejan esos estándares ambientales con la lógica de los sistemas productivos que se dan ahí; cómo es la lectura, por ejemplo, del agua... El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiempo para concluir, congresista. El señor PARI CHOQUECOTA (GPDD).— No es solamente la lectura del agua en términos de cantidad y calidad; sino es el agua y cómo la entendemos dentro de la lógica de los procesos productivos. Eso, por ejemplo, no se incorpora en los estudios de los sistemas ambientales. Me hubiese gustado encontrar aquí cómo es que estamos mejorando los estándares, o como es que estamos dándole una mejor lectura a los problemas ambientales. Pero eso no existe. Se considera, simplemente, que este es un asunto meramente administrativo, cuando hay aquí elementos técnicos. Creo que eso hay que discutirlo y asumirlo con responsabilidad, invitando a gente especializada a un debate. Queremos avanzar, sí; pero queremos hacerlo con responsabilidad. Muchas gracias. —Reasume la presidencia la señora Ana María Solórzano Flores. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Belaunde Moreyra. El señor BELAUNDE MOREYRA (SN).— Señora Presidenta: Yo le recomendaría al Gobierno que retire su proyecto, porque este no es un proyecto sino un engendro de proyecto. Y lo digo exactamente por razones opuestas a las de mi distinguido colega Dammert Ego Aguirre: porque esto es un galimatías jurídico. No creo que haya mucha gente que lo entienda y menos sus presuntos autores nominales. Y digo autores nominales, y lo repito. Esto es un conjunto de medidas dispersas a las que se quiere dar organicidad legal, que tienen cualquier cantidad de defectos, y para muestra un botón. Sabemos que se dan servidumbres de torres de alta tensión con relativa frecuencia, y a veces servirán; servidumbres de ductos para construcciones eléctricas, menos mal, porque, si no, no tendríamos electricidad en la medida en que se sigue invirtiendo en el Perú en electricidad. En el artículo 18.°, numeral 1), dice: ‘El titular de un proyecto de inversión solicita a la autoridad sectorial competente la servidumbre sobre los terrenos eriazos de propiedad estatal (lo hubieran dejado ahí, pero luego dice), siempre que no estén ocupados por comunidades campesinas (este es un aviso para que ocupen esos terrenos eriazos de propiedad estatal) y nativas las que se regulan por la ley de la materia’. 164

Las comunidades nativas, como todos sabemos, están en la región de la amazonía, en la selva; y yo me hago la siguiente pregunta: ¿en la selva, en la amazonía, hay terrenos eriazos? El terreno eriazo está en la costa, el terreno eriazo está en la sierra, el terreno eriazo está en los cerros que tenemos aquí nomás. Hay un propietario de terrenos eriazos que nadie conoce, que tiene más de 30 mil hectáreas en la provincia de Lima, que es la comunidad campesina de Collanac, que no hace otra cosa que vender terrenos, el mismo terreno a más de una persona, como tuve oportunidad de ver en el Colegio de Abogados. Entonces, este es un aviso para que cuando haya una solicitud de expropiación, inmediatamente haya una ocupación; y esto va a ocurrir tanto en la costa como en la sierra y en la selva. El procedimiento procedimientos...

de

expropiación,

Título

V,

Medidas

de

simplificación

de

La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. El señor BELAUNDE MOREYRA (SN).— Presidenta, se dio bastante tiempo adicional al distinguido colega Pari; le pido que me dé el mismo tiempo, si tuviera la amabilidad. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Cómo no, congresista; tome su tiempo. El señor BELAUNDE MOREYRA (SN).— Bien. ¿Cuál es el defecto que tiene este proyecto? Puede que los técnicos del ministro Segura no se hayan dado cuenta; pero la propiedad es inviolable, y la expropiación es un procedimiento que se decide administrativamente pero se perfecciona judicialmente y, por algunos agregados que se han hecho después a la ley, mediante expropiación arbitral por tribunales arbitrales. Eso es lo que se hizo en el aeropuerto de Lima Callao. Aquí lo que se está consagrando con algunos plazos que se han prorrogado, es lo que se llama la expropiación administrativa. No se puede privar de la propiedad a nadie, ni menos de la posesión a nadie por medidas administrativas. La verdad, eso se hizo con la Reforma Agraria del dictador Juan Velasco Alvarado, que en paz descanse, y originó un cataclismo en el campo. Entonces, esto implica tantas cosas, tantas contradicciones, que yo le diría, señora Presidenta, para que lo transmita al Gobierno, que no insista en este proyecto, porque, tal como está redactado, no tiene sentido; razón por la cual votaré en contra. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Simon Munaro. 165

El señor SIMON MUNARO (PP).— Presidenta: Lo nuestro es una reflexión. Se legisla a veces de manera intelectual, académica, pero no en función de la realidad del país. Yo ya sufrí eso. Recuerdo, mal interpretado de repente, porque a veces las cosas políticas se vuelven más hepáticas que racionales, que el expresidente García escribió un artículo que produjo un terremoto: ‘Ni para mí ni para ti’, ‘No dejar hacer las cosas’ o ‘El perro del hortelano’, como quieran llamarlo. Eso produjo una situación bastante dramática, porque el mismo deseo que se tenía en ese gobierno se tiene en este gobierno, que es la promoción de las inversiones, exactamente. Todos los peruanos queremos promover las inversiones, pero a veces hay buena voluntad. Reitero, los académicos, los que viven en Lima, los que viven en la costa, no tienen el conocimiento del mundo andino ni del mundo nativo selvático. Recuerdo que cuando tuvimos la situación de Bagua, dialogamos con los hermanos nativos durante cuarenta días, y recibíamos presiones desde la Embajada americana; algunos —yo nunca lo supe— decían que de una vez terminen eso, porque estaban las carreteras tomadas. Todo el mundo pensaba que, con la presencia policial, esa situación se iba a acabar de la noche a la mañana. El Congreso de la República en aquel momento no tomó la decisión que tenía que tomar, y la cargaron al Ejecutivo; y vean el resultado: hasta ahora lo lamentamos. Pensamos en ese momento que esa iba a ser una lección para toda la vida; pero da la impresión de que no queremos aprender. Ciertamente, cuando se pregunta si toda la amazonía le pertenece a un grupo minoritario de peruanos, la respuesta lógica sería: no. Pero la respuesta lógica es que hay derechos y que no hemos sabido trabajar cómo aprovechar para poder meternos en esas otras nacionalidades. Respecto a este proyecto hay dos dificultades. Otra vez se habla del uso compartido de las líneas base de los estudios de impacto ambiental, y ese es un problema real porque implica, como ya se dijo, que, de haber más de un proyecto de inversión en una misma zona… La señora Presidenta (Ana María Solórzano).— Tiempo adicional, congresista. El señor SIMON MUNARO (PP).— … por la entidad ambiental correspondiente, sin necesitar una nueva autorización. Es decir, se afecta de esa manera la posibilidad de medir los impactos acumulativos de los proyectos en una misma zona. Hay que establecer mayores condicionamientos a este uso compartido, a fin de que su dimensión nos dé los verdaderos impactos ambientales. Ahí falta reforzar. Pero lo más grave de este proyecto de ley es que crea el procedimiento para agilizar el otorgamiento de servidumbres sobre terrenos eriazos de propiedad estatal y de expropiaciones para proyectos de inversión pública o de asociaciones público privadas en materia de infraestructura. 166

¿Por qué es riesgoso? Por la generalidad de las normas contenidas; porque esas inversiones pueden desconocer los derechos consagrados en la legislación nacional e internacional… La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. El señor SIMON MUNARO (PP).— … comunidades campesinas y mil 469 comunidades nativas en todo el país, dado que el 72,9% de ellas —cinco mil 483 en total— no tienen forma de acreditar su propiedad; y ahí viene el problema de fondo. El Estado, el Gobierno peruano, los intelectuales, los asesores tienen que ver primero cómo resuelven ese problema para evitar que otra vez —por Dios, se lo digo, Presidenta, yo lo he sufrido, y lo he sufrido feo— inocentes paguen por culpables. Los campesinos y los pueblos nativos, por más que desde el Congreso y el Ejecutivo aprueben esta ley, no van a permitir que eso suceda; y si hay un muerto, ya estamos todos pagando la culpa. Entonces, esto tiene que corregirse. Le invoco al presidente de la Comisión que nos demoremos un poco más, pero busquemos las salidas. No aprobemos una ley de la que después vamos a lamentarnos todos. Y no se resuelve nada golpeándose el pecho. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Mendoza Frisch. La señora MENDOZA FRISCH (AP-FA).— Gracias, congresista Simon. Presidenta, solamente quiero recordar, como habíamos señalado en el Pleno pasado, que ese proyecto de ley, que en buena medida versa sobre temas ambientales y afecta derechos de pueblos indígenas, debió haber sido visto en la comisión competente, es decir, la de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología; pero no fue así. Se apresuró el paso, se trajo este proyecto directamente aquí al Pleno con el visto rápido de la Comisión de Economía, y ahora vemos lo que está pasando. Y quiero recordar también que, por ello, planteamos en el Pleno pasado una cuestión previa para que este proyecto de ley sea debatido más exhaustivamente en esa Comisión de Pueblos Andinos, no con el ánimo de bloquear todo el proceso, sino de traer aquí al Pleno un proyecto de ley que realmente fortalezca y modernice la gestión ambiental y que, además, garantice los derechos de los pueblos indígenas. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Con permiso del orador, tiene la segunda interrupción el congresista Cárdenas Cerrón. El señor CÁRDENAS CERRÓN (NGP).— Presidenta, quisiéramos hacer una aclaración sobre el uso de servidumbres. En lo que se refiere al artículo 18.°, es una aclaración que está orientada, justamente, al Decreto Supremo 054-2013-PCM, donde se establecen los requisitos. Creo que hay una confusión por parte de los colegas porque, en realidad, no se van a afectar los terrenos de las comunidades campesinas ni mucho menos los de las comunidades nativas; incluso se hace la excepción, que dice lo siguiente: ‘Siempre que no estén ocupados por 167

comunidades campesinas y nativas’. No entendemos; se están excluyendo, así estén inscritas o no estén inscritas. Entonces, ese es uno de los aspectos que quisiéramos que consideren los colegas, porque lo que se pretende es dinamizar la economía de nuestro país, buscar que se reduzcan los procedimientos administrativos y hacer que el Estado sea más eficiente en los procedimientos para la obtención de las autorizaciones y licencias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúe, congresista Simon Munaro. El señor SIMON MUNARO (PP).— Presidenta, creo en la buena fe del colega, no tengo ninguna duda de que hay buena intención; pero hay que considerar que el 82% de las tierras no están tituladas. ¿Quién garantiza que no van a ser expropiadas porque no tienen título? Si hoy el Gobierno o el ministro de Economía invierte para que se titulen todas las tierras, yo podría asegurar que este proyecto sale. Pero si eso no se da, ¿quién nos garantiza que no se aprovechen las grandes empresas o los que siempre hacen negocios? Reitero: no tengo ninguna duda de su buena fe; pero este es un proyecto que va a producir muchísimos problemas. No sé si está aquí el congresista Isla u otros congresistas que recordarán, porque fueron parte de la investigación sobre lo sucedido en Bagua; pero hay aún un grupo de congresistas nacionalistas que estuvieron en el periodo anterior y dijeron exactamente lo mismo defendiendo esta causa. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluya, congresista. El señor SIMON MUNARO (PP).— Presidenta, nadie trata de bloquear algo en lo cual todos creemos: que hay necesidad de inversión, porque sin inversión no hay desarrollo. Todos somos conscientes de eso, pero hay que hacer las cosas bien. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Hurtado Zamudio. El señor HURTADO ZAMUDIO interrupciones.

(GPFP).—

Señora Presidenta, me piden dos

La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la primera interrupción el congresista Cárdenas Cerrón. El señor CÁRDENAS CERRÓN (NGP).— Presidenta, es cierto que en el Estado existen barreras burocráticas, administrativas y legales, pero aquí en el Congreso existe una barrera de comunicación respecto a la buena fe. En el artículo 19.2 se dice lo siguiente: La entrega provisional a cargo de la SBN procede respecto de terrenos eriazos, siempre que no estén ocupados por comunidades campesinas ni nativas las que se regulan por la ley de la materia, que sean terrenos inscritos o no. 168

Entonces, es importante que podamos eliminar esas barreras de comunicación e interpretar la norma de acuerdo al objetivo que tiene, justamente, de dinamizar la economía. Pero, respecto a una opinión de nuestro colega el congresista Pariona, en el sentido de que la autoridad forestal competente cambie su denominación por autoridad nacional, eso no podría ser porque estamos viendo que, en este caso, el Serfor, que es una autoridad competente, da autorizaciones a nivel nacional... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la segunda interrupción el congresista Pariona Galindo. El señor PARIONA GALINDO (GPFP).— Gracias, congresista Hurtado. Presidenta, quiero señalar mi preocupación porque estamos hablando de todo como si ya fuese a empezar a funcionar esta norma. Sin embargo, ni siquiera hemos considerado un presupuesto para que funcione Senace. Senace tiene 13 millones actualmente, y se han aprobado en la Ley de Presupuesto 16 millones. ¿Con tres millones creen que va funcionar Senace? Toda esta norma no va funcionar, estamos hablando demás. Cuando se habla, en el artículo 11., sobre el Procedimiento para la Certificación Ambiental Integrada, igual. Ahí estamos encargando supuestamente a las instituciones que tienen que opinar; y cuando ninguna de ellas opine, lo que va a hacer Senace, en un plazo de diez días, en todo caso, es un informe. ¿Qué va a hacer, en realidad, en diez días? O sea, un funcionario se va al monte a realizar un trabajo en diez días, hasta que regrese y hace todo un informe... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Puede iniciar su intervención, congresista Hurtado Zamudio. El señor HURTADO ZAMUDIO (GPFP).— Señora Presidenta: Uno de los problemas serios, cuando damos cualquier ley, es el de la supervisión de las cosas que hacemos. Se dice ‘hecha la ley, hecha la trampa’, generalmente la gente va buscar cómo le saca la vuelta a la ley que se ha dado. En este caso, hay unas disposiciones complementarias modificatorias, y me refiero a la novena, que dice: ‘Autorícese al Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) a contratar empresas supervisoras para el ejercicio de funciones específicas de supervisión’. Lo primero que está mal acá es que si este es el organismo supervisor de la inversión privada, ¿por qué va tener que contratar a otras empresas supervisoras? O sea, va tercerizar esa tarea. Es como si el Congreso de la República, que hace leyes, dijese: ‘Bueno, vamos a tercerizar el hacer la ley nosotros contratando a una empresa para que haga las leyes que nosotros deberíamos hacer’; o que la Sunat dijese: ‘Bueno, voy a tercerizar el pedir los impuestos al pueblo peruano’. 169

Es absurdo que una institución que tiene que supervisar deba contratar a empresas supervisoras. Es lo que se ha puesto en la novena disposición complementaria modificatoria, y es un riesgo en lo que se refiere a la supervisión de las cosas que hacemos. En la Comisión sobre Áncash hemos visto, como regla general, que los elementos supervisores o fiscalizadores no han hecho su trabajo, y por eso hemos tenido tantos problemas en ese lugar, ¿y ahora vamos a permitir que aquí se dé una tercerización para perder lo que deberíamos ganar? Por otro lado, hay un riesgo en mover el secreto de la información. No se puede entregar la información así nomás. Habría, pues, un problema bastante serio. Por todas estas razones, creo que esta novena disposición complementaria modificatoria tiene que desaparecer o redactarse de otra manera, porque lo que establece no es posible. Esta es una de las tantas razones que nos hacen ver que este proyecto de ley tiene deficiencias que ya algunos colegas han señalado. Parece un galimatías que han hecho por aquí y por allá; y no tiene una estructura, una sistematización, que pueda ayudarnos en las decisiones de país. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Guevara Amasifuen. El señor GUEVARA AMASIFUEN (AP-FA).— Presidenta: Este proyecto de ley tiene muchas aristas, ya que tiene que ver con el CIRA, con varios términos referidos, sobre todo, al fomento de la inversión. En anterior oportunidad, cuando se debatió, intervine sobre otros demás temas; pero ahora me voy a dedicar a analizar la disposición novena, y quizá voy a decir todo lo contrario de lo que se ha escuchado hasta este momento. En el desarrollo de las telecomunicaciones existe el término stakeholders, es decir, diversos grupos de interés que buscan el desarrollo del sector. En ese grupo de interés encontramos a los proveedores de tecnología; a los operadores públicos, como Telefónica, Claro, Bitel y otras empresas. Por otro lado, encontramos al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que da las concesiones. Pero también están los consumidores, y algo muy importante: el órgano regulador. Creo que acá se está teniendo una equivocada opinión cuando se pretende hablar de lo que es la tercerización o la supervisión. Si nosotros analizamos, en todas las adjudicaciones del Estado vamos a encontrar a dos empresas: por un lado, a la constructora, y por otro lado, a la supervisora. El Estado no está en capacidad…

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Como siempre, inoportuno el congresista Daniel Abugattás, que me corta la viada. Presidenta, me pide una interrupción el colega, si usted lo tiene a bien; pero no lo voy a disculpar porque me ha cortado en esta forma. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Abugattás Majluf. El señor ABUGATTÁS MAJLUF (NGP).— Muchas gracias, congresista Guevara, con las disculpas del caso. Señora Presidenta, simplemente, con referencia a mi primera intervención, hay una solución al problema de la capacitación, y no está en modificar el artículo 23.° cuya modificación se propone en la disposición complementaria modificatoria sétima. Más bien, me permito hacer la propuesta que voy a alcanzar al presidente de la Comisión, sobre el artículo 37.° del Decreto Legislativo 1120, que no es lo suficientemente claro respecto a las deducciones de la renta neta que corresponden, porque no dice literalmente ‘capacitación y entrenamiento’. En esa propuesta, al artículo 37.°, que dice qué puede hacer la empresa en lo referente a capacitación, estamos incorporando, literalmente, capacitación y entrenamiento; y con eso se acaba el problema. Las empresas podrán invertir en capacitar a su personal. Quería dejar constancia de estas palabras para que queden en el récord, y le entrego la propuesta al presidente de la Comisión. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúe, congresista Guevara Amasifuen. El señor GUEVARA AMASIFUEN (AP-FA).— Presidenta, el congresista Cárdenas, me pide otra interrupción; espero que diga algo bueno. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— La segunda interrupción es para el congresista Cárdenas Cerrón. El señor CÁRDENAS CERRÓN (NGP).— Gracias. Voy a decir algo bueno. Para determinar el producto bruto interno de nuestro país, tenemos que conocer algunas variables: el consumo, la inversión y el gasto público. En lo que se refiere a la inversión, los que realizan este procedimiento son las empresas; y es importante que se tenga en consideración que se debe eliminar pasos y procedimientos para que ellas puedan obtener estas autorizaciones y licencias. Las empresas mineras se demoran cuatro años para obtener las licencias; pero acá reclamamos por qué el canon no llega, por qué se redujo. Entonces, es importante dar 171

facilidades a las organizaciones, en este caso privadas, para que puedan invertir en nuestro país. Por lo tanto, el objetivo de esta norma es reducir tiempos, no requisitos. Se pueden paralelamente solicitar autorizaciones al Ministerio de Agricultura, al Ministerio de Cultura, al Ministerio de Energía y Minas. No se está eliminando ningún requisito. Lo que se busca es eficiencia en el trabajo. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúe, congresista Guevara Amasifuen. El señor GUEVARA AMASIFUEN (AP-FA).— Decía que en las adjudicaciones del Estado encontramos a dos partes: a la constructora y a la supervisora. Eso ocurre en todos los procesos. Por ejemplo, si se construye en la región Cajamarca un hospital, el Estado o el Gobierno, por un lado, adjudica al que va construir el hospital, y, por otro lado, contrata al supervisor de la constructora. Por lo tanto, no es ninguna novedad que estemos hablando acá de la supervisión. Y, en lo que se refiere específicamente a las telecomunicaciones, es bueno que se sepa que en esa cadena primaria de valor, establecida a través de las habilidades esenciales, vamos a encontrar diversas actividades: en primer lugar, la supervisión; luego, la fiscalización, y, finalmente, la penalización. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. El señor GUEVARA AMASIFUEN (AP-FA).— En este proceso, lo que se está proponiendo es que solamente se tercerice la supervisión, que no es una habilidad esencial. Mi colega Jesús Hurtado, con el aprecio que le tengo, ha puesto como ejemplo al Congreso, cuya función es hacer leyes. Eso sí no se puede tercerizar, porque es parte de la cadena de valor y de las habilidades esenciales que son intrínsecas al Congreso de la República. En este caso, la supervisión sí puede ser tercerizada. Por otro lado, cuando se habla del secreto de las telecomunicaciones, ¿qué hace la supervisión? Lo que hace es, por ejemplo, ir a las regiones más alejadas para ver cómo está la calidad del servicio, a través de unos SIM que tiene cada teléfono, y ver si hay cobertura, si hay servicio. Y ahí se levantan las actas, y esas actas van a OSIPTEL, que las procesa de manera informática, y luego delibera si es necesario castigar, fiscalizar o penalizar. Eso lo hace para recoger la información; es decir, no estamos violando el secreto de las telecomunicaciones, no estamos haciendo lo que significaría una intrusión, es decir, meternos a la señal en sí para ver qué está pasando en las telecomunicaciones. Por lo tanto, creo que debemos poner en contexto lo que realmente viene ocurriendo ahí, para no distraernos y no generarnos toda una desinformación. No se está violando el secreto de las telecomunicaciones; y la supervisión —que es outsourcing—, que se sustenta fundamentalmente en aquellas actividades que no son primarias, que no son parte de las habilidades esenciales, sí se puede tercerizar.

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Les recuerdo que en la administración pública, por cuestión de recursos y de alcance, ya se está tercerizando. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Culmine, congresista. El señor GUEVARA AMASIFUEN (AP-FA).— Lo que sí creo es que ya es tiempo, y hago una invocación al señor ministro de Transportes y Telecomunicaciones, de que aprobemos la nueva Ley General de Telecomunicaciones; y también es importante que dicho Ministerio expida el reglamento de la ley sobre la competencia de telefonía móvil que aquí aprobamos. Son dos grandes desafíos; y, por supuesto, el tercero es el fortalecimiento de OSIPTEL. Acá no interesan las personas, sino las instituciones; e interesa desarrollar el sector de las telecomunicaciones con el claro objetivo de consolidar lo que deberíamos llamar la inclusión digital. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— No habiendo más congresistas inscritos en el rol de oradores, tiene la palabra el presidente de la Comisión de Economía, congresista Huaire Chuiquichaico. El señor HUAIRE CHUQUICHAICO (PP).— Presidenta, después de haber escuchado a los colegas, considero que este asunto debe pasar a un cuarto intermedio. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— A solicitud del presidente de la Comisión, se abre, al respecto, un cuarto intermedio. Se aprueba en primera votación el texto sustitutorio, contenido en el dictamen de la Comisión de Vivienda y Construcción, por el cual se declara en emergencia y de necesidad pública la reubicación de la población de la zona baja del distrito de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto; y a continuación se acuerda exonerar de segunda votación a la precitada fórmula legal La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— El siguiente punto. El RELATOR da lectura: Dictamen por unanimidad de la Comisión de Vivienda y Construcción, con un texto sustitutorio del Proyecto de Ley 3943/2014-PE, por el cual se propone declarar en emergencia y de necesidad pública la reubicación de la población de la zona baja del distrito de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto.(*) La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se va a iniciar la sustentación del dictamen por unanimidad de la Comisión de Vivienda, recaído en el Proyecto de Ley 3943, enviado por el Poder Ejecutivo con carácter de urgencia, por el que se propone declarar en emergencia y de necesidad pública la reubicación de la población de la zona baja del distrito de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto.

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La Junta de Portavoces, con fecha 4 de diciembre de 2014, acordó la exoneración del plazo de publicación del dictamen en el Portal del Congreso y la ampliación de la agenda. Tiene la palabra el presidente de la Comisión de Vivienda, congresista Lescano Ancieta. El señor LESCANO ANCIETA (AP-FA).— Presidenta: Traigo al Pleno del Congreso el Proyecto de Ley 3943, traducido en el dictamen correspondiente, presentado por el Poder Ejecutivo, que propone declarar en emergencia y de necesidad pública la reubicación de la población de la zona baja de Belén afectada por las constantes inundaciones producidas por el río Itaya, en el departamento de Loreto. La Comisión de Vivienda, por unanimidad, ha aprobado el dictamen de este proyecto de ley, considerando que miles de familias que viven en la parte baja de Belén, sobre el río Itaya, están manteniéndose en sus viviendas en condiciones infrahumanas, ya que carecen de agua y desagüe, y los niños están viviendo entre la basura. Son condiciones difíciles de vida y, consecuentemente, es necesaria la reubicación de esas miles de personas que viven en esa zona de la ciudad de Iquitos. Lo que se está proponiendo es la construcción, digamos así, de toda una ciudadela para más de mil 200 familias. Cada una de ellas va a ser trasladada a un módulo básico — que se va a construir— y un área por construir, donde van a tener una vivienda digna, en condiciones suficientes para permitirles una vida digna. Estas viviendas van a ser entregadas gratuitamente a esas familias, porque son de bajísimos recursos económicos. Hay niños enfermos, con parásitos, y no se puede permitir que vivan de esa manera. Consecuentemente, con una inversión millonaria se va a construir, en una superficie de 649 kilómetros cuadrados, la nueva ciudad de Belén; y se va a construir, tal como se ha establecido en la Ley de Presupuesto, el mercado, porque alrededor de la zona baja de Belén funciona un mercado. Así que el mercado también lo van a reubicar, a los efectos de que los comerciantes no se perjudiquen. Finalmente, para que pueda mantenerse libre esa parte del río Ytaya, evitando que pueda ser invadida nuevamente quizá por otros pobladores que necesitan vivienda, se va a construir un malecón turístico; todo eso con inversión del Estado, sin costo alguno para los pobladores. Se va a entregar las viviendas a cada una de esas familias para que puedan vivir dignamente. Esa es la propuesta que traemos. Es importantísimo que este proyecto se apruebe por unanimidad por el Pleno, puesto que vamos a ayudar a miles de personas en Iquitos que en estos momentos se encuentran viviendo en condiciones infrahumanas. Pido, pues, la aprobación de este proyecto por unanimidad, que esto sí es inclusión social. Esas personas no tienen para pagar una vivienda; los niños no pueden jugar pelota ni vivir dignamente porque no pueden hacerlo dentro del agua, lleno de basura, donde llegan los desagües. No tienen absolutamente nada. 174

Este es un importante proyecto que hay que aprobar hoy, para hacer justicia a esos miles de pobladores que están esperando una vivienda digna donde puedan vivir con sus familias. Por lo tanto, pido que se apruebe este proyecto, con las sugerencias que puedan surgir en el debate, que creo que no va a ser extenso; porque esta es una propuesta que sí hace justicia con la población de Iquitos y con el departamento de Loreto. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluida la sustentación, se da inicio al debate. Siendo este un dictamen por unanimidad, puede intervenir un parlamentario por cada bancada. Tiene la palabra la congresista Chávez Cossío. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— Presidenta: Si fuéramos tan efusivos como el congresista que preside la Comisión de Vivienda, pediríamos que venga aquí el ministro del ramo para poder pronunciarnos al respecto. Cuando hay propósito de dilatar con otros intereses, ahora se pide que se apruebe rápido. Me gustaría saber qué opiniones se han solicitado y qué opiniones se han obtenido. Por lo menos, acá en el dictamen no aparece ninguna opinión que se haya obtenido. Aparecen algunas opiniones de la municipalidad provincial. Pero de ministerios, nada. Este es un proyecto del Poder Ejecutivo, y por ahí podría esperarse que haya un ministro que no esté de acuerdo. Tengo una duda en relación con este proyecto: si bien existen opiniones de la municipalidad provincial de Maynas, del gobierno regional de Loreto, de la municipalidad distrital de Belén, y párese de contar, la Constitución establece que corresponde a los gobiernos locales, entre otras competencias, planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, etcétera. ¿Qué implica esta iniciativa del Poder Ejecutivo? ¿Implica sustituir lo que debe ser la decisión del gobierno regional de Loreto y de los gobiernos locales que están involucrados? La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— Me gustaría que se pueda ahondar aún más en esto. No voy a pedir que venga el ministro porque, evidentemente, eso es dilatorio y no está dentro de mi conducta, como hacen otros congresistas, recurrir a maniobras dilatorias. A mí me gusta entrar de frente, con los fundamentos de las cosas; y por eso solicito que se me pueda aclarar por qué la municipalidad distrital de Belén, la

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municipalidad provincial de Maynas y el propio gobierno regional de Loreto no llevan adelante este acondicionamiento territorial y estas obras. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se ofrece la palabra. No habiendo otro orador más, tiene la palabra el presidente de la Comisión, congresista Lescano Ancieta. El señor LESCANO ANCIETA (AP-FA).— Señora Presidenta, vamos a despejar las dudas de la congresista Chávez. Este es un caso de emergencia, y la municipalidad de Maynas y el gobierno regional de Loreto no están en capacidad económica para afrontar la construcción de todo este complejo de viviendas para los pobladores de esa zona de Belén. Les recuerdo que ya tenemos un antecedente con el traslado de la ciudad de Cerro de Pasco. Esta obra va a ser licitada, no se entregará a dedo a la empresa que va a construir. Se tiene que licitar por la emergencia en que se encuentran esas familias, que están viviendo en condiciones infrahumanas. Repito, ya ha ocurrido la intervención del Gobierno Central en otros casos, como fue el traslado de la ciudad de Cerro de Pasco. No sé si he respondido a las inquietudes de la congresista Chávez. Pero este es un buen proyecto, aquí hay inclusión social, se hace justicia, no hay discusión de competencias en materia laboral y de una serie de cosas que a veces son discutibles. Aquí hay un beneficio para miles de ciudadanos que están esperando una vivienda digna. Señora Presidenta, le pido que este proyecto se ponga al voto. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Los señores congresistas se servirán registrar su asistencia para proceder a votar. —Los señores congresistas registran su asistencia mediante el sistema digital para verificar el quórum. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Han registrado su asistencia 71 congresistas. Al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se aprueba en primera votación, por 68 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, el texto sustitutorio del proyecto de Ley que declara en emergencia y de necesidad pública la reubicación de la población de la zona baja del distrito de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto.

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La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se deja constancia del voto a favor de la Presidencia y de los congresistas Zamudio Briceño, Simon Munaro, Capuñay Quispe y Pariona Galindo. Ha sido aprobado en primera votación el texto sustitutorio del Proyecto de Ley 3943. —El texto aprobado es el siguiente: “EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA EN EMERGENCIA Y DE NECESIDAD PÚBLICA LA REUBICACIÓN DE LA POBLACIÓN DE LA ZONA BAJA DEL DISTRITO DE BELÉN, PROVINCIA DE MAYNAS, DEPARTAMENTO DE LORETO Artículo 1. Declaración de emergencia y de necesidad pública Declárase en emergencia y de necesidad pública la reubicación de la población de la Zona Baja del distrito de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto, por ser zona de constantes inundaciones producidas por el río Itaya, inhabitable y de peligro inminente para la salud y la vida de su población. La Zona Baja sujeta a reubicación por efecto de la presente Ley será delimitada mediante resolución ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 2. Zona de acogida 2.1 Reubícase a la población afectada de la Zona Baja de Belén, distrito de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto, en los predios de propiedad de entidades del Estado que identifique el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, como zona de acogida, con aptitud para habilitación urbana con fines de vivienda. 2.2 El proceso de reubicación está a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y solo se ejecutará cuando se hayan realizado las acciones de habilitación urbana en la zona de acogida. Artículo 3. Colaboración entre entidades Para realizar el proceso de reubicación el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento puede solicitar la colaboración, según sus competencias institucionales, de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri), la Municipalidad Provincial de Maynas, la Municipalidad Distrital de Belén y otras entidades que se estime pertinente. Artículo 4. Transferencia de los predios de propiedad del Estado 4.1 La reubicación a que se refiere el artículo 2 de la presente Ley se efectúa en predios de propiedad de entidades del Estado identificados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con aptitud para habilitación urbana con fines de vivienda, para lo cual las entidades públicas del Estado propietarias de dichos predios realizan la 177

transferencia de los mismos, a título oneroso, a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. 4.2 El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento efectuará el pago de los predios transferidos a su favor, a valor comercial, de acuerdo a la tasación que realice la Dirección de Construcción del citado Ministerio. Alternativamente, las partes pueden acordar una permuta predial de acuerdo a las disposiciones de la Ley 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, y su reglamento, para lo cual la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales queda facultada a efectuar la transferencia de predios que sean necesarios para dicha permuta, así como para realizar las acciones de saneamiento físico-legal que correspondan respecto a los predios que serán transferidos en virtud de la presente Ley. Artículo 5. Reubicación, habilitación urbana y adjudicación de lotes a favor de los beneficiarios El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento efectuará todas las acciones que sean necesarias para habilitar urbanísticamente los predios en donde se ejecutará la reubicación de la población de la Zona Baja de Belén, dotándolos de servicios básicos, para luego, bajo los procedimientos correspondientes a los programas de vivienda que resulten aplicables, adjudicar un lote de vivienda o de equipamiento urbano sólo a favor de los propietarios o poseedores de la referida Zona, registrados o empadronados por Cofopri; a quienes, para la construcción de sus viviendas en la nueva habilitación urbana, se les considerará beneficiarios del Bono Familiar Habitacional de Emergencia para la Zona Baja de Belén, a que se refiere el artículo 10 de la Ley 30191, Ley que establece medidas para la prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre. Artículo 6. Zona Baja de Belén 6.1 En la Zona Baja de Belén, zona desocupada como consecuencia de la reubicación dispuesta en el artículo 2 de la presente Ley, se realizarán las acciones dispuestas por el artículo 19 de la Ley 29869, Ley de reasentamiento poblacional para zonas de muy alto riesgo no mitigable. La zona desocupada será delimitada conforme a lo previsto en el artículo 1 de la presente Ley, y, su declaración como inhabitable y de dominio público se realizará mediante resolución de la SBN, quedando a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento implementar las acciones necesarias para su protección ambiental y ecológica y las que correspondan conforme a la normativa de bienes estatales, de acuerdo al planeamiento integral que elabore el referido Ministerio, en coordinación con la Municipalidad Provincial de Maynas, la que actualizará el Plan de Desarrollo Urbano respectivo. 6.2 La presente Ley constituye título suficiente para la inscripción registral del dominio público conforme a lo antes dispuesto, pudiéndose expedir resoluciones administrativas que resulten necesarias para dicho propósito. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Aplicación supletoria 178

En todo lo no previsto en la presente Ley, son de aplicación supletoria las disposiciones de la Ley 29869, Ley de reasentamiento poblacional para zonas de muy alto riesgo no mitigable y sus normas reglamentarias, atendiendo a la naturaleza de los actos y objetivos que propone la presente Ley, salvo lo dispuesto en los artículos 10, 11, 13, 16 y 18 de la referida Ley. SEGUNDA. Disposiciones normativas complementarias Facúltase al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a emitir, mediante resolución ministerial, las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la mejor aplicación de la presente Ley. TERCERA. Participación y responsabilidades de otras entidades El Gobierno Regional de Loreto, los gobiernos locales involucrados, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), los ministerios de Agricultura y Riego, del Ambiente, de Energía y Minas, de Salud, de Transportes y Comunicaciones, de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y las demás instituciones y organismos del Estado involucrados, ejecutarán las acciones necesarias para contribuir con la implementación de la presente Ley. CUARTA. Financiamiento Los gastos que irrogue la aplicación de la presente Ley se ejecutarán con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades respectivas, según su ámbito de competencia, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Comuníquese, etc.” “Primera votación del texto sustitutorio del proyecto 3943 Señores congresistas que votaron a favor: Acha Romaní, Aguinaga Recuenco, Alcorta Suero, Angulo Álvarez, Apaza Ordóñez, Becerril Rodríguez, Bedoya de Vivanco, Belaunde Moreyra, Benítez Rivas, Cabrera Ganoza, Canches Guzmán, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Chávez Cossío, Coa Aguilar, Coari Mamani, Condori Cusi, Cordero Jon Tay, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, Dammert Ego Aguirre, Díaz Dios, Eguren Neuenschwander, Fujimori Higuchi, Galarreta Velarde, Gastañadui Ramírez, Grandez Saldaña, Guevara Amasifuen, Gutiérrez Cóndor, Huaire Chuquichaico, Hurtado Zamudio, Inga Vásquez, Isla Rojas, León Romero, Lescano Ancieta, Lewis del Alcázar, Llatas Altamirano, López Córdova, Medina Ortiz, Mendoza Frisch, Merino de Lama, Molina Martínez, Mulder Bedoya, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Núñez de Acuña, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pérez del Solar Cuculiza, Portugal Catacora, Reynaga Soto, Ruiz Loayza, Saavedra Vela, Salazar Miranda, Salgado Rubianes, Schaefer Cuculiza, Tait Villacorta, Tan de Inafuko, Tapia Bernal, Tejada Galindo, Tubino Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Valencia Quiroz, Valle Ramírez, Valqui Matos, Velásquez Quesquén, Yovera Flores y Zerillo Bazalar.” La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Lescano Ancieta. 179

El señor LESCANO ANCIETA (AP-FA).— Señora Presidenta, este es un proyecto de emergencia para dotar de viviendas a gente humilde, gente honesta con la que siempre hemos trabajado; y sabemos que en los momentos difíciles vamos a poner más esfuerzo para trabajar mejor por los pobres. De manera que pido que se exonere de segunda votación este proyecto de ley. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Con la misma asistencia, se va a votar la exoneración de segunda votación solicitada. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se acuerda, por 59 votos a favor, uno en contra y seis abstenciones, exonerar de segunda votación el texto sustitutorio del proyecto de Ley que declara en emergencia y de necesidad púbica la reubicación de la población de la zona baja del distrito de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se deja constancia del voto a favor de la Presidencia y de los congresistas Pariona Galindo, Capuñay Quispe, Núñez de Acuña, Simon Munaro y Gutiérrez Cóndor. Ha sido exonerado de segunda votación el texto sustitutorio del Proyecto de Ley 3943. “Votación de la exoneración de segunda votación del texto sustitutorio del Proyecto 3943 Señores congresistas que votaron a favor: Acha Romaní, Aguinaga Recuenco, Alcorta Suero, Angulo Álvarez, Apaza Ordóñez, Bedoya de Vivanco, Belaunde Moreyra, Benítez Rivas, Cabrera Ganoza, Canches Guzmán, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Coa Aguilar, Coari Mamani, Condori Cusi, Cordero Jon Tay, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, Dammert Ego Aguirre, Díaz Dios, Eguren Neuenschwander, Fujimori Higuchi, Galarreta Velarde, Gastañadui Ramírez, Grandez Saldaña, Guevara Amasifuen, Huaire Chuquichaico, Inga Vásquez, Isla Rojas, León Romero, Lescano Ancieta, Lewis del Alcázar, Llatas Altamirano, Mendoza Frisch, Merino de Lama, Molina Martínez, Mulder Bedoya, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pérez del Solar Cuculiza, Portugal Catacora, Reynaga Soto, Ruiz Loayza, Saavedra Vela, Salgado Rubianes, Schaefer Cuculiza, Tait Villacorta, Tan de Inafuko, Tejada Galindo, Urquizo Maggia, Valencia Quiroz, Valle Ramírez, Valqui Matos, Velásquez Quesquén, Yovera Flores, Zamudio Briceño y Zerillo Bazalar. Señor congresista que votó en contra: Tapia Bernal. Señores congresistas que se abstuvieron: Becerril Rodríguez, Chávez Cossío, López Córdova, Medina Ortiz, Salazar Miranda y Tubino Arias Schreiber.” Se aprueba en primera votación el nuevo texto sustitutorio, presentado por el presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, en virtud del cual se modifican diversos artículos del Código Civil; y la Presidencia indica que, de conformidad con el artículo 78 del Reglamento, se procedería a la segunda votación de dicha fórmula trascurridos que fueran siete días calendario 180

La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— El siguiente punto. El RELATOR da lectura: Dictamen por unanimidad de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con un texto sustitutorio del Proyecto de Ley 582/2011-CR, por el que se propone modificar diversos artículos del Código Civil.(*) La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúa el debate del Proyecto de Ley 582, por el que se propone modificar diversos artículos del Código Civil, conforme al nuevo texto presentado el 6 de noviembre de 2014, a las 19 horas y 9 minutos, por el presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. La Comisión dictaminadora ha presentado un nuevo texto sustitutorio hoy, a las 19 horas y 52 minutos, que ha sido distribuido. Tiene la palabra al presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, congresista Eguren Neuenschwander. El señor EGUREN NEUENSCHWANDER (PPC-APP).— Presidenta: Efectivamente, es la cuarta vez, me parece, que enfrentamos este importante dictamen, que el día de hoy pueda ser aprobado, por lo menos en primera votación. Ante el número de artículos que se modifican, es importante perseverar en una segunda votación más adelante; no hoy, porque no vamos a pedir la exoneración de segunda votación. En segundo lugar, se ha incorporado una serie de modificaciones que tienen como origen los aportes de los señores parlamentarios hechos en los anteriores debates. Se ha trabajado de manera paralela en corrección de estilo y técnica legislativa, a través del Departamento de Comisiones del Congreso. Se ha recurrido también a la Dirección General Parlamentaria; se han recogido aportes de la Sunarp, como órgano especializado en la materia que se está modificando en el Código Civil; y se ha entrado a una sistematización y concordancia, para lo cual los señores parlamentarios van a poder ver en las disposiciones complementarias algunas modificaciones importantes. Una de ellas es una vacatio de 180 días. Una segunda, que deberá publicarse una separata oficial en El Peruano. Una tercera, que se tendrá que dar más adelante un texto único ordenado, facultando al Poder Ejecutivo para hacer las precisiones, ya que al ser el Código un instrumento normativo integral, cuando se modifica en uno de sus extremos ello tiene repercusiones en algunos otros. Voy a hacer una referencia rápida a los agregados. En el artículo 17, es básicamente una cuestión de técnica legislativa; en el artículo 150, la última parte, ‘salvo pacto en contrario’, que fue una propuesta del congresista Belaunde; en el artículo 153 se recogió la preocupación del congresista Mulder, de la congresista Salgado, de la congresista Chávez y del propio congresista Belaunde; en el artículo 329 se han ampliado las causales de sustitución judicial de régimen; en el artículo 682 se ha retirado la palabra ‘estirpe’ y ha quedado ‘en la línea de los descendientes’, propuesta del congresista 181

Belaunde también; el artículo 723 se ha replanteado, a propuesta de la congresista Chávez, por una cuestión de técnica legislativa y para dotar de mayor claridad a la modificación; en el artículo 988 se han incorporado modificaciones porque, en el lapso de los debates, con relación a este dictamen, se aprobó la Ley de Notificaciones y Remates Electrónicos. En consecuencia, esa ley ha impactado y hemos tenido que adecuar estas modificaciones a la nueva Ley de Notificaciones y Remates Electrónicos vigente. A partir del artículo 2008, se ha hecho también una serie de precisiones coordinadas y trabajadas con la Sunarp, bajo la asesoría técnica del órgano especializado, como es, sin lugar a dudas, esta Superintendencia en materia registral. En el artículo 2009, igual; en el artículo 2014, de la misma forma; en los artículos 2025 y 2030, que tienen que ver directamente con la Sunarp. En el artículo 2032, se recogieron las preocupaciones del congresista Belaunde y de la congresista Salgado. En el artículo 2043, se recogió la preocupación de la congresista Chávez. En el artículo 2044, de la congresista Chávez, de la congresista Salgado y del congresista Mulder. Y en el artículo 2, que incorpora el artículo 2056-A al Código Civil, se recogió la propuesta de la congresista Natalia Condori, sobre la Conferencia Interamericana Especializada de Derecho Internacional Privado sobre Domicilio. Se modifica el artículo 3; básicamente se cambia el orden de la misma propuesta; no hay nada sustantivo. Y termino con las disposiciones complementarias transitorias, que son importantes porque nos van a garantizar que estas modificaciones sean debidamente integradas en un Texto Único Ordenado que pueda darle toda la sistematización que el Código Civil necesita y requiere mantener; porque si se incorporan sin dar el Texto Único Ordenado, podrían quedar algunas imprecisiones en el Código. Finalmente, quiero señalar de antemano que, en el caso —que espero sea así, después de tanto tiempo y de tanto trabajo contenido en este dictamen— de que se apruebe el proyecto, no vamos a solicitar la exoneración de segunda votación; porque es importante, siendo una reforma delicada y de muchos artículos, que siga con una mirada tanto de los señores parlamentarios como de especialistas, de terceros y del propio Poder Ejecutivo y de las áreas especializadas del Congreso que nos están apoyando mucho sobre el particular con relación a técnica legislativa. Presidenta, le pido, cuando usted lo vea por conveniente, que lo someta al voto. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Lescano Ancieta. El señor LESCANO ANCIETA (AP-FA).— Presidenta: Quisiera observaciones sobre algo tan delicado como es el Código Civil.

hacer

algunas

En el Código Civil se dispone el patrimonio de las personas, se establecen garantías cuando hay deudas. Creo que hay algunos artículos que deben ser reformulados. 182

Por ejemplo, en el poder irrevocable se está subiendo la irrevocabilidad del poder, que no se puede tocar, a dos años; y el plazo actual es de un año. A mí me parece que el plazo de dos años es absolutamente excesivo. En segundo lugar, respecto de la hipoteca, cuando uno saca un préstamo y da en garantía su casa, están haciendo hipotecas para bienes futuros, y, consecuentemente, sobre este tipo de garantías quienes van a cometer una serie de abusos son las entidades que prestan dinero, porque van a poder hipotecar y apropiarse de los bienes de una familia, y el bien más importante de la familia es su casa. Se están estableciendo hipotecas para bienes futuros, y eso es muy peligroso, porque pueden arrebatarle todo el patrimonio a una familia para hacerse el pago de la deuda con intereses usureros, leoninos. La vivienda única de las familias no debería ser hipotecable, o rematable más que hipotecable; no se debe rematar la vivienda única de la familia. Se puede dar en usufructo o puede explotarse para hacerse el pago de la deuda, pero no rematarla. Varias familias se han quedado en la calle porque la deuda ha crecido un montón, considerablemente; los montos de dinero entregados son diminutos, pero por los intereses se han comido las casas de familias que han quedado en la calle. Entonces, aquí se está poniendo mucho más agresiva esa figura de la hipoteca. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. El señor LESCANO ANCIETA (AP-FA).— Se está proponiendo la hipoteca sábana, que abarca un montón de bienes, sin haberlos definido, determinado, especificado. Creo que esa es una propuesta que no hay que aceptar, porque pone en riesgo la vivienda única, el patrimonio de las personas. No tengo el artículo expreso, pero se lo hago llegar en estos momentos al presidente de la Comisión de Justicia. Hay artículos referidos a la hipoteca que son absolutamente contrarios a los intereses de las personas. De manera que, sobre este particular, creo que se necesita un debate suficiente, porque no podemos modificar varios artículos del Código Civil sin ningún debate. Como cuestión previa, esto debería postergarse para la próxima sesión, con el fin de que todos nosotros tengamos la oportunidad de identificar con mayor precisión que artículo necesita un análisis exhaustivo. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— No habiendo otro congresista inscrito en el rol de oradores, damos la palabra al presidente de la Comisión de Justicia, congresista Eguren Neuenschwander. El señor EGUREN NEUENSCHWANDER (PPC-APP).— Presidenta: Quiero reiterar que la idea no es pedir la exoneración de segunda votación; es decir, si hay alguna preocupación pendiente, la idea es justamente poner este texto en vitrina con una primera 183

votación, para que incluso colegios profesionales, colegios de abogados, universidades y, obviamente, parlamentarios, sigan mirando con lupa cada uno de los cambios. Sin embargo, debo decir, ante lo señalado por el congresista Lescano sobre la irrevocabilidad, que esto es convencional, ya que lo deciden dos personas voluntariamente, y el plazo puede ser hasta dos años. Es decir, no es que se obliga a que sea dos años, no; porque puede ser un día, o pueden ser seis semanas o seis meses, o un año, año y medio. Eso está en el ámbito del derecho de cada uno de los contratantes. Lo que sí, todo tiempo, todo parámetro, hay que determinarlo; los expertos que han trabajado estas propuestas entienden que por la casuística, por la práctica, es recomendable ampliar el plazo, porque siempre hay una visión unilateral si se quiere. Respecto a las hipotecas de bienes futuros, en esta materia lo que estamos haciendo en la práctica es adecuar el Código Civil a la realidad que hoy se está produciendo y que no tiene reconocimiento, no tiene marco legal. Todos sabemos que hay compra de bienes futuros y que las hipotecas de bienes futuros han sido parte del sistema y del boom inmobiliario; así lo han tramitado los notarios y así se han inscrito ya en los Registros Públicos, pero con un marco de normatividad interna, con un marco de reglamentación de la Sunarp, lo que está mal porque debería tener una norma con rango de ley. En cuanto a los remates, ninguno de los artículos modificados tiene que ver con la preocupación del congresista Lescano a ese respecto, no hay ninguna modificación en lo que concierne a remates. Es decir, en el caso de que sea o no muy agresiva la legislación actual, no estamos entrando a tallar en esa materia. Finalmente, ante el argumento de que hay que seguir revisando el proyecto, el propio congresista Lescano lo ha utilizado en los dos debates anteriores. Solo quiero decir que, mientras no tengamos una primera votación que nos ponga de cara a la necesidad de revisar todos con seriedad y de encargar a nuestros asesores que vean el texto aprobado, vamos a seguir dilatando y dilatando estas reformas que se han trabajado tantos años y que son necesarias. Presidenta, le pido que someta a votación el texto que hemos presentado. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Para una precisión, tiene la palabra el congresista Lescano Ancieta. El señor LESCANO ANCIETA (AP-FA).— Presidenta, el Código Civil actual prohíbe la hipoteca de bien futuro en su artículo 1106, y no lo permite porque eso se va prestar a una serie de abusos. Las instituciones financieras y bancarias, para hacerse pago de la deuda, se van a apoderar de los bienes que puedan comprar las familias en el futuro. El Código actual prohíbe esa posibilidad, y aquí se la está permitiendo. Se está yendo al otro extremo. Aquí dice: ‘Artículo 1106. Hipoteca de bien futuro’, cuando la actual legislación, para cautelar el patrimonio de la gente, lo prohíbe. Pero aquí lo están aceptando. Y dice: ‘La 184

hipoteca sobre un bien futuro queda sujeta a la condición de que dicho bien llegue a existir’. Están permitiendo la hipoteca de bienes futuros, eso es muy peligroso. Entonces, yo pediría, si esto lo van a votar, que se vote por separado el artículo 1106., porque va en contra del derechos de los propietarios. Incluso el artículo 1101., Extensión de la hipoteca en cuanto al bien... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Congresista, usted ya planteó una cuestión previa, que se va a consultar. Tiene un minuto adicional para concluir. El señor LESCANO ANCIETA (AP-FA).— Gracias, Presidenta. ‘Artículo 1101. Extensión de la hipoteca en cuanto al bien La hipoteca se extiende a todas las partes integrantes y accesorias del bien hipotecado, tanto actuales como futuros, y al importe de las indemnizaciones de los seguros y de la expropiación, salvo pacto distinto.’ Con esto, están poniendo en peligro los bienes de las personas. Pediría que esos dos artículos sean votados aparte, porque creo que atentan contra el patrimonio de la gente. Finalmente, el artículo 1987, sobre limitación de la responsabilidad del asegurador. Están limitando la responsabilidad de los seguros, y no creo que eso sea adecuado para cautelar el derecho de las personas. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Eguren Neuenschwander. El señor EGUREN NEUENSCHWANDER (PPC-APP).— Presidenta, me pide una interrupción la congresista Chávez. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Chávez Cossío. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— Gracias, congresista Eguren. Presidenta, tengo una inquietud con relación a la modificación del artículo 295., inciso 3), del Código Civil; porque aquí se dice que, cuando se elige el régimen patrimonial en el matrimonio, no es necesario otorgar escritura pública cuando declaren el régimen patrimonial en el acto de la celebración matrimonial, lo que debe constar en el acta. Es decir, en el acta matrimonial debe constar si las personas optan por un régimen de gananciales o de separación de patrimonios. Y se ha agregado: ‘Salvo que uno o ambos 185

contrayentes sean propietarios de bienes propios, en cuyo caso la escritura pública es obligatoria’. Quiere decir que aun cuando opten por el régimen de gananciales, van a tener que hacer escritura pública, cosa que ahora no se hace. Cuando se hace escritura pública es cuando se opta por el régimen de separación patrimonial. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúe, congresista. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— Entonces, aquí lo que debería entenderse es que se hace la declaración en el acta del matrimonio y en el acto del matrimonio, y consta en el acta matrimonial; pero si tienen bienes propios uno u otro de los contrayentes, en el caso de que el régimen optado sea el de separación tendrían que hacer de todas maneras escritura pública, pero no se entiende que tengan que otorgar escritura pública para el régimen de gananciales. Actualmente no se emite escritura pública para el régimen de gananciales. Con esto se estaría obligando a que los que optan por el régimen de gananciales tengan que otorgar escritura pública. Esa era mi inquietud, señor presidente de la Comisión de Justicia. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúe, congresista Eguren Neuenschwander. El señor EGUREN NEUENSCHWANDER (PPC-APP).— Presidenta, concedo la interrupción al colega. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Lescano Ancieta. El señor LESCANO ANCIETA (AP-FA).— Gracias, congresista Eguren. Señora Presidenta, incluso aquí hay un trato desigual, porque mientras el ciudadano tiene que pagar con sus bienes todo lo que le deba a una institución financiera o bancaria, bienes futuros, indemnizaciones y todo lo demás, artículos 1101 y 1106; en el artículo 1987, a una empresa de seguros se la protege, porque solamente responde hasta el monto de lo pactado, así se haya devaluado ese monto. Hay aquí, por tanto, un trato desigual. Si hay un pacto con el seguro, esos señores deberían responder por todo; pero en el artículo 1987 lo limitan, porque solamente tiene que responder por el monto pactado con el asegurado. Entonces, eso hay que corregirlo. Por esas razones, creo que, por lo menos, los artículos 1101 y 1106 deberían votarse por separado, para que de todas maneras no haya hipoteca por bienes futuros. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Puede iniciar su intervención, congresista Eguren Neuenschawander. 186

El señor EGUREN NEUENSCHWANDER (PPC-APP).— Presidenta: El argumento según el cual el Código actual prohíbe, impide, no regula la hipoteca de bienes futuros, es absolutamente cierto. Justamente por eso se está modificando. Si ello ya existiese, no estaríamos planteando su modificación. ¿Por qué se está planteando incorporar la hipoteca de bienes futuros? Porque actualmente es la práctica más generalizada del mercado de inmuebles. Nos habremos cansado seguramente de ver todos los peruanos y todos los parlamentarios, cuando pasamos por una construcción, que está la preventa; y uno va al banco en función de ese contrato de preventa e hipoteca. No está hipotecando el aire; está hipotecando el bien futuro, lo que se está construyendo. Entonces, esa es una práctica generalizada en el Perú y en todo el mundo; y, obviamente, nuestro Código, que ya tiene varias décadas de por medio, no la consideraba en su momento. Más aun, esto va amarrado con el contrato de compraventa: uno hace contrato de compraventa de bienes en planos; no necesariamente hace la compraventa de bienes que físicamente ya existen. Y lo otro que le preocupaba al congresista Lescano tiene que ver con las modificaciones que pueda tener el bien hipotecado. Obviamente, si se hipoteca una propiedad y con el tiempo se construye una piscina en el jardín, si algún día termina vendiéndose o rematándose, no se puede desligar la piscina de la propiedad. Es decir, tendrá que entrar en el remate o en la venta esa piscina que inicialmente no formaba parte de la propiedad original. Entonces, eso es parte de una integridad que se produce. Dicho esto, Presidenta, le pido someter a votación el texto propuesto. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Los señores congresistas se servirán registrar su asistencia para proceder a votar la cuestión previa planteada por el congresista Lescano Ancieta. —Los señores congresistas registran su asistencia por medio del sistema digital para verificar el quórum. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Han registrado su asistencia 64 congresistas. Al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se rechaza, por 55 votos en contra, ocho a favor y ninguna abstención, la cuestión previa planteada. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— La cuestión previa ha sido rechazada. “Votación de la cuestión previa del congresista Lescano Ancieta

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Señores congresistas que votaron en contra: Acha Romaní, Aguinaga Recuenco, Alcorta Suero, Becerril Rodríguez, Bedoya de Vivanco, Benítez Rivas, Cabrera Ganoza, Canches Guzmán, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Chávez Cossío, Coa Aguilar, Condori Cusi, Cordero Jon Tay, Crisólogo Espejo, Díaz Dios, Eguren Neuenschwander, Fujimori Higuchi, Galarreta Velarde, Gastañadui Ramírez, Grandez Saldaña, Gutiérrez Cóndor, Hurtado Zamudio, Isla Rojas, Lewis del Alcázar, Llatas Altamirano, López Córdova, Medina Ortiz, Molina Martínez, Mulder Bedoya, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pariona Galindo, Pérez del Solar Cuculiza, Portugal Catacora, Reynaga Soto, Saavedra Vela, Salazar Miranda, Salgado Rubianes, Schaefer Cuculiza, Tait Villacorta, Tan de Inafuko, Tapia Bernal, Tejada Galindo, Teves Quispe, Tubino Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Valencia Quiroz, Valle Ramírez, Valqui Matos, Velásquez Quesquén, Zamudio Briceño y Zerillo Bazalar. Señores congresistas que votaron a favor: Angulo Álvarez, Dammert Ego Aguirre, Guevara Amasifuen, Inga Vásquez, Lescano Ancieta, Mendoza Frisch, Merino de Lama y Yovera Flores.” La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Con la misma asistencia, se va a votar el texto sustitutorio propuesto por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. Al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se aprueba en primera votación, por 56 votos a favor, ninguno en contra y siete abstenciones, el texto sustitutorio del proyecto de Ley que modifica diversos artículos del Código Civil. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se deja constancia del voto a favor de la Presidencia. Ha sido aprobado en primera votación el texto sustitutorio del Proyecto de Ley 582. De conformidad con el artículo 78 del Reglamento, el proyecto aprobado será materia de segunda votación transcurridos los siete días calendarios. —No se inserta el texto aprobado por encontrarse pendiente de segunda votación. (pie de página) “Primera votación del nuevo texto sustitutorio del Proyecto 582 Señores congresistas que votaron a favor: Acha Romaní, Aguinaga Recuenco, Alcorta Suero, Angulo Álvarez, Becerril Rodríguez, Bedoya de Vivanco, Benítez Rivas, Cabrera Ganoza, Canches Guzmán, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Chávez Cossío, Coa Aguilar, Condori Cusi, Cordero Jon Tay, Crisólogo Espejo, Díaz Dios, Eguren Neuenschwander, Fujimori Higuchi, Galarreta Velarde, Gastañadui Ramírez, Grandez Saldaña, Gutiérrez Cóndor, Hurtado Zamudio, Isla Rojas, Lewis del Alcázar, Llatas Altamirano, López Córdova, Medina Ortiz, Molina Martínez, Mulder Bedoya, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pariona Galindo, Pérez del Solar 188

Cuculiza, Portugal Catacora, Reynaga Soto, Saavedra Vela, Salazar Miranda, Salgado Rubianes, Schaefer Cuculiza, Tait Villacorta, Tan de Inafuko, Tapia Bernal, Tejada Galindo, Teves Quispe, Tubino Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Valencia Quiroz, Valle Ramírez, Valqui Matos, Velásquez Quesquén, Zamudio Briceño y Zerillo Bazalar. Señores congresistas que se abstuvieron: Dammert Ego Aguirre, Guevara Amasifuen, Inga Vásquez, Lescano Ancieta, Mendoza Frisch, Merino de Lama y Yovera Flores.” La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se solicita la dispensa del trámite de sanción del acta para ejecutar los acuerdos adoptados hasta este momento. Los señores congresistas que estén a favor se servirán expresarlo levantando la mano. Los que estén en contra, de la misma manera. Los que se abstengan, igualmente. —Efectuada la consulta, se acuerda tramitar todos los asuntos tratados hasta el momento sin esperar la sanción del acta. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Ha sido acordado. Por disposición de la Presidencia, ingresa a un cuarto intermedio el nuevo texto sustitutorio del proyecto de Ley que establece parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del interés superior del niño, suscrito por la presidenta de la Comisión de la Mujer y Familia La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— El siguiente punto. El RELATOR da lectura: Dictamen por unanimidad de la Comisión de la Mujer y Familia, con un texto sustitutorio del Proyecto de Ley 2552, por el cual se propone establecer parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del interés superior del niño. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Vencido el cuarto intermedio, tiene la palabra la presidenta de la Comisión de la Mujer y Familia, congresista Cordero Jon Tay, para que informe sobre el texto que se va a votar respecto del Proyecto de Ley 2552, por el que se propone establecer parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del interés superior del niño. Con fecha 6 de noviembre de 2014, a las 22 horas y 14 minutos, la presidenta de la Comisión de la Mujer presentó un nuevo texto sustitutorio. Tiene la palabra la presidenta de la Comisión de la Mujer, congresista Cordero Jon Tay. La señora CORDERO JON TAY (GPFP).— Presidenta: Se ha revisado y estudiado el texto que fue sustentado y debatido en la sesión del Pleno realizada el 30 de octubre pasado, y por ello se está presentando un nuevo texto sustitutorio que mejora la propuesta anterior. En ese sentido, se realizan modificaciones en la forma, para que haya coherencia entre el texto propuesto con la legislación actual, y por aplicación de la técnica legislativa. 189

Además, se ha agregado a la primera disposición complementaria final el siguiente texto, propuesto por el congresista Reynaga Soto: ‘Lo establecido en la presente disposición se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público’. De igual manera, se ha eliminado la parte pertinente que disponía que el Ministerio de Justicia promueva y verifique la efectividad de las políticas a favor del interés superior del niño, por considerar que esa función es de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Por ende, solicito que este texto, repartido a todos los colegas, sea puesto a votación, Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra la congresista Martha Chávez. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— Presidenta: Creo que esta es una iniciativa adecuada. Sin embargo, hay que considerar siempre que el interés superior del niño tiene que estar inscrito dentro del respeto a las responsabilidades y facultades que la ley otorga a quienes ejercen la patria potestad de ese niño. Entonces, cuando aquí, en el artículo 3, se señala el reconocimiento de los niños como titulares de derechos, creo que hay que precisar que dichos derechos se ejercen conforme a las reglas aplicables a la patria potestad. En el artículo 4, como Garantías procesales, se señala en el inciso 1 el derecho del niño a expresar su propia opinión. Sí, ¿pero qué efectos tiene esa propia opinión? Una criaturita de dos, de tres años, puede expresar su opinión; y la ley tiene que sopesar adecuadamente los efectos de esa opinión. Por lo tanto, creo que habría que introducir como complemento del inciso 1 del artículo 4 el derecho del menor a expresar su propia opinión con los efectos que la ley le otorgue. Entonces, la representación letrada del niño, igualmente, tiene que ser de acuerdo y con la autorización de quienes ejercen su patria potestad; porque no podría haber, por ahí, la representación letrada de un niño sin que esta representación sea aprobada por quienes ejercen la patria potestad. En todo caso, podemos hacer un añadido general que señale que todas estas garantías y derechos previstos se ejercerán dentro del contexto de las atribuciones y las responsabilidades que la ley otorga a quienes ejercen la patria potestad del niño. Así estaríamos previniendo la posibilidad de que en algunas sociedades, o en algunos momentos, se pueda pensar —como se pensó en algunas ocasiones en los países detrás de la Cortina de Hierro— que los niños no son de sus padres ni de sus familias, sino que son parte de un engranaje estatal en el que el Estado es el que tiene el derecho de supervisar todo lo que atañe a los niños. La Constitución nuestra señala y prevé precisamente el derecho de los padres a participar en la formación y educación de sus hijos, entre otros aspectos, y las responsabilidades 190

que les corresponden. Entonces, creo que habría que hacer la salvedad de que nada en este texto legal podría significar la exclusión de la intervención de los padres o de las personas que ejercen la patria potestad de ese niño. Gracias. —Reasume la Presidencia el señor Norman David Lewis del Alcázar. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Tiene la palabra el congresista Mulder Bedoya. El señor MULDER BEDOYA (GPCP).— Presidente: Suscribo lo dicho por la congresista Martha Chávez en el sentido de que aquí no aparecen quiénes ejercen la tutela de los niños. Es evidente que esta recae, en principio, en los padres, aunque no únicamente en ellos, y no se les menciona para nada; máxime si, además, el artículo 6 tiene una redacción completamente difusa, ajena a los principios jurídicos procesales, porque dice: ‘En un plazo no mayor a seis meses, las instituciones (¿cuáles?) modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos y normas conexas para la efectiva aplicación del interés superior del niño conforme a la presente Ley’. Este es un saludo a la bandera, ya que no sé señala quién es el responsable. Para que alguien haga algo en la administración pública, tiene que decirse: ‘Él, fulano de tal, tal institución’. Aquí dice las instituciones; entonces, nadie va a hacer nada. Me permito recordar, en mi condición de presidente de la Comisión Especial Multipartidaria de Ordenamiento Legislativo, que hemos aprobado normas donde se establece que toda norma que incorporemos en una ley que modifique, que derogue, tiene que señalar expresamente qué norma se deroga, qué norma se modifica y a quién se le encarga. No se puede hacer fórmulas en las que se diga: ‘Todas las leyes que se opongan a la presente quedan derogadas’. Esa es una costumbre que todavía no hemos roto, y este es un artículo parecido: ‘Encárguese a las instituciones a que modifiquen su Tupa’. Y más adelante, en una disposición complementaria final, se dice que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en el ejercicio de su función rectora del Sistema Nacional de Atención Integral del Niño, realiza el seguimiento a las acciones, planes y programas destinados a modificar, etcétera. Ya tiene esta función, estamos repitiendo una de las funciones. Pero se dice después, al final: ‘Lo establecido en la presente disposición se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables’. No tenemos iniciativa de gasto, no podemos ordenarle a un Ministerio que financie con cargo a su presupuesto algo que nosotros le estamos ordenando aquí; salvo que lo hubiésemos puesto en la Ley de Presupuesto, en cuyo caso aquí tendría que decir: ‘Conforme señala el artículo tal, inciso tal, de la Ley de Presupuesto, con cargo a ese rubro, a esa partida’. No podemos poner a secas: ‘Lo establecido en la presente disposición se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de la Mujer’, porque eso es iniciativa de gasto.

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Entiendo que hay la buena intención de establecer un mecanismo de protección procesal al llamado interés superior del niño, pero creo que hay que hacer esas correcciones para que este proyecto pueda tener mayor consenso. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— No habiendo otra intervención, tiene la palabra la presidenta de la Comisión de la Mujer. La señora CORDERO JON TAY (GPFP).— Presidente, acogiendo las observaciones de los colegas, pido que este proyecto pase a un cuarto intermedio, con el fin de presentar un texto sustitutorio para su votación. Gracias. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— A pedido de la presidenta de la Comisión, este punto pasa a un cuarto intermedio. A solicitud del congresista Angulo Álvarez, se abre un cuarto intermedio con relación a la designación de los integrantes de la Comisión especial investigadora multipartidaria encargada de investigar y determinar la influencia del narcotráfico en los partidos políticos y en los movimientos regionales y locales El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— El siguiente punto. El RELATOR da lectura: Designación de integrantes de la Comisión Especial Investigadora Multipartidaria encargada de investigar y determinar la influencia del narcotráfico en los partidos políticos y en los movimientos regionales y locales, por un plazo de 180 días hábiles, contados desde su instalación. —Reasume la Presidencia la señora Ana María Solórzano Flores. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— De conformidad con la Moción de Orden del Día 10949, aprobada en la sesión de Pleno el 9 de octubre de 2014, por la que se acordó nombrar una Comisión encargada de investigar y determinar la influencia del narcotráfico en los partidos políticos y en los movimientos regionales y locales, se propone, de acuerdo con el inciso a) del artículo 88.° del Reglamento, la designación de los siguientes congresistas para integrar dicha Comisión, propuestos por los grupos parlamentarios. El RELATOR da lectura: Integrantes de la Comisión encargada de investigar y determinar la influencia del narcotráfico en los partidos políticos, en los movimientos regionales y locales (Moción de Orden del Día 10949) Grupo Parlamentario Nacionalista Gana Perú: congresista Agustín Molina Martínez y congresista Julia Teves Quispe;

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Grupo Parlamentario Fuerza Popular: congresista Julio Gagó Pérez y congresista Ramón Kobashigawa Kobashigawa; Grupo Parlamentario Perú Posible, congresista Yehude Simon Munaro; Grupo Parlamentario Acción Popular - Frente Amplio: congresista Rosa Mavila León; Grupo Parlamentario Concertación Parlamentaria: no acreditó integrante. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Mulder Bedoya. El señor MULDER BEDOYA (GPCP).— Presidenta, con cargo a su regularización por escrito, conforme lo dijimos en la Junta de Portavoces y lo hemos conversado con la bancada Dignidad y Democracia, nosotros vamos a ceder nuestro el cupo a dicho grupo parlamentario, en virtud de que no hay disponibilidad en estos momentos en nuestra bancada para integrar esa Comisión. Vamos a regularizar esto con un oficio. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Angulo Álvarez. El señor ANGULO ÁLVAREZ (NOAG).— Señora Presidenta, pido que se abra un cuarto intermedio sobre este asunto, con la finalidad de conversar con el vocero de la bancada. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— A solicitud del congresista Angulo Álvarez, se abre, al respecto, un cuarto intermedio. Se aprueba la designación de los integrantes de la Comisión investigadora de las denuncias periodísticas sobre las presuntas actividades ilícitas del prófugo Martín Belaunde Lossio para obtener irregularmente contratos a favor de empresas vinculadas a él, y la posible vinculación con ellas de altos funcionarios del Estado La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— El siguiente punto. El RELATOR da lectura: Designación de integrantes de la Comisión investigadora de las denuncias periodísticas sobre las presuntas actividades ilícitas del prófugo Martín Belaunde Lossio para obtener irregularmente contratos a favor de empresas vinculadas a él, y la posible vinculación con ellas de altos funcionarios del Estado. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— De conformidad con la Moción de Orden del Día 11785, aprobada en la sesión del Pleno el 13 de noviembre de 2014, por la que se acordó nombrar una Comisión investigadora de las denuncias periodísticas sobre las presuntas actividades ilícitas del prófugo Martín Belaunde Lossio para obtener irregularmente contratos a favor de empresas vinculadas a él, y la posible vinculación con 193

ellas de altos funcionarios del Estado; se propone, de acuerdo con el inciso a) del artículo 88.° del Reglamento, la designación de los siguientes congresistas para integrar dicha Comisión, propuestos por los grupos parlamentarios. El RELATOR da lectura: Integrantes de la Comisión investigadora de las denuncias periodísticas sobre las presuntas actividades ilícitas del prófugo Martín Belaunde Lossio para obtener irregularmente contratos a favor de empresas vinculadas a él, y la posible vinculación con ellas de altos funcionarios del Estado (Moción de Orden del Día 11785) Grupo Parlamentario Nacionalista Gana Perú: congresista Luis Llatas Altamirano. Grupo Parlamentario Fuerza Popular: congresista Segundo Tapia Bernal. Grupo Parlamentario Perú Posible: congresista Rennán Espinoza Rosales. Grupo Parlamentario Acción Popular Frente Amplio: congresista Yonhy Lescano Ancieta. Grupo Parlamentario Concertación Parlamentaria: congresista Mauricio Mulder Bedoya. Grupo Parlamentario PPC-APP: congresista María Pérez Tello de Rodríguez. Grupo Parlamentario Unión Regional: congresista Marco Falconí Picardo. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Gutiérrez Cóndor. El señor GUTIÉRREZ CÓNDOR (NGP).— Presidenta, con relación a la lista a que se ha dado lectura, no concuerda con los postulados establecidos en el artículo 88.° inciso a) parte final del Reglamento, que tiene plena concordancia con un principio constitucional que es de pleno derecho, y cuyo incumplimiento acarrearía nulidad de cualquier acto de investigación, habida cuenta de que se trata de uno de los principios y garantías de orden constitucional, que es el debido proceso parlamentario. Expresiones como las que estoy yo mencionando han quedado registradas en el legajo documentario del Diario de Debates de la sesión 5 de octubre de 2011, donde el congresista Javier Velásquez Quesquén y el congresista Mauricio Mulder, ambos de Concertación Parlamentaria, sostuvieron ante el Pleno una tesis similar o tal vez mucho más enfática sobre la materia. Por lo tanto, creo yo que, sin mayor debate, debe reconvenirse a la bancada Concertación Parlamentaria a los efectos de que proponga para dicha conformación a algunos colegas que no tienen como condicionante el impedimento establecido en el Reglamento, al no haber suscrito la moción que se puso a debate y que fue sustentada y aprobada oportunamente. Muchas gracias.

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La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Mulder Bedoya. El señor MULDER BEDOYA (GPCP).— Presidenta, hay que señalar, efectivamente, que eso se establece en el Reglamento, y sobre eso ha sido una de las discusiones que hemos tenido; y, justamente, quien ha hecho uso de la palabra ahora sostenía también argumento contrario. Pero uno de los elementos sustantivos que resuelve el problema es que yo retiré mi firma de esa moción; y ustedes, colegas, saben perfectamente que es una práctica parlamentaria que, cuando se retira la firma de cualquier documento, se retrotrae al estado anterior, desde el momento en que se suscribió. Y aquí está el retiro de mi firma. Así que ese es un primer elemento que resuelve el hecho de que yo haya sido promotor de esa moción con el retiro de mi firma. Pero, además, hay necesidad de que los parlamentarios sepan que en el Parlamento existe también el derecho consuetudinario. Hay quienes dicen que el error no genera derecho; pero no es error, porque cuando es error y se conceptúa como tal, es porque uno lo corrige, queda como precedente y después trata de usarlo de ejemplo. Entonces, no se puede generar un derecho. Pero cuando ese supuesto ‘error’, que no lo es, se convierte en una costumbre, deja de ser error; ya es una costumbre, y el derecho consuetudinario se aplica en el Parlamento. Yo, simplemente, voy a mostrar todos los casos en los que, en el actual Parlamento y en el anterior, colegas que han propuesto comisiones, no solamente las integran sino que ni siquiera han retirado sus firmas para integrarlas. La más notoria de ellas, ahora que se acaba de hablar del debido proceso y de que esto puede acarrear nulidades, es nada menos que la Comisión Orellana Rengifo. Con el argumento que están dando a quienes sostienen la tesis de que quienes la proponen no la pueden integrar, le están regalando un argumento jurídico muy grande al señor Orellana Rengifo; porque esta comisión ha sido propuesta por casi 16 parlamentarios, entre los cuales se encuentran el congresista Héctor Becerril, el congresista Teófilo Gamarra, el congresista Víctor Andrés García Belaunde y el congresista Tito Valle Ramírez, y los cuatro son integrantes de la comisión, y ni siquiera han presentado una carta de renuncia, ni siquiera han retirado sus firmas, la integran directamente; y el Pleno no ha dicho nada. Entonces, nulidad no. Es un derecho consuetudinario, se ha practicado muchas veces y se ha incorporado a la normatividad del Parlamento, incluso el hecho de ni siquiera retirar una firma para integrar una comisión; y ejemplos huelgan. Comisión investigadora que establezca las causas de las deficiencias con las presuntas irregularidades y eventuales responsabilidades incurridas en la ejecución de obras de la reconstrucción del sismo del 15 de agosto de 2017. En vigencia. Autor, un solo congresista, el señor Luna Gálvez, que incluso la preside.

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Comisión investigadora sobre el tema de la Municipalidad de Ica, que está vigente. Firmantes de la moción: diferentes congresistas, entre los cuales está José Luis Elías Ávalos, que la integra y retiró su firma, y la retiró un día antes de ser nombrado. Comisión investigadora referida a la reconstrucción de las zonas afectadas también por el terremoto del 15 de agosto, solicitada por un congresista, el señor Rogelio Canches Guzmán, que incluso la preside; y está vigente. Y tenemos, incluso, ejemplos de períodos anteriores. Comisión investigadora del caso Business Track, solicitada por el congresista Yonhy Lescano, y el congresista Yonhy Lescano la integró. Comisión investigadora de la posible vinculación del narcotráfico alrededor del caso de la congresista Nancy Obregón, solicitada por el congresista Carlos Bruce, entre otros, y el congresista Carlos Bruce la integró. Comisión investigadora multipartidaria sobre hechos acontecidos en la ciudad de Bagua, solicitada por los congresistas Eduardo Espinoza y Juan Perri, y ambos la integraron. Entonces, ya es parte del derecho consuetudinario establecer que las normas convencionales del Parlamento van modificando tácitamente el reglamento. Y hay sobrada doctrina, no solo nacional —el doctor Delgado Güembes, que ha escrito libros sobre el particular, podrá ilustrar perfectamente eso—, sino de todo orden. Por ejemplo, Felipe León Martínez, un famoso profesor de derecho parlamentario, dice en Introducción al derecho parlamentario: ‘Los propios reglamentos parlamentarios en muchos aspectos no son más que una recopilación de los usos y prácticas surgidas espontáneamente del funcionamiento de las asambleas políticas, porque por medio de ellas se manifiesta la dinamicidad y la elasticidad del derecho parlamentario, superando la rigidez resultante de la normación reglamentaria; por tales motivos, el ordenamiento jurídico parlamentario simplemente incorpora funciones interpretativas e integrativas para superar la obsolescencia de los textos escritos. Las costumbres y convenciones parlamentarias forman parte de las normas parlamentarias y la base fundamental del ordenamiento jurídico parlamentario’. Hay, por tanto, mucha información. Pero el único elemento de objeción que en algún momento, en una carta pública, el Oficial Mayor puso al hecho de que mi nombre estuviese consignado ahí, no era en función de que yo integrara o no la comisión, sino que se había interpretado —digamos de forma arbitraria, porque no está establecido en ninguna parte— que la carta que yo remití había sido presentada con posterioridad a la aprobación de la comisión. En realidad, si yo remitiese la carta mañana, o la hubiese remitido ayer, probablemente podría ser considerado como un acto adrede; pero yo la he presentado el 25 de noviembre, con bastante anticipación, y ha trascurrido mucho tiempo. Así que, o es miedo o es simplemente tratar de regalar argumentos jurídicos a otras personas que están en estos momentos siendo objeto de comisiones investigadoras entre cuyos miembros hay quienes las han propuesto. Así que, tranquilos no más. El suelo está 196

parejo, no es necesario estar haciendo tanto aspaviento, dejen que uno pueda investigar. Al fin y al cabo, los intentos que se quieran hacer para tapar esto no van a pasar. Creo yo que el mejor consejo que como parlamentarios le podemos dar a la mayoría parlamentaria es que, cuando nosotros sufrimos lo mismo, en casos similares, dijimos que fuesen los de la oposición los que hiciesen las investigaciones correspondientes, porque no temíamos ningún tipo de investigación. Estoy convencido de que en la bancada Nacionalista no temen tampoco ninguna investigación que se haga de manera independiente y con opositores políticos. Dicho esto, Presidenta, si usted considera necesario llevar esto al voto, lo tendrá que hacer. Pero yo considero que el criterio que he expuesto es elemento suficiente para que a un parlamentario no se le vete integrar una comisión. Presidenta, me solicita una interrupción el congresista Velásquez Quesquén. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Velásquez Quesquén. El señor VELÁSQUEZ QUESQUÉN (GPCP).— Le agradezco la interrupción, colega Mulder, pero más que eso es una alusión, porque el congresista del oficialismo ha invocado una interpretación literal del Reglamento, cuando, en el derecho parlamentario, las convenciones parlamentarias tienen un rango de la misma naturaleza que las disposiciones del Reglamento; y quiere presentar un contexto que se dio al inicio de este gobierno, cuando se discutió la llamada ‘megacomisión’, donde quienes ahora hablan del debido proceso, del derecho a la legítima defensa, lo primero que acordaron fue que los del partido que había gobernado el país no podían formar parte de esa comisión. Nosotros no hemos tenido parte en esa comisión. Nosotros se lo hemos dicho a la bancada Nacionalista, y eso no está escrito, no está prohibido en el Reglamento. Pero dijeron: ‘No, ustedes como son los investigados no pueden formar parte de esta comisión’. Esa era una evidente y flagrante violación del debido proceso. Pero además, y ahí está el debate parlamentario, ¿quién fue el que abrió este debate? Aquel que planteó que se incorporara el tema de la... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la segunda interrupción, congresista. El señor VELÁSQUEZ QUESQUÉN (GPCP).— Presidenta, permítame responder a una alusión. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Por alusión, puede continuar, congresista. El señor VELÁSQUEZ QUESQUÉN (GPCP).— El señor me ha aludido, y quiero traer los hechos para que no se contextualicen, según el argumento que se ha dado, conforme a una interpretación literal del Reglamento.

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El parlamentario que planteó incorporar este tema para argumentar ya dio su conclusión, porque señaló que se había pagado por cada año de conmutación a través de los indultos cinco mil dólares, y si los multiplicamos por cinco mil indultos que se dieron, son 50 millones de dólares, y dijo: ‘Provecho, presidente Alan García’. Entonces, ¿qué se iba a investigar si ya había dado esa conclusión? Pero el tiempo nos da la razón. Han pasado tres años, hemos seguido, hemos aceptado las reglas de juego; y yo no sé qué temor tienen de que Mauricio Mulder forme parte de esta comisión. Hemos dado la pelea en la Junta de Portavoces, pero los del gobierno en esta investigación han adoptado la posición irreductible de aplicar la proporcionalidad, como si no pudieran ir más allá de una interpretación literal, hacia una interpretación sistémica sobre lo que significa el control político y quiénes son los titulares del mismo. ¿El Gobierno investigándose a sí mismo, o la oposición? ¿Por qué el Reglamento establece que para nombrar una comisión investigadora se necesitan solo 46 votos y no una mayoría legal? Porque es evidente que el Gobierno no se puede investigar a sí mismo; y esa batalla la dieron los voceros del Gobierno en la Junta de Portavoces, hablando de la proporcionalidad que les corresponde. Pero, bueno, ¿hay voluntad política de investigar o no investigar?, ¿o tienen miedo porque alguien ha dicho: ‘Sí, es una persona cercana, pero han utilizado mi nombre, el mío y el de mi esposo, pero no lo hemos autorizado’? Ustedes deben ser los más interesados en que esto se investigue a profundidad, si no tienen temor. No vengan con tinterilladas, como algunos. Entonces, si ya nos hemos puesto de acuerdo en la Junta de Portavoces, si ya cada bancada acreditó sus representantes, lo único que queda es votar y que esta comisión se instale cuanto antes. Resulta innecesario ingresar a un debate que dilate las cosas y que haga que se dé una confrontación política innecesaria, porque creo que lo que el país está exigiendo es que esta comisión se conforme, se instale y comience a trabajar. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Por alusión, tiene la palabra el congresista Gutiérrez Cóndor. El señor GUTIÉRREZ CÓNDOR (NGP).— Presidenta, se está aludiendo a los principios generales del derecho y me cabe la oportunidad de hacer una reflexión: solo es aplicable el derecho consuetudinario cuando la legislación no precisa los alcances de la misma, y naturalmente ahí podrán avocar. Entonces, el tinterillaje no viene de nuestra parte. Aquí se trata del cumplimiento pleno de un hecho mandatorio. Pero, como se me ha aludido, yo quiero pedirle, Presidenta, que se proyecte un video con el que voy a relevarme de los argumentos jurídicos y doctrinarios que otros parlamentarios anteriormente a mí han expuesto. De manera que voy a relevarme de mayores comentarios, circunscribiéndome, única y exclusivamente, a lo que otros parlamentarios ya dijeron sobre el particular. Creo yo que no se puede hablar de 198

conveniencias en un momento y en otro no, debemos ser coherentes con nuestra posición. Presidenta, con todo gusto le cedo una interrupción el congresista Mulder. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Mulder Bedoya. El señor MULDER BEDOYA (GPCP).— Presidenta, el tema procesal de fondo no es que se haya propuesto o no se haya propuesto, sino que quien habla ha retirado su firma. Entonces, yo quiero que el congresista Josué Gutiérrez opine si es válido o no en el Parlamento retirar una firma; porque si él dice que eso no es válido, entonces aquí queda nulo todo lo actuado desde el 28 de julio del año 2011, e incluso desde fecha anterior. Es evidente que cualquier argumento en sentido contrario se salva con el retiro de la firma. Así que, seguimos en una discusión en la que ellos quieren continuar demostrando los miedos que tienen; o, de una vez, se quiere proceder de cara al país y demostrar que se puede aceptar la investigación de un parlamentario integrante de una comisión de siete. Imagínese el temor, Presidenta, a un solo parlamentario de una comisión de siete. Creo que las cosas tienen, más bien, que ir hacia una votación directa, porque ya sabemos cuáles son los argumentos; y que el Pleno mande. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. El señor MULDER BEDOYA (GPCP).— Y si el Pleno va a mandar que un parlamentario no puede integrar una comisión, a pesar de no tener ningún tipo de obstáculo de carácter procesal, entonces será un veto a una bancada. En ese caso, nuestra bancada no participara con nadie, ni reemplazará a quien está haciendo uso de la palabra para integrar esa comisión. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúe, congresista Gutiérrez Cóndor. El señor GUTIÉRREZ CÓNDOR (NGP).— Presidenta, es muy distinto entonces hablar del derecho consuetudinario y hablar de antecedentes jurídicos de obligatorio cumplimiento que generan jurisprudencia. Son cosas totalmente distintas; como por ejemplo, cuando un parlamentario suscribe un proyecto de ley, y este es sancionado por el Pleno y ya es ley, y después presenta una carta diciendo que retira su firma; ¿invalida eso la ley? No la invalida, como no la va a invalidar ninguna propuesta que se pueda presentar. Lo que ha ocurrido en este caso materia de discusión es que se ha sostenido, con fundamentos totalmente mandatorios, que el que propone, que el que sustenta, que el que promueve la constitución de una comisión investigadora no puede integrarla porque eso desnaturaliza el proceso. Antes de concluir, le pido, Presidenta, que se sirva disponer la proyección de este video de corta duración, si fuera tan amable. 199

La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se va a proceder a pasar el video. —Se proyecta el video. El señor PRESIDENTE.— Congresista Velásquez, haga uso de la palabra. El señor VELÁSQUEZ QUESQUÉN (GPCP).— Señor Presidente, quiero invocar al Pleno el que se pueda tener en cuenta que la propuesta hecha por la bancada de Solidaridad Nacional afecta el Reglamento del Congreso. Pido que se lea el inciso a) del artículo 88.° del Reglamento, para que se pueda demostrar lo que es hasta inclusive una práctica parlamentaria, que quienes presentan una moción para investigar a alguien, no pueden integrar esta comisión investigadora. Y creo, además, que resulta gravísimo que se siente este precedente, toda vez que quien ya juzgó, quien ya condenó los hechos que supuestamente se van a investigar, forme parte de esta comisión investigadora. Quiero solamente al Pleno refrescarle y recordarle lo que sustentó el congresista Benítez Rivas en su momento... El señor PRESIDENTE.— Congresista Velásquez, usted ha pedido que se lea el artículo. Vamos a proceder a leer el artículo. El señor VELÁSQUEZ QUESQUÉN (GPCP).— Por favor. El señor PRESIDENTE.— Okay. Inciso a) del artículo 88, es lo que ha planteado. El RELATOR da lectura: Reglamento del Congreso de la República Artículo 88.a) Las Comisiones de Investigación se constituirán por solicitud presentada mediante Moción de Orden del Día. Para su admisión a debate y aprobación solo se requiere el voto aprobatorio del treinta y cinco por ciento (35%) de los miembros del Congreso. Integrarán la Comisión entre tres y siete Congresistas, propuestos por el Presidente del Congreso, respetando hasta donde sea posible el pluralismo y proporcionalidad de los Grupos Parlamentarios. A fin de garantizar el debido proceso, se evitará que la integren quienes hayan solicitado su constitución. El señor PRESIDENTE.— Congresista Velásquez Quesquén. El señor VELÁSQUEZ QUESQUÉN (GPCP).— Está claro lo que establece el Reglamento: para garantizar el debido proceso se evitará. Es una norma mandatoria. Pero además quiero abonar lo que el congresista...

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Solamente para decirle al congresista Heriberto Benítez que el debido proceso parlamentario es tan importante como el debido proceso jurisdiccional. Por eso es que el Reglamento establece claramente que para garantizar el debido proceso, en forma mandatoria dice, se evitará que quienes presenten la moción o la suscriban formen parte de la comisión. Eso se ha respetado, y ahora el señor Heriberto Benítez pretende, obviamente, como lo ha venido sosteniendo, él no ha venido sembrando... —Finaliza el video. —Reasume la Presidencia el señor Norman David Lewis del Alcázar. El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis del Alcázar).— Continúe, congresista Mulder Bedoya. El señor MULDER BEDOYA (GPCP).— Presidente, finalmente quiero señalar que con todos estos criterios con los que hemos estado debatiendo, esta comisión pierde toda legitimidad, carece de legitimidad ya; porque se pretende hacer esto con violación expresa del Reglamento, sin modificarlo. Y no es la primera vez; todavía está pendiente de realizarse una segunda votación de lo que se vio en Ica, porque había una violación del Reglamento. Lo han interpretado, han visto maneras, que iba a ser muy largo hacerlo en su momento, y es verdad; pero el Reglamento dice eso. Y, si no se modifica el Reglamento, tiene que cumplirse. Y aquí el Reglamento dice que se tendrá que hacer eso. Y lo van a hacer al guerrazo, al voto, a como dé lugar; lo están deslegitimando. Entonces, claro, se convertirán en hechos políticos y, como todo en la política, darán vueltas. Lo único que siempre se mantiene en este Parlamento es nuestro partido, porque todos los demás van y vienen: pero nosotros siempre nos quedamos. —Reasume la Presidencia la señora Ana María Solórzano Flores. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúe, congresista Gutiérrez Cóndor. El señor GUTIÉRREZ CÓNDOR (NGP).— Presidenta, para nosotros, entonces, nos resulta muy curioso ver cómo ayer se hablaba de un modo y hoy se habla de otro modo, lo que difiere totalmente de la coherencia que debe haber en un parlamentario, que en definitiva tiene que hacer docencia, sobre todo cuando hay muchos años de por medio. Solamente hay que añadir un componente: si bien el Parlamento es un foro político, debe entenderse a este como despercudido del sesgo de la plataforma electoral, que podría ser muy bien utilizada por una Comisión o por un miembro de ella; porque no necesariamente el que preside puede hacer todo un aspaviento de la misma, sino también quien la integra. Entonces, ante eso que nos advertían ayer, yo les recuerdo que hay que ser coherente con la misma posición, sobre todo porque ahora nosotros no presidimos comisiones 201

investigadoras. En este momento, y revisen la relación de los que las están integrando y dirigiendo, no somos nosotros sino la oposición. En segundo lugar, y es una mentira que se cae sola, nunca vetamos a Concertación Parlamentaria. Lo que ha ocurrido es que era una bancada de seis y, por tanto, no le alcanzaba para distribuirse dentro del orden de la proporcionalidad y de la pluralidad. Eso es lo que ha ocurrido; de manera que no hay que victimizarse cuando no hay víctimas. Lo correcto es que no generemos el precedente de deslegitimar a una Comisión que podría perfectamente instalarse y proseguir su camino hasta consolidar, como objetivo central, una investigación seria, prolija, objetivamente orientada a establecer todo un mecanismo procedimental, reconociendo el debido proceso como principio elemental del derecho constitucional que tienen todos los peruanos. Por lo tanto, no se puede decir para ti sí y para ti no. Es más, el precedente que se ha generado en esa comisión es justamente haber sacado a quien había propuesto la bancada Solidaridad Nacional; y, bajo ese concepto, este Pleno sabiamente rectificó las propuestas que los señores parlamentarios habían presentado ese día. De manera que sí hemos actuado coherentemente, con una sugerencia que advertía del error al momento de su conformación; razón por la cual pediría que nos circunscribamos a los hechos materia de la legislación por la cual nos regulamos, nos guste o no. Felizmente en este Parlamento y en este periodo, no hemos hecho un cambio a ese Reglamento, que heredamos y juramos respetar y cumplir. Bajo ese juramento, respetémoslo en tanto y en cuanto no ha sido modificado. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra la congresista Salgado Rubianes. La señora SALGADO RUBIANES (GPFP).— Presidenta, lamento que a estas horas de la noche y en la fecha en que estamos, todavía esa Comisión no tenga luz verde. Se han dilatado todos los tiempos porque no han querido incluir este asunto en agenda, poniendo miles de pretextos. Esto ya se había visto en Junta de Portavoces, y ahora lo viene a sacar el señor congresista que me ha antecedido en el uso de la palabra. Si había ya conocimiento de que se había retirado la firma antes de la conformación, y con acuerdo de la Junta de Portavoces, ¿por qué en Junta de Portavoces no hicieron el esfuerzo? Tengo conocimiento de que en Junta de Portavoces se ha dicho muchas veces que esa Comisión tenía que funcionar; y han puesto ustedes candidatos que no eran los más idóneos, porque decíamos que nunca el partido de gobierno puede presidir, ni tampoco sus aliados, porque ya sabemos cómo caminan estos. Y queríamos una investigación realmente transparente. ¿Por qué se tiene miedo de investigar? Como ya retiró su firma, no figura como suscriptor de la moción.

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Primero quisieron poner a alguien cuyo nombre, por no herir susceptibilidades, no voy a decir; menos mal que renunció. Luego corrieron la voz de otra persona, completamente aliada de ustedes. Esas son, entonces, muestras de que no quieren investigar, por más que la señora premier Ana Jara, en este mismo lugar, haya dicho: ‘Nosotros sí queremos investigar, nosotros no nos oponemos’. Pero siempre ponen trabas; y la población está diciendo: ‘¿Qué clase de Congreso tenemos, frente a todas las evidencias e indicios que salen todos los días?’. Y miren, las trabas no solamente vienen de parte de ustedes, que seguramente reciben órdenes. Porque no es posible que el ministro Figallo, contra el cual estamos presentando una moción de interpelación, llame al procurador, llame al juez, llame al fiscal. ¿Tan poderoso es este señor Martín Belaunde Lossio? ¿Qué temor hay de investigarlo? Si esta noche no se aprueba la conformación de la Comisión, realmente estaremos quedando muy mal; y usted, Presidenta, está viendo que hay maniobras dilatorias. Ya retiró su firma el congresista Mauricio Mulder; por lo tanto, no hay ningún impedimento para que se conforme esta comisión. No dilatemos más las cosas; esto estaba para el voto, entonces votemos. ¿Quieren comisión o no quieren comisión? De una vez votemos, y la población sabrá mañana quiénes no quieren la conformación de la comisión. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Becerril Rodríguez. El señor BECERRIL RODRÍGUEZ (GPFP).— Presidenta, hablando de coherencia, me gusta la coherencia de un congresista nacionalista que siempre anda defendiendo a quien manda en Palacio de Gobierno, es decir, a la señora Nadine Heredia. Acá tenemos que ponernos de acuerdo. ¿Queremos que se investigue o no queremos que se investigue? Para demostrar ello, vamos a recordar algunos hechos. Por ejemplo, cuando se iba a votar en Consejo Directivo para formar esta comisión, los nacionalistas se retiraron dejando sin quórum para que no se forme. ¿Es cierto o es mentira? Es totalmente cierto. Luego, hubo un acuerdo de Junta de Portavoces para que sea un miembro por cada bancada. Sin embargo, retiraron esa posición y quisieron imponer dos miembros por la bancada Nacionalista, lo que tampoco prosperó. Otra vez, con afán dilatorio, quisieron imponer como presidente a un miembro de Perú Posible, una bancada completamente afín a Gana Perú. Sabían que la oposición no iba a aceptarlo. Sin embargo, fue una práctica dilatoria para que el tiempo vaya pasando. Ahora, nuevamente, vienen a querer retirar a un miembro de la Comisión, lo que no les corresponde, pues. Cada bancada elige a su representante, y Concertación Parlamentaria eligió al congresista Mauricio Mulder, que ya retiró su firma. Por lo tanto, esta es, una vez más, otra práctica dilatoria. No quieren que se forme la comisión. 203

Gana Perú está aterrorizado con esta comisión; si no, veamos: el ministro Figallo, ¿qué ha hecho? Se ha reunido no solamente con el fiscal que ve el caso, sino con el asesor del presidente Ollanta Humala, con la procuradora del caso, Vilcatoma. ¿Para qué? Lógicamente, para entre los tres ver cuál va a ser finalmente el esquema de investigación de la Procuraduría, ponerse de acuerdo y ver de qué manera Roy Gates va a defender, no a Ollanta Humala, por si acaso, no se asusten. Todos los hilos de la corrupción conducen a Palacio de Gobierno, pero, en Palacio de Gobierno, no hacia Ollanta Humala: todo va hacia la señora Nadine... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluya, congresista. El señor BECERRIL RODRÍGUEZ (GPFP).— Así que, de una vez, hay que pedirles que se saquen la careta. Si no quieren que se investigue, impónganse en esta votación el partido de Gobierno más sus aliados, de manera que no habrá Comisión. Se quedarán solamente ustedes para investigarse ustedes, y, finalmente, ustedes serán responsables de esto. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Tejada Galindo. El señor TEJADA GALINDO (NGP).— Presidenta, el Pleno finalmente puede tomar la decisión que considera más apropiada; pero creo que es bueno recordar los argumentos que aquí se han esgrimido. Ya el congresista Josué Gutiérrez ha presentado algunos videos con las declaraciones de los congresistas Velásquez Quesquén y Mauricio Mulder, que fueron férreos opositores a que el congresista Benítez integrara la megacomisión, haciendo referencia al artículo 88.° del Reglamento del Congreso. El congresista Mulder cuando se refirió a esto señaló, como vimos en el video, que si se procedía a la conformación de la comisión con un congresista que había firmado la moción, se estaría violando expresamente el Reglamento y se estaría actuando incorrectamente. Y más adelante ha dicho: ‘El Reglamento señala claramente que, a fin de garantizar el debido proceso, se evitará; pero van a proceder al guerrazo, o como sea, con la votación’. Entonces, si se quiere proceder al guerrazo, eso lo puede hacer el Pleno; no hay ningún inconveniente. Pero sí debe quedar constancia de cómo dan vuelta los argumentos, como un día se utilizan de una forma y al día siguiente se utilizan de otra forma. Nosotros queremos que aquí se esclarezcan las cosas y se llegue a la verdad; que se identifiquen las responsabilidades de quienes se han aprovechado de su cercanía a determinadas personas, y que paguen por lo que han hecho aquellos que han celebrado contratos, negocios, fuera de la ley, que asuman la responsabilidad de haberlo hecho; pero se tienen que realizar las investigaciones con objetividad.

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Pero ahora se nos da un argumento que a mí me parece peligroso, cuando se dice: ‘Tú puedes violar el Reglamento, puedes proceder al guerrazo retirando una firma’. El Reglamento dice que se evitará que quien firme una moción integre la comisión; pero ahora uno puede firmar una moción, ser autor de una moción, presentarla, y una vez que ingresó y se aprobó, retirar su firma e integrar la comisión. Entonces, que se convierta eso en práctica y todos podremos hacer lo mismo: yo tengo interés en investigar un determinado hecho; presento mi moción; se aprueba; de ahí retiro mi firma, y ya. Digamos que ese artículo del Reglamento está por gusto. Entonces, modifiquémoslo. Pero es bueno que quede constancia en acta, en el Diario de los Debates, de las incoherencias que han tenido estos discursos. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra la congresista Chávez Cossío. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— Presidenta, la Constitución en el artículo 97.° señala lo siguiente: ‘El Congreso puede iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público’. Es decir, las comisiones no investigan a personas: investigan hechos. Y eso lo hemos debatido esta semana justamente a propósito de una consulta que se hizo a la Comisión de Constitución. Es más, en el artículo 100.° de la Constitución dice: ‘Corresponde al Congreso, sin participación de la Comisión Permanente’, que es la que, de acuerdo al artículo 99.° de la misma Constitución, acusa ante el Congreso, es decir, ante el Pleno; en consecuencia, en tanto que la Comisión Permanente es la que acusa ante el Pleno, no puede participar en la decisión que toma el Pleno respecto de esa acusación en un caso de antejuicio constitucional o juicio político. ¿Qué significa esto? Significa que todo requisito de imparcialidad debe guardarse cuando se está juzgando a personas, cuando se está haciendo un procedimiento en el que se va a determinar responsabilidades de personas. En una comisión investigadora, lo que se hace es investigar hechos, tal como establece el artículo 97.° de la Constitución. Lejano está aquello de que directamente se determine responsabilidades de las personas, porque primero hay que investigar hechos. En consecuencia, si bien el artículo 88.°, inciso a), del Reglamento, en la parte final dice que a fin de garantizar el debido proceso —hablando de comisiones de investigación—, se evitará que la integren quienes hayan solicitado su constitución; yo creo que esto se habría resuelto si es que el congresista Mulder no hubiera retirado su firma. Porque nosotros sabemos que se pueden retirar las firmas hasta de los dictámenes, y que cuando se retiran las firmas de los dictámenes o de las mociones en número suficiente, puede caerse el dictamen o puede caerse la moción. Y lo mismo sucede con las interpelaciones. Inclusive, cuando se presenta en el Tribunal Constitucional una demanda de inconstitucionalidad de una ley, que en el caso de los congresistas exige, por lo menos, el 25% de su número legal, basta que se retire una firma y se baje el 25%; y siempre que no hubiera sido admitida la demanda, se cae esa demanda. 205

En este caso concreto, entiendo que el congresista Mulder —y si no, me van a corregir— retiró su firma antes de que el Congreso apruebe la conformación de la comisión investigadora. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— Entonces, es evidente que el congresista Mulder no es ya quien ha solicitado la conformación de esa comisión investigadora, por el hecho de que retiró su firma. Pero, además de eso, aun cuando el señor congresista Mulder no hubiera retirado su firma, yo creo que esto se resuelve aplicando el control difuso; porque es evidente que ese artículo 88.°, inciso a), parte final, colisiona con el artículo 97.° y con los artículos 99.° y 100.° de la Constitución, que nos dan un derrotero. Cuando se trata de determinar la responsabilidad personal de algunos funcionarios, ahí sí, obviamente, debe haber el concepto de juez imparcial o de una persona que acusa pero imparcialmente. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— Pero cuando se están investigando hechos, creo que es un exceso que contradice o limita la propia Constitución el establecer esta limitación. Reitero, todo este argumento del control difuso, el de preferir la norma constitucional a una norma inferior que está limitando indebidamente la norma constitucional; el llamado control difuso, en este caso, no es necesario siquiera, porque ya ha habido un retiro de firma, y, por lo tanto, formalmente el congresista Mulder no es quien ha pedido la formación de la comisión investigadora. Presidenta, me ha pedido una interrupción el congresista Josué Gutiérrez. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Gutiérrez Cóndor. El señor GUTIÉRREZ CÓNDOR (NGP).— Muchas gracias, congresista Chávez. Presidenta, la doctora Martha Chávez sabe perfectamente que la norma de desarrollo del artículo aludido en la Constitución es el Reglamento; y ese acto de complementariedad justamente va a evitar que el proponente, que goza seguramente de información, que tiene ya un sesgo respecto al tema, vaya a influenciar con su participación dentro de la Comisión; y para evitar que eso ocurra, en garantía de los que vayan a ser investigados, es que se da esta precisión en el artículo 88.°, inciso a), del Reglamento. Más aún, si de fecha se trata, es un hecho cierto que lo que presentó el congresista Mauricio Mulder fue aprobado; y, desde el momento que el Pleno lo sanciona, ya no cabe el retiro de firmas, que es distinto tratándose de dictámenes, mociones y muchos otros documentos. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluya la idea, congresista. 206

El señor GUTIÉRREZ CÓNDOR (NGP).— Decía que, desde que sanciona el Pleno y la propuesta se hace ley o la moción se acuerda como tal, ya no cabe ningún retiro de firma. En todo caso, es inaplicable e irrelevante cualquier acto posterior a la sanción hecha por el Pleno del Congreso. Pero, en fechas, no es verdad que el retiro de la firma fue antes de la aprobación de la moción; fue después de su aprobación. Al final de cuentas, estamos advirtiendo lo que dice la ley y la Constitución. Sus consecuencias, creo que los parlamentarios en un Pleno anterior ya las habían advertido. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Mulder Bedoya. El señor MULDER BEDOYA (GPCP).— Presidenta, que haya sido hecho antes o haya sido hecho después el retiro de la firma, y se interprete que dicho retiro vale solamente cuando se hace antes, y no cuando se hace después, me lleva a preguntar dónde está escrito eso, dónde se dice eso. Eso se le ocurre al congresista Gutiérrez. También se le podría ocurrir decir: ‘Bueno, según mi criterio solamente se puede retirar firmas hasta el mes de marzo de cada año, porque me da la gana’. Pero tendría que amparar eso en algún documento que acredite que la firma se debe retirar antes de tal acto jurídico. Sobre ese particular no dice nada el Reglamento. La firma se retira en el momento en que se produce dicho retiro, y surte efectos desde el momento en que se firmó; es decir, se retrocede al momento en que se firmó, porque ya no está la firma en el documento, como lo ha demostrado la congresista Martha Chávez, cuando habla incluso de documento que se presenta ante un juez, y después se retira. Así que es una interpretación arbitraria. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluya la idea, congresista. El señor MULDER BEDOYA (GPCP).— Pero que me explique a mí el Nacionalismo cómo es que en estos momentos hay cuatro comisiones en el Congreso conformadas por colegas que las han propuesto, que las han sustentado, y que ni siquiera han retirado sus firmas de las mociones correspondientes. Quiero que me expliquen cómo es que eso funciona, y aquí están las cuatro mociones. Las he leído, ¿o hay que volver a leérselas para que entiendan como los niñitos de Pavlov? No, pues; es porque no se quiere escuchar. ¿O tenemos que disolver estas cuatro comisiones? ¿O estas cuatro mociones se las tenemos que pasar a los investigados? Al señor de Áncash, al señor Orellana Rengifo, a los señores de Ica, para que de una vez presenten recursos y digan: ‘Nulo todo lo actuado, porque ahí hay quienes suscribieron las mociones, y ni siquiera se han tomado el trabajo de retirar sus firmas’. Entonces, ¿con qué derecho quieren ahora vetar a un congresista porque ha retirado su firma? No tienen ningún tipo de autoridad moral para hacerlo. Lo que tienen es miedo. Que venzan su miedo, que se pongan pañales y que voten. 207

La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúe, congresista Chávez Cossío. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— Presidenta, las leyes lo que hacen es desarrollar la Constitución para explicarla mejor; pero están sujetas a un orden jerárquico, la famosa pirámide kelseniana, donde hay dos principios: el principio de supremacía constitucional y el principio de jerarquía de normas. Las leyes, que son las que desarrollan la Constitución y la hacen más precisa, deben respetar la Constitución. No por el hecho de que la desarrollen pueden ir más allá de ella o tergiversarla o contradecirla. Por lo tanto, si el Reglamento, que tiene anclaje en la Constitución porque es la Constitución la que prevé la existencia de un Reglamento en el Congreso, desnaturalizara la Constitución, quiere decir que hay que aplicar el control difuso previsto en el artículo 103.° de la Constitución; es decir, cuando hay incompatibilidad entre una norma inferior y la Constitución, se prefiere la Constitución. Y yo creo que el quid aquí es que en una Comisión investigadora se investigan hechos; tal como lo señala el artículo 97.° de la Constitución, el Congreso puede iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo para concluir, congresista. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— No se dice que el Congreso puede investigar a las personas. Cuando la Constitución quiere que el Congreso investigue a las personas, lo dice así y lo desarrolla así en los artículos 99.° y 100°; y no a través de comisiones investigadoras, sino mediante los procesos de antejuicio y de juicio político. Solo ahí la Constitución se cuida de que haya una autoridad independiente en cada una de las etapas de ese proceso, y por eso dice que, como es la Comisión Permanente la que acusa ante el Pleno, al determinar el Pleno sobre la base de esa acusación, si el alto funcionario es responsable o no de delito de función o de infracción a la Constitución, la Comisión Permanente debe abstenerse. Eso no sucede en las comisiones investigadoras, de acuerdo al artículo 97.° que hemos leído. Por lo tanto, más allá de las disquisiciones sobre cuándo se retiró la firma o sí se retiró la firma, que creo que son importantes también… La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluya, congresista. La señora CHÁVEZ COSSÍO (GPFP).— Más importante son la coherencia y consistencia y el respeto a una norma suprema como es la norma constitucional, que me parece que el Reglamento del Congreso, en el artículo 88.°, inciso a), parte final, simplemente no está respetando. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Galarreta Velarde. El señor GALARRETA VELARDE (PPC-APP).— Presidenta, me pide una primera interrupción el congresista Gastañadui. 208

La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Gastañadui Ramírez. El señor GASTAÑADUI RAMÍREZ (NGP).— Muchas gracias, congresista Galarreta. Presidenta, se nos ha dicho, con relación a cuatro comisiones investigadoras, 1que quienes presentaron las mociones para su constitución finalmente terminaron conformándolas. Debemos señalar que el error no es fuente de derecho. Si anteriormente se interpretó incorrectamente el Reglamento, eso no quiere decir que se genere jurisprudencia para los casos futuros. Vivimos en un estado de derecho y todos nos obligamos al cumplimiento de la Constitución y la ley, tanto los que somos autoridades como los que somos ciudadanos. Nadie puede estar por encima de la ley. El Reglamento claramente dice que quienes presentan la moción no pueden terminar conformando las comisiones investigadoras. Nos guste o no nos guste, eso dice el Reglamento del Congreso. Posteriormente expondremos nuestra posición al respecto. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Puede continuar, congresista Galarreta Velarde. El señor GALARRETA VELARDE (PPC-APP).— Presidenta, no puedo iniciar esta intervención sin preguntarme qué pasó con la Oficialía Mayor en los casos anteriores, por qué no advirtió la observación que ha hecho en este caso el congresista Mulder, por qué no hay oficios de la Oficialía Mayor a quienes firmaron algunas mociones y participan en esas comisiones. No voy a entrar a un debate sobre el particular. Creo que la doctora Chávez ha marcado una posición que no necesariamente comparto. Hay una posición relacionada con lo que señala explícitamente el artículo 87.°. No quiero darles argumentos a algunos investigados; pero creo que eso va a tener que definirse, y probablemente en otra sesión. Sin embargo, a mí hasta ahora me sorprende que recién el día de hoy se haya colocado el nombre del representante de la bancada de gobierno. En el caso, más allá del debate, del artículo 88.°, inciso a), del Reglamento, uno incluso puede hablar de cuál fue el espíritu del legislador. Porque una comisión investigadora, cuando se establece a fin de garantizar el debido proceso, está referida justamente a aquellos, por ejemplo, que tienen algo específico contra alguien; plantean esa moción y terminan investigando. O sea, puede haber un montón de interpretaciones.

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Lo concreto es que cuando el congresista Mauricio Mulder retira su firma de una moción para que se conforme una comisión investigadora, hay diferentes plazos. Uno de ellos es sobre la creación, que ya se votó. Recién vamos a entrar a la conformación, para ver a los integrantes. Cuando uno retira la firma de un proyecto aprobado en Comisión, esa firma tiene validez, porque, al retirarla, se puede caer el proyecto; y un dictamen en minoría puede pasar a ser un dictamen en mayoría. O sea, surte efecto. Entonces, más allá del debate, yo sí puedo discrepar, y creo que cada uno es dueño de sus actos y esclavo de sus palabras viendo ese video; yo sí puedo discrepar de que realmente se aplique ese artículo 88.°. Creo que hay un temor innecesario de la mayoría oficialista porque participe un congresista de oposición como Mauricio Mulder. Si el congresista Mauricio Mulder no hubiera presentado, que es el caso de otros parlamentarios, el retiro de su firma, obviamente podríamos ahí entrar recién al debate de fondo. Pero las mociones sobre conformación de comisiones investigadoras tienen etapas diferentes y no son como un proyecto de ley. Algunos han dicho que si se aprueba el proyecto de ley, obviamente, ya está para que se envíe la autógrafa. Pero si retira la firma, no se impide eso, porque ya está aprobado. Aquí se ha aprobado la creación de una comisión investigadora. La conformación está en debate, y el parlamentario Mulder, de oposición, ha retirado su firma antes de que se acuerde esa conformación. El artículo 88.° del Reglamento, cuando establece los pasos para conformar una comisión investigadora, no dice que todo sea en un solo acto; dice: ‘A fin de garantizar el debido proceso se evitará que la integren quienes hayan solicitado su constitución’. Y en el momento en que estamos viendo quiénes la integran, todavía no ha terminado el proceso de la comisión investigadora; recién se va a ver a sus integrantes. El congresista Mulder, formalmente, ya no es uno de los que solicitó el nombramiento de la comisión investigadora. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. El señor GALARRETA VELARDE (PPC-APP).— Más allá de que esto nos llevaría a un debate muy largo, que podría poner probablemente en serios problemas a algunas comisiones, si es que algunos mantienen esa posición, que creo que es verdad; le pido, Presidenta, que nos diga qué pasó con Oficialía Mayor, ¿o les vamos a regalar las investigaciones a quienes están investigados?, ya que recién se han dado cuenta. Por lo tanto, impedir a través de una votación que un parlamentario que ha retirado su firma antes de que se conforme una Comisión integre esa Comisión, lo único que nos está demostrando nuevamente es que el Gobierno tiene temor del caso Belaunde Lossio, tiene temor del caso Idrogo, tiene temor de los casos que se van a ver a raíz de esta investigación. Creo que eso es absolutamente claro. Desde aquella perspectiva que es la mía, según la cual no pueden integrarla aquellos que firman una moción para formar una comisión investigadora, la designación de los 210

integrantes de esta comisión investigadora aún no se ha definido, pero está a tiempo por el retiro de la firma. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. El señor GALARRETA VELARDE (PPC-APP).— Por lo tanto, nosotros no vamos a aceptar ningún veto de la mayoría, porque sería nefasto —más allá del otro debate— que en el momento en que se va a conformar una Comisión, en que formalmente ya no es firmante uno de los congresistas que ha solicitado su constitución, se pretenda aplicar un artículo del Reglamento que ya en este momento no corresponde al congresista Mulder. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Benítez Rivas. El señor BENÍTEZ RIVAS.— Señora Presidenta, hasta hace aproximadamente ocho años, el criterio del Parlamento era distinto al del día de hoy, porque generalmente quien presentaba la moción, o presidía la Comisión o la integraba, debido a que el concepto era que quien la presentaba conocía el tema, era el más capacitado, el que más lo había estudiado, el que más se había preparado, y por tanto debía integrar la Comisión. Ese concepto se mantuvo hasta hace ocho años. Luego, el criterio cambió porque en julio del 2006, a finales de ese período parlamentario, se puso en discusión en el Congreso un proyecto que habían presentado los congresistas Ántero Flores-Aráoz y Henry Pease. ¿Qué buscaba ese proyecto? La modificación del inciso a) del artículo 88.° del Reglamento. ¿Y cuál era el espíritu de esa norma? El espíritu era que, respetando el debido proceso, los que investigaran actuasen con imparcialidad y neutralidad. No se ponían a discutir sobre firmas: si se retira hoy, si se retira mañana, si se retiró ayer, antes de ayer; eso era lo lejano, no interesaba. Vamos a creer en la hipótesis de aquellos que dicen ‘La retiré, y ya’. Vamos a aceptar su tesis: ‘Ya, la retiró’. Pero el problema no es que la retire; el problema es si hay o no imparcialidad, si esa persona que quiere integrar la comisión adelantó un juicio de valor o no, si dio una opinión diciendo que tal persona ya era culpable o no. Eso me cuestionaron cuando yo quería integrar la comisión que investigaba a Alan García; decían: ‘El señor Benítez ya adelantó opinión, el señor Benítez ya dijo que el señor García cobró plata, que el señor García podría ir a la cárcel, que el señor García indultó o conmutó penas a narcotraficantes y a delincuentes de robo agravado’. Entonces, se criticaba el adelanto de opinión y el juicio de valor. Si el señor Mulder en esta investigación no ha adelantado ninguna opinión, no ha dicho absolutamente nada y no ha adelantado juicio de valor, que vaya a la comisión. Pero si ya adelantó opinión, ya dio un juicio de valor, ya se pronunció, ya dijo ‘Tal o cual persona es responsable o no, o de repente puede ser responsable’, entonces el señor Mulder solo se ha excluido de la Comisión, ya no podría integrarla. Porque la premisa, el punto de partida es si hay o no hay imparcialidad. 211

Es más: cuando se investigó el tema de Alan García, todos recordamos que el señor García presentó una acción de amparo, ¿o no? Presentó una acción de amparo, porque dijo: ‘Están violando el debido proceso legal’. Presentó su amparo, acudió al juez y el juez le dio la razón. ¿Y cuáles son los argumentos que ofrecía el señor García en su demanda, en sus escritos, en sus pedidos, en los reclamos que hacía al juez, para presentar su amparo? Tengo aquí en mi mano la sentencia que dictó el juez a favor de Alan García, y me permito leer un pequeño párrafo de lo que él decía respecto a su amparo, por una comisión que lo quería investigar. El señor García decía, y repito lo que dice la sentencia: ‘El respeto de las garantías constitucionales es aún más importante en una situación en la que quienes actúan como investigadores y jueces son adversarios políticos, motivados por tal interés. Sin un amparo que proteja tales garantías, la estructura jurídica se convertiría en un puñal político a utilizar por los adversarios políticos contra sus enemigos, y eso contravendría el ordenamiento jurídico constitucional y la democracia’. Alan García Pérez se quejaba de que sus opositores integren una comisión para que lo investiguen, porque decía que eso atentaba contra el orden jurídico y contra la democracia; y hoy día piden lo contrario, quieren que integren la comisión los opositores al investigado, los que de repente van clavar el puñal. ¿Será eso, señora Presidenta? Creo que tenemos que buscar lo más imparcial y lo más neutral posible. Todos estamos interesados en que se investigue este caso, en que se sepa la verdad, en que podamos llegar a conclusiones y recomendaciones que le permitan al Congreso y a los futuros personajes políticos adoptar una conducta adecuada; eso es lo que buscamos. Pero si hay quien adelanta juicios de valor, si hay quien antes de que se forme la comisión ya criticó, ya ametralló a todo el mundo, entonces él solito ya se excluyó de la comisión. Entonces, no se trata de que no se quiera conformar la comisión, sino que se trata de la conciencia de cada uno de saber quién debe o no debe integrar esa comisión. Partamos de ese principio: neutralidad e imparcialidad, y logremos resultados objetivos que nos permitan llegar a la verdad. Eso es lo que buscamos. No es que sea un veto contra el señor Mulder. No tenemos por qué tener miedo de que Mauricio Mulder integre una comisión. Si quiere, que la presida; si quiere, que él solo haga quórum y llame a todo el mundo. Ese no es el temor. O sea, no hay que tener miedo de que el señor Mulder investigue. Lo que hay que respetar dentro del debido proceso, tal como lo ha dicho el propio Alan García en su amparo, es la imparcialidad y la neutralidad. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo para concluir, congresista. El señor BENÍTEZ RIVAS.— Lamento que hoy día dos representantes del partido del señor García digan los contrario, porque estoy seguro de que si el señor García los escucha, los somete a disciplina mañana a los dos por decir lo contrario de lo que él dice, y, de repente, no van a la reelección. Pero así es la democracia.

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Hay que investigar, sí; hay que saber la verdad, sí. Pero pongamos congresistas que no hayan adelantado juicios de valor, que no hayan adelantado opinión, porque ese fue el criterio del Congreso. Y aquí no hay vetos, aquí no hay observaciones. Aquí se pide imparcialidad, saber la verdad y construir algo para el Perú que en el futuro no se repita. Presidenta, me pide una interrupción el congresista Coa. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Coa Aguilar. El señor COA AGUILAR (NGP).— Presidenta, se está diciendo que acá hay una intención de veto, algún temor. Eso tiene que ser absolutamente descartado, porque no hay ningún temor, ni hay veto. Veto es lo que han hecho con otros colegas al no permitir su participación. Ya se aprecia un doble discurso. Lo que se ha evidenciado acá, con lo que se ha señalado, es que dos colegas, con el debido respeto, han venido con dos discursos, interpretan la norma del Reglamento a su antojo, y ahora vienen con otra interpretación. La opinión pública tendrá que sacar sus propias conclusiones. No existe ningún temor ni propósito de veto. Lo que se está proponiendo, y se va a hacer respetar, es lo que dice el Reglamento. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la segunda interrupción, congresista Coa Aguilar. El señor COA AGUILAR (NGP).— Vuelvo a señalar lo que dice el Reglamento: A fin de garantizar el debido proceso, se evitará que la integren quienes hayan solicitado su constitución. Y como está claramente señalado, ¿qué es lo que queremos con un proceso investigatorio que emane de un acuerdo del Pleno? Su objetividad ante todo. Pero hay colegas que por su condición de voceros, todos los días van ventilando su ojeriza sobre un determinado tema, lo que les hace perder objetividad, evidentemente. Así que las cosas están absolutamente claras. No hay ningún temor, no vamos a vetar a nadie. Sencillamente, respetemos los procedimientos parlamentarios, respetemos la norma, respetemos lo que siempre se ha hecho en el Congreso. No podemos ceder al libre albedrío, al chantaje, a la interpretación... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Gracias, congresista. Puede concluir, congresista Benítez Rivas. El señor BENÍTEZ RIVAS.— Presidenta, finalmente espero que luego de que esta Comisión se conforme, se instale y trabaje, pueda llegar a la verdad. Hace tres años nosotros solicitamos que se investigara al expresidente García por el caso específico de las conmutaciones de pena, y con el tiempo se demostró que era verdad.

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¿Hay conmutaciones de penas irregulares que se dieron en el gobierno del señor García? Sí. ¿Se conmutó la pena a cinco mil condenados por tráfico de drogas y robo agravado? Sí. ¿Se demostró que había responsabilidad en algunos funcionarios que participaron en esas actividades? Sí, porque algunos están hasta en la cárcel y otros están procesados. ¿Hay conclusiones a las que llegó la comisión producto de esa investigación? Sí. ¿Hubo votación en el Congreso? Sí. Solo estamos a le espera de los demás procesos para que todos los culpables sean sancionados de manera ejemplar. Nada más. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Gastañadui Ramírez. El señor GASTAÑADUI RAMÍREZ (NGP).— Presidenta: Acá no se trata de tener miedo, acá no se trata de si necesitamos o no pañales. Acá se trata del estado de derecho, acá se trata de que nuestros actos se sujeten a lo que establecen la Constitución y las leyes. Justamente, dentro del estado de derecho no solo están sometidos los gobernados, sino también los gobernantes. Y cuando uno interpreta una norma, no puede haber diferentes sentidos. Imaginémonos que una misma norma pudiera tener varios sentidos; eso generaría caos, no habría previsibilidad. Las normas tienen un sentido; y si en casos pasados se interpretó de manera distinta, hay un principio que señala que el error no es fuente de derecho. En el caso que nos trae a colación, el Reglamento del Congreso, que es una norma con rango de ley orgánica, establece meridianamente en el artículo 88.°, literal a), que, a fin de garantizar el debido proceso, se evitará que las integren —se refiere a las Comisiones investigadoras— quienes hayan solicitado su constitución. Eso quiere decir que si yo presenté una moción para que se conforme una Comisión investigadora, yo más tarde no puedo integrar esa Comisión investigadora, porque si la integro estaría violentando el derecho al debido proceso. El derecho al debido proceso tiene varias manifestaciones; entre ellas, justamente, el derecho a ser escuchado, el derecho a presentar pruebas, el derecho que tienen las partes de obtener una sentencia o una decisión o una resolución motivada tanto en hechos como en derechos. Pero también el debido proceso significa que quien me va a juzgar, que quien me va a investigar debe reunir dos requisitos, que son independencia e imparcialidad. De manera que si esa persona, ese juez, esa autoridad no reúne los requisitos de independencia e imparcialidad, no se estaría configurando el derecho al debido proceso. El derecho al debido proceso no solo está establecido en el artículo antes mencionado, contenido en el Reglamento del Congreso, sino que también tiene jerarquía constitucional. Justamente, cuando uno lee el artículo 139.° de la Constitución de 1993, sobre los principios y derechos de la función jurisdiccional —el propio Tribunal Constitucional ha establecido que ellos se expanden a cualquier tipo de procedimiento, 214

no solo los procedimientos que se sigan ante el Poder Judicial, sino ante cualquier tipo de autoridad—, establece en el numeral 3), como un principio y derecho de la función jurisdiccional, la observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva. Ahora, ¿qué significa eso? Que quien te juzga o quien te investiga tiene que ser independiente e imparcial. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. El señor GASTAÑADUI RAMÍREZ (NGP).— La independencia está vinculada justamente con las partes. Yo soy independiente en la medida en que no tenga vinculación con las partes, yo soy imparcial en la medida en que no tenga vinculación con el objeto que va a ser de conocimiento y que voy a tener que resolver. De manera que si yo he emitido una opinión previa sobre lo que es materia de conocimiento, yo ya dejaría de tener justamente imparcialidad. Cuando uno lee la Moción de Orden del Día 11785, presentada por el grupo parlamentario Concertación Parlamentaria, que lleva la firma del señor Mulder, ¿que señala esta moción? Por ejemplo, en el segundo párrafo dice ‘Que, en esta denuncia se evidencia que el citado personaje —se refiere a Martín Belaunde— actuó como lobista de la empresa española Antalsis S.L. para obtener contratos con el Estado, llegando a ganar, según la página web de la OSCE, licitaciones por la suma de 150 millones de soles’. Es decir, aquí ya hay un adelanto de opinión; acá justamente el congresista Mulder, con el otro congresista que la suscribe, ya está diciendo que el señor Martín Belaúnde actuó como lobista, ya está adelantando opinión. Entonces, ¿cómo va a integrar después la comisión investigadora el señor Mulder, cuando él ya ha adelantado opinión? No va a ser imparcial. Presidente, me pide una interrupción el congresista Mauricio Mulder; con todo gusto se la concedo. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Mulder Bedoya. El señor MULDER BEDOYA (GPCP).— Presidenta, creo que el congresista Gastañadui debería ser mucho más cuidadoso con sus palabras y saber que el silencio es mejor en estas cosas; porque él no tiene autoridad para hablar, ya que esa empresa de la que se está hablando se la transfirieron a él. Él es una de las personas que ha estado implicado en ese caso; entonces, ¿con qué autoridad moral se puede poner ahora a hacer argumentaciones de carácter jurídico para tratar de evitar una investigación? Aquí debería haber siquiera cierta moral para poder hacer uso de la palabra. O como es el caso de otro congresista, que sabe perfectamente que los argumentos que están esgrimiendo en estos momentos los del Nacionalismo los va utilizar su jefe, el señor Orellana Rengifo, para anular la investigación que están haciendo contra su organización, la organización que integraba el congresista Benítez. 215

¿Está demostrado que el congresista Benítez integraba esa organización? Sí. ¿Está demostrado que esa organización era una organización mafiosa? Sí. ¿Está demostrado que el congresista Benítez tiene un pedido de levantamiento de inmunidad que no se lo tramitan porque la mayoría lo tiene? Sí. ¿Está demostrado que el congresista Benítez se está poniendo al servicio del Nacionalismo para que no le levanten la inmunidad y no vaya preso? Sí. ¿Y está demostrado que el señor Gastañadui recibió también parte de la empresa del señor Martín Belaunde? Sí. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Por alusión, tiene la palabra el congresista Benítez Rivas. El señor BENÍTEZ RIVAS.— Presidenta, quien se pica, pierde. El señor Maurice Mulder quiere responder con mi nombre lo que yo le he dicho al señor García, porque yo he dicho que es verdad que el señor García conmutó penas a traficantes de drogas y a responsables de robo agravado. ¿Está probado? Sí. ¿Está probado que el señor García conmutó la pena de manera irregular? Sí. Y hay que repetirlo para que no se olviden. Y ahora, a mí me quieren acusar de integrar redes o mafias. Que digan lo que quieran, porque lo importante es que lo prueben. Fácil es hablar y lanzar infamias, insultos, calumnias, difamaciones, injurias. Eso es lo más fácil, y a eso están acostumbrados muchos: a querer enlodar la honra de las personas para después salir y decir: ‘No, yo soy mejor que la madre Teresa de Calcuta’. Y no es así, señora Presidenta. El señor Mulder sabe perfectamente que ha adelantado opinión, y sabe que su jefe y líder Alan García Pérez conmutó la pena a cinco mil condenados por tráfico de drogas y robo agravado, y tendrá que responder... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluya, congresista Gastañadui Ramírez. El señor GASTAÑADUI RAMÍREZ (NGP).— Presidenta, entendemos que este es un foro político, entendemos que al Parlamento uno viene a discutir, a confrontar ideas, la dialéctica es sana. Pero lo que no debemos permitir es el insulto, la diatriba, las medias verdades. Como decíamos, es justamente parte del derecho al debido proceso que los investigadores reúnan esas dos cualidades de independencia e imparcialidad. Habíamos dicho también que la independencia tiene que ver con la vinculación que existe entre el investigador con las partes. La imparcialidad tiene que ver con que estén desvinculados de lo que es objeto de investigación. Y acá, cuando uno adelanta opinión, cuando uno hace aseveraciones, no puede terminar después investigando, porque ya tiene una idea preconcebida. Entonces, ¿qué imparcialidad y qué objetividad puede tener esa persona si ya manifestó, de manera adelantada, cuál es su opinión sobre el caso? Y eso lo podemos ver a lo largo de la moción de orden del día.

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Presidenta, permítame seguir leyendo lo que dice esta moción de orden del día en el tercer párrafo de sus considerandos. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. El señor GASTAÑADUI RAMÍREZ (NGP).— Decíamos que en este tercer párrafo del considerando, los que firman la moción de orden del día señalan ‘Que, resulta gravísimo en especial que Martín Belaunde Lossio haya logrado influenciar para modificar la Ley de Presupuesto del 2013 a fin que el IPD obtenga fondos adicionales para una obra pública en Chiclayo, cuya ejecución se había adjudicado un consorcio conformado por la empresa Antalsis Perú’. Es decir, aquí ya se está aseverando, aquí ya se está afirmando que el señor Martín Belaunde Lossio influenció para la modificación de la Ley de Presupuesto de 2013, cuando eso justamente va a ser objeto de investigación. Entonces, ¿qué tipo de imparcialidad vamos a encontrar cuando ya se adelantó opinión? Hay que respetar el debido proceso, y eso lo ha señalado el Tribunal Constitucional a lo largo de varias sentencias, como la de Tineo Cabrera, en la que señala que el debido proceso se debe respetar en cualquier tipo de procedimiento donde se obtenga una consecuencia que pueda afectar a una de las partes. No solo se aplica el concepto del debido proceso en los procesos judiciales, también se aplica en los procedimientos administrativos, en los procedimientos parlamentarios; y justamente un procedimiento parlamentario es el de las comisiones investigadoras, más aún cuando en las conclusiones se pueden determinar responsabilidades. Habría que aclarar que acá no solo se van a analizar hechos objetivos, hechos abstractos. Esta moción de orden del día tiene nombre propio; y permítame, Presidenta, leer la parte con la que concluye esta moción. Dice: ‘Constituir una comisión investigadora, por un lapso de 180 días, encargada de investigar las denuncias periodísticas sobre las presuntas actividades ilícitas del prófugo Martín Belaunde Lossio para obtener irregularmente contratos a favor de empresas vinculadas a él, y la posible vinculación con ellas de altos funcionarios del Estado’. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluya, congresista, que está en el tiempo. El señor GASTAÑADUI RAMÍREZ (NGP).— Presidenta, acá no se va a investigar de manera abstracta determinados hechos. Acá se va a investigar justamente hechos en que habría incurrido el señor Martín Belaunde Lossio. Entonces, creo que con sabio criterio el Reglamento del Congreso señala que quien presenta la moción no puede terminar conformando estas comisiones investigadoras porque se estaría afectando el debido proceso. Y, como hemos dicho, el debido proceso tiene como componente fundamental, que forma parte del núcleo duro del derecho

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constitucional, que el investigador reúna esas dos cualidades que son la independencia y la imparcialidad. En este caso, creo que si quienes suscriben esta moción de orden del día finalmente terminan formando parte de la Comisión investigadora, no van a tener la imparcialidad como para ver el caso de manera serena, de manera tranquila, de manera objetiva, de manera neutral, como para que podamos sacar conclusiones. Más aún, creo que si infringimos esta norma, mañana más tarde los investigados podrían solicitar, y de manera correcta ante el Poder Judicial, que se revise esta decisión porque se habría violentado un derecho fundamental que es el derecho al debido proceso. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluya, congresista. El señor GASTAÑADUI RAMÍREZ (NGP).— Gracias, Presidenta, por su generosidad. Como decíamos, esto es importante para garantizar una investigación, para que mañana más tarde no sea cuestionada en el Poder Judicial, porque nosotros creemos que el Poder Judicial sí tiene facultades para revisar decisiones de este Poder del Estado cuando se incumplen normas, cuando se violentan derechos fundamentales, y uno de los derechos fundamentales es el debido proceso. Creo que por la garantía de este Parlamento no deberían integrar esta comisión quienes suscribieron la Moción de Orden del Día 11785. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Velásquez Quesquén. El señor VELÁSQUEZ QUESQUÉN (GPCP).— Señora Presidenta, me pide una interrupción el congresista Héctor Becerril. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Becerril Rodríguez. El señor BECERRIL RODRÍGUEZ (GPFP).— Presidenta, simplemente quiero dar un consejo a los amigos nacionalistas. Esa férrea oposición que hacen para que el colega Mauricio Mulder integre esta Comisión no hace más que ponerlos en evidencia. Les pregunto, ¿ustedes están preocupados porque van a investigar a Belaunde Lossio? No, pues. Están preocupados por lo que Belaunde Lossio sabe y va a decir, porque saben que no se va a quedar callado. Ya les dijo que lo suelten para que le digan en su cara acá los congresistas que no lo conocen. Les dijo también que a la cárcel no va gratis. Es una persona que va a llevar a los corruptos del Nacionalismo a la cárcel. Y no están preocupados por Belaunde Lossio; están preocupados porque todo esto lleva a la señora Nadine Heredia. He dicho. 218

Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Por alusión, puede intervenir el congresista Coa Aguilar. El señor COA AGUILAR (NGP).— Presidenta, es inaceptable que quien funge de vocero permanente de un partido que es el más corrupto de la historia venga a hacer ese señalamiento. Que retire la palabra. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Congresista Becerril Rodríguez, se le solicita que retire la palabra para continuar el debate. El señor BECERRIL RODRÍGUEZ (GPFP).— Presidenta, si no les gusta que diga corruptos, retiro la palabra; no tengo ningún inconveniente. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se da por concluido el incidente. Puede continuar, congresista Velásquez Quesquén. El señor VELÁSQUEZ QUESQUÉN (GPCP).— Presidenta, con el respeto que usted me merece, más aún cuando estaba llevando con absoluta imparcialidad este debate, pero el hecho de que usted, con agravios, pida a un adversario político que retire la palabra, me parece absolutamente injusto. El congresista Benítez ha leído parte de la demanda que planteó el presidente García ante el Poder Judicial, no para que no se le investigue, sino para que se respete el debido proceso, cuando había quienes filtraban las conclusiones y recomendaciones antes de tomarle el testimonio al imputado; para que por lo menos se le garantizara que se le pudiera decir que por estos hechos concretos que contienen ilícitos penales se le está investigando. Se le aplicó una famosa teoría que los americanos han proscrito hace años. Investiguen los cinco años, y vamos a ver qué encontramos. Quince millones de soles tirados al agua. Y la vergüenza de este Parlamento es que, después de cuatro años, nada. Lamento que el congresista Benítez, que ahora nos ha querido dar una clase ilustrativa de derecho, diga que una acusación fiscal ya demostró las cosas. Por primera vez veo que cuando un fiscal formula una acusación dice: ‘Ya está demostrado’. Con ese argumento, la solicitud del juez para que al congresista se le levante la inmunidad a fin de procesarlo, ¿ya prueba que él es responsable de la organización delictiva del señor Orellana? No. Ni la acusación fiscal ha podido demostrar que las personas tienen responsabilidad; solamente una declaración firme de un juez, no de un fiscal. Eso es adelanto de opinión. Y que nos digan las cosas con sinceridad: acá quieren hacer el favor al señor Orellana, porque están dando suficientes argumentos para que el señor Orellana descalifique a la comisión investigadora que aquí se está promoviendo.

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Cuatro congresistas que firmaron la moción y no la retiraron forman parte de esta comisión. O sea, le estamos haciendo el trabajo al señor Orellana. Ya sabemos quiénes se van a beneficiar. El sentido de la imparcialidad y de la independencia es una garantía del debido proceso, como dice la sentencia Tineo Cabrera, en concordancia con lo que estableció la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Se la voy a alcanzar al congresista Heriberto Benítez porque, de repente, en su momento le va a servir para que se defienda. El considerando 52: la imparcialidad y la independencia es una garantía del debido proceso en materia jurisdiccional. Las investigaciones parlamentarias no tienen este contenido, y ya lo ha dicho la propia sentencia, porque las investigaciones parlamentarias son políticas, son de oportunidad. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. El señor VELÁSQUEZ QUESQUÉN (GPCP).— ¿O alguien puede decir que quienes han investigado al presidente García en este Parlamento han actuado con independencia e imparcialidad? ¿No han actuado con sentido de oportunidad? ¿No han sido nuestros adversarios políticos? Y el señor Benítez, que dice que lo están persiguiendo políticamente para que no le levanten la inmunidad parlamentaria, ahora no reconoce que dos veces el Fiscal de la Nación ha rechazado cualquier indicio de responsabilidad del expresidente Alan García en el caso de las conmutaciones e indultos que se han dado. No lo han podido demostrar, y es porque no leen, porque ahora solamente están ahí, agazapados, buscando que el Nacionalismo los apoye para impedir que la justicia los investigue. No hay una sola conmutación o indulto que se haya podido demostrar que se ha dado violentando la ley. Porque todos sabemos que, por principio de derecho, las prohibiciones tienen que estar expresas en la ley; no se presumen. Entonces, la ley establece claramente... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene tiempo, congresista. El señor VELÁSQUEZ QUESQUÉN (GPCP).— ... no se pueden dar estas prerrogativas constitucionales que tiene el Presidente. Pero no nos desangremos más, no desprestigiemos más el Parlamento. Solamente les diré a aquellos que invocan el artículo 81.° del Reglamento, que cuando una Comisión ordinaria pide facultades de Comisión investigadora tiene que agotar el procedimiento de la moción. Todos los miembros de la Comisión votan, ¿no es cierto? ¿Y quiénes investigan?, ¿no son ellos mismos?, ¿no son ellos mismos los que traen las conclusiones? ¿Dónde está el control sobre esa decisión? En el Pleno. Las conclusiones y recomendaciones de los siete miembros de esta Comisión investigadora no van a pasar directamente al Ministerio Público. Vienen al Pleno, y el Pleno las evalúa. Pero si esto fuera poco, para los que se están muriendo de miedo, ¿qué dice el último párrafo del artículo 97.° de la Constitución? Que las conclusiones y 220

recomendaciones del Parlamento no obligan al Ministerio Público ni al Poder Judicial. Ahí hay otra evaluación de carácter jurisdiccional... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. El señor VELÁSQUEZ QUESQUÉN (GPCP).— ¿A qué le tienen tanto miedo? Nosotros nos hemos sometido cuatro años a la imparcialidad e independencia del señor Tejada y de los otros señores que nos han investigado. Cuatro años, 15 millones de soles; hubiéramos hecho tres colegios emblemáticos con todo eso. Pero no importa. Artículo 97.°: las conclusiones de las investigaciones parlamentarias no obligan a los órganos jurisdiccionales. O sea, el filtro de cualquier parcialidad pasa por el Pleno y por el Ministerio Público y el Poder Judicial. Lo que estamos viendo aquí es el triste espectáculo de una bancada que no es capaz de tener argumentos constitucionales ni legales para defender la posición del Gobierno, que en este caso no quiere que se investigue. O acaso no recordamos que el propio presidente Humala ha dicho: ‘¿Cómo van a investigar al señor Martín Belaunde Lossio? El Parlamento debería dedicarse a otras tareas’. ¿Lo ha dicho o no lo ha dicho? Cuando le dictaron la prisión preventiva, dijeron: ‘No, mucho es 18 meses; piensen en su familia’. Entonces, también hay que pensar en la familia del señor Orellana, que acá tiene defensores. En resguardo de la imagen del Parlamento Nacional, demos ya paso a la instalación de esta Comisión. Flaco favor se está haciendo el Gobierno y su bancada que, sin argumentos constitucionales, quieren vetar a un parlamentario de siete, porque dice que pone en peligro el debido proceso. Ustedes y sus aliados tuvieron toda la comisión que investiga a Alan García, y nosotros lo único que hemos dado son argumentos jurídicos, en una batalla racional. Así que no nos vengan a vender cuentos ahora. Se mueren de miedo. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. El señor VELÁSQUEZ QUESQUÉN (GPCP).— Parece que el congresista que ha sustentado este argumento ha pasado de la actividad pesquera a otra que tiene que ver, como ha dicho el colega Mauricio Mulder, con la fabricación de pañales, porque le tienen miedo a esta comisión y están dando la pelea sin argumentos. Con ese argumento, con una interpretación literal, las comisiones ordinarias ya no van a poder pedir facultades de comisión investigadora porque se descalificarían a sí mismas. Ojalá que acabe ya este debate, porque si quieren argumentos, debo decir que hay parlamentarios aquí que están desautorizados, moral y legalmente inclusive, para votar. No queremos llegar a ese extremo, porque estaríamos afectando la imagen del Parlamento nacional; pero creo que es momento de reivindicar la función de control político del Parlamento.

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Este Parlamento no puede dejarse avasallar por una mayoría y sus aliados que quieren impedir que un escándalo nacional sea investigado. De repente nos ganarán con sus votos. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluya, congresista. El señor VELÁSQUEZ QUESQUÉN (GPCP).— Pero tengo la seguridad de que mañana o pasado tendrán que ceder a la instalación de esta comisión investigadora, Presidenta, en resguardo de la imagen del Parlamento le digo a la bancada oficialista que esos argumentos no son válidos. El que ha dado el congresista Gastañadui se refiere a que la moción está mal hecha. Yo solo le pido que lea quienes votaron; todos votaron a favor de la moción, inclusive el congresista que la ha cuestionado votó a favor. Entonces, todos estamos autodescalificados. Son pésimos argumentos que lo único que hacen es esconder miedo, miedo y miedo. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Isla Rojas. El señor ISLA ROJAS (NGP).— Presidenta, quiero señalar, en primer lugar, que el colega Javier Velásquez ha repetido hasta el cansancio que aquí hay miedo, cuando no hay miedo de ninguna naturaleza, porque la bancada del Partido Nacionalista ha votado a favor de la investigación. No hay mejor argumento para destruir ese argumento que escuchar a los dos parlamentarios de la bancada del Partido Aprista hablar hace poco de una manera totalmente antagónica a la forma como ahora se han expresado. Pero nosotros hubiésemos esperado que, en un acto de hidalguía, señale que han cometido un error. Finalmente, el Pleno puede permitir que continúe el congresista Mulder; nosotros no tenemos ningún inconveniente en ello. Pero lo más elegante hubiese sido que, después de haber escuchado sus propios argumentos que ahora… Un momento, congresista Velásquez Quesquén; no tenga usted miedo, tranquilo. Lo que quiero señalar es que no hay mejor argumento que demostrar con los videos que un tiempo atrás decían una cosa y ahora dicen otra totalmente antagónica, tienen otra posición; pero eso no es problema. Yo esperaba que con la experiencia que tienen Javier Velásquez y Mauricio Mulder hubiesen señalado que la posición de esa época la han cambiado ahora, y ahí acabábamos el debate. Presidenta, le concedo la interrupción al congresista Velásquez Quesquén. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Velásquez Quesquén. El señor VELÁSQUEZ QUESQUÉN (GPCP).— Gracias, congresista Isla. Él dice que por elegancia el colega Mauricio Mulder debe desistirse. Pero no somos tan elegantes como ustedes; usted tiene suerte. Quiero decirle que si he cuestionado la 222

opinión del colega Heriberto Benítez es porque me han editado la intervención. El colega Heriberto Benítez, cuando planteó el tema de las conmutaciones, dijo, concluyendo, que 50 millones de dólares se habían recaudado. Ese fue el argumento que dimos; y aquí lo que se está haciendo es utilizar indebidamente esa edición tratando de descalificar a un parlamentario para que forme parte de una comisión. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúe, congresista Isla Rojas. El señor ISLA ROJAS (NGP).— Yo no tengo ningún problema. Más bien le pido, Presidenta, que le alcancen el video completo al congresista Velásquez Quesquén, para que se dé cuenta de que, efectivamente, había tenido otra posición en ese momento. Pero el problema no es el error, en todo caso, sino persistir en ello; porque si tiene posibilidad de corregirlo, que lo diga. Presidenta, el congresista Heriberto Benítez me pide una interrupción. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— ¿Interrupción o alusión, congresista Benítez Rivas? Por alusión, puede intervenir, congresista. El señor BENÍTEZ RIVAS.— Presidenta, parece que el colega Javier Velásquez se ha olvidado de que el señor Rodolfo Orellana fue candidato del APRA para regidor por Lima, y parece que se ha olvidado también de que su socio Benedicto Jiménez fue candidato al Congreso por el APRA, y fue el congresista accesitario que quedaba si es que Javier Valle Riestra renunciaba. Parece que se han olvidado de esa parte de la historia. Entonces, ¿no será que ellos quieren estar en la Comisión para ver qué habla Orellana sobre su partido y tratar de callarlo? ¿No será al revés, que no dicen lo contrario? Mejor que sean francos y sinceros. ¿Quién quiere ayudar a Orellana: Mulder o quién? Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— La segunda interrupción es para el congresista Gutiérrez Cóndor. El señor GUTIÉRREZ CÓNDOR (NGP).— Presidenta, quiero que los abogados que están aquí presentes, por lo menos, reconozcan por dignidad que hemos hecho una observación que guarda concordancia con la Constitución y con el Reglamento, que hemos jurado cumplir, y que se nos ha respondido con argumentos de los propios parlamentarios que hoy dicen lo contrario de lo que dijeron en anterior oportunidad. No hay miedo, lo hemos repetido mil veces. Hemos colaborado juntos para que se dé esta comisión. Por lo tanto, nuestra bancada no ejerce veto alguno; simplemente hemos hecho un señalamiento, que es lo que está escrito en el Reglamento.

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Ahora, si se persiste en que el congresista Mulder la integre, no hay ningún inconveniente. Nosotros no tenemos animadversión al señor Mauricio Mulder. Pudo haber sido el que propuso la moción cualquier otro parlamentario, y por decirle que no debe integrarla no se puede señalar que existe animadversión. No, no la hay. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluya, congresista. El señor GUTIÉRREZ CÓNDOR (NGP).— Yo entiendo que como los tiempos cambian, cada uno adecúa su discurso a lo que más le conviene, y ya no hay coherencia en lo que se dice, y entonces resulta inoportuna cualquier cosa que nosotros podamos decir. Y, sí, hay tolerancia cuando pueden decir lo que quieran; pero no hay tolerancia cuando uno empieza a decir lo que como bancada tenemos que responder. Como bancada se nos ha exhortado a que no tengamos miedo. Por tanto, que participe el señor Mulder, al que no tenemos ninguna animadversión. Pero sí decimos con claridad que nosotros hemos cumplido con advertir que, constitucionalmente, sería un agravio de conformarse una comisión como se propone, porque se transgrediría la norma. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúe, congresista Isla Rojas. El señor ISLA ROJAS (NGP).— Muy bien. Entonces, creo que es evidente que no se ha cumplido el Reglamento; pero, en buena cuenta, estamos por que esto se investigue. La bancada Nacionalista ha votado a favor de la investigación, y ahora reafirmamos esa posición, pues somos los más interesados en que se llegue a la verdad; y, como debe ser, pedimos que se haga una investigación con contundencia, con rigurosidad y con imparcialidad, que es la única garantía para conocer la verdad a profundidad. Como hemos dicho, no tenemos inconveniente alguno; pero qué bueno que hoy día se haya demostrado que existen de dos grandes parlamentarios argumentos absolutamente antagónicos para temas iguales. Muchas gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra la congresista Alcorta Suero. La señora ALCORTA SUERO (GPCP).— Presidenta, es una buena reflexión la que han hecho los de Gana Perú. La verdad es que ya no sorprende nada. ¿De quién fue esa expresión que decía ‘Tan difícil es caminar derecho’? De la señora Nadine Heredia, y vaya que es difícil para la bancada Gana Perú caminar derecho. No es cuestión de acompañar al Ejecutivo en tapar todo y bloquear todo. No se trata de eso. Así no ayudan absolutamente nada, ¿no?

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Todas las comisiones de investigación han sido demoradas, bloqueadas, trastocadas por todas partes, con tal de perder las pruebas, y así su tarea se convierte prácticamente en un trabajo de arqueología: porque se pierde mucho tiempo y se confunden tanto las cosas que cada día es más difícil poderlas encontrar, sin considerar, por ejemplo, el caso López Meneses. Y ahí, ¿quién fue el gran bonetón? Hasta ahora, nadie sabe nada de lo que ha pasado. En el caso Áncash, todo el mundo está metido. En el caso Orellana Rengifo, ni que decir, no hay absolutamente nada. Por ejemplo, en el caso Belaunde Lossio que estamos viendo hoy, la comisión ha ido y ha hablado con el señor Benedicto Jiménez; y se ha trasladado a los medios de comunicación que el señor Benedicto Jiménez se ha puesto a llorar, ha pedido perdón y se ha quebrado. Me parece una barbaridad lo que han hecho, una falta de respeto con todo el mundo, porque el señor Benedicto Jiménez debió pensar en las víctimas; y ustedes, en que tenemos que investigar todos esos casos. A nosotros nos quiebran las víctimas del señor Benedicto Jiménez, del señor Orellana Rengifo. El caso Belaunde Lossio toca la propia entraña del Ejecutivo, la propia entraña de Palacio de Gobierno, y ustedes tienen que ayudar; no darle el sí al Presidente. Tienen que ponerse al frente de la situación. El mejor asesor es el que dice las cosas que nadie quiere escuchar, y eso es lo que se tiene que hacer. Todo vale para demorar las cosas; acá han hablado hasta de Solidaridad. Nosotros sabemos qué es lo que ha pasado en la bancada de Solidaridad; se enteraron después de que el señor Virgilio Acuña tomó una decisión, que no consultó y que mal informó a su bancada, y se han reventado con él. O sea, dejemos el tema de Solidaridad porque, es más, ni siquiera están acá. Gana Perú busca por todos los medios demorar la conformación de una comisión, como en el caso de Belaunde Lossio, que es el caso más fuerte que hay, porque hay testimonios de personas que han estado hablando de Belaunde, que les ha dicho: Gratis no me voy a ir a la cárcel. El ministro de Justicia desembarca al procurador Salas, y hay una serie de indicadores; todo es un laberinto de cosas para ocultar la verdad. Así no vamos a funcionar de manera independiente. A todos nos interesa llegar a la verdad. Por eso es que estas comisiones son dramáticas, porque nadie dice nada; todos se enteran por todo el mundo; todas las cosas han salido ventiladas por todas partes. Nos hemos tirado toda la noche en discutir si el señor Mauricio Mulder retiró su firma, y recién entran en razón a las diez y media de la noche, porque el señor Mulder va a estar en esa Comisión sí o sí... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Culmine, congresista. La señora ALCORTA SUERO (GPCP).— Creo que les interesa a ustedes y al propio Ejecutivo más que a nadie deslindar responsabilidades. Para eso es la comisión, para investigar las cosas. Hasta ahora tenemos comisiones y comisiones, pero no llegamos a ningún puerto; y esta es la comisión más importante porque, como les digo, toca la entraña propia del Ejecutivo, y arriba, en Palacio de Gobierno. 225

Cada día que pasa cae más el manto oscuro de la situación que envuelve a la pareja presidencial; y los llamados a ayudarla son ustedes, no con papelitos, no con encargos. Contesten cualquier cosa, júntense con el presidente, ayúdenlo. Hay que conformar la comisión de una vez. La verdad la vamos a saber de todas maneras. No hay que venir con la leguleyada de si está en el Reglamento o no esté en el Reglamento, porque las cosas están más allá de la tinta. Queremos saber la verdad, y la única forma es con la actitud de conformar esta comisión el día de hoy con quienes tengan que conformarla. Y ojalá que esta comisión que se conforme no adelante opinión, como han hecho todas las demás, porque se desnaturaliza y nos perjudicamos todos nosotros y perdemos veracidad. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra la congresista Teves Quispe. La señora TEVES QUISPE (NGP).— Señora Presidenta, me pide una interrupción el congresista Gastañadui. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la interrupción, congresista Gastañadui Ramírez. El señor GASTAÑADUI RAMÍREZ (NGP).— Muchas gracias, colega Teves. Presidenta, entiendo la preocupación de los colegas por que se conforme esta comisión, que es también la nuestra; pero lo que debemos entender, y debemos concientizarnos en ello, es que una de las características de los Estados modernos es el ordenamiento jurídico, y sobre eso tenemos que insistir. Acá no se trata de leguleyadas o de escondernos bajo el amparo de las normas, sino que se respeten las normas, y esa es una de las características del Estado moderno, del Estado de derecho constitucional. Entonces, para qué existe una Constitución, para qué existe una ley, para qué existen todos estos procedimientos parlamentarios, si después vamos a terminar violándolos. No comprendemos por qué se insiste en una posición, cuando las normas son claras. Si queremos justamente que este Parlamento tenga solvencia, que nuestras decisiones no sean revisadas después en sede jurisdiccional y eventualmente en el Tribunal Constitucional, hagamos las cosas bien. Nosotros nunca nos hemos negado a que se investigue al señor Belaunde Lossio, y lo hemos dicho. Al señor Belaunde Lossio ya lo venían investigando... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la segunda interrupción, congresista. El señor GASTAÑADUI RAMÍREZ (NGP).— Hemos dicho reiteradamente que al señor Belaunde Lossio ya lo venía investigando la Comisión Áncash, la Comisión Orellana, la propia Comisión investigadora; ya venía siendo investigado por tres comisiones de este Parlamento. Es más, el mismo Ministerio Público lo venía investigando, lo cual demuestra justamente la mejor predisposición de nuestra bancada para llegar a la verdad de los hechos. Nunca nos hemos negado a que se investigue; cuando se puso al voto, nosotros 226

hemos votado a favor de que se forme esa comisión investigadora. Lo que pedimos es que se respete el estado de derecho. No podemos vulnerar derechos fundamentales ni festinar trámites; porque, si no, en qué mundo caeríamos. Entiendo que algunos, de repente, no tienen formación jurídica y digan que se trata de una leguleyada. No, acá no se trata de una leguleyada… La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Continúe, congresista Teves Quispe. La señora TEVES QUISPE (NGP).— Señora Presidenta, al constituir las diferentes comisiones de investigación, nosotros hemos sido bastante serios y responsables; hemos contribuido en todas las comisiones investigadoras, y no hemos presidido las que en este momento están en proceso. Entonces, cuando queremos confundir a la población, damos a conocer que las comisiones, como la del caso de Óscar López Meneses, tiene los tristes resultados que esta tarde hemos escuchado, y fíjense que se viene cayendo como castillo de naipes: renuncias por aquí, entredichos por allá, fallas de todo tipo. Eso no se puede permitir. Nosotros siempre hemos contribuido con objetividad, y un congresista, que obviamente no pertenece a la bancada del frente, dijo muy bien: ‘Queremos una comisión investigadora con bastante neutralidad, con bastante imparcialidad’; y, en ese sentido, nos sometemos al aspecto legal. Y el artículo 88.° lo dice bien claro. ¿Por qué nos acusan de querer presidir o que estamos presidiendo una comisión? Aquí dice que hay que garantizar en lo que sea posible el pluralismo y proporcionalidad de los grupos parlamentarios. ¿Y ahora qué quieren decir, que la bancada Nacionalista no puede presidir ni integrar una comisión? Si lo dice la parte legal, tiene entonces que formar un grupo de investigación. ¿Se quiere ahora no reconocer esa parte legal? Nosotros somos bastante legalistas, y creo que hay que respetar eso. Y aquí dice que debemos garantizar el debido proceso y que se evitará que la integren quienes hayan solicitado su constitución. Nosotros debemos recibir consejos; pero no podemos recibirlos de aquellos que no nos merecemos ni se merecen darnos consejos. Y hay una moción, la 11785, propuesta por el congresista Mauricio Mulder, que se dio cuenta que se equivocó y rápidamente corrió a retirar su firma el 25 de noviembre. Esto motiva una preocupación bastante seria. Entonces, nos acusan con famosas interpelaciones al ministro Figallo; y hoy han aludido al Fiscal de la Nación, y vienen aludiendo al Procurador, que ha declarado en todos los medios de prensa el día de hoy que no hubo ninguna presión del Gobierno. ¿Qué más quieren escuchar? Pero creo que la población ya tiene una información objetiva; y quienes están en competencia electoral, en todo momento quieren perjudicar e incomodar al Gobierno, quieren aferrarse de la pareja presidencial para incomodar en todo momento y ganar réditos políticos. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluya, congresista. 227

La señora TEVES QUISPE (NGP).— Nosotros siempre hemos sido bastante rigurosos y objetivos, colaboradores en todos los grupos de Investigación, y eso nadie lo podrá negar. Hemos sido bien objetivos y sabemos escuchar. Nos han dicho que tenemos que ponernos los pañales, y yo le digo al congresista Mulder que se ponga ahora los pantalones y corrija sus errores, porque, por audios que se han escuchado, hemos podido ver a Velázquez contra Velázquez, a Mulder contra Mulder: dicen una cosa, y ahora dicen otra cosa. Entonces, ¿qué hacemos, cómo trabajamos, cómo damos institucionalidad a este Congreso? El país merece respeto. En ese sentido, nosotros estamos de acuerdo con investigaciones objetivas, y apoyaremos y trabajaremos. Nosotros somos una bancada democrática, no una bancada autoritaria... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiempo adicional, congresista. La señora TEVES QUISPE (NGP).— Y eso lo hemos demostrado a las diferentes bancadas, que tendrán también interés en presidir esta comisión, pero sin soslayar que este grupo parlamentario también tiene derecho a integrarla, por el principio de proporcionalidad, como lo dice el inciso a) del artículo 88.° del Reglamento. Entonces, seamos respetuosos. ¿O nos quieren arrinconar? ¿O es un delito ser gobierno? Hemos sido elegidos por el pueblo, y también ustedes tienen un presidente, que es el presidente Ollanta Ollanta, a quien tenemos que respetar. Les guste o no, tenemos que seguir trabajando. Nosotros vamos a seguir apoyando cualquier investigación, venga de donde venga; pero vamos a apoyar con la verdad y vamos a garantizar cualquier proceso de investigación. Gracias. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene la palabra el congresista Pari Choquecota. El señor PARI CHOQUECOTA (GPDD).— Presidenta: La verdad, estoy sumamente preocupado porque, a veces, por defender una u otra posición ponemos en riesgo el propio fuero parlamentario y lo que implica el control político que debe hacer el Congreso. Aquí, creo que hay que zanjar una cuestión de principio: en primer lugar, nosotros no somos el órgano jurisdiccional; somos el Congreso de la República. Los principios del órgano jurisdiccional son exigibles para el Poder Judicial. Nosotros somos el Congreso de la República, un foro político, y en un foro político los acuerdos son por consenso o hay acuerdos políticos; y esos acuerdos políticos son los que se asumen, y se asumen con responsabilidad. Y aquí mucho cuidado cuando se empieza a hablar de independencia e imparcialidad. A ver, ¿quién tiene un punto de vista totalmente imparcial? Somos políticos y tenemos puntos de vista sobre el país, tenemos puntos de vista sobre el Gobierno, tenemos puntos de vista políticos diferenciados. Eso es normal en el Congreso. 228

¿O es que queremos un Congreso angelical donde todo el mundo no esté comprometido con una u otra posición? Creo que hay que tener mucho cuidado con esta exigencia que se pide de imparcialidad, de neutralidad. Eso se exige al juez, y está bien. Aquí se exige objetividad y se busca la verdad, porque este es un foro político, donde se lleva a cabo el debate político y el juicio político frente a un asunto de interés público, y hay que decirlo en esos términos. Así, nosotros estábamos muy preocupados, por ejemplo, por la forma como Alan García formulaba su recurso de amparo, diciendo que se le estaba violando el debido proceso y que estaba siendo atacado por enemigos políticos. No, porque, al final de cuentas, ¿qué? ¿Hay animadversión política? Sí, existe animadversión política, hay animadversión ideológica, hay animadversión programática, y eso es normal; ¿de qué nos asustamos? Así como le exigíamos a Alan García, le exigimos también a la bancada oficialista. Esa animadversión es totalmente normal en el mundo político, y se expresa abiertamente. ¿O queremos confundir? Y aquí hay algo muy peligroso, porque podemos estar utilizando ese argumento para después utilizar otros argumentos en busca de impunidad para uno y otro caso. No quiero especificar; pero es totalmente cierto que ese argumento puede ser utilizado en el caso Orellana, es totalmente cierto que puede ser utilizado en el caso Alan García… La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluya, congresista. El señor PARI CHOQUECOTA (GPDD).— Y es totalmente cierto que puede ser utilizado también en el caso Belaunde Lossio. Y hay que decir las cosas con total claridad. Asumimos con objetividad esta tarea y hacemos la investigación que se busca de acuerdo al interés político, porque el interés político es totalmente normal y claro en este fuero. Al final de cuentas, por eso es el debate que se da. Ahora, creo que es sumamente importante tener claridad en esto; porque, si no, vamos a poner en riesgo a este Congreso, y cualquier juez va a utilizar esos argumentos para bloquear las investigaciones del Congreso. Cualquier juez, inclusive de cualquier juzgado, va a bloquear una investigación en el Congreso utilizando nuestros propios argumentos de virginidad política, lo cual no existe. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluya, congresista. El señor PARI CHOQUECOTA (GPDD).— Lo que tenemos que reclamar aquí es que recuperemos la institucionalidad; lo que tenemos que reclamar aquí es que la lucha contra la corrupción sea totalmente franca y abierta; lo que tenemos que reclamar aquí es que haya objetividad y no subjetividad política, que es otra cosa. La objetividad tiene que darse. La subjetividad política en sí es condenable, porque sería un perjuicio. La objetividad es fundamental para superar esos elementos de impunidad y todos aquellos otros que, lamentablemente, y hay que decirlo, desde hace muchos años, desde 229

otros gobiernos, se apoderaron de la estructura del Estado para valerse de ella y cometer sus actos de corrupción. Al margen de uno y otro gobierno, la debilidad institucional de nuestro país ha permitido que las redes de corrupción se empoderen; y ese empoderamiento se ha manifestado en diversos personajes, como Orellana, Belaunde Lossio, etcétera, sobre los cuales tiene que salir la verdad y conocerse cuáles son los nexos y cuáles son los... La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Gracias, congresista. No habiendo más oradores, se va a proceder a votar las nóminas de los congresistas que van a conformar las dos comisiones investigadoras, ya que la bancada Dignidad y Democracia ha alcanzado el nombre del integrante pendiente. Se va a dar lectura a dichas nóminas antes de proceder a la votación. El RELATOR da lectura: Integrantes de la Comisión investigadora de las denuncias periodísticas sobre las presuntas actividades ilícitas del prófugo Martín Belaunde Lossio para obtener irregularmente contratos a favor de empresas vinculadas a él, y la posible vinculación con ellas de altos funcionarios del Estado. (Moción de Orden del Día 11785.) -Congresista Llatas Altamirano -Congresista Tapia Bernal -Congresista Espinoza Rosales

(Nacionalista Gana Perú) (Fuerza Popular) (Perú Posible)

-Congresista Lescano Ancieta (Acción Popular-Frente Amplio) -Congresista Mulder Bedoya

(Concertación Parlamentaria)

-Congresista Pérez Tello de Rodríguez (Ppc-App) -Congresista Falconí Picardo (Unión Regional) La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Señores congresistas, sírvanse registrar su asistencia para proceder a votar la designación de los integrantes de la indicada Comisión. —Los señores congresistas registran su asistencia mediante el sistema digital para verificar el quórum. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Han registrado su asistencia 59 congresistas. Al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. 230

—Efectuada la consulta, se aprueba, por 57 votos a favor, ninguno en contra y una abstención, la designación de los integrantes de la Comisión investigadora de las denuncias periodísticas sobre las presuntas actividades ilícitas del prófugo Martín Belaunde Lossio para obtener irregularmente contratos a favor de empresas vinculadas a él, y la posible vinculación con ellas de altos funcionarios del Estado. (Moción de Orden del Día 11785.) La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se deja constancia del voto a favor de la Presidencia y de los congresistas Salazar Miranda, Pariona Galindo y Rivas Teixeira. Ha sido aprobada la designación de los congresistas propuestos para conformar la referida Comisión investigadora. “Votación de la designación de los integrantes de la comisión investigadora de las denuncias periodísticas sobre las presuntas actividades ilícitas del prófugo Martín Belaunde Lossio Señores congresistas que votaron a favor: Acha Romaní, Aguinaga Recuenco, Alcorta Suero, Angulo Álvarez, Becerril Rodríguez, Cabrera Ganoza, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Chávez Cossío, Coa Aguilar, Condori Cusi, Cordero Jon Tay, Crisólogo Espejo, Dammert Ego Aguirre, Díaz Dios, Elías Ávalos, Fujimori Higuchi, Gagó Pérez, Galarreta Velarde, Gastañadui Ramírez, Grandez Saldaña, Guevara Amasifuen, Gutiérrez Cóndor, Hurtado Zamudio, Inga Vásquez, Isla Rojas, Lewis del Alcázar, Llatas Altamirano, López Córdova, Medina Ortiz, Merino de Lama, Molina Martínez, Mulder Bedoya, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Neyra Olaychea, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pérez del Solar Cuculiza, Portugal Catacora, Reynaga Soto, Saavedra Vela, Salgado Rubianes, Schaefer Cuculiza, Tan de Inafuko, Tapia Bernal, Tejada Galindo, Teves Quispe, Tubino Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Valencia Quiroz, Valle Ramírez, Valqui Matos, Velásquez Quesquén, Yovera Flores, Zamudio Briceño y Zerillo Bazalar. Señor congresista que se abstuvo: Benítez Rivas.” Se aprueba la conformación de la Comisión especial investigadora multipartidaria encargar de investigar y determinar la influencia del narcotráfico en los partidos políticos y en los movimientos regionales y locales La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se va a dar lectura a la nómina de los integrantes de la siguiente comisión. El RELATOR da lectura: Integrantes de la Comisión encargada de investigar y determinar la influencia del narcotráfico en los partidos políticos y en los movimientos regionales y locales. (Moción de Orden del Día 10949.) La señora PRESIDENTA.— Señores congresistas, el Grupo Dignidad y Democracia tenía pendiente la acreditación de su representante, pero ya alcanzó a la Mesa Directiva el nombre del mismo que va a integrar esta Comisión. 231

Puede proceder, Relator. El RELATOR da lectura: -Congresista Molina Martínez

(Nacionalista Gana Perú)

-Congresista Teves Quispe

(Nacionalista Gana Perú)

-Congresista Gagó Pérez

(Fuerza Popular)

-Congresista Kobashigawa Kobashigawa (Fuerza Popular) -Congresista Simon Munaro (Perú Posible) -Congresista Mavila León -Congresista Saavedra Vela

(Acción Popular-FrenteAmplio) (Dignidad y Democracia)

La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Con la misma anterior asistencia, al voto. —Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital. —Efectuada la consulta, se aprueba, por 57 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, la conformación de la Comisión especial investigadora multipartidaria encargar de investigar y determinar la influencia del narcotráfico en los partidos políticos y en los movimientos regionales y locales, por un plazo de 180 días hábiles, contados desde su instalación. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se deja constancia del voto a favor de la Presidencia y de los congresistas Salazar Miranda, Pariona Galindo y Rivas Teixeira. Ha sido aprobada la designación de los integrantes de dicha Comisión especial investigadora multipartidaria. “Votación de la designación de los integrantes de la Comisión Especial Investigadora multipartidaria encargar de investigar y determinar la influencia del narcotráfico en los partidos políticos y en los movimientos Regionales y Locales Señores congresistas que votaron a favor: Acha Romaní, Aguinaga Recuenco, Alcorta Suero, Angulo Álvarez, Becerril Rodríguez, Benítez Rivas, Cabrera Ganoza, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Chávez Cossío, Coa Aguilar, Cordero Jon Tay, Crisólogo Espejo, Dammert Ego Aguirre, Díaz Dios, Elías Ávalos, Fujimori Higuchi, Gagó Pérez, Galarreta Velarde, Gastañadui Ramírez, Grandez Saldaña, Guevara Amasifuen, Gutiérrez Cóndor, Hurtado Zamudio, Inga Vásquez, Isla Rojas, Lewis del Alcázar, Llatas Altamirano, López Córdova, Medina Ortiz, Merino de Lama, Molina Martínez, Mulder Bedoya, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Neyra Olaychea, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pérez del Solar Cuculiza, Portugal Catacora, Reynaga Soto, Saavedra Vela, Salgado Rubianes, Schaefer Cuculiza, Tan de Inafuko, Tapia Bernal, Tejada Galindo, Teves Quispe, Tubino Arias 232

Schreiber, Urquizo Maggia, Valencia Quiroz, Valle Ramírez, Valqui Matos, Velásquez Quesquén, Yovera Flores, Zamudio Briceño y Zerillo Bazalar.” Se acuerdan las modificaciones propuestas al Cuadro de Comisiones La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se va a dar cuenta de modificaciones propuestas al Cuadro de comisiones. El RELATOR da lectura: Modificaciones al Cuadro de Comisiones correspondiente al periodo anual de sesiones 2014-2015 En la Comisión Agraria: Ingresa como accesitario el congresista Pari Choquecota. En la Comisión de Defensa Nacional: Ingresa como accesitario el congresista Abugattás Majluf. En la Comisión de Descentralización: Ingresan como accesitarios la congresista Coari Mamani y el congresista Rimarachin Cabrera. En la Comisión de Economía: Sale de accesitario el congresista Angulo Álvarez, e ingresan como accesitarios los congresistas Abugattás Majluf y congresista Angulo Álvarez. En la Comisión de Relaciones Exteriores: Salen de titulares e ingresan como accesitarias las congresistas Condori Jahuira y Oseda Soto; permanece como titular el congresista Angulo Álvarez; e ingresan como titulares los congresistas Teves Quispe y Abuhattás Majluf. En la Comisión de Producción: Ingresan como titulares los congresistas Angulo Álvarez y Teves Quispe; ingresa como accesitario el congresista Pari Choquecota; y sale de titular la congresista Oseda Soto. En la Comisión de Transportes: Sale de titular e ingresa como accesitario el congresista Angulo Álvarez; e ingresa como titular el congresista Coa Aguilar. En la Comisión de Vivienda: Sale de titular e ingresa como accesitario el congresista Angulo Álvarez; e ingresa como titular el congresista Zamudio Briceño. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se va a votar a mano alzada. Los señores congresistas que estén a favor se servirán expresarlo levantando la mano. Los que estén en contra, de la misma manera. Los que se abstengan, igualmente. —Efectuada la consulta, se acuerdan las indicadas modificaciones al Cuadro de comisiones del periodo anual de sesiones 2014-2015. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Han sido acordadas dichas modificaciones. 233

Se solicita la dispensa del trámite de sanción del Acta para ejecutar lo acordado en la presente sesión. Los señores congresistas que estén a favor se servirán expresarlo levantando la mano. Los que estén en contra, de la misma manera. Los que se abstengan, igualmente. —Efectuada la consulta, se acuerda tramitar todos los asuntos tratados en la presente sesión sin esperar la sanción del acta. La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Ha sido acordado. “Registro de asistencia a la última votación digital de la sesión (22:45 h) Presentes: Los congresistas Solórzano Flores, Lewis del Alcázar, Acha Romaní, Aguinaga Recuenco, Alcorta Suero, Angulo Álvarez, Becerril Rodríguez, Benítez Rivas, Cabrera Ganoza, Cárdenas Cerrón, Ccama Layme, Chávez Cossío, Coa Aguilar, Condori Cusi, Cordero Jon Tay, Crisólogo Espejo, Dammert Ego Aguirre, Díaz Dios, Elías Ávalos, Fujimori Higuchi, Gagó Pérez, Galarreta Velarde, Gastañadui Ramírez, Grandez Saldaña, Guevara Amasifuen, Gutiérrez Cóndor, Hurtado Zamudio, Inga Vásquez, Isla Rojas, Llatas Altamirano, López Córdova, Medina Ortiz, Merino de Lama, Molina Martínez, Mulder Bedoya, Nayap Kinin, Neyra Huamaní, Neyra Olaychea, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pérez del Solar Cuculiza, Portugal Catacora, Reynaga Soto, Saavedra Vela, Salgado Rubianes, Schaefer Cuculiza, Tan de Inafuko, Tapia Bernal, Tejada Galindo, Teves Quispe, Tubino Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Valencia Quiroz, Valle Ramírez, Valqui Matos, Velásquez Quesquén, Yovera Flores, Zamudio Briceño y Zerillo Bazalar. Con licencia oficial: Los congresistas Apaza Condori, Beingolea Delgado, Carrillo Cavero, Delgado Zegarra, Espinoza Cruz, García Belaunde, Huayama Neira, Jara Velásquez (Presidenta del Consejo de Ministros), León Rivera, Omonte Durand (ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables), Otárola Peñaranda (ministro de Trabajo y Promoción del Empleo), Pérez Tello de Rodríguez y Reátegui Flores. Con licencia por enfermedad: Los congresistas Bardález Cochagne, Luna Gálvez, Mora Zevallos, Rosas Huaranga, Sarmiento Betancourt e Yrupailla Montes. En función de representación: Los congresistas Andrade Carmona, Belaunde Moreyra, Chehade Moya, Iberico Núñez, Kobashigawa Kobashigawa, León Romero, Lescano Ancieta, Monterola Abregú, Ramírez Gamarra, Reggiardo Barreto, Rodríguez Zavaleta, Simon Munaro y Zeballos Salinas. Ausentes: Los congresistas Julca Jara, Capuñay Quispe, Abugattás Majluf, Acuña Núñez, Acuña Peralta, Anicama Ñáñez, Apaza Ordóñez, Bedoya de Vivanco, Bruce Montes de Oca, Canches Guzmán, Castagnino Lema, Chacón De Vettori, Chihuán Ramos, Coari Mamani, Condori Jahuira, Cuculiza Torre, De la Torre Dueñas, Eguren Neuenschwander, Espinoza Rosales, Falconí Picardo, Gamarra Saldívar, Huaire Chuquichaico, Lay Sun, Mavila León, Melgar Valdez, Mendoza Frisch, Núñez de Acuña, Pariona Galindo, Rimarachín Cabrera, Rivas Teixeira, Romero Rodríguez, Rondón Fudinaga, Ruiz Loayza, Salazar Miranda, Spadaro Philipps, Tait Villacorta, Uribe Medina, Vacchelli Corbetto y Wong Pujada.” 234

La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Se levanta la sesión. —A las 22 horas y 53 minutos, se levanta la sesión. Por la redacción: AMÉRICO ORLANDO MIRANDA SANGUINETTI

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