Rol N° R-57-2017. REPÚBLICA DE CHILE TERCER

Consígnese el valor del franqueo, determinado por el Sr. Secretario del. Tribunal, bajo apercibimiento del art. 777 del
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REPÚBLICA DE CHILE TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL Valdivia, veintitrés de enero de dos mil dieciocho. I.

Resolviendo la presentación de fecha 19 de enero de 2018, a fs. 11903 y siguientes, por la que la parte reclamante deduce recurso de casación; Constando en autos que la parte reclamante, ha presentado electrónicamente dos veces el mismo recurso, estese a lo resuelto en el numeral siguiente.

II.

Resolviendo la presentación de fecha 19 de enero de 2018, a fs. 11955 y siguientes, por la que la parte reclamante deduce recurso de casación; A LO PRINCIPAL Y PRIMER OTROSÍ: Conforme lo dispuesto por el art. 26 inciso 3° y 4° de la Ley N° 20.600 y art. 767, 768 y 776 del Código de Procedimiento Civil, habiéndose presentado por abogado habilitado y dentro de plazo legal, se declaran admisibles los recursos deducidos. Téngase por interpuesto recurso de casación en la forma y fondo, deducido por la parte Reclamante, concédase y elévese el expediente original completo a la Excelentísima Corte Suprema por corresponderle su conocimiento y resolución. AL SEGUNDO OTROSÍ: Téngase presente la calidad de abogado habilitado del Sr. Ronald Schirmer Prieto y el patrocinio respecto del recurso deducido. Consígnese el valor del franqueo, determinado por el Sr. Secretario del Tribunal, bajo apercibimiento del art. 777 del Código de Procedimiento Civil antes de su derogación.

Rol N° R-57-2017.

1I I

Proveyeron los ministros, Sr. e Domas, Sr. riz Fable eirolo Pellerano y la ministra de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valdivia, Sra. Marcia Undurraga Jensen

Autoriza el Secretario Abogado del Tribunal, Sr. Felipe Riesco Eyzaguirre.

En Valdivia a veintitrés de enero de dos mil dieciocho, se notificó por el estado diario la resolución precedente.