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hace 5 días - Rivera y Renee de la Cruz Rivera, con citación de ...... Laura Enríquez Guillén. Unidad de Gestión .... Cr
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Jueves, 24 de enero del 2019

AVISOS JUDICIALES

EDICTO JUDICIAL ANTE EL JUZGADO DE CIVIL DE SICUANI - CANCHIS, EN EL EXPED. N° 159-2018-CI, mediante Resolución N° 01, SE HA DISPUESTO LA PUBLICACIÓN DEL EDICTO JUDICIAL EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS. AUTO ADMISORIO - RESOLUCIÓN Nro. 01 DE FECHA 24/10/2018: SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA interpuesta por SIMONA ROJAS PARI sobre CAMBIO DE NOMBRE DE PILA del menor ELY HUARACHA ROJAS por el de ELIAS HUARACHA ROJAS, acta de nacimiento N° 7994, nacido en fecha 31/11/2002. En la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO. CON CITACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO ÍFISCAL PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA DE CANCHIS) Y estando a lo dispuesto por el Artículo ochocientos veintiocho del Código Procesal Civil, DEBIÉNDOSE PUBLICAR LOS EDICTOS en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Judicial del Cusco. Por ofrecidos los medios probatorios propuestos. Agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntos. RESÉRVESE la fijación de fecha de audiencia de actuación y declaración judicial hasta que se tenga a la vista las publicaciones ordenadas.HAGASE SABER. Sicuani, 17/01/2019 INDYRA RAYSHA PAREDEZ SANCA SECRETARIA JUDICIAL P. 7235500 F. (24, 25, 28 ENE) AVISO JUDICIAL En Proceso Nro. 135-2018 -Ante el juzgado de paz letrado de San Sebastián Despachado por la Srta. Juez Dra. Lynda Vargas Manga bajo la actuación de la secretaria Dra. Anto-

nina Ponce de León, VICTORIANO CHALLCO HUAMANRIMACHI Solicita SUCESION INTESTADA del que fue su padre Francisco Challco Unzueta fallecido en esta ciudad el 6 de a octubre del 2017 se publica a fin de que se asomen los que tienen derecho a suceder. S.S. 14-1-2019. ANTONINA PONCE DE LEON PAGUADA SECRETARIA JUDICIAL P. 7237243 F. (24 ENE) NOTIFICACION VIA EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Penal Unipersonal de Paucartambo que Despacha el señor Juez Gilberto Gil Caviedes, bajo la actuación de la secretaria Judicial Yakelin Granilla Cora, se ha dispuesto mediante resolución 04 del 09 de enero del 2019, la notificación vía edicto en el expediente N° 203-2018-85-1013-JMPE-01 seguido contra la persona de VICTOR CUTIPA CRUZ por el delito de agresiones en contra de integrantes del grupo familiar, en agravio de ALICIA MAMANI PUMA,, en consecuencia, NOTIFIQUESE al acusado para la audiencia de juicio oral para el día 11 DE marzo DE 2019 A HORAS 02:30 DE LA TARDE, a llevarse a cabo en esta misma sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal, ubicado en la Calle colon S/N de la ciudad de Paucartambo, disponiéndose la notificación edictal del acusado SABINO AMAO SUNA, para que concurra a la audiencia reprogramada, subsistiendo los apercibimientos dictados mediante resolución uno, de declararse reo contumaz y disponerse su conducción compulsiva. H.S.J. S (23, 24, 25 ENE) NOTIFICACION VIA EDICTO

JUDICIAL Ante el Juzgado Penal Unipersonal de Paucartambo que Despacha el señor Juez Gilberto Gil Caviedes, bajo la actuación de la secretaria Judicial Yakelin Granilla Cora, se ha dispuesto mediante resolución 03 del 15 de enero del 2019, la notificación vía edicto en el expediente N° 2181-2018-22-1013-JM-PE-01 seguido contra la persona de VALENTIN PUMACHARA TECSI por el delito de Lesiones por violencia familiar, en agravio de FELICIANA QUISPE QUISPE, en consecuencia, NOTIFIQUESE al acusado que mediante RESOLUCIÓN 03 del 15 de enero del 2019 este Despacho DISPONE: (…)declarar FRUSTRADA la instalación de presente audiencia de juicio oral en el cuaderno debate que nos ocupa. 2 REPROGRAMAR la presente audiencia para el 13 de marzo del 2019 a horas 14:30 en esta misma sala de audiencias del juzgado unipersonal de Paucartambo, disponiéndose la notificación del acusado mediante edictos por las veces de ley; subsistiendo los apercibimientos dictados en la resolución Nº 01 entre ellos la de declararse contumaz al acusado en caso no concurra a la audiencia reprogramada. H.S. J. S (23, 24, 25 ENE) AVISO TERCER REMATE PÚBLICO En el proceso civil N° 01200-2016-0-100WR-CI-01. Seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU - BCP, contra IRMA ROQUE Y ANA, sobre EJECUCION DE GARANTIAS. La Señora Juez del Primer Juzgado Civil - Sede Central del Cusco, ABOG. SANDRA CONTRERAS CAMPANA, bajo la actuación del Especialista Legal ABOG. ISABEL HUAMAN SEQUEIROS, ha dispuesto convocar a TERCER REMATE PUBLICO del si-

guiente bien inmueble: DESCRIPCION Y CARACTERISTICAS DEL BIEN A REMATAR: De acuerdo al Informe Pericial, es el Departamento N° 302, UBICADO EN EL 3ER PISO DEL EDIFICIO MULTIFAMILIAR SITO EN LA APV SANTA ROSA (LOTE P-l-3) URBANIZACION TUPAC AMARU, DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO, con un área construida de 80.50 m2 y terreno 16.42 m2, de propiedad de la Sra. IRMA ROQUE YANA y ELMER JESUS QUISPE FLORES, como se puede observar en la PARTIDA ELECTRONICA N° 11135029, Asiento 03. Con los siguientes linderos; POR EL FRENTE, en línea quebrada en 05 tramos de 0.73+4.60+0.15+2.69+0.28 ml con la calle Tomasa Ttito Condemayta. POR LA DERECHA; en línea recta de 10.37 ml con el lote P-1-2. POR IZQUIERDA, en línea quebrada de 05 tramos de 4.76 ml con el lote P-1-4 y P-1-5; 1.88+1.80+1.88 ml con el pozo de iluminación 04; 3.53 ml con el lote P-1-4- y P-1-5. POR EL FONDO, en línea quebrada de 07 tramos de 0.75 ml con el pozo de iluminación 02; 3.10 ml con la caja de escalera 0.90+1.00+0.90+0.25 ml con el hall, 2.89 con el pozo de iluminación 01. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: De acuerdo a la Partida Electrónica N° 11135029, en el ASIENTO 02: BLOQUEO REGISTRAL: ASIENTO 04: HIPOTECA, a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la suma S/ 169.855.90 soles: ASIENTO 05: EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO TACNA S.A.. hasta por la suma de S/ 66.000.00: ASIENTO 06: EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION SOBRE EL 50% DE DERECHOS Y ACCIONES ESPECTATIVOS DEL INMUEBLE a favor de JUANA JULIA CORAZA VILCA, hasta por la suma de US$ 11,500.00. VALOR DE LA TASACION: De acuer-

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do con el informe de valuación del inmueble, el valor de Tasación es de US$ 78,458.91 (SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 91/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE DEL REMATE: El precio base de la postura para el Tercer Remate Público son las dos terceras partes del valor de tasación con la deducción de un quince por ciento de la base que sirvió para el Segundo Remate, siendo el monto de US$ 37,791.04 (TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UNO CON 04/100 DOLARES AMERICANOS). LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: La Diligencia se llevará a cabo en el local de la Oficina de Administración de Módulo Civil, sito en el Segundo Piso del Palacio de Justicia, ubicada en Avenida Sol S/N, de la ciudad del Cusco, el día MARTES 29 DE ENERO DEL 2019, a las ONCE HORAS DEL DIA. NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE EFECTUARÁ EL REMATE: El remate público será efectuado por el Martillero Público Ingeniero Carlos Hugo Alatrista Saloma. Cel. 984707989. DE LOS POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del Remate haya depositado, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (sin sello no negociable), una cantidad no menor de 10% (diez por ciento) del valor de la tasación del bien, según sea su interés. No está obligado a este depósito el ejecutante o el tercero legitimado. A los postores no beneficiados se les devolverá el integro de la suma depositada al terminar el remate. El ejecutado no puede ser postor en el remate. Asimismo, se deberá adjuntar el arancel judicial original por derecho de participación en remate público. Los Honorarios del Martiliero Publico más los impuestos de ley serán cancelados al Finalizar el Remate y es por cuenta del Adjudicatarte. Cusco, 10 de Enero del 2019 CARLOS HUGO ALATRISTA SALOMA MARTILLERO PÚBLICO

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ISABEL CRISTINA HUAMAN SEQUEIROS ESPECIALISTA LEGAL P. 7221673 F. (21, 22, 23 ENE) EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Astete Saavedra, se tramita el Expediente N° 126-2017-CI, seguida por Estela Arapa Arapa, sobre OTORGAMIENTO DE ESXCRITURA PÚBLICA, se ha dispuesto mediante resolución N° 08 de fecha 12 de diciembre de 2018, la publicación mediante edictos de un extracto del auto admisorio, como sigue: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del proceso SUMARISIMO la demanda interpuesta por ESTELA ARAPA ARAPA, contra ANTONIO CHAMBI ARAPA, con la pretensión de OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA contenido en el documento privado de aclaración y declaración de fecha 08 de julio de 1974, sobre el inmueble denominado PUMAPUCYO, ubicado en el sector denominado Pumapucyo, colindando con la comunidad de Huacaytaqui y comunidad de Usi Bajo, del distrito de Quiquijana, Provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco; córrase traslado a la parte demandada por el término de CINCO DÍAS a fin de que cumplan con absolver el traslado corrido, bajo el apercibimiento de continuarse el proceso en su rebeldía.- DE LOS MEDIOS DE PRUEBA: Estado adjunto el arancel judicial respectivo, téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica para su admisión, actuación y valoración en su oportunidad procesal.- AL OTROSI: Agréguese a sus antecedentes los anexos que adjunta.- H.S. Resolución N° 07 Urcos, dos de octubre del dos mil dieciocho. 2) Integrar a la relación jurídico procesal a Guillermina Arapa cónyuge de!

demandado, en calidad de litis consorte necesario pasivo, para lo cual, cumpla la parte demandante con lo siguiente: RESOLUCIÓN N° 08. Urcos, 12 de diciembre de 2018. Al numeral 1; Téngase por precisado el nombre completo de la incorporada como litisconsorte necesaria pasiva como Guillermina Arapa Paucar, y estando acreditado el fallecimiento de ésta persona mediante acta de defunción adjunta en copia certificada, en consecuencia; con la finalidad de cautelar los derecho de defensa de la litisconsorte necesaria pasiva QEVF: Guillermina Arapa Paucar, NOTIFIQUESE mediante edictos a sus sucesores procesales, quienes deberán de apersonarse al presente proceso en el plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; para tal fin, CUMPLA la parte actora con apersonarse a Secretaría de Juzgado, con la finalidad de recabar los edictos de ley y realizar la correspondiente publicación. (LA PRESENTE SE PUBLICA PARA LA NOTIFICACIÓN DE LOS HEREDEROS LEGALES DELA LITISCONSORTE NECESARIA PASIVA QEVF. GUILLERMINA ARAPA PAUCAR) Urcos, 17 de enero de 2019. CARLOS ASTETE SAAVEDRA SECRETARIO JUDICIAL R. C. (23, 24, 25 ENE) EDICTO JUDICIAL ANTE EL JUZGADO MIXTO unipersonal y penal liquidador de MACHUPICCHU; EXPEDIENTE 00201-2018-0-1017-JM-FT-01, CON LA ACTUACIÓN DE LA SECRETARIA JUDICIAL NAYDE MAMANI HUARAYA; Resolución N° PUBLICAR POR UNA VEZ EL EXTRACTO DE LA resolución N°02, SE DISPONE REPROGRAMAR LA AUDIENCIA ESPECIAL DE VIOLENCIA FAMILIAR PARA EL DÍA 25 DE ENERO DE 2019 A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA, EL DES-

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PACHO DEL JUZGADO MIXTO DE ESTE DISTRITO, EN CONTRA DE DOUGLAS RAFAEL VERA JIMENES EN AGRAVIO DE FRANYELI LELIANA RAMÍREZ GARCÍA, BAJO APERCIBIMIENTO DE LLEVARSE A CABO CON LA PARTE QUE ASISTA Y EMITIRSE RESOLUCIÓN EN EL ESTADO EN EL QUE SE ENCUENTRE EL PRESNETE PROCESO, SE DISPONE QUE LA PUBLICAICON SE REALICE EN EL DIARIO OFICIAL ASI COMO EN LA TABLILLA DEL JUZGADO, DE ÉSTA SEDE JUDICIAL LO QUE SE PONE A CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL, PARA LOS FINES PERTINENTES. MACHUPICCHU 14 DE ENERO DE 2019 J. S. (22, 23, 24 ENE) EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Machupicchu que despacha la Dr. ALADINO ROLDAN APARICIO SALAS bajo la actuación del Especialista Carlos Augusto Palomino Núñez del Prado, se viene tramitando el proceso Civil N° 15-2018-0-1017-JP-CI-01, seguido por PALERMO ZAMATA MONDACA sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO del recurrente, en el sentido que por error del registrador no consignó el apellido de su progenitura; siendo lo correcto y quedar en lo sucesivo como FRANCISCA MONDACA BECERRA. Se publica para los fines de ley. Cusco, 16 de enero del 2019. J. S. (22, 23, 24 ENE) NOTIFICACION VIA EDICTO JUDICIAL 1. Ante el Juzgado Penal Unipersonal de Paucartambo que Despacha el señor Juez Gilberto Gil Caviedes, bajo la actuación de la secretaria Judicial Yakelin Granilla Cora, se ha dispuesto mediante resolución 04 del

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10 de enero del 2019, la notificación vía edicto en el expediente N° 216-2018-11-1013-JM-PE-01 seguido contra la persona de GREGORIO CASILLA COYA por el delito de Lesiones culposas, en agravio de la menor de iniciales L:Y:H:M,, en consecuencia, NOTIFIQUESE al acusado que mediante RESOLUCIÓN 04 del 10 de enero del 2019 este Despacho DISPONE: (…) 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia de juicio oral inmediato en los seguidos contra SABINO AMAO SUNA. 2. REPROGRAMAR la audiencia de juicio oral para el día 24 DE ENERO DE 2019 A HORAS 02:30 DE LA TARDE, a llevarse a cabo en esta misma sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal, ubicado en la Calle colon S/N de la ciudad de Paucartambo, disponiéndose la notificación edictal del acusado SABINO AMAO SUNA, para que concurra a la audiencia reprogramada, subsistiendo los apercibimientos dictados mediante resolución uno, de declararse reo contumaz y disponerse su conducción compulsiva. H.S.J. S. (22, 23, 24 ENE) PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L.O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03082-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL , DEMANDANTE : AGUILAR ARIAS, ENEYDA ALICIA Resolución Nro. 18 Cusco, 07 de enero de 2019. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 11 del 20 de agosto de 2018 (folio 95 a 100) materia de grado, debido a que el

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Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Holgado Noa, emite voto en discordia, para que se declare nula la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señora Meza Monge, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 01-2019-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo

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144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. FERNÁNDEZ ECHEA, ALFARO HERRERA, MEZA MONGE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. Cusco, 14 de enero de 2019. J. S (22, 23, 24 ENE) 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02716-2017-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EJECUTADO : PROCURADOR PUBLICO PARA ASUNTOS JUDICIALES DEL PODER JUDICIAL , DEMANDADO : CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE , DEMANDANTE : CASTILLA HUARCO, MARIO Resolución Nro. 14 Cusco, 04 de enero de 2019. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 10 del 15 de agosto de 2018 (folio 232 a 242) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se declare nula la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señora Meza Monge, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 01-2019-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consi-

deran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. FERNÁNDEZ ECHEA, ALFARO HERRERA, MEZA MONGE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. Cusco, 14 de enero de 2019. J. S (22, 23, 24 ENE) EDICTO DE NOTIFICACIÓN PAUCARTAMBO Exp. 003-2019-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por ALICIA CONDORI QUISPE contra PEDRO CAMALA QUISPE; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01.- ADMITIR en la via del PROCESO ESPECIAL, la denun-

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cia por actos de Violencia contra las Mujeres de Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de PEDRO CAMALA QUISPE en agravio de ALICIA CONDORI QUISPE. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado PEDRO CAMALA QUISPE, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión fisica, asi como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de ALICIA CONDORI QUISPE. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el dia 30 de enero del año 2019 a horas 09:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de medidas de protección inmediatas, el diligenciamiento de las cédulas de notificación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. J. S (22, 23, 24 ENE) EDICTO DE NOTIFICACIÓN PAUCARTAMBO Exp. 335-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por GENARO RAYAN CHIPA contra JESUSA TACURI BANDA; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°01.- ADMITIR en la via del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres de Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de JESUSA

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TACURI BANDA, en agravio de GENARO RAYAN CHIPA y los menores BRYAM CRISTIAN TACURI BANDA (12), ROSA ROSMERI TACURI BANDA (08), YONI FLOR TACURI BANDA TACURI BANDA (06) y a CYNTIA ISABEL TACAURI BANDA (16) representados por GENARO RAYAN CHIPA. Con citación del Ministerio Público. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR a la denunciada JESUSA TACURI BANDA, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica, asi como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de GENARO RAYAN CHIPA y los menores BRYAM CRISTIAN TACURI BANDA (12), ROSA ROSMERI TACURI BANDA (08), YONI FLOR TACURI BANDA TACURI BANDA (06) y a CYNTIA ISABEL TACAURI BANDA (16). PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el dia 28 de enero del año 2019 a horas 09:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de medidas de protección inmediatas/ el diligenciamiento de las cédulas de notificación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo. J. S (22, 23, 24 ENE) EDICTO DE NOTIFICACIÓN PAUCARTAMBO Exp. 008-2019-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por REYNA SULLCA HUARACCA contra WILFREDO PUMA CONDORI; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°01.- ADMITIR en la via del PROCESO ESPECIAL, la denun-

cia por actos de Violencia contra las Mujeres de Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de WILFREDO PUMA CONDORI, en agravio de REYNA SULLCA HUARACCA. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado WILFREDO PUMA CONDORI, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión fisica y Psicológica, así corno amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de REYNA SULLCA HUARACCA. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 24 de enero del año 2019 a horas 11:00 de_ la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de medidas de protección inmediatas, el diligenciamiento de las cédulas de notificación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. J. S (22, 23, 24 ENE) EDICTO DE NOTIFICACIÓN PAUCARTAMBO Exp. 02-2019-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granula Cora seguido por SANTUSA CHARA CUSIHUALLPA contra ISABEL AIQUE KCACHA Y FELICIA KCACHA QUISPE; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°01.-ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres de Integrantes de un Grupo

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Familiar y otros, (AGRESIÓN MUTUA) en contra de ISABEL AIQUE KCACHA y FELICIA KCACHA QUISPE en agravio de SANTUSA CHARA CUSIHUALLPA, asi como en contra de SANTUSA CHARA CUSIHUALLPA en agravio de ISABEL AIQUE KCACHA y FELICIA KCACHA QUISPE. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR a las denunciadas ISABEL AIQUE KCACHA y FELICIA KCACHA QUISPE, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión física, así como amenazas, intimidación o daños de cualguier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de SANTUSA CHARA CUSIHUALLPA. ORDENAR a la denunciada SANTUSA CHARA CUSIHUALLPA, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de ISABEL AIQUE KCACHA y FELICIA KCACHA QUISPE. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el dia 28 de enero del año 2019 a horas 11:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de medidas de protección inmediatas, el. diligenciamiento de las cédulas de notificación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo. J. S (22, 23, 24 ENE) MEJOR DERECHO DE POSESION Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la Sra. Juez Supernumeraria SUSANA CUSIHUALLPA DORADO en el Exp. N° 02-2014-0-1015-JM-CI-01, bajo

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la actuación de la Secretaria Judicial Abg. Sandra Paola Núñez Ruiz, se ha emitido la resolución N° 02 de fecha veinticinco de julio del dos mil catorce que dispone ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JOSÉ MERCEDES VALERA AHUMADA con MUNICIPALIDAD DISTRITLA DE CHINCHERO representada por su alcalde JUAN CARLOS GOMEZ LLANO, AURORA YAÑEZ HOLGADO, JULIA RIMACHI SALLO Y VÍCTOR CHECCASACA TIPO sobre RECONOCIMIENTO DE MEJOR DERECHO DE POSESIÓN acumulativamente LA DEVOLUCIÓN DEL DESPOJO JUDICIAL DEL INMUEBLE DENOMINADO CACHARPARINAPAMPA DE 65 METROS CUADRADOS UBICADO EN LA AV. MATEO PUMACAHUA DEL DISTRITO DE CHICHERO PROVINCIA DE URUBAMBA, CON CITACIÓN DEL PROCURADOR PUBLICO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHERO en la vía del proceso de CONOCIMIENTO confiriéndose traslado a los demandados por el plazo de ley, bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes.- Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, reservándose su admisión y actuación en la etapa procesal correspondiente. Mediante resolución veintitrés de fecha tres de julio del dos mil diecisiete se ha resuelto declarar FUNDADA LA PETICIÓN DE INTERVENCIÓN LITISCONSORCIAL PASIVA DE LA IGLESIA EVANGELICA CAMINO DE VIDA. Así mismo se ha emitido la resolución treinta y tres de fecha veintisiete, de noviembre del dos mil dieciocho se ha dispuesto que en aplicación del Art. 165 de! código Procesal Civil se Notifique vía edictos a la litisconsorte Iglesia Evangélica Camino de Vida por el lapso de tres días hábiles en el diario el Diario Judicial de Cusco con el contenido del auto admisorio, un extracto de ¡a resolución veintitrés y la presente resolución, que admiten a trámite la demanda, admiten intervención y ordenan la publicación de edictos, a fin de que se apersonen al proceso y absuelvan el traslado de la demanda bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. HS

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Urubamba, 27 de Diciembre del 2018 SANDRA PAOLA NUÑEZ RUIZ SECRETARIA JUDICIAL P. 7229920 F. (22, 23, 24 ENE) EDICTO En el Proceso Civil Nro. 02277-2018-0-10001-JR-CI-02, que se tramita ante el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, que despacha el señor Juez doctor Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la Especialista Legal Saida Chiun Manco, doña PAULINA RAYO YANQUI contra WALTER HUILLCA ESCUDERO, demanda sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA DE DOMINIO DEL VEHICULO de placa N° Z3G119 (palca anterior TU3332), Carrocería STATION WAGON, Marca Toyota, año de Fabricación 2001, Color Gris, Nro de Motor 5E2138504, Nro de Serie ET1965096872, demanda admitida a trámite en la vía del proceso Abreviado, mediante resolución Nro. 02 de fecha 21 de noviembre del 2018.- Lo que se cumple con publicar para fines del artículo 506° del Código Procesal Civil.-SAIDA CHIUN MANCO, Especialista Legal.Cusco, 10 de Diciembre del 2018.SAIDA CHIUN MANCO ESPECIALISTA JUDICIAL P. 7220713 F. (18, 24, 30 ENE) EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Urcos, Despachado por la Señora Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la actuación de la Especialista Abg. Marcia Nataly Tejada Flores, se tramita el Proceso Civil N° 181-2018-CI, SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por CESAR JULIO VALENCIA GARCÍA, contra EL MINISTERIO DE AGRICULTURA; Sobre prescripción

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adquisitiva de dominio del predio Choquepucyo ubicado en el sector de Pucaccasa del distrito de Lucre, Provincia de Quispicanchi; con citación de las siguientes personas: Procurador Público del Ministerio de Agricultura, Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN) representado por Armando Miguel Subauste Bracesco, Víctor Valencia Córdova, Andrés valencia García, Exaltación Valencia García, Jesús Valencia García y Alejandra Gutiérrez García, Julio Bombilla Bustamante. En tal virtud dada la naturaleza de la pretensión demandada se dispone su trámite en la VIA DEL PROCESO ABREVIADO, córrase traslado a la parte demandada a efecto de que cumpla con contestar la demanda dentro del plazo de DIEZ DÍAS de notificado con la demanda y anexos, bajo apercibimiento de declarársele rebelde.- En consecuencia, publíquese en el diario judicial de Cusco, por tres veces con intervalo de tres días, y por radio difusión conforme al artículo 506 de la norma procesal, para lo cual los recurrentes deberá concurrir a Secretaria del Juzgado a recabar los edictos para su publicación, en el horario de atención al público. DE LOS MEDIOS PROBATORIOS: Estando adjunto el arancel judicial respectivo, téngase por ofrecidos los medios probatorios de la recurrente, reservándose su admisión para la etapa correspondiente.-DE LOS ANEXOS: Agréguese los anexos adjuntos.- H.S.Urcos, 10 de enero del 2019. MARCIA NATAL TEJADA FLORES SECRETARIA JUDICIAL P. 7220138 F. (18, 24, 30 ENE) EDICTO Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cusco, despachado por la Sra. Jueza Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el proceso civil N° 02634-2018-0-1001-JR-CI-01, seguido por F. Santiago Ccoscco Pantigozo por si y otros, sobre rectifica-

ción de áreas y linderos, contra Empresa Electro Sur Este y otros; en el que se ha emitido la resolución número 01 (AUTO ADMISORIO), de 03-012019, que dispone: “ADMITIR la demanda interpuesta por F. SANTIAGO CCOSCCO PANTIGOZO, por si y en representación de Nazario Ccoscco Pantigozo, Rosa Angélica Ccoscco Pantigozo, Lidia Angélica Ccoscco Pantigozo y Bertha Ccoscco Pantigozo, sobre RECTIFICACION DE ÁREA Y LINDEROS, contra EMPRESA ELECTRO SUR ESTE, representada por Lolo Fretel Bravo, JULIO CESAR HILARI CANALES, MANUELA VARGAS CCAYO, ERNESTINA VARGAS CCAYO, LUIS FREDDY HILARI CANALES Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIÁN, con citación del Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Municipalidad demandada, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado a la parte demandada por el término de DIEZ DÍAS, Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal correspondiente. Al Otrosí.- Agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntos. Y conforme a lo establecido por el artículo 506 del Código Procesal Civil, efectúese las publicaciones de un estrado de la demanda y la presente a través de edictos por el término de un tres días con intervalo de tres días, los que conforme a la comunicación puesta en conocimiento a este Despacho y en aplicación a la modificatoria del artículo 167 del TUO del Código Procesal Civil, efectuado por Ley N° 30293, publíquese los edictos en el diario de mayor circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco (La República), así como fíjese una copia del edicto en la tablilla del Módulo Civil destinado para ello, debiendo apersonarse a través de Administración del Módulo Civil en horas de atención al público a recepcionar dichos edictos. H. S.” Fdo. Juez Contreras Campana, Esp. Legal. Huamán Sequeiros. DEMANDA: Interpongo demanda de rectificación de área y linderos del inmueble

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número 611 y 408, ubicado entre las calles Garcilazo y Sucre del distrito de San Sebastián, provincia y departamento del Cusco, y se rectifique a un área menor. Cusco, 16 de enero de 2019. ISABEL CRISTINA HUAMAN SEQUEIROS ESPECIALISTA LEGAL P. 7220778 F. (18, 24, 30 ENE) EDICTO JUDICIAL Que, el Proceso Civil N° 086-2018-0-1010-JM-CI-01, seguido por Alfredo Ferro Enrriquez y Andrea de la Cruz Vilca contra los Sucesores de Hermenegildo de la Cruz Manzano representado por Flora de la Cruz Rivera y Renee de la Cruz Rivera, con citación de Felicia Quenaya Rodríguez, Eulogio Zuniga Farfán y María Manzano Ciprian, sobre DECLA-

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RACIÓN JUDICIAL DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del predio “Miraflores II” ubicado en el sector de Putucusi valle de Yanatile distrito de Quellouno, se viene tramitando en el Juzgado Mixto de La Convención, en la forma siguiente: DEMANDA: Por interpuesta la demanda, admítase en la vía del proceso Abreviado; y CÓRRASE traslado a los demandados, por el término de ley, admítase los medios probatorios que se indica. Fdo. Juez Dr. E. Waldir Urruchi Zúñiga. Fdo. Mónica Maccapa Asto Secretaria Judicial. Publíquese por TRES DÍAS con intervalo de tres días. Lo que se pública para los fines de ley. MÓNICA MACCAPA ASTO SECRETARIA JUDICIAL R. C (14, 18, 24 ENE) EDICTO JUDICIAL

En el Cusco, a 09 de enero de 2019, la señora Juez del Quinto Juzgado Civil del Cusco, Dra. Marianella Cárdenas Villanueva; ha dispuesto se realice las publicaciones en el Proceso No.2321-2018-0-1001-JR-CI-05, seguido por Enriqueta Florez Callata contra Flora Callata viuda de Flores, sobre Prescripció Adquisitiva en la forma siguiente: Resolución No. 02.- Cusco, 26 de noviembre de 2018.- “(...)SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ENRIQUETA FLOREZ CALLATA contra FLORA CCALLATA VIUDA DE FLORES sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado de la demanda a los demandados por el término de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica los cuales serán admitidos y actuados en la opor-

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tunidad procesal. Insértese en autos los anexos de su referencia. Asimismo cítese con la demanda a los colindantes JOSE RODRIGUEZ CARDENAS, LUCHO FLORES HUILLCA, BRAULIO CUSI CARDENAS, JULIA MOLINA TORRE, ROSALUZ GONZALES CUTI VIUDA DE TURNER y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIÁN. Y conforme a lo establecido por el artículo 506 del Código Procesal Civil, efectúese las publicaciones de un extracto de la presente por el término de tres días con intervalo de tres días, en el diario de Mayor Circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco, así como en la tabula del juzgado, debiendo apersonarse la actora a la Administración del Módulo Civil a recepcionar los edictos respectivos, en horas de atención al público. VILMA VARGAS TRUJILLO ESPECIALISTA LEGAL P. 7212749 F. (14, 18, 24 ENE)

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