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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Viernes, 6 de abril del 2018

AVISOS JUDICIALES

EDICTO JUDICIAL Señores: SUCESORES DE AUGUSTO TARRAGA CALCERON Se les comunica que ante el Primer Juzgado Mixto de Wanchaq se viene tramitando el Proceso Civil Nro. 1937-2016 - CI seguido por PILAR PACHECO MEDRANO Y WILBER JURO VARGAS , en contra la sucesión de Cesar Augusto Tarraga Calderón, la Municipalidad Distrital de Wanchaq, Ministerio de transportes y Comunicaciones Cusco con citación del procurador Publico del Gobierno Regional del procurador Publico de la Municipalidad Distrital de Wanchaq, sobre RECTIFICACION DE AREA Y LINDEROS se ha dispuesto publicar la parte pertinente de la resolución número diecisiete de fecha cinco de marzo del año dos mil dieciocho : Se Admite a trámite en la vía ABREVIADA la demanda con la pretensión de rectificación de área y linderos del lote de terreno N°l manzana C de la Cooperativa vivienda de los servidores de los Cominos del Cusco con citación de del Procurador Publico del Gobierno regional , del Procurador Publico de la Municipalidad al de Wanchaq, confiérase traslado a los demandados, lo que se publica para los fines consiguientes. -firma de la señora juez Janet Ofelia Paredes Salas juez del Primer Juzgado Mixto de Wanchaq, especialista judicial Crisalta Salazar Yauta Cusco, 20 de marzo del 2018 CRISALTA SALAZAR YAUTA SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO MIXTO DE WANCHAQ P. 6599268 F. (23 MAR Y 02 Y 06 ABR)

EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado Mixto de Wanchaq, se viene tramitando el Proceso Civil Nro. 1937-2016 - CI seguido por PILAR PACHECO MEDRANO Y WILBER JURO VARGAS , en contra la sucesión de Cesar Augusto Tarraga Calderón, la Municipalidad Distrital de Wanchaq, Ministerio de transportes y

Comunicaciones Cusco con citación del procurador Publico del Gobierno Regional del procurador Publico de la Municipalidad Distrital de Wanchaq, sobre RECTIFICACION DE AREA Y LINDEROS se ha dispuesto publicar la parte pertinente de la resolución numero diecisiete de fecha cinco de marzo del año dos mil dieciocho : Se Admite a trámite en la vía ABREVIADA la demanda con la pretensión de rectificación de área y linderos del lote de terreno N°l manzana C de la Cooperativa vivienda de los servidores de los Cominos del Cusco con citación de del Procurador Publico del Gobierno regional , del Procurador Publico de la Municipalidad al de Wanchaq, confiérase traslado a los demandados, lo que se publica para los fines consiguientes.-firma de la señora juez Janet Ofelia Paredes Salas juez del Primer Juzgado Mixto de Wanchaq, especialista judicial Crisalta Salazar Yauta Cusco, 20 de marzo del 2018 CRISALTA SALAZAR YAUTA SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO MIXTO DE WANCHAQ P. 6599272 F. (23 MAR Y 02, 06 ABR)

AVISO JUDICIAL En Proceso Nro. 380-2017 seguido Ante el juzgado de paz letrado de San Sebastián, Despachado por la Señorita Juez Dra. LYNDA VARGAS MANGA bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León HECTOR MERCADO HANCCO solicita la RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE MATRIMONIO por haberse considerado al recurrente como Héctor Mercado Ancco, debiendo ser en forma correcta el de HECTOR MERCADO HANCCO lo que se publica para los fines de Ley.

EDICTO JUDICIAL Que, el Proceso Civil N° 00283-2017-0-1010-JM-CI-Ol seguido por: CARLOS HANCO ZAVALETA sobre: RECTIFICACIÓN PARCIAL de ÁREA y MEDIDA PERIMÉTRICA del predio rústico de su propiedad, ubicado en el Sector de Macamango, Valle Vilcanota, distrito de Santa Ana, provincia de La Convención, con Unidad Catastral N°101001, inscrita en la Partida N° 11005021 del Registro de Predios de la Zona Registral N° X Sede Cusco, contra: ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA ALFREDO ENCINAS MARTÍN, representada por Zoli Vera Mellado, Hugo Valdivia Canal y Rosa María Luque de Valdivia y; en calidad de COLINDANTES: Julián RIVERA JAUJA, Francisco CONDORI HUAMAN, Mario YEPEZ MORVELÍ, Demetrio MENDÍA HUAMAN, Wilson CAMERO GUZMÁN, y Cooperativa de Ahorro y Crédito Quillabamba QUILLACOOP, representada por Dennys Alembert Cjuno Ovalle, EN LA VÍA DEL PROCESO ABREVIADO, en tal virtud, CÓRRASE traslado de la demanda a los demandados y colindantes por el PLAZO de DIEZ DÍAS HÁBILES. A LOS MEDIOS PROBATORIOS.- TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que sustentan la demanda (folios 84, 85 y apartado “PRIMER MÁS DIGO” del escrito de subsanación. AL MÁS DIGO.- PUBLÍQUESE un extracto del Auto Admisorio por tres veces, con intervalo de tres días en la forma prevista en los Artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil. Fdo. Juez Titular Erasmo Waldir Urruchi Zuñiga, Fdo. Abogada Olga Villanueva Valle. Quillabamba, 06 de marzo del año 2018. OLGA VILLANUEVA VALLE SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO DE LA CONVENCION P. 6599925 F. (23 MAR Y 02, 06 ABR)

22 de 03 -2018. ANTONINA PONCE DE LEON PAGUADA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN SEBATIAN P. 6599517 F. (23 MAR Y 02, 06 ABR)

EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 02671-2017-0-1001-JRCI-03, seguido por ROXANA VALLENAS CCALLOHUANCA, sobre Otorgamiento de

Titulo Supletorio, contra VALENTIN VALLENAS QUISPE y JUANA CCALLOHUANCA DE VALLENAS; en el que se ha emitido el Auto Admisorio de la demanda, en fecha veintitrés de enero del dos mil dieciocho, mediante el cual, SE RESUELVE: ADMITIR A ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por ROXANA VALLENAS CCALLOHUANCA, sobre Otorgamiento de Titulo Supletorio, contra VALENTIN VALLENAS QUISPE y JUANA CCALLOHUANCA DE VALLENAS, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado a la parte demandada por el término de diez días, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. Notifíquese a los colindantes siguientes en calidad de citados: Municipalidad Distrital de San Jerónimo, Enrique Mormontoy Tapara, Vicentina Rojas Barreto, Fernando Serrano Muñoz Y Damián Huallpa Challco. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal correspondiente. Y agregúese a sus antecedentes los anexos adjuntos. Y conforme a lo establecido por el artículo 506 del Código Procesal Civil, efectúese las publicaciones de un extracto de la presente por el término de tres días con intervalo de tres días, en el diario judicial de este distrito judicial, debiendo apersonarse a través de Administración del Módulo Corporativo Civil a recepcionar los edictos respectivos, en horas de atención al público. CUMPLA el demandante con proporcionar copias completas, del escrito de la demanda y anexos, para la notificación de todas las partes procesales, atendiendo que son 7, y solo presento 6 copias.- H.S. Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi. Ronald Elorrieta Salazar, secretario judicial. Cusco, 14 de marzo del 2018 RONALD ELORRIETA SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO CIVIL DE CUSCO P. 6599424 F. (23 MAR Y 02, 06 ABR)

PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por Asociación Arariwa con Francisca Ccanchi Yana sobre Ejecución de

Viernes, 6 de abril del 2018

Garantías, Expediente N° 0090-2014, la Señora Juez del Juzgado Civil de Sicuani, Dra. Nelly C. Yabar Villagarcía y Especialista Legal Dra. Indyra Raysha Paredes Sanca, ha dispuesto sacar a Remate lo siguiente: Centro Poblado Pitumarca, Manzana Q, Lote 5, (Jr. Pumacahua s/n), Distrito de Pitumarca, Provincia de Canchis, Departamento de Cusco, cuyas demás características se encuentran inscritas en la Partida N° P59008745 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Sicuani, Zona Registral N° X Sede Cusco. 2- TASACIÓN. S/. 105.757.09 (Ciento cinco mil setecientos cincuenta y siete con 09/100 soles). 3- BASE DEL REMATE: S/. 70.504.73 (Setenta mil quinientos cuatro con 73/100 Soles) equivalentes a las 2/3 partes del valor de Tasación. 4- GRAVAMENES: Hipoteca- Hasta por la suma de S/. 25,000.00 a favor de Asociación Arariwa, según Escritura Pública, inscrita en el asiento 00004 de la Partida N° P59008087 del Registro de Propiedad Inmueble del Cusco. Fecha de Inscripción 28/10/10. 5- DIA Y HORA DEL REMATE: 10 de Abril del 2018 a las 2:30 de la tarde. 6- LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado Civil de Sicuani, sito en Av. San Martin s/n San Felipe, Sicuani, Canchis, Cusco. 7- POSTORES: Los postores Oblarán el equivalente al 10% del valor de tasación, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, presentarán DNI, Arancel Judicial por derecho a participar en Remate con el N° de Expediente, Juzgado correspondiente, y N° de DNI del postor (con copia de estos). Adjudicatario cancela Honorarios de la Martiliera conforme a ley. El remate será realizado por María Ángela Zeballos Alva, Martiliera Pública con Reg. N°142. MARÍA ÁNGELA ZEBALLOS ALVA MARTILIERA PÚBLICA INDYRA RAYSHA PAREDEZ SANCA SECRETARIA JUDICIAL P. 6608391 F. (28 MAR Y 02, 03, 04, 05, 06 ABR)

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

EDICTO FAMILIA CIVIL EXP. N° 5590-2017-0-1001-JR-FC-04 Ante el Cuarto Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Rómulo Víctor Velasco Chávez, en el Proceso N° 5590-2017-0-100lJR-FC-04, se admitido a trámite en la vía del proceso único la demanda de Privación de Patria Potestad de la menor de iniciales L.A.R.D (8 años) interpuesta por LIT KATTY DÍAZ MORALES contra GUILLERMO LINO RODRÍGUEZ HERRERA con citación de la señora representante del Ministerio Público. Asimismo se ha dispuesto que las partes concurran al Equipo Multidisciplinario de esta Corte a efectos de practicarse las evaluaciones psicológica y social. En caso nadie se apersone, se nombrará Curador Procesal. LUZ VENUS FLOREZ SECRETARIA JUDICIAL P. 6607541 F. (02, 06, 12 ABR)

EDICTO JUDICIAL NOTIFICACIÓN CONFORME EL ARTICULO 506 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL. En el Expediente Nro. 00040-2018-0-1001 -JR-CI-04, seguido EDGAR NEMECIO RODRIGUEZ GASTAÑAGA y BERTHA VILLA CEVALLOS DE RODRIGUEZ, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL BIEN INMUEBLE LOTE A-30 DE LA ASOCIACION PRO VIVIENDA LAS PALMERAS SECTOR QUISPIQUILLA GRANDE DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO.; bajo la actuación del Especialista Legal JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA, la señora Juez del Cuarto Juzgado Civil de Cusco Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, ha dispuesto la publicación de un extracto del auto admisorio contenida en la Resolución N° 02 de fecha uno de setiembre del año dos mil diecisiete.- Resolución Nro. 01. Cusco, 18 de enero de 2018. VISTO: El escrito que contiene la demanda con los anexos que se adjunta. Y CONSIDERANDO (...), RESUELVE: 1. ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por el EDGAR NEMECIO RODRIGUEZ GASTAÑAGA y BERTHA VILLA CEVALLOS DE RODRIGUEZ contra CECILIO TERAN GUTIRREZ, EMILIA NORIEGA CASTILLO DE TERAN Y KATIA MACEDO HUARCA DE SARGENT, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL BIEN INMUEBLE

LOTE A-30 DE LA ASOCIACION PRO VIVIENDA LAS PALMERAS SECTOR QUISPIQUILLA GRANDE DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO, en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado a los demandados por el término de DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes, con CITACION de RAYMUNDA MENDOZA DE MIRANDA, PLACIDA CALDERON ARCONDO, AGUSTIN GONGORA PIMIENTA y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN. Cusco, veintisiete de marzo del año dos mil dieciocho. JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA ESPECIALISTA LEGAL P. 6608096 F. (02, 06, 12 ABR)

EDICTO JUDICIAL Ante el Primer juzgado mixto de Wanchaq, se viene tramitando el proceso N° 838-2017C sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE VEHICULO seguido por Madeleine Segura Candía contra PRIMERA SERVICIOS INTERNACIONALES EIRL se ha dispuesto publicar la resolución numero tres de fecha cinco de marzo del año dos mil dieciocho cuya parte pertinente dice: ADMITASE a trámite la demanda interpuesta por Madeleine Segura Candía sobre prescripción adquisitiva del vehículo de marca Toyota, color blanco modelo Tercel de placa CO2470 serie 400019028 motor 2E2533781 año 1992 carrocería sedan, se admite medios probatorios en la vía del proceso abreviado córrase traslado a la parte contraria por el termino de ley; lo que se le pública para los fines consiguientes .-Firma de la señora Juez Yanet Ofelia Paredes Salas .-Especialista legal Crisalta Salazar Yauta.-

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Solina Maybee Apaza Bejar y la Actuación de la Secretaria Judicial Karina Margarita Cáceres del Río, se ha ordenado la notificación por edictos al sentenciado Rosalio Huanaco Panebra con un extracto de la resolución N° 19 del 12 de marzo de 2018, dispuesto en el expediente Nro. 008-2016-0-101 l-JPFC-01, proceso por alimentos seguido contra el demandado Rosalio Huanaco Panebra, interpuesto por la demandante Zelmira Aliaga Saire, siendo como sigue: Resolución Nro. 19 Paruro, 12 de marzo de 2018. AUTOS Y VISTOS: Los edictos judiciales, y teniendo en cuenta: FUNDAMENTOS (...) 1. APROBAR la liquidación de alimentos practicado por la Secretaría del Juzgado, en la suma total de S/. 1,861.35 (un mil ochocientos sesenta y uno con 35/100 nuevos soles) del periodo 19/05/2017 hasta el 17/12/2017. 2. REQUERIR al demandado obligado Rosalio Huanaco Panebra, para que cancele el monto adeudado por concepto de alimentos devengados en plazo del TERCER DÍA de notificado con la presente resolución, bajo apercibimiento de remitirse copias al representante del Ministerio Público para que inicie las acciones legales respectivas. 3. Asimismo, REQUIERASE al demandado cumpla con el pago de alimentos que sigue devengándose con posterioridad a la fecha de la liquidación. 4. NOTIFIQUESE a las partes procesales conforme a ley. H.S. Paruro, 27 de marzo del 2018. KARINA MARGARITA CÁCERES DEL RÍO SECRETARIA JUDICIAL P. 6609394 F. (02, 06, 12 ABR)

Wanchaq, 21 de marzo 2018

EDICTO JUDICIAL

CRISALTA SALZAR YAUTA SECRETARIA JUDICIAL

Proceso Nro. 1118-2017-0-1015-JM-FC-01 Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la señora Juez Siomara Candelaria Morales Mar y bajo la actuación de la Especialista Judicial Evelyn Mercado Portugal, por resolución N° 01 se ha dispuesto la publicación por edictos del autoadmisorio, a fin de notificar a los SUCESORES DE Q.E.V.F. SILVERIO HANCCO SANTAMARIA:

P. 6609268 F. (02, 06, 12 ABR)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria, bajo la dirección de la señora Jueza Dra.

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AUTO ADMISORIO DE DEMANDA Resolución N°01. Urubamba, 05 de enero de 2018 (...) VISTOS: (...); y CONSIDERANDO: PRIMERO: (...). TERCERO.- (...) demanda reúne los requisitos y anexos exigidos por los artículos 424 y 425 del Código Procesal Civil, (...). (...) SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA interpuesta por IVAN INQUILTUPA QUISPE sobre ADOPCION del menor MIGUEL SILVERIO HANCCO MANCCO de 04 años y 04 meses de edad, a efecto de que sea declarado como su hijo adoptivo, manteniendo el vinculo de filiación con su madre biológica Doña Virginia Mancco Sallo (actual conviviente), contra los HEREDEROS LEGALES del Q.E.V.F. SILVERIO HANCCO SANTAMARIA y la intervención del MINISTERIO PUBLICO y MINDES, debiendo tramitarse en la vía del PROCESO UNICO, confiérase traslado por el plazo de ley, conforme prevé el artículo 168 del Código de los Niños y Adolescentes (...).- Si bien ha consignado domicilio de los HEREDEROS LEGALES del Q.E.V.F. SILVERIO HANCCO SANTAMARIA, sin embargo al existir la posibilidad de que existan otros herederos legales que no necesariamente tenga la dirección que consigna el actor, empláceseles también mediante Edictos (,..).-H. S.-” Urubamba, 21 de marzo de 2018.EVELYN MERCADO PORTUGAL SECRETARIA JUDICIAL P.6609421 F. (02, 06, 12 ABR)

AVISO DE PRIMER REMATE PÚBLICO EN LOS SEGUIDOS POR CARLOS JAVIER BUSTAMANTE SMITH (SUCESOR PROCESAL DEL BANCO DE CREDITO DEL PERU), EN CONTRA DEL LABORATORIO MECATRONICO CUSCO S.A.C. (DEUDOR PRINCIPAL), JOHNNY TAMAYO ARAGON Y ANA CECILIA BUSTAMANTE SMITH (GARANTES Y FIADORES SOLIDARIOS), SOBRE EJECUCIÓN DE GARANTÍA HIPOTECARIA, EL PRIMER JUZGADO CIVIL DEL CUSCO, A CARGO DE LA SEÑORA JUEZA DRA. SANDRA CONTRERAS CAMPANA, BAJO LA ACTUACION DE LA ESPECIALISTA LEGAL DRA. ISABEL CRISTINA HUAMAN SEQUEIROS, DENTRO DEL EXP N° 031212009, HA DISPUESTO SACAR EN REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

EL 50% DE DERECHOS Y ACCIONES DEL INMUEBLE SIGNADO COMO CASA VIVIENDA NRO. 01 DE LA URBANIZACION CERVECEROS DEL DISTRITO DE WANCHAQ, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, CUYO DOMINIO CORRE INSCRITO EN LA PARTIDA N° 02073327 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X - SEDE CUSCO VALOR DE TASACIÓN: US$ 203,863.00 (DOSCIENTOS TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: USS 135,908.66 (CIENTO TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHO Y 66/100 DOLARES AMERICANOS), EQUIVALENTE A LAS DOS TERCERASPARTES DE LA VALORIZACIÓN. GRAVAMENES Y CARGAS: 1) HIPOTECA INSCRITA EN EL ASIENTO 15 RESPECTO DEL 50% DE DERECHOS Y ACCIONES DEL BIEN INMUEBLE, RECTIFICADA EN EL ASIENTO 22 DE LA PARTIDA N° 02073327 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X - SEDE CUSCO: 2) EMBARGO Y VARIACION DE EMBARGO REGISTRADA EN LOS ASIENTOS 19 Y 20 DE LA PARTIDA N° 02073327 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X - SEDE CUSCO DÍA Y HORA DEL REMATE: DOCE DE ABRIL DEL AÑO 2018, A HORAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE. LUGAR DEL REMATE: OFICINA DE ADMINISTRACIÓN DEL MÓDULO CIVIL, UBICADO EN EL SEGUNDO PISO DEL PALACIO DE JUSTICIA DEL CUSCO SITO EN LA AV. EL SOL S/N CERCADO DEL CUSCO. LOS POSTORES: 1) OBLARÁN MEDIANTE DEPÓSITO EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA UNA CANTIDAD NO MENOR AL DIEZ POR CIENTO DEL VALOR DE TASACIÓN; 2) PRESENTARÁN EN ORIGINAL EL DOCUMENTO DE IDENTIDAD; 3) PRESENTARÁN ARANCEL JUDICIAL POR PARTICIPACIÓN EN REMATE JUDICIAL. CONSIGNANDO EL JUZGADO RESPECTIVO, NÚMERO DE EXPEDIENTE Y NÚMERO DE DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD O EN SU CASO RUC (PRESENTAR COPIA DEL ARANCEL Y D.N.I.); 4) EN CASO DE ACTUAR A TRAVÉS DE REPRESENTANTE LEGAL DEBERÁN ACREDITARLO CON EL CERTIFICADO DE VIGENCIA DE PODER CORRESPONDIENTE. EL ADJUDICATARIO: LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO PÚBLICO SERÁN CANCELADOS POR EL ADJUDICATARIO CONFORME A LOS RANGOS Y TRAMOS

Viernes, 6 de abril del 2018

DISPUESTOS EN EL D.S. 008-2005-JUS Y ESTÁN AFECTOS AL IGV. MARTILLERO A CARGO DEL REMATE: ABOG. ELENA LISSETTE SALAZAR ALCÁZAR, CELULAR 991345501. CUSCO, 14 DE MARZO DEL AÑO 2018 ELENA LISSETTE SALAZAR ALCÁZAR MARTILLERO PÚBLICO ISABEL CRISTINA HUAMAN SEQUEIROS ESPECIALISTA LEGAL P. 6609476 F. (02, 03, 04, 05, 06, 09 ABR)

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por demandante La Cooperativa de Ahorro y Crédito de Intelectuales, Líderes y Empresarios inscrita en la partida N°11110043 contra demandado ROLANDO GARCIA CASTELO sobre la materia de Ejecución de Garantías, en el 4o JUZGADO CIVIL - Sede Central Cusco, bajo el expediente N° 01888-2014-0-1001-JR-CI-04 a cargo de la Señora Jueza Dra. FANNY LUPE PEREZ CARLOS y Especialista Judicial FRESH LENNIN GARCIA LUNA se ha ordenado sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente inmueble, denominado como Predio Rústico Marcahuasi, pista asfaltada Cusco - del Distrito de Mollepata, Provincia de Anta del Departamento de Cusco, con una Área de terreno de 75,500.00 m2, cuyos linderos y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica N° 02028586 del Registro de Predios de la Zona Registral X Sede Cusco de los Registros de Propiedad Inmueble del Departamento de Cusco. VALOR DE TASACION: US$ 620,604.46 (SEISCIENTOS VEINTE MIL SEISCIENTOS CUATRO 46/100 DOLARES AMERICANOS) BASE DE REMATE: US$ 413,736.30 (CUATROCIENTOS TRECE MIL SETECIENTOS TREINTA SEIS Y 30/100 DOLARES AMERICANOS) que son equivalentes a las 2/3 partes de la Tasación. AFECTACIONES: CARGAS Y GRAVAMENES.-Rolando García Castelo con DNI 23990174 constituye hipoteca a favor de La Cooperativa de Ahorro y Crédito de Intelectuales, Líderes y Empresarios inscrita en la partida N°11110043, hasta por la suma

de SI 200,000.00. Así consta de la Escritura Pública del 26 de diciembre del 2013 otorgada ante el Notario Mercedes Salazar Puente de la Vega. Título presentado bajo el N° 2014-00003304. FECHA Y HORA DE REMATE: VIERNES 13 DE ABRIL DEL 2018 A LAS 12.00 DEL MEDIODIA. LUGAR DE REMATE: Instalaciones del Módulo Civil de la Corte Superior de Justicia del Cusco, ubicado en el Segundo Piso de la Av. El Sol S/N -Cusco. POSTORES: Oblarán una cantidad no menor del 10% de la Tasación del inmueble, en efectivo o mediante cheque de gerencia del Banco de la Nación, sin sello No Negociable y presentarán el original del pago del arancel judicial respectivo a nombre del Juzgado, consignando el número del expediente, el número de documento de identidad, firma y adjuntando copia simple de todos los documentos. El Adjudicatario cancelará la comisión del Martiliero Público al finalizar el acto público, de conformidad con el artículo 18° del D.S. 008-2005-JUS-. Así mismo el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el ACTA, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. 15 de marzo del 2018. DRA. KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE Abogado Martillero Reg. 310. KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE ABOGADO MARTILLERO FRESH LENNIN GARCIA LUNA SECRETARIO JUDICIAL P. 6625860 F. (03, 04, 05, 06, 09,10 ABR)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Civil de Sicuani - Canchis, en el Exped. N° 10-2018-FC, se ha dispuesto la publicación del edicto judicial en los siguientes términos. AUTO ADMISORIO RESOLUCIÓN NRO. 01 DEL 13/01/2018: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la Vía del PROCESO ABREVIADO la demanda interpuesta por FRANCISCA ELISA MAMAN MAMANI contra la sucesión de QEVF ERNESTO QUISPE RAMOS (debiendo procederse a la notificación conforme lo dispuesto por el artículo 435° del Código Procesal Civil, para lo cual apersónese la demandante a Secretaria del Juzgado para recabar el Edicto Judicial), SOBRE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE

Viernes, 6 de abril del 2018

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

HECHO QUE MANTUVO LA DEMANDANTE CON QEVF ERNESTO QUISPE RAMOS; en consecuencia, CÓRRASE TRASLADO a los demandados por el plazo de DIEZ DÍAS improrrogables, bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecido los medios probatorios del recurrente, los que serán merituados en su oportunidad procesal. A LOS ANEXOS: Agréguese a sus antecedentes los anexos que acompaña. H.S.-

demandados, CUMPLA la recurrente con presentar SEIS copias de la demanda y anexos y SEIS copias del escrito que precede y anexos; asimismo SEÑALE el domicilio legal del Procurador Público del Poder Judicial y PRECISE el domicilio exacto de la Dra. Merien Vicky De La Rosa Bedríñana y del Dr. Víctor Raúl Malea Guaylupo, todo ello dentro del TERCER DÍA, bajo apercibimiento de Ley. H.S.- Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretaria Judicial Altamirano Mayca.

Sicuani, 28/03/2018.

Cusco, 16 de Marzo de 2018.

INDYRA RASHA PAREDEZ SANCA SECRETARIA JUDICIAL

PAMELA DESIREE ALTAMIRANO MAYCA SECRETARIA JUDICIAL

P. 6625922 F. (04, 05, 06 ABR)

P. 6626993 F. (04, 05, 06 ABR)

CON EL REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, DE FECHA 29 DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE: Formulado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Urubamba, contra Max Neill Osores Soplopuco y Jessica Liliana Osores Soplopuco, por la presunta comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Lesiones, sub tipo: AGRESIÓN FÍSICA CONTRA UNA MUJER POR SU CONDICIÓN DE TAL E INTEGRANTE DEL GRUPO FAMILIAR, tipificado en el artículo 122-Bo del Código Penal, en agravio de Alicia Fanny Martínez Santa .María. Se publica el presente para los fines de ley (por tres fechas).Urubamba, 28 de marzo 2018.

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por la presunta comisión del delito contra La vida el cuerpo y la salud en su modalidad de lesiones, sub tipo Agresiones En Contra De Mujeres O Integrantes Del Grupo Familiar, en agravio de Angela Cutiré Machaca, en el cual se dicto la resolución N° 04 que reprograma audiencia de apertura de JUICIO INMEDIATO para el DÍA 16 DE ABRIL DEL 2018 A LAS ONCE HORAS DE LA MAÑANA, debiendo concurrir al mismo el acusado Melquíades Arce Álvarez así como los órganos de prueba ofrecidos, bajo los apercibimientos señalados en el Código Procesal Penal. Se publica el presente para los fines de ley.Yanaoca, 26 de marzo de 2017.J. S (04, 05, 06 ABR)

J. S (04, 05, 06 ABR) EDICTO JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL

SEÑOR: ENRIQUE RODAS RAMÍREZ Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 01031-2017-0-1001-JRCI-03, en el que mediante Res. 09 de fecha 28-11-2017, se dispone notificar al señor Magistrado Enrique Rodas Ramírez con el auto admisorio de la demanda mediante edictos. Por Res. 02 de fecha 17-05-2017, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por HEIDY MEZARES SOLAR, contra DRA. MERIEN VICKI DE LA ROSA BEDRIÑANA, DR. ENRIQUE RODAS RAMIREZ, DR.DUARDO RAYMUNDO RICARDO YRIVARREN FALLAQUE, DR. RAMIRO ANTONIO BUSTAMANTE ZEGARRA y DR VICTOR RAUL MALCA GUAYLUPO, integrantes de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de la República, con citación PROCURADOR PUBLICO ENCARGADO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DEL PODER JUDICIAL, en la vía del PROCESO DE AMPARO; por lo que confiérase traslado a los demandados i citado por el término de CINCO DIAS. DE LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios que se adjunta a la demanda, las que serán valoradas en la etapa procesal respectiva. ANEXOS: A sus antecedentes los anexos que adjunta. AL OTROSI DIGO.- ESTESE a los días y horas hábiles. AL MÁS DIGO.- TÉNGASE por delegadas las facultades contenidas en los artículos 74°y 80° del C.P.C a favor del Abogado Gilberto Kjuro Arenas. DE OFICIO.- A efecto de proceder a la notificación de los

Io JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - S. URUBAMBA. EXPEDIENTE: 00166-2018-0-1015-JRPE-01 JUEZ: ALICIA VARGAS LEÓN ESPECIALISTA: ROXANA SALDIVAR YUPANQUI SE EMPLAZA A MAX NEILL OSORES Y JESSICA LILIANA OSORES SOPLOPUCO, CON LA RESOLUCIÓN NUMERO DOS, DE FECHA 28 DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO: RESOLUCIÓN N° 02. Urubamba/ veintiocho de marzo Del dos mil dieciocho.VISTO, OÍDOS Y CONSIDERANDO: Queda grabado en el registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: Por lo precedentemente expuesto, SE RESUELVE: Declarar FRUSTRADA la presente audiencia, y se señala como nueva fecha para el DÍA OCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria de Urubamba, subsistiendo los apercibimientos para la concurrencia de los sujetos procesales, en este acto se da por notificado a todos los sujetos procesales, disponiéndose la notificación de los inasistentes. SE DISPONE notificar, mediante edicto, a los investigados Max Neill Osores y Jessica Liliana Osores Soplopuco, sin perjuicio de notificárseles en su domicilio real. SE EMPLAZA A MAX NEILL OSORES Y JESSICA LILIANA OSORES SOPLOPUCO,

EDICTO JUDICIAL CONVOCATORIA A JUICIO ORAL EDICTO JUDICIAL CONVOCATORIA A JUICIO ORAL Ante el Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Canas, despachado por el Sr. Jorge Pareja Quispe, en el Expediente Penal Nro: 49-2017-57, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Alberto Tupayachi Flores, viene tramitándose el proceso penal contra VIDAL ESPINOZA VALENZUELA, como autor por la presunta comisión del delito de Omisión De La Asislencía Familiar en agravio de la menor representada por Balvina Guzmán Ccoiso, en el cual se dicto la resolución N° 03 que reprograma audiencia de apertura de JUICIO INMEDIATO para el DÍA 23 DE ABRIL DEL 2018 A LAS ONCE HORAS DE LA MAÑANA, debiendo concurrir al mismo el acusado Melquíades Arce Álvarez asi como los órganos de prueba ofrecidos, bajo los apercibimientos señalados en el Código Procesal Penal. Se publica el presente para los fines de ley.Yanaoca, 26 de marzo de 2017.-

Ante el Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Canas, despachado por el Sr. Jorge Pareja Quispe, en el Expediente Penal Nro: 118-2017-80, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Alberto Tupayachi Flores, viene tramitándose el proceso penal contra HUGO OLIVER KUTE SURCO, como autor por la presunta comisión del delito de OMISIÓN DE LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de la menor representada por Silveria Cchicche Quispe, en el cual se dicto la resolución N° 03 que reprograma audiencia de apertura de JUICIO INMEDIATO para el DÍA 19 DE ABRIL DEL 2018 A LAS TRES HORAS Y TREINTA MINUTOS DE LA TARDE, debiendo concurrir al mismo el acusado Melquiades Arce Álvarez así como los órganos de prueba ofrecidos, bajo los apercibimientos señalados en el Código Procesal Penal. Se publica el presente para los fines de ley.Yanaoca, 26 de marzo de 2017.J. S (04, 05, 06 ABR)

J. S (04, 05, 06 ABR) EDICTO PENAL EDICTO JUDICIAL CONVOCATORIA A JUICIO ORAL Ante el Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Canas, despachado por el Sr. Jorge Pareja Quispe, en el Expediente Penal Nro: 125-2017-63, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Alberto Tupayachi Flores, viene tramitándose el proceso penal contra Melquíades Arce Álvarez, como autor

EXP: Nro. 1109-2016-39-1001 -JR-PE-02 SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Fernando Christian Aparicio Chávez SEÑOR: ISIDRO CONZA CACHACA Se ha dispuesto notificar con la resolución 02 dictada en el Acta de Audiencia de fecha 23/03/2018, cuyo contenido es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 08. De fecha 15/03/2018

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La República

PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Registrado en el sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: 1. SE DECLARA FRUSTRADA LA PRESENTE AUDIENCIA PARA SU CONTINUACIÓN PARA EL DÍA 6 DE ABRIL DEL AÑO 2018 A HORAS 11:30 AM EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS. 2. SE DISPONE que el personal encargado de la tramitación del presente caso, tomando en cuenta la naturaleza del proceso, teniendo en cuenta que por más de cinco veces se ha reprogramado esta audiencia, debe tomar en consideración este aspecto por lo que asumiendo la responsabilidad que el caso amerita, debe REALIZARSE LA NOTIFICACIÓN VÍA EDICTOS DE LEY ,conforme en resoluciones precedentes han sido ya dispuestas por este despacho judicial, notificaciones que debe hacerse conforme se señala vía edictos de ley, las mismas que deben SER PUBLICADAS EN EL DIARIO JUDICIAL, correspondiente bajo responsabilidad funcional, del Especialista de Causa que tiene a su cargo la tramitación del presente proceso, máxime que en presente caso debe preservarse el derecho alimentario de los menores alimentistas quienes resultan ser agraviados. 3. SE DEBE tener en consideración que en el presente caso, se solicita la REVOCATORIA DE LA PENA, precisamente en virtud a que la sentencia de conformidad emitida en el caso sub materia se ha realizado aun el día 13 de Julio del año 2017 «sentencia esta que ha fijado la pena de 10 meses de pena privativa de la libertad suspendida por un año, consecuentemente encontrándonos ad cortas de que concluya dicha pena impuesta en la sentencia ya referida, debe REALIZARSE CON LA CELERIDAD Y LA DILIGENCIA que el caso amerita con la finalidad de dar cumplimiento en sus propios términos a la sentencia precedentemente señalada, conforme a lo establecido en el artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, consecuentemente el personal que tiene a su cargo el trámite del presente proceso debe hacerlo bajo responsabilidad y dar cumplimiento a la resolución emitida en esta fecha. EN ESTE ACTO quedan notificadas TODAS LAS PARTES CONCURRENTES Cusco, 03 de Abril del 2018 J. S (04, 05, 06 ABR)

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

EDICTO PENAL SEÑOR: ROLANDO QUISPE ALVAREZ El señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Liberata Sonia Alvarez Mendoza, en el proceso Nro. 4981-2017-0-1001-JR-PE-02, seguido contra ROLANDO QUISPE ALVAREZ con D.N.I. 47070894, por el delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, Sub tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio del menor de iniciales MAQF., representado por su progenitura Rita Flores Afán, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado, Ruth Elena Ñahue Choque, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 05 de fecha catorce de marzo del año dos mil dieciocho y el extracto del requerimiento fiscal de Incoación de Proceso Inmediato, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago, formula PROCESO INMEDIATO contra ROLANDO QUISPE ALVAREZ, como autor del delito, Contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, Sub tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, artículo 149° del Código Penal, en agravio del menor de iniciales MAQF., representado por su progenitura Rita Flores Afán, de cuyo fundamentos de hecho se tiene que el sentenciado JUAN CARLOS BLANCO ALVAREZ, Por lo que la representante de Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 03. Cusco, catorce de Marzo Del año dos mil Dieciocho.AUTOS Y VISTOS.- Queda registrado en el sistema de audio. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA.Queda registrado en el sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. REPROGRAMESE LA INSTALACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2018 A HORAS 08:00 AM, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS, SUBSISTIENDO LOS APERCIBIMIENTOS EN CASO DE INCONCURRENCIA DE LAS PARTES. 2. SE DISPONE QUE EL PERSONAL ENCARGADO DEL DILIGENCIAMIENTO DE LAS NOTIFICACIONES, LO HAGA CON LA RESPONSABILIDAD QUE EL CASO AMERITA DEBIENDO, HACERSE EN DÍA LA

Viernes, 6 de abril del 2018

NOTIFICACIÓN, O REQUERIR LA DEVOLUCIÓN DE LA NOTIFICACIÓN A LA UNIDAD DE COMUNICACIONES CON SEDE EN CALCA. 3. SE RECOMIENDA A LA ESPECIALISTA DE CAUSA SE SIRVA NOTIFICAR A LA DEFENSA PUBLICA DEL IMPUTADO, ASI MISMO NOTIFICAR MEDIANTE EDICTOS AL IMPUTADO EN EL DIARIO JUDICIAL, BAJO RESPONSABILIDAD. J. S (04, 05, 06 ABR)

EDICTO PENAL EXP: Nro. 1030-2018-48-1001-JR-PE-02 SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Fernando Christian Aparicio Chávez SEÑOR: JOHN GABRIEL RENDON CORDOVA Se ha dispuesto notificar con la resolución 02 dictada en el Acta de Audiencia de fecha 23/03/2018, cuyo contenido es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 02 de fecha 23/03/2018 SE RESUELVE: 1. Declarar FRUSTRADA la presente audiencia por falta de notificación del imputado. 2. REPROGRAMAR la presente audiencia para el DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS OCHO Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Segunda Sala de Audiencias del Módulo Penal de la Corte Superior de justicia del Cusco, debiendo concurrir las partes procesales a dicha audiencia. 3. SE DISPONE que el personal a cargo de las notificaciones cumpla con notificar al imputado mediante EDICTOS, cuyas constancias de publicación deberán ser anexadas al presente proceso, sin perjuicio de notificar al imputado en el celular 951251722 conforme a lo solicitado por el representante del Ministerio Público, notificación que se debe realizar en el día y bajo responsabilidad, y evitar mayores dilaciones, tanto más que la audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 4. Quedando notificadas todas las partes procesales en este acto. III.- NOTIFICACIÓN: FISCAL: Conforme DEFENSA DEL IMPUTADO: Conforme. Cusco, 03 de Abril del 2018 J. S (04, 05, 06 ABR)

EDICTO PENAL

EXP: Nro. 4195-2017-22-1001-JR-PE-02 TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DEL CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Fernando Christian Aparicio Chávez SEÑOR: DARYL ANDRE VALER POCCO Se ha dispuesto notificar con la resolución 03 dictada en el Acta de Audiencia de fecha 23/03/2018, cuyo contenido es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 03 de fecha 02/04/2018 PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA.Queda registrado en el sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia por no haberse notificado al imputado. 2. SE REPROGRAMA la presente audiencia para el VEINTISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOS DE LA TARDE A REALIZARSE EN ESTA MISMA TERCERA SALA DE AUDIENCIAS, quedan notificados los presentes subsisten los apercibimientos establecidos por ley. 3. Se dispone que el especialista de causa NOTIFIQUE al imputado en su domicilio real proporcionado por el Ministerio Público esto es en la Urb. San Borja jirón Anta M-10 distrito de Wanchaq, provincia y departamento Cusco a su celular 940395538 y también mediante EDICTOS judiciales por el plazo de ley. Se NOTIFIQUE en el Domicilio establecido del imputado en FICHA DE RENIEC. 4. Estando a lo ordenado precedentemente se dispone oficiar al Órgano de Control de la Magistratura poniendo en conocimiento del incumplimiento de sus funciones del especialista de causa que lleva este proceso. Cusco, 03 de Abril del 2018 J. S (04, 05, 06 ABR)

EDICTO PENAL EXP: Nro. 1030-2018-48-1001 -JR-PE-02 SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Fernando Christian Aparicio Chávez SEÑOR: JOHN GABRIEL RENDON CORDOVA Se ha dispuesto notificar con la resolución 02 dictada en el Acta de Audiencia de fecha 23/03/2018, cuyo contenido es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 02 de fecha 23/03/2018 SE RESUELVE: 1. Declarar FRUSTRADA la presente audiencia por falta de notificación del imputado. 2. REPROGRAMAR la presente audiencia para el DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL

Viernes, 6 de abril del 2018

DIECIOCHO. A HORAS OCHO Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Segunda Sala de Audiencias del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia del Cusco, debiendo concurrir las partes procesales a dicha audiencia. 3. SE DISPONE que el personal a cargo de las notificaciones cumpla con notificar al imputado mediante EDICTOS, cuyas constancias de publicación deberán ser anexadas al presente proceso, sin perjuicio de notificar al imputado en el celular 951251722 conforme a lo solicitado por el representante del Ministerio Público, notificación que se debe realizar en el día y bajo responsabilidad, y evitar mayores dilaciones, tanto más que la audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 4. Quedando notificadas todas las partes procesales en este acto. III- NOTIFICACIÓN: FISCAL: Conforme DEFENSA DEL IMPUTADO: Conforme. Cusco, 03 de Abril del 2018. J. S (04, 05, 06 ABR)

EDICTO PENAL SEÑOR: CLIBER REYES QUISPE. La señora Jueza encargada del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Mamani Mayta, en el proceso Nro 5245-2017-0-1001 -JR-PE-04, seguido contra el acusado ante referido, por el delito de Lesiones Graves, en agravio de Maritza Lourdes Nina Quispe, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con la Resolución N” 01 del 04/01/18, el acta de audiencia del 12/03/18 y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO FISCAL.- El 1er Despacho de la 2da FPPC de Cusco, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra: CLIBER REYES QUISPE, por el delito de por el delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, sub tipo Lesiones graves, en agravio de Maritza Lourdes Nina Quispe, respecto de los hechos ocurridos en fecha 13/04/17; se solicita contra los acusados 04 AÑOS DE P.P.L SUSPENDIDA POR EL MISMO PLAZO, y el pago de S/. 5.000.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor de la agraviada. RESOLUCIÓN NRO. 01. Cusco. 04/01/18.DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación Directa; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos

procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación (...). Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día DOCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la SÉTIMA SALA DE AUDIENCIAS (...). 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (...). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (...). 5. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fin de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defienda en el proceso (...). 6. SE REQUIERE a las partes procesales (...) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente (...) ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN I. INTRODUCCIÓN II. ACREDITACIÓN (...) RESOLUCIÓN Nro.03 Cusco, 12/03/18 (...) PARTE CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe En virtud a los considerandos expuestos: SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la audiencia por falta de notificación al domicilio real del imputado Cliber Reyes Quispe, con la resolución Nro.01. 2. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día TRES DE MAYO DEL AÑO 2018 A HORAS 11:00 A REALIZARSE EN LA SÉPTIMA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL, quedando subsistentes los apremios dictados en la resolución Nro.01 de fecha 04 de enero del 2018. 3. PÓNGASE en conocimiento la falta de notificación a la Administradora del Modulo Penal para los fines que viera por conveniente. NOTIFICACIÓN: (...) Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Jueza Dra. Fortunata Mamani Mayta, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 26 de marzo del 2018. J. S (04, 05, 06 ABR)

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

EDICTO PENAL SEÑOR: NIÑO CARICA DE LA CRUZ La señora Jueza del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Sánchez Farfán, en el proceso Nro 335-2018-0-1001-JR-PE-06, seguido contra el acusado anteS referido, por el delito de Hurlo Agravado, en agravio de Martha Blanca Miranda Samanez, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con el acta de audiencia del 02/04/18, la Resolución N° 01 del 18/01/18 y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO FISCAL.- El 2do Despacho de la 1 ra FPPC de Cusco, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra: NIÑO CARICA DE LA CRUZ, por el delito contra el Patrimonio en su modalidad de Hurto Agravado, previsto en el artículo 186°.2 del C.P. (mediante destreza, escalamiento, destrucción o rotura de obstáculos), respecto de los hechos ocurridos en fecha 12/03/17; se solicita contra el acusado 06 AÑOS Y 08 MESES DE P.P.L. EFECTIVA y el pago de S/. 5.000.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor de la agraviada sin perjuicio de los S/. 28.000 soles y de los bienes sustraídos. RESOLUCIÓN NRO. 01. Cusco. 18/01/18.DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación Directa; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación (...). Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal Sí DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día DOS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las ONCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la SEXTA SALA DE AUDIENCIAS (...). 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (...). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (...). 5. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fin de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado

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del Estado lo defienda en el proceso (...). 6. SE REQUIERE a las partes procesales (...) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente (...) Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Jueza Dra. Zulay Sánchez Farfán, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE ACUSACIÓN DIRECTA I. INTRODUCCIÓN II. ACREDITACIÓN: (...) III INSTALACIÓN DE AUDIENCIA: (...) RESOLUCIÓN N° 03 Cusco. 02/03/18.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda en registro de audio.- PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe.Por los fundamentos antes expuestos, SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la verificación de la presente audiencia, por falta de notificación al imputado Niño Cariga De La Cruz.- 2. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día TREINTA DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE Y MEDIA DE LA MAÑANA, en la Sexta Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Cusco, precisándose que viene señalándose la fecha antes indicada, de acuerdo a la carga laboral de Juzgado.- 3. PRECÍSESE que la audiencia tiene el carácter de inaplazable, subsistiendo los apercibimientos decretados en autos, en caso de inconcurrencia de las partes cuya asistencia sea necesaria para la instalación de la presente.- 4. NOTIFÍQUESE por edictos al acusado con la presente resolución; asimismo, renuévese la notificación del requerimiento acusatorio (extracto) y Resolución No. 01 (extracto).- V. NOTIFICACIÓN (...) VI CONCLUSIÓN: (...) Cusco, 03 de abril del 2018. J. S (04, 05, 06 ABR)

EDICTO PENAL SEÑORES: LUIS BELTRAN RAMOS MAMANI YOBANA SAYDA CCASA LENES La señora Jueza del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Mamani Mayta, en el proceso Nro 1542-2018-0-1001-JR-PE-04, seguido contra Luis Beltrán Ramos Mamani, por el delito de Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Yobana Sayda Ccasa Lenes, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 22/03/18 y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente:

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La República

REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA.- El 2do despacho de la 2da FPPC de Cusco, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra: Luis Beltrán Ramos Mamani, por el delito de Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Yobana Sayda Ccasa Lenes, previsto en el primer párrafo del artículo 122-B, concordante con el numeral 1 del artículo 108-B del C.P., respecto de los hechos ocurridos en fecha 28/12/17; se solicita contra el acusado 01 AÑO Y 04 MESES DE DE P.P.L. SUSPENDIDA POR 01 AÑO, INHABILITACIÓN y el pago de S/. 400.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor de la agraviada. RESOLUCIÓN NRO. 01, Cusco. 22/03/18.DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación Directa; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación (...). Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día TREINTA Y UNO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las DIEZ HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la SÉTIMA SALA DE AUDIENCIAS (...). 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (...). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (...). 5. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fin de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defienda en el proceso (...). 6. SE REQUIERE a las partes procesales (...) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente (...) 7. NOTIFÍQUESE a las partes procesales mediante la publicación de edictos (...) Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dra. Fortunata Mamani Mayta, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 22 de marzo del 2018. J. S (04, 05, 06 ABR)

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

AVISO JUDICIAL En Proceso Nro. 18-2018 seguido Ante el juzgado de paz letrado de San Sebastián, Despachado por la Señorita Juez Dra. LYNDA VARGAS MANGA bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León DOMINGA CELIA GONZALES CHACON solicita la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO por haberse considerado el nombre de su progenitor como y R Basilides Gonzales García debiendo ser en forma correcta RAFAEL BASILIDES GONZALES GARCIA lo que se publica para los fines de Ley. 03 de 04 -2018. ANTONINA PONCE DE LEÓN PAGUADA SECRETARIA JUDICIAL P. 6628185 F. (05, 06, 09 ABR)

AVISO JUDICIAL Ante el juzgado de paz letrado del distrito de San Sebastian que corre bajo la dirección del señorita magistrada Dra. Lynda Vargas Manga, en el proceso judicial No. 0017-2018-0-1023-JP-CI-01 seguida por OSCAR ERASMO GONZALES CHACON sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE SU NACIMIENTO respecto a la adición en su partida de nacimiento del primer pronombre y el apellido materno de su progenitor que responde al nombre de don Rafael Basilides Gonzales García se ha dispuesto se proceda a la notificación edictal, a las personas que pudieran invocar derecho alguno en el caso presente, lo que se pone en conocimiento de los interesados para los fines consiguientes, media firma del especialista y firma completa del señor Juez. San Sebastián, 03 de abril del 2018 JUAN RONALD BORNAS GUERRA SECRETARIO JUDICIAL P. 6628188 F. (05, 06, 09 ABR)

EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 642018-CI seguido por JUAN MANUEL BERMUDEZ DURAND sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su pro-

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genitor, siendo lo correcto JUAN BAUTISTA BERMUDEZ FLORES, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 27-03-2018 ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS SECRETARIA JUDICIAL P. 6628311 F. (06, 09, 10 ABR)

A TODOS LOS INTERESADOS En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha el Señor Juez Doctor POL DAVID MEDINA PINARES, bajo la actuación de la Especialista Legal Nancy Victorio Vásquez, en el proceso civil Nro. 00088-2018-0-1018-JM-CI-01, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: Resolución Nro. 01. Santiago, nueve de marzo del año dos mil dieciocho.-... SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JAIRO ISAIAS PADILLA VILLEGAS, en representación de su menor hijo RISVAN MARCELO TELLO OCHOCHOQUE, sobre CAMBIO DE NOMBRE, Debiendo la demanda tramitarse bajo los mecanismos del PROCESO NO CONTENCIOSO, en consecuencia de conformidad con lo establecido por el artículo 828 del Código Procesal Civil publíquese los avisos por intermedio del Diario Oficial El Peruano y el Diario Judicial de esta ciudad, por el plazo establecido por ley, por tal consideración señálese día y hora para la audiencia de actuación y declaración judicial para el día TRES DE MAYO DE AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE DE LA MAÑANA, acto que tendrá lugar en la sala de audiencias del Primer Juzgado Mixto de Santiago, bajo apercibimiento concluirse el proceso en caso de inconcurrencia de las partes. Con citación del Fiscal en lo Civil y de Familia de Santiago (...) H.S.

Mixto de Santiago, judicado por el Dr. López Trelles y la actuación del Secretario Judicial Cabana Zuvileta, se ha dispuesto la publicación de la Resolución: Nro. 01, que resuelve: ADMITASE a trámite en la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO presentada por Jairo Isaías Padilla Villegas, en representación de su menor hijo Rushel Lucas Tello Ochochoque, sobre CAMBIO DE NOMBRE, para que en lo posterior se le identifique como Rushel Lucas Padilla Ochochoque; en consecuencia: FIJESE fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL, que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado el día VEINTICINCO de ABRIL del año dos mil dieciocho, a horas NUEVE y treinta de la mañana, PUBLIQUESE un extracto de la solicitud por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Judicial del Cusco, a costa de los solicitantes.-.- H.S Cusco, Santiago, 19 de marzo de 2018 EFRAIN CABANA ZUVILETA SECRETARIA JUDICIAL P. 6628315 F. (06 ABR)

EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 622018-CI seguido por SONIA LEANDRA GAMARRA FLORES sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su padre, siendo lo correcto JULIO GAMARRA OLIVERA, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 27-03-2018 ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS SECRETARIA JUDICIAL P. 6628313 F. (06, 09, 10 ABR)

Santiago, 04 de abril del 2018. NANCY VICTORIO VÁSQUEZ ESPECIALISTA LEGAL P. 6628316 F. (06 ABR)

EDICTO En el Proceso N° 89-2018-0-1018-JM-CI-02, que se tramita ante el Segundo Juzgado

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor ALEXANDER POCCO SOLIS, en el Proceso Nro. 426-2018-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA, Sub tipo CON-

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DUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la reprogramación de audiencia de Incoación de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIECINUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM), en la quinta sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 01701 -201862-1001 -JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado ELISBAN GUTIÉRREZ CUSIHUALLPA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES 10 DE JULIO DEL 2018 A HORAS 08:30 A.M (hora exacta): acto que se llevará a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N - Palacio de Justicia-segundo piso, vía enlace por video conferencia con la sala de videoconferencias del modulo penal de la sede de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 01701-2018-62-1001-JR-PE-01, seguido en contra del antes referido imputado, como presunto autor de la comisión del delito contra la libertad, en su modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor en menores de edad, en agravio de la menor de iniciales G.B.G.V, representada por Vilma Valencia Huamán.Cusco 03 de Abril del 2018. J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES N° 05468-201760-1001 -JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO.

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesados LOURDES SATURNINA FLORES ABARCA. MARÍA ASUNTA FLORES ABARCA, VALERIANA FLORES CAVAÑES, JOSÉ EFRAIN QUISPE BUSTAMANTE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES TREINTA Y UNO DE JULIO DEL 2018 A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se verificará en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco - B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso), vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de Chumbivilcas, Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 05468-2017-60-1001-JR-PE-01, seguidos por la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio, sub tipo homicidio simple en grado de tentativa, en agravio de Herlinda Batallanos Arias.Cusco 03 de Abril del 2018. J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES N° 03118-2017-13-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesados CLAUDIO QQUENTA JIMÉNEZ, AURELIO FLORES MAMANI, PABLO KGAHUANA PAUCCAR, PABLO FLORES MAMANI Y EMILIANO CONDORI TTITO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 02 DE JULIO DEL 2018 A HORAS 10:00 A.M (hora exacta); ACTO QUE SE VERIFICARA EN LA CUARTA SALA DE AUDIENCIA DEL MODULO PENAL SEDE CENTRAL - SITO EN AV. SOL TERCER PISO. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 03118-2017-13-1001-JR-PE-01, seguido en contra de los antes referidos imputados, como presunto autores de la comisión del delito como coautores del delito contra la libertad, sub tipo violación de la libertad personal, en la modalidad de secuestro cometido por dos o más personas, en agravio de Victoria Chunca Jiménez.Cusco 03 de Abril del 2018.

J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO PUBLICACIÓN QUE SE EFECTÚA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03409-2016-0-100l-JRLA-03 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCÍO DEMANDADO : UGEL QUISPICANCHIS , DREC , DEMANDANTE : CACERES ICHILLUMPA, JULIO CESAR Resolución Nro. 12 Cusco, 19 de marzo de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 25 de julio de 2017 (folio 79 a 89) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto al que se ha adherido el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De la Cruz; el articulo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción

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será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del articulo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Titulo Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el articulo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURTLLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (05, 06, 09 ABR)

2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03694-2017-0-100l-JRLA-03 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCÍO DEMANDADO : DIRECCIÓN DESCONCENTRADA DE CULTURA DEL CUSCO , DEMANDANTE : FRISANCHO CALDERÓN, LIVIA SOLEDAD Resolución Nro. 6 Cusco, 27 de marzo de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto del auto de improcedencia de la demanda contenido en la resolución N° 1 del 12 de octubre de 2017 (folio 55 a 57) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se declare nulo Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia para que se confirme el auto antes mencionado; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar

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como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el articulo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Titulo Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el articulo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. Cusco, 4 de abril de 2018. J. S (05, 06, 09 ABR)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL A LA PERSONA DE: MELQUÍADES VARGAS FLORES. Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr. Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramita el proceso N° 304-2016-0-1001 -JPPE-02 seguido por Melquíades Vargas Flores sobre faltas contra el patrimonio, se ha dispuesto la notificación vía edicto judicial de la Resolución Nro.05 de fecha 09 de marzo del 2018.- AUTO DE NO HA LUGAR. I VISTOS: el expediente 0304-2016-0-1001 -JP-

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

PE-01; el señor Juez Titular que suscribe se avoca del conocimiento del presente proceso, en mérito a la Rs. Ad. N° 188- 2018-PCSJCU-PJ, y en atención a los siguientes y, II. FUNDAMENTOS: 1. A solicitud del agraviado Melquíades Vargas Flórez se realiza una constatación policial el día 21 de Junio de 2016, en cuyo acta se describe lo siguiente: “(...) se constituyó en la vivienda ubicada en la prolongación calle Bolívar N° 10 San Sebastián se aprecia una vivienda de 4 niveles de color blanco humo, dos puertas de madera de color caoba, en ¡a primera planta se aprecia una solo habitación y su baño, en el segundo nivel del departamento completo, en el tercer nivel otro departamento , en el cuarto nivel 04 habitaciones su baño y su patio. Al ingresar a cada habitación se puede apreciar, pequeñas fisura y rajaduras aledañas, a la vivienda de su vecina Josefina Olivares Bravo, así mismo en cada habitación se puede apreciar fisuras en la pared y cielo raso del cuarto nivel, al parecer las puertas se encuentran descuadradas, según refiere el recurrente su vecina Josefina Olivares Bravo, dueña de la vivienda que está en plena construcción de 04 niveles, de cuyo sótano, habría sacado agua y se puede apreciar en ¡a calle prolongación José Olaya en San Sebastián que esta escurriendo agua en toda la calle, también en el exterior del frontis de la vivienda del Sr. Melquíades Vargas Flores se aprecia una fisura al medio de la vivienda primer, segundo nivel a consecuencia de los trabajos que están realizando en la vivienda aledaña a la de Josefina Olivares Bravo”. 2. El artículo 483.3 del Código Procesal Penal establece que “(...), el Juez dictará el auto de citación ajuicio siempre que los hechos constituyan falta, la acción penal no ha prescrito y existan fundamentos razonables de su perpetración y de la vinculación del imputado en su comisión. En caso contrario dictará auto archivando las actuaciones. Contra esta resolución procede recurso de apelación ante el Juez Penal.” 3. Por otro lado, el artículo 444 del Código Penal establece “El que realiza cualquiera de las conductas previstas en los artículos 185 y 205, cuando la acción recae sobre un bien cuyo valor no sobrepase una remuneración mínima vital, será reprimido con prestación de servicios comunitarios de cuarenta a ciento veinte jornadas o con sesenta a ciento ochenta días multa, sin perjuicio de la obligación de restituir el bien sustraído o dañado... “; el artículo 205 del mismo cuerpo legal establece que “El que daña, destruye o inutiliza un bien, mueble o inmueble, total o parcial-

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mente ajeno, será reprimido ... “. 4. Para la configuración de la falta contra el patrimonio en su modalidad de daños, es necesario que medie una conducta dolosa entendida como aquella que se despliega con la conciencia y voluntad de dañar, destruir o inutilizar un bien mueble o inmueble sabiendo que le pertenece a otra persona, el agente quiere o debe querer el resultado. El Código Penal en su artículo 12 establece que solo hay delito — y por consiguiente solo hay falta- por culpa en los casos expresamente establecidos por ley que vigente, siendo que no se tiene previsto un tipo para los daños que se generan por culpa, imprudencia o negligencia. 5. El artículo 483 del Código Procesal Penal establece que el Juez dictará el auto de citación a juicio siempre que i) los hechos constituyan falta, ii) la acción penal no haya prescrito y iii) existan fundamentos razonables de su perpetración y de la vinculación del imputado en su comisión. 6. En el presente caso, no se advierte la concurrencia de dolo porque del acta de constatación se advierte que los daños que se registran en la propiedad del denunciantes, no son consecuencia de una conducta dolosa o premeditada de la denunciada, sino que son producto de filtraciones de agua que afectaron la propiedad del denunciante materia de la constatación policial causándole humedad en diversos ambientes, lo que el denunciante atribuye a que Josefina saco haga de su sótano. 7. Asimismo, los hechos no constituyen falta al no haberse identificado una conducta dolosa -tipo subjetivo-, de modo que de haberse generado responsabilidad, esta no es de carácter penal, en todo caso nos encontramos ante un supuesto de responsabilidad civil extra contractual que no corresponde someter al trámite del proceso penal por faltas. Por estas consideraciones SE RESUELVE: 1) Declarar que NO HA LUGAR citar a juicio por FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO en su modalidad de DAÑOS contra JOSEFINA OLIVARES BRAVO en agravio de MELQUÍADES VARGAS FLORES. 2) Disponer el ARCHIVAMIENTO DEFINITIVO del presente proceso. Una vez consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución. H.S.La misma que se pone de conocimiento del interesado, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 02 de abril del 2018. J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO PENAL EXPEDIENTE : 004749-2017-0-100 l-JRFP-03 En el 3o JUZGADO FAMILIA DE CUSCO que despacha el señor juez Edwin Romel Béjar Rojas se ha dispuesto la notificación del presunto infractor CRISTIAN ROJAS QUISIYUPANQUI para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra , en el proceso que se le sigue por infracción contra el patrimonio , en su modalidad de hurto sub tipo de robo agravado en agravio de Dimas Forton Mendoza y Shirley Quispe Sánchez. Se fijo nueva fecha y hora para la Audiencia de Esclarecimiento de Hechos para el día diecinueve de abril del dos mil dieciocho a horas nueve de la mañana. Bajo la actuación de la Secretaria Judicial Lidú Magnolia Yupanqui Puma. Cusco, 02 de abril del 2018 J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Tutelar EXP. N° 397-2016-FT. Se notifica a MARÍA ROJAS SULLCA y HERMENEGILDO SINGONA QUISPE; progenitores de la menor KARINA SINGONA ROJAS (14) a fin de que comparezca al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate HASTA EL DÍA 28 DE JUNIO DEL 2018 a brindar su declaración respecto a la Investigación tutelar por abandono Moral y Material. Bajo apremio de ley.- Firma.- Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde. Sec. Rocio Callaymara Ayquipa. J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Penal EXP. N° 347-2016FP. Se notifica al menor de iniciales M.P.Y. Representado por su progenitura DEMECIA YÜPANQUI HUAMANI a fin de que comparezcan al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, el día 18 DE MAYO DEL 2018 A HORAS 14:00 a brindar su declaración en la Audiencia de Esclarecimiento de los Hechos, seguido en su contra, en agravio de Juana Chiclla Sinchi. Bajo apremio de ley.- Firma.Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde. Sec. Rocío Callaymara Ayquipa.

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Rocío Callaymara Ayquipa. J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Penal EXP. N° 353-2016-FP. Se notifica al menor de iniciales L.R.C.Z Representado por su abuela Santusa Cencia Mirano y/o el señor Juez de Paz LUIS ARISTIDES GALLEGOS HUAMÁN a fin de que comparezcan al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, el día 16 DE MAYO DEL 2018 A HORAS 16:00 a brindar su declaración en la audiencia de Esclarecimiento de los Hechos, seguido en su contra, en agravio de la menor de iniciales A.P.A. representada por su progenitora Amelia Amachi Cornejo. Bajo apremio de ley.-Firma.- Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde. Sec. Rocío Callaymara Ayquipa.

(Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Penal EXP. N° 341-2016-FT. Se notifica al menor de iniciales A.CH.P. representado por sus progenitores MARCO MARCELINO CHULLA ANCA y GERTRUDES PFUÑO PFUÑO a fin de que comparezcan al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, el día 16 DE MAYO DEL 2018 A HORAS 14:00 a brindar su declaración en la Audiencia de Esclarecimiento de los Hechos, seguido en su contra, en agravio de la menor de iniciales R.N.P.V. Bajo apremio de ley.- Firma.-Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde. Sec. Rocio Callaymara Ayquipa.

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(Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Tutelar EXP. N° 257-2016-FT. Se notifica a MÁXIMO CÁRDENAS CANLLA; progenitor de los menores CARLOS CÁRDENAS CONDORI (11), WILLIAM WILFREDO CÁRDENAS CONDORI (09), DANIEL JOSÉ CÁRDENAS CONDORI (07) a fin de que comparezca al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate HASTA EL DÍA 28 DE JUNIO DEL 2018 a brindar sus declaraciones respecto a la Investigación tutelar por abandono Moral y Material. Bajo apremio de ley.- Firma.- Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde. Sec. Rocio Callaymara Ayquipa.

(Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Penal EXP. N° 349-2016-FT. Se notifica al menor de iniciales F.C.AC. Representado por su progenitora ISMENIA CABRERA AUCCAPUMA a fin de que comparezcan al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, el día 16 DE MAYO DEL 2018 A HORAS 15:00 a brindar su declaración respecto en la Audiencia de Esclarecimiento de los Hechos, seguido en su contra, en agravio de la menor de iniciales Y.A.Y.C. Bajo apremio de ley.- Firma.- Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde. Sec. Roció CallaymajaaAyguipa.

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EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Tutelar EXP. N° 319-2017-FT. Se notifica a ALICIA JARA QUISPE y BALBINO MARÍN QUISPE; progenitores de la menor MAYLEE MARÍN JARA (16) a fin de que comparezca al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate HASTA EL DÍA 28 DE JUNIO DEL 2018 a brindar su declaración respecto a la Investigación tutelar por abandono Moral y Material. Bajo apremio de ley.- Firma.Juez. Abog. Natalv C. Cáceres Velarde. Sec.

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

NOTIFICACIÓN SOBRE ABANDONO DE MENOR (Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Tutelar Proceso N° 235-2016FT. Se notifica a FERNANDO MENACHO ALLCA Y NILA TORRES y/o Familiares. Con el extracto de la Rs. N° 10 de fecha 25 de marzo del 2018. Resolución N° FALLA: DECLARANDO EL ABANDONO MORAL Y MATERIAL de la menor YULISA MENACHO TORRES, nacido en el distrito de Santa Ana, provincia de la Convención, departamento

del Cusco, el 17 de diciembre del 2003, de 14 años de edad a la fecha. 2° ORDENO que la menor YULISA MENACHO TORRES, permanezca siendo albergada en el hogar, donde actualmente se encuentra - Aldea Infantil: Señor de Quillabamba-, en tanto, se presenten circunstancias que importen un mayor y mejor bienestar para el desarrollo psíquico y físico de la menor tutelada. 3° ORDENO: Que la menor YULISA MENACHO TORRES, reciba apoyo psicológico, por el Centro de Salud de La Convención. Para tal efecto, gírese el oficio respectivo, y consentida y/o ejecutoriada quede esta sentencia, pase el proceso a ejecución, conforme a ley. NOTIFÍQUESE, con el tenor de la presente, al Representante del Ministerio Público, a los posibles familiares que puedan reclamar la custodia de la menor, esto último, por radiodifusión y edictos judiciales; y, finalmente, póngase en conocimiento de la Directora de la Aldea Infantil Señor de Quillabamba, para los fines correspondientes. T. R. y H. S..Bajo la actuación de la señorita secretaria Abog. Rocío Callaymara A. J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Tutelar EXP. N° 453-2016-FT. Se notifica a JORDÁN KINGATENI SANTOS y SARA PIÑARREAL PIÑARREAL; progenitores del menor PERCY KINGATENI PIÑARREAL a fin de que comparezca al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate HASTA EL DÍA 28 DE JUNIO DEL 2018 a brindar sus declaraciones respecto a la Investigación tutelar por abandono Moral y Material. Bajo apremio de ley.- Firma.- Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde. Sec. Rocío Callaymara Ayquipa. J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Tutelar EXP. N° 497-2016-FT. Se notifica a MARÍA ROJAS SULLCA y HERMENEGILDO SINGONA QUISPE; progenitores de la menor KARINA SINGONA ROJAS (14) a fin de que comparezca al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate HASTA EL DÍA 28 DE JUNIO DEL 2018 a brindar su declaración respecto a la Investigación tutelar

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por abandono Moral y Material. Bajo apremio de ley.-Firma.- Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde. Sec. Rocío Callaymara Ayquipa. J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO JUDICIAL EPX. N° 00136-2014-69-1010-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATOTIA - Sede de Echarati ESPECIALISTA JUDICIAL: PAMELA ROCIÓ DÍAZ CASTRO. Se emplaza a los señores agraviados WILDER QUENTA MANCILLA y ELVA CARMEN PUMA OCHOA, con la resolución N° 02 de fecha, seis de enero del 2017.DADO CUENTA al escrito que antecede: Téngase por cumplido lo dispuesto en la resolución que antecede, y por presentado el requerimiento fiscal mixto del Fiscal Provincial Mixto de Echarati, y estando a lo dispuesto por los incisos 1, 2, 3 y 4 del artículo 349° del Código Procesal Penal se tiene que el representante del Ministerio Público ha motivado debidamente su requerimiento, así mismo conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código acotado; CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observarlo formalmente, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad o terminación anticipada), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos. Encárguese del trámite del proceso la especialista legal que suscribe por disposición superior.- y la RESOLUCIÓN N° 13. Echarati, dieciséis de marzo del año dos mil dieciocho. VISTOS Y OÍDOS: Respecto de la constancia dejada por este despacho Judicial. PARTE CONSI-

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DERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia por inconcurrencia del abogado defensor Luís Alberto Carpio Bravo, y asimismo por defectos de la notificación a los agraviados WILDER QUENTA MANCILLA y ELVA CARMEN PUMA OCHOA. SEGUNDO: Siendo desconocido el domicilio de los agraviados antes mencionados se DISPONE la notificación mediante Edictos en el Diario Judicial el Peruano y del Cusco para las partes pertinentes. TERCERO: REPROGRÁMESE la presente diligencia para ser tramitada EL DÍA MIÉRCOLES NUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en esta misma sala de audiencias, con la presencia del señor fiscal y el abogado defensor de oficio. CUARTO: DISPONGO se remita copias certificadas a la Coordinación de Oficio para efectos de que garantice la presencia de un abogado. HÁGASE SABER.J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO JUDICIAL Proceso Nro. 1020-2017-0-1015-JM-FT-01 Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la señora Juez Siomara Candelaria Morales Mar y bajo la actuación de la Especialista Judicial Evelyn Mercado Portugal, por resolución N° 03 se ha dispuesto la publicación por edictos del acta de audiencia oral de evaluación y medidas de protección, a fin de notificar a FRANCISCA MESCCO JORGE: “ ACTA DE AUDIENCIA ORAL DE EVALUACIÓN Y MEDIDAS DE PROTECCIÓN En la ciudad de Urubamba, a los OCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017, siendo las nueve de la mañana, {...la misma Que bajo la actuación de la secretaria que al final suscribe, se llevó a cabo con el siguiente resultado: I.- DE LOS PRESENTES: Se encuentran presentes: El denunciado CAYETANO QUISPEMAYLLA NINANTAY. identificado con DNI N° 08975900, asistido por el abogado Edison Flores Cancha, con registro CAC N°4071. Se deja constancia de la inasistencia de la denunciante FRANCISCA MESCCO JORGE. II.- INICIO DE LA AUDIENCIA.- (...]. La Jueza luego de evaluada la denuncia se encuentra expedita para emitir la resolución

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

siguiente: AUTO QUE OTORGA MEDIDAS DE PROTECCIÓN Resolución N° 02. VISTA.- La denuncia de violencia familiar, los medios probatorios actuados, Y CONSIDERANDO: l, (...). 5.- Con relación a los actos de violencia físico en agravio de FRANCISCA MESCCO JORGE y CAYETANO QUISPEMAYLLA NINANTAY, se debe tomar en cuento tos términos de la denuncia y las declaraciones de las partes por las que refieren haber sido agredidos uno respecto del otro, por lo que tratándose de personas con vinculo familiar y personas mayores de edad, en aplicación del principio de intervención inmediata y oportuna y el principio de razonabilidad y proporcionalidad, así como considerando un enfoque de derechos humanos se deben disponer medidas de protección acorde con tos hechos denunciados y la naturaleza del daño causado los cuales no perjudiquen el normal desarrollo de la víctima, como es el cese de todo acto de violencia en su contra, no obstanfe que el certificado médico practicado a Cayetano Quispemaylla no concluye lesiones corporales y la denunciante Francisca Mescco no se ha sometido a dicha evaluación no resulta necesario remitir los actuados al Ministerio Publico. {...) Por tanto, SE RESUELVE: PRIMERO.- DISPONER como medidas de protección a favor de los agraviados FRANCISCA MESCCO JORGE y CAYETANO QUISPEMAYLLA NINANTAY las siguientes: 1. ORDENAR al denunciado CAYETANO QUISPEMAYLLA NINANTAY el cese v abstención de toda agresión física, psicológica v verbal, como insultos, amenazas. Intimidación o daños de cualquier forma, entre otros derivados de conflictos familiares u otros: debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad física v psicológica de la agraviada FRANCISCA MESCCO JORGE. 2. ORDENAR a FRANCISCA MESCCO JORGE, el cese v abstención de toda agresión física, psicológica v verbal. como insultos, amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, entre otros derivados de conflictos familiares u otros: debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad física v psicológica del agraviado CAYETANO QUISPEMAYLLA NINANTAY. 3.- (...) H.S. Quedan notificados los presentes, debiéndo-

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se notificar a los ausentes.- Con lo que concluyo firmando la Señora Juez por ante mí de que doy fe.-” Urubamba, 12 de marzo de 2018.J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO JUDICIAL Proceso Nro. 936-2017-0-1015-JM-FT-01 Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la señora Juez Siomara Candelaria Morales Mar y bajo !a actuación de la Especialista Judicial Evelyn Mercado Portugal, por resolución N° 04 se ha dispuesto la publicación por edictos de la resolución N° 01 y del acta de audiencia oral de evaluación y medidas de protección, a fin de notificar a EPIFANÍA RAURAU HUAMAN: “AUTO DE INICIO DE PROCESO POR VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR Resolución N° 01. Urubamba, 31 de agosto del 2017 VISTO: (...).y CONSIDERANDO: PRIMERO.- (...). SEGUNDO.- La señora JESIKA MAROCHO TAPARA en nombre propio y de su menor hija AILEEN DARIANA CHILE MAROCHO ha denunciado ante la PNP que en fecha 26 de julio del 2017, fueron víctima de hechos por acción o conducta de violencia física v psicológica presuntamente asumida por NORA QUISPE RAURAU y EPIFANÍA RAURAU HUAMAN; (...). TERCERO.- (...). Por los fundamentos expuestos, SE RESUELVE: 1. ADMITIR A TRÁMITE en la VÍA DEL PROCESO ESPECIAL la denuncia por VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR contra: - NORA QUISPE RAURAU y EPIFANÍA RAURAU HUAMAN por MALTRATO FÍSICO Y PSICOLÓGICO en agravio de JESIKA MAROCHO TAPARA. - NORA QUISPE RAURAU y EPIFANÍA RAURAU HUAMAN por MALTRATO PSICOLÓGICO en agravio de la menor AILEEN DARIANA CHILE MAROCHO representada por Jesika Morocho Tapara. 2. SEÑÁLESE FECHA para la AUDIENCIA ORAL a efecto de emitir MEDIDAS DE PROTECCIÓN a favor de la parle agraviada, para el día MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DEL 2017, A HORAS 8:30 DE LA MAÑANA, (...). 3. (...).- H.S.-

ACTA DE AUDIENCIA ORAL DE EVALUACIÓN Y MEDIDAS DE PROTECCIÓN En la ciudad de Urubamba a los ONCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO 2017. siendo las ocho con treinta minutos de la mañana, (...), se llevó a cobo con el siguiente resultado: l.- DE LOS PRESENTES: Se encuentra presente: La Representante del Ministerio Publico. Dra. Armída Segovia Ruiz. Se deja constancia de la inasistencia de las denunciadas NORA QUISPE RAURAU y EPIFANÍA RAURAU HUAMAN, de la denunciante JESIKA MAROCHO TAPARA y la menor AILEEN DARIANA CHILE MAROCHO. II.- INICIO DE LA AUDIENCIA.- La señora Juez en calidad de director del proceso dispuso la apertura de la audiencia pública en la que se evaluará el caso denunciado (...). La Jueza luego de evaluada la denuncia se encuentra expedito para emitir las medidas de protección dictando la resolución siguiente: AUTO DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN Resolución N° 02. VISTA.- La denuncia de violencia familiar, los medios probatorios actuados, Y CONSIDERANDO: 1 (…) 5.- Con relación a los actos de violencia psicológica en agravio de JESIKA MAROCHO TAPARA y la menor AILEEN DARIANA Chile MAROCHO representada por su progenitora Concepción Luna de Surco, es de valorar:- El Certificado Médico Legal N° 001522VFL practicado a la agraviada en fecha 27 de Julio de 20)7, cuyo resultado establece como conclusiones que la misma presenta lesión traumática reciente por agente contundente, por lo que se le ha prescrito una incapacidad médico legal de hasta seis días. - El Protocolo ce Pericia Psicológico N° 1523-2017-PSC de fecha 27 de julio de 2017 que acredita la afectación emocional en agravio de JESIKA MAROCHO TAPARA, pues concluye que la evaluada presenta: “Reacción ansiosa situacional compatible a hechos relatados, evento único de agresión”, constituyendo tales pericias prueba suficiente para dictar las medidas de protección en e! caso de autos a favor de la denunciante. - Así mismo, el Protocolo de Pericia Psicológica N° 1524-2017-PSC de fecha 27 de julio de 2017 que acredita la afectación emocional en agravio de AILEEN DARIANA CHILE MAROCHO. pues concluye que la

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

evaluada presenta: “Reacción ansiosa situacional compatible a hechos relatados”, constituyendo tal pericia prueba suficiente para dictar las medidas de protección en el caso de autos también a favor de la menor agraviada. 6 (...). 7.- Apreciada, la denuncia interpuesta por la agraviada y valorados el certificado médico y los protocolos de pericia psicológica se llega a la convicción que existen indicios suficientes de actos de violencia contra la mujer e intégrantes del grupo familiar en agravio de JESIKA MAROCHO TAPARA y la menor AILEEN DARIANA CHILE MAROCHO representada por Jesika Marocho Tapara por parte de NORA QUISPE RAURAU y EPIFANÍA RAURAU HUAMAN, lo que las Done en una situación de riesgo que merece se dispongan medidas de protección a su favor; (...). 8.-(,..). Por tanto. SE RESUELVE: PRIMERO.- DISPONER como medidas de protección c favor de la agraviada JESIKA MAROCHO TAPARA y la menor AILEEN DARIANA CHILE MAÜOCHO representada por Jesika Morocho Tapara, los siguientes: 1. ORDENAR a lsas denunciadas NORA CUISPE RAURAU y EPIFANÍA RAURAU HUAMAN, el cese v abstención de toda agresión física, psicológica y verbal, como insultos, amenazas. intimidación o daños de cualquier forma entre otros derivados de conflictos familiares u otros: debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad física v psicológica de la agraviada JESIKA MAROCHO TAPARA y la menor AILEEN DARIANA CHILE MAROCHO. 2.- DISPONER que la POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ EN TODAS SUS DEPENDENCIAS Y A NIVEL NACIONAL brinde atención prioritaria v protección necesaria a la parte agraviada a su sola petición verbal y presentación de la presente resolución, (...). SEGUNDO.- DISPONER se remita los actuados a la Fiscalía Penal de Tumo a fin de que imprima el procedimiento que le corresponde en atención al último párrafo del artículo 16o de la Ley 30364. H.S Urubamba, 12 de marzo de 2018.-

pecialista Legal Juvenal Lazo Zambrano, se viene tramitando el Proceso Civil N° 00013-2018-0-1004-JP-CI-01. Seguido por MILUSKA CARLA MARTINEZ ORTIZ DE ORUE sobre RECTIFICACION DE PARTIDA, habiendo consignado erróneamente su apellido paterno como MARTINEZ cuando lo correcto es NOGUERA así mismo se ha consignado erróneamente el apellido de su padre como MARTINEZ NOGUERA cuando lo correcto es NOGUERA MARTINEZ, se publica para los fines de ley.

J. S (05, 06, 09 ABR)

Santiago, 03 de abril del 2018

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Anta, que despacha el Dr. Arturo Cabrera Orue, bajo la actuación del Es-

Anta, 4 de Abril del 2018. LEANDRO JUVENAL LAZO ZAMBRANO SECRETARIO JUDICIAL P. 6628921 F. (06 ABR)

EDICTO JUDICIAL En el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Basiliska Dueñas Zuñiga, bajo la actuación de la Especialista Legal Carmen Rosa Delgado Sánchez, en el Proceso Nro. 0025-2018-0-1018-JP-CI-01, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: Resolución Nro. 02.- Santiago, 08 de marzo del 2018.- (...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ANA MARIA FLORES BEJAR, sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue su conviviente RAFAEL HUANCA DURAN; en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO; en tal virtud, DISPONGO: i.- Notificar la demanda y presente resolución a Jesús Huanca Flores, la Beneficencia Pública del Cusco, representante del Ministerio Público; ii.- Anotar la solicitud en el Registro de Sucesión Intestada y el Registro de Mandatos y Poderes; iii.-Publicar un extracto de la solicitud en el diario de mayor circulación y en el diario de los anuncios judiciales.-(...) NOTIFÍQUESE al presunto heredero JESUS HUANCA FLORES en el domicilio proporcionado Hágase saber. (...) Lo que se publica para fines de ley.

CARMEN ROSA DELGADO SÁNCHEZ SECRETARIA JUDICIAL P. 6630135 F. (06 ABR)

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Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Wanchaq, a cargo del señor Juez doctor RAFAEL ENRIQUE SIERRA CASANOVA, bajo la actuación del Secretario Judicial Dr, Daniel Barrientos Cárdenas, se viene tramitando el Proceso Civil Nro. 00023-2018-0-1001 -JP-CI-02, instado por Josefina Oblitas Luna, en representación legal de GLORIA BERROCAL OBLITAS sobre SUCESION INTESTADA, de quien en vida fue su progenitor, VALENTIN BERROCAL CARDENAS fallecido el 3 de Noviembre del 2016, en la ciudad del Cusco. Publicación que se realiza para los que se crean con derecho a la sucesión, se apersonen al proceso Civil Nro. 00023--2018

cialista Legal Elvis Renny Morales Loaiza, se viene tramitando el Proceso Civil N° 16-2018-0-1004-JP-CI-01, Seguido por RAMON CHAMPE CHAMPE sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, del recurrente, en el sentido que se corrija sus apellidos paterno y materno CHAMPE CHAMPE a CHAMPI CHAMPI debiendo quedar en lo sucesivo como RAMON CHAMPI CHAMPI, asimismo en el extremo del nombre de su progenitor al que se le debe adicionarse su apellido materno CONDORI para que figure como MARIANO CHAMPI CONDORI. Asimismo respecto al extremo del nombre de su progenitura deberá agregarse su apellido materno ARCONDO para que figure como VICTORIA CHAMPI ARCONDO. Se publica para los fines de ley.

Wanchaq, 22 de Marzo del 2018.

Anta, 03 Abril del 2018.

DANIEL BARRIENTOS CÁRDENAS SECRETARIO JUDICIAL

ELVIS RENNY MORALES LOAIZA SECRETARIA JUDICIAL

P. 6630148 F. (06, 10 ABR)

P. 6630221 F. (06 ABR)

EDICTO JUDICIAL

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, que Despacha la Juez Dra. Marklaren Ascue Lovón, Especialista Rebeca Roca Ferro, Causa No. 03293-2017-0-1001-JP-CI-01, se ha admitido una demanda interpuesta por GRACIELA PASCUALA QUISPE QUISPE, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, quien solicita que se rectifique su Partida de Nacimiento, en cuanto al apellido materno de su madre Teodora Quispe Ccama, por cuanto su apellido materno correcto es Ccama y aparece erróneamente como Cama. Por lo que se ha dispuesto su publicación para los fines de ley. Cusco 05 de Abril de 2018. REBECA ROCA FERRO SECRETARIA JUDICIAL P. 6630162 F. (06 ABR)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Anta, que despacha el Dr. Arturo Cabrera Orue, bajo la actuación del Espe-

AVISO JUDICIAL Señor: ROMULO YUPANQUI GUTIERREZ Ante el juzgado de paz letrado del distrito de San Sebastian que corre bajo la dirección de la señorita magistrado Dra.Lynda Vargas Manga en el proceso judicial No. 00076-2018-0-1023-JP-FC-01 seguida por Fidelia Taipe Salazar en contra de Romulo Yupanqui Gutiérrez sobre prestación de alimentos, mediante resolución No. 01 del 08 de marzo del 2018 se ha dispuesto se proceda al emplazamiento de la parte demandada del extracto mediante edictos Por éstas consideraciones, en virtud de lo dispuesto en el artículo 138 de la Constitución Política del Estado: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por FIDELIA TAIPE SALAZAR en representación de sus menores hijos Jheyson (16), Luz Gabriela (14), Melany Saharmely (10), Elmer Smith (06), y Liz Evelyn Yupanqui Taipe (04); (sobre PRESTACIÓN DE ALIMENTOS contra ROMULO YUPANQUI GUTIERREZ debiendo sustanciarse el trámite de la presente en la vía del PROCESO ÚNICO.- Estando al Artículo 554° del Código Procesal Civil CÓRRASE traslado a la parte demandada por el plazo de CINCO DÍAS para que conteste la demanda. Debiendo acompañar en su escrito de contestación a la demanda el anexo requerido, conforme lo dispone el artículo 565°

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del Código Procesal Civil, sin cuyo requisito no será admitida su contestación.- A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican los mismos que serán admitidos y actuados en su oportunidad procesal.- AL SENGUNDO OTROSI DIGO: Estando a lo solicitado y teniendo en consideración que se ha acreditado en forma indubitable la relación familiar entre el demandado y los menores alimentistas, conforme se advierte del acta de nacimiento que se adjunta a la demanda, estando a lo dispuesto por el Artículo 675° del Código Procesal Civil, concédase la asignación anticipada a favor de los menores referidos la suma de (SI. 500.00) QUINIENTOS SOLES, a razón de SI. 180.00 para cada hijo mayor de 16 y 14 años respectivamente y de SI. 140.00 para el hijo menor, los que deben ser abonados en forma mensual y que el demandado deberá depositar con la notificación de la presente resolución en la cuenta que para el efecto se aperturara en la fecha en el Banco de la Nación para cuyo fin GÍRESE OFICIO respectivo, lo que se le pone en conocimiento para los fines consiguientes, media firma del especialista y firma completa de la señorita Juez. San Sebastian, 04 de marzo del 2018 JUAN RONALD BORNAS GUERRA SECRETARIO JUDICIAL P. 6630249 F. (06, 12, 18 ABR)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Civil de Sicuani - Canchis, en el Exped. N° 39-2018-FC, se ha dispuesto la publicación del edicto judicial en los siguientes términos. AUTO ADMISORIO RESOLUCIÓN Nro. 01: SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA interpuesta por YURI POCOHUANCA SUMIRE sobre ADICION DE NOMBRE DE PILA, debiendo quedar como YURI GUSTAVO POCOHUANCA SUMIRE. En la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO. Y estando a lo dispuesto por el Artículo ochocientos veintiocho del Código Procesal Civil, DEBIÉNDOSE PUBLICAR LOS EDICTOS en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Judicial del Cusco. Por ofrecidos los medios probatorios propuestos. Agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntos. RESERVESE la fijación de fecha de audiencia de actuación y declaración judicial hasta que se tenga a la vista

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

las publicaciones ordenadas.- HÁGASE SABER. Sicuani, 03/04/2018. INDYRA RAYSHA PAREDEZ SANCA SECRETARIA JUDICIAL P. 6630391 F. (06, 09, 10 ABR)

EDICTO MARIA KATHIA COELLO MEJIA ha demandado la Autorización de Viaje del menor al extranjero Simonne Franccesca Naranjo Coello demanda que ha sido admitida con el número de proceso 1092-2018 ante el Segundo Juzgado de Familia de Cusco debiendo de notificarse mediante el presente edicto al progenitor de la menor señor FERNANDO NARANJO MATTO para fines de lo establecido por el artículo 112 del Código de los Niños y Adolescentes. INGRID SIERRA TAMAYO SECRETARIA JUDICIAL P. 6630426 F. (06, 10, 12 ABR)

EDICTO JUDICIAL En el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Basiliska Dueñas Zuñiga, bajo la actuación de la Especialista Legal Carmen Rosa Delgado Sánchez, en el Proceso Nro. 0603-2018-0-1018-JP-CI-01, DANIEL EFRAIN LOPEZ QUISPE, viene solicitando la rectificación de su partida de nacimiento, expedida por ante la Municipalidad provincial de Cusco, peticionando que se adicione el apellido materno de su progenitura “QUISPE”, debiendo quedar como “TEODORA QUISPE HUANACO”. Lo que se publica para fines de ley.

Juez BASILISKA DUEÑAS ZUÑIGA, dispuso la publicación de la solicitud admitida e interpuesta por RICHARD MENDOZA QUISPE, sobre RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, habiéndose erróneamente consignado el segundo nombre de su progenitor, siendo lo correcto DARIO RUBEN MENDOZA SALAZAR; en los Registro Civil de la Municipalidad Distrital de SantiagoCusco, y en la RENIEC. Lo que se publica por una sola vez para los fines de Ley pertinente Santiago, 02 de abril del 2018. MARIA ELENA OLARTE LEIVA ESPECIALISTA LEGAL P. 6630442 F. (06 ABR)

EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santiago, Despacho del señor Juez Tito Núñez Valencia, bajo la actuación de la Especialista Legal Abog. Mario Pereira Aldazabal, se viene tramitando el proceso No. 00461-2018-0-1001-JP-CI -01, seguido por Elizabeth Mendoza Quispe, sobre Rectificación de su Partida de Nacimiento, por haber sido consignado erróneamente sin su apellido materno de su padre como Darío Rubén Mendoza, debiendo ser lo correcto como DARIO RUBEN MENDOZA SALAZAR, asimismo el apellido materno de su madre debe añadirse inscrito erróneamente como OLIMPIA QUISPE, debiendo ser lo correcto como OLIMPIA QUISPE VARGAS, inscrito en la Municipalidad Provincial de Cusco. Lo que se cumple con la publicación para los fines de ley. Santiago, 21 de marzo de 2,018. MARIO PEREIRA ALDAZABAL SECRETARIO JUDICIAL P. 6630438 F. (06 ABR)

Santiago, 04 de abril del 2018 CARMEN ROSA DELGADO SÁNCHEZ SECRETARIA JUDICIAL P. 6630434 F. (06 ABR) AVISO JUDICIAL En el Proceso Civil 00460-2018-0-1018-JP-CI-01 la

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Nro. Señora

EDICTO PENAL SEÑOR LEONCIO HUAMAN MARISCAL El Señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, en el proceso N° 447-2018-85-1001-JR-PE-04, seguido contra el mencionado, por el delito de Fe-

minicidio en agravio de benedicta Hurtado Percca, bajo la actuación de la Especialista Judicial Abog. Gina Frisancho Parada, se ha dispuesto notificarle con la Formalización de Investigación, el requerimiento de prisión preventiva, la Resolución Nº 01 del cuaderno cero y del incidente ochenta y cinco, cuyo contenido es el siguiente: DISPOSICION DE FORMALIZACION.- (Parte Pertinente) VISTO: Las diligencias preliminares realizadas contra Leoncio Huaman Mariscal por la presunta - comisión del delito Contra la vida, el Cuerpo y la Salud en su modalidad de Feminicidio en grado de Tentativa, en agravio de Benedicta Hurtado Percca. en uso de las atribuciones que establece la Ley Orgánica del Ministerio Público y lo dispuesto en los artículos 336 y 337 del Código Procesal Penal, este Primer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago: FORMALIZACION de LA PREPARATORIA contra LEONCIO HUAMAN MARISCAL por el delito Contra la Vida el Cuerpo y La Salud Homicidio en grado de Tentativa, que se encuentra tipificado primer párrafo numeral 1 del Art. 108-B de Código Penal vigente, concordado con el Art. 16° del mismo Código Penal, en agravio de Benedicta Hurtado Percca, con Documento de identidad N° 43101947; en la VÍA DEL PROCESO COMÚN, sin perjuicio de emplearse cualquiera de los procesos especiales de ser el caso; RESOLUCIÓN N° 01, Cusco, veintinueve de enero del dos mil dieciocho.- PARTE RESOLUTIVA: 1. RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por la Segunda Fiscalía Provincial Penal corporativa de Santiago contra LEONCIO HUAMAN MARISCAL , por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de FEMENICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA., tipificado y sancionada en el primer párrafo numeral 1 del art, 108-B del código penal (violencia familiar), concordante con el articulo 16 del código penal. , en agravio de HURTADO PERCCA BENEDICTA., a efectos de que el juez de investigación preparatoria asuma competencia material en el proceso. 2. ORDENAR que el requerimiento de Prisión Preventiva solicitada contra el imputado LEONCIO HUAMAN MARISCAL , se tramite en cuaderno aparte. 3. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado LEONCIO HUAMAN MARISCAL , al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del investigado para sus-

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tituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se notificará a la Coordinadora de la Defensoría Pública en su sede institucional, para que cumpla con lo ordenado, con la designación y el apersonamiento inmediato del defensor público. 4. PRECISAR que estando la investigación a cargo de la fiscalía la carpeta fiscal se encuentra disponible en las oficinas de la fiscalía encargada del caso. 5. DISPONER conforme al nuevo Reglamento de Despacho Judicial aprobado por R.A 014-2017, los fiscales, defensores públicos, abogados particulares, procuradores tienen la obligación de tener CASILLA ELECTRÓNICA y en dicha casilla únicamente se les notificara las resoluciones judiciales, concediéndose un plazo de 3 días a las partes a fin de que se apersonen y señalen sus casillas electrónicas. 6. PRECISAR atendiendo al nuevo reglamento específicamente el artículo 43° respecto a que si se advierte que una persona tiene varios domicilios reales –pluralidad de domicilios –la fiscalía debe precisar solamente uno de ellos para fines de no distorsionar la viabilidad del proceso. Asimismo según el mencionado artículo del reglamento se precisa que también se da la condición de domicilio real al número del teléfono celular, correo electrónico personal u otro medio idónea que dé cuenta de notificación cierta de una persona. 7. COMUNICAR al representante del Ministerio Publico que la presente investigación vencerá el día CATORCE DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO, en caso se opte por el plazo ordinario establecido en el artículo 342° del Código Procesal Penal, siendo de exclusiva responsabilidad del Ministerio Publico, la observancia del cumplimiento de los plazos. 8. EXHORTAR al representante del Ministerio Público a efecto de que cumpla con informar a este Despacho Judicial las variaciones de domicilio que realicen las partes procesales, bajo responsabilidad del mismo, de los actos que deriven de la no observación al presente item. 9. AUTORÍCESE a los Especialistas Judiciales de Causas, el dictado con su sola firma de las resoluciones (decretos) de impulso procesal, consignando de ser el caso, los apercibimientos que correspondan ser aplicados por Juez. HÁGASE SABER. REQUERIMIENTO DE PRISION PREVENTIVA. Marisol D. Ccarhiaarupay Mendoza, Fiscal Provincial Penal del Primer Despacho de Investigación de la Segunda, Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Santiago, señalando domicilio procesal en Urb. Las Malvinas Alameda Pachacutec A-4 del distrito de

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Santiago, ante Ud. me presento y expongo: A tenor de lo establecido en el artículo 268 del Código §al Penal, esta Fiscalía solicita MANDATO DE PRISION PREVENTIVA HUAMAN MARISCAL a quien se le imputa el ser AUTOR de la consumación del Delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de Feminicidio en grado de tentativa en agravio de Benedicta Hurtado Percca. RESOLUCIÓN NRO. 01. Cusco, veintinueve de enero del año dos mil dieciocho. SE RESUELVE: 1. CONVOCAR a audiencia de prisión preventiva, para el día DOCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (hora exacta), en la SETIMA Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de la ciudad del Cusco, en la sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, ubicado en la Avenida El Sol s/n (Tercer Piso), con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del imputado; precisando que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de prisión preventiva, en cuyo caso será representado por su defensa técnica. 2. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, a la que las partes deberán concurrir; bajo apercibimiento, en caso de la inconcurrencia de la defensa técnica del acusado de disponerse el reemplazo inmediato por abogado de la defensa pública, así como la aplicación de las sanciones establecidas en el Artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la comunicación respectiva al Colegio de Abogados; y en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico comunicarse tal hecho a la Oficina de Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de dicha institución, y declararse inadmisible el requerimiento, disponiéndose su archivo en la dependencia correspondiente. 3. NOTIFÍQUESE a la Coordinación de la Defensa Pública del MINJUS Cusco, a fin de que designen el número necesario de abogados defensores a efectos de asumir el derecho de defensa del acusado(s), en caso de inconcurrencia o renuncia de su abogado defensor de libre elección, debiendo adjuntarse al mismo copia del requerimiento de prisión preventiva. 4. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales, y al imputado en su domicilio real señalado en autos. Regístrese y comuníquese. (…) Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, ante mi Gina Frisancho Parada, de que doy fe. Cusco, 04 de abril del 2018.

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EDICTO PENAL EXP: Nro. 3308-2017-90-1001-JR-PE-02 TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DEL CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Fernando Christian Aparicio Chávez SEÑOR: LUCIO ZALASAR ANCHIA Se ha dispuesto notificar con la resolución 03 dictada en el Acta de Audiencia de fecha 16/03/2018, cuyo contenido es el siguiente:

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la ciudad de Cusco, peticionando que se corrija el pre nombre de su progenitor “RUBEN DARIO” y se agregue el apellido materno del mismo, debiendo quedar como “DARIO RUBEN MENDOZA SALAZAR”; igualmente solicita se agregue el apellido materno de su progenitura “VARGAS”, debiendo quedar como “OLIMPIA QUISPE VARGAS”. Lo que se publica para fines de ley. Santiago, 03 de abril del 2018 CARMEN ROSA DELGADO SÁNCHEZ SECRETARIA JUDICIAL P. 6630815 F. (06 ABR)

RESOLUCION N° 03 de fecha 16/03/2018 AVISO JUDICIAL RESULEVE: 1. DECLARAR FRUSTRADO la audiencia de juicio oral por no haber sido notificado mediante edictos el acusado. 2. Se reprograma la presente audiencia para llevarse a cabo el DÍA DIEZ DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA en la TERCERA SALA de audiencias de la Corte Superior de Justicia del Cusco, subsisten los apercibimientos decretados por la resolución que cita a Juicio Oral, declarándose esta audiencia de carácter INAPLAZABLE 3. NOTIFÍQUESE la presente al imputado a su domicilio real consignado en autos así como también mediante EDICTOS conforme a ley, bajo responsabilidad del especialista de causa. H.S. Cusco. 05 de Abril del 2018.

En el Proceso Civil Nro. 00462-2018-0 1018-JP-CI-01, la Señora Juez BASILISKA DUEÑAS ZUÑIGA, dispuso la publicación de la solicitud admitida e interpuesta por RICHARD MENDOZA QUISPE, sobre RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, habiéndose erróneamente consignado el segundo nombre de su progenitor, siendo lo correcto DARIO ROBEN MENDOZA SALAZAR; en los Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago- Cusco, y en la RENIEC. Lo que se publica por una sola vez para los fines de Ley pertinente, Santiago, 02 de abril del 2018. MARIA ELENA OLARTE LEIVA ESPECIALISTA LEGAL P. 6630831 F. (06 ABR)

Firmado: Fernando Christian Aparicio Chávez, Especialista Judicial de Juzgado. J. S (06, 09, 10 ABR)

EDICTO JUDICIAL En el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Basiliska Dueñas Zuñiga, bajo la actuación de la Especialista Legal Carmen Rosa Delgado Sánchez, en el Proceso Nro. 0463-2018-0-1018-JP-CI-01, MARCO ANTONIO MENDOZA QUISPE, viene solicitando la rectificación de su partida de nacimiento, expedida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil de

16

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Viernes, 6 de abril del 2018

Viernes, 6 de abril del 2018

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO NUEVA LEY PROCESAL DE TRABAJO RELACIÓN DE AUDIENCIAS DEL 03 AL 06 ABRIL DEL 2018 LOCAL : URBANIZACION LA FLORIDA C-14 PASAJE KANTUS UBICACIÓN: 1º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL MARTES, DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2018 Hora

Número de Expediente

Tipo Audiencia

Materia

Demandado

Demandante

08:30-08:59

03371-2017-0-

CONCILIACION

DERECHOS LABORALES

09:00-09:29

03728-2017-0-

CONCILIACION

DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

VELASQUEZ CHALLCO RIVELINO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:30-09:59

03685-2017-0-

CONCILIACION

DERECHOS LABORALES

GUIZADO QUISPE NAYRUTH

COLQUE ROJAS RODOLFO,

VILLASANTE CASTAÑEDA NINOSKA

COLQUE ROJAS RODOLFO, COLQUE ROJAS RODOLFO,

GUTIERREZ CHOQUE JUVENAL

COLQUE ROJAS RODOLFO,

10:00-10:59

02647-2017-0-

JUZGAMIENTO

DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA DE CUSCO

11:00-11:59

02401-2017-0-

JUZGAMIENTO

DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

QUISPE QUISPE CARLOS

12:00-12:59

02293-2017-0-

JUZGAMIENTO

DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

QUISPE NOA FIDEL

COLQUE ROJAS RODOLFO,

REPOSICION

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

SANA VELASQUEZ SIMON

COLQUE ROJAS RODOLFO,

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

TAPIA CANDIA JORGE

COLQUE ROJAS RODOLFO,

PROYECTO ESPECIAL REGIONAL IMA

MERCADO ARAGON JHON

COLQUE ROJAS RODOLFO,

ISEG PERU S.A.C.

ALLENDE MEDRANO EVELYN KELY

COLQUE ROJAS RODOLFO,

LUQUE ALAGON PERCY

COLQUE ROJAS RODOLFO,

N DE AUDIENCIA 14:00-14:59 02571-2017-0ÚNICA MIERCOLES, DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2018

08:30-08:59

03560-2017-0-

CONCILIACION

09:00-09:29

03817-2017-0-

CONCILIACION

09:30-09:59

03837-2017-0-

CONCILIACION

DERECHOS LABORALES INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

10:00-10:59

03927-2017-0-

UNICA

REPOSICION

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO

11:00-11:59

03981-2017-0-

UNICA

REPOSICION

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

TRELLES ESTRADA SARA

COLQUE ROJAS RODOLFO,

REPOSICION

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

NUÑEZ NINA EDI

COLQUE ROJAS RODOLFO,

14:30-15:30 03649-2017-0UNICA JUEVES, DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2018

REPOSICION

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

CURASI CURASI MARCO ANTONIO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

08:30-08:59

03423-2017-0-

CONCILIACION

DERECHOS LABORALES

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

HURTADO MUJICA LUCY MAGALY

COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:00-09:29

03755-2017-0-

CONCILIACION

DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

HUILLCA VASQUES RAFAEL

COLQUE ROJAS RODOLFO,

ANCCALLE NOA JUAN

COLQUE ROJAS RODOLFO,

PILLCO AUCCAYLLE CLORINDA

COLQUE ROJAS RODOLFO,

HUAMAN PEÑA VIDAL

COLQUE ROJAS RODOLFO,

12:00-12:59

03992-2017-0-

UNICA

09:30-09:59

03722-2017-0-

CONCILIACION

DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

10:00-10:59

03979-2017-0-

UNICA

REPOSICION

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

11:00-11:59

03977-2017-0-

UNICA

REPOSICION

12:00-12:59

04028-2017-0-

UNICA

REPOSICION

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO COMUNIDAD DE INDEGENAS DE PICOL ORCONPUCYO INSTITUCION EDUCATIVA PARTICUALR SAN ISIDRO

CARCAUSTO QUISPE JUSTINA

COLQUE ROJAS RODOLFO,

COX TUPAYACHI DE VALENZUELA MARGOTH MARITZA

COLQUE ROJAS RODOLFO,

COLQUE ROJAS RODOLFO,

14:30-15:29 02957-2017-0CONCILIACION VIERNES, DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2018

DERECHOS LABORALES

08:30-08:59

03724-2017-0-

CONCILIACION

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

CHACON MAIHUA LUISA

09:00-09:29

03328-2017-0-

CONCILIACION

DERECHOS LABORALES PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

CHILE ROCA RENE

COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:30-09:59

03952-2017-0-

CONCILIACION

DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD DISTRTITAL DE SANTIAGO

NUÑEZ LLAMOCCA JOSE

COLQUE ROJAS RODOLFO,

10:00-10:59

03967-2017-0-

UNICA

REPOSICION

SERVICIOS POSTALES DEL PERU SA SERPOST

CHAMPI OLAVE AMELIA MARIELA

COLQUE ROJAS RODOLFO,

TORRES MARQUINA JUAN CARLOS

COLQUE ROJAS RODOLFO,

11:00-11:29

01267-2017-0-

JUZGAMIENTO

DERECHOS LABORALES

CENTRO DE FORMACION Y PRODUCCION ARARIWA

11:30-11:59

03980-2017-0-

CONCILIACION

DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

MAMANI BECERRA OLINDA MAGDA

COLQUE ROJAS RODOLFO,

HUAILLANI CARTAGENA FLORENCIO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

CORZO OBERTI GUNTHER

COLQUE ROJAS RODOLFO,

14:30-14:59 02036-2017-0CONCILIACION UBICACIÓN: 2º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL MARTES, DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2018

REPOSICION

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO FABRICA DE CHOCOLATES LA CONTINENTAL SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

08:00-08:59

02800-2017-0-

CONCILIACION

DERECHOS LABORALES

DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA E CUSCO

AMARU RODRIGUEZ ELIAS

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

09:00-10:59

04109-2017-0-

UNICA

REPOSICION

MUNICIPALIDAD DE SAN SEBASTIAN

CUSIQUISPE GONGORA YNGRACIA

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

12:00-12:59

02452-2017-0-

JUZGAMIENTO

DERECHOS LABORALES

11:00-12:59 01507-2016-0UNICA MIERCOLES, DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2018

REPOSICION

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO

MENDOZA CHAHUIN VALENTIN

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

14:30-14:59

01482-2017-0-

JUZGAMIENTO

DERECHOS LABORALES

COSITUC

ROJAS PALIZA NESTOR AUGUSTO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

08:00-08:59

03254-2017-0-

CONCILIACION

DERECHOS LABORALES

LOAYZA DE CIRESA PAOLO CIRESA Y RUTH LOPEZ

ORDOÑEZ DAVILA TOMAS

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

09:00-11:00

03454-2017-0-

JUZGAMIENTO

DERECHOS LABORALES

CENTRO DE DIALISIS KUSAQ SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - CENKUS S.A.C

FLORES SOFIA DEL CARMEN

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

11:02-12:59

01144-2014-0-

JUZGAMIENTO

DERECHOS LABORALES

AUTORIDAD NACIONAL DE AGUA

FERNANDEZ BACA AGUIRRE EDWIN ARNALDO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

OBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP

UNIVERSIDAD NACIONAL SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

RODRIGUEZ SANCHEZ EDITH

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

14:30-15:29 01435-2017-0JUZGAMIENTO JUEVES, DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2018

08:00-08:59

04261-2017-0-

CONCILIACION

DERECHOS LABORALES

EMPRESA DE TRANSPORTES SERVICIO ANDINO SA

CCAHUA HUAMAN AGUSTO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

09:00-10:59

01208-2017-0-

JUZGAMIENTO

DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO

CONDORI APAZA RICHARD

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

11:00-12:59

03070-2017-0-

JUZGAMIENTO

DERECHOS LABORALES PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

GERENCIA DE LA RED ASISTENCIAL DE ESSALUD CUSCO DIRECCION REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO

CAMPANA GUTIERREZ FIORELLA

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

PAREDES MOLLO LUCIANO EMETERIO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

JUNTA DE PROPIETARIOS DE LA RESIDENCIAL JACARANDA REP POR LUIS AGRIPINO GONZALES DE LA VEGA

14:30-15:29 01187-2016-0JUZGAMIENTO VIERNES, DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2018

08:00-08:59

02008-2017-0-

CONCILIACION

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

09:00-10:59

02780-2017-0-

JUZGAMIENTO

DERECHOS LABORALES

COMPAÑIA MINERA ANTAPACAY SA

MAYO HUALLPA VILMA VERONICA SINDICATO DE TRABAJADOREWS FUNCIONARIOS DE LA COMPAÑIA MINERA ANTAPACAY SITRAMINA

JUZGAMIENTO

DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ

QUINTO CAMALA DONATA

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

JUZGAMIENTO

INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

FINANCIERA CONFIANZA S.A.A. - FINANCIERA CONFIANZA

BOZA CHICATA DAVID ISRAEL

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

11:00-12:59

14:00-14:59

03768-2017-0-

00103-2017-0-

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL DEL CUSCO

Magistrado

INSTITUTO DE MANEJO DE AGUA Y MEDIO AMBIENTE IMA

TABLA DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIAS (Del Lunes 02 al Viernes 06 de Abril de 2018) Lunes, 02 de Abril de 2018 Nº Hora

Demandante

Exp.

Demandado

Materia

Apelación Procede

Colegiado

1 08:30a.m. 01914-2017-0-1001-JR-LA-03 Norka Solaligue de Seminario

Dirección Regional de Educación de Cusco

Contencioso Adm

Sentencia 3JETC

Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

2 08:35a.m. 02178-2015-0-1001-JR-LA-02 Veronika Castro Ochoa

Municipalidad Distrital de San Sebastián Contencioso Adm

Sentencia 2JETC

Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

3 08:40a.m. 01924-2011-0-1001-JR-LA-02 Rosa Antonia Cruz Alegria

Municipalidad Provincial de Cusco

Sentencia 3JETC

Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

Contencioso Adm

Martes, 03 de Abril de 2018 Dirección Regional de Educación del Cusco y otro

Contencioso Adm

Sentencia 3JETC

Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

2 08:35a.m. 03603-2016-0-1001-JR-LA-01 Vilma Farfán Yuca

Municipalidad Distrital de Santiago

Contencioso Adm

Auto Saneamiento Conclusión del Proceso

5JETC

Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

3 08:45a.m. 01588-2010-32-1001-JR-LA-02 Esther Huillcanina Gil

Dirección Regional del Cusco y otros

Contencioso Adm

Auto Improcedente Nulidad

5JETC

Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

Auto Improcedete 3JETC Demanda

Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

1 08:30a.m. 00317-2017-0-1001-JR-LA-03

Cornelio Francisco Loaiza Gonzales

Jueves, 05 de Abril de 2018 1 08:30a.m. 03325-2017-0-1001-JR-LA-03 Juvenal Arroyo Santos

Unidad de Gestión Educativa Local Cusco

Contencioso Adm

Viernes, 06 de Abril de 2018 1 08:40a.m. 02752-2016-0-1001-JR-LA-02 María Victoria Gongora Ricasca

Dirección Regional de Educación del Cusco y otro

Contencioso Adm

Sentencia 2JETC

Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

2 09:55a.m. 01567-2016-0-1001-JR-LA-03 Aurelia Condori de Cahuana

Dirección de Derechos de la Oficina de Contencioso Adm Normalización Previsional y otros

Sentencia 3JETC

Alfaro Herrera-Holgado Noa-Ttito Quispe

3 10:00a.m. 02408-2016-0-1001-JR-LA-03 Andres Quinte Villegas

Poder Judicial y otro

Contencioso Adm

Sentencia 3JETC

Dirim. Holgado Noa

4 10:05a.m. 01268-2017-0-1001-JR-LA-03 Celestino Vicente Cobos Tejada

Dirección Regional de Educación del Cusco y otro

Contencioso Adm

Sentencia 3JETC

Dirim. Holgado Noa

Cusco, 28 de Marzo de 2018

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

17

_____________________________________

______________________________________

LUIS FERNANDO MURILLO FLORES

NADHIM NICOLE JOSSELYNE CHÁVEZ ZEVALLOS

PRESIDENTE

SECRETARIA DE SALA

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL

18

La República

Viernes, 6 de abril del 2018

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO SALA CIVIL DE CUSCO TABLA DE VISTA DE CAUSAS (Martes 3 de Abril al viernes 6 de Abril del 2018)

SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES DE CUSCO ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS LUNES 02 DE ABRIL DE 2018

HORA

MARTES 3 DE ABRIL DE 2018 HORA

NÚMERO EXPEDIENTE

1

08:00

00718-2017-0-1018-JM-CI-01

2

08:20

01420-2017-0-1001-JR-CI-04

3

08:25

01975-2016-0-1001-JR-CI-01

DEMANDANTE

DEMANDADO

MATERIA

Consorcio Machupicchu Pueblo Proceso de amparo y otros Teodoro Ambrosio Panca Ejecución de Judith Milagros Carrasco Bellota Bustincio resoluciones judiciales Caja Municipal de Ahorro y Crédito Victor Raúl Aparicio Puma y Obligación de dar suma Cusco S.A. otros de dinero Unidad de Gestión Educativa de Proceso de amparo Liliana Hancco Huamani Cusco Inversiones Wiñaywayna S.A.

4

08:30

02240-2017-0-1001-JR-CI-04

5

08:35

01975-2017-0-1001-JR-CI-02

Municipalidad Provincial de Cusco

6

08:40

00645-2016-0-1001-JR-CI-05

Leonidas Cananeo Cespedes Gutierrez

7

08:45

02017-2011-0-1001-JR-CI-03

Felix Ugarte Valdivia y otra

8

Dirección Regional de Trabajo y promoción del empleo de Cusco

Contencioso administrativo Contencioso administrativo Nulidad de escritura pública Contencioso administrativo Cambio de nombre Proceso de amparo

08:50

00451-2013-0-1001-JM-CI-02

Sabores Cuzqueños S.C.R.L.

9 08:55 10 09:00

02189-2017-0-1001-JR-CI-01 01661-2017-0-1001-JR-CI-01

Alicia Cuentas Perez Silvia Liliana Chacon Ortega

Municipalidad Provincial de Cusco y otros Inmobiliaria y Conbstructora ARMONT S.A. y otros Municipalidad Distrital de Wanchaq Ministerio Público PER PLAN COPESCO

11 09:10

00081-2017-0-1001-SP-FP-01

Ministerio Público

Menor de iniciales MFT

12 15:00

00322-2012-0-1001-JR-CI-03

Julia Huaman Huaman y otro

Flor Yesika Corrales Pezo y otros

RESOL. IMPUG.

PROCEDE

COLEGIADO

auto improce

2JMx Santiago

Velásquez-Delgado-Gutierrez

auto final

4JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

auto final

1JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

auto improce

4JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

auto final

2JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

sentencia

5JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

sentencia

3JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

sentencia 2JMx Wanchaq

Velásquez-Delgado-Holgado

sentencia sentencia

1JCC 1JCC

Velásquez-Delgado-Holgado Velásquez-Delgado-Holgado

JMx Anta

Velásquez-Delgado-Holgado

3JCC

Dirimencia Gutiérrez Merino

Infracción a la ley penal sentencia violación sexual Nulidad de asiento registral

sentencia

LUGAR

N° CAUSA

TIEMPO DE DURACION

IMPUTADO (a)

Usurpación agravada

Usurpación

08:00

NÚMERO EXPEDIENTE

01705-2017-0-1001-JR-CI-01

DEMANDANTE

DEMANDADO

Daniel Arrarte Vera

Ministerio de Transportes y Comunicaciones

1

08:20

00020-2018-0-1001-SP-CI-01

Catalina Pareja Aucca

2

08:25

00580-2015-0-1018-JM-CI-02

Edgar Huaycho Huaman y otro

3

08:30

01943-2010-0-1001-JR-CI-03

Benedicta Mora Carbajal

4

08:40

00657-2009-0-1001-SP-CI-03

Maria Cespedes Olave

5

08:40

00408-2017-0-1001-JM-CI-02

Servicentro Los Sauces S.A.C.

6

08:45

00276-2017-0-1001-JM-CI-02

Espacios Corporación Inmobiliaria C.I.A. S.A.C.

7

08:50

00320-2017-0-1001-JM-CI-02

8

08:55

01555-2017-0-1001-JR-CI-05

9

09:00

01636-2017-0-1001-JR-CI-05

10 09:05

00675-2017-0-1001-JM-CI-02

11 09:10

00263-2017-0-1001-SP-CI-01

12 09:15

00106-2017-0-1001-JM-CI-01

13 09:20

00005-2018-0-1001-SP-FC-01

14 15:00

00360-2016-0-1018-JM-CI-02

MATERIA

Contencioso administrativo Nulidad de acto Hilaria Aucca de Manrique jurídico Convocatoria a A.P.V. Hijos de Viva el Perú asamblea general Nulidad de acto Yanet Mora Caviedes y otros jurídico Nulidad de acto Vicente Concha Santos y otros jurídico Obligación de dar suma Tunquimayo MINING E.I.R.L. de dinero Justina Aguilar Herrera y otro

Obligación de hacer

Ejecución de acta de ANGLO LAB S.A. Clinica San José conciliación Obligación de dar suma Celestino Ocon Huaman Alvaro Molleda Porroa de dinero Banco Internacional del Perú S.A.A. Tractromotriz Amazonas S.C.R.L. Ejecución de garantías Ejecución de laudo Abraham Milton Paredes Monrroy Consorcio JERGO S.A.C. arbitral Contencioso Agencia de Seguridad Privada Tribunal Fiscal administrativo Contencioso Dante Orlando Valdivia Passano ESSALUD administrativo Reconocimiento de Rosario Cconocuyca Quispe Edgar Huanca Huillca union de hecho Luis Pinto Cosio y otra Vilma Aquino Puma y otros Proceso de amparo

RESOL. IMPUG.

auto

PROCEDE

1JCC

sentencia

JMx Anta

Velásquez-Delgado-Holgado

sentencia

2JMx Santiago

Velásquez-Delgado-Holgado

sentencia

3JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

sentencia JMx Urubamba

Velásquez-Delgado-Holgado

auto final 2JMx Wanchaq

Velásquez-Delgado-Holgado

auto final 2JMx Wanchaq

Velásquez-Delgado-Holgado

auto final 2JMx Wanchaq

Velásquez-Delgado-Holgado

auto final

5JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

auto final

5JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

auto final 2JMx Wanchaq

Velásquez-Delgado-Holgado

auto rechazo

Velásquez-Delgado-Holgado

2JCC

sentencia 1JMx Wanchaq sentencia consulta sentencia

1

NÚMERO EXPEDIENTE

DEMANDANTE

DEMANDADO

MATERIA

08:00

00401-2017-0-1001-JR-CI-03

Patricia Guillen Vera y otros

Desalojo

08:20

02464-2017-0-1001-JR-CI-01

Ruben Teodocio Ore Sutta Lidia Margarita Garcia viuda de Flores y otro

OSINERGMIN

Proceso de amparo Contencioso administrativo Divorcio por causal

2

08:25

00010-2018-0-1001-JM-CI-02

Santos Ramos Chaiña

Municipalidad Distrital de Wanchaq

3

08:30

04097-2017-0-1001-JR-FC-04

Ricardo Carbajal Tumba

Maria Herrera Huamani

4

08:35

01512-2016-0-1001-JR-CI-02

5

08:40

00820-2017-0-1018-JM-CI-01

6

08:45

01383-2017-0-1001-JR-CI-02

7

08:50

01958-2017-0-1001-JR-CI-02

Obligación de dar suma Cooperativa de Ahorro y Crédito San Graciela Puma Valcarcel y otro de dinero Pedro de Andahuaylas Municipalidad Distrital de Luisa Alarcon Arenas y otros Proceso de amparo Santiago Obligación de dar suma Cooperativa de Ahorro y Crédito San Hilda Canal Delgado y otros de dinero Pedro de Andahuaylas Obligación de dar suma Judith Carrasco Bellota Ambrosio Panca Bustincio de dinero Servicios Generales RIMCA PERU Yuli Karen Oroz Vasquez Ejecución de garantías E.I.R.L.

8

08:55

01498-2017-0-1001-JR-CI-02

9

09:00

00294-2017-0-1001-SP-CI-01

Gregorio Zuñiga Flores

10 09:05

00748-2017-0-1001-JM-CI-01

11 09:10

02557-2017-0-1001-JR-CI-05

RESOL. IMPUG.

Falsedad Genérica Jhon Gary Coraza y Estafa Agravada Triveño

sentencia condenatoria

10:00

SEDE

231-2017-0

1 hora

Julio Delgado Santos

Homicidio Culposo

herederos legales de QEVF Hugo Cruz Perez

11:00

SEDE

949-2015-70

1 hora

Diego Fernando Ttito Tinta

Robo Agravado

Cesar Augusto Rodriguez Gomez

12:00

SEDE

1863-2013-13

1 hora

14:30

SEDE

1073-2014-56

1 hora

sentencia condenatoria continuación sentencia condenatoria continuación sentencia absolutoria y condenatoria continuación sentencia extremo condenatorio continuación

HORA

LUGAR

N° CAUSA

TIEMPO DE DURACION

IMPUTADO (a)

Parricidio Agravado

Parricidio

Melquiades Pompilla Amaut, Usurpación Mariela Giovanna mediante despojo Pompilla Suni Domingo de La contra los bosques Cruz Baca o formaciones Gutierrez, Yu boscosas y Zewen y Arturo alteracióm del

Cesar Basilides Gongora Ccollatupa

Estado Peruano

10:00

QUENCORO

4482-2016-23

1 hora

Lisberth Nancy Ricalde Zevallos y Nicanor Montalvo Sayhua

11:00

QUENCORO

5834-2009-0

1 hora

Wilbert Agustin Qquenaya Mamani

12:00

QUENCORO

2600-2016-13

1 hora

Pablo Alca Apaza

HORA

LUGAR

N° CAUSA

TIEMPO DE DURACION

DELITO (s)

AGRAVIADO (a)

Pedro Jorge Venero Zuñiga

menor de iniciales continuacion de FQF juicio oral

Violación sexual de menor de iniciales menor de edad MSSA

08:30

SEDE

1867-2013-58

IMPUTADO (a)

DELITO (s)

AGRAVIADO (a)

DEMANDADO

MATERIA

Divorcio por causal

Violación de Modesto Beto menor de iniciales persona en estado Quispe Jaqquehua MPP de inconsciencia

lectura de sentencia

Álvarez-FarfánAndrade

Modesto Beto Quispe Jaqquehua

Marlene Luna Torres y otros

12:00

SEDE

1279-2012-3

1 hora

Alex Huanuco Chavez

Lesiones Graves por Violencia Familiar

Andres Avelino Chavez Alfaro

lectura de sentencia

Álvarez-FarfánAndrade

HORA

LUGAR

N° CAUSA

TIEMPO DE DURACION

IMPUTADO (a)

Velásquez-Delgado-Holgado

2JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

auto final

2JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

5JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

2JMx Wanchaq

Dirimencia Pinares Silva

3JCC

Dirimencia Gutiérrez Merino

2

08:25

00006-2018-0-1001-SP-FC-01

Eustaquia Serrano Hurtado

Fidel Merma Cardenas

Reconocimiento de unión de hecho

3

08:30

02548-2016-0-1018-JM-FC-01

Evaristo Bernardo Soto Lujan

Juana Silvia Rodriguez Avila

Divorcio por causal

4

08:35

01671-2017-0-1018-JM-FC-01

Elmer Canal Yépez

Luis Alfredo Canal Campana y otros

Interdicción

5

08:40

00309-2017-0-1001-JR-FC-04

Eddie Roland Rado Quispe

Rosmeri Romero Herrera

Divorcio por causal

6

08:45

00690-2015-0-1018-JM-CI-02

Luzmila Loaiza Vargas

7

08:50

00524-2015-0-1001-JR-CI-01

Rosa Luz Valcárcel de Cusilayme y otro

Herederos legales de Micaela vargas viuda de Loayza Sucesión de julio Armando Guevara ochoa

8

15:00

00221-2017-0-1001-SP-CI-01

Angel Justiniani Sinchi

Victoria Achircana Tarifa

Begonia del Rocío Velásquez Cuentas Presidenta de Sala

Obligación de hacer Otorgamiento de escritura pública Nulidad de acto jurídico

PROCEDE

COLEGIADO

3JFC

Velásquez-Delgado-Holgado

JMxI de urubamba

Velásquez-Delgado-Holgado

1JMx Santiago

Velásquez-Delgado-Holgado

1JMx Santiago

Velásquez-Delgado-Holgado

4JFC

Velásquez-Delgado-Holgado

2JMx Santiago

Velásquez-Delgado-Holgado

1JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

sentencia JMx Urubamba

Dirimencia Gutiérrez Merino

Roxana Bohórquez Abarca Secretaria de Sala

PROCEDENCIA

Álvarez-FarfánAndrade

Falsificación de documentos

Álvarez-FarfánAndrade

auto final

IMPUGNANTE

sentencia condenatoria y absolutoria continuación

Clemente Felix Valdivia Torres, 1 hora con 30 Jesus Manuel minutos Farfán Mendoza y Marcelina Luna Torres

lectura de sentencia

Velásquez-Delgado-Holgado

Juzgado Penal Colegiado de Cusco

representante del Ministerio Público, Marlene Luna Torres y Clemente Cuarto Juzgado Felix Valdivia Penal Unipersonal Torres, Jesus de Cusco Manuel Farfán Mendoza y Marcelina Luna Torres

Alejandro Espino Umpire

Velásquez-Delgado-Holgado

RESOL. IMPUG.

JUEZ SUPERIOR PONENTE

daños

2JCC

sentencia consulta sentencia consulta sentencia consulta sentencia consulta sentencia consulta sentencia consulta sentencia consulta

ACTO IMPUGNADO

David Ninantay Yañez

1JMx Santiago

Pablo Alca Apaza

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS MIÉRCOLES 04 DE ABRIL DE 2018

Juzgado Penal Colegiado de Cusco

Quinto Juzgado representante del Penal Unipersonal Ministerio Público, de Cusco Segundo Juzgado David Ninantay Penal Unipersonal Yañez de Cusco Andres Avelino Tercer Juzgado Chavez Alfaro y Penal Unipersonal representante del de Cusco Ministerio Público

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS JUEVES 05 DE ABRIL DE 2018

AGRAVIADO (a)

ACTO IMPUGNADO

Usurpación Agravada

Antonia Asto Granilla

sentencia absolutoria continuación

Menor de iniciales M.C.CH

Auto improcedente tutela de derechos

DELITO (s)

08:30

SEDE

96-2017-0

1 hora

Rolando Garcia Castelo y Glauco Renand Garcia Luna

09:30

SEDE

3055-2017-63

30 minutos

Fernando Torres Nina

Actos contra el pudor

10:00

SEDE

249-2015-0

30 minutos

Constantino Champi Lopez y Jose Mateo Tapia

Usurpación Agravada y otro

11:00

SEDE

2121-2015-0

1 hora

Daniel Abarca Soto

Difamación Injuriosa

11:30

SEDE

205-2015-67

30 minutos

Willian Condori Huacac

Tráfico Ilícito de Drogas

Estado peruano

Auto desaprueba beneficios colaboración eficaz

12:00

SEDE

337-2017-52

1 hora

Oscar Pacco Paucar

Lesiones Leves

David Wilson Chalco Pacco

lectura de sentencia

Mario Cutipa Flores y Domingo Cutipa Carhuarupay Hector Danilo Villavicencio Muñoz

VIERNES 6 DE ABRIL DE 2018

Guido Meza Rodriguez

Álvarez-FarfánAndrade

1 hora

Velásquez-Delgado-Holgado

Gregoria Alfaro Pando

Segunda Sala Penal Liquidadora

2815-2014-37

auto improce

PROCEDENCIA

Álvarez-FarfánAndrade

SEDE

auto final

IMPUGNANTE

Álvarez-FarfánAndrade

11:00

Velásquez-Delgado-Holgado

Melquiades Cuarto Juzgado Pompilla Amaut, Penal Unipersonal Mariela Giovanna de Cusco Pompilla Suni Domingo de La Segundo Juzgado Cruz Baca Penal Unipersonal Gutierrez, Yu de Cusco Zewen y Arturo

Lisberth Nancy Juzgado Penal Ricalde Zevallos y Supraprovincial de Nicanor Montalvo Cusco Sayhua

Álvarez-FarfánAndrade

Velásquez-Delgado-Holgado

00719-2017-0-1001-JR-FC-03

sentencia condenatoria continuación

JUEZ SUPERIOR PONENTE

Auto fundada prescripción de la acción penal

5JCC

08:20

ACTO IMPUGNADO apelacion de sentencia condenatoria continuación

Sociedad

Velásquez-Delgado-Holgado

Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco Juzgado Penal Unipersonal de Anta Juzgado Penal Colegiado de Cusco

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS MARTES 03 DE ABRIL DE 2018

Conducción en Estado de Ebriedad

auto improce

1

Álvarez-FarfánAndrade

River Rengifo Tenaoza

auto final 1JMX Wanchaq

DEMANDANTE

Álvarez-FarfánAndrade

30 minutos

Prueba anticipada

NÚMERO EXPEDIENTE

Diego Fernando Ttito Tinta

Ronaldo Béjar Arriaga

471-2015-40

Ejecución de acta de conciliación

HORA

Álvarez-FarfánAndrade

1 hora

SEDE

Javier Gonzales Pezua y otro

Tribunal Fiscal

Julio Delgado Santos

284-2015-74

10:30

Martha Cachi Yupanqui y otros

Corporación Grifera SAC

Álvarez-FarfánAndrade

SEDE

Dirimencia Pereira Alagón

Juan Leonidas cardenas Mercado

01661-2015-0-1001-JR-CI-03

Ronaldo Béjar Arriaga

09:00

Jaime Mena Guzmán

COLEGIADO

PROCEDE

Ingrid Stephani Espinoza Villaruel

14 15:00

Álvarez-FarfánAndrade

Eliseo Quispe Guzmán

30 minutos

sentencia 3JCC auto 1JCC improce auto 2JMx Wanchaq improce auto 4JFC improce

Obligación de dar suma auto final de dinero Nulidad de cosa sentencia juzgada fraudulenta Contencioso sentencia administrativo

Juzgado de Investigación Preparatoria de Quispicanchis

20 minutos

1255-2013-69

Velásquez-Delgado-Holgado

Sonia Garzon Salazar y otros

Eliseo Quispe Guzmán

81-2018-16

SEDE

Velásquez-Delgado-Holgado

Carlos Alberto Barberis Alosila y otros

Álvarez-FarfánAndrade

SEDE

10:00

2JCC

Carla Cecilia Barberis Chaparro

auto fundada desalojo preventivo y ministración provisional

08:40

auto fundada Mario Rocca Misme y Josefina improcedencia de acción Sinchi Estrada

Dirimencia Gutiérrez Merino

2JMx Santiago

C.A.C. Santo Domingo de Guzman del Cusco Ltda. N° 001-A-VII

Juzgado de Investigación Preparatoria de Anta

20 minutos

Velásquez-Delgado-Holgado

auto improce

01625-2017-0-1001-JR-CI-05

Álvarez-FarfánAndrade

263-2016-40

2JMx santiago

auto final

00587-2009-0-1001-JM-CI-02

PROCEDENCIA

Mario Rocca Misme y Josefina Sinchi Estrada y Representante del Ministerio Público

Velásquez-Delgado-Holgado

Proceso de amparo

12 09:15

IMPUGNANTE

JMx Anta

Juez Bony E. Gamarra Flores

13 12:30

COLEGIADO

SEDE

JUEVES 5 DE ABRIL DE 2018 HORA

ACTO IMPUGNADO

08:20

COLEGIADO

Dirimencia Pereira Alagón

AGRAVIADO (a)

Giovanna Aquino Roca, David Accostupa Huaman y Carmen Rosa Huisñay

MIERCOLES 4 DE ABRIL DE 2018 HORA

DELITO (s)

14:30

SEDE

1491-2011-91

1 hora

HORA

LUGAR

N° CAUSA

TIEMPO DE DURACION

09:30

SEDE

JUEZ SUPERIOR PONENTE

IMPUGNANTE

PROCEDENCIA

Dra. Andrade

Antonia Asto Granilla y representante del Ministerio Público

Juzgado Penal Unipersonal de Calca

Fernando Torres Nina

Sexto Juzgado de investigación preparatoria de Cusco

Constantino Champi Lopez y Jose Mateo Tapia

Juzgado Penal Unipersonal de Quispicanchi

Sentencia condenatoria continuación

Dra. Andrade

lectura de sentencia

Dr. Caceres

Mauro Orlando Olivera Enriquez, Ronmel Peralta apelación de Villalba, Angel Colusión y sentencia Atilio Caipani Malversación de Estado Peruano condenatoria y Gutierrez, Jorge Fondos absolutoria Miguel Zegarra continuación Balcazar, Ljuis Arturo Garcia Flores

Dra. Farfán

Dra. Farfán

Segundo Juzgado Daniel Abarca Soto Penal Unipersonal de Cusco Juzgado de Representante del investigación Ministerio Público preparatoria de Quispicanchi Quinto Juzgado Oscar Pacco Penal Unipersonal Paucar de Cusco

Mauro Orlando Olivera Enriquez, Ronmel Peralta Villalba, Quinto Juzgado Penal Unipersonal Procurador Cusco Público Anticorrupción y representante del Ministerio Público

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS VIERNES 06 DE ABRIL DE 2018

IMPUTADO (a)

DELITO (s)

AGRAVIADO (a)

ACTO IMPUGNADO

RAZON DE CAUSAS PRIMER TRIMESTRE

Pedro Álvarez Dueñas Presidente Segunda Sala Penal de Apelaciones

JUEZ SUPERIOR PONENTE

IMPUGNANTE

PROCEDENCIA Segunda Sala Penal Liquidadora de Cusco

Miguel Ángel Pérez Soria Especialista Judicial Segunda Sala Penal de Apelaciones

Viernes, 6 de abril del 2018

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

La República

19

20

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

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