Tribunal Ambiental

20 ene. 2017 - electrónico a. través del Secretario Abogado .de este Tribunal. II. Resolviendo escrito presentado por
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Tribunal Ambiental

OFICIO. N° 008-2017 / TERCER IS.,1C1.,.m.u.

2 ". FEB. 2017

ANT.: Oficio N° 20-2017 Tercer Tribunal Ambiental MATERIA: Remite exhorto diligenciado

Santiago, 20 de febrero de 2017

Adjunto y remito, Exhorto Rol E N° 21-2017, recaído en causa Rol N° D 17-2016 caratulada "Ilustre Municipalidad de Ancud con Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante y otros", de vuestro Tribunal, debidamente diligenciado.

Saluda atentamente a usted,

AL JA DRO RUIZ FABR MiNISTRO PRESIDENTE (S)

AL SEÑOR MINISTRO PRESIDENTE (S) TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL MICHAEL HANTKE DOMAS General Lagos N°837 Valdivia

www.tribunalambiental.cl • 56 2 23936900 • Morandé 360, Piso 8 • Santiago - Chile

UNO 1

43:2314z.

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7 ja293, doscientos noven a y tres/ EN LO PRINCIPAL: Acompaña lista de testigos; PRIMER OTROSÍ: Acredita las calidades de los- testigos expertos que indica, acompañando documentos con citación; SEGUNDO OTROSÍ: Citación judicial; TERCER OTROSÍ: Solicitud que indica; CUARTO OTROSÍ: Solicitud que indica.

ILUSTRE TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL

NATALIO VODANOVIC SCHNAKE, Abogado Procurador Fiscal, por los demandados, en los autos sobre acción por daño ambiental caratulados "ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ANCUD con DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y MARINA MERCANTE Y SERNAPESCA", Rol N° D17-2016, a US.I., digo: •

Que por el presente acto y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley N° 20.600, vengo en presentar la nómina de testigos que declararán en la presente etapa, conforme a la interlocutoria de prueba dictada con fecha 20 de enero de 2017, que fija como hechos sustanciales pertinentes y controvertidos los que siguen, encuadrados en tres puntos de prueba: "1. Efectividad de que producto de los actos dictados por los demandados, se han afectado componentes ambientales, particularmente las aguas marinas y sus ecosistemas, en las costas adyacentes a la comuna de Ancud. 2. Efectividad de que producto de las autorizaciones de los demandados, se



han afectado los servicios ecosistémicos que provee la costa adyacente de la comuna de Ancud. 3. Efectividad de la época o período desde el cual se produjo la manifestación evidente del daño ambiental demandado". Respecto de dichos puntos de prueba, cabe tener presente que mientras no se falle la apelación subsidiaria interpuesta por mi parte, de la resolución de fecha 30 de enero de 2017, rolante a fojas 284 de autos, se desprende: a. Que el punto N° 1 comprende tanto la efectividad de la disminución, detrimento o menoscabo atribuida, así como la eventual imputabilidad de éste a mis representadas. b. Que el punto N° 2 comprendería la relación de causalidad entre imputada y la supuesta disminución, detrimento

enoscabg,

acción

oja 29L) doscientos noventa y cuatr

c. Por su parte el considerando N° 3 estaría dotado de una dimensión temporal, pero también fenoménica, pues se refiere tanto un periodo de tiempo como a la manifestación -material- de la supuesta disminución, detrimento o menoscabo. Ahora bien, respecto de los hechos fijados en la resolución transcrita declararán los siguientes testigos: 1.

El Sr. Daniel Varela Zapata, profesor en Ciencias Naturales y

Biología, doctor en Ciencias, cédula de identidad N° 9.389.032-9, domiciliado en Pasaje Los Ñirres 5014, Valle Volcanes, Puerto Montt. El Sr. Varela, declarara en su calidad de testigo experto respecto del punto 1. 2.

El Sr. Fabián Tapia Jorquera, biólogo marino y magíster en Ciencias,

cédula de identidad N° 11.697.553-k, domiciliado en obispo Manuel Alday 86, pasaje 1, Lonco Alto, Chiguayante, Región del Biobío. El Sr. Tapia, declarara en su calidad de testigo experto respecto del punto 2. 3.

La Sra. Laura Fallas Ferreyra, oceanógrafa, Cédula de identidad N°

14.435.448-6, domiciliada en calle Pedro de Valdivia 159 depto. 1906, Concepción. La Sra. Farías declarara extraordinariamente como testigo experto respecto del punto 2, en el evento de que SS.I. de lugar a la solicitud del tercer otrosí de esta presentación. 4.

El Sr. Félix Leonardo Guzmán Méndez, profesor de Ciencias

Naturales y Biología, biólogo marino, cédula de identidad N° 5.150.951-K, domiciliado en Balmaceda N° 252, Puerto Montt. El Sr. Guzmán declarara como testigo experto respecto del punto 3. 5.

La Sra. Alicia Gallardo Lagno, médico veterinario, cédula de

identidad N° 8.547.152-K, domiciliada en calle Victoria N° 2832, Valparaíso, Subdirectora Nacional de Acuicultura de SERNAPESCA. La Sra. Gallardo declarara como testigo común respecto del punto 1. 6.

El Sr. Rodrigo Andrés Zambrano Irribarra, capitán de corbeta de la

Armada de Chile, Cédula de identidad N° 14.322.882-7, domiciliado en calle Errázuriz N° 537, Valparaíso, Jefe de la División de Medio Ambiente, de la Dirección de Intereses Marítimos y Medio Ambiente Acuático, de DIRECTEMAR. El señor Zambrano declarara como testigo común respecto del punto N° 1. 7.

El Sr. Enrique Vargas Guerra, Capitán de Fragata LT de la Armada

de Chile, Cédula de identidad N° 14.244.000-8, domiciliado en calle Errázuriz Medio

N° 537, Valparaíso, Jefe del Departamento d

rvp ‘.• Ambiente Acuático, de la Dirección de Interese Allarítiftíosy-Máe

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Fá 1 ORIGINAL

TRES 3

Foja 295 doscientos noventa y cinco

Acuático, de la División de Medio Ambiente, de la Dirección de Intereses Marítimos y Medio Ambiente Acuático, de DIRECTEMAR. El Sr. Vargas declarara como testigo común respecto del punto N° 2. 8.

El Sr. Sergio Valenzuela González, capitán de fragata LT de la

Armada de Chile, cédula de identidad N° 10.740.133-4, domiciliado en Errázuriz N° 537, Valparaíso, Jefe Departamento Pesca, Acuicultura y Recursos Marino, de la Dirección de Intereses Marítimos y Medio Ambiente Acuático, de la División de Medio Ambiente, de la Dirección de Intereses Marítimos y Medio Ambiente Acuático, de DIRECTEMAR. El Sr. Valenzuela declarara como testigo común respecto del punto N° 2. 9.

La Sra. Marcela Alejandra Lara Fica, médico veterinario, cédula de

identidad N°13.454.124-5, domiciliada en calle Victoria N° 2832, Valparaíso, funcionaria de la Subdirección Nacional de Acuicultura de SERNAPESCA. La Sra. Lara declarara como testigo común respecto del punto 3. 10.

El Sr. Osvaldo Fernando Sandoval del Valle, médico veterinario,

cédula de. identidad N° 13.737.794-2, domiciliado en calle Talca N° 60, 5° piso, Puerto Montt, funcionario de la Dirección Regional de Los Lagos de SERNAPESCA. El Sr. Sandoval declarara como testigo común respecto del punto 3. Por Tanto, según lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley de Tribunales Ambientales, Ruego a US.I., se sirva tener por presentada la lista de los testigos que expondrán por las demandadas de autos, PRIMER OTROSÍ: Vengo en formular la reseña de las razones y circunstancias que acreditan la idoneidad de los testigos expertos indicado en lo principal de esta presentación, junto con acompañar los documentos que acreditan tales circunstancias, con citación. En tal sentido hacemos presente que: 1. Don Daniel Varela Zapata es profesor de Biología y Ciencias Naturales de la Universidad Católica de Chile, licenciado en Ciencias Biológicas de la Universidad Católica de Chile y doctorado en Ciencias, con mención en Ecología y Biología Evolutiva, Universidad de Chile. Actualmente trabaja como académico de la Universidad de Los Lagos y formó parte de la "Comisión Marea Roja", el grupo de científicos pertenecientes a la Academia de Ciencias de Chile, que fueron mandatados para estudiar el vertimiento de desechos de pescado que es el objeto de la demanda de autos y el fenómeno de la Marea Roja del periodo estival 2015-2016. En este contexto ,,ev'7Sr. .,7 arela aportó

sustancialmente a dicha investigación con sus orwu-~

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CUATRO 4 'oja 296) doscientos noventa y seis materia de Florecimientos Algales Nocivos o FAN. Para acreditar su calidad de experto se acompañan con citación los siguientes documentos: •

Curriculum Vitae.



Copia simple del título de profesor de Ciencias Naturales y Biología de la Universidad Católica de Chile.



Copia simple del título de licenciado en Ciencias Biológicas de la Universidad Católica de Chile.



Copia simple de su título de doctorado en Ciencias, Mención Ecología y Biología Evolutiva de la Universidad de Chile.

2. Don Fabián Tapia Jorquera es biólogo marino y magíster en Ciencias con mención en Oceanografía, ambos títulos de la Universidad de Concepción y actualmente es académico de dicha Universidad y formó parte de la "Comisión Marea Roja". En este contexto, dicho académico aporto a la investigación de dicho grupo académico lo relativo al comportamiento de las corrientes marinas en la zona del vertimiento. Para acreditar su calidad de experto se acompañan con citación los siguientes documentos: •

Curriculum Vitae.



Copia simple del título de licenciado en biología marina de la Universidad de Concepción.



Copia simple del título de biólogo marino de la Universidad de Concepción.



Copia simple de su título de magister en Ciencias con mención en Oceanografía de la Universidad de Concepción.

3. Doña Laura Farías Ferreyra es licenciada en Oceanografía, así como magíster y doctor en Oceanografía y actualmente es académica de la Universidad de Concepción y formó parte de la "Comisión Marea Roja", contexto donde aportó sus conocimientos de bioquímica, que permitieron una mejor comprensión del comportamiento del amonio o NH4, uno de los derivados de la descomposición del pescado, en dichas circunstancias. Para acreditar su calidad de experta se acompañan con citación los siguientes documentos: •

Curriculum Vitae.



Copia simple del título magister con mención en Oceanografía de la Universidad de Concepción.



Copia simple de su título de doctora en Oceanografía de la Universidad de Concepción.

4. Don Félix Leonardo Guzmán Méndez es profesor, de7gía y Ciencias Naturales y biólogo marino, es un académico de dilatada trayectoria • ue se ha especializado en el estudio de los Florecimiento Máléb ,

1-

Sr.

Guzmán se desempeña actualmente como Inves gador. Principaleek

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CINCO 5

doscientos nove

(Foja 299 y siete

de Fomento Pesquero desde el año 2003 a la fecha, y es autor de una serie de investigaciones y publicaciones en dicha materia. Por su parte, ha tenido conocimiento directo de los hechos por encontrarse en la zona afectada y tratarse precisamente de un tema de especial relevancia para sus investigaciones institucionales. Para acreditar su calidad de experto se acompañan con citación los siguientes documentos: •

Curriculum Vitae.



Copia simple del título de profesor de Ciencias y Biología de la Universidad de Chile.



Copia simple del título de biólogo marino de la Universidad de Chile.



Copia simple de su título de doctor en Ciencias con mención en Zoología, de la Universidad de Concepción. Por Tanto, Ruego a US.I., se sirva tener por formulada la reseña respectiva y por

acompañados los documentos que acreditan, la calidad académica y científica de los testigos expertos que integran la presentación de lo principal de este escrito, y que se individualizan, con citación. SEGUNDO OTROSÍ: Vengo en solicitar a US.I., que en consideración a lo señalado en los artículos 380 y 56, ambos del Código de Procedimiento Civil en relación con el artículo 47 de la Ley N° 20.600, se sirva ordenar la citación judicial de los testigos expertos y comunes ofrecidos por esta parte. En el caso de que deba exhortarse a tribunales de otras jurisdicciones para dichos efectos, corresponderá a las Procuradurías Fiscales del Consejo de Defensa del Estado, de la jurisdicción respectiva, su tramitación para efectos de las notificaciones que procedan. TERCER OTROSÍ: Vengo en solicitar a US.I., se sirva aceptar como segundo testigo experto para el punto 2, a la Sra. Laura Farías Ferreyra, ya individualizada, en virtud de las siguientes y calificadas razones: a. La Sra. Farías, integro la "Comisión Marea Roja", mandatada para estudiar el vertimiento de desechos de salmón y el florecimiento algal nocivo, fenómeno conocido como "Marea Roja". b. En relación a lo anterior, además de su experticia en oceanografía, la Sra. Farías aporto al trabajo de dicho grupo de científicos con sus conocimientos especializados en bioquímica marina, que es uno de los aspectos específicos del fenómeno en estudio.

11A

c. En este sentido, su declaración constituiría un ótpléménto e

uecedor de

la exposición del testigo Sr. Fabian Tapia, p rmitiéndo enténddor como

SEIS 6 Foja 298 doscientos nove ta y ocho

operó la dinámica de corrientes y del comportamiento del amonio (NH4), uno de los de los derivados químicos de la descomposición de los residuos de pescado vertidos. d. Por otro lado, la extensión de los elementos que comprende el punto de prueba respecto del cual se solicita esta declaración adicional, hacen pertinente y necesaria su incorporación. En conclusión, la declaración de la Sra. Farías aportaría mayores y seguros datos de convicción a US.1., permitiéndole tener un panorama preciso de temas científicamente complejos. Por Tanto, Ruego a US.I., que conforme a lo dispuesto por el artículo 40 inciso 2°, se sirva tener por formulada la petición de que comparezca como segundo testigo experto doña Laura Farías Ferreyra, por las muy calificadas razones que se han expuesto. CUARTO OTROSÍ: Que, en atención de que existen testigos de los demandados, específicamente el Sr. Tapia y la Sra. Farías, ya individualizados en lo principal de esta presentación, qué se encuentran domiciliados en la Región del Biobío, vengo en solicitar se autorice su declaración por video conferencia o el uso de otro mecanismo tecnológico que permíta percibir su testimonio en tiempo real. Para estos efectos, se propone como lugar para la realización de la videoconferencia, las dependencias de la Contraloría Regional del Biobío, ubicadas en calle O'Higgins Poniente N°74, Concepción, lugar que cumple con las condiciones técnicas de comunicabilidad.

SIETE 7 REPÚBLICA DE CHILE TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL

(Foja 36 trescientos sese ta y sei

En Valdivia, nueve de febrero de dos mil diecisiete.

I.

Resolviendo escrito presentado por la Demandada con fecha 08 de febrero del presente, a fs. 300 y siguientes: A LO PRINCIPAL: Por cumplido lo ordenado. Estese a lo que se resolverá. Advirtiendo que se han adjuntado documentos referentes a otorgamiento del grado de Doctor del Sr. Fabián F. Tapia de septiembre 21, 2005 y Diploma en que se confiere reconocimiento a Leonardo Guzmán Méndez por cumplir requisitos del seminario "Liderazgo en las organizaciones exitosas", los que no se han indicado en el escrito; individualícense y acompáñese debidamente, bajo apercibimiento de tenerlos por no presentados; AL OTROSÍ: Téngase presente y por acompañado el documento.

II. Resolviendo escrito presentado por la Demandada con fecha 03 de febrero del presente, a fs. 293 y siguientes: A LO PRINCIPAL: Téngase por presentada la lista de testigos; AL PRIMER OTROSÍ: Téngase por cumplido lo que indica. Por acompañados los documentos individualizados con citación; AL SEGUNDO OTROSÍ: Como se pide, cítese a los testigos en la forma solicitada. Facúltese la tramitación de exhorto a efectos de las notificaciones pertinentes, a la Procuraduría Fiscal del Consejo de Defensa del Estado de la jurisdicción respectiva; AL TERCER OTROSÍ: Que en atención a los aspectos a probar dentro del punto de prueba N°2, como asimismo, la experiencia y actividades realizadas por la testigo propuesta por la Demandada; como se pide, y de acuerdo a lo previsto en el inciso 1° del art. 40 Ley N°20.600, incorpórese la declaración de la testigo experto Sra. Laura Farías Ferreyra al punto de prueba N°2 de la resolución de fs. 279; AL CUARTO OTROSÍ: Acójase parcialmente lo pedido, autorizando la declaración de los testigos Sr. Tapia y Sra. Farías por el medio solicitado. En cuanto a la propuesta de la Demandada referente a1 .lugar de realización de las declaraciones solicitadas, téngase por rech ta‘"' ración de los icilio de testigos individualizados, se efectuará en el lug comuna

ORIGI

OCHO 8 REPÚBLICA DE CHILE TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL

9) trescientos sese (a t Foja 367 y siet

estos, el cual se determinará por el Tribunal a través de resolución complementaria. Rol N° D 17-2016.

Proveyeron los Ministros Titulares, Señor Michael Hantke Domas, Señor Roberto Pastén Carrasco y el Ministro de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valdivia Señor Mario Julio Kompatzki Contreras.

Autoriza el Secretario Abogado del Tribunal, señor Fe'

guirre.

En Valdivia, a nueve de febrero de dos mil diecisiete, notiág por el Estado Diario la resolución procedente.

NUEVE 9

CD-

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO

Foja 36) trescientos sesenta y ocho EN LO PRINCIPAL: Exhorto para notificación de testigos. OTROSÍ: Providencia urgente.

ILUSTRE TRIBUNAL AMBIENTAL (3°)

10t

2C11 0% tAn,

Claudia Soto Navarro, Abogado Procurador Fiscal (S) de Valdivia, en

representación de los demandados, en proceso por daño ambiental Rol Nº D-17-2016, caratulado "I. MUNICIPALIDAD DE ANCUD CON SERNAPESCA y DIRECTEMAR", al Ilustre Tercer Tribunal Ambiental, respetuosamente digo: De acuerdo a lo resuelto por VS.I., a fojas 366, en el sentido de autorizar la forma de notificación que indica, solicito exhortar al Segundo Tribunal Ambiental de Santiago, con el objeto de que se proceda a la citación judicial a la audiencia de fecha 23 de febrero del presente, a los siguientes testigos, ofrecidos por mi parte: 1.- Doña Alicia Gallardo Lagno, domiciliada en calle Victoria N°2832, Valparaíso. 2.- Doña Marcela Alejandra Lara Fica, domiciliada en calle Victoria N° 2832, Valparaíso. 3.- Don Rodrigo Zambrano Irribarra, domiciliado en calle Errázuriz N° 537, Valparaíso. 4.- Don Enrique Vargas Guerra, domiciliado en calle Errázuriz N° 537, Valparaíso. 5.- Don Sergio Valenzuela González, domiciliado en calle Errázuriz N° 537, •

Valparaíso. POR TANTO,

PIDO A US. ILUSTRE, Se sirva tenerlo presente. OTROSÍ: En atención a que la audiencia se realizará en fecha próxima, solicito a VS.I.,

dictar providencia urgente a lo solicitado en lo principal.

Procuraduría Fiscal de Valdivia

1

DIEZ 10 oja 37 trescientotsetent1

REPÚBLICA DE CHILE TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL

En Valdivia, diez: de febrero de dos mil diecisiete. I. Resolviendo escrito presentado por la Demandada con fecha .10 de febrero del presente, a fs. 368: A LO PRINCIPAL y AL OTROSÍ: Como se pide, exhórtese al Segundo Tribunal Ambiental. Dispóngase la remisión de las fs. 293 a 298, 366 a 368, como la presente resolución de autos, con el objeto de procederse a la citación judicial de los testigos requeridos. En consideración a la fecha de la audiencia, remítanse las piezas del exhorto solicitado por medio de oficio y mediante correo electrónico a. través del Secretario Abogado .de este Tribunal. II. Resolviendo escrito presentado por la Demandada con fecha 10 de febrero del presente, a fs. 369: Téngase. presente. Rol N° D 17-2016.

Proveyó el Ministro Titular, Señor Michael Haritke Domas.

Autoriza el Secretario Abogado del Tribuna ,Ileri"Or F

En Valdivia, a diez de febrero de dos mil diecisiete, notifiqué por el Estado Diario la resolución procedente. ( .1 .

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DE

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ONCE 11

REPÚBLICA DE CHILE TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL

OFICIO N°:

20/2017

MATERIA:

Remite exhorto en demanda D 17-2016

u TRIBUNAL /3,111317 L

13 FEB 2017 AGO

Valdivia, 10 de febrero de 2017.

Señor Ministro: En causa Rol Nº. D-17-2016, sobre Demanda deducida ante este Tribunal, caratulada "Ilustre Municipalidad de Ancud con Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante y otros", por resolución de fecha 10 de febrero de 2017, se ha ordenado exhortar a vuestro Ilustre Tribunal, con el objeto de practicar la citación judicial en el domicilio de los testigos requeridos en esta causa, ubicados en la ciudad de Valparaíso. El presente exhorto contiene fotocopias del expediente, debidamente autorizadas por el Secretario del Tribunal, adjuntando copias para su resolución, diligenciamiento y posterior devolución. Reciba el testimonio de mi más alta consideración.

AEL HA ► KE DOMAS ISTRO RESIDENTE (S) CER TRI UNAL AMBIE AL

AL SEÑOR MINISTRO PRESIDENTE SEGUNDO TRIBUNAL AMBIENTAL RAFAEL ASENJO ZEGERS SANTIAGO

MHD/erh Incl.: Lo que indica Distribución: — Destinatario — Archivo TTA General Lagos N° 837, Valdivia Teléfono +56 63 2242300 [email protected] www.tercertribunalambiental.c1

www.3ta.cl

DOCE 12

REPÚBLICA DE CHILE SEGUNDO TRIBUNAL AMBIENTAL Santiago, trece de febrero de dos mil diecisiete. A fojas 11: Cúmplase y diligenciado, devuélvase al Tribunal de origen. Notifíquese por el estado diario. Rol E N° 21-2017

fIV



Pronunciado por el Ministro Presidente Sr. Rafael Asenjo Zegers, de oriformidad dispuesto en los artículos 70 inciso 2 del Código Orgánico de Tribunalesk 4168 del Códi e dé\ T7771Y‘r Procedimiento Civil.

En Santiago, a trece de febrero de dos mil diecisiete, autoriza Rubén Saavedra Fernández, notificando por el estado diario la resolución preces

Tri e ,; 1.1.41

CD=

TRECE 13

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO

"Ilustre Municipalidad de Ancud con Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante y SERNAPESCA" Rol D-17-2016 3° Tribunal Ambiental Rol E-21-2017 2°Tribunal Ambiental Valparaíso, quince de febrero de dos mil diecisiete.Siendo las diecisiete horas y cinco minutos, en el domicilio de Avenida Errázuriz N° 537, de esta ciudad, procedí a notificar, por cédula, a los funcionarios de DIRECTEMAR, señores RODRIGO ZAMBRANO IRRIBARRA, ENRIQUE VARGAS GUERRA y SERGIO VALENZUELA GONZÁLEZ, resolución de fojas 287, que fija audiencia de conciliación, prueba y alegaciones, el día jueves 23 de febrero de 2017, a las diez horas, ante el Tribunal exhortante indicado; •

presentaciones de fajas 293 y siguientes y 368 en que se les nombra testigos y se pide su citación, vía exhorto, a la señalada audiencia y sus correspondientes resoluciones, de fojas 366 y 370. Copia íntegra de lo indicado; dejé a cada uno de ellos con el Cabo de Guardia, señor Miguel Moscoso, quien se excusó de firmar.

Posteriormente, siendo las diecisiete horas y cincuenta minutos, en el domicilio de calle Victoria N° 2832, Valparaíso, procedí a notificar, por cédula, a las funcionarias de SERNAPESCA, doña ALICIA GALLARDO LAGNO y doña MARCELA ALEJANDRA LARA PICA, resolución de fojas 287, que fija a audiencia de conciliación, prueba y alegaciones, el día jueves 23 de febrero de 2017, a las diez horas, ante el Tribunal exhortante indicado; presentaciones de fojas 293 y siguientes y 368 en que se les nombra testigos y se pide su citación, vía exhorto, a la señalada •

audiencia y sus correspondientes resoluciones de fojas 366 y 370. Copia íntegra de lo indicado, dejé a cada una de ellas con Encargada de Oficina de Partes, señora Ana María Avilés, quien se excusó de firmar.

NICA ROD eptora Contejo de Defen

CATORCE 14'

CONSEJO DE DEFEN A

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REF.: CONFIERE CALIDAD DE RECEPTOR JUDICIAL A FUNCIONARIA QUE INDICA. RES. EX. N0 . SANTIAGO,

6O1

2 7 JUN 2003

VISTOS: 1.- Las necesidades del Servicio de contar con una funcionaria que cumpla la función de Receptor Judicial en la Procuraduría Fiscal de Valparaíso. 2.- La Resolución Nº 66, de fecha 5 de mayo de 2003, que nombró a doña Mónica Elena Rodríguez Rodríguez, en el cargo de Administrativo de Planta grado 23D de la E.U.S., en Valparaíso CONTRALORIA GENERAL TOMA DE RAZON

• 3.- Lo dispuesto en el art. 18 Nº 4 y el artículo 44 inciso primero del D.F.L. Nº 1, de 1993, del Ministerio de Hacienda, Ley Orgánica del Consejo de Defensa del Estado.

RECEPCION

4.- La Resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, dicto la siguiente:

DEPART. JURIDICO

RESOLUCION:

DEP. T. R. Y REGISTRO

1.- CONFIERESE la calidad de Receptor Judicial permanente a.,-contar del 1 de Julio de 2003, para que practique las actuaciones inherentes a esa función en los procesos y asuntos relativos a la defensa judicial de los intereses del Estado, que se tramiten en el territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Valparaíso.; a doña MONICA ELENA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, R.U.T.: 4.929.573-1, Administrativo de Planta, grado 23º de la E.U.S., en. Valparaíso.

DEPART. CONTABILI. SUB. DEP, C. CENTRAL SUB. DEP. E. CUENTAS .



SUB. DEP, C. P. Y BIENES NAC.

2.- La persona nombrada tendrá derecho al pago de asignación especial establecida en el Decreto Supremo de Hacienda Nº 10.559, de 1960, correspondiente a la Segunda Categoría.

DEPART. . AUDITORIA DEPART. V.O.P., U. y T.

3.- Póngase esta Resolución en conocimiento de la 1. Corte de Apelaciones de Valparaíso, para los fines pertinentes.

SUB, DEP. MUNICIP.

Anótese y comuníquese. REFRENDACION REF. POR $ IMPUTAC. ANOT. POR $ IMPUTAC.

CLARA ONQRAIW . RAN5KI CERDA:) PRESIDENTE CONSEJO DE-DEFEI~L-ESTÁDO

„,

DEDUC. DTO, •

Lo

quo transcribo a Ud. para su conocimiento

Certifico que es copla de los documentos • que he tenido a la vista 231G , r ) ¿ Santiago, KENY M OCAMPO SECRETAR M ABOGADO MIRA1\ r..3b ,

QUINCE 15

CD-

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO

120 culotbaQ cvunlicko ae ale

CERTIFICADO

Certifico para los efectos de lo dispuesto en el artículo 28 del DFL N° 1, •

de Hacienda, publicado en el Diario Oficial de fecha 7 de agosto de 1993, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica del Consejo de Defensa del Estado, que según el orden de Escalafón vigente a esta fecha de este Consejo de Defensa del Estado, confeccionado en conformidad con lo dispuesto en el artículo 46° de la Ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo, corresponde al directivo Grado 4° de la E.U.R., abogado don MARCELO EDUARDO CHANDIA PEÑA, que subrogue a la Abogado Procurador Fiscal de Santiago, en ausencia o en impedimento de éste.



Santiago, 1 1 FEB. 2.01/,

KENY MIRAN SECRETA CONSEJO DE D EFENSA DEL ESTADO

Procuraduría Fiscal de Santiago

Agustinas 1687, Santiago.

INGRESADO POR BUZÓN

17 FEB 2017 TRIBUNAL AMBIENTAL DE SANTIAGO

SEGUNI)0 TRIBUNAL AMBIENTAL

2 0 FEB 2017

CD-

SANTIAGO

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO

120 añem rArrokin

elle

OJSMIMARG RI: 2017 - 1250

1 EN LO PRINCIPAL: Acompaña actuación de ministro de fe.- PRIMER OTROSÍ: 2

Providencia urgente. SEGUNDO OTROSÍ: Personería.

3 4

Ilustre Tribunal Ambiental (2°)

5 6 7 8

MARCELO CHANDIA PEÑA, Abogado Procurador Fiscal (S)

9

de Santiago, del Consejo de Defensa del Estado, con domicilio en calle Agustinas

10

1687, Santiago, por los demandados, en autos por exhorto caratulados "I.

11 MUNICIPALIDAD DE ANCUD CON SERNAPESCA y DIRECTEMAR", Rol E-2112

2017 a SS., Ilustre con respeto digo:

13 14

Con el objeto sea agregado al exhorto de autos, y se tenga por diligenciado

15

éste, acompaño certificación de la actuación del ministro de fe del Consejo de

16

Defensa del Estado, doña Mónica Rodríguez Rodríguez, que da cuenta de la

17

notificación de cinco testigos de los demandados en la ciudad de Valparaíso, a

18 saber: doña Alicia Gallardo Lagno, don Rodrigo Zambrano lrribarra, don Enrique



19

Vargas Guerra, don Sergio Valenzuela González, y doña Marcela Alejandra Lara

20

Fica.

21 22

Así mismo, acompaño copia simple de la Resolución Exenta N° 601/2003,

23

de fecha 27 de junio de 2003, del Consejo de Defensa del Estado, que confiere la

24

calidad receptora judicial a la ministro de fe a doña Mónica Rodríguez Rodríguez.

25 26

POR TANTO,

27 28

Procuraduría Fiscal de Santiago

Agustinas, 1687. Santiago 1

DIECISIETE 17

CD-

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO

120ado,1 ce/Congelo al, 73A4

1 Ruego a SS., Ilustre, tener por acompañados dichos documentos y por 2

diligenciado el exhorto.

3 4

PRIMER OTROSÍ: Ruego a SS., Ilustre, que atendido que la audiencia de

5

conciliación y prueba decretada en la causa Rol D-17-2016, se verificará con

6

fecha 23 de febrero próximo, se provea en forma urgente esta presentación, y

7

tendiendo por diligenciado el exhorto, se ordene su despacho por el medio más

8

expedito al Tribunal de origen

9 lo

SEGUNDO OTROSÍ: Sírvase SS. Ilustre, tener presente que mi personería para actuar en representación del Fisco de Chile, como Abogado Procurador Fiscal

12

Subrogante de Santiago, consta en el certificado otorgado por el Secretario

13

Abogado del Consejo de Defensa del Estado, que en este acto acompaño..

Procuraduría Fiscal de Santiago

Agustinas, 1687. Santiago 2

DIECIOCHO 18

REPÚBLICA DE CHILE SEGUNDO TRIBUNAL AMBIENTAL

Santiago, veinte de febrero de dos mil diecisiete. A fojas 16: A lo principal: Téngase por acompañados; al primer otrosí: estese a lo resuelto; al segundo otrosí: téngase presente. En consideración a lo resuelto, téngase por diligenciado el exhorto y devuélvase a su Tribunal de origen. Notifíquese por el estado diario y por correo electrónico a todas las partes que lo hayan solicitado. Rol E N° 21-2017

Pronunciado por el Ministro Sr. Alejandro Ruiz Fabres, de conformidad con jó,dispu_asto en los artículos 70 inciso 2 del Código Orgánico de Tribunales y 168 del Co Civil. ' 64 ^

teaAvii igi. ---w....12_411erk --4-i-En Santiago, veinte de febrero de dos mil diecisiete, autoriza el Sec ..ildwitZgaliMwa , A • Rubén Saavedra Fernández, notificando por el estado diario la resoluci 'Oprecedente. ‘ ' ,