términos de servicio

Trenton, NJ 08625. FUERZA MAYOR: NAP HARÁ TODOS LOS ESFUERZOS QUE SEAN. COMERCIALMENTE RAZONABLES PARA PROPORCIONAR EL .
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TÉRMINOS DE SERVICIO ESTE ACUERDO DE SERVICIO ESTÁNDAR, junto con la Carta de bienvenida del Cliente y todos los Avisos de renovación (si corresponden) (en su conjunto, el “Acuerdo”), constituye el acuerdo total entre el cliente y North American Power and Gas, LLC (“NAP”) y sustituye a todas las declaraciones orales o escritas hechas en relación con el Acuerdo o el suministro de electricidad. Este Acuerdo autorizará a North American Power a actuar como el proveedor de electricidad minorista del Cliente que suscribe en los territorios de la Empresa de distribución eléctrica (“EDC”) en los que NAPG tenga licencia, y según se especifique en la Carta de bienvenida. Los servicios prestados por NAP al Cliente están regidos por los términos de este Acuerdo. SERVICIO: NAP suministrará toda la electricidad que el Cliente necesite para su hogar o empresa (“Servicio de suministro eléctrico”). NAP es un proveedor minorista de electricidad y no está afiliada a la EDC del Cliente. La EDC seguirá entregando electricidad al hogar o empresa del Cliente (“Servicio de distribución”), leer el medidor del Cliente, facturar al Cliente y efectuar reparaciones. La EDC también responderá en caso de emergencia y seguirá siendo el punto de contacto del Cliente en caso de corte de energía. TASAS: NAP ofrece tasas fijas y variables por la electricidad. El Servicio de suministro eléctrico del Cliente con NAP tendrá un precio fijo o un precio variable, que fluctúa cada mes según se detalla en la Carta de bienvenida o los Avisos de renovación del Cliente. PRECIO FIJO: Durante el período de precio fijo, la tasa del Cliente permanecerá invariable según la tasa fijada en la Carta de bienvenida o los Avisos de renovación del Cliente. La Carta de bienvenida del Cliente establece el período durante el cual el Cliente recibirá un precio fijo. Después del vencimiento del plazo de precio fijo, la cuenta del Cliente pasará automáticamente a un período de precio mensual variable. Si el Cliente tiene un precio fijo y cancela el acuerdo durante un período de precio fijo, se aplicarán Comisiones por cancelación anticipada de acuerdo con las disposiciones de la sección “Cancelación” más adelante. PRECIO VARIABLE: Durante un período mensual de precio variable, la tasa del Cliente fluctuará cada mes, según el precio de mercado de la electricidad, y consistirá en la suma de un cargo variable de energía más el cargo de servicio minorista y los impuestos aplicables. La tasa podrá aumentar o disminuir para reflejar los cambios en los precios del mercado mayorista de energía; y siempre estará sujeta a cambios a criterio de NAP. El Cliente acepta y comprende que, mientras esté en un plan de tasa variable, los posibles ahorros pueden variar de un mes a otro. La tasa del Cliente se definirá en la Carta de bienvenida o en las opciones que se presenten en los Avisos de renovación posteriores. Los Clientes en un plan de precio variable pueden ponerse en contacto con NAP al (888) 313-9086 o pueden visitar nuestro sitio web en www.napower.com para obtener la información más actualizada sobre las tasas. PLAZO: NAP comenzará a prestar el Servicio de suministro eléctrico en virtud de este Acuerdo cuando la EDC cambie la cuenta del Cliente a NAP. El servicio eléctrico comenzará con la primera lectura del medidor posterior a la fecha en la que la EDC cambie satisfactoriamente la cuenta del Cliente a NAP. Este proceso puede tardar hasta sesenta (60) días. El Acuerdo del Cliente seguirá en efecto hasta que el Cliente elija cambiar a otro proveedor de servicio y la EDC cambie el servicio correctamente. PLAZO DE PRECIO FIJO: La Carta de bienvenida o los Avisos de renovación del Cliente contienen el período durante el cual el Cliente recibirá un precio fijo según este plan de precio. Después de finalizado el plazo de precio fijo, la cuenta del Cliente se convertirá automáticamente a un producto de tasa mensual variable. El Cliente recibirá la notificación de NAP al menos treinta (30) días antes del vencimiento de todo período de precio fijo. Los Clientes que actualmente estén en un plan de precio fijo deberán pagar una Comisión por cancelación anticipada si eligen abandonar el servicio de NAP, de acuerdo con la sección “Cancelación” más adelante. La información de contacto de NAP y de la EDC se encuentra más adelante, en la sección “Información de contacto”. PLAZO DE PRECIO VARIABLE: La Carta de bienvenida o los Avisos de NJ-TOS-E-040214-ES

renovación del Cliente contienen el período durante el cual el Cliente recibirá el precio variable. Según este plan de precio variable, este Acuerdo es un contrato mensual y se cancelará cuando el Cliente notifique a NAP o a la EDC del Cliente de que el Cliente ya no desea recibir el servicio de generación eléctrica de NAP. Los Clientes que estén actualmente en un plan de precio variable no deberán pagar una Comisión por cancelación anticipada si eligen abandonar el servicio de NAP, de acuerdo con la sección “Cancelación” más adelante. La información de contacto de NAP y la EDC se puede encontrar más adelante, en la sección “Información de contacto”. FACTURACIÓN Y PAGOS: El Cliente seguirá recibiendo una factura mensual de su EDC por el Servicio de suministro eléctrico prestado por NAP y el Servicio de distribución prestado por la EDC. El Cliente seguirá pagando a su EDC directamente en la fecha de vencimiento según lo indique la EDC del Cliente. El Cliente debe dirigir sus preguntas relativas a la facturación a la EDC. Consulte la sección “Información de contacto” más adelante para obtener la información de contacto de la EDC. Si la EDC no puede leer el medidor del Cliente, la EDC estimará el uso y calculará los cargos en consecuencia, los que se ajustarán en una factura futura. El suministro al Cliente en virtud de Acuerdo está sujeto a que la EDC acepte que NAP inscriba la cuenta del Cliente para la facturación consolidada por parte de la EDC. Si el Cliente no es apto para la facturación consolidada, el Cliente deberá solucionar esta restricción con la EDC antes de que NAP pueda atender al Cliente. En caso de que la EDC deje de efectuar la facturación consolidada para la cuenta del Cliente o comience a facturarnos por los cargos correspondientes al Cliente, NAP facturará al Cliente, y el Cliente pagará a NAP dichos cargos. El Cliente ya no estará apto para la facturación consolidada por parte de la EDC si se atrasa en alguno de los pagos durante ciento veinte (120) días o más; en cuyo caso, NAP se reserva el derecho a cancelar este Acuerdo y podrá cobrar una comisión de cancelación de diez dólares ($10.00) por cada mes restante de plazo si el Cliente usa un producto de tasa fija. La EDC le facturará cargos adicionales al Cliente en función de los aranceles registrados, incluidos, entre otros, impuestos y cargos de transmisión y distribución de electricidad al hogar del Cliente. El Cliente es responsable de pagar los impuestos nuevos o aumentados, las comisiones u otros cargos impuestos a NAP o el Cliente por la transmisión o distribución de electricidad durante la vigencia de este Acuerdo. NAP notificará al Cliente si se grava algún nuevo impuesto, comisión u otro cargo, así como si estos aumentan. NAP se reserva el derecho a cambiar los métodos de facturación, en cualquier momento y a la entera discreción de NAP. Si cuestiona una factura, notificará a NAP por escrito o por teléfono. Una disputa sin resolver podrá presentarse para su revisión ante los juzgados locales de reclamos menores, o según las reglas, normas y procedimientos de la Asociación Estadounidense de Arbitraje. Si el Cliente reclama una exención impositiva, el Cliente debe entregar a NAP documentación por escrito de la exención impositiva del Cliente antes de que comience el servicio al Cliente en virtud de este Acuerdo. PAGO ATRASADO O INSUFICIENTE: Cuando la EDC emita una factura consolidada para el Cliente, todos los saldos facturados que no se hayan pagado por completo a la fecha de vencimiento estarán sujetos a las políticas y procedimientos de pagos morosos de la EDC. Si NAP factura directamente al Cliente, el Cliente debe pagar a NAP las facturas dentro de los veinte (20) días a partir de la fecha de la factura, y NAP se reserva el derecho a cobrar al Cliente intereses por todo importe de una factura vencida, a una tasa del 1.5% por mes o, de ser mayor, el máximo permitido por la ley aplicable. Además, el Cliente acepta pagar a NAP los gastos incurridos en el cobro de los importes debidos, incluidos entre otros, los honorarios razonables de abogados y los cargos por cheques devueltos de al menos $20 más las comisiones bancarias aplicables o, de ser mayor, la comisión máxima permitida por ley. Puede pagar su factura por correo a North American Power, 20 Glover Avenue, Norwalk, CT 06850. Si el Cliente efectúa un pago por un importe menor que el total debido, NAP tiene el derecho a aceptar el pago sin perjuicio de los demás derechos o recursos que pueda tener contra el Cliente. En todo caso, NAP podrá aplicarlo a las cuentas del Cliente como pago parcial. EMERGENCIA: En caso de emergencia, como un corte de energía, el Cliente debe llamar a su EDC. Consulte la “Información de contacto” más adelante para conocer los números de emergencia de la EDC. NJ-TOS-E

INFORMACIÓN DEL CLIENTE Y DIVULGACIÓN: El Cliente acepta permitir que la EDC divulgue cierta información a NAP que será necesaria para el suministro eléctrico al Cliente. Esta puede incluir, entre otras cosas, el número de cuenta, la dirección de facturación, la dirección de servicio, el uso histórico y futuro del Cliente, el historial de pagos, la clasificación de tarifas y la información crediticia. El Cliente autoriza a NAP a divulgar dicha información a terceros, filiales y subcontratistas que deban conocer dicha información en relación con el servicio de generación eléctrica del Cliente. Estas autorizaciones seguirán en vigencia en tanto este Acuerdo tenga efecto. El Cliente podrá rescindir estas autorizaciones en cualquier momento mediante llamada o envío por escrito a NAP. NAP se reserva el derecho a rechazar la inscripción del Cliente o a cancelar este Acuerdo en caso de que se rescindan estas autorizaciones, el Cliente no alcance o no mantenga una posición crediticia satisfactoria según lo determinemos nosotros, o el Cliente no alcance los umbrales mínimos o máximos de consumo que determinemos nosotros. Si el Cliente no cumple con el pago de forma oportuna, NAP podrá denunciar la mora a una agencia de informes crediticios. QUEJAS Y DISPUTAS DEL CLIENTE: Si el Cliente tiene alguna pregunta o duda sobre este Acuerdo o el suministro eléctrico proporcionado por NAP, debe comunicarse con el servicio de atención al cliente de NAP por el (888) 3139086. Si el Cliente no está satisfecho con el intento de NAP por resolver el problema, el Cliente puede pedir asistencia a la Junta de Servicios Públicos de Nueva Jersey (“BPU”) o pedir información a la BPU con respecto a los derechos de protección al consumidor según este Acuerdo. Consulte la sección “Información de contacto” más adelante para conocer la información de contacto de la BPU. Si cuestiona una factura, notificará a NAP por escrito o por teléfono. Una disputa sin resolver podrá presentarse para su revisión ante los juzgados locales de reclamos menores, o según las reglas, normas y procedimientos de la Asociación Estadounidense de Arbitraje. CANCELACIÓN: El Cliente estará obligado a pagar por la electricidad que le proporcione NAP de acuerdo con este Acuerdo antes de la fecha de entrada en vigor de toda cancelación. El Cliente podrá cancelar este Acuerdo mediante notificación por escrito enviada a NAP al menos treinta (30) días antes de la fecha de cancelación prevista. La cancelación no entrará en vigencia hasta que la EDC del Cliente no cambie satisfactoriamente al Cliente al nuevo proveedor de servicios a elección del Cliente. En tanto esto no ocurra, las obligaciones del Cliente en virtud de este Acuerdo mantendrán todo su vigor y efecto. Si el Cliente se inscribió por un producto de precio fijo y el plazo del producto de precio fijo no ha vencido, el Cliente podrá cancelar este Acuerdo a su conveniencia mediante aviso por escrito enviado a NAP con al menos treinta (30) días de anticipación. No obstante, a los Clientes con un producto de precio fijo se les cobrará una comisión por cancelación anticipada de diez dólares ($10.00) por cada mes restante del plazo del precio fijo. No se cobra la comisión de cancelación si la cancelación se produce mientras el Cliente utiliza un producto de precio variable. La EDC no puede cancelar ni interrumpir la entrega de electricidad al Cliente como consecuencia de una disputa entre NAP y el Cliente, pero la EDC podrá cancelarla en caso de impago de los cargos de la EDC de acuerdo con la ley aplicable. Si la EDC compra el derecho a cobrar los pagos del Cliente en virtud de este Acuerdo, las obligaciones de pago del Cliente pueden convertirse en cargos de la EDC a los efectos de la cancelación del servicio. RENOVACIÓN: A menos que NAP o el Cliente cancelen este Acuerdo según la sección “Cancelación” anterior, este Acuerdo se renovará automáticamente cada mes según el precio mensual variable en ese momento vigente de NAP. RESCISIÓN: El Cliente recibirá un aviso de su EDC para confirmar la selección de NAP como proveedor de energía eléctrica. El Cliente tiene derecho a rescindir este Acuerdo dentro del plazo de siete (7) días hábiles a partir de la fecha en la que el Cliente reciba el aviso de confirmación. Este Acuerdo no es vinculante hasta que no haya vencido el plazo de rescisión de siete (7) días y el Cliente no haya cancelado de forma afirmativa este Acuerdo. Para rescindir este Acuerdo, llame al (888) 313-9086 o envíenos un correo electrónico a customercare@ napower.com. El Cliente también puede ponerse en contacto con la EDC a través de la información de contacto que aparece más adelante para rescindir este Acuerdo. NJ-TOS-E-040214-ES

MEDICIÓN NETA: Si el Cliente posee actualmente o tiene pensado instalar durante la vigencia de este Acuerdo dispositivos de generación de energía eléctrica elegibles que generen energía renovable de Clase 1, según se define en N.J.A.C. 14.8-1.2, para suministrar la totalidad o parte del uso eléctrico del Cliente, y la EDC del Cliente hace o hará una medición neta de dicho dispositivo de generación, el Cliente notificará a NAP una fecha específica en la cual saldar la cuenta del Cliente entre la energía producida y la energía utilizada. Si el Cliente no notifica a NAP, NAP seleccionará una fecha de balance en lugar del Cliente. DERECHOS DE CLIENTES RESIDENCIALES: En caso de que un Cliente residencial (a) se mude, (b) se vuelva discapacitado y no pueda pagar el servicio de suministro eléctrico o (c) fallezca, este Acuerdo se podrá cancelar mediante aviso a NAP con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación. Si el Cliente cancela este Acuerdo, el Cliente será responsable de pagar a NAP hasta la fecha del cambio a otro proveedor o de volver a la EDC para el servicio de suministro eléctrico. El cambio a un tercero proveedor no es obligatorio, y el Cliente tiene la opción de permanecer en la EDC para el servicio básico de suministro de generación de electricidad. El Cliente es responsable de cancelar los acuerdos con otros proveedores eléctricos a los que que el Cliente compre electricidad a la fecha de este Acuerdo. Como titular de la cuenta debidamente autorizado y mayor de 18 años, el Cliente ha leído todo el Acuerdo y acuerda vincularse totalmente por este Acuerdo. DERECHO DE CANCELACIÓN DE NORTH AMERICAN POWER: NAP podrá cancelar este Acuerdo por impago o por cualquier otro incumplimiento de este Acuerdo mediante aviso por escrito enviado al Cliente con treinta (30) días de anticipación. NAP podrá cancelar este Acuerdo después del aviso por escrito de treinta (30) días incluso en caso de que el Cliente solucione el incumplimiento. NAP se reserva el derecho a cancelar este Acuerdo si las condiciones de este Acuerdo dejan de ser ventajosas desde el punto de vista económico, si por otro motivo NAP no puede continuar con este Acuerdo, o si un cambio en las leyes hace que NAP no pueda seguir atendiendo al Cliente, mediante aviso por escrito enviado al Cliente con treinta (30) días de anticipación. Si NAP cancela este Acuerdo, el Cliente será responsable de pagar a NAP todos los cargos hasta la fecha en que el Cliente cambia a otro proveedor de electricidad o vuelva a la EDC para el servicio, incluidas, entre otras cosas, las comisiones de cancelación anticipada, las comisiones de cobro y los honorarios de abogados. Las cancelaciones no entrarán en vigor hasta la siguiente fecha de medición periódica programada posterior a la fecha en que NAP envíe el aviso de cancelación a la EDC. INFORMACIÓN DE CONTACTO: Información de contacto de North American Power (licencia de proveedor eléctrico n.º ESL-0104): Dirección de Internet: www.napower.com Dirección postal: North American Power, 20 Glover Avenue, Norwalk, CT 06850, Attention: Customer Service Department Número de teléfono del Servicio de Atención al Cliente: 1-888-313-9086 E-mail del Servicio de Atención al Cliente: [email protected] En caso de un corte de energía, de un problema con el contador eléctrico del Cliente o en caso de precisar otros servicios, el Cliente deberá ponerse en contacto con la EDC en el número de teléfono que figura a continuación: EDC

Servicio de atención Emergencia al cliente Atlantic City Electric 1-800-642-3780 1-800-833-7476 Jersey Central Power & Light 1-800-622-3115 1-888-544-4877 Public Service Electric & Gas 1-800-880-7734 1-800-880-7734 Rockland Electric 1-877-434-4100 1-877-434-4100 La información de contacto del Departamento de la BPU de Atención al cliente es la siguiente: Dirección de Internet: www.bpu.state.nj.us/bpu/assistance/index.html Número de teléfono: 1-800-624-0241 Número de fax: 609-777-3330 Dirección de correo postal: NJ-TOS-E

New Jersey Board of Public Utilities Division of Customer Assistance 44 South Clinton Avenue, 7 th Floor P.O. Box 350 Trenton, NJ 08625

LA PROPIEDAD Y HONORARIOS DEL ABOGADO DERIVADOS DE CUALQUIER ACTO O INCIDENTE QUE TENGA LUGAR CUANDO LA TITULARIDAD DEL SERVICIO ELÉCTRICO SE CONSIDERE QUE ESTÁ BAJO EL CONTROL EXCLUSIVO DEL CLIENTE, A PESAR DE SER NUESTRA NEGLIGENCIA O RESPONSABILIDAD ABSOLUTA.

FUERZA MAYOR: NAP HARÁ TODOS LOS ESFUERZOS QUE SEAN COMERCIALMENTE RAZONABLES PARA PROPORCIONAR EL SERVICIO DE SUMINISTRO ELÉCTRICO AL CLIENTE, PERO NO GARANTIZA UN SUMINISTRO CONTINUO DE ELECTRICIDAD. DETERMINADAS CAUSAS Y SITUACIONES QUE EXCEDEN EL CONTROL RAZONABLE DE NAP PUEDEN PROVOCAR INTERRUPCIONES EN EL SERVICIO. NAP NO ES RESPONSABLE DE TRANSMITIR O DISTRIBUIR ELECTRICIDAD. NAP NO ES RESPONSABLE DE LOS DAÑOS CAUSADOS POR CATÁSTROFES NATURALES, CAMBIOS EN LA LEGISLACIÓN, NORMAS, REGLAMENTOS U OTROS ACTOS DE CUALQUIER AUTORIDAD GUBERNAMENTAL (INCLUYENDO LA BPU O PJM INTERCONNECTION, LLC, EL OPERADOR DE LA RED ELÉCTRICA REGIONAL), ACCIDENTES, HUELGAS, DISPUTAS LABORALES, TRABAJOS DE MANTENIMIENTO REQUERIDOS, INCAPACIDAD PARA ACCEDER AL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICO, INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE LA EDC O CUALQUIER OTRA CAUSA QUE EXCEDA EL CONTROL RAZONABLE DE NAP. ADEMÁS, PUEDE QUE EL CLIENTE TENGA QUE ABONAR CUOTAS O CARGOS ADICIONALES O INCREMENTOS QUE GENERALMENTE EXCEDEN EL CONTROL RAZONABLE DE NAP, INCLUIDAS, ENTRE OTRAS, CUOTAS POR DESCONEXIÓN, RECONEXIÓN, MANTENIMIENTO DEL SERVICIO ELÉCTRICO O EQUIPOS, O CARGOS DE TRANSMISIÓN QUE SE IMPONEN POR LEY, NORMA, REGLAMENTO, TARIFA U ORDEN DE LA BPU. ESTOS CARGOS O CUOTAS SE REPERCUTIRÁN AL CLIENTE Y SE AÑADIRÁN AL PRECIO DEL CLIENTE.

MARCO LEGAL: Este Acuerdo se regirá por la legislación de Nueva Jersey, sin considerar el conflicto de los principios de ley. CANCELACIÓN DEL SERVICIO PREVIO: El Cliente es responsable de cancelar cualquier acuerdo previo con otro proveedor eléctrico del que el Cliente esté adquiriendo electricidad a partir de la fecha de este Acuerdo. EXENCIÓN: Ninguna exención de cualquiera de las disposiciones de este Acuerdo se interpretará o constituirá una exención de cualquier otra disposición, sea o no similar, ni ninguna exención constituirá una exención permanente. El incumplimiento, por cualquiera de las partes, de ejercer un derecho con arreglo al presente acuerdo no constituirá una exención de lo contenido en el presente documento y no impedirá el ejercicio de dichos derechos en cualquier momento posterior.

LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD: Las responsabilidades no justificadas por razones de fuerza mayor u otro motivo se limitan a daños directos y reales. NAP no será responsable ante el Cliente, ni ante cualquier tercero, de daños consecuentes, fortuitos, ejemplares o indirectos, ni de reclamaciones de terceros u otros daños, independientemente de que se basaran en un contrato, en una garantía, en un delito civil, en estricta responsabilidad o en algún otro motivo. NAP no es responsable de interrupciones, ni de cortes del suministro eléctrico, ni es responsable de cualquier posible daño o pérdida asociados. Estas limitaciones se aplican independientemente de cuál sea la causa de la responsabilidad o daño. NAP no asume responsabilidad ni obligación por pérdidas, daños consecuentes, incidentales, ejemplares, indirectos ni punitivos que surjan por daños en el hogar o edificio. NAP no es responsable de ningún incumplimiento en el comienzo o cese del Servicio de suministro eléctrico del Cliente en las fechas fijadas en el presente documento si este se debe a posibles retrasos en el registro del Cliente. Nada de lo contenido en este Acuerdo constituirá exención alguna de cualquier derecho que el Cliente pueda tener en virtud de las leyes de protección del cliente federales o de Nueva Jersey. REPRESENTACIONES Y GARANTÍAS: La electricidad vendida en virtud de este Acuerdo se suministrará desde una variedad de fuentes de producción, incluida la electricidad proporcionada de acuerdo con cualquier requisito de energía renovable y cumplirá la norma de calidad de la EDC. NAP no ofrece ninguna declaración o garantía aparte de las establecidas expresamente en este Acuerdo. NAP NIEGA EXPRESAMENTE TODAS LAS DEMÁS GARANTÍAS, EXPRESAS O TÁCITAS, INCLUIDAS LAS GARANTÍAS DE COMERCIALIZACIÓN Y ADECUACIÓN PARA UN FIN EN PARTICULAR. TITULARIDAD, RIESGO DE PÉRDIDA E INDEMNIZACIÓN: La titularidad y el riesgo de pérdida en relación a la electricidad se trasladarán de NAP al Cliente cuando la electricidad se suministre del contador de la EDC al Cliente. El Cliente reconoce que NAP no tiene el cuidado, el control, ni la custodia de las propiedades o instalaciones del Cliente, ni de cualquier instalación eléctrica incluyendo, sin limitación alguna, líneas, cables o el contador situado en o cerca de las instalaciones del Cliente. El Cliente también reconoce que el Cliente tiene el control exclusivo (y es responsable de cualquier daño o lesión provocada de ese modo) de la electricidad en y desde dicho contador. EL CLIENTE INDEMNIZARÁ, DEFENDERÁ Y EXIMIRÁ A NAP DE CUALQUIER RECLAMACIÓN, INCLUIDAS LAS RECLAMACIONES POR LESIONES PERSONALES, FALLECIMIENTO, DAÑOS EN NJ-TOS-E-040214-ES

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