FÚTBOL SALA

24 oct. 2017 - EQUIPO “LAS PATATAS DE JAVI / EL TORREZNO”: D. Fernando Antonio Canal. Carmona, queda sancionado con 1 pa
357KB Größe 5 Downloads 96 Ansichten
COLECTIVO DE ÁRBITROS PINTO (MADRID) FÚTBOL SALA (JORNADA 1ª GRUPO 1º)

COMITÉ DE COMPETICIÓN En Pinto, a 24 de octubre de 2017, se reúne el Comité de la Liga Social de Fútbol Sala de la Concejalía de Deportes de Pinto y en relación con los hechos de los partidos se acuerda las siguientes sanciones o resoluciones:

► EQUIPO “LOS ROLLING STONES”: D. Miguel Ángel Moronta Chacón, queda sancionado con 3 partidos según el ART. 20 de las Normas de Competición del Deporte Social, por ofensas hacia un contrario y posteriormente a la autoridad arbitral.. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 5ª de la Copa Social de Fútbol Sala 2017 o hasta cumplir la sanción, pudiendo jugar en la misma siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4.

► EQUIPO “VIT / MAR DE PINTO”: D. Wilmer Alexander Huaycochea Leyva, queda sancionado con 1 partido según el ART. 14 de las Normas de Competición del Deporte Social, por ser culpable de juego brusco grave. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 3ª de la Copa Social de Fútbol Sala 2017 o hasta cumplir la sanción, pudiendo jugar en la misma siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4.

► EQUIPO “VIT / MAR DE PINTO”: D. Luis Enrique Moreira Vargas, queda sancionado con 1 partido según el ART. 11 de las Normas de Competición del Deporte Social, por doble amonestación. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 3ª de la Copa Social de Fútbol Sala 2017 o hasta cumplir la sanción, pudiendo jugar en la misma siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4. “Es el Delegado el único responsable del equipo con capacidad y funciones para recurrir sanciones impuestas por el COMITÉ DE COMPETICIÓN Y APELACIÓN perdiendo este derecho si dicho Delegado no está inscrito y presente en acta del encuentro”. En las sanciones de jugadores o delegados, cuando el equipo descanse o el partido se aplace, no resta la sanción. Pinto a 24 de octubre de 2017

COLECTIVO DE ÁRBITROS PINTO (MADRID) FÚTBOL SALA (JORNADA 1ª GRUPO 2º)

COMITÉ DE COMPETICIÓN En Pinto, a 24 de octubre de 2017, se reúne el Comité de la Liga Social de Fútbol Sala de la Concejalía de Deportes de Pinto y en relación con los hechos de los partidos se acuerda las siguientes sanciones o resoluciones:

► EQUIPO “LAS PATATAS DE JAVI / EL TORREZNO”: D. Fernando Rubio Utiel, queda sancionado con 2 partidos según el ART. 20 de las Normas de Competición del Deporte Social, por ofensas hacia un contrario. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 4ª de la Copa Social de Fútbol Sala 2017 o hasta cumplir la sanción, pudiendo jugar en la misma siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4.

► EQUIPO “LAS PATATAS DE JAVI / EL TORREZNO”: D. Fernando Antonio Canal Carmona, queda sancionado con 1 partido según el ART. 11 de las Normas de Competición del Deporte Social, por doble amonestación. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 3ª de la Copa Social de Fútbol Sala 2017 o hasta cumplir la sanción, pudiendo jugar en la misma siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4.

► EQUIPO “TABERNA LA BARBERÍA”: D. José Joaquín Turégano Lozano, queda sancionado con 1 partido según el ART. 11 de las Normas de Competición del Deporte Social, por doble amonestación. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 3ª de la Copa Social de Fútbol Sala 2017 o hasta cumplir la sanción, pudiendo jugar en la misma siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4.

► EQUIPO “TABERNA LA BARBERÍA”: D. Oliver Haro Acosta, queda sancionado con 1 partido según el ART. 20 de las Normas de Competición del Deporte Social, por ofensas hacia un contrario y posteriormente a la autoridad arbitral.. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 3ª de la Copa Social de Fútbol Sala 2017 o hasta cumplir la sanción, pudiendo jugar en la misma siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4.

COLECTIVO DE ÁRBITROS PINTO (MADRID) FÚTBOL SALA (JORNADA 1ª GRUPO 2º)

COMITÉ DE COMPETICIÓN “Es el Delegado el único responsable del equipo con capacidad y funciones para recurrir sanciones impuestas por el COMITÉ DE COMPETICIÓN Y APELACIÓN perdiendo este derecho si dicho Delegado no está inscrito y presente en acta del encuentro”. En las sanciones de jugadores o delegados, cuando el equipo descanse o el partido se aplace, no resta la sanción. Pinto a 24 de octubre de 2017