Corte Superior de Justicia de Puno

18 jun. 2015 - SUCESION INTESTADA. Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de San Antonio de Putina, que desp
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Jueves, 18 de junio de 2015

SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

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Corte Superior de Justicia de Puno

Jueves, 18 de junio de 2015 EDICTOS EDICTO Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la provincia de Chucuito - Juli, que despacha el Dr. Carlos D. Cahuana Vargas con intervención del secretario Judicial Silverio Canaza Tello, en el Expediente N° 07-2015-0-2104-JPFC-01. en los seguidos sobre exoneración de alimentos seguido por BASILIO FLORES ROJAS en contra de : FLORES CHIPANA AMADOR PEDRO, FLORES CHIPANA ÁNGEL GILBERTO, FLORES CHIPANA BELINDA, FLORES CHIPANA JUAN FREDY, FLORES CHIPANA RAÚL EDDY Y FLORES CHIPANA MARCO ALI, el Juzgado a emitido la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NRO. 08- 2015 de fecha seis de Mayo del dos mil quince.SE RESUELVE: Declarar IMPROCEDENTE la devolución de actuados judiciales presentado por Teodora Chipana Aterido, dándose por validos los emplazamientos efectuados a los demandados: JUAN FREDY FLORES CHIPANA, BELINDA FLORES CHIPANA, RAÚL EDY FLORES CHIPANA, MARCO ALI FLORES CHIPANA, AMADOR PEDRO FLORES CHIPANA Y ÁNGEL GILBERTO FLORES CHIPANA, A SU DOMICILIO REAL SITO EN EL JIRÓN Arequipa Nro. 246 de ésta ciudad, y para evitar posteriores dilaciones, DISPONGO alternativamente se notifique a los demandados MEDIANTE EDICTOS, garantizando el derecho de defensa de los demandados. T. R. y H. S.- FDO.- Carlos Cahuana Vargas.-Juez.-Silverio Canaza Tello,Secretario.- Juli, 18 de mayo del 2,015. SILVERIO CANAZA TELLO SECRETARIO JUDICIAL. (16, 17, 18 Jun.) B/29-9349 S/.0.00 RESUELVE: Declarar FUNDADA la solicitud instada por ANGELINO ISTALLA SACARI, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento; consecuentemente SE DISPONE DE PLANO la rectificación de la partida de nacimiento número mil doscientos cincuenta y cuatro, Inscrita del Distrito de Zepita, a los treinta días del mes de setiembre de mil novecientos setenta y seis, en la Municipalidad de Zepita, Jurisdicción de la Provincia de Chucuito, en el sentido de que debe rectificarse el primer nombre de patronímico de ISTALLA, rectificándose la letra “i”, por la verdadera la letra “e” debiendo aparecer en lo sucesivo e! nombre de su titular del recurrente como ANGELINO ESTALLA SACARI. PUBLÍQUESE el extracto de la solicitud y parte decisoria de la presente resolución por una sola vez en el Diario Oficial el Peruano y en el diario la República; acreditándose su realización, agregando al expediente los ejempla-

res que contienen la notificación. Consentida que sea la presente, diríjase oficio a la entidad correspondiente para los fines de su anotación marginal; observándose el artículo quinto y sexto del Decreto Supremo cero quince guión noventa y ocho guión PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. T.R. y H.S. Téngase por recibido el expediente 2013-045, ofrecido como prueba, una vez consentida sea la presente devuélvase el mismo al archivo periférico. CARLOS CAHUANA VARGAS JUEZ. (18 Jun.) B/29-9367 S/.0.00 EDICTO Por ante el Primer Juzgado Mixto de San Román - Juliaca, que despacha el Juez Iván Palomino Jara, Secretario Judicial Wilber Paredes Jaen, en el Expediente N° 00232-2015-CI, seguido por ANDRÉS ESCARCENA QUISPE, sobre Nulidad de Acto Jurídico y otros, en contra de Elena Clara Quispe Yana y otros; con Resolución nro. 09, de fecha 15-05-2015, se ha dispuesto NOTIFICAR a los herederos legales de quien en vida fue la demandada JULIA QUISPE VIUDA DE MAMANI, con la Resolución N° 02, de fecha 19-03-2015, que admite a trámite la presente demanda de Nulidad de Acto Jurídico y otros, incoada por ANDRÉS ESCARCENA QUISPE, en contra de JULIA QUISPE VIUDA DE MAMANI, HERMINIA MAMANI SUAQUITA, SABINA SOFIA MAMANI QUISPE, ELENA CLARA QUISPE YANA, JOVITA ESTELA QUISPE YANA Y YASMANI JEREMIAS QUISPE HUARACHI; a efectos de que en el plazo de treinta días de efectuada la última publicación los herederos legales de Julia Quispe Viuda de Mamani cumplan con apersonarse al presente proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal, lo que se pone en conocimiento de los interesados, Juliaca, 09 de junio del 2015. WILBER PAREDES JAÉN – SECRETARIO JUDICIAL. (16, 17, 18 Jun.) B/30- 4707 S/.0.00 EDICTO JUDICIAL 3° JUZGADO MIXTO-SEDE JULIACA EXPEDIENTE: 02076-2014-0-2111-JMCI-03 MATERIA: NULIDAD DE ESCRITURA PUBLICA JUEZ: BALCONA BALCON ANGEL ESPECIALISTA: MACEDO SONCCO JESUS GERARDO DEMANDADO: MAMANI CONDORI, MAXIMO DEMANDANTE: MAMANI CHAMBI, ABRAHAM El Magistrado del Tercer Juzgado Mixto de la Provincia de San RománJuliaca Doctor Ángel Balcona Balcón,

con intervención del Secretario Jesús G. Macedo Soncco; se ha expedido las siguientes resoluciones números cero siete y cero ocho de fechas veintidós de mayo nueve de junio del dos mil quince: SE RESUELVE: PRIMERO.- ADMITIR la DEMANDA RECONVENCIONAL sobre de Nulidad de Acto Jurídico, incoada por Máximo Hugo Mamani Condori, en contra de Abraham Mamani Chambi. SEGUNDO.- TRAMITESE en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO. TERCERO.- CONFIERASE traslado de la DEMANDA RECONVENCIONAL por TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía al demandado. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos. A LOS ANEXOS: A sus antecedentes. T.R. y H.S.- RESOLUCIÓN NUMERO CERO OCHO: SE RESUELVE: INTEGRAR a la resolución número cero siete de fecha veintidós de mayo del dos mil quince, en la parte resolutiva, el emplazamiento al demandado de quien en vida fue Faustino Mamani Lipa y la que debe de efectuarse mediante edictos por el plazo de ley, y a fin de que puedan apersonarse al proceso los herederos legales, todo bajo apercibimiento de designársele curador procesal, quedando subsistente en lo demás que contiene la indicada resolución, T.R y H.S.- Juliaca, 15 de junio del 2015. JESUS G. MACEDO SONCCO – SECRETARIO JUDICIAL. (16, 17, 18 Jun.) B/30- 4705 S/.0.00 REMATE PRIMER REMATE En el proceso sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS; Expediente 01674-2014-0-2101-JM-CI-02, seguido por SCOTIABANKPERU S.A.A, representado por su apoderado Crispín Marín Quispe Pari, en contra de NÉSTOR LUIS VARGAS POMA. La señorita Juez del Segundo Juzgado Mixto - Sede Anexa Puno, Dra. Martha Irene Aguilar Castillo, con intervención del Especialista Legal Dr. Rober Wilde Guevara Maquera, ha autorizado a la suscrita Marlene Cleofe Flores de Mendoza con Registro N° 318, convocar al Primer Remate Público el inmueble ubicado en la: AV. EL EJERCITO MZ. A, LOTE 17, EDF. PIS./ REF. NUM. 819, 821, 823, 825, CENTRO POBLADO YUNGUYO BARRIO MIRAFLORES, DISTRITO DE YUNGUYO, PROVINCIA DE YUNGUYO, DEPARTAMENTO DE PUNO; INSCRITO EN LA PARTIDA N° P47010363, DE LA ZONA REGISTRAL N° XIII – SEDE TACNA; TASACIÓN: US$ 161,124.55 (Ciento sesenta y un mil ciento veinticuatro 55/100 Dólares Americanos); PRECIO BASE: US$ 107,416.36 (ciento siete mil cuatrocientos dieciséis 36/100 dólares Americanos); equivalente a las 2/3 partes

del valor de tasación; AFECTACIONES: Hipoteca: Inscrito en el asiento 00014, hasta por la suma de US$161,000.00 a favor de ESCOTIABANK PERÚ S.A.A., materia de ejecución; afectación que se encuentra inscrita en la partida N° P47010363, de la Zona Registral N° XIII - sede Tacna; DÍA Y HORA DE REMATE: viernes 17 de julio del 2015, a las 10:00 horas; LUGAR DEL REMATE: Se realizara en la sala (lugar) de espera del segundo Juzgado Mixto -Sede Anexa - Puno, de la Corte Superior de Justicia de Puno, ubicado en la Avenida El Sol N° 865 - Puno; LOS POSTORES: Depositaran no menos del diez por ciento (US$16,112.46) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta de la parte ejecutante o el adjudicatario, según corresponda, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del Martillero Público, Ley 27728 y su Reglamento aprobado por decreto Supremo N° 008-2005. Puno 2015, junio 08. ROVER GUEVARA MAQUERA SECRETARIO JUDICIAL. (17, 18, 19, 22, 23, 24 Jun.) B/29-9356 S/.0.00 AVISO DE PRIMER REMATE JUDICIAL En el Expediente Civil N° 00197-2000-0-2111-JM-CI-01 sobre Ejecución de Garantías, seguido por BANCO CREDITO DEL PERU, en los seguidos con LUCIA YANA DE CAHUAPAZA, PERCY ALFONSO CAHUAPAZA YANA, LA SUCESION PROCESAL DE DOMINGO CAHUAPAZA ZAPANA, REPRESENTADO POR SU CURADOR PROCESAL Dr. LEANDRO FLORENCIO CHIRAPO CATUNTA; el Sr. Juez del Primer Juzgado Mixto de Juliaca, Dr. IVAN PALOMINO JARA y el especialista legal Dr. WILBER PAREDES JAEN, con la intervención del Martillero Público Sr. PERCY LUIS CORNEJO BARRAGAN, han dispuesto convocar a PRIMER REMATE PUBLICO, del bien inmueble dado en garantía, cuya descripción se detalla: 1. BIEN INMUEBLE: Ubicado en el Jr. Sandia N° 466, Distrito de Juliaca, provincia de San Román y departamento de Puno, inscrito en h ficha N° 9244, ahora Partida Registral N° 05003397 de la Oficina Registral de Juliaca; cuya área y demás características obran en el testimonio de garantía hipotecaria y

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en la ficha registral N° 9244, ahora Partida Registral N° 05003397 del Registro de Predios de los Registros Públicos de Juliaca. 2. AFECTACIONES CARGAS Y GRAVAMENES: 2.1 Primera y Preferente Hipoteca constituida por Escritura Pública de fecha 17 de Noviembre de 1,994, por ante notario público José Paredes Fernández, favor de BANCO DEL SUR DEL PERU, ahora BANCO OE CREDITO DEL PERU, hasta por US$ 57,000.00 Dólares Americanos, 2.2 Medida Cautelar en forma de Anotación de Demanda de Ejecución de Garantías, expediente N° 00197-2000 Primer Juzgado Mixto de Juliaca, inscrita el 20 Mazo del 2015. 3. VALOR DE TASACION Y PRECIO BASE: Valor de tasación actualizada de US$ 103,585.53 Dólares Americanos, aprobada por resolución N° 78-2010 de fecha 03 de agosto del 2010. Con la deducción de una tercera parte del valor de tasación, la base para el Primer remate es de US$ 69,057.02 (Sesenta y nueve mil cincuenta y siete con 02/100 dólares americanos) 4. DIA HORA Y LUGAR DEL REMATE: la diligencia se realizara el día 25 de Junio del 2015 a Horas: 11:00 A.M. en el frontis del Primer Juzgado Mixto de San Román-Juliaca, sito en la Casa de la Justicia ubicado en Plaza Zarumilla, cuarta cuadra del Jirón Apurímac s/n de la ciudad de Juliaca. El remate lo realizará el Martillero Público Sr. Percy Luis Cornejo Barragán, con Registro número 247. Celular 992014422, 957870365, Los interesados para ser postores, deberán consignar al juzgado previo al acto del remate una cantidad dineraria no menor al 10% del valor de la Tasación, en efectivo o en cheque de gerencia a su nombre, acompañando la tasa judicial. Los honorarios del martillero público los paga el adjudicatario conforme a ley. Juliaca, 01 de junio del 2015. WILBER PAREDES JAEN – SECRETARIO JUDICIAL. (17, 18, 19, 22, 23, 24 Jun.) B/30- 4716 S/.0.00 SUCESIONES SUCESION INTESTADA Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de San Antonio de Putina, que despacha el señor Juez Dr. Angel Adrian Laura Apaza, asistido por el secretario Judicial que autoriza, en el expediente N° 00005-2015-0-2110-JPCI-01 se ha resuelto lo siguiente: Resolución N° 02 Putina veintisiete de mayo del dos mil quince, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud de Sucesión Intestada del que en vida fue FERNANDO TICONA FLORES fallecido el día 20 de diciembre de dos mil catorce en el Sector Barropampa de la Comunidad Campesina de José Carlos Mariátegui del Distrito de Putina Provincia de San Antonio de Putina; habiendo tenido como ultimo domicilio en la misma comunidad, interpuesta por URSULA URBIOLA AGUIRRE EN VIA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO, a efectos de que se declare como herederos legales a: Ursula Urbiola Aguirre, Braulio Ticona Urbiola, Zenon Ticona Urviola, Juan Crisostomo Ticona Urviola, Andres Ticona Urviola, Teofilo Ticona Urbiola, Pepe Didmar Ticona Urviola, Barbara Ticona Urviola, Octavia Ticona Urbiola, Viviana Ticona Urbiola y Gloria Ticona Urviola, se notifica la

SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO presente resolución a los presuntos herederos, a la beneficencia pública y al representante del Ministerio Publico de la Provincia de San Antonio de Putina. Lo que comunico al público en General para los fines consiguientes. Putina, 15 de junio de 2015. ANTONIO RODRIGO ESPEZUA – SECRETARIO JUDICIAL. (18 Jun.) B/30- 4723 S/.0.00 EDICTOS PENALES EDICTO PENAL - SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNO Expediente N° 1005-2011-88, seguido contra Francisca Chambilla Ticona y otros, en agravio de El Estado Peruano, por el presunto delito de Contrabando; se ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial a los acusados FRANCISCA CHAMBILLA TICONA, NÉSTOR YUPARASI PACCO, LUÍS ALBERTO APAZA QUISPE, OLGA QUISPE MAMANI, ÁNGEL TICONA QUISPE, VICTORIANA EULOGIA ITUSACA CCAMA, AURELIO MACHACA CRUZ, NÉSTOR ZENÓN COAQUIRA ZELA Y MARCO ANTONIO ALARCÓN APAZA con la RESOLUCIÓN N° 10-2015 Puno, diez de junio Del año dos mil quince. Estando al informe de la señorita Especialista de Audiencias, así como lo expresado por el señor representante del Ministerio Publico, el abogado de la parte agraviada y lo abogados defensores de los imputados, a efecto de no vulnerar derechos fundamentales como son el debido proceso y la legítima defensa, preceptos constitucionales de nuestro ordenamiento legal vigente SE DISPONE REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA NUEVE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA quedando notificados los asistentes a la presente audiencia, debiendo notificarse a los inasistentes a la presente audiencia, tanto en su domicilio real y procesal para que en el PLAZO DE VEINTICUATRO HORAS CUMPLAN CON DESIGNAR O RATIFICAR ABOGADO DE LIBRE ELECCIÓN, todo ello BAJO APERCIBIMIENTO en caso de no hacerlo de designarles un abogado de la defensa pública, para dicho efecto OFICÍESE conforme a ley a la Coordinadora De La Defensa Publica de Puno; así mismo notifíquese también mediante edictos, a efecto de que tomen conocimiento de la siguiente audiencia y del presente proceso. Puno, 11 de junio del 2015. HUGO BEGAZO ARMAZA. ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES. (16, 17, 18 Jun.) EDICTO PENAL Expediente N° 965-2015-83 Juzgado Penal Colegiado de Puno Especialista de Causas: Henry Velásquez Enríquez Se ha dispuesto la Notificación por Edicto con la Resolución N° 01, de fecha 05/06/15, a los acusados EUSEBIO GAMBOA VELASQUE y JESÚS ESPINOZA CCAHUIN, cuyo extracto de la parte pertinente, es el siguiente: “SE RESUELVE: CONVOCAR A JUICIO ORAL con carácter de INAPLAZABLE a los señores acusados a) EUSEBIO GAMBOA VELASQUE, identificado con D.N.I. N° 28601255, y b) JESÚS ESPINOZA CCAHUIN, identificado con D.N.I. N° 80410964; como presuntos COAU-

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TORES de la comisión del Delito de FAVORECIMIENTO AL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS MEDIANTE ACTOS DE TRÁFICO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Primer Párrafo del Artículo 296, concordante con el inciso 7, del artículo 297 del Código Penal; en agravio del Estado Peruano, representado por la PROCURADURÍA PÚBLICA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR ESPECIALIZADA EN TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS; audiencia que se realizará el día TRECE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a HORAS CATORCE CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias N° 01 de los Juzgados Penales Unipersonales y Colegiado, ubicado en el Segundo Piso del Palacio de Justicia de Puno, sito en el Jr. Puno N° 459, de esta ciudad de Puno.” Puno, 11 de junio de 2015. HENRY VELASQUEZ ENRIQUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL. (16, 17, 18 Jun.) EDICTO PENAL Expediente N° 853-2012-13 Primer Juzgado Penal Unipersonal de Puno Especialista de Causas: Henry Velásquez Enríquez Se ha dispuesto la Notificación por Edicto con la Resolución N° 03, de fecha 09/06/15, y Resolución N° 01, de fecha 20/04/15, al acusado ELARD FIDEL CASTILLO NINA, cuyo extracto de la parte pertinente, es e! siguiente: “RES. 03.- RESUELVE: REPROGRAMAR la presente audiencia para el día SIETE DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, bajo apercibimiento de hacerse efectivo el apercibimiento prevenido en el auto de citación a juicio oral, audiencia que se realizará, en la Sala de Audiencias de los Juzgados Penales Unipersonales y Colegiado, ubicado en el Segundo Piso del Palacio de Justicia de Puno, sito en el Jr. Puno N° 459, de esta ciudad de Puno”. “RES. 01- CONVOCAR A JUICIO ORAL con carácter del NAPLAZABLE al señor acusado ELARD FIDEL CASTILLO NINA, identificado con D.N.I. N° 00481151; como presunto AUTOR de la comisión del delito de CONTRAJBANDO; en agravio del Estado Peruano.” Puno, 11 de junio de 2015. HENRY VELASQUEZ ENRIQUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL. (16, 17, 18 Jun.) EDICTO PENAL La señora Juez del PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PUNO, a cargo de la Doctora JACKELINE REINA LUZA CACERES, por medio de la presente NOTIFICA A: FRANCISCO QUISPE VILCA; en el cuaderno de debates N° 01568-2014-2-2101-JR-PE-02, como presunto autor del delito de Contra la Familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en su forma de Incumplimiento de Obligación Alimentaria; con el contenido de la resolución N° 06, de fecha nueve de junio del año dos mil quince, mediante el cual: RESUELVE.- DECLARAR CONTUMAZ a FRANCISCO QUISPE VILCA, disponiéndose se cursen los oficios correspondientes para la conducción compulsiva del mismo, esto es la ubicación y captura y puesta a disposición de éste Juzgado para los efectos de Instalación de Juicio Oral...se nombra como su abogada defensora pública MELA YESSY MAMANI MARCA...y

a efectos de que tome conocimiento de la expedición de la presente resolución, se dispone se cumpla con notificar mediante edictos... REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. Especialista Jurisdiccional. Puno, 11 de junio del 2015. ANA MARIA CONDEMAYTA CUTIMBO ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES. (16, 17, 18 Jun.) EDICTO DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE EL COLLAO - ILAVE El Juez del juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de El Collao - Ilave, a cargo del Magistrado Dr. Julio Cesar Chucuya Zaga, con intervención del Especialista Judicial: Eduardo Chávez Domínguez, en el Proceso Penal expediente N° G04Ó-2013-11-2105-JRPE-01, seguido en contra de Digna Corina Mamani Vilca y otro, por la presunta comisión del delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la Modalidad de Lesiones en su forma de Lesiones Graves previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 121 inciso 3o del Código Penal, en agravio de Ninfa Mamani Vilca; CITA Y NOTIFICA a la acusada, DIGNA CORINA MAMANI VILCA fin de que asista acompañado de su abogado defensor a la AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL señalado para el día VEINTISÉIS DE JUNIO DEL DOS MIL QUINCE A HORAS DOS DE LA FARDE CON TREINTA MINUTOS (14:30), en el Salón de Audiencias del Módulo Penal de El Collao – Ilave; bajo apercibimiento de declararse reo contumaz y ordenarse la captura del citado procesado hasta que sea habido en caso de su inasistencia.- Ilave, 09 de Junio del 2015. EDUARDO CHAVEZ DOMINGUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL. (16, 17, 18 Jun.) EDICTO DEL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE SAN ROMÁN -JULIACA El Juez del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de la Provincia de San Román Juliaca, del Distrito Judicial de Puno, Dr. RUBÉN GÓMEZ AQUINO (Director de Debates), con la intervención del Asistente Jurisdiccional Nimer Bautista Quilla, en el proceso penal expediente N° 509-2013-29-2111-JRPE-01 (Cuaderno de debate), seguido en contra de NORMA ISABEL BELIZARIO MOROCO, LADISLAO FRANCO PAUTO LLUTARI Y KARIM ISRAEL SARABIA PALZA, quienes se encuentran procesados como presuntos autores del delito aduanero en su modalidad de Receptación Aduanera y otros en agravio del Estado Peruano, CITA Y NOTIFICA a los acusados NORMA ISABEL BELIZARIO MOROCO, LADISLAO FRANCO PAUTO LLUTARI Y KARIM ISRAEL SARABIA PALZA, a fin de que asistan acompañados de su abogado defensor a la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL, señalado para el día lunes diecisiete de agosto del dos mil quince á horas nueve de la mañana, en el salón de audiencias del Establecimiento Penitenciario de Juliaca, bajo apercibimiento de declarárseles REO CONTUMAZ y ordenarse su captura hasta que sea habido en caso de inasistencia.- Juliaca, 05 de junio del 2015. NIMER BAUTISTA QUILLA ASISTENTE JURISDICCIONAL. (16, 17, 18 Jun.)

Jueves, 18 de junio de 2015 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE MELGAR - AYAVIRI EDICTO JUDICIAL EN EL EXPEDIENTE NUMERO 00182-2013-41-2108-JR-PE-Q1, EL JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE MELGAR -PUNO, DOCTOR ADOLFO EDGAR PERALTA CORNELIO, EN FECHA VEINTISIETE DE MAYO ÚLTIMO, HA DISPONIENDO NOTIFICAR CON LA RESOLUCIÓN 01 DE FECHA 16 DE MARZO ULTIMO, A LOS SUCESORES PROCESALES DE QUE EN VIDA FUE LUCIANO CJUNO VILCA, MEDIANTE EDICTOS, CUYO EXTRACTO ES EL SIGUIENTE: PROVEYENDO: EL REQUERIMIENTO FISCAL DE TERMINACIÓN ANTICIPADA, PRESENTADO POR EL FISCAL PROVINCIAL DE LA PRIMERA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL DE MELGAR, EN EL PROCESO SEGUIDO EN CONTRA DE MAGÍN LUIS VALERIANO PACCORI, POR LA PRESUNTA COMISIÓN DEL DELITO CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD EN SU MODALIDAD DE LESIONES EN SU FORMA DE LESIONES LEVES, EN AGRAVIO DE QUIEN EN VIDA FUE LUCIANO CJUNO VILCA; POR LO QUE DE CONFORMIDAD A LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 468° NUMERAL 3) DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL; PÓNGASE EN CONOCIMIENTO DE LOS SUJETOS PROCESALES EL PRESENTE REQUERIMIENTO POR EL PLAZO PERENTORIO DE CINCO DÍAS ÚTILES, (...). Y PARTE DE LA RESOLUCIÓN NUMERO CINCO DOS MIL QUICNE CUYO EXTRACTO INDICA REPROGRAMAR LA CONTINUACIÓN DE LA AUDIENCIA PRIVADA DE TERMINACIÓN ANTICIPADA PARA EL DÍA VEINTICUATRO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, LA MISMA QUE SE LLEVARA A CABO EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DE ESTA SEDE JUDICIAL, UBICADO EN EL SEGUNDO PTSO DEL JIRÓN TACNA N° 205 DE ESTA CIUDAD CON LA PRESENCIA OBLIGATORIA DEL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO EL IMPUTADO Y SU ABOGADO DEFENSOR, SIENDO FACULTATIVA LA PRESENCIA DE LOS DEMÁS SUJETOS PROCESALES (...) SE DISPONE LA NOTIFICACIÓN POR EDICTOS DE LA SUCESIÓN PROCESAL INCIERTA DE QUIEN EN VIDA FUE LUCIANO CJUNO VILCA, (...) LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY. AYAVIRI, 01 DE JUNIO DEL 2015. CAROLINA CONDORI MARIN ESPECIALISTA JUDICIAL. (16, 17, 18 Jun.) 3º JUZGADO DE PAZ LETRADO SEDE ANEXA PUNO EXPEDIENTE: 00384-2015-0-2101-JPPE-03 JUEZ: ZEVALLOS VALDEZ GUÍSELA SOFÍA ESPECIALISTA: WILFREDO HINOJOSA PONCE IMPUTADO: JAHUIRA ACERO, BENITA JAHUIRA ACERO, LILIANA ROSALIA CRUZ ACERO, LINO JAHUIRA CHOQUE, MARTIN FALTA: LESIONES DOLOSAS AGRAVIADO: JAHUIRA ACERO, BENITA CRUZ ACERO, LINO JAHUIRA ACERO, LILIANA ROSALIA JAHUIRA CHOQUE, MARTIN TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO

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DE PUNO EDICTO Por ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Puno, Despachado por la señora Juez Guísela Sofía Zevallos Valdez, con la intervención del Secretario que Autoriza, en el expediente penal N° 0384-2015, seguido por Liliana Rosalía Jahuira Acero y otros, en contra de Lino Cruz Acero y otros, sobre Faltas contra la persona, se ha expedido la resolución siguiente: Resolución N° 01: REQUERIR a la persona de LILIANA ROSALÍA JAHUIRA ACERO, a fin de que cumpla en constituirse como querellante particular, debiendo precisar de modo específico la falta o faltas que se atribuye, individualizando a su presunto autor, autores o partícipes con indicación de dirección domiciliaria descrito en croquis de ubicación, exponiendo los hechos denunciados con elementos de prueba en que se funda la imputación, así como fundamente la sanción penal a imponerse y el monto de la reparación civil, requisitos formales de cumplimiento obligatorio; y, SEÑALE su domicilio procesal, teléfono, correo electrónico para los actos de notificación, bajo responsabilidad y con dicho objeto, CONCÉDASE el plazo de tres días hábiles, bajo apercibimiento de emitir el auto archivando las actuaciones policiales que anteceden y tenerse por resistido tácitamente de la denuncia verbal formulada. WILFREDO HINOJOSA PONCE SECRETARIO JUDICIAL. (16, 17, 18 Jun.) EDICTO PENAL EXP. N° 1421 -2014-0-1001 -JR-PE-01 Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Edson Ormachea Acurio, se notifica a los imputados MÁRTIRES CAYO QUISPE, EFRAIN CAYO QUISPE, ELISBAN CAYO QUISPE, EULOGIO CAYO QUISPE Y ANDRÉS AVELINO VERA GALEANO la resolución N° 11, de fecha 08 de junio de 2015, mediante el cual se ordena que se notifique la Resolución N°01, de fecha 11 de julio de 2014, RECEPCIÓNAR la comunicación de la Disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Puno, contra MÁRTIRES CAYO QUISPE, EFRAIN CAYO QUISPE, ELISBAN CAYO QUISPE, Y EULOGIO CAYO QUISPE, por la presunta comisión del delito ambiental de contaminación del ambiente en la modalidad de minería ¡legal sancionado por el Art. 304 del Código Penal en agravio del ESTADO, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. Resolución N° 04, de fecha 10 de diciembre de 2014, mediante la cual Por recibida la Disposición Fiscal que antecede, por la que dispone: PRORROGAR el plazo de la INVESTIGACIÓN PREPARATORIA por el término de 60 DÍAS contra: MÁRTIRES CAYO QUISPE, EFRAIN CAYO QUISPE, ELISBAN CAYO QUISPE y EULOGIO CAYO QUISPE como presuntos coautores de la comisión del Delito Ambiental en su modalidad de Delito de Minería Ilegal en su forma agravada, ilícito previsto por el Art. 307°-A inciso 3) del Código

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Penal en agravio del Estado Peruano, representado por el Procurador Público Especializado en Delitos Ambientales del Ministerio del Ambiente, tómese conocimiento para los fines consiguientes de ley con conocimiento de los sujetos procesales. Resolución N° 06, de fecha 11 de marzo de 2014, RECEPCIONAR la comunicación de la Disposición de Ampliación de la Investigación Preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Puno, seguido en contra PERCY WILSON CCASO HUANCA; por la presunta comisión del delito Ambiental, en su modalidad de Delitos de Contaminación y en su forma Penal de minería ¡legal, previsto en el articulo 307-b incisos 3y 4, y en y el articulo 307-c; del código Penal teniendo como su tipo base lo establecido en el articulo 307-A del mismo cuerpo normativo ; en su condición de actor intelectual y material , en agravio del estado Peruano; representado por el Procurador Publico del Ministerio del Ambiente; Así mismo en contra ANDRÉS AVELINO VERA GALENO ; por la presunta comisión del delito Ambiental, en su modalidad de Delitos de Contaminación y en su forma Penal de minería ilegal, previsto en el articulo 307-b incisos 3y 4, y en y el articulo 307-c; del código Penal teniendo corno su tipo base lo establecido en el articulo 307-a del mismo cuerpo normativo ; en su condición de actor intelectual y material, en agravio del estado Peruano; representado por el Procurador Publico del Ministerio del Ambiente, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE a los imputados, quienes se encuentran obligados a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la Policía. Resolución N° 0Z, de fecha 08 de abril de 2014, TÉNGASE por recepcionada la comunicación fiscal y DÉSE por concluida la investigación preparatoria, exhortando al representante del Ministerio Público actuar dentro de los términos establecidos para los supuestos de ley. En el proceso penal N° 1421-2014-0-1*001-JR-PE-01 seguido contra MÁRTIRES CAYO QUISPE, EFRAIN CAYO QUISPE, ELISBAN CAYO QUISPE, EULOGIO CAYO QUISPE, WILSON PERCY CCASO HÍUANCA Y ANDRÉS AVELINO VERA GALEANO por la presunta comisión de Delitos, Ambientales - Delitos de Contaminación en la modalidad de Minería Ilegal, en agravio del Estado. EDSON ORMACHEA ACURIO JUEZ PROVICIONAL. (16, 17, 18 Jun.)

sado MARCO ANTONIO CHOQUE CONDORI, a fin que asista a la audiencia de declaración de ausencia programada para el 24 de junio de 2015 a horas 8.15 a.m., en el salón de audiencias N° 2 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, ubicado en la Plaza de Armas (jirón Puno N° 459). Puno, 11 de junio del 2015. RAMON CASA PARI ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES. (17, 18, 19 Jun.)

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNO EDICTO En el expediente N° 1092-2015-12-2101-JR-PE-02 seguida contra Marco Antonio Choque Condori, por delito de incumplimiento de obligación alimentaria, en agravio de sus menores hijos representado por su señora madre Angélica Gómez Quijo, se NOTIFICA la resolución N° 1 al acu-

NOTIFICACIÓN POR EDICTOS Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de El Collao -llave, que Despacha el señor Juez Dr. C. ARTURO ARIAS ARENAS con la actuación del Secretario Judicial MARIO J. QUISPE HUANCA, en el Expediente Nro. 2015-033-PE. Por resolución número cero dos de fecha once de junio del dos mil quince: SE DISPONE: Notificar a los agraviados MARÍA CHOQUE DE LARIJO, YOLANDA CHOQUE COAQUIRA e ISABEL QUISPE DE APAZA, con la

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA EDICTO Por ante el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Puno, que despacha el señor Juez Christian Neil Cayetano Chire, con intervención de la Especialista de Causas Jurisdiccionales Lena Leonor Alzamora Pérez, en el expediente 0675-2012-77, ha dispuesto mediante la presente se NOTIFIQUE; a la acusada AMALIA CONDORI HILASACA con la RESOLUCIÓN N° 14-2015Puno, diez de junio del año dos mil quince.- Estando al informe del señor Especialista de Audiencias así como lo expresado por la representante del Ministerio Público y los abogados de la defensa de los imputados aquí presentes a efectos de vulnerar derechos fundamentales como son el debido proceso y la legítima defensa, preceptos constitucionales contenidos en nuestro ordenamiento constitucional vigente; SE DISPONE reprogramar por última vez la presente audiencia para el día OCHO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS NUMERO (DOS), DE LOS JUZGADOS DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNO, quedando notificados en este acto todos los asistentes a la misma, no siendo necesario ninguna otra notificación para los mismos debiendo notificarse conforme a lo solicitado por el abogado de la defensa pública a la imputada Amalia Condori Nasa conforme a ley y de no poder hacerlo notifíquese vía edictos conforme a ley, notifíquese asimismo a la parte agraviada para que en el plazo de veinticuatro horas cumpla con justificar documentadamente su inasistencia así como cumpla con asistir a la audiencia programada bajo apercibimiento en caso de no hacerlo de tenerse por abandonada su constitución en actor civil y devolver dichas facultades al Ministerio Público para que actué conforme a sus atribuciones. A las partes con la presente resolución. Puno, 11 de junio del 2015. LENA L. ALZAMORA PEREZ ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES. (17, 18, 19 Jun.)

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resolución número cero uno de fecha quince de mayo del dos mil quince; lo siguiente: REQUERIR: A) Deben cumplir con señalar sus domicilios procesales dentro del radio urbano de la ciudad. B) Deben señalar la relación clara y precisa de los hechos que se atribuye al (los) imputado (s), con sus circunstancias precedentes, concomitantes y posteriores. (...), C) Los elementos de convicción que fundamenten la (s) falta (s) denunciada (s), en aplicación extensiva del artículo 349.l.c) del CPP., (...). D) La relación de las circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal que concurran, en aplicación extensiva del artículo 349.Le) del CPP. E) Precisar los hechos constitutivos del tipo penal por cada una de las faltas denunciadas, con sus circunstancias precedentes, concomitantes y posteriores. G) Debe precisar la fundamentación jurídica por cada una de las faltas denunciadas, teniendo en cuenta la teoría del delito en lo que corresponda para las faltas. H) En cuanto a los medios de prueba, debe precisar o clasificar teniendo en cuenta el artículo 156 del Código Procesal Penal,(...). I) De acuerdo con el artículo 483.1 in fine del Código Procesal Penal, para los efectos de lo dispuesto en el artículo 109 del Código acotado, debe constituirse expresamente en querellante particular. J) En el caso de las faltas, la agraviada (constituido en querellante particular) es el acusador privado, como tal en el escrito correspondiente a presentar, debe tener en cuenta la estructura de la acusación que hace el Ministerio Público en los delitos de acción pública, por tanto su acusación debe incluir la pretensión punitiva (pena o penas), la pretensión civil y los medios de prueba al respecto, conforme se tiene referido; todo ello, a fin de cumplir con el principio de legalidad, consagrado en el artículo 2 numeral 24 literal d) de la Constitución Política del Estado. K) Finalmente deben cumplir con señalar sus domicilios reales de los presuntos inculpados adjuntado croquis de ubicación debidamente detallado. Concediéndosele para cuyo efecto el plazo perentorio de tres días, bajo apercibimiento de emitir el auto archivando las actuaciones con lo actuado y tenerse por desistido tácitamente de la denuncia interpuesta en caso de incumplimiento. H. S.- Ilave, 11 de junio del 2015. MARIO QUISPE HUANCA SECRETARIO JUDICIAL. (17, 18, 19 Jun.) EDICTO JUDICIAL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE PUNO, A CARGO DEL SEÑORA GUÍSELA SOFÍA ZEVALLOS VALDEZ: Expediente N° 00441-2015-0-2101-JP-PE-03.- Se NOTIFICA al agraviado Julio César Huarcaya Coapaza con la resolución uno, del diecinueve de mayo del año dos mil quince, emitida en el proceso de Faltas contra la persona, donde se ha dispuesto que el agraviado Julio César Huarcaya Coapaza, CUMPLA con constituirse en querellante particular, precisando de modo específico la falta o faltas que se atribuye, individualizando a su presunto autor, autores o partícipes con indicación de dirección domiciliaria descrito en croquis de ubicación, exponiendo los hechos

SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO denunciados con elementos de prueba en que se funda la imputación, así como fundamente la sanción penal a imponerse y el monto de la reparación civil, requisitos formales de cumplimiento obligatorio; y, SEÑALEN su domicilio procesal, teléfono, correo electrónico para los actos de notificación, bajo responsabilidad y con dicho objeto, CONCÉDASE el plazo de tres días hábiles, bajo apercibimiento de emitir el auto archivando las actuaciones policiales.-Firma Juez.- Firma Secretario. Puno, 04 de junio del 2015. ADOLFO MIRANDA BAILON SECRETARIO JUDICIAL. (17, 18, 19 Jun.) EDICTO El Magistrado sustanciador de la Oficina Des concentrada del Control de la Magistratura en la investigación N° 0035-2014 que recae en el Juez del Juzgado de Paz Letrado de Azángaro Dr. Santos Llanos Quispe, se ha dispuesto notificar al investigado BASILIO ALARCON CUTIRÉ con la resolución Nro. 01-2015 de fecha dieciocho de febrero del año dos mil catorce, mediante el cual se ha resuelto: APERTURAR PROCESO DISCIPLINARIO en contra de BASILIO ALARCON CUTIRÉ Juez de Paz del Distrito de Cupi, Provincia de Melgar, por FALTAS GRAVES EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES conductas que son tipificadas como falta grave, de conformidad a lo establecido por el art. 49 numeral 5 de la ley 29824 Ley de Justicia de Paz, donde indica que son falta grave “5. Incumplir injustificadamente con las comisiones que reciba por encargo o delegación” encargando su sustanciación al magistrado Santos Llanos Quispe. Asimismo, se ha dispuesto notificar al referido investigado con la resolución N° 02-2015, de fecha veintiuno de marzo del año dos mil catorce; mediante el cual se ha dispuesto correr traslado al Juez de Paz del Distrito de Cupi de la Provincia de Melgar BASILIO ALARCON CUTIRÉ a fin de que dentro del quinto día de notificado emita su descargo correspondiente, acompañando al mismo los medios probatorios que sustenten sus argumentos de defensa bajo apercibimiento de seguirse el presente proceso en su rebeldía. Azángaro, 08 de junio del año 2015. SANTOS LLANOS QUISPE JUEZ. (17, 18, 19 Jun.) EDICTO DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE SAN ROMÁN - JULIACA El Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, del Distrito Judicial de Puno, a cargo de la señora Magistrada CARMEN MAMANI NUÑEZ, intervención del Asistente Jurisdiccional Nimer Bautista Quilla, en el proceso penal expediente N° 0050-2015-94-2111 -JRPE-01 (Cuaderno de debate), seguido en contra del acusado ARTURO DÍAZ CANAZA, quienes se encuentran procesados por la presunta comisión del delito contra la familia, en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de incumplimiento de obligación familiar, en agravio de Verónica Velásquez Larico, CITA Y NOTIFICA al acusado ARTURO DÍAZ CANAZA, a fin de que asista acompañado de su abogado defensor a la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL, señalado

Jueves, 18 de junio de 2015

para el día dieciséis de julio del dos mil quince a horas catorce con treinta minutos, en el salón de audiencias del Módulo Penal de San Román Juliaca, bajo apercibimiento de declarársele REO CONTUMAZ y ordenarse la captura del citado procesado hasta que sea habido en caso de inasistencia.- Juliaca, 08 de junio del 2015. NIMER BAUTISTA QUILLA ASISTENTE JURISDICCIONAL. (17, 18, 19 Jun.) PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE SAN ROMÁN JULIACA El Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, del Distrito Judicial de Puno, a cargo de la señora Magistrada CARMEN MAMANI NUÑEZ, intervención del Asistente Jurisdiccional Nimer Bautista Quilla, en el proceso penal expediente N° 001144-2014-12-2111-JRPE-04 (Cuaderno de debate), seguido en contra del acusado WASHINGTON JOSÉ CALLASACA CALLASACA, quienes se encuentran procesados por la presunta comisión del delito contra la familia, en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de incumplimiento de obligación familiar, en agravio de Elizabeth Laura Quispe, CITA Y NOTIFICA al acusado WASHINGTON JOSÉ CALLASACA CALLASACA, a fin de que asista acompañado de su abogado defensor a la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL, señalado para el día dieciséis de julio del dos mil quince a horas catorce con cuarenta y cinco minutos, en el salón de audiencias del Módulo Penal de San Román Juliaca, bajo apercibimiento de declarársele REO CONTUMAZ y ordenarse la captura del citado procesado hasta que sea habido en caso de inasistencia.Juliaca, 08 de junio del 2015. NIMER BAUTISTA QUILLA ASISTENTE JURISDICCIONAL. (17, 18, 19 Jun.) EDICTO DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE SAN ROMÁN - JULIACA El Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, del Distrito Judicial de Puno, a cargo de la señora Magistrada CARMEN MAMANI NUÑEZ, intervención del Asistente Jurisdiccional Nimer Bautista Quilla, en el proceso penal expediente N° 001401-2013-73-2111-JRPE-01 (Cuaderno de debate), seguido en contra del acusado LUZMILA QUISPE CHAUCA Y OTRO, contra la fe pública y otros, en agravio de Victoria Gómez Orosco y otros, CITA Y NOTIFICA a los acusados LUZMILA QUISPE CHAUCA Y HÉCTOR FLORES OLAYUNCA, a fin de que asista acompañado de su abogado defensor a la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL, señalado para el día catorce de julio del dos mil quince a horas tres de la tarde con treinta minutos, en el salón de audiencias del Módulo Penal de San Román Juliaca, bajo apercibimiento de declarárseles REO CONTUMAZ y ordenarse la captura de los citados procesados hasta que sean habido en caso de inasistencia.Juliaca, 08 de junio del 2015. NIMER BAUTISTA QUILLA ASISTENTE JURISDICCIONAL. (17, 18, 19 Jun.) EDICTO JUDICIAL

EN EL EXPEDIENTE NUMERO 034-2015-0-2108-JM-FT-01, EL JUEZ DEL JUZGADO MIXTO PERMANENTE DE LA SEDE JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE MELGAR - PUNO, DOCTOR SEVERIANO RAMOS NÚÑEZ, MEDIANTE RESOLUCIÓN DIEZ DE FECHA DIEZ DE JUNIO ÚLTIMO, HA DISPUESTO NOTIFICAR CON LA RESOLUCIÓN NUEVE DE FECHA ONCE DE MAYO PASADO A SAMUEL QUISPECONDORI YANA, QUIEN ES PROGENITOR DE LA MENOR JHOSELIN ROSARIO QUISPECONDORI CHOQUEHUAYTA, CUYA PARTE RESOLUTIVA ES EL SIGUIENTE: DISPONER LA NOTIFICACIÓN A LOS PROGENITORES DE LA MENOR JHOSELIN QUISPECONDORI CHOQUEHUAYTA, (...) ELLO A FIN DE TOMAR. CONOCIMIENTO SOBRE LA UBICACIÓN Y EL ESTADO DE SALUD DE DICHA MENOR, Y A EFECTOS DE QUE BRINDEN SU DECLARACIÓN SOBRE LOS HECHOS INVESTIGADOS EN EL PRESENTE PROCESO, DEBIENDO DE CONCURRIR AL JUZGADO DENTRO DEL TERCER DÍA DE NOTIFICADOS, BAJO APERCIBIMIENTO EN CASO DE INCONCURRENCIA DE DISPONER SU UBICACIÓN Y CONDUCCIÓN COMPULSIVA. LO QUE SE LE NOTIFICA AL PROGENITOR DE LA MENOR PRECITADA PARA LOS FINES DE LEY.- AYAVIRI, 10 JUNIO DEL 2 015. RENE A. TACAR CENTENO SECRETARIO JUDICIAL. (17, 18, 19 Jun.) EDICTO DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE SAN ROMÁN - JULIACA El Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, del Distrito Judicial de Puno, a cargo de la señora Magistrada CARMEN MAMANI NUÑEZ, intervención del Asistente Jurisdiccional Nimer Bautista Quilla, en el proceso penal expediente N° 001528-2014-5-2111-JRPE-01 (Cuaderno de debate), seguido en contra del acusado HERNÁN VÍCTOR RODRIGO MAMANI, quienes se encuentran procesados por la presunta comisión del delito contra la familia, en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de incumplimiento de obligación familiar, en agravio de Elena Mamani Quispe, CITA Y NOTIFICA al acusado HERNÁN VÍCTOR RODRIGO MAMANI, a fin de que asista acompañado de su abogado defensor a la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL, señalado para el día veintiséis de junio del dos mil quince a horas ocho con cuarenta y cinco minutos, en el salón de audiencias del Módulo Penal de San Román Juliaca, bajo apercibimiento de declarárseles REO CONTUMAZ y ordenarse la captura del citado procesado hasta que sea habido en caso de inasistencia.- Juliaca, 09 de junio del 2015. NIMER BAUTISTA QUILLA ASISTENTE JURISDICCIONAL. (17, 18, 19 Jun.) EDICTO La señora Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Huancané, a cargo de la Doctora Sandra Suni Huaracha, con intervención del Especialista de Causas Jurisdiccionales Edgar Luis Quispe Quenta, en el cuaderno de debates número 061-2010-29-2106-JRPE-01, seguido en contra del imputado EDWIN TITO CHALLCO, por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR,

Jueves, 18 de junio de 2015 en agravio del menor de iniciales R.T.L. representado por su madre Marley López Apaza; por intermedio de la presente se NOTIFICA al acusado EDWIN TITO CHALLCO, con el contenido de la resolución N° 11-2015, que REPROGRAMA la audiencia de juicio oral para el día OCHO DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA a realizarse en la Sala de Audiencias del Modulo Penal de Huancané, 2do Piso, ubicado en el Jr. Sata Bárbara S/N,”, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, lo que se hace de su conocimiento. Huancané, 10 de junio del 2015. EDGAR L. QUISPE QUENTA ESPECIALISTA JUDICIAL. (17, 18, 19 Jun.) JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE HUANCANÉ EXPEDIENTE N° 00020-2014-0 JUEZ: María Candelaria Morales Segura Especialista de Juzgado: Julia Lizeth Gómez Quispe EDICTO PENAL - JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE HUANCANE Expediente N° 0020-2014-0.- Se NOTIFICA a los que resulten responsables y/o afectados, con lo dispuesto en la resolución Nro. Seis de fecha nueve de junio del año en curso, que señala fecha para la REPROGRAMACION DE LA AUDIENCIA DE PRORROGA DE INVESTIGACIÓN DE PROCESO COMPLEJO, para el día TREINTA DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Huancané; proceso que se sigue en contra de Leandro Chura Chuquija, por la presunta comisión del delito de Homicidio Culposo y Lesiones Culposas, previstos en los artículos 111 ° y 124° del Código Penal, en agravio de Ydven Montero Quispe Quispe y otros. Conforme a lo ordenado en la resolución Nro. Seis de fecha nueve de junio del año en curso. Huancané, 10 de junio del 2015. (17, 18, 19 Jun.) SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA SAN ROMÁN - JULIACA EDICTO JUDICIAL La señora Juez del TERCER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA de la Provincia de San Román -Juliaca, Dr. IVAN VÍCTOR ARIAS CALVO, por medio del presente NOTIFICA A: ANDRÉS CONDORI PERALTA Y SERAPIO CONDORI PERALTA; con el contenido de la resolución número DOS de fecha veinticinco de mayo del dos mil quince, donde SE RESUELVE: DECLARAR FUNDADO el requerimiento de Declaratoria de Reo Ausente solicitado por el Ministerio Público, en consecuencia el Juzgado DISPONE DECLARAR Ausentes a Andrés Condori Peralta Y Serapio Condori Peralta; ello ordenado en el proceso penal No. 01370-2013-66-2111-JR-PE-03, seguido en contra de Andrés Condori Peralta y otro, por la presunta comisión del delito de Financiamiento por Medio de información Fraudulenta en agravio de Caja de Ahorro y Crédito Arequipa. Juliaca, 05 de Junio del 2015. MILTON J. HUACASI COILA ASISTENTE

SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

JURISDICCIONAL. (17, 18, 19 Jun.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO SALA PENAL LIQUIDADORA DE LA PROVINCIA BE SAN ROMÁN - JULIACA EDICTO Nro. 00041 - 2015 -HSPL - SR - J EXPEDIENTE Nro. 1996-00021 Pág. 365 SECRETARIO: Carmelo Huisa Gutiérrez Se cita, llama y emplaza al acusado: RUBÉN ALONSO MARTINEZ PINEDA Para que concurra obligatoriamente al acto de la audiencia pública ele juicio oral, programado para el MIÉRCOLES VEINTICUATRO DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS OCHO DE LA MAMAMA CON TREINTA MINUTOS, que se llevará a cabo en el salón de audiencias de esta Superior Sala Penal. Bajo apercibimiento día revocarse el mandato de comparecencia por detención, ser declarado reo contumaz, suspenderse el término de la acción penal3 en caso de inconcurrencia del acusado a la audiencia programada e iniciarse la audiencia, con presencia del Defensor Público adscrito a esta Superior Sala, en caso de inconcurrencia del Abogado de libre elección. Dispuesto en el proceso penal del número de la referencia, seguido en contra del sindicado, por el delito contra la administración pública - Delitos cometidos por funcionarios públicos, en su modalidad de peculado doloso, en agravio de la Sociedad de Beneficencia Pública de San Román. Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le imputa. Juliaca, 15 de junio de 2015. CARMELO HUISA GUTIERREZ SECRETARIO SALA PENAL LIQUIDADORA SAN ROMAN JULIACA. (17, 18, 19 Jun.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO SALA PENAL LIQUIDADORA DE LA PROVINCIA BE SAN ROMÁN - JULIACA EDICTO Nro. 00042 - 2015 -HSPL - SR - J EXPEDIENTE Nro. 1996-00267 Pág. 173 SECRETARIO: Carmelo Huisa Gutiérrez Se cita, llama y emplaza a la acusada: ADELA APAZA LARICO Para que concurra obligatoriamente al acto de la audiencia pública de juicio oral, programado para el JUEVES VEINTICINCO DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, que se llevará a cabo en el salón de audiencias de esta Superior Sala Penal, Bajo apercibimiento de reservarse el juzgamiento, en caso de inconcurrencia de la acosada a la audiencia programada e iniciarse la audiencia, con presencia del Defensor Pública adscrito a esta Superior Sala, en caso de inconcurrencia del Abogado de libre elección. Dispuesto en el proceso penal del número de la referencia, seguido en contra de la sindicada, por el delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad de Homicidio, en su forma de homicidio calificado, en agravio de Olinda Tintaya Quispe; y en su forma de Tentativo, de Homicidio, en agravio de Percy Tintaya Quispe y Richard Tintaya Quispe. Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le imputa. Juliaca, 15 de junio de 2015. CARMELO HUISA GUTIERREZ SECRETARIO SALA PENAL LIQUIDADORA SAN ROMAN JULIACA. (17, 18, 19 Jun.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA

DE PUNO SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNO EDICTO En el expediente N° 1092-2015-12-2101-JR-PE-02 seguida contra Marco Antonio Choque Condori, por delito de incumplimiento de obligación alimentaria, en agravio de sus menores hijos representado por su señora madre Angélica Gómez Quijo, se NOTIFICA la resolución N° 1 al acusado MARCO ANTONIO CHOQUE CONDORI, a fin que asista a la audiencia de declaración de ausencia programada para el 24 de junio de 2015 a horas 8.15 a.m., en el salón de audiencias N° 2 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, ubicado en la Plaza de Armas (jirón Puno N° 459). Puno, 11 de junio del 2015. RAMON CASA PARI ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES. (17, 18, 19 Jun.) NOTIFICACIÓN JUDICIAL POR EDICTO - MBJ-AZANGARO J. UNIPERSONAL El Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Liquidador del MBJ de Azángaro, a cargo de la Dra. LORENA MENESES TICONA, con intervención del Especialista Legal Miguel Percy Turpo Cari, en el proceso penal 00250-2013-10-2102-JR-PE-01, seguido en contra de DIEGO EFREN MAYTA CCAMA, por el delito contra la familia, en la modalidad de omisión a la asistencia familiar, en su forma de incumplimiento de obligación alimentaria, previsto en el artículo 149 primer párrafo del Código Penal, en agravio de los menores V.E.M.T., F.B.M.T. y M.M.T. representados por su madre YOVANA YOLANDA TRUJILLO TITI, mediante resolución número 03-2015 de fecha ocho de junio del dos mil quince; RESUELVE: Declarar reo contumaz al acusado DIEGO EFREN MAYTA CCAMA, disponiendo su captura y el archivamiento provisional del presente proceso y se gire los oficios para que el acusado sea ubicado, capturado y remitido al Juzgado Mixto Penal Unipersonal del MBJ de Azángaro, con el objeto de llevarse a cabo el juicio oral en cuanto sea habido. Lo que se pone en conocimiento para los fines consiguientes. Azángaro, 10 de junio del 2015. MIGUEL TURPO CARI ESPECIALISTA LEGAL. (18, 19, 22 Jun.) SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE HUANCANE EDICTO EXPEDIENTE N° 0039 - 2015 SECRETARIO: José Luis Saravia Pari Se cita, llama y emplaza al acusado: RUJELIO MAQUERA CAMACUTIPA Para que concurran obligatoriamente acto de la audiencia pública de juicio oral, programado para el TRES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas DIEZ DEJ^-MAÑANA, acto que se llevara en el Salón de Audiencias de la Sede Provincial de la Provincia de Azángaro, bajo apercibimiento de revocarse el mandato de comparecencia restringida y dictarse en su contra mandato de detención en caso de inconcurrencia. Dispuesto en el proceso penal del número de la referencia, seguido en contra del acusado Rujelio Maquera Camacutipa, por el delito contra la

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vida el cuerpo y la salud, en su modalidad de homicidio, en agravio de quien en vida fuera Teobalda Ramos Quispe. Huancané, 08 de Junio de 2015. JUAN GIL LAYME PRESIDENTE SALA MIXTA DESCENTRALIZADA HUANCANE. (18, 19, 22 Jun.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE HUANCANÉ EDICTO EXPEDIENTEN0 0037-2015 SECRETARIO: José Luis Saravia Pari Se cita, llama y emplaza a los acusados: EDGAR INOFUENTE CARI GUILLERMO AMANCIO CARI CONDORI ÁNGEL RAÚL ARPI CALCINA GERARDO SALOMÓN JOVE QUISPE ELISA MACHACA ARPI TOMAS CONDORI ZAVALA NICOLÁS PLACIDO GONZALES MAMANI JOAQUÍN LIMACHE ALCOS FREDY PURACA HUANCA Para que concurran obligatoriamente al acto de la audiencia pública de juicio oral, programado para el TRES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas DIEZ DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, acto que se llevara en el Salón de Audiencias de la Sede Judicial de la Provincia de Azángaro, bajo apercibimiento de revocarse el mandato de comparecencia restringida -y dictarse en su contra mandato de detención en caso de inconcurrencia y ser internados en el establecimiento penitenciario de Juliaca , sin perjuicio de ser declarados reos contumaces e interrumpirse el plazo prescriptorio de la acción penal. Dispuesto en el proceso penal del número de la referencia, seguido en contra del acusado Edgar Inofuente Cari y otros, por el delito de Peculado y otros en agravio de la Municipalidad de san Juan de Salinas. Huancané, 08 de Junio de 2015. JUAN GIL LAYME PRESIDENTE SALA MIXTA DESCENTRALIZADA HUANCANE. (18, 19, 22 Jun.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICA DE PUNO SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA SAN ROMÁN - JULIACA EDICTO JUDICIAL El señor juez del TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA de la Provincia de San Román - Juliaca, Dr. IVAN VÍCTOR ARIAS CALVO, por medio del presente NOTIFICA A FREDY HUARICOLLO MAMANI, con el contenido de la resolución numero Uno de fecha cuatro de junio del dos mil quince. REQUIÉRASE al imputado FREDY HUARICOLLO MAMANI, mediante notificación en su domicilio a efecto de que en el termino de CUARENTA Y OCHO HORAS de notificado cumpla por escrito con designar un abogado de su libre elección, ello bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo el Juzgado designe un abogado defensor de oficio, a efecto de continuar con el trámite del presente. AL PRIMER OTROSÍ DIGO.TÉNGASE presente lo indicado. AL SEGUNDO OTROSÍ. Devuélvase la carpeta fiscal la misma que se pondrá a disposición del juzgado las veces que sean requeridas. AL TERCER OTROSÍ.

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SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

Téngase presente. NOTIFÍQUESE al imputado, FREDY HUARICOLLO MAMANI, por edictos con la presente resolución Especialista Margarita Paredes P. Juliaca, 5 de junio del 2015. MARGARITA PAREDES PAMO ASISTENTE JURISDICCIONAL. (18, 19, 22 Jun.)

defensor de oficio a efecto de continuar con el trámite del presente. Especialista Fredy Leonardo Morales Huarcaya. Juliaca, 04 de Junio 2015. LEONARDO MORALES HUARCAYA ASISTENTE JURISDICCIONAL. (18, 19, 22 Jun.)

EDICTO JUDICIAL El señor juez del cuarto juzgado penal de investigación preparatoria de la provincia de san Román - Juliaca, Dr. Walter R. Paredes Lipa, por el medio de la presente notifica a. NICANOR MAMANI TURPO, Dado cuenta a la fecha de la revisión de autos, se tiene las notificaciones mediante edicto, publicadas en el diario El Peruano en fecha uno, dos y tres de diciembre del año dos mil catorce ; y en el diario La República los días dos y tres de diciembre del dos mil catorce, dirigida a Nicanor Mamani Turpo, HÁGASE EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO, se dispone designar abogado defensor público, para que asista en su defensa del acusado Nicanor Mamani Turpo, a tal efecto gírese oficio a la coordinación de la Defensoría Pública con el requerimiento mixto y la presente resolución, NOTIF1QUESE mediante adicto al imputado con la presente resolución. Proveyendo: el escrito con código de digitalización número 9340-2015, presentado por la Fiscalía Especializada en Delitos Aduaneros. De conformidad a lo previsto en el artículo 350 del Código Procesal Penal; CÓRRASE TRASLADO a los sujetos procesales distintos al Ministerio Público por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito observar el requerimiento de acusación. CÍTESE fecha y hora la realización de la audiencia de Control De La Acusación, para el día. JUEVES DOS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, (10:00 hora exacta), audiencia a llevarse en el establecimiento penal ex capilla de San Román - Juliaca, bajo apercibimiento de en caso de la inconcurrencia del representante del Ministerio Público de remitirse copias a su órgano de control interno, en caso de la inasistencia del abogado dé libre elección de ser remplazado por un abogado de oficio: LEONARDO MORALES HUARCAYA ASISTENTE JURISDICCIONAL. (18, 19, 22 Jun.)

EDICTO DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE SAN ROMÁN – JULIACA La Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, del Distrito Judicial de Puno, a cargo de la señora Magistrada YESSICA CONDORI CHATA, intervención del Asistente Jurisdiccional Nimer Bautista Quilla, en el proceso penal expediente N° 00108-2014-68-2111-JR-PE-03 (Cuaderno de debate), seguido en contra del acusado MELCHOR FLORENCIO HUMPIRI MIRANDA, quienes se encuentran procesados por la presunta comisión del delito contra la familia, en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de incumplimiento de obligación familiar, en agravio de Vilma Colquehuanca Villar, CITA Y NOTIFICA al acusado MELCHOR FLORENCIO HUMPIRI MIRANDA, a fin de que asista acompañado de su abogado defensor a la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL, señalado para el día treinta y uno de agosto del dos mil quince a horas diez de la mañana, en el salón de audiencias del Módulo Penal de San Román Juliaca, bajo apercibimiento de declarársele REO CONTUMAZ y ordenarse la captura del citado procesado hasta que sea habido en caso de inasistencia.Juliaca, 08 de junio del 2015. NIMER BAUTISTA QUILLA ASISTENTE JURISDICCIONAL. (18, 19, 22 Jun.)

CORTE SUPERIOR DE JUSTICA DE PUNO PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA SAN ROMÁN - JULIACA EDICTO JUDICIAL La señora juez del PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA de la Provincia de San Román - Juliaca, Dr. JESÚS ESQUIVEL VEGA, por medio del presente NOTIFICA A ANTHONY PAUL MOLINA PURHUAYA, con el contenido de la resolución número UNO de fecha diez de marzo del año en curso, que requiere al imputado ANTHONY PAUL MOLINA PURHUAYA , mediante notificación en su domicilio , a efecto de en el término de CUARENTA Y OCHO HORAS de notificado cumpla por escrito con designa un abogado de su libre elección , ello bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo el Juzgado designe un abogado

EDICTO JUDICIAL DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN El Señor Juez del SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA, a cargo del DOCTOR JOHNNY PEDRO QUISPE VILCA, con intervención del Asistente Jurisdiccional de Juzgado Héctor Condori Delgado, por medio del presente NOTIFICA A: CANDELARIA ARAPA JUSTO, con el contenido de la resolución N° UNO de fecha veinticinco de mayo del dos mil quince, emitida en el Expediente N° 01212-2014-56-2111-JR-PE-02, mediante la cual el Juzgado a la imputada Candelaria Arapa Justo para que en el término de cuarenta y ocho horas de notificado designe un Abogado de libre elección bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de que el Juzgado le designe un Abogado Defensor Público para que asuma su defensa y con quien se seguirá el trámite de la etapa intermedia. Juliaca, 12 de junio del 2015. HECTOR CONDORI DELGADO ASISTENTE JURISDICCIONAL. (18, 19, 22 Jun.) EDICTO JUDICIAL El señor juez del cuarto juzgado penal de investigación preparatoria de la provincia de san Román - Juliaca,

Jueves, 18 de junio de 2015

Dr. Walter R. Paredes Lipa, por el medio de la presente notifica a NICANOR MAMANI TURPO, Dado cuenta a la fecha de la revisión de autos, se tiene las notificaciones mediante edicto, publicadas en el diario El Peruano en fecha uno, dos y tres de diciembre del año dos mil catorce ; y en el diario La República los días dos y tres de diciembre del dos mil catorce, dirigida a Nicanor Mamani Turpo, HÁGASE EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO, se dispone designar abogado defensor público, para que asista en su defensa del acusado Nicanor Mamani Turpo, a tal efecto gírese oficio a la coordinación de la Defensoría Pública con el requerimiento mixto y la presente resolución, NOTIFIQUESE mediante adicto ai imputado con la presente resolución. Proveyendo: el escrito con código de digitalización número 9340-2015, presentado por la Fiscalía Especializada en Delitos Aduaneros. De conformidad a lo previsto en el artículo 350 de! Código Procesa! Penal; CÓRRASE TRASLADO a los sujetos procesales distintos al Ministerio Público por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito observar el requerimiento de acusación. CÍTESE fecha y hora la realización de la audiencia de Control De La Acusación, para el día, JUEVES DOS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA. (10:00 hora exacta) , audiencia a llevarse en el establecimiento penal ex capilla de San Román - Juliaca, bajo apercibimiento de en caso de la inconcurrencia del representante del Ministerio Público de remitirse copias a su órgano de control interno, en caso de la inasistencia del abogado de libre elección de ser remplazado por un abogado de oficio; LEONARDO MORALES HUARCAYA ASISTENTE JURISDICCIONAL. (18, 19, 22 Jun.) EDICTOS EL SEÑOR RAÚL ALCOS CCALLA JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO, Y CON INTERVENCIÓN DE LA SECRETARIA JUDICIAL JANET MELANIA PALOMINO QUISPE, EN EL EXPEDIENTE JUDICIAL SIGNADO CON EL NÚMERO 004-2015-FA-JPL-AS. MEDIANTE RESOLUCIÓN NÚMERO UNO GUIÓN DOS MIL QUINCE DE FECHA DIECINUEVE DE MAYO DEL PRESENTE AÑO. SE RESUELVE: 1).ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA INTERPUESTA POR MARUJA AMPUERO QUISPE. SOBRE AUMENTO DE ALIMENTOS, EN CONTRA DE LELIS MAQUER MAZA. 2).- TRAMÍTESE EN LA VÍA DEL PROCESO SUMARISIMO. 3).- TRASLADO.- LA DEMANDA AL DEMANDADO, POR EL TERMINO PERENTORIO DE CINCO DÍAS PARA QUE LA CONTESTE ACOMPAÑANDO EL ANEXO ESPECIAL PREVISTO POR EL ARTICULO 565a DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REBELDE, A LOS MEDIOS PROBATORIOS.- TÉNGASE POR OFRECIDOS, A LOS ANEXOS AGREGÚESE A SUS ANTECEDENTES T.R. JANET PALOMINO QUISPE SECRETARIA JUDICIAL. (18, 19, 22 Jun.) EDICTO PENAL Expediente N° 753-2012-39

Primer Juzgado Penal Unipersonal de Puno Especialista de Causas: Henry Velásquez Enríquez Se ha dispuesto la Notificación por Edicto con la Resolución N° 05, de fecha 11/06/15, a los acusados TOMASA MAMANI CHIPANA DE TORRES y SEBASTIAN ARESTEGUI CCORI, cuyo extracto de la parte pertinente, es el siguiente: “RESUELVE: PRIMERO: Declarar REO CONTUMAZ a la acusada Tomasa Mamani Chipana de Torres, identificada con DNI 01503545, se nombra como abogada defensora de la misma, a la abogada presente en este acto Raquel Vilma Choque Rosas quien puede hacer uso de todo los medios de defensa que la ley prevé, SE DISPONE, se giren los oficios correspondientes para la CONDUCCIÓN COMPULSIVA, asimismo se hace presente que la mencionada acusada declarada contumaz puede apersonarse a juicio oral en el estado que corresponda, disponiéndose en el caso de que no se haga presente en ninguna de las etapas del juicio oral su ARCHIVO PROVISIONAL respecto a la misma. SEGUNDO: Declarar REO CONTUMAZ al acusado SEBASTIAN ARESTEGUI CORI, identificado con DNI 01335336, DISPONIENDO La CONDUCCIÓN COMPULSIVA del mismo para lo cual SE DISPONE que se cursen los oficios correspondientes para efecto de su ubicación, aprensión y puesta a disposición de este juzgado para efectos de la instalación del juicio oral sin perjuicio de que el mismo pueda apersonarse en cualquier estado del presente juicio oral, se nombra como abogada defensora de oficio a la defensora publica doctora Mela Yessi Mamani Marca se DISPONE el ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso respecto al mencionado acusado”. Puno, 12 de junio de 2015. HENRY VELASQUEZ ENRIQUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL. (18, 19, 22 Jun.) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE PUNO EDICTO JUDICIAL En el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Puno que despacha la Señora Juez Kety Johanna Neyra Calderón con intervención de la Secretaria Judicial Vilma Chambilla Luve, se viene tramitando el Expediente Penal 2014-640 sobre faltas contra la persona en su modalidad de lesiones dolosas, se ha expedido la resolución número cuatro de fecha trece de mayo del año dos mil quince, que RESUELVE: ARCHIVAR LAS ACTUACIONES realizadas en contra de PASTORA GONZALO MAMANI, MODESTO ADOLFO HUAHUACONDORI CONDORI, LEONCIO MAMANI CAHUANA Y BASILIO MAMANI CAHUANA por faltas contra la persona en su modalidad de lesiones dolosas, en agravio de PASTORA GONZALO MAMANI, MODESTO ADOLFO HUAHUACONDORI CONDORI, LEONCIO MAMANI CAHUANA Y BASILIO MAMANI CAHUANA. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- Puno, 10 de junio de 2015. VILMA CHAMBILLA LUVE SECRETARIA JUDICIAL. (18, 19, 22 Jun.)

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