avisos judiciales 1. remates

9 sept. 2015 - SILVIA MARIANELA JARA SAN-. CHEZ. SECRETARIA JUDICIAL ..... Cajamarca, 18 de agosto de 2015. JUAN CARLOS
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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

Miércoles, 9 de setiembre del 2015 

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AVISOS JUDICIALES DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

1. REMATES Remates Bienes Inmuebles

TERCERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO JUDICIAL Expediente N° 1080-2014.- Por disposición del Sr. Juez del Primer Juzgado Civil de Cajamarca- Corte Superior de Justicia de Cajamarca: Dr. ROGER MENDOZA HERRERA y Secretario Judicial: SILVIA JARA SANCHEZ, en los seguidos sobre EJECUCION DE GARANTIAS por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE SULLANA con ROGER NICOLAS LLICO CASTREJON con intervención del Martillero Publico: JORGE RAUL MANTILLA SANEZ de Registro Profesional Nacional N° 233, se procederá a llevar a cabo el REMATE PUBLICO JUDICIAL EN TERCERA CONVOCATORIA, de: El Bien Inmueble hipotecado en los presentes Autos: Ubicado en Prolongación Petateros N° 2250, Zona Santa Elena, Distrito Provincia y Departamento de Cajamarca, con un Area de 102.86 m2, cuya Área, Dominio Linderos y demás medidas Perimétricas corren inscritos en la Partida N° 11120072, Zona Registral N° II- Sede Chiclayo- Oficina Registral Cajamarca-SUNARP.Con una VALORIZACION CONVENCIONAL (Tasación) de: US$ 54,161.93 (Cincuenta y cuatro mil, ciento sesenta y uno y 93/100 Dólares Americanos y con un PRECIO BASE de REMATE, deducido conforme a Ley de: US$ 26,088.00 (Veintiséis mil, ochenta y ocho y 00/100 Dólares Americanos).GRAVAMENES Y CARGAS: 1.HIPOTECA.- Constituida por su Propietario: Roger Nicolás Llico Castrejón a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana, hasta por US$ 46,037.64 (Asiento D00001 de la Partida N° 11120072).DIA y HORA DEL REMATE: El 30 de Setiembre del 2015, a las 11.30 a.m.LUGAR DEL REMATE: En el local del Juzgado, sito en Av. La Cantuta S/N, Lote 2, Urbanización Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapaq ñan - Cajamarca.- Dependencia de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca.POSTORES: Oblarán (Garantía) el 10 % de Tasación en efectivo o Cheque de Gerencia NEGOCIABLE, girado a nombre del postor y presentaran Arancel Judicial respectivo (Indicando N° de expediente, Juzgado y DNI/RUC).- Los honorarios del Martillero Publico

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serán por cuenta del Adjudicatario, Arancel vigente mas 18 % de I.G.V. (Art. 732 del C.P.C.)- Inf. al 997306076.JORGE RAUL MANTILLA SANEZMartillero Publico- Registro Nacional N° 233SILVIA MARIANELA JARA SANCHEZ SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO CIVIL CAJAMARCA JORGE RAUL MANTILLA SANEZ Martillero Publico Reg. 233 Telf. 997306076 P.4911617 F.P. 09-10-11 S/. 15.00

2.EDICTOS CLASIFICADOS

RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS

INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDA PROCESO NO CONTENCIOSO EXPEDIENTE CIVIL No. 000912015-0-0601 -JM-CI-01, seguido por GREGORIA NERY VASQUEZ BARBOZA Y OTRO contra MINISTERIO PÚBLICO sobre ADICIÓN DE NOMBRE, ante el JUZGADO MIXTO DE BAÑOS DEL INCA, ha resuelto lo siguiente: SENTENCIA No. 087-2015-C.- RESOLUCIÓN No. TRES.- Baños del Inca, cinco de Agosto del dos mil quince, RESUELVE: DECLARAR FUNDADA la demanda de ADICIÓN DE NOMBRE interpuesta por Gregoria Nery Vásquez Barboza y Solimán Bladimir Díaz Pereyra, en consecuencia se ORDENA la adición del prenombre de la hija menor, de los demandantes, debiendo consignarse de ahora en adelante como : Solé Ahinoa Ernestina; adición que deberá ser consignada en su partida de nacimiento No. 68227521, corresponde al año 2009, inscrita en los Registros Civiles de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, de tal forma que su nombre completo quede como : Solé Ahinoa Ernestina Díaz Vásquez, dejándose constancia que todos los datos se mantienen inalterables . JUEZ: Dra. Araujo SECRETARIA: Dra. Vásquez P.4911009 F.P. 09 Septiembre S/. 4.00 EDICTO NO CONTENCIOSO

Exp. N° 314 - 2015, Ante el Juzgado de Paz Letrado de Celendín, en Solicitud de HORACIO BENJAMIN DIAZ VILCHEZ, sobre Rectificación

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de Partida de Nacimiento se ha resuelto lo siguiente: Resolución UNO, de fecha 11 de agosto del año dos mil quince, Admite solicitud sobre Rectificación de su Partida de Nacimiento, de Rosa Angélica Vilchez; por cuanto manifiesta que el Registrador Civil ha colocado mal el nombre como “Rosa Angélica Vilchez, omitiéndose su segundo apellido (apellido materno), ya que su nombre conecto es ROSA ANGELICA VILCHEZ AZAÑERO, para lo cual se debe hacer la respectiva rectificación, ordenándose PUBLÍQUESE los edictos por el término de un día hábil en los diarios: El Peruano y la República. NOTIFIQUESE.Dr. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN – CAJAMARCA HELEN V. MARIÑAS SANCHEZ SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO – CELENDIN CAJAMARCA P.4911657 F.P. 09 Septiembre S/.4.00

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO

EDICTO JUDICIAL PROCESO ABREVIADO Ante EL Segundo Juzgado Especializado Civil de Cajamarca, la Juez Cabanillas y Secretaria Fernández en el Expediente N° 149-2015-0-0601-JR-CI-02, seguido por Segundo Alberto Chávez Valera contra Miguel Ángel Chávez Chuquiruna y otros , y contra la sucesión de María del Corazón de Jesús Carrasco Villanueva y Teodelinda Carrasco Villanueva, respecto al bien inmueble uvicado en el pasaje los robles del barrio samana cruz del Distrito , Provincia y Departamento de Cajamarca con una extensión superficial de 619. 37 metros cuadrados edictos que serán publicados en el Diario Oficial “ El Peruano y la “ República “, por 03 días consecutivos, a fin de que en plazo de 45 días posteriores a la última publicación se apersonen los que se consideren tener interés en el presente proceso, acreditando su condición de tales ( herederos de las sucesiones antes indicadas) y contesten la demanda incoada, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal en caso de no hacerlo. Cajamarca, 3 de julio del 2015 CLAUDIA CABANILLAS QUEVEDO JUEZ SEGUNDO JUZGADO ESPECIALI-

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ZADO CIVIL CAJAMARCA YOLANDA FERNANDEZ AQUINO SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P.4905906 F.P. 07-08-09 Septiembre S/. 9.00 PROCESO ABREVIADO

Ante el Segundo Juzgado Civil de Cajamarca la Juez Claudia Cabanillas Quevedo y secretaria Fernández Aquino. En el Expediente N ° 149-2015 -00601-JR-CI-02 mediante Resolución Número 04 de fecha 30 de junio del dos mil quince Admite a tramite la demanda interpuesta por CHAVEZ VALERA SEGUNDO ALBERTO contra VILLANUEVA CARRASCO CORAZÓN DE JESÚS sobre prescripción adquisitiva , en la vía de proceso abreviado respecto al bien inmueble ubicado en pasaje los robles del barrio Samana Cruz ,del Distrito , Provincia y Departamento de Cajamarca, bien inmueble que no cuenta con inscripción registral, dicho inmueble cuenta con los siguientes linderos y medidas, tiene un área de 619.37 M2 y perímetro de 101.96 m., ubicado en el pasaje los robles sector 22 del barrio Samana Cruz, limita . -Por el frente con el pasaje los robles con 17.62 m - Por el lado derecho colinda con la propiedad de Nieves Chávez Huamán con 31.9m. -Por el lado izquierdo en un primer tramo colinda con la propiedad de Miguel Ángel Chávez Chuquiruna y mide 4 m luego colinda con la propiedad de Santos Chávez Huamán con 25.11 mt-haciendo un total de 29.11 m. -Por el fondo colinda en un primer tramo con la propiedad de Corazón de Jesús Villanueva Carrasco y mide 19.92 m y luego colinda con la propiedad de Adolfina Chávez Huamán con 4.22 m., haciendo un total de 24.14 m Publique el presente edicto en los Diarios Oficiales “El peruano la República” y en la radio, por 03 veces consecutivas, Cajamarca, 3 de julio del 2015 CLAUDIA CABANILLAS QUEVEDO JUEZ SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA YOLANDA FERNANDEZ AQUINO SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P.4905908 F.P. 07-08-09 Septiembre S/. 12.00

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3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS EDICTO JUDICIAL EXP. N° 01206-2014-0-0601-JPFC-01, ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca, en solicitud de MARIA SUSANA RAMIREZ MINCHAN, sobre Alimentos, con FELIPE WALTER CARLOS QUISPE, se ha resuelto lo siguiente: Resolución N° : UNO. Cajamarca, ocho de octubre del año dos mil catorce SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por MARIA SUSANA RAMIREZ MINCHAN, sobre Alimentos a favor de la menor FATIMA LIZETH CARLOS RAMIREZ, en vía de Proceso Único, en consecuencia: CONFIERO TRASLADO de la demanda al emplazado FELIPE WALTER CARLOS QUISPE, por el plazo de CINCO DIAS HABILES, para que conteste, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de no hacerlo , de ser declarado rebelde de conformidad con el Art. 458° del C.P.C.CONCEDASE ASIGNACION ANTICIPADA DE ALIMENTOS, a favor de la menor en un monto de DOSCIENTOS CINCUENTA NUEVOS SOLES, debiéndolo depositar de manera mensual ante el Banco de la Nación a nombre de este Juzgado. RESOLUCION N° CUATRO: NOTIFIQUESE al demandado citado a través de edictos por desconocerse la dirección del emplazado, los cuales se publicaran en el Diario “LA REPUBLICA’’-Cajamarca, por tres veces con un intervalo de tres días, conforme lo establece los artículos 165° y 550° del Código Procesal Civil, para que en el término de QUINCE DIAS de realizada la última publicación se apersone al proceso, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. JUEZ Dr. Samuel A. Rodríguez DíazSecretaria. Dra. Vilma Landauro Carranza. SAMUEL ANDRES RODRIGUEZ DIAZ JUEZ TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA VILMA B. LANDAURO CARRANZA SECRETARIA JUDICIAL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA P.4904644 F.P. 03-09-15 Sep. S/. 4.00 EDICTO JUDICIAL

EXP. N° 00971-2015-0-0601-JPFC-03, ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca, en solicitud de ALEJANDRINA POMPA CASTOPE, sobre Alimentos, con MARIANO CARRION ROJAS, se ha resuelto lo siguiente: Resolución N°: DOS, Cajamarca, seis de agosto del año dos mil

quince; SE RESUELVE: ADMITIR a tramite en la vía de PROCESO UNICO, la presente demanda de ALIMENTOS, incoada por ALEJANDRINA POMPA CASTOPE con MARIANO CARRION ROJAS, NOTIFIQUESE al demandado citado a través de edictos por desconocerse la dirección del emplazado, los cuales se publicaran en el Diario Oficial “EL PERUANO” y “LA REPUBLICA”-Cajamarca, por tres veces con un intervalo de tres días, conforme lo establece los artículos 165° y 550º del Código Procesal Civil, para que en el término de quince días de realizada la última publicación se apersone al presente proceso; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. JUEZ Dr. Samuel A. Rodríguez Diaz- Secretaria. Dra. Vilma Landauro Carranza. SAMUEL ANDRES RODRIGUEZ DIAZ JUEZ TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA VILMA B. LANDAURO CARRANZA SECRETARIA JUDICIAL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA P.4887611 F.P. 28 Agosto 03-09 Septiembre S/. 9.00

4.EDICTOS PENALES

EDICTO PENAL EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJABAMBA, Juez: Cesar Salaverry Pajares: Cita y emplaza al siguiente procesado Luis Fernando Huamán Casas para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en la acusación formulada la misma que se corre traslado por el plazo de diez días , en la cual solicita se le imponga cinco años de pena privativa de la libertad, más el pago de seis mil nuevos soles, por concepto de reparación civil, asimismo REQUIERASE cumpla con NOMBRAR SU ABOGADO DEFENSOR DE SU LIBRE ELECCIÓN EN EL PLAZO DE 24 HORAS, bajo apercibimiento de nombrarse a un integrante de la Defensoría Pública de esta ciudad, en caso de incumplimiento, en el proceso que se le sigue, por estar así ordenado dentro del Expediente N° 55-201401, seguido contra Luis Fernando Huamán Casas, como presunto autor del Delito Contra La Salud Pública, en su modalidad de Trafico ilícito de Drogas, en agravio del Estado. Cajabamba, 07 de agosto del 2015. Especialista Judicial: Pilar Marcelo T. CESAR MARTIN SALAVERRY PAJARES JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

PREPARATORIA CAJABAMBA F.P. 03-07-09 Septiembre EDICTO PENAL

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJABAMBA, Juez: Cesar Salaverry Pajares: Cita y emplaza al imputado; con la resolución numero ocho de fecha tres de marzo del año dos mil quince que resuelve requerirle al imputado Luis Fernando Huamán Casas que dentro del plazo de cinco días cancele la caución que se le fue impuesta en la resolución de fecha once de febrero del presente año; bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de revocarle la medida y dictase mandato de Prisión en su contra; por estar así ordenado dentro del Expediente N° 55-2014-01, seguido contra Luis Fernando Huamán Casas, como presunto autor del Delito Contra La Salud Pública, en su modalidad de Trafico ilícito de Drogas, en agravio del Estado. Cajabamba, 07 de agosto del 2015. Especialista Judicial: Pilar Marcelo T. CESAR MARTIN SALAVERRY PAJARES JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CAJABAMBA F.P. 03-07-09 Septiembre EDICTO PENAL

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMBAMBA, Juez: SALAVERRY: Cita y emplaza al siguiente procesado HECTOR GOMEZ QUISPE con la resolución numero once que hace efectivo el apercibimiento decretado en la resolución numero tres y resuelve designar defensor publico con la finalidad de que asuma su defensa y asimismo se corre traslado del requerimiento por el plazo de diez días a fin de que pueda observar el requerimiento de acusación planteado en su contra en el proceso que se le sigue mediante: Exp. N° 084-2013-JIP, contra HECTOR GOMEZ QUISPE, como presunto autor del Delito Contra la Familia, en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de Carmen y Estefany Gómez Santos Especialista Judicial: Pilar Marcelo T. Cajabamba, 30 de julio de 2015. CESAR MARTIN SALAVERRY PAJARES JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CAJABAMBA F.P. 03-07-09 Septiembre EDICTO PENAL

La Sala Penal Liquidadora Permanente, cita y emplaza a JOSE

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

LIBORIO MUÑOZ CERDAN, para que se pongan a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito Contra la Libertad Sexual, en su modalidad de Violación Sexual, en agravio de M.S.S.CH. P.P. N°: N° 155-2011 Delito : CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL (Violación Sexual de Menor) Agraviado: M.S.S.CH. Cajamarca, 04 de Septiembre del 2015 FRANCISCO HERRERA CHAVEZ PRESIDENTE INGRID PAJARES ACOSTA SECRETARIA F.P. 07-08-09 Septiembre EDICTO PENAL

Exp. N° 1327-2015 - 0-0601 -JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Karin Danixa Vigo Portal Se cita y emplaza a: ATALAYA ZAMBRANO MARCIANO RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- Cajamarca, 18 de agosto del 2015.DADO CUENTA: Con la revisión de autos y estando a que en el requerimiento de acusación directa incoado por la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, contra ATALAYA ZAMBRANO, MARCIANO, por la presunta comisión del delito de omisión de asistencia familiar en agravio de ATALAYA LOZANO, FRIDA LISSETH, no se ha señalado el domicilio procesal correspondiente; PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento fiscal: REQUIÉRASE al acusado cumpla en el PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES con designar un abogado defensor de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio procesal, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público; debiendo para tal efecto, de notificarse al acusado en el domicilio real proporcionado por el representante del Ministerio Público en su condición de titular de la acción penal y conductor de la investigación desde su inicio. NOTIFÍQUESE.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 07-08-09 Septiembre EDICTO PENAL

Exp. N° 1302-2015 - 0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Karin Danixa Vigo

Miércoles, 9 de setiembre del 2015 

Portal Se cita y emplaza a: CHUQUIRUNA LUCANO JOSÉ SANTOS RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- Cajamarca, 13 de agosto del 2015.DADO CUENTA: Con la revisión de autos y estando a que en el requerimiento de acusación directa incoado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, contra CHUQUIRUNA LUCANO, JOSE SANTOS, por la presunta comisión del delito de Conducción en estado de ebriedad en agravio de la sociedad cajamarquina, no se ha señalado el domicilio procesal correspondiente; PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento fiscal: REQUIÉRASE al acusado cumpla en el PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES con designar un abogado defensor de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio procesal, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público; debiendo para tal efecto, de notificarse al acusado en el domicilio real proporcionado por el representante del Ministerio Público en su condición de titular de la acción penal y conductor de la investigación desde su inicio. NOTIFÍQUESE.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 07-08-09 Septiembre EDICTO PENAL

Exp. N° 1338-2015 - 0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Karin Danixa Vigo Portal Se cita y emplaza a: CASTREJÓN ARCE SAMUEL ARCADIO RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- Cajamarca, uno de setiembre del 2015.DADO CUENTA: Con la razón dada por el notificador en la cédula N° 58745 al acusado, respecto a que no existe la numeración dada, en tal sentido, estando a lo informado, este Despacho DISPONE: DÉJESE sin efecto la Resolución N° uno de fecha 24-08-2015. Y, PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento fiscal: REQUIÉRASE al acusado cumpla en el PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES con designar un abogado defensor de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio procesal, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público; debiendo para tal efecto, de notificarse al acusado en el domicilio real proporcionado por el representante del Ministerio Público en su condi-

ción de titular de la acción penal y conductor de la investigación desde su inicio. NOTIFÍQUESE.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 07-08-09 Septiembre EDICTO PENAL

Exp. N° 1046-2015 - 0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Karin Danixa Vigo Portal Se cita y emplaza a: MELENDEZ CASTAÑEDA WILLIAM OMAR RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO.Cajamarca, uno de setiembre del 2015.-DADO CUENTA: Con el estado del proceso, este Despacho. DISPONE: CÍTESE a la audiencia preliminar de control de acusación, para el día VEINTIUNO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la SALA DE AUDIENCIAS DE NÚMERO TRES de esta Corte de Justicia, con la presencia obligatoria del señor Fiscal y el abogado defensor del acusado, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia injustificada del Fiscal, de poner en conocimiento su conducta a la Oficina de Control Interno del Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones, y para el abogado defensor público de poner en conocimiento su conducta a la Defensoría Pública para que proceda conforme a sus atribuciones; teniéndose en cuenta a criterio de este juzgador, que la indicada audiencia tendría el carácter de inaplazable, esto a tenor del artículo 351° inciso 1) del mismo cuerpo legal, que establece un plazo perentorio para su realización, sin perjuicio de ser sancionado conforme el artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, PRECÍSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de Ley. NOTIFÍQUESE al acusado también vía edictos.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 07-08-09 Septiembre EDICTO PENAL

Exp. N° 759-2015 - 0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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CAJAMARCA Especialista: Karin Danixa Vigo Portal Se cita y emplaza a: Agraviado Fray Jhonatan Mejía Ortiz Representado por Celina Edith Ortiz Vargas RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO: Cajamarca, diecisiete de Agosto del año dos mil quince.- SE RESUELVE: DE OFICIO, DECLARAR LA CUESTIÓN PREVIA en el presente proceso; en consecuencia, se DECLARA NULO TODO LO ACTUADO, archivándose la presente investigación. CONSENTIDA Y EJECUTORIADA que sea la presente, se ordena la devolución de la carpeta al fiscal responsable del caso. Se ORDENA la notificación de la presente Resolución a la parte agraviada para su conocimiento respectivo. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 07-08-09 Septiembre EDICTO PENAL

EXPEDIENTE PENAL n° 000602015. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE CITA Y EMPLAZA A: EMÉRITA CRUZ MONDRAGÓN GOÑAS Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° TRES de fecha 24-07- 2015, SE RESUELVE: DECLARAR el desistimiento tácito de la acción penal incoada por la querellante particular Emérita Cruz Mondragón Goñas, en contra de los ciudadanos Rosaura Castrejón Carrasco y Feliciano Rojas Delgado, por falta contra la persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en el Proceso Penal n° 00060-2015-0-0601-JP-PE-04. Cajamarca, 18 de agosto de 2015. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 07-08-09 Septiembre EDICTO PENAL

Exp. N° 1386-2015- 0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: HUAMAN CARRASCO WILMER RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- Cajamarca. 31 de agosto del 2015.DADO CUENTA: Con la revisión de autos y estando a que en el requerimiento de acusación directa incoado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, contra HUAMAN CA-

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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

RRASCO, WILMER, por la presunta comisión del delito de omisión de asistencia familiar en agravio de HUAMAN HUACCHA, JHAKELIN YESENIA, no se ha señalado el domicilio procesal correspondiente, PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento fiscal: REQUIÉRASE al acusado cumpla en el PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES con designar un abogado defensor de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio procesal, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público; debiendo para tal efecto, de notificarse al acusado en el domicilio real proporcionado por el representante del Ministerio Público en su condición de titular de la acción penal y conductor de la investigación desde su inicio. NOTIFÍQUESE.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 07-08-09 Septiembre EDICTO PENAL

Exp. N° 1152-2015 - 0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: HUANCAS PINEDO EDGAR RESOLUCIÓN NÚMERO TRES.- Cajamarca, 31 de agosto del 2015.DADO CUENTA con el escrito presentado por el defensor público del acusado, mediante el cual, absuelve el traslado de la acusación, solicita criterio de oportunidad y otros; en tal sentido AGRÉGUESE a los autos el escrito antes mencionado, PÓNGASE a conocimiento de los demás sujetos procesales apersonados al presente proceso para su absolución oral en audiencia preliminar; en consecuencia, siendo el estado del proceso, este Despacho DISPONE: CÍTESE a la audiencia preliminar de control de acusación, para el día VEINTIUNO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las NUEVE HORAS en la SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO TRES de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca - sede Qhapac Ñan, con la presencia obligatoria del señor Fiscal y del Abogado Defensor del acusado, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia injustificada del Fiscal, de poner en conocimiento su conducta a la Oficina de Control Interno del Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones, y para el abogado defensor del acusado de informar su conducta a la Defensoría Pública para que proceda conforme

Miércoles, 9 de setiembre del 2015 

a sus atribuciones, teniéndose en cuenta a criterio de este juzgador, que la indicada audiencia tendría el carácter de inaplazable, esto a tenor del artículo 351° inciso 1) del mismo cuerpo legal, que establece un plazo perentorio para su realización, sin perjuicio de ser sancionado conforme el artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, PRECÍSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de Ley. NOTIFÍQUESE.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 07-08-09 Septiembre EDICTO PENAL

EXP. NÚMERO: 31-2011-31-0605-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE HUALGAYOC – BAMBAMARCA JUEZ: Dr. EDGARD ROLANDO MARIN PANDO ESPECIALISTA DE AUDIENCIAS: LUZMILA CALUA ZAMBRANO Se cita, y emplaza a ELISA GALDYS CHUGDEN FIGUEROA Y ELMER JOSELITO CHUGDEN FIGUEROA, para que se pongan a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito VIOLENCIA CONTRA LA AUTORIDAD PARA IMPEDIR EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, en agravio de MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO - MINCETUR, y se cita a la audiencia de juicio oral a llevarse a cabo el día TREINTA DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS DIEZ Y VEINTE DE LA MAÑANA en la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Bambamarca ubicado en el Jr. Alfonso Ugarte N° 674 - cuarto piso, de la ciudad de Bambamarca. Bambamarca, 13 de marzo del 2015 EDGARD ROLANDO MARIN PANDO JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL HUALGAYOC – BAMBAMARCA LUZMILA CALUA ZAMBRANO ESPECIALISTA DE AUDIENCIAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL HUALGAYOC – BAMBAMARCA F.P. 07-08-09 Septiembre EDICTO PENAL

JUZGADO DE PAZ LETRADO CON ADICION DE FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CONTUMAZA ESPECIALISTA JUDICIAL: ROXANA ALVAN ZAMORA EXP. N° 035-2014-0 RESOLUCION N° TRECE de fecha

26 de agosto del 2015; SE RESUELVE: 1.- CITAR audiencia preliminar de control de sobreseimiento para el día LUNES CATORCE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, que se llevara a cabo en la sala de audiencia del juzgado de investigación preparatoria de Contumazá. PRECISANDO que las partes deberán asistir con quince minutos de anticipación. 2 - NOTIFICAR VIA EDICTO a la agraviada EDITH BENAVIDES DIAZ, en los seguidos contra Reynerio Quiliche Ortiz, por el delito de Lesiones Culposas. Edictos que serán publicados en el diario Oficial “La República” de Cajamarca por el pazo de TRES DIAS. Suscribe la Señora Juez María Jesús Amaya Valderrama y Especialista Judicial Roxana Alvan Zamora. MARIA JESUS AMAYA VALDERRAMA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADP CON ADICION A FUNCIONES DE JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CONTUMAZA ROXANA ALVAN ZAMORA ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CONTUMAZA F.P. 07-08-09 Septiembre EDICTO PENAL

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJABAMBA, Juez: Cesar Salaverry Pajares: Cita y emplaza a los agraviados Jesús Jiménez Anticona , Gaspar Monzón Vargas, Antonio Reyes Monzón, Francisca García Osorio, Natividad Alvarado Reyes, María Ramírez Jiménez, Hilda Monzón Vargas, Leonila Vilca Ramírez, Santos Reyes Alvarado, Roger Reyes Monzón, Efraín Vilca Ramírez ; Y Manuel Ramírez Fabián con la resolución numero nueve que fija fecha la audiencia de control de acusación ; para el día once de septiembre a horas . 10:00am en el Establecimiento Penal de Huacariz de Cajamarca. Exp. N° 50-2014-0-JIP, contra OSCAR REYES MONSON, como presunto autor del Delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Homicidio Culposo Agravado en agravio de Manuel Vicente Vargas reyes, Joselyn Jazmín Vilca Ramírez y maría Alvarado Julca y por Lesiones Culposas Agravadas en agravio de Leonila Catalina Vilca Ramírez y otros. Cajabamba, 26 de Agosto del 2015 Especialista Judicial: Pilar Marcelo CESAR MARTIN SALAVERRY PAJARES JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CAJABAMBA

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

F.P. 07-08-09 Septiembre EDICTO PENAL

Exp. N° 1017-2015-0-0601-JRPE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Marcia Álvarez Figueroa Se cita y emplaza a: JOSE TOMAS RAMOS ESTACIO, para que tome conocimiento de la investigación seguida en su contra por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad de lesiones culposas graves en agravio de Pelayo Azañero Mendo; asimismo de la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN programada para el día 23 DE SETIEMBRE DE 2015 A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA en la sala de audiencias número DOS ( segundo piso) de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca- Sede Qapac Ñac. Cajamarca, tres de setiembre de 2015 F.P. 07-08-09 Septiembre EDICTO

EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CHOTA, que despacha el Dr. Jorge Luis Gregorio De La Cruz Medina, CITA Y EMPLAZA a: HERNÁN NUÑEZ ROJAS, para que se ponga a derecho y se defienda del cargo formulado en su contra dentro del Cuaderno de Debates N° 251-2014-39-0610-JR-PE-01, aperturado dentro del proceso que se le sigue por el delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de José Daniel Núñez Chachapoyas. RES. 04: De fecha 02-09-2015, haciéndose saber al acusado que se ha señalado fecha de audiencia de juicio oral el día 13 de Octubre del año 2015 a horas 11:00 AM, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Unipersonal de Chota; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser declarado reo contumaz, ordenarse su conducción compulsiva y archivarse provisionalmente el presente proceso. Chota, 03 de setiembre del 2015. Especialista Judicial Huaccha Ramírez Alicia. Jorge Luis Gregorio De La Cruz Medina JUEZ PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CHOTA F.P. 07-08-09 Septiembre EDICTO

EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CHOTA, que despacha el Dr. Jorge Luis Gregorio De La Cruz Medina, CITA Y EMPLAZA a: RICHARD MEJÍA MARÍN, para que

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

se ponga a derecho y se defienda del cargo formulado en su contra dentro del Cuaderno de Debates N° 124-2015-66-0610-JR-PE-01 aperturado dentro del proceso que se le sigue por el delito de Conducción de Vehículo Motorizado en Estado de Ebriedad, en agravio de la Sociedad. RES. 03: De fecha 02-09-2015, haciéndose saber al acusado que se ha señalado fecha de audiencia de juicio oral el día 16 de Setiembre del año 2015 a horas 11:30 AM, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Unipersonal de Chota; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser declarado reo contumaz, ordenarse su conducción compulsiva y archivarse provisionalmente el presente proceso. Chota, 03 de setiembre del 2015. Especialista Judicial Huaccha Ramírez Alicia. Jorge Luis Gregorio De La Cruz Medina JUEZ PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CHOTA F.P. 07-08-09 Septiembre EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N° 037-2014-15-0613-JUP-SC. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL -PROVINCIA DE SANTA CRUZ Especialista de Causas: Karent Sanchez Romero. Resolución N° 04: Se emplaza a: GERMAN SOTO CIEZA, y ANTENOR CHINGAY CELIS Que mediante Resolución Nº 07, se le cita a la audiencia de Juicio Oral a realizarse el día 26 de Noviembre del presente, a horas 03:00 pm, la misma que se llevara a cabo, en el local de la sala de audiencia del Juzgado Unipersonal de la Provincia de Santa Cruz, sitio en el Jr. Domingo Negrón Nº 101 –Santa Cruz. Santa Cruz, 26 de Agosto del 2015 JAIME MARCELO CARRASCO TAPIA JUEZ JUZGADO UNIPERSONAL SANTA CRUZ KARENT D. SANCHEZ ROMERO ESPECIALISTA DE CAUSAS MODULO PENAL SANTA CRUZ F.P. 07-08-09 Septiembre EDICTO PENAL

TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Juan Briones Álvarez Exp. 933-2014-1-0601-JR-PE-05 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en el presente proceso, a los acusados Idelso Telmo Salazar Maluquish, José Eslin Cervantes Salazar, Jesús Ma-

Miércoles, 9 de setiembre del 2015 

nuel Salazar Cervantes, Segundo Armando Vásquez Mendoza,Rosas Cárdenas Chilón, Holger Chiza Salazar, Eduardo Salazar Chiza, Santos Martín  Salazar Cervantes, Walter Chilón Llanos Ivahnoe Ramírez García que se realizará en ACTO PÚBLICO el día VEINTITRÉS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS  DOCE Y TREINTA MINUTOS DE LA TARDE ,(data dispuesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegiado se encuentran con diligencias programadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias número UNO (1) del Establecimiento Penitenciario de Cajamarca, en el proceso seguido contra: Rosas Cárdenas Chilón, Holger Chiza Salazar, Eduardo Salazar Chiza, Santos Martín  Salazar Cervantes, Walter Chilón Llanos como presunto autor del delito contra el Patrimonio, en su figura de Hurto Agravado y contra Idelso Telmo Salazar Maluquish, José Eslin Cervantes Salazar, Jesús Manuel Salazar Cervantes, Segundo Armando Vásquez Mendoza, Ivahnoe Ramírez García. por el delito de Receptación. Bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva. Suscribe el señor Juez: German Merino Vigo. F.P. 07-08-09 Septiembre EDICTO PENAL

EXP. Nro. : 193 -2014(94 -2015JUP) JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA SE CITA Y EMPLAZA A: AGUSTIN SANTOS VILLANUEVA GUTIERREZ Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha uno de setiembre del dos mil quince, se ha declarado CONTUMAZ al procesado, AGUSTIN SANTOS VILLANUEVA GUTIERREZ, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional, y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa hasta que sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado a la defensora Pública doctora Elva Liliana Albújar Nuñez. HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición de la acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de omisión a la Asistencia Familiar en agravio de Imelda Janeth Villanueva Blas. Cajabamba, 02 de Setiembre del 2015 MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL F.P. 08-09-10 Septiembre EDICTO PENAL

TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Juan Briones Álvarez Exp. 572-2015-1-0601-JR-PE-02 SE RESUELVE:  1.  CITAR A JUICIO ORAL en el presente proceso, al acusadoGUMERCINDO QUIROZ ORTIZ que se realizará en ACTO PÚBLICO el día  PRIMERO DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS TRES CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA TARDE,(data dispuesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegiado se encuentran con diligencias programadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado, ubicado en la Avenida La Cantuta- Cuadra Doce – Octavo  PisoUrbanización Villa Universitaria Cajamarca, en el proceso seguido contra GUMERCINDO QUIROZ ORTIZ como presunto autor del delito contra la Familia, en su figura a la Omisión de Asistencia Familiar. Bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva. Suscribe el señor Juez: German Merino Vigo. F.P. 08-09-10 Septiembre EDICTO PENAL

TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Juan Briones Álvarez Exp. 305-2015-1-0601-JR-PE-01 1. CITAR A JUICIO ORAL en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día  DIEZ DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS DOS CON CUARENTA MINUTOS DE LA TARDE,(data dispuesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegiado se encuentran con diligencias programadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado,  ubicado en la Avenida La Cantuta- Cuadra Doce – Octavo Piso- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca, en el proceso seguido contraCARLOS CALUA LUMAY como presunto autor del delito contra la Familia, en su figura a la Omisión de Asistencia Familiar .Bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva. Suscribe el señor Juez: Germán Merino Vigo. F.P. 08-09-10 Septiembre EDICTO PENAL

JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: LORENA IBETH CARRIÓN ROJA Exp. 120-2012-1-0601-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PRIVADO el día 20 DE OCTUBRE

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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DEL 2015 , a las 11:00 AM , la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado - 8vo. Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12. Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado CORREA MEGO JUAN, concurrir Obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito DE VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD , en agravio de RRT Suscribe el señor Juez: DANIEL HOLGUIN MORAN, y la especialista judicial: Lorena Ibeth Carrión Rojas. DANIEL HOLGUIN MORAN PRESIDENTE JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL – NCPP CAJAMARCA LORENA IBETH CARRION ROJAS ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADOS COLEGIADOS MODULO N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 09-10-11 Septiembre EDICTO PENAL

SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 104-2015-1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día DIEZ DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias número tres (03), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos), debiendo el acusado PABLO JULIAN INTOR HERRERA concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez José Daniel Santos Holguín Moran y especialista judicial Margot Chávez Veintimilla. Atentamente. DANIEL HOLGUIN MORAN JUEZ TITULAR SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL

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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

CAJAMARCA F.P. 09-10-11 Septiembre EDICTO PENAL

SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 540-20115-1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día ONCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias número tres (03), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos), debiendo el acusado JOSE AMADOR SOLANO RODAS concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez José Daniel Santos Holguín Moran y especialista judicial Margot Chávez Veintimilla. Atentamente. DANIEL HOLGUIN MORAN JUEZ TITULAR SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL CAJAMARCA F.P. 09-10-11 Septiembre EDICTO PENAL

SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 1838-2014-2. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día VEINTITRES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias número cinco (05), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos), debiendo el acusado CACHO VASQUEZ DANNY concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resis-

Miércoles, 9 de setiembre del 2015 

tencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez José Daniel Santos Holguín Moran y especialista judicial Margot Chávez Veintimilla. Atentamente. DANIEL HOLGUIN MORAN JUEZ TITULAR SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL CAJAMARCA F.P. 09-10-11 Septiembre EDICTO PENAL

SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 1716-2014-1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día VEINTICINCO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala número cinco (05), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos), debiendo el acusado YUPANQUI GARCIA JAIME CLODOVEO y ATALAYA CASTREJON LORENZA ELSA, concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez José Daniel Santos Holguín Moran y especialista judicial Margot Chávez Veintimilla. Atentamente. DANIEL HOLGUIN MORAN JUEZ TITULAR SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL CAJAMARCA F.P. 09-10-11 Septiembre EDICTO PENAL

SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 1761-2014-1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias número cinco (05), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con

vidrios reflectivos), debiendo el acusado LUBER CHUQUILIN PEREZ concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez José Daniel Santos Holguín Moran y especialista judicial Margot Chávez Veintimilla. Atentamente. DANIEL HOLGUIN MORAN JUEZ TITULAR SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL CAJAMARCA F.P. 09-10-11 Septiembre EDICTO PENAL

SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 109-2015-1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día NUEVE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias número tres (03), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos), debiendo el acusado JOSE WILMER HERNANDEZ BECERRA concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el defino de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez José Daniel Santos Holguín Moran y especialista judicial Margot Chávez Veintimilla. Atentamente. DANIEL HOLGUIN MORAN JUEZ TITULAR SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL CAJAMARCA F.P. 09-10-11 Septiembre EDICTO PENAL

SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 395-2014-2. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

el día VEINTIUNO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias del colegiado (8vo piso), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos), debiendo el acusado GILMER RAMOS CRUZADO concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez José Daniel Santos Holguín Moran y especialista judicial Margot Chávez Veintimilla. Atentamente. DANIEL HOLGUIN MORAN JUEZ TITULAR SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL CAJAMARCA F.P. 09-10-11 Septiembre EDICTO PENAL

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

CAJAMARCA F.P. 09-10-11 Septiembre EDICTO PENAL

Exp. N° 1418-2015 - 0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Salazar Campos Gina Yakorí Se cita y emplaza a: MELENDEZ PAREDES SANTOS ORLANDO RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- Cajamarca, uno de setiembre del 2015.-DADO CUENTA: Con la revisión de autos y estando a que en el requerimiento de acusación directa incoado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, contra MELENDEZ PAREDES, SANTOS ORLANDO, por la presunta comisión del delito de omisión de asistencia familiar en agravio de MELENDEZ COTRINA, YAJAYRA CAMILA, no se ha señalado el domicilio procesal correspondiente; PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento fiscal: REQUIÉRASE al acusado cumpla en el PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES con designar un abogado defensor de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio procesal, BAJO APERCIBIMIENTO

Miércoles, 9 de setiembre del 2015 

en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público; debiendo para tal efecto, de notificarse al acusado en el domicilio real proporcionado por el representante del Ministerio Público en su condición de titular de la acción penal y conductor de la investigación desde su inicio. NOTIFÍQUESE.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 09-10-11 Septiembre EDICTO PENAL

Exp. N° 1413-2015 - 0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Salazar Campos Gina Yakori Se cita y emplaza a: CONDOR JAMBO LEONARDO RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- Cajamarca, uno de setiembre del 2015.-DADO CUENTA: Con la revisión de autos y estando a que en el requerimiento de acusación directa incoado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de

Cajamarca, contra CONDOR JAMBO, LEONARDO, por la presunta comisión del delito de omisión de asistencia familiar en agravio de CONDOR SANGAY, ALEX LEONARDO Y OTROS, no se ha señalado el domicilio procesal correspondiente; PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento fiscal: REQUIÉRASE al acusado cumpla en el PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES con designar un abogado defensor de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio procesal, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público; debiendo para tal efecto, de notificarse al acusado en el domicilio real proporcionado por el representante del Ministerio Público en su condición de titular de la acción penal y conductor de la investigación desde su inicio. NOTIFÍQUESE. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 09-10-11 Septiembre

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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EDICTO PENAL

TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Juan Briones Álvarez Exp. 1386-2014-1-0601-JR-PE-05 SE RESUELVE: 1. CITAR A JUICIO ORAL en el presente proceso, al acusado JAIME ROLANDO CABRERA ZELADA que se realizará en ACTO PÚBLICO el día ONCE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS TRES CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA TARDE,(data dispuesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegiado se encuentran con diligencias programadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo en el Despacho del Señor Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal, ubicado en la Avenida la Cantuta Cuadra doce – Octavo Piso- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca, en el proceso seguido contra JAIME ROLANDO CABRERA ZELADA como presunto autor del delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en su figura de Lesiones Graves.Bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva. Suscribe el señor Juez: German Merino Vigo. F.P. 09-10-11 Septiembre

SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 1643-2014-1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día VEINTINUEVE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias número cinco (05), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos), debiendo el acusado MAXIMILIANO MEDINA VILLANUEVA concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez José Daniel Santos Holguín Moran y especialista judicial Margot Chávez Veintimilla. Atentamente. DANIEL HOLGUIN MORAN JUEZ TITULAR SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL HASTA TODO DE SETIEMBRE

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iércoles, 9 dedel setiembre del 2015 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTEM iércoles, 9Mde setiembre 2015 

PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV

DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ DR. VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE

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delsetiembre 2015 del 2015  PRECIO POR PALABRA:PRECIO S/. 0.01 INC. Miércoles, 9 deMsetiembre iércoles, 9 de POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

HASTA 10 DE SETIEMBRE HASTA NUEVO AVISO

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iércoles, 9 dedel setiembre del 2015 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTEM iércoles, 9Mde setiembre 2015 

PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV

DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ DR. VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE

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delsetiembre 2015 del 2015  PRECIO POR PALABRA:PRECIO S/. 0.01 INC. Miércoles, 9 deMsetiembre iércoles, 9 de POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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COMUNICADO LA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA, COMUNICA A LOS SEÑORES ABOGADOS, LITIGANTES Y PÚBLICO EN GENERAL, QUE EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 001-2015-ODECMA-C-CSJCA-PJ, DE FECHA DIECISÉIS DE ENERO DEL DOS MIL QUINCE, SE REALIZARÁ LAS VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS A LAS SALAS ESPECIALIZADAS DE CAJAMARCA, EN EL SIGUIENTE CRONOGRAMA: SALA ESPECIALIZADA CIVIL Día : 08 de setiembre del 2015. SALA ESPECIALIZADA CIVIL TRANSITORIA Día : 09 de setiembre del 2015. SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE Día : 11 de setiembre del 2015. POR LO QUE LOS SEÑORES INTERESADOS PUEDEN APERSONARSE ANTE LA COMISIÓN VISITADORA, EN EL HORARIO HABITUAL DE OFICINA, A EXPRESAR SU OPINIÓN SOBRE LA CONDUCTA FUNCIONAL DE LOS SEÑORES MAGISTRADOS Y PERSONAL JURISDICCIONAL VISITADOS; ASI COMO INTERPONER RECLAMOS O QUEJAS SI LO CREEN CONVENIENTE.

JEFATURA DE ODECMA.

HASTA NUEVO AVISO

HASTA 11 SETIEMBRE

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iércoles, 9 dedel setiembre del 2015 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTEM iércoles, 9Mde setiembre 2015 

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DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ DR. VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE

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delsetiembre 2015 del 2015  PRECIO POR PALABRA:PRECIO S/. 0.01 INC. Miércoles, 9 deMsetiembre iércoles, 9 de POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

TE AMO, DIOS MÍO Mons. Ángel Ortega Trinidad Capellán de la Corte Suprema de la República

Dios no se hace viejo, no se arruga, no pierde fuerza. Dios nos ama hoy como ayer y como nos amará mañana Es el Amor con mayúscula. Dios es Amor. La Belleza misma la Santidad -el tres veces santo- el todopoderoso, creador de los cielos y la tierra. Cuando uno ve a una persona buena, santa, poderosa, amorosa, muy bella se entusiasma con ella, se enamora de ella. El que conoce a Dios no puede menos de enloquecer de amor por Él. “Tarde te amé, Oh belleza tan antigua y tan nueva, tarde te amé”. San Agustín. Esta frase de San Agustín dice muchas cosas: Primera que Dios es de una belleza inmarcesible. A veces uno se enamora de un ostro de una persona que no quisiera que envejeciese, que mantuviese siempre la misma frescura, la misma juventud, idéntica sonrisa. Pero, por desgracia, las personas avanzan en edad, salen canas, arrugas, obesidad, arrugas en la frente y en el alma. Algunos podría n decir: Esta no es la persona de la que yo me enamoré. Ha cambiado demasiado. Segundo, que uno es un pobre cuando se enamora de todo menos de Dios. Por eso dice dos veces la palabra triste tarde, demasiado tarde. Y realmente es cierto. Los minutos, los años en que uno no ama a Dios son perdidos miserablemente. Si no he amado a Dios ¿qué he estado haciendo? Lo mínimo es perder tiempo y vida. Cuántos de nosotros deberíamos decir como el santo: Tarde te amé, oh belleza tan antigua y tan nueva, tarde te amé. Y, tal vez, algunos tengan que decir: Nunca te amé, nunca te conocí. !Qué triste es esto! Y porque a ti sólo debo amarte con todo mi corazón, con toda mi alma y con todas mis fuerzas. Por ser mi Creador, mi Redentor, y por haberme destinado al cielo. Te amo porque me has amado Tú primero. Te amo porque me has redimido del pecado. Te amo porque me has abierto las puertas de tu Reino Te amo porque me has hecho hijo de Dios Te amo porque me has enriquecido con el Espíritu Santo Te amo, porque me has entregado a tu Madre al pie de la cruz. Te amo por el don de la fe Te amo porque te has quedado conmigo en el sagrario. Te amo porque me has enviado como a los apóstoles, a extender tu Reino entre los hombres. Te amo porque eres mi Dios y mi Señor.

Dios no se hace viejo, no se arruga, no pierde fuerza. Dios nos ama hoy como ayer y como nos amará mañana. Aprovechemos esta maravillosa gracia y amemos, amemos a la persona más digna de nuestro amor.

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EL AMOR AL DINERO

DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ DR. VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE

¿QUIÉNES MUEREN EN CADA ABORTO?

Los hombres sensatos pero pegados al suelo, acaban cometiendo el tremendo error de pensar que dedicarse a ganar dinero es lo único serio que se puede hacer en la vida. UNA AVARICIA PECULIAR: Poseer puede llegar a ser una pasión avasalladora. Es una de las inclinaciones que más enloquecen. Se refuerza con el deseo de seguridad, de poder y de presumir, que proporciona el tener mucho. La tendencia desordenada a poseer suele manifestarse en el amor al dinero. El dinero no es propiamente un bien, sino un medio convencional de cambio que permite obtener bienes reales. Por eso, el dinero da lugar a una forma de avaricia peculiar, que no se centra en bienes, sino en el medio que parece proporcionarlos todos. En este sentido, en el amor al dinero se manifiesta en su esencia más pura la avaricia: el deseo de poseer, sin contenido real, sin bienes concretos que se amen: es como amar el poseer en abstracto. Parece obvio que el dinero es importante y que hay que esforzarse por conseguirlo; en nuestra sociedad, sin dinero no se puede vivir. Esto es verdad, evidentemente, pero hay que tener cui dado con las generalizaciones. Admitamos que no se puede vivir sin dinero, por lo menos en una sociedad civilizada. Pero a continuación hay que preguntarse cuánto dinero es necesario para vivir y, también qué otras cosas, además de ganar dinero, importan en esta vida. Sería un círculo vicioso vivir para ganar dinero y ganar dinero solo para vivir. El dinero, desde luego, no es lo primero. Sería absurdo dedicarle la vida, sabiendo que la vida misma es un bien limitado. El dinero es un instrumento. Hay que saber para qué se quiere; hay que saber cuánto se necesita; hay que saber lo que cuesta. Con esos datos podemos poner límites a la avaricia y dejar espacio y energías libres para dedicarse a los demás bienes importantes de esta vida: la cultura, la religión, las relaciones humanas, la amistad, etc.

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Mons. Ángel Ortega Trinidad Capellán de la Corte Suprema de la República

En todo aborto muere más de un ser humano. Sí: en el aborto, aunque muchos cierren los ojos, no sólo muere el hijo (pequeñito, quizá minúsculo) que vivía en un lugar caliente y seguro. Muere un poco, y no sólo un poco, el corazón de una madre. Muere, o queda gravemente herida, la vocación de un médico o de algún enfermero. Estaban llamados a servir y proteger a los débiles y un día, quién sabe por qué, empezaron a practicar abortos. Muere también la conciencia de la sociedad, que quizá permite legalmente el que inocentes, embriones o fetos indefensos, puedan ser eliminados. Lo mejor que podemos hacer para ayudar a una mujer que ha abortado es ayudarle a decir abiertamente lo que siente, sin miedo. Ha permitido, ha provocado, la muerte del hijo. ¿Todo termina ahí? No: todo comienza ahí. El inicio de una purificación de la conciencia, de un cambio radical, se produce cuando llamamos a las cosas por su nombre, cuando reconocemos nuestras responsabilidades, nuestros defectos, nuestros delitos. El mundo está lleno de ladrones que no sólo creen que son inocentes, sino que incluso presumen de sus grandes «hazañas». El mundo está lleno de políticos que no dudan en hacer trampas para ocupar un cargo público, y que incluso consideran que esto es parte del «sistema». Pero cuando un ladrón, un día de sol o de lluvia, reconoce abiertamente, con sencillez, que ha cometido un robo, que ha sido injusto, puede rescatarse para la sociedad, puede empezar a cambiar a fondo. En la actualidad, nos encontramos con países y gobiernos que han cerrado los ojos al drama del aborto, a su condición de crimen de seres inocentes. En algunos lugares se ha establecido todo un sistema de leyes, de procedimientos médicos, incluso de asistencias psicológicas, para que el aborto pueda ser llevado adelante sin grandes traumas. Mientras, su verdad dramática queda oculta, incluso con toda una terminología que llega a convertir al hijo en «producto de la concepción», un «pre embrión» o un conjunto de células sin mayor valor que el que pueda tener una verruga en la cara... Lo que nos está pasando ha ocurrido en otros tiempos. Ha habido sociedades enteras que han aceptado y practicado delitos que hoy nos llenan de dolor. La esclavitud es un botón de muestra: millares de esclavos han sido vendidos y usados como objetos, han visto humillada su dignidad, han muerto como animales en barcos de transporte. Todo un sistema legal «regulaba» una estructura de violencia, en la que hasta existían normas que, si eran incumplidas, se convertían en un delito dentro del delito... Con el aborto pasa algo parecido: en algunos países «civilizados» se establecen normas legales, módulos de inscripción, consultorios. Las leyes dictaminan si el aborto se puede hacer antes o después de los tres primeros meses de embarazo, bajo qué condiciones, con qué equipo médico. Mientras, detrás de las sábanas y de los bisturís esterilizados, se consuma silenciosamente, injustamente, la eliminación de los más pequeños miembros de nuestra especie humana... Pero mil leyes no pueden convertir en derecho (algo recto, algo justo) lo que es un delito. Ni pueden acallar esa voz interior que susurra, a veces que grita, que ese niño, que ese hijo, tenía derecho a vivir. Es tortura psicológica ignorar el sufrimiento de la madre que ha abortado. Es injusticia no permitirle el desahogo de las lágrimas y el consuelo de la verdad. Porque la verdad no está solamente en declarar su culpa, sino en iniciar su victoria. Si, además, tiene fe, podrá descubrir que Dios no la condena, sino que la comprende y la acoge como nadie puede hacerlo. Sólo Dios es capaz de limpiar las heridas más profundas del corazón humano.

UNA SENSATEZ INSENSATA: Muchos hombres que pueden considerarse verdaderamente sensatos y maduros porque son capaces de tomar decisiones ponderadas, de trabajar responsable y eficazmente, de organizar la vida de los demás, acaban cayendo, sin apenas darse cuenta, en esta tremenda insensatez: viven como si realmente el dinero fuera lo único importante y suponen loca y excéntrica cualquier otra visión de la vida. Es curioso, pero a medida que maduran, toma fuerza en su espíritu esa convicción. Es como si las demás cosas de la vida, de las que se esperaba mucho en otros momentos (la amistad, el amor, los viajes, las aficiones, etc.) se fueran difuminando con el tiempo y sólo el dinero se presentara como un valor sólido e inquebrantable.

También la sociedad de algunos países necesita quitarse escamas y descubrir un sistema de muerte y de injusticia que ha sido «reglamentado». Es urgente hacerlo, ya, para que nuestros hijos no nos acusen de cobardes ni lleguen a pensar en que fueron «afortunados», pues pudieron escapar a un sistema criminal que admitió la muerte, quizá, de alguno de sus hermanos...

Es una sensatez insensata: olvidan un dato fundamental que se ha repetido incansablemente a lo largo de la historia: los hombres nos morimos y el dinero no

Mons. Ángel Ortega Trinidad

Los mismos médicos necesitan limpiar sus conciencias y construir, como lo han hecho millares de colegas, un mundo de justicia y de salud, donde nadie, aunque tenga defectos genéticos graves, pueda ser excluido de la sociedad. La lucha contra la discriminación no termina con la supresión del racismo. Hay discriminación cuando niños no nacidos, tal vez marcados por alguna enfermedad o defecto genético, o simplemente hijos de familias pobres o de mujeres solteras, son excluidos del mundo de los vivos, precisamente por quienes podrían ayudarles a un nacimiento digno e higiénicamente seguro. Hay discriminación cuando una pareja decide abortar al feto porque es niño (y querían una niña), o porque es niña (y querían un niño). Las feministas no pueden callar ante los abortos discriminatorios. Los machistas tampoco... Se habla mucho de «salud reproductiva». Por desgracia, detrás de esa fórmula muchos defienden un presunto y falso «derecho al aborto» cuando un embarazo no es querido o no es conveniente. La verdadera «salud reproductiva» es la que respeta a todos los vivientes. También al que no ha nacido. Lo contrario es, simplemente, discriminación e injusticia. Y no la queremos para nadie, aunque sólo tenga unos pocos milímetros en el seno de su madre... Capellán de la Corte Suprema de la República

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iércoles, 9 dedel setiembre del 2015 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTEM iércoles, 9Mde setiembre 2015 

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Cuatro características corresponden al juez: Escuchar cortésmente, responder sabiamente, ponderar prudentemente y decidir imparcialmente.