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2:ma> ).O.. de~ . . . del. ?:?tuv isto el Informe No 864-2015-ERP-OARH/MINSA de fecha 01 de junio del 2015, contenido en Jos Expedientes W s. 15-037959-001, 15-008695-001 , 15-016711-001, 1 1-067926-001 , emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos;

CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de la sentencia emitida por la Segunda Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, se emite la Resolución Directora! N° 967-20 110GGRH/SA, de fecha 07 de octubre del 2011 , que reconoció a fa vor de doña TERESA PALIZA MENDOZA VDA DE VEGA CENTENO, los devengados de la bonificación especial del Decreto de Urgencia N° 037-94, desde el 01 de julio de 1994 hasta el 30 de junio del 2011 , con deducción de lo abonado por el Decreto Supremo N° 019-94-PCM, cuyo monto asciende a Ochenta y Cinco Mil Doscientos Veintitrés con 22/ 100 Nuevos Soles (S/. 85,223.22), el mismo que ha sido cancelado en el mes de diciembre del2011, tal como consta en la copia de la planilla que obra adjunto al expediente; Que, el 7° Juzgado Transitorio Especializado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima, emite la Resolución Número CINCO de fecha 11 de marzo del2014, recaída en el expediente 06900-2013-0-1801JR-LA-29, ordenando a la demandada Ministerio de Salud, cumpla con el abono a favor de doña TERESA PALIZA MENDOZA VDA DE VEGA CENTENO, de los intereses legales provenientes del crédito devengados en aplicación del Decreto de Urgencia N° 037-94, calcu lado hasta el momento en que se realizó el pago efectivo de la totalidad de los mismos; Que, según Informe Situacional Actual N° 425-2015-SERL-EIE-OARI-1-0GGRH, de fecha 09 de Febrero de 2015, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón, doña TERESA PALIZA MENDOZA VDA DE VEGA CENTENO, figura como pensionista de la Administración Central, con el cargo de Directora Ej ecutiva N ivel F-4; Que, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, en estricto cumplimiento de la obligación legal impuesta por el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° O17-93-JUS, dispone que "toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales de índole administrativa, emanadas de autoridad j udicial competente en sus propios términos, sin p oder calificar su contenido o sus fundamentos. restringir sus ef ectos o interpretar sus alcances, bajo responsabilidad civil, p enal o administrativa que fa Ley señala "; ha procedido a liquidar los intereses legales laborales a favor de la demandante;

4_·~, Que, de acuerdo al Inform e de Visto y a la

Liquidación N° 12 1-20 15-ERP-OARH/!YUN SA, de fecha 0 1 de ('f.1unio del2015, emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones, se ha determinado que corresponde . · > j econocer a doña TERESA PALIZA MENDOZA VDA DE VEGA CENTENO, la suma de VEINTIOCHO