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Secretario del referido Tribunal certifica de ser efectivo que la. Resolución de veintinueve de Agosto del dos mil cato
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SANTIAGO, 16 de Enero de 2019

SOCIEDAD CONCESIONARIA AGUAS DE PUNILLA S.A. A(-4

DE : INSPECTOR FISCAL CONCESIÓN EMBALSE LA PUNILLA A

: SR. GERENTE GENERAL S.C. AGUAS DE PUNILLA S.A.

REF. : "Concesión de la Obra Pública Embalse La Punilla ". ANT. : Carta N° MS/IF/SCAP/1068/19 del 10.01.2019 Carta N° MS/IF/SCAP/01022/18 del 11.12.2018 Oficio ORD. IF N° 01336/18 del 07.12.2018 Carta N° MS/IF/SCAP/00995/18 del 29.11.2018 MAT. : Remite copia de inscripción de dominio a nombre del fisco, respecto de los lotes 23, 29, 35, 36, 41, 53 y 65, de la Zona A. ADJ. : -Fojas 2.294 N° 2.141 Repertorio N° 3.754 -Fojas 4.011 N° 3.701 Repertorio N° 6.456 -Fojas 4.093 N° 3.280 Repertorio N° 6.563 -Fojas 2.529 N° 2.364 Repertorio N° 4.157 -Fojas 2.697 N° 2.521 Repertorio N° 4.516 -Fojas 2.698 N° 2.522 Repertorio N° 5.500 -Fojas 1.115 N° 1.037 Repertorio N° 1.434 En Respuesta a su Carta N° MS/IF/SCAP/1068/19 del 10.01.2019, se adjuntan Copias de la Inscripción de dominio a nombre del fisco de los lotes señalados en la MAT. pertenecientes a la zona A y que fueran objeto de Toma de Posesión Material con Auxilio de la Fuerza Pública el pasado 21 y 22 de noviembre de 2018. Además, esta Inspección Fiscal viene en señalar que según la Ley de Expropiaciones (DL 2.186 de 1978) en su artículo 20 señala que en lo que interesa, respecto de los lotes que se tramitan vía judicial, que consignada a la orden del tribunal la indemnización provisional, el dominio del bien expropiado quedara radicado, de pleno derecho, a título originario en el patrimonio del expropiante y nadie tendrá acción o derecho respecto del dominio, posesión o tenencia del bien expropiado por causa existente con anterioridad. Agrega esta norma que se extinguirán, por el ministerio de la ley, el dominio del expropiado sobre el bien objeto de la expropiación o sobre la parte de este comprendida en ella, así como los derechos reales, con excepción de las servidumbres legales que lo afecten o limiten. Se extinguirán, también, los arrendamientos, comodatos y demás contratos que constituyan títulos de mera tenencia, ocupación o posesión en favor de terceros, y todas las prohibiciones, embargos, retenciones y medidas precautorias que afecten al bien. Saluda atentamente a Ud.,

Jor• e Muñoz Hermosi a SPECTOR FISCAL h Direcció General de Concesio

MOP

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FOJAS 2.294 br 2.141 REPERTORIO N° 3.754 EXPROPIACION DE EL FISCO A LUIS A. CONTRERASSUCAREY

En San Carlos, veintiséis de Junio del año dos mil quince. A solicitud de doña MARIELLA DENTONE SALGADO, Abogado Procurador Fiscal de Chillan, se inscribe el siguiente acto de expropiación, que consta en el Decreto Número dos mil trescientos veintiuno del Ministerio de Obras Públicas de fecha veintinueve de noviembre del año dos mil trece, publicado en el Diario Oficial del dos de Enero del dos mil catorce, ordena expropiar en beneficio del Fisco: El Lote de terreno Número Veintitrés, de una superficie de treinta y dos mil quinientos treinta metros cuadrados, necesario para la ejecución de la Obra "CONSTRUCCIÓN EMBALSE PUNILLA, REGIÓN DEL 910 BIO", ubicado en la Comuna de San Fabián, Octava Región del Bio Bio. Lo que consta en la causa Rol V guión dieciocho guión dos mil catorce del Primer Juzgado Civil de Chillan. Lote Número Veintitrés, siendo su aparente propietario don Luis A. Contreras Bucarey, y que tiene el Rol de Avalúos número cincuenta y nueve raya nueve. La Comisión de peritos fijo como indemnización para el Lote en referencia la cantidad de sesenta y cinco millones trescientos setenta y nueve mil seiscientos cincuenta pesos, El Secretario del referido Tribunal certifica de ser efectivo que la Resolución de veintinueve de Agosto del dos mil catorce, autorizó al Fisco de Chile para tom•. posesión material del retazo

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expropiado en el mencionado Rol de Avalúos. Copia de la solicitud de Inscripción. Decreto MOP de fecha veintinueve de Noviembre del año dos mil trece, copia del Diario Oficial, certificado del Secretario del Primer Juzgado Civil de Chillán y plano quedan agregados al final del presente Registro con los números mil treinta y uno, mil treinta y dos, mil treinta y tres, mil treinta y cuatro y rail treinta y cinco. Requirió doña Mariella Dentone Salgado y no firmó

CONFORME CON LA DE FS.....2-2 N° f' DEL REMIRO DE CONSER7 DOR AMI CARGO, CORRUPO DIENTRrAL AÑO df--) SAN CARLOS 1‘-'

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FOJAS 4.011 N* 3.701 REPERTORIO N° 6.456 EXPROPIACION DE EL FISCO

CARO QUEZADA JUAN ENRIQUE -0-0-0-0-0-0-0-0En San Carlos, catorce de Noviembre del año dos mil catorce. A solicitud de doña MARIELLA DENTONE SALGADO Abogado Procurador Fiscal de Chillan, se inscribe el siguiente acto de expropiación, que consta en el Decreto Numero'r dos mil trescientos doce del Ministerio de Obras Públicas;, de fecha veintinueve de noviembre del año dos mil trece, publicado en el Diario Oficial del dieciséis de Diciembre del dos mil trace, ordena expropiar en beneficio del Fisco. El Lote de terreno Número veintinueve, de una superficie de quince mil setecientos veinte cuadrados, necesario -para, la