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Número Nueve emitida por el 33" Juzgado de Trabajo con Sub Especialidad Previsional de la Corte. Superior de Justicia d
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MINISTE RIO DE SA LUD

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Visto, el Informe N" 1725-2015-ERP-OAR H/M INSA de fecha 09 de noviembre del 2015, contenido en el Expediente N" 15-1 04681-001, emitido por el Equipo de Remu neraciones y Pensiones de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; CO NSIDERANDO: Que, con Resolución Directora l N" 1551-201 2-0G GRH/SA , de fecha 09 de noviembre del 2012, se reconoció a favor de los servidores de la Administración Central del Ministerio de Sal ud que no contaban con sentencia judicial , los devengados generados como consecuencia del reconocimiento de la Bonificación Especial dispuesta por el articulo 2" del Decreto de Urgencia N" 037-94, de conformidad con lo señalado en la Ley N" 29702, entre los cua les se encuentra don MANUEL ALENCASTRE GUTIERREZ, consignado con el número 19 de la relación descrita como RELACiÓN DE PENSIONISTAS QUE NO CUENTAN CO N SENTENCIA JUDICIAL - D. U. N" 037-94, a quien por dicho concepto se le calcula la suma de Ciento Doce Mil Trescientos Siete con 75/100 Nuevos Soles (SI. 112,307.75); Que, en ese sentido, durante los meses de diciembre 2012, abril y diciembre del 2013 y noviembre del 2014, se efectúo a favor de don MANUEL ALENCASTRE GUTIERREZ, cinco (05) depósitos parciales con cargo a la deuda principal , habiéndose cancelado la totalidad de los devengados reconocidos en la Resolución antes mencionada, como a continuación se gráfica : MONTO RECONOCIDO R.D. N" 1551 -

2012

2012-

DICIEMBRE

ABRIL

DICIEMBRE

NOVIEMBRE

3,877. 17 1 16 ,220.43

4 ,274.37

86,218.73

1,7 17.05

OGGRH/SA 112,307.75

MONTO PAGADO 2013

2014

TOTAL AMORTIZADO 112,307.75

Que, mediante Resolución Número Diez (Expediente N" 16523-2011-0-1 801-JR- LA-70), de fecha 15 de setiembre de dos mil quince, declara consentida la sentencia N" 46-2015 contenida en la Resolución Número Nueve emitida por el 33" Juzgado de Trabajo con Sub Especialidad Previsional de la Corte Superior de Justicia de Lima , la cua l declara fu ndada la demanda en los seguidos por don MANUEL AL ENCASTRE GUTIERREZ, ordenando que el Ministerio de Sa lud emita Resolución Adm inistrativa otorgándole el pago de los devengados más intereses legales provenientes de la bonificación especial del articulo 2" de la bonificación especial del Decreto de Urgencia N" 037-94; Que, según Informe Situacional Actua l N" 3304-201 5-S ERL-EIE-OARH-OGGR H, de fecha 04 de noviembre de 2015, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón , don MANUEL ALENCASTRE GUTlERREZ, figura como pensionista de la Admin istración Centra l del Ministerio de Sa lud, en el cargo de Director General, Nivel F-5; Que, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, en estricto cumplimiento de la obligación legal impuesta por el articulo 4" del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N" 017-93-JUS, que dispone que "toda persona y at;toridad está obligada a acatar y dar

cumplimiento a las decisiones judiciales de indole administrativa , emanadas de autoridad judicial competente , en sus propios términos , sin poder calificar su contenido o sus fundamentos , restringir sus efectos o interpretar sus alcances , bajo responsabilidad civil , penal o administrativa que la Ley señala", ha cumplido en parte con lo ordenado por el Órgano Jurisdiccional , mediante Resolución Directoral N" 15512012-0GGRH/SA al haber reconocido y cancelado los devengados de la bonificación especial del Decreto de Urgencia N" 037-94, quedando pendiente el reconocimiento de los intereses legales; Que , de acuerdo al Informe de Visto, y a la Liquidación N' 287-2015-ERP-OARH/MINSA, de fecha 09 de noviembre del 2015, emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones, se ha determinado que corresponde reconocer a don MANUEL ALENCASTRE GUTIERREZ, la suma de TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA CON 39/100 Nuevos Soles (SI. 38,280.39), por concepto de intereses legales laborales , del periodo comprendido del 01 de julio de 1994 al 31 de diciembre del 2010, generado de los devengados de la bonificación especial del Decreto de Urgencia N" 037-94; Que, en este contexto , resulta conveniente expedir el acto resolutivo mediante el cual se cumple el mandato judicial expedido por el 33' Juzgado de Trabajo con Sub Especialidad Previsional de la Corte Superior de Justicia de Lima ; en lo que respecta a los intereses legales, por la bonificación antes citada ; Que , a razón de las obligaciones derivadas de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada, mediante Resolución Ministerial N' 210-2014/MINSA de fecha 11 de marzo de 2014, se conformó el Comité para la elaboración y aprobación del listado priorizado para la atención del pago de sentencias judiciales a efectos de reducir costos al Estado, en aplicación a lo dispuesto por el articulo 5' del Reglamento de la Ley N" 30137, aprobado por Decreto Supremo N' 001-2014-JUS; Con los visados del Jefe de Equipo de Remuneraciones y Pensiones , y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; De conformidad con lo previsto en el articulo 4' del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial , aprobado por Decreto Supremo N' 017-93-JUS y el articulo 5' del Reglamento de la Ley N" 30137, aprobado por Decreto Supremo N" 001-2014-JUS ; SE RESUELVE: Artícu lo 1"._ RECONOCER , a favor de don MANUEL ALENCASTRE GUTIERREZ, identificado con DNI N" 06977704, la suma de TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA CON 39/100 Nuevos Soles (SI. 38,280.39) por concepto de intereses legales laborales derivados de la aplicación de la bonificación especial del Decreto de Urgencia N' 037-94, del periodo comprendido del 01 de julio de 1994 al 31 de diciembre del 2010, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución , de acuerdo al sigu iente detalle:

N" Expediente Actual

Período

Meses y Días

Intereses legales laborales del O.U. 037-94

16523-2011-0-1801-JR-LA-70

Del 01 /07/1994 al 31/12/2010

198 Meses

38,280.39

Articulo 2"._ El monto reconocido en el articulo precedente de la presente resolución , se abonará con cargo a la EspeCifica de Gasto 25.51 .21 , Meta 0133 y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la Unidad Ejecutora 001, Pliego 11 - Ministerio de Salud. Artículo 3"._ Remitir copia de la presente resolución al Director General de la Oficina General de Administración , quien preside el Comité encargado del listado de priorización de obligaciones de sentencias con calidad de cosa juzgada. Artículo 4"._ Remitir copia de la presente resolución al Procurador Público del Ministerio de Salud para su conocimiento y presentación ante el 33° Juzgado de Trabajo con Sub Especialidad Previsional de la Corte Superior de Justicia de Lima , para su aprobación. Regístrese y Comuníquese ,