odecma -ll desarrolló primera feria anticorrupción en

24 may. 2018 - Sabina Olinda Salazar Díaz. Dr. Justo .... con UC N° 11698 ubicado en el sector María Laura, ...... libro
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Corte Superior de Justicia de La Libertad

Jueves 24 de mayo de 2018

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Presidente: Juan Rodolfo Segundo Zamora Barboza

N° 3718 / Jueves 24 de mayo de 2018

En el marco del Acuerdo Permanente Anticorrupción

ODECMA -LL DESARROLLÓ PRIMERA FERIA ANTICORRUPCIÓN EN COORDINACIÓN CON INSTITUCIONES PÚBLICAS Y UNIVERSIDAD

Nota completa: Pág. 16.

CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL Juan Rodolfo Zamora Barboza (Presidente), Dr. Olegario David Florián Vigo, Dr. Carlos Natividad Cruz Lezcano, Dr. Robert Mendieta Narro,

Dr. Manuel Montoya Cárdenas (Integrantes).

SALAS SUPERIORES 1° SALA ESPECIALIZADA CIVIL Dr. Carlos Natividad Cruz Lezcano Dr. Juan Virgilio Chunga Bernal Dr. Carlos Alberto Anticona Luján

2° SALA ESPECIALIZADA CIVIL Dra. Hilda Rosa Chávez García Dra. Wilda Mercedes Cárdenas Falcón Dr. Hugo Francisco Escalante Peralta

3° SALA ESPECIALIZADA CIVIL Dra. Alicia Iris Tejeda Zavala Dra. María Elena Alcántara Ramírez Dra. Lilly del Rosario Llap Unchón de Lora

SALA MIXTA PERMANENTE

3° SALA PENAL DE APELACIONES

3° SALA ESPECIALIZADA LABORAL

Dr. Carlos Augusto Falla Salas Dr. Óscar Eliot Alarcón Montoya Dr. Manuel Rodolfo Sosaya López

Dr. Walter Ricardo Cotrina Miñano Dr. Carlos Eduardo Merino Salazar Dra. Irma Marina Rivertte Chico

Dra. Mery Elizabeth Robles Briceño Dr. Manuel Federico Loyola Florián Dra. Yvonne del Pilar Lúcar Vargas

1° SALA PENAL DE APELACIONES

1° SALA ESPECIALIZADA LABORAL

4° SALA ESPECIALIZADA LABORAL

Dra. Norma Beatríz Carbajal Chávez Dr. Manuel Estuardo Luján Túpez Dra. Cecilia Milagros León Velásquez

Dr. Víctor Antonio Castillo León Dra. Liliana Rodríguez Villanueva Dra. María Isabel Angulo Villajulca

Dra. Irene Sofía Huerta Herrera Dra. Sabina Olinda Salazar Díaz Dr. Justo Vera Paredes

2° SALA PENAL DE APELACIONES Dr. Víctor Alberto Martín Burgos Mariños Dra. Sara Angélica Pajares Bazán Dra. Ofelia Namoc López de Aguilar

2° SALA ESPECIALIZADA LABORAL Dr. Javier Arturo Reyes Guerra Dra. Rosa Elena Perales Rodríguez Dra. Lola Emérida Peralta García

SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE SÁNCHEZ CARRIÓN - HUAMACHUCO Dr. Gilberto Otoniel León García Dra. Silvia Mercedes Sánchez Haro Dr. Juan Iván Vojvodich Tocón

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Jueves 24 de mayo de 2018

Corte Superior de Justicia de La Libertad

Precio por palabra: S/0.03

1. REMATE JUDICIAL . REMATE BIENES INMUEBLES REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA (EXP. 1964-2013-0-1601-JP-CI-05) En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DEL SANTA contra FANNY VICTORIA BERNUY VILELA Y PEDRO HELI ROMAN POLO s o b r e OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, la Jueza del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Trujillo, Dra. Mariela Moreno Vega, Especialista Legal Dra. Maroktsi Monica Trujillo Neyra, ha ordenado sacar a remate público en primera convocatoria el siguiente bien inmueble materia de ejecución: UBICACIÓN: Centro Poblado Los Laureles, Manzana B Lote 19, (Área 202.90 m2), Distrito y Provincia de Viru, Departamento de La Libertad, inscrito en la Partida Electrónica Numero P14188026 del Registro de Propiedad Inmueble, de la Zona Registral N° V - Sede Trujillo, remate que será efectuado por la Martillero Público Judith Marleni Chávez Cotrina con Reg. 169, designado en autos del presente expediente. TASACION: S/. 139,812.00 (Ciento trentinueve mil ochocientos doce con 00/100 Soles). PRECIO BASE: S/. 93,208.00 (Noventitres mil doscientos ocho con 00/100 Soles) que son las dos terceras partes de la tasación. CARGAS Y GRAVAMENES: INSCRIPCION DE EMBARGO.- inscrita en el asiento 00003, de la partida electrónica número P14188026, hasta por la suma de S/. 29,000.00, a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito del Santa, ordenado por resolución judicial número 01, de fecha 27.05.2013, suscrita por el Juez del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Trujillo, Dr. Neblo Carmen Palacios, en el proceso signado con exp. 1964-2013. DIA Y HORA DE REMATE: 05 de Junio del 2018 a las 13:30 horas del día. LUGAR DEL REMATE: Oficina del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Trujillo, ubicado en la manzana P, lote 7, Natasha Alta, Urbanización Covicorti, Distrito de Trujillo, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad. POSTORES: Los postores, personas naturales o jurídicas o a través de representantes legales debidamente facultados mediante poder inscrito, oblarán no menos del 10% del valor de la tasación del inmueble (S/. 13,981.20 Soles) en efectivo o cheque de Gerencia a Título Personal (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) y entregarán en original y copia: el DNI del postor y el recibo del arancel judicial correspondiente (tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y Generales de Ley del postor. HONORARIOS DEL MARTILLERO: será de cargo del adjudicatario según Ley, y deberá ser cancelada al finalizar el remate. JUDITH MARLENI CHAVEZ COTRINA Martillero Público – Reg. N° 169 MAROKTSI MONICA TRUJILLO NEYRA Secretaria Judicial P/6719390 – 17,18,21,22,23,24my – S/84.00

PRIMER REMATE PÚBLICO JUDICIAL Expediente 2812-2013, en los seguidos por Banco de Crédito del Perú Sucursal Trujillo con Transportes Rodríguez Juárez S.A.C., Manuel Jesús Rodríguez Gómez y su cónyuge Elvia Fredesminda Juárez Vela, sobre Ejecución de Garantías, actuando como tercero acreedor no ejecutante MIBANCO Banco de la Microempresa S.A., por orden del Cuarto Juzgado Civil de Trujillo, que despacha el Dr. Johan Mitchel Quesnay Casusol, Especialista Legal: Adelmo Gerónimo Hernández, el Martillero Público Edwin Fernando Reynoso Eden rematará en primera Convocatoria: Inmueble ubicado en Calle Las Poncianas 870, Manzana 25-A, Lote 11, Urb. La Rinconada, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, inscrito en la Partida 11005699 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral V sede Trujillo. Gravámenes: (i) Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por US$ 63,970.00 dólares americanos para garantizar pago de obligaciones del deudor Transportes Rodríguez Juárez S.A.C., Escritura Pública 5559 del 10/09/2010, Notario Marco Corcuera García, asiento D00002; (ii) Embargo a favor de MIBANCO Banco de la Microempresa S.A. hasta por S/. 60,000.00 nuevos soles, Res. 1 del 21/08/2013, Sexto Juzgado Civil de Trujillo, asiento D00003. Tasación US$ 193,851.60 (ciento noventa y tres mil ochocientos cincuenta y uno con 60/100 dólares americanos), Base de Remate: US$ 129,234.40 (ciento veintinueve mil doscientos treinta y cuatro con 40/100 dólares americanos). Lugar, día y hora del Remate: Sala de Remates de la sede de los Juzgados Civiles de Trujillo, sita en Calle Francisco Pizarro 544, Segundo Piso, Cercado de Trujillo, Trujillo, La Libertad, el 18 de Junio del 2018 a horas 12.00 m. Postores oblarán 10% de la tasación en efectivo o Cheque de Gerencia a su nombre (endosable) y presentarán Arancel Judicial con Expediente, documento de identidad y Juzgado. Adjudicatario cancela honorarios del Martillero. Informes teléfono 999731989. FERNANDO REYNOSO EDEN Martillero Público Reg. 111 ADELMO L. GERONIMO HERNANDEZ Secretario Judicial P/6721791 – 21,22,23,24,25,28my – S/72.00

REMATE JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA En el Expediente N° 3875-2015-0-1601-JRCI-07 seguido por BANCO AGROPECUARIO AGROBANCO contra LILIA HUAMANI MENDOZA, sobre EJECUCION DE GARANTIAS, la Sra. Juez del Sétimo Juzgado Civil de Trujillo, Dra. Rosa Elena Abanto Salazar, Especialista legal María Trinidad Noriega Cordova, ha ordenado sacar a remate en SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble constituido por el predio rústico “María Laura” con UC N° 11698 ubicado en el sector María Laura, Distrito y provincia de Virú, Departamento de la Libertad, cuyos linderos y medidas perimétricas corre inscritos en la Partida Electrónica N° 04030313 del Registro de Propiedad Inmueble

de la Zona Registral N° V, área 9.45 Has por el PRECIO BASE de S/ 222,768.00 (DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO CON 00/100 SOLES) que constituyen las 2/3 partes reducido en un 15% por ser segunda convocatoria de la tasación comercial ascendente a S/ 393,120.00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTE CON 00/100 SOLES). El remate lo realizará la Sra. Martillero Público, CARLA LILIANA HURTADO ENCOMENDEROS, en la Sala de Remates del local de la Corte Superior de Justicia ubicado en Jr. Pizarro N° 544, segundo piso, el día 05 DE JUNIO DEL AÑO 2018, A HORAS 2:30 p.m.; los postores deberán presentar Tasa Judicial respectiva y depositar el 10% de la valorización indicada, en efectivo o en cheque de gerencia negociable a su nombre. Es de cargo del adjudicatario comisión de Martillero. CARGAS Y GRAVÁMENES: D00002: HIPOTECA a favor del BANCO AGROPECUARIO - AGROBANCO, hasta por la suma de S/. 50,000.00, D00003: ANOTACION DE DEMANDA DE DECLARACION DE HEREDEROS expedida por el Juez del Primer Juzgado Civil de Trujillo, Exp 3946-2013-0-1601-JR-CI-01. CARLA LILIANA HURTADO ENCOMENDEROS Martillero Público Reg. 156 Telef. 220944 MOV: 949432588. CARLA L. HURTADO ENCOMENDEROS Martillero Público Reg. 156 M. TRINIDAD NORIEGA CORDOVA Secretaria Judicial P/6726428 – 22,23,24my – S/39.00

SUBASTA PÚBLICA EN PRIMERA CONVOCATORIA Expediente.04518-2016-0-1601-JR-CI-04 Proceso sobre Ejecución de Garantías Reales; en los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A. contra ESBIN ABEL CORCUERA GIL; y, contra LEIDI YERALDI DAVALOS GUZMAN; el Cuarto Juzgado Civil a cargo del señor Juez Johan Mitchel Quesnay Casusol; Y especialista legal Medally Gamboa Tapia; conforme al estado de estos autos se ha dispuesto el remate público del inmueble inscrito en la Partida Electrónica N° 03067945 del Registro de la Propiedad Inmueble; Registro de Predios; ubicado físicamente en Calle Lloque Yupanqui N°416 Urbanización Santa María; Distrito, Provincia de Trujillo; Departamento Geográfico de la Libertad; con un área aproximada de 82.25 m2, cuyos linderos y demás características constan debidamente anotadas en la citada partida registral. VALORIZACIÓN COMERCIAL.- El inmueble se encuentra valorizado en la suma de S/. 315,781.39 (trescientos quince mil setecientos ochenta y uno con treinta y nueve céntimos de sol). VALOR BASE.- S/.210,520.92 soles.(doscientos diez mil quinientos veinte soles con 92 céntimos de sol. CARGAS Y GRAVAMENES.ASIENTO D00006 HIPOTECA, a favor de SCOTIABANK PERU S.A.A. hasta por la suma de S/. 259,000 soles inscrita el 5 de noviembre del 2013. CONDICIONES DEL REMATE.-

Los participantes deberán depositar el 10% del valor comercial en cheque de gerencia a su nombre; asimismo pagar el arancel por participación en remate de inmuebles ante el Banco de la Nación Código 07153 consignando dni. del participante, número de expediente y juzgado; FECHA DIA Y HORA DEL REMATE; Este evento se encontrará a cargo de la Martillero Público María Helena Alvitez Rios con Registro SUNARP N°228 y tendrá lugar el 04 de Junio del 2018 a horas 10.00 de la mañana en la sala de remates de este recinto judicial ubicado en Jirón Pizarro N°544 segundo nivel -Trujillo. HONORARIOS DEL MARTILLERO: Pagados inmediatamente de finalizada la diligencia por el ejecutante o por el adjudicatario en ambos casos se adiciona el igv.PUBLICACIONES.- por seis veces. Trujillo; 09 Abril del 2018 MARÍA HELENA ALVITEZ RIOS Abogado - Martillero Público Reg. SUNARP 228 MEDALLY GAMBOA TAPIA Secretaria Judicial P/6735339 – 22,23,24,25,28,29my – S/96.00

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA (Exp 2282-2017-0-1601-JR-CI-03) PRIMER REMATE JUDICIAL: En los seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL contra PERSI RUBEN VALLES MENDEZ Y SONIA ISABEL GUEVARA MEZA sobre EJECUCION DE GARANTIAS, el Sr. Juez del Tercer Juzgado Civil de Trujillo, Dr. JOSE VENTURA TORRES MARIN, Especialista Legal Dr. JHONNY ELIZABETH GUZMAN ARQUEROS; ha ordenado sacar a remate público en primera convocatoria el siguiente bien inmueble materia de ejecución.: UBICACIÓN Urbanización Los Portales Manzana E, Lote 43, Distrito de Trujillo, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad, inscrito en la Partida Electrónica N° 11003722 de la Oficina Registral Regional La Libertad - Oficina Trujillo. TASACION: asciende a la suma de S/. 534,292.07 (QUINIENTOS TRENTICUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTIDOS Y 07/100 SOLES). PRECIO BASE: que son las dos terceras partes del valor de la tasación, la misma que asciende a la suma de S/. 356,194.71 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTICUATRO Y 71/100 SOLES). DIA Y HORA DE REMATE: 05 DE JUNIO DEL 2018, A LAS 12:00 HORAS DEL MEDIODIA. LUGAR DEL REMATE: En la sala de remates de la sede del Distrito Judicial de La Libertad, sito en Jr. Pizarro N° 544, segundo piso, Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad. CARGAS Y GRAVAMENES: 1).-INSCRIPCION DE HIPOTECA: inscrita en el asiento N° D00002, de la Partida Electrónica N° 11003722, a favor del BBVA BANCO CONTINENTAL, hasta por la suma de US$ 110,000.00 D.A. con el objeto de garantizar entre otras deudas y obligaciones, el

pago de un mutuo por la suma de S/. 80,000.00 otorgados a los propietarios del inmueble inscrito en la presente partida. Así consta en Esc. Pub. N° 4963 de fecha 28.11.2012 ante Notario Guillermo Guerra Salas. 2).-EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: inscrita en el asiento N° D00003, de la Partida Electrónica N° 11003722. Mediante Resolución N° 1 de fecha 13/01/2015, expedida por la Juez del Segundo Civil de Trujillo, Dra. Guisella Soriano Ramírez, Exp. 4658-2014, se ha trabado embargo en forma de inscripción sobre el inmueble inscrito en la presente partida hasta por la suma de S/. 70,000.00 Soles, a favor del Banco internacional del Perú – Interbank. POSTORES: Los postores, personas naturales o jurídicas o a través de representantes legales debidamente facultados mediante poder inscrito, oblarán no menos del 10% del VALOR DE LA TASACION DEL INMUEBLE (S/. 53,429.21 SOLES) en efectivo o cheque de Gerencia a Título Personal (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) y entregarán en original y copia: el DNI del postor y el recibo del arancel judicial correspondiente (tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y Generales de Ley del postor. ROSA FRANCISCA DIAZ GARCIA Martillero Público - Reg. 168 ELIZABETH GUZMAN ARQUEROS Secretaria Judicial P/6736388 – 23,24,25,28,29,30my - S/96.00

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En el proceso seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra LUIS WILFREDO RODRIGUEZ VASQUEZ y NISSEN YBETT SALOMON RIOS sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, Expediente N° 0010 - 2017-0-1601-JR-CI-07, el Sétimo Juzgado Civil de Trujillo a cargo de la Juez Dra. ROSA ELENA ABANTO SALAZAR e interviniendo como Especialista Legal MARIA TRINIDAD NORIEGA CORDOVA han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en Pueblo Joven El Porvenir Sector Central Barrio 1 Mz. 2 Lote 30 del Distrito El Porvenir, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características corren inscrita en la Partida Electrónica P 14038421 del Registro de Propiedad Inmueble de Trujillo - Zona Registral N° V - Sede Trujillo, Oficina Registral Trujillo. VALOR DE LA TASACION: US$ 108,180.64 (CIENTO OCHO MIL CIENTO OCHENTA DOLARES AMERICANOS CON 64/100 DÓLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US$ 72,120.42 (SETENTA Y DOS MIL CIENTO VEINTE DOLARES AMERICANOS CON 42/100 DOLARES AMERICANOS que son las dos terceras partes de la tasación. GRAVAMENES: Asiento 00011 HIPOTECA: A favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU hasta por la suma de US$ 32,000.00 Dólares Americanos, con el objeto de garantizar todas las deudas y obligaciones pactadas en el Contrato de

Corte Superior de Justicia de La Libertad Constitución de Hipoteca. Así costa de la Escritura Pública N°5905 de fecha 01/10/2011 otorgada ante Notario de Trujillo Marco Antonio Corcuera García. Asiento 00013 HIPOTECA: La Hipoteca inscrita en el Asiento 00011 queda AMPLIADA hasta por la suma de US$ 74,250.00 Dólares Americanos, en garantía de las obligaciones respaldadas y demás obligaciones contenidas en el Contrato de Garantía Hipotecaria. Así consta de la Escritura Pública N° 1614 de fecha 12/04/2013 otorgada ante Notario Público Guillermo Guerra Salas. DÍA Y HORA DE REMATE: CUATRO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS 09:00 A.M. LUGAR DE REMATE: Sala de Remates, sito en Jirón Francisco Pizarro N° 544, Segundo Piso, Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad. CONDICIONES DEL REMATE: Los POSTORES: 1) Deberán oblar como garantía en efectivo o cheque de gerencia a su nombre NEGOCIABLE: suma no menor al 10% del valor de Tasación del Inmueble. 2) Presentar arancel judicial Código 07153 por Derecho a participar en Remate, consignar número de expediente, Juzgado e identificación del postor. 3) Presentar documento de identidad: DNI y/o RUC, según corresponda. 4) En caso de actuar mediante representante, se deberá acreditar Poder suficiente inscrito. Los honorarios del Martillero Público serán cancelados por el adjudicatario más el IGV. De conformidad con la Ley del Martillero Publico N° 27728 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-JUS. El remate será efectuado por FANNY ADELI VERGARA COAGUILA Martillera Publica con Registro N° 316 Celular 956-833302. Trujillo, 12 de abril del 2018. FANNY A. VERGARA COAGUILA Martillero Público Reg. N° 316 M. TRINIDAD NORIEGA CORDOVA Secretaria Judicial P/6738163 – 23,24,25,28,29,30my – S/108.00

AVISO DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL Expediente N° 04458-2014-0-1601-JR-CI-06. Juzgado: SEXTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE TRUJILLO Juez: KELLY JOCCY CABANILLAS OLIVA Especialista Legal: MANUEL VARGAS GUERRA Demandante(s): SCOTIABANK PERU S.A.A. Demandado(s): SEBERINO VEREAU GARCIA, BEATRIS ANTICONA VILLALBA y CINTHIA EMPERATRIZ CASTILLO RAMIREZ. Materia(s): EJECUCIÓN DE GARANTÍA. BIEN EN REMATE: Se ha ordenado que el suscrito Martillero Público, Guillermo Eulogio Paredes Landauro, con Reg. N° 210, realice el REMATE PÚBLICO JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado el Pueblo Joven Miguel Grau, Segunda fase, Manzana 4 (cuatro), Lote 22 (veintidós), hoy calle Barcelona N° 1501 (mil quinientos uno) Distrito de El Porvenir, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad, cuya área, linderos, dominio, características y medidas perimétricas se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N° P14036898, Registro de Propiedad Inmueble, Oficina Registral de Trujillo. Gravámenes y Cargas: 1) Asiento 00008, Hipoteca del 28.11.2013 a favor de Scotiabank Perú S.A.A. hasta por S/. 175,570.00. VALORIZACIÓN: S/. 175,570.00 soles. PRECIO BASE: S/. 99,489.67 soles, que representa dos tercios de su valorización, reducido en 15% por ser segunda convocatoria. FECHA, HORA Y LUGAR DE REMATE: Se realizará el MIERCOLES 06 DE JUNIO DE 2018 A LAS 09.00 HORAS EN LA SALA DE REMATES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD, ubicada en la sede central, sito en Jirón Pizarro N° 544, 2° piso, Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de

La Libertad. LOS POSTORES: Deben depositar en dinero en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre una cantidad no menor del 10% de la valorización; adjuntar original de DNI y/o RUC, del arancel judicial con código N° 7153 por derecho de participación en remate de inmueble, indicando Juzgado, Expediente, nombre, DNI y/o RUC, domicilio y firmado; y de ser el caso de vigencia y facultades de poder de fecha actual. Asimismo, El adjudicatario paga honorarios del Martillero Público más el I.G.V., conformidad a la Ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamento (D.S. N° 008-2005-JUS); inmediatamente finalizada la diligencia de remate. Trujillo, abril 09 de 2018. [email protected]. [email protected]. (51)(44) 94-886-5276 94936-5850 34-7544. GUILLERMO E. PAREDES LANDAURO Martillero Público Reg. N° 210 MANUEL ELISEO VARGAS GUERRA Secretario Judicial P/6738295 – 23,24,25my – S/42.00

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL Expediente N° 1913-2017.- Por disposición del Juez del Cuarto Juzgado Civil de TrujilloCorte Superior de Justicia de La Libertad: Dr. JOHAN MITCHEL QUESNAY CASUSOL y Secretario Judicial: ADELMO GERONIMO HERNANDEZ, en los Autos seguidos sobre EJECUCION DE GARANTIAS por BANCO DE CREDITO DEL PERU con DORA GRACIELA ARISTE ARISTE y JOSE FREDDY LAMAS RUMICHE, con intervención del Martillero Publico de Registro Nacional Noventa y cinco: JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS, se procederá a llevar a cabo el REMATE PUBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA, de: El Inmueble ubicado en la Calle Atenas N° 213 y Calle Bombay, Urbanización Santa Isabel, Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad, con un Área de 58.85 m2., cuya área, linderos y medidas perimétricas, se encuentran inscritos en la Partida N° 11083028, de la Zona Registral N° V, Sede Trujillo-Oficina Registral Trujillo- SUNARP.Con una TASACION aprobada de: US$ 99,060.00 (Noventa y nueve mil, sesenta y 00/100 Dólares Americanos) y con un PRECIO BASE de REMATE, deducido conforme a Ley, de: US$ 66,040.00 (Sesenta y seis mil, cuarenta y 00/100 Dólares Americanos).AFECTACIONES: HIPOTECA.- A favor del Banco de Crédito del Perú, hasta por US$ 99,600.00, para garantizar préstamo a los propietarios del inmueble, por la suma de US$ 75,000.00 (Asiento N° D00002 de la Partida N° 11083028) y EMBARGO.- En forma de Inscripción, por orden del Sétimo Juzgado de Paz Letrado de Trujillo, sobre las Acciones y Derechos de Dora Graciela Ariste Ariste, hasta por S/ 20,000.00, en los seguidos por Banco de Crédito del Perú, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Exp. N° 01862-2017-95-1601-JP-CI-07 (Asiento D00003 de la Partida N° 11083028).DIA y HORA DEL REMATE: El 13 de Junio del 2018, a las 2.00 de la Tarde.LUGAR DEL REMATE: En la SALA DE REMATES, ubicada en Jr. Pizarro N° 544 Segundo piso, del Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad (Sede de la Corte Superior de Justicia de la Libertad).POSTORES; Oblarán (Garantía) el 10 % de Tasación en efectivo o cheque de gerencia NEGOCIABLE y girado a nombre del postor y presentaran Arancel Judicial respectivo (Indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI/RUC), con copia de Arancel y D.N.I., suscribiendo dicho Arancel y generales de Ley.ADJUDICATARIO: De ser el caso, deberá depositar el saldo del precio de adjudicación dentro del plazo de 3 días, de conformidad con lo señalado por el Artículo 739° del Código Procesal

Jueves 24 de mayo de 2018 Civil, con la advertencia de quedar sujeto a lo previsto en el Artículo 741° del acotado código.HONORARIOS: Del Martillero, por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con Art. 17 y 18 del Decreto Supremo N° 008-2005-JUS- Reglamento de la Ley N° 27728- Ley del Martillero Publico.Inf. Al # 998084468.JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS Martillero Publico de Registro Nacional N° 95 ADELMO L. GERONIMO HERNANDEZ Secretario Judicial P/6739127 – 24,25,28,29,30,31my – S/78.00

REMATE JUDIClAL EN TERCERA CONVOCATORIA TERCER REMATE JUDICIAL: Exp. 15042015, en los seguidos por SCOTIBANK SAA contra LUZ MARLENI VELASQUEZ PINEDO APODERADA DE LA SEÑORA JULIA PINEDO VDA DE VERONICO, GRUPO VENMORA CONSTRUCTORA SAC, RICHARD ELVIS CHINGAY ZAVALETA, JULIA PINEDO VDA DE VERONICO sobre EJECUCION DE GARANTIAS, la Señora jueza del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Trujillo, Dra. Ana Karina Armas Cueva, Especialista Legal Dra. Luz Yolanda Castro Polo, ha ordenado sacar a REMATE PUBLICO EN TERCERA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble materia de ejecución. UBICACION: Urbanización Popular Bella Mar, Sector IV Primera Etapa, Mz. “Ñ”, Lote 4, Distrito de Nuevo Chimbote, Provincia de Santa, Departamento de Ancash; cuyo derecho se encuentra inscrito en la Partida Electrónica N° P09076631 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° VII - Sede Huaraz. TASACION: ascendente a la suma de S/ 192,981.40 (CIENTO NOVENTIDOS MIL NOVECIENTOS OCHENTIUNO y 40/100 SOLES). PRECIO BASE: correspondiente a las dos terceras partes de la tasación menos las deducciones de Ley y que asciende a la suma de 92,952.71 (NOVENTIDOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTIDOS Y 71/100 SOLES). DIA Y HORA DE REMATE: 05 DE JUNIO DEL AÑO 2018, A LAS 10:30 HORAS DEL DIA. LUGAR DE REMATE: En la sala de remates de la sede del Distrito Judicial de La Libertad, sito en Jr. Pizarro N° 544, segundo piso, Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad. CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: inscrita en el asiento N° 00008, de la Partida Electrónica N° P09076631, a favor de SCOTIBANK S.A.A, hasta por la suma de S/. 192,981.41 Nuevos Soles. Así consta en Escritura pública 2326, de fecha 07/07/2014, otorgada ante la notario Doris Paredes Haro. POSTORES: Los postores, personas naturales y jurídicas o a través de representantes legales debidamente facultados mediante poder inscrito, oblarán no menos del 10% del valor de la tasación del inmueble (S/ 19,298.1.40) en efectivo o en cheque de gerencia a título personal (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) y entregarán en original y copia, el DNI del postor y el recibo de arancel judicial correspondiente (Tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y generales de ley del postor. El presente remate estará a cargo de la Martillero Público Judith Marleni Chávez Cotrina con Reg. 169, RPC. 986234906 y en aplicación a la Ley 23871. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO: Será de cargo del adjudicatario según la tabla establecida en el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS más IGV, y deberá ser cancelada al finalizar el remate. JUDITH MARLENI CHÁVEZ COTRINA Martillero Público Reg. N° 169 LUZ YOLANDA CASTRO POLO Secretaria Judicial P/6739828 - 24,25,28my – S/51.00

. REMATE BIENES MUEBLES PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por Ml BANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA con REYES GARCÍA, CRISTINA MAGDALENA sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO; EXP, No, 00395-2011-0-1601-JP-CI-06, el Quinto Juzgado de Paz Letrado de Trujillo a cargo de la Juez Dra. MARIELA MORENO VEGA, Especialista Legal Dra. AMPARO RODRIGUEZ CASTILLO ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA de los siguientes bienes muebles: 1) Vehículo de Placa de Rodaje: CD9199, AUTOMOVIL DE CARROCERÍA HATCHBACK, MARCA SUZUKI, MODELO ALTO, AÑO 2008, COLOR AZUL, No. SERIE: MA3FB31S490196315; No. MOTOR: F8DN3531411, inscrito en la Partida Electrónica No. 60538769 del Registro de Bienes MueblesRegistro de Propiedad Vehicular de la Zona Registral No. V Sede Trujillo AFECTACIONES, CARGAS Y GRAVÁMENES: Constitución de Garantía Mobiliaria y Otros Actos Titulo N° 2011-77074982 Medidas Cautelares Exp. 77074982 Afectación MEDIDA CAUTELAR fecha: 16/09/2011 Juez Primer Juzgado Especializado en lo Civil Juzgado Hugo Francisco Escalante Peralta Partes Judiciales. Causal: 20000. Demandante La Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo Demandado: Reyes García, Cristina Magdalena. VALOR DE TASACIÓN: US$ 1,444.07 (UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 07/100 DÓLARES AMERICANOS). BASE DE REMATE: Las 2/3 partes de tasación ascendente a US$ 962.71 (NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON 71/100 DÓLARES AMERICANOS) más IGV. DÍA Y HORA DE LA SUBASTA: EL 31 DE MAYO DE 2018 A HORAS: 11.30 (ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA) 2) Vehículo de Placa de Rodaje CD9197, AUTOMOVIL DE CARROCERÍA HATCHBACK, MARCA SUZUKI, MODELO ALTO, AÑO 2008, COLOR AZUL, SERIE: MA3FB31S390196323 MOTOR: F8DN3531424, inscrito en la Partida Electrónica No. 60538767 del Registro de Bienes MueblesRegistro de Propiedad Vehicular de la Zona Registral No. V Sede Trujillo AFECTACIONES, CARGAS Y GRAVÁMENES: Constitución de Garantía Mobiliaria y Otros Actos Título No. 2011-77074982 Medidas Cautelares Exp. 77074982 Afectación MEDIDA CAUTELAR fecha: 16/09/2011 Juez Primer Juzgado Especializado en lo Civil Juzgado Hugo Francisco Escalante Peralta Partes Judiciales, Causal: 20000. Demandante La Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo Demandado: Reyes García, Cristina Magdalena. VALOR DE TASACIÓN: US$ 1,155.25 (UN MIL CENTO CINCUENTA Y CINCO CON 25/100 DÓLARES AMERICANOS). BASE DE REMATE: Las 2/3 partes de tasación ascendente a US$ 770.16 (SETECIENTOS SETENTA CON 16/100 DÓLARES AMERICANOS) más IGV. DÍA Y HORA DE LA SUBASTA: EL 31 DE MAYO DE 2018 A HORAS: 12.00 (DOCE DEL MEDIODÍA) LUGAR DE LA SUBASTA: En el Sexto Nivel de la Playa de Estacionamiento Municipal del SAIMT (Servicio de Administración de inmuebles

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Municipales de Trujillo) ubicado en Pasaje San Agustín con Pasaje Armas de la Ciudad de Trujillo, Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad. Los postores oblarán en efectivo o cheque de gerencia a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE) el diez por ciento del valor de tasación y presentarán su Arancel Judicial (con copia del arancel y del DNI) suscribiendo dicho arancel, con número de expediente (00395-2011) y generales de Ley, Trujillo, 27 de Abril de 2018 JAVIER VICTOR RAFAEL REYNOSO EDENABOGADO-MARTILLERO PÚBLICO REG. No. 97.-TELEF: 985578074 JAVIER REYNOSO EDEN Martillero Público - Reg. N° 97 AMPARO RODRIGUEZ CASTILLO Secretaria Judicial P/6717282 – 17,18,21,22,23,24my – S/108.00

2. EDICTOS CLASIFICADOS . INSCRIPCION Y RECTIFICACIÓN DEPARTIDAS RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Ante el 7° J.P.L.T, Exp. 4713-2017, Sec. Iris Amelia Capristan Rojas. Irma Rene Espejo Ventura De Gutierrez solicita RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, consignándose erróneamente el nombre de mi madre como DIONICIA VENTURA cuando debería de ser lo correcto DIONICIA VENTURA VALDERRAMA. IRIS A. CAPRISTAN ROJAS Secretaria Judicial P/6738245 – 24my – S/4.00

RECTIFICACION DE PARTIDA DE DEFUNCION Ante el 5° Juzgado de Paz Letrado - Trujillo, Especialista Legal: Dra. Amparo Rodríguez Castillo, Expediente N° 895 - 2018, ELIZABETH AZUCENA ASMAT ALVARADO, solicita la Rectificación de la Partida de Defunción, de su señora madre; en el sentido que erróneamente se ha consignado solamente como: “DOMITILA” ALVARADO LANDA, debiendo ser el nombre correcto el de: FLAVIA DOMITILA ALVARADO LANDA; debiendo corregirse en ese sentido la Partida de Defunción de la madre de la recurrente. Trujillo, 16 de mayo de 2018.AMPARO RODRÍGUEZ CASTILLO Secretaria Judicial P/6739084 – 24my – S/5.00

. SUCESION INTESTADA SUCESIÓN INTESTADA Por ante el 1er Juzgado de Paz Letrado, que despacha el Juez Luis León Reinaltt, Especialista Margareth Noriega Córdova, don ALFREDO SÁNCHEZ TRUJILLO, solicita la Sucesión Intestada de ASUNCIÓN TRUJILLO MARIÑO Vda de SÁNCHEZ, fallecida el día 24 de Octubre del 2017. Admitiéndose a trámite la solicitud mediante Resolución N° 01 de fecha 24.04.2018 en la cual ordena la publicación mediante Edictos a efectos que las personas que tienen vocación hereditaria y, con los requisitos establecidos en el Inc. 1° del Art.833 del CPC. publicaciones en el diario oficial EL PERUANO Y LA REPÚBLICA. La Esperanza, 22 de Mayo del 2018 MARGARETH NORIEGA CORDOVA DE OLCHAUSKI Secretaria Judicial P/6738603 – 24my – S/5.00 SUCESION INTESTADA Ante el 3-JPL Civil Transitorio de Trujillo, Esp. Hugo Regies Cruz, Exp. 3954-2017, RICARDO ARMANDO SANCHEZ MORALES, solicita

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Jueves 24 de mayo de 2018

Corte Superior de Justicia de La Libertad

Sucesión Intestada de su padre JOSE FRANCISCO SANCHEZ FIESTAS fallecido en el Distrito de Salaverry el día 21 de Junio del año 2010, sin dejar testamento, conforme a lo ordenado mediante Resolución 01. Trujillo, 22 de Mayo del 2018 HUGO REGIES CRUZ Secretario Judicial P/6739101 – 24my – S/5.00

. PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO LA JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE TRUJILLO, Dra. GUISSELLA DEL CARMEN SORIANO RAMIREZ, en el expediente: 727-2018 especialista legal: LUZ ARROYO DIAZ, proceso: Abreviado, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO; mediante resolución N° 2, de fecha 18 de Abril del 2018, se admitió a trámite la demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio, en la vía procedimental de proceso Abreviado y se ha dispuesto la publicación de extracto de la demanda por tres veces con un intervalo de tres días; Don EMERITO LAYZA ALAYO, interpone demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio, contra don ELISEO ADELMO ACEVEDO ARROYO, a fin que se le declare PROPIETARIO de los TERRENOS RUSTICOS AGRICOLAS, ubicados en CONACHE, identificados con los U.C. 01438 y U.C. 01464, del sector conche del distrito de Laredo, provincia de Trujillo y departamento de la Libertad, y se disponga su inscripción en los Registros de la Propiedad Inmueble de la SUNARP; por haber operado la Prescripción Adquisitiva sobre dichos terrenos al venir poseendo como propietario en forma pacífica publica y continua desde el 08 de abril de 1986, con justo título y buena fe. Trujillo 11 de mayo del 2018. LUZ DEL CARMEN ARROYO DIAZ Secretaria Judicial P/6724221 – 18,24,30my – S/18.00

3. NOTIFICACIONES POR EDICTOS EDICTO Ante el 3er. Juzgado Civil, que despacha el Dr. José V. Torres Marín, Secretaria Milagros Martínez Marmanillo EXPEDIENTE N° 2812018, Doña Luz María Díaz Pretel interpone demandada de Otorgamiento de Escritura Pública contra la Sucesión de Elvis Enrique Pretel Muñoz para que cumpla con otorgar la Escritura Pública de Compra Venta del inmueble ubicado en el Centro Poblado Cascas Mz. 65, Lote 3, Distrito de Cascas, Provincia de Gran Chimú, Departamento de La Libertad, inscrita en la Partida Registral P14149408 del Registro de la Zona Registral N° V-Sede Trujillo. Admitir a trámite la demanda y Traslado de la demanda a la parte demandada por el plazo de 15 días bajo apercibimiento de nombrárseles CURADOR PROCESAL. Publíquese por tres días. Trujillo, 17 de Mayo del 2018 MILAGROS MARTINEZ MARMANILLO Secretaria Judicial P/6726308 – 22,23,24my – S/24.00

EDICTO En el Exp. Nro. 5342-2012, Juez Dr. CARLOS VENEROS GUTIERREZ del Cuarto Juzgado Laboral, Sec. Lucia Mendoza seguido por JOSE LUIS GUEVARA ANGELES contra EMPRESA HIDRANDINA S.A., y otras sobre INCUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES Y NORMAS LABORALES, siendo también emplazada PROYECTOS DE INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES SAC la que es no habida por lo que en Resolución Nro. 19 se

ordenó que se notifique a esta empresa mediante edictos, OTORGANDOSE el plazo de TRES DÍAS hábiles, computados a partir de la última publicación, para que precise su domicilio procesal y casilla electrónica, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal en caso de incumplimiento. LUCIA VERONICA MENDOZA PARDO Secretaria Judicial – Pool NLPT P/6735191 – 22,23,24my – S/12.00

EDICTOS En la ciudad de Trujillo, 04 de Abril de 2018 en el Exp. 5655-2012 del 4° JLP de Trujillo, Juez Carlos Olmedo Veneros Gutiérrez y especialista Lucia Verónica Mendoza Pardo en el proceso seguido por Espinola Vargas Ivan Rabelo contra Hidrandina S.A., mediante Res 33 se dispuso NOTIFIQUESE por edictos a la integrada ROSELL CONTRATISTAS EIRL, OTÓRGUESE el plazo de VEINTE DÍAS hábiles computados a partir de la última publicación, para que se apersone al proceso y recabe copia de demanda, anexos, resolución admisoria, y demás actuados, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. LUCIA VERÓNICA MENDOZA PARDO Secretaria Judicial – Pool NLPT P/6735353 – 22,23,24my – S/15.00

EDICTO DE LA DEMANDA En el Exp. 84-2017, del 2do. Juzgado de Paz Letrado de Trujillo, Esp. Dra. Nancy Lozano Rodríguez, seguido por Silvia Pérez Moncada, contra: Miranda Amanzo, Roberto Alfredo, sobre pensión de alimentos para la demandante y la menor Fernanda Elizabeth Miranda Pérez, 1. La solicitante es cónyuge del demandando y madre de la menor hija Fernanda Elizabeth Miranda Pérez, de 13 años de edad, para que recurra con una pensión alimenticia mensual el demandado. 2. al no tener conocimiento de su último domicilio real del demandado; quien tenía como ingresos en moneda de dólares americanos; por lo que, se ha solicitado una pensión alimenticia pagadera en forma adelantada, a nuestro favor (cónyuge e hija), ascendente al $ 800:00 dólares americanos de sus ingresos mensuales. El juez, Dr. Víctor Hugo Camacho Haro, por Res. 01 del 13/01/17, admite la demanda y dispone se publique un extracto de la misma por edicto. NANCY LOZANO RODRIGUEZ Secretaria Judicial P/6738097 – 23,24,25my – S/18.00

EDICTOS En el Exp. N° 10190-2017 seguido por Marco Antonio Pérez Tarrillo contra la sucesión de Ana María Rojas Calderón sobre Reconocimiento de Unión de Hecho, el señor Juez del Cuarto Juzgado Especializado de Familia, Dr. Marco Antonio Celis Vásquez, mediante resolución Nro.06 de fecha 17 de Mayo del 2018, ha proveído lo siguiente: TRASLADO de la demanda a la SUCESION INTESTADA DE DOÑA ANA MARIA ROJAS CALDERON; EMPLACESE mediante edictos a la sucesión intestada antes mencionada, el cual se publicará en el diario de mayor circulación de la circunscripción, por el plazo de tres días, a fin de que dicha sucesión demandada, cumpla con absolver la demanda dentro del plazo de noventa días hábiles noventa días hábiles noventa días hábiles, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal. Trujillo, 21 de Mayo del 2,018 NELLY LAVADO HUARCAYA Secretaria Judicial P/6738148 – 23,24,25my – S/15.00

EDICTO POR ANTE EL 7° JUZ. CIVIL DE TRUJILLO, VÍCTOR MANUEL RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ Y MAGDA TALA ALVA DÍAZ, HAN INTERPUESTO DEMANDA CONTRA

LA SUCESIÓN INTESTADA DE RUTH DELFÍN BOCKOS, CONFORMADA POR GARY SERGIO MARTÍN BRACAMONTE DELFÍN Y RUTH TATIANA MARGARITA BRACAMONTE DELFÍN, SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN PASAJE VENEZUELA N° 140 - URB. TORRES ARAUJO, EXP. N° 3025-2017, ESP., DRA. BELIN ARACELI ROSALES ORTÍZ, LA JUEZ DRA. ROSA ELENA ABANTO SALAZAR, LA MISMA QUE HA DISPUESTO: ADMITIR A TRÁMITE EN LA VÍA DEL PROCESO ABREVIADO; POR OFRECIDOS LOS MEDIOS PROBATORIOS QUE SE INDICAN EN LA DEMANDA; PUBLIQUESE EXTRACTO DE LA DEMANDA POR TRES VECES CON INTERVALO DE TRES DÍAS. BELIN ROSALES ORTIZ Secretaria Judicial P/6721855 – 18,24,30my – S/15.00

EDICTO En el Exp. No. 3995-2017 seguido por doña AIDA ESTHER MORALES ANTINORI y otra contra LEVÍ MORALES MORENO y otro sobre nulidad de acto jurídico, la señora juez del Noveno Juzgado Especializado en lo Civil de Trujillo Dra. Tatiana Pedemonte del Rio ha dispuesto publicarse este edicto con el siguiente contenido: Doña AIDA ESTHER MORALES ANTINORI Y FLOR DE MARIA MORALES ANTINORI demanda la nulidad de acto jurídico contenido en la escritura de fecha 31 de Octubre de 2013 sobre anticipo de legítima. Habiendo comunicado las demandantes del fallecimiento del co demandado Italo Humberto Morales Antinori se ha expedido la resolución No. 4 cuya parte resolutiva es como sigue: RESOLUCIÓN No. CUATRO.- Trujillo, 18 de Abril de 2,018.- SE RESUELVE: Disponer la SUCESION PROCESAL del demandado ITALO HUMBERTO MORALES ANTINORI, en consecuencia PUBLIQUESE por edictos con trascripción sumaria de la presente resolución en el diario “El Peruano” y “La República”, por tres días hábiles, con el traslado a la sucesión de Italo Humberto Morales Antinori, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal si en el plazo de sesenta días no se presenta sucesor alguno con quien se prosiga la tramitación del proceso. 2. SUSPENDASE el trámite del presente proceso hasta que se presente sucesor alguno. NOTIFIQUESE. Lo que se comunica para los fines de ley. Dr. Carlos Hernán Romero Graus, Secretario Judicial del Noveno Juzgado Civil de Trujillo. Trujillo, 03 de Mayo de 2018. CARLOS ROMERO GRAUS Secretario Judicial P/6738330 – 24,25,28my – S/33.00

EDICTO Ante el Segundo Juzgado Civil Especializado de Trujillo, Juez Dra. Guissella del Carmen Soriano Ramírez, Esp. Luz Arroyo Díaz, Expediente N° 370-2017, MARÍA ESPERANZA LÓPEZ VILLANUEVA, demanda sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble ubicado en Av. El Ejército N° 560 - Sector El Molino, Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad, área de 92.22m2 y un perímetro de 50.77 m.l., el mismo que forma parte de un predio de mayor extensión, inscrito en la PE matriz N°11038526 del Registro de Predios de la Zona Registral N° V - Sede Trujillo, específicamente en el tomo 72, foja 139. Mediante resolución N° CINCO se resolvió INTEGRAR y ACLARAR la resolución UNO y DOS; en el sentido que se ADMITE a trámite la demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio; interpuesta por María Esperanza López Villanueva, en vía de PROCESO ABREVIADO, contra la SUCESIÓN DE DANIEL HOYLE CASTRO; SUCESIÓN DE VÍCTOR CARLOS LARCO HOYLE,

conformada POR VÍCTOR CARLOS LARCO COX, SUCESIÓN DE ALICIA ISABEL LARCO COX, conformada POR RAUL GUINEA LARCO, ALICIA GUINEA LARCO, JOSE ANTONIO GUINEA LARCO, MARIA DEL ROSARIO GUINEA LARCO; ALICIA COX ROSA DE LARCO; GUILLERMO LARCO COX; CAROLINA LARCO COX SCHEARTZMANN; SUCESIÓN DE GUILLERMO AUGUSTO LARCO COX, conformada POR ROSANA BRESCIANI PAWLE, ROSANA LARCO BRESCIANI, LAURA MARÍA DEL ROSARIO LARCO MANUCCI, ALICIA MARÍA LARCO MANUCCI, SUCESIÓN DE RICARDO VICTOR LARCO MANUCCI, conformada POR ROCIO PAMELA LARCO ROGGERO y VALERIA JULIETA LARCO MARTINEZ (representada por Teresa Amelia Martínez La Rosa); SUCESIÓN DE GUILLERMO VÍCTOR FERNANDO LARCO MANUCCI, conformada POR JACQUELINE RUTH MONTES, MARÍA LAURA LARCO DÍAZ, VÍCTOR ALEJANDRO LARCO DÍAZ, SILVANA ALESSANDRA LARCO DÍAZ; MARIANA LARCO MANUCCI; Y JAVIER ESTEBAN ALEJANDRO LARCO MANUCCI; debiendo EMPLAZARSE a los demandados, en los domicilios que consigna el recurrente en su escrito postulatorio, y escrito número cuatro; por el plazo de DIEZ DIAS, a fin de que procedan a contestar la demanda; bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes, en caso de incumplimiento; y con respecto a los codemandados DANIEL HOYLE CASTRO, VICTOR CARLOS LARCO COX, ALICIA COX ROSA DE LARCO, GUILLERMO LARCO COX, ROSANA BRESCIANI PAWLE, y SILVANA ALESSANDRA LARCO DIAZ, NOTIFIQUESELES, por EDICTOS, por el plazo de TREINTA DIAS, en el diario oficial, y en el de mayor circulación, publicación que se realizará por el lapso de tres días consecutivos; a fin de que se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal, en caso de incumplimiento. LUZ DEL CARMEN ARROYO DIAZ Secretaria Judicial P/6739108 – 24,30my,05jn – S/42.00

NOTIFICACION POR EDICTO La Señora Juez del Sexto Juzgado de Paz Letrado de Trujillo, Miriam Torres Velásquez y Especialista Legal que suscribe en el Exp. N° 000377-2018-0-160-JP-FC-06 seguido por JULIA MARLENY SALDAÑA RODRIGUEZ contra EDWIN LUJAN RODRIGUEZ sobre AUMENTO DE ALIMENTOS, en vía de Proceso Único; con resolución N° Tres de fecha 25 /05/ 2018., ha resuelto notificar por Edicto, la resolución que declara: ADMITASE a trámite la demanda interpuesta por JULIA MARLENY SALDAÑA RODRIGUEZ sobre AUMENTO DE ALIMENTOS, TENGASE por ofrecido los medio probatorios propuesto de esta parte; TRASLADO de la misma al demandado EDWIN LUJAN RODRIGUEZ, por el plazo de cinco días a fin de que la absuelva bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. Cumpla el demandado con adjuntar a su escrito de contestación de demanda su último boleta de pago o declaración jurada de ingreso con firma legalizada o documento que legalmente lo sustituya. SEGUNDO AMADO ALVARADO LAVADO Secretario Judicial P/6739199 – 24,25,28my – S/21.00

EDICTO JUDICIAL En el expediente N° 00041-2018-0-1606-JP-CI-01, ante el Juzgado de Paz Letrado de Pacasmayo, Dra. Obeso Lázaro Silvia, especialista: William Dionicio Paredes Vásquez, en el proceso de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, seguido por Guillermo de Guanilo, Maria Teresa en contra del Ministerio Público, quien solicita se incluya en su partida de nacimiento los datos correctos de su madre:

su segundo prenombre “LUISA” y su apellido materno “GUANILO”, debiendo quedar en forma correcta como LUISA ELVIRA JUAREZ GUANILO: Resolución N° 01 de fecha 18 de Mayo del 2018, se resuelve ADMITIR a trámite la demanda interpuesta, a través en la vía de proceso No Contencioso; tener por ofrecidos los medios probatorios que se indican; notifíquese la demanda por edictos los cuales se deberán de publicar por una sola vez en el diario oficial y uno de mayor circulación del lugar del proceso conforme a los artículos 167 y 168 del C.P.C. WILLIAM DIONICIO PAREDES VASQUEZ Secretario Judicial P/6739286 – 24my – S/5.00

EDICTO JUDICIAL EXP. 46-2017-1° JUZGADO DE PAZ LETRADO LA ESPERANZA, CON RES. N°02 DEL 20 DE JUNIO DEL 2017, SE ADMITE A SOLICITUD DE SUCESIÓN INTESTADA DE NICOLAS QUISPE CUSI INTERPUESTA POR MARINA MENDOZA PALACIOS, DISPONIENDOSE LA PUBLICACIÓN EN EL DIARIO EL PERUANO Y LA REPUBLICA. FIRMA SR. JUEZ LEON REINALTT Y EL SECRETARIO HERRADA REBAZA. LA ESPERANZA 23 DE MAYO DEL 2018. GILMER RODOLFO HERRADA REBAZA Secretario Judicial P/6739841 - 24my - S/5.00 P/6739862 - 25,28my - S/10.00

NOTIFICACION POR EDICTO La Señora Juez del 3er Juzgado de Familia de Trujillo, Dra. YVONE LUCAR VARGAS y Especialista Legal que suscribe en el Exp. N° 09037-2017-0-1601JR-FC-03 seguido por SANCHEZ DIAZ, EDILBERTO contra SIGUENZA HURTADO, FLOR MARLENI sobre TENENCIA, Resolución N° OCHO.Trujillo, 27 de abril de 2018; se dispone emplazar mediante Edictos a doña SIGUENZA HURTADO, FLOR MARLENI, por el plazo de tres días, a fin de que cumpla con contestar la demanda dentro del plazo de sesenta días hábiles; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Trujillo, 23 de mayo de 2018 PILAR RODRIGUEZ MORI Secretaria Judicial P/6739845 - 24,28,30my - S/15.00

4. EDICTOS PENALES EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TRUJILLO Y LA ESPERANZA PROCESO COMUN N° 6811-2014-49 ESPECIALISTA DE CAUSAS: RUBI MYRELLA IPANAQUE AZABACHE. Se cita y emplaza al ACUSADO: JOSE ALBERTO GAMBOA REYES, proceso penal signado con el N° 6811-2014-49, seguido contra JOSE ALBERTO GAMBOA REYES, como presunto autor directo del delito por el delito de HURTO AGRAVADO; y concurra a la Audiencia Pública de Juicio Oral señalada para el día 05 DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS DOCE HORAS DEL MEDIO DIA que se llevará a cabo en la SALA DE JUZGAMIENTO DEL SETIMO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL, Tercer Piso del Edificio de las dependencias del Nuevo Código Procesal Penal, dentro de la Sede Judicial de la Avenida América Oeste s/n, Urbanización Covicorti, Sector Natasha Alta, de esta ciudad de Trujillo, bajo APERCIBIMIENTO de conducción compulsiva. Trujillo, 14 de Mayo del 2018. 22, 23, 24 – MAY.-

EDICTO PENAL El 02° Juzgado de Investigación Preparatoria de

Corte Superior de Justicia de La Libertad Trujillo, en el Exp. Nº 1137-2018-75, emplaza a los agraviados EDGAR BENAVIDES ACATE MORALES, MARUJA ARCE LAIZA, FANY MELI AREDO BACILIO, JOVITA VARGAS VARELA, VICENTE AGREDA VILLALVA, ELA NEUSTA ARCE LAIZA Y GREGORIO ACEVEDO CERNA, en el proceso que se le sigue en su agravio por el delito de APROPIACIÓN ILÍCITA contra el acusado VÍCTOR MANUEL UGAZ DE LA TORRE en calidad de Gerente General de la Empresa AGRO LAS DUNAS, con la Res. Nro 01. Traslado de acusación por el plazo de diez días útiles, solicitando el Ministerio Público la suma de quinientos soles a favor de cada agraviado, sin perjuicio que se devuelva la suma de 67134.15 soles. Trujillo, 17 de mayo del 2018. 22, 23, 24 – MYO.-

EDICTO PENAL El 07° Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, en el Exp. Nº 5578-2017-44, emplaza al agraviado MARCO ANTONIO DÍAS INFANTE en el proceso que se le sigue en su agravio por el delito de RECEPTACION contra las imputadas MARILU CASTILLO MONZON y FLOR EDITA NAVARRO CASTAÑEDA, con la Res. Nro 01. Traslado de Sobreseimiento, por el plazo de diez días útiles, solicitando el Ministerio Público el archivo del proceso. Trujillo, 17 de mayo del 2018. 22, 23, 24 – MYO.-

EDICTO PENAL EXPEDIENTE Nº 2144-2011-57- 1601-JRPE-05. QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TRUJILLO. Asistente de causas: Eddy Sánchez Gálvez. La señora Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, doctora, María Elizabeth Zulueta Cabrera, emplaza al acusado CESAR EDUARDO GRADOS RÍOS, con la resolución número CINCUENTA, para que se ponga a derecho ante su despacho sito en Natasha Alta- Urb. COVICORTI, por motivo de haberse reprogramado Audiencia de Control Acusatorio, para el día 30- 5- 18 a la 1:00 pm, en el proceso que se le sigue por el delito de Colusión, en agravio del Estado. Trujillo, 12 de mayo del 2018.22, 23, 24 – MAY.-

EDICTO PENAL Tercer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria JUEZ: DR. FRANCISCO GAVIDIA GAVIDIA ESPECIALISTA: ROCIO GOYZUETA BENITES SE NOTIFICA AL IMPUTADO ERASMO FACUNDO CASAS POLO CON LA RESOLUCIÓN N° 04 QUE RESUELVE: DECLARAR FUNDADO EL REQUERIMIENTO DE INCORPORACION COMO TERCERO CIVIL RESPONSABLE A LA EMPRESA DE TRANSPORTE KENY S.A.C. HACIÉNDOSE PRESENTE QUE EL CONTENIDO COMPLETO DE CARPETA FISCAL 2662-2015 SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN EN LA FISCALÍA ENCARGADA. EXP. 1136-2017-23. Trujillo 18 de Mayo del 2018. 22, 23, 24 – MAYO.-

EDICTO PENAL Tercer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria JUEZ: DR. FRANCISCO GAVIDIA GAVIDIA ESPECIALISTA: ROCIO GOYZUETA BENITES SE NOTIFICA AL IMPUTADO CASAS POLO ERASMO FACUNDO CON LA RESOLUCIÓN N° 04 QUE RESUELVE: PROGRAMAR AUDIENCIA PUBLICA DE CONTROL DEL REQUERIMIENTO FISCAL ACUSATORIAO

PARA EL DIA MARTES CINCO (05) DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS CON TREINTA MNUTOS DE LA MAÑANA (11:30 a.m). HACIÉNDOSE PRESENTE QUE EL CONTENIDO COMPLETO DE CARPETA FISCAL 2662-2015 SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN EN LA FISCALÍA ENCARGADA. EXP. 1136-2017-27. Trujillo 18 de Mayo del 2018. 22, 23, 24 – MAYO.-

EDICTO PENAL Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria JUEZ: DR. ROSENDO POMPEYO VIA CASTILLO ESPECIALISTA: ROCIO GOYZUETA BENITES SE NOTIFICA AL IMPUTADO IRVIN KELVIN ARROYO MERA CON LA RESOLUCIÓN N° 09 QUE RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (HORA EXACTA 11:30 AM), EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - CSJLL, DEL EDIFICIO DEL MÓDULO PENAL DE LA SEDE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD, HACIÉNDOSE PRESENTE QUE EL CONTENIDO COMPLETO DE CARPETA FISCAL 5576-2016 SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN EN LA FISCALÍA ENCARGADA. EXP. 6427-2016-4. Trujillo, 18 de Mayo del 2018. 22, 23, 24 – MAYO.-

EDICTO PENAL EXP. 117-2016-88-1615-JR-PE-01 JUZGADO DE PAZ LETRADO, E INVESTIGACIÓN PREPARATORIA GRAN CHIMÚ- CASCAS. SECRETARIO: RENE GUEVARA FUSTAMANTE.Se notifica al sentenciado: OTINIANO MORALES COMECA RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ. QUE RESUELVE: Estando a la disponibilidad de fecha en el libro de diligencias CITAR A LAS PARTES A AUDIENCIA DE EJECUCION DE SENTENCIA para el día VEINTISIETE DE JUNIO EL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS DEL DÍA a llevarse a cabo en la sala de audiencias del Juzgado; con la concurrencia obligatoria de: 1) la representante del Ministerio Publico bajo apercibimiento de informar al órgano de control del Ministerio Publico en caso de inconcurrencia injustificada de la fiscalía. NOTIFÍQUESE Defensoría Pública de Cascas a fin que asuma la defensa del sentenciado en la presente diligencia, asignándole defensor y en caso de no ser asignado se tendrá como defensor al coordinador de dicha defensoría, debiendo concurrir en forma obligatoria, bajo apercibimiento de informar a su superior en caso de inasistencia injustificada; dejando a salvo el derecho del sentenciado de designar defensor particular. En caso de inasistencia del sentenciado de llevarse a cabo la audiencia solo con presencia del Abogado defensor. NOTIFÍQUESE al sentenciado en su domicilio real y procesal, requiriéndosele se apersone al proceso y señale domicilio procesal en la ciudad sede de este Juzgado, bajo apercibimiento en lo sucesivo de notificársele únicamente en la Defensoría Pública. Cascas, 08 de mayo del 2018 DR. CARLOS MIGUEL ZARPAN CAPUÑAY Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado con Adicción de Funciones de Investigación Preparatoria de Gran Chimú – Cascas 22, 23, 24 – MAYO.-

Jueves 24 de mayo de 2018

EDICTO JUDICIAL JUSGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAIJAN En el Cuaderno de Proceso Inmediato Nº 0105-2018-0-1601-JR-PE-1, mediante RES. N° CUATRO se ha dispuesto se notifique al imputado WILLIAMS FERMIN MIRANDA ARANA, debido a lo solicitado por el representante del Ministerio Publico de Incoación de Proceso Inmediato contra el investigado en mención, por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la sociedad; por ello, SE CITA A LA AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO para el DIA MARTES DIECINUEVE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIICHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA; en la sala de audiencia del Juzgado, debiendo concurrir con su abogado de libre elección o de lo contrario Abogado defensor, JUEZ: DR. BENDEZU. SEC. FLORES.22, 23, 24 – MYO.-

EDICTO EXPEDIENTE: 3341-2017-94-1618-JR-PE-01 JUEZ: RAFAEL ESTEBAN ROMERO RODRIGUEZ ESPECIALISTA: LOURDES ROJAS LACHE El Señor Juez del 1° Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de La Esperanza, HACE SABER que en el Expediente N° 3341-2017-94-1618-JR-PE-01, seguido contra Carlos Herrera Suarez y otro, por el delito de Robo Agravado, en agravio de Betty Domitila Tiznado Villalobos y otros; que mediante Resolución N° 02 de fecha 17 de Mayo del 2018, se ha dispuesto CITAR AL AGRAVIADO JOSE PEDRO ROJAS TORIBIO para la Audiencia de Terminación Anticipada para el DIA 06 DE JUNIO DEL 2018, A HORAS 12:00 P.M (hora exacta), a realizarse en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria.- Notifíquese.22, 23, 24 – MYO.-

EDICTO PENAL EXP Nº: 563-2017-0-1602-JR-PE-01 (CUADERNO PROCESO INMEDIATO) JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ASCOPE Y PAIJAN Especialista Legal.: Dr. Carlos Alejandro Tafur Díaz Se cita y emplaza al acusado: GUILLERMO BOBADILLA SALIROSAS para que concurra el día 20/06/2018 a las 09.00 a.m. a la Sala de Audiencias del Juzgado Unipersonal de Ascope Paijan, con sede en la Calle Leoncio Prado s/n – Centro Cívico de Ascope a la Audiencia de Juicio Oral, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia; y se defienda de la acusación del Ministerio Público, por el delito de “OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR”, en agravio de JUAN DANIEL BOBADILLA CHAVEZ representado por NEISER FIORELA CHAVEZ VASQUEZ. Ascope, 04 de mayo del 2018. 22, 23, 24 – MYO.-

EDICTO PENAL EXP Nº: 095-2018-0-1602-JR-PE-01(PROCESO INMEDIATO) JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ASCOPE Y PAIJAN Especialista Legal.: Dr. Carlos Alejandro Tafur Díaz Se cita y emplaza al acusado: BENJAMIN FELIX MENDOZA TIZNADO Para que concurra el día 30/05/2018 a las 10:00 a.m. a la Sala de Audiencias del Juzgado Unipersonal de Ascope - Paijan, con sede en la Calle Leoncio Prado s/n – Centro Cívico de Ascope a la Audiencia de Juicio Inmediato, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia; y se defienda de la acusación del Ministerio Público, por el delito de “OMISION

A LA ASISTENCIA FAMILIAR”, en agravio de JENNIFER TATIANA MENDOZA BAZAN. Ascope, 12 de Marzo del 2018. 22, 23, 24 – MYO.-

EDICTO PENAL INST. N° 2047-2000 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO CONTUMAZ: CARLOS DAVID CASTRO SÁNCHEZ, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de DAVID RUBÉN FLORES TERRONES. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 22, 23, 24 – MYO.-

EDICTO PENAL El Segundo Juzgado Penal Unipersonal, que tiene como Juez al doctor Jaino Alonso Grandez Vilchez cita y emplaza al acusado ALBERTO QUISPE AQUINO para la audiencia de juicio oral del día 13.06.2018 a horas 11:40 a.m. en la Sala del Segundo Juzgado Penal Unipersonal Segundo piso del Edificio de las dependencias del Nuevo Código Procesal Penal, Sector Natasha Alta-Trujillo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su conducción compulsiva en caso inconcurrencia, en el EXP. 7002-2017-56, seguido contra ALBERTO QUISPE AQUINO por el delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Jairo Lionel Quispe Valdez. Asistente de Causas Jurisdiccionales: LUZ MARIA SALVADOR VILLACORTA. 23, 24, 25 – MAY.-

EDICTO PENAL El Segundo Juzgado Penal Unipersonal De Trujillo, que tiene como Juez a la Dra. KATHERINE DORA GRANDA FERNANDEZ; cita y emplaza al acusado CESAR WAGNER CORREA JIMENEZ; para la audiencia de juicio oral del día 9.10.2018 a horas 9:40 a.m., en la SALA DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL, ubicado en el SEGUNDO piso de las Instalaciones del N.C.P.P. Natasha AltaCovicorti- TRUJILLO; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inconcurrencia, en el EXP. N° 01356-2018-24, seguido contra CESAR WAGNER CORREA JIMENEZ, por el delito de CONDUCCION DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Asistente de Causas Jurisdiccionales: LUIS ALBERTO SÁNCHEZ LINARES. 23, 24, 25 – MAY.-

EDICTO PENAL El Primer Juzgado Penal Unipersonal De Trujillo, que tiene como Juez al Dr. FRANCISCO POLO POLO; cita y emplaza al acusado JOSE MANUEL BRICEÑO TICLIA; para la audiencia de juicio oral del día: 18.10.2018 a horas 12:00 p.m., en la SALA DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL, ubicado en el SEGUNDO piso de las Instalaciones del N.C.P.P. Natasha AltaCovicorti - TRUJILLO; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inconcurrencia, en el EXP. N° 07499-2014-37, seguido contra JOSE MANUEL BRICEÑO TICLIA, por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN. Asistente de Causas Jurisdiccionales: LUIS ALBERTO SÁNCHEZ LINARES 23, 24, 25 – MAY.-

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EDICTO PENAL El Segundo Juzgado Penal Unipersonal De Trujillo, que tiene como Juez al Dr. JAN CARLO ALVA VASQUEZ; cita y emplaza al acusado JHONY SAUL ALTAMIRANO CHACON; para la audiencia de juicio oral del día 6.07.2018 a horas 10:20 a.m., en la SALA DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL, ubicado en el SEGUNDO piso de las Instalaciones del N.C.P.P. Natasha Alta-Covicorti- TRUJILLO; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inconcurrencia, en el EXP. N° 06860-2017-92, seguido contra JHONY SAUL ALTAMIRANO CHACON, por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR. Asistente de Causas Jurisdiccionales: LUIS ALBERTO SÁNCHEZ LINARES. 23, 24, 25 – MAY.-

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 4049-2008-51-1601-JR-PE-02 SEXTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TRUJILLO JUEZ: PAJARES ACOSTA ASISTENTE: GONZALEZ Se NOTIFICA A LOS AGRAVIADOS REYES ZAVALETA OSCAR FRANCISCO, AZAÑERO LOPEZ SANTOS y CORONADO ACUÑA YUSEFF EDINSON, que por resolución cuarenta y siete se está concediendo el recurso de apelación interpuesto y fundamentado por Antonio Eduardo y Karina Mosqueira Correa, en su calidad de actor civil, formulado contra la sentencia absolutoria, contenida en la resolución cuarenta y seis, en el extremo que resuelve absolviendo al acusado Harold Ricardo Coello Cuba, como autor del delito contra el Patrimonio en la modalidad de Estafa y se dispone se eleven los actuados a la Sala Penal de Apelaciones competente, en el modo y forma de ley, con motivo del EXP. N° 4049-2008-51-1601-JR-PE-02 seguido contra HAROLD RICARDO COELLO CUBA por el delito de Estafa, en agravio de Antonio Mosqueira Correa y otros. Trujillo, 03 de Mayo del 2018. 23, 24, 25 – MAY.-

EDICTO PENAL El Cuarto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria De Trujillo, que tiene como Juez a la Dra. IRENE MILAGRITOS CRUZADO ZAPATA; cita y emplaza a la agraviada: ELENA DEMETRIA JACOBO DE ASMAT; para la audiencia de Terminación Anticipada del día 8.06.2018 a horas 10:00 a.m., en la SALA DEL CUARTO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TRUJILLO, ubicado en el PRIMER piso de las Instalaciones del N.C.P.P. Natasha Alta - Covicorti – TRUJILLO; en el Exp. N° 03070-2017-2, seguido contra JEFFERSON RODRIGUEZ MALQUI, por el delito de LESIONES GRAVES. Asistente de Causas Jurisdiccionales: LUIS ALBERTO SÁNCHEZ LINARES. 23, 24, 25 – MYO.-

EDICTO PENAL El Noveno Juzgado Penal de Investigación Preparatoria De Trujillo, que tiene como Juez a la Dr. ROBERT MENDIETA NARRO; cita y emplaza al imputado CARLOS ALBERTO SILVA GUEVARA; para la audiencia de incoación de proceso inmediato del día 31.05.2018 a horas 12:00 p.m. en la SALA DEL NOVENO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA, ubicado en el TERCER piso de las Instalaciones del N.C.P.P. Natasha AltaCovicorti – TRUJILLO, en el EXP. N° 02988-20180, seguido contra CARLOS ALBERTO SILVA GUEVARA, por el delito de CONDUCCION DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Asistente de Causas Jurisdiccionales: LUIS

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Jueves 24 de mayo de 2018

Corte Superior de Justicia de La Libertad

ALBERTO SÁNCHEZ LINARES. 23, 24, 25 – MAY.-

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 128-2018-0-1608-JR-PE-01 ASISTENTE JURISD.: JORGE LUIS CHÁVEZ BOLAÑOS EL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SÁNCHEZ CARRIÓN; Juez: Dr. Ruperto Sandoval Damián: Emplaza al imputado SANTOS YONARO MAURICIO BURGOS, para que aista a la Audiencia de Control de Requerimiento Fiscal de Incación de Proceso Inmediato, programada para el día 29 de Mayo del año 2018 a horas 8:45 am, audiencia que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal de Investigaión Preparatoria de la Provincia de Sánchez Carrión - Huamachuco. Asimsimo, se le hace concocer que tiene un requerimiento fiscal de Incoación de Porceso Inmediato en su contra, por el delito Contra la Famlia en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de su menor hija Sonia Jhoselin Mauricio Reyes, representada por su señora madre Marina Cleofe Reyes Sandoval. y que el señor representante del Ministerio Público. Y, que al imputado se le ha designado abogado defensor público de oficio, con domicilio real ubicado en Jr. Leoncio Prado N° 180- Huamachuco. Haciéndose presente que el contenido completo del Requerimiento Fiscal se encuentra a su disposición en el despacho de este Juzgado Penal de Investigación preparatoria. Huamachuco, 08 de Mayo del 2018 23, 24, 25 – MAY.-

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nº 322-2014-42 En el Cuaderno de Prueba Anticipada seguido contra EVER LAUREANO CASTRO QUISPE Y OTROS por el delito de ASOCIACIÓN ILÍCITA PARA DELINQUIR Y OTROS en agravio de EL ESTADO. JUEZ: Dra. HILDA CEVALLOS BONILLA SEC. JUD.: VIOLETA LOZANO HORNA Se cita a: SANTOS TORIIO JOAQUIN FLORES, EVER JAVIER PASTOR VACA, FLOR MARGARITA DE LA CRUZ GARCIA, CÉSAR ARMANDO MARTEL SANCHEZ, WILLAN JORGE AMADOR VILLALVA, YOHANA LETICIA SALVATIERRA ESQUIVEL, JOSE MARIO DAGA VASQUEZ, FERNANDO VIDAL RAFAEL MORILLO, WILLIAM DEYVIS SAAVEDRA JUAREZ, SEGUNDO DEMETRIO POLONIO BENITES, FRANCISCO VASQUEZ SAUNE, GLORIA ESTEFANI RUIZ SANCHEZ, VICTOR IVAN RABELO SEGURA, JHAJAIRA JACQUELYN URCIA PASTOR, EVER LAUREANO CASTRO QUISPE, VILMA NORA ESQUIVEL LUJAN, DEYVI EDWIN REYES GARCIA, IVAN WILLIAM CALDERON JULCA, HERNANDO LUIS MARIÑOS SANCHEZ, ROBINSON LEYCER MURGA BRICEÑO, GEANMARCO ESQUIVEL LUJAN, JAIRO VELA VERA, FREDY ALEWX RAFAEL PAREDES Y WILLIAM VICTOR LARA INFANTES, VICTOR IVAN RABELO SEGURA, SANTOS TORIBIO JOAQUIN FLORES, HERNANDO LUIS MARIÑOS SANCHEZ, FRANCISCO VASQUEZ SAUNE Y YONATAN EMERSON SALVATIERRA ESQUIVEL. Por el presente edicto, la Juez que suscribe mediante Resolución Nro. CUARENTA Y DOS: DISPONE: 1) REPROGRAMAR la presente audiencia para el día 01 DE JUNIO DEL 2018 A LAS 09:00 HORAS DE LA MAÑANA, en la sala del Primer Colegiado Supraprovincial de Trujillo. Para Instalar la Presente Audiencia. 2) SE EXHORTA al Asistentes de Causas, esto es a la doctora Violeta Lozano Horna, realice las notificaciones y recabe los cargos para la próxima audiencia que se va a reprogramar. 3) SE NOTIFIQUE a los demás sujetos procesales,

bajo los mismos apercibimientos decretados en la resolución que cita a la presente audiencia. 4) SE OFICIE a la Policía Judicial de la Corte Superior de Justicia de la Libertad, a fin de que brinden las garantías a la testigo con código de reserva. 5) NO SE HACE EFECTIVOS los apercibimientos, a pesar de que los abogados han sido notificados el día 07 de mayo del 2018, toda vez que en esta resolución N° 41 solamente se indica que la audiencia seria para el 11 de mayo y se llevara a cabo en la sala audiencia del Colegiado N° 01 y no se hace constancia de la variación de la sala de audiencia. 6) QUEDAN en este acto notificados los presentes, bajo los mismos apercibimientos decretados en la resolución que cita a la presente audiencia. 23, 24, 25 – MYO.-

EDICTO PENAL INST. N° 134-2001 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO AUSENTE: SEGUNDO EZEQUIEL GARCÍA SOTERO, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD - TENTATIVA, en agravio de G.J.S.C. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 23, 24, 25 – MYO.-

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 6128-2017-16-1618-JR-PE-02 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TRUJILLO JUEZ GRANDEZ VILCHEZ ASISTENTE: GONZALEZ Se cita y emplaza al acusado JOSE BARTOLOME GONZALEZ VALDEZ para que concurra a la audiencia de juicio oral programado para el día 06 DE JUNIO DEL 2018 A LAS 8:50 HORAS la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Nº 02 sede Natasha Alta CSJLL, Trujillo, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser declarado CONTUMAZ y cursar órdenes de captura, con motivo del EXP. N° 6128-2017-16-1618-JR-PE-02 seguido en su contra por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Estrellita Lizeth Marquina Campos. Trujillo, 15 de Mayo del 2018. 24, 25, 28 –MYO.-

EDICTO PENAL El Octavo Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, que tiene como juez al Dr. Santos Teófilo Cruz Ponce cita y emplaza a los acusados: acusados BUENO RIVERA LUIS ALBERTO y MUÑOZ VÁSQUEZ FEMANDO AGUSTÍN para la audiencia de juicio oral del día 31.05.2018 a horas 09:00 a.m. en la Sala del Octavo Juzgado Penal Unipersonal Anticorrupción - Cuarto piso del Edificio de las dependencias del Nuevo Código Procesal Penal, Sector Natasha AltaTrujillo, bajo apercibimiento de ser declarados REOS CONTUMACES y ordenarse su conducción compulsiva en caso inconcurrencia, en el EXP. 2263-2011-45, seguido contra Werner Alfonso Iglesias Plasencia y otros por el delito de COLUSION, en agravio de El Estado. Asistente de Causas Jurisdiccionales: LUZ MARIA SALVADOR VILLACORTA. 24, 25, 28 – MAY.-

EDICTO JUDICIAL JUEZ: DR. FRANCISCO GAVIDIA GAVIDIA ASIST. CAUSAS: YSELA CARRERA

RENGIFO El Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, en el Exp. Nº 2298-2014-13-1601-JRPE-03, emplaza al acusado ANDRES VICTORIANO ROBLES APOLINAR, en la investigación seguida en su contra, por el delito de USO DE DOCUMENTO PRIVADO FALSO Y OTRO en agravio de Guillermo Víctor Alonso Carranza Hoyos y otro; con la Res. N° 20. RESUELVE: 1) SUSPENDER LA AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO FISCAL MIXTO para el DÍA 04/06/2018 A LAS 10:50AM, en la sala de Audiencias del TERCER Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, sito en la Corte Superior de Justicia de La Libertad, ubicada en la Av. Avenida America Oeste s/n Urb. Covicorti Sector Natasha Alta Primer Piso. Se hace de conocimiento que el imputado ANDRES VICTORIANO ROBLES APOLINAR cuenta con defensor público. Trujillo, 22 de MAYO del 2018. 24, 25, 28 – MYO.-

EDICTO PENAL INST. N° 466-2001 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO AUSENTE: ELTON SANDRO ALBITES SIFUENTES, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de O.E.M.V. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 24, 25, 28 – MYO.-

EDICTO PENAL INST. N° 2452-2000 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO CONTUMAZ: BRUCE KREITMAN SHIRTZER, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de JULIO MÁXIMO GALVEZ BARROS Y OTRA. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 24, 25, 28 – MYO.-

EDICTO PENAL INST. N° 422-1993 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ZAPATA Cita y emplaza a: ACUSADO CONTUMAZ: ADRIANA ASUNCIÓN RODRÍGUEZ CASTRO, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, en agravio de EL ESTADO. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 24, 25, 28 – MYO.-

EDICTO PENAL INST. N° 308-2010 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO CONTUMAZ: RUBEN HIPÓLITO DIESTRA CONDONGURY, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de ÁNGEL ROMÁN ALONSO. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 24, 25, 28 – MYO.-

EDICTO PENAL INST. N° 4121-2010 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO AUSENTE: KEITH MARVIN REYES SÁNCHEZ, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO-TENTATIVA, en agravio de PAUL LUIZINHO ZEGARRA VASQUEZ. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 24, 25, 28 – MYO.-

EDICTO PENAL INST. N° 685-2000 SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO CONTUMAZ: PERCY WILLIAM SÁNCHEZ SEVILLANO, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de JULISSA ELIZABETH FASSAHUER CABRERA. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 24, 25, 28 – MYO.-

EDICTO PENAL EXP. Nº: 00146-2018-0-1608-JR-PE-01 EL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SÁNCHEZ CARRIÓN; Juez: Dr. Sandoval Asistente de Causas Rojas, pone en conocimiento de investigado Alex Polo Arteaga que el representante del Ministerio Público a incoado en su contra el proceso inmediato, por el delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de la menor Roce Mishell Polo Oloya, habiéndose designado a un abogado defensor público cuya oficina se encuentra ubicada en el Jirón Leoncio Prado N° 180 – Huamachuco, se pone de conocimiento que mediante resolución número dos dispone la reprogramación de la audiencia de incoación de proceso inmediato para el día 29-05-2018 a horas 9:15 am la misma a realizarse en la Sala de Audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria. Huamachuco, 22 de Mayo del 2018.24, 25, 28 – MYO.-

EDICTO PENAL El 03° Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, en el Exp. Nº 4654-2015-434, emplaza al acusado OTIS ANTENOR CABRERA LOYOLA, con la Res. Nro 31 SUEPENDE la audiencia pública de ACUSACION, para el día TREINTA del mes de MAYO del año DOS MIL

DIECIOCHO, a las TRECE horas, en la Sala de Audiencias del TERCER Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, de la CSJLL. Trujillo, 22 de mayo del 2018. 24, 25, 28 – MYO.-

EDICTO EXPEDIENTE: 3262-2018-32-1618-JR-PE-02 JUEZ: JENNER MOISES VASQUEZ MARTINEZ ESPECIALISTA: LOURDES ROJAS LACHE El Señor Juez del 2° Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de La Esperanza, HACE SABER que en el Expediente N° 3262-2018-32-1618-JR-PE-02, seguido contra Ricardo Vicente Fernández Vásquez, por el delito de Actos contra el Pudor de Menor de Edad, en agravio de la menor S.Y.B.P; que mediante Resolución N° 03 de fecha 21 de Mayo del 2018, se ha dispuesto CITAR AL INVESTIGADO RICARDO VICENTE FERNANDEZ VASQUEZ para la Audiencia de Prisión Preventiva para el DIA 11 DE JUNIO DEL 2018, A HORAS 09:00 A.M. (hora exacta), a realizarse en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria.- Notifíquese.--24, 25, 28 – MYO.-

EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MBJ LA ESPERANZA EXP. Nº: 02367-2018-0-1618-JR-PE-01 JUEZ: JENNER MOISES VASQUEZ MARTINEZ SECRETARIO: VICTORIA SALINAS FIGUEROA IMPUTADO: JUAN MANUEL TRUJILLO CARRANZA AGRAVIADO: REBECA ELIZABETH CERNA SANCHEZ RESOLUCION UNO.- Dado cuenta con el REQUERIMIENTO FISCAL DE ACUSACION FISCAL de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa del Módulo de Justicia de la Esperanza, CORRASE TRASLADO a la agraviada REBECA ELIZABETH CERNA SANCHEZ por el plazo perentorio de 10 días útiles para su conocimiento, en el proceso que se sigue en contra del investigado Juan Manuel Trujillo Carranza, por el delito de Lesiones Leves por Violencia Familiar, en agravio de REBECA ELIZABETH CERNA SANCHEZ. La Esperanza, 21 de Mayo del 2018. 24, 25, 28 – MYO.-

EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MBJ LA ESPERANZA EXP. Nº:07452-2017-0-1618-JR-PE-01 JUEZ: JENNER MOISES VASQUEZ MARTINEZ SECRETARIO: VICTORIA SALINAS FIGUEROA IMPUTADO: FRANKLIN MIGUEL MONTALVAN MARTINEZ DELITO: AGRESION EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR AGRAVIADO: DEYSI MAVEL AGUILAR SIMON RESOLUCION TRES.- Dado cuenta con el estado del presente proceso, se CITA AUDIENCIA de Sobreseimiento al imputado FRANKLIN MIGUEL MONTALVAN MARTINEZ, para el día 05 DE JUNIO DEL 2018 A HORAS 10:15 DE LA MAÑANA, en el proceso seguido contra del investigado Franklin Miguel Montalvan Martínez, por el delito de Lesiones Leves por Violencia Familiar, en agravio de Deysi Mavel Aguilar. La Esperanza, 21 de Mayo del 2018. 24, 25, 28 – MYO.-

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ACUERDO N° 4-2018-SPS-CSJLL DE LOS JUECES SUPERIORES TITULARES DE LAS SALAS PENALES DE APELACIONES

1. Tema: Aprobación de formatos para el trámite de apelaciones.

1. Tema: Notificaciones al agraviado del trámite de apelación en segunda instancia.

2. Base legal: Artículo 123.1º del CPP: Las resoluciones judiciales, según su objeto, son decretos, autos y sentencias. Salvo los decretos, deben contener la exposición de los hechos debatidos, el análisis de la prueba actuada, la determinación de la ley aplicable y lo que se decide, de modo claro y expreso. Artículo 122º, último párrafo del CPC: Los decretos son expedidos por los auxiliares jurisdiccionales respectivos y serán suscritos con su firma completa.

2. Base legal: Artículo 95.1.d del CPP: El agraviado tiene el derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria.

3. Fundamentación: El nuevo despacho judicial penal se basa en la uniformidad, estandarización y predictibilidad de todos los procedimientos (R.A. Nº 014-2017-CEPJ del 11/01/2017 aprueba el Reglamento del Nuevo Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la República), en tal sentido corresponde a las salas penales uniformizar el trámite de los recursos de apelación en segunda instancia, mediante la aprobación de formatos únicos de resoluciones, que contengan apercibimientos específicos según sea la clase de recurso y la parte recurrente.

4. Fundamentación: Se considera agraviado a todo aquél que resulte directamente ofendido por el delito o perjudicado por las consecuencias del mismo (artículo 94.1 del CPP). El agraviado del delito se encuentra en condiciones de ser un protagonista del proceso penal, encontrándose facultado para participar activamente en el desarrollo del proceso, siendo necesario que el agraviado actúe con todos los derechos y garantías que le aseguran la satisfacción de su pretensión. En este sentido, el agraviado tiene derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria (artículo 95.1.d CPP), para ello los órganos jurisdiccionales de primera instancia -bajo responsabilidad- deben notificar al agraviado el auto de sobreseimiento y la sentencia absolutoria, con la finalidad de permitirle ejercitar de manera efectiva su derecho constitucional a la doble instancia (artículo 139.6 de la Constitución Política del Perú).

4. Acuerdo: Aprobar los formatos de resoluciones para el trámite de apelaciones que se anexan al presente.* 5. Difusión: Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial, y comuníquese a los jueces penales de primera instancia, al Ministerio Público, la Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad y a las facultades de derecho de las Universidades de Trujillo. *El formato debe ser requerido a la coordinación de las Salas Penales de Apelaciones.

3. Base jurisprudencial: Casación N 353-2011-Arequipa del 04/06/2013: El artículo 95.1d del CPP establece que el agraviado tendrá como derecho impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria, en concordancia con el artículo 347 del CPP señala que contra el auto de sobreseimiento procede recurso de apelación [fj. 4.5].

5. Acuerdo: Al agraviado recurrente, no constituido en actor civil, se le notificará todo el trámite en segunda instancia del recurso de apelación del auto de sobreseimiento y de la sentencia absolutoria. De otro lado, al agraviado recurrido únicamente se le notificará la resolución final (auto o sentencia), que resuelve el recurso salvo que se hubiere apersonado en segunda instancia, en cuyo caso también se le notificará todo el trámite. 6. Difusión: Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial, y comuníquese a los jueces penales de primera instancia, al Ministerio Público, la Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad y a las facultades de derecho de las Universidades de Trujillo.

Dr. Giammpol Taboada Pilco Juez superior coordinador de las Salas Penales de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad

Dr. Giammpol Taboada Pilco Juez superior coordinador de las Salas Penales de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad

CorteCorte Superior de Justicia 10 Superior de JusticiadedeLa LaLibertad Libertad

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ACUERDO N° 4-2018-SPS-CSJLL DE LOS JUECES SUPERIORES TITULARES DE LAS SALAS PENALES DE APELACIONES

1. Tema: Aprobación de formatos para el trámite de apelaciones.

1. Tema: Notificaciones al agraviado del trámite de apelación en segunda instancia.

2. Base legal: Artículo 123.1º del CPP: Las resoluciones judiciales, según su objeto, son decretos, autos y sentencias. Salvo los decretos, deben contener la exposición de los hechos debatidos, el análisis de la prueba actuada, la determinación de la ley aplicable y lo que se decide, de modo claro y expreso. Artículo 122º, último párrafo del CPC: Los decretos son expedidos por los auxiliares jurisdiccionales respectivos y serán suscritos con su firma completa.

2. Base legal: Artículo 95.1.d del CPP: El agraviado tiene el derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria.

3. Fundamentación: El nuevo despacho judicial penal se basa en la uniformidad, estandarización y predictibilidad de todos los procedimientos (R.A. Nº 014-2017-CEPJ del 11/01/2017 aprueba el Reglamento del Nuevo Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la República), en tal sentido corresponde a las salas penales uniformizar el trámite de los recursos de apelación en segunda instancia, mediante la aprobación de formatos únicos de resoluciones, que contengan apercibimientos específicos según sea la clase de recurso y la parte recurrente.

4. Fundamentación: Se considera agraviado a todo aquél que resulte directamente ofendido por el delito o perjudicado por las consecuencias del mismo (artículo 94.1 del CPP). El agraviado del delito se encuentra en condiciones de ser un protagonista del proceso penal, encontrándose facultado para participar activamente en el desarrollo del proceso, siendo necesario que el agraviado actúe con todos los derechos y garantías que le aseguran la satisfacción de su pretensión. En este sentido, el agraviado tiene derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria (artículo 95.1.d CPP), para ello los órganos jurisdiccionales de primera instancia -bajo responsabilidad- deben notificar al agraviado el auto de sobreseimiento y la sentencia absolutoria, con la finalidad de permitirle ejercitar de manera efectiva su derecho constitucional a la doble instancia (artículo 139.6 de la Constitución Política del Perú).

4. Acuerdo: Aprobar los formatos de resoluciones para el trámite de apelaciones que se anexan al presente.* 5. Difusión: Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial, y comuníquese a los jueces penales de primera instancia, al Ministerio Público, la Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad y a las facultades de derecho de las Universidades de Trujillo. *El formato debe ser requerido a la coordinación de las Salas Penales de Apelaciones.

3. Base jurisprudencial: Casación N 353-2011-Arequipa del 04/06/2013: El artículo 95.1d del CPP establece que el agraviado tendrá como derecho impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria, en concordancia con el artículo 347 del CPP señala que contra el auto de sobreseimiento procede recurso de apelación [fj. 4.5].

5. Acuerdo: Al agraviado recurrente, no constituido en actor civil, se le notificará todo el trámite en segunda instancia del recurso de apelación del auto de sobreseimiento y de la sentencia absolutoria. De otro lado, al agraviado recurrido únicamente se le notificará la resolución final (auto o sentencia), que resuelve el recurso salvo que se hubiere apersonado en segunda instancia, en cuyo caso también se le notificará todo el trámite. 6. Difusión: Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial, y comuníquese a los jueces penales de primera instancia, al Ministerio Público, la Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad y a las facultades de derecho de las Universidades de Trujillo.

Dr. Giammpol Taboada Pilco Juez superior coordinador de las Salas Penales de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad

Dr. Giammpol Taboada Pilco Juez superior coordinador de las Salas Penales de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad

Corte Justicia de Libertad La Libertad Corte Superior Superior dedeJusticia de La

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ACUERDO N° 3-2018-SPS-CSJLL DE LOS JUECES SUPERIORES TITULARES DE LAS SALAS PENALES DE APELACIONES 1. Tema: Aprobación de formatos para el trámite de apelaciones.

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ACTA 05 - 2018 ACUERDO N° N° 4-2018-SPS-CSJLL SESIÓN LOS JUECES ESPECIALIZADOS DE LOS DE JUECES SUPERIORES TITULARES Y LETRADO DELDE ÁREA LABORAL DE DE LASPAZ SALAS PENALES APELACIONES Tema: Tema: Pago Pago en en los los cuadernos cuadernos de de ejecución ejecución anticipada anticipada en en los los que que exista exista recurso recurso de de casación casación oo 1. Tema: apelación apelacióninterpuesto interpuesto Notificaciones al agraviado del trámite de apelación en segunda instancia.

una una dev dev

trámite trámite

ejecució ejecució

puede puedepp

Asimism Asimism

29497 29497 ii

sentenc sentenc

2. Base legal: Artículo 123.1º del CPP: Las resoluciones judiciales, según su objeto, son decretos, autos y sentencias. Salvo los decretos, deben contener la exposición de los hechos debatidos, el análisis de la prueba actuada, la determinación de la ley aplicable y lo que se decide, de modo claro y expreso. Artículo 122º, último párrafo del CPC: Los decretos son expedidos por los auxiliares jurisdiccionales respectivos y serán suscritos con su firma completa. 3. Fundamentación: El nuevo despacho judicial penal se basa en la uniformidad, estandarización y predictibilidad de todos los procedimientos (R.A. Nº 014-2017-CEPJ del 11/01/2017 aprueba el Reglamento del Nuevo Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la República), en tal sentido corresponde a las salas penales uniformizar el trámite de los recursos de apelación en segunda instancia, mediante la aprobación de formatos únicos de resoluciones, que contengan apercibimientos específicos según sea la clase de recurso y la parte recurrente. 4. Acuerdo: Aprobar los formatos de resoluciones para el trámite de apelaciones que se anexan al presente.* 5. Difusión: Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial, y comuníquese a los jueces penales de primera instancia, al Ministerio Público, la Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad y a las facultades de derecho de las Universidades de Trujillo. *El formato debe ser requerido a la coordinación de las Salas Penales de Apelaciones.

El 2. Base legal: El Dr. Dr. Luis Luis Manuel Manuel Sánchez Sánchez Ferrer Ferrer Chávez Chávez expresa expresa que que el el año año pasado pasado existió existió un un acuerdo acuerdo Artículo 95.1.d CPP: El agraviado derechodel a impugnar el sobreseicontenido en acta número 14 04 2017, el contenido en el eldel acta número 14 de de fecha fechatiene 04 de deelsetiembre setiembre del 2017, en en que que el acuerdo acuerdo miento y la sentencia absolutoria. mayoritario fue: “No amparar los pedidos de endosos de certificados de depósitos judiciales mayoritario fue: “No amparar los pedidos de endosos de certificados de depósitos judiciales en en los los

pedido pedido d

cuadernos cuadernos de de ejecución ejecución anticipada, anticipada, salvo salvo que que elel superior superior jerárquico jerárquico ordene ordene aquello aquello al al resolver resolver alguna alguna

que que trat trat

3. Base jurisprudencial: impugnación acerca impugnación acerca del del rechazo”, rechazo”, empero empero aquel, aquel, conjuntamente conjuntamente con con el el señor señor magistrado magistrado José José Casación N 353-2011-Arequipa del 04/06/2013: El artículo 95.1d del CPP Miguel Miguel Saldarriaga Saldarriaga Medina, Medina, consideraron consideraron respecto respecto aa los los pedidos pedidos de de endosos endosos de de certificados certificados de de establece que el agraviado tendrá como derecho impugnar el sobreseimiento y depósitos depósitos judiciales judiciales en en los los cuadernos cuadernos de de ejecución ejecución anticipada anticipada lo lo siguiente: siguiente: 1) 1) Cuando Cuando se se trate trate la que sentencia absolutoria, enmanera concordancia con elsisiartículo dellos CPP señala consigne libre se endosar certificados que la la demandada demandada consigne de de manera libre yy voluntaria voluntaria se pueden pueden347 endosar los certificados que contra el auto de sobreseimiento procede recurso de apelación [fj. 4.5]. de de depósitos depósitos judiciales; judiciales; 2) 2) Cuando Cuando la la demandada demandada es es persona persona privada privada (natural (natural oo jurídica) jurídica) si si se se puede puede realizar realizar el el endoso endoso de de los los certificados certificados de de depósitos depósitos judiciales; judiciales; 3) 3) Cuando Cuando la la demandada demandada es es

fundam fundam

solicitud solicitu

la la ejecu ejecu

determi determi

del delcitad citad

4. Fundamentación: una una entidad entidad pública pública se se debe debe reservar reservar el el pedido pedido de de endoso endoso hasta hasta que que la la decisión decisión final final tenga tenga la la Se considera agraviado a todo aquél que resulte directamente ofendido por el calidad calidad de de cosa cosa juzgada; juzgada; yy 4) 4) Si Si podrá podrá ordenarse ordenarse el el endose endose en en los los casos casos que que el el superior superior delito o perjudicado por las consecuencias del mismo (artículo 94.1 del CPP). jerárquico jerárquico ordene ordene aquello aquello al al resolver resolver alguna alguna impugnación impugnación acerca acerca del del rechazo. rechazo. Tal Tal situación situación El agraviado del delito se encuentra en condiciones de ser un protagonista del podría podría ser ser reevaluada reevaluada con con que que actualmente actualmente existe existe el el Acuerdo Acuerdo N° N° 04-2017 04-2017 de de las las Salas Salas Laborales Laborales proceso penal, encontrándose facultado para participar activamente en el de de esta esta Corte Corte Superior Superior de de Justicia, Justicia, en en el el que que se se acordó acordó lo lo siguiente: siguiente: “La “La interposición interposición del del recurso recurso de de desarrollo del proceso, siendo necesario que el agraviado actúe con todos los casación y la apelación de los autos en ejecución de sentencia no tienen carácter suspensivo, en consecuencia casación y la apelación de los autos en ejecución de sentencia no tienen carácter suspensivo, en consecuencia derechos y garantías que le aseguran la satisfacción de su pretensión. En este los los actos actos procesales procesales desarrollados desarrollados en en la la fase fase de de ejecución ejecución deben deben concretarse concretarse plenamente, plenamente, inclusive inclusive tratándose tratándose sentido, el agraviado tiene derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentendel del pago. pago. Los Los únicos únicos supuestos supuestos de de suspensión suspensión de de la la ejecución ejecución de de obligaciones obligaciones de de dar dar suma suma de de dinero dinero son son los los cia absolutoria (artículo 95.1.d CPP), para ello los órganos jurisdiccionales de previstos previstosen enelelartículo artículo38 38yy60 60de dela laNLPT”. NLPT”. primera instancia -bajo responsabilidaddeben notificar al agraviado el auto de sobreseimiento y la sentencia absolutoria, con la finalidad de permitirle Así el Manuel Ferrer considera necesario revaluar Así las las cosas, cosas, el Dr. Dr. Luis Luisefectiva Manuel Sánchez Sánchez Ferrer Chávez Chávez considera que que sería necesario revaluar ejercitar de manera su derecho constitucional a sería la doble instancia la posición para facilitar el cobro de sumas dinerarias en el pago en los cuadernos de ejecución la posición parade facilitar el cobro de sumas dinerarias en el pago en los cuadernos de ejecución (artículo 139.6 la Constitución Política del Perú).

Tal Taltem tem

5. Acuerdo: Dr. Saldarriaga expresa que el 38 Ley El Dr. José José Miguel Miguel Saldarriaga Medina expresa en queactor el artículo artículo 38 de de la laleNueva Nueva Ley Procesal Procesal de Al El agraviado recurrente, noMedina constituido civil, se notificará todo de el Trabajo una orientada paliar que demandante deberá Trabajo contiene una regla regla orientada paliar el el tiempo, tiempo, que el el prestador prestador demandante deberá trámite encontiene segunda instancia delaarecurso de apelación del auto de sobreseiesperar del recurso la puede esperarypara para la resolución delabsolutoria. recurso de de casación, casación, la misma misma que no puede ser ser vaciado vaciado de de miento de la laresolución sentencia De otro lado,que al no agraviado recurrido contenido al no efectivizar la sentencia (pagar), lo que no supone ninguna responsabilidad para contenido alse no efectivizar la sentencia (pagar), lo que no supone ninguna responsabilidad para únicamente le notificará la resolución final (auto o sentencia), que resuelve magistrado que, estará cumplimiento efectivo dicha el el recurso salvo que secaso, hubiere apersonado en segunda en cuyo el magistrado que,en entodo todo caso, estarádándole dándole cumplimiento efectivoaainstancia, dichanormativa. normativa. caso también se le notificará todo el trámite.

Doctore Doctor

anticipada anticipadaen enlos losque queexista existarecurso recursode decasación casaciónooapelación apelacióninterpuesto. interpuesto.

La La Dra. Dra. Mirian Mirian Lili Lili Fernández Fernández Pérez Pérez expresa expresa que que si si es es posible posible pagar pagar por por lo lo que que se se encuentra encuentra de de

6. Difusión: acuerdo acuerdo con con llegar llegar acordar acordar aquello. aquello. De De otro otro lado, lado, el el Dr. Dr. Ricardo Ricardo Arturo Arturo Miranda Miranda Rivera Rivera Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial, y comuníexpresó expresó que que la la temática temática es es casuística, casuística, de de igual igual forma forma estuvieron estuvieron de de acuerdo acuerdo la la Dra. Dra. Lesly Lesly quese a los jueces penales de primera instancia, al Ministerio Público, Roxana León Vargas y la Dra. Tiana Marina Otiniano López, precisando esta última que el Roxana León Vargas y la Dra. Tiana Marina Otiniano López, precisando esta última que la el Defensoría Pública,fue elel Colegio de Abogados La Libertad y a las facultades acuerdo de los de de de acuerdo mayoritario mayoritario fue el de no no amparar amparar los pedidos pedidosde de endosos endosos de certificados certificados de depósitos depósitos dejudiciales derechoen delos las Universidades de Trujillo. cuadernos de anticipada, judiciales en los cuadernos de ejecución ejecución anticipada, salvo salvo que que el el superior superior jerárquico jerárquico ordene ordene Dr. Giammpol Taboada Pilco Juez superior coordinador de las Salas Penales de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad

importe importe

aquello acerca del aquelloal alresolver resolveralguna algunaimpugnación impugnación acercaTaboada delrechazo. rechazo. Dr. Giammpol Pilco

Juez superior coordinador de las Salas Penales de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad De De otro otro parte, parte, el el Dr. Dr. José José Miguel Miguel Saldarriaga Saldarriaga Medina Medina además además expresa expresa que que en en caso caso que que exista exista

Acuerd Acuerd

Luego Luego dd forma: forma:

1) 1) Si Si es es f

el el pago, pago,

casos casos dd

artículo artículo

una una dec dec

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Las Las juec juec

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Mirand Mirand

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de de ejecu ejecu

impugn impugn

Corte de Justicia de de LaLaLibertad 12 Superior Corte Superior de Justicia Libertad

ACUERDOS

una devolución, se podrá requerir al actor que devuelva el dinero ya que la casación tiene un

SY

ación o

ACUERDO N° 3-2018-SPS-CSJLL ejecución. Asimismo, la Dra. Edith del Pilar Fernández Rosas menciona que la demandada DE LOS JUECES SUPERIORES TITULARES puede pedir la suspensión de la ejecución. DE LAS SALAS PENALES DE APELACIONES trámite que demora mucho tiempo además se estaría incumpliendo la ley, la cual procura la

Asimismo, el Dr. Luis Manuel Sánchez Ferrer Chávez expresa que el artículo 38 de la Ley N°

acuerdo

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en la que se acordó querelación es factible de liquidaciones para cobranza respecto varios afiliados, con a la losacumulación procesos judiciales de ejecución seguidos por lasa

pedido de parte y previo depósito a nombre del juzgado de origen o carta fianza renovable por el

2. Base legal: que es factible la acumulación. Artículo 95.1.d del CPP: El agraviado tiene el derecho a impugnar el sobreseiDe igual forma, el Dr. Luis Manuel Sánchez Ferrer Chávez manifiesta que es factible la miento y la sentencia absolutoria.

2. Base legal: importe total reconocido, el juez de la demanda suspende la ejecución en resolución Artículo 123.1º del CPP: Las resoluciones judiciales, según su objeto, son fundamentada e inimpugnable. De igual forma, el artículo 60 de dicha norma jurídica establece decretos, autos y sentencias. Salvo los decretos, deben contener la que tratándose de la ejecución de intereses o de monto liquidado en ejecución de sentencia, a exposición de los hechos debatidos, el análisis de la prueba actuada, la solicitud de parte y previo depósito o carta fianza por el total ordenado, el juez puede suspender determinación de la ley aplicable y lo que se decide, de modo claro y la ejecución en resolución fundamentada. En ese panorama, tales normas jurídicas solamente expreso. Artículo 122º, último párrafo del CPC: Los decretos son expedideterminan la suspensión de la ejecución de la sentencia, además que se cuenta con el respaldo dos por los auxiliares jurisdiccionales respectivos y serán suscritos con su del citado Acuerdo N° 02-2017 de las Salas Laborales de esta Corte Superior de Justicia. firma completa. Tal temática fue sometida a debate entre los magistrados presentes. 3. Fundamentación: El nuevo despacho judicial penal se basa en la uniformidad, estandarizaciónAcuerdo: y predictibilidad de todos los procedimientos (R.A. Nº 014-2017-CEPJ del 11/01/2017 aprueba el Reglamento Nuevo Despacho Judicial Luego del debate se sometió a votación lo planteado,del la misma que fue adoptada de la siguiente del forma: Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la República), en tal sentido corresponde a las salas penales uniformizar el trámite de los recursos de apelación en segunda instancia, mediante la 1) Si es factible la ejecución de resoluciones en los cuadernos de ejecución anticipada, inclusive aprobación de formatos únicos de resoluciones, que contengan apercibiel pago, aún cuando exista interpuesta algún recurso de casación o apelación de auto, salvo los mientos específicos según sea la clase de recurso y la parte recurrente. artículos 38 y 60 de la Ley N° 29497 – Nueva Ley Procesal del Trabajo, y que en caso que existe 4. Acuerdo: una decisión negativa con el actor devolver cobrado a travésque de los Aprobar los formatos de posterioridad, resoluciones paradeberá el trámite deloapelaciones requerimientos y apercibimientos que disponga el órgano jurisdiccional respectivo. (04 votos: se anexan al presente.* Doctores Luis Sánchez Ferrer, José Saldarriaga, Miriam Fernández y Karla Castillo).

cesal de

ACUERDO N° 4-2018-SPS-CSJLL DE LOS JUECES SUPERIORES TITULARES La Dra. Tiana Marina Otiniano López considera que ya hay un acuerdo y que debe respetarse, DE LAS SALAS PENALES DE APELACIONES La Dra. Marina López considera que hay un acuerdo que debe respetarse, en la queTiana se acordó queOtiniano es factible la acumulación deya liquidaciones paray cobranza respecto a acumulación de liquidaciones para cobranza respecto a varios afiliados

1. Tema: varios afiliados, de conFondos relación los procesos judiciales de ejecución las Administradoras de aPensiones - AFP, sobre obligación de darseguidos suma depor dinero Notificaciones al agraviado del trámite de apelación en segunda instancia.

casos de suspensión de la ejecución de obligaciones de dar suma de dinero previsto en los

evaluar

Tema: Reevaluación y nueva votación respecto al acuerdo de jueces referido a la Tema: Reevaluación y nueva votación acuerdo de jueces referido a la acumulación de liquidaciones para cobranzarespecto respecto al a varios afiliados

1. Tema: 29497 indica que la interposición del recurso de casación no suspende la ejecución de las Aprobación de formatos para el trámite de apelaciones.

sentencias, excepcionalmente, solo cuando se trate de obligaciones de dar suma de dinero, a

acuerdo

Miércoles 07 de febrero de 2018 Jueves 24 de mayo de 2018

5. Difusión: Publíquese elpaz presente acuerdo en el diario oficial del también distritoestán judicial, y Las jueces de letrado, Olenka Carpio Navarro y Edith Fernández de acuerdo comuníquese a los jueces penales de primera instancia, al Ministerio con la posición antes anotada, tienen voz y no voto. Público, la Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad y a las facultades de derecho de las Universidades de Trujillo. 2) La solución que se presenten en los casos de ejecución de resoluciones en los cuadernos de

ejecución anticipada debe ser casuístisco (caso por caso), salvo que el superior jerárquico

*El formato debe ser requerido a la coordinación de las Salas Penales de Apelaciones.

ordene el pago al resolver alguna impugnación acerca del rechazo. (04 votos: Doctores Ricardo Miranda, Tiana Otiniano, Lesly León y Silvia Meléndez).

a que el

pósitos

3) No amparar los pedidos de endosos de certificados de depósitos judiciales en los cuadernos

ordene

de ejecución anticipada, salvo que el superior jerárquico ordene aquello al resolver alguna

e exista

impugnación acerca del rechazo. (01 voto: Dr. Carlos Veneros). Dr. Giammpol Taboada Pilco Juez superior coordinador de las Salas Penales de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad

Administradoras deprevisionales. Fondos de Pensiones - AFP, obligación de dar suma deexpresa dinero derivada de aportes Asimismo, el Dr. sobre José Miguel Saldarriaga Medina derivada de aportes previsionales. Asimismo, el Dr. José Miguel Saldarriaga Medina expresa que es factible la acumulación.

De igual forma, Dr. Luis Manuel de Sánchez Ferrer Chávez manifiesta es factible de la acumulación de el procesos judiciales liquidaciones para cobranza deque aportaciones acumulación de procesos judiciales de liquidaciones para cobranza de elaportaciones de pensiones seguidos por las AFP, ello respecto a varios afiliados, dado que artículo 37 del

3. Base jurisprudencial: pensiones por las ellodel respecto a varios afiliados, dado que el artículo 37 del Texto Único Ordenado deAFP, la Ley Sistema Privado de artículo Administración de Fondos de Casación Nseguidos 353-2011-Arequipa del 04/06/2013: El 95.1d del CPP Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado mediante el Decreto Supremo N° impugnar 054-97-EF, prescribe lo siguiente: "(...) establece que el agraviado tendrá como derecho el sobreseimiento y Pensiones, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 054-97-EF, prescribe lo siguiente: "(...) La liquidación para cobranzaen tendrá el siguiente contenido: d) el nombre losCPP trabajadores cuyos la sentencia absolutoria, concordancia con el(...) artículo 347 dedel señala La liquidación para cobranza tendrá el siguiente contenido: (...) d) el nombre de los trabajadores cuyos se adeudan Esto es, se establecen los requisitos que de deben contener las[fj. liquidaciones queaportes contra el auto(...)". de sobreseimiento procede recurso apelación 4.5]. se establecen que deben contener las liquidaciones aportes se adeudan (...)". Esto es,dentro para cobranza consignándose de estoslos enrequisitos el inciso d) que se deberá señalar el nombre de para cobranza consignándose de estos en el inciso d) queh)seagregado deberá señalar el nombre 4. Fundamentación: los trabajadores cuyos aportes dentro se adeudan. Asimismo, el inciso al artículo 38 porde el los trabajadores cuyos se adeudan. Asimismo, el directamente inciso h) agregado al artículo 38 por Se considera agraviado a todo aquél que ofendido por el el artículo 1 de la Ley N° aportes 28470 indica que en: "Laresulte ejecución de los adeudos contenidos en la liquidación artículo 1 de la Ley N° 28470 indica que en: "La ejecución de los adeudos contenidos en la liquidación delito perjudicado las consecuencias mismo 94.1 del CPP). parao cobranza se (...) por establecen las siguientes reglasdel especiales: (...)(artículo h) Facultativamente, procede la para cobranza se (...) establecen las siguientes reglas especiales: (...) h) Facultativamente, procede El agraviado del delito se encuentra en condiciones de ser un protagonista del la acumulación de procesos seguidos por una AFP contra un mismo empleador (...)". Vale decir, se permite proceso penal, encontrándose facultado para participar activamente en elun permite acumulación de procesos seguidos por una AFP contrade un mismo empleador (...)". que facultativamente procede la acumulación procesos seguidos porVale unadecir, AFP se contra desarrollo del proceso, siendo necesario que el agraviado actúe conAFP todos losun que facultativamente procede la acumulación de procesos seguidos por una contra mismo empleador. derechos y garantías que le aseguran la satisfacción de su pretensión. En este mismo empleador. sentido, el agraviado tiene derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentenAcuerdo: cia Acuerdo: absolutoria (artículo 95.1.d CPP), para ello los órganos jurisdiccionales de Luego del debate se sometió a votación lo planteado, la misma que fue adoptada por mayoría: primera instancia -bajo responsabilidad- deben notificar al agraviado el auto de Luego del debate se sometió a votación lo planteado, la misma que fue adoptada por mayoría: sobreseimiento y la sentencia absolutoria, con la finalidad de permitirle -Ratificar acuerdo contenido acta número 04-2018 de fechaa16ladedoble abril deinstancia 2018, en que ejercitar deelmanera efectiva en suel derecho constitucional -Ratificar el acuerdo contenido en el acta número 04-2018 de fecha 16 de abril de 2018, que (artículo 139.6 que de la Políticade del Perú). se determinó es Constitución factible la acumulación liquidaciones para cobranza respecto aen varios se determinó es factible la acumulación dede liquidaciones para cobranza respecto a varios afiliados, con que relación a los procesos judiciales ejecución seguidos por las Administradoras 5. Acuerdo: afiliados, conderelación a los procesos judicialesde de ejecución porderivada las Administradoras de Fondos Pensiones, sobre obligación dar sumaseguidos de dinero de aportes

Al agraviado recurrente, no constituido en actor civil,desedinero le notificará todo el de Fondos de Pensiones, sobre obligación deFerrer, dar suma derivada de aportes previsionales. (08 votos: Doctores Luis Sánchez José Saldarriaga, Miriam Fernández, trámite en segunda instancia del recurso de apelación del auto de sobreseiprevisionales. (08 votos: Doctores Luis Ferrer, José Saldarriaga, Miriam Fernández, Ricardo Miranda, Tiana Otiniano, LeslySánchez León, Silvia Meléndez y Carlos Veneros). miento y de la sentencia absolutoria. De otro lado, al agraviado recurrido Ricardo Miranda, Tiana Otiniano, Lesly León, Silvia Meléndez y Carlos Veneros). únicamente se le notificará la resolución final (auto o sentencia), que resuelve En esta votación no participaron losapersonado jueces de paz letrado dado queinstancia, los casos planteados el recurso salvo que se hubiere en segunda en cuyolos En esta votación no participaron los jueces de paz letrado dado que los casos planteados los están viendo se los le jueces especializados grado de apelación. caso también notificará todo elentrámite. están viendo los jueces especializados en grado de apelación.

6. Difusión: La Dra. Karla Paola Castillo Castro se abstiene de votar dado que ya ha resuelto sobre el tema, Publíquese el presente acuerdo en diario oficial del distrito judicial, ysobre comuníLa Dra. Karla Paola Castillo Castro se el abstiene dado que ha resuelto el tema, como juez del Décimo Juzgado de Paz Letrado,de envotar ese sentido es layadecisión de los juzgados de quese a los jueces penales de primera instancia, al Ministerio Público, la de como juez del Décimo Juzgado de Paz Letrado, en ese sentido es la decisión de los juzgados paz letrado de aquella época la que deberá ser resuelta por los jueces especializados actuales. Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad y a las facultades paz letrado de aquella época la que deberá ser resuelta por los jueces especializados actuales. de derecho de las Universidades de Trujillo. Dr. Taboada Dr. Giammpol Luis Manuel SánchezPilco Ferrer Chávez Juez superior coordinador de las Salas Penales Coordinador de los Sánchez Juzgados Laborales de la Dr. Luis Manuel Ferrer Chávez de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad Corte Superior de Justicia de La Libertad Coordinador de los Juzgados Laborales de la Corte Superior de Justicia de La Libertad

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Jueves 24 de mayo de 2018

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Corte Superior de Justicia de La Libertad

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Corte Superior de Justicia de La Libertad

PODER JUDICIAL

PODER JUDICIAL

DEL PERÚ

COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE PERITOS JUDICIALES PERIODO 2018 - 2019 POSTULANTES APTOS PARA LA ETAPA DE LA ENTREVISTA Y PERITOS JUDICIALES APTOS PARA REVALIDACIÓN 2018

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s, bajo la s reglas de

n, el acto o público y u mayoría, sin existir r lo que la rno a los e prevé en pero no n indicio y desvirtuar cia, que es o en nuesten a todo ticos.

res Víctor Namoc de izaron un os por el e no revismuchos de n indicios do a esto ndicios, lo fallaran a

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NOMBRE DEL POSTULANTE Anticona Sánchez Filiberto Montoya Sauna Walter Antonio Pumayalla Plasencia Jorge Luis Paredes Monzón Lorenzo Ordinola Sánchez Sánchez Juan Eduardo Rodríguez Valderrama Luis Alberto Fernández Bernabé Edgar Milton Esparta Cárdenas Dina Alejandrina García Vásquez Víctor José Chávarri Monzón Palermo Humberto Marreros Bernales Pedro Nicolás Rodríguez Espinola Jorge Rodríguez Menacho Jorge Jonathan Pisfil Flores Eloy Octavio Espinoza Vera Justo Javier Huamán Farfán Germán William

NOMBRE DEL POSTULANTE Saenz Neyra Juan Antonio Torres Infantes Tommi Michelsen Ahon Olguin Martin Antonio Arana Vásquez Luis Alberto Carranza Orbegoso Leoncio Heriberto Cartulin Peña Angel Salvador Castillo vergel luis alberto Clavijo Coronado Roger Colchado Carlin Carlos Augusto Espinoza Polo Nestor Adalberto Julca Hashimoto Jose Luis Márquez Alabarca Leonardo Muñoz Alva Dacio Florencio Paredes Aredo Petronila

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CONDICIÓN

ESPECIALIDAD

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Revalidante Apto para entrevista

Grafotecnia - Dactiloscopia Grafotecnia - Dactiloscopia

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Grafotecnia - Dactiloscopia

CONDICIÓN Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación

ESPECIALIDAD Ingeniería Agrícola Ingeniería Agrícola Ingeniería Agrónoma Ingeniería Agrónoma Ingeniería Agrónoma Ingeniería Agrónoma Ingeniería Agrónoma Ingeniería Agrónoma Ingeniería Agrónoma Ingeniería Agrónoma Ingeniería Agrónoma Ingeniería Agrónoma Ingeniería Agrónoma Ingeniería Agrónoma

N° 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62

NOMBRE DEL POSTULANTE Paredes Rodríguez Cesar Augusto Ramírez Vera Roosevelt Francisco Sal Y Rosas Sánchez Jose Alejandro Alayo Juarez Alex Marcial Aldana Cisneros Jose Manuel Anicama Gómez Jose Enrique Anicama Yllescas Moises Guillermo Anticona Sánchez Jorge Filiberto Avellaneda Vargas Olson Ricardo Chunga Incio Jose Alejandro De La Rosa Silva Jose Fernando Dueñas Iparraguirre Vladimir Clodoaldo Fernández Fernández Carlos Humberto León Mostacero Moises Luna Victoria Wenzel Jorge Juan Nuñez Tejada Cesar Augusto Otoya Ayesta Amanda Magali Del Pilar Pinillos Vargas Ciro Rolando Ramírez Espejo Gonzalo Rodríguez Chávez Humberto Vidal Ruíz Alvarado Alvaro Emilio Solar Armas Catherine Caridad Velásquez Diaz Gilberto Anaximandro Corcuera Briceño Lucio Valerio Arrese Dioses Héctor Wilfredo Sifuentes Ayala Jorge Carlos Mendoza Rubio Tomas Martir Rodríguez Sanchez Ernesto Paul Tapia Castillo Robert Herly Ballon Ballon Jose Luis Mercado Granados David Peter Aguirre Avalos Edgar Jesus Anticona Mestanza Jorge Rolando Anticona Sánchez Benigno Burgos Sarmiento Tito Alfredo Cruz Nicasio Juan Pablo Escobedo Julca Diana Liset Lázaro Ynfantes Angela Ysabel Montoya Sauna Walter Antonio Pesantes Pastor Walter Alfonso Ruíz Rocha Angel Eduardo Vásquez Vargas Juan Del Carmen Vejarano Celis Carlos Fernando Galarreta Vaella Johnny Enrique Oliva Fernandez Carlos Manuel Avalos Moreno Juan Reinerio Cervantes Peña Marco Cristhian Rodríguez Sánchez Oscar Marino

CONDICIÓN Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Revalidación Apto para entrevista Apto para entrevista Apto para entrevista Apto para entrevista Apto para entrevista Apto para entrevista Apto para entrevista Apto para entrevista Apto para entrevista Apto para entrevista Apto para entrevista Apto para entrevista Apto para entrevista Apto para entrevista Apto para entrevista Apto para entrevista Apto para entrevista

ESPECIALIDAD Ingeniería Agrónoma Ingeniería Agrónoma Ingeniería Agrónoma Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Electrónica Ingeniería Mecánica Ingeniería Mecánica Mecánico electricista Ingeniería Mecánica Ingeniería Mecánica Ingeniería de Minas Ingeniería de Minas Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Civil Ingeniería Mecánica Ingeniería de Minas Ingeniería Química Ingeniería Química Ingeniería Química



NOMBRE DEL POSTULANTE

CONDICIÓN

ESPECIALIDAD

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Aredo Garcia Marvin Omar Aredo Quispe Enrique

Revalidante Revalidante

Contabilidad Contabilidad

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Chavez Díaz Alberto Eduardo Dionicio Zavaleta Jorge Alejandro García Vásquez Víctor José La Madrid Ibáñez Juan Miguel

Revalidante Revalidante Revalidante Revalidante

Contabilidad Contabilidad Contabilidad Contabilidad

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Lino Cépeda Fernando Alfredo Méndez Pereda Oscar Enrique Muñoz Marino Víctor Augusto Osorio Fuentes Lidia

Revalidante Revalidante Revalidante Revalidante

Contabilidad Contabilidad Contabilidad Contabilidad

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Peláez Donett Wilson Del Carmen Pereda Zarate Lily Del Pilar

Revalidante Revalidante

Contabilidad Contabilidad

Corte Superior de Justicia de La Libertad

ca a a ta a a s s

a s a a a

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Advirtieron los jueces superiores que absolvieron a Daniel Marcelo Jacinto

ertad

D ma ma ma

Jueves 24 de mayo de 2018

Corte Superior de Justicia de La Libertad

PODER JUDICIAL DEL PERÚ



NOMBRE DEL POSTULANTE

CONDICIÓN

ESPECIALIDAD

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Vargas Haro Gerardo

Revalidante

Contabilidad

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Vásquez Díaz Oswaldo Ismael

Revalidante

Contabilidad

15

Vega Anhuaman Eli Francisco

Revalidante

Contabilidad

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Vera Mondragón Manuel Antonio

Revalidante

Contabilidad



NOMBRE DEL POSTULANTE

CONDICIÓN

ESPECIALIDAD

1 2

Rodríguez López Jéssica Inés

Revalidante

Arquitectura

Ortiz Díaz Pablo Manuel

Apto para entrevista

Arquitectura

3

Pesantes Aldana Karen

Apto para entrevista

Arquitectura

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Namay Ortega Fredy Witar

Apto para entrevista

Arquitectura

INDICIOS OFRECIDOS POR EL MINISTERIO PÚBLICO, EN PROCESO SEGUIDO CONTRA ALCALDE, CARECEN DE FUERZA PROBATORIA

La entrevista es solo para los postulantes y se realizará este viernes 25, de 3:00 p.m. a

PODER

DE



7:00 p.m. Se publicará el horario de entrevista para cada postulante.

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Trujillo, mayo de 2018.

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LA COMISIÓN

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Oficina de Imagen y Comunicaciones de la CSJLL

Foto: Diario La Industria Los magistrados de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad (CSJLL) revocaron la sentencia condenatoria, por el delito contra la administración pública en la modalidad de colusión, a Daniel Marcelo Jacinto -alcalde del distrito de La Esperanza de la provincia de Trujillo- y la reformaron absolviéndolo de la responsabilidad penal imputada. El presente caso también tuvo como procesado, en calidad de cómplice primario, a Raúl Urbina Gutiérrez, quien ostentaba (en el 2011) el cargo de representante legal del consorcio agroindustrial “Don Demetrio”, persona jurídica a quien se le adjudicó la buena pro para el suministro de leche fresca al programa municipal "Vaso de Leche". El Ministerio Público les imputó, a ambos investigados, el delito de colusión aduciendo que habrían concertado para renegociar el contrato N° 005-2011, específicamente para reajustar el precio del litro de vaso de leche a S/. 1.80 cuando su precio original era de S/. 1.31, motivo por el cual Daniel Marcelo fue condenado -en primera instancia- a cuatro años de pena privativa de libertad con carácter suspendida en su ejecución por el plazo de tres años; y Raúl Urbina a tres años de pena privativa de libertad con carácter suspendida en su

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ejecución por el plazo de dos años, bajo la condición de que cumplan con ciertas reglas de conducta. Se sabe que en el delito de colusión, el acto colusorio desleal entre el funcionario público y el tercero interesado se efectúa, en su mayoría, en un contexto de clandestinidad y sin existir pruebas directas que lo acrediten, por lo que la estrategia probatoria debe girar en torno a los indicios o prueba por indicios como se prevé en el Nuevo Código Procesal Penal, pero no cualquier hecho puede constituir un indicio y menos aún si estos están dirigidos a desvirtuar el principio de presunción de inocencia, que es un derecho fundamental reconocido en nuestra Constitución Política, que le asisten a todo procesado sin importar los tintes políticos. En ese sentido, los jueces superiores Víctor Alberto Burgos Mariños, Ofelia Namoc de Aguilar y Carlos Prado Muñoz realizaron un reexamen de los indicios ofrecidos por el Ministerio Público, y advirtieron que no revisten de una fuerza probatoria y que muchos de ellos, además, ni siquiera constituyen indicios de la concertación desleal. Aunado a esto detectaron la coexistencia de contraindicios, lo que motivo que por unanimidad fallaran a favor de la absolución. (K.G.O)

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S T A A C C C C C E J M M P

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Corte Superior de Justicia de La Libertad

En el marco del Acuerdo Permanente Anticorrupción

ODECMA -LL DESARROLLÓ PRIMERA FERIA ANTICORRUPCIÓN EN COORDINACIÓN CON INSTITUCIONES PÚBLICAS Y UNIVERSIDAD Con la participación de siete instituciones: La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de La Libertad (Odecma-LL), el Ministerio Público-Distrito Fiscal de La Libertad, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la República, la Defensoría Pública, el Colegio de Abogados y de Periodistas de La Libertad; y la Universidad Privada del Norte se desarrolló la Primera Feria Anticorrupción, en el marco del Acuerdo Permanente Anticorrupción que en el 2016 promovió la Odecma-LL.

Esta actividad tuvo como escenario el Parque Turístico Cultural "César Vallejo", ubicado en el frontis de la sede institucional situada en el sector Natasha Alta, y se realizó con la finalidad de dar a conocer -a la ciudadanía- las funciones de cada una de las instituciones participantes en la feria, donde el personal de la Odecma-LL orientó sobre los procedimientos para ingresar una queja, informó sobre el estado de las quejas e investigaciones en curso, y admitió nuevas quejas.

La inauguración de esta Primera Feria Anticorrupción estuvo a cargo del juez superior titular Olegario David Florián Vigo, jefe del órgano de control, quien instó a los titulares y representantes de las instituciones participantes a continuar con las coordinaciones interinstitucionales, que permitan orientar a los ciudadanos sobre cómo proceder para denunciar un caso de corrupción en la región. Asimismo, invitó a los ciudadanos presentes

Dr. Olegario David Florián Vigo, jefe de la Odecma-LL

Módulo de atención de la Odecma-LL

Módulo de atención del Ministerio Público

Módulo de atención de la Defensoría del Pueblo

Módulo de atención de la Oficina Regional de la Contraloría

Módulo de atención del Colegio de Abogados de La Libertad

Módulo de atención de la Defensoría Pública

Módulo de atención del Colegio de Periodistas en La Libertad

a acercarse a los módulos de atención que fueron instalados. El jefe de la Odecma-LL también manifestó que posterior a la firma del Acuerdo Permanente Anticorrupción, en el 2016, se han venido impulsando y realizando diferentes estrategias para enfrentar la corrupción, tal como el desarrollo de cursos de ética para los alumnos del nivel primario y secundario de algunos colegios de los distritos de La Esperanza, Florencia de Mora y El Porvenir, así como para los estudiantes de las facultades de Derecho de las universidades públicas y privadas de Trujillo. Asimismo (y durante sus respectivas intervenciones) el Dr. Roberto Uceda López, jefe de la Defensoría Pública en la región La Libertad; la licenciada Dina Yépez Cerna, decana del Colegio de Periodistas en La Libertad; y los señores Colin Quispe Alvarado, Cristian Otiniano Terán, Doris Alva Cuba y Betsy Burga Benott representantes de la Oficina Desconcentrada de Control Interno del Ministerio Público, de la Defensoría del Pueblo, de la Oficina Regional de Control de la Controlaría General de la República y del Colegio de Abogados de La Libertad agradecieron y felicitaron la iniciativa del Dr. Olegario David Florián Vigo de organizar esta feria, que fomenta conciencia ciudadana y la participación activa de las instituciones encargadas de las acciones de control en la región. Cabe precisar que el Acuerdo Permanente Anticorrupción tiene como objetivo principal crear espacios públicos para el intercambio de ideas, que permitan discutir y proponer soluciones de lucha contra la corrupción, promover el respeto de los derechos humanos y la defensa de los valores como base de una sociedad justa y equitativa.