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4 sept. 2018 - BRINDAR TRATAMIENTO OPORTUNO PARA TUBERCULOSIS Y SUS COMPLICACIONES. 3043959 ADULTOS Y JOVENES RECIBEN ..
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MINISTERIO DE SALUD

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Vistos, los Expedientes N°s 16-098394-002, 16-093323-002 y 16-091980-005 que contienen el Informe N° 313-2016-0GPPM-OPF/MINSA emitido por la Oficina de Presupuesto y Financiamiento de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y,

CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 304-2012EF, y de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se expidió la Resolución Ministerial N° 820-2015/MINSA, de fecha 17 de diciembre de 2015 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2016 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el artículo 38 del citado Texto Único Ordenado, establece los límites y procedimientos mediante los cuales podrán ser modificados los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público; Es c.

W. CUBA

Que, el numeral 40.1 del artículo 40 del precitado Texto Único Ordenado, establece que son modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fiscal; Que, el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa;

Que, el inciso i) del literal b) del numeral 20.1 del artículo 20 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01, y sus modificatorias, establece el modelo de dispositivo para modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, dentro de unidades ejecutoras, señalando que las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, efectuadas en el mes respectivo, se formalizan por resolución del Titular del Pliego en los plazos señalados en el respectivo cuadro de plazos; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 001-2016 se dictaron medidas urgentes y excepcionales en materia económica uy financiera destinadas a recuperar la capacidad operativa y la continuidad de los servicios de salud por parte del Sector Salud. Que, con Resolución Ministerial N° 017-2016/MINSA, de fecha 14 de enero de 2016, se delega en el/la Secretaria General del Ministerio de Salud durante el Ejercicio Presupuestario 2016, la facultad, entre otros, de aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular del Pliego 011: Ministerio de Salud, de acuerdo con el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, previo informe favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización o quien haga sus veces; Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización ha emitido la opinión técnica respectiva, sustentando la necesidad de formalizar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, correspondientes al mes de Octubre del presente año fiscal, para el cumplimiento de las metas y objetivos propuestos, precisando que las referidas modificaciones presupuestarias se ciñen a lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 001-2016; Estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y odernización, con las visaciones del Director General de la Oficina General de aneamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina Es ?eneral de Asesoría Jurídica; y, IMORAL • De conformidad con lo dispuesto en el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias, así como el Decreto de Urgencia N° 001-2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar las Modificaciones Presupuestarias efectuadas en el Nivel Funcional Programático dentro de Unidades Ejecutoras del Pliego 011 Ministerio de Salud, para el Año Fiscal 2016, conforme al Anexo que se adjunta a la presente Resolución Secretarial, en el marco de lo dispuesto en el artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

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