ministerio de la producción

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MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN

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Om N" 645-2018-PRODUCE/DGPCHDt Lima, 20 de junio de 2018 VISTOS: La petición de permiso de pesca, comprendida en la solicitud presentada por la "cooPERATlvA PESQUERA JEHovA Es Ml PAsroR NADA ME FALTARA - LA ToRTUGA pAtrA,, con escrito de registro Ns 00012097-2017, a favor delseñorJoSÉ FRANclsco PUEscAs Ál-vln¡z para operar la embarcación pesquera FRUTO DE JEsÚs de matrícula PT'26058-BM y 05.34 de arqueo bruto; y demás documentos relacionados a dicho registro; y, CONSIDERANDO:

1.

En concordancia con el artículo 1 de la Resolución Directoral Ne 53g-201g-pRoDUCE/DGpcHDl, MCdiANtE CI CSCTiIO dC ViStOs, Ia COOPERATIVA PESQUERA JEHoVA Es MI PAsToR NADA ME FALTARA . LA

ToRTUGA PAITA (en adelante, Cooperativa Pesquera), ha solicitado el otorgamiento de permisos de pesca

a

favor de cada uno de los armadores que integran dicha organización cooperativa en calidad de socios, para la realización de actividades extract¡vas de los recursos Calamar Gigante o pota (Dosid icus gigasl y per¡co

(Coryphoeno hippurusl, con sujeción a las pertinentes disposiciones normativas y sus disposiciones estatutarias; en el marco de la Resolución Ministerial Ne 284-2016-PRoDUCE y el Decreto Supremo Ne oo6-2016-pRoDUCE, modificado por el Decreto Supremo Ns OO3-2018_pRODUCE;

2'

En este contexto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la precitada resolución directoral, se ha procedido a organizar un expediente de 35 folios para la evaluación de la petición de permiso pesca

de formulada por la cooperativa Pesquera, a favor del señorJosÉ FRANclsco puEScAs Ár-vengz (en adelante, Armador soclo) para operar la embarcación pesquera FRUTo DE JEsÚs de matrícula PT-26058-BM y 05.34 de arqueo bruto, en la realización de actividades extractivas de los indicados recursos pesqueros, con sujeción a las pertinentes disposiciones normativas y sus disposiciones estatutarias; at ir\

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3' Al respecto, en concordancia con los artículos 1y 3 y el numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto Supremo Ne 006-2016-PRoDUcE, modificado por Decreto Supremo Ne oo3-2018-pRoDUcE, debe reunirse los siguientes requ¡s¡tos para la obtención del permiso de pesca solicitado por la cooperativa pesquera a favor de la Armadora Socia;

§Atii

i) ii)

El

Armador socio debe ser propietario o poseedor de la embarcación pesquera antes mencionada.

Laprecitadaembarcacióndebetenerunacapacidaddebodegadehasta32.6m3,concertificadodematrfcula

vigente obtenido fuera de ros alcances del Decreto Legisrativo Ne 1273. El Armador socio debe encontrarse reg¡strado en el libro padrón de socios de la cooperativa pesquera, con sus respectivos datos personales, e información respecto a las características y número del certif¡cado de matrícula de su embarcación, asícomo información respecto a si es propietario o poseedor de la misma. iv) En caso de copropiedad de la embarcación, el Armador socio debe haber sido designado como socio por los respectivos copropietarios, en forma expresa y por escrito.

iii)

P¿gin¿)

I

de 4

relación al cumplimiento de los menc¡onados requis¡tos debe señalarse lo sigu¡ente

al requisito i) referido a la exigencia de acreditar propiedad o posesión de la embarcación ,a, de la revisión del expediente, se advierte que mediante el escrito de vistos la Cooperativa 'a presentó copia del certificado de matrícula Ne Dl- 07012743-77-0OZ correspondiente a la n pesquera FRUTO DE JESÚS de matrícula PT-26058-BM (folio 2), de fecha 12 de setiembre de el cual se advierte que el ArmadorSocio es prop¡etar¡o de la referida embarcación pesquera. En ido, se tiene por cumplido el requ¡sito en mención ción al requisito ii), referido a la exlgencia de que la capacidad de bodega de la embarcación sea menor o igual a 32.6 m3, y a que el certificado de matrícula se encuentre vigente y haya sido fuera de los alcances del Decreto Legislativo Ne 1273; debe indicarse lo siguiente: copia del certificado de matrícula presentado (folio 2) se advierte que la embarcación pesquera DE JESÚS de matrícula PT-26058-BM, tiene 06.34 de arqueo bruto lo cual representa una med¡da a los 32.6 m3 de capacidad de bodega.

nte escrito de registro Ne 49274-2078, de fecha 28 de mayo de 2018 (folios 34 y 35), la Dirección I de Capitanías y Guardacostas - DICAPI informó que la matrícula de la mencionada embarcación ra se encuentra activa y no cancelada, lo cual implica, en concordancia con el artículo 603 del del Decreto Legislativo Ne 1147i, que dicho certificado de matrícula se encuentra vigente en el expediente un reporte de la consulta realizada al Portal Web del Ministerio de la Producción 33), en el cualse advierte que la mencionada embarcación pesquera no se encuentra registrada en ORpA, lo cual implica que la matrícula ha sido obtenida fuera de los alcances del Decreto Legislativo 73

uencia, se tiene por cumplido el requisito ii) en mención

requisito iii), referido a la exigencia de que el Armador Socio se encuentra reg¡strado en el libro de socios de la Cooperativa Pesquera, con determinada información; de la revisión del expediente, que obra copia del folio 00081 del Libro Padrón de Socios (fol¡o 30) y del certificado de matrícula ), con la siguiente información, entre otra: JOSÉ FRANCISCO PUESCAS AI-VRRTZ

NOMBRES Y APELLIDOS DNI

02743638

FECHA DE NACIMIENTO

09l7Olt964

EMBARCACIÓN PESQUERA

FRUTO DE JESÚS

PT-25058-BM

MATRíCULA

CARACTERíSTICAS

DE

LA

EMBARCACIÓN PESQUERA

ARQUEO BRUTO: 06.34 ESLORA:

08.70

MANGA: 03.33

PUNTAL: 01.28

uencia, se t¡ene por cumplido el requisito iii) en mención.

al requisito iv), referido a la exigencia de que el Amador Socio haya sido designado por

los

folio 00081 del Libro Padrón de Socios mencionado ntemente (folio 30), se advierte como único propietario o poseedor al Armador Socio. A mayor rios de la embarcación; de la revisión del

Designación de socio d la Coope rati VA P esq uera lehová es M sabel Pa nta N ada me ad Ita ra La Tort uga Pa ita (fo lio 2 6) u scrito po el Arma do Socio v su conyuge para considerado como ser primero los mencionados de ú, en el cual se designa expresamente al mención; en al requisito dado cumplimiento se ha En ese sentido, la Cooperativa Pesquera. m iento, obra e n e exp ed e nte u n

de Ia del Decreto Legislativo Ne 1147,que regula el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias Ne 015-2014-DE a Nacional - Dirección General de Capitanías y Guardacostas, aprobado por Decreto Supremo

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O,;M N" 545-2018-PRODUCE/DGPCHDT Lima, 20 de junio de 2018

5. En consecuencia, al haberse verificado el cumplimiento de los precitados requisitos, corresponde otorgar el permiso de pesca solicitado con el escrito de vistos a favor del Armador Socio, en el marco del Decreto Supremo Ns 006-2016-PRODUCE modificado por Decreto Supremo Ne 003-2018-PRODUCE, la Resolución M inisterial Ne 284-2016-PRODUCE; 5. Deotrolado,debetenerseencuentaqueelpermisodepesca,otorgadoenelmarcodelosdecretos supremos citados precedentemente, habilita al Armador Socio para inic¡ar determinado procedimiento administrativo para la obtención de un nuevo certificado de matrícula, el cual comprende la inspección a la embarcación pesquera, en concordancia con el artículo 10 del Decreto Supremo Ne 006-2016-PRODUCE, incorporado por el Decreto Supremo Ne 003-2018-PRODUCE. En ese contexto, se advierte que una vez emitido nuevo certificado de matrícula, en el marco de las disposiciones normat¡vas antes mencionadas, corresponderá actualizar o modificar la presente resolución directoral en los aspectos referidos al número de matrÍcula y las características principales de la embarcación pesquera (eslora, manga, punta y capacidad de

el

bodega);

7. Estando a lo expuesto en el lnforme Ne 013-2018-PRODUCE/DGPCHDI-lperiche, de conformidad con las normas citadas precedentemente, la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Ley Ne 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Ne 012-2001-PE y sus modificatorias; yen uso de las atribuciones conferidas en el Decreto Supremo Ne 006-2016-PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo Ne 003-2018PRODUCE; SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar permiso de pesca al señor JOSÉ FRANCISCO PUESCAS ÁtVeneZ en calidad de

MI PASTOR NADA ME FALTARA . LA TORTUGA PAITA, para operar la embarcación pesquera FRUTO DE JEStiS de matrícula PT-26058-BM y 06.34 de arqueo bruto, en la extracción de los recursos Calamar Gigante o Pota (Dosldicus gigosl y Perico lCoryphoeno hippurusl; en el marco de la Resolución Ministerial Ns 284-2016-PRODUCE y el Decreto Supremo Ne 006-2016-PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo Ne 003-2018-PRODUCE. ATMAdOT SOC¡O dE IA COOPERATIVA PESQUERA JEHOVA ES

Artículo 2.- El permiso de pesca otorgado en el artículo 1 de la presente resolución directoral deberá y las pertinentes disposiciones ESIAtUtATiAS dC IA COOPERATIVA PESQUERA JEHOVÁ ES MI PASTOR NADA ME FALTARA - LA TORTUGA PAITA,

ser ejercido con sujeción a las disposiciones normativas correspondientes

Artículo 3.- El periodo de vigencia del permiso de pesca mencionado en el artÍculo 1 de la presente resolución es de cuatro años, contados a partir de la emisión del primer permiso de pesca otorgado en marco del Programa Piloto a que se refiere la Resolución Ministerial Ne 284-2016-PRODUCE.

Página 3 cle 4

lo 4.' El permiso de pesca a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución directoral será los aspectos referidos al número de matrÍcula y las características principales de la embarcación

actua l¡za

pesquera certif icado Supremo

(

ora, manga, punta y capacidad de bodega) como consecuencia de la expedición del nuevo matrícula, en el marco del Decreto Supremo Ne 006-2016-PRODUCE, incorporado por Decreto 003-2018-PRODUCE

o 5.- El permiso de pesca a que se refiere la presente resolución directoral, caducará en caso de verif ica rse ocurrencia de cualquiera de las causales previstas en el numeral 6.9 del artículo 6 del Decreto Supremo N 006-2016-PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo Ns 003-2018-pRODUCE.

ículo 6.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Supervisión, lizació y Sanción del Ministerio de la Producción y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del M in isterio Defensa - DICAPI; así como, disponer su publicación en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Prodr ión: www.produce.gob.pe. Fisca

Se registra

UI

JORGE

Consu

LLO FI

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General de Pesca para Flumano Directo e lndirecto

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4.