N° 6261 POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV PRECIO
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Chiclayo, martes 31 de julio del 2018
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE ALDO ENRIQUE ZAPATA LÓPEZ Presidente Chiclayo, martes 31 de julio del 2018
Presidente del PJ, Victor Prado Saldarriaga anuncia
Lucha contra la corrupción empieza a mostrar sus primeros resultados Revisarán sentencias sobre casos de violación a menores de edad El presidente del Poder Judicial, Víctor Prado Saldarriaga, señaló que las detenciones de los presuntos integrantes de la organización Los Cuellos Blancos del Puerto responde al trabajo conjunto entre esta institución, el Ministerio Público y la Policía Nacional para enfrentar de manera directa la corrupción. Sostuvo que desde que asumió el cargo dispuso diversas acciones que han dado UHVXOWDGRV\FX\D¿QDOLGDGHV DFDEDUFRQODLQ¿OWUDFLyQGHOD criminalidad organizada dentro de este poder del Estado. “Por ello resulta necesario reestructurar nuestro sistema de alerta y control”, indicó. Señaló que para contrarrestar esta situación la Sala Plena de la Corte Suprema aprobó el Plan de Cambios Urgentes del Poder Judicial que establece diversas medidas para evitar que el actual marco legal, en algunos casos, ayuden a la impunidad. (QHVHVHQWLGRGLMRTXHOD³H¿cacia empieza a sentirse” en la lucha contra la corrupción y espera que el Congreso responda sobre la denuncia constitucional presentada contra el suspendido magistrado supremo, César Hinostroza y cuatro ex integrantes del Consejo Na-
cional de la Magistratura. JUECES A PROVINCIAS La autoridad judicial adelantó que ante la declaratoria de emergencia la próxima semana todos los jueces supremos viajarán a las cortes del interior del país para conocer in situ la problemática y realidad de cada una de estas. Dijo que otra acción, será iniciar desde hoy la reestructuración de los diferentes órganos jurisdiccionales encargados de los procesos por delitos de corrupción, de manera especial “los que no han rendido al nivel esperado y tienen todo un récord de absoluciones por ese delito”, indicó. Consideró, además, que la gestión del juez supremo Duberlí Rodríguez Tineo, descuidó el control pese a las actividades positivas logradas durante su administración. “Creó las comisiones de Género y de Acceso a la Justicia, además potenció la justicia intercultural (rondas campesinas y comunidades nativas) y tuvo la presidencia de la Comisión Anticorrupción, pero descuidó el control y él lo ha reconocido y por ello asumió su responsabilidad dando un paso al costado”, subrayó. En declaraciones a un progra-
ma de televisión, anunció también la convocatoria a un pleno jurisdiccional para revisar las diferentes sentencias respecto a casos de violación sexual contra menores de edad. PLENO JURISDICCIONAL Explicó que la Sala Penal Permanente, que integró hasta hace unos días, planteó “una nueva solicitud de sentencia” sobre los fallos controvertidos que en lugar de aplicar el “estándar de pena”, por el contrario, reducen las condenas “hasta límites muy bajos”. Señaló que el marco legal no hace distinciones en cuanto a la edad de los afectados por violación, sino “coloca un límite etario al establecer que un menor tiene indemnidad total
en materia sexual”. Es más, el titular del Poder Judicial sostuvo que una de las medidas dictadas establece que en adelante ninguna sala suprema podrá ejercer jurisprudencia vinculante, sino que esta facultad solo será potestad de la Sala Plena. En otro momento, resaltó las coincidencias entre las propuestas anunciadas ante el Congreso por el mandatario Martín Vizcarra Cornejo y las aprobadas por la Corte Suprema para reformar el sistema judicial peruano. Señaló que existe concordancia en la necesidad de reestructurar el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), el sistema de control y la conformación de una Comisión de Alto Nivel.
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE MG. ALDO ENRIQUE ZAPATA LÓPEZ PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV
Chiclayo, martes 31 de julio del 2018 1. REMATE JUDICIAL
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SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por el BANCO DE CREDITO DEL PERU con JACQUELINE MARTINA ECHEANDÍA HURTADO Y JOSE CARLOS FIESTAS JACINTO sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS REALES, Expediente N° 6382011-0-1706-JR-CO-8, el Octavo Juzgado Civil Comercial de Lambayeque a cargo del Señor Juez Willy Arnaldo López Fernández, especialista legal Betty del Socorro Varías Céspedes, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA: A] INMUEBLE UBICADO EN AVENIDA AUGUSTO B. LEGUÍA N° 313, Manzana 25, Lote 1, Pueblo Tradicional Cercado San José, distrito de San José, provincia y departamento de Lambayeque, Partida Electrónica Número P10035349, Registro de Propiedad Inmueble, Zona Registral Número II- Sede Chiclayo. VALOR DE TASACION: US$ 30,142.23 (treinta mil cientos cuarenta y dos y 23/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE: US$ 17,080.60 (diecisiete mil ochenta y 60/100 Dólares Americanos), con la deducción del quince por ciento sobre la base de la primera convocatoria a remate. AFECTACIONES: As. 00009, Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú, hasta por la suma de US$ 30,005.28. As. 00010, Embargo a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo hasta por la suma de S/. 25.000.00, Resolución N° 01 de fecha 05/07/2011, Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo. As. 00011, Embargo a favor de MI BANCO, hasta por la suma de S/. 37,000.00, Resolución N° 01 de fecha 15/08/2011, Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 29 de agosto de 2018 a las diez horas de la mañana. B] INMUEBLE UBICADO EN EL SECTOR NORTE, SUB LOTE 7-C, MANZANA 104, distrito de San José, provincia y departamento de Lambayeque. Partida Electrónica 11093941, Registro de Propiedad Inmueble, Zona Registral Número 11- Sede Chiclayo. VALOR DE TASACION: US$ 13,599.95 (trece mil quinientos noventa y nueve y 95/100 dólares americanos). BASE DEL REMATE: US$ 7,706.64 (siete mil setecientos seis y 64/100 dólares americanos), con la deducción del quince por ciento sobre la base de la primera convocatoria a remate. AFECTACIONES: As. D0004, Hipoteca a favor de la entidad del Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de US$ 7, 524.00, Escritura Pública de fecha 1 1/11/2010. Notario Carlos Caballero Burgos. As. D0005, Embargo a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo hasta por la suma de S/. 29,070.76, Resolución N° 01 de fecha 15/08/11, Primer Juzgado de Paz Letrado Civil. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 29 de agosto de 2018 a las diez horas y treinta minutos de la mañana. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates ubicado en la calle San José N° 1070, sede antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque Los postores oblarán el diez por ciento del valor de tasación y presentar su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI) suscribiendo dicho arancel, con número de expediente y generales de ley. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de acuerdo al arancel establecido en el artículo 18 del D.S. 008-2005 JUS y están afectos al IGV. Wilber Alegre Elera - MARTILLERO PUBLICO- Registro a nivel Nacional N° 167, Cel. 9992WILBERG ALEGRE ELERA MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 167 DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIALCHICLAYO PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6862221 F/ 6366 FP/ 30, 31 jul. 01 ago. S/. 60.50
REMATE PÚBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA Exp. N° 00379-2017-0-1703-JR-CI-02 En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTO CRISTO DE BAGAZAN, contra TANY LUCIDA HUAMAN JIMENEZ y DARIO VASQUEZ FONSECA, sobre EJECUCION DE GARANTIAS, el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de la Provincia de Jaén, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, a cargo del Dr. Rudecindo José Damián Sandoval y Secretario Judicial Dr. Bruno Ramiro López López, ha dispuesto que el Martillero Público ALBERTO OSCAR RAMOS WONG de Registro Nacional N° 226, saque a REMATE PUBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA, conforme al artículo 736° del Código procesal Civil, el inmueble consistentes en: Predio urbano de 90.70 M2. Ubicado con frente a la calle 28 de julio, esquina con calle Túpac Amaru, Manzana L, lote 08, distrito de Pucará, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, inscrita en la Partida N° P33002832, del registro de predios de la Oficina Registral de Jaén. VALOR DE TASACION: US$. 30,000.00 (Treinta Mil y 00/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE deducida conforme a Lev: US$. 20,000.00 (Veinte Mil y 00/100 Dólares Americanos.AFECTACIONES: 1.- HIPOTECA: Constituida a favor de Mi Banco. Banco de la Microempresa S.A., hasta por la suma de US$. 16,800.00 (inscrita en la P.E. P33002832, Asiento 00005); 2.- HIPOTECA Constituida a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Santo Cristo de Bagazán, hasta por la suma de US$. 27,000.00 (Inscrita en la P.E. P33002832, Asiento 00006); 3.- Embargo: A favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito Sullana, hasta por la suma de S/ 34,901.47, ordenado por el primer Juzgado de Paz Letrado de Jaén, Exp. N° 036-201724-1703-JP-CI-01 (inscrito en la Partida P33002832, Asiento 00007). FECHA DEL REMATE: 15 Agosto de 2018 HORA: 11:15 am.LUGAR DE REMATE: En el Local de la Oficina de Administración de la Sub sede del Poder judicial de esta ciudad, sito en la calle Mariscal Castilla N° 490, segundo piso, del Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca.- POSTORES: Oblarán (garantía) el 10% del Valor de Tasación del inmueble en efectivo o cheque de gerencia girado a nombre del postor y presentarán Arancel Judicial correspondiente (indicando N° de expediente, Juzgado y N° de DNI.), así como copias fotostáticas del D.N.I. y Arancel- HONORARIOS del Martillero Público: Mas el IGV serán por cuenta del adjudicatario, una vez terminado el remate (Art. 732 del C.P.C.).- Inf. 01-5722392. Jaén, 04 de Abril de 2018- ALBERTO OSCAR RAMOS WONG - Martillero Público. Registro Nacional N° 226. ALBERTO OSCAR RAMOS WONG MARTILLERO PUBLICO REG. N° 226 DR. BRUNO RAMIRO LÓPEZ LÓPEZ SECRETARIO JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO MIXTO CIVIL JAÉN CSJLA- PODER JUDICIAL P/ 6861909 F/ 2148 FP/ 26, 30,3 1 jul. 01, 02, 03 ago. S/. 102.00
SEGUNDO REMATE JUDICIAL Por Orden del Octavo Juzgado Civil Sede Chiclayo que despacha el Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, Especialista Dr. Manuel Gilberto Romero Balcázar, Expediente 02242016-0-1706-JR-CO-08, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA SAC contra YOCONDA VENTURA MORALES; sobre Ejecución de Garantías, se saca a REMATE PÚBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA el siguiente inmueble: INMUEBLE: ubicado en la MZ. A Lote 5 del Asentamiento Humano Programa de Vivienda Damnificados de El Fenómeno del Niño-MocceSector I, Distrito Provincia y Departamento de Lambayeque, cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio se encuentran inscritos en la Partida N° P10145805 del Registro de Predios de la Zona Registral N° II-Sede Chiclayo. Área del Terreno 100.00 m2. TASACION: USD 14,655.88 (Catorce mil seiscientos cincuenta y cinco y 88/100 dólares americanos).PRECIO BASE DE REMATE: USD 8,304.99 (Ocho mil trescientos cuatro y 99/100 dólares americanos) que corresponde a las dos terceras partes de la tasación disminuido en un quince
por ciento. CARGAS Y GRAVAMENES: Asiento N°00005 Hipoteca a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA SAC hasta por la suma de USS 14,655.88 dólares, según consta en Escritura Pública del 10/01/2015 ante Notario de Chiclayo Henry Macedo Villanueva. DIA Y HORA DEL REMATE: 20 DE SEPTIEMBRE DE 2018, HORA 11.00AM.LUGAR DEL REMATE: Se realizará a la hora exacta en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque ubicada en la calle San José N°1070, Segundo Piso (Sede Antigua) de la ciudad de Chiclayo, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque.LOS POSTORES: Depositarán el 10% de la Tasación en efectivo o cheque de gerencia girado a nombre del postor (US$ 1,465.59). Presentarán su DNI y el arancel judicial pagado en el BN. LA COMISION de la Martillera Pública está por cuenta del adjudicatario de conformidad con en el DS.008-2005-JUS más el IGV, debiendo ser cancelados al finalizar el acto del Remate. Pamela Marisol Alva Rivera - Martillera Publica con Reg. 319 - Telef.987508700. PODER JUDICIAL- Especialista Legal Dr. Manuel Gilberto Romero Balcázar. Chiclayo, 25 de Junio del 2018. JESSICA YVONNE SANCHEZ MARCELO SECRETARIA JUDICIALOCTAVO JZUGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL CSJLA- PODER JUDICIAL PAMELA ALVA RIVERA MARTILLERA PUBLICA REGISTRO SUNARP N° 319 P/ 6856971 F/ 6346 FP/ 26, 30, 31 jul. S/. 45.00
2. EDCITOS CLASIFICADOS INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACION DE PARTIDAS RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de La Victoria-Chiclayo, que despacha la señora Juez Doctora Gina Yakori Salazar Campos, Secretaria Doctora Kelly Edith Valladolid Rodríguez, se tramita el Expediente N° 870-2018-0-1706-JPCI-01 siendo que doña KARINA DEL MILAGRO NAVARRO ARRASCO acuden a este órgano jurisdiccional solicitando la rectificación de la partida de nacimiento N° 229, Año 1950 de su extinta madre LUISA ISABEL ARRASCO VERA por ante la Municipalidad Provincial de Chiclayo, ya que por error se ha consignado su segundo Pre Nombre como “Ysabel”, siendo lo correcto ISABEL; por lo que debe aparecer como LUISA ISABEL ARRASCO VERA: asimismo se ha omitido consignar el segundo prenombre Pablo y Apellido Materno Arrasco del padre de la titular, lo cual debe aparecer en lo sucesivo el nombre del padre como JUAN PABLO ARRASCO ARANA, y con resolución número DOS se ADMITE a TRAMITE LA DEMANDA en PROCESO NO CONTENCIOSO, sobre Rectificación de partida de Nacimiento, téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican y por señalado su domicilio procesal, en consecuencia, SEÑALESE fecha para la realización de la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día VEINTIDOS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE DE LA MAÑANA en el local del juzgado La Victoria 25 de Junio del 2018 Dra. Kelly Edith Valladolid Rodríguez Secretaria Judicial 1° JPL-La Victoria-CSJLA PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6865649 B/ 10646 FP/ 31 jul. S/. 11.00
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo que Despacha la Dra. GIULLIANA VICTORIA VASQUEZ CARRASCO y la Especialista Legal Dra. MARIA TERESA FARRO UCEDA, en el Expediente N9 12892018-0-1706-JP-CI-01 seguido por HORTENCIA PURIZACA SUXE DE HUAMAN, BRILLAN JOSE PURIZACA HUERTAS, ROBERTO PURIZACA SUXE, RICARDO PURIZACA SUXE, Y WALTER ALEJANDRO PURIZACA
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV SUXE sobre Rectificación de sus Partidas de Nacimiento de la Municipalidad Distrital de Chongoyape y Municipalidad Provincial de Chiclayo, por cuanto se ha consignado en forma errónea el nombre de sus progenitores; por lo que mi Despacho ha dispuesto: ADMITIR A TRAMITE EN VIA DE PROCESO NO CONTENCIOSO la petición interpuesta por HORTENCIA PURIZACA SUXE DE HUAMAN, BRILLAN JOSE PURIZACA HUERTAS, ROBERTO PURIZACA SUXE, RICARDO PURIZACA SUXE, Y WALTER ALEJANDRO PURIZACA SUXE sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO; en consecuencia publíquese un extracto de la presente resolución por el plazo de UN DÍA en el Diario el Peruano y la República, por ofrecidos los medios probatorios que precisa y por señalado su domicilio procesal; notifíquese de acuerdo a Ley.Chiclayo, 25 de julio de 2018 MARIA TERESA FARRO UCEDA SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6865641 B/ 10645 FP/ 31 jul. S/. 8.00
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Por ante el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de la Coipa, que despacho el señor Juez FELÍCITO GUERRERO SANDOVAL y a Secretario Judicial que suscriben, en el Exp. No. 032-2018-CI, se resuelve: ADMITIR a trámite la solicitud presentada por doña NILLY ANANÍ UBILLUS LACERNA, para que se RECTIFIQUE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, de su señora madre Doña NILA MERCEDES LACERNA DE UBILLUS, por el de NILA LACERNA OLAZABAL. Lo que se hace de su conocimiento a los interesados, para los fines correspondientes. La Coipa, 20 de Julio del 2018. FELÍCITO GUERRERO SANDOVAL JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO LA COIPA PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6870573 F/ 2161 FP/ 31 jul. S/. 5.80
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DOMINIO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO EXPEDIENTE N° 00420-2014-0-1714-JM-CI-01 En demanda interpuesta por GUERRERO ADRIANZEN VICTOR FRANCISCO sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, contra AZAÑERO RUIZ FLORIME, DAVILA DAVILA MARUJA y TORRES VILLALOBOS ALBERTO .el señor Juez del Juzgado Civil de José Leonardo Ortiz Dr. ERICK PEREZ ALQUIZAR, especialista legal; YONNY RUBEN LLAMOCTANTA ATALAYA RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ.- José Leonardo Ortiz, once de mayo del dos mil dieciocho. SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE EN VIA DE PROCESO ABREVIADO LA DEMANDA PRESENTADA por don VICTOR FRANCISCO GUERRERO ADRIANZEN contra LA EMPRESA L.G.V S.A. CONTRATISTAS GENERALES sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, confiérase traslado mediante EDICTOS a la EMPRESA L.G.V. S.A. CONTRATISTAS GENERALES por el plazo de TREINTA DIAS para que se apersone al proceso y conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL en caso de incumplimiento. PUBLIQUESE un extracto del auto admisorio de la demanda, en el DIARIO OFICILA EL PERUANO y EL DIARIO LA REPUBLICA por TRES VECES con intervalo de tres días , en forma prevista en los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil. José L. Ortiz, 14 de junio del 2018. YONNY RUBEN LLAMOCTANTA ATALAYA ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO CIVIL MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL P/ 6856512 B/ 10588 FP/ 24, 31 jul. 06 ago. S/. 30.00
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE BIEN INMUEBLE En el Exp. N° 01018-201 8-0-1706-JR-CI02, la señora Juez del Segundo Juzgado Especializado Civil de Chiclayo. Magali Jacqueline Soto Bardales de Bustamante y Especialista Legal Leila Estela Marín Mosquera, ha dispuesto mediante resolución número dos de fecha veinticinco de junio del dos mil dieciocho, ADMITIR a TRÁMITE en vía de proceso abreviado, la demanda interpuesta por MARÍA CARMEN PERALTA de CABRERA contra CARMEN ROSA MAYORCA de MUNDACA, ELIZABETH ROSA FERNÁNDEZ CALERO, DANTE LALOPU BARDALES y SUCESIÓN INTESTADA de VICENTE GREGORIO CAMPODÓNICO DÍAZ sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE BIEN INMUEBLE, en consecuencia: Téngase por ofrecidos los
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medios probatorios: córrase traslado a la parte demandada por el término de DIEZ DÍAS para que se apersonen al proceso y contesten la demanda, bajo apercibimiento de seguirse en su rebeldía. PUBLÍQUESE el extracto de la demanda y el auto admisorio, por el término de TRES DÍAS hábiles en el diario oficial “Las República” y “El Peruano”, por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista en los artículos 165, 167 y 168 del Código Procesal Civil. NOTIFÍQUESE mediante EDICTOS a la demandada SUCESIÓN INTESTADA de VICXENTE GREGORIO CAMPODÓNICO DÍAZ concediéndose el término de diez días, para que comparezcan al proceso y contesten la demanda, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL, en mérito a lo dispuesto por el artículo 435 del Código Procesal Civil. Chiclayo, 17 de Julio del 2018. LEILA ESTELA MARIN MOSQUERA SECRETARIA JUDICIAL 2° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CSJLA- PODER JUDICIAL P/ 6854582 B/ 10554 FP/ 23, 30 JUL. 03 ago. S/. 30.00
SUCESION INTESTADA
3. NOTIFICACIONES POR EDICTOS RECONOCIMIENTO DE TENENCIA DE MENOR Expediente N° 05500-2018-FC sobre Reconocimiento de Tenencia seguido por Pedro Augusto Paredes Zapata contra Silvia Verónica Machuca de la Cruz. La señora Juez del Juzgado Permanente de Familia de Lambayeque, Carmen Julia Ubillus Chunga, ha dispuesto la publicación de un extracto de la Resolución admisoria: Lambayeque, veinticinco de Julio del dos mil dieciocho; ADMITIR A TRÁMITE VIA PROCESO UNICO la demanda de Reconocimiento de Tenencia de Menor, interpuesta Pedro Augusto Paredes Zapata contra Silvia Verónica Machuca de la Cruz, respecto a sus hijos menores de edad Kenia Elizabeth, Yuleisi Ernestina y Pedro Paolo Paredes Machuca. TENER POR OFRECIDOS los medios probatorios que se indican, Conferir traslado y NOTIFIQUESELE vía edictos a la demandada Silvia Verónica Machuca de la Cruz por el plazo de CINCO DÍAS a efecto que se apersone al proceso y conteste la demanda incoada en su contra, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. AGUSTIN SANTIAGO POLAR CHAVEZ SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE FAMILIA PERMANENTE LAMBAYEQUE CSJLA- PODER JUDICIAL P/ 6863729 B/ 10639 FP/ 30, 31 jul. 01 ago. S/. 20.00
FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL En el Expediente Judicial N° 4664-20170 seguido por GLORIA FRANSSESCOLI FERNANDEZ CUICHAP contra ALEX SAQUEO FERNANDEZ TORIBIO por motivo de FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL, ante el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FAMILIA que dirige el Señor JUEZ JOSÉ LUIS F. VENTURA CAVA asistido por el SECRETARIO JUDICIAL LEOPOLDO REYES ZEÑA, se ha dispuesto publicar mediante edictos la Resolución N° DOS, que ordena: NOTIFICAR al demandado con la RESOLUCIÓN ADMISORIA N° UNO, para que en el plazo de DIEZ DÍAS, cumpla con reconocer a la menor Fabiana Francheska Fernández Fernández, o en su defecto se oponga a dicho reconocimiento y absuelva el traslado de las pretensiones accesorias, bajo apercibimiento de que el presente mandato se convierta en DECLARACIÓN JUDICIAL DE PATERNIDAD y se dicte sentencia, en caso de incumplimiento: NOTIFIQUESE por EDICTOS al demandado y publíquese en el Diario Oficial EL PERUANO y LA REPÚBLICA, por un plazo de TRES DÍAS. Chiclayo, 09 de marzo del 2018 LEOPOLDO REYES ZEÑA SECRETARIO JUDICIAL 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FAMILIA CSJLA- PODER JUDICIAL P/ 6863543 B/ 10635 FP/ 30, 31 jul. 01 ago. S/. 22.00
ALIMENTOS En el proceso N° 00602-2012-0-1708-JP-FC01, seguido por JENNY SANTA CRUZ PEREZ contra JUAN ALBERTO SALDARRIAGA GARCIA sobre ALIMENTOS, la señora Jueza del Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio de Lambayeque Dra. Milagros Jannet Begazo
JUDICIAL Norabuena y la Secretaria Judicial Cinthia Coronado Villalobos ha dispuesto la notificación por edictos publicándose un extracto de la Resolución N° CATORCE de fecha trece de Junio Del año dos mil dieciocho Dado cuenta con la razón que antecede: POR EQUIDAD y ÚLTIMA VEZ, REPROGRÁMESE LA AUDIENCIA ÚNICA para el próximo TRES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA, hora exacta en el local del juzgado; bajo apercibimiento de llevar a cabo la audiencia con la parte que asista o de archivar el proceso en caso de inconcurrencia de ambas pates. Notifíquese a la parte demandada mediante EDICTOS Notifíquese.; debiendo publicarse los edictos en el DIARIO “LA REPUBLICA”, por el término de TRES DIAS, en mérito al artículo 167° del Código Procesal Civil.Lambayeque 12 de Julio del 2018. CINTHIA CORONADO VILLALOBOS SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO MIXTO TRANSITORIO PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6862077 B/ 10630 FP/ 30, 31 jul. 01 ago. S/. 20.00
CAMBIO DE NOMBRE EXPEDIENTE N° 00923-2018-0-1714-JR-CI-01 En demanda interpuesta por NOVOA SANCHEZ JOSE FERNANDO contra FISCALIA PROVINCIAL MIXTA DE JOSE LEONARDO ORTIZ sobre CAMBIO DE NOMBRE , el señor Juez del Juzgado Civil de José Leonardo Ortiz Dr. ERICK PEREZ ALQUIZAR, especialista legal; YONNY RUBEN LLAMOCTANTA ATALAYA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- José Leonardo Ortiz, veintidós de junio del dos mil dieciocho. SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE EN VIA DE PROCESO NO CONTENCIOSO DEMANDA PRESENTADA por don NOVOA SANCHEZ JOSE FERNANDO en representación de su menor HIJO JHONDANY ESMITH NOVOA SANCHEZ sobre CAMBIO DE NOMBRE contra FISCALIA MIXTA DE JOSE LEONARDO ORTIZ, notifique por EDICTOS y , PUBLIQUESE un extracto del auto admisorio de la demanda por el plazo de TRES DIAS .consecutivos en el DIARIO OFICILA EL PERUANO y EL DIARIO LA REPUBLICA por los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil. José L. Ortiz, 19 de julio del 2018. YONNY RUBEN LLAMOCTANTA ATALAYA ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO CIVIL MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL P/ 6861922 B/ 10625 FP/ 30, 31 jul. 01 ago. S/. 28.00
4. EDICTOS PENALES EDICTO ESPECIALISTA. KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXP. N° 5095-2018-0 - EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. DE CHICLAYO. A CARGO DE LA DRA. SARA VERA Z. CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO SEGUNDO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, CON DNI N° 1932440845472151, SOLTERO, CON DOMICILIO EN CALLE SAN LUCAS N° 1029 P.J. NUEVO SAN LORENZO - JLO.; TARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° I DEL PRIMER JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Leonardo Ortiz, veintiocho de junio del dos mil dieciocho. SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditado , obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos que se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida
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la parte agraviada y advirtiendo de autos que el imputado no tiene abogado defensor, Y: CÍTESE para el día SIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas 09.00 DE LA MAÑANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la PRIMERA Sala de Audiencias NÚMERO UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo s/n cuadra 10 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado. José L. Ortiz, 17 de julio de 2018. ESPECIALISTA: KARINA GONZALES PAREDES KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 31 jul. 01, 02 Ago. EDICTO ESPECIALISTA. KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXP. N° 3796-2018-87 - EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. DE CHICLAYO. A CARGO DE LA DRA. SARA VERA Z. CITA Y EMPLAZA A LOS IMPUTADOS ROGER WILFREDO GUERTAS RAMIREZ, CON DNI N° 42993666, SOLTERO, CON DOMICILIO EN CALLE AAHH. GOLFO PERSICOMZ I LT 8 NUEVO CHIMBOTE, MARIA LUZ MORENO LOPEZ, CON DNI N° 32951747, SOLTERA CON DOMICILIO MZ C T 85- DISTRITO NUEVO CHIMBOTE SANTA- ANCASH, TAICA MOGOLLON LILIANA ARACELI, CON DNI N° 41154025, SOLTERAM, DOMICILIADO AAHH. 3 DE OCTUBRE MZ H LT 2- NUEVO CHIMBOTE- SANTA- ANCASH: PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 1 DEL PRIMER JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Leonardo Ortiz, veintiocho de junio del dos mil dieciocho. SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditado , obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos que se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada y advirtiendo de autos que el imputado no tiene abogado defensor, Y: CÍTESE para el día SEIS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas 11.00 DE LA MAÑANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la PRIMERA Sala de Audiencias José L. Ortiz, 17 de julio de 2018. ESPECIALISTA: KARINA GONZALES PAREDES KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 31 jul. 01, 02 Ago. EDICTO ESPECIALIZTA. KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXP. N° 5615-2018-0 - EL PRIMER .JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEON ARDO ORTIZ. DE CHIC LAYO. A CARGO DEL DRA. SARA VERA ZULOETA. CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO HERNAN ENRIQUE CASTAÑEDA GUEVARA, CON DNI N° 80521947, CASADO, CON DOMICILIO EN LA CALLE LAS ROOSVELT N° 1760 C.P.M. URRUNAGA - JLO.: PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACTON PREPARATORIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO |osc 1 -conardo Ortiz, veintiocho de junio De 1 dos mil dieciochoSE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación
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de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditado , obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos que se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada y advirtiendo de autos que el imputado no tiene abogado defensor, Y : CÍTESE para el día SIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas 11.00 DE LA MAÑANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar decontrol de acusación en la PRIMERA Sala de Audiencias NÚMERO DOS de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo s/n cuadra 10 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado. ESPECIALISTA: KARINA GONZALES PAREDES KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 31 jul. 01, 02 Ago. EDICTO ESPECIALIZTA. KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXP. N° 5542-2018-0 - EL PRIMER .JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEON ARDO ORTIZ. DE CHIC LAYO. A CARGO DEL DRA. SARA VERA ZULOETA. CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO VASQUEZ CORONEL EDILBRANDO, CON DNI N° 16471529, SOLTERO, CON DOMICILIO EN LA CALLE LAS COMERCIO 417- URB. CHONTALI -CHICLAYO PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 1 DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACTON PREPARATORIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José L. Ortiz, veintiocho de junio De 1 dos mil dieciochoSE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditado , obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos que se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada y advirtiendo de autos que el imputado no tiene abogado defensor, Y : CÍTESE para el día SIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE Y MEDIA DE LA MAÑANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la PRIMERA Sala de Audiencias NÚMERO DOS de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo s/n cuadra 10 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado. ESPECIALISTA: KARINA GONZALES PAREDES KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 31 jul. 01, 02 Ago. EDICTO ESPECIAL1ZTA. KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXP. N° 5783-2018-0 - EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO
CRÓNICA DE JUSTICIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. DECHICLAYO. A CARGO DE LA DRA. SARA VERA Z. CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO FRANK ED WING OLIVOS QUIROZ, CON DNI N° 42108276, SOLTERO, CON DOMICILIO EN CALLE SUAREZ N° T - CHICAGO GTRUJILLO - LA LIBERTAD Y EVELYN KATYA ROJAS COLUNCHE. CON DNI. 475 T03. DOMIC ¡LO P.J. VILLA SAN JUAN - JA YANCA - LAMBA YEQUE.: PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° I DEL PRIMER JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO |osé lx?onardo Ortiz, veintiocho de junio del dos mil dieciocho. SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditado , obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos que se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada y advirtiendo de autos que el imputado no tiene abogado defensor, Y: CÍTESE para el día SIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas 11.30 DE LA MAÑANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la PRIMERA Sala de Audiencias NÚMERO UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo s/n cuadra 10 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado. José L. Ortiz, 17 de julio de 2018. ESPECIALISTA: KARINA GONZALES PAREDES KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 31 jul. 01, 02 Ago. EDICTO ESPECIALIZTA. KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXP. N° 6346-2018-0 - EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. DE CHIC LA YO. A CARGO DE LA DRA. SARA VERA Z. CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO JOVITO SEGURA VASQUEZ, CON DM N° 27285013, SOLTERO, CON DOMICILIO ENCALLE AA.HH. NUEVO HORIZONTE MZ. “F” LOTE 30- Y/O. MARIA KENY DEL PILAR COLLAZOS CHUZON. CON DNL I7446680AA.H.. NUEVO HORIZONTE MZ. “F” LOTE 30 - JLO.; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE A UDIENC JA N° I DEL PRIMER JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO S/GUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO Jose L. Ortiz, veintiocho de junio del dos mil dieciocho.SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditado , obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos que se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada y advirtiendo de autos que el imputado no tiene abogado defensor, Y:
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV
CÍTESE para el día SIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas 01.00 DE LA TARDE (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la PRIMERA Sala de Audiencias NÚMERO UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo s/n cuadra 10 Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. José L. Ortiz, 17 de julio de 2018. ESPECIALISTA: KARINA GONZALES PAREDES KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 31 jul. 01, 02 Ago. EDICTO ESPECIAL/ZTA. KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXP. N° 5902-2018-0 - EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. DE CHIC LAYO. A CARGO DE LA DRA. SARA VERA Z. CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO MARIA YSABEL UCHOLES MONTERO. CON DM N° 16708033, SOLTERO, CON DOMICILIO ENCALLE LT. 12. DEL PP.JJ. SANTA LUCIA - JLO. Y/ O JOSE RICARDO MALDONADO CAMPOS. CON DNI. 41634030. DOMIC I LO CALLE LOS LIMONES BE INT. 20 - CPM. VILLA HERMOSA - JLO: PARA QUE SE PRESENTE A I.A SALA DE AUDIENCIA N°1 DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGILENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José L. Ortiz, veintiocho de junio del dos mil dieciocho.SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditado , obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos que se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada y advirtiendo de autos que el imputado no tiene abogado defensor, Y: CÍTESE para el día SIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas 12.00 DEL MEDIO DIA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la PRIMERA Sala de Audiencias NÚMERO UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo s/n cuadra 10 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado José L. Ortiz, 18 de julio del 2018 ESPECIALISTA: KARINA GONZALES PARESES. KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 31 jul. 01, 02 Ago. EDICTO ESPECIALISTA. KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXP. N° 6933-2018-0 - EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. DECU/ CLAYO. A CARGO DE LA DRA. SARA VERA Z. CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO HIPOLITO RAMIREZ DIAZ, CON DM N° 10662605, SOLTERO, CON DOMICILIO EN CALLE AV. LORA Y LORA S/N. PP.JJ. JESUS NAZARENO - JLO. . Y/ O HILDA ATALAYA MARIN. CON DNI. 42704942. DOMICILO CALLE A V. LORA Y LORA MZ. “F” LOTE3 -PP.JJ. SAGRADO CORAZON DE JESUS - JLO.: PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 1 DEL PRIMER JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGILENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José L. Ortiz, veintiocho de junio del dos mil dieciocho.SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación,
2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditado , obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos que se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada y advirtiendo de autos que el imputado no tiene abogado defensor, Y: CÍTESE para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas 11.30 DE LA MAÑANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la PRIMERA Sala de Audiencias NÚMERO UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo s/n cuadra 10 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado. José L. Ortiz, 18 de julio del 2018 ESPECIALISTA: KARINA GONZALES PARESES. KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO ESPECIALISTA. KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXE. N° 6787-2018-0 - EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEON ARDO ORTIZ. DECIIICLAYO. A CARGO DE LA DRA. SARA VERA Z. CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO GlOVANNA VERONICA FALEN GAMARRA, CON DNI N° 16794618, SOLTERO, CON DOMICILIO ENCALLE ARICAN0 1963 CAMPODONICO - CHIICLAYO. Y/O. JAVIER ANGEL MECHA RIVAS. CON DNI. 16492625. DOMICTLO CALLE JR. A YACUCHO N° 456 - URB. SAN CARLOS - JLO.; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° I DEL PRIMER JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Leonardo Ortiz, veintiocho de junio del dos niil dieciocho.SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditado , obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos que se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada y advirtiendo de autos que el imputado no tiene abogado defensor, Y: CÍTESE para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas 10.30 DE LA MANANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la PRIMERA Sala de Audiencias NÚMERO UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo s/n cuadra 10 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado. José L. Ortiz, 18 de julio del 2018 ESPECIALISTA: KARINA GONZALES PARESES. KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV EDICTO ESPECIALIZTA. KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXP. N° 6726-2018-0 - EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. DE CU ¡CLAVO. A CARGO DE LA DRA. SARA VERA Z. CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO DAVID ARMANDO LALRA PEGA, CON DNI N° 48849200, SOLTERO, CON DOMICILIO AV. CU ¡CLAVO N° 329 - PP.JJ. RAMIRO PRIALE,JLO.. Y/O. LUZ PAULINA ANAYA DELGADO. CON DNI. 40013879. DOMIC ¡LO CALLE AV. CHIC LAYO N° 329 - PP.JJ. RAMIRO PRIALE - JLO.; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° I DEL PRIMER JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO Jose L. Ortiz, veintiocho de junio del dos mil dieciocho.SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditado , obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos que se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada y advirtiendo de autos que el imputado no tiene abogado defensor, Y: CÍTESE para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas 10.00 DE LA MAÑANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la PRIMERA Sala de Audiencias NÚMERO UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo s/n cuadra 10 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado José L. Ortiz, 18 de julio del 2018 ESPECIALISTA: KARINA GONZALES PARESES. KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO ESPECIALIZTA. KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXE. N° 6833-2018-0 - EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEON ARDO ORTH. DE CHIC LA YO. A CARGO DE LA DRA. SARA VERA Z. CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO EDILBRANDO VASQUEZ DIAZ, CON DNI N° 16471529, SOLTERO, CON DOMICILIO ENCALLE NICOLAS DE AYLLON N° 180 - URB. SAN CARLOS - JLO. - JLO. Y/O. CATALINA GALLEGOS GA VI DI A. CON DNI. 16760488. DOMIC I LO CALLE NICOLAS DE AYLLON N\ 180 - URB. SAN CARLOS - JLO.: PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° I DEL PRIMER JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIG LIENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO losé L. Ortiz, veintiocho de junio del dos mil dieciocho. SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a ios demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditado , obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos que se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea
CRÓNICA
necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada y advirtiendo de autos que el imputado no tiene abogado defensor, Y: CÍTESE para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas 11.00 DE LA MAÑANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la PRIMERA Sala de Audiencias NÚMERO UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo s/n cuadra 10 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado. José L. Ortiz, 18 de julio del 2018 ESPECIALISTA: KARINA GONZALES PARESES. KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO ESPECIALISTA. KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXP. N° 6635-2018-0 - EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. DE CHIC LAYO. A CARGO DE LA DRA. SARA VERA Z. CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO SANTIAGO CHOZO MORALES, CON DNI N° 17549312, CASADO, CON DOMICILIO EN CALLE CAMPIÑA SAN JUAN - ILLIMO LAMBAYEQUE YAV. JOSE LEONARDO ORTIZ N° 158 - OF. 03- CHICLAYO (ABOPGADO ORLANDO RODRIGUEZ ¡DROGO); PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° I DEL PRIMER JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Leonardo Ortiz, veintiocho de junio del dos mil dieciocho. SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditado , obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos que se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada y advirtiendo de autos que el imputado no tiene abogado defensor, Y: CÍTESE para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas 09.00 DE LA MAÑANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la PRIMERA Sala de Audiencias NÚMERO UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo s/n cuadra 10 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado José L. Ortiz, 18 de julio del 2018 ESPECIALISTA: KARINA GONZALES PARESES. KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO ESPECIALIZTA. KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXP. N° 7132-2018-0 - EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. DE CHIC LAYO. A CARGO DEL DRA. SARA VERA ZULOETA. CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO JUAN CARLOS RAMIREZ MONTEZA, CON DNI N° 45125366, SOLTERO, CON DOMICILIO EN LA CALLE LA PAZ N° 289 - URB. REMIGIO SILVA Y/O. CALLE NICOLAS DE AYLLON N° 798 - JLO.: PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARA TORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO (osé I-conardo Ortiz, veintiocho de junio De 1 dos mil dieciochoSE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los
JUDICIAL demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditado , obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos que se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada y advirtiendo de autos que el imputado no tiene abogado defensor, Y : CÍTESE para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas 12.30 DE LA MAÑANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la PRIMERA Sala de Audiencias NÚMERO DOS de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo s/n cuadra 10 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. José L. Ortiz, 18 de julio del 2018 ESPECIALISTA: KARINA GONZALES PARESES. KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO ESPECIALISTA. KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXP. N° 7047-2018-0 - EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. DE CHIC LAYO. A CARGO DE LA DRA. SARA VERA Z, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO JUDITH VERONICA GONZALES H LAM AN, CON ONI N° 47348257, SOLTERA, CON DOMICILIO ENCALLE SIMON BOLIVAR N° 2072 - UPIS PRIMERO DE MAYO - JLO.; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° I DEL PRIMER JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGLIENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José L. Ortiz, veintiocho de junio del dos mil dieciocho. SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditado , obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos que se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada y advirtiendo de autos que el imputado no tiene abogado defensor, Y: CÍTESE para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas 12.00 DEL MEDIO DIA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la PRIMERA Sala de Audiencias NÚMERO UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo s/n cuadra 10 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado. José L. Ortiz, 18 de julio del 2018 ESPECIALISTA: KARINA GONZALES PARESES. KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
Chiclayo, martes 31 de julio del 2018
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EDICTO ESPECIALISTA. KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXE. N° 5497-2018-0 - EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. DE CHIC LAYO. A CARGO DE LA DRA. SARA VERA Z. CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO FRANCISCO DE LA CRUZ VENTURA, CON DNI N° 61747869, SOLTERO, CON DOMICILIO ENCALLE MZ. M. LT. 30 - PP..I.I. SAN JUAN DE DIOS - JLO...; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° I DEL PRIMER JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José L. Ortiz, veintiocho de junio del dos mil dieciocho.SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditado , obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos que se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada y advirtiendo de autos que el imputado no tiene abogado defensor, Y: CÍTESE para el día NUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas 10.00 DE LA MAÑANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la PRIMERA Sala de Audiencias NÚMERO UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo s/n cuadra 10 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado. José L. Ortiz, 18 de julio del 2018 ESPECIALISTA: KARINA GONZALES PARESES. KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO URGENTE ESPECIALISTA. KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXP. N° 12258-2017-0 - EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. DE CHIC LAYO. A CARGO DEL DRA. SARA VERA ZULOETA, CITA Y EMPLAZA A LOS IMPUTADOS JOSE AVELINO ANGELES CASTRO, CON DNI N° 45406155, SOLTERO, CON DOMICILIO EN CALLE NESTOR BARSALLO N° 433 - II SECTOR UPIS PRIMERO DE MAYO - JLO.; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° I DEL PRIMER JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO |osc Leonardo Ortiz, seis de julio De 1 dos mil dieciochoSE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditado , obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos que se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía.
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Chiclayo, martes 31 de julio del 2018
NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada y advirtiendo de autos que el imputado no tiene abogado defensor, Y : CÍTESE para el día NUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas 11.00 DE LA MAÑANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la PRIMERA Sala de Audiencias. José L. Ortiz, 18 de julio del 2018 ESPECIALISTA: KARINA GONZALES PARESES. KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO PENAL Inst. No 4585-2018-0-1706-JR-PE-20- EMM.ESPECIALISTA LEGAL: Dm .ELVIA MANAYALLE MANAY. MOTIVO: NOTIFICACIÓN-. EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. CITA, LLAMA Y EMPLAZA a : JUAN ROLANDO MEJIA CERVERA, con domicilio en la AV. LUIS GONZALES N° 1548 - CHICLAYO. REOLUCIÓNNUMERO : UNO Seis de Abril del dos mil dieciocho. DECLARAR PROCEDENTE LA ACUSACIÓN DIRECTA Y CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS UTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio: todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan; asimismo, apareciendo de autos que el acusado no ha nombrado abogado defensor particular, sin perjuicio de que lo haga en el plazo de cuarenta y ocho horas, a efecto de no vulnerar su derecho a la defensa y evitar nulidades posteriores, teniendo en cuenta además que la audiencia de control de acusación es de carácter inaplazable a tenor de lo dispuesto por el artículo 351.2° del Código Procesal Penal, modificado por el Decreto Legislativo N° 1307: OFÍCIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito para que designe un defensor público que asuma la defensa del acusado en la anotada diligencia, adjuntándose copia de la presente resolución y de la acusación fiscal; y, por el principio de celeridad procesal: CÍTESE para el día DIEZ DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la Sala de Audiencias NÚMERO DOS de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo N° 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria de la Fiscal y el abogado defensor público del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este último de excluirlo de la defensa y designar en ese mismo acto otro defensor público con conocimiento de la Dirección Distrital de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en Chiclayo; en cuya audiencia se resolverá la medida coercitiva de comparecencia con restricciones solicitada por el Ministerio Público. COMUNÍQUESE a la representante del Ministerio público que deberá concurrir a la audiencia con el íntegro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal. PRECÍSESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 0962006- CE-PJ. NOTIFÍQIJESE a las partes en sus respectivos domicilios reales y procesales o casillas electrónicas señalados en autos, incluida a la parte agraviada; además al acusado Juan Rolando Mejía Cervera mediante edicto con un extracto de la acusación fiscal que se publicará en el diario oficial “La República”; asimismo, requiérase a todos los sujetos procesales el señalamiento obligatorio de domicilio procesal electrónico constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial para las futuras
CRÓNICA notificaciones, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento; al otrosí digo: téngase presente. Notifíquese con las formalidades de ley.José Leonardo Ortiz. 16 de Mayo 2018.ELVIA MANAYALLE MANAY. JUEZ JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLO CSJLA PODER JUDICIAL FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO PENAL Inst. No 4642-2018-0 -1706-JR-PE-2EMM.ESPECIALISTA LEGAL: Dra .ELVIA MANAYALLE MANAY. MOTIVO: NOTIFICACIÓN EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. CITA, LLAMA Y EMPLAZA a : BRAYAN CARRANZA LOPEZ, con domicilio en la CALLE JUAN VELASCO ALVARADO N° 750 - PP.JJ. VILLA HERMOSA - JLO. REOLUCIÓN NUMERO : UNO Seis de Abril del dos mil dieciocho. DECLARAR PROCEDENTE LA ACUSACIÓN DIRECTA Y CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS UTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado Brayan Carranza López, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía; y, por el principio de celeridad procesal y lo recargado de la agenda: CÍTESE para el día DIEZ DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DOCE DEL MEDIO DÍA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la Sala de Audiencias NÚMERO DOS de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo N° 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del abogado de excluirlo de la defensa y reemplazarlo en ese mismo acto por un defensor público, teniendo en cuenta que la audiencia de control de acusación es de carácter inaplazable; en tal sentido: OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito para que designe un defensor público que asuma la defensa del acusado en la anotada diligencia en caso no asista el abogado particular Dr. Víctor Dávila Cubas, adjuntándose copia de la acusación fiscal directa y de la presente resolución. COMUNIQUESE al representante del Ministerio público que deberá concurrir a la audiencia con el íntegro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal. PRECÍSESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 0962006- CE-PJ. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios reales y procesales o casillas electrónicas señalados en autos, incluida a la parte agraviada, además al acusado Brayan Carranza López mediante edicto que se publicará en el diario oficial “La República”; asimismo, requiérase a todos los sujetos procesales el señalamiento obligatorio de domicilio procesal electrónico constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial para las futuras notificaciones, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento. Notifíquese con las formalidades de ley.José Leonardo Ortiz. 16 de Mayo 2018.ELVIA MANAYALLE MANAY. JUEZ JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLO CSJLA PODER JUDICIAL FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV
EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO DE JOSE LEONARDO ORTIZ JUEZ: FRANCESKA EMPERATRIZ PUICAN LUNA ESPECIALISTA LEGAL: DANTE RUBEN QUIÑONES YAHIRO CITA Y EMPLAZA a los imputados de autos ALBERTO LAUREANO CAMPOS GUEVARA y MARCO ANTONIO REYES CAMPOS a quienes se les notifica en este acto con el tenor de la resolución número tres - fecha 09 de julio de 2018, que contiene la resolución de programación de la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día DIEZ DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizará en la sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de José Leonardo Ortiz, sito en calle Virrey Toledo cuadra 10 - PPJJ Atusparias - Módulo Básico de Justicia del distrito de José Leonardo Ortiz - provincia de Chiclayo; bajo apercibimiento de ser declarados reos contumaces, reservarse el proceso provisionalmente y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 4209-2016-70-1708-JR- PE seguida contra los mencionados, por el delito de Lesiones Culposas, en agravio de Cristóbal Fernández. DANTE RUBEN QUIÑONES YAHIRO ESPECIALISTA DE JUZGADO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO DE JOSE LEONARDO ORTIZ JUEZ: FRANCESKA EMPERATRIZ PUICAN LUNA ESPECIALISTA LEGAL: DANTE RUBEN QUIÑONES YAHIRO CITA Y EMPLAZA al imputado de autos MIGUEL ANGEL PISCOYA YAMPUFE a quien se le notifica en este acto con el tenor de la resolución número dos - fecha 09 de julio de 2018, que contiene la resolución de programación de la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día DIEZ DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO a horas DOCE DEL DIA (hora exacta), la misma que se realizará en la sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de José Leonardo Ortiz, sito en calle Virrey Toledo cuadra 10 - PPJJ Atusparias - Módulo Básico de Justicia del distrito de José Leonardo Ortiz provincia de Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso provisionalmente y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 5088-2016-59- 1708-JR-PE seguida contra el mencionado, por el delito de Estafa, en agravio de Belisario Santos.DANTE RUBEN QUIÑONES YAHIRO ESPECIALISTA DE JUZGADO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO DE JOSE LEONARDO ORTIZ JUEZ: FRANCESKA EMPERATRIZ PUICAN LUNA ESPECIALISTA LEGAL: DANTE RUBEN QUIÑONES YAHIRO CITA Y EMPLAZA al imputado de autos EDUARDO ALEXANDER MONTALVAN ALARCON a quien se le notifica en este acto con el tenor de la resolución número dos fecha 09 de julio de 2018, que contiene la resolución de programación de la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día DIEZ DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizará en la sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de José Leonardo Ortiz, sito en calle Virrey Toledo cuadra 10 - PPJJ Atusparias - Módulo Básico de Justicia del distrito de José Leonardo Ortiz provincia de Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso provisionalmente y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 10528-2016-35-1708-JR-PE seguida contra el mencionado, por el Hurto Agravado, en agravio de Wilfredo Torres.DANTE RUBEN QUIÑONES YAHIRO ESPECIALISTA DE JUZGADO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO PENAL Expediente: 7149-2017-0-1706-JR-PE-09Juzgado: 9 ° JUZGADO DE INV. PREPARATORIA ESPECIALIZADO EN DELITOS AD. TRIB. MCDO Y AMB. JUEZ: ROBERTO FRANK IZA MAYORGA ESPECIALISTA LEGAL : JORGE JAVIER PISFIL MONTALVAN
Se NOTIFICA con el requerimiento de acusación a: JOSE PASTOR REQUE ZARPAN, por el plazo perentorio 10 DIAS HÁBILES, a efectos de que pueda por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7)objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8)proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Y a la vez se le NOTIFICA con la Resolución N° OCHO de fecha 22.06.2018, a través de la cual se le CITA Y EMPLAZA, a fin de que concurra a la programación de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día 10 DE AGOSTO DE 2018 A HORAS 10:15 AM. en la Sala de Audiencias N° VEINTE del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente, Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N ’ 115 (Primer Piso) - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el Expediente N’7149-2017-0- 1706-JR-PE-09. que se sigue contra el imputado en mención, por la presunt^ comisión del delito de Tráfico Ilegal de Productos Forestales Maderables, en agravio del Estado- Ministerio del Ambiente. JORGE MARCELINO PEREZ TORO JUEZ 9° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DELITOS AMBIENTALES Y ADUANEROS PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO PENAL JUZGADO: CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE JAEN JUEZ: DR. JOSE LUIS TORRES BALLENA CITA Y EMPLAZA a los imputados SEGUNDO AUDENCIO GONZALES MERA Y CARLOS SAUL NUÑEZ JIMENEZ, para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el en el Expediente N° 731-2015-68-1703-TR-PE-04, seguido contra SEGUNDO AUDENCIO GONZALES MERA Y CARLOS SAUL NUÑEZ JIMENEZ, por el delito de APROPIACION ILICITA, en agravio de MARINO REQUEJO FERNANDEZ, para que tenga Conocimiento de su audiencia de Juicio Oral programada para el día DIEZ DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE Y CUARENTA DE LA TARDE (HORA EXACTA), la misma que se realizará en Poder Judicial de Jaén, en la Sala de Audiencia del Cuarto Juzgado Penal Unipersonal, ubicado en AV. MARISCAL CASTILLA N 490-JAEN, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, archivarse provisionalmente y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada. JOSE LUIS TORRES BALLENA JUEZ CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CSJLA- JAEN FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO PENAL EXF. 4115-2018-0-1706-JR-PE-04 EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CHICLAYO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE. JUEZ: CECILIA GRANDEZ ROJAS SE CITA Y EMPLAZA por el presente a JESUS MANUEL BARRANTES GARCIA para que tome conocimiento de la reprogramación de la sesión de audiencia de INCOACION DE PROCESO INMEDIATO, para el día DIEZ DE AGOSTO DE 2018. a las 10:10 horas (hora exacta! EN LA SALA DE AUDIENCIAS NUMERO CUATRO del CUARTO Juzgado de Investigación Preparatoria, ubicado en el segundo piso de la nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, esto es, en la calle José Leonardo Ortiz N° 155 - Centro Cívico de Chiclayo. Por haberse ordenado así en el proceso signado con el número de expediente 4115-2018-01706-JR-PE-04 que se sigue a JESUS MANUEL BARRANTES GARCIA por el delito CONDUCCION ES ESTADO DE; EBRIEDAD en agravio del ESTADO SECRETARIA: MARIA LUCELINDA VASQUEZ VASQUEZ. Chiclayo, 05 de julio de 2018. CECILIA GRANDEZ ROJAS JUEZ CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 7442-2017-0-1706-JR-PE-2 JUZGADO: MILTON LLONTOP SANTISTEBAN ACUSADO: JEAN PIER CALDERON CHOCAN DELITO: ROBO AGRAVADO AGRAVIADO: GUSTAVO FARITH CHEPE
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV VILLALOBOS ESP. DE JUZGADO: RUITOR DANIEL DE LA CRUZ RODRIGUEZ ESP. DE AUDIENCIAS: YESENIA DEL MILAGRO SIGUEÑAS REYES Por el presente Edicto, la Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado JEAN PIER CALDERON CHOCAN, con la resolución número DOS de fecha 25 de junio del 2018, la misma que dispone: REPROGRAMAR la presente audiencia para el día DIEZ DE AGOSTO del presente año, a horas OCHO Y DIEZ MINUTOS DE LA MAÑANA, quedando debidamente notificado los sujetos procesales presentes. NOTIFIQUESE a la representante del menor agraviado María Reyna Villalobos Collante en el domicilio que figura en su ficha de RENIEC esto es en calle Taraoacá N°232 SUAZO - Sector II - Chiclayo, en los domicilios proporcionados ante el Ministerio Público y que figuran en la carpeta fiscal en calle Santa Angela N° 244 - Pueblo Joven Villa Hermosa - José Leonardo Ortiz, en el domicilio ubicado en calle Santa Angela 243 - Pueblo Joven Medio Mundo - José Leonardo Ortiz, (referencia por la Iglesia Los Mormona) y a través de su celular 943645210, notificación que contendrá la resolución número uno de fecha 22 de agosto del 2017, resolución número tres de fecha 18 de marzo 2018, el requerimiento de acusación y la presente resolución NOTIFICAR al imputado JEAN PIER CALDERÓN CHOCAN, mediante EDICTOS por el plazo de tres días consecutivos en el diario oficial de la República. MILTON LLONTOP SANTISTEBAN JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 11332-2017-56-1706-JR-PE-02 JUEZ: MILTON LLONTOP SANTISTEBAN ESPECIALISTA: RUITOR DE LA CRUZ RODRIGUEZ MINISTERIO PUB.: ROSA LUZ CARBONEL CHOZO IMPUTADO: SEGUNDO ROSENDO MEDINA VALLEJOS DELITO: ROBO AGRAVADO AGRAVIADO: MIGUEL ENRIQUE PRETELL VILCHEZ ESP. DE AUDIENCIAS: YESENIA DEL MILAGRO SIGUEÑAS REYES Por el presente Edicto, la Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado SEGUNDO ROSENDO MEDINA VALLEJOS, con la resolución número DOS de fecha 19 de Junio de 2018, la misma que dispone: REPROGRAMAR la presente audiencia de SOBRESEIMIENTO para el día DIEZ DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIODIA (HORA EXACTA), en la Sala de Audiencias Número dos del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicada en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 - 2do Piso- Centro Cívico - Chiclayo. NOTIFICAR a MIGUEL ENRIQUE PRETELL VÍLCHEZ. Las Delicias Sub Lote 9 “A”. distrito y provincia de Chiclayo. departamento de Lambaveque. sin perjuicio de ello VIA EDICTO, por el lapso de tres días. , debiéndose anexar el requerimiento fiscal, resolución uno y la presente acta. NOTIFICAR a la Empresa de Transportes “GALAXY SAC”, el domicilio fiscal ubicado en calle 7 de Enero N° 1516, distrito y Provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, así como en el ubicado en calle 7 de Enero N° 1516 Interior N° 201. cercado de Chiclayo, , debiéndose anexar el requerimiento fiscal, resolución uno y la presente acta.Así como a su administrador Edwin Guillermo Huertas Parco quien cuenta con número de celular 978419597,debiéndose dejar constancia en autos. OFICIAR al Coordinador de la Defensoría Publica de Chiclayo, designe a un Defensor Público para asumir la defensa del agraviado MIGUEL ENRIQUE PRETELL VÍLCHEZ, debiéndose anexar el requerimiento fiscal, resolución uno y la presente acta. MILTON LLONTOP SANTISTEBAN JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO EXP.Nro. 06222-2018-0 JULIO BENAVENTE DELGADO. EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ A CARGO DEL DR. DIAZ TARRILLO NOTIFICA AL IMPUTADO JUNIOR DANIEL NORIEGA PALACIOS EXP.N°.06222 2018-0 JBD. POR EL DELITO DE OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR EN AGRAVIO DE WALTER DANIEL NORIEGA DIAZ SE LE NOTIFICA A LA AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DEL PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA DIEZ DE AGOSTO DEL
CRÓNICA
AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE (HORA EXA CTA) EN LA SEGUNDA SALA PENAL CITO EN VIRREY TOLEDO CUADRA DIEZ. EXTRACTO DE LA ACUSACION REQUERIMIENTO DEACUSACIÓN SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ DRA. KERESTIN RIVERA HERRERA, Fiscal Provincial a de la Segunda Fiscalía Penal Provincial Corporativa de José Leonardo Ortiz, formulo LA INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO contra JUNIOR DANIEL NORIEGA por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio WALTER DANIEL NORIEGA DIAZ representado por su madre la doña JANNINA DEL PILAR DIAZ DAVILA por resolución doce de fecha 15-08 del 2017 se emitió sentencia, ordenándose una pensión alimenticia mensual para sus menores hijos una pensión alimenticia mensual a y adelantada de S/.330.00 soles, pese a lo ordenado el inculpado no cumplió con el pago ordenado, con fecha 2-4-2018 por no haber pagado liquidación de pensión alimenticia devengada 2,678.62,. soles, remitiéndose, copias al Ministerio Publico, los hechos se encuentran en el primer párrafo del artículo 149 ° del C.P. que tipifica que el que omite cumplir con su obligación de prestar alimentos será reprimido de pena de la libertad no mayor de tres o prestación de servicios comunitarios, a Ud., Señor Juez solicito se sirva dar el trámite de ley al presente requerimiento para los fines de ley. José L. Ortiz, 18 de junio de 2018. REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADOD E INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO EXPEDIENTE N° : 1237-2016-691703-JR-PE-03 JUEZ: Dr. JUAN JOSE HERRERA SANCHEZ ESP. DE JUZGADO: Abog. EDWIN VIZCONDE SAMANIEGO El Señor Juez del Tercer Juzgado Penal de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL IMPUTADO: GERALD JUNIOR CHANCAFE RIVERA, con la fecha de audiencia programada, con la resolución número uno de fecha quince de mayo del año dos mil dieciocho, en la que se ha resuelto lo siguiente: “SE RESUELVE: 1.- PROGRAMAR LA AUDIENCIA UNICA DE JUICIO en la presente, la misma que se realizará en la sala de audiencias del Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede Jaén, ubicado en la intersección de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga, de esta ciudad, el día DIEZ DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANAHORA EXACTA. 2.- GERALD JUNIOR CHANCAFE RIVERA para que concurra a la siguiente sesión de audiencia, quienes quedarán notificados para el cumplimiento de dicho acto procesal: NOTIFIQUESE MEDIANTE EDICTOS. Jaén, 22 de Mayo del 2018. EDWIN VZCONDE SAMANIEGO ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CSJLA- JAEN FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO EXPEDIENTE N° 4169-2018-0-1706-JR-PE010La Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al Imputado ANGEL NIMIO BRITO DE LA CRUZ, Identificado con DNI N° 16755599, a fin de que concurra a la audiencia de Proceso Inmediato reprogramada para el día DIEZ DE AGOSTO del año dos mil dieciocho, a las DOCE DEL MEDIODÍA(HORA EXACTA), a realizarse en la Sala de audiencias número UNO, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 4169-2018-0-1706-JRPE-010, proceso seguido contra el acusado precitado, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de la JHON JAIRO BRITO VENTURA; lo que notifica de acuerdo a ley. Especialista Legal: Karina Ramírez Mimbela. MARIA CELIA PRIMO VASQUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO PENAL Inst. No 5685-2018-0 -1706-JR-PE-20- EMM.ESPECIALISTA LEGAL: Dm .ELVIA MANAYALLE MANAY. MOTIVO: NOTIFICACIÓN EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENA L DE INVESTIGA CION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. C ITA, LLAMA Y EMPLAZA a : JORGE BREIMER TORRES TORRES, con domicilio AV. CHICLAYO N° 854 - UPIS PRIMERO DE
JUDICIAL MAYO - JLO ó CALLE GONZALES PRADA N° 125 - OYOTUN . REOLUCIÓN NUMERO: UNO cinco (le junio del año dos mil dieciocho. CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por el Señor Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dr. Mario Antonio López Navarro, contra el imputado JORGE BREIMER TORRES TORRES, por el delito Contra La Familia, en su modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR - INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de su menor hijo JEAMPIER VIDAL TORRES HOYOS, representado por su madre Kari Karina Hoyos Tavara, para el día DIEZ DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas OCHO DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta), en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria de la señora representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076 y Decreto Legislativo N° 1307, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2. OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Lambayeque con sede en Chiclayo. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado JORGE BREIMER TORRES TORRES por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. José Leonardo Ortiz. 07 de Junio 2018. ELVIA MANAYALLE MANAY. JUEZ JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLO CSJLA PODER JUDICIAL FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 01962-2018-21-1706- IR-PE-3° ACUSADO: WESLEY LUZON NIZAMA DELITO: OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: JORDY ALESANDRO Y GENESIES ALLENUAM LUZON CHERREZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL - FLAGRANCIA OAF Y CEED DE CHICLAYO JUEZ: JORGE LUIS ROJAS CRUZ. ESPECIALISTA: KARINA FERNANDEZ RAMÍREZ. Por el presente edicto, el Señor Juez del TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL - FLAGRANCIA OAF Y CEED DE CHICLAYO, NOTIFICA al acusado TOMAS WESLEY LUZON NIZAMA, con la resolución judicial CINCO, de fecha cinco de julio del dos mil dieciocho la misma que dispone: 1. DECLARAR LA IMPOSIBILIDAD de instalar válidamente la presente audiencia. 2. REPROGRAMAR la audiencia de Proceso Inmediato para el día 10 DE AGOSTO DEL 2018 a horas 11:00 AM (hora exacta), en la Sala de Audiencia número NUEVE (ubicado en la avenida Tosé Leonardo Ortiz N° 155 - tercer piso - Chiclayo!. 3. NOTIFICAR 1.1 AL ACUSADO VICTOR WESLEY LUZON NIZAMA. en la CALLE CORNEJO MIRANDA N°197 - CONDOMINIO RESIDENCIAL BOLOGNESI - BLOCK Y - DEPARTAMENTO 504 - CHICLA YO: debiendo adjuntarse copia del cargo de notificación del proceso de alimentos en la que indica las características del bien inmueble obra a fs 11; así también en CALLE FLORENCIO MORI ROCHA N°129 - CUARTO PISO - URBANIZACIÓN PRIMA VERA - III ETAPA - CHICLA YO. debiendo adjuntar copia del requerimiento acusatorio y copia de la presente acta de audiencia. sin perjuicio de notificarse mediante EDICTOS IUDICIALES bajo apercibimiento de declararlo REO CONTUMAZ en caso de inasistencia, es decir ordenar su inmediata ubicación y captura a nivel nacional, reservando su juzgamiento hasta su captura o que el acusado se ponga a disposición de manera voluntaria para tal efecto se programará la audiencia de acuerdo a la agenda que tiene el Juzgado y teniendo en cuenta su condición de reo contumaz. 1.2 A LA FISCAL DRA. QLENKA TANET GALARCEP SOLIS, en su CASILLA ELECTRÓNICA N° 40559, bajo apercibimiento de en caso de inasistencia a la próxima sesión de audiencia se informará y remitirá copias del órgano de Control Institucional. 1.3 A la ABOGADA DEL ACUSADO DRA. KELLY YANET TARRILLO SALDAÑA, a través de su CASILLA ELECTRÓNICA N°39781. bajo los mismos apercibimientos decretados en la resolución que cita audiencia, en caso de inasistencia.
Chiclayo, martes 31 de julio del 2018
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1.4 A LA MADRE DE LA PARTE AGRAVIADA: SRA. MARÍA NANCY CHERREZ BUSTAMANTE. en su domicilio real calle Progreso 325 - Chiclayo. JORGE LUIS ROJAS CRUZ. JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJALMB FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 179-2018-JPU-SI. ACUSADO: PERCY JOEL CAMPOS PEÑA. DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR. AGRAVIADO: SANTOS ASUNCION NAYRA ADRIANZEN. JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA ESP. JUDICIAL: PEDRO ESCAJADILLO LIZA. San Ignacio, 27 de Junio del 2018. El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita y emplaza al acusado: PERCY JOEL CAMPOS PEÑA con la RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA DE 10 DE AGOSTO DEL 2018 A HORAS 10:0C DE LA MAÑANA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado en el ara que se notifique al acusado PERCY JOEL CAMPOS PEÑA, en el EXP. N° 179-2018 seguido por el delito de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES, en agravio de SANTOS ASUNCION NAYRA ADRIANZEN; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose ei el Juzgado Pena Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudac de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Oficial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal. DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL Y JUZGADO PENAL LIQUIDADOR SAN IGNACIO FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO PENAL Inst. No 4605-2018-0 -1706-JR-PE-20- EMM.ESPECIALISTA LEGAL: Dra .ELVIA MANAYALLE MANAY. MOTIVO: NOTIFICACIÓN-. EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. CITA, LLAMA Y EMPLAZA a : DIEGO ALONSO TORRES FERNANDEZ, con domicilio CALLE LAS PALMERAS N° 1749 - P.J. NVO SAN LORENZO - JLO REOLUCIÓNNUMERO: UNO Seis de Abril deI dos mil dieciocho. CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por el señor Fiscal Adjunto Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dr. Edgar Juvenal Camacho Olano, contra el imputado DIEGO ALONSO TORRES FERNANDEZ, por el delito CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA en su figura de PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio del ESTADO representado por el Procurador Público del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, para el día DIEZ DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ DE LA MANANA (hora exacta), en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076 y Decreto Legislativo N° 1307, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2.OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Lambayeque con sede en Chiclayo. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado DIEGO ALONSO TORRES FERNANDEZ por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de
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CRÓNICA
Chiclayo, martes 31 de julio del 2018
ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. José Leonardo Ortiz. 15 de Mayo 2018. ELVIA MANAYALLE MANAY. JUEZ JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLO CSJLA PODER JUDICIAL FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO DE JOSE LEONARDO ORTIZ JUEZ: FRANCESKA EMPERATRIZ PUICAN LUNA ESPECIALISTA LEGAL: DANTE RUBEN QUIÑONES YAHIRO CITA Y EMPLAZA al imputado de autos JORGE IVAN PAZ RIOJA a quien se le notifica en este acto con el tenor de la resolución número uno - fecha 09 de julio de 2018, que contiene la resolución de programación de la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día DIEZ DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizará en la sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de José Leonardo Ortiz, sito en calle Virrey Toledo cuadra 10 - PPJJ Atusparias Módulo Básico de Justicia del distrito de José Leonardo Ortiz - provincia de Chic layo, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso provisionalmente y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 4447-2016-26- 1708-JR-PE seguida contra el mencionado, por el delito de Conducción de Automotor en estado de ebriedad, en agravio del Estado - MTC. DANTE QUIÑONES YAHIRO ESPECIALISTA JUZGADO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO- MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO DE JOSE LEONARDO ORTIZ JUEZ: FRANCESKA EMPERATRIZ PUICAN LUNA ESPECIALISTA LEGAL: DANTE RUBEN QUIÑONES YAHIRO CITA Y EMPLAZA al imputado de autos FAUSTINO BARON CUBAS a quien se le notifica en este acto con el tenor de la resolución número tres - fecha 09 de julio de 2018, que contiene la resolución de programación de la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día DIEZ DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizará en la sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de José Leonardo Ortiz, sito en calle Virrey Toledo cuadra 10 - PPJJ Atusparias Módulo Básico de Justicia del distrito de José Leonardo Ortiz - provincia de Chiclayo; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso provisionalmente y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 3068-2016-2- 1708-JR-PE seguida contra el mencionado, por el delito de Actos contra el pudor, en agravio de S.C.R.V. DANTE QUIÑONES YAHIRO ESPECIALISTA JUZGADO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO- MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 8800-2017-89-1706-JR-PE-06 ACUSADO: CARLOS JULIO VICTOR SOTO GUERRERO DELITO: CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD AGRAVIADO: LA SOCIEDAD A través del presente EDICTO se notifica al acusado CARLOS JULIO VICTOR SOTO GUERRERO con la resolución número SIETE de fecha 09-07-2018, que resuelve: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO INMEDIATO en la presente causa seguida contra el acusado CARLOS JULIO VICTOR SOTO GUERRERO como presunto autor, por la comisión del delito CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA, en la figura de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, ilícito penal tipificado en el artículo 274° primer párrafo del Código Penal, en agravio de LA SOCIEDAD, representado por la procuraduría Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la misma que se llevará a cabo el día DIEZ DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ DE LA MAÑANA, en la SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO QUINCE del Sexto Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo Segundo Piso, sito en la Avenida José Leonardo Ortiz N° 155 - Chiclayo. Chiclayo, 09 de julio de 2018. VIOLETA VASQUEZ ROJAS JUEZ 6° JUZGADO DE PENAL UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJLAMB
FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO PENAL Oficio N° 05492-2017-98-1708-TR-PE/JAMP JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: JOSE LUIS CHAÑAME PARRAGUEZ ESPECIALISTA: PATRICIA BALAREZO OCON CITA Y EMPLAZA: al acusado de autos WILMER ALARCON TANTALEAN, a efecto de notificarle con el tenor de la resolución OCHO de techa 21 de junio del 2018, que dispone DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia y reprogramar la misma, conforme a la agenda del Juzgado para el día DIEZ DE AGOSTO DOS MIL DIECIOCHO a horas TRES DE LA TARDE, en el Juzgado de investigación Preparatoria de Lambayeque, sito en Calle Víctor Doigy Lora 185 - Lambayeque. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de expediente N° 05492- 2017-98-1706-JR-PE-01, que se sigue contra Wilmer Alarcón Tantalean por el delito de omisión a la asistencia familiar. JOSE LUIS CHAÑAME PARRAGUEZ JUEZ JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL- CSJLAMB FP/ 31 jul. 01, 02 Ago.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 17-2018-JPU-SI. ACUSADO: LUIS RICARDO ROMERO RODRIGUEZ. DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR. AGRAVIADO: LUIS MEDARDO ROMERO BERRU. JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA ESP. JUDICIAL: NANCY RAMOS MONTOYA San Ignacio, 23 de Abril del 2018. El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita y emplaza al acusado: LUIS RICARDO ROMERO RODRIGUEZ con la RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA DE OCHO DE AGOSTO DEL 2018 A HORAS 12.00 DEL MEDIODIA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado en el ara que se notifique al acusado LUIS RICARDO ROMERO RODRIGUEZ, en el EXP. N° 17-2018 seguido por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de LUIS MEDARDO ROMERO BERRU; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Oficial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBJLES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución Art. 128° del Código Procesal Penal. MARLO ROBLEDO CORDOVA JUEZ DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL Y JUGADO PENAL LIQUIDADOR- SAN IGNACIO FP/ 30, 31 jul. 01 ago.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 04138-2018-0-1706-JR-PE-02 JUZGADO: 2o JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ-CHICLAYO ESPECIALISTA: CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA IMPUTADO: CARRANZA MEDINA JHONATAN JUAN GABRIEL DELITO: CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD AGRAVIADO: LA SOCIEDAD. SE NOTIFICA A: CARRANZA MEDINA JHONATAN JUAN GABRIEL, CON DOMICILIO EN AVENIDA FERNANDO BELAUNDE T MZ G LT 06 CHICLAYO REQUERIMIENTO FISCAL.- De autos fluye que JHONATAN JUAN GABRIEL CARRANZA MEDINA el día 12 de Marzo de 2018, aproximadamente a las 17:00 horas, fue intervenido por personal policial que realizaba patrullaje en circunstancias que conducía su vehículo menor moto lineal color negro, marca Honda con placa de rodaje N° 1906-8M, siendo intervenido por las intersecciones de la calle Panamá y Brasil del distrito de José Leonardo Ortiz, presentando visibles síntomas de ebriedad, por lo que se practicó el examen cualitativo para dosaje etílico el cual arrojó 1.56 g/l (dos gramos quince cgs. de alcohol por litro de sangre), por lo que la reparación civil a cancelar conforme a la Tabla de Referencias para la Reparación Civil por Conducción en estado de Ebriedad, contenida en la Resolución N° 14702005-MP-FN de fecha 12 de julio del 2005, es de SI. 622.50 (Seiscientos veintidós con 50/100). RESOLUCION NÚMERO: UNO.- Citar audiencia
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV
de control de Incoación del Proceso Inmediato para el día 08-08-2018 hora 11:30 pm sala de audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación preparatoria de José Leonardo Ortiz. CESAR AUGSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DEE JUZGADO MBJ- JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 30, 31 jul. 01 ago.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 04132-2018-0-1706-JR-PE-02 JUZGADO: 2o JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ-CHICLAYO ESPECIALISTA: CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA IMPUTADO: CHAVEZ LLAMOGA FAUSTINO DELITO: CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD AGRAVIADO: LA SOCIEDAD. SE NOTIFICA A: CHAVEZ LLAMOGA FAUSTINO, CON DOMICILIO EN CALLE LOS LIMONES MZ E2 LT 05 PPJJ VILLA HERMOSA JOSE LEONARDO ORTIZ REQUERIMIENTO FISCAL.- De autos fluye que FAUSTINO LLAMOGA CHÁVEZ el día 03 de Marzo de 2018, aproximadamente a las 17:32 Horas, fue Intervenido por personal policial que realizaba patrullaje en circunstancias que conducía su vehículo menor mototaxi color rojo, marca Wanxín con placa de rodaje N° 0983-5M, siendo intervenido por las intersecciones de la calle San Martín y Chiclayo del distrito de José Leonardo Ortíz, presentando visibles síntomas de ebriedad, por lo que se practicó el examen cualitativo para dosaje etílico el cual arrojó 1.52 g/l (un gramo cincuenta y dos cgs. de alcohol por litro de sangre), por lo que la reparación civil a cancelar conforme a laTabla de Referencias para la Reparación Civil por Conducción en estado de Ebriedad, contenida en la Resolución N” 14702005-MP-FN de fecha 12 de julio del 2005, es de S/. 622.50 [Seiscientos veintidós con 50/100). RESOLUCION NÚMERO: UNO.- Citar audiencia de control de Incoación del Proceso Inmediato para el día 08-08-2018 hora 12:30 pm sala de audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación preparatoria de José Leonardo Ortiz. José Leonardo Ortiz, 18 de Abril del 2018 CESAR AUGSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DEE JUZGADO MBJ- JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 30, 31 jul. 01 ago.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 03750-2018-0-1706-JR-PE-02 JUZGADO: 2o JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ-CHICLAYO ESPECIALISTA: CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA IMPUTADO: LIZANA LABAN CLAUDIO DELITO: LESIONES LEVES AGRAVIADO: REGALADO RAMIREZ GILBERTO CESAR SE NOTIFICA A: LIZANA LABAN CLAUDIO, CON DOMICILIO EN CPM SAN JUAN DE DIOS MZ I LT 10 JOSE LEONARDO ORTIZ y PJ SAGRADO CORAZON DE JESUS MZ G LT 13 JOSE LEONARDO ORTIZ. REQUERIMIENTO FISCAL.- Se desprende del contenido del Acta de intervención Policial de fecha 18/06/17, a horas 23:50, elaborada en el PPJJ Corazón de Jesús de José Leonardo Ortiz, en donde se habría producido una gresca resultando como agraviado Gilberto César Regalado Ramírez, quien producto de un pleito que tuvo en una pollada que se había realizado en dicho sector, con el acusado Claudio Lizama Laban, éste lo agredió con una botella de cerveza impactándole en el rostro, por lo que fue trasladado por sus familiares al Hospital Las Mercedes, siendo atendido por el Dr. Ciro Castañeda Mariños quien diagnóstico: Lesión en Región Pariental izquierdo quedando en observación. Siendo que dichas lesiones se encuentran acreditadas mediante el Certificado Médico Legal N° 001329-L de fecha 19.06.2017 perteneciente al agraviado GILBERTO CESAR REGALADO RAMIREZ en la que se concluye que el agraviado presenta lesiones traumáticas recientes producidas por agente contuso cortante mecanismo de percusión y fricción. Por lo que requiere de 02 días de atención facultativa por 07 días de incapacidad médico legal. Hecho que se corrobora con la denuncia verbal N° 1081, de fecha 19/06/2017 por la cual el agraviado Gilberto César Regalado Ramírez, denuncia que el día de los hechos esto es el 18/06/17, a las 22:00 horas fueron víctimas de agresiones físicas por parte de tres sujetos de quienes conoce a uno de ellos por el nombre de Claudio Lizana, siendo ellos quienes en primer lugar atacaron al denunciante propinándole lesiones con una botella en la cabeza, para luego ser auxiliado por su hermano Mirko Anthony Regalado Ramírez, quien también resultó con lesiones físicas, puesto que el acusado le tiró un ladrillo tipo pandereta el mismo que le calló en la cabeza. Siendo abandonados, para posteriormente ser auxiliados por sus familiares quienes los condujeron al hospital. Lesiones que se encuentran acreditadas con el Certificado Médico Legal N° 001330-L de fecha 19.06.2017 perteneciente a Mirko Anthony Regalado Ramírez en la que se concluye que el agraviado presenta lesiones traumáticas recientes producidas por agente contuso: Mecanismo de percusión y fricción. Por lo que
requiere de 02 días de atención facultativa por 05 días de incapacidad médico legal. RESOLUCION NÚMERO: UNO.- Citar audiencia ACUSACION DIRECTA para el día 08-08- 2018 hora 01:00 pm sala de audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación preparatoria de José Leonardo Ortiz. José Leonardo Ortiz, 18 de Abril del 2018. CESAR AUGSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DEE JUZGADO MBJ- JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 30, 31 jul. 01 ago.
EDICTO PENAL OFICIO N° 06998-201 6-56-1 706-JR-PE-02 SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYO ESPECIALISTA: CLAUDIA CALLACNA VERA CITA Y EMPLAZA: al acusado de autos JULIO MONJA MIO; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 06998-2016-56- 1706-JR-PE-02 que se le sigue por el delito de depredación de BOSQUES o FORMACIONES BOSCOSAS en agravio de EL ESTADO, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a horas DOS Y CUARENTA DE LA TARDE (hora exacfa), la misma que se realizará en la sala de audiencia número CINCO - 05 de los Juzgados Unipersonales. ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 06998-2016-56-1706-JR-PE-02, que se sigue contra JULIO MONJA MIO por el delito de DEPREDACION DE BOSQUESpFOTíMACtONES BOSCOSAS en agravio de EL ESTADO. Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y Ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Chiclayo, 11 de junio del 2018 JULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIA JUEZ 2° JUZGADO PENAL UNIERSONAL SUPRAPROVINCIAL PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 30, 31 jul. 01 ago.
EDICTO EXPEDIENTE Nº: 00070-2018-66-1703-JRPE-01. JUEZ: MARÍA ELIZABETH CAMPOS IDROGO. ESP DE JUZGADO: PRETELL ALEJANDRIA NIDYA MELISSA IMPUTADO: JHAN MARCO SANCHEZ TORRES AGRAVIADO: CARUAJULCA SILVA RICHAR. DELITO: HOMICIDIO SIMPLE. Por intermedio de la presente la señora Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la ciudad de Jaén Dra. MARÍA ELIZABETH CAMPOS IDROGO, asistido de la especialista judicial Pretell Alejandría Nidya Melissa, se ha dispuesto notificar mediante edictos al acusado JHAN MARCO SANCHEZ TORRES, con un extracto del requerimiento de prisión preventiva, en los hechos que se le imputa: El día 31.12.2018 el agraviado Richar Caruajulea Silva en horas de la noche se dirige a casa de su hermano Alberto Caruajulea Silva, sito en el Caserío Libertad Chontalí - Jaén, hora en que se retiró a bordo de su moto lineal con destino a la casa de Berselia Gonzáles Pérez sito en Caserío Bajo Hualatán del citado distrito, donde se desarrollaba una actividad bailable con motivo de bota luto y año nuevo. b) A horas 01:30 am del 01.01.2018 llega el agraviado a la actividad bailable en mención acompañado de Adán Pérez Izquierdo, donde se han reunido con Fiorela Pérez Pérez (enamorada del hoy occiso), Oliverio Pérez Díaz (padre de Fiorela), y Yomer Pérez Pérez, donde han departido cerveza y bailado, luego de una hora y media aproximadamente, llegan a la actividad un grupo de personas entre ellos: el investigados Jhan Marco Sánchez Torres y Alix Pérez Díaz, formaron un grupo, este último llama al agraviado Alberto Caruajulca Silva a su grupo, iniciándose una discusión seguida de una pelea, donde el agraviado da un puñete a Alix Pérez Díaz a la altura de la oreja, quien pierde el equilibrio y cae, como reacción Alix Pérez coge una botella de cerveza y golpea en la cabeza al agraviado Richar, interviniendo Berselia Gonzáles Pérez, Fiorela Pérez Pérez, entre otros, logrando separarlos, por un lado Richar es retornado a la fiesta, mientras que Alix Pérez Díaz y Jhan Marco Sánchez Torres se dirigieron a su motolineal con intenciones de retirarse, es bajo estas circunstancias que el agraviado Richar Caruajulca Silva advierte que está sangrando la cabeza consecuencia del botellazo que recibió, logra se enfurece y con correa en mano corre hacia los dos investigados, quienes descienden de la moto lineal y se inicia una reyerta, en este contexto es herido con arma blanca (cuchillo) en cavidad torácica por el Jhan Marco Sánchez Torres; cae la víctima la víctima al suelo, mientras que los investigado huyen del lugar a bordo de la unidad vehicular antes mencionada. Richar Caruajulca Silva es inmediatamente trasladado a bordo de la moto lineal conducida por Yolmer Pérez Pérez, y como segundo pasajero Libe Gonzáles, con nimbo al C. P. M., de Palo Blanco - Chontalí, hasta donde
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV llega su progenitor Abel Caruajulca Fernández, quien lo traslada a esta ciudad, durante el desplazamiento Richar comenta s su padre que las personas que lo hirieron fueron Alix Pérez Diaz y Jhan marco Sánchez Torres, llegando al Hospital a las ío:00 am aproximadamente, produciéndose su deceso a las 02:45 pm del mismo día; determinándose según certificado de defunción como causa de muerte: “Shock hipouulémico, insuficiencia respiratoria y herida con arma blanca en tórax y abdomen”. Estando a lo anterior indicado, y teniendo en cuenta la pena establecida pues el extremo mínimo sería entre SEIS A lo AÑOS CON OCHO MESES de pena privativa de la libertad, pena que en atención a las condiciones que reúne el investigado JHAN MARCO SÁNCHEZ TORRES, mínimamente le correspondería. CÍTESE a la audiencia pública para someter a contradictorio el REQUERIMIENTO DE PRISIÓN PREVENTIVA contra JHAN MARCO SÁNCHEZ TORRES para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 a.m.) hora exacta – audiencia inaplazable, en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén, ubicado en la intersección de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga de ésta ciudad (2do piso).Dra. María Elizabeth Campos Idrogo JUEZ (T) 1° Juzgado de Investigación Preparatoria P.J. – NCPP-JAÉN FP/ 30, 31 jul. 01 ago. EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00685-2018-3-1706-JR-PE03. JUZGADO: 3o JUZG. UNIPERSONAL, FLAGRANCIA, OAF Y CEED JUEZ: JORGE LUIS ROJAS CRUZ ESPECIALISTA JUDICIAL: CORINA SILVA ZELADA Se NOTIFICA a: SEGUNDO EUGENIO CASTRO LOPEZ, identificado con DNI N° 46607732 con la resolución N° 01 de fecha 10 de Julio del 2018, en la cual se ha RESUELTO: 1.- CITAR A AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO en el proceso seguido contra el acusado SEGUNDO EUGENIO CASTRO LOPEZ, como presunto autor del delito contra La Seguridad Pública en la figura de Peligro Común en la modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, tipificado en el artículo 274° primer párrafo del Código Penal, modificado por la Ley número 29439, en agravio del ESTADO - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, la misma que se realizará el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DOCE del mediodía, en la sala de audiencia número 09 del Tercer Juzgado Unipersonal, ubicada en el tercer piso de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la Avenida José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico Chiclayo; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. JORGE LUIS ROJAS CRUZ JUEZ 3o JUZG. PENAL UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 30, 31 jul. 01 ago.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00685-2018-3-1706-JR-PE03. JUZGADO: 3o JUZG. UNIPERSONAL, FLAGRANCIA, OAF Y CEED JUEZ: JORGE LUIS ROJAS CRUZ ESPECIALISTA JUDICIAL: CORINA SILVA ZELADA Se NOTIFICA a: JUVENAL TERAN MENDOZA, identificado con DNI N° 28064694 con la resolución N° 01 de fecha 09 de Julio del 2018, en la cual se ha RESUELTO: 1.- CITAR A AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO en el proceso seguido contra el acusado JUVENAL TERAN MENDOZA, como presunto autor del delito contra La Familia en la figura de Omisión a la Asistencia Familiar en la modalidad de INCUMPLIMIENTO A LA OBLIGACION ALIMENTARIA, tipificado en el artículo 274° primer párrafo del Código Penal, modificado por la Ley número 29439, en agravio del ESTADO - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, la misma que se realizará el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ de la mañana, en la sala de audiencia número 09 del Tercer Juzgado Unipersonal, ubicada en el tercer piso de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la Avenida José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico Chiclayo; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. JORGE LUIS ROJAS CRUZ JUEZ 3o JUZG. PENAL UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 30, 31 jul. 01 ago. EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MOTUPE ESPECIALISTA: ROBERTO ARTURO BECERRA SAAVEDRA
CRÓNICA
CITA Y EMPLAZA: al acusado de autos JOSE ODAR LEON VALDIVIA, para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día OCHO DE AGOSTO a horas NUEVE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (hora exacta!, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia; la misma que se realizará en la Sala de Audiencia del Juzgado Penal Unipersonal de Motupe - sito en la Av. El Maestro N° 895- Motupe, al haberse ordenado así en el Exp. N° 06142- 2016-661708-JR-PE-01, que se sigue en su contra por el delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de LEON ANASTACIO IKLER SAID. ROBERTO ARTURO BECERRA SAAVEDRA ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO UNIPERSONAL DE MOTUPE PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 30, 31 jul. 01 ago.
EDICTO PENAL Inst. N° 5334-2018-0 -1706-JR-PE-20- EMM.ESPECIALISTA LEGAL: Dra .ELVIA MANAYALLE MANAY. MOTIVO: NOTIFICACIÓN EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORI A DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. C ITA, LLAMA Y EMPLAZA a: HENRY FERNANDO SAUSA MONTENEGRO, con domicilio CALLE PARDO y MIGUEL N° 358 URB. LATINA - JLO. CALLE LA PAZ N° 227 - REQUE y la parte agraviada HEIDI LISSET SAUSA CALDERON, con domicilio real en el PASAJE MARIA PARADO DE BELLIDO N° 144 - PP.JJ. MARIA PARADO DE BELLIDO. REOLUCIÓNNUMERO: UNO cinco de junio del año dos mil dieciocho. CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por el señor Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dr. Martín Muñoz Basauri, contra el imputado HENRY FERNANDO SAUSA MONTENEGRO, por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR (INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA) en agravio de su hija HEIDI LISSET SAUSA CALDERON, para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas OCHO DE LA MANANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta), en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076 y Decreto Legislativo N° 1307, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2. OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Lambayeque con sede en Chiclayo. 3.Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFÍQUESE al imputado HENRY FERNANDO SAUSA MONTENEGRO por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial El Peruano y La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en requerimiento fiscal. Joseé L. Ortiz, 07 DE junio de 2018. ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAY EPSECIALISTA DE CAUSAS MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 30, 31 jul. 01 ago.
EDICTO PENAL LA SEÑORA JUEZ DEL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL DE CHICLAYO, DRA. CECILIA MARGARITA GRAN DIEZ ROJAS. Por la presente se cita, llama, emplaza y NOTIFICA al imputado RICARDO SANDOVAL BANCES. RESOLUCION UNO: CONFIERE TRASLADO del requerimiento de sobreseimiento a los sujetos procesales por el plazo de diez días hábiles a fin de que absuelvan el mismo. SE CITA a los sujetos procesales para que concurran a la audiencia preliminar de Control de sobreseimiemo, programada para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO, A HORAS ONCE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (hora exacta), en la Sala de Audiencia N° CUATRO del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo- Sede central 2do piso. Por haberse ordenado en el Expediente Nro. 12095-2017-47-1706-4°JIP/NCPP seguida contra e antes referido, por el lesiones culposas en agravio de Elisa Aida Andonaire Mil y otro. Especialista legal Segundo Adrianzén Cieza. Chiclayo, 02 de julio del 2018. CECILIA GRANDEZ ROJAS
JUDICIAL JUEZ 4° JZUGADO DE PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 30, 31 jul. 01 ago.
Chiclayo, martes 31 de julio del 2018
INVESTIGACION
EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO DE JOSE LEONARDO ORTIZ JUEZ: FRANCESKA EMPERATRIZ PUICAN LUNA ESPECIALISTA LEGAL: DANTE RUBEN QUIÑONES YAHIRO CITA Y EMPLAZA al imputado de autos ADELMO COLUNCHE CORONADO a quien se le notifica en este acto con el tenor de la resolución número uno - fecha 09 de julio de 2018, que contiene la resolución de programación de la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día OCHO DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizará en la sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de José Leonardo Ortiz, sito en calle Virrey Toledo cuadra 10 - PPJJ Atusparias - Módulo Básico de Justicia del distrito de José Leonardo Ortiz - provincia de Chic layo, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso provisionalmente y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 10240-201694-1708-JR-PE seguida contra el mencionado, por el delito de Usurpación Agravada, en agravio de la Comisión de Usuarios del Sub Sector Hidráulico de Chiclayo.DANTE QUIÑONES YAHIRO ESPECIALISTA DE JUZGADO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO- MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 30, 31 jul. 01 ago. EDICTO PENAL EXPEIDNETE: 160-2018-JPU-SI. Acusado: LUIS MIGUEL OCAÑA RODRIGUEZ. DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR. AGRAVIADO: MIGUEL FABIANO OCAÑA DAVILA, JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA. ESP. JUDICIAL: PEDRO ESCAJADILLO LIZA. San Ignacio, 19 de Julio del 2018. El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita y emplaza al acusado: LUIS MIGUEL OCAÑA RODRIGUEZ, con la RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA DE 27 DE AGOSTO DEL 2018 A HORAS 12:00 DEL MEDIO DIA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencla, por cuanto se ha ordenado se notifique al acusado LUIS MIGUEL OCAÑA RODRIGUEZ, en el EXP. N°160-2018 seguido por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de MIGUEL FABIANO OCAÑA DAVILA; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio: perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Pena! de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Oficial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformación lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal. MARLO ROBLEDO CORDOVA JUEZ DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL Y JUGADO PENAL LIQUIDADOR- SAN IGNACIO FP/ 30, 31 jul. 01 ago.
EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO DE JOSE LEONARDO ORTIZ JUEZ: FRANCESKA EMPERATRIZ PUICAN LUNA ESPECIALISTA LEGAL: DANTE RUBEN QUIÑONES YAHIRO CITA Y EMPLAZA al imputado de autos LIDIA ANGELICA SANCHEZ CESPEDES a quien se le notifica en este acto con el tenor de la resolución número uno - fecha 09 de julio de 2018, que contiene la resolución de programación de la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día OCHO DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizará en la sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de José Leonardo Ortiz, sito en calle Virrey Toledo cuadra 10 - PPJJ Atusparias - Módulo Básico de Justicia del distrito de José Leonardo Ortiz provincia de Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso provisionalmente y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 1482-2016-53- 1708-JR-PE seguida contra el
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mencionado, por el delito de malversación de Fondos, en agravio del Estado - QALIWARMA.Edictos que deberán ser publicados por espacio de 3 dias hábiles consecutivos y con una anticipación no menor de 3 días antes de la realización de la audiencia. DANTE QUIÑONES YAHIRO ESPECIALISTA DE JUZGADO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO- MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 30, 31 jul. 01 ago. EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO DE JOSE LEONARDO ORTIZ JUEZ: FRANCESKA EMPERATRIZ PUICAN LUNA ESPECIALISTA LEGAL: DANTE RUBEN QUIÑONES YAHIRO CITA Y EMPLAZA al imputado de autos JHONATAN JEAN PIER MEJIA DAVILA a quien se le notifica en este acto con el tenor de la resolución número uno - fecha 09 de julio de 2018, que contiene la resolución de programación de la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día OCHO DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizará en la sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de José Leonardo Ortiz, sito en calle Virrey Toledo cuadra 10 - PPJJ Atusparias - Módulo Básico de Justicia del distrito de José Leonardo Ortiz provincia de Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso provisionalmente y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 1813-2012-68- 1708-JR-PE seguida contra el mencionado, por el delito de Receptación Aravada, en agravio de César Yafac. DANTE QUIÑONES YAHIRO ESPECIALISTA DE JUZGADO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO- MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 30, 31 jul. 01 ago. EDICTO PENAL Inst. No 4156-2018-0 -1706-JR-PE-20- EMM.ESPECIALISTA LEGAL: Dra .ELVIA MANAYALLE MANAY. MOTIVO: NOTIFICACIÓN EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. CITA, LLAMA Y EMPLAZA a: JOSE PEDRO PALACIOS PORRAS, con domicilio en la CALLE LAS BRISAS - JR. PASTOR N° 123 - LAS BRISAS - CHICLAYO. RYOL UCIÓN NUMERO: UNO Seis de Abril del dos mil dieciocho. DECLARAR PROCEDENTE LA ACUSACIÓN DIRECTA Y CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS UTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado José Pedro Palacios Porras, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía; y, por el principio de celeridad procesal; CÍTESE para el día NUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE DE LA MANANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la Sala de Audiencias NÚMERO DOS de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José L. Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo N° 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria de la Fiscal y el abogado defensor público del acusado Dr. Roger Villanueva Collazos, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este último de excluirlo de la defensa y designar en ese mismo acto otro defensor público con conocimiento de la Dirección Distrital de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en Chiclayo. COMUNÍQUESE a la representante del Ministerio público que deberá concurrir a la audiencia con el íntegro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal. PRECISESE que las resoluciones
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Chiclayo, martes 31 de julio del 2018
dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 0962006-CE-PJ. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios reales y procesales o casillas electrónicas señalados en autos, incluida a la parte agraviada; además al acusado Robinson Perales Castillo mediante edicto con un extracto de la acusación fiscal que se publicará en el diario oficial “La República”; asimismo, requiérase a todos los sujetos procesales el señalamiento obligatorio de domicilio procesal electrónico constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial para las futuras notificaciones, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento. Notifíquese con las formalidades de ley.José Leonardo Ortiz. 16 de Mayo 2018.ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAY EPSECIALISTA DE CAUSAS MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 30, 31 jul. 01 ago. EDICTO PENAL Inst. No 4184-2018-0 -1706-JR-PE-20- EMM.ESPECIALISTA LEGAL: Dra .ELVIA MANAYALLE MANAY. MOTIVO: NOTIFICACIÓN-. EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. CITA, LLAMA Y EMPLAZA a : ROBINSON PERALES CASTILLO, con domicilio en la CALLE LAS PALMERAS N° 1299 - CPM NVO SAN LORENZO II - JLO. REOLUCIÓNNUMERO : UNO Seis de Abril del dos mil dieciocho. CÍTESE para el día NUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ DE LA MANANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la Sala de Audiencias NÚMERO DOS de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo N° 1080 Atusparias, con la presencia obligatoria de la Fiscal y el abogado defensor público del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este último de excluirlo de la defensa y designar en ese mismo acto otro defensor público con conocimiento de la Dirección Distrital de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en Chiclayo. COMUNÍQUESE a la representante del Ministerio público que deberá concurrir a la audiencia con el íntegro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 0962006-CE-PJ. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios reales y procesales o casillas electrónicas señalados en autos, incluida a la parte agraviada; además al acusado Robinson Perales Castillo mediante edicto con un extracto de la acusación fiscal que se publicará en el diario oficial “La República”; asimismo, requiérase a todos los sujetos procesales el señalamiento obligatorio de domicilio procesal electrónico constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial para las futuras notificaciones, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento. Notifíquese con las formalidades de ley.José Leonardo Ortiz. 16 de Mayo 2018. ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAY EPSECIALISTA DE CAUSAS MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 30, 31 jul. 01 ago.
EDICTO PENAL Inst. No 4454-2018-0-1706-JR-PE-20- EMM.ESPECIALISTA LEGAL: Dra .ELVIA MANAYALLE MANAY. MOTIVO: NOTIFICACIÓN EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGA DO PENAL DE INVESTIGA CION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. CITA, LLAMA Y EMPLAZA a: DUVERLYN ANTHONY NI ÑEZ SINTI, con domicilio en la CALLE PURISIMA N° 1694 - URRUNAGA - JLO. REOLUCIÓN NUMERO: UNO Seis de Abril del dos mil dieciocho. CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por el Señor Fiscal Adjunto Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dr. Edgar Juvenal Camacho Olano, contra el imputado DUVERLYN ANTHONY NUÑEZ SINTI, por el delito CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA en su figura de
CRÓNICA PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio del ESTADO, representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para el día NUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DE LA MANANA (hora exacta), en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076 y Decreto Legislativo N° 1307, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2.OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Lambayeque con sede en Chiclayo. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado DUVERLYN ANTHONY NUÑEZ SINTI por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. José Leonardo Ortiz. 15 de Mayo 2018. ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAY EPSECIALISTA DE CAUSAS MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 30, 31 jul. 01 ago. EDICTO EXP.Nro. 06371-2018-0 JULIO BENA VENTE DELGADO. EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ A CARGO DEL DR. DIAZ TARRILLO NOTIFICA AL IMPUTADO LAZARO AGAPITO PISTIL EXP. N°.06371 -2018-0 JBD. POR EL DELITO DE OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR EN AGRA VIO DE MARIA DEL MILAGROS AGAPITO SUCLUPE, SE LE NOTIFICA A LA AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DEL PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA NUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE (HORA EXACTA) EN LA SEGUNDA SALA PENAL CITO EN VIRRE Y TOLEDO CUADRA DIEZ. EXTRACTO DE LA ACUSACION REQUERIMIENTO DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ DR. MARTIN MUÑOZ BASAURI, Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Penal Provincial Corporativa de José Leonardo Ortiz, formulo LA INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO contra LAZARO AGAPITO PISFIL por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio MARIA DEL MILAGRO AGAPITO SUCLUPE, representado por su madre MIRIAN VIRNA QUEVEDO VERONA, por resolución ocho de fecha 28-4 del 2016 se emitió sentencia, ordenándose una pensión alimenticia mensual para sus menor hijo una pensión alimenticia mensual a y adelantada de S/.250.00 soles, pese a lo ordenado el inculpado no cumplió con el pago ordenado, con fecha 9-11-2017 por no haber pagado liquidación de pensión alimenticia devengada 5,959.46, soles, remitiéndose, copias al Ministerio Publico, los hechos se encuentran en el primer párrafo del artículo 149 ° del C.P. que tipifica que el que omite cumplir con su obligación de prestar alimentos será reprimido de pena de la libertad no mayor de tres o prestación de servicios comunitarios, sírvase ., Señor Juez conferir el trámite que corresponde de acuerdo a ley. José Leonardo Ortiz, 2 de Julio del 2018. REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ- JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 30, 31 jul. 01 ago.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE: N° 9060-2017-67-1706-JR-PE04 JUZGADO: TERCER JUZGADO UNIPERSONAL PENAL SUPRAPROVINCIAL DE CHICLAYO JUEZ: HIROKO SANDRA TERESA HIYANE RAMÍREZ ESP. JUDICIAL: WILLIAM MIJAHUANCA CAJUSOL Se NOTIFICA al acusado CARLOS DÍAZ MENA, con el acta de audiencia de fecha 25 de junio del año 2018, en la cual se ha RESUELTO: 1.- SE RESUELVE: TENER POR NO INSTALADA VÁLIDAMENTE LA PRESENTE AUDIENCIA y
JUDICIAL
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reprogramaria para el día NUEVE DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO a horas NUEVE DE LA MAÑANA, en esta misma Sala de Audiencias N° 10, quedando debidamente notificados en este acto de manera personal las partes procesales presentes con los mismos apercibimientos contenidos en el auto de citación a juicio oral, NOTIFÍQUESE al imputado de manera personal a los domicilios consignados en el presente proceso con el apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia sin perjuicio de ser notificado mediante edictos, notifiquese a la defensora pública otorgándosele 24 horas de notificada para que cumpla con justificar su inconcurrencia con el apercibimiento de remitirse copias a su órgano de control. Se notifica conforme a ley. Chiclayo, 25 de junio del 2018. HIROKO SANDRA T. HIYANE RAMIREZ JUEZ CUARTO JZUGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL-CSJLAMB FP/ 30, 31 jul. 01 ago EDCIRO PENAL JUZGADO: SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JAEN JUEZ: DRA. ESMERALDA G. CARLOS PERALTA CITA Y EMPLAZA a los acusados AUGUSTO MANCHAY FARCEQUE, identificado con DNI. N° 45853810 Y OSCAR ARTURO DIAZ ARROLLO, identificado con DNI. N° 17614833, para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Cuaderno Judicial N° 262-2013-49-1703, por el Delito de FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, en agravio de EL ESTADO, para que tenga Conocimiento de la audiencia de Juicio Oral para el día NUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS ONCE CON TREINTA MINUTOS, HORA EXACTA, en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede |acn, ubicado en la intersección de las calles Huatnantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de |acn, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, archivarse provisionalmente y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 262-2013-49-1703, seguido contra AUGUSTO MANCHAY FARCEQUE Y OTRO, en agravio de EL ESTADO, por el delito de FALSIFICACION DE DOCUMENTOS. DRA. ESMERALDA G. CARLOS PERALTA JUEZ SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JAEN PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 30, 31 jul. 01 ago
EDICTO JUZGADO: TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JAEN JUEZ: DR. EDGARDO H. ASENJO TAMAY CITA Y EMPLAZA al acusado ALEX JONNY GUERRERO VASQUEZ, identificado con DNI 41617256, para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Cuaderno Judicial No 898-2017-65- 1703, por el Delito CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que tenga Conocimiento de la audiencia Única de Proceso Inmediato para el día NUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede Jaén, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaén, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, archivarse provisionalmente y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 898-2017-65-1703- TJPUJ, seguido contra ALEX JONNY GUERRERO VASQUEZ en agravio de ALEXIS GRANDA TORRES por el delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. DR. EDGARDO H. ASENJO TAMAY JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JAEN CSJLA- JAEN FP/ 30, 31 jul. 01 ago
EDICTO JUZGADO: CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE JAEN JUEZ: DR. JOSE LUIS TORRES BALLENA CITA Y EMPLAZA a los imputados JOSE ROGER DAVILA VILLANUEVA y JHONATAN SMITH LOPEZ TOVAR, para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el en el Expediente N° 15142016-69-1703-IR-PE-04, seguido contra JOSE ROGER DAVILA VILLANUEVA y JHONATAN SMITH LOPEZ TOVAR, por el delito de HURTO AGRAVADO, en agravio de JORGE BARBOZA ALARCON, para que tenga Conocimiento de su audiencia de Juicio Oral programada para el día NUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE Y CUARENTA DE LA TARDE (HORA EXACTA), la misma que se realizará en Poder Judicial de Jaén, en la Sala de Audiencia del Cuarto Juzgado
Penal Unipersonal, ubicado en AV. MARISCAL CASTILLA N 490-JAEN, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, archivarse provisionalmente y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada. DR. JOSE LUIS TORRES BALLENA JUEZ CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE JAEN CSJLA- JAEN FP/ 30, 31 jul. 01 ago EDICTO PENAL EXP. 11257-2017-2-1706-JR-PE-01 JUZGADO: PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA JUEZ: PRIMO VÁSQUEZ MARIA CELIA IMPUTADO: MALDONADO ALVAREZ SALDIBAR, SANDOVAL CHUZÓN JESÚS ANTONIO, TRINIDAD CORONEL GUEVARA, MANUEL HOYOS GUERRERO, SÁNCHEZ SUYÓN MAURO. DELITO: USURPACIÓN AGRAVIADO: HOYOS GUERRERO MANUEL, CORONERL GUEVARA, TRINIDAD. Por el presente edicto se notifica a: MALDONADO ALVAREZ SALDIBAR, SANDOVAL CHUZÓN JESÚS ANTONIO, TRINIDAD CORONEL GUEVARA, MANUEL HOYOS GUERRERO Y SÁNCHEZ SUYÓN MAURO, la solicitud de constitución en actor civil presentada por Manuel Hoyos Guerrero y Trinidad Coronel Guevara, y la resolución N° 03, que fija fecha de audiencia para su control, programada para el dia 09 de agosto de 2018. De la solicitud de constitución en actor civil: “... se fundamenta y debe ser amparado, por cuanto los peticionantes somos los únicos y exclusivos propietarios (Derecho de propiedad aparece en la Partida Electrónica N° 11031615, emitido por la Zona Registral N° II Sede Chiclayo) del predio denominado “Sol Naciente” y al momento de los hechos, éramos los únicos y legítimos poseedores...” Resolución N° 1: “...ADMITASE A TRÁMITE y CORRASE TRASLADO a las demás partes procesales a ñn de que en el plazo de tres días de notificado, absuelvan el mismo; y recibido que sea se proceda conforme al artículo 102° del Código Procesal Penal...” Resolución N° 3: “...fíjese como fecha de audiencia de control de actor civil el dia nueve de agosto del dos mil dieciocho a las doce del mediodía (hora exacta) en la sala de audiencias número uno del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria- sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la Calle José Leonardo Ortiz Número 155, Centro Cívico de Chiclayo...”. SECRETARIA: NANCY RAMOS MONTOYA Publicación que se hará por TRES DIAS. Chiclayo, 08 de junio del 2018. MARIA CELIA PRIMO VÁSQUEZ JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 30, 31 jul. 01 ago
EDICTO PENAL EXPEIDENTE: 18-2018-JPU-SI. ACUSADO: TEODOLO CORDOVA HERNANDEZ. DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR. AGRAVIADO: KENNY ALEXANDRO CORDOVA CARREÑO. JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA ESP. JUDICIAL: NANCY RAMOS MONTOYA San Ignacio, 31 de Mayo del 2018. El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO judicial, cita y emplaza al acusado: TEODOLO CORDOVA HERNANDEZ con la RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA NUEVE DE AGOSTO DEL 2018 A HORAS 12:00 DEL MEDIODIA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado en el ara que se notifique al acusado TEODOLO CORDOVA HERNANDEZ, en el EXP. N° 18-2018 seguido por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de KENNY ALEXANDRO CORDOVA CARREÑO; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Oficial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal. MARLO ROBLEDO CORDOVA JUEZ DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL Y JUGADO PENAL LIQUIDADOR- SAN IGNACIO FP/ 30, 31 jul. 01 ago.
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EDICTO PENAL Inst. No 5467-2018-0 -1706-JR-PE-20- EMM.ESPEC¡ALISTA LEGAL: Dra .ELVIA MANAYALLE MANAY. MOTIVO: NOTIFICACIÓN EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. C ITA, LLAMA Y EMPLAZA a : UBER FRANCISCO CHUQUIZUTA VILLAVICENCIO, con domicilio CALLE OBELISCO MZA O LOTE 07-11 SECTOR - URB. CARLOS STEIN - JLO. REOLUCIÓNNUMERO : UNO cinco de junio deI año dos mil dieciocho. CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por la Señorita Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dra. Kerstin Ivonne Rivera Herrera, contra el imputado UBER FRANCISCO CHUQUIZUTA VILLAVICENCIO, por el delito contra La Familia, en la modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de ALISON NICOLE CHUQUIZUTA HERNÁNDEZ, representado por su madre Alfina Hernández Romero, para el día NUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas OCHO DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta), en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria de la señorita representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076 y Decreto Legislativo N° 1307, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2.OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Lambayeque con sede en Chiclayo. - Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado UBER FRANCISCO CHUQUIZUTA VILLAVICENCIO por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial El Peruano y La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en requerimiento fiscal. Joseé L. Ortiz, 07 DE junio de 2018. ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAY EPSECIALISTA DE CAUSAS MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 30, 31 jul. 01 ago.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE:09399-2016-0-1706- JR-PE-09 JUZGADO: 9o JUZGADO DE INV. PREPARATORIA ESPECIALIZADO EN DELITOS AD. TRIB. MCDO Y AMB. JUEZ: JORGE MARCELINO PEREZ TORO ESPECIALISTA LEGAL:JORGE JAVIER PISFIL MONTALVAN El Juez del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo. Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, De Mercado y Ambientales, NOTIFICA a: PANTA ORBEGOSO MARQUINA con la Resolución N° OCHO de fecha 13.06.18, a través de la cual se le CITA Y EMPLAZA a fin de que concurra a la programación de la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día NUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (HORA EXACTA!, en la Sala de Audiencias N VEINTE del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente, Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 115 (Primer Piso) - Chiclayo. Por haberse dispuesto asi en el Expediente Judicial N” Expediente N° 09399-2016-0, seguido contra el imputado en mención, como presunto autor del delito de Contaminación del Ambiente, en su modalidad de Minería Ilegal, en agravio del Estado - Ministerio de Ambiente. JORGE MARCELINO PEREZ TORO JUEZ 9o JUZGADO DE INV. PREPARATORIA DELITOS AD. TRIB. MCDO Y AMB. CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 30, 31 jul. 01 ago. EDICTO JUZGADO: CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE JAEN JUEZ: DR. JOSE LUIS TORRES BALLENA CITA Y EMPLAZA a los imputados JOSE ROGER DAVILA VILLANUEVA y JHONATAN SMITH LOPEZ TOVAR, para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el en el Expediente N° 15142016-69-1703-JR-PE-04, seguido contra JOSE ROGER DAVILA VILLANUEVA y JHONATAN SMITH LOPEZ TOVAR, por el delito de HURTO
CRÓNICA
AGRAVADO, en agravio de JORGE BARBOZA ALARCON, para que tenga Conocimiento de su audiencia de Juicio Oral programada para el día NUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE Y CUARENTA DE LA TARDE (HORA EXACTA), la misma que se realizará en Poder Judicial de Jaén, en la Sala de Audiencia del Cuarto Juzgado Penal Unipersonal, ubicado en AV. MARISCAL CASTILLA N 490-JAEN, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, archivarse provisionalmente y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada. JOSE LUIS TORRES BALLENA JUEZ DEL CUASRTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CSJLA- JAEN FP/ 30, 31 jul. 01 ago. EDICTO PENAL Inst. No 4526-2018-0 -1706-JR-PE-20- EMM.ESPECIALISTA LEGAL: Dra .ELVIA MANAYALLE MANAY. MOTIVO: NOTIFICACIÓN EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGA CION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. CITA, LLAMA Y EMPLAZA a: EDILBERTO CAYAO VILLALOBOS, con domicilio en la CALLE SAN CLEMENTE N° 190 - JLO. REOLUCIÓN NUMERO: UNO Seis de Abril del dos mil dieciocho. CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por el Señor Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dr. Rober Edwin Becerra Pérez, contra el imputado EDILBERTO CAYAO VILLALOBOS, por el delito contra la Seguridad Pública, en la modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio del ESTADO, representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para el día NUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2. OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Lambayeque. 3. Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado EDILBERTO CAYAO VILLALOBOS por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. José Leonardo Ortiz. 15 de Mayo 2018. ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAY EPSECIALISTA DE CAUSAS MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 30, 31 jul. 01 ago.
EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO DE JOSE LEONARDO ORTIZ JUEZ: FRANCESKA EMPERATRIZ PUICAN LUNA ESPECIALISTA LEGAL: DANTE RUBEN QUIÑONES YAHIRO CITA Y EMPLAZA al imputado de autos JOSE CARLOS VASQUEZ VERA a quien se le notifica en este acto con el tenor de la resolución número uno - fecha 09 de julio de 2018, que contiene la resolución de programación de la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día NUEVE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizará en la sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de José Leonardo Ortiz, sito en calle Virrey Toledo cuadra 10 - PPJJ Atusparias - Módulo Básico de Justicia del distrito de José Leonardo Ortiz provincia de Chiclayo: bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso provisionalmente y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 7984-2016-691708-JR-PE seguida contra el mencionado, por el delito de Apropiación Ilícita, en agravio de Fátima Verona. DANTE QUIÑONES YAHIRO ESPECIALISTA DE JUZGADO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO- MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 30, 31 jul. 01 ago.
JUDICIAL
EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO DE JOSE LEONARDO ORTIZ JUEZ: FRANCESKA EMPERATRIZ PUICAN LUNA ESPECIALISTA LEGAL: DANTE RUBEN QUIÑONES YAHIRO CITA Y EMPLAZA al imputado de autos CESAR AUGUSTO RAMOS RIVERA a quien se le notifica en este acto con el tenor de la resolución número uno - fecha 09 de julio de 2018, que contiene la resolución de programación de la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día NUEVE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizará en la sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de José Leonardo Ortiz, sito en calle Virrey Toledo cuadra 10 - PPJJ Atusparias - Módulo Básico de Justicia del distrito de José Leonardo Ortiz - provincia de Chic layo: bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso provisionalmente y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 3948-2016-31- 1708-JR-PE seguida contra el mencionado, por el delito de Conducción de Automotor en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad.DANTE QUIÑONES YAHIRO ESPECIALISTA DE JUZGADO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO- MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 30, 31 jul. 01 ago. EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO DE JOSE LEONARDO ORTIZ JUEZ: FRANCESKA EMPERATRIZ PUICAN LUNA ESPECIALISTA LEGAL: DANTE RUBEN QUIÑONES YAHIRO CITA Y EMPLAZA al imputado de autos EDWIN ALI OLIVERA RISCO a quien se le notifica en este acto con el tenor de la resolución número uno - fecha 09 de julio de 2018, que contiene la resolución de programación de la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el dia NUEVE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizará en la sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de José Leonardo Ortiz, sito en calle Virrey Toledo cuadra 10 - PPJJ Atusparias Módulo Básico de Justicia del distrito de José Leonardo Ortiz - provincia de Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso provisionalmente y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 1329-2016-47- 1708-JR-PE seguida contra el mencionado, por el delito de Lesiones Leves, en agravio de Mauro Soto.DANTE QUIÑONES YAHIRO ESPECIALISTA DE JUZGADO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO- MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 30, 31 jul. 01 ago.
EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO DE JOSE LEONARDO ORTIZ JUEZ: FRANCESKA EMPERATRIZ PUICAN LUNA ESPECIALISTA LEGAL: DANTE RUBEN QUIÑONES YAHIRO CITA Y EMPLAZA al imputado de autos HILARIO GARCIA CORDOVA a quien se le notifica en este acto con el tenor de la resolución número uno - fecha 09 de julio de 2018, que contiene la resolución de programación de la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día NUEVE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizará en la sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de José Leonardo Ortiz, sito en calle Virrey Toledo cuadra 10 - PPJJ Atusparias Módulo Básico de Justicia del distrito de José Leonardo Ortiz - provincia de Chiclayo; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso provisionalmente y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 393-2016-52- 1708-JR-PE seguida contra el mencionado, por el delito de Daño Agravado, en agravio del Estado - Ministerio de Cultura. DANTE QUIÑONES YAHIRO ESPECIALISTA DE JUZGADO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO- MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 30, 31 jul. 01 ago.
EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO DE JOSE LEONARDO ORTIZ JUEZ: FRANCESKA EMPERATRIZ PUICAN LUNA ESPECIALISTA LEGAL: DANTE RUBEN QUIÑONES YAHIRO
Chiclayo, martes 31 de julio del 2018
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CITA Y EMPLAZA a los imputados de autos SEGUNDO ZARATE MONDRAGON y WAGNER ESTALI TORRES NEIRA a quienes se les notifica en este acto con el tenor de la resolución número uno - fecha 09 de julio de 2018, que contiene la resolución de programación de la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día NUEVE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO a horas UNA DE LA TARDE (hora exacta), la misma que se realizará en la sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de José Leonardo Ortiz, sito en calle Virrey Toledo cuadra 10 - PPJJ Atusparias - Módulo Básico de Justicia del distrito de José Leonardo Ortiz - provincia de Chiclayo; bajo apercibimiento de ser declarados reos contumaces, reservarse el proceso provisionalmente y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 50412016-51-1708-JR- PE seguida contra los mencionados, por el delito de Hurto Agravado, en agravio de Rossana Barrantes. DANTE QUIÑONES YAHIRO ESPECIALISTA DE JUZGADO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO- MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 30, 31 jul. 01 ago. EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO DE JOSE LEONARDO ORTIZ JUEZ: FRANCESKA EMPERATRIZ PUICAN LUNA ESPECIALISTA LEGAL: DANTE RUBEN QUIÑONES YAHIRO CITA Y EMPLAZA al imputado de autos JHONY ELVIS PAREDES BONILLA a quien se le notifica en este acto con el tenor de la resolución número uno - fecha 09 de julio de 2018, que contiene la resolución de programación de la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día NUEVE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO a horas DOCE DEL DIA (hora exacta), la misma que se realizará en la sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de José Leonardo Ortiz, sito en calle Virrey Toledo cuadra 10 - PPJJ Atusparias - Módulo Básico de Justicia del distrito de José Leonardo Ortiz provincia de Chiclayo: bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso provisionalmente y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto asi en el Exp. N° 469-2016-75- 1708-JR-PE seguida contra el mencionado, por el delito de Homicidio Culposo, en agravio de José Musayon. DANTE QUIÑONES YAHIRO ESPECIALISTA DE JUZGADO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO- MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 30, 31 jul. 01 ago.
EDICTO PENAL EXP. N° 03429-2018-0-1706-JR-PE-03 EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CHICLAYO JUEZ: DR. VICTOR ADOLFO TORRES SANCHEZ ESPECIALISTA LEGAL: Zoila Regalado Guevara. SE CITA Y EMPLAZA al Imputado CESAR AUGUSTO OROZCO PORTILLA , con la resolución número dos de fecha cuatro de junio del año dos mil dieciocho, mediante la cual se dispone: REPROGRAMESE LA AUDIENCIA UNICA DE INCOACCIÓN DE PROCESO INMEDIATO para día NUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, 09:30 AM (hora exacta); en la Sala de Audiencias N°. TRES del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de ésta sede judicial, ubicada en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 - 2do piso - Centro Cívico de Chiclayo, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, Bajo Apercibimiento de aplicarse lo establecido el artículo 144c inciso 2) del Nuevo Código Procesal Penal en caso de inasistencia injustificada por parte del señor Fiscal y en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, adicionándose que al tratarse de una audiencia inaplazable la inconcurrencia de éste último ocasionara sil exclusión de la defensa n se continuará la misma con el abogado Defensor Público asignado, y conforme a lo dispuesto en acto de audiencia NOTIF1QUESE al imputado VIA EDICTOS por TRES DIAS en el DIARIO “LA REPUBLICA”, agregándose las constancias de publicación de manera oportuna. OFICIESE al Director del Establecimiento Penitenciario de Chiclayo, a fin de que informe si el imputado Cesar Augusto Orozco Portilla, se encuentra recluido en dicho centro penitenciario. Chiclayo 04 de Junio del 2018. DR. VICTOR ADOLFO TORRES SANCHEZ JUEZ 3° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 30, 31 jul. 01 ago.
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Chiclayo, martes 31 de julio del 2018
EDICTO EXPEDIENTE: 03359-2018-1706-JR-PE-02 El SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA JUEZ: MILTON FERNANDO LLONTOP SANTISTEBAN ESPECIALISTA: ANGELA BACA MOZO Por el presente edicto, la Señora Juez del SEGUNDO Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo se NOTIFICA al agraviado LUIS GIANCARLOS PANGALIMA ARROYO con la Resolución Número TRES de fecha 27.03.2018 la que FALLA: a) APROBANDO el acuerdo arribado por las partes, respecto a la pena y reparación civil, conforme a lo detallado en el ítem IV de la presente; b) CONDENANDO a FRANKLIN JUNIOR MINCHAN LLATAS y a JOSÉ ENCARNACIÓN BALDERA DE LA CRUZ, como coautores del delito contra el Patrimonio, en su figura de Robo Agravado en grado de tentativa, en agravio de Luis Giancarlos Pangalima Arroyo, ilícito penal previsto en el artículo 188 y 189, primer párrafo, incisos 2) y 4) del Código Penal; y como tal se le impone SIETE AÑOS Y SEIS MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA, la que computada desde el veinticuatro de marzo del año en curso, en que fueron detenidos, vencerá el día veintitrés de septiembre de 2025, c) DISPONGO la ejecución inmediata de la sentencia, debiendo expedirse las comunicaciones correspondientes al Instituto Nacional Penitenciario, para el cumplimiento de la misma; d)FIJO la suma de QUINIENTOS SOLES, por concepto de reparación civil a favor del agraviado, que será cancelada en forma solidaria por los encausados, en el plazo de sesenta días; e) DECLARO que no corresponde fijar el pago de costas; f) CONSENTIDA y/o EJECUTORIADA que sea la presente, g) REGÍSTRESE a donde corresponda.— Por haberse dispuesto así en el EXP Na 033592018-1706-JR-PE-02, en los seguidos contra FRANKLIN JUNIOR MINCHAN LLATAS y a JOSÉ ENCARNACIÓN BALDERA DE LA CRUZ como coautores del delito contra el Patrimonio, en su figura de Robo Agravado en grado de tentativa, en agravio de Luis Giancarlos Pangalima Arroyo. Nota: Publíquese el presente edicto por el término de tres días según lo establecido por la norma correspondiente Chiclayo 11 de julio del 2018 MILTON FERNANDO LLONTOP SANTISTEBAN JUEZ 2° JUZGADOD E INVESTIGACION PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 26, 30, 31 juL.
EDICTO EXPEDIENTE N° 08007-2016-01706-JR-PE-05 JUZGADO: PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: EDGAR RANDU VARGAS SILVA ESPEC.DE CAUSAS: CORINA SILVA ZELADA Se NOTIFICA a: NERY ROXANA RAMÍREZ CACHIQUE, con la resolución número DOS de fecha 18.07.2018, en la cual se ha RESUELTO: 1. CITAR A JUICIO ORAL para el día VEINTINUEVE DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, la misma que se realizará en la Sala de Audiencias N° 08-Tercer Piso de la Nueva Sede del Poder Judicial ubicado en Avenida José Leonardo Ortiz 155 - Plaza Cívica -Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenarse su ubicación y captura en caso de inasistencia. 2. Por haberse dispuesto así en el EXPEDIENTE N° 07105-2013-54-1706-JR-PE-01 causa seguida contra los acusados WILFREDO JOSE HUAUYA AROTINCO y NERY ROXANA RAMIREZ CACHIQUE como presunto autor del delito Contra La Seguridad Pública, en su figura de Peligro Común modalidad de PRODUCCIO, TRAFICO ILEGAL DE ARMAS, MUNICIONES y EXPLOSIVOS, ilícito previsto en el artículo 279° del Código Penal, en agravio del ESTADO PERUANO - MINISTERIO DEL INTERIOR. EDGAR RANDÚ VARGAS SILVA JUEZ PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- NCPP.- CSJLAMB LORENA KIMBERLING SERNAQUE ESPECIALSITA DE AUDIENCIAS JUZGADO UNIPERSONAL PJ- NCPP.- CSJLAMB FP/ 26, 30, 31 juL.
EDICTO EXPEDIENTE: 00393-2017-0-1706-JR-PE-7 El SEPTIMO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA JUEZ: MARY ISABEL NUÑEZ CORTIJO ESPECIALISTA: ANGELA BACA MOZO Por el presente edicto, la Señora Juez del SEPTIMO Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo se NOTIFICA al imputado HECTOR CAMILO JIMENEZ con la Resolución Número CUATRO de fecha 10.07.2018 la que resuelve: CONFERIR TRASLADO DE REQUEIRMIENTO ACUSATORIO A LOS DEMAS SUJETOS PROCESALES POR EL PLAZO PARENTORIO DE DIEZ DIAZ HABILES a efectos de que puedan por escrito ) observar formalmente la acusación ,2) deducir excepciones y otros medios de defensa 39 solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o
CRÓNICA la actuación de prueba anticipada ,4) pedir el sobreseimiento,5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad,6) ofrecer la prueba para el juicio ,7)objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes.8)proponer los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados , obviando su actuación probatoria en juicio 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia de control de acusación: PRECISAR que la Carpeta Fiscal con todos los elementos de convicción que ese encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso para los fines que corresponda ¡asimismo SE DISPONE DESIGNAR DEFENSOR PÚBLICO para que asuma la defensa del acusado HECTOR CAMILO JIMENEZ MEDINA al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica dejando a salvo su derecho de sustituirlo por abogado de su libre elección .comunicándole en forma inmediata al juzgado; y que CITA a los sujetos procesales a la audiencia preliminar de CONTROL DE ACUSACION para el día SIETE DE SEPTIEMBRE del año en curso a horas NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta) en la sala de audiencia número ONCE del SEPTIMO Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la avenida José Leonardo Ortiz número ciento cincuenta y cinco-centro cívico-Chiclayo Por haberse dispuesto así en el EXP N9 00393-2017-0-1706-JR-PE-7, en los seguidos contra HECTOR CAMILO JIMENEZ MEDINA con DNI 45741665 por el presunto delito de ESTAFA en agravio de Segundo Edilberto Pita Díaz y maría Flor Acuña Goicochea. Chiclayo 10 de julio del 2018. MARY ISABEL NUÑEZ CORTIJO JUEZ 7° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 26, 30, 31 jul.
EDICTO EXPEDIENTE N° 04828-2018-0-1706-JR-PE-01 La Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al Imputado ELIAS BURGOS HERNANDEZ, Identificado con DNI N° 42113452, a fin de que concurra a la audiencia de Proceso Inmediato, toda vez que se le imputa que el día 10 de marzo del 2018 a horas 21:15 aproximadamente conducía el vehículo, mototaxi de placa de rodaje 8935-7M, en aparente síntomas de haber ingerido bebidas alcohólicas, audiencia que ha sido reprogramada para el día TRES DE SEPTIEMBRE del año dos mil dieciocho, a las DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), a realizarse en la Sala de audiencias número UNO, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N® 04828-2018-0-1706-JR-PE-01. proceso seguido contra el acusado precitado, por el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; lo que notifica de acuerdo a ley. Especialista Legal: Ángela Baca Mozo. MARIA CELIA PRIMO VASQUEZ JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 26, 30, 31 jul.
EDICTO PENAL: DIARIO LA REPUBLICA EXPEDIENTE: 10442-2017-30-1706-JR-PE-09 SECRETARIO: CORINA SILVA ZELADA DELITO: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD ACUSADO: JOAN JOSUE RUIDIAS CASTAÑEDA AGRAVIADO: LA SOCIEDAD Señor Gerente del Diario “La República”, por medio del presente documento, solicito a usted, publique por tres días consecutivos, el presente EDICTO PENAL, en los siguientes términos: El Señor Juez del Noveno Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial de Chiclayo y Ferreñafe, cita, llama y emplaza a don JOAN JOSUE RUIDIAS CASTAÑEDA, para su JUZGAMIENTO, en el proceso recaído en el EXPEDIENTE N°: 10442-2017-30-1706-JR-PE09, seguido en su contra por la presunta comisión del delito contra La Seguridad Pública en la figura de Peligro Común en la modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, tipificado en el artículo 274° primer párrafo del Código Penal, modificado por la Ley número 29439, en agravio del ESTADO; disponiendo su notificación con lo resuelto en la resolución número dos, de techa once de Junio del año dos mil dieciocho en los siguientes términos: 1.CONTINUAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DIA JUEVES 16 DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en esta misma sala de audiencia número 18 de los Juzgados Unipersonales, ubicada en el Tercer piso de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la Avenida José Leonardo Ortiz N° 155 Centro
JUDICIAL
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Cívico - Chiclayo. 2.QUEDA NOTIFICADAS LAS PARTES PROCESALES NOTIFICACIÓN: En este estado el señor Juez preguntó a las partes respecto a la resolución expedida: PARTES PROCESALES: CONFORME. Chiclayo, 11 de Junio de 2018. SEVERINO VARGAS CALDERON JUEZ NOVENO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 26, 30, 31 jul.
EDICTO PENAL JUZGADO: SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE JAEN JUEZ: DR. ORUNDO GERMAN PARI GONZALES CITA Y EMPUZA al acusado VICTOR DURAN TARRILLO CRUZ, identificado con DNI 44802733, para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente Judicial No 67-20180-1703, que se le Sigue por el delito de AGRESIONES EN CONTRA DE US MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de NURY FIORELU ROJAS MAZA, en el cual el señor fiscal solicita U PENA DE 01 AÑO Y 08 MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD y una reparación civil ascendiente a U SUMA DE S/ 800.00 (OCHOCIENTOS CON 00/100 SOLES), para que tenga Conocimiento de la Audiencia de Control de Acusación, que se ha programado para el día VEINTE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE U MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Prepararía de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede Jaén, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaén. DR. ORLANDO GERMAN PARI GONZALES JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE JAEN PJ- NCPP- CSJLA FP/ 26, 30, 31 jul.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 139-2018-JPU-SI. ACUSADO: ROY EDILFREDO LEON GARCIA DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR. AGRAVIADO: ANGHELO ZAID LEON BERRIOS. JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA. ESP. JUDICIAL: PEDRO ESCAJADILLO LIZA. San Ignacio, 19 de Julio del 2018. El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita y emplaza AL acusado: ROY EDILFREDO LEON GARCIA, con la RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO, donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA DE 28 DE AGOSTO DEL 2018 A HORAS 11:00 DE LA MAÑANA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av, Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado se notifique al acusado ROY EDILFREDO LEON GARCIA, en el EXP. N° 139-2018 seguido por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de ANGHELO ZAID LEO BERRIOS; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; pertenecienle a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Primera Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Oficial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° DEL Código Procesal Penal. MARLO ROBLEDO CORDOVA JUEZ DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL Y JUZGADO PENAL LIQUIDADOR- SAN IGANCIO FP/ 26, 30, 31 jul.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 286-2018-JPU-SI. ACUSADO: JUAN MANUEL NUÑEZ QUISTERIO DELITO: AGRESION EN CONTRA DE LAS MUJERES. AGRAVIADO: PAULA ROSALINDA TANTARICO DE LA CRUZ. JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA ESP. JUDICIAL: PEDRO ESCAJADILLO LIZA. San Ignacio, 18 de Julio del 2018. El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por Intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita y emplaza al acusado: VICTOR HOMERO ROMERO FERNANDEZ, con la RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA DE 22 DE AGOSTO DEL 2018 A HORAS 12.00 DEL MEDIO DIA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de
Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375,2do. Piso ide esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de InconcUrrencia, por cuanto se ha ordenado se notifique al acusado JUAN MANUEL NUÑWZ QUISTERIO, en el EXP. N° 286-2018 seguido por el delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y’ LA SALUD, en su figura de AGRESIONES CONTRA LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de PAULA ROSALINDA TANTARICO DE LA CRUZ. Se le notifica para que tenga conocimiento !a parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corle Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Oficial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el art. 128° del Código Procesal. MARLO ROBLEDO CORDOVA JUEZ DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL Y JUZGADO PENAL LIQUIDADOR- SAN IGANCIO FP/ 26, 30, 31 jul.
EDICTO EXPEIDENTE: N° 00102-2016-0-1711-JP-PE01. IMPUTADO: CINTHYA PAO LA CARNERO SERRATO AGRAVIADO: CARMELA CUEVA HUANCHO :DAÑOS JUEZ: Dr. WILLIAN MIJAHUANCA CAJUSOL SECRETARIO: Abog. Femando Campos Cobeñas Por el presente Edicto, la señora Juez del Juzgado de Paz Letrado de Olmos, NOTIFICA a la parte imputada CINTHYA PAOLA CARNERO SERRATO, con la ACTA DE UNICA POR FALTAS de fecha 19 de julio del año dos mil dieciocho. AUDIENCIA UNICA POR FALTAS Olmos, diecinueve de julio del año dos mil dieciocho. SE RESUELVE: 1.- REPROGRAMARSE LA AUDIENCIA UNICA DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL POR FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO en su modalidad de Daños, en agravio de CARMELA CUEVA HUANCHO, para el día 13 de agosto del año en curso a horas 10:00 am. 2.- DISPONER, la notificación de la parte imputada CINTHYA PAOLA CARNERO SERRATO, mediante-EDICTOS, en el Diario Oficial “LA REPÚBLICA”; con el apercibimiento de en caso de su inconcurrencia, prescindir de su declaración, conforme lo dispone la RESOLUCION ADMINISTRATIVA NUMERO TRESCIENTOS DIEZ GUIÓN DOS MIL CATORCE GUIÓN CE GUIÓN PJ. 3.DISPONER la CONDUCCCIÓN COMPULSIVA por la FUERZA PÚBLICA de la Imputada CINTHYA PAOLA CARNERO SERRATO, Identificada con DNI N° 71056456; para lo cual cúrsese el OFICIO CORRESPONDIENTE a la COMISARIA DEL SECTOR y al ORGANO COMPETENTE para hacer efectivo el presente mandato judicial, debiendo informar a éste órgano jurisdiccional, bajo responsabilidad funcional las actuaciones que ameriten. Abog. Femando Campos Cobeñas SECRETARIO JUDICIAL Juzgado de Paz Letrado - Olmos PODER JUDICIAL CSJL FP/ 26, 30, 31 jul.
EDICTO PENAL Inst. No 4513-2018-0 -1706-JR-PE-20- EMM.ESPECIALISTA LEGAL: Dra .ELVIA MANAYALLE MANAY. MOTIVO: NOTIFICACIÓN EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. CITA, LLAMA Y EMPLAZA a : VICTOR HUGO MONTEZA CASTILLO, con domicilio en el P.J. 4 DE NOVIEMBRE MZA E LOTE 1 - CHICLAYO. REOLUCIÓNNUMERO: UNO Seis de Abril del dos mil dieciocho. CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por el Señor Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dr. Mario Antonio López Navarro, contra el imputado VÍCTOR HUGO MONTEZA CASTILLO, por el delito contra la Seguridad Pública, en su modalidad de Peligro Común - CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio del ESTADO - Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta), en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado: bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076 y Decreto Legislativo N° 1307, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2.OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Lambayeque con sede en Chiclayo. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado VICTOR HUGO MONTEZA CASTILLO por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si es que se hubiere otorgado. José Leonardo Ortiz. 15 de Mayo 2018. ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAY ESPECIALISTA DE CAUSA JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 26, 30, 31 jul.
EDICTO EXP.N°. 11565-2017-0 JULIO BENAVENTE DELGADO EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ A CARGO DEL DR. DIAZ TARRILLO NOTIFICA AL IMPUTADO GLADYS YESSENIA NUÑEZ ROCA Y SAMUEL GREGORIO QUISPE UÑAN, EXP. N°. 115652017 JBD. POR EL DELITO LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR EN AGRAVIO GLADYS YESSENIA NUÑEZ ROCA Y SAMUEL GREGORIO QUISPE LIÑAN, SE LE NOTIFICA A LA: AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA SEIS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LA UNA DE LA TARDE ( HORA EXACTA ) EN EL LOCAL DEL JUZGADO CITO ENCALLE VIRREY TOLEDO CUADRA DIEZ S/N. . REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ DRA. JUANA EDITH VASQUZ SERRANO, FISCAL PROVINCIAL DE LA SEGUNDA FISCALIA PENAL COOPORATIVA DE J.L.O.DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 336 DEL C.P.P , FORMULO PROCESO INMEDIATO CONTRA GLADYS YESSENIA NUÑEZ ROCA Y SAMUEL GREGORIO QUISPE LIÑAN , POR LA PRESUNTA COMISION DEL DELITO CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD EN LA MODALIDAD DE AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DE FAMILIA - , EN AGRAVIO DE GLADYS YESSENIA NUÑEZ ROCA Y SAMUEL GREGORIO QUISPE LIÑAN., con fecha 28-042017 a las 17.30 HORAS en circunstancias que se encontraba la persona de GLADYS YESSENIA NUÑEZ ROCA en compañía de sus dos menores hijos en el domicilio de su ex conviviente el imputado , encontrándose en el interior de dicho domicilio comenzaron a discutir, el imputado le reclamaba por celos agrediéndola físicamente afectando el imputado que la agraviada se presento asu domicilio con sus menores hijo reclamándole por su inasistencia a su cita de alimentos que el no había asistido percatándose que la misma presentaba aliento alcohol, recibiendo una llamada la agraviada se encontraba laborando llego el imputado en evidente estado de ebriedad y como se desempeña como chofer ella le dijo que en ese estado no podía conducir y que mejor descanse el la ataco mentártele la madre que es una mierda y que si sigue así al envía al hospital y con palabras soeces generando en la agraviada la presencia de indicadores de afectación emocional que interfieren parcialmente en el desenvolvimiento laboral y cotidianos con esposos con hijo de por medio, motivando que el imputado siguiera proceso por violencia familiar que resolvió dictando medidas de protección a la agraviada PREVISTO EN EL ART. 122 - B EL CAUSE LESIONES COOPORALES, SERA REPRIMIDO CON PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD NO MENOR DE UNO NI MAYOR DE TRES E INHABILITACION a Ud. Señor Juez sírvase darle el trámite al presente requerimiento de acuerdo a LEY. José L. Ortiz, 13 de julio de 2018. REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ- JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 25, 26, 30 jul.
EDICTO PENAL Inst. No 4514-2018-0 -1706-JR-PE-20- EMM.ESPECIALISTA LEGAL: Dra .ELVIA MANAYALLE MANAY. MOTIVO: NOTIFICACIÓN-. EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA
CRÓNICA
DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. CITA, LLAMA Y EMPLAZA a : JUAN ADOLFO MEREJILDO TOCTO, con domicilio en la CALLE MESONES MURO N° 142 - JLO. REOLUCIÓN NUMERO : UNO Seis de Abril del dos mil dieciocho. CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por el Señor Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dr. Mario Antonio López Navarro, contra el imputado JUAN ADOLFO MEREJILDO TOCTO, por el delito contra la Seguridad Pública, en su modalidad de Peligro Común - CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio del ESTADO - Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DE LA MANANA (hora exacta), en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado: bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076 y Decreto Legislativo N° 1307, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2. OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Lambayeque con sede en Chiclayo. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado JUAN ADOLFO MEREJILDO TOCTO por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico. José Leonardo Ortiz. 15 de Mayo 2018. ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAY ESPECIALISTA DE CAUSA JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 26, 30, 31 jul.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE : 03769-2018-0-1706-JR-PE-02 JUZGADO : 2o JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ-CHICLAYO ESPECIALISTA: CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA IMPUTADO : ACUÑA BUSTAMANTE HERMITAÑO DELITO : CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD AGRAVIADO : LA SOCIEDAD. SE NOTIFICA A: ACUÑA BUSTAMANTE HERMITAÑO, CON DOMICILIO EN CALLE LOS SAUZALES N? 603 IV SECTOR VILLA HERMOSA JOSE LEONARDO ORTIZ. REQUERIMIENTO FISCAL.- Que, de los actuados que conforman la carpeta fiscal se tiene que el día 20 de Enero del año en curso, siendo las 23:05 horas, personal policial encontrándose de patrullaje móvil a bordo de la Unidad Vehicular con placa de rodaje PL- 20196, en circunstancias en que se desplazaban a la altura de la intersección de las Avenidas Chiclayo y San Martín de este distrito, se observó la presencia de un vehículo menor, moto furgoneta, color rojo, con placa de rodaje B4-5002m marca Zonsheng, cuyo conductor se desplazaba por la Avenida Chiclayo, en sentido de Oeste a Este a excesiva velocidad realizando maniobras temerarias, motivo por el cual se procedió a intervenirlo y cuyo conductor, al notar la presencia policial optó por darse a la fuga por la Avenida Chiclayo y cerrando en todo momento el paso del vehículo policial, quien en todo momento le realizaba las señales audibles y visibles para que se detenga, llegando a la intersección de la Avenida Chiclayo y 27 de Julio, ingresando al CPM Villa Hermosa por la Calle Los Eucaliptos Cuadra tres, deteniéndose a la altura del domicilio ubicado en la Calle Los Eucaliptos N° 350 del CPM Villa Hermosa en donde el conductor presentaba, al parecer visibles síntomas de haber ingerido bebidas alcohólicas, y que al proceder a identificarlo, éste sacó la llave de contacto del vehículo y lo tiró al techo, mientras que el personal policial al proceder a intervenirlo, colocándole los grilletes de seguridad, y haciéndole conocer el motivo de su detención, éste en todo momento puso resistencia a la intervención, comenzando a agredir al personal policial interviniente y que al ver ésta actitud del intervenido en contra de dichos efectivos policiales, los dos ocupantes que venían en la parte superior (tolva) se lazaron en contra del efectivo policial insultándolo y agrediéndolo con golpes de puntapiés tumbando al suelo al personal policial, siendo que al notar la agresión el Sub Oficial de la PNP, quien se encontraba como conductor del vehículo policial bajó para apoyar en la intervención, quien también fue agredido con golpes de puntapiés y puños en el cuerpo, al mismo tiempo le quitaban
JUDICIAL la vara de goma, golpeando al efectivo policial para que no intervenga al conductor del vehículo intervenido, al mismo tiempo que lanzaba golpes con ésta última agrediendo al personal policial, momentos en que salió una persona de sexo femenino de aproximadamente cincuenta años de edad, quien también trataba de impedir la intervención, intentando rescatar al conductor de las manos del personal policial, recibiendo golpes con la vara de goma que lanzaban uno de los sujetos, quien estaba vestido con polo verde, estatura baja de unos 50 a 60 años aproximadamente. Posteriormente se hicieron presentes hasta el lugar, personal policial de apoyo, logrando intervenir a los tres sujetos, los mismos que fueron reducidos y conducidos a la Comisaría PNP de Atusparia, para realizar los documentos respetivos ya que en el lugar no existían las condiciones necesarias ni garantías para la elaboración de los mismos. Luego de ello, los intervenidos fueron identificados como conductor del vehículo, la persona de HERMITAÑO ACUÑA BUSTAMANTE y los acompañantes WILDER VÁSQUEZ RAMOS YSEGUNDO DANIEL QUINTANA HUAMÁN. RESOLUCION NÚMERO: UNO.- Citar audiencia de control de Incoación del Proceso Inmediato para el día 08-08-2018 hora 10:00 pm sala de audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación preparatoria de José Leonardo Ortiz. José Leonardo Ortiz, 17 de Abril del 2018. CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ- JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 26, 30, 31 juL. EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 03533-2018-0-1706-JR-PE-02 JUZGADO: 2o JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ-CHICLAYO ESPECIALISTA: CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA IMPUTADO: CAVERO MONTEJO JOSE MIJAIL DELITO: CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD AGRAVIADO : LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A: CAVERO MONTEJO JOSE MIJAIL, CON DOMICILIO EN CALLE ARENALES N9 535 DIEGO FERRE CHICLAYO y AV. VENEZUELA N9 929 MONSEFU REQUERIMIENTO FISCAL.- Que, conforme al Acta de Intervención Policial se tiene que el día 11 de Febrero de 2018, a las 11.07 horas aproximadamente, en circunstancias que personal policial realizaba patrullaje por la Av. Agricultura a la altura del grifo Boxes del distrito de José Leonardo Ortiz, se intervino al vehículo mayor, marca Kia, modelo Pícanto, color Beige con placa de rodaje M3Z-648, conducida por JOSE MIJAIL CAVERO MONTEJO, quien al parecer se encontraba con síntomas de ebriedad, según el certificado de Dosaje Etílico n9 0023-0007114 dando 1.23 g/ls RESOLUCION NÚMERO: UNO.- Citar audiencia de control de Incoación del Proceso Inmediato para el día 08-08-2018 hora 10:30 pm sala de audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación preparatoria de José Leonardo Ortiz. José Leonardo Ortiz, 17 de Abril del 2018. CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ- JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 26, 30, 31 juL.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE : 03031-2018-0-1706-JR-PE-02 JUZGADO : 2o JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ-CHICLAYO ESPECIALISTA: CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA IMPUTADO : TORRES CHERO KEVIN DAVID DELITO : CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD AGRAVIADO : LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A: TORRES CHERO KEVIN DAVID, CON DOMICILIO EN CALLE DORADO N813 JOSE LEONARDO ORTIZ Y CALLE FRANCISCO PIZARRO MZ D LT 03 II SECTOR URB, SANTO TORIBIO DE MOROVEJO CHICLAYO. REQUERIMIENTO FISCAL.- Según el acta de intervención Policial se conoce que le día 20 de Febrero del 2018, personal policial intervino en la intersección de la Av. México y Calle Carlos Castañeda, al vehículo menor- Mototaxi, marca Wanxin, color negro, con placa de rodaje 5166-HM, conducido por Kevin David Torres Chero; el denunciado quien presentaba visibles síntomas de haber ingerido alcohol. Conforme al Certificado de Dosaje Etílico N2 00230006951 se obtuvo RESULTADO POSITIVO, determinándose que presentaba 1.39 g/l de Alcohol Etílico, es decir que estuvo conduciendo un vehículo en Estado de Ebriedad con grado superior al prohibido. RESOLUCION NÚMERO: UNO.- Citar audiencia de control de Incoación del Proceso Inmediato para el día 08-08-2018 hora 11:00 pm sala de audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación preparatoria de José Leonardo Ortiz. José Leonardo Ortiz, 18 de Abril del 2018 CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ- JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 26, 30, 31 juL.
Chiclayo, martes 31 de julio del 2018
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EDICTO PF.NAL EXPEDIENTE: 03034-2018-0-1706-JR-PE-02 JUZGADO: 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ-CHICLAYO ESPECIALISTA: CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA IMPUTADO: TERAN CULQUICONDOR JAIRO SANTIAGO DELITO: CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD AGRAVIADO: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A: TERAN CULQUICONDOR JAIRO SANTIAGO, CON DOMICILIO EN CALLE CARLOS MARIATEGUI N° 105 PPJJ SANTA ROSA CHICLAYO REQUERIMIENTO FISCAL.- Según el acta de intervención Policial se conoce que le dia 18 de Febrero del 2018, personal policial intervino en la intersección de la Av. Dorado y Bolivar de este distrito, al vehículo menor- Lineal, marca Wanxin, color negro, con placa de rodaje 6489-HM, conducido por Jairo Santiago Teran Culquicondor; el denunciado quien presentaba visibles síntomas de haber ingerido alcohol. Conforme al Certificado de Dosaje Etilico N9 0023-0007322 se obtuvo RESULTADO POSITIVO, determinándose que presentaba 0.82 g/l de Alcohol Etílico, es decir que estuvo conduciendo un vehículo en Estado de Ebriedad con grado superior al prohibido. RESOLUCION NÚMERO: UNO.- Citar audiencia de control de Incoación del Proceso Inmediato para el día 08-08-2018 hora 12:00 pm sala de audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación preparatoria de José Leonardo Ortiz. José Leonardo Ortiz, 18 de Abril del 2018 CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ- JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 26, 30, 31 juL.
EDICTO PENAL LA SEÑORA JUEZ DEL. CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL DE CHICLAYO, DRA. NIVIA CORREA JIBAGA Por la presenta se cita, lama emplaza y NOTIFICA al acusado SMITH GONATHAN TRUJILLO IDELFONSO. RESOLUCION CUATRO: CONFIERE TRASLADO del requerimiento de acusación a los sujetos procesales por el plazo de diez días hábiles a fin de que absuelvan el mismo. SE CITA a los sujetos procesales para que concurran a la audiencia preliminar de Control de Acusación, programarse para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO, A HORAS ONCE DE L.A MAÑANA (hora exacta), en la Sala de Audiencia Nro. CUATRO del Ciarte Juzgada de Investigación Preparatoria de Chiclayo- Sede central 2do piso. Por haberse ordenado en el Expec ente Nro. 8081-2017-0-1706-4°JIP/NCPP seguida contra el antes referido, por el delito de estafa genérica en agravio de Max James león Coronel. Especialista legal: Segundo Adrianzen Cieza. Chiclayo, 26 de junio del 2018. CECILIA GRANDEZ ROJAS JUEZ 4° JZUGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 26, 30, 31 juL.
EDICTO PENAL 8o JUZG. INVESTIGACION PREPARATORIA EXPEIDENTE: 5579-2016-73-1706-JR-PE-08 JUEZ: CARLOS CHAÑAME CHUMAN ESPECIALISTA: SEGUNDO ADRIANZEN CIEZA IMPUTADO: ERMES MOROCHO RAMOS DELITO: ACTOSCONTRA EL PUDOR DE MENOR AGRAVIADO: K.E.Y.S. ESP. DE AUDIENCIAS: A. ANDREY ADRIANZEN CALUA Por el presente Edicto, El Juez del Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado ERMES MOROCHO RAMOS, como presunto autor del delito ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENOR DE 14 AÑOS, en agravio de K.E.Y.S y M. B. Y. S, en audiencia del día OCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DE LA MAÑANA, diligencia que se realizará en la Sala de Audiencias número DIECINUEVE del Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo - PRIMER Piso, sito en la calle José Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo. CARLOS CHAÑAME CHUMAN JUEZ 8o JUZG. INVESTIGACION PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 26, 30, 31 juL.
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Chiclayo, martes 31 de julio del 2018
CRÓNICA
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV
?
Someterse a un proceso de terminación anticipada implica necesariamente que se disminuya la pena?
El sometimiento del imputado a la conclusión anticipada del GHEDWH RUDO QR HV VX¿FLHQWH para que se le disminuya la pena, si en su conducta delicWLYDFRQÀX\HQXQFRQFXUVRUHDO de delitos y una pluralidad de circunstancias agravantes. Así lo ha establecido la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema al resolver el Recurso
de Nulidad N° 84-2015-Ayacucho. Esta decisión se originó debido al recurso interpuesto por el imputado, quien solicitó la reducción de su pena privativa de libertad por los delitos de violación sexual, secuestro y robo agravado, al haberse acogido al proceso de terminación anticipada.
La Corte Suprema, no obstante, estableció que, luego de realizar la sumatoria correspondiente ante la concurrencia real de delitos, se debe proceder a veUL¿FDUODFRQFXUUHQFLDGHODVFLUcunstancias, entendidas como factores objetivos y subjetivos TXHLQÀX\HQHQODPHGLFLyQGHO delito, haciéndolo más o menos grave. Así, aseveró que "si en
una causa penal se encuentran presentes varias circunstancias agravantes y/o atenuantes, el juez no puede dejar de apreciar o valorar la presencia de cada circunstancia concurrente SDUD ORJUDU FRQ¿JXUDU OD SHQD concreta; siendo que, a mayor número de circunstancias agravantes, la pena básica es también mayor y viceversa". Igualmente, la sala señaló que cuando se valora el concurso real de delitos, no solo se deben valorar los efectos atenuantes, sobre todo en los casos de confesión sincera o responsabilidad restringida, pues la apliFDFLyQ GH GLFKRV EHQH¿FLRV D favor del agente es facultativa y no obligatoria. "El juez no puede valorarlas a su libre albedrío, sino que se debe tener en cuenta otros hechos en relación con las circunstancias en las que cometió el ilícito", anotó.
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV
CRÓNICA
JUDICIAL
Chiclayo, martes 31 de julio del 2018
15
¿Es determinante la inclusión del agraviado en la disposición de formalización, como requisito para solicitar su constitución en actor civil? En el artículo 101.° del Código Procesal Penal, el pedido para solicitar la constitución en actor civil deberá efectuarse hasta antes de la culminación de la Investigación Preparatoria, es decir, que si el pedido se efectúa una vez concluida, esta no podrá ser amparada. Sin embargo, dicho dispositivo no menciona desde cuándo se puede plantear su pretensión, pudiendo tal vez realizarse desde las diligencias preliminares o desde la Formalización de la Investigación Preparatoria. Asimismo, mediante acuerdo plenario 5-2011/JC-116, han descartado la posibilidad de solicitar la constitución en actor civil durante las diligencias preliminares, por cuanto el Ministerio Público aún no ha formalizado la inculpación de manera formal, es decir, no ha promovido la acción penal ante el órgano jurisdiccional y no podría acumularse a ella una pretensión resarcitoria en ausencia de un objeto penal formalmente con¿JXUDGR 4XHGDQGR WRWDOPHQWH determinado, que el objeto civil se podrá plantear luego que se KD\DQRWL¿FDGROD)RUPDOL]DFLyQ de la Investigación Preparatoria. Por otro lado, para que el agraviado solicite su constitución en actor civil, previamente deberá ser considerado como tal, sin HPEDUJR TXLHQ GH¿QH OD FRQdición de agraviado, la Ley o el Ministerio Público?. ¿Existe un requisito de procedibilidad?.Los requisitos de procedibilidad son las condiciones legales que deben cumplirse para iniciar una investigacióno ejercitar la acción penal. Por lo tanto, ¿Es permisi-
ble la inclusión del agraviado en la disposición de Formalización de Investigación Preparatoria para solicitar su inclusión como actor civil, constituyendo un requisito de procedibilidad?. El artículo 98.° del Código Procesal Penal, establece que “La acción reparatoria en el proceso penal sólo podrá ser ejercitada por quien resulte perjudicado por el delito, es decir, por quien según la Ley civil esté legitimado para reclamar la reparación y, en su caso, los daños y perjuicios producidos por el delito”. Dicho dispositivo no hace referencia a un requisito de procedibilidad, sino a los requisitos de la acción, esto es de Interés y Legitimidad para Obrar, los mismos que están inmersos en el artículo 98.°: “Por quien resulte perjudicado por el delito y por quien según la Ley civil esté legitimado para reclamar”. Es la /H\TXLHQGH¿QHODFRQGLFLyQGH agraviado y NO el representante del Ministerio Público, quien en todos los casos ha tomado una posición de condicionante para GH¿QLU TXLpQ VHUtD HO DJUDYLDGR en el proceso penal.
ceso, debe ser realizado por el Ministerio Público, dejando de lado los requisitos que la Ley le FRQ¿HUH\GiQGROHODSRWHVWDGDO Ministerio Público de exigir requisitos procesales conforme a sus investigaciones. Se debe tener en cuenta que el fundamento de la acumulación de la acción civil a la penal derivada del delito, es la economía procesal, toda vez que dicho sistema permite discutir y decidir en un solo proceso, tanto la pretensión penal, como la pretensión civil resarcitoria que pudiera surgir como consecuencia de los daños cometidos por la acción delictuosa; dejando en evidencia, que el derecho de acción no se hace vigente de acuerdo a la vía procedimental, sino a la concurrencia de las condiciones de su ejercicio. Asimismo, se podría ahondar, que los hechos invocados por el agraviado como fuente generadora del delitono son los mismos SURSXHVWRVSRUHO¿VFDOVLELHQ comparten el mismo hecho,sus pretensiones son diferentes , evitando así que la incorporación al proceso del agraviado sea una simple subsunción a la WHRUtDGHOFDVR¿VFDO ¢4XLpQGHÀQHODFRQ- (O¿VFDO12SXHGHOLPLWDUHOGHdición de una agra- recho a la tutela procesal efectiva viado?: Las diferentes resolu- de quien se considere agraviado, ciones emitidas por los juzgados por el contrario, el solicitante dede investigación preparatoria berá acudir directamente al juez e inclusive por las Salas Supe- de Investigación Preparatoria y riores, vía apelación, resuelven en audiencia debatir su derecho, la improcedencia del solicitante superando así la exigencia de un para constituirse en actor civil, REQUISITO DE PROCEDIBIexigiendo como requisito su in- LIDAD NO LEGITIMADO POR FOXVLyQSRUSDUWHGHO¿VFDOHQOD LEY. disposición de formalización. Al parecer, la lógica de los juz- RECOMENDACIONES: gados y salas, es haber interpre- 1. Cuando no se comprende al tado que las condiciones para la agraviado en la formalización, admisión del agraviado al pro- este debe recurrir al juez de In-
-RUJH-DYLHU3LVÀO0RQWDOYiQ Especialista de causas del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria
YHVWLJDFLyQ 3UHSDUDWRULD MXVWL¿cando su derecho y pretensión a ¿QTXHVHDDFHSWDGRHQHOSURceso penal; 2.No es necesario que el agraviado tenga la misma WHRUtDIiFWLFDTXHHO¿VFDOEDVta que provenga de un mismo hecho, ya que las pretensiones son distintas, 3. Para la incorporación del agraviado al proceso, QR LQ¿HUH FRPR XQ UHTXLVLWR GH procedibilidad previo a la dispoVLFLyQ¿VFDOVLQRTXHHPHUJHVX incorporación con los requisitos de la acción, los mismos que están inmersos en el artículo 98.° del Código Procesal Penal. 4. El juez de Investigación Preparatoria deberá admitir la solicitud del agraviado aplicando la ley procesal, SOLO Y ÚNICAMENTE DURANTE LA FORMALIZACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA y antes de la culminación de la Investigación Preparatoria. 5. La audiencia de inclusión de agraviado al proceso será programada dentro del WHUFHU GH QRWL¿FDGD OD VROLFLWXG al representante del Ministerio Público. 6. La audiencia pública será para la inclusión del agraviado al proceso, quedando para una etapa posterior (si fuera el caso) su incorporación como actor civil. .
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Chiclayo, martes 31 de julio del 2018
CRÓNICA
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV
Del 1 al 3 de agosto de este año
Congreso sobre Justicia de Paz será en la Corte Superior de Lambayeque Como reconocimiento al buen trabajo de ODAJUP &RQOD¿QDOLGDGGHLQWHUFDPbiar conocimientos y experiencias, así como evaluar ODV PRGL¿FDFLRQHV DO PDUFR legal del sistema de justicia, un total de 180 operadores de justicia, entre jueces de paz, FRRUGLQDGRUHVGHODV2¿FLQDV Distritales de Apoyo a la Justicia de Paz (ODAJUP), provenientes de las Cortes Superiores de Justicia del país participarán del II Congreso sobre Justicia de Paz a realizarse en Chiclayo del 1 al 3 de agosto del 2018. El congreso es organizado por el Órgano DesconcentraGRGHOD2¿FLQD1DFLRQDOGH la Justicia de Paz y Justicia Indígena (ONAJUP) del Poder Judicial en el marco del
Proyecto “Modernización de la Gestión del Poder Judicial” que se ejecuta en forma conjunta con el PNUD. Esta versión del congreso ha tomado la denominación de “Jorge Solis Espinoza” en honor a quien en vida fue el magistrado de la Corte Suprema de Justicia de la República promotor de la justicia de paz en nuestro país y Presidente de la Sub Comisión de Trabajo encargada de la formulación del proyecto de Ley de Justicia de paz (hoy Ley 29824), así como consejero responsable de la Justicia de paz en el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en el periodo 2010-2011. Como conclusión de los ple-
narios que se desarrollarán durante el II Congreso sobre Justicia de Paz se espera suscribir un importante documento que se convertirá en la agenda de trabajo en las diferentes cortes superiores del país. CHICLAYO SEDE La ciudad de Chiclayo ha sido elegida como sede para estos tres días de trabajo, en reconocimiento al excelente WUDEDMRTXHUHDOL]DOD2¿FLQD Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de la Corte Superior
de Justicia de Lambayeque, en materia de justicia de paz. /D2¿FLQD'LVWULWDOGH$SR\RD la Justicia de Paz (ODAJUP), es el Órgano DesconcentraGRGHOD2¿FLQD1DFLRQDOGH la Justicia de Paz y Justicia Indígena (ONAJUP). Funcionalmente, se encuentra adscrita a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. ODAJUP se encarga de conGXFLU FRRUGLQDU SODQL¿FDU gestionar, ejecutar y evaluar las actividades para su fortalecimiento y consolidación de la justicia de paz dentro de este distrito judicial.