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RÓNICA

Chiclayo, viernes 19 de agosto del 2016

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Doctor Ticona pide aprobar recursos para crear nuevos juzgados de familia Manifestó que se requieren más de 50 órganos jurisdiccionales en el ámbito nacional El presidente del Poder Judicial, doctor Víctor Ticona Postigo, demandó al Poder Ejecutivo aprobar los recursos necesarios para implementar más de 50 órganos jurisdiccionales de Familia en el ámbito nacional, que permitan atender, con mayor celeridad y HÀFDFLDORVFDVRVGHYLROHQFLD contra la mujer. Al inaugurar el IX Congreso Nacional de Jueces en la ciudad de Chiclayo, manifestó que al anterior gobierno le solicitó una demanda adicional

de 82 millones de soles para la creación de 100 Juzgados de Familia, pero que sólo se le asignó 13 millones, con los que, desde el 1 de agosto, puso en funcionamiento 24 de estos órganos jurisdiccionales. Remarcó que teniendo en consideración que los casos de violencia familiar constituyen más del 50 por ciento de la carga procesal de casos de familia, urge la inmediata creación de más juzgados que atiendan esta problemática que afecta a este importante sector de po-

blación vulnerable. Posteriormente, en declaraciones a la prensa, indicó que la Corte Suprema de Justicia implementó una Política de Justicia con Perspectiva de Género y, en concordancia con ello, se dispuso la creación de la Comisión de Justicia de Género, el Plan Nacional de Capacitación de Jueces sobre esta materia y se convocó a un pleno jurisdiccional. Cabe indicar que en los últimos 18 meses, solo en Lambayeque, se han dictado

ocho cadenas perpetuas por violación sexual, seis condenas por feminicidio, 82 condenas por violencia familiar y 160 condenas por delitos contra la libertad sexual, lo que acrediWDODDFFLyQÀUPHGHODMXVWLFLD frente a estas situaciones. Durante su exposición ante la cumbre, que reúne a cerca de 200 jueces de todo el país, el doctor Ticona Postigo también dijo que los juzgados GH ÁDJUDQFLD KDQ SURFHVDGR entre diciembre de 2015 a la fecha, 37 444 personas, lo que constituye una respuesta contundente del Poder Judicial frente a la delincuencia común. Al ser consultado por la prensa sobre la reciente sentencia suprema que absuelve al expresidente Alberto Fujimori y por el caso Facundo Chinguel, señaló que como presidente del Poder Judicial no le corresponde hacer la defensa de fallos judiciales, pero sí de la autonomía institucional y la independencia de los jueces. La autoridad judicial inauguró el citado congreso de jueces que continuará hoy con la participación de la ministra de Justicia, Marisol Pérez Tello, el titular del Consejo Nacional de la Magistratura, Guido Aguila Grados, la jefa GHOD2ÀFLQDGH&RQWUROGHOD Magistratura, Ana María Aranda Rodríguez, entre otros distinguidos ponentes. La actividad académica contó con la asistencia del pleno del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de jueces de la Corte Suprema de Justicia, de la presidenta de la Corte Superior de Lambayeque, magíster Ana Salés del Castillo, así como autoridades políticas y judiciales de esta ciudad.

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CRÓNICA

Chiclayo, Viernes 19 de Agosto del 2016

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE MG. ANA ELIZABETH SALES DEL CASTILLO - PRESIDENTA PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

Chiclayo, Viernes 19 de Agosto del 2016

1. REMATE JUDICIAL

REMATES BIENES INMUEBLES

Telf: 481030 - 239182

REMATE PÚBLICO JUDICIAL EN TERCERA CONVOCATORIA Expediente N° 365-2015 en los seguidos sobre EJECUCION DE GARANTIAS por BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ con UBER PEREZ ROJAS y LUZ ARACELY SANCHEZ SALAZAR, el Sr. Juez que despacha el Juzgado Civil Transitorio de Jaén, Dr. Jacinto Hernández Mendoza y Secretario Judicial: Susan Dey Bazan Ramos, con Intervención del Martillero Publico de Registro 233, han ordenado sacar a Remate Público en TERCERA CONVOCATORIA: El inmueble ubicado en Av. “A”, Sector Montegrande, Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca, cuyos linderos, medidas perimétricas y dominio corren inscritos en la partida electrónica N° 11034149, del Registro de Predios de la Oficina Registral de Jaén- Zona Registral II, Sede Chiclayo - SUNARP.CON UN VALOR DE TASACIÓN: En la suma de US$ 117,191.60 (Ciento diecisiete mil, ciento noventa y uno y 60/100 Dólares americanos) y una BASE DE REMATE, deducida conforme a Ley de: US$ 56,447.29 (cincuenta / seis mil, cuatrocientos cuarenta y siete y 29/100 Dólares americanos).AFECTACIONES: 1) HIPOTECA.Constituida por Doña Luz Aracely Sánchez Salazar, en condición de Garante Hipotecaria y Fiadora Solidaria del Deudor Hipotecario: Uber Pereza Rojas, a plazo indeterminado sobre el Inmueble inscrito en la presente Partida a favor del Banco de Crédito del Perú, hasta por US$ 99.347.00 (Asiento D00005 de la Partida N° 11034149).2) HIPOTECA.- Constituida por Doña Luz Aracely Sánchez Salazar, en condición de Deudora Hipotecario, sobre el Inmueble inscrito a su nombre en la presente Partida a favor de Scotiabank Perú SAA., hasta por S/. 422,002.08 (Asiento D00006 de la Partida N° 11034149) y 3) EMBARGO.- En forma de Inscripción, hasta por S/. 37,168.13, por orden del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Jaén, en los seguidos sobre Medida Cautelar Fuera de Proceso, Expediente N° 00241-2015-051703-JP-CI-02 (Asiento D00007 de la Partida N° 11034149).DIA Y HORA DEL REMATE: El 1 de Setiembre del año 2016, a las 10.30 de la Mañana. LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates, sito en Av. Mariscal Castilla N° 490, Segundo piso (Oficina de Administración), del Distrito y Provincia de Jaén; Departamento de Cajamarca.POSTORES: Oblarán en efectivo o en Cheque de Gerencia NEGOCIABLE a nombre del postor el 10% del valor de la Tasación y presentaran Arancel Judicial respectivo (Indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI/ RUC), el mismo que previo al inicio del Remate deberá ser VALIDADO (SELLADO) por el Área de Administración.- De ser el caso, el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio de adjudicación dentro del plazo de 3 días, de conformidad con lo señalado por el Artículo 739° del Código Procesal Civil, con la adverten-

cia de quedar sujeto a lo previsto en el Artículo 741° del acotado código.ADJUDICATARIO: Los honorarios del Martillero Publico serán por cuenta del Adjudicatario, según Arancel más 18% de I.G.V. (Art. 732 del C.P.C.) JORGE RAÚL MANTILLA SANEZ MARTILIERO PÚBLICO REG. N° 233 SUSAN DEY BAZAN RAMOS SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO CIVIL TRANSITORIO DE JAEN PODER JUDICIAL – CSJLA P/ F/ S/. 36.00 19, 22, 23 Agosto PRIMER REMATE JUDICIAL Exp. 02668-2014-0-1703-JR-CI-02, en los seguidos por BANCO DE CRÉDITO DEL PERU contra HOTELERA Y SERVICIOS JP SRL, PERPETUA CARRASCO DELGADO y WILLAM JHONNY TORRES GONZALES; Sobre Ejecución de Garantías; el Segundo Juzgado Civil de Jaén que despacha el Sr. Juez Dr. DAMIAN SANDOVAL RUDECINDO JOSE y Especialista Legal Dra. OLIVA DIAZ LEIDI YANINA; ha dispuesto el REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA EL INMUEBLE: Mz. C, Lote 14 (actualmente frente al Pasaje 1 S/N), de la Habilitación Urbana Zagor, Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca, inscrito en la Partida Electrónica N° 11014150 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Jaén. AFECTACIONES: Asiento D00004 HIPOTECA: Materia de la Presente Ejecución, hasta por el Monto de US$. 381,371.00 (Trescientos ochenta y un mil trescientos setenta y uno con 00/100 Dólares Americanos). Según Escritura Pública N° 341 del 01/04/2013, otorgada ante Notario Público de Jaén, Dr. Alejandro Paul Rodríguez Cruzado. Asiento D00005 EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN: Resolución N° 02 del 29/08/2014, 1er Juzgado de Paz Letrado de Jaén, Expediente N° 201-2014, demandante Crediscotia Financiera SA, demandados: Perpetua Carrasco Delgado y Willan Jhony Torres Gonzales, hasta por la suma de S/. 15,000.00 (Quince mil y 00/100 Nuevos Soles). Partes Judiciales Oficio N° 201-2014-1°JPU-YSAG del 13/10/2014. TASACIÓN: Según Resolución N° 05, TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 85/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 374,635.85). PRECIO BASE DEL REMATE: Según Resolución N° 05; en la suma de DOSCIENTOS CUARENTINUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTISIETE CON 23/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 249,757.23), que constituye las dos terceras partes de la tasación. FECHA Y HORA DE REMATE: El Día lunes Cinco (05) de Setiembre Del 2016, A Horas 9:30 A.M. LUGAR DEL REMATE: Calle Mariscal Castilla N° 490 - 2do Piso – Jaén. POSTORES: presentarán en efectivo o en Cheque de Gerencia negociable girado a su nombre, suma no menor al 10% del monto del valor de la tasación. Asimismo presentaran D.N.I. y copia del mismo, Arancel Judicial por Derecho Participar en Remate de Bien Inmueble a la orden del Juzgado (original y copia), el mismo que según Of. Circular N° 050-2012-GAD-CSJLA

PJ deberá de ser previamente “Validado” en el área de recaudación Judicial (sello: Validado Por Participación De Remate). Los HONORARIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario según la tabla establecida en el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS. Jaén, Agosto del 2016. NILS D. INFANTES ARBILDO MARTILLERO PÚBLICO REG. SUNARP N° 294 MIRIAN ODAR MONTERO SECRETARIA JUDICIAL 2° JUZGADO CIVIL – JAEN PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5452919 F/ 516 S/. 77.40 18, 19, 22, 23, 24, 25 Agosto EDICTO DE SUBASTA JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA Expediente: 00248-2015-0-1706-JRCO-08 Demandante CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA CMAC PIURA SAC Demandado MARIA FLOR CORRALES NUÑEZ Y OLGA ROSARIO TORRES CARRASCO Sobre Ejecución de Garantías, por orden del Octavo Juzgado Civil Comercial de Lambayeque a cargo del Seño Jue Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán y Secretaria Judicial Dra. Betty Varias Céspedes, han facultado al Martillero Publicó Reg.:127 Pablo Colbert Rojas Tamayo Reg.:127 han ordenado sacar a REMATE JUDICIAL EN PRIEMRA CONVOCATORIA del Bien Inmueble Ubicado Frenta a las Calle Palmeras del Asentamiento Humano Alan García Pérez Mz 25 Lote 12 del distrito de Olmos Provincia Lambayeque, Región Lambayeque, sus medidas y linderos perimétricos corren inscrita en la Partida Electrónica N° P10136186 de la Zona Registral N° II Sede Chiclayo, Área 316.40 M2. VALORIZACION COMERCIAL: US$ 19,484.00 D.A (Diecinueve Mil, Cuatrocientos Ochenta y Cuatro con 00/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US$ 12,989.33 D.A (Doce Mil, Novecientos Ochenta y Nueve con 33/100 Dólares Americanos) que son las 2/3 partes de la valorización Comercial.CARGAS Y GRAVÁMENES: 1).- As 00004 Inscripción de Hipoteca: a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura SAC, hasta por la suma de US$ 13,956.00, Dólares Americanos, mediante escritura pública N° 405 de fecha 13.02.2014 otorgada ante Notario Público de Chiclayo Henry Macedo Villanueva, 2).- As 00005 Inscripción de Embargo: por resolución Judicial N°01 de fecha 24.11.2014 expedida por el Dr. Luciano Puelles Díaz, Juez del Juzgado de Paz Letrado de Olmos, Fernando Campos Cobeñas Secretario Judicial, se resuelve admitir a trámite la solicitud de medida cautelar formulada por José Távara Díaz contra Olga Rosario Torres Carrasco y otro, en consecuencia trábese embargo en forma de inscripción sobre el inmueble propiedad de la demandada hasta por la suma de S/ 32,700.00 Nuevos Soles, así consta en los partes judiciales remitidos mediante oficio N°94-2013-53-CIJPL-CI Olmos Exp: 00094-2014-531711-JP-CI-01, sobre medida cautelar fuera del proceso. DÍA Y HORA DE REMATE: Lunes 26 de Setiembre del 2016 a Horas 11:00 a.m. LUGAR DE REMATE: Sala de remates ubicado en la Calle San José N°

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV 1030, Segundo Piso de la ciudad de Chiclayo. LOS POSTORES: Entregaran el 10% del monto de la valorización comercial del inmueble, en efectivo o cheque de gerencia, adjuntando arancel judicial N° 07153; consignando número de expediente, juzgado e identificación del postor, copias y DNI LA COMISIÓN DEL MARTILLERO PUBLICO ES CANCELADA POR EL ADJUDICATARIO; Lambayeque Julio del 2016, Pablo Colbert Rojas Tamayo, Martillero Publico Reg.:127 Email: [email protected] Cel.: 993766643 RPM*0157978. PABLO COLBERT ROJAS TAMAYO MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 127 DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL – CHICLAYO PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5450384 F/ 1846 S/. 70.00 18, 19, 22, 23, 24, 25 Agosto SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE TRUJILLO S.A. contra CELL’s CHINA IMPORT E.I.R.L y HILTON ROGELIO FLORES CAMINO sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 890-2014, el Octavo Juzgado Civil Sub-Especialidad Comercial de Chiclayo a cargo del Señor Juez Dr. Sandro Ornar Aguilar Gaitán, Especialista legal Dra. Betty Varias Céspedes, han dispuesto que el suscrito saque a remate judicial en SEGUNDA CONVOCATORIA, el inmueble ubicado en lote N° 32, Sector B de la Residencial “Divino Maestro”, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, con áreas, linderos y medidas perimétricas que corre inscrito en la partida registral N° 11172555 del Registro de Propiedad Inmueble - Registro de Predios de la Zona Registral II - Sede Chiclayo. VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 43,808.00 [Cuarenta y tres mil ochocientos ocho con 00/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US$ 24,824.53 (Veinticuatro mil ochocientos veinticuatro con 54/100 Dólares Americanos) equivalente a las 2/3 partes de la tasación, menos el 15%. CARGAS Y GRAVÁMENES: D00002 HIPOTECA El propietario del inmueble inscrito en esta partida, constituye PRIMERA y PREFERENTE HIPOTECA a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A., con RUC N° 20132243230, hasta por la suma de S/.98,129.00 nuevos soles, a fin de garantizar el préstamo de S/.73,500.00 Nuevos Soles otorgado a favor de Cell’s China Import E.I.R.L., así como las demás deudas y obligaciones presentes o futuras asumidas por la deudora frente a la acreedora. Así consta por la Escritura Pública N° 2,887 del 11/10/2013, otorgada por el Notario Público de la Provincia de Santa Cruz, encargado del Despacho notarial del Notario Público de la Ciudad de Chiclayo, Henry Macedo Villanueva. D00003 HIPOTECA El propietario del inmueble inscrito en la presente partida, en calidad de deudor, constituye hipoteca a favor de DIOMEDES ORLANDO CORREA CHAVEZ, hasta por la suma de US$ 25,00.00 Dólares Americanos, para garantizar el préstamo por la suma de US$ 15,000.00 Dólares Americanos; y todas las obligaciones asumidas en el presente contrato. Así y más consta en la Escritura Pública N° 1,699 de fecha 03/12/2014 otorgada ante Notario Público Eusebio Díaz Díaz, en la ciudad de Chiclayo. DÍA Y HORA DE REMATE: El 26 de setiembre de 2016 a las 12:00 horas. LUGAR DEL REMATE: Sala de remates ubicada en la antigua Corte Superior de Justicia de Chiclayo sito en la

CRÓNICA

Calle San José N° 1052, Provincia y Departamento de Chiclayo. LOS POSTORES: deberán presentar antes del remate una cantidad no menor al 10 % del Valor de Tasación del presente remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y con la respectiva tasa judicial (con copia de este y su DNI si es persona natural o poderes, en caso de ser persona jurídica), suscribiendo dicha tasa, con el número del expediente y generales de ley. Validar la tasa en el área de Recaudación Judicial con el sello respectivo para su utilización en el remate según Oficio Circular N° 50-2012-GAD-CSJLA-PJ. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de acuerdo a Ley.- ADOLFO BENJAMIN GAMARRA ESCALANTE - Martillero Público - Reg. N° 305. ADOLFO B. GAMARRA ESCALANTE MARTILLERO PUBLICO REG. N° 305 DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL CHICLAYO PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5450434 F/ 1848 S/. 44.00 18, 19, 22 Agosto REMATE JUDICIAL PRIMERA CONVOCATORIA (EXP. N° 00790-2014-0-1706-JR-CO08) EN LOS SEGUIDOS POR SCOTIABANK PERÚ SAA CONTRA SANTOS PALOMINO VILCHEZ (STING PERÚ E.I.R.LTDA.) Y COMO TERCERO CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE PIURA SAC, SOBRE EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, EXPEDIENTE N° 00790-2014-0-1706-JR-CO-08, EL SEÑOR JUEZ DEL OCTAVO JUZGADO CIVIL - COMERCIAL DE CHICLAYO, DR. SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN Y ESPECIALISTA LEGAL DRA. CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA, HA ORDENADO SACAR A REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA EL BIEN INMUEBLE UBICADO EN LA MZ. 56, LOTE 31 (CALLE SIMÓN BOLÍVAR N° 154), DEL PUEBLO JOVEN TRADICIONAL, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE, INSCRITA EN LA PARTIDA N° P10117503 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE (REGISTRO ESPECIAL DE PREDIOS) DE LA ZONA REGISTRAL II - SEDE CHICLAYO. TASACIÓN: CINCUENTA Y TRES MIL NOVENTA Y OCHO Y 52/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 53,098.52), PRECIO BASE: TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 01/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 35,399.01), EQUIVALENTE A LAS DOS TERCERAS PARTE DE LA TASACIÓN ANOTADA. CARGAS Y GRAVÁMENES: 1.- HIPOTECA A FAVOR DE LA ENTIDAD EJECUTANTE HASTA POR LA SUMA DE CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS DIECISEIS Y 10/100 SOLES [S/. 134.816.10], POR E.P. DE 06.09.2013 ANTE NOT DR. ANTONIO VERA MENDEZ, ASIENTO 00006 DE LA PARTIDA ANOTADA; 2.- MEDIDA CAUTELAR.- EMBARGO A FAVOR DE CMAC PIURA SAC HASTA POR S/. 45,000.00, ORDENADO POR EL 8° JC COMERCIAL DE CHICLAYO, EXP. N° 293.2014, AS. 00007 DE LA PARTIDA ANOTADA. LUGAR, DÍA Y HORA DE REMATE; EN LA SALA DE REMATES UBICADA EN EL SEGUNDO PISO DEL EDIFICIO SITO EN JR. SAN JOSÉ N° 1070 (SEDE ANTIGUA DE LA CORTE), DEL DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE, EL DÍA 01 DE SETIEMBRE DE 2016 A LAS DIEZ (10:00) HORAS DE LA MAÑANA. LOS POSTORES CONSTITUIRÁN DEPÓSITO POR EL IMPORTE DEL 10% DEL VALOR DE

JUDICIAL LA TASACIÓN DEL BIEN INMUEBLE A REMATAR, EN EFECTIVO O EN CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE, ADJUNTANDO ORIGINAL Y COPIA DEL DNI Y DEL RECIBO DE PAGO DE LA TASA JUDICIAL CORRESPONDIENTE A LA ORDEN DEL OCTAVO JUZGADO CIVIL-COMERCIAL DE CHICLAYO DEBIENDO CONSIGNARSE EN LA MISMA EL NÚMERO DE EXPEDIENTE, Y ESTAR CONVALIDADO POR LA OFICINA DE REPEJ Y REMAP DE DICHA SEDE Y CON LA FIRMA DEL POSTOR. EL REMATE ESTARÁ A CARGO DEL MARTILLERO PÚBLICO LUIS ALBERTO GALINDO GIANNONI, CON REG. 128; HONORARIOS DEL MARTILLERO: SERÁ DE CARGO DEL ADJUDICATARIO SEGÚN LA TABLA ESTABLECIDA EN EL DECRETO SUPREMO N° 008-2005-JUS MÁS IGV, Y DEBERÁ SER CANCELADA AL FINALIZAR EL REMATE. CHICLAYO, 08 DE JULIO 2016 LUIS ALBERTO GALINDO GIANNONI ABOGADO MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 128 CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA SECRETARIA JUDICIAL 8° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5449824 F/ 1837 S/. 72.00 17, 18, 19, 22, 23, 24 Agosto PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por LUIS LORENZO CHUMACERO HERNA contra VICENTE GUZMAN CAICEDO, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, expediente N° 01131-2010-0-1706-JPCI-01 a cargo del Señor Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado en lo Civil de Chiclayo: DR. JUAN FRANCISCO GARCIA MAYORGA, Especialista legal: YONNY RUBEN LLAMOCTANTA ATALAYA, se ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el bien mueble consistente en el vehículo clase Station Wagón, Marca Toyota, Modelo Corolla, año de fabricación 2002, placa de rodaje SC - 6393, color blanco, motor N° 4E2961284, serie N° EE1020093669, inscrito en la partida N° 60536863 del Registro de Propiedad Vehicular de Chiclayo, cuya VALORIZACIÓN COMERCIAL asciende a la suma de US$ 1,040.40 (Un Mil Cuarenta con 40/100 Dólares Americanos) siendo la BASE DEL REMATE: $ 693.70 (SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES CON 70/100 DOLARES AMERICANOS) que equivalen a las dos terceras partes del valor de tasación. CARGAS Y GRAVÁMENES: 1. EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN.- hasta por la suma de US$ 5,000.00 en el proceso materia de remate. DIA Y HORA DEL REMATE: 31 DE AGOSTO DEL 2016, a horas 12:30 p.m.- LUGAR DEL REMATE: En la Avenida Salaverry N° 410, del Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. REQUISITOS PARA SER POSTORES: Los postores oblarán no menos del 10% del VALOR DE LA TASACIÓN en efectivo o cheque de Gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) girado a su nombre y entregarán en original y copia: DNI/RUC del postor, Vigencia de Poder (para representantes) y el recibo del arancel judicial correspondiente donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y Generales de Ley del postor, validado (Sellado) por el Área de Recaudación Judicial. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario y serán cancelados a la firma del acta de remate. FUNCIONARIO QUE EFECTUARÁ EL REMATE: Enrique Orlando Chumioque Hidalgo - Martillero Público N° 197 - RPC 947910594. ENRIQUE O. CHUMIOQUE HIDALGO ABOGADO MARTILLERO PUBLICO

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REG. 197 YONNY LLAMOCTANTA ATALAYA SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5449876 B/ 3099 S/. 32.50 17, 18, 19 Agosto REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA Ante el Octavo Juzgado civil Sub Especialidad Comercial, de la Provincia de Chiclayo, que despacha el Sr. Juez Dr. SANDRO OMAR AGUILAR GAITÁN, y Especialista Legal Dra. CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA. En el proceso seguido por SCOTIABANK PERÚ SAA. Contra, DARWIN MELWIN SAUSA ARRASCO. Sobre, EJECUCIÓN DE GARANTÍAS. En él EXP N° 440-2015-0-1706-JR-CO-08°, el Señor Juez de conformidad con lo dispuesto por Ley 28371, que modifica los Art. 731-732 del Código Procesal Civil Concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero mediante D.S. N° 008-2005-JUS, ha facultado al Martillero Público JOSÉ LUIS NECIOSUP FABERIO con Reg. N° 102, para llevar acabo el acto DE REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA para él DÍA MARTES, 06 DE SEPTIEMBRE DE 2016. A HORAS 3:00 P.M. en la sala de Remates Ubicado en la calle San José N° 1052 - de Chiclayo. BIEN INMUEBLE: Ubicado en la AV. LA PAZ S/N° (MZ. 4- LOTE 7) de la Urbanización Santa Rosa - la Victoria Distrito de la victoria, Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque. Con un Área de 108.00 m2, Cuyas Características, Linderos y Medidas Perimétricas, constan inscritas, en la Partida N° P11160787 del Registro de Propiedad Inmueble. Zona Registral N° II Sede Chiclayo; el mismo que saldrá a remate sobre las dos terceras partes de su Tasación Comercial ascendente a US$. 38,340.00 (TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS) siendo el precio Base para el Primer Remate US$. 25,560.00 (VEINTICINCO MIL QUINIENTOS SESENTA CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS) LOS POSTORES: Oblaran la cantidad del 10% no menor del valor de la tasación Equivalente a US$. 3,834.00 Dólares Americanos, en efectivo, cheque de gerencia girado a su nombre o depósito Judicial y pagar la Tasa Judicial con el Código N° 7153 del Banco de la Nación, importe por derecho a participar en el remate por S/.197.50 Indicando N° de EXP, Juzgado y documento de Identidad, para ser Postores. A si mismo validar la Tasa Judicial en el área de recaudaciones de la corte superior de Justicia de Lambayeque. HONORARIOS: Es de cargo del ADJUDICATARIO, la comisión del Martillero según escala regulada en el Art. N° 18 del D.S. N° 008-2005-JUS. GRAVÁMENES: 1.-PRIMERA Y PREFERENCIAL HIPOTECA; a favor de la entidad ejecutante SCOTIABANK PERÚ SAA. Hasta por la suma de S/. 105,235.20. SOLES, para garantizar un crédito por el monto de S/.84,000.00 Inscrito en el As. D00003, Partida N° 11160787del Registro de Propiedad Inmueble Zona Registral N° II Sede Chiclayo. 2.- HIPOTECA: a favor de CLARITA MADALEIDY RIVEROS OLIVERA, hasta por la suma de S/. 105.235.20 SOLES, para garantizar un crédito por el monto de S/. 80,000.00 Inscrito en el As. D00004, Partida N° 11160787 del Registro de Propiedad Inmueble Zona Registral N° II Sede Chiclayo. TELF: 979996289 - RPM #0009635 979762030. PUBLICAR POR 06 DÍAS. Chiclayo, 22 de Julio de 2016 JOSE LUIS NECIOSUP FABERO MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 102 CAROLINA

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Chiclayo, Viernes 19 de Agosto del 2016

PORTOCARRERO ESTELA SECRETARIA JUDICIAL 8° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5449983 F/ 1844 S/. 94.00 17, 18, 19, 22, 23, 24 Agosto SEGUNDA CONVOCATORIA DE REMATE JUDICIAL DE BIEN INMUEBLE En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE TRUJILLO S.A contra PLAZA MURO CHRISTIAN ALBERTO, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, EXPEDIENTE JUDICIAL N° 849-2014-0-1706-JRCO-08, el OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL DE CHICLAYO - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE, a cargo del Señor Juez Dr. Sandro Ornar Aguilar Gaitan y Especialista Legal Dra. Carolina Portocarrero Estela, han dispuesto sacar a Remate Judicial el siguiente Bien Inmueble en Segunda Convocatoria: Descripción del bien inmueble: El bien inmueble a rematar judicialmente se encuentra ubicado en el PUEBLO TRADICIONAL FERREÑAFE MZ. 164 LOTE 12 (CALLE ILO N° 158), DISTRITO DE FERREÑAFE, PROVINCIA DE FERREÑAFE, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE; cuyos dominios, linderos, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscritas en la PARTIDA ELECTRÓNICA N° P10084415 DEL REGISTRO DE PREDIOS/REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N° ll - SEDE CHICLAYO. VALOR DE TASACIÓN: US$. 34,917.00 (Treinta y Cuatro Mil Novecientos Diecisiete con 00/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE: US$. 19,786.30 (Diecinueve Mil Setecientos Ochenta y Seis con 30/100 Dólares Americanos), que corresponde a las 2/3 partes de su valor de tasación menos el 15% por tratarse de un Remate Judicial en Segunda Convocatoria. AFECTACIONES Y/O CARGAS HIPOTECA hasta por la suma de S/. 22,609.00 (Veinte y Dos Mil Seiscientos Nueve y 00/100 Nuevos Soles) a fin de garantizar un préstamo por la suma de S/. 50,000.00 (Cincuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles), así consta en la Escritura Pública N° 2659 de fecha 06-09-2010 otorgado por Notario Público Dra. Isabel Alvarado Quijano en la Ciudad de Chiclayo, gravamen que quedo debidamente inscrito en el ASIENTO 00008 de la N° P10084415 DEL REGISTRO DE PREDIOS/REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N° ll - SEDE CHICLAYO. DÍA Y HORA DEL REMATE: LUNES 26-09-2016 A HORAS 10:30 AM LUGAR DEL REMATE: SALA DE REMATES, Segundo Piso de la Calle San José N° 1052, Sede antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; Distrito de Chiclayo, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. LOS POSTORES: 1) Deberán Oblar antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de no negociable el 10% del valor de la tasación, 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda; y el Arancel judicial respectivo consignando el Juzgado, número de expediente y el documento de identidad o RUC. 3) Presentar copia del Cheque de gerencia si el oblaje se realiza con dicho instrumento. 4) En caso de actuar a través de representante se deberá acreditar los poderes respectivos. EL ADJUDICATARIO Y/O EL EJECUTANTE SEGÚN CORRESPONDA CANCELA LOS HONORARIOS PROFESIONALES DEL MARTIILERO PUBLICO MÁS IGV DE ACUERDO A LEY AL FINALIZAR EL REMATE DE ACUERDO AL ARTÍCU-

CRÓNICA LO 18 DEL DECRETO SUPREMO N° 008-2005-JUS (REGLAMENTO DE LA LEY DEL MARTILIERO PUBLICO). EL REMATE JUDICIAL SERÁ EFECTUADO POR MARTIN VENTURA GONZÁLEZ. ABOGADO -MARTILLERO PÚBLICO - REGISTRO NACIONAL N° 324. Celular 943937075 - 944261164 949406517- 044 231163. CHICLAYO, 01 DE AGOSTO DEL 2016 MARTIN VENTURA GONZALES MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 324 CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA SECRETARIA JUDICIAL 8° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5449821 F/ 1836 S/. 38.00 17, 18, 19 Agosto TERCER REMATE JUDICIAL En los seguidos por MARCOS SUCLUPE BANCES contra JACINTO LLONTOP SANTAMARIA y MARIA E. SANDOVAL CHAPOÑAN sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 01088-2012-0-1706-JP-CI01, la señora Juez Dra. Bárbara Ingrit Castro Escobedo del Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque, con intervención del Especialista Legal Dr. Santos A. Flores Ramos, ha dispuesto que el suscrito, saque a REMATE PUBLICO en TERCERA CONVOCATORIA, el siguiente bien inmueble, ubicado en: ASENTAMIENTO HUMANO SANTO TORIBIO DE MOGROVEJO, MZ. G, LOTE 22A, CON UN ÁREA DE 70.60 M2., DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE. INMUEBLE CUYOS LINDEROS CORREN INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL NRO. P10123803 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICINA REGISTRAL DE CHICLAYO, ZONA REGISTRAL II Y SON: POR EL FRENTE COLINDA CON CALLE INDEPENDENCIA, CON 3.55 ML; POR LA DERECHA CON EL LOTE 21, CON 19.55 ML; POR LA IZQUIERDA CON EL LOTE 22, CON 19.65 ML Y POR EL FONDO CON EL LOTE 7 CON 3.65 ML. VALOR DE TASACIÓN (Comercial): S/. 69,380.25 Soles. BASE DE REMATE: S/. 33,418.15 Soles, equivalente a las 2/3 partes de la tasación, menos dos veces el quince por ciento. AFECTACIONES: Garantía Hipotecaria a favor de Banco de Materiales SAC hasta por la suma de S/. 17,160.00, inscrita en el Asiento 00002; EMBARGO a favor de MARCOS SUCLUPE BANCES hasta por la suma de S/.25,000.00, inscrita en el Asiento 00003. En la Partida Electrónica Nro. P10123803 del Registro de Predios de la Zona Registral II - Sede Chiclayo. DÍA, HORA y LUGAR DEL REMATE: jueves 25 de Agosto de 2016, a horas 08:30 am. En el Hall del local del Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque, sito en Calle Víctor Doig Nro. 185, distrito, provincia y departamento de Lambayeque. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de tasación del inmueble, en efectivo o cheque de gerencia a su nombre; deben presentar original y copia del Arancel Judicial (tasa judicial) por derecho de participación, indicando número de expediente y generales de ley (original y copia del arancel y DNI debidamente firmados). Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario más el IGV. MARTILLERO PUBLICO: Dr. Asdel Vega Tirado, Matrícula N° 209, Teléfonos: 999098701 / correo electrónico: [email protected]. Chiclayo, 02 de agosto de 2016 DR. ASDEL VEGA TIRADO MARTILLERO PÚBLICO MATRICULA N° 209 SANTOS AMERICO FLORES RAMOS

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5450345 B/ 3104 S/. 39.00 17, 18, 19 Agosto

2. EDICTOS CLASIFICADOS INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDAS RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Expediente N° 01536-2016 Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Ferreñafe, que despacha la Juez DRA. GRACIELA CUIQUITA CONTRERAS, con intervención de la Secretaria Judicial MARTHA ANTONIETA USQUIANO MARQUEZ, doña MARIA GREGORIA LOPEZ FERRE, solicita la rectificación de su partida de matrimonio inscrita en la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, por cuanto en la línea número Quince del cuerpo de dicha partida, solo se ha consignado el nombre de Gregoria y no su primer nombre de María debiendo en lo sucesivo aparecer sus nombres completos como MARIA GREGORIA FERRE LOPEZ. La señora Juez ha ordenado que se hagan las publicaciones por el término de un día en el diario oficial La República. Ferreñafe, 05 de Agosto del 2016 MARTHA ANTONIETA USQUIANO MARQUEZ ESPECIALISTA LEGAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO – FERREÑAFE PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5451283 B/ 3118 S/. 5.00 19 Agosto RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque, que despacha la señora Juez Dra. BARBARA INGRIT CASTRO ESCOBEDO con la asistencia del Especialista Legal Dr. SANTOS FLORES RAMOS en el Exp. No 2109-2016, seguido por Doña BLANCA LUISA CAVA PAREDES, se encuentra tramitando la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO en el sentido que se ha consignado en la parte principal en la parte que corresponde en la parte que corresponde a su nombre dice BLANCA LUISA debiendo ser el nombre completo con los apellidos CAVA PAREDES, es decir: BLANCA LUISA CAVA PAREDES; al nombre de su padre en la parte del orillo dice Nombre del Padre: Id. y debe decir VITELIO CESAR CAVA CASTRO; y en la parte correspondiente al nombre de su Madre en la parte principal de la Partida dice BLANCA PAREDES CACERES siendo el correcto BLANCA ROSA DE JESUS PAREDES CACERES, y en la parte del orillo dice Nombre de la Madre dice: “Id.” y debe decir BLANCA ROSA DE JESUS PAREDES CACERES. Lo que se hace de conocimiento público para los fines de Ley. Lambayeque, 15 de agosto del 2016 ABOG. SANTOS FLORES RAMOS ESPECIALISTA CIVIL – FC JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJL P/ 5449798 B/ 3089 S/. 18.00 17, 18, 19 Agosto RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque, que despacha la señora

Juez Dra. BARBARA INGRIT CASTRO ESCOBEDO con la asistencia del Especialista Legal Dr. SANTOS FLORES RAMOS en el Exp. No 2110-2016, seguido por Doña ROSA DEL CARMEN CAVA PAREDES, se encuentra tramitando la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO en el sentido se ha consignado en la parte principal en la parte que corresponde a su nombre dice: ROSA DEL CARMEN debiendo ser nombre completo con los apellidos CAVA PAREDES, debe decir ROSA del CARMEN CAVA PAREDES, asimismo en la parte que corresponde al nombre de su padre dice VITELIO CAVA C y debe decir; VITELIO CESAR CAVA CASTRO y en la parte correspondiente al nombre de su Madre dice BLANCA PAREDES C. siendo el correcto BLANCA ROSA DE JESÚS PAREDES CACERES; y en la Parte del Orillo de la Partida su Apellido aparece como CARA debiendo ser el correcto CAVA, debiendo corregirse la letra “R” por la “C”. Lo que se hace de conocimiento público para los fines de Ley. Lambayeque, 15 de agosto del 2016 ABOG. SANTOS FLORES RAMOS ESPECIALISTA CIVIL – FC JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJL P/ 5449798 B/ 3089 S/. 18.00 17, 18, 19 Agosto

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA PRESCRIPCION ADQUISITIVA Ante el Primer Juzgado Especializado Civil de Chiclayo, que despacha actualmente el Sr. Juez Ary H. Terrones Meléndez, con intervención del Secretario Erik Vela Cueva, en el Expediente N° 6836-2006, el actor solicita: Se le declare como propietaria del inmueble urbano ubicado en calle José Francisco Cabrera N° 1265 del Distrito de Chiclayo, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; y mediante resolución UNO de fecha 25 de Agosto del 2006 se resuelve: “ADMITIR a trámite en PROCESO ABREVIADO la demanda interpuesta por doña ZOILA ROSA MONTES VASQUEZ DE CASUSOL contra don CARLOS RODRÍGUEZ VASQUEZ, JOSE LUIS BRAVO ZULOETA y JOSE TEQUEN ROMERO sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO; en consecuencia, POR OFRECIDOS los medios probatorios; Confiérase traslado de la presente demanda al demandado por el término de DIEZ DÍAS (...)”; y mediante resolución CUARENTA Y TRES de fecha 21 de Marzo del 2016 se resuelve: NOTIFICAR mediante edictos con un extracto de la demanda y de la resolución admisoria a los Sucesores de Berta Tequen Gonzales y Fernando Tequen Gonzales, para que en el término de treinta días se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal; publicaciones que se harán por el término de TRES DIAS. Chiclayo, 02 de agosto del 2016 ERIK VELA CUEVA SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5451101 B/ 3115 S/. 20.00 18, 19, 22 Agosto

SUCESIÓN INTESTADA SUCESION INTESTADA Por ante el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Huarango, que despacha el señor Juez FELICITO GUERRERO SANDOVAL y el Secretario Judicial que suscribe, en el Exp. N° 042-2016CI, se resuelve: ADMITIR a TRÁMITE vía de proceso NO CONTENCIOSO, la

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV solicitud interpuesta por doña YOLANDA SAAVEDRA ZENANYUCA, sobre SUCESIÓN INTESTADA, a fin de que se les declare a su menor hijo Piero José Cruz Saavedra, como único y universal heredero del causante quien en vida fue su conviviente JOSÉ SEGUNDO CRUZ RODRIGUEZ, fallecido el 07 de Abril del 2014, cuyo último domicilio estuvo ubicado en el Centro Poblado de Puerto Ciruelo de esta jurisdicción. Lo que se hace de conocimiento a los interesados para los fines consiguientes de ley. Huarango, 10 de Junio de junio del 2016 FELICITO GUERRERO SANDOVAL JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO DISTRITO DE HUARANGO PODER JUDICIAL FELIZ ENRIQUE SANCHEZ JARA SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO HUARANGO – CSJL P/ F/ S/. 14.00 19, 23 Agosto SUCESION INTESTADA Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque, que despacha la Juez Dra. BARBARA INGRIT CASTRO ESCOBEDO Especialista Legal Dr. SANTOS FLORES RAMOS, Exp. N° 1784 -2016, GENOBEVA SANCHEZ VELASQUEZ, se encuentra tramitando la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fueron sus padres LIDUVINA VELÁSQUEZ HUANILA, fallecida el día 05-03-1994 y don SANTOS SÁNCHEZ SUCLUPE, fallecido el día 21-03-2010, siendo su ultimo domicilio de los causantes en la PROVINCIA DE LAMBAYEQUE, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE. Lo que se hace conocimiento público para los que se crean con derechos sucesorios se apersonen al proceso conforme a ley. Lambayeque, 15 de Agosto del 2016 ABOG. SANTOS FLORES RAMOS ESPECIALISTA CIVIL – FC JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJL P/ 5450325 B/ 3102 S/. 15.50 17, 18, 19 Agosto

3.NOTIFICACIONES NOTIFICACIÓN POR EDICTOS EL 3er. Juzgado Especializado de Familia de Chiclayo, Juez Alvarado, Secretaria Díaz, Exp. N° 04383-20160-1706-JR-FC-03 en los seguidos por William Félix Chalco Rivera sobre Formación de Consejo de Familia, proceso vía de no contencioso la solicitud presentada por don William Félix Chalco Rivera sobre Formación de Consejo de Familia y nombramiento de tutor dativo. Señálese la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL a realizarse el día VEINTISÉIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a horas ONCE DE LA MAÑANA, en el local del juzgado, ubicado en la avenida Luis Gonzales 952-.2°piso-Chiclayo, hora exacta. Emplácese a las personas de BRAULIO PAOLO DE JESÚS CHALCO PERALTA, AMANDA JEANETT PERALTA VARGAS, MARITZA ROXANA PERALTA VARGAS, JORGE FERNANDO PERALTA VARGAS, AMANDA DEL ROSARIO BENITES PERALTA, PAMELA BEDRONI PERALTA, publíquese los edictos correspondiente por tres días hábiles en los diarios oficiales “El Peruano” y “La República”, para que en el plazo de ley los que se sientan con derecho se apersonen a la instancia. Chiclayo, 08 de julio de 2016. MARIA YOLANDA DIAZ MUSAYON SECRETARIA JUDICIAL

CRÓNICA

TERCER JUZGADO DE FAMILIA PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5451673 B/ 3120 S/. 17.00 19, 22, 23 Agosto EDICTO Ante el Primer Juzgado Especializado Civil de Chiclayo, que despacha actualmente el Sr. Juez Ary Hendrik Terrones Melendez, con intervención del Secretario Erik Vela Cueva, en el Expediente N° 6298-2009, mediante resolución número CUARENTA Y CINCO de fecha 15 de Julio del 2016 resuelve: a) NOTIFICAR por edictos a la sucesión del demandado RAUL FERNANDEZ AVELLANEDA; por TRES VECES y con un intervalo entre una y otra de TRES DÍAS, para que los que se consideren sucesores procesales del demandado se apersonen al proceso en el estado procesal que se encuentre, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Chiclayo, 17 de Agosto del 2016 ERIK VELA CUEVA SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5452133 B/ 3122 S/. 11.80 19, 25 Agosto, 01 Septiembre NOTIFICACION POR EDICTOS En Expediente N° 04612-2015, seguido por DIAZ PEREZ, AUDELIA contra TELLO OLIVERA, JULIO CESAR, sobre ALIMENTOS, la Sra. JUEZ TERCER JUZGADO PAZ LETRADO FAMILIA, Dra. HAYDEE, ha dispuesto notificarlo con siguiente: RESOLUCIÓN UNO. Chiclayo, SIETE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE. (...) NOTIFÍQUESE al demandado, mediante EDICTOS (...), para que en el plazo de QUINCE DÍAS comparezca al proceso y señale domicilio (...), bajo apercibimiento de nómbrasele curador procesal.(...) Dra. HAYDEE LARREA, Juez. FLAVIO YNOPE, Secretario. Chiclayo, 15 de AGOSTO 2016. FLAVIO Y. YNOPE QUIÑONES SECRETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL DE FAMILIA – CSJLA P/ 5449866 B/ 3098 S/. 13.00 17, 18, 19 Agosto

4. EDICTOS PENALES EDICTO PENAL EXP. N° 05784-2015-0-1706-JR-PE-02 LA JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: DRA. MARISOL VÁSQUEZ RUIZ CITA Y EMPLAZA al señor CACILDO BUSTAMANTE SÁNCHEZ para que asista a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN, en el proceso 05784-2015-0-1706-JR-PE-02, que se le sigue en su contra por el delito de APROPIACIÓN ILÍCITA; en agravio de PRIMA AFP. Cuyo contenido de la resolución es el siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO Chiclayo, veintiséis de julio del año dos mil dieciséis.AUTOS, VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PARTE CONSIDERATIVA (Grabado en audio) PARTE RESOLUTIVA (grabado en audio) - REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PARA EL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL 2016 A LAS 12:30 P.M. en esta sala de Audiencias Número 02 del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo; - NOTIFICAR al imputado CACIL-

JUDICIAL DO BUSTAMANTE SÁNCHEZ en su domicilio real ubicado en el PASAJE DOMINGO ELIAS 210 URB. REMIGIO SILVA - CHICLAYO. SIN PERJUICIO DE NOTIFICARSE MEDIANTE EDICTOS. - NOTIFICAR al abogado defensor doctor MARTIN PAIVA LAROSA, en el cual señala que su domicilio procesal se encuentra ubicado en la dirección: Avenida Jorge Chávez 1316 Campodónico; correo electrónico: [email protected]; CASILLA ELECTRÓNICA: 3510, con el requerimiento acusatorio y con la resolución que corre traslado por el plazo de diez días - REITERAR los apercibimientos decretados en autos. Chiclayo, 26 de julio del 2016 MARIELA LUCERITO SANTACRUZ GARCIA ESPECIALISTA DE AUDIENCIAS PJ-NCPP-CSJLAMB 19 Agosto EDICTO PENAL EXP. N°4525-2016-0-1706-JR-PE-03 LA SEÑORA JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE. JUEZ: DRA. NIVIA MAGALY CORREA JIBAJA CITA Y EMPLAZA al señor JEAN ANDERSON PÉREZ DE LA CRUZ, para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, en el proceso 4525-2016-0-1706-JR-PE-O3, del proceso seguido en su contra por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la SOCIEDAD; cuyo contenido de la resolución es el siguiente: RESOLUCIÓN NUMERO: DOS Chiclayo, dieciocho de julio del año dos mil dieciséis.PARTE CONSIDERATIVA: (Registrado en audio) PARTE RESOLUTIVA: (Registrado en audio y trascrita) SE RESUELVE: SE RESUELVE: 1.- DECLARAR la imposibilidad de instalar la presente audiencia; 2.- REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO para el día 07 de septiembre a las 12; 00 p.m. (hora exacta), en esta misma Sala de Audiencias N° 03 del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo; quedando debidamente notificados los presentes; 3.- NOTIFICAR al acusado JEAN ANDERSON PÉREZ DE LA CRUZ en su domicilio real brindado en el acta de intervención policial (Calle José Sabogal 240, Pasaje Ricardo Palma - Chiclayo), así como en el domicilio de su ficha RENIEC: Asentamiento Humano Jesús de Nazaret Manzana B - Lote 24 - distrito de José Leonardo Ortiz: y MEDIANTE EDICTOS. Chiclayo, 18 de julio del 2016 NIVIA MAGGALY CORREA JIBAJA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA 19 Agosto EDICTO PENAL Oficio N° 8209-2015-64-1706-JR-PE/ JCHM JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: CHÁÑAME PARRAGUEZ ESPECIALISTA: Patricia Balarezo Ocon CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos Edwin Benigno Saavedra Vicente, a efecto de notificarle con el tenor de la resolución uno de fecha 10 de Agosto del 2016, que contiene el auto de que dispone: SEÑÁLESE AUDIENCIA DE PROLONGACIÓN DE PRISIÓN PREVENTIVA para el día DIECINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a horas DOCE Y QUINCE DE LA TARDE, 12.15pm (hora exacta), la misma que se realizará en la sala de Audiencias del Establecimiento

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Penal de Chiclayo (ex Picsi); Audiencia que se instalara con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio público, bajo apercibimiento de aplicarse el artículo 144 inciso 2) del Código Procesal Penal. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 8209-2015-0-1708-JR-PE, que se sigue en contra Edwin Benigno Saavedra Vicente, por el delito Tráfico Ilícito de Drogas. JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ JUEZ PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto EDICTO PENAL Oficio N° 8209-2015-0-1706-JR-PE/ JCHM JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: CHÁÑAME PARRAGUEZ ESPECIALISTA: Patricia Balarezo Ocon CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos Edwin Benigno Saavedra Vicente, a efecto de notificarle con el tenor de la resolución ocho de fecha 10 de Agosto del 2016, que contiene el auto de que dispone: SEÑÁLESE AUDIENCIA PRELIMINAR para el CONTROL DE ACUSACIÓN para el día VEINTISÉIS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a horas DOCE DEL MERIDIANO, 12.00M (hora exacta), la misma que se realizará en la sala de Audiencias del Establecimiento Penal de Chiclayo (ex Picsi); Audiencia que se instalara con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio público, bajo apercibimiento de aplicarse el artículo 144 inciso 2) del Código Procesal Penal. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 8209-2015-0-1708-JR-PE, que se sigue en contra Edwin Benigno Saavedra Vicente, por el delito Tráfico Ilícito de Drogas. JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ JUEZ PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto EDICTO PENAL OFICIO N° 00421 -2005-0-1706-JRPE-00/ 2°JPLTCH/ TJAG SEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO CHICLAYO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: JACQUELINE ROSMERY MEGO RAMÍREZ ESPECIALISTA: SANTOS CATALINA BURGA SALINAS CITA, LLAMA Y EMPLAZA, al acusado ELARIO CHUCAS RINZA; para de comparecer el día Veintinueve de agosto del año dos mil dieciséis a horas TRES de la tarde (hora exacta) a la sala de audiencias del Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio -ubicado en la calle San José N° 1052, 1° piso de esta ciudad-, a fin de llevarse a cabo EL ACTO PÚBLICO INAPLAZABLE DE LECTURA DE SENTENCIA; por haberse dispuesto así en la resolución número cuarenta y cinco de fecha primero de agosto del dos mil dieciséis, del expediente N° 00421-2005-0-1706-JR-PE-00, en el que se sigue al referido acusado por el delito de Actos contra el pudor en menor de edad en agravio del menor de iniciales C.J.CH.J. Chiclayo, 16 de agosto del 2016 JACQUELINE ROSMERY MEGO RAMIREZ JUEZ 2° JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 03154-2015-0-1706JR-PE-03

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Chiclayo, Viernes 19 de Agosto del 2016

IMPUTADO: CUMPEN LULIQUIS JEFFERY EDWIR AGRAVIADO: CUMPEN DÍAZ SNAIDER FABRICO DELITO: OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR JUEZ: NIVIA CORREA JIBAJA ESPECIALISTA: CORINA SILVA ZELADA Por el presente Edicto, La Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado CUMPEN LULIQUIS JEFFERY EDWIR para que tome conocimiento de la resolución número CINCO de fecha VEINTE de julio del dos mil dieciséis, emitida en el expediente 031542015-0-1706-JR-PE-03, la misma que ordena: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día TREINTA Y UNO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISEIS a horas DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta) en la Sala de Audiencias del N° Tres del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria, ubicado en la AV. José Leonardo Ortiz N° 155 2do piso - Centro Cívico de Chiclayo. Con copia de la presente resolución más el requerimiento fiscal. NIVIA CORREA JIBAJA 3° JUZGADO INV. PREP. CSJLA-NCPP 19, 20, 22 Agosto EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°2213 -2016-0 EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FERREÑAFE JUEZ: DRA. MELLA TORRES TORRES SECRETARIO: DR. ANDERS WILLIAM ESQUEN RUIZ Hace de conocimiento de SANTOS SANTISTEBAN GUILLERMO que se ha dispuesto: REPROSRAMAR la fecha para LA CITACIÓN A JUICIO, y SEÑÁLESE LA AUDIENCIA el día UNO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a horas NUEVE DEL LA MAÑANA, CON MANDATO DE COMPARECENCIA al inculpado precitado, bajo apercibimiento de ordenarse su conducción de grado o fuerza en caso de inconcurrencia, por haberse dispuesto así en el Expediente N° 2213 -2016. Ferreñafe, 11 de agosto del 2016 HELLA MARISOL TORRES TORRES JUEZ 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO EN COMISARIA (FALTAS) FERREÑAFE PODER JUDICIAL – CSJLA ANDERS WILLIAM ESQUEN RUIZ SECRETARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO – COMISARIA FERREÑAFE PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 2213 -2016-0 EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FERREÑAFE JUEZ: DRA. MELLA TORRES TORRES SECRETARIO: DR. AN&ERS WILLIAM ESQUEN RUIZ Hace de conocimiento de SANTOS SANTTSTEBAN GUILLERMOS, que se ha dispuesto: REPROSRAMAR la fecha para LA CITACIÓN A JUICIO, y SEÑÁLESE LA AUDIENCIA el día UNO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS AAIL DIECISEIS, a horas NUEVE DEL LA MAÑANA, CON MANDATO DE COMPARECENCIA al inculpado precitad , bajo apercibimiento de ordenarse su conducción de grado o fuerza en caso de inconcurrencia, por haberse dispuesto así en el Expediente N° 2213 -2015. Ferreñafe, 11 de agosto del 2016 HELLA MARISOL TORRES TORRES JUEZ 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO EN COMISARIA (FALTAS) FERREÑAFE PODER JUDICIAL – CSJLA ANDERS WILLIAM ESQUEN RUIZ SECRETARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO –

CRÓNICA COMISARIA FERREÑAFE PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 06274-2013-73-1706JR-PE-04 IMPUTADO: MARTÍNEZ IBAÑEZ, MARILYN PAOLA DELITO: ESTAFA AGRAVADA AGRAVIADO: BENAVIDES CHAVEZ, ALEJANDRO JUZGADO: PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: KARINA VELASQUEZ CAMPOS ESPECIALISTA JUDICIAL: CLAUDIA GUERRRO QUINDE Se NOTIFICA a: ALEX ALFREDO PEREDA SOLES, con la resolución CINCO que resuelve: - REPROGRAMAR audiencia de Juicio Oral para el DÍA UNO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISISÉIS a horas DOS Y CUARENTA DE LA TARDE, en la Sala de Audiencias número OCHO (08) ubicado en el Tercer piso de la nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, (avenida José Leonardo Ortiz 155 - Centro Cívico en Chiclayo), para que concurra a la audiencia de juicio oral, bajo apercibimiento de ordenarse su conducción compulsiva en caso de inconcurrencia. - La presente publicación se deberá realizar por TRES DÍAS. Por haberse dispuesto en el Expediente N° 06274-2013-73-1706-JR-PE04, acusado libre, MARILLYN PAOLA MARTÍNEZ IBAÑEZ, como autor del delito CONTRA EL PATRIMONIO en la modalidad de ESTAFA AGRAVADA, en agravio de ALEJANDRO BENAVIDES CHAVEZ, previsto y sancionado en el artículo 196°- A incisos 1) y 2) del Código Penal. KARINA VELASQUEZ CAMPOS JUEZ PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL PJ-NCPP-CSJLAMB 19, 20, 22 Agosto EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 06274-2013-73-1706JR-PE-04 IMPUTADO: MARTÍNEZ IBAÑEZ, MARILYN PAOLA DELITO: ESTAFA AGRAVADA AGRAVIADO: BENAVIDES CHA VEZ, ALEJANDRO JUZGADO: PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: KARINA VELASQUEZ CAMPOS ESPECIALISTA JUDICIAL: CLAUDIA GUERRRO QUINDE Se NOTIFICA a: MARILLYN PAOLA MARTÍNEZ IBAÑEZ, con la resolución CINCO que resuelve: - REPROGRAMAR audiencia de Juicio Oral para el DÍA UNO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISISÉIS a horas DOS Y CUARENTA DE LA TARDE, en la Sala de Audiencias número OCHO (08) ubicado en el Tercer piso de la nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, (avenida José Leonardo Ortiz 155 - Centro Cívico en Chiclayo), bajo apercibimiento de ser declarada REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. - SE NOTIFIQUE al testigo ALEX ALFREDO PEREDA SOLES, para que concurra a la audiencia de juicio oral, bajo apercibimiento de ordenarse su conducción compulsiva en caso de inconcurrencia. - La presente publicación se deberá realizar por TRES DÍAS. Por haberse dispuesto en el Expediente N° 06274-2013-73-1706-JR-PE04, acusado libre, MARILLYN PAOLA MARTÍNEZ IBAÑEZ, como autor del delito CONTRA EL PATRIMONIO en la modalidad de ESTAFA AGRAVADA, en agravio de ALEJANDRO BENAVIDES CHA VEZ, previsto y sancionado en el artículo 196°- A incisos 1) y 2) del Código Penal.

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

KARINA VELASQUEZ CAMPOS JUEZ PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL PJ-NCPP-CSJLAMB 19, 20, 22 Agosto

JUEZ TITULAR 5° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIO PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto

EDICTO EXPEDIENTE N° 5195-2014-89 La Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza a los IMPUTADOS LUIS CRISANTOS TORRES y MIGUEL CRISANTOS TORRES, y al agraviado JOSÉ MARIANO LÓPEZ ACEDO, a fin de que concurra a la audiencia de Control de SOBRESEIMIENTO reprogramada para el día SEIS DE SPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, a realizarse en la Sala de audiencias número TRES, del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 5195-2014-89 proceso seguido contra los acusados precitados, por el delito contra el PATRIMONIO en su figura de HURTO AGRAVADO, en agravio de JOSÉ MARIANO LÓPEZ ACEDO; lo que notifica de acuerdo a ley. Especialista Legal: LISSETE TORRES TAFUR. NIVIA MAGGALY CORREA JIBAJA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto

EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DR. JUAN GUALBERTO SÁNCHEZ DEJO ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 3531-2016-0-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado contumaz JULIO CESAR RIVAS AMURUZ domiciliado en calle Juan Fanning 350 en esta ciudad, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Víctor Doig y Lora 185 de esta localidad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 35312016-0 que se le sigue por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de VANIA BELÉN RIVAS PÉREZ. Lambayeque, 08 de Agosto del 2016 DR. JUAN GUALBERTO SANCHEZ DEJO JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto

EDICTO EXPEDIENTE N° 5396-2016-0 El Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al acusado EDISON JEHU PISFIRL REYES, a fin de que concurra a la audiencia de Control de Acusación reprogramada para el día SEIS DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL SIECISEIS. A HORAS ONCE Y QUINCE DE LA MAÑANA, a realizarse en la Sala de audiencias número TRES, del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 53962016-0, proceso seguido contra el acusado precitado, por el delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD; lo que notifica de acuerdo a ley. Especialista Legal: MARIA VASQUEZ VASQUEZ CECILIA M. GRANDEZ ROJAS JUEZ TITULAR 4° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 19, 20, 22 Agosto EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 01094-2015-0-1706JR-PE-05 IMPUTADO: ZAMORA DÍAZ CARLOS EDUARDO DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: ZAMORA CASTILLO BETTY ESMERALDA ZAMORA CASTILLO MAYRA YANIRA JUEZ: SERGIO CHIMPEN ASENJO ESPECIALISTA: CORINA SILVA ZELADA Por el presente Edicto, el Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado ZAMORA DÍAZ CARLOS EDUARDO, para que tome conocimiento de la resolución número SEIS de fecha 18 de julio de 2016, emitida en el expediente 01094-2015-0-1706JR-PE-05, la misma que ordena: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día SIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (Hora exacta) en la sala de audiencias del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo. SERGIO R. CHIMPEN ASENJO

EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DR. JUAN GUALBERTO SÁNCHEZ DEJO ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 01-2015-93-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado VÍCTOR HUGO NAVARRO GARCÍA, domiciliado en calle Miguel Grau 91 de distrito de Mochumi, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Víctor Doig y Lora 185 de esta localidad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 01-2015-93 que se le sigue por el delito de VIOLACIÓN SEXUAL. Lambayeque, 05 de Agosto del 2016 DR. JUAN GUALBERTO SANCHEZ DEJO JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAVEQUE JUEZ DR. JUAN GUALBERTO SÁNCHEZ DEJO ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANC DURANGO EXP. N° 3619-2016-0-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado JOSÉ MERCEDES FIESTAS RAMOS domiciliado en calle Andrés Rázuri 579 en esta ciudad, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Víctor Doig y Lora 185 de esta localidad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 3619-2016-0 que se le sigue por e! delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de KAROLAY FIESTAS PAICO.Lambayeque, 02 de Agosto del 2016 DR. JUAN GUALBERTO SANCHEZ DEJO JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DR. JUAN GUALBERTO SÁNCHEZ DEJO ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV EXP. N° 5628-2014-34-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado JEAN CARLOS GARCÍA MEOÑO domiciliado en calle Ángel Gonzáles Castro 780 del Cento Poblado Menor Toribia Castro en esta ciudad, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Víctor Doig y Lora 185 de esta localidad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 5628-2014-34 que se le sigue por el delito de HURTO AGRAVADO en agravio de ELWIN ALÉXANDER CORDOVA CONTRERAS. Lambayeque, 26 de Julio del 2016 DR. JUAN GUALBERTO SANCHEZ DEJO JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DR. JUAN GUALBERTO SÁNCHEZ DEJO ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 8314-2015-0-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado WHALTER OSWALDO FIESTAS CHUNGA domiciliado en calle 28 de Julio 264 en el distrito de San José, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Víctor Doig y Lora 185 de esta localidad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 8314-2015-0 que se le sigue por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de JHOSUE FIESTAS LLENQUE. Lambayeque, 03 de Agosto del 2016 DR. JUAN GUALBERTO SANCHEZ DEJO JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DR. JUAN GUALBERTO SÁNCHEZ DEJO ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 913-2015-19-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado LUIS FERNANDO SÁNCHEZ CAJUSOL domiciliado en fundo La Calzada en el distrito de Mochumi, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Víctor Doig y Lora 185 de esta localidad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 903-2015-19 que se le sigue por el delito de SUSTRACCIÓN DE MENOR en agravio de SARITA DEL PILAR SÁNCHEZ ACOSTA.Lambayeque, 05 de Agosto del 2016 DR. JUAN GUALBERTO SANCHEZ DEJO JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DR. JUAN GUALBERTO SÁNCHEZ DEJO ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 1587-2016-0-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado contumaz JACINTO SUCLUPE SANTISTEBAN domiciliado en caserío Hornitos o en caserío San José en el distrito de Mórrope, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Víctor Doig y Lora 185 de esta localidad, a responder por los cargos que le resultan en

CRÓNICA

el Expediente N° 1587-2016-0 que se le sigue por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de HUGO SUCLUPE VENTURA. Lambayeque, 03 de Agosto del 2016 DR. JUAN GUALBERTO SANCHEZ DEJO JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DR. JUAN GUALBERTO SÁNCHEZ DEJO ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 2447-2016-0-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado ROBERTO CARLOS RIOJAS RELAIZA domiciliado en calle Grau 173 en el distrito de Jayanca, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Víctor Doig y Lora 185 de esta localidad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 2447-2016-0 que se le sigue por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de ROBERTO CARLOS RIOJAS CORNEJO. Lambayeque, 03 de Agosto del 2016 DR. JUAN GUALBERTO SANCHEZ DEJO JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto EDICTO PENAL EXPEDIENTE: N°. 160-2016-CDS.DE VERA JPLLY JUZGADIO: DE PAZ LETRADO DE LAMBAYEQUE JUEZ: Dra. BARBARA I. CASTRO ESCOBEDO SECRETARIO: Dra. CARMEN D. SANTAMARÍA DE VERA Por el presente edicto se CITA, LLAMA y EMPLAZA a la agraviada DÁÑELA DEL MILAGRO AGOSTA SOLIS quien domicilia en la Avenida Leandro Pastor NRO. 210-Lambayeque, para comunicarle que se ha dispuesto que en el término de 03 días cumpla con presentar el certificado médico correspondiente, bajo apercibimiento de emitirse la resolución de desistimiento tácito. Al haberse así dispuesto en el Expediente N° 160-2016 - JPLLY, seguida por FALTAS CONTRA LA PERSONA.LESIONES DOLOSAS, en agravio de DÁÑELA DEL MILAGRO AGOSTA SOLIS. Lambayeque, 09 de agosto del año 2016 BARBARA I. CASTRO ESCOBEDO JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA ABOG. CARMEN D. SANTA MARIA DE VERA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto EDICTO EXPEDIENTE: 4412-2015-0-1706-JRPE-3 El TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA JUEZ: NIVIA MAGGALY CORREA JIBAJA ESPECIALISTA: JANETH SÁNCHEZ CAJO Por el presente edicto, la Señora Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado GARCÍA FERRO JHON LEANDRO con la Resolución Número Cuatro de fecha 07 de del 2016; la que resuelve: CONFERIR TRASALDO DE REQUEIRMIENTO ACUSATORIO A LOS DEMÁS SUJETOS PROCESA-

JUDICIAL LES POR EL PLAZO PARENTORIO DE DIEZ DÍAZ HÁBILES a efectos de que puedan por escrito ) observar formalmente la acusación ,2) deducir excepciones y otros medios de defensa 39 solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada ,4 ) pedir el sobreseimiento,5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad,6) ofrecer la prueba para el juicio ,7)objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes.8) proponer los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados , obviando su actuación probatoria en juicio 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados , y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Por haberse dispuesto así en el EXP N° 4412-15-0-1706-JR-7, en los seguidos contra GARCÍA FERRO JHON LEANDRO, por el presunto delito de LESIONES CULPOSAS en agravio de CUSTODIO FLORES GÉNESIS IBETH. Chiclayo, 28 de junio de 2016 NIVIA MAGGALY CORREA JIBAJA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 01367-2016-0-1706JR-PE-06 JUEZ: EDGARDO HERNÁN ASENJO TAMAY ESPECIALISTA: TORRES TAFUR LISSETE BENEFICIARIO: SAMILLAN HEREDIA, JOSÉ FRANCISCO DEMANDADO: SEGUNDA FISCAL PENAL DE CHICLAYO DRA KAREN RUTH PADILLA TENORIO, TERCERA FISCALÍA SUPERIOR PENAL DE APELACIONES DE LAMBAYEQUE DR ROLANDO GALLEGO LLACTA DEMANDANTE: SAMILLAN HEREDIA, MATILDE El Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, notifica por el presente edicto a MATILDE SAMILLAN HEREDIA, toda vez que mediante resolución N ° Dos se ordenó notificar mediante edictos a la demandante con la resolución N ° UNO que resuelve: 1. DECLARAR IMPROCEDENTE LIMINARMENTE la demanda de habeas corpus Interpuesta por Matilde Samillán Heredia, a favor de José Francisco Samillán Heredia, la misma que la dirige contra la Dra. Karen Ruth Padilla Tenorio, Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo, y contra el Dr. Rolando Gallegos Llacta, Fiscal Superior de la Tercera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Lambayeque. 2. CONSENTIDA O EJECUTORIADA que sea la presente resolución, archívese la misma remitiéndose a la Oficina del Archivo Central para su custodia. 4. NOTIFÍQUESE conforme a ley.EDGARDO H. ASENJO TAMAY JUEZ 6° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto EDICTO PENAL JUZGADO: 2DO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIAL - JAÉN JUEZ: DRA. ESMERALDA G. CARLOS PERALTA CITA Y EMPLAZA al acusado JOSÉ IRENE ZELADA PÉREZ, identificado con DNI 27683497, para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Cuaderno Judicial No 605-2015-1703, por el Delito VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR

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DE EDAD, en agravio de R.Q.M. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 605-2015-1703-SJPUSJ, seguido contra JOSÉ IRENE ZELADA PÉREZ en agravio de R.Q.M. por el delito de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD. DRA. ESMERALDA GUISELA CARLOS PERALTA DIRECTORA DE DEBATES DE JUZGADO PENAL COLEGIADO DE JAEN PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DR. JUAN GUALBERTO SÁNCHEZ DEJO ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 1588-2016-0-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado contumaz PABLO MARTÍNEZ CRUZ domiciliado en Manzana C lote 3 en Asentamiento Humano Miraflores en el distrito de Motupe, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Víctor Doig y Lora 185 de esta localidad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 1588-2016-0 que se le sigue por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de BALBINA RAMOS CRUZ.Lambayeque, 11 de Agosto del 2016 DR. JUAN GUALBERTO SANCHEZ DEJO JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto EDICTO EL NO VENO JUZGADO DE PAZ LETRADO ESPECIALIZADO EN FALTAS DE CHICLAYO. JUEZ: DR. HUGO SANTACRUZPARCO. CITA Y EMPLAZA a ANA IRIS POZO AREVALO u efecto de que se apersone al local del juzgado por haberse ordenado su UBICACIÓN Y CAPTURA A NIVEL NACIONAL; debiendo concurrir al local del juzgado sito en Av. Sesquicentenario N° 404 Urb. Santa Victoria (Ref. frente a Hipermercados METRO) - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en la instrucción N° 02360-2015-9”JPLEF-CH, seguido en agravio de GLADIS MARLENI TOCAS RÍOS, por Fallas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas. HUGO SANTA CRUZ PARCO JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FALTAS PODER JUDICIAL – CSJLA 19, 20, 22 Agosto EDICTO PENAL 2° JUZG. INVEST. PREPARATORIA FLAGRANCIA, OAF Y CEED EXPEDIENTE: 05387-2016-0-1706JR-PE-02 JUEZ: VASQUEZ RUIZ MARISOL ESPECIALISTA: VASQUEZ VASQUEZ MARÍA LUZCELINA MINISTERIO PUBLICO: FERNANDEZ SIRLOPU, JOSÉ LUIS REPRESENTANTE: SILVA FALEN DE RIMARACHIN, DORA IMPUTADO: RIMARACHIN GALVEZ, ALEXI SALVADOR DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: RIMARACHIN SILVA, ALEXIS Por el presente edicto, la Sra. Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado ALEXI SALVADOR RIMARACHIN GALVEZ con la Resolución Número dos de fecha 04 de julio del 2016; la que resuelve: 1. CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO POR EL DELITO DE OMISIÓN

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Chiclayo, Viernes 19 de Agosto del 2016

A LA ASISTENCIA FAMILIAR requerido por el representante del Ministerio Público; en contra del imputado ALEXI SALVADOR RIMARACHIN GALVEZ, para el día QUINCE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISEIS, a horas ONCE CON TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta), en la sala de Audiencias número DOS del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz 155 (segundo piso), con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, bajo apercibimiento de aplicarse lo establecido el artículo 144° inciso 2) del Nuevo Código Procesal Penal en caso de inasistencia injustificada por parte del señor Fiscal y en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, adicionándose que al tratarse de una audiencia inaplazable la inconcurrencia de éste último ocasionara su exclusión de la defensa y se continuará la misma con el abogado defensor público asignado. 2. OFICÍESE al COORDINADOR DE LA DEFENSORÍA DE OFICIO con la finalidad de que DESIGNE Abogado Defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado ALEXI SALVADOR) RIMARACHIN GALVEZ, en la presente diligencia, dejando a salvo su derecho de elegir abogado de su libre elección. MARISOL VASQUEZ RUIZ JUEZ TITULAR 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 18, 19, 20 Agosto EDICTO PENAL 2°JUZG. INVEST. PREPARATORIA EXPEDIENTE: 03625-2016-0-1706JR-PE-02 JUEZ: VASQUEZ RUIZ MARISOL ESPECIALISTA: VASQUEZ VASQUEZ MARÍA LUZCELINA MINISTERIO PUBLICO: CACERES ALEJOS, CARLOS GUSTAVO IMPUTADO: ARBULU VASQUEZ, LUIS MERARDO DELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD AGRAVIADO: LA SOCIEDAD Por el presente Edicto, la Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado LUIS MERARDO ARBULU VASQUEZ, con la resolución número tres de fecha veinticinco de Julio del dos mil dieciséis, la misma que dispone: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA DIECIOCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS 08:00 DE LA MAÑANA EN LA SALA N° 02 del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo; ubicada en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo - 2do piso, quedando debidamente notificada la parte asistente. MARISOL VASQUEZ RUIZ JUEZ TITULAR 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 18, 19, 20 Agosto EDICTO PENAL 2° JUZG. INVEST. PREPARATORIA EXPEDIENTE: 03156-2016-0-1706JR-PE-02 JUEZ: VASQUEZ RUIZ MARISOL ESPECIALISTA: VASQUEZ VASQUEZ MARÍA LUZCELINA MINISTERIO PUBLICO: SAMILLAN VALLEJOS, GLORIA IMPUTADO: TESEN QUINTANA, JORGE LUIS DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: RIMARACHIN GASCO, ALFONSO SAMIR RIMARACHIN GASCO, CARMINA Por el presente Edicto, la Juez del Segundo Juzgado de Investigación

CRÓNICA Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado JORGE LUIS TESEN QUINTANA, con la resolución número cuatro de fecha 25 de julio del dos mil dieciséis, la misma que dispone: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA DIECINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS 08:40 DE LA MAÑANA EN LA SALA N° 02 del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo; ubicada en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo - 2do piso, quedando debidamente notificadas las partes asistentes. MARISOL VASQUEZ RUIZ JUEZ TITULAR 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 18, 19, 20 Agosto EDICTO PENAL 3° JUZG. INVEST. PREPARATORIA FLAGRANCIA, OAF Y CEED EXPEDIENTE: 04960-2015-0-1706JR-PE-03 JUEZ: NIVIA CORREA JIBAJA ESPECIALISTA: TORRES TAFUR LISSETE MINISTERIO PUBLICO: PINILLOS PADILLA, VÍCTOR REPRESENTANTE: MINISTERIO PUBLICO 1 FPPCH IMPUTADO: OROZCO OLIVARES, LIBRADO MARTIN DELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION AGRAVIADO: LA SOCIEDAD El Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, notifica por el presente edicto a LIBRADO MARTIN OROZCO OLIVARES, con extracto de la resolución N° UNO de fecha trece de agosto del dos mil quince y resolución N° TRES de fecha diecisiete de junio del presente año: RESOLUCIÓN N° UNO: I] TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio 10 DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. II] DESÍGNESE Abogado defensor Público de Oficio, para que asuma la defensa del imputado, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por Abogado de su libre elección en cualquier momento. Por consiguiente, NOTIFIQUESE AL COORDINADOR de los defensores de oficio en su sede institucional con COPIA DE LA ACUSACIÓN FISCAL, para que cumpla con lo ordenado, bajo apercibimiento de tenérsele por designado a él mismo, en caso de incumplimiento. RESOLUCIÓN N° TRES: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN, la misma que se llevará a cabo el día VEINTIDÓS DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISEIS. A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta) en la sala de audiencia número tres, del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicada en la avenida. José Leonardo Ortiz número ciento cincuenta y cinco - centro cívico - Chiclayo. SE PONE DE CONOCIMIENTO al defensor público del imputado, y al representante

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

del Ministerio Público su obligación de asistir a la audiencia programada, BAJO APERCIBIMIENTO de aplicarse el artículo 85.1 del Código Procesal Penal, modificado por la ley N° 30076, artículo 144°. 2 del Código Procesal Penal. DEJÁNDOSE CONSTANCIA que para la fijación de la audiencia se tiene en cuenta la agenda recargada. NOTIFIQUESE a las partes procesales, sin perjuicio de notificar a los imputados mediante EDICTOS en el DIARIO “LA REPÚBLICA” por tres días consecutivos. NIVIA MAGGALY CORREA JIBAJA JUEZ JUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA 18, 19, 20 Agosto EDICTO PENAL 3° JUZG. INVEST. PREPARATORIA FLAGRANCIA, OAF Y CEED EXPEDIENTE: 00230-2016-0-1706JR-PE-03 JUEZ: TORRES SÁNCHEZ VÍCTOR ADOLFO ESPECIALISTA: VASQUEZ VASQUEZ MARÍA LUZCELINA MINISTERIO PUBLICO: PORTALATINO SEGURA, RODOLFO DANIEL REPRESENTANTE: GÓMEZ TRUJILLO, EDITA IMPUTADO: CHAVEZ ALVA, EMERSON DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: CHAVEZ GÓMEZ, EMERSON Y LUZVIT Por el presente edicto, la Sra. Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado EMERSON CHAVEZ ALVA con la Resolución Número TRES de fecha 27 de Junio del 2016; la que resuelve: REPROGRAMAR la AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO POR EL DELITO DE OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR requerido por el representante del Ministerio Público; en contra del imputado EMERSON CHAVEZ ALVA, para el día VEINTICUATRO DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISEIS, a horas DOCE CON TREINTA DE LA TARDE (hora exacta), en la sala de Audiencias número TRES del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz 155 (segundo piso), con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, bajo apercibimiento de aplicarse lo establecido el artículo 144° inciso 2) del Nuevo Código Procesal Penal en caso de inasistencia injustificada por parte del señor Fiscal y en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, adicionándose que al tratarse de una audiencia inaplazable la inconcurrencia de éste último será puesta de conocimiento del Coordinador de la Defensoría Pública. PRECISÁNDOSE que la fecha programada responde exclusivamente a la recargada agenda de audiencias que debe afrontar este Juzgado como consecuencia de conocer también las causas penales de procesos comunes al no haberse producido en ningún momento la redistribución de Procesos. A los escritos presentados por el procesado Emerson Chávez Alva. TENGASE por apersonado al proceso, pro señalado su domicilio real en la calle San Francisco de Yeso S/N distrito de San Francisco, provincia de Luya, departamento de Amazonas, por nombrado como su abogado defensor al letrado William Joe Salazar Castañeda, pro señalado su domicilio procesal en la calle San José N° 1057 - Of. 416 - Chiclayo electrónica N° 16852 para efectos de las notificaciones. Al telegiro por la suma de S/.500.00 y la constancia de depósito judicial N° 2016023103130 por la suma de S/.2,000.00: AGREGÚESE a los autos y póngase de conocimiento a

los demás sujetos procesales. NOTIFIQUESE. NIVIA MAGGALY CORREA JIBAJA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA 18, 19, 20 Agosto EDICTO EXPEDIENTE N° 4240-2016-0 La Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al imputado JOSÉ MEDINA ESPIL, a fin de que concurra a la audiencia de Incoación de Proceso Inmediato que ha sido reprogramada para el día VEINTICUATRO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISÉIS. A HORAS UNA DE LA TARDE, a realizarse en la Sala de audiencias número TRES, del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 4240-2016-0, proceso seguido contra el imputado citado, por el delito contra la Familia, en su figura de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de ANDREA DEL PILAR MEDINA CHÁVEZ; lo que notifica de acuerdo a ley. Especialista Legal: Kelly Puescas Chunga. NIVIA MAGGALY CORREA JIBAJA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA 18, 19, 20 Agosto EDICTO EXPEDIENTE N° 4388-2016-0 La Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al imputado EBERT ULISES CASAS ESQUECHE, a fin de que concurra a la audiencia de Incoación de Proceso Inmediato que ha sido reprogramada para el día VEINTICUATRO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISÉIS. A HORAS UNA Y QUINCE DE LA TARDE, a realizarse en la Sala de audiencias número TRES, del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 43882016-0, proceso seguido contra el imputado citado, por el delito contra la Familia, en su figura de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Joseph Gabriel Casas Fernández; lo que notifica de acuerdo a ley. Especialista Legal: Jorge Enrique Tello Gonzáles. NIVIA MAGGALY CORREA JIBAJA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA 18, 19, 20 Agosto EDICTO PENAL EXP. N° 06922-2014-0-1706-JR-PE01- LTT EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE. 1 ° JUZG. INVEST. PREPARATORIA FLAGRANCIA, OAF Y CEED EXPEDIENTE: 06922-2014-0-1706JR-PE-01 JUEZ: WILSON MEDINA MEDINA ESPECIALISTA: TORRES TAFUR LISSETE MINISTERIO PUBLICO: CARRASCO CHAPOÑAN, AURA IMPUTADO: BAUTISTA SILVA, ROBERTO DELITO: LESIONES LEVES AGRAVIADO: MONTENEGRO BURGA, JOSÉ LUIS SE NOTIFICA por el presente a ROBERTO BAUTISTA SILVA, que mediante Resolución número SEIS, se dispone notificar el traslado del requerimiento acusatorio, en la investigación que se le sigue en su contra, por el delito contra la vida, el cuerpo y

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV la salud, en su modalidad de Lesiones Leves, en agravio de José Luis Montenegro Burga y la programación de la audiencia de control de requerimiento acusatorio, se resolvió lo siguiente: , SE RESUELVE: 1) TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio 10 DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. 2) REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN la misma que se realizara el día veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis a hora doce y treinta de la tarde (hora exacta), en la Sala de Audiencias N° 1 ubicada en el 2° piso de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito Av. José Leonardo Ortiz, 155 (Centro Cívico) - Chiclayo, fecha de audiencia señalada en mérito a la recargada agenda judicial con la que cuenta este despacho judicial. Chiclayo, 01 de julio de 2016 WILSON MEDINA MEDINA JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 18, 19, 20 Agosto EDICTO PENAL JUEZ: SERGIO RALPH CHIMPEN ASENJO JUEZ DEL QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ESPECIALISTA DE JUZGADO: JANETH SÁNCHEZ CAJO EXPEDIENTE: 4256-2016-0-1706-JRPE-05°. Por el presente edicto, se pone de conocimiento del imputado: JHON ROBERT COTRINA que mediante Resolución número DOS de fecha 22 DE Julio del 2016, se resolvió lo siguiente: NOTIFICAR al acusado a través de EDICTOS, haciéndole de su conocimiento lo siguiente: 1) CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS, a efectos de que puedan por escrito 1) Observar formalmente la acusación, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando sus actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados , y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. 2) REPROGRAMAR k presente audiencia PARA EL DÍA 25 DE AGOSTO DEL 2016 A HORAS 08:05 A.M. EN LA SALA DE AUDIENCIAS NUMERO DOCE- Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo - NUEVA SEDE CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE. 3) NOTIFIQUESE la presente resolución al imputado por EDICTOS en

CRÓNICA

el diario La República por tres días consecutivos. Quedando en este acto válidamente NOTIFICADOS los concurrentes a ésta Sala de Audiencias. Chiclayo, el día 26 de julio del 2016 SERGIO R. CHIMPEN ASENJO JUEZ TITULAR JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIO PODER JUDICIAL – CSJLA 18, 19, 20 Agosto EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 03768-2015-0-1706JR-PE-04 JUEZ: CECILIA M. GRANDEZ ROJAS ESPECIALISTA: ELA SALDAÑA GUZMAN IMPUTADO: CARLOS ARTURO MUÑOZ GERMÁN Y OTRO DELITO: HURTO AGRAVADO AGRAVIADO: YURI ROMINA PÉREZ ROMERO Por el presente edicto, la señorita Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA a la agraviada YURI ROMINA PÉREZ ROMERO, con un extracto de la resolución cuatro de fecha veintidós de julio del dos mil dieciséis, la misma que dispone: III) CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. IV) SE CITA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día VEINTICINCO DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO, A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en la sala de audiencias número CUATRO del cuarto juzgado de investigación preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Chiclayo, 25 de julio del 2016 MARIA LUZCELINA VASQUEZ VASQUEZ JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 18, 19, 20 Agosto EDICTO PENAL Oficio N° 6510-2015-1706-JR-PE-AAC OCTAVOJUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: JORGE ROJAS CUBAS ESPECIALISTA: ARTURO ADRIANZEN CALUA CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos acusado SIMEÓN GABRIEL PIZARRO GÓMEZ en el proceso penal N° 6510-2015-61-1706-JR-PE-01 seguido contra el acusado SIMEÓN GABRIEL PIZARRO GÓMEZ como presunto autor del delito Contra El Peligro Común, en su modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, ilícito previsto en el artículo 274° del Código Penal, en agravio de LA SOCIEDAD, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL reprogramada para el día VEINTISÉIS DE AGOSTO del año dos mil DIECISEIS a horas UNA DE LA TARDE, (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia

JUDICIAL número DIECISEIS (16), de los Juzgado Penales unipersonales, ubicada en el .segundo pino de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° I 15 - Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 6510-2015-611706-JR-PE-01 seguido contra el acusado SIMEÓN GABRIEL PIZARRO GÓMEZ como presunto autor del delito Contra El Peligro Común, en su modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, ¡lícito previsto en el artículo 274a de) Código Penal, en agravio de LA SOCIEDAD, Notificándose bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, resérvame, el proceso y ordéname su conducción compulsiva en coso de inasistencia. JORGE ASBEL ROJAS CUBAS JUEZ 8° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ-NCPP-CSJLAMB 18, 19, 20 Agosto EDICTO EXPEDIENTE N° 4915-2016-0 El Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al acusado MARTÍN ROQUE DÍAZ, a fin de que concurra a la audiencia de Incoación del Proceso Inmediato reprogramada para el día VEINTISÉIS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISEIS, A HORAS DOCE Y TREINTA, a realizarse en la Sala de audiencias número CUATRO, del CUARTO Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 4915-2016-0, proceso seguido contra el acusado precitado, por el delito contra la Familia, en su figura de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de ANDERSON ELY ROQUE CASTRO; lo que notifica de acuerdo a ley. Especialista Legal: María Vasquez Vásquez MARIA LUZCELINA VASQUEZ VASQUEZ JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 18, 19, 20 Agosto EDICTO EXPEDIENTE N°: 01201-2015-0-1703JR-PE-02 JUEZ: DR. ORLANDO GERMÁN PARÍ GONZALES ESP. DE JUZGADO: ABOG. VIOLETA CORONADO NUÑEZ SE HACE SABER A: ESPINOZA DELGADO HÉCTOR JOSUÉ El Señor Juez Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO NOTIFICAR AL IMPUTADO: ESPINOZA DELGADO HÉCTOR JOSUÉ con el requerimiento de control de acusación con el siguiente tenor; con la RESOLUCIÓN N°03 de fecha 16 de junio del año dos mil dieciséis en la que SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio DIEZ DÍAS útiles, a efectos de que puedan por escrito: 1) Observar formalmente el requerimiento de acusación, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor

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el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar correspondiente; y con la RES N° 05 de fecha 01 de agosto del año dos mil dieciséis, en la que se ha resuelto lo siguiente: SE RESUELVE: 1.- NOTIFICAR a los imputados ESPINOZA DELGADO HÉCTOR JOSUÉ para que concurra a la audiencia de control de acusación para el día 26 DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE DE LA MAÑANA. HORA EXACTA: en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén ubicada en la esquina de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga (2do. piso) de ésta ciudad, con la presencia obligatoria del Fiscal y Defensor Público del procesado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de éste último de excluirlo de la defensa, subrogarlo, y designar a otro Defensor Público, tal como lo autoriza el artículo 85° numeral 1 del Código Procesal Penal modificado por Ley N° 30076.IV.- PRECÍSESE que la realización de la audiencia se desarrollará conforme a lo establecido por el artículo 345° del Código ProcesaI Penal, esto es, primero se desarrollará el sobreseimiento fiscal, la que se instalará con las asistentes, a quienes escuchará por su orden, para luego, en su oportunidad desarrollar el requerimiento acusatorio, debiendo entenderse que se tenderán por notificadas las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque o hayan concurrido, corno lo dispone el artículo 16° numeral 1 y 2 del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. V.- PRECÍSESE que los procesados se encuentran con la medida de COMPARECENCIA SIMPLE, debiendo el señor Fiscal a cargo de la presente investigación hacer entrega de sus elementos de convicción en pleno acto antes que culmine la audiencia preliminar de control de acusación, bajo apercibimiento de dar cuenta a su Superior en caso de incumplimiento.VI.- OFICÍESE al Coordinador de la Defensoría Pública de Jaén, a fin que designe un Defensor Público para que asuma la defensa técnica del procesado, debiendo adjuntar copia del presente requerimiento fiscal y la presente resolución.-VII.PRECÍSESE a las partes procesales que de observar el requerimiento de acusación, deberán hacerlo por escrito y debidamente fundamentado durante el traslado conferido por los diez días conforme a lo dispuesto por la Casación N° 53-2010-Piura, todo ello en aplicación del principio de igualdad de armas, bajo apercibimiento de declararse infundado dicha observación. Por haberse ordenado así en el Expediente Me dirijo a Usted, remitiendo el EDICTO derivado del 01201-2015-01703-JR-PE-02, seguido contra ESPINOZÁ DELGADO HÉCTOR JOSUÉ, por el delito de ROBO AGRAVADO en agravio de VERA OLIVA STEFANY FIORELA. Jaén, 10 de agosto del 2016 DR. ORLANDO GERMAN PARI GONZALES JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-JAEN L. VIOLETA CORONADO NUÑEZ ESPECIALISTA JUDICIAL PJIP-JAEN 18, 19, 20 Agosto EDICTO PENAL EXP. N° 7811-2015-0-1706-JR-PE6°-JIP-KPCH. EL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE. JUEZ: Dra. YOLANDA GIL LUDEÑA. SE NOTIFICA por el presente al imputado JOSÉ ENRIQUE FELICIANO HUAMAN, con el contenido de la resolución número dos, que dispone.

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Chiclayo, Viernes 19 de Agosto del 2016

a) Conferir traslado a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. b) Precisar que la Carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las Oficinas de la Fiscalía encargada del caso para los fines que corresponda. c) PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día VEINTISÉIS DE AGOSTODEL AÑO EN CURSO a horas DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta), en la sala de audiencias número TRECE del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria, ubicada en Av. José Leonardo Ortiz N° 155-2do piso- Centro Cívico de esta ciudad; d) Precisar que durante la audiencia: 1) No está permitido la actuación de diligencias de investigación o de pruebas específicas, salvo el trámite de prueba anticipada y la presentación de prueba documental para decidir cualquier solicitud señalada en el artículo 350° del Código Procesal Penal; 2) No se admitirá la presentación de escritos; bajo apercibimiento para el abogado defensor del imputado y del representante del Ministerio Publico de proceder conforme al artículo 85° inciso 1 y de imponer las medidas sancionatorias correspondientes si por su causa se frustra la audiencia; y 144 inciso 2 del Código Procesal Penal respectivamente, en caso de inasistencia injustificada. Por haberse ordenado así en la Instrucción N° 7811-2015-0-1706-JR-PE6° seguido en su contra por el delito de hurto simple en grado de tentativa en agravio de SODIMAC S.A Secretaria: Kelly Juiliana Puescas Chunga. Chiclayo, 22 de julio de 2016 MARIA YOLANDA GIL LUDEÑA JUEZ SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA 18, 19, 20 Agosto EDICTO PENAL LA SEÑORA JUEZ DEL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL DE CHICLAYO, DRA. MARÍA YOLANDA GIL LUDEÑA. Por la presente: se cita, llama, emplaza y NOTIFICA al imputado: FERNANDO SÁNCHEZ DÍAZ, identificado con DNI. N° 41640151, con domicilio real en calle San Martín N° 107 Pomalca - Chiclayo, para que concurra a la audiencia preliminar de Requerimiento de PRISIÓN PREVENTIVA, reprogramada para el día VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL 2016 a horas ONCE de la mañana (hora exacta), en la Sala de Audiencia Nro. Trece de este Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo.Por haberse ordenado en el Expediente Nro. 2039-2016-(0)-6°J IP/ NCPP seguida en su contra por el delito de HOMICIDIO en agravio de ALEXIS ESMIN HUAMAN ÑIQUEN. Especialista Legal: Lissete Torres

CRÓNICA Tafur. Chiclayo, 04 de Julio del 2016 MARIA YOLANDA GIL LUDEÑA JUEZ SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA 18, 19, 20 Agosto EDICTO PENAL LA SEÑORA JUEZ DEL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL DE CHICLAYO, DRA. YOLANDA GIL LUDEÑA. Por la presente: se cita, llama, emplaza y NOTIFICA al acusado: PERCY IRENE CIEZA, identificado con DNI. N° 48228193, para que concurra a la audiencia preliminar de control de Acusación, reprogramada para el día VEINTINUEVE DE AGOSTO del 2016, a horas 09:00am, (hora exacta), en la Sala de Audiencia Nro. Trece de este Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo.- Por haberse ordenado en el Expediente Nro. 5041-2015-0-6°JIP/NCPP; seguido en su contra por el delito de VIOLACIÓN SEXUAL en agravio de B.R.L. Especialista Legal: Lissete Torres. Chiclayo, 04 de Julio del 2016 MARIA YOLANDA GIL LUDEÑA JUEZ SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA 18, 19, 20 Agosto EDICTO PENAL LA SEÑORA JUEZ DEL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL DE CHICLAYO, DRA. YOLANDA GIL LUDEÑA. Por la presente: se cita, llama, emplaza y NOTIFICA al acusado: PERCY IRENE CIEZA, identificado con DNI. N° 48228193, para que concurra a la audiencia preliminar de control de Acusación, reprogramada para el día VEINTINUEVE DE AGOSTO del 2016, a horas 09:00am, (hora exacta), en la Sala de Audiencia Nro. Trece de este Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo.- Por haberse ordenado en el Expediente Nro. 1372-2015-(0)-6°JIP/NCPP seguida en su contra por el delito de VIOLACIÓN SEXUAL en agravio de B.R.L. Especialista Legal: Lissete Torres. Chiclayo, 04 de Julio del 2016 MARIA YOLANDA GIL LUDEÑA JUEZ SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA 18, 19, 20 Agosto EDICTO EXPEDIENTE N° 4323-2016-0 El Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al acusado JAMER PARDO GONZALES, a fin de que concurra a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO reprogramada para el día VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISEIS. A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA, a realizarse en la Sala de audiencias número CUATRO, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 43232016-0, proceso seguido contra el acusado precitado, por el delito contra la SEGURIDAD PUBLICA, en su figura de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la SOCIEDAD; lo que notifica de acuerdo a ley. Especialista Legal: Jorge Enrique Tello Gonzáles CECILIA M. GRANDEZ JUEZ TITULAR 4° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 18, 19, 20 Agosto

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

EDICTO PENAL JUEZ: SERGIO RALPH CHIMPEN ASENJO JUEZ DEL QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CHICLAYO. ESPECIALISTA DE JUZGADO: ELA SALDAÑA GUZMAN EXPEDIENTE: 720-2016-0-1706-JRPE-05° Por el presente edicto, se pone de conocimiento de los imputados: Elmer Iván Bustamante Flores y Esteban Bustamante Campos, que mediante Resolución número CINCO de fecha 19 de Julio del 2016, se resolvió lo siguiente: NOTIFICAR al acusado a través de EDICTOS, haciéndole de su conocimiento lo siguiente: 1) CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS, a efectos de que puedan por escrito 1) Observar formalmente la acusación, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando sus actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación 2) REPROGRAMAR la presente audiencia PARA EL DÍA 29 DE AGOSO DEL 2016, A HORAS 10:00 A.M. EN LA SALA DE AUDIENCIAS NUMERO DOCE- Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo - NUEVA SEDE CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE: bajo apercibimiento, de llevarse a cabo la audiencia con o sin su presencia. 3) NOTIFIQUESE la presente resolución al imputado por EDICTOS en el diario La República por tres días consecutivos Quedando en este acto válidamente NOTIFICADOS los concurrentes a ésta Sala de Audiencias. Chiclayo, el día 19 de Julio del 2016 SERGIO R. CHIMPEN ASENJO JUEZ TITULAR 5° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIO PODER JUDICIAL – CSJLA 18, 19, 20 Agosto EDICTO El 7° Juzgado Unipersonal Supraprovincial de Chiclayo, Juez Pedro Martin Delgado Ramírez, CITA Y EMPLAZA al acusado CARLOS ALBERTO DELGADO TRELLES, como autor del delito CONTRA EL PATRIMONIO en su figura de ESTAFA tipificado en el artículo 196° del Código Penal, en agravio de WILMER MARTÍNEZ VEGA, audiencia que se realizará el día TREINTA Y UNO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DOS y CUARENTA DE LA TARDE en la SALA de Audiencias número CATORCE del Juzgado Unipersonal de Chiclayo ubicado en el tercer Piso, sito en la calle José Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarada reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse ordenado así en el proceso 4003-2013-41-1706-JR-PE-l0 que se sigue contra dicha acusada por el delito CONTRA EL PATRIMONIO - ESTAFA en agravio de Wilmer Martínez Vega. (Secretaria Rosa Paz Noriega) PEDRO MARTIN DELGADO RAMIREZ JUEZ SETIMO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLA 18, 19, 20 Agosto

EDICTO EXPEDIENTE N° 05391-2016-0 La Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al Imputado CARLOMAN VASQUEZ PÉREZ, identificado con DNI N° 27408038, a fin de que concurra a la audiencia de Proceso Inmediato reprogramada para el día TREINTA Y UNO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISEIS. A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, a realizarse en la Sala de audiencias número DOS, del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso -Chiclayo, en el Expediente N° 05391-2016-0, proceso seguido contra el acusado precitado, por el delito contra la Familia, en su figura de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de ANA VASQUEZ JARA; lo que notifica de acuerdo a ley. Especialista Legal: Jorge Enrique Tello Gonzáles. MARISOL VASQUEZ RUIZ JUEZ TITULAR 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 18, 19, 20 Agosto EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 03215-2016-0-1706JR-PE-02 JUZGADO: QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: EVA MARÍA VASQUEZ VASQUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL: JOSÉ RUPERTO MERINO YBEROS Se NOTIFICA a: ELMER FERNANDEZ SÁNCHEZ, con el acta de audiencia de fecha primero de Agosto del año 2016, en la cual se ha RESUELTO: 1.- Respecto al acusado ELMER FERNANDEZ SÁNCHEZ REPROGRAMAR la presente audiencia de juicio oral para el día SEIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DOCE Y TREINTA, diligencia que se realizará en la sala de audiencias NUMERO SEIS (06) ubicada en el segundo piso de la nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque sito en Av. José Leonardo Ortiz N° 155 - Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. 2.- SE DISPONE se notifique a través de edictos por tres días consecutivos en el Diario La República al acusado ELMER FERNANDEZ SÁNCHEZ debiendo adjuntar dichos edictos en Forma oportuna. 3.- La presente publicación se deberá realizar por TRES DIAS. EVA MARIA VASQUEZ VASQUEZ JUEZ QUINTO JUZGADO UNIPERSONAL PJ-NCPP-CSJLAMB 18, 19, 20 Agosto EDICTO PENAL EXP. N° 440-2015-96-1706-PE-07° SÉTIMO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: DR. PEDRO MARTIN DELGADO RAMÍREZ ESPECIALISTA LEGAL: ARTURO ADRIANZEN CALUA Se NOTIFICA a: FRANCO ANTONIO CAMPANA VASQUEZ, con domicilio en la calle Los Quipus N°. 657 - La Victoria- Chiclayo, y con domicilio en Chosica del Norte s/n -La Victoria Chiclayo con el acta de audiencia de fecha doce de julio del año 2016, en la cual se ha resuelto: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día SEIS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, la misma que se realizará en la SALA DE AUDIENCIAS NUMERO CATORCE - TERCER PISO de la Nueva Sede del Poder Judicial, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV N°. 155 - Centro Cívico- Chiclayo; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así en el Exp. N°. 440-201596-1706-J-PE-8 seguida en su contra por el delito de CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA - PELIGRO COMÚN en la figura de CONDUCCKDN-EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LASOCIEDAD. Chiclayo, 21 de julio de 2016 PEDRO MARTIN DELGADO RAMIREZ JUEZ SETIMO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLA 18, 19, 20 Agosto EDICTO EXPEDIENTE N° 05394-2016-0 La Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al Imputado RIMI FRANKLIN CARUAJULCA MEDINA, a fin de que concurra a la audiencia de Proceso Inmediato reprogramada para el día OCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS. A HORAS DOCE Y TREINTA DEL MEDIODÍA, a realizarse en la Sala de audiencias número UNO, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 05394-2016-0, proceso seguido contra el acusado precitado, por el delito contra la Familia, en su figura de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD; lo que notifica de acuerdo a ley. Especialista Legal: Jorge Enrique Tello Gonzáles WILSON V. MEDINA MEDINA JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 18, 19, 20 Agosto EDICTO EXPEDIENTE N° 05397-2016-0 La Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al Imputado JOSÉ PABLO GUEVARA GUERRERO, a fin de que concurra a la audiencia de Proceso Inmediato reprogramada para el día OCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS. A HORAS DOCE Y QUINCE DEL MEDIODÍA, a realizarse en la Sala de audiencias número UNO, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 05397-2016-0, proceso seguido contra el acusado precitado, por el delito contra la Familia, en su figura de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de MARY CARMEN GUEVARA BAUTISTA; lo que notifica de acuerdo a ley. Especialista Legal: Jorge Enrique Tello Gonzáles. WILSON V. MEDINA MEDINA JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 18, 19, 20 Agosto EDICTO PENAL 8° JUZG. UNIPERSONAL EXPEDIENTE: 04274-2015-79-1706JR-PE-05 JUEZ: JORGE ASBEL ROJAS CUBAS ESPECIALISTA: ARTURO ADRIANZEN CALUA MINISTERIO PUB.: PINILLOS PADILLA, VÍCTOR REPRESENTANTE: RUIZ BURGA, YENY ELIZABETH IMPUTADO: ROJAS HUANAMBAL, WILTON DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: ROJAS RUIZ, LEONARDO JHEANPOL

CRÓNICA

Por el presente Edicto, El Juez del Octavo Juzgado Unipersonal de Chiclayo, NOTIFICA al acusado WILTON ROJAS HUANAMBAL como presunto autor del delito contra La Familia, en su figura de Omisión de Asistencia Familiar, modalidad de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, ¡licito previsto en el Primer Párrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio del menor Leonardo Jheanpol Rojas Ruiz , en audiencia del día NUEVE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA, diligencia que se realizará en la Sala de Audiencias número DIECISEIS del Juzgado Unipersonal de Chiclayo - Tercer Piso, sito en la calle José Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo. Bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia Sin perjuicio de notificarse mediante EDICTOS. JORGE ASBEL ROJAS CUBAS JUEZ 8° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ-NCPP-CSJLAMB 18, 19, 20 Agosto EDICTO PENAL EXP. N° 845-2016-0-1706-6°JIP/RPM LA SEÑORA JUEZ DEL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL DE CHICLAYO, DRA. MARÍA YOLANDA GIL LUDEÑA. Por la presente: se cita, llama, emplaza y NOTIFICA al imputado CARLOS ALBERTO GRANADOS ODAR. RESOLUCIÓN CINCO: CITAR A LA REPROGRAMACIÓN DE LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, la misma que se llevará a cabo EL DÍA TRECE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta), para la realización de la Audiencia de Acusación Directa en la Sala de Audiencias Número Trece del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo de la sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; Por haberse ordenado en el Expediente Nro. 00845-2016-0-170606°JIP/NCPP seguida contra CARLOS ALBERTO GRANADOS ODAR, por el delito de LESIONES LEVES en agravio de LUIS ALBERTO VÁSQUEZ SERNAQUE. Especialista Legal: Dra. KELLY PUESCAS CHUNGA Chiclayo, 20 de Julio del 2016 MARIA YOLANDA GIL LUDEÑA JUEZ SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA 18, 19, 20 Agosto EDICTO PENAL JUZGADO: PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE - CUTERVO JUEZ: DR. EDWIN IBAÑEZ FARFAN. CITA Y EMPLAZA al acusado EDILBERTO FERNANDEZ CONTRERAS, identificado con DNI 41965223 para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente Judicial No 2362015-170606, por el Delito de FALSEDAD IDEOLÓGICA, en agravio de EL ESTADO PERUANO, expediente en el cual se ha emitido la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES, Cutervo, quince de junio, del año dos mil dieciséis. AUTOS Y VISTOS: Con lo solicitado por el representante del Ministerio Público y abogado del acusado, sin oposición alguna, por lo que a efecto de no generar Indefensión respecto a la Defensa del Acusado de Autos y no generar Nulidades Posteriores; SE RESUELVE: REPROGRAMAR, la presente Audiencia de Juicio Oral para el día, TRECE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (Hora Exacta), en la Sala de Audiencia de este Órgano Jurisdiccional. NOTIFIQUESE. al acusado, EDILBERTO

JUDICIAL FERNANDEZ CONTRERAS en su domicilio real ubicado en el Caserío Cunuat-Distrito de Cujillo, sin perjuicio de ser notificado mediante Edicto Judicial Penal, por Tres Días Hábiles en el Diario Oficial, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, en caso de inasistencia injustificada, y girarse las ordenes de captura respectivas a nivel nacional. Cutervo, 15 de junio del 2016 EDWIN IBAÑEZ FARFAN JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE PJ-CSJLAMB-CUTERVO 18, 19, 20 Agosto EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 2016-059-JPU-SI ACUSADO: MARCO ANTONIO CHUMBES DE LA CRUZ DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: LUIS ÁNGEL CHUMBES OJEDA JUEZ: DR. NÉSTOR ELIO MENDOZA VEGA ESP. JUDICIAL: ABOG. CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES SE EMITE LA PRESENTE RESOLUCIÓN NÚMERO ONCE donde se dispone REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL 2016 A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA, audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en el Jirón Cuzco N° 300 Tercer Piso de esta ciudad, para que se notifique al acusado MARCO ANTONIO CHUMBES DE LA CRUZ, en el proceso seguido al acusado MARCO ANTONIO CHUMBES DE LA CRUZ, como autor del delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de LUIS ÁNGEL CHUMBES OJEDA; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; Este proceso se encuentra ventilándose con número de expediente 059-2016-JPU-SI en el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Primera Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Y se remite el presente edicto para que disponga su PUBLICACIÓN, en el diario La República - Sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de su Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal.San Ignacio, 27 de julio del 2016 NESTOR ELIO MENDOZA VEGA JUEZ DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL Y JUZGADO PENAL LIQUIDADOR – SAN IGNACIO CARLOS EDUARDO LA TORRE CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ-CSJLA-SAN IGNACIO 18, 19, 20 Agosto EDICTO EN EL EXP. N° 5790-2016-0 EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DR. REYNERIO DÍAZ TARRILLO, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO JOSÉ RODOLFO TAPIA VEGA , CON DNI N 33573350, DOMICILIO EN CALLE SAN CLEMENTE 134- QUINTO SECTOR DE URRUNAGA , PARA QUE SE PRESENTE AL LOCAL DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DEJÓSE LEONARDO RTIZ, EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUIENTE Resolución numero 01 CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE

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FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Señor Fiscal Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz. Dr. Carlos Enrique Ucañay Millones contra José Rodolfo Tapia Vega, por el presunto delito contra la Familia, en la modalidad de omisión a la asistencia familiar, en agravio de su menor hija Flor Thalia Tapia Fernández, representada por su madre María Santos Fernández Vásque, para el día TRECE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público Requerimiento fiscal Que, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de José Leonardo Ortiz la persona de MARÍA SANTOS FERNANDEZ VASQUEZ instauró un proceso de alimentos contra el investigado JOSÉ RODOLFO TAPIA VEGA, donde mediante Resolución N° 19 de fecha 15 de agosto del 2013, se emitió Sentencia y en la cual se fijó como pensión alimenticia mensual]’ adelantada la suma de DOSCIENTOS Y 00/100 SOLES a favor de su hija FlpR THALJA::3’APJA FERNANDEZ, Sentencia que fue confirmada mediante Resolución N° 20 del 01 de otubre del 2015, y ante el incumplimiento de pago se practicó la liquidación de pensiones devengadas correspondiente al periodo de julio del 2010 a noviembre del 2015, según aparece del anexo “Liquidación de Intereses Legales EfectivaMN de fecha 13 de octubre de 2015, para luego mediante la Resolución N° 20 de fecha 28 de abril de 2015 se aprobó los devengados en la suma de S/13,778.67 (trece mil setecientos setenta y ocho soles con 67/100 soles), siendo que en esta resolución se realizó con el apercibimiento de que si en el plazo de tres días no pagaba el monto adeudado, se remitiría copias certificadas al Ministerio Público para que accione penalmente por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar y al no haber cancelado la liquidación puesta a cobro, se hizo efectivo el apercibimiento decretado y se remitió copias certificadas a este Despacho Fiscal, para que proceda conforme a sus atribuciones. En el presente caso estaimos ante la presencia de la presunta comisión del delito contra la Familia en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar previsto y sancionado en el artículo 149 primer párrafo del Código Penal. JOSÉ LEONARDO ORTIZ, 26 DE JULIO DEL 2016. ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO 18, 19, 20 Agosto EDICTO EXP. Nro. 05848-2016-0 JULIO BENAVENTE DELGADO. EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ A CARGO DEL DR. DÍAZ TARRILLO NOTIFICA AL IMPUTADO HE JAMES ZEINNES CABRERA FERNANDEZ EXP. 05848 -2016-0 JBD. POR EL DELITO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION EN AGRAVIO DE LA SOCIEDAD EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUIENTE, RESOLUCIÓN NÚMERO: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Leonardo Ortiz, dos de agosto de dos mil dieciséis.- AUTOS y VISTOS, y con la razón que antecede y habiendo sido designado el Segundo Juzgado de

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Chiclayo, Viernes 19 de Agosto del 2016

Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz, como órgano jurisdiccional de turno permanente para la Incoación de Proceso Inmediato en caso de delitos de flagrancia, SE RESUELVE: 1. CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD DROGADICCION requerido por la Señora Fiscal Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dra. Roció Del Pilar Arce Cornejo, contra el imputado JAMES ZEINNES CABRERA FERNÁNDEZ, por el delito contra la SEGURIDAD PÚBLICA - DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la SOCIEDAD, para el dia TRECE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a horas DOCE DEL MEDIODÍA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias , con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447 . 4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2. Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado JAMES ZEINNES CABRERA FERNÁNDEZ por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. 3. NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real sito en la calle José Calvez N° 126 - P. J. Atusparias - JLO -Chiclayo, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control en caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia. 4.- A la señora Fiscal notifíquesele en su local Institucional o casilla electrónica 39232, INFORMÁNDOSE que si no concurre se REMITIRÁN copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y si no puede concurrir deberá coordinar dicha representante del Ministerio Público con otro Fiscal ya que la Segunda Fiscalia Provincial Penal de José Leonardo Ortiz es un ente corporativo. Notifíquese con las formalidades de ley.- REQUERIMIENTO FISCAL DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ ROCIÓ DEL PILAR ARCE CORNEJO, Fiscal Provincial Mixta de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, con domicilio legal y procesal en la calle Incanato N® 438 - José Leonardo Ortiz y con casilla judicial electrónica N° 39232; a El Ministerio Público, a tenor de lo establecido en el artículo 159® de la Constitución, y el artículo 446® y 447® del Código Procesal Penal vigente, y a las actuaciones que se acompañan al presente requerimiento, FORMULA REQUERIMIENTO DE INCpACIÓN DE PROCESO INMEDIATO contra JAMES ZEINNES CABRERA FERNÁNDEZ por la presunta comisión del delito contra la SEGURIDAD PÚBLICA DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, ilícito penal regulado en el artículo 274° del Código Penal; en los términos siguientes: NOMBRES Y APELLIDOS: LA SOCIEDAD REPRESENTANTE

CRÓNICA MINISTERIO PÚBLICO De autos fluye que JAMES ZEINNES CABRERA FERNANDEZ, el día 13 de Febrero del 2016, a las 18:00 horas, fue intervenido por personal policial que realizaba patrullaje, en circunstancias en que conducía su vehículo menor -mototaxi, marca Wanxin, color rojo, con placa de rodaje M3-9634, siendo intervenido a la altura de la avenida Panamá y Paraguay de este Distrito en evidente estado de ebriedad, por lo que se practicó el examen cualitativo para dosaje etHico el cual arrojó 0.96 g/1 (cero gramos noventa y seis cgs. de alcohol por litro de sangre). Luego de haberse practicado las investigaciones preliminares realizadas en este despacho Fiscal, se ha logrado recabar los siguientes elementos de prueba, que vinculan al imputado, con el hecho ilícito materia de investigación: Al investigado JAMES ZEINNES CABRERA FERNÁNDEZ se le atribuye ser AUTOR del delito contra la SEGURIDAD PÚBLICA DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, El hecho que se le atribuye al imputado JAMES ZEINNES CABRERA FERNÁNDEZ se encuadra en el delito contra la SEGURIDAD PÚBLICA - DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, delito previsto y sancionado en el artículo 274° primer párrafo del Código Penal, el mismo que prescribe: “El que encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-litro, o bajo el efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, conduce, opera o maniobra vehículo motorizado, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor de dos años o con prestación de servicios comunitarios de cincuenta y dos a ciento cuatro jornadas e inhabilitación, conforme al artículo 36, inciso 7) de la acotada norma penal. Cuando el agente presta servicios de transporte público de pasajeros, mercancías o carga en general, encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.25 gramos-litro, o bajo el efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, conduce, opera o maniobra vehículo motorizado, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de tres años o con prestación de servicios comunitarios de setenta a ciento cuarenta jornadas e inhabilitación, conforme al artículo 36, inciso 7). En e! presente caso se ha culminado las diligencias preliminares; y, el imputado no ha cumplido con el pago de la reparación civil, conforme a las copias certificadas que obran en presente carpeta fiscal, corrientes a folios 01-05, que hacen evidente la comisión del ilícito penal contra la SEGURIDAD PÚBLICA - DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD. De ser el caso, se solicita a su despacho la oportunidad para instar en audiencia de incoación de proceso InmediatoA Usted, Señor Juez de Investigación Preparatoria, solicito se sirva dar trámite al presente Requerimiento Fiscal de Proceso Inmediato, y declarar en su oportunidad LA PROCEDENCIA DE PROCESO INMEDIATO previa audiencia, la misma que será convocada por su Despacho en el plazo legal correspondiente. JOSÉ LEONARDO ORTIZ 10 DE AGOSTO DEL 2016 REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO

JUDICIAL

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ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 18, 19, 20 Agosto EDICTO EXP. Nro. 05860-2016-0 JULIO BENAVENTE DELGADO.EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ A CARGO DEL DR. DÍAZ TARRILLO NOTIFICA AL IMPUTADO JOSÉ LUIS CORDOVA CALDERÓN EXP. 05860 -2016-0 JBD. POR EL DELITO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION EN AGRAVIO DE LA SOCIEDAD EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUIENTE, RESOLUCIÓN NÚMERO: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Leonardo Ortiz, dos de agosto de dos mil dieciséis.-AUTOS y VISTOS, y con la razón que antecede y habiendo sido designado el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz, como órgano jurisdiccional de turno permanente para la Incoación de Proceso Inmediato en caso de delitos de flagrancia, SE RESUELVE:!. CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA,OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD -DROGADICCION requerido por la Señora Fiscal Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dra. Rocío Del Pilar Arce Cornejo, contra el imputado JOSÉ LUIS CORDOVA CALDERÓN, por el delito contra la SEGURIDAD PÚBLICA -DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la SOCIEDAD, para el día TRECE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a horas UNA DE LA TARDE (hora exacta) en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2. OFICÍESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop. 3. Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado JOSÉ LUIS CÓRDOVA CALDERÓN por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. 4. NOTIFIQUESE al imputado en su domicilio real sito en la calle El Tumi N° 126 - La Victoria - Chiclayo, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control en caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia. 5. A la señora Fiscal notifiquesele en su local Institucional o casilla electrónica 39232, INFORMÁNDOSE que si no concurre se REMITIRÁN copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y si no puede concurrir deberá coordinar dicha repre-

sentante del Ministerio Público con otro Fiscal ya que la Segunda Fiscalia Provincial Penal de José Leonardo Ortiz es un ente corporativo. Notifiquese con las formalidades de ley.- REQUERIMIENTO FISCAL DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ ROCIÓ DEL PILAR ARCE CORNEJO, Fiscal Provincial Mixta de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa con casilla judicial electrónica N® 39232; a Usted digo: El Ministerio Público, a tenor de lo establecido en el artículo 159° de la Constitución, y el artículo 446° y 447° del Código Procesal Penal vigente, y a las actuaciones que se acompañan al presente requerimiento, FORMULA REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO contra JOSÉ LUIS CÓRDOVA CALDERÓN por la presunta comisión del delito contra la SEGURIDAD PÚBLICA DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, ¡lícito penal regulado en el artículo 274° del Código Penal; en los términos De autos fluye que JOSÉ LUIS CÓRDOVA CALDERÓN, el día 06 de del 2015, fue intervenido por personal policial que realizaba patruilaje, en circunstancias en que conducía su vehículo mayor -automóvil, marca Daewoo, año 1998, color amarillo, con placa de rodaje CC-3627, a excesiva velocidad, siendo intervenido a la altura de la Comisaría de José Leonardo Ortiz y al solicitársele los documentos tales como licencia de conducir, tarjeta de propiedad y SOAT, se pudo observar que dicho imputado presentaba síntomas de ebriedad, por io que se practicó el examen cualitativo para dosaje etílico el cual arrojó 0.55 g/1 (cero gramos cgs. de alcohol por litro de sangre). El hecho que se le atribuye al imputado JOSÉ LUIS CÓRDOVA CALDERÓN se encuadra en el delito contra la SEGURIDAD PÚBLICA - DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, delito previsto y sancionado en el artículo 274° primer párrafo del Código Penal, el mismo que prescribe: “El que encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-litro, o bajo el efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicctrópicas o sintéticas, conduce, opera o maniobra vehículo motorizado, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor de dos años o con prestación de servicios comunitarios de cincuenta y dos a ciento cuatro jornadas e inhabilitación, conforme al artículo 36, inciso 7) de la acotada norma penal. Cuando el agente presta servicios de transporte público de pasajeros, mercancías o carga en general, encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.25 gramos-l¡tro,o bajo el efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, conduce, opera o maniobra vehículo motorizado, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de tres años o con prestación de sen/Icios comunitarios de setenta a ciento cuarenta jornadas e inhabilitación, conforme al artículo 36, inciso 7). 6.2. Presupuestos para la procedencia del Proceso InmediatorEl artículo 446® numeral 1) del Código Procesal PenaP establece cuales son los presupuestos en los que procede la incoación del Proceso Inmediato; señalando: “1) El Fiscal podrá solicitar la vía del proceso inmediato, cuando: a) el imputado ha sido sorprendido y detenido en flagrante delito; o, b) el imputado ha confesado la comisión del delito; o, c) los elementos de convicción acumulados durante las diligencias preliminares, y previo interrogatorio del imputado, sean eviden-

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV tes”... “4. Independientemente de lo señalado en los numerales anteriores, el Fiscal también deberá solicitar la Incoación de! proceso Inmediato para los delitos de omisión de asistencia familiar y los de conducción en estado de ebriedad o drogadicción, sin perjuicio de lo señalado en el numeral 3 del artículo 447 del presente Código”. En el presente caso se ha culminado las diligencias preliminares; y, el imputado no ha cumplido con el pago de la reparación civil, conforme a las copias certificadas que obran en presente carpeta fiscal, corrientes a folios 01-14, que hacen evidente la comisión del ¡lícito penal contra la SEGURIDAD PÚBLICA»DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Al tratarse el presente requerimiento de Proceso Inmediato contra JOSÉ LUIS CÓRDOVA CALDERÓN se sujeta a las regias de COMPARECENCIA SIMPLE.- De ser el caso, se solicita a su despacho la oportunidad para instar en audiencia de incoación de proceso inmediato algún mecanismo alternativo de solución del conflicto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2° del Código Procesal Penal, solicito se sirva dar trámite al presente Requerimiento Rscal de Proceso Inmediato, y declarar en su oportunidad LA PROCEDENCIA DE PROCESO INMEDIATO previa audiencia, la misma que será convocada por su Despacho en el plazo legal correspondiente. JOSÉ LEONARDO ORTIZ 10 DE AGOSTO DEL 2016 REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 18, 19, 20 Agosto EDICTO EXP. Nro. 05830-2016-0 JULIO BENAVENTE DELGADO. EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ A CARGO DEL DR. DÍAZ TARRILLO NOTIFICA AL IMPUTADO EDILBERTO SÁNCHEZ SOBERON EXP . 05830 -20160 JBD. POR EL DELITO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION EN AGRAVIO DE LA SOCIEDAD EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUIENTE, RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Leonardo Ortiz, dos de agosto de dos mil dieciséis.- AUTOS y VISTOS, y con la razón que antecede y habiendo sido designado el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz, como órgano jurisdiccional de turno permanente para la Incoación de Proceso Inmediato en caso de delitos de flagrancia, SE RESUELVE: 1. CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD -DROGADICCION requerido por la Señora Fiscal Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dra. Rocío Del Pilar Arce Cornejo, contra el imputado EDILBERTO SÁNCHEZ SOBERON, por el delito contra la SEGURIDAD PÚBLICA - DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la SOCIEDAD, para el día TRECE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a horas ONCE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Inves-

CRÓNICA

tigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 -Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal , modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.2. Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado EDILBERTO SÁNCHEZ SOBERON por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. 3. NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real sito en la calle Santiago N° 398 - Nuevo San Lorenzo - JLO - Chiclayo, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control en caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia. 4.- A la señora Fiscal notifiquesele en su local Institucional o casilla electrónica 39232, INFORMÁNDOSE que si no concurre se REMITIRÁN copias al Órgano de Control del Ministerio Público,y si no puede concurrir deberá coordinar dicha representante del Ministerio Público con otro Fiscal ya que la Segunda Fiscalía Provincial Penal de José Leonardo Ortiz es un ente corporativo. Notifiquese con las formalidades de ley.-requerimiento fiscal de incoación de proceso INMEDIATO SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ ROCÍO DEL PILAR ARCE CORNEJO, Fiscal Provincial Mixta de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, con domicilio legal y procesal en la calle Incanato N° 438 - José Leonardo Ortiz y con casilla judicial electrónica N® 39232; a Usted digo: El Ministerio Público, a tenor de lo establecido en el artículo 159° de la Constitución, y el artículo 445° y 447° del Código Procesal Penal vigente, y a las actuaciones que se acompañan al presente requerimiento, FORMULA REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESINMEDIATO contra EDILBERTO SÁNCHEZ SOBERÓN por la presunta comisión del delito contra la SEGURIDAD PÚBLICA - DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, ¡lícito penal regulado en el artículo 274° del Código Penal; en los términos siguientes: nombres Y apellidos: la sociedadrepresentante ministerio público De autos fluye que EDILBERTO SÁNCHEZ SOBERÓN, el día 31 de Octubre del 2015, fue Intervenido por personal policial que realizaba patruiiaje, en circunstancias en que conducía su vehículo menor -mototaxi, marca Wanxin, color negro, con placa de rodaje Kl-5994, realizando maniobras temerarias, siendo intervenido a la altura de la calle Incanato y Democracia de este Distrito y al observar que dicho imputado presentaba síntomas de ebriedad, se practicó el examen cualitativo para dosaje etílico el cual arrojo 0.66 g/i (cero gramos sesenta y seis cgs. de alcohol por litro de sangre). Al investigado EDILBERTO SÁNCHEZ SOBERÓN se le atribuye ser AUTOR del delito contra la SEGURIDAD PÚBLICA - DELITOS DE PELIGRO COMÚN en SU modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD. El hecho que se le atribuye al imputado EDILBERTO SÁNCHEZ SOBERÓN se encuadra en el delito contra la SEGURIDAD PÚBLICA -

JUDICIAL DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, delito previsto y sancionado en el artículo 274° primer párrafo del Código Penal, el mismo que prescribe: “El que encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-litro, o bajo el efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, conduce, opera o maniobra vehículo motorizado, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor de dos años o con prestación de servicios comunitarios de cincuenta y dos a ciento cuatro jornadas e inhabilitación, conforme al artículo 36, inciso 7) de la acotada norma penal. Cuando el agente presta servicios de transporte público de pasajeros, mercancías o carga en general, encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.25 gramos-litro, o bajo el efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, conduce, opera o maniobra vehículo motorizado, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de tres años o con prestación de servicios comunitarios de setenta a ciento cuarenta jornadas e inhabilitación, conforme al artículo 36, inciso 7). Presupuestos para la procedencia del Proceso Inmediato: El artículo 446® numeral 1) del Código Procesal Penal” establece cuales son los presupuestos en los que procede la incoación del Proceso Inmediato; señalando: “1) El Fiscal podrá solicitar la vía del proceso inmediato, cuando: a) el imputado ha sidosorprendido y detenido en flagrante delito; o, b) el imputado ha confesado la comisión del delito; o, c) los elementos de convicción acumulados durante las diligencias preliminares, y previo interrogatorio del imputado, sean evidentes”... “4. Independientemente de lo señalado en los numerales anterioresA e¡ Fiscal también deberá solicitar ia incoación del proceso inmediato para los delitos de omisión de asistencia familiar y los de conducción en estado de ebriedad o droaadicción, sin perjuicio de lo señalado en el numeral 3 del artículo 447 delpresente Código”. En el presente caso se ha culminado las diligencias preliminares; y, el imputado no ha cumplido con el pago de la reparación civil, conforme a las copias certificadas que obran en presente carpeta fiscal, comentes a folios 01-14, que hacen evidente la comisión del ilícito penal contra la SEGURIDAD PÚBLICA - DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO motorizado en estado de ebriedad. Al tratarse el presente requerimiento de Proceso Inmediato contra EDILBERTO SÁNCHEZ SOBERON se sujeta a las reglas de COMPARECENCIA SIMPLE.- De ser el caso, se solicita a su despacho la oportunidad para instar en audiencia de incoación de proceso inmediato algún mecanismo alternativo de solución del conflicto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2° del Código Procesal Penal. A Usted, Señor Juez de Investigación Preparatoria, solicito se sirva dar trámite al presente Requerimiento Fiscal de Proceso Inmediato, y declarar en su oportunidad LA PROCEDENCIA DE PROCESO INMEDIATO previa audiencia, la misma que será convocada por su Despacho en el plazo legal correspondiente. JOSÉ LEONARDO ORTIZ 10 DE AGOSTO DEL 2016 REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO

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MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 18, 19, 20 Agosto EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 01821-2014-96-1706JR-PE-07 IMPUTADO: AGUILAR SANTA CRUZ, SOFÍA IRENE DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR AGUILAR SANTACRUZ, JORGE ALBERTO DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: AGUILAR SARMIENTO, VALERIA NICOLE AGUILAR SARMIENTO, GRECIA Se NOTIFICA a: SOFÍA IRENE AGUILAR SANTA CRUZ y a JORGE ALBERTO AGUILAR SANTACRUZ, con la resolución Número Dos que resuelve: - CITARLOS a Juicio Oral para el TRECE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOS Y MEDIA DE LA MAÑANA, Sala De Audiencia Número Catorce, ubicada en el Tercer Piso de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la Avenida José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo., bajo apercibimiento de ser declarados REOS CONTUMACES, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. - La presente publicación se deberá realizar por TRES DÍAS. Por haberse dispuesto en el Expediente N°: 01821-2014-96-1706-JR-FE-07, proceso seguido contra el acusado SOFÍA IRENE AGUILAR SNATA CRUZ Y JORGE ALBERTO AGUILAR SANTA CRUZ, por el delito Contra la Familia en la modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de VALERIA NICOLL Y GRECIA NICOLL AGUILAR SARMIENTO, regulado por el artículo 149° del Código Penal. PEDRO MARTIN DELGADO RAMIREZ JUEZ SETIMO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLA KARINA FERNANDEZ RAMIREZ ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADOS PENALES UNIPERSONALES Y COLEGIADOS PJ-NCPP-CSJLAMB 18, 19, 20 Agosto EDICTO PENAL EXP. N° 6527-2015-23-1706-JR-PE7°-JIP-KPCH. EL SÉTIMO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE. JUEZ: Dra. MARY ISABEL NUÑEZ CORTIJO. SE NOTIFICA por el presente al imputado CARLOS ENRIQUE GUEVARA ANAYA, con el contenido de la resolución número UNO, que dispone. Confiérase traslado a las partes procesales por el plazo de tres días, la solicitud de Constitución de Actor Civil presentada por la agraviada Nati Olivos Tenorio, de conformidad con el artículo 102° del Código Procesal Penal, y cumplido sea con o sin absolución dése cuenta a fin de emitir la resolución correspondiente. Por haberse ordenado así en la Instrucción N° 6527-2015-23-1706-JRPE-7° seguido en su contra por el delito de violencia y resistencia a la autoridad en agravio de Nati Olivos Tenorio Secretaria: Kelly Juiliana Puescas Chunga. Publicación que se hará por tres días. Chiclayo, 08 de agosto de 2016. MARY ISABEL NUÑEZ CORTIJO JUEZ 7° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA 18, 19, 20 Agosto

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CSJLA condena a acusado de extorsionar a menor con fotografías íntimas El Juzgado Penal Colegiado Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque sentenció a una persona de 38 años de edad, acusada de los delitos de extorsión y tenencia ilegal de armas de fuego. Se trata de Ricardo Ballesteros Gil, quien amenazaba a una adolescente con difundir fotografías íntimas si no accedía a mantener relaciones sexuales. Debido a ello, el Colegiado impuso 7 años y 6 meses de pena privativa de la libertad efectiva, además de 6 años de cárcel por el delito de tenencia ilegal de armas de fuego y, al tratarse de un concurso real de delitos, la condena total fue de 13 años y 6 meses. Entre los medios de prueba que acreditaron la respon-

sabilidad del acusado en amERVLOtFLWRVÀJXUDQODGHFODUDción de la agraviada, los mensajes que envió el sentenciado a la menor por facebook, la declaración de los efectivos policiales que participaron en el operativo y el acta de registro personal al acusado. De los hechos se tiene que en marzo del año 2015, el sentenciado obtuvo fotografías íntimas de la menor y la coaccionó a mantener relaciones sexuales bajo amenaza de exhibirlas a sus compañeros si no accedía a lo solicitado. Por esta razón, la abuela de la agraviada formuló la denuncia ante la Policía, quienes tras un operativo lograron intervenir al encausado el 2 de octubre del 2015. Ricardo Ballesteros fue hallado in fra-

ganti junto a su víctima en la playa Las Rocas del distrito de Pimentel y, al efectuársele el registro, se le encontró en posesión un revólver.

)LQDOPHQWHHOWULEXQDOÀMy la suma de tres mil soles por concepto de reparación civil a favor de la víctima y 600 soles a favor del Estado.

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JUDICIAL

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LA LEY Lea la doctrina vinculante que permite aplicación de atenuantes en estos casos

Corte Suprema: Condena por violación sexual sí puede ser atenuada A través de un reciente pronunciamiento jurisprudencial vinculante, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema acordó que, en los casos de violación sexual donde el agente tenga entre 18 y 21 años, es posible disminuir las penas previstas. La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema ha establecido una nueva doctrina jurisprudencial vinculante respecto del delito contra la libertad sexual cometido por personas mayores de 18 y menores de 21 años. Lo más llamativo de este criterio, recogido en la Casación Nº 335-2015-Del Santa, es que los magistrados supremos concluyen que para estos casos la pena sí puede ser atenuada, pues la prohibición de su reducción por responsabilidad restringida va en contra de la Constitución. Así, según los jueces, para determinar el tiempo de pena privativa de la libertad que supone los casos de violación, se deberá evaluar la ausencia de amenaza o violencia para acceder al acto sexual; la proximidad de la edad del sujeto pasivo a los 14 años; la afectación psicológica mínima de la víctima y la diferencia etárea entre sujeto activo y pasivo. De esta manera, señala la jurisprudencia, se Ž‹Ž›¤ȱ ꓊›ȱ Ž—ȱ Žœ˜œȱ ŒŠœ˜œȱ ž—Šȱ ™Ž—Šȱ ™›˜™˜›Œ’˜—Š•ǰȱ inaplicando la prohibición del atenuante por

responsabilidad restringida por la edad, prevista en el artículo 22º del Código Penal. Asimismo, la Sala ŒŠ•’ęŒàȱŽȱ’—Œ˜–™Š’‹•ŽœȱŒ˜—ȱŽ•ȱŽ›ŽŒ‘˜ȱŒ˜—œ’žŒ’˜—Š•ȱ a la igualdad y los principios de proporcionalidad y resocialización tanto el referido artículo como el 173.2 del Código Penal, relativo a la imposición de pena de 30 a 35 años si es que la víctima tiene entre 10 y 14 años de edad. Este nuevo criterio jurisprudencial recae en el caso de Geancarlos Vega Mejía, un joven de 19 años acusado de violación sexual contra una menor de 13 años y para quien la Fiscalía pedía 30 años de pena privativa de la libertad. La solicitud de pena fue atendida y aprobada por el Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior de Justicia Del Santa (Áncash), sentencia que fue apelada por el procesado ante la Sala de Apelaciones de la misma sede jurisdiccional. Debido a la inconsistencia de pruebas y contradicciones en el testimonio de la agraviada, la instancia decidió reducir la pena ’–™žŽœŠȱ Šȱ œ˜•˜ȱ Œ’—Œ˜ȱ ŠÛ˜œȱ ¢ȱ Œ˜—ę›–Š›ȱ Ž•ȱ –˜—˜ȱ Žȱ dos mil soles por concepto de reparación civil. Llegada la casación a la Corte Suprema, los jueces ŽŒ•Š›Š›˜—ȱ ’—ž—Š˜ȱ Ž•ȱ ›ŽŒž›œ˜ȱ ¢ȱ ›Š’ęŒŠ›˜—ȱ •Šȱ sentencia de segunda instancia. La Ley.

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Chiclayo, Viernes 19 de Agosto del 2016

CRÓNICA

JUDICIAL

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Fotos del IX Congreso Nacional de Jueces