JUD TAC - 11 ABR.indd

SEGUNDO REMATE JUDICIAL. En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRE-. DITO DE AREQUIPA S.A., contra MAMANI GUTIE
951KB Größe 20 Downloads 34 Ansichten
2

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Lunes, 11 de abril del 2016

Avisos Judiciales SEGUNDO REMATE JUDICIAL En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., contra MAMANI GUTIERREZ ELIZABETH CRISTINA y TICONA TICONA ALCIDES CESAR, sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 35-2012-0-2301-JRCO-03; el Tercer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a cargo del Juez Vladimir Ornar Salazar Díaz y como Especialista Legal Elsa Georgina Aguirre Huareccallo, ha dispuesto sacar a Remate Público los siguientes bienes inmuebles: I. - INMUEBLE N° 01 EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO NUEVO TOMASIRI MZ. M, LOTE 01; en el Distrito de INCLAN, Provincia y Departamento de TACNA, con un área de 450 m2, cuyos linderos, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscritas en la Partida P20037118 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna, SUNARP. VALOR DE TASACIÓN: S/. 55,000.00 (CINCUENTA Y CINCO MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES). BASE DE REMATE: S/. 31,166.67 (TREINTA Y UN MIL CIENTO SESENTA Y SEIS CON 67/100 NUEVOS SOLES), equivalente a las dos terceras partes del Valor de Tasación, menos un 15% por tratarse de segunda convocatoria. GRAVAMENES Y CARGAS: A) Inscripción de Hipoteca.- Sobre el bien inmueble propiedad de Alcides Cesar Ticona Ticona - D.N.I. 00447920, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., hasta por la suma de S/. 15,832.00 Nuevos Soles. Según Escritura Pública N° 730 DEL 17/05/2010, DRA. ANGELA DIAZ JARA ALMONTE (Tacna). Inscrito en el Asiento N° 00003 de la Partida P20037118 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de Inscripción 21/05/2010. FECHA Y HORA DEL REMATE: 19 DE ABRIL DEL 2016, A LAS 12:30 P.M. LUGAR DEL REMATE: Frontis del Tercer Juzgado Civil, ubicada en el Primer Piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. II. - INMUEBLE N° 02 EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO NUEVO TOMASIRI MZ. M, LOTE 02; en el Distrito de INCLAN, Provincia y Departamento de TACNA, con un área de 450 m2, cuyos linderos, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscritas en la Partida P20037119 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna, SUNARP. VALOR DE TASACIÓN: S/. 27,000.00 (VEINTISIETE MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES). BASE DE REMATE: S/. 15,300.00 (QUINCE MIL TRESCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), equivalente a las dos terceras partes del Valor de Tasación, menos un 15% por tratarse de segunda convocatoria. GRAVAMENES Y CARGAS: A) Inscripción de Hipoteca.- Sobre el bien inmueble propiedad de Elizabeth Cristina Mamani Gutiérrez - D.N.I. 40588218, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., hasta por la suma de U.S.$. 10,800.00 Dólares Americanos. Según Escritura Pública N° 730 DEL 17/05/2010, DRA. ANGELA DIAZ JARA ALMONTE (Tacna). Inscrito en el Asiento N° 00003 de la Partida P20037119 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de Inscripción 21/05/2010. FECHA Y HORA DEL REMATE: 19 DE ABRIL DEL 2016, A LAS 12:45 P.M. LUGAR DEL REMATE: Frontis del Tercer Juzgado Civil, ubicada en el Primer Piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. POSTORES PREFERENTES: El remate comprende 02 inmuebles, se preferirá al postor que ofrezca adquirirlos conjuntamente, siempre que el precio no sea inferior a la suma de las ofertas individuales POSTORES: 1) Oblar antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de no negociable el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda; y el Arancel judicial respectivo consignando el Juzgado, número de expediente y el documento de identidad o RUC, con copia del mismo. 3) Presentar copia del Cheque de gerencia si el oblaje se realiza con dicho instrumento. 4) En caso de actuar a través de representante se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de estos. El Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el ACTA, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. El

remate será efectuado por Flavio Alberto Villanelo Ninapaytán, Martillero Público, con Registro Nacional N° 263. Tacna 31, Marzo del 2016. FLAVIO A. VILLANELO NINAPAYTÁN Martillero Publico Reg. N° 263. ELSA G. AGUIRRE HUARECCALLO Secretaria Judicial del 3er Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA. (3V/7,8,11 ABR). EDICTO PENAL El señor Juez del SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PUNO, a cargo del Doctor VICTOR CALIZAYA COILA, por medio de la presente NOTIFICA A: CECILIO SACARI FERNANDEZ; en el cuaderno de debates N° 00392-2016-442101 -JR-PE-01, como presunto autor del delito de Contra la Familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en su forma de Incumplimiento de Obligación Alimentaria; con el contenido de la resolución N° 03, de fecha once de marzo del año dos mil dieciséis, mediante el cual: AUTO DE DECLARATORIA DE REO AUSENTE RESOLUCION N° 032016, Puno, once de marzo, Del año dos mil dieciséis.- VISTOS, OIDOS y CONSIDERANDOS fundamentos registrados en audio. SE RESUELVE: PRIMERO: Considerar AUSENTE al acusado CECILIO SACARI FERNANDEZ, se destina como su abogado defensor, al letrado público Leoncio Chambilla Mandamiento; SE DISPONE SU CONDUCCION COMPULSIVA para fines de instalación de Juicio Oral, CUMPLASE con hacer las comunicaciones correspondientes. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. Especialista Jurisdiccional. Puno, 15 de marzo del 2016.ANA MARIA CONDEMAYTA CTIMBO Especialista de Causas Jurisdiccionales PODER JUDICIAL. (3V/ 7,8,11 ABR.) EDICTO PENAL El señor Juez del SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PUNO, a cargo del Doctor VICTOR CALIZAYA COILA, por medio de la presente NOTIFICA A: CECILIO SACARI FERNANDEZ; en el cuaderno de debates N° 00392-2016-442101 -JR-PE-01, como presunto autor del delito de Contra la Familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en su forma de Incumplimiento de Obligación Alimentaria; con el contenido de la resolución N° 03, de fecha once de marzo del año dos mil dieciséis, mediante el cual: AUTO DE DECLARATORIA DE REO AUSENTE RESOLUCION N° 032016, Puno, once de marzo, Del año dos mil dieciséis.- VISTOS, OIDOS y CONSIDERANDOS fundamentos registrados en audio. SE RESUELVE: PRIMERO: Considerar AUSENTE al acusado CECILIO SACARI FERNANDEZ, se destina como su abogado defensor, al letrado público Leoncio Chambilla Mandamiento; SE DISPONE SU CONDUCCION COMPULSIVA para fines de instalación de Juicio Oral, CUMPLASE con hacer las comunicaciones correspondientes. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. Especialista Jurisdiccional. Puno, 15 de marzo del 2016.ANA MARIA CONDEMAYTA CUTIMBO Especialista de Causas Jurisdiccionales PODER JUDICIAL. (3V/ 7,8,11 ABR.) EDICTO JUDICIAL 1o Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Tacna, despacha la señora Juez(S) María Soledad Anco Rejas y Secretaria Judicial Shirley Mabel Gordillo Bedoya, expediente N° 00074-2006-0-2301 -JR-LA-01, se viene tramitando la demanda presentada por Felipe Mamani Conccori sobre Beneficios Sociales, dirigida contra de Amador Veliz Torres, Rosa Veliz Torres y Angélica Veliz Torres, sosteniendo que laboró en el Fundo denominado “San José” de propiedad de Delfín Carlos Veliz Flores y esposa Enma Torres; ordenándose mediante resolución N° 91 de fecha 27 de enero del 2016; SE RESUELVE: 1)Disponer la SUSPENSIÓN del presente proceso por el término de TREINTA DÍAS a efecto de notificar a la sucesión de quien en vida fue Manuel Delfín Veliz Torres, Victoria Violeta Veliz Torres y Juana Teresa Veliz Torres, bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal; asimismo, 2)Disponer la Notificación por Edictos, debiendo efectuarse la publicación de la presente resolución, tanto en el Diario Oficial El Peruano como en el Diario Local La República, encargado de la publicación de los avisos judiciales; en tal sentido, en atención al Principio de Celeridad Procesal, hágase entrega por Secretaría del Juzgado de los Edictos ordenados. HS. Tacna, 06 de abril del 2016. SHIRLEY M. GORDILLO BEDOYA Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Trabajo Transitorio CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.(3V-08,11,12 ABR.) PRIMER REMATE JUDICIAL

En el proceso que sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 00196-2014- 0-2301 -JP-CI-02 seguido por Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. en contra de Yanett Vaca Paria, la Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, Dra. Kati Antonio Damián con intervención de la Especialista Legal Ingrid Rodríguez Cotrado, ha dispuesto sacar a Remate Judicial en Primera convocatoria lo siguiente: DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Inmueble urbano ubicado en el Asentamiento Humano Mirave Mz. D’, lote 5 del Distrito de Ilabaya, Provincia de Jorge Basadre y Departamento de Tacna, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características constan en la Partida electrónica N° P20040805 del Registro de Propiedad inmueble de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna. VALOR DE TASACIÓN: S/. 60,800.00 (Sesenta mil ochocientos con 00/100 soles). BASE DEL REMATE: S/.40,533.33 (Cuarenta mil quinientos treinta y tres con 33/100 Soles), correspondientes a las dos terceras partes del valor de tasación. GRAVÁMENES: Asiento 00003.- Inscripción de embargo en forma de inscripción a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. hasta por la suma de S/.7,000.00 en mérito a la Resolución N° 01 de fecha 04/02/2014 suscrita por la Juez del Juzgado de Paz Letrado Dra. Salinova Ccoyllor Mendoza Castro. Secretaria Feliciana Roque Alanoca. Exp. 196-2014-73-2301-JP-CI-02. Fecha de inscripción 02/07/2014. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en el frontis del Primer Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el cuarto piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina de las calles Inclán con Presbítero Andía de esta ciudad, el día 28 de Abril del 2016 a horas 13:00 p.m. POSTORES: Para ser postor deberá depositarse en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre el 10% de la tasación (S/.6,080.00), además del Arancel Judicial respectivo por derecho a participar en el Remate judicial (S/.395.00), consignando el Juzgado, DNI del postor y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). El adjudicatario cancela los honorarios del martillero al término de la diligencia más IGV de acuerdo al Artículo 732 del CPC. y D.S. 008-2005-JUS. La diligencia del remate estará a cargo del Martillero Público Víctor Orlando Apaza Morante con Registro Nacional No. 321. Celular 952-603020 y correo: [email protected]. Tacna, 05 de Abril del 2016. VICTOR O. APAZA MORANTE MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 321-SUNARP. INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretario Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (6V-8 al 15 ABR.) 3O JUZ. UNIPERSONAL - SEDE CENTRAL EXPEDIENTE: 01109-2014-62-2301-JR-PE-03 JUEZ: CABALLERO LAURA, RAUL ESPECIALISTA: CHACOLLA CHINO, FLOR MINISTERIO PUBLICO: QUINTO DESPACHO DE INVT CASO N 2034 2014 , IMPUTADO: RETTIS CASADO, CARMEN ROSA DELITO: USO DE DOCUMENTOS FALSOS. AGRAVIADO: ESTADO, EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA En el proceso N°1109-2014-62-2301-JR-PE-3, seguido contra CARMEN ROSA RETTIS CASADO, por el presunto delito por el delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Uso de Documento Público Falsificado previstos en los artículos 427° del Código Penal, en agravio del Estado, representado por la Dirección General de Migraciones y Naturalización de Tacna; se ha dispuesto notificar por Edictos a la acusada CARMEN ROSA RETTIS CASADO, con el acta de audiencia de fecha cuatro de abril del dos mil dieciséis, emitida por este Juzgado, LA MISMA QUE SEÑALA LA REPROGRAMACIÓN DEL INICIO DE JUICIO ORAL A LLEVARSE A CABO EL DÍA 16 de mayo de 2016 a las 11:30 horas a.m., EN LA SALA DE AUDIENCIA DE LOS JUZGADOS PENALES UNIPERSONALES Y COLEGIADOS DE TACNA.- FIRMAN EL SEÑOR JUEZ DOCTOR RAUL CABALLERO LAURA. ESPECIALISTA LEGAL ABOG. Flor de Maria Chacolla Chino. Tacna, 06 de Abril del 2016. FLOR DE MARÍA CHACOLLA CHINO Especialista Judicial Juzgado (e) del Módulo Penal CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA TACNA. (3V-8/11/12 ABR). 3O JUZ. UNIPERSONAL - SEDE CENTRAL EXPEDIENTE: 01152-2012-13-2301-JR-PE-01 JUEZ: CABALLERO LAURA, RAUL ESPECIALISTA: CHACOLLA CHINO, FLOR

Lunes, 11 de abril del 2016

MINISTERIO PUBLICO: TERCER DESP. DE INVT. CASO N 1893 2012 IMPUTADO: BONILLA ZAVALETA, JUAN PEDRO DELITO: USO DE DOCUMENTOS FALSOS JENEZ FLORES, MARTINA. DELITO: FALSEDAD IDEOLÓGICA. AGRAVIADO: CHURACUTIPA CHINO, NICOLAS JARA PEÑA, NARCISO EFRAIN ESTADO SUNARP REP POR PROCURADURIA PUBLICA DE EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA En el proceso N°1152-2012-13-2301-JR-PE-3, seguido contra de HUGO NELSONCCALLATA INCACUITPA Y MARTINA JENEZ FLORES, por el delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Uso de Documento Público Falsificado previstos en los artículos 428°, del Código Penal, en agravio de Arturo Poma Rodrigo Gernonimo Ginez Flores, SUNARP, y; por el delito de Uso de Documento Público Falsificado tipificado en el artículo 427 segundo párrafo del Código Penal en agravio del Estado y otros; se ha dispuesto notificar por Edictos a los acusados HUGO NELSON CCALLATA INCACUITPA Y MARTINA JENEZ FLORES, con el acta de audiencia de fecha primero de abril del dos mil dieciséis, emitida por este Juzgado, LA MISMA QUE SEÑALA LA REPROGRAMACIÓN DEL INICIO DE JUICIO ORAL A LLEVARSE A CABO EL DÍA 29 de abril de 2016 a las 12:0 horas del medio día, EN LA SALA DEAUDIENCIA DE LOS JUZGADOS PENALES UNIPERSONALES Y COLEGIADOS DE TACNA.-FIRMAN EL SEÑOR JUEZ DOCTOR RAUL CABALLERO LAURA. ESPECIALISTA LEGAL ABOG. Flor de María Chacolla Chino. Tacna, 06 de Abril del 2016. RAÚL CABALLERO LAURA Juez Especializado Penal (T) del 3er Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial con competencia Territorial en las Provincias de Tacna y Jorge Basadre.(3V-8/11/12 ABR). SEGUNDO REMATE JUDICIAL En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., contra DAVID AYERBE PINEDO y MARCELINO CRISTOBAL CARDENAS MAMANI; en el proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 1650-2011-0-2301-JP-CI-03; el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Tacna, que Despacha la Juez Milagros Ivonne Parihuana Serrano y como Especialista Legal Margot Nadia Liendo Moscoso, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente: EN SEGUNDA CONVOCATORIA: El PREDIO URBANO MZ. 124, LOTE 06, ZONA PROMUVI LA UNION; EN EL DISTRITO DE CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, con un área de 140.00 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscritas en la Partida N° 11026337 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. VALOR DE TASACIÓN: S/. 63,277.02 (SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 02/100 NUEVOS SOLES). BASE DE REMATE: S/. 35,856.98 (TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 98/100 NUEVOS SOLES), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación, menos un 15% por tratarse de segunda convocatoria. AFECTACIONES: A) Causales de Reversión.- Por decisión del adjudicante MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA, se constituyen como causales de reversión las siguientes: 1.- La falta de posesión directa, continua, pública y pacífica del lote del terreno en un plazo de 12 meses, desde la celebración del acta de adjudicación provisional o del Título de propiedad. 2.- Realizar acto de disposición total o parcial del lote de terreno que se adjudica por medio del presente, dentro del plazo de 5 años de la celebración del compromiso de pago o Título de propiedad. 3.- No podrá variar el fin para el cual fue adjudicado el terreno, aun cuando no se altere la zonificación, señalada en los planes urbanos. 4.- El incumplimiento de los términos y condiciones estipuladas, así como las contenidas en el Reglamento de adjudicaciones de los PROMUVI. Inscrito en el Asiento D00001, de la Partida N° 11026337 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 13/07/2010. B) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de MARCELINO CRISTOBAL CARDENAS MAMANI, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A. hasta por la suma de S/. 13,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00002, de la Partida N° 11026337 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 11/05/2012. C) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de MARCELINO CRISTOBAL CARDENAS MAMANI, a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA. 103, hasta por la

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

suma de S/. 35,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00003, de la Partida N° 11026337 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 11/05/2012. D) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de MARCELINO CRISTOBAL CARDENAS MAMANI, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., hasta por la suma de S/. 9,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00004, de la Partida N° 11026337 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 30/04/2013. E) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de MARCELINO CRISTOBAL CARDENAS MAMANI, a favor de MI BANCO – BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., hasta por la suma de S/. 45,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00005, de la Partida N° 11026337 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 08/09/2014. F) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de MARCELINO CRISTOBAL CARDENAS MAMANI, a favor de MI BANCO – BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., hasta por la suma de S/. 38,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00006, de la Partida N° 11026337 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 04/02/2015. DIA Y HORA DEL REMATE: 18 DE ABRIL DEL 2016, A LAS 10:30 A.M. LUGAR: Frontis del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna, ubicado en el primer piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. POSTORES PRESENTARAN: Arancel por derecho a participar en remate judicial (Código 07153 por S/. 395.00), con indicación del Juzgado, número de DNI y número de Expediente; original y copia de su DNI, copia certificada de poder y copia del RUC, de ser el caso. Entregarán una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, en efectivo o Cheque de Gerencia. El adjudicatario deberá depositar el saldo de precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez cerrada el acta de remate, (de conformidad con el Art. 18º del Reglamento aprobado por D.S. 008-2005-JUS) y están afectos al IGV.- Dr. Frany Heber Díaz Díaz - Martillero Público con Registro N° 278. Celular #995738170/997219766, e-mail: [email protected]. Tacna, 31 de Marzo del 2016.(3V-08,11,12 ABR). EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE N° 01014-2015-0-2301-JP-FC-03, ante el TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO-TACNA DE LA CORTE SUPERIOR DE TACNA, La Srta. Juez: MARIA SOLEDAD ANCO REJAS, con intervención del Especialista, MAITA CRUZ, ALICIA JACKELINE; por Resolución Nro.01 y 03; Gregorio Albarracín, veintisiete de noviembre de dos mil quince y veintiuno de marzo del 2016, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre ALIMENTOS en la vía del proceso único, interpuesta por GLADYS FELICITAS LLOCLLE LLOCLLE en representación Rodrigo Sebastián Llanque LLoclle en contra de JUAN CARLOS LLANQUE FLORES, tramitándose en la vía del proceso UNICO, corriéndose traslado de la demanda al demandado para que la conteste por el plazo de cinco días bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. NOTIFIQUESE al demandado mediante edictos, conforme señala y solicita la demandante. Fdo. Dra. M. S. Anco R.; Especialista Legal A.J. Maita C. Tacna, 05 de abril del 2016. ALICIA JACKELINE MAITA CRUZ Secretaria Judicial del 3er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V08,11,12 ABR). SEGUNDO REMATE JUDICIAL En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LIMITADA 103, contra LUCIA ROSA FLORES DE ANAHUA y ESMERALDA ANAHUA FLORES, actuando como Tercero Acreedor No Ejecutante CONECTA CENTRO DE CONTACTO S.A.; en el proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 1734-2012-0-2301-JP-CI-02; el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna, que Despacha la Juez Milagros Ivonne Parihuana Serrano y como Especialista Legal Luz Sara Aguilar Chambi, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente: EN SEGUNDA CONVOCATORIA: El inmueble ubicado en MZ. 09, LOTE 06, SECTOR 17, AMPLIACION VIÑANI; EN EL DISTRITO DE CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, con un área de 500.00 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscritas en la Partida N° 11067067 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. VALOR DE TASACIÓN: S/.

La República

3

50,000.00 (CINCUENTA MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES). BASE DE REMATE: S/. 28,333.33 (VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON 33/100 NUEVOS SOLES), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación, menos un 15% por tratarse de segunda convocatoria. AFECTACIONES: A) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de ESMERALDA ANAHUA FLORES a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA. 103, hasta por la suma de S/. 22,855.60 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00002, de la Partida N° 11067067 de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 27/12/2012. B) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de ESMERALDA ANAHUA FLORES a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A. hasta por la suma de S/. 20,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00003, de la Partida N° 11067067 de la Zona Registral Nº XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 21/03/2013. C) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de ESMERALDA ANAHUA FLORES a favor de MI BANCO – BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., hasta por la suma de S/. 36,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00004, de la Partida N° 11067067 de la Zona Registral Nº XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 18/10/2013. DIA Y HORA DEL REMATE: 18 DE ABRIL DEL 2016, A LAS 12:30 P.M. LUGAR: Frontis del Segundo Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el Primer piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. POSTORES PRESENTARAN: Arancel por derecho a participar en remate judicial (Código 07153 por S/. 395.00), con indicación del Juzgado, número de DNI y número de Expediente; original y copia de su DNI, copia certificada de poder y copia del RUC, de ser el caso. Entregarán una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, en efectivo o Cheque de Gerencia. El adjudicatario deberá depositar el saldo de precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez cerrada el acta de remate, de conformidad con el Art. 18º del Reglamento aprobado por D.S. 008-2005-JUS y están afectos al IGV.- Dr. Frany Heber Díaz Díaz - Martillero Público con Registro N° 278. Celular #995738170/997219766, e-mail: [email protected]. Tacna, 31 de Marzo del 2016.(3V-8,11,12 ABR.) SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL En el expediente Nro.00189-2014-0-2301-JR-C0-03, en los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A. representada por su apoderado Lorenzo Javier Miñano Martell, contra SONSA CARINA RAMOS QUISPE, como deudora principal y en contra de EDUARDO RAMOS CHAPARRO Y CEFERINA QUISPE JIMÉNEZ, en calidad de avales, sobre Ejecución de Garantías, el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Tacna, que despacha el Juez Dr. Vladimir Salazar Díaz y Especialista Legal Dra. Graciela Linaja Gordillo, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en SEGUNDA CONVOCATORIA, el bien inmueble ubicado en Asentamiento Humano Asociación de Vivienda Vista Alegre Mza.17, Lote 11 del Distrito Coronel Gregorio Albarracin Lanchipa, del Provincia y Departamento de Tacna Provincia y Departamento de Tacna, de un área de 147 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características técnicas, se encuentran inscrito en la Partida P20019019 del Registro de la Propiedad inmueble de la Zona Registral Nro. Xlll-Sede Tacna. VALOR DE TASACION: El valor de tasación del bien inmueble, asciende a la suma de’ S/.115,990.00 (Ciento quince mil novecientos noventa con 00/100 Nuevos Soles). PRECIO BASE DE REMATE: S/.65,727.66 (Sesenticinco mil setecientos veintisiete con 66/100 Soles), que es menos el 15% del precio base del remate de la primera convocatoria. AFECTACIONES DEL BIEN: Según la Partida Registral aparecen en los asientos: Asiento 00005: Hipoteca: Los propietarios del predio inscrito en esta partida registral Eduardo Ramos Chaparro y Ceferina Quispe Jiménez, hipotecan el predio inscrito en esta partida registral a favor del BANCO SCOTIABANK PERU S.A.A., hasta por la suma de US$.45,000.00 Dólares Americanos, a efectos de garantizar el debido y puntual cumplimiento de todas las deudas y/u obligaciones del cliente Sonia Carina Ramos Quispe, a efectos de garantizar ante el Banco, entre otras obligaciones. Asiento 00006: Embargo en forma de inscripción sobre el predio inscrito en ésta partida de propiedad de los demandados Ceferina Quispe Jiménez y Eduardo Ramos Chaparro, hasta por la suma de US$.25,000.00 Dólares Americanos a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE

4

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

AREQUIPA S.A., suscrita por el Juez del Tercer Juzgado Especializado en lo Civil con Sub Especialidad Comercial de Tacna, Vladimir Ornar Salazar Diaz con intervención de la Especialista Legal Patricia Albarracin Palacios, en el expediente Nro. 0155-2014-46-2301- JR-CO-03. LUGAR DEL REMATE: El bien inmueble se rematara en el frontis del Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Tacna, ubicado en el Primer piso de la Corte Superior de Justicia, de Tacna, sito en la esquina de las calles Inclán con Presbítero Andía S/N del cercado de Tacna. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 04 de Mayo del 2016, a horas 09:00 de la mañana. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE), una cantidad no menor del ‘10% del valor de la tasación, esto es la suma de S/.11,599.Q0 (Once mil quinientos noventinueve con 00/100 Nuevos Soles), suma que será devuelta íntegramente a los postores no beneficiados, debiendo además presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/395.00 donde conste el nombre del Juzgado, número de expediente y DNI o RUC. y traer coplas de su DNI y arancel judicial y presentar su DNI; tratándose de personas jurídicas deberán además de presentar vigencia de poder correspondiente, DNI y copias. SALDO DÉ PRECIÓ: De ser’ el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día dé cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) y están afectos al IGV. La diligencia de remate estará a cargo del Martillero Público Luis Beltrán Ramos con Registro Nro. 292. Tacna, 07 de abril del 2013. GRACIELA LINAJA GORDILLO Secretaria Judicial del 3er Juzgado civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA. (3V/11, 12,13 ABR.) PUBLICACION DIARIO LA REPUBLICA ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO SEDE CENTRAL DE TACNA, QUE DESPACHA EL JUEZ DRA. MILAGROS IVONNE PARIHUANA SERRANO, BAJO LA ACTUACIÓN DE LA SECRETARIA JUDICIAL DRA. MARGOT LIENDO MOSCOSO, SE VIENE TRAMITANDO EL PROCESO NO CONTENCIOSO SIGNADO CON EL EXPEDIENTE NO. 01932-2015-0-2301-JPCI-03, SOBRE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, SOLICITADA POR DOÑA MARISA ANA DE COL TREBSE, POR DERECHO PROPIO, EXISTIENDO ERROR AL CONSIGNAR EL NOMBRE DE MI MADRE COMO VERA TREBSE DE DE COL CUANDO LO CORRECTO ES VERÓNICA TREBSE DE DE COL, PUBLICACIÓN QUE SE PONE AL CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO PARA LOS FINES DE LEY.- TACNA, 30 DE DICIEMBRE DEL 2015. MARGOT NADIE LIENDO MOSCOSO Secretaria Judicial (e) del Segundo JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TACNA. (1V/11 ABR.) NOMBRAMIENTO DE SUCESOR PROCESAL HAGO SABER A: LOS MIEMBROS DE LA SUCESIÓN DE EMILIO ROMAN RAVELLO PEREYRA, ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Tacna, que despacha el doctor Juan Manuel Vera Esquivel y actuación del Especialista Joaquín Medina Castro, (Exp. Nro. 02425-2015-0-), RODOLFO CARLOS RA VELLO DELGADO, interponen demanda de nulidad de acto jurídico y cancelación de asiento registral del inmueble ubicado en la MZ 05. LOTE 06 de la Asociación de Vivienda Para Grande, distrito, provincia y departamento de Tacna, de 200.00 m2., inscrita en la Partida Nro. 11041266 de los Registros Públicos de Tacna, habiendo dispuesto el señor Juez notificar con la demanda .Res. Nro. 01: “Tacna, treinta de diciembre del año dos mil quince....SE RESUELVE: ADMITASE la demanda interpuesta por RODOLFO CARLOS RAVELLO DELGADO en contra de MARIA ELSA RAVELLO DELGADO y la SUCESIÓN DE EMILIO ROMAN RAVELLO PEREYRA. de quien se dice tuvo además tres hijas de nombres: Shaba Ica, Rosaura Malena y María Elsa Ravello Delgado, acreditándose de los certificados negativos de Sucesión Intestada y de Testamento, no existen herederos declarados, notificándose por edictos a la Sucesión demandada, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, sobre NULIDAD DE ACTO JURÍDICO Y CANCELACIÓN DE ASIENTO REGISTRAL: en vía de CONOCIMIENTO; en consecuencia, córrase traslado de ellas a los demandados por el término de treinta días para que lo absuelvan, bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes, téngase por ofrecida los medios probatorios y anexadas las instrumentales. Al otrosí: expídase copias simples. Tómese Razón. Firmado: doctor Vera Esquivel, Juez.- Medina Castro, Especialista Legal. Lo que notifico a usted para los fines de ley. Tacna, 07 de abril del 2016. JOAQUIN MEDINA CASTRO Especialista Legal del 1er

Lunes, 11 de abril del 2016

Juzgado Civil de Tacna CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/11,15,21 ABR) EDICTO PENAL Expediente N° 1298-2015-0-2301-JR-PE-1.-ACUSACION DIRECTA 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Silvana Alcalá Quelopana. En el proceso N° 1298-2015-0-2301-JRPE-2, seguido contra RANCISCO FARGE HUANCA ROMERO, por el presunto delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD.; el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a FRANCISCO FARGE HUANCA ROMERO con la resolución numero 03 de fecha cuatro de abril del dos mil dieciséis, mediante la cual SE RESUELVE: Estando a la devolución de la cédula de notificación N° 25249-2016-JR-PE, señalando como motivo “La dirección no existe” y advirtiéndose que dicho domicilio real del imputado es el consignado en el requerimiento fiscal de acusación y que a la fecha no se ha apersonado, ignorándose su paradero, procédase conforme lo establece el artículo 128 del Código Procesal Penal, y notifíquese por edictos al citado imputado a fin de que, en el plazo de tres días, cumpla con apersonarse al presente proceso, designado abogado defensor, bajo apercibimiento de designarse un defensor público para que se haga cargo de su defensa técnica. FIRMADO JORGE ANTONIO MACHI CAO TEJADA JUEZ DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO SILVANA ALCALA QUELOPANA - ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. Tacna, 04 de abril del 2016. JORGE ANTONIO MACHICAO TEJADA Juez del Segundo Juzgado de la Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA TACNA. (3V/11, 12,13 ABR.) PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL En el expediente Nro.00331 -2014-0-2301 -JP-CI-03, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A. contra SERGIO LIMACHI CONDORI y REYNA APAZA CHIARA, sobre Obligación de dar suma de dinero, el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, que despacha la Juez Dra. María Gómez Cayro y Especialista Legal Dr. Juan Carlos Ramos Hume, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble ubicado en Manzana 01 Lote 16 Sector 07 Ampliación Viñani, del Distrito Coronel Gregorio Albarracin Lanchipa, Provincia y Departamento de Tacna, con un área de 200.00 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características técnicas, se encuentran inscrito en la Partida N°11064483, del Registro de la Propiedad inmueble de la Zona Registral Nro. Xlll-Sede Tacna, de propiedad de Sergio Limachi Condori. VALOR DE TASACION: El valor de tasación del bien inmueble, asciende a la suma de S/.55,625.00 (Cincuenticinco mil seiscientos veinticinco con 00/100 Soles). PRECIO BASE DE REMATE: Las 2/3 partes del valor de tasación es equivalente a S/.37,083.33 (Treintisiete mil ochentitres con 33/100 Soles). AFECTACIONES DEL BIEN: Según la Partida Registral aparecen en los asientos: Asiento D00001: Embargo en forma de inscripción sobre el predio inscrito en ésta partida, hasta por la suma de S/.20,000.00 nuevos soles a favor de la Demandante CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., en mérito de la Resolución Judicial N° 01 de fecha 04.03.2014, suscrita por la Juez Titular del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna, Dra. Paola Lourdes Castillo Vicente, con intervención de la Secretaria Judicial Margot Nadia Liendo Moscoso, en el Expediente N° 00331-2014-96-2301-JP-CI-03. LUGAR DEL REMATE: En el frontis del Tercer Juzgado de Paz Letrado del MBJ del Distrito Gregorio Albarracin, ubicado en Avenida Municipal S/N del Distrito Coronel Gregorio Albarracin Lanchipa, Provincia y Departamento de Tacna. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 25 de Abril del 2016, a horas 09:00 de ia mañana POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE), una cantidad no menor del 10% del valor de la tasación, esto es la suma de S/.5,562.50 (Cinco mil quinientos sesentidos con 50/100 Soles), suma que será devuelta íntegramente a los postores no beneficiados, debiendo además presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/.395.00, donde conste el nombre del Juzgado, número de expediente y DNI o RUC. y traer copias de su DNI y arancel judicial y presentar su DNI; tratándose de personas jurídicas deberán además de presentar vigencia de poder correspondiente, DNI y copias. SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nuli-

dad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez concluido el remate, de conformidad con la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro.008.2005 JUS) y están afectos al IGV. La diligencia de remate estará a cargo del Martillero Público Luis Beltrán Ramos Ortega, con Registro Nro. 292. Tacna, 08 de Abril del 2016. JUAN CARLOS RAMOS HUME Secretario Judicial 3er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (6V/ 11AL 18 ABR.) EDICTO PENAL Expediente N° 01318-2014-24-2301-JR-PE-02. NOTIFICACION DE FECHA PARA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION. TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA. ESPECIALISTA LEGAL: Dr. Salvador Luis Cerpa Salas. En el proceso N° 01318-2014-24-2301 -JR-PE-02, seguido contra MARIBEL HIDALGO HUARACHI Y OTROS, por la presunta comisión del delito Contra la Salud Pública - Tráfico Ilícito de Drogas Agravado, en la modalidad de Promoción y Favorecimiento al TID, en agravio del Estado; la señorita Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a la imputada MARIBEL HIDALGO HUARACHI, con la resolución número cuatro de fecha treinta de Marzo del año dos mil dieciséis mediante la cual se dispone: “(,..)Dado cuenta en la fecha: AL PRINCIPAL: Estando a lo expuesto, téngase por absuelto el traslado en los términos que se indica, a conocimiento de las partes y oralícese en el acto de la audiencia de ley; AL OTROSI: Téngase presente; asimismo: De oficio: Conforme al estado del proceso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 351 del Código Procesal Penal y estando al rol de audiencias establecido por el Sistema Integrado Judicial (SU) para el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna; SEÑALESE fecha para el día VEINTE DE ABRIL del año dos mil dieciséis, a horas CUATRO DE LA TARDE, a efectos de llevar a cabo la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION, a realizarse en la Sala de Audiencias del Establecimiento Penitenciario de Pocollay, con la concurrencia obligatoria de la Representante del Ministerio Público, Imputados y sus Abogados defensores, bajo apercibimiento para los defensores particulares de imponérseles multa de dos Unidades de Referencia Procesal en caso de inconcurrencia injustificada a la audiencia y ser reemplazados por un Abogado Defensor Público, el mismo que asumirá la defensa, para la Abogada Defensora Pública, bajo apercibimiento ante su inasistencia de ponerse en conocimiento del Ministerio de Justicia y ser reemplazada; asimismo en el caso de la Representante del Ministerio Público, de comunicarse al Presidente de la Junta de Fiscales de la Fiscalía Penal Corporativa de Tacna, a fin de que tome las acciones que correspondan, si por su responsabilidad se frustra la audiencia señalada en autos, debiendo cursarse los oficio correspondientes con tal fin; asimismo, a efectos de evitar nulidades posteriores y de conformidad con lo establecido en el artículo 128 del Código Procesal Penal, Notifíquese por edictos a la acusada Maribel Hidalgo Huarachi la presente resolución. Asumiendo funciones el Especialista Judicial de Juzgado que da cuenta.-.- (...)”.- FIRMADO. DRA. SONIA CAROLINA MARIN VALDIVIA JUEZA DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. DR. SALVADOR LUIS CERPA SALAS ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.- Tacna, 30 de Marzo del 2016. SONIA CAROLINA MARIN VALDIVIA Juez (T) del 3er Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA TACNA. SALVADOR LUIS CERPA SALAS Especialista Judicial de los Juzgados de Investigación Preparatoria Tacna CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/11, 12,13 ABR.) EDICTO JUDICIAL Exp. Nro. 3052-2015-0-2301-JR-FC-01, ante el PRIMER JUZGADO DE FAMILIA, Juez Dra. Grushenka Gutiérrez Cutipa, Sec. Janeth Lezama, se ha emitido la Resolución Nro. 02: Tacna, once de Enero del dos mil dieciséis; SE RESUELVE: Admitir en la via procedimental correspondiente al proceso UNICO, la demanda sobre RECONOCIMIENTO DE TENENCIA, interpuesta por MIGUEL ANTONIO DIOSES CATACORA en representación de su menor hijo Derek Idhair Dioses Jaen, en contra de MILY MEREDITH JAEN GONZALES. En consecuencia, TRASLADO a la demandada, notifíquese mediante edictos, a fin que conteste la demanda en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Se tiene por ofrecidos los medios probatorios presentados y agréguese a los autos los anexos acompañados; con conocimiento del Ministerio Público. TRYHS.- JANETH PAOLA

Lunes, 11 de abril del 2016 LEZAMA SALAMANCA Secretaria (e) del 1er Juzgado de Familia CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/11, 12,13 ABR.) CAMBIO DE NOMBRE Ante el Juzgado Mixto del MBJ Alto de la Alianza, que despacha la Juez Hilda Filomena Segura, con intervención del especialista legal abogado Juan Guzmán Afán, (Exp. N° 412016), PEDRO BACILERES ACERO CHAVEZ, solicita el CAMBIO DE NOMBRE de su menor hijo EVERLYN NEIL ACERO CHAMBILLA para que se autorice usar el primer nombre de pila EVER en lugar de EVERLYN, y poder figurar en el futuro como EVER NEIL ACERO CHAMBILLA, señalándose fecha para Audiencia, el día 28 de abril del 2016 a horas 10.30 a.m., en el local del Juzgado. Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de ley. Tacna, 08 de marzo del 2016. JUAN GUZMAN AFAN Especialista Legal Módulo Básico Justicia de Alto de la Alianza CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (1V/ 11 ABR.) EDICTO PENAL Exp. N° 1065-2012-16-2301-JR-PE-02 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA DE JUZGADO: GLADYS CECILIA SANTOS CUTIPA En el proceso N° 1065-2012-16, seguido contra JOSE JORGE CHAVEZ REJAS, ARTURO ALEJANDRO PINO, YOLANDA MARGARITA CHAVEZ REJAS, CARLOS MORROMEO LEA VELARDE y CESAR LAYME QUISPE por el presunto delito de Uso de documento público falso en agravio de Víctor Luis Poma Estalla y otros; la señora Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Tacna, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a los AGRAVIADOS VÍCTOR LUIS POMA ESTALLA, WILBER VICENTE APAZA VILCA, YHONY ELMER URURI QUISPE, RUBÉN CRUZ VILCA, GENARO CCAMA HUANACUNI, PABLO INCACUTIPA MAQUERA, JORGE FORTUNATO HUIZA MAMANI, JAVIER YUNCA CHIPANA, BERNARDO MAQUERA MAQUERA, NORMA CALLATA ATENCIO, MARITZA CONCEPCIÓN LLANQUE VILCA, ELIZABETH PERCA FLORES, GLADYS CALLOMAMANI CHOQUE, MARLENE DEL ROCÍO LAURA TICONA, HUIDO CASTILLO SAAVEDRA, HÉCTOR QUISPE TITO, ANDRÉS PERCA YUCRA, JULIO PARI INQUILLA, JOSÉ CALDERÓN CHOQUE, Sonia Yrene Machaca Lupaca, María Fortunata Pizarro Condori, Silvia Roxana Moreno Condori, Bertha Encinas Lema de Calderón, Ciriaco Avendaño Mamani, Augusto Llanqui Roble, Cristóbal Limache Tito, Luis Alberto Mendoza Huanacune, Luz Marina Choque Castillo, Isaías Vilca Flores, David Luciano Quispe Charaja, Wilmer Tomás Mendoza Huanacune, Isabel Antonia Catacora Mamani, Wilber Angel Quispe Vargas, Felipe Lope Yunca, Rubén Ernesto Ccama Lima, Inosencia Huanca Arocutipa, Simión Huerta Esteban, Sofía Condori de Churaira, , Nilo Quispe Calamollo, Juan Wilson Laura Mamani, Luis Miguel Mamani Mamani, Cipriano Mamani Arias, Juan José Mamani Perca, Norberto Chino Ururi, Luis Mamani Laurente, Dorila Bertha Ponte Simeón, Graciela Rosa Chávez Rejas de Ribbeck, Milagros Mandamiento Cáceres, Eradio Néstor Chipana Flores, Roxana Uncata Ururi, Juan Baustista Cayllahua, José Justo Mamani Durand, Pedro Anderson Ayca Díaz; con la resolución número 26 de fecha 31 de marzo del 2016, mediante la cual se ha señalado fecha de AUDIENCIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO PARA EL DIA TRECE DE MAYO DEL PRESENTE AÑO, A HORAS TRES DE LA TARDE, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, con la concurrencia obligatoria del representante del Ministerio Público, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del señor fiscal de ponerse en conocimiento de la Oficina de Control del Ministerio Público si por su causa se frustra la audiencia, y en caso de inasistencia de los demás sujetos procesales de instalarse la audiencia con los que asistan. FIRMADO POR LA SEÑORA JUEZ INDIRA CONDORI CAMA Y GLADYS SANTOS CUTIPA ESPECIALISTA DE JUZGADO. Tacna, 04 de abril del 2016. INDIRA CONDORI CAMA Juez (T) Primer Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.GLADYS CECILIA SANTOS CUTIPA Especialista Judicial de los Juzgados de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA TACNA. (3V/11, 12,13ABR.) EDICTO PENAL Exp. N° 1330-2014-31.- CONTROL DE ACUSACION TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABG. GLADYS SANTOS CUTIPA En el proceso N° 1330-2014-31, seguido contra CHRISTIAN

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

FERNANDO BEDREGAL MARTINEZ, por el Delito Contra el Patrimonio, en la modalidad de ROBO AGRAVADO (previsto en el art.188 del Código Penal, en concordancia con la agravante descrita en el primer párrafo del art.189 numeral 2 y 3 segundo párrafo numeral 1° del mismo artículo del Código Penal), en agravio de Alfredo Alonso Ordonez Infante; la señorita Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, ha dispuesto mediante resolución número cinco, de fecha dieciocho de marzo del presente año, REALIZAR LA NOTIFICACIÓN VÍA EDICTOS AL ACUSADO CHRISTIAN FERNANDO BEDREGAL MARTÍNEZ, por lo que se dispone la notificación de la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha 20MAY15 en la que se DISPONE: CORRER TRASLADO a los sujetos procesales de la acusación fiscal, por el plazo de diez días hábiles, a efecto de que puedan presentar por escrito los medios de defensa que consideren pertinentes para debate en la audiencia preliminar de control de acusación. Asimismo se dispone la notificación vía edictos de la RESOLUCIÓN N° 02 de fecha 16JUN15 en la que se tiene por absuelta la acusación formulada por parte del imputado, a conocimiento de las partes y deberá ser oralizado en audiencia; Finalmente la notificación vía edictos de la RESOLUCION N° 05 de fecha 18MAR16, para la AUDIENCIA REPROGRAMADA SOBRE CONTROL DE ACUSACION, PARA EL DÍA DIECISIETE DE MAYO DEL PRESENTE AÑO, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado de Investigación Prepararía de Tacna de la Corte Superior de Justicia de Tacna, ubicado en Calle Inclan S/N 1er Piso. FDO. DRA. SONIA CAROLINA MARIN VALDIVIA, JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA.- FDO. ABG. GLADYS CECILIA SANTOS CUTIPA, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.-Tacna, 21 de marzo del 2016. INDIRA CONDORI CAMA Juez (T) Primer Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.GLADYS CECILIA SANTOS CUTIPA Especialista Judicial de los Juzgados de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA TACNA. (3V/11,12,13 ABR.) EDICTO PENAL Exp. N° 1770-2014-84.- NULIDAD DE TRANSFERENCIAS TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABG. GLADYS SANTOS CUTIPA En el proceso N° 1770-2014-84, seguido contra MIGUEL ANGEL FUENTES CASTRO Y OTRO, por la presunta comisión del delito de Lesiones Culposas Graves y otro, en agravio del Poder Judicial y otro; la señorita juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, señala que estando a la resolución número cuatro, con fecha treinta de marzo del presente año, y estando a la devolución de la Cédula de Notificación dirigida a KENYO SANDRO GONZALO GONZALO en su domicilio real, se dispone la notificación por edictos a KENYO SANDRO GONZALO GONZALO, con la Resolución N° 03 de fecha 16DIC15, en el que indica: Estando al Requerimiento de Nulidad de Transferencias remitido por el señor Fiscal Provincial; y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15° del Código Procesal Penal, se resuelve: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales del Requerimiento de Nulidad de Transferencias, por el plazo perentorio de cinco días hábiles, a efectos de que se pronuncien acerca del petitorio de nulidad. FDO. DRA. SONIA CAROLINA MARIN VALDIVIA, JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA.- FDO. ABG. GLADYS CECILIA SANTOS CUTIPA, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.-Tacna, 30 de marzo del 2016. INDIRA CONDORI CAMA Juez (T) Primer Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.GLADYS CECILIA SANTOS CUTIPA Especialista Judicial de los Juzgados de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA TACNA. (3V/11,12,13 ABR.) EDICTO PENAL Exp. N° 1956-2015-2.- SOBRESEIMIENTO TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABG. GLADYS SANTOS CUTIPA En el proceso N° 1956-2015-2, seguido contra MARIZOL RAMIREZ CHURA, por el delito Contra La Fe Pública en la modalidad de Uso de Documento Público Falso, ilícito previsto en el artículo 427 segundo párrafo del Código Penal, en agravio del Estado SUNARP representado por el Procurador Público de los Asuntos Judiciales de la SUNARP; la señorita Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, señala, que estando a la resolución número dos, con fecha veintitrés de marzo del presente año, y estando

La República

5

a lo señalado por el Representante del Ministerio Público, dispone la notificación por edictos a la acusada MARIZOL RAMIREZ CHURA con la Resolución número dos de fecha 23MAR16, en el que señala: “Conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 345 del Código Procesal Penal, córrase traslado del requerimiento fiscal de sobreseimiento por el plazo de diez días, pudiendo los sujetos procesales formular oposición a la solicitud de archivo”. FDO. DRA. SONIA CAROLINA MARIN VALDIVIA, JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA.- FDO. ABG. GLADYS CECILIA SANTOS CUTIPA, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.- Tacna, 23 de MARZO del 2016. INDIRA CONDORI CAMA Juez (T) Primer Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.GLADYS CECILIA SANTOS CUTIPA Especialista Judicial de los Juzgados de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA TACNA. (3V/11,12,13 ABR.) EDICTO PENAL Exp. N° 653-2013-36.- CONTROL DE ACUSACION TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABG. GLADYS SANTOS CUTIPA En el proceso N° 00653-2013-36, seguido contra Gladys Autora Gutiérrez, por el delito de Contrabando, en agravio de STERIO DENIM y otros; la señorita Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, señala que estando a la resolución número siete, con fecha veintitrés de marzo del presente año, en la que se dispone la notificación por edictos al agraviado STERIO DENIM REPRESENTADO POR YURI EBERSON QUISPE MAMANI, con la Resolución numero uno de fecha 06MAY14, en la que dispone: “CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales de la acusación fiscal, por el plazo perentorio de diez días hábiles, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa que consideren pertinentes para su debate en la audiencia preliminar de control de acusación”. FDO. DRA. SONIA CAROLINA MARIN VALDIVIA, JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA.- FDO. ABG. GLADYS CECILIA SANTOS CUTIPA, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.-Tacna, 23 de marzo del 2016. INDIRA CONDORI CAMA Juez (T) Primer Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.GLADYS CECILIA SANTOS CUTIPA Especialista Judicial de los Juzgados de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA TACNA. (3V/11,12,13 ABR.) EDICTO PENAL Exp. N° 1595-2014-99.- PROCESO DE TERMINACION ANTICIPADA TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABG. GLADYS SANTOS CUTIPA En el proceso N° 1595-2014-99, seguido contra VILMA CHAMORRO BRAVO, por el delito de Contra La Propiedad Industrial en la modalidad de Uso No Autorizado de Producto, previsto y sancionado por el artículo 222 literal F del Código Penal, en agravio de los representantes de las marcas POLO, NAYBONG Y W. SINGLE y otros; la señorita Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, señala que estando a la resolución número tres, con fecha veintiuno de marzo del presente año, se dispone la notificación por edictos al agraviado NAYBONG Y W. SINGLE con la Resolución número uno de fecha 17SET14 en el que señala: “Estando al acuerdo provisional de Terminación Anticipada del proceso, celebrado entre el representante del Ministerio Público, la imputada y su abogado defensor sobre las circunstancias del hecho punible, la pena y la reparación civil a imponer; conforme lo dispone el artículo 468 numeral 3 del Código Procesal Penal, se resuelve: CORRER TRASLADO del requerimiento fiscal a las partes procesales por el término de CINCO días a efecto de que puedan presentar por escrito sus pretensiones para su debate en la audiencia de terminación anticipada, la misma que será fijada en su oportunidad”. FDO. DRA. SONIA CAROLINA MARIN VALDIVIA, JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA.- FDO. ABG. GLADYS CECILIA SANTOS CUTIPA, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.-Tacna, 21 de marzo del 2016. INDIRA CONDORI CAMA Juez (T) Primer Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.GLADYS CECILIA SANTOS CUTIPA Especialista Judicial de los Juzgados de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA TACNA. (3V/11,12,13 ABR.)

6

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Lunes, 11 de abril del 2016

Gaceta Judicial

Sala Civil Transitoria conformada por los Magistrados: TELLERÍA VEGA, TITO PALACIOS, BEGAZO DE LA CRUZ 

FECHA: NUEVE DE MARZO DEL 2016

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA NRO. DE EXPEDIENTE 2401-2015

DEMANDANTE Ministerio Publico

DEMANDADO Jose Garcia Flores

MATERIA Violencia Familiar

51-2010

Tomasa Sucso de Cuela

Bartra Pinedo de Copaja Lider

P. adquisitiva

1850-2013

Irene Chata Vilca

Mun. Dis. De Gregorio Albarracin

P. amparo

269-2015

Pro. Publico del Ejercito del Perú

Asoc. Agro. Sama las Yaras

Desalojo

007-2014

Margarita Marcos Vargas

Camila Estela Marcos y otro

Declaracion de unión de hecho

396-2015

Rosa Hacho Quenta

Casa Grande S.A.

Otor. de escritura pública

INFORMES ORALES - Exp. Nº 2013-1850 -CI, Informe Oral del abogado Amador Matos Neyra. DESPACHO NO HUBO CANTIDAD DE RESOLUCIONES.RESOLUCIONES DE VISTA: 00 AUTOS: 03 DECRETOS: 16

______________________________________ MAGGI MELODI CAZORLA SALAS RELATORIA DE LA SALA CIVIL TRANSITORIA

Sala Civil Transitoria conformada por los Magistrados: TELLERÍA VEGA, TITO PALACIOS, BEGAZO DE LA CRUZ 

FECHA: DIEZ DE MARZO DEL 2016

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA

NRO. DE EXPEDIENTE 001-2016

DEMANDANTE Ministerio Público

DEMANDADO Carmelo Llanos Oseca

MATERIA Violencia Familiar

3091-2013

Cristobal Laura Vargas

Dir. Regional de Salud Tacna

Contencioso administrativo

678-2015

Trinidad Clemencia de Soto

Emp. Productiva Casa Grande

Otor. de escritura pública

2230-2015

Sergio Mamani Condori

Gloria Pacsi Palacios

Impug. de paternidad

1956-2014

Gloria Pacsi Palacios

Sergio Mamani Condori

Tenencia

INFORMES ORALES - Exp. Nº 678-2010 -CI, Informe Oral del abogado Juan Morales Chiri. - Exp. Nº 1956-2014 -FC, Informe Oral del abogado Teodoro Paxi Paucar.

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Lunes, 11 de abril del 2016

DESPACHO

Expediente 01 02 03

SENTIDO

Exp. Nro. 21-2015-FC Exp. Nro. 444-2015-FC Exp. Nro. 921-2014-CI

DESAPROBAR APROBAR CONFIRMAR

Ponente: Telleria Vega Ponente: Telleria Vega Ponente: Tito Palacios

CANTIDAD DE RESOLUCIONES.RESOLUCIONES DE VISTA: 03 AUTOS: 01 DECRETOS: 07

______________________________________ MAGGI MELODI CAZORLA SALAS RELATORIA DE LA SALA CIVIL TRANSITORIA

Sala Civil Transitoria conformada por los Magistrados: TELLERÍA VEGA, TITO PALACIOS, BEGAZO DE LA CRUZ 

FECHA: ONCE DE MARZO DEL 2016

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA NRO. DE EXPEDIENTE 2130-2015

DEMANDANTE Eladio Llerena Valcarcel

DRET

DEMANDADO P. amparo

MATERIA

1344-2015

Carmen Titalo Choque

DRET

P. cumplimiento

1441-2015

Yolanda Loza Zea

DRET

P. cumplimiento

2110-2015

Mary Sarmiento Pari

DRET

P. amparo

INFORMES ORALES NO HUBO DESPACHO Expediente 1

Exp. Nro. 2028-2015-CI

SENTIDO CONFIRMAR

Ponente: Vicente Aguilar

CANTIDAD DE RESOLUCIONES.RESOLUCIONES DE VISTA: 01 AUTOS: 00 DECRETOS: 11 ______________________________________ MAGGI MELODI CAZORLA SALAS RELATORIA DE LA SALA CIVIL TRANSITORIA

La República

7

8

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Lunes, 11 de abril del 2016

Sala Civil Transitoria conformada por los Magistrados: TELLERÍA VEGA, TITO PALACIOS, BEGAZO DE LA CRUZ 

FECHA: CATORCE DE MARZO DEL 2016

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA

NRO. DE EXPEDIENTE 1744-2015

DEMANDANTE Elsa Vicente Melchor

DRET

DEMANDADO

MATERIA P. CUMPLIMIENTO

1775-2015

Georgina Marquina Gutierrez

DRET

P. CUMPLIMIENTO

1830-2015

Aurelia Ticona Nina

DRET

P. CUMPLIMIENTO

1859-2015

Martha Palacios Morales

DRET

P. CUMPLIMIENTO

2147-2015

Luis Torres Oca

DRET

P. AMPARO

INFORMES ORALES NO HUBO DESPACHO Expediente 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15 16

Exp. Nro. 1893-2015-CI Exp. Nro. 1434-2015-CI Exp. Nro. 2130-2015-CI Exp. Nro. 1148-2011-84-CI Exp. Nro. 156-2011-87-CI Exp. Nro. 19-2015-FC Exp. Nro. 2019-2015-CI Exp. Nro. 1784-2015-CI Exp. Nro. 1014-2003-CI Exp. Nro. 2678-2013-FC Exp. Nro. 36-2014-FC Exp. Nro. 2146-2015-CI Exp. Nro. 1746-2015-CI Exp. Nro. 2304-2014-CI Exp. Nro. 683-2014-92-FC Exp. Nro. 1207-2011-CI

SENTIDO CONFIRMAR CONFIRMAR CONFIRMAR CONFIRMAR CONFIRMAR REVOCAR CONFIRMAR CONFIRMAR ANULAR APROBAR CONFIRMAR CONFIRMAR CONFIRMAR CONFIRMAR CONFIRMAR CONFIRMAR

Ponente: Tito Palacios Ponente: Tito Palacios Ponente: Telleria Vega Ponente: Vicente Aguilar Ponente. Vicente Aguilar Ponente: Tito Palacios Ponente: Tito Palacios Ponente: Tito Palacios Ponente: Tito Palacios Ponente: Tito Palacios Ponente: Tito Palacios Ponente: Tito Palacios Ponente: Tito Palacios Ponente: Tito Palacios Ponente: Vicente Aguilar Ponente: Vicente Aguilar

CANTIDAD DE RESOLUCIONES.RESOLUCIONES DE VISTA: 16 AUTOS: 00 DECRETOS: 16

---------------------------------------------------------------MAGGI MELODI CAZORLA SALAS RELATORIA DE LA SALA CIVIL TRANSITORIA

Sala Civil Transitoria conformada por los Magistrados: TELLERÍA VEGA, TITO PALACIOS, BEGAZO DE LA CRUZ



FECHA: QUINCE DE MARZO DEL 2016

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Lunes, 11 de abril del 2016

NRO. DE EXPEDIENTE 2388-2013

DEMANDANTE Carlos Chambi Quenta

1433-2015

Asoc. de vivienda los girasoles

904-2005

Proc. Publico del Gobierno Regional de Tacna

1414-2015

Juan Retamozo Villafuerte

2538-2014

Zara Mamani Chino

1161-2010

Proc. Publi. Muni. Prov de Tacna

DEMANDADO Hipolinaria Perez Llanos Vilma Alvarez Peña Mun. Prov. de Tacna Juan Carpio Cornejo y otros Alfredo Rivera Clemente Luisa Ponce Quispe y otros

MATERIA Divorcio por causal P. adquisitiva Cumplimiento de convenio P. adquisitiva Violencia Familiar Desalojo

INFORMES ORALES - Exp. Nº 1433-2015 -CI, Informe Oral del abogado Efraín Rogelio Zea Pinazo. - Exp. Nº 1956-2014 -CI, Informe Oral de la abogada Adelaida Soto Saira. - Exp. Nº 2538-2014 -FC, Informe Oral del abogado Maximiliano Colque Valdivia. DESPACHO Expediente 1 2 3 4 5 6

Exp. Nro. 1441-2015-CI Exp. Nro. 2800-2014-FC Exp. Nro. 2147-2015-CI Exp. Nro. 1841-2014-CI Exp. Nro.1-2016-FC Exp. Nro 981-2011-CI

SENTIDO CONFIRMAR CONFIRMAR CONFIRMAR CONFIRMAR CONFIRMAR CONFIRMAR

Ponente: Begazo de la Cruz Ponente: Begazo de la Cruz Ponente: Telleria Vega Ponente: Telleria Vega Ponente: Tito Palacios Ponente :Tito Palacios

CANTIDAD DE RESOLUCIONES.RESOLUCIONES DE VISTA: 06 AUTOS: 00 DECRETOS: 10



_________________________________________ MAGGI MELODI CAZORLA SALAS RELATORIA DE LA SALA CIVIL TRANSITORIA

La República

9

10

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Lunes, 11 de abril del 2016

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Lunes, 11 de abril del 2016

11

La República

CUADRO DE VALORES DE LOS ARANCELES JUDICIALES

PODER JUDICIAL

(Ejercicio Gravable 2016) Resolución Administrativa Nº 001-2016-CE-PJ (Publicado en el Diario Oficial El Peruano el 12 de enero de 2016)

UNIDADDE DEREFERENCIA REFERENCIA PROCESAL PROCESAL (URP) 380.00 UNIDAD (URP)= =S/.S/. 395.00

CÓDIG O

07900

PROCESOS CONTENCIOSOS Por ofrecimiento de pruebas: demanda, contestación, reconvención, denuncia civil, intervención coadyuvante, litisconsorcio excluyente de propiedad o de derecho preferente y sucesión procesal, calificación de título ejecutivo o de ejecución (incluyendo la ejecución de las actas de conciliación extrajudicial por laudos arbitrales incumplidos por las partes y actas extrajudiciales de alimentos), la actuación de prueba anticipada, las contradicciones, nuevos medios probatorios, excepciones, defensas previas, tercería, observación a pericias laborales, observación a liquidación de devengados en los procesos de alimentos y observación a la tasación de bienes muebles e inmuebles a ser rematados.

HASTA S/.39,500

MÁS S/. 39,500 A S/.98,750

MÁS S/. 98,750 A S/.197,500

MÁS S/.197,500 A S/.296,250

MÁS S/.296,250 A S/.493,750

MÁS S/.493,750 A S/.790,000

MÁS S/.790,000 A S/.1'185,000

MÁS DE S/.1'185,000

HASTA 100 URP O CUANTÍA INDETERMINABLE

MÁS 100 URP HASTA 250 URP

MÁS 250 URP HASTA 500 URP

MÁS 500 URP HASTA 750 URP

MÁS 750 URP HASTA 1250 URP

MÁS 1250 URP HASTA 2000 URP

MÁS 2000 URP HASTA 3000 URP

MÁS 3000 URP

S/.

39.50

S/.

59.25

S/.

79.00

S/.

98.75

S/.

118.50

S/.

177.75

S/.

355.50

S/.

533.25

07439 Por solicitud de nulidad de actos procesales.

S/.

39.50

S/.

43.45

S/.

47.40

S/.

55.30

S/.

63.20

S/.

71.10

S/.

79.00

S/.

86.90

07927 Por recurso de apelación de autos.

S/.

39.50

S/.

59.25

S/.

79.00

S/.

98.75

S/.

118.50

S/.

177.75

S/.

355.50

S/.

533.25

S/.

158.00

S/.

474.00

S/.

711.00

S/.

1,422.00

07951 Por recurso de nulidad y casación.

S/.

632.00

S/.

711.00

S/.

790.00

S/.

987.50

S/.

1,185.00

S/.

1,777.50

S/.

3,456.25

S/.

5,135.00

07943 Por recurso de queja.

07935 Por recurso de apelación de sentencias.

S/.

98.75

S/.

148.10

S/.

197.50

S/.

246.85

S/.

296.25

S/.

444.35

S/.

888.75

S/.

1,333.10

07978 Por diligencias a realizarse fuera del local judicial. 08168 Por formas especiales de conclusión del proceso (allanamiento, reconocimiento, transacción, desistimiento del proceso), abandono del proceso a pedido de parte o tercero legitimado y conclusión del proceso sin declaración sobre el fondo, por suspensión convencional del proceso (excepto conciliación y abandono de oficio). 07374 Por otorgamiento de poder por acta.

CÓDIG O

POR SOLICITUD DE:

08222 Medidas Cautelares en todas sus modalidades, anotaciones de demandas en todos los procesos, embargos en ejecución forzada, solicitud de ejecución de laudo arbitral firme, recurso de anulación de laudo arbitral, oposición contra el mandato de ejecución de laudo arbitral, solicitud de suspensión de laudo arbitral, solicitud de colaboración y asistencia judicial para la actuación de medios probatorios o solicitud de medidas cautelares dentro del proceso arbitral y solicitud de requerimiento judicial de incautación (Ley de Garantía Mobiliaria).

S/.

237.00

S/.

316.00

S/.

395.00

S/.

2,133.00

S/.

197.50

S/.

296.25

S/.

395.00

S/.

493.75

S/.

592.50

S/.

888.75

S/.

1,777.50

S/.

1,975.00

S/.

110.60

S/.

154.05

S/.

197.50

S/.

276.50

S/.

355.50

S/.

711.00

S/.

1,066.50

S/.

1,619.50

S/.

39.50

S/.

39.50

S/.

39.50

S/.

39.50

S/.

79.00

S/.

79.00

S/.

86.90

S/.

86.90

HASTA S/.39,500

MÁS S/.39,500 A S/.79,000

MÁS S/.79,000 A S/.118,500

MÁS S/.118,500 A S/.237,000

MÁS S/.237,000 A S/.395,000

MÁS S/.395,000 A S/.790,000

MÁS S/.790,000 A S/.1'185,000

MÁS S/.1'185,000 A S/.1'382,500

MÁS DE S/.1'382,500

HASTA 100 URP O DE CUANTÍA INDETERMINADA

MÁS 100 URP HASTA 200 URP

MÁS 200 URP HASTA 300 URP

MÁS 300 URP HASTA 600 URP

MÁS 600 URP HASTA 1000 URP

MÁS 1000 URP HASTA 2000 URP

MÁS 2000 URP HASTA 3000 URP

MÁS 3000 URP HASTA 3500 URP

MÁS DE 3500 URP

S/.

395.00

S/.

790.00

S/.

1,185.00

S/.

1,580.00

S/.

1,975.00

S/.

2,370.00

S/.

3,160.00

S/.

4,937.50

S/.

6,517.50

S/.

395.00

S/.

790.00

S/.

1,185.00

S/.

1,580.00

S/.

1,975.00

S/.

2,370.00

S/.

3,160.00

S/.

4,937.50

S/.

6,517.50

Las personas naturales que soliciten medidas cautelares por una cuantía inferior a las 10 URP se encuentran exoneradas del pago del arancel judicial.

08079 Solicitud de remate judicial.

CÓDIG O

PROCESOS NO CONTENCIOSOS

ACTOS DE PROCEDIMIENTOS

S/.

07900 Por ofrecimiento de pruebas.

RECONOCIMIENTO DE SENTENCIA O LAUDO EXTRANJERO

79.00

S/.

158.00

07927 Por recurso de apelación de autos.

S/.

158.00

S/.

316.00

07943 Por recurso de queja.

S/.

197.50

S/.

197.50

07978 Por diligencias a realizarse fuera del local judicial.

S/.

395.00

S/.

395.00

08168 Por formas especiales de conclusión del proceso.

S/.

197.50

S/.

395.00

07374 Por otorgamiento de poder por acta.

S/.

39.50

S/.

39.50

CÓDIG O

SOLICITUDES DE ACTOS JUDICIALES

encuentran exonerados del pago de aranceles judiciales: los procesos previsionales, procesos de garantías constitucionales, procesos penales (salvo las Querellas); asi como las empresas del sistema financiero en proceso de disolución o liquidación.

¾No se encuentran exonerados del pago de aranceles judiciales, las empresas del Estado, con accionariado integramente público o mayoritariamente público que se encuentran dentro del ambito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE; así como las empresas regionales o municipales cuyo accionariado le pertenece en su integridad o mayoritariamente a las regiones o municipalidades; con excepción de ESSALUD. ¾La improcedencia de la demanda, no da lugar a la devolución del arancel por ofrecimiento de medios probatorios, por ser requisito de fondo para la presentación de la demanda. ¾Los

% de URP

IMPORTE S/.

Jueces, al calificar las demandas, deberán advertir obligatoriamente que en éstas se haya cuantificado el petitorio.

¾Los

usuarios son responsables por la presentación de aranceles judiciales falsificados, cuyo procedimiento se sujeta a lo dispuesto en las normas pertinentes.

(1)

07005 Reintegro. 08036 Por prueba anticipada:

¾En los casos de interponerse más de una excepción se abonará un arancel por cada una de ellas. ¾En el caso de interponerse recurso de oposición contra una medida cautelar, se abonará el arancel judicial por recurso de apelación de autos de acuerdo al monto de la medida cautelar que se pretende desafectar.

Por actuación de prueba anticipada de cuantía indeterminable y determinable, se sujetarán a los valores consignados en los procesos contenciosos. 07153 Por derecho a participar en remate judicial de: Bienes Muebles * Hasta 10 URP * Más de 10 URP hasta 30 URP * Más de 30 URP

15.0% 30.0% 50.0%

S/. S/. S/.

59.25 118.50 197.50

Bienes Inmuebles * Hasta 100 URP * Más de 100 URP hasta 500 URP * Más de 500 URP hasta 1000 URP

50.0% 100.0% 150.0%

S/. S/. S/.

197.50 395.00 592.50

* Más de 1000 URP 07455 Por saneamiento y expedición de partes judiciales para inscripción en el registro de propiedad inmueble y mueble del bien rematado (1% del valor de adjudicación del inmueble y 1% de la URP bien mueble).

200.0%

S/.

08990 Por expedición de partes judiciales para inscripción preventiva y definitiva de solicitudes en procesos contenciosos y no contenciosos (municipalidades, registros públicos, RENIEC, minería y otros). 08991 Por expedición de copias simples en todos los tipos de procesos y en violencia familiar según rango (pago que efectúa el demandado en atención al D.S. N° 002-98-JUS). Por cada copia adicional es S/. 0.39.

10.0%

S/.

39.50

(01 a 05 folios)

S/.

1.95

07447 Por expedición de copias certificadas en todos los tipos de procesos (por cada folio).

IMPORTANTE ¾Se

¾En los procesos laborales, al admitirse como medios probatorios la actuación, verificación, exhibición, recopilación de información y otros que requieran que el Especialista Legal, Revisor de Planillas o Perito adscrito al despacho, realicen tal labor fuera del local del juzgado, el oferente del medio probatorio deberá pagar el arancel judicial por diligencia a realizarse fuera del local del juzgado. En caso que el oferente sea el demandante se tendrá presente lo dispuesto en el literal i) del articulo tercero (3). ¾La autorización judicial de viaje de menor es un proceso no contencioso; en tal sentido, el pago del arancel judicial que corresponda se sujetará a los procesos no contenciosos en lo que sea aplicable. TABLA DE URP

790.00

(2)

1.0%

S/.

3.95

10.0%

S/.

39.50

20.0%

S/.

50.0%

S/.

08214 Por trámite de exhorto: * Dentro del distrito judicial * Otro distrito judicial * Al extranjero

79.00

(1): (2):

10

URP =

S/.

3,950.00

100

URP =

S/.

39,500.00

300

URP =

S/.

118,500.00

500

URP =

S/.

197,500.00

600

URP =

S/.

237,000.00

1000

URP =

S/.

395,000.00

2000

URP =

S/.

790,000.00

3000

URP =

S/.

1,185,000.00

3500

URP =

S/.

1,382,500.00

NOTA El plazo de vigencia del arancel judicial es de un año calendario, periodo que es computado a partir de la fecha en que el justiciable efectúa el pago correspondiente en el Banco de la Nación o entidad financiera designada.

Importe que indique el usuario. Se encuentran obligados al pago de este Arancel las partes o terceros que se adjudiquen un

197.50 bien inmueble.

(3):

07412 Los actos procesales por querellas Se sujetarán al pago de aranceles judiciales de los procesos contenciosos en lo que sea aplicable según la cuantía de la indemnización solicitada. 07366 Procesos laborales.

(3)

07390 Procesos de alimentos.

(3)

En los procesos sumarisimos por alimentos, cuando la pretensión del demandante exceda las

20 URP se sujetarán a los pagos dispuestos en la presente resolución, reducidos en un 50% (literal g del artículo tercero). En los procesos laborales, los trabajadores, ex-trabajadores y sus herederos, cuyo petitorio exceda del mínimo señalado en la Ley Orgánica del Poder Judicial como exonerados (hasts 70 URP), se sujetarán a los pagos contenidos en la presente resolución reducidos en un 50% (literal i del artículo tercero).

GERENCIA GENERAL GERENCIA DE SERVICIOS JUDICIALES Y RECAUDACIÓN SUB GERENCIA DE RECAUDACIÓN JUDICIAL

12

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA



Lunes, 11 de abril del 2016

       

 

           

(3