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Departamento de Junfn, transfer¡da a iavor de J & M srots's.A.c. en v¡rtud áé ra. Resorución Directorar N' 3126-201
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-2017-M INGETUR/VMT,DGJcMT

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Visto, la Resolución Dhectoral N" 2722-2010-MINCETUR¡/MT/DGJCMT de 10.1 1.2010;

CONSIDERANDO: Que, mediante Ley 27693 se crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Peni, UIF- Perú, encargada de recibir, analizar, tratar, evaluár y transm¡tir información para la detección del lavado de ect¡vos yio del financiamiento del terrorismo, así como, de coadyuvar a la implementación por parte de los sujetos obligados, del sistema para detectar operac¡ones sospechosas de lavado de activos y/o del financiamiento del terrorismo;

Que, asimismo, la Ley 29038 dispuso la ¡ncorporación de la UIF-Perú a la Superintendencia

de Banca, Seguros y

Admin¡stradoras Privadas de Fondos de Pensiones, como un¡dad especializada para ejercer las competenc¡as, atribuciones y funciones establecidas en la Ley 27693 y normas modif¡catorias, complementarias y reglamentarias; Que, acorde con lo dispuesto en el numeral 11) del artfculo 8o de la Ley 27693 y al artfculo de la Ley 29038, se encuentran obligados a proporcionar informac¡ón a la UIF-Perú, entre otros, cas¡nos, las casas de juego, los tragamonedas y otras similares; Que, la Ley 27153 consagra como su objeto, el evitar que la explotación de los juegos de óasino y máquinas tragamonedas sea empleada para propósitos ¡lfcitos y asimismo establece a Ia Direcc¡ón General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas - DGJCMT como la autoridad competente para autorizar, fiscalizar, supervisar, evaluar y sancionar la citada actividad; Que, en ese sentido, de conformidad con lo dispuesto en el artfculo 3" de la Ley 27693' mediante Resolución sBS N. 1695-2016, se aprobÓ la Norma para la Prevención de Lavado de activos y financiamiento del terrorismo aplicable a las personas jurfdicas que explotan juegos de casino y/o máquinas tragamonedas" a f¡n de opt¡m¡zar la prevenciÓn de lavado de act¡vos y/o financiamiento del terrorismo en la explotación de los juegos de casino y máqu¡nas tragamonedas; La mencionada Norma ha impuesto que los t¡tulares de salas de juego -en su condiciÓn de sujetos obligados- deben designar un Ofic¡al de Cumplimiento responsable de velar por la oblervancia-e implementación de los controles y mecanismos necesarios dentro del marco de s¡stema de prevención de lavado de act¡vos y/o financiamiento del terrorismo;

Que, para tal f¡n, los t¡tulares de satas de juego deben solicitar al MINCETUR la aprobación de la designación de su of¡cial de cumplimiento, corporativo o de Dedicación no Exclusiva;

Que, en ese sentido mediente

Resoluc¡ón Directoral

N.

2722-2010_

MINCETUR /MT/DGJCMT de 10.11.2010, se autor¡zó a ra empresa MAGTA GAMTNG s.A.G. a contar con un Oficial de Cumpl¡miento a Ded¡cac¡ón No Exclusiva;

. . ^.Que, sin embargo, a ra fecha MAG|A GAMTNG s.A.c. no continf¡a siendo su.¡eto obrigado del s¡stema de Prevenc¡ón del Lavado de Activos y F¡nanciamiento del renorismó - spLÁFT,

debido a la transferencia de sus autorizaciones para lá explotación de máquinas traj"ro*¿]" las siguientes salas de juego: "n a) "Jumbo lll", ub¡cada en Jr. Huánuco N" s72- s74, D¡str¡to, prov¡ncia y Departamento de

Huánuco, transfer¡da a favor de capa Games s.A.c. en virtud de Directorat N. 31 42-201 1 -Mt NCETUR^/MT/DGJCMT de 03.1 i.201 i.

b) "La Fontana', ubicada en Jr.

Moquegua

N' 430,

Departamento de Junfn, transfer¡da a iavor de

y

D¡str¡to

i"

nJrorrl¡on

provincia de Tarma,

J & M srots's.A.c. en

v¡rtud

Resorución Directorar N' 3126-201 1-MTNCETURA/MT/DGJCMT de 03.1 1 .201 I

áé

ra

.

. . 9,?r. en consecuencia y ar amparo de ro d¡spuesto en er Numerar 212.1.2 der arlrcuro 2i2" oel -lexto unlco ordenado de la Ley del Procedimiento Adm¡nistrativo General, aprobado mediante Decreto supremo 006-20'17-JUS, corresponde que la Resolución Directoral N. zliziioroMINoETURA/MT/DGJCMT de 10.11.20i0, sea dejáda sin efecto at no requer¡r mtclÁ élltliNc s.A.c' de la autor¡zación de ra Dirección Generar dé Juegos de casino y Náqr¡.""'ir"s"rl;á"" para contar con un Oficial de Cumplimiento a Dedicación No Exclusiva;

De conformidad con la Ley 27.,153 _^Ley que regula la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas, er rexto único orcéná¿o oj ta Ley cjel proced¡mÉntó Ad;ini;irativo General, aprobado mediante Decreto supremo 006-2017-JUé, h Ley 2zoss --i")/ qü" r" ulF-Perú,

sus normas mod¡ficatorias^ y- re^gramentarias estando a to opinado en el Informe ru. ois_zo1z.mga.

y' ta'Resolucion sBS. N.

"*"

1695_2016,

SE RESUELVE:

Revocar la autorización otorgada por medio de la Resolución @l:.' Directoral N" ^-^^ 2722'2010-MtNcEruR^/MT/DGJcMr de 1 .20ü irá MAG|A GAMTNG cj\.¿. ;"r" lo.1

contar con un of¡ciar de cumprimiento

".pi".. de acuerdo .on rá" iái a Dedicación No Exciusiva,

expuestas en la presente Resolución Directoral.

Artlcuro

2'"

Rem¡tir a ra unidad de Inter¡gencia Financiera -

Resolución para su conocimiento y fines

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-

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urF-PERú ra presente

"or".pon"d"n-.

PÉ.'

La presente Resorución entrará en v¡gencia ar día siguiente de

su

\ Reglstrese,

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MANUEL SAN

BENAVENTE

D¡rector General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas

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