N" /é7¿ { L¡ma,
-2017-M INGETUR/VMT,DGJcMT
2
5 uN0
?017
Visto, la Resolución Dhectoral N" 2722-2010-MINCETUR¡/MT/DGJCMT de 10.1 1.2010;
CONSIDERANDO: Que, mediante Ley 27693 se crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Peni, UIF- Perú, encargada de recibir, analizar, tratar, evaluár y transm¡tir información para la detección del lavado de ect¡vos yio del financiamiento del terrorismo, así como, de coadyuvar a la implementación por parte de los sujetos obligados, del sistema para detectar operac¡ones sospechosas de lavado de activos y/o del financiamiento del terrorismo;
Que, asimismo, la Ley 29038 dispuso la ¡ncorporación de la UIF-Perú a la Superintendencia
de Banca, Seguros y
Admin¡stradoras Privadas de Fondos de Pensiones, como un¡dad especializada para ejercer las competenc¡as, atribuciones y funciones establecidas en la Ley 27693 y normas modif¡catorias, complementarias y reglamentarias; Que, acorde con lo dispuesto en el numeral 11) del artfculo 8o de la Ley 27693 y al artfculo de la Ley 29038, se encuentran obligados a proporcionar informac¡ón a la UIF-Perú, entre otros, cas¡nos, las casas de juego, los tragamonedas y otras similares; Que, la Ley 27153 consagra como su objeto, el evitar que la explotación de los juegos de óasino y máquinas tragamonedas sea empleada para propósitos ¡lfcitos y asimismo establece a Ia Direcc¡ón General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas - DGJCMT como la autoridad competente para autorizar, fiscalizar, supervisar, evaluar y sancionar la citada actividad; Que, en ese sentido, de conformidad con lo dispuesto en el artfculo 3" de la Ley 27693' mediante Resolución sBS N. 1695-2016, se aprobÓ la Norma para la Prevención de Lavado de activos y financiamiento del terrorismo aplicable a las personas jurfdicas que explotan juegos de casino y/o máquinas tragamonedas" a f¡n de opt¡m¡zar la prevenciÓn de lavado de act¡vos y/o financiamiento del terrorismo en la explotación de los juegos de casino y máqu¡nas tragamonedas; La mencionada Norma ha impuesto que los t¡tulares de salas de juego -en su condiciÓn de sujetos obligados- deben designar un Ofic¡al de Cumplimiento responsable de velar por la oblervancia-e implementación de los controles y mecanismos necesarios dentro del marco de s¡stema de prevención de lavado de act¡vos y/o financiamiento del terrorismo;
Que, para tal f¡n, los t¡tulares de satas de juego deben solicitar al MINCETUR la aprobación de la designación de su of¡cial de cumplimiento, corporativo o de Dedicación no Exclusiva;
Que, en ese sentido mediente
Resoluc¡ón Directoral
N.
2722-2010_
MINCETUR /MT/DGJCMT de 10.11.2010, se autor¡zó a ra empresa MAGTA GAMTNG s.A.G. a contar con un Oficial de Cumpl¡miento a Ded¡cac¡ón No Exclusiva;
. . ^.Que, sin embargo, a ra fecha MAG|A GAMTNG s.A.c. no continf¡a siendo su.¡eto obrigado del s¡stema de Prevenc¡ón del Lavado de Activos y F¡nanciamiento del renorismó - spLÁFT,
debido a la transferencia de sus autorizaciones para lá explotación de máquinas traj"ro*¿]" las siguientes salas de juego: "n a) "Jumbo lll", ub¡cada en Jr. Huánuco N" s72- s74, D¡str¡to, prov¡ncia y Departamento de
Huánuco, transfer¡da a favor de capa Games s.A.c. en virtud de Directorat N. 31 42-201 1 -Mt NCETUR^/MT/DGJCMT de 03.1 i.201 i.
b) "La Fontana', ubicada en Jr.
Moquegua
N' 430,
Departamento de Junfn, transfer¡da a iavor de
y
D¡str¡to
i"
nJrorrl¡on
provincia de Tarma,
J & M srots's.A.c. en
v¡rtud
Resorución Directorar N' 3126-201 1-MTNCETURA/MT/DGJCMT de 03.1 1 .201 I
áé
ra
.
. . 9,?r. en consecuencia y ar amparo de ro d¡spuesto en er Numerar 212.1.2 der arlrcuro 2i2" oel -lexto unlco ordenado de la Ley del Procedimiento Adm¡nistrativo General, aprobado mediante Decreto supremo 006-20'17-JUS, corresponde que la Resolución Directoral N. zliziioroMINoETURA/MT/DGJCMT de 10.11.20i0, sea dejáda sin efecto at no requer¡r mtclÁ élltliNc s.A.c' de la autor¡zación de ra Dirección Generar dé Juegos de casino y Náqr¡.""'ir"s"rl;á"" para contar con un Oficial de Cumplimiento a Dedicación No Exclusiva;
De conformidad con la Ley 27.,153 _^Ley que regula la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas, er rexto único orcéná¿o oj ta Ley cjel proced¡mÉntó Ad;ini;irativo General, aprobado mediante Decreto supremo 006-2017-JUé, h Ley 2zoss --i")/ qü" r" ulF-Perú,
sus normas mod¡ficatorias^ y- re^gramentarias estando a to opinado en el Informe ru. ois_zo1z.mga.
y' ta'Resolucion sBS. N.
"*"
1695_2016,
SE RESUELVE:
Revocar la autorización otorgada por medio de la Resolución @l:.' Directoral N" ^-^^ 2722'2010-MtNcEruR^/MT/DGJcMr de 1 .20ü irá MAG|A GAMTNG cj\.¿. ;"r" lo.1
contar con un of¡ciar de cumprimiento
".pi".. de acuerdo .on rá" iái a Dedicación No Exciusiva,
expuestas en la presente Resolución Directoral.
Artlcuro
2'"
Rem¡tir a ra unidad de Inter¡gencia Financiera -
Resolución para su conocimiento y fines
qr"
-
iü"
urF-PERú ra presente
"or".pon"d"n-.
PÉ.'
La presente Resorución entrará en v¡gencia ar día siguiente de
su
\ Reglstrese,
"o L. éift:,::.{:D).
l/ Q'-'
9 ¡ t'",e"..c...^.. -1'
MANUEL SAN
BENAVENTE
D¡rector General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas
b(e "405¿\oc
&'¡.1 3 [i {?-";:^'.*xr '.:
,
..
.
.i:, ,i
\