crónica judicial - Amazon Simple Storage Service (S3)

por CLEOPATRA FERNANDA CECILET. LAZO BRICEÑO apoderada de .... Vallejos ha dispuesto la notificación por ... ABOG. MANUE
5MB Größe 8 Downloads 285 Ansichten
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

CRÓNICA

JUDICIAL

Chiclayo, jueves 07 de setiembre del 2017

1

2

Chiclayo, jueves 07 de setiembre del 2017

CRÓNICA

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE MG. ALDO ENRIQUE ZAPATA LÓPEZ PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

Chiclayo, jueves 07 de setiembre del 2017 1. REMATE JUDICIAL

PRIMER REMATE PUBLICO JUDICIAL En el Exp. N° 00732-201 0-0- 1707-JMC1-01, seguido por RICARDO RADAELI FACUNDO contra ANGEL REMIGIO RADAELI FACUNDO y MARCO ANTONIO RADAELI FACUNDO, sobre DIVISIÓN Y PARTICIÓN DE BIENES, el Juzgado Mixto de Ferreñafe, Jueza FRANCESCA PUICAN LUNA, Secretaria Judicial ANA RUTH TARRILLO SUAREZ, ha facultado al Martillero Público Aldo Martin Zamora Millones, con Reg. N° 211 , realizar el PRIMER REMATE PÚBLICO del bien inmueble ubicado en Calle Arica N° 374, Manzana E2 Lote 14 del distrito de Pueblo Nuevo, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque; cuyos linderos, colindancias y medidas perimétricas obran en la Partida N° P10054585 del Registro de Propiedad inmueble de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. (Área 109.70 m2, Linderos y colindancias: Frente 5.20 ml con Calle Arica - Derecha 21 .60 ml con Lote 13 - Izquierda 21 .95 ml con Lote 15 - Fondo 4.95 ml con Lote 19). DÍA Y HORA: 15 de septiembre del 2017 a horas 11:30 a.m. VALOR DE TASACIÓN: US$ 13,164.00 (TRECE MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: US$ 8,776.00 (OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS), equivalente a las dos terceras partes de su valorización. AFECTACIONES: Ninguna. POSTORES: Presentar documento de identidad, arancel judicial por derecho de participación en remate (Código 07153) correspondiente, consignado número de expediente, juzgado, documento de identidad, y, depositar en efectivo o cheque de gerencia (NEGOCIABLE) girado a su nombre una cantidad no menor al 10% del valor de tasación. Adjudicatario pagará honorarios del Martillero Público. LUGAR: Juzgado Mixto de Ferreñafe sito en Av. Victor Raúl Haya De La Torre/ Av. Tacna 00 S/- Pueblo Nuevo - Ferreñafe. INFORMES: RPM # 978171100, RPC 989049111 ALDO MARTIN ZAMORA MILLONES MARTILLERO PUBLICO REG. N° 211 ANA RUTH TARRILLO SUAREZ SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO DE FERREÑAFE PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6188237 B/ 7032 FP/ 06, 007, 08, 11, 12, 13 set. S/. 55.80

Telf: 481030 - 239182

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el Exp. N° 00842-2015-0-1703-JR-CI01, proceso sobre Ejecución de Garantías Reales seguido por BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ en contra de SAUL ALTAMIRANO VASQUEZ, MARINELI LEON CUBAS y MULTISERVICIOS NOR ORIENTE E.I.R.L, el Primer Juzgado Civil de Jaén, cuyo Despacho a la fecha, se encuentra a cargo del señor Juez Dr. Lucien Eli Montoya Urbina, interviniendo el Especialista Legal Dr. Roberto Juan Huaman Santisteban, ha dispuesto sacar a remate público en PRIMERA CONVOCATORIA el predio ubicado en el Lote 1, frente a la carretera Jaén - Chamaya, del Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca, con una área de 2,609.39 m2; inscrito en la Partida Electrónica N° 11028229 del

Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II -Oficina Registra! de Jaén. PRECIO BASE: US$ 309,100,42 (TRESCIENTOS NUEVE MIL CIEN CON 42/100 DÓLARES AMERICANOS). TASACIÓN COMERCIAL: US$ 463,650.64 (CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA CON 64/100 DÓLARES AMERICANOS). La base corresponde a las 2/3 partes del valor de tasación. GRAVÁMENES: HIPOTECA constituida a favor del ejecutante hasta por la suma ampliada de S/ 1’116,755.20 obrando las inscripciones correspondientes a ésta garantía en los asientos D00002 y D00003 de la indicada Partida Electrónica N ° 11028229. DÍA Y HORA DEL REMATE: 15-09-2017 a horas 08.30 a.m. LUGAR DEL REMATE: En la sala de remates sito en Av. Mariscal Castilla N° 490 - 2do. piso, Distrito y Provincia Jaén, Departamento de Cajamarca. LOS POSTORES: Deberán oblar en efectivo o en cheque de gerencia (el cheque debe ser negociable) el 10% del valor de la tasación. Por razones legales y de seguridad se exhorta a los postores a realizar el oblaje con cheque de gerencia. Igualmente los postores deberán presentar el arancel por derecho de participación en remate judicial de bien inmueble. Los postores en forma anticipada deberán VALIDAR dicho arancel de participación ante la oficina de Administración (sito también en Av. Mariscal Castilla N° 490 -Distrito de Jaén). Los postores además deberán presentarse con su DNI. En el caso de personas jurídicas o de quienes actúen como apoderados, deberán presentarse también con los documentos que sustenten su representación legal; el poder del representante (presentar el poder en duplicado) debe autorizarlo para participar en el remate y sea el caso, otorgarle la facultad de endosar cheques, PAGO DE HONORARIOS: El adjudicatario a la firma del acta de remate deberá cancelar la comisión del Martillero Público de conformidad con el artículo 18 del D.S. N° 008-2005-JUS. Consultas celular 949307024 Jaén, 24 de julio del 2017 JORGE LUIS ÑAUPA CONTRERAS ABOGADO MARTILLERO PÚBLICO REG. 251 Roberto Juan Huaman Santisteban Secretario judicial Primer juzgado civil mixto PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6188337 F/ 1198 FP/ 5, 6, 7, 8, 11, 12 set. S/. 72.00

fecha y hora en la que se llevara a cabo la diligencia de remate en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble: IDENTIFICACIÓN DEL BIEN: INMUEBLE ubicado en la calle Arica N° 549 (Mz 2 Lote 24), Asentamiento Humano El Porvenir, distrito y provincia de Chiclayo, del departamento de Lambayeque, cuyas áreas, linderos, medidas perimétricas y dominio, corren inscritos en la Partida Electrónica N° P10101842 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo. CARGAS Y GRAVÁMENES: HIPOTECA: A favor de entidad ejecutante, hasta por la suma de US$ 100,071.10 (Cien mil setenta y uno y 10/100 Dólares Americanos) la misma que obra inscrita en el asiento 00015 de la Partida Electrónica N° P10101842 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo. TASACIÓN DEL INMUEBLE: US$ 103,715.36 (Ciento tres mil setecientos quince y 36/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE: US$ 69,143.57 (Sesenta y nueve mil y ciento cuarenta y tres 57/100 Dólares Americanos), equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación, por tratarse de la primera subasta. DÍA Y HORA DEL REMATE: 28 de Setiembre de 2017 a horas 09:30 am. LUGAR DEL REMATE: Sala de remates de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle San José N° 1070, segundo piso (Sede antigua) o tercer piso (Edificio nuevo) de la ciudad de Chiclayo. LOS POSTQRES: Depositarán el 10% del valor de la tasación mencionada en efectivo o en Cheque de Gerencia, es decir la suma de US$ 10,371.53 (Diez mil trescientos setenta y uno y 53/100 Dólares Americanos), y presentarán la tasa judicial por derecho de participación de remate de bien inmueble: Código Banco de la Nación N° 7153, indicando N° de Expediente, documento de identidad y N° Juzgado. HONORARIOS: El adjudicatario pagará los Honorarios del martillero de Conformidad con el Artículo 18° del D.S. N° 008-2005-JUS. Chiclayo, 07 de Agosto de 2017. JOSEPH ALBERTO CHIRA MORENO MARTILLERO PÚBLICO REGISTRO N° 335 DRA. BETTY VARIAS CÉSPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL- COMERCIALCHICLAYO PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6166518 F/ 4292 FP/ 1, 4, 5, 6, 7, 8 set. S/. 82.80

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA SUBASTA PUBLICA En el Expediente N° 485-2015-0- 1706-JRCO-08 seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU, contra BEATRIZ VASQUEZ LLAMO Y SEGUNDO VIRGILIO BANDA UBILLUS; sobre EJECUCION DE GARANTIAS REALES, con intervención del señor Juez del Octavo Juzgado Civil Sub Especializado Comercial De Chiclayo, que despacha el Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán y de la Especialista Legal Dra. Betty Varias Céspedes, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28371, que modifica los Artículos 731° y 732° del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, ha facultado al Martillero Público Joseph Alberto Chira Moreno, con Registro N° 335, para ejercer el cargo a Nivel Nacional, para que señale

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL contra ABSALON ARTEAGA SAUCEDO y EULALIA VASQUEZ TAPIA sobre ejecución de garantías, Expediente N° 279-2016; el Octavo Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Chiclayo cargo del Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitan, Secretaria Judicial Dr. Manuel Gilberto Romero Balcázar, ha dispuesto sacar a Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble sito calle Alfonso Ugarte N° 1454 Urbanización San Luis (edificación de tres pisos), distrito y provincia de Chiclayo, cuyo dominio, área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la partida electrónica Nro. 02188756 del Registro de Propiedad Inmueble (Registro Especial de Predios)

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV de la Zona Registral II - Sede Chiclayo VALOR DE TASACIÓN: S/.2 046,467.20 (dos millones cuarenta y seis mil cuatrocientos sesenta y siete y 20/100 soles).- BASE DEL REMATE: S/. 1 364, 311,46 (un millón trescientos sesenta y cuatro mil trescientos once y 46/100 soles) suma equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación.-AFECTACIONES: HIPOTECA: Registrada en el asiento D00003 de la partida electrónica Nro. 02188756 del Registro de Propiedad Inmueble (Registro Especial de Predios) de la Zona Registral II - Sede Chiclayo a favor del BBVA Banco Continental hasta por la suma de US$ 600,000.00 (seiscientos mil y 00/100 dólares americanos) a fin de garantizar un préstamo otorgado a favor de los deudores Absalón Arteaga Saucedo y Eulalia Vásquez Tapia por la suma de S/. 1 044.000.00 (un millón cuarenta y cuatro mil y 00/100 soles).- DÍA Y HORA DEL REMATE: El 26 de septiembre de 2017 a las 12:00 p.m.-LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque sito en calle San José N° 1052 Chiclayo.LOS POSTORES: Depositarán no menos del 10% de la tasación en efectivo o cheque de gerencia (sin restricciones) girado a su nombre y presentarán original y copia del DNI, así como el respectivo arancel judicial (validado por el REPEJREMAP) consignando el número de expediente y juzgado. El acto de remate será realizado por el Sr. Rodolfo Alberto Farfán Zambrano martillero público a nivel con registro N° 272. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el Art. 732 del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Chiclayo, 13 de julio de 2017. RODOLFO ALEBRTO FARFAN ZAMBRANO MARTILLERO PUBLICO REG. 272 MANUEL GILBERTO ROMERO BALCÁZAR ESPECIALISAT JUDICAL OCTAVO JUZGADO CIVIL -COMERCIAL PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6166449 F/ 4291 FP/ 1, 4, 5, 6, 7, 8 set. S/. 72.00

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA SUBASTA PUBLICA En el Expediente N° 00376- 2016-0-1706JR-CO-08, seguido por CREDISCOTIA FINACIERA S.A. contra MARIA DIGNA LOPEZ TORRES, MANUEL TORRES AYASTA, interviniendo en el proceso en calidad de Terceros No Ejecutantes a EDPYME RAIZ S.A. y a la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE FERREÑAFE sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, el señor Juez del Octavo Juzgado Civil Sub Especializado Comercial de Chiclayo, que despacha el Señor Juez Doctor Sandro Omar Aguilar Gaitán y Especialista Legal Doctora Betty del Socorro Varías Céspedes, de conformidad con lo dispuesto por Ley N° 28371, que modifica los Artículos 731° y 732° del Código Procesal Civil, concordante con el reglamento de la Ley del Martillero Público, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2005-JUSr ha facultado mediante Resolución N° 06 de fecha 10/03/2017 al Martillero Público Flavio Alberto Villanelo Ninapaytán, con Registro N° 263, para ejercer el cargo a Nivel Nacional; para ejercer el cargo a Nivel Nacional, autorizado para ejercer el cargo a nivel nacional, para que señale fecha y hora en la que se llevará a cabo la diligencia de remate en Primera Subasta del siguiente bien inmueble: IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: EL INMUEBLE ubicado en la calle Manco Cápac N° 334, Mz. 32, Lote 43, del Pueblo Tradicional Ciudad Lambayeque; local comercial- casa habitación de tres plantas, área del terreno 137.20 m2, área construida 364.88 m2; cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio se encuentran inscritos en la Partida N° P10118553 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Número II - Sede Chiclayo. CARGAS Y GRAVÁMENES:

CRÓNICA

Hipoteca: A favor de la entidad ejecutante hasta por la suma de US$ 43,055.77 Dólares Americanos (Cuarenta y tres mil cincuenta y cinco y 77/100 Dólares Americanos). Inscrito en el Asiento 00004 de la Partida N° P10118553 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Número II - Sede Chiclayo. Hipoteca: A favor de la entidad ejecutante hasta por la suma de US$ 83,683.42 Dólares Americanos (Ochenta y tres mil seiscientos ochenta y tres y 42/100 Dólares Americanos). Embargo: A favor de EDPYME RAÍZ S.A. hasta por la suma de S/. 22,000.00 Soles (Veintidós mil y 00/100 Soles). Inscrito en el Asiento 00007 de la Partida N° P1011855 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Número II - Sede Chiclayo. Embargo: A favor de la entidad ejecutante la Municipalidad Provincial de Ferreñafe hasta por la suma de S/. 76,000.00 Soles (Setenta y seis mil y 00/100 Soles) Inscrito en el Asiento 00008 de la Partida N° P10118553 del Registro de la Propiedad inmueble de la Zona Registral Número II - Sede Chiclayo. TASACIÓN COMERCIAL: US$ 110,238.88 (Ciento diez mil doscientos treinta y ocho y 88/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE: US$ 73,492.59 (Setenta y tres mil cuatrocientos noventa y dos y 59/100 Dólares Americanos), equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación comercial. DIA Y HORA DEL REMATE: 19 de Setiembre 2017 a horas 12:30 pm LUGAR DEL REMATE; Sala de remates ubicada en la calle San José N° 1070 - 2do. Piso (Sede Antigua) o 3° Piso (Edificio Nuevo) - Chiclayo. LOS POSTORES: Depositarán el 10% del valor de la tasación mencionada en efectivo o en Cheque de Gerencia, y presentarán la tasa judicial por derecho de participación de remate de bien inmueble: Código Banco de la Nación N° 7153, indicando N° de Expediente, documento de identidad y N° Juzgado. HONORARIOS: E1 adjudicatario pagará los Honorarios del Martillero Público de Conformidad con el Artículo 18° del D.S. N° 008-2005-JUS. El remate será efectuado por Flavio Alberto Villanelo Ninapaytán, celular 999 003 423. Chiclayo, 20 de julio 2017 FLAVIO A. VILLANELO NINAPAYTÁN MARTILLERO PUBLICO REG. N°263 DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL- COMERCIALCHICLAYO PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6165756 B/ 4279 FP/ 31 ago. 1, 4, 5, 6, 7 set. S/. 106.20 AVISO DE REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el Expediente N° 593-2016-0-1706JR-C0-08 seguido por SCOTIABANK PERÚ S.A.A. contra INVERSIONES Y & L S.A.C. y YOSELI GUEVARA ALTAMIRANO, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, el señor Juez del Octavo Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Chiclayo, Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, interviniendo como Especialista Legal Diana Yamunaqué Seclen, ha ordenado que el suscrito MARTILLERO PÚBLICO realice el remate judicial en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble consistente en: Inmueble ubicado en Calle Vista Alegre, Mz. 33, Lote 20 del Asentamiento Humano Nueva Cajamarca, del distrito de Nueva Cajamarca, provincia de Rioja, departamento de San Martín, cuyo dominio, área, linderos, medidas perimétricas y demás corren inscritas en la Partida Electrónica N° 02000946 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° III – Sede Moyobamba. TASACIÓN COMERCIAL: Ascendente a la suma de US$. 119,167.00 (CIENTO DIECINUEVE MIL CIENTO SESENTA Y SIETE y 00/100 DÓLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: La subasta se realizará sobre la suma de US$. 79,444.66 (SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO y 66/100 DÓLARES

JUDICIAL

Chiclayo, jueves 07 de setiembre del 2017

AMERICANOS), monto que resulta luego de deducir las dos terceras partes de su valor de tasación, REQUISITOS PARA SER POSTOR: EL POSTOR deberá presentar antes de! remate una cantidad no menor a US$. 11,916.70 que equivale al 10% del valor de tasación en efectivo, depósito judicial, cheque de gerencia girado a su nombre, asimismo deberán pagar la tasa judicial con el código del Banco de la Nación N° 07153, por derecho de participación de remate judicial de bien inmueble, indicando el número de expediente, documento de identidad y el juzgado correspondiente, el mismo que deberá estar debidamente validado con el sello respectivo por el área de REPEJ - REMAP de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. GRAVÁMENES: 1)HIPOTECA a favor del BANCO SCOTIABANK PERÚ S.A.A. representado, hasta por la suma de S/. 380,000.00; inscrita en el asiento D00002 de la Partida Electrónica N° 02000946 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° III - Sede Moyobamba. HONORARIOS; El Adjudicatario pagará los honorarios del Martillero, según lo establecido en el D.S.008-2005-JUS.+ IGV, y deberán ser cancelados al finalizar el acto de remate. REMATE que se realizará el día JUEVES 14 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2017. A LAS 11.-00 A.M.. en el local de la Sala de Remates, ubicada en la calle San José N° 1070- 2do piso (Sede antigua), del cercado de Chiclayo. Chiclayo, 12 de Julio del año 2017. ALEJANDRO BOCANEGRA CASTRO ABOGADO MARTILLERO PÚBLICO Reg. Prof. N°172. CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO SECRETARIA JUDICIAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6165668 F/ 4278 FP/ 31 ago. 1, 4, 5, 6, 7 set. S/. 77.50

AVISO DE PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE JUDICIAL Expediente N° 00022-2015-0-1706-JRCO-03 en los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU COMERCIAL BOLT CENTER S.A.C., NATIVIDAD GERARDO OLIVARES RIVAS Y MARIA CAROLINA SEGURA SILVA sobre EJECUCION DE GARANTIAS, por orden del OCTAVO JUZGADO CIVIL DE CHICLAYO SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL a cargo del Señor Juez Dr. SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN, Especialista Legal: Dra. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES. REMATARE en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente bien: a) inmueble ubicado en la MZ. N, LOTE 17A, UNIDAD 1, DE LA POSESIÓN INFORMAL ASOCIACIÓN PROVIVIENDA VDA DE DALL’ORSO, distrito de Pimentel, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque, cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio se encuentran inscritos en la Partida N° P10163572 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Número II - Sede Chiclayo.VALOR DE TASACIÓN: CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTE Y 75/100 DÓLARES AMERICANOS [$. 46.620.75] BASE DEL REMATE: TREINTIÚN MIL OCHENTA Y 50/100 DÓLARES AMERICANOS ($.31.080.50], que son las dos terceras parles de la Tasación. AFECTACIONES VIGENTES: 1) CARGA TÉCNICA de fecha 18-112011, al no cumplir con el porcentaje mínimo de área libre, ni con el área mínima del lote conforme al informe técnico de verificación autorizado por el verificador Ara Carlos Enrique Ibañez Cubas con firma certificada por el Notario Publico Henry Macedo Villanueva del 18/11/2011, en la ciudad de Chiclayo, inscrita en el asiento 00002 de la Partida N° P10163572 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Número II - Sede Chiclayo. 2] HIPOTECA a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por US$.34.650.00 Dólares Americanos. Escritura Pública N°

3

2326 del 29/05/2012 Ante Notario Publico de Chiclayo Antonio Vera Méndez, inserto en el asiento 00004 de la Partida N° P10163572 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Número II –Sede Chiclayo DIA Y HORA DEL REMATE: 10 DE OCTUBRE DEL 2017 A LAS 3:00 P.M. b] inmueble ubicado en la Mz. N, Lote 17A, Unidad 2, de la Posesión Informal Asociación Pro Vivienda vda de Dall’Orso, distrito de Pimentel, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque, cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio se encuentran inscritos en I a Partida Nro. P10163573 del Registro de la Propiedad inmueble de la Zona Registral Número II - Sede Chiclayo.VALOR DE TASACION: CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 76/100 DOLARES AMERICANOS [$.58,488.76] BASE DEL REMATE: TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 51/100 DÓLARES AMERICANOS [$ 38.992.51), que son las dos terceras partes de la Tasación. AFECTACIONES VIGENTES: 1] CARGA TÉCNICA de fecha 18-11-2011 al no cumplir con el porcentaje mínimo de area libre, ni con el área mínima del lote conforme al informe técnico de verificación autorizado por el verificador Ara Carlos Enrique Ibañez Cubas con firma certificada por el Notario Publico Henry Macedo Villanueva del 18/11/2011, en la ciudad de Chiclayo inscrita en el asiento 00002 de la Partida Nro P10163573 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Número II -Sede Chiclayo, 2] HIPOTECA a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por US$.53.350.00 Dólares Americanos. Escritura Publica N° 2326 del 29/05/2012 Ante Notario Publico de Chiclayo Antonio Vera Méndez, inscrito en el asiento 00004 de la Partida N° P10163573 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Número II –Sede Chiclayo DIA Y HORA DEL REMATE: 10 DE OCTUBRE DEL 2017 A LAS 3:15 P.M. LUGAR DEL REMATE; en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque ubicada en la calle San José N° 1070. Segundo Piso (Sede Antigua) o Tercer piso (Edificio Nuevo) de la ciudad de Chiclayo, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. LOS POSTORES: oblarán como garantía en efectivo o cheque de gerencia el 10% del Valor de la Tasación por cada inmueble y presentaran Arancel Judicial por S/. 405.00 indicando, Juzgado, No. de Expediente y DNI.- Los Honorarios del Martillero Público serán cancelados por el Adjudicatario de acuerdo a Ley. JORGE ANDRES ROSAS CALOPINO MARTILLERO PUBLICO REG. 118 DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL- COMERCIALCHICLAYO PODER JUDICIAL- CJLA P/ 6159457 F/ 4244 FP/ 6, 7, 8, 11, 12, 13 set. S/. 106.20

2. EDICTOS CLASIFICADOS

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO El señor Juez del Juzgado Civil Permanente de Lambayeque Dr. Clara Narcisa Odar Puse y Especialista Legal Dra. Patricia Paico Mata, en el Exp. N° 89-2016-0-1708-JM-CI-01, en el proceso seguido por MOISES INOÑAN BALDERA, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, contra SUCESION DE FRANCISCA SANTISTEBAN SANDOVAL Y EFRAIN YNOÑAN SANTAMARIA, ha ordenado publicar un extracto de la demanda, y resolución admisorio, para la Notificación de la sucesión de Francisca Santisteban Sandoval y Efraín Ynoñan Santamaría, DEMANDA: de Prescripción

4

Chiclayo, jueves 07 de setiembre del 2017

Adquisitiva de dominio del bien inmueble ubicado en el Lote 39 Manzana 57 del cercado de ILLIMO; interpuesta por Moisés Inoñan Baldera. Resolución Número TRES de fecha 16-09-2016, RESUELVE ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por Moisés Inoñan Baldera, contra la Sucesión de Francisca Santisteban Sandoval y Efrain Ynoñan Santamaría., sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, vía proceso Abreviado; RESUELVE: notificar por edictos a la Sucesión de Francisca Santisteban Sandoval y Efrain Ynoñan Santamaría en los diarios El Peruano y la República por el término de TRES DIAS HÁBILES, concediéndosele el término especial de TREINTA DÍAS de efectuada la última publicación para que se apersone al proceso, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Lambayeque, 28 de Setiembre del 2016 PATRICIA PAICO MATA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO CIVIL PERMANENTE LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6189509 B/ 7047 FP/ 07, 08, 11 set. S/. 21.60

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante el Cuarto Juzgado Especializado Civil de Chiclayo que despacha el Dr. Héctor Conteña Vizcarra y Especialista Legal Yessenia Gordillo Carbonel, se tramita el Exp. N° 2557-2012-0-1706JR-CI-04 sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO seguidos por VIOLETA COLLANTES FERNÁNDEZ contra ESTANISLAO TORRES DÍAZ y JUANA SÁNCHEZ DÍAZ, donde se ha dispuesto la notificación por Edictos a los SUCESORES DE DOÑA JUANA SÁNCHEZ DÍAZ ó JUANA SÁNCHEZ DE TORRES, con un extracto de la demanda, resolución admisoria y resolución número ocho: 1.- Demanda.- Solicito se declare propietaria por prescripción adquisitiva de dominio del inmueble urbano denominado Lote 03 Mz. L, ubicado en el Distrito de Picsi, Provincia de Chiclayo, Región Lambayeque, que tiene un área de 201.20 m2. 2.- Admisorio.- Resolución N° 01 de fecha 10 de Octubre del 2012.SE RESUELVE: ADMITIR a trámite EN LA VÍA ABREVIADA la demanda interpuesta por VIOLETA COLLANTES FERNÁNDEZ contra ESTANISLAO TORRES DÍAZ y JUANA SÁNCHEZ DÍAZ sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO. 3.- Resolución Número: OCHO de fecha 14 de abril del 2015.EMPLAZAR POR EDICTOS a los sucesores de JUANA SÁNCHEZ DÍAZ ó JUANA SÁNCHEZ DE TORRES, PUBLÍQUESE un extracto de la demanda, admisorio y la presente resolución en los diarios “El Peruano” y “La República”, por el término de TRES DÍAS HÁBILES, concediéndoles el término especial de TREINTA DÍAS para que se apersonen al proceso y contesten la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. YESSENIA GORDILLO CARBONEL SECREATRIA JUDICIAL CUARTO JUZGADO CIVIL PODER JUDICAIL- CSJLA P/ 6165977 B/ 6980 FP/ 1, 7, 13 set. S/. 22.50

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO Por ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de la Provincia de Jaén, que despacha el Doctor Lucién Eli Montoya Urbina y Secretario Doctor John Vladimir Cayatopa Calderón, se ventila la Causa Civil N° 00016-2017-0-1703-JR-CI-01. seguida por CASTILLO ALBERGA JOSÉ OTONIEL y CORREA ADRIANZEN CRISTINA contra el MINISTERIO DE AGRICULTURA Y RIEGO Y OTROS, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, en la cual mediante Resolución número UNO de fecha veinte de enero del

CRÓNICA

año dos mil diecisiete, se ha ordenado publicar mediante edictos un extracto de la demanda lo siguiente: ESTRACTO DE LA DEMANDA: Don Castillo Alberca José Otoniel y Correa Adrianzén Cristina, interponen demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio mediante la cual solicitan que se les declare propietarios del bien inmueble predio rústico denominado “ El Acerillo” de un área total de 2.1,956 (dos hectáreas más mil novecientos cincuenta y seis metros cuadrados), ubicado en el sector Siango, Distrito de Bellavista, Provincia de Jaén; Región Cajamarca. en el cual estamos en posesión por más de quince años, por lo que se nos debe declarar como únicos y exclusivos propietarios del predio señalado. Jaén, veinte de enero del dos mil diecisiete: RESOLUCIÓN NUMERO: UNO SE RESUELVE: (1) Admitir a trámite en la Vía de Proceso Abreviado la demanda interpuesta por Castillo Alberca José Otoniel y Correa Adrianzén Cristina, contra el Ministerio de Agricultura y Riego y Otros, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio; (2) Conferir traslado a los demandados por el plazo de diez días a fin de que la absuelvan, bajo apercibimiento de seguirse en su rebeldía; (3) Tener por ofrecidos sus medios probatorios, agregándose los anexos adjuntos; (4) Publicar un extracto de la demanda por tres veces, con intervalo de tres días, en el diario de mayor circulación de esta ciudad y en el diario oficial la “República” de este Distrito Judicial, en la forma prevista en los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil; (5) Cítese con la demanda al colindante Rossolvet Yarleque Guerrero. Jaén, 20 de Enero deI 2017. ABOG. John Vladimir Cayatopa Calderón SECRETARIO JUDICIAL 1° JUZGADO CIVIL- JAEN PODER JUDICIAL P/ 6183646 F/ 1191 FP/ 1, 7, 13 set. S/. 31.50

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO En el Expediente No. 00202-2016-0-1703JR-CI-02, seguido en el Segundo Juzgado Civil de Jaén, que despacha el señor Juez Dr. Rudecindo José Damián Sandoval y Secretario Judicial Mirian Odar Montero, se ha ordenado notificar por edictos la siguiente resolución: ADMITIR A TRÁMITE, en proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por ROLANDO DIAZ SANCHEZ Y OTRO CONTRA PROCURADURIA PUBLICA DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA, PROCURADURIA PUBLICA DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES DEL ESTADO, AGENCIA AGRARIA DE JAÉN sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO. CONFERIR, traslado a la parte demandada por el plazo de DIEZ DÍAS a fin de que absuelvan la demanda, bajo apercibimiento de seguirse en su rebeldía. TENER, por ofrecidos sus medios probatorios, agregándose los anexos adjuntos; y por señalado su domicilio procesal. PUBLICAR, un extracto de la demanda por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista en los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil. NOTIFIQUESE, conforme a ley. Lo que se hace de conocimiento a los interesados, para que se apersonen al proceso y hagan valer sus derechos.Jaén,28 de Agosto del 2017 MIRIAN ODAR MONTERO SECRETARIA JUDICIAL 2° JUZGADO CIVIL- JAEN PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6183701 F/ 1192 FP/ 1, 7, 13 set. S/. 19.80

SUCESIÓN INTESTADA SUCESION INTESTADA Expediente N° 01776-2017. Primer Juzgado de Paz Letrado- Ferreñafe,

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

que despacha la Magistrada EVELYN ALEJO QUIROZ, y la Especialista Legal Dra. Doroty Orozco Sigueñas, doña INDIRA ELENAQ FERNANDEZ ORDOÑEZ, solicita la SUCESION INTESTADA de doña CATALINA SANTISTEBAN LLUEN, fallecida el 01 de Mayo del 2001 y se le declare como herederos a las personas de Agustina Cornetero de Piscoya, Violeta Cornetero Santisteban; José Antonio, María Magdalena, Blanca Yaneth y Nancy Esther Cornetero Ayala, José Cornetero Santisteban, José Francisco, María Elena y Juan Carlos Cornetero Tello. Los que se crean con derecho a la herencia, pueden apersonarse al proceso. Ferreñafe, 04 de Septiembre del 2017. EVELYN ALEJO QUIROZ PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADOFERREÑAFE PODER JUDICIAL- CSJLA DOROTHY OROZCO SIGUEÑAS SECRETARA JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADOFERREÑAFE PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6189454 B/ 7043 FP/ 07 set. S/. 7.00

YENGLE, expediente Nro. 197-2016-JPCI, sobre SUCESIÓN INTESTADA, se resuelve: ADMITIR a trámite vía proceso NO CONTENCIOSO, la solicitud sobre SUCESIÓN INTESTADA, presentada por JENNY MARGOTH ROMERO BRAVO DE VASQUEZ, respecto de su esposo TOMAS VASQUEZ TARRILLO; fallecido el veintiuno de septiembre del dos mil siete, en la ciudad de Chiclayo; poniéndose en conocimiento de tos presuntos herederos, de la Beneficencia Pública de Chiclayo y publicándose avisos en el diario El Peruano; asimismo, anótese la presente solicitud en el Registro de Sucesión Intestada debiendo cursarse los partes judiciales a la Oficina de Registros Públicos. José Leonardo Ortiz, 05 de septiembre del 2017 LEYLA TERAN YENGLE ESPECIALISTA LEGAL 1° Juzgado de Paz Letrado MBJ- JLO PODER JUDICIAL- CJSLA P/ 6189648 B/ 7058 FP/ 07, 08 set. S/. 9.60

3. NOTIFICACIONES POR EDICTOS SUCESIÓN INTESTADA Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo que despacha la Dra. Giulliana V. Vásquez Carrasco, Secretaria María T. Farro, en el Expediente N°. 23802017, JOSE ALEJANDRO RAMIREZ CARRAZCO peticiona la sucesión intestada de quien en vida fuera su hermano don SEGUNDO MIGUEL RAMIREZ CARRAZCO, fallecido el 18 de Septiembre del año 2016; en la ciudad de Chiclayo,; a fin de que se declare como hermano heredero legal y universal. Chiclayo, 05 de Septiembre del 2017 GIULLIANA VICTORIA VÁSQUEZ CARRASCO JUEZ 1° JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL JUEZ PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6189621 B/ 7056 FP/ 07 set. S/. 4.50

SUCESIÓN INTESTADA Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo que Despacha la doctora GIULIANA VASQUEZ CARRASCO y Secretario Dra. MARIA TERESA FARRO UCEDA del Expediente N° 484-2016-0-1JPLC-CH, En los autos seguidos por DIAZ LLONTOP JAVIER peticionando Sucesión Intestada de quien en vida fue su padre Víctor Díaz Uriarte; se resuelve ADMITIR A TRÁMITE en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO, la solicitud sobre SUCESION INTESTADA presentada por JAVIER DÍAZ LLONTOP; respecto de su extinto padre Víctor Díaz Uriarte, fallecido en la ciudad de Pimentel, el veinte de diciembre del año dos mil quince, por SEÑALADO su domicilio procesal electrónico y por OFRECIDOS sus medios probatorios; poniéndose en conocimiento de la presente a los presuntos herederos, asimismo, NOTIFÍQUESE a los señalados en la demanda, así como a la Beneficencia Pública y PUBLÍQUESE los avisos correspondientes en los diarios “La República” y “El Peruano” Chiclayo 28 de junio del 2017 MARIA TERESA FARRO UCEDA SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6189638 B/ 7057 FP/ 07, 08, 11 set. S/. 19.80

SUCESIÓN INTESTADA Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de José Leonardo Ortiz, que despacha la Dra. GINA YAKORI CAMPOS SALAZAR, especialista legal Dra. LEYLA TERAN

ALIMENTOS Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Jaén, que despacha la Dra. VICTORIA MILAGROS ACOSTA PUICON, con intervención de la secretaria Liliana Fustamente Rimarachin, en el EXP. N°. 00357-20110-1703-PJ-FC-02, seguido por NELIDA CESPEDES PURIHUAMAN contra JUAN WALTER POSITO CORONADO sobre ALIMENTOS, se ha dispuesto NOTIFICAR al demandado JUAN WALTER POSITO CORONADO, mediante edictos , es como sigue: RESOLUCIÓN NUMERO: CUARENTAIDOS, Jaén, diecinueve del mes de octubre del año dos mil trece.Dado cuenta; traslado de lo que peticiona en el mismo respecto la imputación de pago a la parte demandante por el término de TRES DÍAS para que exprese lo que a su derecho corresponde. RESOLUCIÓN NUMERO CUARENTAITRES; Jaén, tres del mes de diciembre del año dos mil trece: SE RESUELVE: CONCEDER sin efecto suspensivo la apelación interpuesta por la demandante Nélida céspedes Purihuaman contra la resolución numero cuarentiuno recaída en el presente proceso. RESOLUCIÓN NUMERO: CUARENTA Y CUATRO; Jaén diecinueve de mayo del dos mil catorce, se resuelve; declarar improcedente la solicitud de imputación de pago de liquidación de pensiones devengadas, REMÍTASE copias certificadas de las principales piezas procesales al Ministerio Público para que actué de acuerdo a sus atribuciones. RESOLUCIÓN NUMERO: CUARENTA Y CINCO; como se solicita OFICÍESE a la empleadora del demandado con los fines que se indica. RESOLUCIÓN NUMERO: CUARENTA Y SEIS. Jaén, diez del mes de Julio del año dos mil catorce; Dado cuenta con estos actuados y oficio de la empleadora del demandado que se adjunta a conocimiento de la parte demandante. RESOLUCIÓN NUMERO: CUARENTA Y SIETE, Jaén, ocho de septiembre del año dos mil catorce; Dado cuenta, con el escrito presentado por la parte demandante; como se solicita ofíciese con los fin indicados. RESOLUCIÓN NUMERO CUARENTA Y OCHO; Jaén, veintidós del mes de octubre del año dos mil catorce: Dado cuenta con el escrito presentado por la parte demandante; como se solicita reitérese ofíciese con los fines indicados. RESOLUCIÓN NUMERO: CUARENTA Y NUEVE; Jaén, diecinueve del mes de noviembre del año dos mil catorce; Dado cuenta con el escrito presentado por la demandante ofíciese con los fines indicados, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de la Municipalidad Distrital de San José del Alto de imponérsele la multa respectiva en caso de incumplimiento. RESOLUCIÓN NUMERO: CINCUENTA; Jaén, veinte del mes de enero del año dos mil quince; Dado cuenta ofíciese con los fines indicados, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de la Municipalidad Distrital

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV de San José del Alto. RESOLUCIÓN NUMERO: CINCUENTA Y UNO; Jaén, veinticuatro del mes de marzo del año dos mil quince; AUTOS Y VISTOS: imponer la sanción de multa a la Municipalidad Distrital de San José del Alto, equivalente a TRES UNIDADES DE REFERENCIA PROCESAL, depósito a efectuar en las oficinas del Banco de la Nación, quien debe efectuar el pago mediante arancel judicial con el código número 09148. RESOLUCIÓN NUMERO: CINCUENTA Y DOS: Jaén, veintiséis de octubre del año dos mil quince; Dado cuenta,; cúrsese el oficio a SUNAT con el fin indicado. RESOLUCIÓN NUMERO: CINCUENTA Y TRES: Jaén, nueve de marzo del dos mil dieciséis; Déjese sin efecto la remisión del oficio a la SUNAT. Avóquese a la señora Juez que suscribe y la secretaria judicial que autoriza por disposición superior. RESOLUCIÓN NUMERO: CINCUENTA Y CUATRO: Jaén, nueve de marzo del año dos mil dieciséis; Dado cuenta, córrase traslado de la misma a las partes procesales por el término de tres días , a fin de que hagan las observaciones correspondientes si lo creen conveniente de conformidad con el artículo 568 del CPC. RESOLUCIÓN NUMERO: CINCUENTA Y CINCO; Jaén, dieciocho de mayo del año dos mil dieciséis. AUTOS Y VISTOS, SE RESUELVE:APROBAR la liquidación de pensiones alimenticias devengadas, practicada por secretaría, de fecha nueve de marzo del presente año, obrante a folios trescientos noventa y siete, por la suma de SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS SOLES CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS; en consecuencia NOTIFÍQUESE al demandado POSITO CORONADO JUAN WALTER, en su domicilio procesal y real señalado en autos, para que en el término de TRES DÍAS de notificado cumpla con cancelar el monto total adeudado, bajo apercibimiento de remitir copias certificadas de los actuados pertinentes al Representante del Ministerio Público a efecto de que proceda conforme a sus atribuciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 566-a, del Código Procesal Civil en caso de incumplimiento. RESOLUCIÓN NUMERO: CINCUENTA Y SEIS, Jaén, cuatro de julio del año dos mil dieciséis, Dado cuenta, se dispone notifíquese al demandado PÓSITO CORONADO JUAN WALTER, en su domicilio sito en la calle los pinos s/n-cuadra uno de la primera etapa del sector fila alta- Jaén, con la resolución numero cincuenta y cinco. RESOLUCIÓN NUMERO: CINCUENTA Y SIETE, dado cuenta, córrase traslado a la parte demandante por el plazo de TRES DÍAS, para su absolución y cumplido que sea dicho plazo con o sin absolución DÉSE cuenta para resolver. RESOLUCIÓN NUMERO: CINCUENTA Y OCHO, AUTOS Y VISTOS; Declarar Fundada la nulidad de actuados propuesta por el demandado JUAN WALTER POSITO CORONADO, con su escrito de folios cuatrocientos veinte. Declarar nulo todo lo actuado, desde doscientos cuarenta, debiendo notificar al demandado JUAN WALTER POSITO CORONADO con copia de las resoluciones a partir de la resolución numero cuarenta y dos y subsiguientes, en su domicilio procesal calle Mariscal Castilla N° 1112, de esta ciudad de Jaén, y en su domicilio real en el Centro Poblado Cochalan. Interviene la secretaria judicial que suscribe por disposición superior. RESOLUCIÓN NUMERO: CINCUENTA Y NUEVE, Jaén, veintiséis de enero del año dos mil diecisiete; cumpla secretaría con practicar la correspondiente liquidación de pensiones alimenticias devengadas. RESOLUCIÓN NUMERO: SESENTA; Dado cuenta, se dispone notifíquese al demandado JUAN WALTER PÓSITO CORONADO, en su domicilio real, con las resoluciones numero cuarenta y dos y siguientes, asimismo ofíciese al Municipalidad Distrital de San José del Alto, a fin de que informe su estado laboral del emplazado. RESOLUCIÓN NUMERO: SESENTA Y UNO.- Jaén, dieciséis de Junio del año dos mil diecisiete, Dado cuenta, agréguese a los autos el informe remitido por el Banco de la nación y siendo que el demandado no labora en la Municipalidad Distrital de San José del Alto agréguese a los autos y póngase en conocimiento de la demandante la constancia de notificación devuelta sin

CRÓNICA

diligenciar a fin de que precise la dirección exacta del demandado Pósito Coronado Juan Walter. RESOLUCIÓN NUMERO: SESENTA Y DOS: Jaén, veintidós de agosto del año dos mil diecisiete, Dado cuenta; notifíquese por edictos al emplazado POSITO CORONADO JUAN WALTER, con las resoluciones 42 y subsiguientes, en los diarios “La República” y “ El Espectador” teniendo en cuenta que el demandado mediante escrito de fecha diecinueve de julio del año dos mil dieciséis, preciso su domicilio real en el Centro Poblado de CochalanSan José del Alto-Jaén, dirección en la cual a la fecha el emplazado ya no vive, tal como se informa por el Juez de Paz Raymundo Santos lavan y a fin de evitar nulidades posteriores por el demandado. 3/V. JAÉN, 01 de Septiembre de 2017 JULIO CESAR LLUNCOR TERRONES SECRETARIO JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO PJ- CSJLA- JAEN P/ 6194072 F/ 1201 FP/ 7, 8, 11 set. S/. 76.50

CAMBIO DE NOMBRE El Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Cutervo, que despacha el señor Juez Nestor Elio Mendoza Vega y Secretario judicial Stalin Calvo Díaz, en el expediente N° 465-2016, sobre CAMBIO DE NOMBRE, seguido por doña DOMITILA GUERRERO VASQUEZ contra la RENIEC; se ha ordenado se publique un extracto de la demanda, DE CAMBIO DE NOMBRE solicitando que se cambie el nombre de “DOMITILA” por el de “ VERONICA CRISTINA”, de viendo ser el nombre de la siguiente manera VERONICA CRISTINA GUERERRO VASQUEZ. AUTOS Y VISTOS; Y, CONSIDERANDO (...). SE RESUELVE: 1) ADMITIR a trámite en vía PROCESO ABREVIADO la demanda interpuesta por doña DOMITILA GUERRERO VASQUEZ contra REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL RENIEC, sobre CAMBIO DE NOMBRE, por ofrecidos los medios probatorios que indica (...). 2) CONFIÉRASE traslado a la demandada por el plazo de DIEZ DIAS para que se apersone al proceso y conteste la demanda., bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. 3) PUBLÍQUESE un extracto de la presente demanda por tres veces con intervalo de tres días, en un diario de mayor circulación de la circunscripción, a falta de diarios, la publicación se hace en la localidad mas próxima que los tuviera: asimismo en la tablilla del Juzgado, conforme lo señala el artículo 167 y 168 del Código Procesal Civil, y ello en aplicación del artículo 506 del Código Procesal Civil. NESTOR ELIO MENDOZA VEGA JUEZ CSJL STALIN CALVO DIAZ SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO CIVIL PERMANENTECUTERVO PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6188435 B/ 7041 FP/ 07, 13, 19 set. S/. 23.20

INDEMNIZACIÓN Se hace saber que saber que ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado Civil Chiclayo, Secretario Judicial Luis Carrillo Hernández, se sigue el Exp. N° 123-2017-O-1706-JP-CI-02, iniciado por Joel Bances Fuentes, contra la Empresa ETENORTE sobra Indemnización, por lo que por el presente se le emplaza a LA Empresa Etenorte, con la demanda, para lo cual se le transcribe la parte pertinente: Resolución número cuatro.Chiclayo, treinta de mayo del año dos mil diecisitete.... Se Resuelve: ADMITIR A TRAMITE en vía Proceso Abreviado , la demanda interpuesta por JOEL BANCES Fuentes, contra LA EMPRESA ETENORTE, sobre indemnización por ofrecidos los medios probatorios, y por señalado su domicilio procesal y casilla electrónica, NOTIFIQUESE a la parte

JUDICIAL

Chiclayo, jueves 07 de setiembre del 2017

demandada para que dentro del término de DIEZ DIAZ comparezca al proceso y conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguir el proceso en su rebeldía. Medi frima Dr. Willy A. López Fernández Juez Titular – L. Carrillo H. Secretarlo Judicial. Chiclayo, 30 deMAYO DE 2017 P/ 6188358 B/ 7040 FP/ 06, 07, 08 set. S/. 25.20

OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo, que despacha el señor Juez Titular doctor WILLY ARNALDO LOPEZ FERNANDEZ, asistido por el Secretario Judicial doctor LUCIANO PUELLES DIAZ, se ventila el Expediente N° 3331-2016-0, interpuesto por CLEOPATRA FERNANDA CECILET LAZO BRICEÑO apoderada de JAVIER NICOMEDES ANCO RONDON, contra LEON ADOLFO TORRES CARDENAS, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, y que mediante Resolución N° DOS, de fecha dieciséis de febrero del año dos mil diecisiete, se dispuso: ADMITIR A TRAMITE en VÍA PROCESO ABREVIADO la demanda interpuesta por CLEOPATRA FERNANDA CECILET LAZO BRICEÑO apoderada de JAVIER NICOMEDES ANCO RONDoN, contra LEON ADOLFO TORRES CARDENAS, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, por OFRECIDOS los medios probatorios. NOTIFÍQUESE a la parte demandada mediante edictos, para que dentro del término de DIEZ DlAS comparezca al proceso y conteste la demanda, bajo apercibimiento de declarársele rebelde y de seguirse el proceso en su rebeldía. Ordénese la notificación por edictos en el diario oficial el “Peruano” y “ La República”, por el término de tres días hábiles, debiendo la parte interesada recibir los edictos para el trámite correspondiente bajo su responsabilidad. Chiclayo, 14 de agosto del 2017 WILLY ARNALDO LOPEZ FERNANDEZ JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL CHICLAYO LUCIANO PUELLES DIAZ ESPECIALISTA LEGAL 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6188317 B/ 7037 FP/ 06, 07, 08 set. S/. 23.40

NULIDAD DE DESPIDO En el expediente N° 810-2009.- seguido por Salazar Villegas Eduardo contra Empresa de Transportes Chiclayo Express S.A.C. sobre Nulidad de Despido, la Señora Juez Primer Juzgado de Trabajo Transitorio, Yessica Pupuche Senador, y Especialista Legal Dra. Lourdes Villanueva Monteza, ha ordenado la notificación mediante edictos a la demandada; y es como sigue: Chiclayo, cuatro de septiembre del dos mil diecisiete.- SE RESULEVE: Rs. N°59: con el informe remitido por el departamento de liquidaciones córrase traslado a los justiciables por el término de 5 días para que exprese lo que a su derecho convenga. Informe N°0223-2016-DRLLPJ CONSOLIDADO: Rem. Devengadas: 58,361.12; CTS: 5,045.69; Total deuda: 63,406.81.Rs.N°60: resérvese su proveído absuelto que sea el traslado de devolución de cédula. Res.61 N°: Notifíquese a la demandada en su domicilio fiscal y real con la Res.60 y la 61; Rs.62: se advierte de autos que mediante Rs.60 se pone a conocimiento de la demandante la devolución de cédula la misma que es absuelta mediante escrito de fecha 28/10/2016 donde se puede apreciar que la parte demandada Empresa de Transportes Chiclayo Express S.A.C., tiene la condición de estado del contribuyente baja de oficio, así como su condición del contribuyente no habido, actividad de comercio exterior sin actividad, por tanto

5

la dirección que se indica, no tiene eficacia tributaria alguna; siendo así, la notificación efectuada a la parte demandada, notificándole con la resolución cincuenta y nueve y siguientes, en la dirección precisada por el demandante no produce ningún efecto procesal, toda vez que no ha sido efectuado con arreglo a ley; Res.63: NOTIFÍQUESE a la demandada EMPRESA DE TRANSPORTES CHICLAYO EXPRESS S.A.C. mediante edictos en el Diario El Peruano y la República por el término de tres días consecutivos un extracto de las Rs. 59,60,61,62 y la presente resolución.Chiclayo , 04 de Septiembre del 2017. LOURDES ELIZABETH VILLANUEVA MONTEZA SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE TRABAJO TRANSITORIO PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6188225 B/ 7029 FP/ 06, 07, 08 set. S/. 27.00

CAMBIO DE NOMBRE -SUPRESIÓN DE NOMBRE Y/O ADICIÓN DE NOMBRE El señor Juez del Juzgado Civil Permanente de Lambayeque Dr. RONAL SAAVEDRA GUZMAN y Especialista Legal Dra. Magaly Huamán Caro, en el Exp. N° 167-2017-0-1708-JM-C101, en el proceso seguido por MARINA ALEJANDRINA LEON AYAYPOMA, sobre CAMBIO DE NOMBRE -SUPRESIÓN DE NOMBRE Y/O ADICIÓN DE NOMBRE, contra MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GUADALUPE Y OTROS, ha ordenado publicar un extracto de la demanda, y Resolución admisoria ; DEMANDA: interpuesta por MARINA ALEJANDRINA LEON AYAYPOMA, sobre CAMBIO DE NOMBRE -SUPRESIÓN DE NOMBRE Y/O ADICIÓN DE NOMBRE, contra el MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GUADALUPE; solicitando el cambio de nombre de su persona, intercambiando el orden de estos debiendo quedar como “MARINA ALEJANDRINA” y no como se ha inscrito en su partida de nacimiento, esto es “ALEJANDRINA MARINA”; mediante Resolución Número UNO de fecha 02-08-2017, RESUELVE ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por Marina Alejandrina León Ayaypoma, sobre CAMBIO DE NOMBRE - SUPRESIÓN DE NOMBRE Y/O ADICIÓN DE NOMBRE, contra Municipalidad Distrital de Guadalupe y otros, vía proceso CONTENCIOSO; RESUELVE: Publicar por edictos en el diario la República por el término de TRES VECES CONSECUTIVAS. Lambayeque, 25 de agosto de 2017 MAGALY HUAMAN CARO ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO CIVIL PERMANENTE PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6183605 B/ 7006 FP/ 5, 6, 7 set. S/. 22.50

ALIMENTOS En el proceso N° 02502-2016-0-1706-JPFC-01, seguido por SILVIA ROSSMERY FARCEQUE CHIMOY contra JUAN PABLO MORANTE TEPE sobre ALIMENTOS la señorita Juez del Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio de Lambayeque Dra. Yngrid Vera Montenegro y Secretario Judicial Manuel Herrera Vallejos ha dispuesto la notificación por Edictos publicándose un extracto de la RESOLUCIÓN NUMERO UNO de fecha 13-07-2016. SE RESUELVE. ADMÍTASE A TRAMITE VÍA PROCESO ÚNICO la demanda interpuesta por SILVIA ROSSMERY FARCEQUE CHIMOV contra JUAN PABLO MORANTE TEPE, sobre ALIMENTOS, por OFRECIDOS los medios probatorios que se indican. RESOLUCIÓN NUMERO SEIS de fecha 14-08-2017. SE RESUELVE: NOTIFICAR POR EDICTOS al demandado PABLO MORANTE TEPE, para que dentro del término de QUINCE DIAS HABILES conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; debiendo publicarse los edictos en el

6

Chiclayo, jueves 07 de setiembre del 2017

diario “La República” por el término de TRES DÍAS, en mérito al artículo 167° del Código Procesal Civil.Lambayeque, 29 de Agosto del 2017 ABOG. MANUEL HERRERA VALLEJOS SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO PAZ LETRADO MIXTO TRANSITORIO PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6188157 B/ 7023 FP/ 5, 6, 7 set. S/. 18.90

4. EDICTOS PENALES EDICTO PENAL LA SEÑORA JUEZ SEXTO JUZGADO ESPECIALIZADAO CIVIL DE LA PROVINCIA DE CHICLA YO DRA: IRMA ELVIRA ROJAS SENMACHE y lo Especialista Legal GLORÍA ALICIA MORÍ VELASQUEZ. CERTIFICO: QUE, en el EXP.- Na.-3319-2Q09.’6a,-J.CI.-CH.-GAMV-HPH.-seguido por: DONATO QUIRÓZ CORTEGANA contra la OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL sobre IMPUGNACIÓN DE RESOLUCIÓN ADMINISTRA TIVA la señora Juez ha dispuesto la notificación por edictos del demandado: DONATO QUIRÓZ CORTEGANA resolución numero ano - ¡.-de fecha veintisiete de mayo dos mil nueve.- SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en PROCESO ESPECIAL la demanda CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA interpuesta por don: DONATO QUIRÓZ CORTEGANA contra la OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL - ONP, POR OFRECIDOS los medios probatorios. TRASLADO de la demanda a la parte demandada por el término de DIEZ DÍAS a fin que se apersone al proceso y conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguirse el juicio en rebeldía REQUIÉRASE a la OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL para que REMITA el expediente administrativo que dio origen a la actuación administrativa impugnable en el plazo de QUINCE DÍAS, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de aplicarse los apremios dispuestos en el articulo 22 de la Ley 27584. modificado por el Decreto Legislativo 1067, sin perjuicio de poner en conocimiento del Ministerio Publico el incumplimiento por parte de la entidad demandada afín de que proceda conforme a sus atribuciones, LÍBRESE EXHORTO al Juez de Igual Clase de Lima para que notifique con la demanda, anexos y resolución admisoria a la demandada Oficina de Normalización PrevisionalResolución numero veintiuno-21 de fecha dieciocho de julio dos mil diecisiete.- Se RESUELVE:!.SUSPENDER la tramitación del presente proceso, por el periodo de TREINTA^ DÍAS hasía que los sucesores de donDONATO QUIRÓZ CORTEGANA se apersonen al proceso y.-2.-NOTIFIQUESE por edicto un extracto de la demanda, resolución admisoria y la presente resolución en el diario “La República “ por tres veces y con un intervalo entre una y otra de tres días, para que los sucesores procesales del demandante se apersonen al proceso en el plazo de SESENTA DÍAS y ejerciten su derecho de defensa, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. MORI ALICIA MORI VELASQUEZ SECRETARIA JUDICIAL SEXTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 07, 08, 09 set.

EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DRA. JANE RAMOS SILVA ESPECIALISTA LEGAL: SAMPEBRANO EXP. N” 4283-2016-90-1708-JR-PE-01 Por el pie., cito llamo y emplazo al acusado LORENZO TORRES CHILCON, domiciliado en caserío Pacaypite en el distrito de Jepelacio en Moyobamba o conde se encuentre, para que se presente

CRÓNICA

al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Víctor Doig y Lora 185 en esta ciudad el día 21 de Noviembre del año en curso a las 10 de la mañana, con motivo de llevar a cabo la Audiencia de Juicio Oral en el Exp. N° 4283-2016-90 que se le sigue por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de MERLY JOSELY TORRES SÁMAME, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inasistencia. Lambayeque, 28 de Agosto del 2017 YANE RAMOS SILVA JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 07, 08, 09 set.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 840-2012.-0- 1707- JM PC 01 JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIODE FERREÑEFE JUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCANTARA SECRETARIA JUDICIAL: DIANA MARÍA MONTENEGRO MURO Se NOTIFICA a: FRANCISCO GASTULO CARMONA resolución número CINCO de fecha dos do Aposto del dos mil diecisiete, en al cual se ha RESUELTO: 1. Mediante Resolución numero CINCO, se ordena notificar a la parte demandada con la resolución numero CINCO, donde se indica fecha para la AUDIENCIA UNICA, para el día VENTIDOS DE SEPTIEMBRE DEL DOL MIS DICECISETE A LA DIEZ Y TRAINTA DE LA MAÑANA. Por haber se dispuesto así en el expediente 840-2017.0- 1707- JM PC 01 en el proceso seguido contra FRANCISO GASTULO CARMONA por VIOLENCIA FAMILIAR. YRIS MELISSA NUÑEZ ALCANTARA JUEZ JUZGADO DC FAMILIATRANSITORIODE FERREÑEFE PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 6, 7, 8 set.

EDICTO PENAL ACUSADO: BEJAMIN QUINTANA SEGURA DELITO: LESIONES CULPOSAS GRAVES AGRAVIADO: OMAR DAV1LA CANO JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA ESP. JUDICIAL: ABOG. CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES San Ignacio, 20dejuliodel 2017 RECIBIDO SE EMITE LA PRESENTE RESOLUCIÓN donde se dispone A CITAR A LA PRESENTE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DEL 2017 A HORAS 12:00 DEL MEDIO DÍA, audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en el Av. Mariano Melgar N° 375 de esta ciudad, para que se notifique al acusado BENJAMÍN QUINTANA SEGURA y agraviado OMAR DAVILA CANO en el proceso que se le sigue como presunto autor del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, en agravio de OMAR DAVILA CANO; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; Este proceso se encuentra ventilándose con número de expediente 173-2017-JPU-SI en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Primera Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Y se remite el presente edicto para que disponga su PUBLICACIÓN, en el diario de la República de Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal. DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA JUEZ DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL Y JUZGADO PENAL LIQUIDADOR- SAN IGNACIO CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES ESPECIALISTA LEGAL

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- CSJLA- SAN IGNACIO FP/ 6, 7, 8 set.

EDICTO PENAL ACUSADO: JOSÉ ODAR SOTO AGUIRRE DELITO: TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO AGRAVIADO: EL ESTADO JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA ESP. JUDICIAL: ABOG. CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES San Ignacio, 20 de julio del 2017 SE EMITE LA PRESENTE RESOLUCIÓN donde se dispone A CITAR A U PRESENTE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DEL 2017 A HORAS 11:00 DE LA MAÑANA, audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en el Av. Mariano Melgar N° 375 de esta ciudad, para que se notifique a los acusado JOSÉ ODAR SOTO AGUIRRE en el proceso que se le sigue como presunto autor del delito de TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, en agravio de EL ESTADO; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; Este proceso se encuentra ventilándose con número de expediente 215-2017-JPU-SI en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Primera Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Y se remite el presente edicto para que disponga su PUBLICACIÓN, en el diario de la República de Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art 128° del Código Procesal Penal.DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA JUEZ DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL Y JUZGADO PENAL LIQUIDADOR- SAN IGNACIO CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- CSJLA- SAN IGNACIO FP/ 6, 7, 8 set.

EDICTO PENAL 4° JUZG. JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CHICLAYO Cuaderno Judicial N°: 04976-2015-01706-JR-PE-60 Juzgado: 6to. Juzgado de Investigación Preparatoria. Imputado: JORGE ARMANDO CHAVEZ AGUILAR Delito: ESTAPA GENÉRICA. Agraviado: PATROCINIA LOCONI GALÁN. Esp. De Juzgado: YELKA FARIDY FIORELA SAAVEDRA CUSTODIO. Esp. De Audiencias: ARTURO ANDREY ADRIANZEN CALUA Por el presente Edicto, La Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, RESUELVE: 1. Declarar FRUSTRADA la presente audiencia ante la inconcurrencia del imputado así como de su Abogado Defensor Público. 2.REPROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para día el 25 de SEPTIEMBRE DEL 2017. A HORAS 08:30 A.M. DE LA MAÑANA (HORA EXACTA). EN LA SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO TRECE 2DO PISO del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo. sito en la calle José Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo. 3.NOTIFICAR al Abogado Defensor Público Dr. José Chirinos Moreno en su domicilio procesal en calle Daniel Alcides Carrión N° 196 – Segundo Piso, quien asume la defensa del imputado José Armando Chávez Aguilar, Bajo Apercibimiento de inconcurrencia se remitirán copias a la Coordinación de la Defensoria Pública Nacional. 4.NOTIFICAR al imputado JORGE ARMANDO CHAVEZ AGUILAR, en su domicilio real de su ficha RENIEC, sin

perjuicio de notificarlo mediante EDICTOS en el diario oficial “La República”. ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PUBLICA DE REQUERIMIENTO DE CONTROL DE ACUSACIÓN Cuaderno Judicial N°: O4976-2015-01706-JR-PE-60 Juzgado: 6to. Juzgado de Investigación Preparatoria. Imputado: JORGE ARMANDO CHAVEZ AGUILAR. Delito: ESTAFA GENÉRICA. Agraviado: PATROCINIA LOCONI GALÁN. Esp. De Juzgado: CINTHIA FLORES HUAMANQUISPE. Esp. De Audiencias: ARTURO ANDREY ADRIANZEN CALUA Lugar: Sala de Audiencias N° TRECE Chiclayo Fecha: 20 de Junio del 2017. Hora: 08:30 A.M. Dirige audiencia: DRA. CLARA DENISSE TORRES CAMPOS, en reemplazo de la Juez Titular del presente Juzgado. I.- ACREDITACIÓN PE LAS PARTES PROCESALES: 1.DRA. JUDITH PNTO ZAVALAGA; Fiscal de la Tercera Fiscalía Provincial Corporativa de Chiclayo, con domicilio procesal en calle María Izaga N° 115 Cuarto Piso - Chiclayo y con CASILLA ELECTRÓNICA N° 39187. (Lupe Estela Fang) 2.SRA. PATROCINIA LOCONI GALÁN, con DNI N° 80519710 y con domicilio real en calle Diego Ferré N° 461 - Distrito de San José - Chiclayo -Lambayeque. En este acto Señorita Magistrada advirtió la inconcurrencia de imputado así como de su abogado defensor, para lo cual solicitó al Especialista Judicial de Audiencia de razón de sus notificaciones. (Se Registró en Audio). A continuación el Especialista Judicial de Audiencia dio razón que NO se tiene respuesta aun de la cédula de notificación dirigida a Piura; así mismo ha sido notificado a su casilla electrónica el abogado Defensor Público el Dr. José Crisantos Chirinos Moreno. (Se Registró en Audio). A su turno el Representante del Ministerio Público solicitó la reprogramación de la presente audiencia. (Se Registró en Audio). II.- DECISIÓN: Con lo antes expuesto la SEÑORA MAGISTRADA procedió a emitir la resolución siguiente: RESOLUCIÓN HÚMERO: DIECINUEVE Chiclayo, VEINTE de Junio del dos mil diecisiete. PARTE CONSIDERATIVA : Queda registrado en audio PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe SE RESUELVE: 1.Declarar FRUSTRADA la presente audiencia ante la inconcurrencia del imputado así como de su Abogado Defensor Público. 2.REPROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para día el 25 de SEPTIEMBRE DEL 2017, A HORAS 08:30 A.M. DE LAMAÑANA (HORA EXACTA!. EN LA SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO TRECE del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo. 3.NOTIFICAR al Abogado Defensor Público Dr. José Chirinos Moreno en su domicilio procesal en calle Daniel Alcides Carrión N° 196 – Segundo Piso, quien asume la defensa del imputado José Armando Chávez Aguilar, y justifique su inasistencia, Bajo Apercibimiento de remitir copias a la Coordinación de la Defensoria Pública Nacional. 4.NOTIFICAR al imputado JORGE ARMANDO CHÁVEZ AGUILAR, en su domicilio real de su ficha RENIEC, sin perjuicio de notificarlo mediante EDICTOS en el diario oficial “La República”. 5.QUEDAN notificadas con la presente Resolución las partes concurrentes. m.- NOTIFICACIÓN; Señor Riscal: Conforme. Señora Agraviada: Conforme. IV.- FIN DE LA AUDIENCIA: Siendo las 18:37 A.M., se concluyó la presente audiencia, cerrándose la grabación de audio, suscribiendo el acta correspondiente la Señorita Magistrado y el Especialista Judicial de Audiencia. CLARA TORRES CAMPOS JUEZ PJ- NCPP- CSJLAMB

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV FP/ 6, 7, 8 set.

EDICTO PENAL EXPEDENTE: N° 10154-2016-92-1705-JR-PE-OÍ JUZGADO: SEXTO JUZGADO UNIPERSONAL PENAL SUPRAPROV1NCIAL DE CHICLAYO JUEZ: SHILLING CASTAÑEDA SALAZAR ESP. JUDICIAL: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ Se NOTIFICA al acusado HÉCTOR YNGA SEGURA, con el sc’.3 de audiencia de fecha 07 de Agesto del año 2017, en la cual se ha RESUELTO; DECLARAR LA IMPOSIBILIDAD DE INSTALAR FORMALMENTE LA PRESENTE AUDIENCIA y REPROGRAMAR la presente audiencia para el día VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS ,IL DIECISIETE a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, quedando válidamente notificado el representante del Ministerio Público, bajo apercibimiento de ley, se dispone la notificación del acusado HÉCTOR YNGA SEGURA, en su domicilio real, bajo expreso apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso inasistencia; sin perjuicio de notifixarsele por EDICTOS; debiendo notificarse por conducto regular a la abogada publica Kelly Tarrillo Saldaña para que concurra a la próxima audiencia, bajo apercibimiento de ser excluida de la defensa y nombrar defensor de oficio en caso de inasistencia. Se pone de conocimiento la presente resolución. Chiclayo, 07 de agosto de 2017 SHILLING CASTAÑEDA SALAZAR JUEZ SEXTO JUZGADO UNIPERSONAL PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 6, 7, 8 set.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 4452-2017-0 El Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza ai acusado JORGE MERVIN DÍAZ URIARTE a fin de que concurra a la audiencia de INCOACIÓN DEL PROCESO INMEDIATO, reprogramada para el día VEINTISÉIS DE SEPTIEMBRE del presenta año, a horas 09:30 A.M, a realizarse en la Sala de audiencias número CUATRO, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N” 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 4452-2017-0 -, proceso seguido contra el acusado precitado, por el delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de DAYANA DÍAZ TAPIA; lo que notifica de acuerdo a ley. Especialista Legal: LUCIA TORRES ALVARADO CECILIA M. GRANDEZ ROJAS JUEZ 4° JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 6, 7, 8 SET.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° : 123-2016-0-JIP-SI CARPETA FISCAL: 120-2016-1-FFPC-SI IMPUTADO: ALBERTO WILFREDO ROMAN TOCTO AGRAVIADO: MINISTERIO PÚBLICO DELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD JUEZA: DR. HECTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTA ESP. JUDICIAL: ABG. CLARA CECILIA LEONARDO RIOJA Por el presente edicto, el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Ignacio, ha dispuesto NOTIFICAR al SENTENCIADO Alberto Wilfredo Román Tocto, con un extracto de la RESOLUCIÓN NUMERO ONCE de fecha 26.07.2017, más RESOLUCIÓN NUMERO OCHO de fecha 16.01.2017, en las cuales se DISPONE: RESOLUCION NUMERO 11: Dado cuenta con la razón que antecede, y pendiente de realizarse la audiencia de

CRÓNICA

ejecución de sentencia solicitada por el Ministerio Público Primera fiscalía Provincia de esta Provincia seguida contra Alberto Wilfredo Román Tocto por el Delito de Conducción en estado de ebriedad en agravio de la sociedad y siendo que no existiendo certeza de su emplazamiento eficaz a su domicilio real esto es caserío San José-San Ignacio, sin bien es cierto se ha notificado al abogado que lo patrocinio en la audiencia de juicio oral existe incertidumbre de la notificación; así mismo el sentenciado no se apersonado a firmar los controles de ejecución de sentencia; por lo expuesto REPROGRÁMESE la presente audiencia para el día VEINTISEIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORA TRES Y TREINTA DE LA TARDE, NOTIFÍQUESE al sentenciado Alberto Wilfredo Román Tocto, en su domicilio real, a la defensa pública para que concurra a la presente audiencia, bajo apercibimiento de no hacerlo comunicarse a su Coordinador distrital y aplicársele los señalado en el artículo 85 en sus numeral 2 y 3 del Código Procesal Penal, Así mismo HABILÍTESE al notificador Marco Benjamín Molocho Silva a fin de que se apersone a su domicilio real del acusado y proceda a notificarlo, y recabe la constancia de notificación de la Resolución número nueve, diez coordinando con el Teniente Gobernador del Caserío San José-San Ignacio BAJO APERCIBIMIENTO DE REMITIRSE COPIAS AL ÓRGANO DE CONTROL. Sin perjuicio de ello NOTIFÍQUESE mediante EDICTOS con la presente resolución y resolución número ocho al sentenciado, proceda el Asistente Judicial Elmer Chapoñan Sandoval a emitir las constancias de notificación y oficio pertinentes. RESOLUCION NUMERO 08: Dado cuenta, con el Oficio N° 171-2016-JPUSI/PJ, remitido por el Juzgado Penal Unipersonal de esta ciudad, remitiendo el expediente de acusación a folios cincuenta y cuatro para su ejecución de conformidad con el Art. 489° numeral 1 del Código Procesal Penal; que dispone controlar la ejecución de la sentencia en consecuencia SE DISPONE: 1) El sentenciado deberá concurrir OBLIGATORIAMENTE, al Juzgado de Investigación Preparatoria de esta ciudad, atendiendo a la pena impuesta de un año de pena privativa de la Libertad suspendida en su ejecución, por el PERIODO DE PRUEBA DE UN AÑO, que durara su periodo de prueba veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete, a firmar el Acta de Control de Firmas de Sentenciados, 2) El acusado deberá cumplir con las reglas de conducta dictadas en la sentencia;.Conforme se aprecia de autos el Sentenciado no ha cumplido a la fecha con apersonarse a firmar el primer control ni con cancelar el saldo de Trescientos Noventa y Cinco Nuevos Soles (S/ 395.00) que ha debido de ser cancelada en fecha último día hábil del mes de mes de noviembre, último día hábil del mes de diciembre y último día hábil en el mes de enero; sin embargo por la huelga judicial ha debido ser cancelado las últimas semanas del mes de enero del dos mil diecisiete. Al escrito presentado por la representante del ministerio público este por informado en la presente resolución respecto a la audiencia de revocatoria de la pena impuesta resérvese su proveído. AGRÉGUESE a los autos el Oficio.Notifíquese Por haberse ordenado así en el Expediente N° 123-2016-00, seguido contra Alberto Wilfredo Román Tocto, como AUTOR del delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD. San Ignacio, 26 de Julio de 2017. HECTOR HUMBERTO HINISTROZA HUERTA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA SAN IGNACIO PODER JUDICIAL- CSJLA ABOG. CLARA CELICLIA LEONARDO RIOJA EPSECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA SAN IGNACIO FP/ 6, 7, 8 set.

JUDICIAL

Chiclayo, jueves 07 de setiembre del 2017

EDICTO PENAL JUZGADO : SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JAÉN JUEZ: DRA. ESMERALDA G. CARLOS PERALTA CITA Y EMPLAZA al acusado CLEMENCIA DELGADO HUAMAN, identificado con DNI 27253588, para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Cuaderno Judicial No 474-2013-481703, por el Delito USURPACIÓN, en agravio de DIEGO EFRAIN OBREGON PALACIOS, para que tenga Conocimiento de la audiencia programada de Juicio Oral para el día VEINTISÉIS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE, a horas TRES DE LA TARDE, en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque sede Jaén, ubicado en la intersección de los calles Huarnantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaén, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, archivarse provisionalmente y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada. Por haberse dispuesto así en e Expediente N° 474-2013-48-1703-SJPCSJ, seguido contra CLEMENCIA DELGADO HUAMAN en agravio de DIEGO EFRAIN OBREGON PALACIOS Y OTROS por el delito de USURPACIÓN. DRA. ESMERALDA GUISELA CARLOS PERALTA JUEZ 2° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JAÉN PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 6, 7, 8 set.

EDICTO PENAL ACUSADO: ANÍBAL YAJAMANCO TESEN NIXON JAVIER SANTOS HUAMAN DELITO: LESIONES GRAVES AGRAVIADO: BELMIS CHAYANNNE CORDOVA JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA ESP. JUDICIAL: ABOG. CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES San Ignacio, 20 de julio del 2017 SE EMITE LA PRESENTE RESOLUCIÓN donde se dispone A CITAR A LA PRESENTE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTISÉIS DE SEPTIEMBRE DEL 2017 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA, audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en el Av. Mariano Melgar N° 375 de esta ciudad, para que se notifique a los acusado ANÍBAL YAJAMANCO TESEN Y NIXON JAVIER SANTOS HUAMAN en el proceso que se le sigue como presunto autor del delito de LESIONES GRAVES, en agravio de BELMIS CHAYANNE CORDOVA; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; Este proceso se encuentra ventilándose con número de expediente 174-2017-JPU-SI =n el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Primera Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Y se remite el presente edicto para que disponga su PUBLICACIÓN, en el diario de la República de Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal. DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA JUEZ DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL Y JUZGADO PENAL LIQUIDADOR- SAN IGNACIO CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- CSJLA- SAN IGNACIO FP/ 6, 7, 8 set.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 09988-2016-0 El Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al Imputado HELI BARAHONA BANDA, identificado con DNI N° 45752583, a

7

fin de que concurra a la audiencia de Proceso Inmediato reprogramada para el día VEINTISÉIS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE. A HORAS ONCE Y QUINCE DE LA MAÑANA, a realizarse en la Sala de audiencias número TRES, del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 09988-2017-0, proceso seguido contra el acusado precitado, por el delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de BRIGGITT BARAHONA PUICAN; lo que notifica de acuerdo a ley. Especialista Legal: Jorge Enrique Tello Gonzáles. VICTOR TORRES SANCHEZ JUEZ 3° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 6, 7, 8 set.

EDICTO PENAL ESP. N°:226-2017 JPU.SI Acusado: HIGINIO CRUZ CRUZ Delito: OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Agraviado: ANAYELLI YAMILETH CRUZ CAMPOS Juez: DR. MARLO ROBLEDO CORCOVA Eso. Judicial: ABOG. CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES San Ignacio, 20 de julio del 2017 SE EMITE LA PRESENTE RESOLUCIÓN donde se dispone A CITAR A LA PRESENTE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTISÉIS DE SETIEMBRE DEL 2017 A HORAS 09:00 DE LA TARDE audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en el Av. Mariano Melgar N° 375 de esta ciudad, para que se notifique al acusado HIGINIO CRUZ CRUZ en el proceso que se le sigue como presunto autos del delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILAR, en agravio de ANAYELLI YAMILETH CRUZ CAMPOS; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; Este proceso se encuentra ventilándose con número de expediente 226-2017-JPU-SI en el Juzgado Penaí Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Primera Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Y se remite el presente edicto para que disponga su PUBLICACIÓN, en el diario de la República de Jaén, por ei lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por e¡ Art. 128° del Código Procesal Penal.San Ignacio, 14 de julio del 2017 DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA JUEZ DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL Y JUZGADO PENAL LIQUIDADOR- SAN IGNACIO CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- CSJLA- SAN IGNACIO FP/ 6, 7, 8 set.

EDICTO PENAL ACUSADO: JUAN SANTOS SURITA CRUZ y OTRO DELITO: HURTO AGRAVADO AGRAVIADO: CONALVIAS JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA ESP. JUDICIAL: ABOG. CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES San Ignacio, 20 de julio del 2017 SE EMITE LA PRESENTE RESOLUCIÓN donde se dispone A CITAR A LA PRESENTE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTISÉIS DE SETIEMBRE DEL 2017 A HORAS 11:30 DE LA TARDE audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en el Av. Mariano Melgar N° 375 de esta ciudad, para que se notifique a los acusados JUAN SANTOS SURITA CRUZ y ALADINO MARCHENA QUIROZ en el

8

Chiclayo, jueves 07 de setiembre del 2017

proceso que se les sigue como presuntos autores de! delito de HURTO AGRAVADO, en agravio de CONALVIAS; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; Este proceso se encuentra ventilándose con número de expediente 183-2017-JPU-SI en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Primera Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Y se remite el presente edicto para que disponga su PUBLICACIÓN, en si diario de la República de Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal. DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA JUEZ DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL Y JUZGADO PENAL LIQUIDADOR- SAN IGNACIO CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- CSJLA- SAN IGNACIO FP/ 6, 7, 8 set.

EDICTO PENAL EXP. N°: 227-2017 JPU.SI Acusado: GEINER ELGAR ARMIJOS TERRONES Delito: OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Agraviado: FERNANDO MILCIADES ARMIJOS SALVADOR Juez: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA Esp. Judicial:ABOG. CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES San Ignacio, 20 de julio del 2017 SE EMITE LA PRESENTE RESOLUCIÓN donde se dispone A CITAR A LA PRESENTE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTISÉIS DE SETIEMBRE DEL 2017 A HORAS 12:30 DE LA TARDE audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en el Av. Mariano Melgar N° 375 de esta ciudad, para que se notifique al acusado GEINER ELGAR ARMIJOS TERRONES en el proceso que se le sigue como presunto autos del delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAM1LAR, en agravio de FERNANDO MILCIADES ARMIJOS SALVADOR; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; Este proceso se encuentra ventilándose con número de expediente 227-2017-JPU-SI en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Primera Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Y se remite el presente edicto para que disponga su PUBLICACIÓN, en ei diario de la República de Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal-San Ignacio, 14 de julio del 2017 DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA JUEZ DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL Y JUZGADO PENAL LIQUIDADOR- SAN IGNACIO CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- CSJLA- SAN IGNACIO FP/ 6, 7, 8 set.

EDICTO EXPEDENTE N°: N°5381-2015-31-1706JR-PE-07JUZGADO: SÉTIMO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: Dr. PEDRO MARTIN DELGADO RAMÍREZ. ESPECIALISTA JUDICIAL : VÍCTOR MONTEZA BASAURI El Sétimo Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial de Chiclayo y Ferreñafe, Dr. PEDRO MARTIN DELGADO RAMÍREZ. Juez, mediante resolución número dos de fecha uno de junio del dos mil diecisiete cita y emplaza a LUIS

CRÓNICA

ALBERTO AGURTO VERA, para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso signado con número de expediente N° 5381-2015-31-1706-JR-PE-07-por el delito COHECHO PASIVO IMPROPIO, en agravio de EL ESTADO - POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, para que concurra a la audiencia, REPROGRAMADA para el día VEINTISÉIS DE SEPTIEMBRE del año en curso, a horas ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, en la sala de Audiencias N° CATORCE- 3er piso de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, {avenida José Leonardo Ortiz 155 - Centro Cívico en Chiclayo), bajo apercibimiento de declarar reo contumaz al acusado, en caso de inconcurrencia injustificada y, disponerse el archivo provisional de la causa conforme al inciso 5 del artículo 79 del Código Procesal Penal. Secretario: Víctor Monteza Basauri. PEDRO MARTIN DELGADO RAMIREZ JUEZ SETIMO JUZGADO PENAL UNIPEROSNAL PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 6, 7, 8 set.

EDICTO PENAL 7° JUZG. UNIPERSONAL EXPEDIENTE: 04628-2015-50-1706-JRPE-03 JUEZ: PEDRO MARTIN DELGADO RAMÍREZ SECRETARIO: VÍCTOR MONTEZA BASAURI MINISTERIO PUBLICO: LEZCANO SOLANO, GIMA IMPUTADO: TAPIA DÍAZ, JOSÉ NERIO DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: TAPIA REQUE, THALIA ESTHEFANI JUEZ: PEDRO MARTIN DELGADO RAMÍREZ ESP. LEGAL: VÍCTOR MANUEL MONTEZA BASAURI Por el presente, CITO, LLAMO Y EMPLAZO, al acusado JOSÉ NERIO TAPIA DÍAZ en calidad de autor, del delito Contra la Familia, en la modalidad de Incumplimiento de la Obligación Alimentaria, en su figura de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de su menor hija Thalia Estefany Tapia Reque, tipificado en el articulo 149°, primer párrafo del Código Penal, quien deberá concurrir de manera obligatoria a la audiencia del dia VEINTISÉIS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE a horas NUEVE Y TREINTA de la mañana; diligencia que se realizará en la Sala de Audiencias N° CATORCE del Sétimo Juzgado Unipersonal de Chiclayo -Tercer Piso, sito en la avenida José Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo, bajo expreso apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser DECLARADO REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y disponer su conducción compulsiva PEDRO MARTIN DELGADO RAMIREZ JUEZ SETIMO JUZGADO PENAL UNIPEROSNAL PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 6, 7, 8 set.

EDICTO PENAL LA SEÑORA JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL DE CHICLAYODRA. |ANET SÁNCHEZ CAJO Por la presente: se cita, llama, emplaza y NOTIFICA al acusado EFFER CASTRO FLORES RESOLUCIÓN DIECISIETE: SE CITA a los acusados para que concurra a la audiencia preliminar de Control de Acusación, programada para el día VEINTISÉIS DE SETIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, a horas 12:30 DE LA TARDE (hora exacta), en la Sala de Audiencia Nro. TRES del TERCER Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayosede central (2do piso). Por haberse ordenado en el Expediente Nro. 573-2014-0-1706-3°JIP/NCPP seguida contra el antes referido, por el delito de hurto agravado, en agravio de Erica Morales Villegas Especialista legal: Segundo Adrianzen

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

Cieza. Chiclayo, 18 de agosto del 2017 JANET SANCHEZ CAJO JUEZ JUZGADOS NCPP PODER JUDICIAL-CSJLA FP/ 6, 7, 8 set.

EDICTO PENAL Oficio N° 10207-2016-78-1706-JR-PE-01 QINTO JUZGADO UNIPERSONAL CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos JOSÉ HEBERT ÑAÑEZ CASTRO; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 10207-2016-78-17Q6-JR~PE:Q1 que se le sigue por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de ÑAÑEZ ROJAS JHUSTIN, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el dia VEINTICINCO DE SETIEMBRE del año dos mil diecisiete a horas ONCE de la mañana (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia numero SEIS-06 de los Juzgados unipersonales, ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Civico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 10207-2Qf 6-78-1706JR-PE-01. que se sigue contra JOSÉ HEBERT ÑAÑEZ CASTRO por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de ÑAÑEZ ROJAS JHUSTIN. Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Chiclayo, 24 de agosto del 2017 JOSE LUIS HUAMAN SILVA JUEZ QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 6, 7, 8 set.

EDICTO La Primera Sala Laboral Permanente de Chiclayo que despacha la Dra. Blanca Cervera Dávila en su condición de Presidente y la Secretaria de Sala Dra. Delia Coico Palma, en el Expediente N° 06543-2013-0-1706-JR-LA-02, seguido por Chapa Fiestas Eligió, contra la Oficina de Normalización Previsional, sobre Acción Contenciosa Administrativa, ha dispuesto lo siguiente: NOTIFICAR la resolución número once del 12 de julio del 2016 en los siguientes términos: (....) CONFIRMA la sentencia contenida en la resolución número cinco, de fecha dieciocho de agosto de! dos mil quince, que declara INFUNDADA la demanda. En Los seguidos por Eligió Chapa Fiestas contra la Oficina de Normalización Previsional; sobre Proceso Contencioso Administrativo, y la resolución número catorce de fecha 01 de junio del 2017 POR EDICTOS a los SUCESORES UNIVERSALES DEL EXTINTO DEMANDANTE ELIGIÓ CHAPA FIESTAS, el cual señala: (....) a fin de que en el plazo de treinta días, en el presente proceso se apersonen al Expediente antes citado, BAJO APERCIBIMIENTO DE CONTINUAR DICHO PROCESO, CON CURADOR PROCESAL.- PUBLIQUESE dicho EDICTOS por el plazo de TRES DÍAS hábil es.Chiclayo, a los veinticuatro días del mes de agosto de dos mil diecisiete DRA. BLANCA CERVERA DAVILA PRESIDENTE DELIA COICO PALMA SECRETARIA DE SALA FP/ 6, 7, 8 set.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 75-A-2016-00-JIPSI/CSJL. (REQUERIMIENTO ACUSATORIO. ) CARPETA: 405-2015 - 2FPPC-S.I. IMPUTADO: FRANKLIN GARCIA OJEDA AGRAVIADO: MARÍA DEL PILAR PAICO

CHOQUEHUANCA (occisa) DELITO: HOMICIDIO CULPOSO y OMISIÓN DE SOCORRO Y EXPOSICION A PELIGRO Juez: Dr. HECTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTA Esp. Jud. : Abg. CLARA CECILIA LEONARDO RIOJA Por el presente edicto, el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Ignacio, ha dispuesto NOTIFICAR al ACUSADO FRANKLIN GARCIA OJEDA, con un extracto de la RESOLUCIÓN NUMERO CUATRO de fecha 22.08.2017, extracto de la RESOLUCIÓN NUMERO DOS de fecha 22.05.2017, más extracto del REQUERIMIENTO ACUSATORIO, en las cuales se DISPONE: RESOLUCION NUMERO 04: DADO CUENTA, Con la razón que antecede, se DISPONE: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA REQUERIMIENTO ACUSATORIO PARA EL DÍA TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A HORAS DOCE Y TREINTA DEL MEDIO DÍA, programándose en la fecha al contar con diligencias programadas con antelación, y al contar con un solo notificador para toda la Provincia el mismo que deberá notificar en su domicilio real y por la lejanía del lugar, aunando a ello la presente resolución se notificará mediante EDICTOS, la misma que se llevara a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de esta Provincia, con la presencia obligatoria del representante del Ministerio Público, DESIGNASE al abogado de la Defensa Pública para que asuma el patrocinio del acusado, sin perjuicio de que se apersone con defensa técnica de su elección, Al escrito presentado por la letrada Sandra Pesantes Aranda, agréguese a los autos; y conforme es de verse de autos se ha remitido el oficio al Juez de Paz del Distrito de Namballe-Provincia de San Ignacio, recepcionado por Courier en fecha cinco de junio del presente año, no obrando a la fecha la devolución de la constancia de notificación; siendo así y a fin de evitar mayor dilación en el presente proceso HABILÍTESE, día y hora al único notificador que cuenta este sede judicial Sr. Benjamin Molocho Silva, para que se apersone al domicilio real del acusado y notifique con la presente resolución, más resolución dos (Resolución que corre traslado de los diez días conforme lo prescribe el artículo 350° del CPP), adjuntándose el requerimiento acusatorio. NOTIFÍQUESE mediante edictos al acusado FRANKLIN GARCIA OJEDA, con la presente, más resolución dos y requerimiento acusatorio. Por lo antes señalado la audiencia que estaba señala para el día veintinueve de agosto del presente año deberá ser reprogramada. Notifíquese a la Defensoría pública para su participación en la audiencia antes señalada RESOLUCION NUMERO 02: AUTOS Y VISTOS, Dado Cuenta con la razón que antecede y con el Requerimiento Acusatorio, seguida contra FRANKLIN GARCIA OJEDA, por el presunto delito Contra La Vida el cuerpo y la Salud en su modalidad de Homicidio Culposo y Omisión de Socorro en agravio de MARÍA DEL PILAR PAICO CHOQUEHUANCA y CONSIDERANDO PRIMERO .- Con el escrito de Requerimiento de Acusación Fiscal, efectuado por la representante del Ministerio Publico; Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Ignacio, ha remitido a este órgano jurisdiccional su requerimiento de acusación, conforme a lo dispuesto por el artículo 350° del CPP, en consecuencia corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo perentorio de 10 (DIEZ) días útiles, para que de ser el caso puedan por escrito las partes]: a) observar la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instalar la aplicación de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio, g) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, h) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de Control de Acusación; SEGUNDO: Que, el plazo de absolución de 10 (DIEZ), son

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV improrrogables, computándose sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación con la presente resolución a las partes procesales, con prescindencia de la variación del abogado defensor de los acusados no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, en consecuencia advirtiéndose que los acusados cuenta por ahora con defensa técnica en sede fiscal, se le debe invocar para su concurrencia, bajo apercibimiento que para los efectos de garantizar el derecho de defensa se aplicara lo dispuesto en el articulo IX del Título Preliminar del Código Procesal Penal; TERCERO: En ese orden correlativo el articulo 350° inciso 1 del Código citado, señala que cumplido el termino del traslado de los diez días y verificada la correcta notificación de las partes procesales inmersas en el presente proceso con el requerimiento acusatorio, sin que hayan estas planteado alguno de los supuestos señalados en la normatividad invocada, se procederá conforme a su estadio procesal efectuándose la audiencia preliminar de Control de Acusación; CUARTO: Se advierte así mismo que los órganos jurisdiccionales de la Provincia de San Ignacio (Juzgado de Investigación Preparatoria y Liquidador Transitorio , Juzgado Mixto, Juzgado Unipersonal y Juzgado de Paz Letrado) cuentan con un solo personal notificador y al ser inaccesible las zonas geográficas de los lugares (distantes) de la Provincia de San Ignacio ( llámese sectores, caserío, centro poblados) lo que dificulta la rapidez en el diligenciamiento de las cedulas de notificación de los sujetos procesales, los cuales tienen como consecuencia la demora o el retardo de la devolución de las cedulas de notificación debidamente diligenciadas, por lo que en aplicación del Principio de Racionalidad y Celeridad Procesal, aunado a ello existen audiencias programadas con antelación, resulta necesario la programación de audiencia de control de acusación, en un plazo razonable, para los efectos de notificar debidamente a los justiciables y no vulnerar el derecho a la defensa… EJECÚTESE el apercibimiento decretado en la resolución número UNO designase al Abogado Defensa Pública para que asuma su patrocinio; sin perjuicio de que los acusados puedan apersonarse a esta instancia con su abogado; 3) PRECÍSESE: Que, las resoluciones dictadas se tendrán por notificadas a las partes asistentes, y también a quienes hayan concurrido, conforme lo dispuesto por el articulo 16° incisos 1° y 2° del Reglamento de notificaciones, citaciones y comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ; 4) INFÓRMESE: Que la carpeta fiscal y sus elementos de convicción se encuentran en la oficina de fiscalía encargada del caso; 5) NOTIFÍQUESE: A la Defensa Pública Dr. Alberto Yaipen Chero, en su domicilio procesal con la presente resolución y copia del requerimiento fiscal, BAJO APERCIBIMIENTO de informar al Coordinador de la ciudad de Chiclayo.; 7) NOTIFÍQUESE: A las partes procesales con el requerimiento Fiscal y la presente resolución REQUERIMIENTO ACUSATORIO: HECHOS ATRIBUIDOS: se imputa a FRANKLIN GARCIA OJEDA haber causado la muerte a MARIA DEL PILAR PAICO CHOQUEHUANCA producto de un accidente de tránsito ocurrido en la carretera SAN IGNACIO-NAMBALLE, en circunstancias, en que este conducía su vehículo tipo camioneta color rojo con placa de rodaje N° A8V-940 en estado de ebriedad, según se advierte del dictamen pericial N° 2015002001860 del servicio de toxicología forense que concluye positivo para Alcohol Etílico en la sangre de 1.85 g 0/00, deceso que se acredita conforme al Acta de defunción y acta de necropsia que concluye como causa básica de la muerte: TEC severo, causa intermedia. GRADO DE PARTICIPACION: Se le atribuye al acusado FRANKLIN GARCIA OJEDA ser autor del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en su modalidad de homicidio culposo y omisión de socorro y exposición al peligro.TIPIFICACION, PENA Y REPARACION CIVIL: El ilícito penal imputado se encuentra previsto y sancionado en el articulo 111 y 126 del CODIGO PENAL, y solicita cuatro años y siete meses de pena privativa de la libertad

CRÓNICA

efectiva en su ejecución y por el delito de omisión de socorro y exposición a peligro a un año de pena privativa de libertad efectiva en su ejecución, que sumados dan una pena concreta de cinco años y siete meses de pena privativa de la libertad efectiva en su ejecución , y como pena de inhabilitación la incapacidad definitiva para obtener licencia de conducir vehículo automotor, asimismo solicita el pago de una reparación civil ascendente a la suma de 40.000.00 soles a favor de los familiares de la occisa. Por haberse ordenado así en el Expediente N° 75-A-2016-00, seguido contra FRANKLIN GARCIA OJEDA, como presunto AUTOR del delito de HOMICIDIO CULPOSO y OMISIÓN DE SOCORRO Y EXPOSICION A PELIGRO, en agravio de MARÍA DEL PILAR PAICO CHOQUEHUANCA. San Ignacio, 22 de Agosto de 2017. HECTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA SAN IGNACIO PODER JUDICIAL- CSJLA ABOG. CLARA CECILIA LEONARDO RIOJA ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA SAN IGNACIO PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 242-2017-JIPSI-CSJLA. CARPETA: 432-2017-1°FPPCSI CUADERNO: REQUERIMIENTO DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO PROCESADO: GILMER MEJIA TAPIA AGRAVIADO: GILMER GUSTAVO,BRYAN Y OSMER SOYLY MEJIA SANCHEZ. DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR JUEZ : DR. HECTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTA ESP. JUD: ABG. JULIO CESAR ENCAJIMA PANTALEÓN Por el presente edicto, el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Ignacio, ha dispuesto NOTIFICAR al acusado GILMER MEJIA TAPIA, con un extracto de la RESOLUCIÓN NUMERO DOS de fecha 15.08.2017, mas RESOLUCION NUMERO UNO de fecha 23.06. 2017, en la cual se DISPONE: RESOLUCION NUMERO 02: AUTOS Y VISTOS, y considerando: PRIMERO.Que para el día de la fecha se convocó a audiencia de incoación al proceso inmediato solicitado por el Ministerio Público en la causa penal seguida contra GILMER MEJIA TAPIA; siendo que previo a la instalación de la presente audiencia, se ha dado cuenta que no existe certeza de que el imputado haya sido debidamente notificado, toda vez que en el domicilio laboral que se consignaba en el requerimiento presentado por el Ministerio Público, esto es en la ciudad de Jaén, indican que el imputado ya no trabaja en el recreo el Parral, en cuanto a la notificación a su domicilio realizada en la Mz. A. Lote 33 segunda etapa, Santa Luzmila, distrito de Comas- provincia y departamento de Lima, el asistente jurisdiccional ha señalado que habiéndose comunicado, el jefe de SERNOT, sede judicial Lima norte, le han señalado que se ha asignado dicha cédula al notificador correspondiente en fecha 10 de agosto del 2017, estando a que no se han devuelto los cargos de notificaciones, máxime si se tiene en cuenta que se le concede plazo de cinco días hábiles para que pueda designar un abogado de su libre elección, tenemos que aún estaríamos dentro de dichos plazos, por lo que a efectos de no vulnerar su derecho a defensa y a elegir un abogado de su libre elección, corresponde reprogramar la presente audiencia a efectos de que trascurra el plazo de ley otorgado, asimismo, sin perjuicio de ello este Órgano Jurisdiccional deberá de oficiar al diario Oficial de esta Corte para que se notifique imputado mediante Edictos. Por los motivos anteriormente expuestos y los dispositivos legales enunciados el juzgado de investigación preparatoria de la provincia San Ignacio; RESUELVE:

JUDICIAL

Chiclayo, jueves 07 de setiembre del 2017

PRIMERO: Frustrar la presente audiencia por las consideraciones antes expuestas; SEGUNDO: Reprogramar la presente audiencia para el día 21 de setiembre a las 13:00 de la tarde, quedando notificado en este acto el Ministerio Público, la parte agraviada, y la defensa publica quienes deberán de concurrir de manera obligatoria, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo aplicárseles lo dispuesto en el artículo 85° numerales 2 y 3 del Código Procesal Penal, asimismo se dispone la notificación mediante edictos al imputado Gilmer Mejía Tapia, a efectos de que concurra a la audiencia que se está convocando para el día antes indicado. RESOLUCION NUMERO 01: AUTOS YVISTOS; dado Cuenta con el requerimiento fiscal para determinar la procedencia de una Audiencia Única de Incoación de Proceso Inmediato por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar contra Gilmer Mejía Tapia y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que conforme se advierte de autos mediante Decreto Legislativo N° 1194, promulgado el treinta de agosto del año dos mil quince, se regulan los procesos inmediatos en casos de flagrancia modificando así la sección I Libro Quinto del Código Procesal Penal, asimismo los artículos N° 446, 447 y 448 del Código citado aprobado mediante Decreto Legislativo N° 957 respectivamente. SEGUNDO: Mediante requerimiento de Incoación de Proceso Inmediato, el Señor Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía de San Ignacio, solicita la Incoación del Proceso Inmediato a fin de que se señale la audiencia única que corresponda, en el proceso penal seguido contra Gilmer Mejía Tapia, tipificado en el artículo 149° del Código Penal, en agravio de Gilmer Gustavo Mejía Sánchez, Bryan Mejía Sánchez, y Osmer Soyly Mejía Sánchez, menores debidamente representados por su madre Elena Sánchez Guevara. TERCERO: El artículo 271° del Código Procesal Penal prescribe que el Juez de la Investigación Preparatoria dentro de las cuarenta y Ocho horas siguientes al requerimiento fiscal realizara la audiencia para determinar la procedencia de la audiencia única de incoación de proceso inmediato, bajo responsabilidad funcional siempre y cuando se den los supuestos de flagrancia y el procesado se encuentre detenido; situación que no se da en el presente caso aunado a ello existen audiencias programadas con antelación apreciándose en el Libro de Audiencias del Juzgado, asimismo es preciso indicar que dada la realidad geográfica de la provincia de San Ignacio debe programarse la audiencia dentro de un plazo razonable para lograr la notificación valida de los sujetos procesales; aunado a ello solo contamos con un notificador para toda la provincia. CUARTO: El artículo 80° del código procesal penal, prevé que el Servicio Nacional de la Defensa de Oficio, a cargo del Ministerio de Justicia, proveerá la defensa gratuita a todos aquellos que dentro del proceso penal, por sus escasos recursos no puedan designar abogado defensor de su elección, o cuando resulte indispensable en nombramiento de un abogado defensor de oficio para garantizar la legalidad de una diligencia el debido proceso, por lo que es necesario, y siendo un proceso inmediato, se le debe conceder el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, al imputado para que designe abogado y lo comunique al juzgado; en caso contrario, se procederá a notificar a la Defensoría de Oficio, para que designe a un abogado de oficio que asegure la defensa técnica del imputado desde el inicio del proceso, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por otro abogado defensor en cualquier momento. QUINTO: Es menester informar que en la audiencia que a continuación se señala la parte procesada puede invocar por intermedio de su abogado defensor o defensa pública, un Principio de Oportunidad, Acuerdo Preparatorio o Terminación Anticipada, los mencionados son medios alternativos para concluir la presente litis. Por haberse ordenado así en el Expediente N° 242-2017-00, seguido contra Gilmer Mejía Tapia, como presunto AUTOR del delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de GILMER GUSTAVO,BRYAN Y OSMER SOYLY MEJIA SANCHEZ. San Ignacio, 15 de Agosto de 2017.

9

HECTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA SAN IGNACIO PODER JUDICIAL- CSJLA ABOG. CLARA CECILIA LEONARDO RIOJA ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA SAN IGNACIO PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 5, 6, 7 set. EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° : 359-2016-0-JIP-SI CARPETA FISCAL: 453-2016-2° FFPCSI IMPUTADO: SANTOS HERNAN YENGLE SIMON y JOSÉ CLINTON ZAPATA LEÓN AGRAVIADO: MENOR WILMER DANIEL SALVADOR YAGUANA DELITO: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA JUEZA: DR. HECTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTA ESP. JUDICIAL: ABG. CLARA CECILIA LEONARDO RIOJA Por el presente edicto, el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Ignacio, ha dispuesto NOTIFICAR al agraviado WILMER DANIEL SALVADOR YAGUANA, con un extracto de la RESOLUCIÓN NUMERO CINCO de fecha 22.08.2017, un extracto de la RESOLUCIÓN NUMERO TRES de fecha 09.05.2017, más extracto del requerimiento se sobreseimiento, en las cuales se DISPONE: RESOLUCION NUMERO 05: DADO CUENTA, con la razón que antecede, se DISPONE: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE SOBRESEIMIENTO PARA EL DÍA DIECISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA se programa en la fecha a al contar con audiencia programadas con antelación, la misma que se llevara a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de esta Provincia, con la presencia obligatoria del representante del Ministerio Público. HABILITARSE día y hora al especialista de comunicaciones Molocho Silva Marcos, a fin de que notifique a la parte agraviada en su domicilio real que se señala en el escrito presentado por el Titular de la acción penal con la presente resolución y resolución número tres más requerimiento de sobreseimiento solicitado por el Señor Fiscal., y conforme a lo solicitado notifíquese mediante EDICTOS a la parte agraviada con las resoluciones y requerimiento antes señalados. Bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de Control. NOTIFÍQUESE. RESOLUCION NUMERO 03: DADO cuenta con la disposición de conclusión de la investigación, requerimiento de sobreseimiento, presentados por el señor fiscal a cargo de la carpeta fiscal, conforme a lo previsto en el arti. 345 del CPP, córrase traslado a losa demás sujetos procesales por el plazo de 10 DIAS UTILES a efectos de que puedan por escrito formular oposición debidamente fundamentado, bajo sanción de inadmisibilidad e incluso podrá solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes… REQUERIMIENTO ACUSATORIO: HECHOS ATRIBUIDOS: se les imputó a SANTOS HERNAN YENGLE SIMON Y JOSE CLINTON ZAPATA LEON el delito de robo agravado en grado de tentativa, en razón de que el día 19 de agosto del 2016, siendo las 18:00 horas aproximadamente intentaron robarle sus pertenencias al menor agraviado WILMER DANIEL SALVADOR YAGUANA, propinándoles golpes en su vientre y rostro para luego caer al suelo lo que fue aprovechado por los imputados para meterle las manos a sus bolsillos de su pantalón con la finalidad de sacarle el dinero que tenía. GRADO DE PARTICIPACION: se le imputa a SANTOS HERNAN YENGLE SIMON Y JOSE CLINTON ZAPATA LEON el delito de robo agravado en grado de tentativa, ocurrido el día 19 de agosto del 2016. TIPIFICACION: el delito de robo agravado se encuentra tipificado en el articulo 118 concordante con el articulo 189

10

Chiclayo, jueves 07 de setiembre del 2017

inciso 4 y 7 del código penal. AMPARO DEL REQUERIMIENTO: el presente requerimiento se encuentra amparado en lo establecido en el articulo 344 inciso 1 literal d) del código procesal penal, que prescribe: el sobreseimiento procede cuando d) no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no haya elementos de convicción suficientes para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado. Por haberse ordenado así en el Expediente N° 359-2016-00, seguido contra SANTOS HERNAN YENGLE SIMON y JOSÉ CLINTON ZAPATA LEÓN, como presuntos AUTORES del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, en agravio de WILMER DANIEL SALVADOR YAGUANA. San Ignacio, 22 de Agosto de 2017. HECTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA SAN IGNACIO PODER JUDICIAL- CSJLA ABOG. CLARA CECILIA LEONARDO RIOJA ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA SAN IGNACIO PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO JUDICIAL JUEZ: DR. EDUARDO MEDINA CARRASCO ASIST. CAUSAS: MILAGROS JUAREZ VIERA El Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, en el Exp. Nº 2298-2014-13-1601-JR-PE-03, emplaza al acusado ANDRES VICTORIANO ROBLES APOLINAR, en la investigación seguida en su contra, por el delito de USO DE DOCUMENTO PRIVADO FALSO Y OTRO en agravio de Guillermo Víctor Alonso Carranza Hoyos y otro; con la Res. N° 05 Declara FRUSTRADA la audiencia por inconcurrencia de la defensa del abogado del imputado Ornar Castillo Salazar- abogado JOSE VICTOR PUICON LLUEN Se REPROGRAMA la audiencia para el día 28-09-2017 a las 09:30 am en esta misma sala de audiencia. Se le impone la medida de AMONESTACION con conocimiento al colegio de abogados de Lambayeque y a la presidencia de la corte superior de justicia la libertad. Ofíciese para nombrar defensor público para este imputado Ornar Castillo Salazar. Trujillo, 01 de setiembre del 2017 MILAGROS GISELLA JUAREZ VIERA ASISTENTES DE CAUSAS JURISIDICCIONALES JUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATORIA- TRUJILLO CORTE SUPERIROR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL Oficio N° 8076-2015-5-1706-JR-PE-01 QUINTO JUZGADO UNIPERSONAL - CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos RENSON FERNANDO VASQUEZ JAIME; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N°378_32Q17-13-1706-JR-PE-01 que se le sigue por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de ALVARO CAMILO VASQUEZ CASTILLO, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para e día VEINTIUNO DE SETIEMBRE del año dos mil diecisiete a horas DIEZ CON TREINTA MINUTOS de ¡a mañana (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia numero SEIS-06 dejos Juzgados unipersonales, ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto asi en el cuaderno de debates ND 3783: 2QÍM3-1706-JR-

CRÓNICA

PE-Q1, que se sigue contra RENSON FERNANDO VASQUEZ JAIME por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de ALVARO CAMILO VASQUEZ CASTILLO. Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz,, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva^ en caso de inasistencia. Chiclayo, 10 de agosto del 2017 JOSE LUIS HUAMAN SILVA JUEZ QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL Expediente N° 7302. CASP- 2017- 0 1706- JR-PE-01 Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. Imputado: ÓSCAR TAPIA DÍAZ Delito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A : . Nombre: ÓSCAR TAPIA DÍAZ Domicilio: Av Culpón S/N Ramiro Priale José L. Ortiz. REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita la incoación del proceso inmediato en su contra, por el delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, toda vez que ha sido intervenido en la Jurisdicción de José Leonardo Ortiz, al haber conducido el vehículo de placa de rodaje , en aparente en estado de ebriedad, a consecuencia de ello se realizó el dosaje etílico resultando con 0.96 g/l ACTA DE AUDIENCIA : programar la audiencia para el 21 -09-17 a horas 12:30 del mediodía .- Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz. José L. Ortiz, 21 Agosto 2017.CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL Expediente N°: 7320-2017-o - 1706JR-PE-01 CASP Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz — Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. Imputado: JOSÉ DEL CARMEN ENEQUE QUESQUEN Delito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SENOTÍFICA A : . Nombre: JOSÉ DEL CARMEN ENEQUE QUESQUEN Domicilio: Fundo Santa Ana José L. Ortiz REQUERIMIENTO FISCAL : Se solicita la incoación del proceso inmediato en su contra, por el delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, todo, vez que ha sido intervenido en la Jurisdicción de José Leonardo Ortiz, al haber conducido el vehículo de placa de rodaje , en aparente en estado de ebriedad, a consecuencia de ello se realizó el dosaje etílico resultando con 1.92 g/l ACTA DE AUDIENCIA : programar ¡a audiencia para el 21 -09-17 a horas Oi.oopm .- Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz. José L. Ortiz, 21 Agosto 2017.CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL Expediente N°: 7435-2017-0 -1706-JR-PE-o1 CASP Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz — Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

Piscoya. Imputado: NELSON EDMUNDO ROJAS CASANA Delito: CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A: Nombre: NELSON EDMUNDO ROJAS CASANA Domicilio: Av. Zarumilla N° 121 PJ Las Palmeras José L. Ortiz. REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita (a incoación del proceso inmediato en su contra, por el delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, toda vez que ha sido intervenido en la Jurisdicción de José Leonardo Ortiz, al haber conducido el vehículo de placa de rodaje, en aparente en estado de ebriedad, a consecuencia de ello se realizó el dosaje etílico resultando con 1.22 g/l ACTA DE AUDIENCIA : programar la audiencia para el 21-09-17 u horas 10.00 am - Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz. José L. Ortiz, 21 Agosto 2017. CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL Expediente: 7437- 2017 - - 0 - 1706JR-PE-01 CASP Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz — Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya Imputado: JOSÉ LEODAN PÉREZ DELGADO Delito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A : . Nombre: JOSÉ LEODAN PÉREZ DELGADO Domicilio: Calle Los Alisos N° 253 AH Milagros de Dios - José L. Ortíz. REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita la incoación del proceso inmediato en su contra, por el delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, toda vez que ha sido intervenido en la Jurisdicción de José Leonardo Ortiz, al haber conducido el vehículo de placa de rodaje , en aparente en estado de ebriedad, a consecuencia de ello se realizó el dosaje etílico resultando con 0.64 g/l ACTA DE AUDIENCIA: programar la audiencia para el 21 -09-17 a horas 10.30 am - Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz. José L. Ortíz, 21 Agosto 2017. CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL Expediente N°: 7377- 2017 - 0 -1706JR-PE-01 CASP Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortíz Lambayeque Especialista: César Augusto Solazar Piscoya. Imputado: JOSÉ OCTAVIO CHERO VASQUEZ Delito: CONDUCCJON EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A : . Nombre: JOSÉ OCTAVIO CHERO VASQUEZ Domicilio: Calle Santa Juanita 249-6 0249 PJ Urrunaga V sector REQUERIMIENTO FISCAL : Se solicita la incoación del proceso inmediato en su contra, por el delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, toda vez que ha sido intervenido en la Jurisdicción de José Leonardo Ortíz, al haber conducido el vehículo de placa de rodaje , en aparente en estado de ebriedad, a consecuencia de ello se realizó el dosaje etílico resultando con 1.62 g/l ACTA DE AUDIENCIA : Reprogramar la audiencia para el 21-09 ~’7 » horas 11.30 ara .- Sala de Audiencia N° 02 de los

Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortíz. José L. Ortíz, 21 Agosto 2017.CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL, Expediente N°:7173- 2017- O - 1706JR-PE-01 CASP Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. Imputado: MARCOS NUÑEZ SILVA Delito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A : Nombre: MARCOS NUÑEZ SILVA Domicilio: Calle Unión Mz “C1” Lote 30 CPM Miraflores- José L. Ortíz REQ UERIMIENTO FISCAL: Se solicita lo incoación del proceso inmediato en su contra, por el delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, toda vez que ha sido intervenido en la Jurisdicción de José Leonardo Ortiz, al haber conducido el vehículo de placa de rodaje , en aparente en estado de ebriedad, a consecuencia de ello se realizó el dosaje etílico resultando con 2.32 g/l ACTA DE AUDIENCIA : programar la audiencia para el 21-09-17 a horas 11.00 am .- Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José L. Ortiz José L. Ortíz, 21 Agosto 2017. CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL Expediente N°: 7437- 2017- 0 -1706JR-PE-01 CASP Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. Imputado: JOSÉ LEODAN PÉREZ DELGADO Delito: CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A : . Nombre: JOSÉ LEODAN PÉREZ DELGADO Domicilio: Calle Los Alisos JV° 253 AH Milagros de Dios - JoséL.Ortíz REQUERIMIENTO FISCAL : Se solicita la incoación del proceso inmediato en su contra, por el delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, toda vez que ha sido intervenido en la Jurisdicción de José Leonardo Ortiz, al haber conducido el vehículo de placa de rodaje , en aparente en estado de ebriedad, a consecuencia de ello se realizó el dosaje etílico resultando con 0,64 g/l ACTA DE AUDIENCIA : programar la audiencia para el 21-09-17 a horas 10.30 am .- Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz. José L. Ortíz, 21 Agosto 2017. CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL Expediente N°: 7435-2017 -0 -1706-JRPE-01 CASP Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatorio José Leonardo Ortiz — Lambayeqite Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. Imputado: NELSON EDMUNDO ROJAS CASANA Delito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A: . Nombre: NELSON EDMUNDO ROJAS CASANA

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV Domicilio: Av Zarumilla N° 121 PJ Las Palmeras - José L. Ortiz REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita ¡a incoación del proceso inmediato en su contra, por el delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, toda vez que ha sido intervenido en la Jurisdicción de José Leonardo Ortiz, al haber conducido el vehículo de placa de rodaje , en aparente en estado de ebriedad, a consecuencia de ello se realizó el dosaje etílico resultando con 1.22 g/l ACTA DE AUDIENCIA: programar la audiencia para el 21-09-17 a horas 10:00 .- Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz. José L. Ortiz, 21 Agosto 2.017. CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL Expediente N°: 7320 -2017- 0 -1706JR-PE-01 CASP Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz — Lambayeque Especialista: César Augusto Solazar Piscoya. Imputado: JOSÉ DEL CARMEN ENEQUE QUESQUEN Delito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A : . Nombre: JOSÉ DEL CARMEN ENEQUE QUESQEUN Domicilio: Fundo Santa Ana - José L. Ortíz REQUERIMIENTO FISCAL : Se solicito ¡a incoación del proceso inmediato en su contra, por el delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, toda vez que ha sido intervenido en la Jurisdicción de José Leonardo Ortiz, al haber conducido el vehículo de placa de rodaje , en aparente en estado de ebriedad, a consecuencia de ello se realizó el dosaje etílico resultando con 1.92 g/l ACTA DE AUDIENCIA : programar la audiencia para el 21-09-17 u horas oí. oo .- Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz. José L. Ortíz, 21 Agosto 2017.CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL Expediente N°: 7296-2017-0 -1706-JRPE-01 CASP Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortíz — Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. Imputado: VÍCTOR MANUEL SUYON TUÑOQUE Delito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD Agramado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A : . Nombre: VÍCTOR MANUEL SUYON TUÑOQUE Domicilio: Mz “O” Lote 04 PJ Raúl Jiménez José L. Ortíz REQUERIMIENTO FISCAL : Se solicita la incoación del proceso inmediato en su contra, por e! delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, toda vez que ha sido intervenido en la Jurisdicción de José Leonardo Ortíz, al haber conducido el vehículo de placa de rodaje , en aparente en estado de ebriedad, a consecuencia de ello se realizó el dosaje etílico resultando con 1.60 g/l ACTA DE AUDIENCIA : Reprograrnar la audiencia para e! 21-09 -17 a horas 12:00 del mediodía .- Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz. José L. Ortíz, 21 Agosto 2,017. CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 5, 6, 7 set.

CRÓNICA

EDICTO PENAL Expediente N°:7302- 2017- 0 -1706JR-PE-01 CASP Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortíz Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. Imputado: ÓSCAR TAPIA DÍAZ Delito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A : . Nombre: ÓSCAR TAPIA DÍAZ Domicilio: AV Culpan S/N Ramiro Príale José L. Ortíz REQUERIMIENTO FISCAL : Se solicita la incoación del proceso inmediato en su contra, por el delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, toda vez que ha sido intervenido en la Jurisdicción de José Leonardo Ortíz, al haber conducido el vehículo de placa de rodaje , en aparente en estado de ebriedad, a consecuencia de ello se realizó el dosaje etílico resultando con o.gó g/l ACTA DE AUDIENCIA : Reprogramar la audiencia para el 21-09-17 a horas 12:30 de! mediodía .- Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortíz. José L. Ortíz, 21 Agosto 2017. CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 5, 6, 7 set. EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 05196-2014-41-1706-JRPE-02 JUEZ: VASQUEZ VASQUEZ MARÍA LUZCELINA ESPECIALISTA: VÍCTOR MONTEZA BASAURI ABOGADO: VERA CHUÑE, JOSÉ LUIS M I N I S T E R I O PUBLICO:QUIROZGROSSO, JAVIER TESTIGO : PANTA HUANCAS, JOSÉ DANIEL IMPUTADO: SAMPEN ALQUIZAR, ALFREDO DELITO: FALSEDAD IDEOLÓGICA, AGRAVIADO:SUNAT JUEZ: VASQUEZ VASQUEZ MARÍA LUZCELINA ESPECIALISTA: VÍCTOR MANUEL MONTEZA BASAURI Por el presente, CITO, LLAMO Y EMPLAZO, al acusado ALFREDO SAMPEN ALQUIZAR en calidad de autor, por la comisión del delito Contra la Fe Pública en su modalidad de FALSEDAD GENÉRICA; tipificado en el Arf 438 del Código Penal, en agravio de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA y de JOSÉ DANIEL PANTA HUANCAS, quien deberá concurrir de manera obligatoria a la audiencia del dia VEINTIUNO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE a horas DOCE Y QUINCE de la tarde; diligencia que se realizará en la Sala de Audiencias N° OCHO del Primer Juzgado Unipersonal de Chiclayo -Tercer Piso, sito en la avenida José Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo, bajo expreso apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser DECLARADO REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y disponer su conducción compulsiva. PUBLÍQUESE el presente edicto por TRES DÍAS CONSECUTIVOS. MARIA LUZCELINA VASQUEZ VASQUEZ JUEZ JUZGADO UNIPERSONAL CHICLAYO NCPP- CSJLAMB PODER JUDICIAL FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL Expediente N° 7302-2017 -0 -1706-JRPE-01 CASP Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. Imputado: OSCA R TAPIA DÍAZ Delito: COND UCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A .- . Nombre: ÓSCAR TAPIA DÍAZ Domicilio: Av Culpón — Ramiro Priale — José L. Ortiz.

JUDICIAL

Chiclayo, jueves 07 de setiembre del 2017

REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita la incoación del proceso inmediato en su contra, por el delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, toda vez que ha sido intervenido en la Jurisdicción de José Leonardo Ortiz, al haber conducido el vehículo de placa de rodaje , en aparente en estado de ebriedad, a consecuencia de ello se realizó el dosaje etílico resultando con 0.64 g/l ACTA DE AUDIENCIA: programar la audiencia para el 21 -09-17 a horas 12:.3Oam - Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz. José L. Ortiz, 21 Agosto 2017. CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 09129-2016-0-1706-JRPE-04 JUZGADO: Tercer Juzgado Penal Unipersonal ACUSADO: ROLANDO PÉREZ MONJA DELITO: CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD AGRAVIADO: LA SOCIEDAD ESP. DE JUZG.: JOSÉ RUPERTO MERINO IBEROS JUEZ: Dr. JORGE LUIS ROJAS CRUZ Se NOTIFICA a: ROLANDO PÉREZ MONJA; identificado con DNI N°16791673, con la resolución número Ocho, de fecha 28 de junio del 2017: PROGRAMAR audiencia de juicio oral para el DÍA VEINTIDÓS DE SETIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A HORAS DOCE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en la misma sala de audiencias número NUEVE, del Tercer Piso sito en la avenida José Leonardo Ortiz N° 155 - Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarada reo contumaz en caso de inconcurrencia. Por haberse dispuesto en el EXPEDIENTE N 09129-2016-0-1706JR-PE-04, seguido contra el acusado ROLANDO PÉREZ MONJA como presunto autor del delito contra La Seguridad Pública en la figura de Peligro Común en la modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, tipificado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio de la SOCIEDAD. Chiclayo, 28 de junio del 2017. JORGE LUIS ROJAS CRUZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- NCPP.- CSJLAMB FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL Oficio N° 1944-2017-0-1706-JR-PE-01 TERCER JUZGADO UNIPERSONAL CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos CESAR AUGUSTO ZAPATA BECERRA; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 1944-20170-1706-JR-PE-01 que se le sigue por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio del SOCIEDAD, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTIDÓS DE SETIMBRE del año dos inÜ diecisiete a horas NUEVE COJV^ TREINTA de la mañana (hora .exacta?, la misma que se realizara en la sata de audiencia numero ¡\riJEVE-09 de los Juzgados unipersonales, ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 1944-20170-1706-JR-PE-01, que se sigue contra CESAR AUGUSTO ZAPATA BECERRA por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la SOCIEDAD. Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en

11

caso de inasistencia. Chiclayo, 02 de agosto del 2017 JORGE LUIS ROJAS CRUZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- NCPP.- CSJLAMB FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE:01234-2017-0-1706JR-PE-09 JUZGADO: 9° JUZGADO DE INV. PREPARATORIA ESPECIALIZADO EN DELITOS AD. TRIB. MCDO Y AMB. JUEZ: JORGE MARCELINO PÉREZ TORO ESPECIALISTA LEGAL:JORGE JAVIER PISFIL MONTALVAN El Juez del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo. Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, De Mercado y Ambientales, NOTIFICA a LUIS ALBERTO MUNDACA CARDOZO con la RESOLUCIÓN TRES de fecha 11.08.17 y con el REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN por el plazo perentorio 10 DÍAS HÁBILES, a efectos de que pueda por escrito: 1) observar formalmente la acusación. 2| deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción, 4) pedir el sobreseimiento, 5] instar la aplicación de criterio de oportunidad, 61 ofrecer prueba para el juicio, 7]objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8)proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Y a la vez se le CITA Y EMPLAZA, a fin de que concurra a la programación de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día VEINTIDÓS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS ONCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en la Sala de Audiencias N” VEINTE del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente. Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 115 (Primer Piso) - Chiclayo. Por haberse dispuesto asi en el Espediente N” 01234-20170-1706-JR-PE-09. que se sigue contra Luis Alberto Mundaca Cantazo, Cesar Augusto Rodríguez Gómez y Alex Richard Seytuque Limo, por la presunta comisión del delito de Defraudación Tributaria, tipificado en el articulo 1° y 4.a de la Ley Penal Tributaria Decreto Legislativo N° 813, en agravio del Estado - SUNAT. JORGE MARCELINO PEREZ TORO JUEZ 9° JUZGADO DE INV. PREPARATORIA DELITOS AMBIENTALES Y ADUANEROS PODER JUDICIAL- CSJLAMB FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL 7° JUZG, UNIPERSONAL EXPEDIENTE: 05016-2015-14-1707-JRPE-01 JUEZ: PEDRO MARTIN DELGADO RAMÍREZ E S É C I A L I S TA : VÍCTOR MONTEZABASAURI MINISTERIO PUBLICO: SEGUNDA FISCALÍA PENAL DE FERREÑAFE IMPUTADO: : YERREN CHUNGA, JUAN CARLOS DELITO: : OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: YERREN PURIZACA, CINTHYA ESTEFANÍA JUEZ: PEDRO MARTIN DELGADO RAMÍREZ ESPECIALISTA: VÍCTOR MANUEL MONTEZA BASAURI Por el presente, CITO, LLAMO Y EMPLAZO, al acusado JUAN CARLOS YERREN CHUNGA por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en la modalidad de INCUMPLIMIENTO DE

12

Chiclayo, jueves 07 de setiembre del 2017

LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de su menores hijas CINTHIA ESTEFANÍA YERREN PURIZACA y CARLA MEDALITH YERREN PURIZACA, previsto en el primer párrafo del articulo 149° del Código Penal, quien deberá concurrir de maneja obligatoria a la audiencia del día VEINTIDÓS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE a horas OCHO Y TREINTA de la mañana; diligencia que se realizará en la Sala de Audiencias N° CATORCE del Sétimo Juzgado Unipersonal de Chiciayo - Tercer Piso, sito en la avenida José Leonardo Ortiz número 155 - Chicíayo, bajo expreso apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser DECLARADO REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y disponer su conducción compulsiva. PUBLÍQUESE el presente edicto por TRES DÍAS CONSECUTIVOS. PEDRO MARTIN DELGADO RAMIREZ JUEZ SEGUNDO JZUGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL 8° JUZG, UNIPERSONAL EXPEDIENTE:00011-2016-86-1706-JRPE-01 JUEZ: JORGE ASBEL ROJAS CUBAS E S P E C I A L I S TA : V Í C TO R MONTEZABASAURI MINISTERIO PUBLICO: LÓPEZ NAVARRO, MARIO ANTONIO IMPUTADO: CUMPA CARMONA, CARLOS CAYETANO DELITO: MICROCOMERCIALIZACIÓN O MICROPRODUCCtóN. AGRAVIADO: EL ESTADO JUEZ: JORGE ASBEL ROJAS CUBAS ESPECIALISTA: VÍCTOR MANUEL MONTEZA BASAURI Por el presente, CITO, LLAMO Y EMPLAZO, al acusado CARLOS CAYETANO CUMPA CARMONA es como autor del delito de Contra la Salud Pública en su figura de MICROCOMERCIALIZACIÓN DE DROGAS en agravio del Estado; delito previsto y sancionado en el articulo 298° primer párrafo del Código Penal quien deberá^oncurrir de manera obligatoria a la audiencia del día VEINTIDÓS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas DOCE del mediodía, diligencia que se realizará en la Sala de Audiencias N° DIECIOCHO del Octavo Juzgado Unipersonal de Chiclayo -Segundo Piso, sito en la avenida José Leonardo Ortiz número 155 -Chiclayo, bajo expreso apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser DECLARADO REO CONTUMAZ. reservarse el proceso y disponer su conducción compulsiva. PUBLÍQUESE el presente edicto por TRES DÍAS CONSECUTIVOS. JORGE ASBEL ROJAS CUBAS JUEZ 8° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL 7° JUZG. UNIPERSONAL EXPEDIENTE: 05016-2015-14-1707-JRPE-01 JUEZ: PEDRO MARTIN DELGADO RAMÍREZ ESPECIALISTA: VÍCTOR MONTEZA BASAURI MINISTERIO PUBLICO: SEGUNDA FISCALÍA PENAL DE FERREÑAFE IMPUTADO: YERREN CHUNGA, JUAN CARLOS DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: : YERREN PURIZACA, CINTHYA ESTEFANÍA JUEZ: PEDRO MARTIN DELGADO RAMÍREZ ESPEC. LEGAL: VÍCTOR MANUEL MONTEZA BASAURI Por el presente, CITO, LLAMO Y EMPLAZO, al acusado JUAN CARLOS YERREN CHUNGA por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en la modalidad de INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de su menores hijas CINTHIA ESTEFANÍA YERREN PURIZACA y CARLA MEDALITH YERREN

CRÓNICA

PURIZACA, previsto en el primer párrafo del artícijlo 149° del Código Penal, quien deberá concurrir de manera obligatoria a la audiencia del día VEINTIDÓS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE a horas OCHO Y TREINTA de la mañana; diligencia que se realizará en la Sala de Audiencias N° CATORCE del Sétimo Juzgado Unipersonal de Chiclayo - Tercer Piso, sito en la avenida José Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo, bajo expreso apercibimiento en caso de inconcurrenci3de ser DECLARADO REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y disponer su conducción compulsiva PUBLÍQU^SE el presente edicto por TRES DÍAS CONSECUTIVOS. PEDRO MARTIN DELGADO RAMIREZ JUEZ SEGUNDO JZUGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL Oficio N° 3898-2015-27-17Q6-JR-PE-/ BSC SEGUNDO JUZADO PENAL COLEGIADO DE CHICLAYO ESPECIALISTA: Blanca Seclen CITA Y EMPLAZA al acusado de autos ALEXANDER CARRASCO MONSALVE; para que se presente a la audiencia signado en el expediente JV” 3898-2015-27-1706-JR-PE. que se le sigue por el delito de extorsión en agravio de BRAVO DAVILA NEISSER WILDER notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTIDÓS DEL SEPTIEMBRE del año dos mil diecisiete a horas DOS Y CUARENTA MINUTOS DE LA TARDE fhorg exagtaj, la misma que se realizara en ia sala de audiencias N° DIECISIETE, ubicada en el CUARTO PISO, de la nueva sede de la corte superior de justicia de Lambayeque ubicada en la av. José Leonardo Ortiz N° 155 centro cívico. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 3898-2015-27-1706-JRPE, que se sigue contra ALEXANDER CARRASCO MONSALVE Y MARCO QUIÑONES CHINGUEL, por el delito de EXTORSIÓN en agravio de BRAVO DAVILA NEISSER WILDER. RONALD ERICK RUIZ VASQUEZ DIRECTOR DE DEBATES PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°:4655-2014-42-1703-JRPE-04/RMPE JUEZ: DR. JOSÉ LUIS TORRES BALLENA ESP. DE JUZGADO: JOSELITO MEJÍA PÉREZ El Señor juez del Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Jaén, mediante el presente edicto NOTIFICA al acusado: MANUEL YUICH VALLEJOS CORREA, con la resolución número 01 de fecha doce de Agosto del año dos mil catorce, a fin de aue concurra a la Audiencia de Juicio Oral programada para el día VEINTIDÓS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA - (HORA EXACTA): bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su ubicación y captura en caso de inconcurrencia injustificada. Por haberse ordenado así en el Expediente N° 4655-2014-42-1703-JR-PE-04, seguido contra MANUEL YLLICH VALLEJOS CORREA, por el delito de ASESINATO, en agravio ELADIO RÍOS INGANTE y otros. Jaén, 12 días del mes de Agosto de 2017 DR. JOSÉ LUIS TORRES BALLENA DIRECTOR DE DEBATES JUEZ PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 00465-2015-0-17061R-PE-7° ACUSADO: SALVADOR ROLANDO

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

MARTÍN MAJAIL CALDERÓN Y OTROS DELITO: COLUSIÓN y OTRO AGRAVIADO: ESTADO SÉTIMO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CHICLAYO JUEZ: MARY ISABEL NUÑEZ CORTIJO ESPECIALISTA: JANET CECILIA SÁNCHEZ CAJO Por el presente edicto, el Señor Juez del Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al acusado SALVADOR ROLANDO MARTÍN MAJAIL CALDERÓN, con la resolución judicial DIECISIETE, de fecha veinticuatro de julio del dos mil diecisiete la misma que dispone: IJDeclarar por NO INSTALADA LA AUDIENCIA de control de acusación y REPROGRAMAR la presente audiencia para el día 22 DE SETIEMBRE DEL 2017 a horas 08:30 AM.. en la SALA DE AUDIENCIA ONCE - 2” PISO DE LA C.S.Í.L. se NOTIFICA a los asistentes a la presente audiencia. 2)OFÍCIESE a la Administración del Nuevo Código Procesal Penal, a fin de que brinde las facilidades para el uso de la Sala de Uso Múltiple (Auditorio) ubicada en el tercer piso de esta sede Judicial para el día 22-09-2017 desde las 08:30 de k mañana a fin de llevar a cabo la audiencia de control de acusación en el presente proceso, proceso que se sigue contra 17 procesados. 3)Se tiene por JUSTIFICADA las inasistencias de los letrados DR. WILMER VILLALOBOS OBANDO, DR. EDUARD BECERRA DÍAZ y DR. JUAN EDILBERTO BURGA TORRES. 4)CURSAR OFICIO a la DIRECCIÓN DE LA DEFENSORÍA PUSUCA, a fin de que se DESIGNE a dos DEFENSORES PENALES PÚBLICOS, para que patrocinen en el presente proceso al o a los acusados que no tengan abogado defensor y/o no concurra su abogado defensor particular, a quienes se les notificará con copia del requerimiento fiscal y de la presente acta de audiencia. 5)NOTIFICARa: - A TODOS LOS ACUSADOS en sus domicilios reales y respecto a los acusados: TAPIA SALAS NANCYdebeiÁ notificársele en el domicilio ubicado en la calle La Llanura N” 182. Urbanizacior 03 de octubre - Chiclayo. “ SALVADOR ROLANDO MARTÍNMAJA1L CALDERÓN, deberá notificársele en la calle Teatro N° 633 - Distrito y Provincia de Chiclayo; sin perjuicio de hacerlgjnediante EDICTOS JUDICIALES. Debiendo anexarse copia del requerimiento acusatorio, copia de la resolución que confiere traslado y copia de la presente acta de audiencia. -A LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO. -DR. EDUARD BECERJRA DÍAZ, Abogado defensor del acusado MISAEL DELGADO MENDOZA, con domicilio procesal calle Francisco Cabrera N° 106 - Oficina 301 Chiclayo, CASILLA ELECTRÓNICA N°7403 -DR. IUAN EDILBERTO BURGA TORRES, Abogado Defensor Público de la acusada NANCY PATRICIA TORRES VILLANUEVA, con domicilio procesal en calle Daniel Alcides Camón N°196 - segundo piso - Chiclayo. CASILLA ELECTRÓNICA N°39823. -DR. WILMER VILLALOBOS OBANDO abogado del acusado SALVADOR ROLANDO MARTÍN MAJAIL CALDERÓN con domicilio procesal en calle Daniel Alcides Carrión N°196 - segundo piso - Chiclayo 6) MANTENER subsistentes los mismos apercibimientos establecidos en autos conforme a ley; ello ante la inconcurrencia de los sujetos procesales obligados para su asistencia a la audiencia convocada. En caso de inasistencia del Actor Civil se tendrá por abandonado su constitución parte civil; además el apercibimiento a los sujetos procesales presentes en audiencia de aplicar el articulo 80° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, esto es de imponer multa en caso de inasistencia e informar al Colegio de Abogados de Lambayeque, teniendo en cuenta de que esta audiencia tiene carácter de inaplazable.

CLARA TORRES CAMPOS JUEZ PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL 2° JUZG. INVEST. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED -MBJ JLO EXPEDIENTE: 04371-2017-0-1706-JRPE-02 JUEZ: REYNERIO DÍAZ TARRILLO ESPECIALISTA: KARINA GONZALES PAREDES MINISTERIO PUBLICO: CAMACHO GLANO, EDGAR IMPUTADO: BUENO CASTILLO, JUAN DELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN. AGRAVIADO: LA SOCIEDAD , Por el presente Edicto, El Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz de Chiclayo 1- CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO requerido por el requerido por el Señor Fiscal Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz., Dr. Edgar Juvenal Camacho Olano, contra el imputado JUAN BUENO CASTILLO por el delito contra la Seguridad Pública- Peligro común en la modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la Sociedad , para el día VEINTIDÓS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076 , por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2. OFICÍESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque . 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. 4. NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control es caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia. 5.- Al señor Fiscal notifiquesele en su local Institucional o casilla electrónica, INFORMÁNDOSE que si no concurre se REMITÍAN copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y si no puede concurrir deberá coordinar dicho representante del Ministerio Público con otro Fiscal ya que la Segunda Fiscalía Penal de José Leonardo Ortiz es un ente corporativo. Notifíquese conforme a ley KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS 2° JUZG. INVESTIGACION. PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIAS- JLO FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL 2°JUZG. INVEST. PREPARATORIA EXPEDIENTE: 05817-2017-0-1706-JRPE-02 JUEZ: VASQ.UEZ RUIZ MARISOL ESPECIALISTA: BACA MOZO ANGELA AMARILYS DE MARÍA MINISTERIO PUBLICO: PINTO Z, J IMPUTADO: NECIOSUP LÓPEZ, LUIS HERNÁN DELITO: LESIONES LEVES POR

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV VIOLENCIA FAMILIAR AGRAVIADO:BERECHE ZELADA, MARÍA YSABEL Por el presente Edicto, la Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado NECIOSUP LÓPEZ LUIS HERNÁN, con el extracto de resolución número UNO y resolución número DOS, la misma que dispone; RESOLUCIÓN NUMERO UNO Chiclayo, doce de julio del dos mil diecisiete TRASLADO del requerimiento acusatorio a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan por escrito: 1) Observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación del criterio de oportunidad, 6} ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan v que el juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia de control de acusación. RESOLUCIÓN NÚMERO DOS Chiclayo, quince de agosto del dos mil diecisiete •ACLARAR que en el presente proceso la agraviada es la señora María Ysabel Bereche Zelada, habiendo sido un error del Ministerio Público haber consignado en el requerimiento de acusación como agraviado a la Policía Nacional del Perú. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día VEINTIDÓS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en la Sala de Audiencias Número dos del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicada en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 - 2do Piso-Centro Cívico-Chiclayo, quedando debidamente notificados los sujetos procesales asistentes. •NOTIFICAR al imputado NECIOSUP LÓPEZ LUIS HERNÁN, en su domicilio real sito en calle Lima N° 580 -Eten Chiclayo, sin perjuicio de notificar mediante edictos. Asimismo, NOTIFICAR a la agraviada MARÍA YSABEL BERECHE ZELADA en su domicilio real; 1) calle Juan Fanny Mz. C lote 9 - AAHH Virgen de las Mercedes - Lambayeque y, 2) Mz. E lote 2 - AAHH Virgen de las Mercedes Lambayeque. •REITERAR tos apercibimientos decretados en autos MARISOL VASQUEZ RUIZ JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL Oficio N° 3859 -2017-55-1708-TR-PE/ TCHM JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: JOSÉ LUIS CHÁÑAME PARRAGUEZ ESPECIALISTA: HOYOS MONSALVE CITA Y EMPLAZA: al acusado de autos JOSÉ MARTIN CAMPOS BARRERA , a efecto de notificarle con el tenor de la resolución CINCO de fecha 15 de agosto del 2017 que dispone: DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia de prisión preventiva y reprogramar la misma, para el día VEINTIDÓS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE a horas OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en esta misma sala de audiencia, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del Juzgado de investigación Preparatoria de Lambayeque, sito en Calle Víctor Doigy Lora 185 -Lambayeque. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de expediente N° 5081-2017-0-17Q6-JRPE-06, que se sigue contra José Martín Campos Barrera por el delito de hurto

CRÓNICA

agravado. JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 5047-2017-0 El Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al imputado PABLO CÉSAR QUIROZ ZAPATA, a fin de que concurra a la audiencia de Incoación de Proceso Inmediato, que ha sido reprogramada para el día VEINTIDÓS DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE. A HORAS DOCE DEL MEDIODÍA, a realizarse en la Sala de audiencias número TRES, del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en Ea Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso -Chiclayo, en el Expediente N° 5047-2017-0, proceso seguido contra el imputado precitado, por el delito contra la Seguridad Pública, en su figura de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD; lo que notifica de acuerdo a ley. Especialista Legal: Jorge Enrique Tello Gonzales. JANET SANCHEZ CAJO JUEZ JUZGADOS NCPP PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL EXPEIDNETE: 2015-101-JPU-SI ACUSADOS: FERNANDO CONDEZO COELLO DELITO: HOMICIDIO SIMPLE y OTRO AGRAVIADO: JHON GREG REMIGIO FACUNDO y OTRO. JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA ESP. JUDICIAL: ABOG. CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES SE EMITE LA PRESENTE RESOLUCIÓN NÚMERO CATORCE donde se dispone REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTIDÓS DE SETIEMBRE DEL 2017 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA, audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, para que se notifique al acusado FERNANDO CONDEZO COELLO, en el proceso seguido al acusado FERNANDO CONDEZO COELLO, como autor del delito de HOMICIDIO SIMPLE y OTRO, en agravio de JHON GREG REMIGIO FACUNDO y OTRO; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; Este proceso se encuentra ventilándose con número de expediente 101-2015-JPUSI en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Pena! de la ciudad de San Ignacio. Y se remite el presente edicto para que disponga su PUBLICACIÓN, en el diario de la República de la ;iudad de Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal.MARLO ROBLEDO CORDOVA JUEZ DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL Y JUZGADO PENAL LIQUIDADOR- SAN IGNACIO ABOG. CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- CSJLA- SAN IGNACIO FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL LA SEÑORITA JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MÓDULO BÁSICO DE JUSTICIA DE MOTUPE, DRA. MARIBEL MENDOZA CUEVA, por intermedio de la presente; CITA LLAMA Y EMPLAZA, al Acusado AGUSTÍN BOÑÓN LEÓN identificado

JUDICIAL

Chiclayo, jueves 07 de setiembre del 2017

con DNI N° 17639780, nacido con fecha 05-05-1962, natural del caserío Pueblo Nuevo - San Juan - Cajamarca, hijo de don Julio e Inés; para que concurra a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN, programada para el día VEINTICINCO DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas NUVE DE LA MAÑANA (09:00am - hora exacta), en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria del MBJ de Motupe, ubicado en Av. El Maestro ND 895 - Motupe - Lambayeque; Así mismo se le hace de su conocimiento que en la Carpeta Fiscal N° 93-2016 de la Fiscalía Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas de Chiclayo, a emitido REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL en su contra, solicitando DIEZ años CUATRO meses de pena privativa de la libertad; DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO (241) DÍAS MULTA (equivalente a la suma de S/. 502.00); e INHABILITACIÓN conforme al artículo 36°, inciso 4 de CP. - Ordenado en el Exp. Nro. 9046-2016-01708-JR-PE-01, seguida contra AGUSTÍN BOÑÓN LEÓN y otro, por el delito de TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS en agravio de El Estado peruano. Especialista Legal: Dr. DAVID EDUARDO PATAZCA CARRASCO MARIBEL MENDOZA CUEVA JUEZ JZUGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- MOTUPE NCPP- CSJLAMB FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL ACUSADO: MIGUEL ÁNGEL DOMÍNGUEZ SÁNCHEZ DELITO: OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: ANDERSON Y ANGELA DOMÍNGUEZ FLORES JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA ESP. JUDICIAL: ABOG. CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES San Ignacio, 20 de julio del 2017 SE EMITE LA PRESENTE RESOLUCIÓN donde se dispone A CITAR A LA PRESENTE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DEL 2017 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA, audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en el Av. Mariano Melgar N° 375 de esta ciudad, para que se notifique a los acusado MIGUEL ÁNGEL DOMÍNGUEZ SÁNCHEZ en el proceso que se le sigue como presunto autor del delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de AANDERSON Y ANGELA DOMÍNGUEZ FLORES; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; Este proceso se encuentra ventilándose con número de expediente 207-2017-JPUSI en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Primera Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Y se remite el presente edicto para que disponga su PUBLICACIÓN, en el diario de la República de Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal. MARLO ROBLEDO CORDOVA JUEZ DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL Y JUZGADO PENAL LIQUIDADOR- SAN IGNACIO ABOG. CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- CSJLA- SAN IGNACIO FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL ACUSADO: RICHARD WILLIAMS TOCTO SAAVEDRA DELITO: OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: ALEXIS JAIR TOCTO NUÑEZ JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA ESPECIALISTA: ABOG. CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES San Ignacio, 20 de julio del 2017

13

SE EMITE LA PRESENTE RESOLUCIÓN donde se dispone A CITAR A LA PRESENTE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DEL 2017 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA, audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en el Av. Mariano Melgar N° 375 de esta ciudad, para que se notifique a los acusado RICHARD WILLIAMS TOCTO SAAVEDRA en el proceso que se le sigue como presunto autor del delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de ALEXIS JAIR TOCTO NUÑEZ; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada: Este proceso se encuentra ventilándose con número de expediente 185-2017-JPU-SI en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Primera Fiscalia Penal de la ciudad de San Ignacio. Y se remite el presente edicto para que disponga su PUBLICACIÓN, en el diario EL PERUANO, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art 128° del Código Procesal Penal. MARLO ROBLEDO CORDOVA JUEZ DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL Y JUZGADO PENAL LIQUIDADOR- SAN IGNACIO ABOG. CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- CSJLA- SAN IGNACIO FP/ 5, 6, 7 set.

EDICTO PENAL ACUSADO: BEJAMIN QUINTANA SEGURA DELITO: LESIONES CULPOSAS GRAVES AGRAVIADO: OMAR DAVILA CANO JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA ESP. JUZGADO: ABOG. CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES San Ignacio, 20 de julio del 2017 SE EMITE LA PRESENTE RESOLUCIÓN donde se dispone A CITAR A LA PRESENTE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DEL 2017 A HORAS 12:00 DEL MEDIO DÍA, audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en el Av. Mariano Melgar N° 375 de esta ciudad, para que se notifique al acusado BENJAMÍN QUINTANA SEGURA y agraviado OMAR DAVILA CANO en el proceso que se le sigue como presunto autor del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, en agravio de OMAR DAVILA CANO; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; Este proceso se encuentra ventilándose con número de expediente 173-2017-JPU-SI sn el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Primera Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Y se remite el presente edicto para que disponga su PUBLICACIÓN, en el diario de la República de Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal.MARLO ROBLEDO CORDOVA JUEZ DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL Y JUZGADO PENAL LIQUIDADOR- SAN IGNACIO ABOG. CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDES ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- CSJLA- SAN IGNACIO FP/ 5, 6, 7 set.

14

Chiclayo, jueves 07 de setiembre del 2017

CRÓNICA

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

CRÓNICA

JUDICIAL

Chiclayo, jueves 07 de setiembre del 2017

15

16

Chiclayo, jueves 07 de setiembre del 2017

CRÓNICA

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV