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Presentación del Sr. Juan E Méndez RELATOR ESPECIAL SOBRE LA ORTURA Y OTROS TRATOS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES

Sesión 22 del Consejo de Derechos Humanos Item 3 de la Agenda

4 de marzo de 2013 Ginebra

Señor Presidente, Distinguidos Representantes, Señoras y Señores, Es con gran honor que me dirijo hoy a este Consejo por tercera vez, en mi capacidad de Relator Especial de Naciones Unidas sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Al hacerlo, quisiera agradecer a los distinguidos representantes y observadores por la confianza que han depositado en mí. Señor Presidente, Las visitas a los países constituyen un componente importante del trabajo de mi mandato. Quisiera agradecer a los representantes de Tajikistan y Marruecos 1 por extenderme invitaciones y por su total cooperación durante mis visitas, las que tuvieron lugar en mayo y septiembre de 2012. (Los informes sobre estas visitas se pueden encontrar en los documentos A/HRC/22/53/Add.1 y Add.2, respectivamente.) Para el 2013, me satisface anunciar mi visita a Bahrain, la cual había sido pospuesta en marzo pasado y tendrá lugar ahora los días 8 a 16 de mayo de 2013. Quiero agradecer al Gobierno de Bahrain por haberse comprometido a la realización de esta visita y deseo expresar mi interés de cooperar con las autoridades sobre los temas que se encuentran dentro de mi mandato. Quisiera también agradecer al Gobierno de Guatemala por extenderme una invitación para visitar ese país que espero poder visitar en septiembre u octubre de este año. También quiero agradecer al Gobierno de Thailandia por haberme invitado a visitar ese país en febrero de 2014. Señor Presidente y distinguidos delegados, Mi informe tematico se centra en ciertas formas de abusos dentro de los contextos de asistencia a la salud que pueden alcanzar el carácter de malos tratos equivalentes a la tortura o a los tratos crueles, inhumanos o degradantes. El informe analiza ciertas prácticas abusivas que muchas veces no son detectadas y que son practicadas como políticas de asistencia a la salud, y pretende resaltar cómo estas prácticas pueden ser 1

El Relator Especial también visitó Laâyoune, Sahara Occidental, el 17 y 18 de septiembre de 2012. En su calidad de experto independiente, su visita no debe entenderse como expresión alguna de su posición política respecto del presente o futuro estado del territorio de Sahara Occidental. El territorio está sujeto al derecho de libre determinación conforme con los principios contenidos en la resolución 1514 (XV) y 1541 (XV) de la Asamblea General.

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violatorias de la prohibición de la tortura y los malos tratos. El informe también identifica el contenido de la obligación de los Estados de regular, controlar y supervisar las prácticas de asistencia a la salud a fin de poder prevenir los malos tratos bajo cualquier pretexto, así como para identificar las políticas que promueven estas prácticas y crean espacios carentes de protección. Señor Presidente, A fin de demostrar como estas prácticas abusivas de asistencia

a la salud

configuran la definición de la tortura, he analizado los distintos componentes de esa definición y su aplicabilidad al contexto de la asistencia a la salud. Algunos principios y guías interpretativas claves, como ser los conceptos de capacidad legal, consentimiento informado, la doctrina de “necesidad médica” y el concepto de identidades estigmatizadas, han funcionado como guías útiles para entender la magnitud del problema y las causas que subyacen a la gran mayoría de las prácticas abusivas. Es importante que los Estados trabajen para que la normativa de derecho interno relativa a la capacidad legal se encuentre en conformidad con los estándares de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidades. El consentimiento libre e informado debe ser garantizado, a través de los mecanismos legales, judiciales y administrativos, a todas las personas sin distinción alguna, incluyendo también el desarrollo de políticas tendientes a proteger a las personas de estos abusos. Toda norma legal que sea contraria a este fin, tal como las que permita el confinamiento prolongado o métodos forzados de tratamiento en los contextos de asistencia a la salud mental, incluyendo decisiones adoptadas a través de curadores u otros tipos de mecanismos sustitutivos de la voluntad, deben ser reemplazadas. Muchos informes documentan que los usuarios de drogas ilegales que son detenidos forzadamente en centros padecen tratamientos dolorosos de abstinencia sin asistencia médica, así como el uso de medicinas experimentales desconocidas, golpes autorizados por las autoridades estatales, incluso con varas o látigos, trabajo forzado, abusos sexuales y humillación intencional. Sin perjuicio del uso de tratamientos con metadona y de otros tratamientos de base empírica en lugar de la utilización de métodos que recurran al

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cástigo, las personas sujetas a tratamientos forzados en centros punitivos continúan excediendo en forma exponencial el número de personas que reciben tratamientos de dependencia a la drogadicción de base es empírica y científicamente comprobable. En este sentido, llamo a los Estados a cerrar los centros de tratamientos forzados y los llamados centros de rehabilitación sin demora y a implementar, en su lugar, tratamientos de asistencia a la salud y de servicios sociales comunitarios voluntarios, basados en la evidencia científica y en el respeto a los derechos humanos. Todas las medidas tendientes a minimizar el daño y la dependencia de las drogas, en particular las terapias de sustitución de opioides, deberían estar disponibles a todas las personas que usen drogas y, en particular, a aquellas que se encuentran privadas de libertad. Señor Presidente, Mi mandato ha respondido en varias ocasiones a iniciativas para combatir la violencia contra la mujer a través de examinar formas específicas de tortura relacionadas con el género, con el fin de asegurar que el marco de protección contra la tortura sea aplicado de un modo sensible al género. Fue mi intención complementar estos esfuerzos a través de la identificación de prácticas que, a mi entender constituyen tortura o malos tratos, y están relacionadas a los derechos reproductivos en el contexto de la asistencia a la salud. Algunos ejemplos de estas prácticas son los tratamientos abusivos y humillantes en las instituciones de asistencia a la salud, la esterilización forzada e involuntaria, la negación de servicios médicos legalmente disponibles, como el aborto y la asistencia posterior a un aborto, la realización de abortos forzados, la mutilación de genitales femeninos, y la violación del secreto profesional médico y la confidencialidad a través de la realización de denuncias, por parte de personal médico, de mujeres que presenten evidencias de haberse realizado abortos ilegales. Los Estados deben asegurar que las mujeres cuenten con acceso a la asistencia médica, incluyendo los cuidados posteriores a un aborto, sin miedo a enfrentar represalias o sanciones penales. Los Estados que cuenten con leyes que autorizan el aborto en distintas circunstancias deben asegurar que los servicios se encuentren efectivamente disponibles sin consecuencias negativas para las mujeres o los médicos que quieren utilizarlos.

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En 2012, la OMS estimó que 5.5 billones de personas viven en países con muy bajo o inexistente acceso a medicinas controladas y tienen acceso nulo o insuficiente al tratamiento de dolores moderados o severos. A pesar de que la Comisión sobre Drogas Narcóticas ha recordado a los Estados sus obligaciones en varias oportunidades, el 83 por ciento de la población mundial no tiene acceso o tiene acceso inadecuado a tratamientos para dolores severos. (Muchos países no toman las medidas necesarias para asegurar el acceso a esta medicación. A pesar de que medicinas altamente efectivas y poco costosas, como la morfina y otros narcóticos, se han demostrado como esenciales en permitir el “alivio de dolores y sufrimientos severos”, este tipo de medicación continúa siendo inaccesible en más de 150 países.) Asegurar la disponibilidad y el acceso a las medicinas incluidas en la Lista Modelo de la OMS de Medicinas Esenciales no sólo constituye un paso razonable, sino que es además una obligación legal bajo la Convención de 1961 sobre Drogas Narcóticas. Cuando los Estados no toman medidas positivas, o no intervienen en los servicios de asistencia a la salud, y ello acarea el sufrimiento innecesario de los pacientes, los Estados no solamente violan los derechos a la salud, sino que podrían también estar violando una obligación afirmativa bajo la prohibición de la tortura. Los Estados deben adoptar con prioridad políticas de control de drogas que estén basadas en los derechos humanos, a fin de poder prevenir las continuas violaciones de derechos que derivan de las prácticas actuales de control de la oferta y la demanda. Señor Presidente, A pesar de los avances significativos que se han realizado en el desarrollo de normas, incluyendo el aporte de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, para abolir el uso de intervenciones psiquiátricas forzadas basadas solamente en la premisa de la discapacidad como una forma de tortura y malos tratos, varias formas severas de abuso continúan siendo cometidas en los centros de asistencia a la salud, donde las elecciones de las personas con discapacidad son usualmente desconocidas basándose en su supuesto “mejor interés” y donde serias violaciones y

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discriminación contra las personas con discapacidad aparecen enmascaradas como “buenas intenciones” de los profesionales de la salud. Mi mandato ha declarado con anterioridad que no puede haber justificación terapéutica para el uso del aislamiento solitario ni de restricciones físicas prolongadas de las personas con discapacidad en los centros psiquiátricos. Tanto restricciones físicas como el aislamiento prolongado constituyen tortura y malos tratos. En mi informe de 2012 (A/66/88) analicé el tema del asilamiento solitario y establecí que su imposición, de cualquier duración, en las personas con discapacidades mentales constituye trato cruel, inhumano o degradante. Señor Presidente, El total respeto a la capacidad legal de las personas constituye un primer paso fundamental en la prevención de la tortura y los tratos crueles. Como ya ha sido establecido por mi mandato, los tratamientos médicos de naturaleza intrusiva e irreversible, cuando carecen de un propósito terapéutico, ó cuando están orientados a la corrección o alivio de la discapacidad, pueden constituir tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes si son administrados sin el consentimiento libre e informado de la persona. La privación de libertad sobre la base de la enfermedad mental carece de justificación. Bajo la Convención Europea de Derechos Humanos, el desorden mental debe ser de cierta severidad a fin de justificar la detención. Yo entiendo, en cambio, que la severidad de la enfermedad mental no puede justificar la detención, así como tampoco puede hacerlo la motivación de proteger la seguridad de la persona o de otras personas. Asimismo, la privación de libertad que está basada en la discapacidad y que causa sufrimiento o dolor severo se encuentra comprendida en la Convención contra la Tortura. Al realizar este análisis, factores tales como el miedo y la ansiedad provocada por la detención indefinida, la utilización de medicación forzada o electroshock, el uso de restricciones físicas y el aislamiento, así como la segregación de la familia y la comunidad, deben ser tomados en cuenta.

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Señor Presidente, La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad ofrece los estándares más amplios para los derechos de las personas con discapacidad y resulta importante que los Estados revisen la normativa contra la tortura en relación a las personas con discapacidad a la luz de esta Convención. Los Estados deben imponer una prohibición absoluta sobre toda intervención médica forzada y no consentida sobre las personas con discapacidad, incluyendo la utilización no consentida de psicocirugías, electroshock y drogas que distorsionan la mente, tanto para su aplicación a corto como a largo plazo. La obligación de erradicar las intervenciones psiquiátricas forzadas basadas en argumentos de discapacidad es de aplicación inmediata y la existencia de recursos financieros escasos no puede justificar posponer su implementación. (Los tratamientos forzados y la reclusión deben ser reemplazados con servicios en la comunidad que sean aptos para satisfacer las necesidades expresadas por las personas con discapacidad y que respeten la autonomía, elecciones, dignidad y privacidad de cada persona. Los Estados deben revisar las normativas legales que permiten la detención sobre las bases de la salud mental o en centros de asistencia a la salud mental, así como toda intervención o tratamiento forzado en el contexto de la asistencia a la salud mental que no haya sido consentido en forma libre e informada por la persona. ) Señor Presidente, Las minorías y los grupos marginalizados de individuos deben ser protegidos con medidas especiales como un componente crítico de la obligación de prevenir la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes, a través de invertir y ofrecer a los grupos marginalizados el apoyo necesario para permitirles ejercer su capacidad legal y garantizar el respeto absoluto de su autonomía, voluntad y preferencias. Existen numerosos testimonios de casos de malos tratos en el contexto de la asistencia a la salud, como ser; las actitudes negativas y de obstrucción por parte del personal médico, incluyendo la negación de asistencia de salud a usuarios de drogas o a trabajadoras sexuales o personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuadas; los malos tratos homofóbicos, incluyendo la práctica de exámenes anales forzados autorizados por el Estado, la 6

realización de cirugías para “normalizar” los genitales bajo el pretexto de ser “terapias reparativas”, y la realización de intervenciones irreversibles de asignación de sexo; la realización de esterilizaciones forzadas, de intervenciones médicas forzadas, y de prácticas no consentidas en relación a las personas con discapacidad. Los Estados deberían derogar toda legislación que autorice intervenciones intrusivas e irreversibles, cuando son administradas o impuestas sobre las personas sin su consentimiento libre e informado. Señor Presidente, Las prácticas presentadas en el informe probablemente constituyan una fracción muy pequeña de este problema global. Estas intervenciones que siempre constituyen al menos tratos crueles, inhumanos o degradantes, en varias ocasiones se elevan también a constituir tortura, y se encuentran siempre prohibidas por el derecho internacional. Todos los países deberían garantizar la prohibición de la tortura y de los malos tratos en el contexto de la asistencia a la salud, tanto pública como privada, a través de medidas como declarar que los abusos cometidos en estos contextos pueden constituir tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes; regular las prácticas de asistencia a la salud con la finalidad de prevenir los malos tratos bajo cualquier pretexto; e integrar los principios de la prevención de la tortura a las políticas públicas de asistencia a la salud. (La importancia de categorizar los abusos en el contexto de la asistencia a la salud como tortura o malos tratos, y de examinar estos abusos bajo los parámetros de la protección contra la tortura, es que proporciona la oportunidad de solidificar el entendimiento de estas violaciones y de resaltar las obligaciones positivas de los Estados respecto de la prevención, investigación, procesamiento y castigo de tales violaciones. Asimismo, tratar la violencia y abusos en el contexto de la asistencia a la salud como malos tratos prohibidos bajo el derecho internacional, ofrece a las víctimas de estas violaciones y a las personas abogando por su protección sólidas medidas legales de protección y recursos para su reparación.)

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Espero que mi informe del 2013 genere una discusión entre legisladores y la sociedad civil tendiente a resaltar las medidas adicionales que son necesarias para regular, controlar y supervisor las prácticas de asistencia a la salud a fin de prevenir los malos tratos. Señor Presidente y distinguidos delegados, Entre los días 10 a 18 de mayo de 2012, realicé una visita a Tajikistan a invitación del Gobierno. Quisiera agradecer a las autoridades por permitirme el acceso sin restricciones a todos los centros de detención y por proporcionarme con aclaraciones e información detallada respecto de las iniciativas adoptadas con posterioridad a mi visita. En los ultimos dos años, Tajikistan ha realizado desarrollos significativos. Ha introducido cambios alentadores a su normativa legal, incluyendo una nueva normativa criminal aprobada en abril de 2012 que define la tortura y establece penas para la misma. Sin perjuicio de esto, y a pesar de la voluntad política y de los esfuerzos realizados por el Gobierno de Tajikistan para solucionar algunas carencias en la legislación, continúan existiendo importantes carencias en las leyes, así como en las políticas y prácticas de la policía. Es importante que el Gobierno asegure que ninguna persona sentenciada por el delito de tortura pueda beneficiarse de una amnistía; que se iniciarán acciones judiciales cuando la policía utilice métodos ilegales de interrogación; que se asegure una investigación pronta e imparcial de todas las denuncias de tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes; que se reforme el Código del Proceso Penal a fin de garantizar el cumplimiento del principio de non-refoulement; que se creen mecanismos independientes, efectivos y accesibles para la denuncia de malos tratos dentro de todos los centros de privación de libertad; y que se adopten las medidas necesarias para facilitar la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura, creando, en consecuencia, un Mecanismo Nacional de Prevención eficaz. (Hago un llamado al Gobierno para que adopten las medidas necesarias para asegurar la implementación inmediata y efectiva de mis recomendaciones, así como a la 8

comunidad internacional para que asistan a Tajikistan en su lucha contra la tortura y los malos tratos proporcionado la asistencia técnica y financiera necesaria.) Señor Presidente, Entre los días 15 a 22 de septiembre de 2012 realicé una visita a Marruecos a invitación del Gobierno. Encontré que una cultura de derechos humanos viene emergiendo en ese país. El establecimiento del Consejo Nacional de Derechos Humanos constituye un ejemplo positivo en el desarrollo institucional. Entiendo que fueron de fundamental importancia al desarrollo de esta cultura de derechos humanos, los esfuerzos realizados por las autoridades de Marruecos de afrontar los abusos cometidos en el pasado durante los “años de plomo” a través de la creación de una Comisión para la Equidad y la Reconciliación, así como el reconocimiento de casos de tortura durante ese período. Sin embargo, con respecto a la situación actual, lamento constatar que algunas autoridades nieguen que la tortura aún continúa ocurriendo hoy.

En este contexto, encontré que continúa ocurriendo con cierta frecuencia el uso de métodos de excesiva presión física y mental sobre los detenidos durante los interrogatorios, lo cual requiere la total atención del Gobierno. Adicionalmente, encontré que la utilización de tratamientos equivalentes al uso abusivo de la fuerza o incluso a torturas se relacionan con manifestaciones públicas y se acentúan cuando percibe una amenaza a la seguridad nacional.

En casos que implican la seguridad del Estado, como casos de terrorismo, de pertenencia a movimientos islámicos, o de apoyo a la independencia de Sahara Occidental, encontré que existe un patrón de actos de tortura y de malos tratos por parte de la policía durante los procesos de arresto y mientras las personas se encuentran detenidas. Adicionalmente, hallé que muchas personas han sido forzadas a confesar y condenadas a prisión sobre la base de dichas confesiones. Cuando la policía u otras autoridades responden a incidentes que implican protestas o grandes asambleas de personas, encontré que existe un aumento en el uso excesivo de la fuerza. Quisiera reiterar que, sin perjuicio de que dichas asambleas se encuentren permitidas o no, las 9

autoridades deben cumplir con los estándares internacionales basados en la necesidad y proporcionalidad del uso de la fuerza y el respeto al derecho a la vida y la integridad física.

Noté con preocupación que las denuncias relacionadas con dichos abusos suelen ser descartadas por las autoridades que conducen investigaciones y por las cortes, y recomendé que la brecha que existe entre las leyes y la práctica en este sentido sea definitivamente cerrada.

(Sin perjuicio de reconocer las dificultades presentadas por el número de inmigrantes indocumentados en algunas partes del país, expresé mi preocupación respecto del incremento en las denuncias de violencia por parte de las fuerzas de seguridad en ese contexto, incluyendo el uso de golpes, violencia sexual, y otras formas de malos tratos, especialmente contra inmigrantes provenientes de las regiones sub Saharianas.)

Respecto de mi visita a Laâyoune, Sahara Occidental, encontré que la tortura y los malos tratos ocurren durante los arrestos, así como en las comisarías policiales y la prisión de Laâyoune. También encontré que la policía de Marruecos recurre al uso excesivo de la fuerza durante y luego de demostraciones públicas como un modo de intimidar a los manifestantes. Los testimonios recibidos indican que miembros de la población Sahrawi son especialmente, aunque no en forma exclusiva, las víctimas de dichas violaciones.

En este contexto, he recomendado al Gobierno que fortalezca la protección de los derechos humanos a través de la invitación a los Procedimientos Especiales de Naciones Unidas, así como también que robustezca su compromiso con la sociedad civil y la institución nacional de derechos humanos, y que facilite la presencia de organizaciones no gubernamentales internacionales.

Toda

la región

podría beneficiarse del

establecimiento de un organismo inter-gubernamental de monitoreo de los derechos humanos para toda la región de Sahara Occidental, como una medida que desarrolle la 10

confianza y mejore el estado de cumplimiento de los derechos humanos en la región, en particular en lo que respecta a la prohibición de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Quisiera agradecer al Gobierno por sus esfuerzos en fortalecer los derechos humanos en general y la prohibición de la tortura en particular, así como por su cooperación con los Procedimientos Especiales y mi mandato. Deseo felicitar al Gobierno por su continuado ejemplo en mejorar las condiciones de detención, incluyendo la clausura de algunos centros de detención y la creación de nuevos. Quisiera también agradecer al Gobierno por su comprensiva respuesta y comentarios a mi informe y por su declaración de intención de implementar mis recomendaciones. (Las observaciones realizadas por el Gobierno se encuentran publicadas, a solicitud del Gobierno, en el Addendum 5 a mi informe. En este contexto, espero con entusiasmo la recepción del informe de progreso del Gobierno como ha sido mencionado en las observaciones. Finalmente, quisiera agradecer al Gobierno por su apertura a la realización de futuras iniciativas de colaboración con mi mandato y de actividades de seguimiento con respecto a la implementación de mis recomendaciones, y en consecuencia, a la erradicación y prevención de la tortura y los malos tratos.)

Señor Presidente,

Debido a que he identificado el seguimiento de implementación de las recomendaciones como una de mis prioridades, he comenzado un proyecto, apoyado por el Centro de Derechos Humanos y Derecho Humanitario de American University, Washington College of Law llamado Anti-Torture Initiative que brinda apoyo a las visitas de seguimiento y me encuentro en colaboración con los Gobiernos de los países que he visitado a fin de que puedan considerar invitarme para una visita de seguimiento durante el 2013. Se trata de una oportunidad para profundizar la colaboración con todos los actores y permite una evaluación continuada, en el terreno, del estado de implementación de las recomendaciones.

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Estoy también interesado en otras formas que puedan mejorar las instancias de seguimiento. En este contexto, mi mandato es parte de un proyecto conjunto de seguimiento, iniciado por la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, para crear una base de datos que compila todas las recomendaciones a los Estados de América Latina de diversos organismos, incluyendo la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Comité contra la Tortura, el Subcomité para la Prevención de la Tortura, y el Relator Especial sobre la tortura. Esta herramienta de seguimiento es el primer paso en un proyecto más amplio que procura aumentar las instancias de colaboración y efectividad entre los distintos mecanismos. Señor Presidente, (Quiero aprovechar la oportunidad para agradecer al Gobierno de Uruguay por haberme invitado a realizar una visita de seguimiento entre los días 2 a 6 de diciembre de 2012. Deseo expresar la bienvenida como una buena práctica a este tipo de invitaciones a mi mandato y a otros Procedimientos Especiales.) Quiero agradecer especialmente al gobierno de Uruguay por haberme invitado a realizar una visita de seguimiento los días 2-6 de diciembre de 2012 lo cual constituye una práctica ejemplar que debe ser alentada. Asimismo, quiero reconocer positivamente el buen trabajo que el gobierno y la ciudadanía han venido realizando en considerar las recomendaciones de la Relatoría como una guía y en liderar importantes procesos de reforma del sistema penitenciario. Es de destacar que el gobierno ha clausurado definitivamente prisiones y módulos que, de acuerdo a las recomendaciones de mi predecesor, no se ajustaban a los estándares internacionales y ha construido nuevos centros que, en general, ofrecen a los internos condiciones satisfactorias de detención. Asimismo, quiero felicitar al gobierno por haber iniciado reformas institucionales positivas que se condicen con el desarrollo de un sistema penitenciario dentro del marco de los derechos humanos. En especial, es de destacar la creación de sistemas descentralizados responsables del gerenciamiento de centros de detención de menores y adultos y operados por funcionarios civiles, y la importante creación de una Institución Nacional de Derechos Humanos que funcionará como el Mecanismo Nacional de Prevención bajo el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura. 12

Quisiera llamar la atención del gobierno a profundizar las reformas en el sistema de justicia criminal juvenil donde los progresos no son tan notorios como en el sistema penitenciario de adultos. Respecto de los menores, es importante avanzar en políticas orientadas a la rehabilitación que se centren en el uso de la privación de libertad como último recurso. Asimismo, deseo destacar la necesidad de trabajar en mejorar las condiciones de todas las personas privadas de libertad, en especial en lo que respecta al hacinamiento que en algunos casos es crítico. Por último, entiendo necesario recomendar al gobierno la realización de reformas legislativas tendientes a garantizar que la prisión preventiva sea la excepción y no la regla, así como la multiplicación de esfuerzos para implementar programas que garanticen el acceso de las personas privadas de libertad a oportunidades laborales, recreativas, culturales y de rehabilitación. (El seguimiento a las recomendaciones temáticas es también un tema de importancia y pretendo trabajar en avanzar la implementación de las recomendaciones contenidas en mis informes anteriores. En mi informe a la Asamblea General de octubre de 2012 (A/67/279) sobre la pena de muerte, concluí que existe evidencia de la evolución de un estándar dentro del derecho internacional, así como en las prácticas de los Estados, que permiten enmarcar el debate sobre la legalidad de la pena de muerte dentro del contexto del concepto fundamental de dignidad humana y la prohibición de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes. Encontré que estos estándares evolutivos, junto con la consecuente ilegalidad de la pena de muerte bajo los mismos, se están convirtiendo en una norma de derecho consuetudinario, si es que esto no ha ocurrido ya. Recomendé la realización de un estudio legal más completo sobre la emergencia de una norma de derecho consuetudinario relacionada con la prohibición de la pena de muerte bajo toda circunstancia. Señor Presidente y todos los presentes, Quiero agradecerles por su atención y espero con entusiasmo a un diálogo constructivo con Uds.

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