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M1NISTERIO DE SALUD

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Visto, ellnforme W 077-2015-ERP-OARH/MINSA, de fecha 14 de enero del 2015, que contienen el Expediente N° 14-102552-001; sobre el reconocimiento de pago del Decreto de Urgencia W 037-94; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral W 657-2012-0GGRH/SA, de fecha 02 de julio del 2012, se reconocio a favor de don ADALBERTO CALDERON DiAZ, el reintegro por aplicacion del articulo 2° del Decreto de Urgencia W 037-94, mas los intereses legales, en cumplimiento al mandato judicial expedido por 2° Juzgado Transitorio Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, segun 10 dispuesto en la Resolucion numero Diez de fecha 30 de noviembre del 2009, de acuerdo al siguiente detalle:

D. U. N" 037·94

Aplicacion

198 meses

Sub· Total

Ley

N° 28449

(Monto Reconocido)

(289/360)

55,029.72

7,200.00

62,229.72

Intereses

Total

Legales 20,653.68

75,683.40

Que, en ese sentido, durante los meses de diciembre del 2012, abril y junio del 2013, se efectuo a favor del ex - pensionista don Adalberto Calderon Diaz, Cuatro (04) depositos parciales con cargo a la deuda principal, quedando un saldo pendiente por Veintiocho Mil Ciento Setenta y Siete con 80/100 Nuevos Soles (SI. 28,177.80), mas los intereses legales, como a continuacion se grafica:

MONTO PAGADO MONTO RECONOCIDO

DICIEMBRE 55,029.72

2013

2012

11,138.45

I 7,562.21

ABRIL 1,737.73

I

TOTAL JUNIO

I 6,413.53

5ALDO

INTERESES

PENDIENTE

LEGALES

AMORTIZADO 26,851.92

28,177.80

20,653.68

Que, de acuerdo a la Resolucion Numero 24 de fecha 19 de setiembre del 2013, el 2° Juzgado Transitorio Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, de conformidad con el inciso 1° del articulo 108° del Codigo Procesal Civil, declara como SUCESORA PROCESAL a doria CARMEN ROSA CALDERON GARCES, en calidad de heredera del causante Adalberto Calderon Diaz; Que, de conformidad con 10 prescrito en el articulo 4° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo W 017-93-JUS, toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales de indole

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administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido 0 sus fundamentos, restringir sus efectos 0 interpretar sus alcances, bajo responsabilidad civil, penal 0 administrativa que la Ley seriala. Igualmente, no se puede dejar sin efecto resoluciones judiciales con autoridad de cosa juzgada, ni modificar su contenido, ni retardar su ejecucion, ni cortar procedimientos en tramite; Que, en ese contexto, el Equipo de Remuneraciones y Pensiones, de acuerdo a 10 dispuesto por el 2° Juzgado Transitorio Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justica de Lima, cumple con reconocer a favor de doria CARMEN ROSA CALDERON GARCES, el saldo pendiente que Ie hubiera correspondido percibir al causante don ADALBERTO CALDERON DiAZ por los devengados dispuestos por el articulo 2° de la Bonificacion Especial del Decreto de Urgencia W 037-94, mas los intereses legales; Con las visaciones del Jefe de Equipo de Remuneraciones y Pensiones y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos; y, De conformidad con el Decreto de Urgencia W 037-94 Y el articulo 4° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo W 017-93-JUS; SE RESUELVE: Articulo 10._ RECONOCER a favor de doria CARMEN ROSA CALDER6N GARCES, en calidad de heredera de don ADALBERTO CALDERON DiAZ, el saldo pendiente de los devengados dispuestos por el articulo 2° de la Bonificacion Especial del Decreto de Urgencia W 037-94, mas los intereses legales, que Ie hubiera correspondido percibir al causante, conforme a 10 expuesto en los considerandos de la presente resolucion, de acuerdo al siguiente detalle:

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MONTO

MONTO

SALDO

INTERESES

RECONOCIDO

PAGADO

PENDIENTE

LEGALES

55,029.72

26,851.92

28,177.80

20,653.68

Articulo 20._ EI monto de 10 reconocido en el articulo precedente de la presente resolucion, sera abonado con cargo a los fondos que, para tal efecto apruebe el Ministerio de Economia y Finanzas, en las leyes anuales de presupuesto. Articulo 30._ Remitir copia de la presente resolucion al Procurador Publico del Ministerio de Salud, para su conocimiento y presentacion ante el Segundo Juzgado Transitorio Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, para su aprobacion. Articulo 4°._ Encargar al Archivo Centralia incorporacion personal de don ADALBERTO CALDERON DiAZ.

de la presente resolucion en el legajo

Registrese y Comuniquese.

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Abog. JEANETT Dir

Oficina ~~e

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