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CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 606-2013-GRC/GGR el Gobierno Regional del Callao solicita al Ministerio de Salud suscribir un Convenio Específico de Colaboración Interinstitucional, cuyo objeto es integrar esfuerzos para fortalecer la atención y rehabilitación a favor de las personas con discapacidad contribuyendo a su inclusión plena en la sociedad; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 75° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo N° 023-2005-SA y sus modificatorias, los Institutos Especializados son Órganos Desconcentrados dependientes del Ministerio de Salud, que deben lograr el liderazgo a nivel nacional e internacional en el desarrollo de la investigación científica e innovación de la metodología, tecnología y normas, para su difusión y aprendizaje por los profesionales y técnicos del Sector Salud, así como en la asistencia altamente especializada a los pacientes que la requieran e incrementar y sistematizar la interrelación científica internacional en su campo; Que, conforme se desprende del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Rehabilitación "Dra. Adriana Rebaza Flores" Amistad Perú-Japón, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 715-2006/MINSA, el citado Instituto Nacional tiene entre sus objetivos estratégicos desarrollar una gestión institucional eficiente y eficaz que permita la coordinación multi e intra sectorial orientada al desarrollo integral de las personas con discapacidad; Que, con Resolución Ministerial N° 002-2013/MINSA, se encarga al Médico Cirujano Fernando Urcia Fernández las funciones de Director de Instituto Especializado (e) del Instituto Nacional de Rehabilitación "Dra. Adriana Rebaza Flores" Amistad Perú-Japón del Ministerio de Salud;

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Que, la Directiva Administrativa N° 138-MINSA/SG-V.01 que aprueba el "Procedimiento para la aprobación de Convenios a ser suscritos por el Ministerio de Salud", aprobada con Resolución Ministerial N° 468-2008/MINSA, establece que los Convenios pueden ser suscritos por un funcionario diferente al Ministro de Salud, siendo necesario oficializado a través de la emisión del acto resolutivo respectivo delegando esta facultad; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal m) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, el Ministro de Salud tiene la potestad de delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función de Ministro de Estado;

Que, en ese sentido, se considera pertinente delegar al Médico Cirujano Fernando Urcia Fernández, Director de Instituto Especializado (e) del Instituto Nacional de Rehabilitación 'Dra. Adriana Rebaza Flores' Amistad Perú-Japón, la facultad de suscribir el Convenio Específico de Colaboración interinstitucional con la Dirección Regional de Salud Callao del Gobierno Regional del Callao, así como las adendas respectivas; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Delegar en el Médico Cirujano Fernando Urcia Fernández, Director de Instituto Especializado (e) del Instituto Nacional de Rehabilitación "Dra. Adriana Rebaza Flores° Amistad Perú-Japón del Ministerio de Salud, la facultad de suscribir el Convenio Específico de Colaboración Interinstitucional con la Dirección Regional de Salud Callao del Gobierno Regional del Callao, así como las adendas respectivas.

Regístrese y comuníquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud