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1 ago. 2017 - Apoquindo N° 3500, piso 7, comuna de Las Condes, de la ciudad Santiago, y SOCIEDAD. NACIONAL DE MINERÍA F.
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BASES DE LA PROMOCION “Metal Chileno en el Mundo 2017” CONSEJO MINERO Y SONAMI En Santiago de Chile, a 1 de agosto de 2017, CONSEJO MINERO, Rol Único Tributario N° 74.325.500-3, en adelante también “CONSEJO MINERO”, con domicilio en Avenida Apoquindo N° 3500, piso 7, comuna de Las Condes, de la ciudad Santiago, y SOCIEDAD NACIONAL DE MINERÍA F.G., Rol Único Tributario N° 81.446.000-2, en adelante también “SONAMI”, con domicilio en Avenida Apoquindo N° 3000, piso 5, comuna de Las Condes, de la ciudad Santiago, vienen en establecer las bases para la siguiente promoción, en adelante las “Bases”. PRIMERO: Antecedentes Generales CONSEJO MINERO Y SONAMI, dentro de su plan de marketing, promoción y publicidad de los productos que actualmente elabora y distribuye bajo la marca Metal Chileno en el Mundo, realizará una promoción que se denominará “Metal Chileno en el Mundo 2017” (la “Promoción”). Esta Promoción se implementará en Facebook, en la plataforma oficial de Metal Chileno en

el

Mundo

Chile

(https://www.facebook.com/Metal-­‐Chileno-­‐en-­‐el-­‐Mundo-­‐

1206563666054706/  en los términos y condiciones que se señalarán a continuación.   Los participantes de la Promoción (los “Participantes”), por el sólo hecho de participar se entiende que conocen y aceptan los términos y condiciones que se establecen las Bases. Facebook, no patrocina, avala ni administra de modo alguno esta Promoción, ni está asociado a ella. La información solicitada es proporcionada a CONSEJO MINERO y SONAMI y no a Facebook, para efectos de llevar a cabo la Promoción. Facebook no tienen responsabilidad alguna en el desarrollo de la Promoción. Si a juicio exclusivo del CONSEJO MINERO y SONAMI, un Participante comete infracción a las disposiciones contenidas en estas Bases, el CONSEJO MINERO y SONAMI se reservará la facultad de excluir a dicho Participante de la Promoción.

SEGUNDO: Vigencia de la Promoción La Promoción tendrá vigencia y validez desde el martes 1 de agosto hasta el jueves 31 de agosto de 2017. Con todo, CONSEJO MINERO y SONAMI podrán decidir a su arbitrio exclusivo extender, o modificar el plazo de la referida Promoción, circunstancia que se advertirá oportunamente por los medios de publicidad que CONSEJO MINERO y SONAMI determine al efecto. Asimismo, y por razones de caso fortuito o fuerza mayor

el

CONSEJO MINERO y SONAMI podrán cancelar o suspender la presente Promoción, lo que también será comunicado oportunamente. TERCERO: Exclusiones No podrán participar en la Promoción: a)

Personas que no residan en el territorio nacional de la República de Chile.

b)

Funcionarios de CONSEJO MINERO Y SONAMI.

c)

Funcionarios de agencia Bestia.

d)

Cualquier persona que haya participado directa o indirectamente en el desarrollo de esta Promoción y de estas Bases.

e)

Los parientes directos de las personas señaladas anteriormente, entendiendo por ellas a los padres, hijos, hermanos y cónyuge.

CUARTO: Descripción y Mecánica de la Promoción Los Participantes deberán poseer un perfil en la plataforma de Facebook (cumpliendo con todos los requisitos que exige dicha plataforma), y seguir los siguientes pasos: El Participante deberá seguir a Metal Chileno en el Mundo en la plataforma de Facebook https://www.facebook.com/Metal-Chileno-en-el-Mundo-1206563666054706/ y compartir en su muro personal, al menos uno de los contenidos / publicaciones asociadas a la promoción.

Realizados los pasos anteriores, el Participante, ingresa automáticamente en el sorteo del premio indicado en la cláusula siguiente. El CONSEJO MINERO y SONAMI se reservan la facultad de rechazar y excluir de la Promoción, toda fotografía, texto o comentario que estimen contrario a la ley, la moral o las buenas costumbres, que contengan mensajes que inciten al odio o violencia, de corte político o de propaganda o que atenten contra el prestigio de la marca. Asimismo, el CONSEJO MINERO y SONAMI se reservan el derecho de eliminar de la Promoción a todos los Participantes cuyos perfiles sean detectados como falsos o repetidos, quedando inmediatamente impedidos de optar al premio, sin necesidad de dar aviso o comunicación previa de ningún tipo. Cada uno de los Participantes podrá concursar tantas veces como desee, sin embargo, sólo podrá optar a ganar el premio correspondiente al sorteo una sola vez. QUINTO: Premio El premio asociado a la Promoción, (el “Premio”), consistirá en: Un bajo eléctrico Warwik modelo standard, firmada por el por el músico bajista de la banda Slayer “Tom Araya”. El Stock total de Premios a repartir en el marco de la Promoción es de 1 (un) bajo eléctrico para sortear entre quienes participen vía Facebook. SEXTO: Sorteo Se realizará un sorteo en total (el “Sorteo”), en día jueves 31 de agosto de 2017 a las 18:00 hrs. El Sorteo se realizarán mediante un sistema aleatorio, utilizando el sitio web random.org, entre todos los Participantes. El Sorteo podrán desarrollarse ante Notario Público si CONSEJO MINERO y SONAMI así lo estiman pertinente.

Con todo, el CONSEJO MINERO y SONAMI se reservan el derecho de modificar las fechas del Sorteo, lo que será debidamente informado a los Participantes. Si se detectare que un Participante ha incurrido en mecanismos fraudulentos, o no ha dado cumplimiento a las condiciones establecidas en las Bases, dicho Participante será eliminado de la Promoción. SÉPTIMO: Determinación del Ganador y Adjudicación del Premio El Participante que resulte ganador del Sorteo (el “Ganador”) será anunciado por medio de una publicación en la plataforma de Facebook de Metal Chileno en el Mundo el mismo día en que se realice el Sorteo. Además el Ganador será contactado por medio de un mensaje interno el cual deberá responder entregando sus datos personales a fin de coordinar la entrega del Premio. El plazo para reclamar el premio es de 10 días hábiles desde la fecha que el mensaje interno fue enviado. Si el Ganador no respondiere el mensaje interno dentro del plazo señalado en el párrafo anterior o se comprobare que no dio cumplimiento a lo señalado en las Bases o si los datos entregados no permitieren identificarlo, CONSEJO MINERO y SONAMI podrá declarar desierto el Premio, disponer libremente del mismo o hacer un nuevo sorteo con las mismas reglas antes establecidas. El Ganador deberá retirar su Premio en las oficinas de la Agencia Bestia, ubicada en Elena Blanco 939, Providencia. Es requisito que el Ganador presente su cédula de identidad al momento de retirar el Premio. En caso de que el Ganador no pueda retirarlo personalmente, deberá enviar a un representante con un poder simple y copia de su cédula de identidad. Si alguno de los Ganadores resulta ser un menor de edad, éste deberá necesariamente cobrar el Premio acompañado de sus padres o tutor legal.

El Premio descrito en la cláusula quinta de estas Bases tiene carácter personalísimo y no es endosable. Tampoco serán canjeables por dinero efectivo u otros bienes. Si el Ganador decide no aceptar el Premio, éste se perderá automáticamente, quedando desierto, sin derecho a compensación de ningún tipo. El CONSEJO MINERO y SONAMI no serán responsables por cualquier impedimento, hecho o accidente que le impida al Ganador aceptar el Premio, o que interrumpa, altere o haga más onerosa su entrega. El CONSEJO MINERO y SONAMI no se hacen responsables por daños, accidentes, lesiones, muerte, perjuicios personales, corporales o patrimoniales que pueda sufrir el Ganador con motivo u ocasión la aceptación del Premio, todo lo cuál será de su exclusiva responsabilidad y riesgo. El CONSEJO MINERO y SONAMI no serán responsables por los errores u omisiones en que incurran los Participantes al momento de enviar sus datos vía mensaje directo en Facebook y que impidan contactar o identificar al ganador. Es requisito indispensable para participar en esta Promoción, que los antecedentes entregados sean reales y válidos. OCTAVO: Gastos asociados a la Promoción El CONSEJO MINERO y SONAMI no se hacen responsables por los gastos asociados a la participación en la Promoción, ni al retiro, cobro y uso del Premio, tales como gastos de movilización, viajes, traslados, estadía y todos sus trámites y gastos asociados, cualquiera sea su naturaleza o especie. En consecuencia, los gastos indicados anteriormente serán de exclusiva responsabilidad del Ganador del Premio, sin que el CONSEJO MINERO y SONAMI tenga responsabilidad alguna en relación a los mismos. Todo impuesto, gravamen o cualquier carga que resultare aplicable al Premio será soportado exclusivamente por los Ganadores.

NOVENO: Información al Usuario y Responsabilidad Los Participantes aceptan los términos establecidos en estas Bases, obligándose a respetar sus términos y condiciones con la sola participación en la Promoción. CONSEJO MINERO y SONAMI no pueden asegurar ni garantizar, que el funcionamiento de la aplicación será ininterrumpido o libre de errores, por lo que CONSEJO MINERO y SONAMI no será responsable por aquellas participaciones que no se reciban a causa de fallas de transmisión o técnicas de cualquier tipo no imputables a la empresa. En virtud de lo anterior, CONSEJO MINERO y SONAMI no serán responsables por aquellas participaciones que no se reciban a causa de fallas de transmisión o técnicas de cualquier tipo. Es de exclusiva responsabilidad del Ganador cobrar el Premio de acuerdo al plazo y condiciones establecidas en las Bases. El CONSEJO MINERO y SONAMI no se hacen responsables por los daños directos, indirectos, previstos, imprevistos, morales o materiales que se produzcan a los usuarios o a terceros, con ocasión del uso del Premio. El CONSEJO MINERO y SONAMI no asumen ninguna responsabilidad, sea civil, criminal o de cualquier otra índole, por la ocurrencia de accidentes debidos a la inobservancia de las advertencias indicadas o el uso inadecuado del Premio. DÉCIMO: Publicidad de la Promoción La mecánica general de funcionamiento de la Promoción será informada al público ya sea a través de Internet u otro medio, en el tiempo y forma que CONSEJO MINERO y SONAMI determinen. El CONSEJO MINERO y SONAMI no se hacen responsables de que una vez cumplida la fecha de término de la Promoción, siga circulando publicidad con referencia a ésta. Ello no dará lugar de modo alguno a una ampliación o renovación del período de la Promoción, y no dará derecho al cobro de indemnización.

DÉCIMO PRIMERO: Restricciones Adicionales Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en las cláusulas anteriores. La utilización de técnicas de participación en la promoción de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar, así como la creación de perfiles falsos, u otros actos similares, dará lugar a la anulación de la participación de que se trate. DÉCIMO SEGUNDO: Datos Personales Los datos personales que se requerirán al ganador para optar al premio serán: el nombre completo, cédula nacional de identidad, correo electrónico, teléfono, dirección, ciudad, entre otros que pudieren ser entregados en el marco de la Promoción. Estos datos serán solicitados vía mensaje interno y no serán expuesto abiertamente. El ganador autorizara el uso y almacenamiento de los datos antes referidos, que serán utilizados por el CONSEJO MINERO y SONAMI u otros terceros autorizados por el CONSEJO MINERO y SONAMI para los efectos del desarrollo de la Promoción, de la entrega del premio, para el envío de comunicaciones de carácter informativo relativas a la Promoción y como contenido de marca para las redes sociales de Metal Chileno en el Mundo, el CONSEJO MINERO y SONAMI, si así se estimase necesario. Los datos personales entregados al CONSEJO MINERO y SONAMI no serán puestos en conocimiento del público, salvo lo expuesto en estas Bases. DÉCIMO TERCERO: Derechos de Propiedad Intelectual Todos los Participantes, por el solo hecho de participar aceptan las Bases y declaran que sus fotografías y comentarios no vulneran derechos de terceras personas, ya sea de propiedad intelectual, industrial o de cualquier otra índole. El CONSEJO MINERO y SONAMI podrá eliminar de la Promoción a aquellos Participantes que envíen materiales cuyo contenido incite al odio, violencia, de corte político o propaganda, que atenten contra el prestigio de la marca, sin perjuicio de las acciones legales que le correspondan.

Asimismo, por el solo hecho de participar en la Promoción, el Participante reconoce que todo comentario y fotografía entregado en el marco de esta Promoción es realizado en virtud de un “TRABAJO POR ENCARGO” y en consecuencia el participante autoriza al CONSEJO MINERO y SONAMI a la utilización de ellas para darle mayor difusión al concurso. El Participante será el único responsable de los perjuicios que pueda ocasionar la utilización de comentarios de terceros, asumiendo toda la responsabilidad por todos los perjuicios que pueda ocasionar a CONSEJO MINERO y SONAMI por ese acto. Adicionalmente, los Ganadores autorizan al CONSEJO MINERO y SONAMI a publicar la foto de su perfil de Facebook, en los medios que estime conveniente, sin que los Ganadores tengan derecho a contraprestación, pago o indemnización por este concepto.

DÉCIMO CUARTO: Modificación de las Bases y Suspensión de la Promoción El CONSEJO MINERO y SONAMI se reservan el derecho a modificar las condiciones y términos contenidos en las Bases, lo que será comunicado oportunamente por los medios que CONSEJO MINERO y SONAMI determinen. Asimismo, y por razones de caso fortuito o fuerza mayor el CONSEJO MINERO y SONAMI podrán cancelar o suspender la Promoción, lo que también será comunicado oportunamente, sin responsabilidad alguna para el CONSEJO MINERO y SONAMI.