Situación actual de la República Bolivariana de Venezuela

29 abr. 2016 - Jesús Torrealba, Secretario de la Mesa de Unidad Democrática, muestra ..... en 2011 por Juan Carlos Calde
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NOTA DE COYUNTURA CENTRO DE ESTUDIOS INTERNACIONALES GILBERTO BOSQUES

Senado de la República, 29 de abril de 2016.

SITUACIÓN ACTUAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA: LUCHA INSTITUCIONAL, CRISIS ECONÓMICA Y HUMANITARIA

Jesús Torrealba, Secretario de la Mesa de Unidad Democrática, muestra las planillas para la recolección de firmas para la activación del referéndum revocatorio en contra del Presidente Nicolás Maduro. Fuente: “Lista planilla de 'firmatón' para referendo”, Confidencial Colombia, 26 de abril de 2016. Consultado el 27 de abril en: http://goo.gl/VJGguo

Introducción La República Bolivariana de Venezuela se encuentra en una crisis institucional, económica y humanitaria sin precedentes. La Asamblea Nacional, conformada por una mayoría opositora al régimen del Presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, aprobó la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional el pasado 30 de marzo, la cual tenía como objetivo liberar a más de 70 líderes políticos, estudiantes y oficiales militares encarcelados acusados de traición e instigación a la violencia,1 entre ellos el líder del Partido Voluntad Popular, Leopoldo López. Además de dicha propuesta, la oposición también ha presentado diferentes iniciativas para intentar cambiar la situación política que vive Venezuela. A inicios de marzo, la Mesa de Unidad Democrática, una coalición de partidos políticos de oposición, presentó un plan llamado “Hoja de Ruta 2016”, en el cual estableció una serie de iniciativas para adelantar el cese del mandato del Presidente Maduro. Entre las propuestas destacan enmendar la Constitución de Venezuela con el objetivo de disminuir el mandato presidencial de seis a cuatro años, remover la reelección indefinida y establecer que el periodo de los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia se reduzca de doce a seis años; realizar un referéndum revocatorio en contra del Presidente Maduro para que concluya anticipadamente su mandato; exigirle al Presidente de Venezuela que renuncie a su cargo; y una serie de movilizaciones y protestas.2 Estas iniciativas han sido lideradas por la mayoría opositora de la Asamblea Nacional, instaurada el 5 de enero de 2016, y requieren del apoyo tanto del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) como de la Comisión Nacional Electoral (CNE) para ser exitosas. Sin embargo, el 25 de abril la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inconstitucional la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional. De forma paralela, señaló que cualquier reforma constitucional que busque reducir el mandato presidencial no puede tener un carácter retroactivo. Por su parte, el Consejo Nacional Electoral retardó el plan de convocar a una consulta popular, ya que fue hasta el 26 de abril que entregó a la oposición las planillas necesarias para la recaudación de las firmas requeridas para activar el referéndum revocatorio. Debido a la gravedad de la situación que se vive en Venezuela, este documento dará seguimiento a una Nota de Coyuntura anterior, en la cual se analizó la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional y la situación de la oposición venezolana,3 y presentará un análisis sobre la situación política venezolana a la fecha de publicación del mismo. Para ello, en un primer apartado se analizará la conformación de la Asamblea Nacional, el Tribunal Supremo de Justicia, la Comisión Nacional Electoral y la relación que estas instituciones mantienen entre sí. En un segundo apartado, se analizará la confrontación entre las instituciones en lo relativo al referéndum revocatorio y a la enmienda constitucional. Finalmente, en un tercer apartado, se abordará la crisis económica y humanitaria, así como el impacto que la lucha institucional ha tenido sobre ella.

Poderes Legislativo, Judicial y Electoral La Asamblea Nacional es un órgano unicameral que ejerce el Poder Legislativo en Venezuela desde 1999, cuando reemplazó al bicameral Congreso de la República. Los Diputados, electos por periodos de seis años, tienen el poder de legislar en materias de competencia nacional, proponer enmiendas y reformas a la Constitución y decretar amnistías, entre otros. Previo a los resultados electorales de diciembre 2015, la Asamblea también ejercía poder

Maolis Castro, “Maduro advierte que no promulgará la ley de amnistía en Venezuela”, 30 de marzo de 2016. Consultado el 31 de marzo de 2016 en: http://internacional.elpais.com/internacional/2016/03/30/actualidad/1459300444_971034.html 2 Maolis Castro, “El Consejo Electoral frena un revocatorio contra Maduro”, El País, 20 de abril. Consultado el 25 de abril de 2016 en: http://internacional.elpais.com/internacional/2016/04/21/actualidad/1461195570_831710.html 3 Centro de Estudios Internacionales Gilberto Bosques, “Asamblea Nacional venezolana aprueba Ley de Amnistía, al tiempo que el Presidente maduro anticipa vetarla: consecuencias y prospectivas”, 8 de abril de 2016. 1

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sobre el Banco Central de Venezuela y las finanzas nacionales, sin embargo, el Presidente Maduro anuló dicha facultad en enero de 2016.4 La elección del 6 de diciembre de 2015, en la cual se eligieron a los 167 miembros que actualmente conforman la Asamblea Nacional, fue histórica debido a la victoria mayoritaria de la Mesa de Unidad Democrática; la oposición no había ganado una elección parlamentaria desde hace 16 años. 5 Hasta entonces, la Asamblea Nacional se había conformado por una mayoría del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) – partido fundado por el ex Presidente Hugo Chávez y al cual pertenece el Presidente Nicolás Maduro. La Asamblea se instauró el 5 de enero de 2016 con 109 miembros de la Mesa de Unidad Democrática y 54 del Gran Polo Patriótico de Simón Bolívar, la coalición de partidos políticos y movimientos sociales de izquierda que apoyan la “Revolución Bolivariana”, el proyecto ideológico del ex Mandatario Hugo Chávez heredado por el actual Presidente de la República. Por otro lado, tanto el Presidente de la Asamblea Nacional, Henry Ramos Allup, como el Vicepresidente de la misma, Enrique Márquez, son miembros de la Mesa de Unidad Democrática. Por su parte, el Tribunal Supremo de Justicia cuenta con 32 Magistrados, electos por la Asamblea Nacional, los cuales pueden ejercer su cargo por un periodo único de 12 años. Los Diputados de la Asamblea pasada (2010-2015) eligieron en 2014 a 16 Magistrados del Tribunal Supremo y en 2015, antes de finalizar su último periodo de sesiones, eligieron a 13 más.6 El Tribunal Supremo tiene la facultad de invalidar leyes o acciones de otras dependencias gubernamentales que considere inconstitucionales.7 Asimismo, atiende acusaciones contra funcionarios públicos de alto rango, casos que involucren a agentes diplomáticos y algunos casos entre el Estado e individuos. 8 Por último, el Consejo Nacional Electoral de Venezuela (CNE) es uno de los 5 “Poderes Públicos de Venezuela”. 9 Fue fundado como una rama independiente del gobierno en 1999, y desde sus inicios ha logrado convocar altos porcentajes de votantes. 10 Tiene un sistema de votación automatizado con pantallas touch screen que imprimen un recibo confirmando la selección del ciudadano, el cual posteriormente se deposita en la urna electoral. El fraude en las elecciones venezolanas ha sido considerado “prácticamente imposible” tanto por el Consejo Nacional Electoral como por los políticos de la oposición (incluyendo la Mesa de Unidad Democrática), dado que el conteo de votos se hace a través de un sistema encriptado, el cual testigos de todos los partidos pueden vigilar.11 Hasta el 2006, el Tribunal contaba con observación internacional, sin embargo, ahora únicamente se permite el “acompañamiento” de las elecciones. En 2004, el entonces Diputado Nicolás Maduro, advirtió a los observadores internacionales que debían respetar a las autoridades electorales nacionales o serían deportados.12 En las elecciones de la Asamblea

Daniel Lansberg-Rodríguez, “Venezuela’s Supreme Court Suspends the Opposition-Dominated Parliament”, Foreign Policy, 13 de enero de 2016. Consultado el 27 de abril de 2016 en: http://goo.gl/AcUiqY 5 “Oposición en Venezuela obtiene histórica Victoria en las elecciones parlamentarias”, BBC Mundi, 7 de diciembre de 2015. Consultado el 27 de abril de 2016 en http://goo.gl/5lwjT3 6 Kejal Vyas, Anatoly Kurmanaev, “Maduro’s Allies Stack Venezuela’s Supreme Court”, The Wall Street Journal, 23 de diciembre de 2015. Consultado el 27 de abril de 2016 en: http://goo.gl/psMIaA 7 Antonio Ramírez, Luis Bergolla, “Update:An Introduction to Venezuelan Governmental Institutions and Primary Legal Sources”, Hauser Global Law School Program NYU Law, octubre 2015. Consultado el 27 de abril de 2016 en: http://www.nyulawglobal.org/globalex/venezuela1.html 8 Antonio Ramírez, Luis Bergolla, ídem 9 Los cinco poderes públicos son el Legislativo, Ejecutivo, Judicial, poder ciudadano y el poder electoral. 10 Tibisay Lucena Ramírez, “Venezuela’s Electoral Processes Are Watertight”, Huffington Post, 2 de diciembre de 2015. Consultado el 27 de abril de 2016 en http://goo.gl/tJK5hQ 11 Daniel Pardo, “Cuán ventajistas son realmente las elecciones en Venezuela?”, BBC, 1 de diciembre de 205. Consultado el 27 de abril de 2016 en: http://goo.gl/2Zz1Yd 12 Daniel Lansberg-Rodríguez, “For Venezuela, Election Monitoring With a Wink and a Nod”, Foreign Policy, 10 de agosto de 2015. Consultado el 27 de abril de 2016 en: http://goo.gl/VnHypm 4

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Nacional de 2015, se permitió el acompañamiento de la Unión de Naciones de América del Sur (UNASUR), organización fundada en 2008 por el entonces Presidente Hugo Chávez, entre otros.13 El proceso Legislativo en Venezuela, una de las principales causas de la lucha institucional, tiene siete pasos en los cuales participan, de una forma u otra, los tres Poderes del Estado: iniciativa de ley, debate, votación, aprobación, sanción, promulgación y publicación. Cualquier Legislación puede ser iniciada por el Poder Ejecutivo; el Poder Legislativo (ya sea por un Comité de la Asamblea Nacional o por tres Diputados); el Tribunal Supremo de Justicia; las instituciones de poder ciudadano; el poder electoral en lo que se refiere a Leyes Electorales; o mediante una petición pública firmada por el 0.1% de la población registrada en el padrón electoral. 14 Según las atribuciones actuales del Tribunal Supremo de Justicia, éste puede analizar un proyecto de ley a petición del Presidente de la República para determinar su constitucionalidad. El choque entre los Poderes del Estado en Venezuela ha sido ampliamente documentado, y se considera se debe en parte a que el Poder Legislativo actualmente es controlado por la oposición, mientras que el Poder Judicial se identifica más cercanamente con las políticas y objetivos del Poder Ejecutivo. 15 La Asamblea Nacional y, particularmente, el Tribunal Supremo de Justicia han estado en desacuerdo sobre varios temas propuestos desde el inicio de la nueva Legislatura. En efecto, durante la toma de posesión, el Tribunal declaró a la Asamblea en desacato cuando ésta ignoró un fallo judicial que suspendía la proclamación de cuatro Legisladores de la Mesa de Unidad Democrática por supuestas irregularidades electorales.16 Desde entonces, el Tribunal declaró vigente el Decreto de Emergencia Económica, rechazado por la Asamblea Nacional (12 de febrero),17 declaró inconstitucional la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional promulgada por la Asamblea Nacional (11 de abril) 18, la Reforma Parcial de la Ley del Banco Central de Venezuela (31 de marzo), y más recientemente, rechazó una propuesta de enmienda a la Constitución y declaró inconstitucional la Reforma Parcial a la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia, temas que serán abordados más adelante.19 Resulta relevante mencionar que el Tribunal Supremo de Justicia, ha tomado más de 45,000 decisiones en los últimos doce años, sin embargo, jamás ha fallado en contra del Poder Ejecutivo.20

Situación política actual: lucha institucional El 25 de abril, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró que la Ley de Amnistía y Reconcilación Nacional era inconstitucional. Debido a que la sentencia es vinculante, ninguna autoridad judicial o policial puede aplicarla. Esto sin duda, fue un duro golpe para la oposición venezolana. Debido al fallo, los detenidos cuentan con tres opciones. La primera es que cada uno de los presos continúe con sus juicios y

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Ídem Antonio Ramírez, Luis Bergolla, op. cit 15 Daniel Pardo, “Venezuela: ¿cómo puede Maduro bloquear las leyes que dicte la nueva Asamblea Nacional de mayoría opositora?”, BBC, 15 de diciembre de 2015. Consultado el 27 de abril de 2016 en: http://goo.gl/5rxs2y 16 “Tribunal Supremo declara desacato a Asamblea Nacional de Venezuela”, Notimex, 11 de enero de 2016. Consultado el 27 de abril de 2016 en: http://www.radioformula.com.mx/notas.asp?Idn=561625&idFC=2016 17 “El Tribunal Supremo de Venezuela declara válido y vigente el decreto de emergencia económica”, BBC, 12 de febrero de 2016. Consultado en: http://goo.gl/wI1FwH 18 Anatoly Kurmanaev, “Venezuela Top Court Annuls Amnesty Law”, The Wall Street Journal, 11 de abril de 2016. Consultado el 27 de abril de 2016 en http://goo.gl/njtqKv. 19 “Top Venezuela court blocks bid to cut Presidente Maduro’s term”, BBC, 25 de abril de 2016. Consultado el 27 de abril de 2016 en: http://www.bbc.com/news/world-latin-america-36136282; El Universo, “Violencia y escases agravan la crisis entre venezolanos”, 3 de abril de 2016, consultado el 25 de abril en: http://www.eluniverso.com/noticias/2016/04/03/nota/5499819/violencia-escasez-agravan-crisisvenezolanos 20 Daniel Lansberg-Rodríguez, “Venezuela’s Supreme Court Suspends the Opposition-Dominated Parliament”, ídem 14

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apelaciones, esperando una sentencia favorable, ya que la mayoría de los presos aun no han sido condenados.21 Una segunda, que considera posible Bernardo Pulido, miembro del equipo de abogados de Leopoldo López, es que la Sala Constitucional aplique un proceso de revisión de sentencias. Mientras que una tercera es que los presos políticos reciban un indulto presidencial. Las tres opciones, sin embargo, necesitarían del apoyo del Tribunal Supremo de Justicia o del Presidente de la República. Debido a que el Presidente de Venezuela ya ha declarado que las personas detenidas no son presos políticos sino criminales y ha vetado la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional, mientras que el Tribunal Supremo de Justicia ha emitido varias resoluciones que afectan decisiones importantes de la Asamblea Nacional mencionadas previamente, es poco probable que se conceda un indulto presidencial o que el Tribunal revise las sentencias y otorgue fallo favorable. No obstante, la oposición está impulsando varias iniciativas para tratar de acortar el mandato presidencial de Nicolás Maduro y asimismo, cambiar la situación política que se vive en Venezuela, y la suerte de los detenidos. Por un lado, se está impulsado la celebración de un referéndum político en contra del Presidente Maduro para destituirlo y por otro, se pretende enmendar la Constitución, ambos temas serán analizados más adelante. Si resultara exitosa alguna de estas iniciativas, un nuevo Presidente podría coincidir con la postura de la oposición y conceder el indulto a los detenidos. Antes de abordar estas dos iniciativas, es importante mencionar otras situaciones de relevancia actual sobre la situación política y la relación entre la Asamblea Nacional y el Tribunal Supremo de Justica. El 7 de abril, la Asamblea Nacional aprobó el Proyecto de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia 22 en aras de limitar el poder actual del Tribunal y contar con una mayor participación en los pronunciamientos de la Sala Constitucional. Algunos de los cambios más relevantes establecidos en esta reforma son la modificación del Artículo 8 y del Artículo 146 de dicha Ley. La modificación del primer artículo, pretende aumentar el número de Magistrados de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de 7 a 15 integrantes.23 Grosso modo, la modificación del Artículo 146 busca que al momento en que la Sala Constitucional reciba alguna solicitud del Presidente de la República para revisar la constitucionalidad de una ley aprobada por la Asamblea Nacional, según lo dispuesto en el Artículo 214 constitucional, la admita dentro de los tres días siguientes a su presentación y al admitirla, ordene la citación de la Asamblea Nacional.24 Además, de conformidad con la propuesta, el Tribunal deberá fijar una audiencia pública para que el Presidente de la República exponga sus consideraciones sobre la inconstitucionalidad de la Ley sancionada, mientras que la Asamblea Nacional también podrá presentar sus argumentos a favor.25 Sin embargo, este proyecto de reforma fue declarado inconstitucional por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.26 Por su parte, el 24 de abril, el Tribunal Supremo de Justicia admitió una medida cautelar contra la Reforma Parcial del Reglamento de Interior y de Debate de la Asamblea Nacional, realizada en 2010 e introducida ante el Tribunal en 2011 por Juan Carlos Caldera, Eduardo Sigala, María Corina Machado, Marquina, Pizarro y Zambrano, integrantes de la Mesa de Unidad Democrática, asistidos por los abogados Ramón Guillermo Aveledo, Jesús María

“Venezuela aprueba una ley para activar el referéndum revocatorio de Maduro”, BBC Mundo, 21 de abril de 2016. Consultado el 25 de abril de 2016 en: http://www.bbc.com/mundo/noticias/2016/04/160420_america_latina_venezuela_ley_asamblea_revocatorio_maduro_dp_dgm 22 “La Asamblea Nacional de Venezuela aprueba ley de amnistía a “presos políticos”, op. cit. 23 Dip. Delsa Solórzano y Dip. Juan Miguel Matheus, “Informe para Segunda Discusión. Proyecto de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia”, Asamblea Nacional. República Bolivariana de Venezuela. Consultado el 26 de abril de 2016 en: http://www.asambleanacional.gob.ve/uploads/documentos/doc_c56f88aabf9686f405dc54fc52433ce8630d12f4.pdf 24 De igual manera, podrá notificar a otros órganos de rango constitucional, dependiendo del contenido de la ley. 25 Dip. Delsa Solórzano y Dip. Juan Miguel Matheus, op. cit. 26 Mariel Lozada, “En los primeros 100 días la AN aprobó cinco leyes, negadas luego por Maduro y el TSJ”, Efecto Cocuyo, 14 de abril de 2016. Consultado el 27 de abril de 2016 en: http://efectococuyo.com/efecto-cocuyo/politikom/en-los-primeros-100-dias-la-an-aprobo-cincoleyes-negadas-por-el-tsj 21

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Casal y Manuel Rojas Pérez.27 El Máximo Tribunal del país acordó, entre otras cosas, que las Sesiones de la Asamblea Nacional deben ser convocadas con 48 horas de antelación como mínimo, que el orden del día no puede ser cambiado una vez que haya sido cargado al sistema automatizado, y que el estudio de impacto e incidencia presupuestaria y económica debe ser concertado con el Poder Ejecutivo.28 Referéndum revocatorio en contra del Presidente Nicolás Maduro Según lo establecido en el Artículo 72 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,29 todos los cargos y magistraturas de elección popular pueden ser revocados una vez que haya transcurrido la mitad del periodo para el cual fue elegido el funcionario en cuestión. El 19 de abril, el Presidente Nicolás Maduro cumplió con la mitad de su periodo presidencial. El referéndum revocatorio ha sido impulsado por la oposición desde el 3 de abril. Sin embargo, para activar este proceso la oposición necesitaba recabar las firmas y huellas dactilares del 1% del total de los inscritos en el padrón electoral (197,978 firmas) dentro de un plazo de 30 días a partir de la entrega de las planillas correspondientes por el Consejo Electoral Nacional (26 de abril). De forma posterior, según lo indica el último Reglamento de Referendos, necesitará recabar cerca de 4 millones de firmas y huellas dactilares (el 20% de los inscritos en el padrón electoral). Sí el Consejo Nacional Electoral certifica las últimas firmas, convocará a un referéndum en el que deben participar cerca de 5 millones de personas.30 En caso de que se realice la consulta pública, el Presidente Maduro necesitará obtener un número igual o mayor de los votos que consiguió en la elección de 2013, el 50.61% de los votos a favor, lo que representa 7,857,532 votos.31 A pesar de que la oposición esperaba que el Consejo Nacional Electoral entregara las planillas desde el 9 de marzo,32 el Consejo las entregó el 26 de abril.33 La recolección de las casi 200,000 firmas inició el 27 de abril. A la fecha de publicación de este documento, la oposición recabó, en el plazo de dos días, 1,102,236 rúbricas, ocho veces más de las necesarias en la primera etapa del proceso.34 Una vez que el Consejo Nacional Electoral las revise, deberá dar su autorización para que la oposición inicie la recolección de las firmas requeridas en la segunda etapa del proceso (casi 4 millones). Posteriormente, el Consejo Nacional Electoral deberá considerar si se cumplen correctamente todas las condiciones del proceso para que efectivamente convoque al plebiscito a finales de año.

Enmienda constitucional Respecto a la enmienda constitucional, el Diputado Américo De Grazia, dirigente del Partido La Causa Radical, señaló a inicios de marzo que la mayoría simple del Congreso podía pedirle al Consejo Nacional Electoral la

“Instan a oposición acatar sentencia del TSJ sobre reforma parcial del reglamento interno de AN”, Correo del Orinoco, 24 de abril de 2016. Consultado el 27 de abril de 2016 en: http://www.correodelorinoco.gob.ve/nacionales/instan-a-oposicion-acatar-sentencia-tsj-sobre-reformaparcial-reglamento-interno-an/ 28 “Rodríguez pide a la MUD que acate sentencia del TSJ sobre reglamento de la AN”, El Mundo, 24 de abril de 2016. Consultado el 27 de abril de 2016 en: http://www.elmundo.com.ve/noticias/mundo-corporativo/sociales/rodriguez-pide-a-la-mud-que-acate-sentencia-del-ts.aspx 29 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial Extraordinaria N° 36.860, 30 de diciembre de 1999. Consultado el 26 de abril de 2016 en: http://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_Venezuela.pdf 30 “Autoridad electoral de Venezuela da primer paso para activar referendo revocatorio de Maduro”, BBC Mundo, 26 de abril de 2016. Consultado el 27 de abril de 2016 en: http://www.bbc.com/mundo/noticias/2016/04/160426_venezuela_planilla_cne_revocatorio_dp 31 Maolis Castro, “El Consejo Electoral frena un revocatorio contra Maduro”, op. cit 32 Maolis Castro, “La oposición toma el Consejo Electoral para exigir un revocatorio contra Maduro”, El País, 21 de abril. Consultado el 25 de abril de 2016 en: http://internacional.elpais.com/internacional/2016/04/22/actualidad/1461283962_232892.html?rel=cx_articulo#cxrecs_s 33 Cabe mencionar que un día antes de que el Consejo Nacional Electoral entregara las planillas, la oposición amenazó con una marcha de todos los estados el día 27 de abril para exigir su entrega. A. Vásquez y D. Lozano, “El Supremo frena la enmienda Constitucional para recortar el Gobierno de Maduro”, El Mundo, 25 de abril de 2016. Consultado el 26 de abril de 2016 en: http://www.elmundo.es/internacional/2016/04/25/571e89a222601d236c8b45f4.html 34 Alfredo Meza, “La oposición reúne un millón de firmas para pedir la destitución de Maduro”, El País, 29 de abril de 2016. Consultado el 29 de abril de 2016 en: http://internacional.elpais.com/internacional/2016/04/29/america/1461889070_745316.html 27

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activación de ese proceso.35 Las reformas que se esperan lograr por la vía de la enmienda son recortar el mandato presidencial de seis a cuatro años, eliminar la reelección indefinida y reducir el período de los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia de doce a seis años.36 Sin embargo, el 25 de abril, antes de que la enmienda se discutiera por segunda ocasión en la Asamblea Nacional, el Tribunal Supremo de Justicia sentenció que una enmienda constitucional no puede tener efectos retroactivos por lo cual, a pesar de que se aprobara la iniciativa de la Asamblea Nacional ésta no tendría efecto alguno sobre el gobierno del Presidente Nicolás Maduro, sino que afectaría al siguiente Presidente.37 Según el fallo del Máximo Tribunal, la enmienda constitucional "constituiría un quebrantamiento incuestionable al ejercicio de la soberanía" y desconocería la voluntad popular.38 Además, se estableció en la sentencia número 2016-0271, que el tratar de usar la figura de la enmienda constitucional para acotar el periodo de un funcionario de elección popular constituye un fraude a la Constitución.39 Este fallo también ha sido un duro golpe para la oposición. Pareciera ser que la opción más viable para la misma es la realización del referéndum revocatorio. Según los estudios de opinión realizados por Datanálisis, por lo menos 65% del total de los encuestados son favorables al cese del mandato del Presidente Maduro.40 El Presidente actualmente enfrenta una de las peores crisis de popularidad de todo su mandato.41 Las acusaciones sobre violaciones a los Derechos Humanos, los escándalos de corrupción y la crisis económica y humanitaria existente en Venezuela son los principales motivos de ello.

Crisis económica y humanitaria Además de la lucha institucional de Venezuela, el país enfrenta una de sus peores crisis económicas y humanitarias. Varios analistas consideran que, precisamente esta lucha ha imposibilitado la resolución de la crisis, incluso señalan que la ha agravado, ocasionando daños a la población que tanto la oposición como el gobierno buscan proteger. Desde inicios de este año, momento en que la oposición venezolana asumió su mayoría en la Asamblea Nacional, los enfrentamientos políticos y legales han sido constantes,42 mientras que la crisis no deja de exacerbarse. La calidad de vida de la población venezolana cada vez se deteriora más. Un estudio de académicos venezolanos de 2015 midió la pobreza según los ingresos salariales y determinó que el 76% de la población vive en pobreza.43 La gran escasez de medicamentos, alimentos y productos básicos ha llevado a la Asamblea Nacional a declarar una crisis humanitaria de salud en enero de 201644 y una crisis alimentaria nacional en febrero del mismo año.45 Por su

“Oposición impulsará referendo para revocar mandato de Maduro”, El Financiero, 3 de marzo de 2016. Consultado el 26 de marzo de 2016 en: http://www.elfinanciero.com.mx/mundo/oposicion-impulsara-referendo-para-revocar-mandato-de-maduro.html 36 “Oposición impulsará referendo para revocar mandato de Maduro”, op. cit. 37 A. Vásquez y D. Lozano, op. cit. 38 Ídem 39 Ídem 40 Ídem 41 Maolis Castro, “La oposición toma el Consejo Electoral para exigir un revocatorio contra Maduro”, op. cit. 42 Daniel Pardo, “Venezuela aprueba una ley para activar el referéndum revocatorio de Maduro”, BBC Mundo, 21 de abril de 2016. Consultado el 25 de abril de 2016 en: http://www.bbc.com/mundo/noticias/2016/04/160420_america_latina_venezuela_ley_asamblea_revocatorio_maduro_dp_dgm 43 Danielle Renwick, Brianna Lee, ídem 44 “Asamblea de Venezuela declara crisis humanitaria de salud”, CNN, 26 de enero de 2016. Consultado el 26 de abril de 2016 en: http://cnnespanol.cnn.com/2016/01/26/asamblea-de-venezuela-declara-crisis-humanitaria-de-salud/#0 45 Holly K. Sonneland, op. cit. 35

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parte, el gobierno del Presidente Maduro ha rechazado la necesidad de recibir ayuda internacional, dado que ésta “compromete la soberanía nacional”, y no ha respondido a los llamados de la Asamblea Nacional.46 La escasez de alimentos, de medicamentos y equipos médicos, existente desde el año pasado, se ha agudizado en los últimos meses. Según la Federación Farmacéutica de Venezuela, la escasez de medicamentos a inicios de año era aproximadamente del 80%.47 Junto con esto, la oposición ha señalado que los hospitales públicos carecen de insumos y medicamentos. Por otra parte, el incremento constante de los precios –según el Informe semestral de Perspectivas Económicas del Fondo Monetario Internacional, la inflación de Venezuela será del 700% en el 2016 y de 2,200% en el 2017-48 y la escasez de alimentos se traduce en largas filas para conseguirlos, así como en un problema de desnutrición. También ha provocado saqueos y violencia. El nivel de inseguridad es de tal magnitud que se catalogó a la ciudad de Caracas como la más violenta del mundo, según el Informe del Consejo Ciudadano para la Seguridad Pública y la Justicia Penal difundido a inicios de año en México.49 50 Si bien el gobierno ha tratado de estimular la demanda mediante el gasto público, la oferta no aumenta, lo que ha llevado a un incremento desproporcional de los precios. La razón por la cual la oferta no puede estimularse está relacionada con la caída de la producción del sector privado –según el Fondo Monetario Internacional, este año la economía venezolana se reducirá en un 8%, previo a la desaceleración económica de 5.7% en 2015-,51 el cual, a su vez, se vincula con la disminución de las importaciones tras la caída de los precios internacionales del petróleo.52 Cabe resaltar que, según información reciente, el gobierno de Venezuela está luchando para poder imprimir billetes nuevos lo suficientemente rápido para poder enfrentar el aumento desenfrenado de los precios.53 Sin embargo, la mayor parte del dinero en efectivo es importado.54 El nivel de las reservas de divisas del Banco Central es crítico, por lo que los pagos a los proveedores extranjeros se están aletargando, complicando aún más la llegada de insumos al país. Por otra parte, desde enero el gobierno ha aplicado un férreo control sobre el uso de energía. En días recientes las medidas se han vuelto aún más estrictas para postergar un posible colapso del sistema energético.55 Debido a las sequías, la principal planta hidroeléctrica de Venezuela amenaza con colapsar. El 25 de abril, el gobierno anunció que desde ese momento se aplicarán cortes programados de luz de cuatro horas diarias durante 40 días en todo el país,56 aunque no hay garantía de que se suspendan una vez concluido el plazo.57 Junto con esto, redujo la jornada laboral del sector público a 2 días de trabajo por lo menos durante las próximas semanas; ha obligado a los centros comerciales a generar su propia energía; implementado asuetos inusuales; modificado el huso horario; cerrado las 46

Ídem “Asamblea de Venezuela declara crisis humanitaria de salud”, op. cit. 48 Alfredo Meza, “El FMI pronostica una inflación del 700% en Venezuela”, El País, 27 de abril de 2016. Consultado el 27 de abril en: http://economia.elpais.com/economia/2016/04/27/actualidad/1461768650_309846.html 49 “Violencia y escasez agravan la crisis entre venezolanos”, El Universo, 3 de abril de 2016. Consultado el 25 de abril de 2016 en: http://www.eluniverso.com/noticias/2016/04/03/nota/5499819/violencia-escasez-agravan-crisis-venezolanos 50 Según datos extraoficiales publicados por varios medios venezolanos, en lo que va del año se han registrado 1,360 muertes violentas en Caracas. Ídem 51 José Orozco, “Venezuela Orders Five-Day Weekends in Bid to Save Power Grid, Bloomberg, 27 de abril de 2016. Consultado el mismo día en: http://www.bloomberg.com/news/articles/2016-04-27/venezuela-declares-two-day-work-week-in-bid-to-save-electricity 52 “Venezuela: reducen consumo de alimentos por escasez”, Aristegui Noticias, 26 de abril de 2016. Consultado el 26 de abril de 2016 en: http://aristeguinoticias.com/2504/mundo/venezuela-reducen-consumo-de-alimentos-por-escasez/ 53 Andrew Rosati, “Venezuela Doesn't Have Enough Money to Pay for Its Money, Bloomberg, 27 de abril de 2016. Consultado el mismo día en: http://www.bloomberg.com/news/articles/2016-04-27/venezuela-faces-its-strangest-shortage-yet-as-inflation-explodes 54 Ídem 55“Venezuela aplicará cortes de luz de cuatro horas al día”, El País, 23 de abril de 2016. Consultado el 25 de abril de 2016 en 56 Cabe destacar que la ciudad de Caracas, en la cual residen los poderes del Estado, y los estados de Vargas y Nueva Esparta, dos de las 24 entidades federales de Venezuela ubicadas en la Región Capital al norte del país y en la Región Insular al noroeste del país, son se incluyen en el plan de racionamiento energético. Maolis Castro, “Venezuela aplicará cortes de luz de cuatro horas al día”, El País, 23 de abril de 2016. Consultado el 25 de abril de 2016 en: http://internacional.elpais.com/internacional/2016/04/23/actualidad/1461367431_101501.html?rel=cx_articulo#cxrecs_s 57 ídem 47

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escuelas los viernes;58 y evalúa un incremento en las tarifas de la energía eléctrica (destinado principalmente al sector residencial). Los apagones inesperados se han vuelto una constante, aunque existen desde hace una década. Recientemente, Venezuela ha solicitado ayuda de emergencia a la Organización de las Naciones Unidas para la construcción de obras públicas que se cree ayudarán al país al recuperarse de esta situación.59

Consideraciones finales Mientras que la crisis política y la lucha institucional parecen no tener solución inmediata, la crisis económica y humanitaria cada día se agudiza más, afectando el bienestar de la población y convirtiendo insostenible la situación actual que vive el país. Según indica el Fondo Monetario Internacional, el nivel de inflación de Venezuela está fuera de control y las medidas del gobierno del Presidente Nicolás Maduro no son suficientes para superar el desajuste económico y fiscal del país.60 El descontento social aumenta. La pérdida de popularidad del Mandatario Nicolás Maduro, las crecientes protestas y saqueos, así como la victoria de la oposición en las elecciones parlamentarias de 2015 son prueba de ello. A pesar de que tanto la oposición como el gobierno han declarado su disposición a dialogar, la realidad demuestra lo contrario. La situación podría agravarse aún más. El desarrollo del proceso del referéndum revocatorio, una de las soluciones más viables para la oposición, ha iniciado. La oposición logró recabar en dos días una cantidad de firmas mucho mayor a la requerida en la primera fase del proceso. Sin embargo, está pendiente que el Consejo Nacional Electoral otorgue su autorización para que el proceso continúe a la siguiente etapa, la recolección de casi 4 millones de firmas. Una vez recabadas, el Consejo Nacional Electoral deberá dar su consentimiento para que la celebración del referéndum sea una realidad. Mientras tanto, las acciones que realicen la oposición y aquellos a favor del régimen del Presidente Maduro, serán cruciales para el futuro del país y de la sociedad venezolana.

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José Orozco, op. cit. Ídem 60 Alfredo Meza, “El FMI pronostica una inflación del 700% en Venezuela”, op. cit. 59

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Centro de Estudios Internacionales Gilberto Bosques Unidad de Estudios y Análisis Internacionales Coordinadora General Adriana González Carrillo Jefa de Unidad Renata D. Bueron Valenzuela Colaboraron en la elaboración y edición de este documento: Greta Bucher Suárez Inés Carrasco Scherer

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