Ricardo Brancoli Bravo

en donde en lo principal, solicita que se decrete una medida para mejor resolver y en el otrosí, un peritaje. En virtud
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SE TENGA PRESENTE PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES

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ILUSTRE TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL DE VALDIVIA

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Ricardo Brancoli Bravo, abogado, por su representada, en los autos sobre acción

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de reparación de daño ambiental, caratulados “ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUERTO VARAS

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CON ESSAL S.A.”,

Rol D-30-2017, a S.S. Ilustre, respetuosamente digo:

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Esta parte ha tomado conocimiento, que la demandante en esta causa, esto es, la

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Ilustre Municipalidad de Puerto Varas, ha presentado un escrito ante este Ilustre Tribunal

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en donde en lo principal, solicita que se decrete una medida para mejor resolver y en el

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otrosí, un peritaje.

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En virtud de lo anterior, se hace necesario hacer presente lo siguiente:

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1.

Que las normas procesales contempladas en la Ley 20.600, son normas de orden

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público, y por lo tanto, en ese carácter no pueden ser vulneradas, siendo de esta forma las

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medidas para mejor resolver de facultad exclusiva del tribunal.

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2.

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cierto de este Ilustre Tribunal, suplir prueba que al efecto no rindió.

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3.

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falta de prueba referente a la existencia de un daño ambiental, que por cierto no existe, y

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lo feble de la prueba rendida por la demandante en esta causa.

Que la contraria pretende vía una medida para mejor resolver y valiéndose por

Que la presentación efectuada, no hace sino demostrar y ratificar una vez más, la

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POR TANTO,

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RUEGO A ESTE ILUSTRE TRIBUNAL AMBIENTAL: Se sirva tenerlo presente para todos lops

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efectos legales.

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Ricardo Brancoli Bravo - 1 -

Firmado digitalmente por Ricardo Brancoli Bravo Fecha: 2018.08.02 19:38:25 -04'00'