Propuesta Resolución Adjudicación PA

DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DEL EXPEDIENTE DE .... la Ley de Contratos del Sector Público en el plazo de quince dí
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RESOLUCIÓN DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO POR LA QUE SE ACUERDA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DEL EXPEDIENTE DE TRAMITACIÓN ORDINARIA QUE TIENE POR OBJETO LA CELEBRACIÓN DE UN ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE REACTIVOS, MATERIAL FUNGIBLE Y PEQUEÑO EQUIPAMIENTO PARA LOS LABORATORIOS DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO, INNOVACIÓN Y DOCENCIA DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO, dividido en los siguientes lotes: LOTE 1: Reactivos Químicos LOTE 2: Materiales fungibles de laboratorio LOTE 3: Pequeño equipamiento científico de laboratorio y repuestos de los equipamientos existentes. (EXPEDIENTE INV 2017/24). ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO: Por Resolución del Rector de la Universidad de Oviedo, de fecha 11 de julio de 2017, se aprueba el expediente de tramitación ordinaria que tiene por objeto la celebración de un ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE REACTIVOS, MATERIAL FUNGIBLE Y PEQUEÑO EQUIPAMIENTO PARA LOS LABORATORIOS DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO, INNOVACIÓN Y DOCENCIA DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO, dividido en los siguientes lotes: LOTE 1: Reactivos Químicos LOTE 2: Materiales fungibles de laboratorio LOTE 3: Pequeño equipamiento científico de laboratorio y repuestos de los equipamientos existentes. y se establece un límite máximo de gasto de 8.000.000,00 €, para el periodo inicial del Acuerdo Marco, con el siguiente reparto por lotes: Nº Lote

Descripción

Importe Neto

IVA (21 %)

Importe Total

1

Productos químicos en estado sólido y líquido.

2.479.338,84 €

520.661,16 €

3.000.000,00 €

2

Material fungible de Laboratorio.

2.479.338,84 €

520.661,16 €

3.000.000,00 €

3

Pequeño equipamiento científico de laboratorio y repuestos de los equipamientos existentes

1.652.892,57 €

347.107,43 €

2.000.000,00 €

6.611.570,25 €

1.388.429,75 €

8.000.000,00 €

TOTAL Y distribuido en las siguientes anualidades: Anualidad (*)

Importe Neto

IVA (21 %)

Importe Total

2017

550.964,19 €

115.702,48 €

666.666,67 €

2018

3.305.785,12 €

694.214,88 €

4.000.000,00 €

2019

2.754.820,94 €

578.512,39 €

3.333.333,33 €

TOTAL

6.611.570,25 €

1.388.429,75 €

8.000.000,00 €

(*) Fecha prevista de inicio del Acuerdo Marco el 1 de noviembre de 2017 La convocatoria del procedimiento de licitación fue publicada en el B.O.E. número 167, de 14 de julio de 2017 y en el DOUE de 14 de julio de 2017. SEGUNDO: Con fecha 27 de julio de 2017 se recibe en el Servicio de Contratación y Patrimonio solicitud del Vicerrector de Investigación de la Universidad de Oviedo en que se comunica la intención de proponer desistimiento del procedimiento iniciado.

TERCERO: El motivo del desistimiento es el de clarificar algunos puntos del ACUERDO MARCO con el fin de favorecer una mayor competencia en el sector de las posibles empresas implicadas, así como adaptarse aún más a los procedimientos administrativos de tramitación electrónica. Con ello se pretende favorecer una mayor concurrencia competitiva de las empresas interesadas en presentar propuestas. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO: Es de aplicación al presente expediente de contratación las disposiciones del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, del R.D. 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, así como las disposiciones de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades. SEGUNDO: El artículo 155 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público recoge el desistimiento del procedimiento de adjudicación por la Administración, indicando que el desistimiento del procedimiento sólo podrá acordarse por el órgano de contratación antes de la adjudicación y que el desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. TERCERO: El artículo 155.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público establece, asimismo, que en el caso en que el órgano de contratación renuncie a celebrar un contrato para el que haya efectuado la correspondiente convocatoria, o decida reiniciar el procedimiento para su adjudicación lo notificará a los candidatos o licitadores, informando también a la Comisión europea de esta decisión cuando el contrato haya sido anunciado en el Diario Oficial de la Unión Europea. CUARTO: La competencia para decidir corresponde al Rector según lo dispuesto en el artículo 206 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo, aprobados por Decreto 12/2010, de 3 de febrero, del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.

En virtud de los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho expuestos, RESUELVO PRIMERO: Desistir del procedimiento de contratación del ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE REACTIVOS, MATERIAL FUNGIBLE Y PEQUEÑO EQUIPAMIENTO PARA LOS LABORATORIOS DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO, INNOVACIÓN Y DOCENCIA DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO, dividido en los siguientes lotes: LOTE 1: Reactivos Químicos LOTE 2: Materiales fungibles de laboratorio LOTE 3: Pequeño equipamiento científico de laboratorio y repuestos de los equipamientos existentes. SEGUNDO: Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Perfil del Contratante de la Universidad de Oviedo, en el BOE y en el DOUE. TERCERO: Advertir a los interesados que la presente Resolución agota la vía administrativa, y contra la misma podrán interponer el recurso especial en materia de contratación regulado en los artículos 40 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación. Contra la resolución del recurso especial podrá interponerse posteriormente recurso contencioso administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, a tenor del artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso – Administrativa. Oviedo, a 27 de julio de 2017 EL RECTOR,

11379645G SANTIAGO GARCIA (R: Q3318001I)

Firmado digitalmente por 11379645G SANTIAGO GARCIA (R: Q3318001I) Fecha: 2017.07.28 16:47:02 +02'00'

Fdo.: Santiago García Granda