AcuflA GODOY ROQUE ADOLFO Y OTROS el E.N. - MINISTERIO DEL INTERIOR - POLlcrA FEDERAL sI ordinario. (RECURSO EXTRAORDINARIO)
S.C., A.1295, L.XLVIII.
s
U
P r e m a
t e
.C o r
-
Contra
1 -
sentencia
la
Apelaciones de General Roca que, instancia anterior, haber mensual
de
la
de
de
al confirmar la decisión de la
condenó al Estado Nacional a
los
Federal
Cámara
coactores
el
suplemento
incorporar al
"responsabilidad
por cargo o función" creado por el decreto 2744/93 y a pagarles las
diferencias
originadas
salariales
en
incorrecta
su
liquidación durante los cinco años anteriores a la interposición de
los
administrativos,
reclamos
los
más
intereses
correspondientes por aplicación de la'tasa activa que utiliza el Banco de descuento, 148/153,
la Nación Argentina en sus operaciones habituales de la demandada dedujo el recurso extraordinario de fs. que
interpretación denegado
fue de
concedido normas
respecto
de
a
de
la
fs.
161/162
carácter
tasa
de
federal
interés
en y
orden
a
la
expresamente
aplicable
y
la
prescripción, sin que se interpusiera queja alguna.
-
A mi modo de ver,
II -
las cuestiones que se debaten en el
sub li te resultan sustancialmente análogas a las resueltas por V.E. en la causa "Oriolo" (Fallos: 333:1909), a cuyos términos y conclusiones,
en
lo
que
fueren
aplicables
a
este
caso,
cabe
remitir por razón de brevedad.
-
Opino,
por
III -
tanto,
que
corresponde
declarar
formalmente admisible el recurso extraordinario interpuesto por la demandada y confirmar la sentencia apelada. Buenos Aires,
;--
ES COPIA
·>"JI"¡" 1"'J.'IVIARCHiSIO n.Un"B' . i'm " ¡etar¡aACm¡¡¡¡strat\V~ rocur ción Genaíal de la NaCÍÓl1
10
de junio de 2013.
LAURA M. MONTI -1-