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29 mar. 2017 - Jesús provincia de Cajamarca - DECLARAR LA. SUCESIÓN PROCESAL ...... DE LA PROVINCIA DE CHOTA, que despac
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DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE

Miércoles, 29 de Marzo del 2017

ODECMA REALIZA MESA TRABAJO POR LA TRANSPARENCIA JUDICIAL

Para trabajar en la erradicación de la corrupción en la Institución Judicial

E

l Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca (ODECMA), Dr. Elard Zavalaga Vargas se reunió con autoridades, representantes de la Sociedad Civil y Jueces de Paz, con la finalidad de realizar la Primera Mesa de Trabajo por la Transparencia Judicial de la ODECMA, en donde se debatió el plan de trabajo referente a la lucha contra la corrupción. Al iniciar la reunión, el jefe de ODECMA explicó las acciones que viene realizando en su despacho y las que ha planificado durante su gestión, resaltando que se encuentra atendiendo personalmente las quejas verbales por retardo en

la tramitación, de modo tal que el usuario logre una atención inmediata a sus reclamos, labor que además viene siendo reforzada por la Unidad de Defensoría del Usuario Judicial. Asimismo, resaltó la necesidad de orientar a los Jueces, quienes al advertir deficiencias en la tramitación de procesos, que no revistan gravedad o no requieran investigación, sean ellos quienes tomen las acciones directas, haciendo uso de sus facultades de Dirección del Órgano Jurisdiccional, para corregir dichas irregularidades. En su exposición sobre la lucha contra la corrupción, puntualizó que en lo relativo a la erradicación de este flagelo, es política de su gestión

la cooperación interinstitucional y es por ello que estará en coordinación con las diversas instituciones vinculadas al tema, además informa que se viene implementando la campaña de reserva de identidad del quejoso y se está dando prioridad en el trámite a los casos de corrupción, con la apertura de procesos disciplinarios, dando cuenta inmediata, de ser el caso, de actos de corrupción para su correspondiente investigación por la Fiscalía. Por su parte las autoridades participantes felicitaron la iniciativa de la Jefatura de la ODECMA por estas reuniones que buscan combatir la corrupción que existe en la Institución Judicial, refiriendo que para

Imagen Institucional Cajamarca, 28 de marzo de 2017

enfrentar este flagelo debe establecerse lazos de coordinación entre todas las instituciones, buscando sanciones ejemplares, sin dar tregua a la corrupción, siendo el propósito de esta mesa de trabajo plantear una alternativa o propuesta para la lucha contra la corrupción y formación en valores. Al finalizar la reunión, el Dr. Elard Zavalaga Vargas agradeció a los presentes por su atención y participación, exhortándoles a mantener una permanente cooperación y comunicación, para lograr el fin común de erradicar los actos de corrupción en la Administración de Justicia.

AVISOS JUDICIALES DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE

2.

EDICTOS CLASIFICADOS

INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS

EDICTO JUDICIAL EXPDTE. 2017-05-JPLBOL ANTE EL JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE BOLIVAR, a solicitud de ROBERT FREDY PRIETO PUITIZA, en calidad de apoderado de JOSÉ CÉSAR PUITIZA RENGIFO a efectos de solicitar la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO RESOLUCIÓN NÚMERO UNO, Bolívar, veintiuno de marzo del año dos mil diecisiete. VISTOS: ADMITIR a trámite en vía de PROCESO NO CONTENCIOSO la solicitud presentada por ROBERT FREDY PRIETO PUITIZA, en calidad de apoderado de JOSÉ CÉSAR PUITIZA RENGIFO, sobre Rectificación de su Partida de Nacimiento precisando: 1) Que se ha consignado de manera errónea en la parte superior izquierda de dicha partida, el apellido paterno como “Puytiza", debiendo ser lo correcto “Puitiza”, 2) que en el cuerpo principal de dicha partida se ha consignado el prenombre de su madre como “Yrene”, cuando lo correcto es “Irene”: asimismo se rectifique el apellido materno de su madre “Gariza”, por haberse omitido consignar este último en la partida de nacimiento, 3) Se rectifique la fecha de nacimiento de dicha partida, que se encuentra borrosa, debiendo ser lo correcto “catorce de noviembre del 1938”. MANDO se efectúe la publicación edictal por una sola vez en el diario “La República”. Alex Nilton Cachi Rojas JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO BOLIVAR Jeiner D. Sanchez Salazar SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO PAZ LETRADO BOLIVAR P.5856548 F.P.29 Marzo S/.2.70 EDICTO JUDICIAL EXPDTE. 2017-06-JPLBOL ANTE EL JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE BOLIVAR, a solicitud de ROBERT FREDY PRIETO PUITIZA, en calidad de apoderado de MARIA FELICINDA PUITIZA RENGIFO a efectos de solicitar la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO RESOLUCIÓN NÚMERO UNO, Bolívar, veintiuno de marzo del año dos mil diecisiete. VISTOS: ADMITIR a trámite en vía de PROCESO NO CONTENCIOSO la solicitud presentada por ROBERT FREDY PRIETO PUITIZA, en calidad de apoderado de MARIA FELICINDA PUITIZA RENGIFO, sobre Rectificación de su Partida de Nacimiento precisando: 1) Que se rectifique en el cuerpo principal de dicha partida, el apellido materno de su padre ‘PECHE’ por haberse omitido consignar el mismo, 2) que en el cuerpo principal de dicha partida se ha consignado el prenombre de su madre como “YRENE”, cuando lo correcto es “IRENE”: asimismo se rectifique el apellido materno de su madre “GARIZA”, por haberse omitido consignar este último en la partida de nacimiento. MANDO se efectúe la publicación edictal por una sola vez en el diario “La República”. Alex Nilton Cachi Rojas JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO BOLIVAR Jeiner D. Sanchez Salazar SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO PAZ LETRADO BOLIVAR P.5856548 F.P.29 Marzo S/.2.50 EDICTO JUDICIAL EXPDTE. 2017-07-JPLBOL ANTE EL JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE BOLIVAR, a solicitud de MARIA ILDAURA PUITIZA DE PRIETO a efectos de solicitar la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO RESOLUCIÓN NÚMERO UNO, Bolívar, veintiuno de marzo del año dos mil diecisiete. VISTOS: ADMITIR a trámite en vía de PROCESO NO CONTENCIOSO la solicitud presentada por MARIA ILDAURA PUITIZA DE PRIETO, sobre Rectificación de su Partida de Nacimiento precisando: 1) Que se ha consignado de manera errónea en la parte superior izquierda y el cuerpo principal de dicha partida, su segundo prenombre como “HILDAURA”, debiendo ser lo correcto “ILDAURA”, asimismo se rectifique el apellido materno “RENGIFO”. por haberse omitido consignar el mismo en la parte superior izquierda de dicha partida, 2) se rectifique en el cuerpo principal de dicha partida el apellido materno de su padre como “PECHE’, por haberse omitido consignar el mismo, 3) se rectifique en el cuerpo principal de dicha partida el pre nombre de su madre que se

Miércoles, 29 de Marzo del 2017

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

ha consignado de manera errónea como “YRENE. Siendo lo correcto “IRENE, asimismo se rectifique el apellido materno de su madre “GARIZA”. por haberse omitido consignar este último en la partida de nacimiento. MANDO se efectúe la publicación edictal por una sola vez en el diario “La República” Alex Nilton Cachi Rojas JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO BOLIVAR Jeiner D. Sanchez Salazar SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO PAZ LETRADO BOLIVAR P.5856548 F.P.29 Marzo S/.2.80 EDICTO El Juzgado Mixto de la Provincia de Hualgayoc- Bambamarca, Juez Quiroz, Sec. Carrasco en el Exp. N° 2017-17-C, seguido por CELINA GUEVARA BURGA, contra MINISTERIO PÚBLICO, mediante resolución número UNO, de fecha veinte de febrero del año dos mil diecisiete, se ha resuelto lo siguiente: ADMITIR a trámite en la vía de proceso abreviado, la demanda de CAMBIO DE NOMBRE, interpuesta por CELINA GUEVARA BURGA, contra EL MINISTERIO PÚBLICO, con la finalidad de solicitar el cambio de nombre de su menor hija, YENI JOSELI CAMPOS GUEVARA, para que se realice el cambio del prenombre “JOSELI”, por el de "YUDITH”, a fin que su nombre quede como YENI YUDITH CAMPOS GUEVARA; DISPONER la publicación por única vez en el Diario Judicial “La República”, debiendo recabar los edictos correspondiente el demandante dentro del tercer día de notificado. Firmado: Juez. QUIROZ BARRANTES, y Sec. CARRASCO MILLONES. FRANCISCO MARTIN QUIROZ BARRANTES JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTGO HUALGAYOC - BAMBAMARCA VANESSA E. CARRASCO MILLONES SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO HUALGAYOC - BAMBAMARCA P.5856543 F.P. 29 Marzo S/.2.20

PRESCRIPCION ADQUISITIVA EDICTO JUDICIAL En el Expediente N° 157-2016-0-0601 -JR-CI-02, ante el Segundo Juzgado Especializado Civil de Cajamarca, a cargo de la Señor Juez Dr. - Carlos Díaz Vargas y Secretaria Judicial; se está tramitando la demanda postulada por HIRENIA AQUINO DE ORTIZ sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio de bien inmueble rustico contra FRANCISCO SÁNCHEZ BARDALES, Y TROS.- En tal sentido se ha dispuesto mediante resolución número cuatro de fecha 31-01-2017: ADMITIR A TRAMITE la demanda de prescripción adquisitiva de dominio de bien inmueble rustico; interpuesta por HIRENIA AQUINO DE ORTIZ, contra FRANCISCO SÁNCHEZ BARDALES, Y JUANA HUACHA DE SÁNCHEZ,; MERCEDES HUACHA LULICHAC Y MARÍA AURORA HUACHA SÁNCHEZ; HERMINIO SAUCEDO SÁNCHEZ Y ENCARNACIÓN HUACHA QUITO; HIPOLITO BARDALES SANCHEZ Y MARIA PETRONILA SANCHEZ DE BARDALES; MODESTO HUACCHA QUITO Y AURORA QUISPE ALCÁNTARA SEGUNDO HUACCHA QUITO Y HORMECIDA SÁNCHEZ SAUCEDO; DARÍO SANCHEZ SAUCEDO Y SANTOS FERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ ; Y MARÍA ROSA CARRANZA HUACCHA, en la vía de proceso abreviado, respecto de los siguiente bienes Rústicos : “Quililic”, con una área 0.8640 hectáreas, perímetro 491.85 metros, con los siguientes colindantes: Nor- Este, con el terreno de FRANCISCO ALVAREZ CARDENAS con una longitud de 51.64 metros, Nor- Oeste, con el terreno de PASCUAL QUITO CARRANZA, con una longitud de 119.96 metros, Sur-Oeste, con el camino de herradura Yanamango- la Huaraclla- Jesús, con una longitud de 143.61 metros, Sur- Este, con el camino de herradura Yanamango- La Huaraclla- Jesús con una longitud de 176.64 metros; y “ PILCAY CERCA”, con un Área de 0.7976 hectáreas, con un perímetro 448.82 metros con los siguientes colindantes Nor- Este, con el terreno de CECILIA ÁLVAREZ CARDENAS con una longitud de 41.21 metros, Nor- Oeste, con el camino de herradura Yanamango- La Huaraclla- Jesús, con una longitud de 178.80 metros, Sur-Oeste, con el camino de herradura Yanamango- la Huaraclla- Jesús, con una longitud de 31.71 metros, Sur-Este, con el señor Felipe Sangay Vilca con una longitud de 197.10 metros. Inmuebles que se encuentran ubicados en el sector Pomabamba del distrito de Jesús provincia de Cajamarca - DECLARAR LA SUCESIÓN PROCESAL de la demandada María Aurora Huaccha Sánchez, debido a su fallecimiento; debiendo hacer las veces de ella en el presente proceso su sucesión procesal, conformada por ley; por consiguiente; EMPLÁCESE mediante edictos a la sucesión de María Aurora

B

Huaccha Sánchez, a fin de que en el plazo de CUARENTA Y CINCO DIAS se apersonen al proceso para que hagan valer sus derechos, bajo apercibimiento de nombrarles curador procesal, en caso de no apersonarse.-PUBLIQUESE en el diario oficial “La República” en la forma prevista en los artículos 167° y 168° de la norma procesal; vía edictos un extracto de la demanda por tres veces con intervalo de tres días en la forma antes prevista. Cajamarca, 09 de marzo de 2017 CARLOS DIAZ VARGAS JUEZ SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL - CAJAMARCA ERIDANI FERNANDEZ MEZA SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL CAJAMARCA P. 5849551 F.P. 23-29 Marzo 04 Abril S/.15.00 EDICTO TERCER JUZGADO CIVIL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA JUDICIAL: JOSE ELADIO COLUNCHE NUÑEZ EXP: 01358-2015-0-0601-JR-CI-03. SE RESUELVE: ADMITASE a trámite la demanda sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, interpuesta por CRISTOBAL HUAMAN CORTEZ y MARIA SALOME CASTREJON CHAUPE, contra sucesión de María Castrejón Valdez integrada por Andrés y Carlos Castrejón Valdez, en la Vía ABREVIADA; Téngase por OFRECIDOS los medios probatorios que indica; EMPLECESE mediante EDICTOS, por el plazo de TREINTA DÍAS, a fin de que si existieran personas que se consideren con derechos hereditarios se apersonen al presente proceso; publicación que se hará tanto en el diario oficial el Peruano como en el de mayor circulación.- PUBLÍQUESE un extracto de la demanda por tres veces con intervalo de tres días conforme a lo previsto por el artículo 506 del Código Procesal Civil; asimismo dispóngase la notificación por RADIODIFUSIÓN por cinco días consecutivos, al tratarse de predios rústicos.- Al Otrosí: CONCEDASE las facultades de Representación del actor a favor del letrado que autoriza el escrito. PONGASE en CONOCIMIENTO la demanda y anexos de los colindantes, NOTIFÍQUESE con las formalidades legales.-Fdo. Dr. Ventura, Juez y Estrada Sec. WILLIAMS VENTURA PADILLA JUEZ TITULAR TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL - CAJAMARCA CESAR JOEL ESTRADA JULON SECRETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL - CAJAMARCA P. 5849565 F.P. 23-29 Marzo 04 Abril S/.7.50 | EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE N° 2017-002-C Seguido por MAXIMANDRO PEREGRINO TERAN VASQUEZ en representación de AGROINDUSTRIA SAN AGAPITO S.A.C. contra ESTERFILIA TERAN DE TERAN Y OTROS sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, ante el Juzgado Mixto San Pablo. RESOLUCION N° UNO San Pablo, once de enero del Año dos mil diecisiete. SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la vía de PROCESO ABREVIADO la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO del bien inmueble denominado" FUNDO VISTA ALEGRE”, ubicado en el Caserío Vista Alegre, Distrito de Tumbaden, Provincia de San Pablo, Departamento de Cajamarca; EMPLACESE MEDIANTE EDICTOS a la PERSONA INDETERMINADA, a fin de que en el plazo de CUARENTA Y CINCO DIAS se Apersonen al Proceso y absuelvan la presente demanda bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, en caso de incumplimiento a lo antes ordenado y continuar con el tramite del proceso, conforme a ley. WILDER ALCIADES LUNA CHAVEZ JUEZ JUZGADO MIXTO SAN PABLO P.5850388 F.P. 27-28-29 Marzo S/. 6.00

SUCESIÓN INTESTADA

EDICTO NO CONTENCIOSO. Exp. N°. 286 - 2016, Ante El Juzgado de Paz Letrado de Celendín, en Solicitud de Julia Aliaga Díaz, y Emérita Aliaga Díaz sobre Sucesión Intestada, se ha resuelto lo siguiente: Resolución UNO, de fecha seis de marzo del año dos mil diecisiete, Admite a trámite demanda sobre Sucesión Intestada, de la que en vida fue: Rosa María Díaz Silva, fallecida el tres de octubre del año dos mil doce, teniendo como último domicilio en el caserío Uñigán, Distrito de Sucre, provincia de Celendín, SOLICITANDO se declaren Herederos conforme a la solicitud, a fin de que se apersonen, quienes crean tener vocación sucesoria del mencionado causante, Vía No Contencioso: Ordenándose: PUBLIQUESE, los edictos por el término de tres días hábiles, en el diario: la República y en la tablilla de éste

DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE

Juzgado, NOTIFIQUESE. DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN - CAJAMARCA HELEN V. MARIÑAS SANCHEZ SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO - CELENDIN CAJAMARCA P.5851029 F.P.27-28-29 Marzo S/.6.00

3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS

EDICTO TERCER JUZGADO CIVIL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA JUDICIAL: JOSE ELADIO COLUNCHE NUÑEZ EXP: 00087-2017-0-0601-JR-C1-03. SE RESUELVE: INTÉGRESE la resolución número dos de fecha 30 de enero del 2016, en el sentido de que se "EMPLÁCESE a la sucesión intestada de HERMELINDA CALDERON CRUZADO, VÍA EDICTOS los mismos que se publicarán por tres veces consecutivas en el diario oficial "El Peruano" y el diario "La República", a fin que se apersonen al proceso dentro de los treinta días de efectuada la última publicación, bajo apercibimiento de nombrarle curador procesal en caso de incumplimiento; manteniéndose lo demás que contiene la resolución dos. NOTIFÍQUESE.-Fdo. Dr. Ventura, Juez y Estrada Sec. WILLIAMS VENTURA PADILLA JUEZ TITULAR TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA CESAR JOEL ESTRADA JULON SECRETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P.5850428 F.P. 27-28-29 Marzo S/.4.50 EDICTO JUDICIAL En el Expediente N° 999-2011-4-0601-JR-CI-02, seguido por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA, contra RIVASPLATA VILLANUEVA CÉSAR Y OTROS, sobre Mejor Derecho de Propiedad; se ha dispuesto conforme a la Resolución número once, de fecha veinticinco de Enero del año dos mil diecisiete, notificar VÍA EDICTO, a la Sucesión Procesal de la codemandada Manuela Inés del Sacramento Villanueva Soriano viuda de Rivasplata, a fin de que las personas que integran dicha Sucesión, comparezcan al proceso dentro del plazo de TREINTA DÍAS después de la última publicación, acreditando su calidad de tales, bajo apercibimiento de continuar el proceso nombrando curador procesal en caso de no hacerlo; para lo cual se deberá realizar la publicación por un periodo de tres días consecutivos conforme a lo establecido en el artículo 167 del Código Procesal Civil. Cajamarca, 10 de Febrero del 2017 FRANCISCO HERRERA CHAVEZ PRESIDENTE PRIMERA SALA CIVIL PERMANENTE CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA Ana María Elizabeth Vasquez Alday SECRETARIA PRIMERA SALA CIVIL CAJAMARCA P.5850391 F.P. 27-28-29 Marzo S/.6.00

4.

EDICTOS PENALES

EDICTO PENAL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: KARIN VIGO PORTAL Exp. 887-2016-0601-JR-PE-03 SE RESUELVE: 1.- NOTIFICAR al procesado José Luis Sánchez Sáenz con el extracto de la corrección de la Resolución número cuatro de fecha nueve de enero de 2017 (fs. 28), en el extremo que se ha consignado el nombre del procesado, siendo lo correcto José Luis Sánchez Sáenz, quedando vigentes todos los demás extremos dispuestos y señalados en la citada resolución,. En los seguidos en su contra por el delito de ESTAFA GENÉRICA, en agravio de VASQUEZ VELASQUEZ, JULIO CESAR. Suscribe el señor Juez: Aquino Cruzado Marco, y la especialista judicial: Karin Vigo Portal. F.P. 27-28-29 Marzo EDICTO PENAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: LA TORRE ESPARZA PATRICIA EXP: 682-2016-1-0601-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL , al acusado LUCANO GARRO MAXIMO en el presente proceso seguido en su contra, la misma que se realizará en ACTO PUBLICO el día MARTES DIEZ DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIETE A LAS ONCE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Colegiado, sito en el Jr. Unión N° 822, Barrio Cumbe Mayo; bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial disponiéndose el archivo provisional del proceso . En los seguidos por el delito de violación de la libertad sexual, en Agravio de, L,M,Y . Suscriben el presente los señores: DIAZ VARGAS, MIRAVAL

Miércoles, 29 de Marzo del 2017

TRINIDAD, MERINO VIGO y Especialista LA TORRE ESPARZA PATRICIA. DANIEL HOLGUÍN MORÁN Presidente Sala Penal Liquidadora Juzgado Penal Colegiado CSJ. Cajamarca F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00387-2016. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : GLADYS CHUQUILIN SILVA Y YZUKY CAROLINA ROJAS RAMÍREZ Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 02-03-2017, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma que se llevará a cabo el día viernes 23 de junio del año 2017 a las 09:00 de la mañana, en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Paz Letrado Penal, ubicado en el segundo piso oficio 201 del edificio del Jr. Buganvillas n° 165 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal n° 00387-2016-0-0601-JP-PE-04, seguido contra Yzuky Carolina Rojas Ramírez, por faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas agravadas, en agravio de Gladys Chuquilín Silva. Cajamarca, 22 de marzo de 2017. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00008-2017. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : EDWIN BENITO PEREZ QUISPE Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 24-02-2017, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma que se llevará a cabo el día jueves 22 de junio del año 2017 a las 12:00 del medio día, en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Paz Letrado Penal, ubicado en el segundo piso - oficio 201 del edificio del Jr. Buganvillas n° 165 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal n° 00008-2017-0-0601-JP-PE-04, seguido contra Edwin Benito Pérez Quispe, por faltas contra el Patrimonio, en la modalidad de tentativa de hurto, en agravio de Hipermercados Metro -Cencosud Retail Perú S.A. Cajamarca. Cajamarca, 22 de marzo de 2017. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00536-2016. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : LUIS ALBERTO CORDOVA SILVA Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 24-02-2017, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma que se llevará a cabo el día jueves 22 de junio del año 2017 a las 11:00 de la mañana, en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Paz Letrado Penal, ubicado en el segundo piso - oficio 201 del edificio del Jr. Buganvillas n° 165 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal n° 00536-2016-0-0601-JP-PE-04, seguido contra Luis Alberto Córdova Silva, por faltas contra el Patrimonio, en la modalidad de tentativa de hurto, en agravio de Hipermercados Metro -Cencosud Retail Perú S.A. Cajamarca. Cajamarca, 22 de marzo de 2017. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00011-2017. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : FABIOLA MARDELI COTRINA ALCANTARA DE DÍAZ Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 24-02-2017, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma que se llevará a cabo el día jueves 22 de junio del año 2017 a las 10:00 de la mañana, en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Paz Letrado Penal, ubicado en el segundo piso - oficio 201 del edificio del Jr. Buganvillas n° 165 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal n° 00011-2017-0-0601-JP-PE-04, seguido contra Fabiola Mardeli Cotrina Alcántara de Díaz, por faltas contra el Patrimonio, en la modalidad de tentativa de hurto, en agravio de Hipermercados Metro -Cencosud Retail Perú S.A. Cajamarca. Cajamarca, 22 de marzo de 2017. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 28-29-30 Marzo

EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00320-2016. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : SUSANA VALDEZ CABRERA Y KATTY GISELA CUSQUISIBAN OCON Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° TRES de fecha 24-02-2017, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma que se llevará a cabo el día miércoles 21 de junio del año 2017 a las 10:00 de la mañana, en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Paz Letrado Penal, ubicado en el segundo piso - oficio 201 del edificio del Jr. Buganvillas n° 165 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal n° 00320-2016-0-0601-JPPE-04, seguido contra Susana Valdez Cabrera, por faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en agravio de Katty Gisela Cusquisiban Ocon. Cajamarca, 21 de marzo de 2017. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00537-2016. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : JUAN CASTREJÓN HUARIPATA Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 02-03-2017, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma que se llevará a cabo el día viernes 23 de junio del año 2017 a las 10:00 de la mañana, en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Paz Letrado Penal, ubicado en el segundo piso - oficio 201 del edificio del Jr. Buganvillas n° 165 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal n° 00537-2016-0-0601 -JP-PE-04, seguido contra Nativa Rocío Portal de Gonzales, por faltas contra el Patrimonio, en la modalidad de hurto, en agravio de Juan Castrejón Huaripata. Cajamarca, 22 de marzo de 2017. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00128-2016. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : MARÍA CLARA DÍAZ SILVA Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° CINCO de fecha 06-03-2017, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma que se llevará a cabo el día martes 27 de junio del año 2017 a las 09:00 de la mañana, en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Paz Letrado Penal, ubicado en el segundo piso - oficio 201 del edificio del Jr. Buganvillas n° 165 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal n° 00128-2016-0-0601-JPPE-04, seguido contra Edwin Horacio Fernández Rodríguez y Socorro Rodríguez de Fernández, por faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en agravio de María Clara Díaz Silva. Cajamarca, 22 de marzo de 2017. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 28-29-30 Marzo

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 31-2016(120 -2016-JUP) SE CITA Y EMPLAZA al acusado: CLAUDIO CABALLERO ALVARADO . Para hacer de su conocimiento que por resolución número ocho de fecha quince de marzo del dos mil diecisiete, se ha declarado CONTUMAZ al acusado CLAUDIO CABALLERO ALVARADO disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogada a la defensora Pública doctora Elva Liliana Albújar Nuñez.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra la Seguridad pública, en su modalidad de conducción de vehículo en estado de ebriedad, en agravio de la sociedad de Cajabamba. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 207-2015( 16 -2017-JUP) SE CITA Y EMPLAZA al acusado: JOSE ALBERTO COTRINA ACOSTA Para hacer de su conocimiento que por resolución número dos de fecha seis de Marzo del dos mil diecisiete, se ha declarado CONTUMAZ al acusado José Alberto Cotrina Acosta disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su abogado, a la defensora Pública doctora Elva Liliana Albújar Nuñez.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Jakelin Arazeliz Cotrina Ríos. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 28-29-30 Marzo

EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 147 -2016(196 -2016-JUP) SE CITA Y EMPLAZA al acusado: JOSE NOE SALDAÑA LULIQUIS. Para hacer de su conocimiento que por resolución número seis de fecha nueve de marzo del dos mil diecisiete, se ha declarado CONTUMAZ al acusado José Noe Saldaña Luliquis disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogada a la defensora Pública doctora Elva Liliana Albújar Nuñez.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Miriam Elizabeth Saldaña Salazar . Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA

EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 352- 2016 ( 13 - 2017 - JUP) SE CITA Y EMPLAZA al acusado: SANTOS ANDRES ASUNCION BARTOLO Para hacer de su conocimiento que por resolución número dos de fecha dos de Marzo del dos mil diecisiete, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Santos Andrés Asunción Bartolo disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su abogado, a la defensora Pública doctora Elva Liliana Albújar Nuñez.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra la Administración Pública en su modalidad de Resistencia o Desobediencia a la autoridad, en agravio del Estado, representado por el Procurador Público del Poder Judicial. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCÍA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA

LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 28-29-30 Marzo

LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 28-29-30 Marzo

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DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE

EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 203- 2015 ( 02 - 2016 - JUP) SE CITA Y EMPLAZA al acusado: JUAN CARLOS SALVADOR MERCEDES Para hacer de su conocimiento que por resolución número siete de fecha siete de Marzo del dos mil diecisiete, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Juan Carlos Salvador Mercedes, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su abogado, a la defensora Pública doctora Elva Liliana Albújar Nuñez.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Kevin Yomar Salvador Rodríguez y otro. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp.Nro. 57-2016 ( 141 -2016-JUP) SE CITA Y EMPLAZA al acusado: PABLO LEONIDAS VILLANUEVA ROSALES Para hacer de su conocimiento que por resolución número ocho de fecha nueve de Marzo del dos mil diecisiete, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Pablo Leónidas Villanueva Rosales disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su abogado, a la defensora Pública doctora Elva Liliana Albújar Nuñez.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Fiorela Lizeth Villanueva Córdova. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 304-2015 ( 142 -2016-JUP) SE CITA Y EMPLAZA al acusado: GASPAR HORNA PAREDES. Para hacer de su conocimiento que por resolución número cinco de fecha dieciséis de marzo del dos mil diecisiete, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Gaspar Horna Paredes, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogada a la defensora Pública doctora Elva Liliana Albújar Nuñez.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Saúl Antonio Horna Romero. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 28-29-30 Marzo

Miércoles, 29 de Marzo del 2017

EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 43-2015 (160 -2016-JUP) SE CITA Y EMPLAZA al acusado: SANTOS ISIDRO VILLANUEVA CRUZ. Para hacer de su conocimiento que por resolución número cuatro de fecha dieciséis de marzo del dos mil diecisiete, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Santos Isidro Villanueva Cruz disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogada a la defensora Pública doctora Elva Liliana Albújar Nuñez.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Dalila Noemi Villanueva Altamirano.Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA. MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA

Ramírez Calderón. David W. Ramírez Calderón JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA F.P. 28-29-30 Marzo

LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 28-29-30 Marzo

EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIA: CESAR A. ROJAS VILLANUEVA EXPEDIENTE N°: 00852-2016-0-0601- JRPE-04. Se notifica y emplaza al imputado JOSE DANIEL SOLON CHUÑON, así como a la agraviada JUANA LEON ESPIRITU. Para indicar que mediante resolución N° 06 de fecha 24-03-17; el señor Juez dispone: PROGRÁMESE para el día DIECIOCHO DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, a las DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta) para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Número TRES – 5TO. PENAL de la sede de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, SEDE QHAPAC ÑAN, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de poner en conocimiento su conducta al Fiscal Coordinador respectivo para que proceda conforme a sus atribuciones, en caso de inconcurrencia injustificada, y, para el defensor público, de comunicar su conducta a la Dirección Distrital de Defensoría Pública a fin de que proceda conforme a sus atribuciones en caso de inconcurrencia injustificada; al abogado defensor de ser subrogado del presente proceso en caso de inasistencia y designarse abogado defensor público, a fin de que ejerza la defensa técnica de su patrocinado, PRECÍSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de Ley. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada, debiéndose notificar VÍA EDICTOS a José Daniel Solón Chuñoñ, y Juana León Espíritu por el lapso de tres días en el diario oficial (La Republica), OFICIÁNDOSE para tal efecto. NOTIFÍQUESE.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 28-29-30 Marzo

EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CELENDIN Especialista Judicial: Nacy Horna Díaz. Se cita y emplaza al procesado OSCAR LOZANO VALDIVIA, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, concurriendo a la Audiencia de Juicio Oral a llevarse a cabo el día treinta y uno de mayo del año dos mil diecisiete, a horas nueve de la mañana, (9.00 a.m. hora exacta), en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal sito en el Jirón Pardo No. 665, segundo piso de la ciudad de Celendín, bajo aparecimiento de ser declarado contumaz y ordenar su conducción compulsiva en caso de incumplimiento; dentro del EXP. N° 0172014-61-060301-JPU, seguido contra: OSCAR LOZANO VALDIVIA, por la presunta comisión del Delito de Lesiones Culposas Graves, Omisión de Socorro y Exposición al Peligro, en agravio de Rosalina Candelaria Guevara Terrones y otros.Celendín, 22 de Marzo del 2017. M. Cs. EDITH CABANILLAS PALOMINO JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CELENDIN F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO PENAL Exp. N° 2017 – 001-JUP-BOL. Juzgado Mixto y Unipersonal de la Provincia de Bolívar, a cargo del Señor Juez LUIS ALBERTO SANCHEZ LOPEZ y PABLO CHÁVARRI VÁSQUEZ. Especialista Judicial. Se cita, y emplaza al Imputado, PEDRO ORTIZ MELENDEZ, identificado con DNI N° 33413337, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito contra la Familia, en su modalidad de SUSTRACCION DE MENOR, tipificado en el Art. 147° del código Penal, en agravio de JOSE LUIS ORTIZ AGUILAR, representado por su madre MERLY AGUILAR MARIN, quien deberá asistir al Acto Público de Juicio Oral, Reprogramada para el día 16 de Mayo del 2017, a horas 3 de la tarde, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su Conducción Compulsiva.Bolívar, 21 de Marzo del 2017. Dr. Luis Alberto Sanchez Lopez JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL BOLIVAR Pablo Chavarri Vasquez ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO MIXTO UNIPERSONAL BOLIVAR F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA ESPECIALISTA JUDICIAL: MARISOL QUIROZ CABRERA EXPEDIENTE N°: 13-2011-0-0610-JR -PE-01. Se notifica, cita y emplaza a SEGUNDO FELIX NUÑEZ GAMONAL, con la resolución número cincuenta y nueve de fecha dieciséis de noviembre del dos mil dieciséis, por el Delito Contra la PECULADO DOLOSO, en agravio del ESTADO; la cual se dispone PREVIAMENTE requiérase a los acusados Segundo Ulises Mendoza Dávila, Miguel Ángel Balladares Purizaga, Dora Alcira Jaramillo Carrión, Robert Napoleón Santa Cruz Gamarra, Segundo Félix Núñez Gamonal, Yakeliny Vásquez Vásquez a fin de que dentro del tercer día de notificados designen abogado de su libre elección, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo de designarles un abogado de oficio, y cumplido que fuera el plazo; FECHO DESE cuenta para resolver lo pertinente; NOTIFIQUESE.- Autoriza el Señor Juez David

EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA ESPECIALISTA JUDICIAL : MARISOL QUIROZ CABRERA EXPEDIENTE N°: 176-2014-0-0610- JR-PE-01. Se notifica, cita y emplaza a AMÉRICO CONCEPCIÓN VILLANUEVA SALAZAR, con la resolución número trece de fecha trece de setiembre del dos mil dieciséis, por el Delito Contra la PECULADO DOLOSO, en agravio del ESTADO; la cual se dispone INTERGRAR a la resolución número doce REQUIRIENDOSE al imputado antes mencionado, a fin de que en el plazo de veinticuatro horas designe Abogado Defensor, bajo apercibimiento de designarse Abogado Defensor Público; y FECHO DESE cuenta para resolver lo pertinente; NOTIFIQUESE.- Autoriza el Señor Juez David Ramírez. David W. Ramírez Calderón JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA F.P. 28-29-30 Marzo

EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA ESPECIALISTA JUDICIAL: MARISOL QUIROZ CABRERA EXPEDIENTE N°: 005-2017-0-0610- JR-PE-01. Se notifica, cita y emplaza a JOSE LUIS FERNANDEZ LLAMO, con la resolución número uno de fecha nueve de Enero del año en curso, por el Delito de INCUMPLIMIENTO A LA OBLIGACION ALIMENTICIA en agravio de ILMER FERNANDEZ HOYOS; la cual se dispone PREVIAMENTE requiérase al acusado: JOSE LUIS FERNANDEZ LLAMO, a fin de que dentro del tercer día de notificado designe abogado de su libre elección, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo de designar un abogado de oficio; NOTIFIQUESE.- Autoriza el Señor Juez David Ramírez Calderón. David W. Ramírez Calderón JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO El Juzgado de Paz Letrado Encargado de la Investigación Preparatoria de la Provincia de Condorcanqui, que despacha el señor Juez, Dr. BRAULIO RAUL QUISPE HUILLCA, ha dispuesto se notifique a la acusada CLARISA VERA CHINGO por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Resistencia o Desobediencia a la Autoridad, ilícito penal previsto y sancionado en el Primer

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

párrafo del artículo 368" del Código Penal, en agravio de El Estado - Poder Judicial, debidamente representado por el Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial; edicto correspondiente al Cuaderno N° 0093-2016-0-0104-JR-PE- 01, para ser publicado en el Diario Judicial de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca por el plazo de tres días. Resolución N° UNO de fecha dieciocho de octubre del 2016: PARTE RESOLUTIVA: 1. RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de la Formalización y Continuación de la investigación preparatoria, expedida por la Fiscalía Provincial Penal de Condorcanqui, contra CLARISA VERA CHINGO por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Resistencia o Desobediencia a la Autoridad, ilícito penal previsto y sancionado en el Primer párrafo del artículo 368" del Código Penal, en agravio de El Estado - Poder Judicial, debidamente representado por el Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, por cumplir con los requisitos legales. 2. IMPÓNGASE la medida de COMPARECENCIA SIMPLE a la imputada, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sean necesarias su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la Policía. 3. SUSPENDASE el curso de la prescripción de la acción penal; dejándose constancia que habiendo formalizado la investigación preparatoria, el representante del Ministerio Público ha perdido la facultad de archivar la investigación sin la intervención del órgano Jurisdiccional. 4. COMUNÍQUESE a la parte agraviada que tiene derecho a ser informado y escuchado, antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal, siempre que lo solicite al juzgado y solamente tendrá derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria; así mismo, tiene la facultad de solicitar su constitución en actor civil, con la finalidad de obtener mayores facultades de actuación en el proceso. 5. PRECÍSESE a las partes que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para su revisión, expedición de copias u otros fines que correspondan. Así mismo, las disposiciones corresponden ser notificadas a las partes por el Ministerio Público. 6. ADVERTIR a las partes que los requerimientos y solicitudes se presentan en forma escrita y motivada, para su traslado a la otra parte, debiendo ser sustentados oralmente en audiencia pública, bajo apercibimiento de declararse inadmisible, en caso de inconcurrencia del peticionante y archivarse el incidente. 7. PRECÍSESE que el desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio, pudiendo acceder las partes a una copia del mismo en forma gratuita, previa solicitud y entrega del dispositivo de almacenamiento idóneo. La resolución dictada oralmente en audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan asistido, computándose el plazo para interponer recursos impugnatorios, a partir del día siguiente a la audiencia. Por otro lado, la resolución dictada por escrito luego de concluida la audiencia, será notificada al domicilio procesal. 8. ORDÉNESE a las partes que fijen en autos un domicilio procesal dentro del radio urbano del juzgado, precisándose que las resoluciones escritas en adelante sólo serán notificadas en el domicilio procesal, siendo de su entera responsabilidad de las partes, la variación del mismo no comunicada al juzgado o el fijado fuera del radio urbano. Para lo primero se entenderá válida la notificación en el último domicilio fijado en autos y para lo segundo se entenderá efectuada la notificación en el mismo día de expedida la resolución. 9. AUTORICESE al Especialista de Causa, el dictado con su sola firma de las resoluciones (decretos) de impulso procesal, consignando de ser el caso, los apercibimientos que correspondan ser aplicados por el Juez. 10. CONCEDASE el plazo de dos días hábiles a la imputada para que designe abogado y lo comunique al juzgado; en caso contrario, se procederá a notificar a la Defensoría de Oficio, para que designe a un abogado de oficio que asegure la defensa técnica de la imputada desde el inicio del proceso, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por otro abogado en cualquier momento. 11. EXHORTAR al representante del Ministerio Público a efecto de que cumpla con informar a este Despacho Judicial las variaciones de domicilio que se realicen las partes procesales, bajo responsabilidad del mismo, de los actos que deriven de la no observación al presente ítem. 12. COMUNICAR al representante del Ministerio Público que la presente investigación vencerá el DIEZ DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, en caso se opte por el plazo ordinario establecido en el artículo 342" del Código Procesal Penal, siendo de exclusiva responsabilidad del Ministerio Público, la observancia del cumplimiento de los plazos. 13. NOTIFIOUESE. a la imputada (por esta vez) en su domicilio real, y a la parte agraviada, así como también al Ministerio Público. Mario S. De La Cruz Rivera Secretario Judicial Juzgado de Paz Letrado Investigacion Preparatoria Condorcanqui PODER JUDICIAL F.P. 28-29-30 Marzo

DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE

EDICTO El Juzgado de Paz Letrado Encargado de la Investigación Preparatoria de la Provincia de Condorcanqui, que despacha el señor Juez, Dr. BRAULIO RAUL QUISPE HUILLCA, ha dispuesto se notifique a la acusada CLARISA VERA CHINGO por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Resistencia o Desobediencia a la Autoridad, ilícito penal previsto y sancionado en el Primer párrafo del artículo 368" del Código Penal, en agravio de El Estado - Poder Judicial, debidamente representado por el Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial; edicto correspondiente al Cuaderno N° 0093-2016-5-0104-JR-PE- 01, para ser publicado en el Diario Judicial de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca por el plazo de tres días. Resolución N° UNO de fecha doce de enero del 2017: AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta con el escrito presentado por PATRICIA GISELLE OVERSLUIJS RAZZETO, en calidad de Procuradora Publica Adjunta encargada de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la Constitución en parte civil, debe estar formulada y dirigida conforme a los requisitos previstos en el articulo 100° del Código Procesal Penal de manera copulativo: a) Las generales de ley de la persona natural o jurídica, b) Indicación y nombre del imputado contra quien se va a proceder, c) El relato circunstanciado del delito en su agravio y exposición de la razones que justifican su pretensión, y d) La prueba documental que acredita su derecho, todo ello bajo sanción de inadmisibilidad. SEGUNDO: Es así que revisado el escrito que nos ocupa, esta reúne las exigencias señaladas en el primer considerando, es decir, se cumplió con consignar las generales de ley del solicitante, indicación del nombre del imputado, relato circunstanciado del delito en su agravio y razones que justifican su pretensión en el presente proceso al tener la calidad del presente agraviado (a) de la parte solicitante. Por estas consideraciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 101° y 102° del Código Procesal Penal, SE RESUELVE: 1.- TENER POR APERSONADO al proceso a la Procuradora Publica Adjunta encargada de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, Téngase por señalado su domicilio procesal. 2. - ADMITIR A TRAMITE la solicitud de constitución en actor civil solicitada por la Procuradora Publica Adjunta encargada de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, en calidad representante de la parte agraviada, consecuentemente CORRASE TRASLADO por el plazo de TRES DIAS la solicitud a la representante del Ministerio Público para los efectos señalados en el numeral 1 del articulo 102° del Código Procesal Penal y a los demás sujetos procesales en su domicilio señalado en autos. Cumplida devuelta las cédulas de notificación y transcurrido el plazo póngase autos en mesa para resolver en caso de que no exista oposición alguna. Al Primer Otrosí Digo: Téngase por delegada su representación a los doctores que indica. Al Segundo Otrosí Digo: Téngase presente. NOTIFÍQUESE Mario S. De La Cruz Rivera Secretario Judicial Juzgado de Paz Letrado Investigacion Preparatoria Condorcanqui PODER JUDICIAL F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CHOTA, que despacha el Dr. Jorge Luis Gregorio De La Cruz Medina, CITA Y EMPLAZA a: JOSÉ ÁNGEL IRIGOIN DÍAZ, para que se ponga a derecho y se defienda del cargo formulado en su contra dentro del Cuaderno de Debates N° 199-2016-17-0610-JRPE-01; aperturado dentro del proceso que se le sigue por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Nilser y Tania Noreli Irigoin Coronel. RES. 4: De fecha 27-03-2017, haciéndose saber al acusado que se ha señalado fecha de audiencia de juicio oral el día 12 de abril del año 2017, a horas 9:30 AM, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Unipersonal de Chota (Sala 01); bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser declarado reo contumaz, ordenarse su conducción compulsiva y archivarse provisionalmente el presente proceso. Chota, 27 de marzo del 2017. Especialista Judicial Huaccha Ramírez Alicia. Jorge Luis Gregorio De La Cruz Medina JUEZ PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CHOTA F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CHOTA, que despacha el Dr. Jorge Luis Gregorio De La Cruz Medina, CITA Y EMPLAZA a: FREDESVINDO VÁSQUEZ RIMARACHIN, para que se ponga a derecho y se defienda del cargo formulado en su contra dentro del Cuaderno de Debates N° 287-2015-87-0610-JR-PE-01, aperturado dentro del proceso que se le sigue por el delito de Hurto Agravado, en agravio de Khalis Roybi Delgado Campos. RES. 03: De fecha 27-03-2017, haciéndose saber al acusado que se ha señalado fecha de audiencia de juicio oral el día 11 de abril del año

Miércoles, 29 de Marzo del 2017

2017, a horas 4:00 PM, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Unipersonal de Chota; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser declarado reo contumaz, ordenarse su conducción compulsiva y archivarse provisionalmente el presente proceso. Chota, 27 de marzo del 2017. Especialista Judicial Huaccha Ramírez Alicia. Jorge Luis Gregorio De La Cruz Medina JUEZ PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CHOTA F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO JUDICIAL En el Exp. N° 940-2017-0-0601-JR-FC-03, en los seguido por la Tercera Fiscalía de Familia de Cajamarca contra Dilma Abanto Lozano y otros sobre Interdicción Civil y Nombramiento de Curador, ante el Tercer Juzgado Especializado de Familia, ha resuelto lo siguiente : RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO Cajamarca 14 de marzo del año dos mil diecisiete SE RESUELVE ADMITIR a trámite la presente demanda interpuesta por la Tercera Fiscalía de Familia de Cajamarca contra DILMA ABANTO LOZANO y Personas Inciertas ( las que teniendo derecho a solicitar la interdicción de la citada persona o no lo hubieran hecho, al no lo tener conocimiento de sus familiares, de su identidad, ni domicilio) sobre Interdicción Civil y Nombramiento de Curador, ORDENANDOSE que Dilma Abanto Lozano sea INTERNADA en el día en el Hospital Regional de esta ciudad, a fin de ser evaluada y recibir la atención integral que la misma requiera NOTIFIQUESE a los familiares de DILMA ABANTO LOZANO mediante edictos a publicarse en el diario Oficial “la República “ y Panorama Cajamarquino” por TRES veces interdiarias a fin de que se apersonen al proceso dentro de quince días bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal en caso de incumplimiento. Hena L. Mercado Calderón Juez del 3° Juzgado de Familia Petronila Soto Veliz Secretaria del 3° Juzgado de Familia F.P. 29-31 Marzo 04 Abril EDICTO PENAL Expediente: Nro. 09-2017-40-JIP-CJBB Juzgado: Juzgado De Investigación Preparatoria de la Provincia de Cajabamba. Juez: Cesar Martín Salaverry Pajares. Especialista: Jaime Marín Llico. Se emplaza a: COMSEPCIÓN RONCAL GALARRETA con la resolución N°02 de fecha 09 de marzo de 2017, en el Proceso Penal Nro. 09-2017-40-JIP-CJBB instaurado en su contra por la presunta comisión del delito en contra de La Familia, en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Yerson Piero Roncal Lujan, en donde SE RESUELVE: Reprogramar la Audiencia única de Incoación de Proceso Inmediato para el día Miércoles 19 de abril de 2017 a las 10:15 de la mañana , la misma que se realizará en la Sala de audiencias del Módulo Penal del Poder Judial Sede Cajabamba, ubicado en el primer piso del Jr. Silva N° 461. Debiendo para tal efecto ser notificado vía edictos en el Diario Oficial "La República", por el lapso de tres días hábiles. Cajabamba, 13 de marzo de 2017. CESAR MARTIN SALAVERRY PAJARES JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CAJABAMBA F.P. 29-30-31 Marzo EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO MIXTO Y UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: MARIA LUISA MONTENEGRO ALCANTARA Exp. 00193-2016-68-0607-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1.- NO INSTALAR La audiencia de juicio oral en el presente proceso este día y hora 2.- DECLARA REO CONTUMAZ, al acusado HUGO JIMMY QUIROZ GALVEZ cuyas generales de Ley obran en el presente proceso penal. OFICIESE en el día a las distintas dependencias policiales de esta ciudad y a nivel nacional; a fin de que dispongan su aprehensión y conducción compulsiva para la concurrencia de dicha persona a juicio oral, debiendo consignarse en el oficio los datos que obran en el expediente y los que obren en su ficha de RENIEC a efectos de evitar casos de Homonimia sin perjuicio de ello, se dispone se NOTIFIQUE mediante EDICTOS, los mismos que deberán ser publicados en el Diario Oficial "La República" y en la página Wep del Poder Judicial tal como lo dispone la ultima modificatoria del Código Procesal Civil aplicables supletoriamente a este caso conforme a su segunda disposición final y complementaria del código acotado. RESERVESE el juicio hasta que sea puesto a disposición de este juzgado. En los seguidos en su contra por el delito contra La Familia, en su modalidad de Omisión A La Asistencia Familiar, en agravio de Jimmy Antony Quiroz Romero. Suscribe la señora Juez: Ana Mardely Pacheco Aguilar, y la Especialista judicial: María Luisa Montenegro Alcántara. Ana Mardely Pacheco Aguilar JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO Y UNIPERSONAL SAN MIGUEL F.P. 29-30-31 Marzo

EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: GABRIELA RONCAL CHAVEZ EXPEDIENTE N: 01604-2012-0-0601-JR-PE-02. Se notifica y emplaza a Juana Sangay Villanueva, Manuel de la Cruz Jiménez, Abraham Ermitaño Salazar Chávez, Wilmer López Zelada, Abdón Tentalean Sayaverde y Romel Andres Chicolte Sobero, Jhonatan Molocho Cubas, Francisco Tacilla Valera, María Rufina Romero Cerdán y Yuliana Elizabeth Huaripata Valera; con la resolución número 49 de fecha 20-03-2017; la cual indica: DADO CUENTA; con el Expediente que antecede de acuerdo a su estado y al vencimiento del plazo otorgado a los acusados Juana Sangay Villanueva, Manuel de la Cruz Jiménez, Abraham Ermitaño Salazar Chávez, Wilmer López Zelada, Abdón Tentalean Sayaverde y Romel Andres Chicolte Sobero, Jhonatan Molocho Cubas, Francisco Tacilla Valera, María Rufina Romero Cerdán y Yuliana Elizabeth Huaripata, mediante la resolución número cuarenta y cuatro y cuarenta y siete respectivamente , siendo que éste no ha cumplido con designar abogado defensor de su libre elección, habiendo sido válidamente notificado mediante edictos en el diario oficial de esta Corte, Diario “la República” por el lapso de tres días, HÁGASE EFECTIVO el apercibimiento decretado y DESIGNESE defensor público a fin de que ejerza la defensa técnica de los acusados, debiendo para tal efecto OFICIARSE a la Dirección de la Defensoría Pública para tal fin; por otro lado, TRASLÁDESE LA ACUSACIÓN a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de creer conveniente puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. PRECISÁNDOSE que las indicadas peticiones solo serán objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación, siempre y cuando hayan sido fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de declararse improcedente sobre la base del artículo 351.3 del Código Procesal Penal al tratarse de una audiencia de carácter inaplazable. COMUNÍQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la cual deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. Finalmente la presente resolución solo será firmada digitalmente por el Especialista de Causas de conformidad con lo dispuesto con el artículo 122 último párrafo del Código Procesal Civil y por disposición de la Juez. Interviniendo la Especialista Judicial que suscribe por disposición superior. Se provee en la fecha toda vez que la especialista ha asumido funciones el día seis de marzo del presente año y por las recargadas labores. EMPLÁCESE por edictos en el diario oficial de esta Corte, Diario “la República a los señores: Juana Sangay Villanueva, Manuel de la Cruz Jiménez, Abraham Ermitaño Salazar Chávez, Wilmer López Zelada, Abdón Tentalean Sayaverde y Romel Andres Chicolte Sobero, Jhonatan Molocho Cubas, Francisco Tacilla Valera, María Rufina Romero Cerdán y Yuliana Elizabeth Huaripata; oficiándose con tal fin a efectos de que tomen conocimiento de la presente resolución y para los fines de ley. Notifíquese.CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TATIANOVA ABANTO TAFUR JUEZ F.P. 29-30-31 Marzo EDICTO PENAL Exp. N° 00838-2014-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: CESAR A. ROJAS VILLANUEVA Se notifica y emplaza a los agraviados: Ramiro Portal Llanos, Eduardo Quiliche Díaz, Ronar Paisig Choroco, Miguel Huamán Chuquiruna,

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Wálter Huamán Chuquimango y Wálter Huamán Chuquiruna. Para indicar, que mediante resolución número 17 de fecha 15-02-2017; el señor Juez dispone se notifique la misma que: RESUELVE: 1. DECLARAR FUNDADO EL SOBRESEIMIENTO a favor de ISIDRO TACILLA LLANOS, ANTERO LLANOS LLANOS, MARINO LLANOS CHIZA, EUFEMIA MENDOZA TACILLA, ANDRES CORTEZ JUAREZ, JUSTINA SANCHEZ LLANOS, MARTHA CORTEZ CERQUIN, ANASTACION CORONADO LLANOS y AUGUSTO LLANOS TACILLA, como presuntos autores del delito contra el patrimonio, en la modalidad de daños en agravio de la Municipalidad Distrital de La Encañada y contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de lesiones leves en agravio de Ramiro Portal Llanos, Humberto Ramos Mendoza, Kely Chavez Martos, Eduardo Quiliche Diaz, Ronard Paisig Choroco, Miguel Huamán Chuquimango y Walter Huaman Chuquimango. 2. Consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, archívese conforme a ley, anulándose los antecedentes que se hubiesen generado. Notifíquese.Cajamarca, 28 de marzo del 2017. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 29-30-31 Marzo EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: LORENA IBETH CARRIÓN ROJAS Exp. 00815-2015-1-0601-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día MIÉRCOLES DIECISIETE DE MAYO DE DOS MIL DICISIETE, a las CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias número cinco (05) – 7mo. Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado FELIX JULCA SALAZAR, identificado con DNI N° 26711843, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito de lesiones graves, en agravio de Miguel Huamán Chuquimango. Suscribe el señor Juez: Domingo Alvarado Luis, y la especialista judicial: Lorena Ibeth Carrión Rojas. F.P. 29-30-31 Marzo EDICTO PENAL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: KARIN D. VIGO PORTAL Exp. 00458-2017-0-0601-JR-PE-03 SE RESUELVE: 1.- RESERVAR el proveído del requerimiento de Acusación Directa presentado por la Fiscal Provincial De La Primera Fiscalía Penal Corporativa de Cajamarca. En los seguidos en su contra por el delito de Daños, en agravio de Gilmer Gallardo Quiroz, en consecuencia REQUIÉRASE al acusado JHONY JHONSON MAMANI MAYTA, para que en el plazo de dos DÍAS DE NOTIFICADO, designe abogado defensor de su libre elección bajo apercibimiento de designar defensor público en caso de incumplimiento. Suscribe el señor Juez: AQUINO CRUZADO MARCO ELOY, y la especialista judicial: KARIN D. VIGO PORTAL F.P. 29-30-31 Marzo

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