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22 nov. 2018 - por el de DIEGO ALBERTO EUGENIO COA-. GUILA, y, en Vía de Proceso No Contencioso, habiéndose realizado la
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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Jueves, 22 de noviembre del 2018

Avisos Judiciales EDICTO EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Provincia Mariscal Nieto - Moquegua, que despacha el Juez PERCY FLORES RAMOS, y como Especialista: MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, en el Expediente 00470-2018-0-2801-JP-CI-02. en vía de proceso No Contencioso, SE HA RESUELTO: 1) Admitir a trámite la demanda de SUCESION INTESTADA que ha interpuesto SANDRA MODESTA FLORES COLQUE de quien en vida fue su padre, don ROBERTO FLORES CONDORI, fallecido el 01 de diciembre del ano 2016 en la ciudad de Moquegua, sin otorgar testamento, siendo su ultimo domicilio en la Calle Inca Garcilaso de la Vega B-6. del distrito de Samegua. provincia Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; solicitando la recurrente, se declaren como herederos a: SANDRA MODESTA FLORES COLQUE, LORENZA CEFERINA FLORES COLQUE, EPIFANIA REYNA FLORES COLQUE, MARKO ROBERTO FLORES COLQUE, REGINA VIRGINIA FLORES COLQUE, VICTORIA MARIELA FLORES COLQUE, JOAQUIN CRISTOBAL FLORES COLQUE en su calidad de hijos del causante y DONA TEODOSIA COLQUE RAMOS VDA DE FLORES en su calidad de conyugue superstite., lo que se hace de conocimiento para que se apersonen los que crean tener derecho a heredar. Moquegua, 19 de noviembre del 2018. Liliana F. Mendoza Neyra – Abogada. C.A.M. N° 0806; Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-23-26 Noviembre) EDICTO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO: Por ante el Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto Moquegua, que despacha el Señor Juez Dr. FERNANDEZ SANCHEZ FREDY y actuando como Especialista Legal la Abog. FLOR DE LIZ TINTAYA MAMANI; en el Exp. N° 00374-2018-0-2801-JM-CI-02, don LAZO PARI ROXANA ELIANA y ORTEGA GOMEZ PRAXIDES, interpone demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, por lo que el Juzgado y mediante Resolución Nro.02. Moquegua, de fecha diez de octubre del dos mil dieciocho, ha emitido pronunciamiento y precisando que se RESUELVE: 1. TENER por subsanada la demanda. 2. ADMITIR la demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por PRAXIDES ORTEGA GOMEZ y ELIANA LAZO PARI en contra de SUCESION DE SANTIAGO POMA POMA, SUCESION DE ALEJANDRA LIMACHE VIUDA DE POMA Y SOCIEDAD CONYUGAL POMA LIMACHE. Corresponde tramitarse en la vía procedimental del Proceso de Abreviado. 3. TRASLADO de la presente demanda a los demandados, por el plazo de DIEZ DÍAS HABILES, para que contesten la demanda, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. Teniéndose por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y agréguese a los autos los anexos que se adjuntan. 4. AL PRIMER OTROSÍ DE LA DEMANDA: CUMPLA la parte demandante con realizar las publicaciones conforme lo señalado en el cuarto considerando de la presente y presentar al Juzgado a la brevedad posible. REGÍSTRESE Y HÁGASE SABER. Fdo. Juez y Secretaria Moquegua, 2018 Julio 13.- CARLOS GUIDO

LUQUE VIZCARDO.- ABOGADO.- I.C.A.T. Reg. 1210.- ABOG. FLOR DE LIZ TINTAYA MAMANI.SECRETARIO JUDICIAL- SEGUNDO JUZGADO MIXTO MARISCAL NIETO.- CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (14-22-26 Noviembre) EDICTO Expediente 479-2017-0-2801-JP-FC-02, en el 2do Juzgado de Paz Letrado De La Provincial De Mariscal Nieto- Moquegua, que sigue HORENCIA MERCEDES CHAMBI ARANA, a CLAUDIO JESUS MANUEL MESTAS, sobre ALIMENTOS, que despacha el Doctor Percy Flores Ramos, Especialista legal. Cesar David Huanca Maquera, ha expedido la Resolución 01, Moquegua Primero De Septiembre Del Año 2017.- SE RESUELVE: 1 ADMITIR, vía proceso UNICO, la demanda sobre ALIMENTOS, interpuesta por HORENCIA MERCEDES CHAMBI ARANA, quien actúa en representación de su menor hija YOSELIN MEDALY MANUEL CHAMBI, seguido en contra de CLAUDIO JESUS MANUEL MESTAS. 2. TRASLADO de la demanda al demandado por el término de 5 días a fin de que absuelva el traslado de la demanda bajo apercibimiento de declararse su REBELDIA. 3. Tener por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y se ordena agregar a los autos los anexos que se acompañan. Resolución 05, Moquegua, cuatro de abril del dos mil dieciocho.- SE RESUELVE: la notificación edictal con extracto de la demanda y admisorio, en el diario la república y en la tablilla del Juzgado, por el plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal en el caso de no contestar la demanda. Regístrese y Hágase Saber. Moquegua, 20 de noviembre de 2018. Abog. Karina Eleana Carbajal Aparicio REG, CAM N°004; Abog, Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (21-22-23 Noviembre) EDICTO Ante el Juzgado de Paz Letrado de Familia de llo que despacha la Sra. Juez Yulemi Paula Pacheco Zapata, Esp. Huber Rojas, en el Exp. N°00419-2018-0-2801-JM-CI-02 sobre Extinción de Alimentos que sigue David Marcial Uribe Delgado con Frank David Uribe Delgado Persona Fallecida se ha resuelto por res. No 01. ADMITIR la demanda de EXTINCION DE ALIMENTOS, interpuesta por DAVID MARCIAL URIBE DELGADO en contra de quien en vida fue Frank David Uribe Delgado; en la vía del proceso SUMARISIMO; por ofrecidos los medios probatorios. Córrase TRASLADO al demandado por el plazo de cinco días para que la conteste, en consecuencia, notifíquese mediante EDICTOS a los SUCESORES del causante Frank David Uribe Delgado, con el auto admisorio, debiendo de apersonarse al proceso los que se crean con derecho dentro del término de quince días, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, publíquese los edictos, en el diario oficial “El Peruano” y en el diario oficial de la localidad “La Republica”, por tres días hábiles. T.R. H.S. Huber Marlon Rojas Huamani – Secretario Judicial de Secretaria – Juzgado de Paz Letrado Familia de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (20-21-22 Noviembre). EDICTO JUZGADO DE PAZ LETRADO FAMILIA- ILO.

EXPEDIENTE: 00665-2018-0-2802-JP-FC-01. MATERIA: EXTINCION DE ALIMENTOS. JUEZ: PACHECO ZAPATA YULEMI PAULA. ESPECIALISTA: PACHECO ZAPATA YULEMI PAULA. DEMANDADO: ZEGARRA DE FRAQUITA, MARIA ENCARNACION FALLECIDA EL 11 10 201. DEMANDANTE: FRAQUITA ZEGARRA. GUIDO. ADMITIR la demanda de EXTINCION DE ALIMENTOS, interpuesta por don GUIDO FRAQUITA ZEGARRA en contra de quien en vida fue María Encarnación Zegarra de Fraquita; debiendo sustanciarse en la vía del proceso SUMARISIMO: por ofrecidos los medios probatorios y a los autos los anexos acompañados. Córrase TRASLADO la demanda a la demandada por el plazo de cinco días para que la conteste, en consecuencia, notificar mediante EDICTOS a los SUCESORES de la causante María Encarnación Zegarra de Fraquita, debiendo de apersonarse al proceso los que se crean con derecho dentro del término de quince días, bajo apercibimiento nombrársele curador procesal. Huber Marlon Rojas Huamani – Secretario Judicial 1era. Secretaria – Juzgado de Paz Letrado Familia de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22 Noviembre) EDICTO En el proceso seguido por Guzman Domingo Mamani Eugenio y Eusebia Adriana Mamani Coaguila, sobre Cambio de nombre, Expediente N°00092-2018-0-2801-JM-CI-02, Juez Dr. Fredy Fernández Sánchez, Especialista Abog. Gaby Nina Escobar, Juzgado Mixto de Mariscal Nieto Moquegua, en cuya solicitud piden que el nombre de su menor hijo DIEGO ALBERTO MAMANI MAMANI sea cambiado por el de DIEGO ALBERTO EUGENIO COAGUILA, y, en Vía de Proceso No Contencioso, habiéndose realizado la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial, Saneándose el Proceso, Admisión de los Medios Probatorios, Actuación de los Medios Probatorios con Declaraciones Testimoniales y Actuación de Medio Probatorio de Oficio con Declaraciones de Parte de los solicitantes, conforme al estado de la causa se procede a emitir Sentencia, la misma que en su parte Resolutiva dice: FALLO: 1. Declarando FUNDADA la demanda interpuesta por Guzmán Domingo Mamani Eugenio y Eusebia Adriana Mamani Coaguila en representación de su menor hijo DIEGO ALBERTO MAMANI MAMANI 2. DISPONGO: que ante la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto-Moquegua, se proceda a suprimir el primer y segundo apellidos de “MAMANI MAMANI” y consignarse los apellidos de “EUGENIO COAGUILA”, en la Partida de Nacimiento N° 64490882 del año 2006, debiendo quedar en lo sucesivo los datos del titular de la Partida como DIEGO ALBERTO EUGENIO COAGUILA; sin alterar la condición civil, ni constituir prueba de filiación. 3. PUBLÍQUESE la presente sentencia en el diario La República y, consentida o ejecutoriada que quede la misma, REMITASE los partes judiciales para que se proceda a la anotación respectiva, previo pago de los aranceles judiciales respectivos. 4. SIN COSTAS, NI COSTOS del proceso. Esta es la sentencia que pronuncio, mando y firmo en la sala de mi despacho del Juzgado Mixto de Mariscal Nieto. REGISTRESE Y HAGASE SABER. Asume funciones por Disposición del Superior. Lo que se cumple con publicar en la forma de ley. Moquegua, noviembre 19, 2018. Maximo Fermin Mamani Coayla – Abo-

gado. ICAM N° 382; Abog. Gaby Edith Nina Escobar. Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22 Noviembre) EDICTO JUDICIAL EDICTO JUDICIAL. EXPEDIENTE N° 00112-2016-0-2801-JMCI-01. EL JUEZ DEL JUZGADO MIXTO-SEDE NUEVO PALACIO DE MOQUEGUA, DOCTOR: FERNANDEZ SANCHEZ FREDY, ESPECIALISTA: DRA. DIANA ELIZABETH MAMANI MAMANI, HA DISPUESTO LA NOTIFICACION MEDIANTE EDICTOS DE LA RESOLUCION N° 11, DE FECHA 26-09-2018, EXPEDIDA EN LA DEMANDA DE NULIDAD DE ACTO JURÍDICO, QUE SIGUE: ENGRACIA NIEVES CHAVEZ RIVERA EN CONTRA DE: VICTOR VDAL CHÁVEZ RIVERA Y DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LIMITADA 103, Y QUE RESUELVE: “SUSPENDER EL PROCESO POR EL PLAZO DE TREINTA DIAS, PARA QUE COMPAREZCAN AL PROCESO LOS SUCESORES DE QUIEN EN VIDA FUE LA DEMANDADA MARIA NIEVES RIVERA SANTANA, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL. SE DISPONE NOTIFICAR CON LA PRESENTE RESOLUCIÓN A LA SUCESION DE MARIA NIEVES RIVERA SANTANA POR EDICTOS, LOS MISMOS QUE DEBERÁN SER DILIGENCIADOS POR LA PARTE DEMANDANTE, BAJO RESPONSABILIDAD DE LA DEMORA EN EL TRAMITE DEL PROCESO. MOQUEGUA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018. ABOG. DIANA ELIZABETH MAMANI MAMANI – SECRETARIA JUDICIAL – JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA MOQUEGUA. (22 NOVIEMBRE) RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO RECTIFICACION DE PARTIDA Expediente 00467-2018, ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, que despacha el Juez Dr. Percy Flores Ramos, Sec. Melisa Melisa Paola Manchego Rivera. SE RESUELVE, Admitir a trámite la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO de Agustina Magdalena Centeno Gutierrez, en lo referente a los datos de sus padres que figuran erróneamente como “TEOFILO CENTENO” y “LORENZA GUTIERREZ GARCIA”, pero el nombre correcto de sus padres es TEOFILO ADRIAN CENTENO COAILA y LORENZA CANDELARIA GUTIERREZ GARCIA, señalándose fecha para audiencia de actuación y declaración judicial el día TRECE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ DE LA MAÑANA en el Local de Juzgado. Moquegua, 19 de Noviembre del 2017. Jose M. Barrera Marca. Abogado. Reg. C.A.M. 172; Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22 Noviembre) RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO En el Expediente N°00339-2018-0-2802-JPCI-02, El Juzgado de Paz Letrado Mixto de Ilo que despacha el Juez Julio Martin Pinazo Quispe, Especialista Usmelda Valdivia Flores mediante Resolución N° 01 de fecha 30/10/2018 RESUELVE: ADMITIR la solicitud que contiene la pretensión no contenciosa de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, interpuesta por ROBERTO CASTRO GONZA-

LES, por derecho propio, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO; debiendo: - Rectificar el apellido materno de su padre, el cual figura como “Nicolás Castro”, habiéndose omitido el segundo apellido “Ruiz”, debiendo quedar definitivamente como Nicolás Castro Ruiz, Asimismo el apellido materno de la madre, el cual figura como “María Gonzales”, habiéndose omitido el segundo apellido “Alvarez” debiendo quedar definitivamente como María Gonzales Alvarez; consecuentemente, DISPONER que se realice la publicación del extracto de la solicitud por una sola vez en el diario oficial El Peruano y en el diario judicial encargado de las publicaciones. TÓMESE RAZON Y HÁGASE SABER. llo, 07 de noviembre del 2018. Usmelda Felina Valdivia Flores – Secretaria Judicial 2da. Secretaria – Juzgado de Paz Letrado Mixto de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22 Noviembre) REMATE PÚBLICO PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA SA contra JACINTO MONTALICO, EUDOCIA MAQUERA CUSACANI, GERARDO, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente N°: 00519-2016-0-2802-JP-CI-02 por orden del Juzgado de Paz Letrado Mixto Ilo a cargo del señor Juez JULIO MARTIN PINAZO QUISPE, Especialista Legal USMELDA VALDIVIA FLORES, ha dispuesto sacar a Remate Público en Primera Convocatoria el inmueble ubicado en el Asentamiento Humano de Programa Municipal de Vivienda Nro. IV Nuevo Ilo Lote 1 Manzana 22 Vivienda ubicado en el Distrito de ILO, Provincia de ILO, Departamento de Moquegua; inscrito en la partida Nro. P08025078 de la Zona Registral Nro.XIII Sede Tacna. VALOR DE TASACION: S/. 192,057.05 (Ciento noventa y dos mil cincuenta y siete y 05/100 Soles). BASE DE REMATE; S/. 128,038.03 (Ciento veintiocho mil y treinta y ocho con 03/100 Soles) equivalentes a 2/3 partes de tasación. AFECTACIONES: CARGAS Y GRAVAMENES: CONSTITUCION DE HIPOTECA COMUN.- Asiento 0004 a favor del Banco de Materiales hasta por la suma de S/8,080.00 soles, asiento de presentación N° 08A2006151 del 04/12/2012. INSCRIPCION DE EMBARGO CAUTELAR.- Asiento 0005 sobre predio inscrito hasta por la suma de S/16,500.00 soles a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Credito de Arequipa, mediante resolución N 01 del 02/11/2016 por juez del 2do Juzgado de Paz Letrado Julio Martin Pinazo Quispe. INSCRIPCION DE EMBARGO.Asiento 0006 sobre predio inscrito hasta por la suma de S/10,000.00 soles a favor de La Caja Municipal de Ahorro y Credito de Tacna SA., mediante resolución N 01 del 16/08/2017 por Juez del 2do Juzgado de Paz letrado de Ilo Julio Martín Pinazo Quispe. FECHA Y HORA DE REMATE: Jueves 29 de Noviembre del 2018 a las 3:45 P.M. LUGAR DE REMATE: En el local del Juzgado de Paz Letrado Mixto- Ilo, Ubicado en calle Matara N° 325, Tercer piso Ilo – Moquegua. POSTORES: Obrarán cantidad no menor del 10% de la Tasación del inmueble, en efectivo o mediante cheque de gerencia sin sello No Negociable a favor del Banco de la Nación y presentarán el original del pago del arancel judicial respectivo a nombre del Juzgado, consignando número

Jueves, 22 de noviembre del 2018

del Expediente, número de documento de identidad, firma y adjuntando copia simple de todos los documentos. El Adjudicatario cancelara la comisión del Martillero Público de conformidad con el artículo 18° del D.S. 008-2005-JUS. Adjudicatario deberá depositar saldo del precio dentro del tercer día de la fecha de remate, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Octubre del 2018. DRA. KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE Abogado Martillero Reg. 310. Usmelda Felina Valdivia Flores - Especialista Legal. Juzgado de Paz Letrado Mixto de Ilo - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (1619-20-21-22-23 Noviembre) EDICTO

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probatorios que se precisan y agréguese a los autos los anexos que se adjuntan. 4. AL PRIMER OTROSÍ DE LA DEMANDA: CUMPLA la parte demandante con realizar las publicaciones conforme lo señalado en el cuarto considerando de la presente y presentar al Juzgado a la brevedad posible. REGÍSTRESE Y HÁGASE SABER. Fdo. Juez y Secretaria Moquegua, 2018 Julio 13.- CARLOS GUIDO LUQUE VIZCARDO.- ABOGADO.- I.C.A.T. Reg. 1210.- ABOG. FLOR DE LIZ TINTAYA MAMANI.SECRETARIO JUDICIAL- SEGUNDO JUZGADO MIXTO MARISCAL NIETO.- CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (14-22-26 Noviembre)

EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Provincia Mariscal Nieto - Moquegua, que despacha el Juez PERCY FLORES RAMOS, y como Especialista: MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, en el Expediente 00470-2018-0-2801-JP-CI-02. en vía de proceso No Contencioso, SE HA RESUELTO: 1) Admitir a trámite la demanda de SUCESION INTESTADA que ha interpuesto SANDRA MODESTA FLORES COLQUE de quien en vida fue su padre, don ROBERTO FLORES CONDORI, fallecido el 01 de diciembre del ano 2016 en la ciudad de Moquegua, sin otorgar testamento, siendo su ultimo domicilio en la Calle Inca Garcilaso de la Vega B-6. del distrito de Samegua. provincia Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; solicitando la recurrente, se declaren como herederos a: SANDRA MODESTA FLORES COLQUE, LORENZA CEFERINA FLORES COLQUE, EPIFANIA REYNA FLORES COLQUE, MARKO ROBERTO FLORES COLQUE, REGINA VIRGINIA FLORES COLQUE, VICTORIA MARIELA FLORES COLQUE, JOAQUIN CRISTOBAL FLORES COLQUE en su calidad de hijos del causante y DONA TEODOSIA COLQUE RAMOS VDA DE FLORES en su calidad de conyugue superstite., lo que se hace de conocimiento para que se apersonen los que crean tener derecho a heredar. Moquegua, 19 de noviembre del 2018. Liliana F. Mendoza Neyra – Abogada. C.A.M. N° 0806; Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-23-26 Noviembre)

EDICTO Expediente 479-2017-0-2801-JP-FC-02, en el 2do Juzgado de Paz Letrado De La Provincial De Mariscal Nieto- Moquegua, que sigue HORENCIA MERCEDES CHAMBI ARANA, a CLAUDIO JESUS MANUEL MESTAS, sobre ALIMENTOS, que despacha el Doctor Percy Flores Ramos, Especialista legal. Cesar David Huanca Maquera, ha expedido la Resolución 01, Moquegua Primero De Septiembre Del Año 2017.- SE RESUELVE: 1 ADMITIR, vía proceso UNICO, la demanda sobre ALIMENTOS, interpuesta por HORENCIA MERCEDES CHAMBI ARANA, quien actúa en representación de su menor hija YOSELIN MEDALY MANUEL CHAMBI, seguido en contra de CLAUDIO JESUS MANUEL MESTAS. 2. TRASLADO de la demanda al demandado por el término de 5 días a fin de que absuelva el traslado de la demanda bajo apercibimiento de declararse su REBELDIA. 3. Tener por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y se ordena agregar a los autos los anexos que se acompañan. Resolución 05, Moquegua, cuatro de abril del dos mil dieciocho.- SE RESUELVE: la notificación edictal con extracto de la demanda y admisorio, en el diario la república y en la tablilla del Juzgado, por el plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal en el caso de no contestar la demanda. Regístrese y Hágase Saber. Moquegua, 20 de noviembre de 2018. Abog. Karina Eleana Carbajal Aparicio REG, CAM N°004; Abog, Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (21-22-23 Noviembre)

EDICTO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO: Por ante el Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto Moquegua, que despacha el Señor Juez Dr. FERNANDEZ SANCHEZ FREDY y actuando como Especialista Legal la Abog. FLOR DE LIZ TINTAYA MAMANI; en el Exp. N° 00374-2018-0-2801-JM-CI-02, don LAZO PARI ROXANA ELIANA y ORTEGA GOMEZ PRAXIDES, interpone demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, por lo que el Juzgado y mediante Resolución Nro.02. Moquegua, de fecha diez de octubre del dos mil dieciocho, ha emitido pronunciamiento y precisando que se RESUELVE: 1. TENER por subsanada la demanda. 2. ADMITIR la demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por PRAXIDES ORTEGA GOMEZ y ELIANA LAZO PARI en contra de SUCESION DE SANTIAGO POMA POMA, SUCESION DE ALEJANDRA LIMACHE VIUDA DE POMA Y SOCIEDAD CONYUGAL POMA LIMACHE. Corresponde tramitarse en la vía procedimental del Proceso de Abreviado. 3. TRASLADO de la presente demanda a los demandados, por el plazo de DIEZ DÍAS HABILES, para que contesten la demanda, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. Teniéndose por ofrecidos los medios

EDICTO Ante el Juzgado de Paz Letrado de Familia de llo que despacha la Sra. Juez Yulemi Paula Pacheco Zapata, Esp. Huber Rojas, en el Exp. N°00419-2018-0-2801-JM-CI-02 sobre Extinción de Alimentos que sigue David Marcial Uribe Delgado con Frank David Uribe Delgado Persona Fallecida se ha resuelto por res. No 01. ADMITIR la demanda de EXTINCION DE ALIMENTOS, interpuesta por DAVID MARCIAL URIBE DELGADO en contra de quien en vida fue Frank David Uribe Delgado; en la vía del proceso SUMARISIMO; por ofrecidos los medios probatorios. Córrase TRASLADO al demandado por el plazo de cinco días para que la conteste, en consecuencia, notifíquese mediante EDICTOS a los SUCESORES del causante Frank David Uribe Delgado, con el auto admisorio, debiendo de apersonarse al proceso los que se crean con derecho dentro del término de quince días, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, publíquese los edictos, en el diario oficial “El Peruano” y en el diario oficial de la localidad “La Republica”, por tres días hábiles. T.R. H.S. Huber Marlon Rojas Huamani – Secretario Judicial de Secretaria – Juzgado de Paz Letrado Familia de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (20-21-22 Noviembre).

de Moquegua. (22 Noviembre) EDICTO JUZGADO DE PAZ LETRADO FAMILIA- ILO. EXPEDIENTE: 00665-2018-0-2802-JP-FC-01. MATERIA: EXTINCION DE ALIMENTOS. JUEZ: PACHECO ZAPATA YULEMI PAULA. ESPECIALISTA: PACHECO ZAPATA YULEMI PAULA. DEMANDADO: ZEGARRA DE FRAQUITA, MARIA ENCARNACION FALLECIDA EL 11 10 201. DEMANDANTE: FRAQUITA ZEGARRA. GUIDO. ADMITIR la demanda de EXTINCION DE ALIMENTOS, interpuesta por don GUIDO FRAQUITA ZEGARRA en contra de quien en vida fue María Encarnación Zegarra de Fraquita; debiendo sustanciarse en la vía del proceso SUMARISIMO: por ofrecidos los medios probatorios y a los autos los anexos acompañados. Córrase TRASLADO la demanda a la demandada por el plazo de cinco días para que la conteste, en consecuencia, notificar mediante EDICTOS a los SUCESORES de la causante María Encarnación Zegarra de Fraquita, debiendo de apersonarse al proceso los que se crean con derecho dentro del término de quince días, bajo apercibimiento nombrársele curador procesal. Huber Marlon Rojas Huamani – Secretario Judicial 1era. Secretaria – Juzgado de Paz Letrado Familia de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22 Noviembre) EDICTO En el proceso seguido por Guzman Domingo Mamani Eugenio y Eusebia Adriana Mamani Coaguila, sobre Cambio de nombre, Expediente N°00092-2018-0-2801-JM-CI-02, Juez Dr. Fredy Fernández Sánchez, Especialista Abog. Gaby Nina Escobar, Juzgado Mixto de Mariscal Nieto Moquegua, en cuya solicitud piden que el nombre de su menor hijo DIEGO ALBERTO MAMANI MAMANI sea cambiado por el de DIEGO ALBERTO EUGENIO COAGUILA, y, en Vía de Proceso No Contencioso, habiéndose realizado la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial, Saneándose el Proceso, Admisión de los Medios Probatorios, Actuación de los Medios Probatorios con Declaraciones Testimoniales y Actuación de Medio Probatorio de Oficio con Declaraciones de Parte de los solicitantes, conforme al estado de la causa se procede a emitir Sentencia, la misma que en su parte Resolutiva dice: FALLO: 1. Declarando FUNDADA la demanda interpuesta por Guzmán Domingo Mamani Eugenio y Eusebia Adriana Mamani Coaguila en representación de su menor hijo DIEGO ALBERTO MAMANI MAMANI 2. DISPONGO: que ante la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto-Moquegua, se proceda a suprimir el primer y segundo apellidos de “MAMANI MAMANI” y consignarse los apellidos de “EUGENIO COAGUILA”, en la Partida de Nacimiento N° 64490882 del año 2006, debiendo quedar en lo sucesivo los datos del titular de la Partida como DIEGO ALBERTO EUGENIO COAGUILA; sin alterar la condición civil, ni constituir prueba de filiación. 3. PUBLÍQUESE la presente sentencia en el diario La República y, consentida o ejecutoriada que quede la misma, REMITASE los partes judiciales para que se proceda a la anotación respectiva, previo pago de los aranceles judiciales respectivos. 4. SIN COSTAS, NI COSTOS del proceso. Esta es la sentencia que pronuncio, mando y firmo en la sala de mi despacho del Juzgado Mixto de Mariscal Nieto. REGISTRESE Y HAGASE SABER. Asume funciones por Disposición del Superior. Lo que se cumple con publicar en la forma de ley. Moquegua, noviembre 19, 2018. Maximo Fermin Mamani Coayla – Abogado. ICAM N° 382; Abog. Gaby Edith Nina Escobar. Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia

EDICTO JUDICIAL EDICTO JUDICIAL. EXPEDIENTE N° 00112-2016-0-2801-JMCI-01. EL JUEZ DEL JUZGADO MIXTO-SEDE NUEVO PALACIO DE MOQUEGUA, DOCTOR: FERNANDEZ SANCHEZ FREDY, ESPECIALISTA: DRA. DIANA ELIZABETH MAMANI MAMANI, HA DISPUESTO LA NOTIFICACION MEDIANTE EDICTOS DE LA RESOLUCION N° 11, DE FECHA 26-09-2018, EXPEDIDA EN LA DEMANDA DE NULIDAD DE ACTO JURÍDICO, QUE SIGUE: ENGRACIA NIEVES CHAVEZ RIVERA EN CONTRA DE: VICTOR VDAL CHÁVEZ RIVERA Y DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LIMITADA 103, Y QUE RESUELVE: “SUSPENDER EL PROCESO POR EL PLAZO DE TREINTA DIAS, PARA QUE COMPAREZCAN AL PROCESO LOS SUCESORES DE QUIEN EN VIDA FUE LA DEMANDADA MARIA NIEVES RIVERA SANTANA, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL. SE DISPONE NOTIFICAR CON LA PRESENTE RESOLUCIÓN A LA SUCESION DE MARIA NIEVES RIVERA SANTANA POR EDICTOS, LOS MISMOS QUE DEBERÁN SER DILIGENCIADOS POR LA PARTE DEMANDANTE, BAJO RESPONSABILIDAD DE LA DEMORA EN EL TRAMITE DEL PROCESO. MOQUEGUA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018. ABOG. DIANA ELIZABETH MAMANI MAMANI – SECRETARIA JUDICIAL – JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA MOQUEGUA. (22 NOVIEMBRE) RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO RECTIFICACION DE PARTIDA Expediente 00467-2018, ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, que despacha el Juez Dr. Percy Flores Ramos, Sec. Melisa Melisa Paola Manchego Rivera. SE RESUELVE, Admitir a trámite la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO de Agustina Magdalena Centeno Gutierrez, en lo referente a los datos de sus padres que figuran erróneamente como “TEOFILO CENTENO” y “LORENZA GUTIERREZ GARCIA”, pero el nombre correcto de sus padres es TEOFILO ADRIAN CENTENO COAILA y LORENZA CANDELARIA GUTIERREZ GARCIA, señalándose fecha para audiencia de actuación y declaración judicial el día TRECE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ DE LA MAÑANA en el Local de Juzgado. Moquegua, 19 de Noviembre del 2017. Jose M. Barrera Marca. Abogado. Reg. C.A.M. 172; Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22 Noviembre) RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO En el Expediente N°00339-2018-0-2802-JPCI-02, El Juzgado de Paz Letrado Mixto de Ilo que despacha el Juez Julio Martin Pinazo Quispe, Especialista Usmelda Valdivia Flores mediante Resolución N° 01 de fecha 30/10/2018 RESUELVE: ADMITIR la solicitud que contiene la pretensión no contenciosa de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, interpuesta por ROBERTO CASTRO GONZALES, por derecho propio, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO; debiendo: - Rectificar el apellido materno de su padre, el cual figura como “Nicolás Castro”, habiéndose omitido el segundo apellido “Ruiz”, debiendo quedar definitivamente como Nicolás Castro Ruiz, Asimismo el apellido materno de la madre, el cual figura como “María Gonzales”, habiéndose omitido el segundo apellido “Alvarez”

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debiendo quedar definitivamente como María Gonzales Alvarez; consecuentemente, DISPONER que se realice la publicación del extracto de la solicitud por una sola vez en el diario oficial El Peruano y en el diario judicial encargado de las publicaciones. TÓMESE RAZON Y HÁGASE SABER. llo, 07 de noviembre del 2018. Usmelda Felina Valdivia Flores – Secretaria Judicial 2da. Secretaria – Juzgado de Paz Letrado Mixto de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22 Noviembre) REMATE PÚBLICO PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA SA contra JACINTO MONTALICO, EUDOCIA MAQUERA CUSACANI, GERARDO, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente N°: 00519-2016-0-2802-JP-CI-02 por orden del Juzgado de Paz Letrado Mixto Ilo a cargo del señor Juez JULIO MARTIN PINAZO QUISPE, Especialista Legal USMELDA VALDIVIA FLORES, ha dispuesto sacar a Remate Público en Primera Convocatoria el inmueble ubicado en el Asentamiento Humano de Programa Municipal de Vivienda Nro. IV Nuevo Ilo Lote 1 Manzana 22 Vivienda ubicado en el Distrito de ILO, Provincia de ILO, Departamento de Moquegua; inscrito en la partida Nro. P08025078 de la Zona Registral Nro.XIII Sede Tacna. VALOR DE TASACION: S/. 192,057.05 (Ciento noventa y dos mil cincuenta y siete y 05/100 Soles). BASE DE REMATE; S/. 128,038.03 (Ciento veintiocho mil y treinta y ocho con 03/100 Soles) equivalentes a 2/3 partes de tasación. AFECTACIONES: CARGAS Y GRAVAMENES: CONSTITUCION DE HIPOTECA COMUN.- Asiento 0004 a favor del Banco de Materiales hasta por la suma de S/8,080.00 soles, asiento de presentación N° 08A2006151 del 04/12/2012. INSCRIPCION DE EMBARGO CAUTELAR.- Asiento 0005 sobre predio inscrito hasta por la suma de S/16,500.00 soles a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Credito de Arequipa, mediante resolución N 01 del 02/11/2016 por juez del 2do Juzgado de Paz Letrado Julio Martin Pinazo Quispe. INSCRIPCION DE EMBARGO.Asiento 0006 sobre predio inscrito hasta por la suma de S/10,000.00 soles a favor de La Caja Municipal de Ahorro y Credito de Tacna SA., mediante resolución N 01 del 16/08/2017 por Juez del 2do Juzgado de Paz letrado de Ilo Julio Martín Pinazo Quispe. FECHA Y HORA DE REMATE: Jueves 29 de Noviembre del 2018 a las 3:45 P.M. LUGAR DE REMATE: En el local del Juzgado de Paz Letrado Mixto- Ilo, Ubicado en calle Matara N° 325, Tercer piso Ilo – Moquegua. POSTORES: Obrarán cantidad no menor del 10% de la Tasación del inmueble, en efectivo o mediante cheque de gerencia sin sello No Negociable a favor del Banco de la Nación y presentarán el original del pago del arancel judicial respectivo a nombre del Juzgado, consignando número del Expediente, número de documento de identidad, firma y adjuntando copia simple de todos los documentos. El Adjudicatario cancelara la comisión del Martillero Público de conformidad con el artículo 18° del D.S. 008-2005-JUS. Adjudicatario deberá depositar saldo del precio dentro del tercer día de la fecha de remate, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Octubre del 2018. DRA. KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE Abogado Martillero Reg. 310. Usmelda Felina Valdivia Flores - Especialista Legal. Juzgado de Paz Letrado Mixto de Ilo - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (1619-20-21-22-23 Noviembre)

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Jueves, 22 de noviembre del 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

EDICTO Moquegua, 13 de Noviembre de 2018 La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2018-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de noviembre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha: Organo Jurisdiccional Juzgado de Trabajo Transitorio para Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales

Dia

Hora de Inicio

Miércoles 28 de noviembre

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas. FREDY FERNÁNDEZ SÁNCHEZ MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA