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22 jul. 2016 - lencia, Sec. Julissa Revilla Guzmán, Resuelve ... SECRETARIO JUDICIAL: JULISSA REVILLA .... Gomez Peñaloz
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Viernes, 22 de julio del 2016

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

La República

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Viernes, 22 de julio del 2016

Avisos Judiciales AVISO JUDICIAL EDICTO EDICTO Expediente N° 00461-2016-0-2801-JP-CI-02, Hago saber que en el proceso No Contencioso, seguidos ante El Segundo Juzgado Paz Letrado de Mariscal Nieto Moquegua, que despacha la Señora Juez Dra. LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA, Secretaria Dra. Melisa Paola MANCHEGO Rivera. Doña Doris Pilar Mamani Arana, por derecho propio solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue su señor padre VALERIANO MAMANI CORI, fallecido el 14 de marzo del 2013, en esta ciudad de Moquegua, con la finalidad de que se declare como HEREDERA a la recurrente, la misma que se ha dispuesto mediante resolución N°01-2016, efectuar las publicaciones de ley, por lo que se comunica a todas las personas que tenga interés, y actuar con arreglo a ley, Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 14 de Julio del 2016. (22-25-26 julio) EDICTO EL Juez del Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto - Moquegua, Dr. Fredy Fernández Sánchez, Especialista Dra. Roxana Escarcena Mamani, Exp. 00123-2016, en la Resolución N° 07 del dieciocho de Julio del dos mil dieciséis a través de la Sentencia N° 045-2016-2JMMN. RESUELVE: 1.- Declarar FUNDADA la demanda interpuesta por AMILCAR MAMANI QUISPE, sobre Rectificación de Partida en la modalidad de Cambio de Nombre. 2.- DISPONGO: Que, ante la Municipalidad Distrital de Usicayos, Provincia de Cararbaya, Departamento de Puno, en el Acta de Nacimiento N° 000107 del año 1995, se proceda a cambiar el nombre AMILCAR por el de ROGELIO y el primer apellido MAMANI por el de GARCIA, debiendo quedar en lo sucesivo Ios datos del titular de la partida como ROGELIO GARCIA QUISPE; sin alterar la condición civil, ni constituir prueba de filiación. 3.- PUBLIQUESE la presente sentencia en el diario La República y, consentida que quede la presente REMITASE Ios partes judiciales para que procedan a la anotación respectiva; previo pago de Ios aranceles judiciales pertinentes. 4-SIN COSTAS NI COSTOS del proceso. REGISTRESE Y HAGASE SABER.-Moquegua, 20 de Julio del 2016 (22 julio) EDICTO POR ANTE SEGUNDO JUZGADO MIXTO MARISCAL NIETO MOQUEGUA DONDE DESPACHA EL JUEZ DR. FERNANDEZ SANCHEZ FREDY, CON INTERVENCION SECRETARIO JUDICIAL Dra. GABY NINA ESCOBAR, EN EL EXPEDIENTE 00168-2016-0-2801-JM-CI-02, se ha dictado sentencia: SE RESUELVE: 1. Declarando FUNDADA la demanda interpuesta por BORIS DAYGOR QUISPE HUACAN, sobre Rectificación de Partida en la modalidad de Cambio de Nombre. 2. En consecuencia, DISPONGO: Que, ante la Municipalidad Distrital de San Cristóbal, Provincia de Mariscal Nieto, Departamento de Moquegua, en el Acta de Nacimiento N° Diez Folios 076 del año 1990, se proceda a cambiar el segundo prenombre DAYGOR por el de LEONARDO y su primer apellido QUISPE por el de ARANDA, debiendo quedar en lo sucesivo los datos del titular de la partida como BORIS LEONARDO ARANDA HUACAN; sin alterar la condición civil, ni constituir prueba de filiación. 3. DISPONGO: Una vez efectuada las publicación en la Republica y consentida que quede la presente, REMITASE los partes judiciales para que procedan a la anotación respectiva, previo pago de los aranceles judiciales pertinentes. Moquegua 19 de Julio del 2016 (22 julio)

AVISO JUDICIAL Por ante el 2° Juzgado de Paz Letrado de esta ciudad, que despacha la Dra. LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA, mediante expediente N° 503-2016-0-2801-JP-CI-02, MARINA ZENOVIA FLORES VERA, está solicitando la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, donde figura los datos de madre como DORA VERA DE FLORES, se rectifique y debiendo quedar en lo sucesivo y en forma correcta como ANGELINA ENCARNACION VERA PEREZ. Lo que notifico a los interesados para que hagan valer su derecho conforme a ley. Moquegua, 2016-07-14. (22 julio) AVISO JUDICIAL Por ante el 2° Juzgado Mixto de esta ciudad, que despacha el Dr. FERNANDEZ SANCHEZ FREDY, mediante expediente N° 00196-20160-280 1-JM-CI-02, especialista legal Abogado GABY NINA ESCOBAR, demandante JHOEL DANIEL MAMANI FLORES, está solicitando la CAMBIO DE NOMBRE, de JHOEL DANIEL MAMANI FLORES y debiendo figurar en lo sucesivo como JHOEL DANIEL CUAYLA FLORES en su Acta de Nacimiento, señalándose la audiencia de actuación y declaración judicial para el día diecisiete de agosto del dos mil dieciséis a las diez de la mañana, en la sala de audiencias del juzgado. Lo que notifico a los interesados para que hagan valer su derecho conforme a ley. Moquegua, 2016-07-14. (22 julio) RECTIFICACION DE PARTIDA RECTIFICACION DE PARTIDA Expedientes 00456-2016, el Segundo juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, que despacha la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Sec. Julissa Revilla Guzmán, Resuelve admitir a trámite la solicitud de Rectificación de Partida de Defunción, presentada por MAGDALEN MAMANI CRUZ DE PACHO, para que rectifique el nombre de su esposo, que aparece erróneamente consignado como “Roberto Pacho Cruz”, pero su nombre correcto debe ser ROBERTO AURELIO PACHO CRUZ, señalándose para la Audiencia de Actuación y Declaración judicial EL DÍA CUATRO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISÉIS A LAS ONCE HORAS. Moquegua, 18 de julio del 2016 (22 julio) SUCESION INTESTADA PUBLICACIÓN DE SUCESION INTESTADA TRAMITADA POR ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MARISCAL NIETO, CON JUEZ: LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA, SECRETARIO JUDICIAL: JULISSA REVILLA GUZMAN, EXPEDIENTE N° 00444-2016-02801 -JP-CI-02, SOBRE SUCESIÓN INTESTADA INTERPUESTA POR RAUL MARCO MAMANI SOLORZANO, DEL CAUSANTE RAUL BRANDON MAMANI ROSALES, FALLECIDO EN AREQUIPA EL 13/05/2016. EN EL DISTRITO DE AREQUIPA, SIN OTORGAR TESTAMENTO Y SOLICITO QUE SE ME DECLARE COMO UNICO HEREDERO AL ACTOR EN CALIDAD DE PADRE, LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO A LAS PARTES INTERESADAS. MOQUEGUA, 20 DE JULIO DEL 2016. (22-25 y 26 julio) REMATE AVISO DE REMATE EN TERCERA CONVOCATORIA Expediente 8129 – 2014.- En el proceso sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, que sigue CUADROS CARDENAS NELLY AMPARO, contra QUEA BELTRAN LENER YULIAN, y según lo ordenado por el Señor Juez del Cuarto Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, Dr. Quispe Apaza Justo Andrés, y Especialista Le-

gal, Curo Umeres Sachi Yoana, sacare a remate en TERCERA CONVOCATORIA el 25% de los derechos que le corresponden a Lener Yulian Quea Beltrán del inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Urbanización Popular de Interés Social Miramar Manzana P, Lote 23, Parte Prima, Distrito Ilo, Provincia Ilo y Departamento de Moquegua, cuyos linderos, medidas perimétricas, y demás características se encuentran inscrito en la Partida Registral N° P08022716 de la Zona Registral Nro. XIII - Sede Tacna. VALOR DE TASACION: US $13.750,00 (Trece Mil Setecientos Cincuenta con 00/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE: US $ 6,622.92 (Seis Mil Seiscientos Veintidós con 92/100 Dólares Americanos), equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación menos el 15% de la segunda convocatoria y menos otro 15% más por tratarse de tercera convocatoria. GRAVAMENES: a)INSCRIPCION DE HIPOTECA.- Sobre los derechos y acciones correspondientes a Lener Yulian Beltran Quea, a favor de Cuadros Cárdenas Nelly Amparo, hasta por la suma de S/. 76,000.00 Nuevos Soles, en cumplimiento de las obligaciones existentes Así y más consta de la escritura pública de fecha 31.05.2014 y escritura pública aclaratoria del 17.06.2014. Inscrito 24.06.2014. Asiento 00006. DIA Y HORA DEL REMATE: El bien será rematado el día 29 de Agosto del 2016 a las 10:00 de la mañana. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates Judiciales N° 12, ubicado en el sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa sito en Siglo XX con Plaza España S/N Cercado de Arequipa del Distrito y Provincia de Arequipa Departamento de Arequipa. POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o en cheque de gerencia (SIN SELLO NO NEGOCIABLE), presentaran DNI y Arancel Judicial consignando el número del DNI del postor, Juzgado correspondiente y el Número del Expediente (con copia del DNI y del Arancel Judicial firmados). FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE El Remate será efectuado por NORMA REVECA ROJAS ALANIA, Martillero Público a Nivel Nacional Reg, N° 286, teléfono #988678153. Adjudicatario cancela los honorarios del Martillero conforme a ley y están afectos al I.G.V, al finalizar el remate. Arequipa, 30 Junio del 2,016.- SACHI YOANA CURO UMERES SECRETARIA JUDICIAL , NORMA ROJAS ALANIA MARTILLERO PUBLICO A NIVEL NACIONAL REG. Nº 286. (22 julio). REMATE En los seguidos por COORPORATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA LTDA, en contra de SMERLY OSWALDO PORTUGAL PINTO, sobre ejecución de garantías; Expediente N° 00201-2015-0-2802-JM-CI-01; el señor Juez del Juzgado Mixto de Ilo, Dr. Adolfo Cornejo Polanco, con intervención del Especialista Legal Dr. Marco Cáceres Ninaja, han autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro N° 318, llevar adelante el REMATE PÚBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en: ASENTAMIENTO HUMANO BELLO HORIZONTE MZ. E. LOTE 7, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, INSCRITO EN LA PARTIDA N° P08017247, DE LA OFICINA REGISTRAL DE TACNA, ZONA REGISTRAL N° XIII – SEDE TACNA; VALOR DE TASACIÓN (comercial): US$ 17,261.74 (Diecisiete mil dos cientos sesenta y uno 74/100 dólares americanos); PRECIO BASE: US$ 9,781.65 (nueve mil setecientos ochenta y uno con 65/100 dólares americanos), equivalente a los 2/3 partes del valor de tasación, menos el 15% por tratarse de segunda convocatoria; AFECTACIONES: HIPOTECA inscrito en el asiento 00009: a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina Ltda, hasta por la suma de S/ 33,000.00 nuevos soles,

materia de ejecución, afectación que se halla inscrita en la partida N° P08017247, de la Oficina Registral de Tacna, Zona Registral N° XIII – Sede Tacna; DIA Y HORA DE REMATE: Miércoles 24 de agosto del 2016, a horas 15:00 p.m. (QUINCE HORAS) P.M.: LUGAR DEL REMATE: En la sala (lugar) de espera del JUZGADO MIXTO – SEDE JUZGADOS ILO, ubicado en la Calle Matara N° 325 – Ilo, de la Corte Superior de Justicia de Moquegua; LOS POSTORES: Oblaran no menos del diez por ciento (US$ 1,726.174) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta del adjudicatario, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martillero Público. Arequipa 2016, junio 30 (22-25 y 26 Julio) EDICTO PENAL EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE ILO. EXPEDIENTE N°: 00293-2016-55-2802-JR-PE-01. JUEZ: Abog. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO ESPECIALISTA: Abog. LUIS PALOMINO BARRANZUELA. Se emplaza, notifica y cita al acusado RUSSELL BEDER EGOAVIL MEZARINA con la RESOLUCIÓN N° 01 que RESUELVE: 3.1. PRIMERO: PROGRAMAR la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, con carácter INAPLAZABLE, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de Ilo sito en Jirón Junín 301 de esta ciudad – segundo piso; en el proceso seguido en su contra por la presunta comisión del delito de Omisión a la asistencia familiar en agravio del menor de iniciales E.R.S.R. 3.2. SEGUNDO: DISPONER la concurrencia obligatoria de la Fiscal del Primer Despacho de Decisión Temprana de Ilo y de la abogada defensora del imputado Dra. Mabel Gómez Peñaloza; siendo que en caso de inasistencia del abogado defensor se le impondrá una MULTA equivalente a (2 URP) así como dar cuenta su Superior o al Colegio de abogados que corresponda; sin perjuicio de ser subrogado de la defensa y designarse nuevo abogado defensor conforme a ley, y en caso de inasistencia del Ministerio Publico de comunicar a su Órgano de Control para que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3. TERCERO: SE DISPONE la concurrencia obligatoria del acusado, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz o ausente conforme establece el numeral 1 y 2 articulo 79 del Código Procesal Penal y el numeral 4 del artículo 355 Código Procesal Penal. 3.4. CUATRO: SE COMUNICA: Que las partes son responsables de convocar a sus órganos de prueba y de garantizar su presencia en la audiencia, bajo apercibimiento de prescindirse de ellos, en aplicación del numeral 2 articulo 448 del Código Procesal Penal. 4.5.- QUINTO: DISPONER la notificación de los sujetos procesales en las casillas electrónicas, domicilios procesales, direcciones domiciliarias de todas las partes, o vía telefónica según fuese en el caso; bajo responsabilidad funcional. Tómese Razón y Hágase Saber.Se emplaza, notifica y cita al acusado: RUSSELL BEDER EGOAVIL MEZARINA con la así mismo con la Resolución N° 02 que dispone su notificación vía edicto y la Resolución N° 03 que reprograma la audiencia de juicio inmediato para el día NUEVE DE AGOSTO del 2016 a horas TRES DE LA TARDE. la misma que se realizará en la sala de audiencias

del Módulo Penal de Ilo, sito en Jirón Junín 301, segundo piso, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que la cédula de notificación dirigido al acusado este diligenciado y obre en el Expediente Judicial, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: Se Notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la Abogada Dra. Mabel Gomez Peñaloza, abogada de este proceso, se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señorita Fiscal se comunicará a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: Téngase por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber. Ilo, 18 de julio del 2016 (21, 22 y 25 julio) EDICTO PENAL Expediente Nro. : 00412-2015-45-2801-JR-PE-01- Juzgado: Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza: Al imputado GERARDO JUAN MAMANI ALAVE con el Requerimiento de Acusación y el contenido en la Resolución N° 03, de fecha 07 de Julio del 2016: El Segundo Despacho de Investigación de Mariscal Nieto, presenta el requerimiento de acusación en contra de GERARDO JUAN MAMANI ALAVE, por la presunta comisión del delito de violación sexual de menor de edad, a quien se le imputa que en la noche del día sábado 06 del mes de junio de 2015, cuando la menor de iniciales L.M.M.V. (12 años) se encontraba sola recostada en su cama de la habitación en el interior de su domicilio ubicado en la Asociación Los jazmines J-10 del Centro Poblado San Antonio del Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto y Departamento Moquegua, su padre GERARDO JUAN MAMANI ALAVE, sin decirle nada, se echó en la cama, le bajó el pantalón, su calzón y él también se bajó el pantalón procediendo a realizar la introducción del pene en la cavidad vaginal de la menor agraviada de iniciales L.M.M.V. (12 años), aprovechando que la madre de la menor agraviada se encontraba en la chacra en la localidad de Torata y la había dejado al cuidado de su padre. Después de estos hechos, el imputado GERARDO JUAN MAMANI ALAVE le dijo a la menor que no le diga a nadie lo sucedido, que han ocurrido al menos en 03 oportunidades. El Juzgado, conforme a lo previsto por el artículo 350 del Código Procesal Penal: CORRE TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES con

el requerimiento de acusación, para efectos de cumplir con lo establecido en el artículo 350 del Código Procesal Penal; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Asimismo, Requiere al imputado Gerardo Juan Mamani Alave, para que en el plazo de DOS DÍAS designe abogado defensor de libre elección, bajo apercibimiento de designarse abogado defensor de oficio, en caso de incumplimiento. Juez: Doctor Jorge Eduardo García Apaza. Especialista Legal: Tom Ricardo Palao Villasante. Moquegua, 07 de Julio de 2016. (20-21-22 julio).

EDICTO EDICTO Expediente N° 00461-2016-0-2801-JP-CI-02, Hago saber que en el proceso No Contencioso, seguidos ante El Segundo Juzgado Paz Letrado de Mariscal Nieto Moquegua, que despacha la Señora Juez Dra. LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA, Secretaria Dra. Melisa Paola MANCHEGO Rivera. Doña Doris Pilar Mamani Arana, por derecho propio solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue su señor padre VALERIANO MAMANI CORI, fallecido el 14 de marzo del 2013, en esta ciudad de Moquegua, con la finalidad de que se declare como HEREDERA a la recurrente, la misma que se ha dispuesto mediante resolución N°01-2016, efectuar las publicaciones de ley, por lo que se comunica a todas las personas que tenga interés, y actuar con arreglo a ley, Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 14 de Julio del 2016. (22-25-26 julio) EDICTO EL Juez del Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto - Moquegua, Dr. Fredy Fernández Sánchez, Especialista Dra. Roxana Escarcena Mamani, Exp. 00123-2016, en la Resolución N° 07 del dieciocho de Julio del dos mil dieciséis a través de la Sentencia N° 045-2016-2JMMN. RESUELVE: 1.- Declarar FUNDADA la demanda interpuesta por AMILCAR MAMANI QUISPE, sobre Rectificación de Partida en la modalidad de Cambio de Nombre. 2.- DISPONGO: Que, ante la Municipalidad Distrital de Usicayos, Provincia de Cararbaya, Departamento de Puno, en el Acta de Nacimiento N° 000107 del año 1995, se proceda a cambiar el nombre AMILCAR por el de ROGELIO y el primer apellido MAMANI por el de GARCIA, debiendo quedar en lo sucesivo Ios datos del titular de la partida como ROGELIO GARCIA QUISPE; sin alterar la condición civil, ni constituir prueba de filiación. 3.- PUBLIQUESE la presente sentencia en el diario La República y, consentida que quede la presente REMITASE Ios partes judiciales para que procedan a la anotación respectiva; previo pago de Ios aranceles judiciales pertinentes. 4-SIN COSTAS NI COSTOS del proceso. REGISTRESE Y HAGASE SABER.-Moquegua, 20 de Julio del 2016 (22 julio) EDICTO POR ANTE SEGUNDO JUZGADO MIXTO MARISCAL NIETO MOQUEGUA DONDE DESPACHA EL JUEZ DR. FERNANDEZ SANCHEZ FREDY, CON INTERVENCION SECRETARIO JUDICIAL Dra. GABY NINA ESCOBAR, EN EL EXPEDIENTE 00168-2016-0-2801-JM-CI-02, se ha dictado sentencia: SE RESUELVE: 1. Declarando FUNDADA la demanda interpuesta por BORIS DAYGOR QUISPE HUACAN, sobre Rectificación de Partida en la modalidad de Cambio de Nombre. 2. En consecuencia, DISPONGO: Que, ante la Municipalidad Distrital de San Cristóbal, Provincia de Mariscal Nieto, Departamento de Moquegua, en el Acta de Nacimiento N° Diez Folios 076 del año 1990, se proceda a cambiar el segundo prenombre DAYGOR por el de LEONARDO y su primer apellido QUISPE por el de ARANDA, debiendo quedar en lo sucesivo los datos del titular de la partida como BORIS LEONARDO ARAN-

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DA HUACAN; sin alterar la condición civil, ni constituir prueba de filiación. 3. DISPONGO: Una vez efectuada las publicación en la Republica y consentida que quede la presente, REMITASE los partes judiciales para que procedan a la anotación respectiva, previo pago de los aranceles judiciales pertinentes. Moquegua 19 de Julio del 2016 (22 julio) AVISO JUDICIAL AVISO JUDICIAL Por ante el 2° Juzgado de Paz Letrado de esta ciudad, que despacha la Dra. LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA, mediante expediente N° 503-2016-0-2801-JP-CI-02, MARINA ZENOVIA FLORES VERA, está solicitando la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, donde figura los datos de madre como DORA VERA DE FLORES, se rectifique y debiendo quedar en lo sucesivo y en forma correcta como ANGELINA ENCARNACION VERA PEREZ. Lo que notifico a los interesados para que hagan valer su derecho conforme a ley. Moquegua, 2016-07-14. (22 julio) AVISO JUDICIAL Por ante el 2° Juzgado Mixto de esta ciudad, que despacha el Dr. FERNANDEZ SANCHEZ FREDY, mediante expediente N° 00196-20160-280 1-JM-CI-02, especialista legal Abogado GABY NINA ESCOBAR, demandante JHOEL DANIEL MAMANI FLORES, está solicitando la CAMBIO DE NOMBRE, de JHOEL DANIEL MAMANI FLORES y debiendo figurar en lo sucesivo como JHOEL DANIEL CUAYLA FLORES en su Acta de Nacimiento, señalándose la audiencia de actuación y declaración judicial para el día diecisiete de agosto del dos mil dieciséis a las diez de la mañana, en la sala de audiencias del juzgado. Lo que notifico a los interesados para que hagan valer su derecho conforme a ley. Moquegua, 2016-07-14. (22 julio) RECTIFICACION DE PARTIDA RECTIFICACION DE PARTIDA Expedientes 00456-2016, el Segundo juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, que despacha la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Sec. Julissa Revilla Guzmán, Resuelve admitir a trámite la solicitud de Rectificación de Partida de Defunción, presentada por MAGDALEN MAMANI CRUZ DE PACHO, para que rectifique el nombre de su esposo, que aparece erróneamente consignado como “Roberto Pacho Cruz”, pero su nombre correcto debe ser ROBERTO AURELIO PACHO CRUZ, señalándose para la Audiencia de Actuación y Declaración judicial EL DÍA CUATRO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISÉIS A LAS ONCE HORAS. Moquegua, 18 de julio del 2016 (22 julio) SUCESION INTESTADA PUBLICACIÓN DE SUCESION INTESTADA TRAMITADA POR ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MARISCAL NIETO, CON JUEZ: LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA, SECRETARIO JUDICIAL: JULISSA REVILLA GUZMAN, EXPEDIENTE N° 00444-2016-02801 -JP-CI-02, SOBRE SUCESIÓN INTESTADA INTERPUESTA POR RAUL MARCO MAMANI SOLORZANO, DEL CAUSANTE RAUL BRANDON MAMANI ROSALES, FALLECIDO EN AREQUIPA EL 13/05/2016. EN EL DISTRITO DE AREQUIPA, SIN OTORGAR TESTAMENTO Y SOLICITO QUE SE ME DECLARE COMO UNICO HEREDERO AL ACTOR EN CALIDAD DE PADRE, LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO A LAS PARTES INTERESADAS. MOQUEGUA, 20 DE JULIO DEL 2016. (22-25 y 26 julio) REMATE AVISO DE REMATE EN TERCERA CONVOCATORIA Expediente 8129 – 2014.- En el proceso sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, que sigue CUADROS CARDENAS NELLY AMPARO, contra QUEA BELTRAN LENER YULIAN, y según lo or-

denado por el Señor Juez del Cuarto Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, Dr. Quispe Apaza Justo Andrés, y Especialista Legal, Curo Umeres Sachi Yoana, sacare a remate en TERCERA CONVOCATORIA el 25% de los derechos que le corresponden a Lener Yulian Quea Beltrán del inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Urbanización Popular de Interés Social Miramar Manzana P, Lote 23, Parte Prima, Distrito Ilo, Provincia Ilo y Departamento de Moquegua, cuyos linderos, medidas perimétricas, y demás características se encuentran inscrito en la Partida Registral N° P08022716 de la Zona Registral Nro. XIII - Sede Tacna. VALOR DE TASACION: US $13.750,00 (Trece Mil Setecientos Cincuenta con 00/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE: US $ 6,622.92 (Seis Mil Seiscientos Veintidós con 92/100 Dólares Americanos), equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación menos el 15% de la segunda convocatoria y menos otro 15% más por tratarse de tercera convocatoria. GRAVAMENES: a)INSCRIPCION DE HIPOTECA.- Sobre los derechos y acciones correspondientes a Lener Yulian Beltran Quea, a favor de Cuadros Cárdenas Nelly Amparo, hasta por la suma de S/. 76,000.00 Nuevos Soles, en cumplimiento de las obligaciones existentes Así y más consta de la escritura pública de fecha 31.05.2014 y escritura pública aclaratoria del 17.06.2014. Inscrito 24.06.2014. Asiento 00006. DIA Y HORA DEL REMATE: El bien será rematado el día 29 de Agosto del 2016 a las 10:00 de la mañana. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates Judiciales N° 12, ubicado en el sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa sito en Siglo XX con Plaza España S/N Cercado de Arequipa del Distrito y Provincia de Arequipa Departamento de Arequipa. POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o en cheque de gerencia (SIN SELLO NO NEGOCIABLE), presentaran DNI y Arancel Judicial consignando el número del DNI del postor, Juzgado correspondiente y el Número del Expediente (con copia del DNI y del Arancel Judicial firmados). FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE El Remate será efectuado por NORMA REVECA ROJAS ALANIA, Martillero Público a Nivel Nacional Reg, N° 286, teléfono #988678153. Adjudicatario cancela los honorarios del Martillero conforme a ley y están afectos al I.G.V, al finalizar el remate. Arequipa, 30 Junio del 2,016.- SACHI YOANA CURO UMERES SECRETARIA JUDICIAL , NORMA ROJAS ALANIA MARTILLERO PUBLICO A NIVEL NACIONAL REG. Nº 286. (22 julio). REMATE En los seguidos por COORPORATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA LTDA, en contra de SMERLY OSWALDO PORTUGAL PINTO, sobre ejecución de garantías; Expediente N° 00201-2015-0-2802-JM-CI-01; el señor Juez del Juzgado Mixto de Ilo, Dr. Adolfo Cornejo Polanco, con intervención del Especialista Legal Dr. Marco Cáceres Ninaja, han autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro N° 318, llevar adelante el REMATE PÚBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en: ASENTAMIENTO HUMANO BELLO HORIZONTE MZ. E. LOTE 7, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, INSCRITO EN LA PARTIDA N° P08017247, DE LA OFICINA REGISTRAL DE TACNA, ZONA REGISTRAL N° XIII – SEDE TACNA; VALOR DE TASACIÓN (comercial): US$ 17,261.74 (Diecisiete mil dos cientos sesenta y uno 74/100 dólares americanos); PRECIO BASE: US$ 9,781.65 (nueve mil setecientos ochenta y uno con 65/100 dólares americanos), equivalente a los 2/3 partes del valor de tasación, menos el 15% por tratarse de segunda convocatoria; AFECTACIONES: HIPOTECA inscrito en el asiento 00009: a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina Ltda, hasta por la suma de S/ 33,000.00 nuevos soles, materia de ejecución, afectación que se halla inscrita en la partida N° P08017247, de la Oficina Registral de Tacna, Zona Registral

N° XIII – Sede Tacna; DIA Y HORA DE REMATE: Miércoles 24 de agosto del 2016, a horas 15:00 p.m. (QUINCE HORAS) P.M.: LUGAR DEL REMATE: En la sala (lugar) de espera del JUZGADO MIXTO – SEDE JUZGADOS ILO, ubicado en la Calle Matara N° 325 – Ilo, de la Corte Superior de Justicia de Moquegua; LOS POSTORES: Oblaran no menos del diez por ciento (US$ 1,726.174) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta del adjudicatario, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martillero Público. Arequipa 2016, junio 30 (22-25 y 26 Julio) EDICTO PENAL EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE ILO. EXPEDIENTE N°: 00293-2016-55-2802-JR-PE-01. JUEZ: Abog. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO ESPECIALISTA: Abog. LUIS PALOMINO BARRANZUELA. Se emplaza, notifica y cita al acusado RUSSELL BEDER EGOAVIL MEZARINA con la RESOLUCIÓN N° 01 que RESUELVE: 3.1. PRIMERO: PROGRAMAR la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, con carácter INAPLAZABLE, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de Ilo sito en Jirón Junín 301 de esta ciudad – segundo piso; en el proceso seguido en su contra por la presunta comisión del delito de Omisión a la asistencia familiar en agravio del menor de iniciales E.R.S.R. 3.2. SEGUNDO: DISPONER la concurrencia obligatoria de la Fiscal del Primer Despacho de Decisión Temprana de Ilo y de la abogada defensora del imputado Dra. Mabel Gómez Peñaloza; siendo que en caso de inasistencia del abogado defensor se le impondrá una MULTA equivalente a (2 URP) así como dar cuenta su Superior o al Colegio de abogados que corresponda; sin perjuicio de ser subrogado de la defensa y designarse nuevo abogado defensor conforme a ley, y en caso de inasistencia del Ministerio Publico de comunicar a su Órgano de Control para que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3. TERCERO: SE DISPONE la concurrencia obligatoria del acusado, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz o ausente conforme establece el numeral 1 y 2 articulo 79 del Código Procesal Penal y el numeral 4 del artículo 355 Código Procesal Penal. 3.4. CUATRO: SE COMUNICA: Que las partes son responsables de convocar a sus órganos de prueba y de garantizar su presencia en la audiencia, bajo apercibimiento de prescindirse de ellos, en aplicación del numeral 2 articulo 448 del Código Procesal Penal. 4.5.- QUINTO: DISPONER la notificación de los sujetos procesales en las casillas electrónicas, domicilios procesales, direcciones domiciliarias de todas las partes, o vía telefónica según fuese en el caso; bajo responsabilidad funcional. Tómese Razón y Hágase Saber.Se emplaza, notifica y cita al acusado: RUSSELL BEDER EGOAVIL MEZARINA con la así mismo con la Resolución N° 02 que dispone su notificación vía edicto y la Resolución N° 03 que reprograma la audiencia de juicio inmediato para el día NUEVE DE AGOSTO del 2016 a horas TRES DE LA TARDE. la misma que se realizará en la sala de audiencias del Módulo Penal de Ilo, sito en Jirón Junín 301, segundo piso, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del

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caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que la cédula de notificación dirigido al acusado este diligenciado y obre en el Expediente Judicial, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: Se Notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la Abogada Dra. Mabel Gomez Peñaloza, abogada de este proceso, se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señorita Fiscal se comunicará a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: Téngase por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber. Ilo, 18 de julio del 2016 (21, 22 y 25 julio) EDICTO PENAL Expediente Nro. : 00412-2015-45-2801-JR-PE-01- Juzgado: Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza: Al imputado GERARDO JUAN MAMANI ALAVE con el Requerimiento de Acusación y el contenido en la Resolución N° 03, de fecha 07 de Julio del 2016: El Segundo Despacho de Investigación de Mariscal Nieto, presenta el requerimiento de acusación en contra de GERARDO JUAN MAMANI ALAVE, por la presunta comisión del delito de violación sexual de menor de edad, a quien se le imputa que en la noche del día sábado 06 del mes de junio de 2015, cuando la menor de iniciales L.M.M.V. (12 años) se encontraba sola recostada en su cama de la habitación en el interior de su domicilio ubicado en la Asociación Los jazmines J-10 del Centro Poblado San Antonio del Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto y Departamento Moquegua, su padre GERARDO JUAN MAMANI ALAVE, sin decirle nada, se echó en la cama, le bajó el pantalón, su calzón y él también se bajó el pantalón procediendo a realizar la introducción del pene en la cavidad vaginal de la menor agraviada de iniciales L.M.M.V. (12 años), aprovechando que la madre de la menor agraviada se encontraba en la chacra en la localidad de Torata y la había dejado al cuidado de su padre. Después de estos hechos, el imputado GERARDO JUAN MAMANI ALAVE le dijo a la menor que no le diga a nadie lo sucedido, que han ocurrido al menos en 03 oportunidades. El Juzgado, conforme a lo previsto por el artículo 350 del Código Procesal Penal: CORRE TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES con el requerimiento de acusación, para efectos de cumplir con lo establecido en el artículo 350 del Código Procesal Penal; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Asimismo, Requiere al imputado Gerardo Juan Mamani Alave, para que en el plazo de DOS DÍAS designe abogado defensor de libre elección, bajo apercibimiento de designarse abogado defensor de oficio, en caso de incumplimiento. Juez: Doctor Jorge Eduardo García Apaza. Especialista Legal: Tom Ricardo Palao Villasante. Moquegua, 07 de Julio de 2016. (20-21-22 julio).

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PODER JUDICIAL DEL PERÚ CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

CONVOCATORIA La Corte Superior de Justicia de Moquegua, con el objetivo de potenciar los servicios que brindan los Equipos Multidisciplinarios de apoyo a los órganos jurisdiccionales y con propósito de mejorar la capacidad operativa en razón a la implementación de la Ley N° 30364 “Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia con las mujeres y los integrantes del grupo familiar, es que se requiere la contratación de los siguientes profesionales: 1.

MÉDICO

PERFIL REQUERIDO 1. Título de Médico Cirujano, de preferencia con Especialidad o Curso de Especialización en Psiquiatría o Medicina Familiar, colegiado y habilitado. 2. Experiencia profesional mínima de un (01 año). 3. De preferencia con conocimiento en temas de niñez, adolescencia y familia. 4. Conocimiento de ofimática: Microsoft Excel, Microsoft Word, Microsoft Power Point. MODALIDAD DEL CONTRATO La persona seleccionada será contratada bajo el Régimen de Contrato Administrativo de Servicios (CAS) RETRIBUCIÓN ECONÓMICA El contratado recibirá la suma mensual de S/. 4,500.00 (CUATRO MIL QUINIENTOS Y 00/100 Soles) incluidos los impuestos de ley. CRONOGRAMA Del 06 al 08 de Julio del 2016 11 de Julio del 2016

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12 de Julio del 2016

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CONVOCATORIA RECEPCION DE CV DOCUMENTADOS (Sede principal de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, Área de Personal sito en Av. Circunvalación Lote C – Moquegua; Horario 8:00am a 1:30pm y de 2:15pm a 4:45pm) ENTREVISTA PERSONAL

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA AREA DE PERSONAL

Moquegua, Julio del 2016

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

Moquegua, 04 de julio de 2016.

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 013-2015-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara las VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS, en el mes de Julio del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha: Órgano Jurisdiccional Sala Mixta de Mariscal Nieto

Día Miércoles 20 de julio

Hora de inicio 08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencias, proseguirán con sus diligencias programadas.

MAX WILFREDO SALAS BUSTINZA JEFE DE LA UNIDAD DESCONCENTRADA DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

Moquegua, 04 de julio de 2016.

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 013-2015-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara las VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS, en el mes de Julio del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha: Órgano Jurisdiccional Juzgado Mixto de Ilo

Día

Hora de inicio

Martes 26 de julio

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencias, proseguirán con sus diligencias programadas.

CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

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Viernes, 22 de julio del 2016

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

Moquegua, 04 de julio de 2016.

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 013-2015-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara las VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS, en el mes de Julio del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha: Órgano Jurisdiccional

Día

Juzgado de Paz Letrado Laboral de Ilo

Miércoles 27 de julio

Hora de inicio 08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencias, proseguirán con sus diligencias programadas.

CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

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Viernes, 22 de julio del 2016

Corte Superior de Justicia de Moquegua

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA AVISO DE CONVOCATORIA CAS CONVOCATORIA CAS N° 085-2016-MOQUEGUA I.

FINALIDAD DEL CONCURSO DE SELECCIÓN Cubrir 06 presupuestos CAS, en las diversas dependencias de la Corte Superior de Justicia de Moquegua.

II.

REQUISITOS GENERALES PARA SER CONSIDERADO POSTULANTE Los requisitos generales que debe cumplir cada postulante serán los siguientes: a. b. c.

III.

No haber sido sancionado con medida disciplinaria en los 03 meses anteriores a la fecha en que presenta su postulación. No incurrir en incompatibilidad por razón de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, por matrimonio, unión de hecho, previsto en el artículo 42° de la ley 29277, Ley de la Carrera Judicial. En caso de ser ex trabajador de alguna entidad de la administración pública, no haberse extinguido el vínculo laboral por causal de despido o destitución; renuncia con incentivos, o en caso de haberse retirado voluntariamente, no tener registrado en su legajo personal una observación o recomendación negativa escrita por el órgano de control interno o quien haga sus veces.

ASPECTOS DE INTERÉS En el presente concurso, la postulación se afectará a través del Aplicativo de postulación, Selección y Evaluación de personal, el cual se encuentra en la dirección de enlace Oportunidad Laboral en la página Web institucional (www.pj.gob.pe), en el cual se encuentran las Bases, los perfiles de los puestos y cronograma de la Convocatoria Para acreditar su inscripción al concurso, el postulante debe obtener el reporte impreso de la ficha de postulación del Aplicativo de Selección de Persona. El detalle de los presupuestos con sus perfiles estarán disponibles desde el 11 al 15 de Julio del 2016, la postulación podrá realizarse vía web los días 18 Y 19 de Julio (hasta las 12:00 de la medianoche), de acuerdo al cronograma publicado. Las consultas se efectuarán a través del correo electrónico [email protected]

Moquegua Julio del 2016

LA COMISION CAS AD HOC