DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
Lunes, 28 de marzo del 2016
JUZGADOS DE LA PROVINCIA DE SAN MIGUEL LE DICE NO A LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y NIÑAS
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esde la provincia de San Miguel de Pallaques, los Juzgados Mixtos y Paz Letrado, que dirigen Ana Mardely Pacheco Aguilar y José Manuel Enrique Correa Díaz, acompañados de sus trabajadores participaron de la campaña “No a la violencia contra las mujeres y niñas” del Programa Nacional de Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables y Justicia en tu Comunidad que preside Feliciano Vásquez Molocho, bajo la coordinación general del Juez Superior Percy Horna León. La Jueza Ana Mardely Pacheco, manifestó que el objetivo de la actividad es hacer énfasis en promover la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas a su derecho a la educación y de esta manera destacar en diferentes profesiones. Los juzgados de la provincia de San Miguel, en los últimos años vienen trabajando mucho en sensibilizar a la población sobre la importancia de denunciar los actos de violencia. La mayoría de estos actos de violencia siguen ocurriendo sin formar parte de las estadísticas oficiales; menos aún, si ocurren en el hogar o en el trabajo de aquellos que sufren la violencia, y son encubiertos como costumbres o prácticas rutinarias. De esta manera, Magistrados y trabajadores trabajarán durante el 2016, en centros educativos, instituciones públicas, asociaciones, club de madres, vaso de leche entre otros programas para prevenir cualquier acto de violencia. OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Cajamarca, 23 de marzo de 2016
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
AVISOS JUDICIALES DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
1. REMATES REMATE BIENES INMUEBLES
2o JUZGADO DE FAMILIA - Sede Qhapaq Ñan EXPEDIENTE: 01531-2015-0-0601-JR-FC-02 MATERIA: AUTORIZACION JUDICIAL PARA DISPONER BIEN DEL JUEZ: LORENZO CASTOPE CERQUÍN ESPECIALISTA: SUSY FORTUNATA HUMIRE CUAYLA DEMANDADO: SEGUNDA FISCALIA CIVIL Y FAMILIA , DEMANDANTE: ALFARO RUIZ, MARGARITA AVISO DE CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA EL ONCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, EN EL LOCAL DEL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA, UBICADO EN LA SEDE QHPAC ÑAN DEL PODER JUDICIAL DE ESTA CIUDAD, AV. LA CANTUTA N° 1224-1228, POR ORDEN DEL JUEZ LORENZO CASTOPE CERQUÍN Y SECRETARIA JUDICIAL SUSY HUMIRE CUAYLA; EN EL EXPEDIENTE N° 1531-2015, SEGUIDO POR MARGARITA ALFARO RUÍZ, SOBRE AUTORIZACIÓN PARA DISPONER DE BIEN INMUEBLE DE MENOR DE EDAD, SUBASTARÉ UN STAND SIGNADO CON EL NÚMERO NUEVE, CON UN ÁREA DE CINCO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO CENTÍMETROS, QUE FORMA PARTE DEL TERRENO URBANO UBICADO EN JIRÓN JOSÉ SABOGAL N° 368, BARRIO LA MERCED, DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTEO DE CAJAMARCA, INSCRITA EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 11118220, DEL REGISTRO DE PROPIEDAD DE LOS REGITROS PÚBLICAS DE CAJAMARCA: VALOR DE TASACIÓN: VEINTE MIL NUEVOS SOLES (S/. 20 000.00), PRECIO BASE: TRECE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO NUEVOS SOLES (s/. 13 334.00), EQUIVALENTE A 2/3 PARTES DE LA TASACIÓN, AFECTACIONES Y GRAVÁMENES: SOLO EL QUE MOTIVA LA PRESENTE. LA SUBASTA ESTARÁ A CARGO DEL JUEZ DE LA CAUSA, LORENZO CASTOPE CERQUÍN, ES REQUISITO PARA SER POSTOR: PRESENTAR DNI ORIGINAL Y COPIA, CHEQUE DE GERENCIA O EFECTIVO EN SOBRE CERRADO EL 10% DEL VALOR DE TASACIÓN, EQUIVALENTE A DOS MIL NUEVOS SOLES (2,000.00), SIN PAGAR COSTAS (TASAS O ARANCELES JUDICIALES); EN CASO DE NO ADJUDICARSE A ALGUNO DE LOS POSTORES SE PROCEDERÁ A DEVOLVER EL 10% DEPOSITADO, EN ESE MISMO ACTO, CONFORME A LEY. LORENZO CASTOPE CERQUIN JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA
Lunes, 28 de marzo del 2016
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA Susy F. Humire Cuayla SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA CAJAMARCA P. 5208701 F.P. 21-22-23-28-29-30 Marzo S/.27.60
SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO JUDICIAL Expediente N° 207- 2011.- Por disposición del Juez del Juzgado de Paz Labrado de Baños del Inca- Sede Urbanización Molinos del Inca- Corte Superior de Justicia de Cajamarca: Dra. CARMEN NANCY ARAUJO CACHAY, Secretario Judicial: SEGUNDO NICANOR ARTEAGA ESCOBAR, en los Autos seguidos sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO por GLICERIO SANCHEZ CRUZADO con WILFREDO MERLO VASQUEZ y MARIA CONSUELO OCAS DE MERLO, con intervención del Martillero Publico de registro Nacional N° 233, JORGE RAUL MANTILLA SANEZ, se procederá a llevar a cabo el REMATE PUBLICO JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA de: El 50 % de Acciones y Derechos (los mismos que son de Propiedad de Wilfredo Merlo Vásquez y María Consuelo Ocas de Merlo), del Predio Rustico ubicado en el Sector SHAULLO CHICO, comprensión del Distrito de Baños del Inca, Provincia y Departamento de Cajamarca, cuya área y dominio corren inscritos en la Partida Electrónica N° 02226787 (Continuación de la Ficha N° 118423), Zona Registra! N° II- Sede Chiclayo- Oficina Registral Cajamarca- SUNARP.Colindancias: Por el NORTE con los Predios de Código Catastral N° 32709 y 32705, por el SUR con el Predio de Código Catastral N° 32703, por el ESTE, con una quebrada sin nombre que lo separa de los Predios de Código Catastral N° 32710,32711 y 32714 y por el OESTE con los Predios de Codigo Catastral N° 32686 y 32687.VALORIZACION del 50 % de Acciones y Derechos del Inmueble (TASACION): S/. 53,308.00 (cincuenta y tres mil trescientos ocho y 00/100 Nuevos Sotes) y la BASE de REMATE deducida conforme a Ley del 50 % de Acciones y Derechos del Inmueble a rematar, es de: S/. 30,207.87 (treinta mil doscientos siete y 87/100 Nuevos Soles).- Se deja constancia que el otro 50 % de Acciones y Derechos del inmueble le pertenecen a Don José Richard Malca Serrano.AFECTACIONES.-1) EMBARGO.- En forma de Inscripción, hasta por la suma de S/. 20,000.00, en los seguidos por Glicerio Sanchez Cruzado con Wilfredo Merlo Vasquez y Maria Consuelo Ocas de Merlo (Inscrita en el Asiento D 00004 de la Partida N° 022226787).DIA y HORA DEL REMATE: El 30 de Marzo del 2016, a las 11.00 de
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la Mañana.LUGAR DEL REMATE: En el local del Juzgado sito en Urbanización Molinos del Inca D-3, del Distrito de Baños del Inca, Provincia y Departamento de Cajamarca.POSTORES: Oblarán (Garantía) el 10 % de Tasación del inmueble, en efectivo o Cheque de Gerencia NEGOCIABLE, girado a nombre del postor y presentaran Arancel Judicial respectivo, indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI/ RUC).- Los honorarios del Martillero Publico serán por cuenta del Adjudicatario, según Arancel vigente mas I.G.V. (Art 732 del C.P.C.) Inf. 997306076.JORGE RAUL MANTILLA SANEZMARTILLERO PUBLICO- Registro Nacional N° 233JORGE RAUL MANTILLA SANEZ Martillero Público Reg 233 Telf. 997306076 - 2216628 SEGUNDO N. ARTEAGA ESCOBAR SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO BAÑOS DEL INCA CAJAMARCA P. 5212045 F.P. 23-28-29 Marzo S/. 13.50
2.EDICTOS CLASIFICADOS
CONSEJO DE FAMILIA
EDICTO CIVIL RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO Exp. : 00101 - 2016 - 0 - 0601 - JR - FC - 02. Ante el Segundo Juzgado Especializado de Familia, que despacha el Señor Juez Dr. Lorenzo Castope Cerquín, y la Secretaria Susy Fortunata Humire Cuayla, en la demanda formulada por Lastenia Valdivia Tafur, sobre Reconocimiento de Unión de Hecho, contra la SUCESION INTESTADA del extinto de Desiderio Flores Chávez, con la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- Cajamarca, veinticinco de enero del dos mil dieciséis.- SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la Vía del proceso de CONOCIMIENTO la demanda formulada por Lastenia Valdivia Tafur sobre Reconocimiento de Unión de Hecho, contra la sucesión intestada del extinto Desiderio Flores Chávez; EMPLAZASE a la sucesión demandada mediante EDICTOS en el diario la “República”, por 03 días consecutivos, a efectos de que se apersonen y contesten la demanda las personas que se crean con derecho dentro del plazo de TREINTA DÍAS, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, con conocimiento del representante del Ministerio Público. Cajamarca, 17 de marzo del 2016 LORENZO CASTOPE CERQUIN JUEZ
SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA Susy F. Humire Cuayla SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA CAJAMARCA P. 5207231 F.P. 22-23-28 Marzo S/.9.00
EDICTO Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Hualgayoc Bambamarca que despacha la Dra. MARÍA LILIANA MAMANI YUPANQUI, se viene tramitando el Proceso N° 00291-2015-0-0605-JPCI-01, donde se ha dispuesto mediante resolución número uno, de fecha catorce de Diciembre del año dos mil quince, ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por FLOR MARIBEL LEIVA ESPINOZA, contra JOSÉ VÍCTOR QUILICHE CHÁVEZ, sobre ALIMENTOS, a favor de su menor hija CONNI ALEXANDRA QUILICHE LEIVA, en la vía del PROCESO ÚNICO; TENER por admitidos los medios probatorios ofrecidos, AGREGUESE a los autos los anexos de Ley; A efectos de notificar al demandado: NOTIFICAR VÍA EDICTOS al demandado JOSÉ VÍCTOR QUILICHE CHÁVEZ con la presente resolución, para lo cual CUMPLA la accionante con efectuar las publicaciones por tres días hábiles en el Diario “La República” así como en la Tablilla del Juzgado, debiendo la recurrente presentar dichas publicaciones al Juzgado dentro de los quince días hábiles de notificada con la presente resolución, bajo apercibimiento de archivarse la presente causa en caso de incumplimiento; sin perjuicio, de EMPLAZAR con la demanda y anexos al demandado en el domicilio que indica su Ficha RENIEC, siendo éste: Jirón Orbegoso 730 Int. 202 Cercado Trujillo, Trujillo - Trujillo - La Libertad; Asimismo, TÉNGASE por señalado su domicilio procesal ubicado en el Jirón Jaime de Martínez N° 151 de esta ciudad, lugar donde se le notificará en adelante conforme a Ley; Al Primer Otrosí Digo: TENGASE por nombrado y delegadas las facultades de representación a favor del abogado que suscribe el escrito de la recurrente. Se provee en la fecha por las recargadas labores que afronta el Juzgado y al término de la Huelga Nacional acatada por los trabajadores judiciales. NOTIFÍQUESE. LUIS ALBERTO AGUILAR VILLANUEVA - Secretario Judicial. Bambamarca, 14 de Diciembre de 2015 Dra. María Liliana Mamani Yupanqui JUEZ SUPERNUMERARIO – JUEZ DE PAZ LETRADO HUALGAYOC BAMBAMARCA Luis A. Aguilar Villanueva SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO PAZ LETRADO HUALGAYOC – BAMBAMARCA P.5209038 F.P. 23-28-29 Marzo S/.12.00
Lunes, 28 de marzo del 2016
INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS
AVISO JUDICIAL RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO. EXPEDIENTE CIVIL N° 0108-2014-0-0601-JP-CI-01. del Juzgado de Paz Letrado del Distrito Judicial de Baños del Inca, que despacha la Dra. CARMEN NANCY ARAUJO CACHAY, seguido por DOMIDEL QUILICHE CONDOR, sobre Rectificación de su Partida de Nacimiento, inscrita con el N° 134, correspondiente al año 1991, ante el Registro de Nacimiento del Consejo Distrital de la Encañada. El solicitante argumenta que por error del registrador se consignó: 1. En el cuerpo principal de la Partida de Nacimiento, se ha omitido consignar el año de nacimiento así como el resto esta ligeramente ilegible, debiendo de consignarse claramente como DOMIDEL QUILICHE CONDOR, corrección que debe operar en la parte lateral izquierda. 2. En la Partida de Nacimiento se ha omitido consignar el año de nacimiento, así como el resto está ligeramente ilegible, debiendo consignarse en forma clara y correcta como “14 de FEBRERO DE 1991”. 3. En el rubro de los datos del padre y declarante se ha omitido consignar su primer nombre de “JOSE” y su apellido materno se ha consignado erróneamente como REQUELME, siendo en realidad el de “RAICO”, siendo su nombre correcto y completo el de JOSE CATALINO QULICHE RAICO, como se puede verificar de la Partida de Bautizo y copia de su DNI., siendo natural de la ENCAÑADA, nacionalidad PERUANO y domiciliado en SANTA MARGARITA. 4. Se ha consignado en los datos de la madre, omitiéndose consignar su primer prenombre el de MARIA, siendo su nombre completo MARIA NATIVIDAD CONDOR QUILICHE, como se aprecia de su Partida de Nacimiento, siendo natural de la ENCAÑADA, nacionalidad PERUANA, domiciliada en SANTA MARGARITA. 5. la fecha de inscripción se encuentra enmendada, debiendo consignarse claramente como 13 DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO. Por tales consideraciones SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud sobre la rectificación de Partida de Nacimiento y ORDENAR el trámite en la Vía del Proceso NO CONTENCIOSO. Por resolución número cuatro del tres de marzo del dos mil quince , se resuelve CORREGIR la resolución tres (admisorio), en el segundo considerando en la que se indica como demandante a “Demetrio Rodríguez Gonzáles”, siendo lo correcto la solicitud de Rectificación de la Partida de Nacimiento por Domidel Quiliche Condor, siendo que en la parte resolutiva debe decir....ADMITIR a trámite en la vía del proceso No Contencioso la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento interpuesta por Domidel Quiliche Condor.
Lo que hace de conocimiento Público para los fines de Ley. Baños del Inca, 04 de Marzo del 2015. CARMEN NANCY ARAUJO CACHAY JUEZA TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA ESPERANZA MANTILLA TUCTO SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO PAZ LETRADO – BAÑOS DEL INCA CAJAMARCA P.5214964 F.P. 28 MARZO S/. 6.10
AVISO JUDICIAL RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Baños del Inca que despacha la Dra. Elizabeth Angulo Portal, se tramita el Expediente Civil N° 00012-2016-0-0601-JP-CI01, seguido por EMERITO CHAVEZ GUEVARA, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO correspondiente al año de mil novecientos cuarenta y ocho, inscrita en la Municipalidad distrital de la Encañada. La Solicitante Argumenta que: 1.- En la parte izquierda se ha consignado el nombre del recurrente como “EMITERO”, debiendo ser lo correcto “EMITERIO”, así mismo en el cuerpo de la partida se ha omitido consignar su apellido materno mientras que en la parte lateral izquierda se ha consignado su apellido materno como “ GUEBARA” con “B” debiendo ser lo correcto “GUEVARA” con “V”, debiendo consignarse su nombre y apellidos completos en forma clara y correcta como “EMITERIO CHÁVEZ GUEVARA”. 2.- En los datos de la madre del recurrente se ha consignado su apellido paterno como “GUEBARA” con “B”, debiendo ser lo correcto “GUEVARA” con “V”, así mismo se ha omitido consignar su apellido materno de “BUGARIN”, debiendo consignarse su nombre completo como “ALCIRA GUEVARA BUGARIN” Por tales consideraciones, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento interpuesta por EMITERIO CHAVEZ GUEVARA, en la vía del proceso No contencioso. Lo que se hace de conocimiento Público para los fines de ley. Baños del Inca, 07 de Marzo de 2016. ELIZABETH ANGULO PORTAL JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO BAÑOS DEL INCA SEGUNDO N. ARTEAGA ESCOBAR SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO BAÑOS DEL INCA CAJAMARCA P.5214967 F.P. 28 MARZO S/.3.70 AVISO JUDICIAL RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Baños del Inca que
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despacha la Dra. Elizabeth Angulo Portal, se tramita el Expediente Civil N° 00016-2016-0-0601- JPCI-01, seguido por MARÍA ELVIRA QUISQUICHE OCAS y MARÍA MANUELA QUISQUICHE OCAS, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, inscritas en la Municipalidad Distrital de la Encañada. Las Solicitantes Argumentan que: a) RESPECTO A MARÍA ELVIRA QUISQUICHE OCAS 1.- La partida de nacimiento N° 64930445, en los datos de la inscrita y declarante se ha omitido consignar su primer prenombre de María, debiendo consignarse su nombre completo como María Elvira Quisquiche Ocas. 2. - En los datos de la madre de la inscrita se ha omitido consignar su primer prenombre de María, debiendo consignarse su nombre completo como María Alejandrina Ocas Rudas. b) RESPECTO A MARÍA MANUELA QUISQUICHE OCAS 1.- La partida de nacimiento N° 92, en los datos de la inscrita su apellido paterno esta con borrones y enmendaduras y se ha omitido consignar su apellido materno debiendo consignarse su nombre completo y sin borrones como María Manuela Quisquiche Ocas. Por tales consideraciones, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento interpuesta por MARÍA ELVIRA QUISQUICHE OCAS Y MARÍA MANUELA QUISQUICHE, en la vía del proceso No contencioso. Lo que se hace de conocimiento Público para los fines de ley. Baños del Inca, de Marzo de 2016. ELIZABETH ANGULO PORTAL JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO BAÑOS DEL INCA SEGUNDO N. ARTEAGA ESCOBAR SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO BAÑOS DEL INCA CAJAMARCA P.5214969 F.P. 28 MARZO S/.3.70
AVISO JUDICIAL RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO EXPEDIENTE CIVIL N° 0053-20150-0601 -JP-CI-01, del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de la Encañada, que despacha la Dra. Elizabeth Angulo Portal, seguido por SEGUNDO MAURICIO CHAVEZ CERQUIN, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento, inscrito con el N° 64728013, en el Registro del estado Civil de la Municipalidad Distrital de Encañada. El solicitante argumenta que: 1. Que al momento de inscribir su acta de nacimiento en la Oficina de Registros Civil de la Municipalidad Distrital de Encañada se consignó cono los siguientes errores: a) La fecha de nacimiento de la nacida se ha consignado con borrones b) en los datos del padre se ha omitido consignar su primer prenombre y el número de su Documento de Identidad ha sido consignado erróneamente, siendo el correcto 26647043.
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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
Por tales consideraciones SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud de mi rectificación de Partida de Nacimiento y ORDENAR el trámite en la Vía del Proceso NO CONTENCIOSO. Lo que hace de conocimiento Público para los fines de Ley. Baños del Inca 04 de Marzo del 2016. ELIZABETH ANGULO PORTAL JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO BAÑOS DEL INCA ESPERANZA MANTILLA TUCTO SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO BAÑOS DEL INCA CAJAMARCA P.5214971 F.P. 28 MARZO S/.3.20
PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO EXP. 68-2016.- Primer Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca, en solicitud de MARIA TEOFILA DIAZ CASAHUAMAN sobre RECTIFICACION DE DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD, se ha resuelto lo siguiente: Resolución número dos.- Cajamarca ocho de marzo del dos mil dieciséis.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud interpuesta por MARIA TEOFILA DIAZ CASAHUAMAN sobre Rectificación de Documento Nacional de Identidad en vía procedimental No Contencioso; en el sentido que: en el documento nacional de identidad de la recurrente se ha consignado su estado civil como “CASADA”, debiendo de ser lo correcto “SOLTERA”: debiendo corregirse en todos sus extremos.- Fdo. Burga Rabanal - Juez; Arribasplata Ygnacio - Especialista Legal. Cajamarca, 10 de marzo del 2016 NILDA S. BURGA RABANAL JUEZ PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA Luisman H. Arribasplata Ygnacio SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO PAZ LETRADO CAJAMARCA P. 5213223 F.P.28 Marzo S/. 3.00 EDICTO En el Exp. N° 00069-2016-0-0601-JR-CI-01, seguido por CARMEN YOPLA CASTREJÓN, sobre CAMBIO DE NOMBRE, contra el Ministerio Público; se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION NUMERO DOS, Cajamarca, siete de marzo de dos mil dieciséis: ADMITIR a trámite en la vía procedimental asignada al proceso Abreviado; la pretensión interpuesta por CARMEN YOPLA CASTREJÓN, contra el Ministerio Público, sobre CAMBIO DE NOMBRE (cambio de su prenombre Carmen por el de Luis Cristian); en consecuencia TRASLADO a la demandada MINISTERIO PUBLICO, para que en el plazo de DIEZ DIAS HÁBILES, conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía; PUBLI-
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QUESE un extracto de la presente demanda por un día hábil en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Diario “La República’’. FIRMADO: Dr. CASTILLO -Juez; CARRASCO Secretario Judicial. Luis Armando Castillo Cabrera JUEZ (P) JUZGADO CIVIL TRANSITORIO CAJAMARCA JOSÉ ANDRES CARRASCO HUACCHA SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA P. 5212719 F.P. 28-29-30 Marzo S/. 9.00
PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO
EDICTO EXP. N° 2014-75-C ante el Juzgado Mixto Cajabamba, Juez Doctora Edith Margarita Trillo Espinoza, en el Proceso seguido por María Antonia Figueroa Sánchez, contra la Municipalidad Provincial de Cajabamba, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio. Se publica lo siguiente: Resolución Número: SEIS de fecha once de febrero del dos mil dieciséis, RESUELVE: GENERESE los edictos correspondientes conforme ordena la resolución N° DOS, de fecha veintitrés de junio del dos mil catorce, Admitir a trámite la demanda interpuesto por María Antonia Figueroa Sánchez, contra la Municipalidad Provincial de Cajabamba, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, del lote de terreno ubicado en el Jr. San Martín cdra. 03 y calle Nueva S/N, barrio pueblo nuevo, Distrito y Provincia de Cajabamba, departamento de Cajamarca, a fin de que en el plazo de diez días absuelva el traslado de la demanda, bajo apercibimiento en caso de no cumplir con ello dentro del plazo de ley, de declararse rebelde, y seguirle el proceso en dicha condición, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el término perentorio de TRES con intervalo de TRES días cada publicación.Dra. EDITH M. TRILLO ESPINOZA. JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. DR. MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL. SECRETARIO JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. Cajabamba, 01 de Marzo del 2016. Edith Margarita Trillo Espinoza JUEZ JUZGADO MIXTO – CAJABAMBA MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA P.5212338 F.P. 28 MARZO 01-07 ABRIL S/.10.50
SUCESIÓN INTESTADA EDICTO EXPEDIENTE 445-2015. Juzgado Paz Letrado Celendín.- En los seguidos por Edith Maritza Silva Barboza sobre Sucesión Intestada, se ha expedido la siguiente resolución: RESOLUCION DOS: Celendín 26 enero 2016. Cumplida la subsanación; y con los requisitos de procedibilidad, ADMITASE a trámite vía proceso No Contencioso la solicitud de Edith Maritza Silva Barboza sobre Sucesión Intestada de Máximo Geonías Silva Chávez fallecido en este lugar el uno de octubre del año dos mil doce; PUBLIQUESE por edictos un extracto de la demanda en el Diario La República y Tablilla del Juzgado por el término de Tres día; Notifíquese.DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN – CAJAMARCA MAURO A. CASTRO ALFARO SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO – CELENDIN CAJAMARCA P. 5208617 F.P. 22-23-28 Marzo S/.9.00 EDICTO JUDICIAL Exp. N° 014-2016-C, seguido ante el Juzgado de Paz Letrado de San Marcos, solicitado por MARIA MAFALDA GARCIA ESTRADA, sobre Sucesión Intestada de quien en vida fuera su padre Segundo Nazario García Leiva; se resuelve lo siguiente: RESOLUCIÓN NUMERO UNO.San Marcos, quince de marzo del dos mil dieciséis, se RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en la vía de proceso no contencioso la solicitud de Sucesión Intestada de quien en vida fuera don Segundo Nazario García Leiva, a fin de que se declare como sus únicos y universales herederos a la recurrente y sus hermanos Segundo Evaristo, José Agustín, Bacilia Sara, Dionisia Trinidad, Rosa Rosalía, Victoriano Artidoro y Jacinta Lucila García Estrada; PUBLÍQUESE un extracto de la solicitud por una vez en los Diarios Oficiales “La República” y ‘‘El Peruano”; ANÓTESE de manera preventiva la solicitud en los registros correspondientes, y para tal efecto. CÚRSESE los partes al jefe de la Oficina Registral de Cajamarca; NOTIFÍQUESE con la presente resolución a los presuntos herederos indicados en la solicitud, así como a la Sociedad de Beneficencia Pública y al representante del Ministerio Publico de esta Ciudad. Lo que se hace de conocimiento a aquellos que se crean con derecho se apersonen al proceso y hagan valer los misinos conforme a ley.Firmado. CABRERA-Juez.- Firmado. LEZAMA-Secretario. ABSALÓN CABRERA RODRIGUEZ JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
SAN MARCOS LINDER LEONCIO LEZAMA SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO PAZ LETRADO SAN MARCOS P.5212684 F.P. 28 MARZO S/.3.00
4.EDICTOS PENALES
EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: MARGOT CHAVEZ Exp. 832-2014-1-0601-JR-PE-04 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día 31 DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a las 03:00 DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° TRES –, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado ZAVALA QUILICHE LUIS MARTIN , concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito de CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD. Suscribe el señor Juez: SANTOS VASQUEZ PLASENCIA, y la especialista judicial: MARGOT CHAVEZ F.P. 23-28-29 Marzo
EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE SAN MARCOS Exp. N° 25-2015-15 Juez: MORALES SE EMPLAZA Y CITA a MARCOS CESAR SANCHEZ ARONES, con la resolución número Cinco, de fecha veintidós de marzo del año dos mil dieciséis, emitida en el Exp. 25-2015-15-JPU-SM, seguido en su contra por la presunta comisión del delito contra la Familia – Omisión a la Asistencia Familiar en la modalidad de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de ALEXIS ALDAYR SANCHEZ PAREDES representado por su madre Doña María Elena Paredes Rojas, la cual RESUELVE REPROGRAMAR la audiencia de JUICIO ORAL para el día TREINTA Y UNO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LA UNA DE LA TARDE, en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de esta ciudad, sito en el Jirón Alfonso Ugarte N° 891 / Segundo Piso de esta ciudad; debiendo el acusado Marcos Cesar Sánchez Arones concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente
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disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. Precisándose que el acusado puede concurrir a la audiencia con su abogado de su libre elección, caso contrario será representado por Defensor Público. San Marcos, 22 de Marzo del 2016 Especialista: GÓMEZ F.P. 23-28-29 Marzo
EDICTO PENAL Exp. N° 1826-2015-0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Karin Danixa Vigo Portal Se notifica y cita a: RUÍZ TORRES ALEJANDRO RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO. Cajamarca, 18 de marzo de 2016. CÍTESE para el día 05 DE ABRIL DE 2016, a las 9:30 DE LA MAÑANA (hora exacta) para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación que se llevará a cabo en la sala de audiencias número tres (03) de esta Corte Superior de Justicia de Cajamarca, con la presencia obligatoria del Fiscal y del defensor público del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del Fiscal, de poner en conocimiento su conducta, al Órgano de Control Interno del Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones, en caso de inconcurrencia injustificada, y para el defensor público, de comunicar su conducta a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Cajamarca, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones. PRECÍSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de Ley. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos. Cajamarca, 21 de Marzo del 2016 F.P. 23-28-29 Marzo EDICTO PENAL Exp. N° 581-2015-0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Karin Danixa Vigo Portal Se notifica y emplaza a : HUARIPATA CHALAN EDWIN RAMOS AGUILAR ALEJANDRO RICARDO RESOLUCIÓN NÚMERO NUEVE.Cajamarca, tres de marzo del año dos mil dieciséis.- SE RESUELVE REPROGRAMAR, la audiencia de control de acusación, para el día treinta de Marzo del año dos mil dieciséis a horas doce horas del mediodía (12:00 a.m.) en la Sala de Audiencias N° tres (03) de esta Corte; audiencia a la cual deben concurrir de modo obligatorio el Representante del Ministerio Publico; bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia injustificada, de remitirse copias al Órgano de Control Interno para que proceda conforme a sus atribuciones; asimismo de los Abogados Defenso-
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res Públicos designados para los acusados de autos; bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia injustificada, de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de esta ciudad, para que proceda conforme a sus atribuciones. ORDENAR la notificación a los domicilios reales de los imputados, así como a la parte agraviada, a efectos de que tomen conocimiento de lo resuelto por este Juzgado. Cajamarca, 21 de Marzo del 2016 EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACIÓN PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 23-28-29 Marzo
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°00215-2015-00610-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CHOTA. SE NOTIFICA por el presente a la persona de: NORMAN RODRIGO CHAVEZ, con DNI N° 43138388, mediante resolución número uno se requiere al acusado, a fin de que en el plazo de tres días, cumpla con designar un abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de designar un abogado de la Defensoría Pública para que asuma la defensa técnica del acusado, por la presunta comisión del delito contra la Familia en su modalidad de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, en agravio de MARCHOLI ENEDITH RODRIGO CERCADO. RAMIREZ CALDERON: JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA. QUIROZ: ESPECIALISTA JUDICIAL. (3 V). Chota, 10 de Febrero del 2 016. DAVID W. RAMIREZ CALDERON JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA CHOTA F.P. 23-28-29 Marzo
EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE : 2012-422-VF Juzgado Especializado Civil Permanente de la Provincia de Chota. En solicitud de MINISTERIO PUBLICO - HUAMBOS; SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del Proceso Único la demanda sobre Violencia Familiar en su modalidad de Maltrato Físico contra ATILANO CORRALES DIAZ, en agravio de DALILA GONZALES ARRASCUE; CORRER TRASLADO de la demanda al demandado por el plazo de CINCO DÍAS para que la absuelva bajo apercibimiento de declarar su rebeldía y nombrársele curador procesal. NOTIFIQUESE al demandado mediante edicto publicado en el Diario “La República”. Chota, 11 de marzo de 2016. F.P. 23-28-29 Marzo EDICTO PENAL Expediente :148-2014-0-JIP-CAJABAMBA Juzgado : Juzgado de Investiga-
ción Preparatoria de Cajabamba Juez: Dr. Cesar Martín Salaverry Pajares Especialista de Audiencia ; Miguel Eduardo Bazán Mestaza Se emplaza a: Abdy Shapiama Sajami con la Resolución N° 10 de fecha 02 de marzo de 2016, mediante el cual se le requiere cumpla en el PLAZO DE VEINTICUATRO HORAS con designar un abogado defensor de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el proceso y señalar domicilio procesal, en el proceso que se le sigue en su contra por la presunta comisión del delito de Estafa Agravada en agravio de Mabel Marquina Briceño y Juan Santos Benites Moreno, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público. Y REPROGRAMAR la audiencia de control de acusación para el DIA TREINTA Y UNO (31) DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LAS ONCE HORAS CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA (11:15 am) EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL MÓDULO PENAL DE CAJABAMBA. Cajamarca, 07 de marzo de 2016 CESAR MARTIN SALAVERRY PAJARES JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CAJABAMBA F.P. 23-28-29 Marzo
EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: LIDIA EUGENIA NARRO CUEVA EXP: 268-2014-1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día CUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A LAS CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° 5 de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo el acusado JOSÉ VIVIANO CHILON CUEVA y DAVID CUEVA AYAY concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lidia Eugenia Narro Cueva. Homero R. Miraval Trinidad JUEZ SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL CAJAMARCA F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: JUAN
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BRIONES ALVAREZ Expediente N° 1405-2014-10601-JR-PE-02. RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECISEIS, A LAS TRES DE LA TARDE,(data dispuesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegiado se encuentran con diligencias programadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias NÚMERO UNO (1)- ubicado en la Avenida La Cantuta- Cuadra Doce - Segundo PisoUrbanización Villa Universitaria Cajamarca, en el proceso seguido contra LUCIO EUGENIO MENDOZA SAAVEDRA, como presunto autor del delito contra la Administración Pública, en su figura Peculado Doloso; REQUERIR a las partes asistir con quince minutos de anticipación para su acreditación correspondiente; así como se solicita a los abogados defensores presentar su certificación de habilitación profesional y sus respectivas medallas. Bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos contra por el delito de Peculado Doloso, Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez, y el especialista judicial: Juan Briones Álvarez. Leoncio Cachi Ramírez JUEZ JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJAMARCA F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: JUAN BRIONES ALVAREZ Expediente N° 754-2015-20601-JR-PE-01. RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO.DECLARAR LA INTERRUPCION del juicio oral en la presente causa penal seguida contra Luis Ricardo Orellana Valdivia, por el delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en su figura de Lesiones Graves Culposas, en agravio de Luis Benjamín Saldaña Abanto y Yoel Suárez García; DEJÁNDOSE SIN EFECTO las actas de audiencia iniciada con fecha cuatro de noviembre del año dos mil quince. VUÉLVASE A CITAR A JUICIO ORAL en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día TREINTA DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado, ubicada en la Avenida La Cantuta Cuadra Doce- Octavo pisoUrbanización Villa Universitaria Cajamarca. Bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos contra por el delito de Le-
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siones Culposas, Suscribe el señor juez: Leoncio Cachi Ramírez, y el especialista judicial: Juan Briones Álvarez Leoncio Cachi Ramírez JUEZ JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJAMARCA F.P. 28-29-30 Marzo
EDICTO JUDICIAL Expediente N° 2016-82-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido JESUS LUZMILA RONCAL SÁNCHEZ contra SEGUNDO FRANCISCO VILLEGAS REYNA sobre Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO, que RESUELVE: TÉNGASE por RECEPCIONADO los actuados que se indican, en aplicación de la Ley N° 30364 “Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los integrantes del Grupo Familiar”, publicada el 23 de Noviembre del 2015, y de conformidad con los establecido en el artículo 16° de la referida Ley; SEÑALESE fecha para la Audiencia Oral, el día JUEVES 03 DE MARZO DEL AÑO EN CURSO, A HORAS DIEZ Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) en el local del juzgado ubicado en la esquina de la Av. Túpac Amaru y Jirón Bolognesi, de la ciudad de Celendín. Para la emisión de la resolución correspondiente. RESOLUCIÓN NUMERO DOS; REPROGRAMESE la Audiencia Oral para el día miércoles 20 de abril del año 2016, a las doce del medio día, (HORA EXACTA) en el local del juzgado ubicado en la esquina de la Av. Túpac Amaru y Jirón Bolognesi, de la ciudad de Celendín, para la emisión de la resolución correspondiente; NOTIFIQUESE a las partes JESUS LUZMILA RONCAL SÁNCHEZ y SEGUNDO FRANCISCO VILLEGAS REYNA con un extracto de la resolución número uno y la presente resolución; los mismos que se publicarán en el Diario Oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. Julissa Aseijas Silva. JUEZA TITULAR JUZGADO MIXTO DE CELENDIN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO CIVIL Expediente N° 2016-35-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido Mónica Yesenia Pinedo Marín, contra Ananías Chávez Ramírez sobre Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO, que RESUELVE: TÉNGASE por RECEPCIONADO los actuados que se indican, en aplicación de la Ley N° 30364 “Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los integrantes del Grupo Familiar”, publicada el 23
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de Noviembre del 2015, y de conformidad con los establecido en el artículo 16° de la referida Ley; SEÑALESE fecha para la Audiencia Oral, el día MARTES 09 DE FEBRERO DEL AÑO EN CURSO, A HORAS NUEVE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) en el local del juzgado ubicado en la esquina de la Av. Túpac Amaru y Jirón Bolognesi, de la ciudad de Celendín. Para la emisión de la resolución correspondiente. RESOLUCIÓN NÚMERO DOS; REPROGRAMESE la Audiencia Oral para el día MARTES 27 DE ABRIL DEL AÑO 2016, A HORAS DIEZ Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) en el local de este Juzgado ubicado en EL Jr. Pardo N° 665 — segundo piso, de la ciudad de Celendín, para la emisión de la resolución correspondiente; NOTIFIQUESE a la agraviada Mónica Yesenia Pinedo Marín con un extracto de la resolución número uno de y la presente resolución; los mismos que se publicarán en el Diario Oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. Julissa Aseijas Silva. JUEZA TITULAR JUZGADO MIXTO DE CELENDIN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO CIVIL Expediente N° 2016-69-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido MARÍA AGUSTINA SÁNCHEZ CHACÓN contra HIGINIO ZAMBRANO BURGA sobre Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO, que RESUELVE: TÉNGASE por RECEPCIONADO los actuados que se indican, en aplicación de la Ley N° 30364 “Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los integrantes del Grupo Familiar”, publicada el 23 de Noviembre del 2015, y de conformidad con los establecido en el artículo 16° de la referida Ley; SEÑALESE fecha para la Audiencia Oral, el día JUEVES 03 DE MARZO DEL AÑO EN CURSO, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) en el local del juzgado ubicado en la esquina de la Av. Túpac Amaru y Jirón Boloqnesi, de la ciudad de Celendín. Para la emisión de la resolución correspondiente. RESOLUCIÓN NÚMERO DOS; REPROGRAMESE la Audiencia Oral para el día martes 03 de mayo del año 2016, a las doce del medio día, (HORA EXACTA) en el local del juzgado ubicado en la esquina de la Av. Túpac Amaru y Jirón Bolognesi, de la ciudad de Celendín, para la emisión de la resolución correspondiente; NOTIFIQUESE a la agraviada y al denunciado MARÍA AGUSTINA SÁNCHEZ CHACÓN contra HIGINIO ZAMBRANO BURGA con un extracto de la resolución número uno de fecha 29 de Febrero
del 2016 y la presente resolución; los mismos que se publicarán en el Diario Oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. Julissa Aseijas Silva. JUEZA TITULAR JUZGADO MIXTO DE CELENDIN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA F.P. 28-29-30 Marzo
EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CELENDIN Especialista Judicial: Nolasco Chávez Goycochea. Se cita y emplaza al procesado GENARO MOSQUERA GARCIA para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, concurriendo a la Audiencia de Juicio Oral a llevarse a cabo el día 25 de Mayo del año 2016; a horas 9.00 am. (hora exacta), en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Celendín; sito en el Jirón Pardo No. 665, primer piso de la ciudad de Celendín, bajo aparecimiento de ser declarado contumaz y ordenar su conducción compulsiva en caso de incumplimiento; dentro del EXP. N° 140-2015-61-060301-JPU-CEL, seguido contra: GENARO MOSQUERA GARCIA, por la presunta comisión del Delito de Desobediencia a la Autoridad, en agravio del Estado - Ministerio Público.Celendín, 10 de Marzo del 2016. M. Cs. EDITH CABANILLAS PALOMINO JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CELENDIN F.P. 28-29-30 Marzo
EDICTO PENAL MEDIENTE ACTA DE AUDIENCIA DE JUCIO ORAL.- de fecha diez de marzo del presente año. SE RESUELVE notificar por edicto al acusada ROSA VILMA PADILLA TEJADA, para que concurra a la audiencia programada para el día 25 de abril del presente año a horas 3 de la tarde que se llevara a cabo en juzgado penal unipersonal de Contumazá, a fin de que comparezca al proceso a ejecutar su defensa bajo apercibimiento de declarase reo contumaz el presente proceso seguido contra Rosa Vilma Padilla Tejada por el delito Contra el patrimonio, en la modalidad hurto simple en agravio de Osbaldo Luciano Altamirano Amaya, disponiendo su emplazamiento por edictos a través del diario OFICIAL LA “REPUBLICA”, los mismos que se publicación que se hará con un intervalo de por tres días hábiles consecutivos. Fdo. Dr. Pedro Alejandro Osorio Montoya.- Juez.- Fdo. Cinthya Eveling Mondragon Rebaza secretaria Pedro A. Osorio Montoya JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CONTUMAZA F.P. 28-29-30 Marzo
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EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CELENDIN Especialista Judicial: Nolasco Chávez Goycochea. Se cita y emplaza al procesado OCTAVIO MARTIN CABANILLAS RODRIGO para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, concurriendo a la Audiencia de Juicio Oral a llevarse a cabo el día 26 de Mayo del año 2016, a horas 11.30 am., en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal sito en el Jirón Pardo No. 665 segundo piso, de la ciudad de Celendín, bajo aparecimiento de ser declarado contumaz y ordenar su conducción compulsiva en caso de incumplimiento; dentro del EXP. N°122-2013-61 -060301 -JPU, contra: OCTAVIO MARTIN CABANILLAS RODRIGO, por la presunta comisión del Delito de Peculado, en agravio del Estado.Celendín, 11 de Marzo del 2016. M. Cs. EDITH CABANILLAS PALOMINO JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CELENDIN F.P. 28-29-30 Marzo
EDICTO PENAL EXP. Nro. : 19-2016( 16 -2016 -JUP) JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA : LUISA DANNY PAREDES LOAYZA SE CITA Y EMPLAZA A : DOMINGO GERMAN VASQUEZ GUERRA Para hacer de su conocimiento que por resolución número cuatro de fecha veintisiete de enero del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al procesado Domingo Germán Vásquez Guerra, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional, y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa hasta que sea ubicado y capturado el acusado contumaz; DESIGNANDOSE como Abogado defensor del acusado a la abogada defensora Pública Elva Liliana Albújar Nuñez. HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Khaterine Adalis Vásquez Castillo. Cajabamba, 29 de Enero del 2016 MANUEL R. PAREDES GARCÍA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CUASAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO PENAL Exp. N° 712-2015-0-0601-JRPE-05
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: FIDEL SÁNCHEZ RÍOS Se Cita, Notifica y Emplaza a: LILIANA ROCÍO RODRÍGUEZ ALVARADO La representante legal del menor Jhenco Anderson Salazar Chacón, la señora JULIA ROSA CHACÓN VILLAR. Mediante RESOLUCIÓN NÚMERO NUEVE, de fecha diez de marzo del presente año, se verifica que los agraviados Liliana Rocío Rodríguez Alvarado y Jhenco Anderson Salazar Chacón, no tiene domicilio proceso ni abogado defensor de su elección, pero según la constancia emitida por el señor Juez de del Caserío Quinuamayo- Encañada, en el cual indica que dichas personas viven en Cajamarca y no en su comunidad que obran a folios ochenta y tres a ochenta y siete; no habiendo sido posible su notificación; en consecuencia DISPONGASE la notificación de los agraviados Liliana Rocío Rodríguez Alvarado y Jhenco Anderson Salazar Chacón por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “la República” por el lapso de tres días, con el extracto de la presente resolución y la resolución número tres, esto es que cumpla con concurrir al Local del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cajamarca para efectos del presente proceso, bajo apercibimiento de continuarse con el trámite del proceso de acuerdo a su estado, en caso de incumplimiento. NOTIFICANDOSE. En cumplimiento de lo ordenado, se adjunta el extracto de la RESOLUCIÓN NÚMERO TRES, de fecha veintitrés de julio del año dos mil quince, se DISPONE CORRER TRASLADO DEL REQUERIMIENTO MIXTO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos, de creer conveniente, puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal y/o formular oposición a la solicitud de archivo, la misma que, bajo sanción de inadmisibilidad, deberá estar debidamente fundamentada y podrá solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes; todo ello con el objeto de ser debatido en audiencia por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. COMUNIQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. Notifíquese.Cajamarca, 22 de marzo de 2016 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TATIANOVA ABANTO TAFUR JUEZ TITULAR F.P. 28-29-30 Marzo
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EDICTO PENAL EXP NRO. 915-2015-0-0601-JRPE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Se cita y emplaza a: GUEVARA ALVAREZ RODEL DADO CUENTA con el Requerimiento de Acusación Directa presentado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, que antecede, AGRÉGUESE a los autos y conforme se evidencia de los actuados que acompañan el requerimiento acusatorio, el acusado no tiene abogado defensor, se deberá requerir designe defensor de su libre elección, a fin de no vulnerar su derecho de defensa, teniéndose que RESERVAR el proveído del requerimiento, en consecuencia REQUIÉRASE al acusado RODEL GUEVARA DIAZ, para que en el plazo de TRES DÍAS DE NOTIFICADO, designe abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designar defensor público en caso de incumplimiento, debiendo para tal efecto ser notificado en su domicilio real consignado en el requerimiento acusatorio. Notifíquese.JUEZ: MARIO LOHONEL ABANTO QUEVEDO ESPECIALISTA: GABRIELA RONCAL CHÁVEZ Cajamarca, 22 de marzo de 2016. F.P. 28-29-30 Marzo
EDICTO PENAL Exp. N° 154-2015-0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Karin Danixa Vigo Portal Se notifica a: JAIME RICARDO NORIEGA LINCHAM DAVID FIGUEROA ALVARADO RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO.Cajamarca dos de Marzo de 2016.SE HA DADO CUENTA con el requerimiento de sobreseimiento de la causa, presentado por la Fiscal Provincial del Tercer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca; en tal sentido, AGRÉGUESE a los autos y conforme a lo previsto en el artículo 345º del CPP, CÓRRASE TRASLADO el requerimiento fiscal a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS HÁBILES, a efectos de que de creerlo conveniente, puedan por escrito formular oposición a la solicitud de archivo, la misma que, bajo sanción de inadmisibilidad, deberá estar debidamente fundamentada y puedan solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento. COMUNÍQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la
presente carpeta, manteniendo su foliación. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos. Se provee en la fecha porque el Juez encargado del Juzgado, en el mes de febrero sólo firmó despacho de reos en cárcel. Interviniendo la Especialista Judicial que da cuenta por disposición superior. Cajamarca, 08 de Marzo del 2016 EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO PENAL Exp. N° 00365-2015-0-0601-JRPE-02 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Karin Danixa Vigo Portal Se cita y emplaza a: SAMUEL AGUILAR VÁSQUEZ RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO.Cajamarca, 21 de marzo 2016.- SE HA DADO CUENTA con el presente proceso y habiendo vencido el plazo del traslado del requerimiento de sobreseimiento, al no existir escrito alguno presentado por las partes procesales y conforme a lo previsto en el artículo 345.3º del CPP; CÍTESE para el día 24 DE ABRIL DE 2016, a las 10:00 HORAS DE LA MAÑANA (hora exacta) para la realización de la audiencia preliminar de sobreseimiento que se llevará a cabo con la parte procesal que concurra en la sala de audiencias número tres (03) de esta Corte Superior de Justicia de Cajamarca, con la presencia obligatoria del Fiscal bajo apercibimiento de poner en conocimiento su conducta al Órgano de Control Interno del Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones en caso de inconcurrencia injustificada. PRECÍSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de Ley. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios señalados en autos, respecto del procesado Samuel Aguilar Vásquez, notifíqueselo mediante edictos por el término de tres de TRES DÍAS en el Diario Judicial “La República”, OFÍCIESE con tal fin. Notifíquese.Cajamarca, 23 de Marzo del 2016 EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 28-29-30 Marzo EDICTO PENAL Exp. N° 1988-2014-0-0601-JRPE-02 QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
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CAJAMARCA Especialista: FIDEL SÁNCHEZ RÍOS Se Cita, Notifica y Emplaza a: JOSÉ PELAYO CHÁVEZ Mediante resolución número VEINTIUNO, se DISPONE CÍTESE para el día TREINTA Y UNO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a horas NUEVE Y DIEZ DE LA MAÑANA para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Número Cuatro (04) sexto piso de la nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca ubicado en la Avenida la Cantuta (Complejo Qhapac Ñan), con la presencia obligatoria del Fiscal y los abogados defensores de los acusados, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del primero de los nombrados de poner en conocimiento de su conducta al órgano de control Interno del Ministerio Publico respectivo para que proceda conforme a sus atribuciones; para el defensor particular, de excluirlo de la defensa y designar a un Abogado Defensor Público conforme lo autoriza en el artículo 85.1º del Código Procesal Penal; y para el defensor Público de comunicar a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública; sin perjuicio de ser sancionados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial; teniendo en cuenta, que la citada audiencia es de carácter inaplazable, esto a tenor del artículo 351° inciso 1) del mismo cuerpo legal, que establece un plazo perentorio para su realización; PRECÍSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de ley. PRECISANDOSE que la audiencia se fija en la Sede de ésta Corte Superior de Justicia de Cajamarca, teniendo en cuenta que se trata de un debate estrictamente técnico.SE PRECISA también que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, conforme a lo prescrito por el artículo 16°, incisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CEPJ. Se deja constancia que la audiencia se señala para la fecha indicada debido a la recarga agenda de audiencias programadas en los Juzgados de Investigación Preparatoria. Notifíquese.Cajamarca, 23 de marzo de 2016 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TATIANOVA ABANTO TAFUR JUEZ TITULAR F.P. 28-29-30 Marzo
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nes, 28 dedelmarzo del 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Lunes, 28 Lude marzo 2016
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HASTA 1 DE ABRIL
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TE AMO, DIOS MÍO Mons. Ángel Ortega Trinidad Capellán de la Corte Suprema de la República
Dios no se hace viejo, no se arruga, no pierde fuerza. Dios nos ama hoy como ayer y como nos amará mañana Es el Amor con mayúscula. Dios es Amor. La Belleza misma la Santidad -el tres veces santo- el todopoderoso, creador de los cielos y la tierra. Cuando uno ve a una persona buena, santa, poderosa, amorosa, muy bella se entusiasma con ella, se enamora de ella. El que conoce a Dios no puede menos de enloquecer de amor por Él. “Tarde te amé, Oh belleza tan antigua y tan nueva, tarde te amé”. San Agustín. Esta frase de San Agustín dice muchas cosas: Primera que Dios es de una belleza inmarcesible. A veces uno se enamora de un ostro de una persona que no quisiera que envejeciese, que mantuviese siempre la misma frescura, la misma juventud, idéntica sonrisa. Pero, por desgracia, las personas avanzan en edad, salen canas, arrugas, obesidad, arrugas en la frente y en el alma. Algunos podría n decir: Esta no es la persona de la que yo me enamoré. Ha cambiado demasiado. Segundo, que uno es un pobre cuando se enamora de todo menos de Dios. Por eso dice dos veces la palabra triste tarde, demasiado tarde. Y realmente es cierto. Los minutos, los años en que uno no ama a Dios son perdidos miserablemente. Si no he amado a Dios ¿qué he estado haciendo? Lo mínimo es perder tiempo y vida. Cuántos de nosotros deberíamos decir como el santo: Tarde te amé, oh belleza tan antigua y tan nueva, tarde te amé. Y, tal vez, algunos tengan que decir: Nunca te amé, nunca te conocí. !Qué triste es esto! Y porque a ti sólo debo amarte con todo mi corazón, con toda mi alma y con todas mis fuerzas. Por ser mi Creador, mi Redentor, y por haberme destinado al cielo. Te amo porque me has amado Tú primero. Te amo porque me has redimido del pecado. Te amo porque me has abierto las puertas de tu Reino Te amo porque me has hecho hijo de Dios Te amo porque me has enriquecido con el Espíritu Santo Te amo, porque me has entregado a tu Madre al pie de la cruz. Te amo por el don de la fe Te amo porque te has quedado conmigo en el sagrario. Te amo porque me has enviado como a los apóstoles, a extender tu Reino entre los hombres. Te amo porque eres mi Dios y mi Señor.
Dios no se hace viejo, no se arruga, no pierde fuerza. Dios nos ama hoy como ayer y como nos amará mañana. Aprovechemos esta maravillosa gracia y amemos, amemos a la persona más digna de nuestro amor.
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Cuatro características corresponden al juez: Escuchar cortésmente, responder sabiamente, ponderar prudentemente y decidir imparcialmente.