JUD AQP - 20 ABR.indd Simple Storage Service (S3)

19 abr. 2017 - Publicar por 3 veces. Fdo. Dr. Enrique Cárde- nas Medina. Juez. Arequipa, 26 de diciembre el 2016. Ricard
2MB Größe 32 Downloads 76 Ansichten
Jueves, 20 de abril del 2017

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Corte Superior de Arequipa

1

La República Jueves, 20 de abril del 2017

EDICTOS EDICTO 3º JUZGADO DE PAZ LETRADO - S. MBJ Paucarpata, EXP. 920-2016, MATERIA: FILIACION, ESPECIALISTA: HUACCOTO GOIZUETA, LIZBETH YANIRA, MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 01 DE FECHA 11 DE MARZO DE 2016, SE RESOLVIO: 1) ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA INTERPUESTA POR DORA ESTHER CHÁVEZ REYES EN REPRESENTACIÓN DE SU MENOR HIJA ALEXANDRA MIDORY SUNI CHAVEZ, EN CONTRA DE ALEX SUNI CACERES, LA DEMANDA SOBRE FILIACIÓN JUDICIAL DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL, COMO PRETENSIÓN PRINCIPAL Y EN FORMA ACUMULATIVA OBJETIVA, ORIGINARIA Y ACCESORIA, LA PRETENSIÓN DE COBRO DE AUMENTOS EN LA VÍA DEL PROCESO ESPECIAL, EN CONSECUENCIA, TRASLADO AL DEMANDADO PARA QUE EN EL PLAZO DE DIEZ DÍAS HABILES PROCEDA A FORMULAR OPOSICIÓN Y ABSUELVA EL TRASLADO DE LA PRETENSIÓN DE ALIMENTOS Y MEDIANTE RESOLUCION 06-2016 DE FECHA 04 DE NOVIEMBRE DE 2016, SE RESUELVE: NOTIFICAR POR EDICTOS AL DEMANDADO ALEX SUNI CACERES, PARA QUE EN EL TÉRMINO DE QUINCE DÍAS DE NOTIFICADO CONTESTE LA DEMANDA DE FILIACION INTERPUESTA POR DORA ESTHER CHAVEZ REYES EN CONTRA SUYA, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL.- LIZBETH HUACCOTO GOIZUETA ESPECIALISTA LEGAL. (0612-20 abril) B/E 031-9155. EDICTO El Juzgado Especializado en lo Civil de Islay, que despacha la Dra. Julia Ysabel Loaiza Callata, con la especialista Jennifer Chapilliquen Tason, en el expediente 4596-2016, se ha expedido la Resolución N° 01 de fecha 24/octubre/2016, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de Prescripción Adquisitiva, interpuesta por Benita Aracely Díaz Cárdenas y Jorge Luis Ramírez Ormeño, en contra de Yanny Sofía Diaz Cárdenas, Betty Honorata Abadie Diaz y Augusto Delgadillo Bustamante con conocimiento de los colindantes Edwin Juan Zavalaga Banda, Lucia Otila Valdivia Saboyer, Institución Educativa Particular BRYCE representada por su director Israel Pineda Gamarra y Mercedes Elsa Martínez Guzmán, en vía de PROCESO ABREVIADO, traslado por diez días. SE DISPONE: La publicación de la resolución por tres veces, en el diario Oficial El Peruano y el de mayor circulación de la ciudad, conforme al artículo 506 del mismo cuerpo legal. Mollendo marzo 15 del 2017. STEPHANIE J. CHAPILLIQUEN T. SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO CIVIL ISLAY MOLLENDO. (12-20-26 abril) B/E 031-9260. EDICTOS JUDICIALES Ante el décimo Juzgado civil de la Corte Superior de Justicia, Especialista Tapia Málaga, Víctor José, María Elena_Quispe Zuvisarreta , solicita cambio de Nombre y se le autorice a llevar los apellidos Zubizarreta Quispe, es

decir invertirlos y sustituir la letra “V” por “B” y la “S” por “Z”, siendo sus nombres y apellidos como MARIA ELENA ZUBIZARRETA QUISPE.Arequipa, 17 de abril del 2017.- Julio Arapa Choquehuanca – ABOGADO.- (20 ABRIL) B/E 031-9387. EDICTO JUDICIAL En el Expediente Judicial Nº 00925-2017-0-0401-JR-CI-05, seguido ante el Quinto Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que despacha el Juez Aníbal Celso Maraza Borda, con la intervención del Especialista Legal Néstor Puma Salazar, como parte demandante Carmen Lucrecia Málaga Delgado y como demandados, La Autoridad Autónoma de Majes, El Gobierno Regional de Arequipa, con emplazamiento del Procurador Publico y emplazamiento de los colindantes, Carmen Málaga Delgado, Felipe Mendoza Cahuana y Enrique Castro Málaga, en el proceso sobre Prescripción Adquisitiva; el Juez de la causa mediante Resolución No. 02, emitida con fecha 21 de febrero del 2017, ha dispuesto la publicación del extracto de la presente resolución, conforme a lo previsto por el artículo 506 del Código Procesal Civil y tratándose de predio rustico además se efectué notificación por radiodifusión por cinco días consecutivos como lo dispone el artículo 169 del Código Procesal Civil, de la forma siguiente: Resolución No. 02, emitida el 21 de febrero del 2017, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía de PROCESO ABREVIADO la demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA, interpuesta por Carmen Lucrecia Málaga Delgado, en contra de I) La Autoridad Autónoma de Majes, II) El Gobierno Regional de Arequipa con emplazamiento del Procurador Publico y emplazamiento de los colindantes, 1).- Carmen Málaga Delgado, 2).- Felipe Mendoza Cahuana y 3).- Enrique Castro Málaga, en consecuencia traslado de la demanda a la parte demandada y a los emplazados por el plazo de diez días, téngase por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntados en el escrito de demanda. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER. NESTOR PUMA SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL QUINTO JUZGADO CIVIL . (06-12-20 abril) B/E 031-9136. EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de Acari, Sec Carlos Benites Machuca, Expediente N° 14-2017 don ELMER AUGUSTO MORAZZANI ARTEAGA,, solicita la Sucesión Intestada de su Padre FELICIANO MORAZZANI CÁCERES, fallecido el día 16 de Mayo de 2014 en el Distrito de Acari-Provincia de Caraveli Departamento de Arequipa, siendo su último domicilio en el distrito de Acari. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.- Acari, 12 de Abril de 2017.- Carlos Benites Machuca – Secretario Judicial.- (20 abril) B/E 031-9385. EDICTO Ante Primer Juzgado de Familia sede Paucar-

pata, que despacha el Juez Nolam Talavera Zapana, especialista legal Yrene Lizet Ciriaco Vilca, Expediente N° 12374-2016, seguido por Lucia Paola Corrales Ortega; se ha emitido la Resolución N° 01, de fecha 29.09.16, que RESUELVE: 1) IMPROCEDENTE la demanda de divorcio por causal interpuesta por Lucia Paola Corrales Ortega en contra de Erick Bradley Bruce Stone, la misma que fue apelada el 06.10.16, mediante resolución N° 02 que resuelve conceder el recurso de apelación con efecto suspensivo a favor de la parte demandante Lucia Paola Corrales Ortega en contra de la resolución N° 01. Dispone se notifique al demandado con el concesorio, se eleven los actuados al superior para el efecto.- Marcela A. Rendón Rojas – ABOGADA (19-20-21 ABRIL) B/E 031-9361. EDICTO JUDICIAL En el expediente 10406-2009-0-1817-JRCO-16, seguido por CERAMICA SAN LORENZO SAC contra CERACASA SRL, CARBAJAL RIVERA, FRDDY ATILIO y MONZON CALSINA, CASILDA en el PROCESO DE EJECUCION DE GARANTIAS ante el Décimo Sexto Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Lima, a cargo de la señora Juez PATRICIA LOPEZ MENDOZA, y el Especialista Legal Juan Carlos Núñez Matos, se ha emitido la siguiente resolución: RESOLUCIÓN Nro. 58 su fecha veintisiete de enero de dos mil diecisiete.- “(...) se dispone: NOTIFIQUESE VIA EDICTOS a La co demandada CERACASA SRL con extracto del mandato de ejecución contenido en La resolución dos de fecha 16.11.2009 (...)”.- RESOLUCION DOS: “(...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de EJECUCION DE GARANTIA HIPOTECARIA, en La vía procesal correspondiente al PROCESO UNICO DE EJECUCION, y siendo esto así, SE ORDENA A LA OBLIGADA PRINCIPAL, VENCERAMICA SRL, COMERCIAL MAPISA SAC, CERACASA SRL, COIMEX SRL y a Los GARANTES HIPOTECARIOS CASILDA MONZON CALSINA y FREDDY ATILIO CARBAJAL RIVERA, a fin de que cumplan con pagar al ejecutante CERAMICA SAN LORENZO SAC dentro del TERCER DÍA DE NOTIFICADO con La presente, La suma de SESENTA MIL y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 60,000.00), más Los intereses compensatorios y moratorios correspondientes, costos y costas del presente proceso, BAJO APERCIBIMIENTO DE PROCEDERSE AL REMATE DEL INMUEBLE dados en garantía (...)”. Miraflores, 23 de marzo de 2017.- JUAN CARLOS NUÑEZ MATOS – ESPECIALISTA LEGAL (19-2021 ABRIL) B/E 031-9356 NOTIFICACIONES POR EDICTO NOTIFICACION POR EDICTO En el proceso de alimentos tramitado ante el Séptimo Juzgado de Paz Letrado, del cercado de Arequipa, bajo el expediente Nº 02810-2016-0-0401-JP-FC-07, que sigue Katherine Luz Pacsi Silva, en contra de GIAN CARLO JAUREGUI SANCHEZ, el Señor Juez a cargo del proceso, con intervención del especialista legal Adán José Lacunza Alfaro,

mediante Resolución Nº 02, de fecha 21 de noviembre del 2016, HA DISPUESTO: notificar al demandado GIAN CARLO JAUREGUI SANCHEZ, mediante edictos para que cumpla con apersonarse a proceso en el plazo de quince días, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal para que lo represente en caso de incumplimiento debiéndose efectuar las publicaciones en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Oficial de la localidad, por el termino de tres días. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indica y agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados. Tómese Razón y Hágase Saber.- Adán José Lacunza Alfaro.- Especialista judicial.- Sétimo Juzgado de Paz Letrado. (06-12-20 abril) B/E 031-9148. NOTIFICACIÓN POR EDICTO El señor Magistrado del Juzgado Especializado Civil de Camaná, Zenón Luque Céspedes, con intervención del Especialista Legal Berty Carnero Tito, quien interviene por disposición del Superior y en mérito al Memorando 09-2017, en el expediente 00326-2016-0-0402-JR-CI-01, que sobre Cambio de nombre sigue José Luis Andrés Quispe Bustamante, ha expedido la resolución Nro. 02-2017 de fecha quince de marzo de dos mil diecisiete: “SE RESUELVE: 1.- ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO la demanda presentada por JOSE LUIS ANDRES QUISPE BUSTAMANTE sobre CAMBIO DE NOMBRE en cuanto al APELLIDO PATERNO; Téngase por ofrecidos los medios probatorios precisados por los recurrentes, los que deberán merituarse en la estación procesal respectiva, de ser admitidos; agregándose a sus antecedentes los anexos adjuntados. 2.-Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 828 del Código Procesal Civil se DISPONE que el interesado cumpla con efectuar la publicación de un extracto de la solicitud por el término de un día en el diario “El Peruano” y en el encargado de las publicaciones judiciales de la ciudad de Arequipa “La República” 3.- SE DISPONE: Señalar como fecha de la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial para el día DIECISÉIS DE MAYO DE DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE HORAS, en el local del Juzgado, con conocimiento de las partes. Tómese razón y hágase” Fdo. Zenón Luque Céspedes, Juez Especializado Civil de Camaná, Fdo. Berty Carnero Tito, Especialista Judicial Juzgado Civil de Camaná.- Arequipa, 28 de marzo de 2017.- (20 Abril) B/E 031-9390. NOTIFICACIÓN POR EDICTO El Señor Juez de! Juzgado de Paz del distrito de Alto Selva Alegre, Señor Enrique Cárdenas Medina y Secretario Judicial que suscribe en el Exp. N° 058-2016-JP-ASA, seguido por CARLOS MONTOYA QUIRITA en contra de ELENA MARILÚ MACEDO MAMANI sobre ALIMENTOS, ha resuelto notificar por Edictos a la demandada. Que, por escrito del demandante, en la cual declara desconocer el domicilio actual de la demandada y ante lo incierto solicita que sea emplazada mediante edictos,

notificándosele para tal efecto mediante Edictos, publíquese un extracto de la demanda y la Resolución N° 01, que ADMITE a TRAMITE la demanda, por el plazo de tres días hábiles en el Diario Oficial “EL PERUANO” y en el diario de avisos judiciales de este Distrito Judicial; debiendo la parte demandante apersonarse al Juzgado a fin de recabar los Edictos para su publicación. AUTOADMISORIO RESOLUCIÓN N° UNO GUION DOS MIL DIECISEIS.- ADMITIR a TRAMITE en la vía del proceso ÚNICO la demanda de ALIMENTOS, interpuesta por CARLOS MONTOYA QUIRITA, en calidad de representante legal de su menor hijo Roderik Dayhiro Montoya Macedo y en contra de ELENA MARILÚ MACEDO MAMANI. Córrase traslado de la demanda a la parte demandada por el término de CINCO DÍAS, para que conteste. Publicar por 3 veces. Fdo. Dr. Enrique Cárdenas Medina. Juez. Arequipa, 26 de diciembre el 2016. Ricardo Condori Sencara. Secretario judicial Juzgado de Paz de Alto Selva Alegre, de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.(20-21-24 Abril) B/E 031-9384. REMATES PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos en el Exp. Nro. 4196-2016-0-0412-JR-CI-01, sobre EJECUCION DE GARANTIAS, que sigue la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TACNA S.A.. en contra de RODRIGUEZ VELARDE CARLOS VALENTIN, El Señor Juez del Primer Juzgado Civil- Cede- Paucarpata , Dr. ZUÑIGA PORTOCARRERO LINO con intervención de la Especialista Legal Dr. SANDOVAL LOAYZA SHEYLA MAGALY , teniendo como terceros no ejecutantes al BANCO INTERNACIONAL DEL PERU, y GLENI ROSARIO ZEGARRA RAMOS, ha dispuesto sacar en remate publico lo siguiente: en PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en el Pueblo Joven el Pedregal Mz. C. Lote Nro. 8, Zona A, Distrito de Paucarpata, Provincia y Departamento de Arequipa, cuyo Linderos y medidas perimétricas se hallan inscritos en la Partida Electrónica Nº P06054017, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral de Arequipa. VALOR DE TASACION DEL BIEN: ha sido valorizado en S/ 180.000.00 (CIENTO OCHENTA MIL CON 00/100 SOLES) PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: Es sobre la BASE de las dos terceras partes del Valor de Tasación, y es S/ 120,000.00 (CIENTO VEINTE MIL CON 007/100 SOLES). AFECTACIONES: EMBARGO: en forma de inscripción sobre esta partida, hasta por la suma de S/ 1,600.00 soles, a favor de Huertas Gonzales Betty Esmeralda, en merito a la resolución judicial de fecha 30/10/2008, Exp. 2008-718, Tercer Juzgado de Paz Letrado de Paucarpata, sobre el proceso de Obligación de Dar Suma de Dinero. EMBARGO: en forma de inscripción sobre esta partida, hasta por la suma de S/ 2,000.00 soles, a favor de Huertas Gonzales Betty Esmeralda, en merito a la resolución judicial de fecha 25/01/2010, Exp. 2009-880, Primer Juzgado de Paz Letrado de Paucarapata, sobre el proceso de Obligación

2

La República

de Dar Suma de Dinero. HIPOTECA.-Constituida por sus propietarios a favor de la Caja Municipal de Ahorro Crédito de Tacna , hasta por la suma de S/ 180,000.00( soles), con el objeto de garantizar el cumplimento del crédito por la suma de S/ 149,000.00 ( soles), así como demás obligaciones que se establecen en la escritura publica de fecha 31/03/2016, ante Notario Publico Dr. Hugo Julio Caballero Laura. EMBARGO: en forma de inscripción sobre esta partida, sobre los derechos de propiedad de Carlos Valentín Rodríguez Velarde, y Gleni Rosario Zegarra Ramos, hasta por la suma de S/ 65,000.00 soles, a favor del Banco Internacional del Perú, en merito a la resolución judicial Nro. 01 de fecha 26/08/2016, Exp. 3758-2016, sobre el proceso de Obligación de Dar Suma de Dinero. FECHA Y HORA DE REMATE: El 28 de Abril del 2017, a las 2.00pm (de la tarde), Diligencia a llevarse a cabo en la sala de Lectura del Modulo de Justicia de Paucarpata, sito en la Esquina calle Laveau con calle Alcántara s/n.-Paucarpata –Arequipa. POSTORES: Para ser postor se depositara en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, la cantidad no menor al 10%, del Valor de Tasación, además deberán presentar el D.N.I. y el Arancel Judicial indicando el numero del D.N.I. del postor , Juzgado y numero de Expediente, Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el Art. 732º del Código Procesal Civil; El remate será efectuado por Renee Salomón Díaz Coaquira- Martillero Publico Registro Nro. 267. Cel.958646334 .- Arequipa, 07 de Abril de 2017. SHEYLA SANDOVAL LOAYZA ESPECIALISTA LEGAL PRIMR JUZGADO CIVIL MBJP. (12-17-18-19-20-21 abril) B/E 031-9288. PRIMER REMATE En el expediente Nº 02981-2015-0-0401-JRCI-03, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS seguido por el BANCO DE CRÉDITO DEL PERU en contra de EUSEBIO PEDRO NAVARRO MORAZZANI y doña LUZ MARIVEL ENRIQUEZ LIMA y FRANCO MANUEL NAVARRO ENRIQUEZ, con pedido de notificación de MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA, hoy a cargo del señor Juez del Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, Dr. Zoilo Alcides Chávez Mamani, con intervención del Especialista Legal Jenny Herrera Miranda, se ha facultado a la martillero Público JORGE ANDRÉS ROSAS CALOPINO, ante quien se realizará el día 30 De Mayo de 2017 a horas15:00 p.m. en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en el sótano de la sede de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Plaza España s/n, distrito de Arequipa, provincia y departamento de Arequipa, la diligencia del PRIMER REMATE del inmueble signado registralmente como Asentamiento Poblacional Asociación de Defensa y Desarrollo del Pueblo Tradicional Pampa del Cuzco – Sector 1, Manzana C, Lote 8, Zona 4, del distrito de Jacobo Hunter, provincia y departamento de Arequipa, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas bajo Código de Predio P06123547, del hoy Registro de Predios de la Oficina Registral Nº XII Sede Arequipa, TASACIÓN: US $ 61,655.60; BASE DEL PRIMER REMATE (2/3 DE LA TASACIÓN): US$ 41,103.73 DEPÓSITO PARA PARTICIPAR EN EL REMATE (10% DE LA TASACIÓN): US$ 6,165.56; GRAVÁMENES: 1.- Carga registral a favor de la Municipalidad Provincial de Arequipa, a cargo de los beneficiarios lo relacionado a uniformización de las secciones viales, peatonales y carrozales de 4.00, 6.00 y 12.00 m. respectivamente, y densificar los lotes conforme a la zonificación R-3. 2.- Hipoteca a favor de Banco de Crédito del Perú hasta por la suma S/. 62,770.50 materia del presente proceso. LOS POSTORES: Oblarán no menos

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

del diez por ciento del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia a su nombre; adjuntar Tasa Judicial por derecho a participar en el remate judicial, consignando número de expediente y generales de ley, mostrar DNI y tratándose de personas jurídicas deberán además entregar la Vigencia de Poderes correspondiente.(traer copia fotostática de la Tasa, del DNI y de la vigencia de poderes de ser el caso); el adjudicatario abonará el saldo del precio del remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario más el IGV de acuerdo a Ley. Arequipa, 2017 abril 10. JORGE ANDRES ROSAS CALOPINO MARTILLERO PUBLICO REG. 118. JENNY DEL CARMEN HERRERA MIRANDA SECRETARIA JUDICIAL TERCER JUZGADO CIVIL. (17-18-1920-21-24 ABRIL) B/E 031-9321. SEGUNDO REMATE El día 03 de mayo del 2017 a las 10.45 horas horas, en la sala de lectura del juzgado, sito en la Urbanización Guardia Civil III Etapa, calle Alberto Labeau S/N, Paucarpata; ORDENADO POR EL JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE PAUCARPATA – Dr. RAFEL AUCAHUAQUI PURUHUAYA - Expediente Nº 0461-2014 - Especialista Legal Dr. Rubén Yanahuaya Rosales; En el proceso Único de Ejecución, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, que sigue BANCO INTERNACIONAL DEL PERU – INTERBANK, en contra de MISAEL PEREZ OBREGON, RITA MARIA INCACUTIPA MAQUERA y HECTOR SUCASAIRE CCAMA, con emplazamiento de los terceros Scotiabank S.A.A., MiBanco Banco de la Microempresa S.A, Compartamos Financiera S.A. y Tecnigas del Sur SAC (actual propietario); SE REMATARA: el inmueble ubicado en: Pueblo Joven Ciudad Blanca Mz. V, Lote 4, Zona C, del distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa; cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL XII - SEDE AREQUIPA en la Partida Nº P06036624; TASACIÓN = S/ 311,136.65 Soles, BASE DEL REMATE = S/ 176,310.77 Soles AFECTACIONES: 1).- HIPOTECA, hasta por U.S.$.65,000.00 Dólares Americanos a favor de SCOTIABANK PERU S.A.A., según Escritura Pública del 22/08/2012, ante Notario JAVIER RODRIGUEZ VELARDE. 2).- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, a favor del BANCO INTERNACIONAL DEL PERU - INTERBANK, hasta por S/ 43,000.00 Soles que origina el presente proceso, 3).- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, a favor del MI BANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., hasta por S/ 45,000.00 Soles ordenado en el Expediente N° 442-2014 del Segundo Juzgado Mixto de Paucarpata. 4).- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, a favor COMPARTAMOS FINANCIERA S.A., hasta por S/ 31,000.00 Soles ordenado en el Expediente N° 1693-2014 del Primer Juzgado de Paz Letrado de Paucarpata. LOS POSTORES, para participar en la subasta depositarán en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, suma no menor a S/ 31,113.66 Soles, adjuntando arancel judicial consignando número de expediente y juzgado. Los honorarios del Martillero Público más el IGV, serán cancelados por el adjudicatario en forma inmediata concluido el remate (Art° 732 del CPC. Modificado por la Ley N° 28371) (Decreto Supremo N° 008-2005-JUS Art° N° 18) ARMANDO PEREZ ANGULO – MARTILLERO PÚBLICO – REGISTRO N° 175 - Teléf. 285020 - 959692243. Arequipa 11 Abril del 2017.- Ruben Yanahuaya Rosales Secretario Judicial.- (20-21-24 Abril) B/E 031-9400

PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por BANCO INTERNACIONAL DEL PERU - INTERBANK en contra de ROSA CONDORI PALLI Y PASCUAL BAILON MULLISACA HUANCA, con emplazamiento del tercero COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA. Nº 153 en calidad de Tercero No Ejecutante, sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 00586-2014-0-0412-JM-CI-02, el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, a cargo del Señor Juez Dr. Rafael Aucahuaqui Puruhuaya y con la intervención del Especialista Legal Dra. Mónica Juárez Camacho ha ordenado sacar a Remate Público lo siguiente: 1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: Inmueble Urbano ubicado en: Manzana D, Lote 06, AA.HH Santo Domingo, Distrito de Paucarpata, Provincia y Departamento de Arequipa, cuyo dominio y características se encuentran detallados en la Partida Electrónica N° 11063963 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa. 2.- VALOR DE TASACION: S/. 194,184.00 (Ciento Noventa y Cuatro mil ciento ochenta y cuatro con 00/100 Nuevos Soles). 3.- BASE DEL REMATE: S/. 129,456.00 (Ciento veintinueve mil cuatrocientos cincuenta y seis con 00/100 Nuevos Soles). 4.- AFECTACIONES: a) HIPOTECA: Constituida por sus propietarios (El Cliente) a favor del Banco Internacional del Perú S.A.A. (INTERBANK), hasta por la suma de US$. 67,728.00 con el objeto de garantizar el cumplimiento del préstamo por la suma de S/. 89,000.00, así como las demás obligaciones que se establecen conforme al Anexo III contenido en la Escritura que da mérito a la presente inscripción. Así y más ampliamente consta de la Escritura Pública Nº 3643 de fecha 21.06.2012 otorgada ante Notario Público Javier Rodríguez Velarde en la ciudad de Arequipa. Dicho gravamen es materia de ejecución. b) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION : Sobre el inmueble inscrito en esta partida, de propiedad de Pascual Mullisaca Huanca y Rosa Condori Palli a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua Ltda. Nº 103, hasta por la suma de S/. 22,500.00. Se anota la presente por haberlo dispuesto así el Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Paucarpata, Dr. Sixto Cornejo Peralta, asistido por su Especialista Legal Lizeth Y. Huaccoto Goizueta, mediante Resolución Judicial Nº 02-2103 del 22.10.2013 en el Expediente Nº 05506-2013-50-0412-JPCI-03 en la Ciudad de Arequipa. c) MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO: Por Resolución Nº 01-2014 de fecha 23-06-2014 recaída sobre el Expediente Nº 2997-2014-3-0412-JP-CI-01 del proceso de Obligación de Dar Suma de Dinero, el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Paucarpata Eloy Guillermo Orosco Vega con intervención de la Especialista Legal Patricia Maribel Zapata Coaguila ha resuelto Dictar Medida Cautelar de Embargo en forma de Inscripción, la cual deberá recaer sobre los derechos de propiedad de los Ejecutados Pascual Bailón Mullisaca Huanca y Rosa Condori Palli, respecto del predio inscrito en la presente partida, hasta por la suma de S/. 1,000.00 a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua Ltda. Nº 103. 5.DIA Y HORA DEL REMATE: Martes 16 de Mayo del 2017, a las 09:00 horas. 6.- LUGAR DEL REMATE: Frontis de Sala de Lectura del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, ubicado sito en la esquina Calle A. Laveau con calle Alcántara s/n, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, 7.- LOS POSTORES: Oblaran el 10% del valor de la tasación, o sea: S/. 19,418.40 Nuevos Soles en efectivo o en cheque de gerencia, presentaran DNI y Arancel Judicial indicando número de DNI del

Jueves, 20 de abril del 2017

postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Adjudicatario cancela honorarios del Martillero más IGV de acuerdo a ley. El remate será efectuado por Fernando Arnulfo Butrón Rodríguez - Martillero Público - Registro Nacional No. 230.- Arequipa, 2017 Abril 19.- Mónica Nereyda Juárez Camacho Especialista Legal.- (20-21-24-25-26-27 Abril) B/E 031-9399. REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el Expediente N° 00605-2016, seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DEL PERÚ LTDA. contra ALEJANDRA HUMORA CHURA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTIAS, el Sexto Juzgado Civil, a cargo de la señora Juez Patricia Ruby Valdivia Franco, y la Especialista Legal Dra. Alicia Dolores Trujillo Pérez, ha facultado a la Martillero Público Dra. GISELLA BEATRIZ REMOTTI CARBONELL con Registro N. 334 realizar el Remate Público en Primera Convocatoria del bien inmueble ubicado en el AA.HH. Asentamiento Poblacional de la Asociación de Vivienda Las Torres, manzana F, lote 2, distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, cuyos antecedentes registrales, linderos y medidas perimétricas se encuentran descritos en la Partida N° 11239417, Registro de Predios, Oficina Registral de Arequipa, Zona Registral N° XII – Sede Arequipa. TASACION: ascendente a la suma de S/ 140,481.98 (ciento cuarenta mil cuatrocientos ochenta y uno con 98/100 soles). PRECIO BASE: El Remate se realizará sobre las dos terceras partes del valor de tasación, ascendente a la suma de S/ 93,654.65 (noventa y tres mil seiscientos cincuenta y cuatro con 65/100 Soles). CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA a favor del COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DEL PERÚ LTDA., hasta por la suma de S/119,409.69 Soles; inscrito en el asiento Nº D00002 de la Partida Electrónica Nº 011239417 del Registro de Propiedad Inmueble de Arequipa, Zona Registral N° XII, Sede Arequipa, Oficina Registral de Arequipa. REQUISITOS PARA SER POSTOR: Los postores oblarán una cantidad no menor a S/14,048.19 que equivale al 10% de la tasación en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre. Presentarán el pago del arancel judicial efectuado en el Banco de la Nación con el Código Nº 07153, debiendo consignar el número de expediente, documento de identidad y juzgado correspondiente; en caso de personas jurídicas presentarán RUC y poderes suficientes para participar y adjudicarse el bien debiendo presentar vigencia de poder en original con antigüedad no mayor a 30 días; presentando copias de todos los documentos. FECHA Y HORA DEL REMATE: 08 de mayo de 2017, a las 11:00 a.m. LUGAR DEL REMATE: En la Sala de remates, ubicado en el sótano en la sede de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la Plaza España s/n (Palacio de Justicia), Distrito de Cercado de Arequipa, Provincia y departamento de Arequipa. Los honorarios del Martillero son de cuenta del adjudicatario, y se cancelan al finalizar la diligencia, conforme al D.S. 008-2005-JUS, y están afectos al IGV.- Arequipa 13 de marzo de 2017.- GISELLA REMOTTI CARBONELL - MARTILLERO PUBLICO - Reg. 334 - PODER JUDICIAL - DRA. ALICIA DOLORES TRUJILLO PÉREZ – ESPECIALISTA LEGAL – SEXTO JUZGADO CIVIL - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA.- (20-24-24-25-26-27 Abril) B/E 031-9398. RECTIFICACIONES RECTIFICACION DE PARTIDA 6to. Juzgado de Paz Letrado de Arequipa,

Expediente N° 05758-2016-0-0412-JR-CI-06, Especialista: Juan Espinoza Zea. PAVEL JESUS GARIBAY GARTBAY y MARY LUZ TAYPE HUAMANI, solicita la rectificación del nombre de su menor hijo en su partida de nacimiento, que dice YUSTIN PAVEL CHOQUEMAMANI TAYPE, debiendo decir en adelante: YUSTIN PAVEL GARIBAY TAYPE. Lo que se publica para los fines de ley.-Arequipa, 17 de Abril del 2017.Percy Rojas Valdeiglesias – ABOGADO.- (20 ABRIL) B/E 031-9393. CAMBIO DE NOMBRE ANTE EL PODER JUDICIAL DEL NOVENO JUZGADO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, ESPECIALISTA DR. CHRISTIAN LIZARZABURU ROMERO, EXPEDIENTE N° 05184-2016-0-0401-JR-CI-09, SOLICITA LA ADICION DE NOMBRE, A EFECTOS DE QUE SE LE ADICIONE EL NOMBRE DE FLOR; DEBIENDO QUEDAR EN ADELANTE COMO FLOR FLORENTINA MAMANI RAMOS. SE PUBLICA CONFORME A LEY. AREQUIPA 18 DEABRIL DE 2017. ABOGADA MARGARITA POMA LOAYZA, MATRICULA C.A.A. 08639.- AREQUIPA, 18 DE abril DEL 2017.- (20 ABRIL) B/E 031-9391. RECTIFICACION DE PARTIDA Por ante el Juzgado Civil - Sede Jacobo Hunter de Arequipa, Expediente 963-2016, Especialista Dr. Aldo Rodríguez Huanqui; JUAN CARLOS MAMANI SARMIENTO, solicita Autorización Judicial de Cambio de Nombre para que en el futuro figure como JUAN CARLOS GOULDING SARMIENTO. Se publica para los fines correspondientes.- Arequipa, 18 de abril de 2017.- Anahì Chávez Delgado – ABOGADA.(20 ABRIL) B/E 031-9389. CAMBIO DE NOMBRE Ante el Quinto Juzgado Civil – Sede Central. Especialista Nestor Puma Salazar. Exp. No. 00828-2017: JAVIER FELIPE QUISPE CHIPANA. solicita en VIA DE CAMBIO DE NOMBRE, a efecto de que se cambie su segundo prenombre de FELIPE, por “MARCO”: su apellido paterno de QUISPE . por “ESTRADA” y su apellido materno de CHIPANA. por “HERRERA” para que en lo sucesivo figure como: JAVIER MARCO ESTRADA HERRERA. Arequipa 17 de abril del 2017: Abogado Jesús Cahua Laura.(20 ABRIL) B/E 031-9386. RECTIFICACION DE APELLIDO ANTE EL PRIMER JUZGADO PAZ LETRADO DE PAUCARPATA, JUEZ ELOY OROSCO VEGA, ESPECIALISTA: VIRGINIA CURSE CHOQUE EXPEDIENTE: 01490-2017, MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 01-2017 RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE SOLICITUD PRESENTADA POR ERICK RONAL ROSALES DUEÑAS SOBRE ADICION Y RECTIFICACION EN LA PARTIDA DE NACIMIENTO DE SU MADRE JULIA DUEÑAS LAJO, A EFECTO SE LE AUTORICE QUE SU ABUELA FIGUERE COMO: JUANA OCTAVIA LAJO PALO.- AREQUIPA, 17 DE ABRIL DEL 2017.- LUIS RICARDO MEJIA BUSTOS ABOGADO.- (20 ABRIL) B/E 031-9381. CAMBIO DE NOMRRE Por ante el Juzgado Civil -Sede Hunter Expediente 756-2016, Especialista Leqal Cesar Denos Aragón, don Roger Fredy Mamani Machaca, está solicitando la autorización de cambio de nombre en las Partidas de Nacimiento de sus hijos, inscritos en la Municipalidad Distrital de Azángaro-Puno y Municipalidad Distrital de Hunter-Arequipa Anabel Yuleysi Mamani Huacasi y Ademir Royyer Mamani Huacasi para que se les cambie el apellido paterno de MAMANI por el de CAHUANA debiendo figurar en lo posterior como ANABEL JULEYSI CAHUANA HUACASI y ADEMIR ROYYER CAHUANA HUACASI.- Arequipa, 11 de abril de

Jueves, 20 de abril del 2017

2017.- Roger F. Mamani Machaca – ABOGADO.- (20 ABRIL) B/E 031-9376. RECTIFICACION DE PARTIDA A MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN CALLE COLON NRO.211 OFICINA 107 AREQUIPA, SE PRESENTO LUIS ARTURO HILARIO LLERENA BECERRA SOLICITANDO LA RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO DE SU MENOR HIJO “ALEXANDER LUIS FERNANDO LLERENA QUISPE” INSCRITO EN EL REGISTRO DE NACIMIENTOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO, PARA QUE SE RECTIFIQUE EL APELLIDO MATERNO DEL TITULAR DE “QUISPE” A “VALDIVIA” DEBIENDO QUEDAR EN DEFINITIVA COMO “”ALEXANDER LUIS FERNANDO LLERENA VALDIVIA”.- AREQUIPA 2017 ABRIL 18.- GORKY OVIEDO ALARCON – NOTARIO DE AREQUIPA.(20 ABRIL) B/E 031-9374. CAMBIO DE NOMBRE Por ante el Primer Juzgado Civil-Sede Paucarpata, Expediente N° 1737-2017, Especialista Legal: Dr. Torreblanca, EDITH ALEJANDRINA MAMANI PONCE Y OTRO, solicita cambio de nombre: mi apellido paterno MAMANI por el de TORREBLANCA, para que quede definitivamente como: EDITH ALEJANDRINA TORREBLANCA PONCE; de igual modo, la de mi menor hija SHANDA ZULEMA QUISPE MAMANI, se cambie los apellidos QUISPE MAMANI, por el de BARDELLI TORREBLANCA para que quede en definitiva como SHANDA ZULEMA BARDELLI TORREBLANCA y se autorice judicialmente a llevar dichos apellidos. Arequipa, 17 de abril del 2017.- Jorge R. Díaz Apaza – ABOGADO.- (20 ABRIL) B/E 031-9372. AVISO DE RECTIFICACION DE PARTIDA Ante esta Notaría se ha presentado don Víctor Lolo Ticona Llerena, solicitando la rectificación de su partida de nacimiento, asentada en la Municipalidad Provincial de Castilla - Aplao, en la que figura como nombre de su madre Maximiliana Llerena Salas, siendo lo correcto MAXIMA LLERENA SALAS.- Arequipa, 17 de abril del 2017.- José Luis Concha Revilla – NOTARIO ABOGADO.- (20 ABRIL) B/E 031-9368.

tificaciones: “Nació el ‘12 de abril de 1923’. Su nombre es ‘Nelly”. Debiendo la identidad de la bautizada figurar en lo sucesivo como NELLY VELARDE TRUJILLLO”. Lo que se comunica a los interesados para los fines de ley.- Arequipa, 10 de abril del 2017.-Walter Romana Flores. Abogado Notario de la Vicaría Judicial - Arzobispado de Arequipa.- Dr. WALTER T. ROMAÑA FLORES – Notario – Acuario. (18-19-20 Abril) B/E 031-9349. EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Juez Uriel DUEÑAS TRIVTÑOS, Especialista ALESSANDRA VANESSA AMPUERO VILLEGAS, Expediente Nro. 01209-2017-0-0401-JR-CI-02, mediante Resolución 02 del 24 marzo 2017, resuelve admitir solicitud de cambio de nombre de LEXANDER JESUS ACEITUNA MENDOZA Vía Proceso No Contencioso, de primer apellido ACEITUNA por el de MENDOZA y segundo apellido MENDOZA por el de ACEITUNA. Téngase por ofrecidos medios probatorios indicados y agréguese a los antecedentes anexos adjuntados. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER. Fdo. Esp. Legal (S) Alessandra Vanessa Ampuero Villegas.-Arequipa, 10 de Abril 2017.- Fdo. LUIS DAVID ANCORI AREVALO.Abogado.-MAT.CAA.5703.- (19-20-21 Abril) B/E 031-9346. AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Isabel Martha Huarca Pelluca quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia Santa Marta Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Arequipa el diecinueve de noviembre de mil novecientos sesenta y nueve, hija de don Luis Huarca Sutta y de doña Agueda Pelluca de Huarca, y que fue bautizada en la Parroquia Santa Marta -Arequipa el diecinueve de noviembre de mil novecientos setenta y uno. Fue su madrina doña Olga Llerena Moran.Arequipa, 19 de abril del 2017.- Dr. WALTER TOMAS ROMAÑA FLORES Notario-Actuario.(20-21-24 Abril) B/E 031-9396.

de la Torre Rivera, sito en Toribio Pacheco N° 403, Vallecito; cercado de Arequipa, doña Carmen Amalia Ramirez Cabrera, solicita la declaratoria de herederos de su abuela doña Amalia Altamirano Quino, quien falleció sin hacer testamento, el día 16 de julio del 2010, quien tuvo su último domicilio en esta ciudad; y solicita se declare como herederos de la misma a su hijo Sócrates Ramirez Altamirano y a sus nietos Carmen Amalia Ramirez Cabrera, Guido Miguel Ramirez Cabrera, Jorge Manuel Ramirez Cabrera, Katia Ysabel Ramirez Cabrera, Lourdes Ramirez Cabrera y Fernando Ramirez Cabrera, hijos de Guido Ramirez Altamirano, hijo pre muerto de la causante. Lo que se comunica a fin de que los que se consideren con derechos los hagan valer con arreglo a ley. Arequipa, 07 de abril de 2017.- Carlos E. Gomez de la Torre R. – ABOGADO NOTARIO PUBLICO.- (20 ABRIL) B/E 031-9388. SUCESION INTESTADA A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se presentó JUANA CAROLINA DÁVILA ARANZAMENDI VIUDA DE VERA solicitando la sucesión intestada de quien fuera MARCOS VERA GUZMAN fallecido el 4 de agosto de 2016 en la ciudad de Arequipa donde tuvo su último domicilio, lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.- Arequipa 10 de marzo 2017.- Gorky Oviedo Alarcon – ABOGADO NOTARIO.- (20 ABRIL) B/E 031-9383. SUCESIÓN INTESTADA ANTE MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN CALLE COLON 211, OFICINA 107, CERCADO DE AREQUIPA, JUANA FRANCISCA QUICO DE VILCA, ALFREDO VILCA QUICO Y AMELIA NANCY VILCA QUICO, SOLICITAN LA DE MAURO VILCA QUICO, FALLECIDO EL DOCE DE MAYO DE 2013, EN JURISDICCIÓN DE ESTA CIUDAD DE AREQUIPA, DONDE ESTUVO FIJADO SU ÚLTIMO DOMICILIO. LO QUE SE HACE DE CONOCIMIENTO PUBLICO PARA QUE SE PRESENTEN QUIENES CONSIDEREN TENER DERECHO A SU HERENCIA.- AREQUIPA, ABRIL 17 DE 2017.GORKY OVIEDO ALARCON Notario Abogado Arequipa.- (20 Abril) B/E 031-9382.

SUCESIONES INTESTADAS EDICTO Ante el Juzgado de Paz Letrado de ChivayArequipa, Especialista Katherine Cynthia Zeballos Bruna en el expediente N° 5846-2016 en los seguidos sobre RECTIFICACION DE PARTIDA de NACIMIENTO por JORGE GERARDO PUMA MAMANI se pone de conocimiento que con fecha 21 de Noviembre del dos mil dieciséis el juez del referido ha expedido resolución N°001 mediante el cual se ha RESUELTO: Admitir la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento interpuesta por JORGE GERARDO PUMA MAMANI quien solicita que en su partida de nacimiento se ha omitido consignar su apellido paterno PUMA debe decir JORGE GERARDO PUMA MAMANI todo en la vía de proceso No contencioso disponiéndose la publicación del extracto de la solicitud.-Tómese razón y hágase saber.- Abg. LUIS MANUEL SALGUERO CASAZOLA – DEFENSOR PUBLICO.- (20 ABRIL) B/E 031-9367. RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Ante esta Vicaría Judicial del Arzobispado de Arequipa, se ha presentado don Cesar Rodolfo Guillen Velarde, en representación de la titular, quien solicita por única vez la Rectificación de la Partida de Bautismo de Nelli Velarde Trujillo, registrada en el Libro 146, foja 215 del Archivo de la Parroquia Del Sagrario - Arquidiócesis de Arequipa, en la que su fecha de nacimiento aparece como ‘cinco del pasado mes y año`; su nombre aparece como “Nelli”. Pide que se hagan las siguientes rec-

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

SUCESION INTESTADA Ante esta notaria, se ha presentado GUISELL MILAGROS PILAR CORRALES PAREDES solicitando la Sucesión Intestada de JOSEFINA CORRALES PAREDES, fallecida el 29 de noviembre del 2016, teniendo como último domicilio ésta ciudad. Lo que se comunica, de conformidad con el artículo 41° de la Ley 26662, a efectos de que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.- Arequipa, 17 de abril del 2017.Doctor Javier Rodríguez Velarde, Abogado Notario de Arequipa Urbanización Señorial A-3, Cayma.- (20 ABRIL) B/E 031-9394 SUCESION INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, ANTE MI DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN SAN JOSE 313-A CERCADO SE PRESENTO: IDALIA DOLORES MUÑOZ JAIME, SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU MADRE: JUANA JAIME ZÙÑIGA VIUDA DE MUÑOZ; LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU DERECHO A LA SUCESION.- AREQUIPA, 17 DE ABRIL DEL 2017.- DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO, NOTARIA ABOGADA.- (20 ABRIL) B/E 031-9392. DECLARATORIA DE HEREDEROS Ante el oficio notarial del Dr. Carlos E. Gómez

SUCESIÓN INTESTADA ANTE MÌ DR. HUGO JULIO CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA CON OFICINA EN CALLE SAN JOSE 330 CERCADO DE AREQUIPA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662 SE PRESENTO MANUELA VILCA MAMANI SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE ERICK WILSON HERRERA VILCA FALLECIDO EL 25 DE MARZO 2016, SEÑALANDO COMO ULTIMO DOMICILIO EN EL PUEBLO JOVEN ISRAEL, COMITÉ 3, MANZANA G, LOTE 21, DISTRITO PAUCARPATA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA INDICANDO COMO HEREDERA A: MANUELA VILCA MAMANI COMO MADRE SUPERSTITE. LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU DERECHO A LA SUCESIÓN.- AREQUIPA, 10 DE ABRIL DE 2017.- HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA.- (20 ABRIL) B/E 031-9380. SUCESIÓN INTESTADA. EN MI NOTARIA: ASUNCIÓN MARÍA MAGDALENA PONCE DE VARGAS, BENITA MARÍA, HUGO EUGENIO, CARMELA MARÍA Y JUAN CARLOS VARGAS PONCE, PIDEN LA DE SU CAUSANTE JUAN FRANCISCO VARGAS RAMOS, FALLECIDO EL 31 MAR.2017 EN EL HOSPITAL CARLOS ALBERTO SEGUIN ESCOBEDO DE ESTA CIUDAD, A SU FAVOR, LA PRIMERA COMO MUJER SOBREVIVIENTE Y LOS CUATRO SIGUIENTES COMO HIJOS.- AREGUIPA, 11 DE ABRIL DEL 2017.- José F. Jiménez Mostajo Notario-Abogado.- (20 ABRIL) B/E 031-9379.

SUCESION INTESTADA A MI OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN CALLE JERUSALEN 124, OFICINA 1 Y 2, CERCADO, SE PRESENTO: BEATRIZ VIRGINIA CHACON QUIROZ, SOLICITANDO LA DE: JORGE CHACON PORTUGAL, FALLECIDO EL 19 DE DICIEMBRE DEL 2016, EN AREQUIPA, SIENDO ESTA CIUDAD, DONDE TUVO SU ULTIMO DOMICILIO, SEGÚN REFIERE LA SOLICITANTE, PARA QUE SE LE DECLARE HEREDERA. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY.- AREQUIPA, 18 DE ABRIL DEL 2017.- Fernando Begazo Delgado Abogado Notario.- (20 Abril) B/E 031- 9378. SUCESION INTESTADA A MI OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN CALLE JERUSALEN 124, OFICINA 1 Y 2, CERCADO, SE PRESENTO: MIRELLA ANGELIK ROSADO VASQUEZ, SOLICITANDO LA DE: MIRELLA ANGELIK VASQUEZ OLIVERA, FALLECIDA EL 03 DE ENERO DEL 2004, EN AREQUIPA, SIENDO ESTA CIUDAD, DONDE TUVO SU ULTIMO DOMICILIO, SEGÚN REFIERE LA SOLICITANTE, PARA QUE SE LE DECLARE HEREDERA, CONJUNTAMENTE CON: WALTER GUILLERMO ROSADO CARBAJAL. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY.- AREQUIPA, 18 DE ABRIL DEL 2017.- Fernando Begazo Delgado Abogado Notario.- (20 Abril) B/E 031- 9378. SUCESION INTESTADA A MI OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN CALLE JERUSALEN 124, OFICINA 1 Y 2, CERCADO, SE PRESENTO: MILUSKA SILVIA SUMERINDE SALAS, SOLICITANDO LA DE: ROMULO OSWALDO GUILLEN GARCIA, FALLECIDO EL 16 DE MARZO DEL 2017, EN AREQUIPA, SIENDO ESTA CIUDAD, DONDE TUVO SU ULTIMO DOMICILIO, SEGÚN REFIERE LA SOLICITANTE, PARA QUE SE LE DECLARE HEREDERA, CONJUNTAMENTE CON: JOAQUIN OSWALDO GUILLEN SUMERINDE y CAMILA VALERY GUILLEN SUMERINDE. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY.- AREQUIPA, 12 DE ABRIL DEL 2017.- Fernando Begazo Delgado Abogado Notario.- (20 Abril) B/E 031- 9378. SUCESIÓN INTESTADA ANTE MI HUGO JULIO CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA CON OFICINA EN CALLE SAN JOSE 330 CERCADO DE AREQUIPA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662 SE PRESENTO: PABLO RENE MONTOYA CONCHA. SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE RICARDINA CONCHA VIUDA DE MONTOYA. FALLECIDA EL 17 DE OCTUBRE DE 2015. SEÑALANDO COMO ULTIMO DOMICILIO EN LA URBANIZACION PEDRO DIEZ CANSECO Q-22 DEL DISTRITO DEJOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; INDICANDO COMO HEREDERO A, PABLO RENE MONTOYA CONCHA, COMO HIJO SUPERSTITE. LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU DERECHO A LA SUCESIÓN.- AREQUIPA, 18 DE ABRIL DE 2017.- HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA.- (20 ABRIL) B/E 031-9375. SUCESIÓN INTESTADA ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN AVENIDA SOCABAYA 311- SAN MARTIN DE SOCABAYA, DISTRITO DE SOCABAYA, SE HA PRESENTADO BERTHA MARIA DEL PILAR GARCIA PAREDES, SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE BLANCA BERTA PAREDES DE GARCIA, FALLECIDA EL 27 DE FEBRERO DEL 2017, A EFECTO DE QUE SE DECLARE LA SUCESION INTESTADA, Y SEAN DECLARADOS COMO SUS HEREDEROS: BERTHA MARIA DEL PILAR GARCIA PAREDES, AMALIA ROSA MARIA GARCIA PAREDES, ENRIQUE LUIS ROGER GARCIA PAREDES. LOS QUE SE CREAN CON VOCACION HEREDITARIA, PODRAN APERSONARSE DENTRO DEL PLAZO DE 15 DIAS

3

UTILES, ACREDITANDO SU CONDICION; LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY.- AREQUIPA, 17 DE ABRIL DEL 2017.- MA. EMILIA LADRON DE GUEVARA ZUZUNAGA NOTARIA DE AREQUIPA.- (20 ABRIL) B/E 031-9373. SUCESION INTESTADA ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN AVENIDA SOCABAYA 311- SAN MARTIN DE SOCABAYA, DISTRITO DE SOCABAYA, SE HA PRESENTADO BERTHA MARIA DEL PILAR GARCIA PAREDES, SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE ROGELIO GARCIA TORRES, FALLECIDO EL 07 DE AGOSTO DEL 2012, A EFECTO DE QUE SE DECLARÉ LA SUCESION INTESTADA, Y SEAN DECLARADOS COMO SUS HEREDEROS: BERTHA MARIA DEL PILAR GARCIA PAREDES, AMALIA ROSA MARIA GARCIA PAREDES, ENRIQUE LUIS ROGER GARCIA PAREDES. LOS QUE SE CREAN CON VOCACION HEREDITARIA, PODRAN APERSONARSE DENTRO DEL PLAZO DE 15 DIAS UTILES, ACREDITANDO SU CONDICION; LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY.- AREQUIPA, 17 DE ABRIL DEL 2017.- MA. EMILIA LADRON DE GUEVARA ZUZUNAGA NOTARIA DE AREQUIPA.- (20 ABRIL) B/E 031-9373. SUCESIÓN INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, ANTE MÍ, ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN SAN JOSÉ 313-A CERCADO SE PRESENTÓ JORGE WASHINGTON AGUILAR URVIOLA SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU MADRE VILMA URVIOLA VALDIVIA; LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU DERECHO A LA SUCESIÓN.- AREQUIPA, 17 DE ABRIL DE 2017.- DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA-ABOGADA.- (20 ABRIL) B/E 031-9371. SUCESION INTESTADA ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL UBICADO EN CALLE COMERCIO 424, MOLLENDO, PROVINCIA ISLAY, AREQUIPA, SE PRESENTA: ROSA YUBENELA UGARTE PEÑA DE TORRES, SOLICITANDOME LA SUCESION INTESTADA DE RIQUELME MAXIMO TORRES CARAZAS, QUIEN TUVO SU ULTIMO DOMICILIO EN COCACHACRA. QUIEN CREA VOCACION HEREDITARIA PODRA APERSONARSE DENTRO DE 15 DIAS UTILES, ACREDITANDO SU CALIDAD.- MOLLENDO, ABRIL 17 DEL 2017.- Roberto Delgado Valdivia Abogado Notario.- (20 Abril) B/E 031- 9370. SUCESIÓN INTESTADA ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN AVENIDA SOCABAYA 311- SAN MARTIN DE SOCABAYA, DISTRITO DE SOCABAYA, SE HA PRESENTADO NATIVIDAD ZEA CHAMBI VDA. DE QUISPE, SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE NICOLAS QUISPE CONDORI, FALLECIDO EL 28 DE OCTUBRE DEL 2002, A EFECTO DE QUE SE DECLARE LA SUCESION INTESTADA, Y SEA DECLARADA COMO SU HEREDERA: NATIVIDAD ZEA CHAMBI VDA. DE QUISPE. LOS QUE SE CREAN CON VOCACION HEREDITARIA, PODRAN APERSONARSE DENTRO DEL PLAZO DE 15 DIAS UTILES, ACREDITANDO SU CONDICION; LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY.AREQUIPA, 07 DE ABRIL DEL 2017.- MA. EMILIA LADRON DE GUEVARA ZUZUNAGA NOTARIA DE AREQUIPA.- (20 ABRIL) B/E 031-9369. SUCESION INTESTADA Ante esta Notaría se ha presentado Dorcas Irma Concha Rojas solicitando la sucesión intestada de su padre Ernesto Leandro Concha Salomon, quien falleció el 15 de octubre del 2015 en la ciudad de Arequipa, siendo su

4

La República

ultimo domicilio la ciudad de Arequipa. -Arequipa, 12 de abril del 2017.-José Luis Concha Revilla NOTARIO ABOGADO.- (20 ABRIL) B/E 031-9368. SUCESION INTESTADA Ante esta Notaría se ha presentado Lidia Margarita Cardenas Moscoso solicitando la sucesión intestada de su madre Melina Betty Moscoso Nieto, quien falleció en esta ciudad de Arequipa el día 1 de abril del 2017, siendo su último domicilio la ciudad de Arequipa.Arequipa 17 de abril del 2017.- José Luis Concha Revilla NOTARIO ABOGADO.- (20 ABRIL) B/E 031-9368. SUCESION INTESTADA ANTE MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN CALLE COLON 211, OFICINA 107, CERCADO DE AREQUIPA, SE PRESENTA MARIA ELENA DELGADO DELGADO, SOLICITANDO LA DE PABLO DELGADO OVIEDO, FALLECIDO EL 28 DE FEBRERO DEL 2017, EN ESTA CIUDAD DONDE MANTUVO SU ULTIMO DOMICILIO, LO QUE HAGO DE CONOCIMIENTO PUBLICO PARA QUE SE PRESENTEN QUIENES SE CREAN CON DERECHO A SUCEDER.- AREQUIPA, 17 DE ABRIL DEL AÑO 2017.- GORKY OVIEDO ALARCON Notario Público de Arequipa.- (20 Abril) B/E 031-9366. PRESCRIPCIONES ADQUISITIVAS PRESCRIPCION ADQUISITIVA Ante esta Notaría se presentaron Inés Raymunda Aguilar Herrera y Héctor Vito Condori Tito, solicitando la prescripción adquisitiva del predio ubicado en calle Pampita Zevallos 219 distrito de Yanahuara, con un área de 196.48 m2 (CIENTO NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y OCHO DECIMETROS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por frente, con calle Pampita Zevallos, 12.50 metros, por la derecha, con propiedad de Albina Rivera viuda de Rivera con 15.75 metros, por la izquierda con propiedad de Mariano Valdeiglesias Oporto y Celso Yucra Taco con 12.45 metros y por el fondo con propiedad de don Celso Yucra Taco, con 12.45 metros. El predio de mayor extensión obra inscrita en la partida 01087782 del Registro de Predios de Arequipa. 03 de abril del 2017. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (06-12-20 abril) B/E 031-9146.PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante esta Notaría se ha presentado Juana Natividad Cornejo Negrón, Gina Miriam Cornejo Negrón, Moira Vega viuda de Cornejo, Mayra Isabel Cornejo Vega, Gina Lucia Cornejo Vega, solicitando prescripción adquisitiva de dominio del predio ubicado en avenida Ejército 1026 interior E distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa, el cual tiene un área de 191,55 m2, (CIENTO NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CINCO DECIMETROS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente, con propiedad de Edy Medina Collado y señora, pasaje peatonal (ancho de pasaje 1,35 metros) por medio, con 21,25 metros a la altura de la avenida Ejército 1028 - interior; costado derecho, residencial Quinta Meditarraneo, con 10,60 metros, canal de regadío por medio de 0,80 de ancho por 10,60 de largo, actualmente en desuso; costado izquierdo, propiedad de Jackeline Guzmán Cornejo, con 9,90 metros y fondo, con propiedad de Harley Polanco Chirinos, con 17,45 metros. El bien no encuentra inscrito en Registros Públicos. Arequipa, 18 de abril del 2017.- Jose Luis Concha Revilla NOTARIO – ABOGADO.- (20-26 ABRIL – 03 MAYO) B/E 031-9377.

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE EL OFICIO NOTARIAL DE LA DRA. MARIA EMILIA LADRON DE GUEVARA ZUZUNAGA, SITO EN LA AVENIDA SOCABAYA 311, DISTRITO DE SOCABAYA; LINO GENARO PAUCA ZEGARRA Y LUCIA SIMPLICIA QUISPE DIAZ, SOLICITAN LA DECLARACION DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO A FIN DE QUE SE LES DECLARE COMO PROPIETARIOS DE UN INMUEBLE UBICADO SUB LOTE 13-C, MANZANA M, LOTE 13, PUEBLO JOVEN 13 DE ENERO, DISTRITO DE JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. EL REFERIDO INMUEBLE TIENE UN AREA DE 103.56 M2, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS: FRENTE: CON CALLE 12 (CHAVIN DE HUANTAR) EN UNA LINEA RECTA DE 6.08 ML.- DERECHA: CON SUB LOTE 13-B, DE PROPIEDAD DE PAULA PETA PAUCA ZEGARRA, CON SERVIDUMBRE PEATONAL Y CON SUB LOTE 13-E, DE PROPIEDAD DE DIMAS ROBI PAUCA ZEGARRA, EN UNA LINEA QUEBRADA DE TRES TRAMOS DE 7.59, 0.70 Y 6.74 ML.- IZQUIERDA: CON LOTE 12, DE PROPIEDAD DE NICOLASA MEDINA PINTO, EN UNA LINEA RECTA DE 15.55 ML.- FONDO: CON LOTE 14 DE PROPIEDAD DE MARIA ELENA CHEJE MAMANI, EN UNA LINEA RECTA DE 7.98 ML.- EL INMUEBLE MATRIZ DE DONDE PERTENECE EL INMUEBLE MATERIA DE PRESCRIPCION, SE ENCUENTRA INSCRITO EN LA PARTIDA Nº P06057095, DEL REGISTRO DE PREDIOS, DE LA ZONA REGISTRAL Nº XII SEDE AREQUIPA, A NOMBRE DE GUILLERMO PAUCA MOSCOSO Y JESUS ZEGARRA RODRIGUEZ DE PAUCA.- LO QUE SE COMUNICA A FIN QUE QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHOS, LOS HAGAN VALER CONFORME A LEY. AREQUIPA, 04 DE ABRIL DEL 2017.- MA. EMILIA LADRON DE GUEVARA ZUZUNAGA NOTARIA DE AREQUIPA. (06-12-20 abril) B/E 031-9151. PRESCRIPCION ADQUISITIVA Conforme a la Ley Nro. 27333, concordante con el art. 504 y sgts. Del CPO, ante mi Javier Orlando Martín Rosas Silva, Notario, con oficina en Plaza de Armas N° 203, Chivay, Caylloma; se presentó DAVID VICENTE CABANA HUARACHA Y FLOR DE MARIA ROJAS CHOQUEHUANCA, solicitando prescripción adquisitiva de dominio del inmueble urbano ubicado en la Calle General Moran Manzana T Lote 15 Sector A Urinsaya, distrito de Chivay, provincia de Caylloma y departamento de Arequipa, de un área de 175.96 m2. Aproximadamente, con un perímetro de 55.86 mi. Cuyas colindancias son las siguientes: Por el frente: Calle General Moran con 9.60 ml, por la Derecha: Lote 14, con 18.33 ml., Por la Izquierda: lote 16 con 18.33 ml; Por el fondo: Lote 4 y 5 con 9.60 ml. Lo que se comunica para los fines legales del caso. Chivay, 07 de abril del 2017. JAVIER ROSAS SILVA ABOGADO NOTARIO DE CHIVAY. (12 -20-26 abril) B/E 031-9257. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ANTE MI, JULIO ESCARZA BENITEZ, NOTARIO, CON OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUE PRESENTE ALICIA MICAELA POLAR SANZ, SOLICITANDO EL INICIO DE TRÁMITE NOTARIAL DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL PREDIO UBICADO EN URBANIZACIÓN SU SANTIDAD PABLO VI, PRIMERA ETAPA, MANZANA D, LOTE 5, DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, DE UN ÁREA DE 138.42 M2, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: POR EL FRENTE: CON CALLE PABLO OLAVIDE, CON 8.00 ML. POR LA DERECHA: CON EL LOTE 4, CON 17.21 ML, POR LA IZQJJJERDA: CON EL LOTE 6, CON 17.33 ML, POR EL FONDO: CON URBANIZACIÓN LOS ÁNGELES, CON 8.00 ML. EL

PREDIO SE ENCUENTRA INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL P06139217 A NOMBRE DE INSTITUTO PERUANO DE SEGURIDAD SOCIAL - ESSALUD. SE EFECTUA LA PRESENTE PUBLICACIÓN PARA LOS FINES LEGALES PERTINENTES. AREQUIPA, 10 DE ABRIL DEL 2017. JULIO E. ESCARZA BENITES NOTARIO DE AREQUIPA. (12-20-26 abril) B/E 031-9281. RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO A MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN LA CALLE JERUSALEN 124 OFICINA 1 Y 2, AREQUIPA SE PRESENTARON: JASON ERICK LOPEZ BENAVIDES y STEPHANIE DAYANNE CAIRA PARILLO, SOLICITANDO SE RECONOZCA LA UNION DE HECHO DECLARANDO QUE CONVIVEN DE MANERA CONTINUA POR MAS DE DOS AÑOS, ENCONTRANDOSE LIBRES DE TODO IMPEDIMENTO MATRIMONIAL. LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES DE LEY.- AREQUIPA, 18 DE ABRIL DEL 2017.- Fernando Begazo Delgado Abogado Notario.- (20 Abril) B/E 031-9378. EDICTO EXPEDIENTE: 04304-2016-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : RAUL RAMOS PEREZ 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte agraviada LEIDY DIANA GERI DELGADO. Con la siguiente resolución N° 06-2017. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada LEIDY DIANA GERI DELGADO; del presente proceso por de Faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños seguido en contra de BENIGNO VALERY PEREZ BERRIOS en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Regístrese y notifíquese.- Maritza Alejandra Salomón Núñez Jueza Supernumeraria.- Raúl Ramos Pérez Secretario Judicial. (19-20-21 Abril) EDICTO Por medio de la presente, la Señora Juez del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, en el proceso Nro 01682-2016-0-0410-JP-PE-02, por resolución 01-2016, de fecha 01 de Agosto del 2016, ha RESUELTO: ) Abrir proceso por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas, en contra de CARLOS EDUARDO HUAMAN HUAMANI en agravio de FIORELLA CARMEN HUAMAN HUAMANI; y 2) Abrir proceso por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas, en contra de FIORELLA CARMEN HUAMAN HUAMANI en agravio de CARLOS EDUARDO HUAMAN HUAMANI. Faltas previstas y sancionadas en el primer párrafo del artículo 441 del Código Penal. Díctese mandato de COMPARECENCIA en contra del procesado. En consecuencia, de conformidad con el artículo 483 del Código Procesal Penal se programa fecha para la realización del Juicio Oral, atendiendo al rol de diligencias programadas con anterioridad por este Órgano Jurisdiccional, para el día veinticinco de abril del año dos mil diecisiete a las nueve horas con treinta minutos, la que se llevará a cabo en un solo acto en el local del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar (Av. Simón Bolívar con Junín). Audiencia a la que deberán concurrir ambas partes, bajo los apercibimientos señalados en el considerando octavo. Audiencia en la cual, ambas partes deberán presentar y actuar por única vez todos los medios probatorios que pretendan hacer valer para el esclarecimiento de la imputación. Asimismo, las partes deberán identificarse con su respectivo Documento Nacional de Identidad y

Jueves, 20 de abril del 2017

asistir con sus respectivos Abogados quienes deberán concurrir preparados para sustentar sus alegatos oralmente. Se requiere a las partes señalar domicilio procesal electrónico, constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial de acuerdo a la Ley 30229, bajo apercibimiento de tenerse por no presentados sus escritos Tórnese razón y hágase saber.- GABRIELA TALA MAQUERA JUEZ DE PAZ LETRADO. (19-20-21 ABRIL). EDICTO JUDICIAL Por ante el Señor Juez del Segundo Juzgado de Familia del Módulo de Justicia de Paucarpata, Yuri Filamir corrales Cuba, con la intervención de la Especialista Legal Liliana Zarely Tito Mollepaza, se tramita el expediente 844-2017-0-0412-JM-FC-02, sobre Violencia Familiar, seguido por Juana Puma Chaina, Profeta Coorimaya Puma en contra de Norberto Coorimaya Mendoza, donde se ha dispuesto notificar por edictos tanto a la parte demandante como demandada, con la Resolución N°: 02, de fecha veinticinco de enero del 2017, que resuelve: DICTAR como medidas de protección a favor de la víctima, las siguientes: a) La prohibición de todo maltrato o hechos que constituyan violencia familiar de parte del agresor NORBERTO COORIMANYA MENDOZA hacia la agraviada PROFETA COORIMANYA PUMA Y JUANA PUMA CHAINA, tanto en su hogar, centro de trabajo, vía pública o cualquier lugar donde se encuentre,, ello bajo apercibimiento de ser denunciado por desobediencia a la autoridad; y en caso de suscitarse nuevos hechos de violencia familiar en flagrancia, se procederá a la detención del agresor por el término de 24 horas por parte de la Policía Nacional del Perú, quienes deberán apersonarse de forma inmediata al lugar donde se encuentre la agraviada a su llamado y bajo responsabilidad, 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones. 3) DISPONGO: Que se REMITAN copias certificadas de la presente resolución a la Policía Nacional del Perú, siendo los responsables de ejecutar las medidas de protección dictadas de conformidad con lo establecido por el artículo 23 de la Ley N° 30364, debiendo elaborar un mapa gráfico y georreferencial de registro de las víctimas con medidas de protección que se les pongan en conocimiento. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- Arequipa, 07 de abril del 2017.- Liliana Zarely Tito Mollepaza Especialista Legal.- (1920-21 Abril). EDICTO Por medio de la presente, la señorita Jueza del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, cita, notifica, emplaza a la Agraviado LIVIA ASENET CAJJAK GIRALDO, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN NRO. 01. QUE RESUELVE: ARCHIVAR LAS ACTUACIONES POLICIALES POR NO CONSTITUIR FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES, seguidas en agravio de LIVIA ASENET CAJJAK GIRALDO, dejando a salvo el derecho de la agraviada para que pueda hacerlo valer en la vía correspondiente.- Mariano Melgar, 31 de marzo del 2017.- GABRIELA TALA MAQUERA JUEZ DE PAZ LETRADO. (19-20-21 ABRIL). EDICTO JUDICIAL El señor Juez del TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE AREQUIPA, Dr. JOSÉ LUIS VILCA CONDE por intermedio del presente NOTIFICA a PERCY EDWIN HUAMAN ESPINOZA con la Resolución N° 09-2017 de fecha 31-03-2017. Se resuelve: Declarar Fundado el requerimiento fiscal. Disponer la revocación del régimen de prueba de la

reserva del fallo condenatorio de un año y seis meses, en consecuencia se dispone que el sentenciado cumpla la pena efectiva de un año y seis meses. Ello en el expediente N° 00863-2014-27-0401-JR-PE-03, seguido en contra de PERCY EDWIN HUAMAN ESPINOZA por el delito LIBRAMIENTOS DE COBRO INDEBIDO, en agravio de VICTOR MANUEL HUERTA LAZARTE. Especialista de Causas Díaz. Arequipa. 11 de abril del 2017.- José Luis Vilca Conde Juez. (19-20-21 Abril). NOTIFICACION POR EDICTO Por ante el Tercer Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que despacha la señora Jueza Julia María Fátima Montesinos y Montesinos Hartley, con intervención de la Especialista Legal Ángela Briseida Mostacero Rosas, se tramita el expediente número 2429-2009, sobre Abandono Material y Moral; se ha dispuesto la notificación mediante edictos el Auto Final, que RESUELVE: Declarar A) EL ESTADO DE ABANDONO del adolescente JOSE EDUARDO MEJIA GUEVARA, quien cuenta actualmente con dieciséis años de edad; B) LA PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD de la madre natural del menor tutelado, doña María Isabel Mejía Guevara. C) LA CONCLUSION DE LA PRESENTE INVESTIGACION; D) CONFIRMO: La medida de protección a su favor de ACOGIMIENTO FAMILIAR dentro del hogar constituido por Jesús Eduardo Valverde García y Fanny Pérez Carvajal de Valverde; quienes además deberán acudir al Psicólogo del Equipo Multidisciplinario de los Juzgados de familia, de manera conjunta con el citado menor, a fin que reciban el apoyo psicológico necesario ante el probable conocimiento del citado menor respecto de su identidad biológica. DISPONGO: Dar cuenta a la Oficina de Adopciones de Arequipa, para los fines a que hubiere lugar; debiendo plucarse por edictos un extracto de la presente resolución conforme lo prevé el artículo 167 del Código Procesal Civil (página web del Poder Judicial), la misma que deberá también ser publicada en el diario de mayor circulación. Arequipa, 2017 abril 07.- Angela Briseida Mostacero Rosas Secretario Judicial. (19-20-21 Abril) NOTIFICACION POR EDICTO En el expediente N° 2014-00066-0-0-040601-JR-PE-01, seguido en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Condesuyos, que despacha el Juez Oswaldo Humberto Fernández Urrutia, Especialista Legal Oliver Jesús Concha Castro, en los seguidos contra CRISTOPHER CORIMANYA HUAMANI, por la presunta comisión del delito Contra la libertad sexual en la modalidad de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD en agravio de la menor de iniciales R.S.A.E.; por lo que a mérito de lo dispuesto en la resolución N° 07 de fecha doce de Abril del año dos mil diecisiete, SE DISPONE: Poner en conocimiento de la parte agraviada que el Juzgado ha programado audiencia preliminar de sobreseimiento a realizarse el día VEINTE de JUNIO del año dos mil diecisiete a horas ONCE de la mañana, la misma que se realizará en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Condesuyos, sito en avenida alameda los tres errantes s/n distrito de Chuquibamba.- Oliver Jesús Concha Castro Especialista legal.- (20-21-24 Abril) NOTIFICACION POR EDICTO En el expediente N° 2012-00058-0-0-040601-JR-PE-01, seguido en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Condesuyos, que despacha el Juez Oswaldo Humberto Fernández Urrutia, Especialista Legal Oliver Jesús Concha Castro, en los seguidos contra JESUS BALDERRAMA CHA-

Jueves, 20 de abril del 2017

CON, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO Y OTRO en agravio de JAIME ALIAGA CARPIO Y OTROS; por lo que a mérito de lo dispuesto en la resolución N° 26 de fecha cinco de Abril del año dos mil diecisiete, SE DISPONE: Poner en conocimiento de Mijail Uscamayta Neyra, Almanzor Huamaní Ramírez, Daniel Huashuayo Ramírez, Melany Farfán Castañeda, Martha Almirón Barsaya, Ciriaco Huamaní Pacaya, Darayet Huamaní Ramos, Milca Vela Quispe, Guillermo Manco Chipana, Cosme Umire Nahuincamasco y Jesús Montalvo que se ha declarado fundado el requerimiento de sobreseimiento en favor del imputado Jesús Eulogio Valderrama Chacón, ordenando levantar las medidas coercitivas personales y reales dictadas en contra de dicho procesado; asimismo se dispone el archivo definitivo de la causa.- Oliver Jesús Concha Castro Especialista legal.- (20-21-24 Abril) JUZGADO DE PAZ LETRADO -S. MBJ MARIANO MELGAR (EX 2°) EXPEDIENTE: 02043-2015-0-0410-JP-PE-02 JUEZ: TALA MAQUERA FELINA GABRIELA ESPECIALISTA: CHANG SUAREZ IRMA ROSA IMPUTADO: ZUÑIGA CHAMBÍ. KATHERINE TERESA FALTA : LESIONES DOLOSAS ZUÑIGA CHAMBI, CINTHYA GUADALUPE FALTA : LESIONES DOLOSAS TORRES CAVLEDES, DEITSY MILAGROS FALTA: LESIONES DOLOSAS AGRAVIADO: VILCA QUISPE, KATHERINE TERESA, GONZALES QUISPE, DIANA ROSALY MARROQUÍN QUISPE, JESSICA TERESA, MARROQUIN QUISPE, LOURDES MARITZA QUISPE ANCO, TERESA EMILIA, QUISPE ANCO, GEORGINA. Resolución Nro. O5.- Arequipa, treinta y uno de marzo Del año dos mil diecisiete.- Puesto en la fecha debido a la elevada carga procesal que soporta este Juzgado. Al escrito con número de registro 3795.- Estando a la constancia de inasistencia de fojas ochenta y seis, y en virtud a lo establecido en el artículo 7 de la Ley 27939 en su tenor modificado por Ley 29990, teniendo en cuenta el rol de audiencia programadas por este Órgano Jurisdiccional con anterioridad: Se señala para la realización de la diligencia de Juicio Oral, PARA EL DÍA DIEZ DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, subsistiendo el apercibimiento establecido en el inciso 2 del artículo 485 del Código Procesal Penal referido a que si la parte imputada no se presenta voluntariamente a la audiencia podrá hacérsele comparecer por medio de la Fuerza Pública, ello a instancia de la parte agraviada, recordándose a esta última que tiene la calidad de querellante particular conforme lo establece el inciso 1 del artículo 483 del citado Código Procesal Penal y que en tal virtud el proceso se impulsa a pedido de parte. Efectúese la notificación a Deitsy Torres vía edictos, renuévese la notificación a Katherine Vilca en la dirección que aparece de la cédula que se devuelve. Autoriza la especialista que suscribe en mérito la facultad conferida por la última parte del artículo 122 del Código Procesal Civil.- Irma Rosa Chang Suarez Especialista Legal.- (20-21-24 Abril). EDICTO El Juzgado Unipersonal de Condesuyos Chuquibamba, el Sr.Juez Dr.José Eduardo Rodríguez Lujan, intervención del Sec.Judicial R.Luque Se hace saber y notifica para fines de ley, a la AGRAVIADA ROSA LUZ INGA PACCORI, que en el expediente Nr.2005-048-P, seguido en contra de Magno Roque Inga por el delito de violación de la libertad sexual en agravio de R.L.I.P., se ha emitido sentencia Nr.07-2016, de fecha quince de Setiembre del 2016, siendo su fallo como sigue:...”FALLA: 1.-DECLARO a MAGNO ROQUE INGA, AUTOR del delito contra la libertad sexual en la modalidad de

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Violación Sexual de menor, previsto y penado en el primer y segundo párrafo numeral 4 del artículo 170 del Código Penal, (modificado por el artículo 1 de la Ley Nr.28251 del 08-06-2004 vigente al momento desucedidos los hechos en agravio de la menor de iniciales R.LI.P. 2) IMPONER al sentenciado OCHO AÑO DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA, la que empezara a regir desde que sea ubicado y capturado, curadno el oficio respectivo con esta finalidad.-3) DISPONGO su internamiento en el penal de Varones de pucchún Camaná, para lo cual se dispone cursar el oficio respectivo e inscribir la presente sentencia con la formalidad requerida en el Registro Central de Condenas respectivo.-4) DISPONER: que el sentenciado pague por concepto de reparación civil la suma de cinco mil soles a favor de la agraviada.- Y por esta mi sentencia así la pronuncio, mando y firmo en la Sala de Audiencias del Poder Judicial de la Provincia de Condesuyos-Chuquibamba.-Tómese Razón y hágase saber Fdo.J.Rodríguez, Juez .-Sec.R.Luque”.- Chuquibamba, 12 de Abril del 2017.- Romulo R. Luque Llerena Secretario Judicial.- (20-21-24 Abril) 1ªJuzgado de Familia.-EXPEDIENTE: 00879-2014-0-0401-JR-FC-01.- MATERIA: VIOLENCIA FAMILIAR.- JUEZ: AQUIZE CACERES ROCIO DEL MILAGRO.- ESPECIALISTA: CALDERON CORONEL ROSA MARIA.- DEMANDADO: SUAREZ QUISPE, FIDEL ANGEL.- AGRAVIADO: YUCRA HEREDIA, FIORELLA DEL CARMEN.EDICTO JUDICIAL Expediente 879-2014-VF, Primer Juzgado Especializado de Familia, Juez Dra. Roció Aquise Cáceres, en el proceso de Violencia Familiar seguido por el Ministerio Público en agravio de Fiorella del Carmen Yucra Heredia en contra de Fidel Ángel Suárez Quispe, se notifica al demandado Fidel Ángel Suárez Quispe, con la parte pertinente de la Resolución 06-2014: “RESUELVO: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la Primera Fiscalía de Familia, representada por el doctor Edilberto Sebastián Choque Gonzales, en agravio de FIORELLA DEL CARMEN YUCRA HEREDIA, en contra de FIDEL ANGEL SUAREZ QUISPE, sobre violencia familiar, en consecuencia, confiero traslado de la demanda por el plazo de cinco días al demandado a quien se le notificará mediante edictos, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Por ofrecidos los medios probatorios, a sus antecedentes los anexos acompañados. Tómese razón y hágase saber. “Corte Superior de Arequipa. Abog. Rosa Calderón Coronel Sec. Judicial. Primer Juzgado Especializado de Familia.- Arequipa, 2017 abril diecisiete.- (20-21-24 Abril. EDICTO El Juez del Tercer Juzgado de Trabajo de Arequipa, Dr. Freddy Paúl Talavera Neyra, Especialista Legal Roció Francisca Villalta Revilla, en el Expediente N° 02115-2014-0-0401-JR-LA-03, sobre Acción Contenciosa Administrativa, seguido por Gaspar Villanueva Herencia en contra de la ONP, mediante Resolución N° 16 del veintinueve de Marzo del dos mil diecisiete, resuelve ordenar se notifique mediante edictos, por el término de tres días en la forma y veces que señalan los artículos 167° y 168° del C.P.C.; el extracto de la Resolución N° 12-2SL (449-T) de fecha dieciséis de Junio del dos mil dieciséis, emitida por la Segunda Sala Laboral, que resuelve: “DISPUSIERON: la suspensión del proceso por el plazo de treinta días, dentro del cual deberán comparecer los sucesores procesales de quien en vida fue Gaspar Villanueva Herencia. ORDENARON: la devolución del expediente al Juzgado de origen, a fin de que realice el debido empla-

zamiento de los sucesores procesales del fallecido, y en su caso la designación de curador procesal que los represente, luego de lo cual autos deberán ser elevados de inmediato a ésta instancia. Tómese razón y hágase saber.”; a la sucesión procesal del causante, GASPAR VILLANUEVA HERENCIA, a efectos de que se apersonen al proceso y hagan valer su derecho conforme ley en el PLAZO de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal.- TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- Rocio Francisca Villalta Revilla Especialista Legal.- (19-20-21 Abril) EDICTO EXPEDIENTE: 03536-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA: RAUL RAMOS PEREZ.- 5°JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte imputada EDSON FREDY CASTAÑEDA BUQUEZ. Con la siguiente resolución N° 04-2017. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1)TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada HIPERMERCADOS METRO S.A, del presente proceso por Faltas Contra el patrimonio en la modalidad de hurto simple seguido en contra de EDSON FREDY CATAÑEDA BUQUEZ: en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Regístrese y notifíquese.- Maritza Alejandra Salomón Núñez – Jueza Supernumeraria.- Raúl Ramos Pérez Secretario Judicial (18-19-20 Abril) QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LAPROVINCIA DE LA PROVINCIA DE SAN ROMAN – JULIACA - EDICTO JUDICIAL.- EN EL EXPEDIENTE NUMER 0713-2014-36-2111-JR-PE-03, EL JUEZ DEL QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SAN ROMAN - JULIACA, DOCTOR DEMESIO VALDIVIA VALDIVIA, MEDIANTE RESOLUCIÓN NUMERO CUATRO; HA DISPONIENDO NOTIFICAR POR EDICTOS A LA IMPUTADA LUZ ANGELICA CCASA AÑASCO CON EL CONTENIDO DE LA RESOLUCION NUMERO UNO - QUE INDICA “(...) ESTANDO: AL REQUERIMIENTO FISCAL ACUSATORIO PRESENTADO POR EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO; AL RESPECTO, SE ADVIERTE QUE LA ACUSADA LUZ ANGÉLICA CCASA AÑASCO NO SE HA APERSONADO AL PROCESO NI HA DESIGNADO ABOGADO DEFENSOR DE LIBRE ELECCIÓN, POR LO QUE; REQUIÉRESELE A LA ACUSADA LUZ ANGÉLICA CCASA AÑASCO PARA QUE EN EL TÉRMINO DE CUARENTA Y OCHO HORAS DE NOTIFICADOS DESIGNE UN ABOGADO DE LIBRE ELECCIÓN BAJO EXPRESO APERCIBIMIENTO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO, DE QUE EL JUZGADO LE DESIGNE UN ABOGADO DEFENSOR PÚBLICO PARA QUE ASUMA SU DEFENSA CON QUIEN SE SEGUIRÁ EL TRÁMITE DE LA ETAPA INTERMEDIA - LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY.- JULIACA, 13 DE MARZO DEL 2017.- RIVEL MESTAS LEON Especialista de Causas Jurisdiccionales .- (1819-20 Abril)

gado (18-19-20 Abril) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2017-2616-0 (Imputado) : DANIEL RAFAEL HERRERA PACHA, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado REYNA PÉREZ CCALLO, DILIGENCIA 27-04-2017, 09:00, Sala 2, ; Secretario: Almanza (18-19-20 Abril) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2017-1120-0 (Demandante) PLUTARCO ABRAHAM NUÑEZ OSORIO, delito HABEAS CORPUS, agraviado ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA CAPILLA LUISA SECUNDINA TEJADA GARCIA y otros, NOTIFICACION, Res. 01: RESUELVO: DECLARAR IMPROCEDENTE la demanda constitucional de Habeas Corpus, interpuesta por Plutarco Abraham Núñez Osorio, en favor de Ernesto Eguiluz Zavalaga, en contra de la señora Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de la Capilla, Luisa Secundina Tejada García y otros; y, consecuentemente, archívese definitivamente el presente proceso, una vez quede firme la presente. ; Secretario: Quispe (18-19-20 Abril) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2017-1120-62 (Demandante) PLUTARCO ABRAHAM NUÑEZ OSORIO, delito HABEAS CORPUS, agraviado ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA CAPILLA LUISA SECUNDINA TEJADA GARCIA y otros, NOTIFICACION, Res. 01: Estese a lo resuelto en el principal, Expediente Nro. 1120-20170-0401-JR-PE-04, debiendo adjuntarse copia de la resolución Nro. 01, su fecha 31 de enero del presente, expedida en aquel. ; Secretario: Quispe (18-19-20 Abril) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-7892-0 (Imputado) ANGEL GUSTAVO ENRIQUEZ CONDORI, delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 25-04-17, 12:40, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Arones (18-19-20 Abril)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2017-3063-0 (Imputado) JHON RICARDO GARAGUNDO AYALA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Jen Garagundo Zacarías, DILIGENCIA 25-04-2017, 12:00, Sala 2, ; Secretario: Del-

Exp. 2017-2237-0 (CRISTIAN ROBIER MAMANI HUALLPARA) , delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado , NOTIFICACION, se REPROGRAMA la audiencia para el día 15 DE MAYO DEL PRE-

5

SENTE AÑO A LAS 09:00 HORAS, quedando notificadas el Ministerio Público, el abogado Defensor Público, siempre con el apercibimiento al imputado de que en caso no concurra ni su abogado de libre ; Secretario: Mamani (18-19-20 Abril) EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2017-688-37 (Imputado) JOSE CARLOS ORE CARI, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado VANESSA YANARICO LOPEZ, DILIGENCIA 1406-2017, 8:00, Sala 2, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Arce (18-19-20 Abril) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-320-0 (Imputado) JUSTINO LOPEZ ARESTEGUI, delito Violación de la Libertad Sexual, agraviado Menor de Iniciales F.M.V.V., DILIGENCIA 04 de mayo de 2017, 12:00 p.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya (18-19-20 Abril) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-7722-3 (Imputado) MAURICIO GILBERTO PONCE NUÑEZ, delito OMISION ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado JANET MONICA MANRIQUE FLORES , DILIGENCIA 02-05-2017, 12:00 Mañana, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Lazarte (19-20-21 ABRIL) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-5396-94 ESTEBANOVICH ARESTEGUI ROSAFLOR, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado JUNIOR MIGUEL ANGEL CACERES LUQUE, DILIGENCIA 24.10.2017, 08:15, Sala 6, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Montes (19-20-21 ABRIL) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-5202-43 BONIFACIO VELAZCO MAYNA, PASTOR VELIZ ARAPA, JOSE ANDRES

6

La República

CHULLUNQUIA MOLINA, WALTER GOMEZ MAS, delito DENUNCIA CALUMNIOSA, agraviado PROCURADOR DEL PODER JUDICIAL, DILIGENCIA 23/06/2017, 9:00, Sala 4, TENERSE POR NOTIFICADO Y CONTINUAR CON EL TRAMITE PROCESAL; Secretario: RETAMOSO (19-20-21 ABRIL) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2017-1111-17 EDDY JAVIER RODRIGUEZ, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 10-05-2017, 09:00 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO (19-20-21 ABRIL)

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-7599-0 (Imputado) JOHN HUARHUA HURTADO, delito lesiones leves, agraviado Kevin Jonathan Quispe Sulla, DILIGENCIA 11-07-2017, 12:00HRS, Sala de Audiencia del Juzgado, AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION; Secretario: RIVERA (19-20-21 ABRIL) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2017-2100-0 RICHARD GERARDO CHOQUE PUMA , delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 04/05/2017, 11:00, Sala 1, TENERSE POR NOTIFICADO Y CONTINUAR CON EL TRAMITE DEL PROCESO; Secretario: RETAMOSO (20-21-24 Abril)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2014-1873-16 ÁNGEL QUISPE QUISPE, delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MATILDE GLORIA CCOA QUISPE , NOTIFICACION, EL JUZGADO REQUIERE AL SENTENCIADO A EFECTO QUE DENTRO DEL QUINTO DIA DE NOTIFICADO CUMPLA CON PAGAR LA REPARACIÓN CIVIL, BAJO APERCIBIMIENTO INCUMPLA DE REVOCARSE EL PERIODO DE PRUEBA E IMPONERLE 1 AÑO DE PPL EFECTIVA QUE CUMPLIRÁ EN EL PENAL. ; Secretario: Figueroa (19-20-21 ABRIL)

Exp. 2015-5844-83 (Imputado) JUSTINA CHUCTAYA CHILO, delito EXPOSICIÓN A PELIGRO DE PERSONA DEPENDIENTE, agraviado LIBERTAD CHULO VILLEGAS, DILIGENCIA 0905-2017, 12:00, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Palma (20-21-24 Abril)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2017-1713-0 (Agraviado) CARLOS ALBERTO RAMOS CAMA, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado CARLOS ALBERTO RAMOS CAMA, NOTIFICACION, RES.01:CORRER TRASLADO ACUSACION DIRECTA POR DIEZ DIAS HABILES A FIN PRESENTE PRUEBAS EN LOS SEGUIDOS CONTRA JUAN CARLOS CHAMBI QUISPE POR DELITO LESIONES LEVES EN AGRAVIO DE CARLOS ALBERTO RAMOS CAMA ; Secretario: Diaz (19-20-21 ABRIL) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - EL PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-5128-0 (Imputado) ELVIS RAUL AYALA TOLEDO. RES. 18: Se REPROGRAMA la audiencia de control de acusación., delito ROBO, agraviado Ruth Verónica Coaquira Hilare, DILIGENCIA 03-05-2017, 15:30, Sala de Audiencia del Juzgado, (EL PERUANO Y LA REPUBLICALIMA POR TRES DIAS CONSECUTIVOS) ; Secretario: Hernández (19-20-21 ABRIL) SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-4436-0 (Imputado) ADAN JOSE CHIPANA MENDOZA, delito DAÑOS , agraviado JOSE HUANCA LARICO, DILIGENCIA 26-042017, 11:00, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Palma (20-21-24 Abril) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-4762-77 NOTIFICAR POR EDICTOS AL AGRAVIADO LEYVER LANDER GUZMAN SOTO, CON LA RESOLUCIÓN N° 01-2017, QUE SEÑALA FECHA PARA LA REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, EN CONTRA DE JOSE MIGUEL ZUÑIGA SANCHEZ, AMPARO SANCHEZ ROJAS Y MARIELA ADBY VASRGAS SANCHEZ, A LLEVARSE A CABO EN EL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CERRO COLORADO , delito LESIONES LEVES, agraviado LEYVER LANDER GUZMAN SOTO, DILIGENCIA 27-06-2017, 10:00, Sala 5, AL MINISTERIO PUBLICO DE REMITIRSE COPIAS A SU ÓRGANO DE CONTROL ; Secretario: PRIETO (20-21-24 Abril) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2017-2432-0 NOTIFIQUESE AL IMPU-

Jueves, 20 de abril del 2017

TADO JUVENAL AMANCA APARICIO, PARA LA AUDIENCIA DE LA ACUSACIÓN DIRECTA, PARA EL DIA 30 DE MAYO DEL 2017, , delito LESIONES LEVES , agraviado TEOFILA CHUCTAYA CCAHUANA , DILIGENCIA 30-05-2017, 12:00, Sala 5, BAJO APERCIBIMIENTO DE LLEVARSE A CABO CON UN DEFENSOR DE OFICIO ; Secretario: PRIETO(20-21-24 Abril)

(20-21-24 Abril)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2005-45-0 (Imputado) ELIAS HERMOGENES ALVAREZ CARHUAS, delito violación de la libertad sexual , agraviado MENOR DE INICIALES M.V.L.P, NOTIFICACION; Secretario: Suarez (20-21-24 Abril)

Exp. 2014-278-88 (OSCAR ENRIQUE CHINEN TOMAYA), delito ESTAFA GENERICA, agraviado SANTOS TAPIA CHICLLA, NOTIFICACION, ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 05/04/2017, SE REPROGRAMA AUDIENCIA DE JUICIO ORALA PARA EL DÍA 20/04/2017 A LAS 10:00 HORAS, BAJO APERCIBIMIENTO DE DECLARARSE CONTUMAZ AL ACUSADO ; Secretario: Mamani (20-21-24 Abril)

LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2005-145-0 (Imputado) VICTOR FERNANDO HUARCA USCA, FELIPE DAMIAN COAGUILA ZEGARRA, PERCY FAUSTINO VIZCARRA GUILLEN, MATEO CARI CHOQUEHUANCANOTA SALA N° 8 DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - EDIFICIO NUEVO, delito PECULADO, agraviado CONTRALORIA GENERAL DE LA REUBLICA, DILIGENCIA 2804-2017, 11.00AM, Sala 8, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Suarez (20-21-24 Abril) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2008-169-0 (Imputado) GUILLERMO ROJAS LA ROSA, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INICIALES R.D.C.L., NOTIFICACION; Secretario: Suarez (20-21-24 Abril) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 1997-10-0 (Imputado) CESAR CECILIO HUANCO CONDORI, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL DE MENOR DE EDAD , agraviado MENOR DE R.M.H.CH., NOTIFICACION; Secretario: Suarez (20-21-24 Abril) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2006-110-0 (Imputado) FABIAN VALDEZ QUISPE, delito VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, agraviado MENOR DE INICIALES Y.M.P.M., NOTIFICACION ; Secretario: Suarez

LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2005-100-0 (Imputado) RICHARD NELSON CAJAMARCA FALCON , delito ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES, agraviado MENOR DE INICIALES F.B.G.C., NOTIFICACION; Secretario: Suarez (20-21-24 Abril) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 1994-179-0 (Imputado) JAVIER HONORIO MEZA CHAVEZ, delito PECULADO, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION; Secretario: Suarez (20-21-24 Abril) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2007-5004-0 (Imputado) QUISPE LLAMOCA ELEAZAR JOSE, delito VIOLACION SEXUAL, agraviado MENOR DE EDAD E.R.Q.R, NOTIFICACION; Secretario: Suarez (20-21-24 Abril) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2005-254-0 (Imputado) PACO ROLANDO CACHI CHOQUE, delito ROBO AGRAVADO, agraviado EMPRESA DISTRIBUIDORA DE CERVEZA Y OTRO, NOTIFICACION; Secretario: Suarez (20-21-24 Abril) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2004-180-0 (Imputado) SANTOS ALBERCY SALAZAR PARI, delito ROBO AGRAVADO, agraviado MIRIAM LUDEÑA SALAZAR Y OTRO, NOTIFICACION; Secretario: Suarez(20-21-24 Abril) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2010-20-0 (Imputado) ADRIAN QUISPE SONCCO, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado YENI SOLEDAD HUAHUASONCCO CHOQUETOCRO, NOTIFICACION; Secretario: Suarez(20-21-24 Abril) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-219-48 (Imputado) JUAN CARLOS MANSILLA LLANOS, delito Uso de Documento Privado Falso, agraviado El Estado, DILIGENCIA 20 de junio 2017, 4:00 p.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya (20-21-24 Abril) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-391-29 CRISTHIAN YASMANI ARROYO RIQUELME, delito DESOBEDIENCIA Y RESISTECIA A LA AUTORIDAD, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA DONDE SE LE DECLARO , CONTUMAZ, Sala 1, Y SE DISPUSO GIRARSE LAS ORDENES DE CAPTURA Y ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO ; Secretario: Chuctaya (20-21-24 Abril) EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 61-2017-19 ACUSADO WILBER MAQQUERA CHOQUECCOTA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MENOR DE INICIALES F.E.M.A, NOTIFICACION, MEDIANTE RESOLUCION N°4 DE FECHA 17 DE ABRIL DE 2017, SE DECLARO REO AUSENTE AL ACUSADO WILBER MAQQUERA CHOQUECCOTA Y SE ORDENA SU CAPTURA A NIVEL NACIONAL ; Secretario: Chuctaya (20-21-24 Abril) SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-4799-99 ROXANA CARRION TURPO y ERNESTO TURPO YUPANQUI, delito LESIONES LEVES, agraviado JUDITH ANGULO DAVALOS, NOTIFICACION, RES. 01 .- Estando al Requerimiento de Acusación efectuado por el Representante del Ministerio Público, NOTIFÍQUESE a los acusados Roxana Carrión Turpo y Ernesto Turpo Yupanqui, por el plazo perentorio de 10 días hábiles para los efectos del artículo 350° del NCPP, Y CONFORME AL ROL DE AUDIENCIAS,SE DISPONE: Señalar fecha para la realización de la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION el día 04 DE MAYO DEL 2017 a las 10:30 am., diligencia que se efectuara en la Sala DOS del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, ubicado en la CALLE ALFONSO UGARTE Nro. 119-Cerro Colorado, precisándose que con el éxito de la notificación edictal se podrá realizar la mencionada diligencia. ; Secretario: SONCCO (20-21-24 Abril)

Jueves, 20 de abril del 2017

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

7

CRONICAS JUDICIALES CU

Jueves, 20 de abril del 2017 CRONICA JUDICIAL DE LA SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES 01 DE FEBRERO DE 2017

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, MENDOZA BANDA Y ABRIL PAREDES.

Francisco Carreón Romero y Miguel Angel Irrazábal Salas. 2. DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención.

la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. AUDIENCIA

MB 04665-2014-84: DECLARAMOS INFUNDADO el pedido de nulidad interpuesto por la agraviada Narcisa Zenobia Cutipa Pampa, contenido en el escrito Nro.1753-2017 de fecha 31 de enero del año en curso.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, MENDOZA BANDA Y ABRIL PAREDES.

MB 03415-2015-0: 1. DECLARAMOS INADMISIBLES los medios probatorios presentados por los querellados Marco Antonio Tapia Valdivia y Sandra Ballón Aguedo, conforme a lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución. 2. CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el día DIECIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) de la Segunda Sala Penal de Apelaciones del Módulo Penal, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición proyector multimedia instalado en la sala de audiencias. 3. DISPONEMOS que en caso de inasistencia del señor abogado de la parte apelante y/o de la parte recurrida, se le impondrá MULTA ascendente a UNA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo remitirse la comunicación respectiva, en su oportunidad.

AD 5159-2014-67.- Por estos argumentos, este Colegiado, RESUELVE: 1. DECLARAR INFUNDADA LA APELACIÓN postulada por el señor representante del Ministerio Público. 2. CONFIRMAMOS LA RESOLUCIÓN número cinco dictada en audiencia de fecha dieciséis de junio del dos mil quince, que declaró fundado el sobreseimiento planteado por la defensa de Junior Arnulfo Atoche Mamani, en la investigación que se sigue en su contra por el delito de hurto agravado previsto en el artículo 185 primer párrafo en concordancia con el artículo 186, primer párrafo incisos 2 y 5, y segundo párrafo inciso 9 del Código Penal en agravio de Fernando Turpo Franco, y dispuso el archivo del proceso en relación a dicho imputado y el levantamiento de las medidas personales y reales que se hubiese dispuesto eventualmente; la confirmamos con lo demás que contiene. 3. DISPONEMOS la devolución de los actuados al Juzgado de origen.A.V 30-2017

AUTOS DE VISTA A.V 29-2017

AUTOS DE TRÁMITE MB 02168-2016-75: DECLARAMOS NULO todo lo actuado desde fojas 28 y siguientes; y DISPONEMOS que en el día se derive el presente cuaderno a la Tercera Sala Penal de Apelaciones a fin de que sea tramitado conforme a ley. Y se llama la atención por esta vez a la Especialista de causas que tramita el presente proceso a fin de que tenga mayor celo en el cumplimiento de sus funciones. AUTOS DE VISTA Av. 28-2017 MB 3467-2016-0.- Razones por las que: 1) DECLARAMOS NULO el concesorio contenido en la resolución Nro. 10 de fecha diez de enero de dos mil diecisiete, obrante en el folio doscientos setenta y uno y proveyendo en sede de instancia el recurso de apelación presentado, DECLARAMOS IMPROCEDENTE el recurso de apelación presentado por defensa de la acusada Jacqueline Cayo Suyco de Mendoza en contra de la resolución N° 09 de fecha ocho de noviembre de dos mil dieciséis. 2) EXHORTAMOS a la señora Jueza Janett Mónica Lastra Ramírez y al especialista de causas encargado del presente proceso, mayor estudio al momento de tramitar y calificar las impugnaciones. 3) DISPONEMOS: La devolución de los actuados al Juzgado de origen. DECRETOS: Se expidieron un total de 5.

02 DE FEBRERO DE 2017

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, MENDOZA BANDA Y ABRIL PAREDES. AUTOS DE TRÁMITE AD 07506-2016-0: 1. CONCEDER el recurso de agravio constitucional interpuesto por el abogado defensor de los demandantes Fernando Francisco Gamio Gómez y ¨Pedro Ricardo Gamio Gómez, contra la Sentencia de Vista Nro. 02-2017 de fecha 17 de enero del año en curso (folio 151 y siguientes), que declaró infundada la apelación formulada por Jorge Rodrigo Tapia Bedregal, abogado de Fernando Francisco Gamio Gómez y Pedro Ricardo Gamio Gómez Ángel Calderón Quispe, y corrigiendo la sentencia de primera instancia, declaró infundada la demanda de hábeas corpus interpuesta por Jorge Rodrigo Tapia Bedregal a favor de Fernando Francisco Gamio Gómez y Pedro Ricardo Gamio Gómez en contra del Juez de Investigación Preparatoria de Castilla Deyvi Cueva Cucho y la Sala Penal de Apelaciones Mixta de Camaná integrada por Alejandro Ranilla Collado,

MB 2747-2015-55: 1) DECLARAMOS INADMISIBLE el ofrecimiento de medios de prueba ofrecidos por la defensa técnica del imputado Israel Quispe Carcausto, por los argumentos expuestos en el tercer considerando de la presente resolución. 2) CONVOCAMOS a las partes procesales a la AUDIENCIA DE APELACIÓN DE SENTENCIA a llevarse a cabo, conforme al rol de audiencias de esta Superior Sala Penal, el día DIEZ DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. 3) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando sétimo, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal,

AD 120-2012-14.- Por estos argumentos la Sala, RESUELVE: 1. DECLARAR INFUNDADA LA APELACIÓN interpuesta por el Tercero Civil, Seguro Social de Salud – ESSALUD, 2. CONFIRMAMOS LA RESOLUCIÓN número 12-2016 de fecha cinco de septiembre del año dos mil dieciséis, que resolvió declarar infundada la excepción de prescripción de la acción postulada por el señor abogado del Tercero Civil Responsable ESSALUD, plegada por los señores abogados de las defensas técnicas de ambos acusados, Blanca luz Olazábal Peraltilla y Félix Genaro Santander Rodríguez, con lo demás que contiene. 3. DISPONEMOS la devolución de los actuados al Juzgado de origen. 4. RECOMENDAMOS al Juzgado otorgar CELERIDAD A LA PRESENTE TRAMITACIÓN.DECRETOS: Se expidieron un total de 12.

MIL DIECISIETE, A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada.3) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando sétimo, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. AD 02549-2015-28: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales, conforme al rol de audiencias a la fecha, a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el CINCO DE ABRIL DE DOS MILDIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.

DECRETOS: Se expidieron un total de 5. 03 DE FEBRERO DE 2017 06 DE FEBRERO DE 2017

AD 0489-2012-89: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DOCE DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el imputado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inconcurrencia ; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. MB 02805-2015-4: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el ONCE DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el imputado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inconcurrencia ; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.

AUDIENCIA DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, MENDOZA BANDA Y ABRIL PAREDES.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, MENDOZA BANDA Y ABRIL PAREDES.

AUTOS DE TRÁMITE AUTOS DE TRAMITE AD 02617-2015-61: 1) DECLARAMOS INADMISIBLE el ofrecimiento de medios de prueba frecidos por el Actor Civil, por los argumentos expuestos en el tercer considerando de la presente resolución. 2) CONVOCAMOS a las partes procesales a la AUDIENCIA DE APELACIÓN DE SENTENCIA a llevarse a cabo, conforme al rol de audiencias de esta Superior Sala Penal, el día DIEZ DE ABRIL DE DOS

AD 01883-2012-1: CONSENTIDO EL AUTO DE VISTA número diecinueve guion dos mil diecisiete, emitido con fecha dieciocho de enero de dos mil diecisiete. Y teniendo la calidad de firme DISPONEMOS se remitan los actuados al juzgado de origen.

AD 02609-2015-57: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTISIETE DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el imputado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inconcurrencia ; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes

8

La República

en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. MB 05614-2015-13: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DIECISIETE DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el imputado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inconcurrencia ; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

en la brevedad posible, bajo responsabilidad. 3. DISPONEMOS la devolución inmediata de los actuados al juzgado de origen. AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, MENDOZA BANDA Y ABRIL PAREDES. AUTOS DE VISTA A.V. 32-2017 AD 956-2017-34: RESOLVEMOS: 1. DECLARAR INFUNDADA la apelación interpuesta por la defensa técnica del investigado Isauro Sulla Kana; en consecuencia, 2. CONFIRMAMOS LA RESOLUCIÓN número 03-2017 de fecha veinticuatro de enero del año dos mil diecisiete, que resuelve declarar fundada el pedido de prisión preventiva en contra de Isauro Sulla Kana, por el plazo de nueve meses. 3. DISPONEMOS la devolución del presente cuaderno al Juzgado de origen.DECRETOS: Se expidieron un total de 7.

SENTENCIA DE VISTA S.V. 06-2017 AD 7381-2016.- Por tales consideraciones, 1. DECLARAMOS NULA la sentencia emitida por el Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, de fecha diecinueve, de fojas 262, que declaró improcedente la demanda de hábeas corpus interpuesta por la Asociación Junta Vecinal Urbanización León XIII representada por Luigui Gerardo Rivas Díaz y Dora Valdivia Vda. de Concha; Eliana Zúñiga Perea y Pedro Ángel Castillo Galindo en contra de Jorge Antonio Miranda Paredes; María Roxana Febres Chirinos y la Municipalidad Distrital de Cayma. 2. ORDENAMOS se emita nueva decisión por el A Quo constitucional, previa realización de la inspección judicial precisada en los considerandos expuestos,

declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.

EN AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, MENDOZA BANDA Y ABRIL PAREDES. AUTOS DE VISTA

CARLOS MENDOZA BANDA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA DEL MODULO PENAL SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES

07 DE FEBRERO DE 2017

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, MENDOZA BANDA Y ABRIL PAREDES. AUTOS DE TRÁMITE

AD 01784-2012-96: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DIECISIETE DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el imputado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inconcurrencia ; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.

tes procesales, conforme al rol de audiencias a la fecha, a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTE DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.

Jueves, 20 de abril del 2017

AD 18-2016-23: 1. ADMITIR el recurso de casación interpuesto por el abogado defensor del sentenciado Alex Julio Palomino Monzon, contra la sentencia de vista de fecha veintitrés de enero de dos mildiecisiete; debiendo elevarse el presente proceso a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma de estilo y dentro del plazo legal. 2. DISPONER se notifique a todas las partes emplazándolas para que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte Suprema y fijen nuevo domicilio procesal, en esta instancia, dentro del décimo día siguiente al de la notificación; asimismo, remítase copias certificadas de los actuados para que sean agregados al cuaderno de Ejecución que obra en el Juzgado de origen. MB 03307-2012-79: 1. ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la sentenciada Claudia Andrea Ventura Pari, contra la sentencia de vista de fecha dieciocho de enero de dos mil diecisiete, que corre en el folio ciento treinta y cinco y siguientes; debiendo elevarse el presente proceso a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma de estilo y dentro del plazo legal. 2. DISPONER se notifique a todas las partes emplazándolas para que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte Suprema y fijen nuevo domicilio procesal, en esta instancia, dentro del décimo día siguiente al de la notificación; asimismo, fórmese cuaderno de ejecución, debiendo ser remitido a su Juzgado de origen, a fin se continúe el séquito del proceso. DECRETOS: Se expidieron un total de 6. 08 DE FEBRERO DE 2017

MB 1642-2016-21: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales, conforme al rol de audiencias a la fecha, a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTICUATRO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. MB 04196-2015-29:PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales, conforme al rol de audiencias a la fecha, a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DIECINUEVE DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.

A.V. 33-2017 MB 2516-2016-24: Por estas razones, DECLARAMOS: INFUNDADA LA APELACION formulada por la defensa del investigado Yan Carlo Pantigozo Choque; y en consecuencia, CONFIRMAMOS LA RESOLUCIÓN que declara improcedente el pedido de nulidad de disposición fiscal número 10 de fecha diez de agosto del año en curso, dejando a salvo el derecho del impugnante para que haga valer conforme a ley su derecho. DISPONEMOS la devolución del presente cuaderno al Juzgado de origen.DECRETOS: Se expidieron un total de 7

CARLOS MENDOZA BANDA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA DEL MODULO PENAL SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, MENDOZA BANDA Y ABRIL PAREDES. AUTOS DE TRÁMITE AD 05296-2014-96: PRIMERO: CONVOCAR a las par-

AD 02500-2013-96: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales, conforme al rol de audiencias a la fecha, a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el CATORCE DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, MENDOZA BANDA Y ABRIL PAREDES. AUTOS DE TRÁMITE AD 0585-2011-11: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales, conforme al rol de audiencias a la fecha, a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTICINCO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. DECRETOS: Se expidieron un total de 5.

CARLOS MENDOZA BANDA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA DEL MODULO PENAL SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES

14 DE FEBRERO DE 2017 09 DE FEBRERO DE 2017

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, MENDOZA BANDA Y ABRIL PAREDES. AUTOS DE VISTA A.V. 34-2017 MB 3505-2014-26: En consecuencia, al haberse cumplido con cancelar la reparación civil fijada como regla de conducta en la sentencia conformada antes de quedar consentida la presente resolución corresponde acceder a la apelación formulada, en consecuencia, DECLARAMOS: FUNDADA LA APELACIÓN interpuesta por la defensa del sentenciado Hernán Germán Rodríguez Cutire. REVOCAMOS LA RESOLUCIÓN número 07, de fecha veintitrés de septiembre del año dos mil dieciséis que resuelve declarar fundado el requerimiento de revocación de pena suspendida, presentada por el fiscal y le impone un año de pena privativa de la libertad con el carácter de efectiva, REFORMANDOLA DECLARAMOS INFUNDADO EL REQUERIMIENTO FISCAL de revocación de pena suspendida. DISPONEMOS la devolución del presente cuaderno al Juzgado de origen.DECRETOS: Se expidieron un total de 7.

DESPACHO

13 DE FEBRERO DE 2017

CARLOS MENDOZA BANDA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA DEL MODULO PENAL SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, MENDOZA BANDA Y ABRIL PAREDES. AUTOS DE TRÁMITE AD 01547-2016-34: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales, conforme al rol de audiencias a la fecha, a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTIOCHO DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AUTO DE VISTA A.V. 35-2017 MB

Jueves, 20 de abril del 2017

2995-2015-12: RESOLVEMOS: 1. DECLARAR: FUNDADO en parte el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del investigado José Alejandro Suarez Zanabria. REVOCAR: LA RESOLUCIÓN NÚMERO 02-2016, de fecha veintitrés de mayo del dos mil dieciséis, que obra en el folio ochenta y siete y siguientes, en el extremo que resuelve: “I. Declarar fundado el Requerimiento Fiscal de Levantamiento del Secreto Bursátil de (…)José Alejandro Suárez Zanabria, identificado con DNI N° 29263741; a efecto de que la Bolsa de Valores Lima- BLV y CAVALI S.A. informen si, en el período comprendido entre enero del 2011 a la actualidad (…). REFORMÁNDOLA, Disponemos Declarar fundado el Requerimiento Fiscal de Levantamiento de la Reserva Bursátil de (…) José Alejandro Suárez Zanabria, identificado con DNI N° 29263741; a efecto de que la SUNAT informe en el período comprendido entre enero del 2011 a la actualidad (…). 3. CONFIRMAR: LA RESOLUCIÓN 02-2016, de fecha veintitrés de mayo del dos mil dieciséis, en el extremo que resuelve: ““I. Declarar fundado el Requerimiento Fiscal de Levantamiento del Secreto Bursátil de (…)José Alejandro Suárez Zanabria, identificado con DNI N° 29263741; a efecto de que la Bolsa de Valores Lima- BLV y CAVALI S.A. informen si, (…) los investigados registran movimientos bursátiles de transferencias de acciones, bonos, letras hipotecarias, cuotas de participación u otros valores, así como la liquidación de operaciones tanto de fondos como de valores, en el registro contable a su cargo. II) Se encomienda la ejecución de la presente medida a la Fiscal Provincial del Segundo despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Perdida de Dominio de Arequipa, la cual se encuentra ubicada en la Calle Manuel Belgrado Mz. F, Lote 19, Urb. Álvarez Thomas, Arequipa; donde se le remitirá la información requerida en el presente cuaderno. III) Se remite el presente cuaderno con este propósito al Ministerio Público””. A.V. 36-2017 MB 2995-2015-82: RESOLVEMOS: 1. DECLARAR: FUNDADO en parte el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del investigado José Alejandro Suarez Zanabria. 2. REVOCAR: LA RESOLUCIÓN NÚMERO 03-2016, de fecha veintitrés de mayo del dos mil dieciséis, que obra en el folio noventa y uno y siguientes, en el extremo que resuelve: “I. Declarar fundado el Requerimiento Fiscal de Levantamiento de la Reserva Tributaria de (…)José Alejandro Suárez Zanabria, identificado con DNI N° 29263741; a efecto de que la SUNAT informe en el período comprendido entre enero del 2011 a la fecha (…). REFORMÁNDOLA, Disponemos Declarar fundado el Requerimiento Fiscal de Levantamiento de la Reserva Tributaria de (…)José Alejandro Suárez Zanabria, identificado con DNI N° 29263741; a efecto de que la SUNAT informe en el período comprendido entre enero del 2014 a la fecha (…).3. CONFIRMAR: LA RESOLUCIÓN 03-2016, de fecha veintitrés de mayo del dos mil dieciséis, en el extremo que resuelve: “I. Declarar fundado el Requerimiento Fiscal de Levantamiento de la Reserva Tributaria de (…)José Alejandro Suárez Zanabria, identificado con DNI N° 29263741; a efecto de que la SUNAT informe (…) de: i) Las rentas declaradas por los contribuyentes sujetos a investigación y terceros debiendo de precisar la categoría de las mismas y sus montos; ii) Pago de tributos a SUNAT, clase y montos; iii) Si los investigados y terceros han sido objeto de procesos de fiscalización y/o sanción, ejecución, control, inspección u otros; iv) El impuesto a las transacciones financieras de éstos; v) Debiendo remitir la documentación sustentatoria de los ítem señalados. II) Se encomienda la ejecución de la presente medida a la Fiscal Provincial del Segundo despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Perdida de Dominio de Arequipa, la cual se encuentra ubicada en la Calle Manuel Belgrado Mz. F, Lote 19, Urb. Álvarez Thomas, Arequipa; donde se le remitirá la información requerida en el presente cuaderno”. A.V. 37-2017 AD 2995-2015-34: Por tales consideraciones: 1. DECLARAMOS FUNDADO en parte el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del investigado José Alejandro Suarez Zanabria. 2. CONFIRMAMOS la resolución N° 02-2016, emitida

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

por el señor Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, de fecha veintitrés de mayo de dos mil dieciséis (fojas 946), en el extremo que declaró fundado el requerimiento fiscal de levantamiento de secreto bancario de José Alejandro Suárez Zanabria, a efecto de que las entidades bancarias y/o financiarías como son: Banco de Comercio, Banco de la Microempresa, Banco de la Nación, Banco Internacional del Perú-Interbank. Banco Financiero del Perú, Deutsche Bank (Perú) S.A., Banco de Crédito del Perú, Banco Interamericano de Finanzas, Banco Continental, Banco Continental, Banco Santander Perú S.A., Banco Falabella Perú S.A., Banco Azteca del Perú S.A., Banco Ripley del Perú S.A., Banco Citibank, Banco Scotiabank, Cencosud, Caja Arequipa, Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A., Caja Municipal Ahorro y Crédito Piura S.A.C., Caja Municipal de Ahorro y Crédito Sullana S.A., Caja de Ahorro y Crédito Tacna S.A.; para que informen de todas las actividades que se señalan expresamente en la resolución impugnada. 3. REVOCAMOS la resolución N° 02-2016, emitida por el señor Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, de fecha veintitrés de mayo de dos mil dieciséis (fojas 946), en el extremo que dispone que las entidades bancarias y/o financiarías informen en el periodo comprendido de enero del 2011 a la fecha de todas las actividades del investigado José Alejandro Suárez Zanabria; en consecuencia, REFORMÁNDOLA disponemos que las entidades bancarias y/o financieras informen ÚNICAMENTE DEL PERIODO COMPRENDIDO DESDE ENERO DEL AÑO 2014 A LA FECHA, de todas las actividades del investigado José Alejandro Suárez Zanabria. ORDENAMOS la devolución del presente cuaderno al juzgado de origen. DECRETOS: Se expidieron un total de 3.

CARLOS MENDOZA BANDA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA DEL MODULO PENAL SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES

MB 1263-2016-2: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales, conforme al rol de audiencias a la fecha, a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTIUNO DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo resente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.

AUTOS DE VISTA A.V. 38-2017 AD 8412-2016-18: RESOLVEMOS, 1. DECLARAR INFUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la defensa técnica del investigado respecto a la pretensión de Nulidad y NULO el concesorio de apelación en cuanto a la pretensión de Revocatoria, y emitiendo pronunciamiento de instancia sobre este extremo, se declara IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto respecto a la pretensión de revocatoria. 2. CONFIRMAMOS la resolución número 03, de fecha treinta de enero de dos mil diecisiete, que declaró infundado el pedido de cese de prisión preventiva interpuesto por la defensa del imputado ROLANDO FILOMENO CABANA CCOA.

15 DE FEBRERO DE 2017 DECRETOS: Se expidieron un total de 5. DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, MENDOZA BANDA Y ABRIL PAREDES. AUTOS DE TRÁMITE MB 05172-2013-17: CONSENTIDA LA SENTENCIA DE VISTA número cuatro guion dos mil diecisiete, emitida con fecha veinticuatro de enero de dos mil diecisiete. Y teniendo la calidad de firme DISPONEMOS se remitan los actuados al juzgado de origen. AD 05314-2016-10: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales, conforme al rol de audiencias a la fecha, a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el CUATRO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.

CARLOS MENDOZA BANDA CRISLEY HERRERA CLAURE JUEZ SUPERIOR ESPECIALISTA DE CAUSAS DE SALA SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES

16 DE FEBRERO DE 2017

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, MENDOZA BANDA Y ABRIL PAREDES. AUTOS DE TRÁMITE LL 06978-2016-0: 1) CONCEDEMOS EL RECURSO DE AGRAVIO CONSTITUCIONAL interpuesto por Víctor Raúl Villafuerte Andía contra el Auto de Vista Nro 27-2017 de fecha veintiséis de enero del dos mil diecisiete (folio seiscientos setenta y cuatro y siguientes), que confirma la resolución apelada de fecha veintiocho de diciembre del dos mil dieciséis que declaró improcedente por litispendencia la demanda de Habeas Corpus interpuesta por Víctor Raúl Villafuerte Andía. 2) DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención. MB 03786-2015-28: 1. REPROGRAMAR LA PRESENTE SESIÓN PARA EL DIA MIÉRCOLES VEINTIDÓS DE FEBRERO DEL PRESENTE AÑO a horas catorce con treinta minutos. 2. IMPONER AL SEÑOR ABOGADO EDGAR CALLE AROHUANCA multa consistente

en una unidad de referencia procesal. 3. CURSAR OFICIO a la Dirección Distrital de Defensa Pública, a fin de que se designe defensor público para que esté presente en la audiencia señalada, debidamente preparado para sustentar la apelación, subsistiendo los mismos apercibimientos decretados en el auto de convocatoria a esta audiencia de apelación. AD 03372-2015-65: a) DECLARAMOS INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la defensa técnica de Celso Rodríguez Ampuero en contra de la Sentencia de Vista N° 05-2017 de fecha veintiséis de enero de dos mil diecisiete de folios 99 a 104. b) DISPONEMOS la devolución del presente proceso al Juzgado de origen. Tómese Razón y Hágase Saber

9

DECLARAMOS INFUNDADO el requerimiento de revocatoria de régimen de prueba, teniéndose por cumplido el pago de la reparación civil en la presente causa. DISPONEMOS la devolución del presente cuaderno al Juzgado de origen.DECRETOS: Se expidieron un total de 2. CARLOS MENDOZA BANDA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA DEL MODULO PENAL SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES

17 DE FEBRERO DE 2017 DESPACHO

AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, MENDOZA BANDA Y ABRIL PAREDES.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA

AUTOS DE VISTA

SENTENCIA DE VISTA

A.V. 41-2017

S.V. 07-2017

AD 1952-2014-99: Por tales consideraciones: 1. DECLARAMOS FUNDADO en parte el recurso de apelación formulado por el representante del Ministerio Público. 2. CONFIRMAMOS la resolución N° 07-2016, dictada en audiencia de fecha veintiocho de setiembre de dos mil dieciséis (fojas 63), por el señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria, quien resolvió: Amonestar a la sentenciada Judith Angélica del Carpio Vilca en atención al artículo 59° del Código Penal. 3. REVOCAMOS la resolución N° 07-2016, dictada en audiencia de fecha veintiocho de setiembre de dos mil dieciséis (fojas 63), en cuanto, consideró darle la oportunidad a la sentenciada para que cumpla con el pago de la reparación civil de manera fraccionada, en consecuencia, REFORMÁNDOLA disponemos el cumplimiento del pago del saldo de la reparación civil, en su INTEGRIDAD, es decir, el monto de $$ 2420.10 dólares americanos, HASTA EL ÚLTIMO DÍA HÁBIL DEL MES DE MARZO DEL AÑO 2017, bajo el APERCIBIMIENTO, que en caso de incumplimiento se le REVOCARÁ el régimen de suspensión de la ejecución de la pena, disponiéndose su internamiento en el establecimiento penitenciario que designe la autoridad administrativa correspondiente. ORDENAMOS la devolución del presente proceso al juzgado de origen.

MB 305-2015-06.- PARTE RESOLUTIVA. 1. DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto, a fojas ochenta y ocho y siguientes, por la defensa técnica de la procesada Mariluz Nelly Choque Paricahua. 2. CONFIRMAMOS LA SENTENCIA N° 179-2016, de fecha treinta de mayo del año dos mil dieciséis, en el extremo que resolvió declarar a Mariluz Nelly Choque Paricahua autora del delito de Lesiones dolosas leves, previsto y penado en el artículo 441, primer párrafo, concordante con el artículo 122, primer párrafo, del Código Penal, en agravio de Albino Torres Aquima, Janeth Torres Saravia y Margot Torres Saravia, imponiéndole un año de pena privativa de la libertad, suspendida en su ejecución por un año, así como sesenta días multa que equivale a trescientos sesenta soles, a favor del Estado, a condición del cumplimiento de reglas de conducta, fijando como concepto de reparación civil la suma de cuatrocientos cincuenta soles a favor de Janeth Torres Saravia, cuatrocientos cincuenta soles a favor de Margot Torres Saravia y cuatrocientos soles a favor de Albino Torres Aquino. 3. ORDENAMOS: Que consentida sea la presente se devuelvan los autos al Juzgado de procedencia, para los fines pertinentes. Sin costas de la instancia.AUTOS DE VISTA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

A.V. 39-2017

A.V. 42-2017

MB 2661-2014-03: DECLARAMOS: FUNDADA LA APELACIÓN interpuesta por la defensa del sentenciado Mariano Aurelio Mamani Vargas; en consecuencia. REVOCAMOS LA RESOLUCIÓN número catorce-dos mil dieciséis, de fecha treinta de septiembre del año dos mil dieciséis que resuelve declarar fundado el pedido de revocación de pena suspendida y revocó la pena suspendida a don Mariano Aurelio Mamani Vargas, REFORMANDOLA DECLARAMOS INFUNDADO el pedido de revocatoria de pena suspendida formulada por el Ministerio Público; finalmente, PRECISAMOS que el periodo de pena ha sido prorrogado por el señor juez de primera instancia –resolución que no fue impugnada- hasta el diecinueve de julio de dos mil diecisiete, con lo cual sentenciado deberá seguir cumpliendo con las demás reglas de conducta impuestas en la sentencia, dejando a salvo el derecho de la fiscalía para solicitar lo que corresponda en caso del incumplimiento de las mismas. DISPONEMOS la devolución del presente cuaderno al Juzgado de origen.-

AD 6958-2016-0: Por tales consideraciones, 1. DECLARAMOS IMPROCEDENTE la demanda de hábeas corpus por haberse producido la sustracción de la materia. 2. DISPONEMOS la remisión de copias certificadas del presente proceso, al órgano de control- ODECMA de esta Corte Superior de Justicia para los fines correspondientes precisados en el punto séptimo de la parte considerativa de la presente. 3. DISPONEMOS la devolución del presente cuaderno al Juzgado de origen. DECRETOS: Se expidieron un total de 4. CARLOS MENDOZA BANDA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA DEL MODULO PENAL SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES

20 DE FEBRERO DE 2017

A.V. 40-2017 DESPACHO AD 5131-2013-56: DECLARAMOS: FUNDADA LA APELACIÓN interpuesta por la defensa del sentenciado José Manuel Prado; en consecuencia. REVOCAMOS LA RESOLUCIÓN número dos-dos mil dieciséis, de fecha veinte de julio del año dos mil dieciséis que resuelve declarar fundado el requerimiento de revocatoria de régimen de prueba y, en consecuencia, impuso pena privativa de la libertad e inhabilitación. REFORMÁNDOLA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, MENDOZA BANDA Y ABRIL PAREDES. AUTOS DE TRÁMITE AD 205-2013-65: 1. DECLARAMOS INADMISIBLES los medios probatorios presentados por el imputado Jonny Enrique Espinoza Valverde, conforme a lo expuesto en el tercer considerando de la presen-

10

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Jueves, 20 de abril del 2017

Jueves, 20 de abril del 2017

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

La República

11

12

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Jueves, 20 de abril del 2017

Jueves, 20 de abril del 2017

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

La República

13

14

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Jueves, 20 de abril del 2017

Jueves, 20 de abril del 2017

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

La República

15

16

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Jueves, 20 de abril del 2017