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4 sept. 2018 - Visto, el Informe W 1289-2015-ERP-OARH/MINSA de fecha 02 de ... Civil ente rector del Sistema Administrat
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MIN ISTERIO DE SA LUD

Visto, el Informe W 1289-2015-ERP-OARH/MINSA de fecha 02 de setiembre del 2015, contenido en el Expediente W 15-052221-001, elaborado por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud ; CONSIDERANDO: Que, con escrito de fech a 28 de mayo del 2015, doña María Irene GAMARRA LAVA DE VALVERDE identificada con D.N.!. W 08209364, solicita el otorgamiento del articulo 1 del Decreto de Urgencia W 037-94 , más los devengados e intereses lega les ; 0

Que, la so licitante pretende que se nivele su ingreso total permanente en base al monto de los Trescientos y 00/100 Nuevos Soles (SI. 300.00) haciendo re ferencia al co ncepto de remuneración total permanente señalado en el artículo 8 del Decreto Supremo W 051-91-PCM; 0

Que , de acuerdo al Informe Situacional Actual W 1791-2015-SERL-EIE-OARH-OGGR'H, doña María Irene GAMARRA LAVA DE VALVERDE es pensionista de la Administración Ce ntral del Ministerio de Salud , con cargo de Asistente Administrativo 11 , nivel SPD; Que, de conformidad, con lo dispuesto en el articulo 1 0 del Decreto de Urgencia W 037-94, a partir del 1 de julio de 1994, el Ingreso Total Permanente percibido por los servidores activos y cesa ntes de la Administració n Pública no será menor a Trescientos y 00/100 Nuevos Soles (SI. 300.00) ; Que, la definición de remuneración total perma nente, se encuentra esta blecida por el artículo 8 0 del Decreto Supremo W 051 -91-PCM , que señala en su literal a) Remuneración Tota l Permanente: Aq uella cuya percepción es regular en su monto , permanente en el tiempo y se otorga con carácter general para todos los funcionarios, directivos y se rvidores de la Administración Publica; y está constituida por la Remuneración Principal, Bonificación Personal, Bonificación Familiar, Remuneración Transitoria para Homologación y la Bonificación por Refrigerio y Movilidad. ( ... )"; Que, en lo que concierne a la definición de Ingreso Total Permanente, seg ún el artículo 2 0 del Decreto Ley W 25697 se entiende como tal a "la suma de todas las remuneraciones, bonificaciones y demás beneficios especiales que se perciban bajo cualquier co ncepto o denominación y fuente o form a de finan ciamiento" . Según esta disposición, por lo tanto, el ingreso total permanente co ntiene a la remuneración total permanente, toda vez que aq uel incluye a "todas la s rem un eraciones" que percibe un servidor;

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