DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA

15 jul. 2016 - de 10 de marzo), la Ley 7/85, de 2 de abril, el Texto Refundido aprobado por R.D. 781/86, de 18 de abril
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d i P u ta C i ó n P r O v i n C i a l d e C u e n C a NúM. 2200

OrganismO autónOmO de gestión triButaria y reCaudaCión ANUNCIO

El Consejo Rector del Organismo Autónomo de Gestión Tributaria y Recaudación de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca, en sesión extraordinaria celebrada el día 12 de julio de 2.016, adoptó acuerdo, por unanimidad, de aprobación de las Bases para la provisión de varios puestos de trabajo en dicho Organismo, por el sistema de Concurso General de Méritos. De conformidad con el citado acuerdo, a continuación se publica el texto íntegro de las Bases que han de regir dicha convocatoria. BASES PARA LA PROVISIÓN DE VARIOS PUESTOS DE TRABAJO EN EL ORGANISMO AUTÓNOMO DE GESTIÓN TRIBUTARIA Y RECAUDACIÓN DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA, POR EL SISTEMA DE CONCURSO GENERAL DE MÉRITOS PRIMERA.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante Concurso de Méritos, de los puestos de trabajo que se indican en el Anexo I, cuyas retribuciones básicas y complementarias figuran en la correspondiente RPT. SEGUNDA.- 1.- Para tomar parte en el Concurso se requiere: a) Ser funcionario de carrera de la propia Corporación o de su Organismo Autónomo de Gestión Tributaria y Recaudación y no hallarse suspenso en firme, como consecuencia de expediente instruido al efecto, mientras dure la suspensión. b) Pertenecer a la Escala, Subescala (en su caso rama o especialidad), Clase, Oficio y Grupo de titulación requerido para el desempeño del puesto al que se opta, de acuerdo con lo que se especifica en el Anexo, para cada puesto. c) Haber permanecido en el puesto de trabajo con nombramiento definitivo un mínimo de dos años. d) Los aspirantes deberán acreditar ante la Comisión de Valoración, el conocimiento y capacidad de desempeño de las tareas o funciones del puesto, según la definición del mismo en la RPT. 2.- Tendrán obligación de concursar aquellos funcionarios que desempeñen el puesto con nombramiento provisional. 3.- Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular, sólo podrán participar si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido dos años desde que fueron declarados en dicha situación. TERCERA.- Los interesados en tomar parte en el concurso, podrán hacerlo mediante instancia oficial, según modelo Anexo II de esta convocatoria, dirigida al Sr. Presidente del Organismo Autónomo de Gestión Tributaria y Recaudación de la Diputación Provincial de Cuenca. A la instancia reseñada se acompañará justificante de los méritos alegados para su valoración, debidamente acreditados, salvo los que obren en su expediente personal, que bastará con invocarlos. La presentación de instancias se hará en el Registro General de Entrada del Organismo Autónomo o en la forma establecida en el Art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOP. El horario de presentación en el citado Registro será de nueve a catorce horas, de lunes a viernes. En el caso de que el último día de presentación de solicitudes fuera sábado o festivo, el plazo finalizará el siguiente día hábil. CUARTA.- Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente, en el plazo de un mes, dictará resolución (que se hará pública en el B.O.P. y en el Tablón de Anuncios) aprobando las listas provisionales de admitidos y excluidos, indicándose en las de excluidos la causa de exclusión y confiriéndoles un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación en el B.O.P., para subsanar los defectos que motivaron la exclusión. Finalizado el plazo y subsanados los defectos, si los hubiere, se procederá a la publicación, previa resolución de la Presidencia, de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, en el B.O.P y en el Tablón de Anuncios. QUINTA. COMISIÓN DE VALORACIÓN.- La Comisión, será designada por Resolución de la Presidencia, que será publicada en el B.O.P. Estará integrada por los siguientes miembros: PRESIDENTE: El funcionario designado por el Sr. Presidente.

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VOCALES: Tres funcionarios de carrera de esta Administración Pública, designados cada uno a propuesta de cada uno de los Grupos de la Corporación Provincial; otro designado a propuesta de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; dos más designados a propuesta de cada una de las Centrales Sindicales con representación en la Junta de Personal de la Excma. Diputación. SECRETARIO: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, que actuará con voz, pero sin voto. La Comisión quedará integrada, además, por los suplentes respectivos, que simultáneamente a los titulares habrán de designarse para la Secretaría del Tribunal y vocalías del mismo. La Comisión de Valoración podrá, contar con expertos designados por la autoridad que convoca, previa solicitud de la Comisión, los cuales actuarán con voz pero sin voto en calidad de asesores. Los miembros de la Comisión de Valoración deberán pertenecer al Grupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados y poseer grado personal o desempeñar puesto de nivel igual o superior a aquellos. Se procurará además la paridad entre hombres y mujeres. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes, previa convocatoria de su Presidente y con asistencia del Secretario del mismo. En la sesión constitutiva se acordarán las decisiones que corresponda, en orden al correcto desarrollo del proceso, y eliminar circunstancias que generen desiguales oportunidades. La Comisión podrá, en cualquier momento, recabar de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados. Podrá, así mismo, solicitar los informes que juzgue necesarios. La Comisión propondrá al aspirante que haya obtenido mayor puntuación en cada puesto. La Comisión tendrá la Categoría que se determine en la legislación en vigor. La abstención y recusación de sus miembros se regirá por lo establecido en los Arts. 28 y 29, respectivamente, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. SEXTA.- MÉRITOS. Los Méritos a valorar serán los siguientes: A) Antigüedad 0.2 por año trabajado, o fracción superior a 6 meses, hasta un máximo de 4 puntos. B) Grado Personal consolidado: superior en dos niveles al del puesto al que se concursa 2 puntos; superior en un nivel al del puesto al que se concursa 1,5 puntos y del mismo nivel que el puesto al que se concursa 1 punto. C) Trabajo desarrollado: 0,1 puntos por año de trabajo en el Área correspondiente, hasta un máximo de 1 punto. D) Cursos de formación y perfeccionamiento organizados por las Administraciones Públicas o por promotores incluidos en los acuerdos nacionales de formación continua: 0,01 puntos por cada hora de duración de los mismos con un máximo de 2 puntos. Los cursos deben estar relacionados con la plaza a la que se concursa. Aquellos en los que no consta horas de duración serán valorados con 0,05 puntos. Cuando el aspirante haya sido ponente en alguno de estos cursos, cada hora impartida, se valorará 0,02 puntos, con la limitación establecida de 2 puntos, en este apartado de formación. E) Otros méritos: Por titulación académica distinta a la requerida para el desempeño del puesto al que se concursa: 0,2 puntos por título de Bachiller Superior; 0,5 por cada titulación de Diplomado o equivalente y 1 punto por cada titulación de licenciado o equivalente hasta un máximo de 1 punto. SÉPTIMA.- Los méritos se valorarán con referencia al momento de cierre del plazo de presentación de solicitudes. La puntuación máxima que podrá alcanzarse será de 10 puntos. Así mismo, para la obtención de un puesto de trabajo, será necesario alcanzar una puntuación mínima de 2 puntos. OCTAVA.- La Comisión de Valoración procederá al estudio y valoración de los méritos alegados por los concursantes; debiendo elevar la correspondiente propuesta, como máximo, en el término de un mes. La propuesta, que será elevada a la Presidencia del Organismo Autónomo para que efectúe el nombramiento, contendrá la relación de admitidos con las puntuaciones obtenidas, así como la asignación de los puestos de trabajo según el orden de puntuación y la preferencia expresada por los concursantes. En caso de empate en la puntuación, se acudirá a la mayor puntuación otorgada, y por este orden, el grado personal, la valoración del trabajo desarrollado, los cursos de formación y la antigüedad, en aplicación del artículo 44.4 del Reglamento

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General de Ingreso y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. De persistir el empate, se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto, al número obtenido en el proceso selectivo. Dicha propuesta deberá hacerse pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos de la Corporación. Contra la misma se podrán formular reclamaciones por los interesados, en el plazo de 10 días naturales. El Presidente efectuará los nombramientos a favor de los concursantes que hayan obtenido la mayor puntuación para cada puesto, de acuerdo con la propuesta definitiva que eleve la Comisión de Valoración. NOVENA.- Los concursantes, una vez nombrados deberán tomar posesión en el plazo de 3 días hábiles desde la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia. DÉCIMA.- Los/as funcionarios/as participantes con discapacidad podrán pedir la adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes (artículo 10 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre). A la solicitud se deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. En cualquier caso, la compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él. UNDÉCIMA.- En todo lo no previsto en estas bases, se estará a lo establecido en el EBEP (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre), la Ley de Empleo de Castilla la Mancha (L 4/2011 de 10 de marzo), el vigente Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado (R.D. 364/95 de 10 de marzo), la Ley 7/85, de 2 de abril, el Texto Refundido aprobado por R.D. 781/86, de 18 de abril y la Ley 30/92, de 28 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Lo que, en cumplimiento de lo acordado, se hace público para general conocimiento. Cuenca, a 12 de Julio de 2016 EL PRESIDENTE Fdo.: Benjamín Prieto Valencia.

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ANEXO I

PUESTOS Y PLAZAS DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DE GESTIÓN TRIBUTARIA Y REACUDACIÓN OBJETO DE CONVOCATORIA DE TRASLADOS, MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS.

- UN/A JEFE/A DE ÁREA DE GESTIÓN TRIBUTARIA, INSPECCIÓN, ADMINISTRACIÓN Y REVISIÓN.- Dotación: 1. A desempeñar por funcionario/a de Administración General, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1; Nivel CD 27. Titulación: Licenciado en Derecho, Ciencias Políticas o Empresariales. Forma de provisión: Concurso. Complemento Específico, referido a doce mensualidades: 16.700 € - UN/A JEFE/A DE ÁREA DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA.- Dotación: 1. A desempeñar por funcionario/a de Administración General, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1; Nivel CD 27. Titulación: Licenciado en Derecho. Forma de provisión: Concurso. Complemento Específico, referido a doce mensualidades: 16.700 € - UN/A JEFE/A DE ÁREA DE INFORMÁTICA.- Dotación: 1. A desempeñar por funcionario/a de Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1; Nivel CD27. Titulación: Ingeniería Superior en Informática. Forma de provisión: Concurso. Complemento Específico, referido a doce mensualidades: 16.700 € - DOS ADMINISTRATIVOS/AS.- Dotación: 2. A desempeñar por funcionario/a de Administración General, Subescala Administrativa, Grupo C, Subgrupo C1; Nivel CD 22. Titulación: Bachiller superior/F.P.2. Forma de provisión: Concurso. Complemento Específico, referido a doce mensualidades: 9.968,58 € - UN/A AUXILIAR ADMINISTRATIVO OPERADOR DE CONSOLA.- Dotación: 1. A desempeñar por funcionario/a de Administración General, Subescala Auxiliar, Grupo C, Subgrupo C2. Nivel CD 18. Titulación: Bachiller Elemental/G.E./F.P.1. Forma de Provisión: Concurso. Complemento Específico, referido a doce mensualidades: 6.601,76 € - DOS ORDENANZAS.- Dotación: 2. A desempeñar por funcionario/a de Administración General, Subescala Subalterna, Grupo OAP. Nivel CD 14. Titulación: Certificado de Escolaridad. Forma de Provisión: Concurso. Complemento Específico, referido a doce mensualidades: 6.021,96 €

(ADVERTENCIA: Las cantidades del CE de todos los puestos del OAR, están todas ajustadas ya a la reducción acordada por el RDL 8/2010 de 20 de mayo).

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ANEXO II

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO DE MÉRITOS, PARA LA PROVISION DE DISTINTOS PUESTOS Y PLAZAS DEL ORGANISMO AUTONOMO DE GESTION TRIBUTARIA Y RECAUDACION, POR EL SISTEMA DE CONCURSO GENERAL DE MÉRITOS (B.O.P. de fecha ...................)

1.- DATOS PERSONALES Y PROFESIONALES: Nombre y apellidos: D.N.I.: Discapacidad: Teléfono: Domicilio, Localidad y Código Postal: Provincia: Grupo, Escala y Subescala: Grado Consolidado:

2.- SITUACIÓN ADMINISTRATIVA:

3.- DESTINO: El solicitante ocupa con carácter ........................................... el puesto que consigna: - Denominación del puesto que ocupa:

4.- DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA: - Acreditación de méritos generales: - Otra documentación:

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5.- PUESTOS O PLAZAS SOLICITADOS SEGÚN ORDEN DE PREFERENCIA:

1.-

2.-

3.-

4.-

5.-

6.-

7.-

8.-

Declaro bajo mi responsabilidad que los datos y circunstancias que hago constar en la presente solicitud son ciertos.

Cuenca, ............ de ................................... de 2016

SR. PRESIDENTE DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DE GESTIÓN TRIBUTARIA Y RECAUDACIÓN DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA