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4 sept. 2018 - 134-2015/MI NSA. Artículo 3.-. Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la prese
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No 118-

MINISTERIO DE SALUD

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Visto, el Expediente N° 14-130971-007, que contiene la Nota Informativa N° 226-2015DGSP/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 134-2015/MINSA, de fecha 3 de marzo de 2015, se constituyó el Grupo de Trabajo con el objeto de seleccionar a• los Iniciadores en la coordinación e integración de la atención de salud de las Redes Integradas de Atención Primaria de Salud - RIAPS; Que, mediante el documento del visto, la Dirección General de Salud de las Personas solicita la rectificación del artículo 2 de la referida Resolución Ministerial, disponiendo que el Grupo de Trabajo antes mencionado se encuentre integrado por un (1) representante de la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza, en reemplazo de un (1) representante de la Mesa de Lucha contra la Pobreza; Estando a lo informado por la Dirección General de Salud de las Personas; Con las visaciones de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y,

A. Velásquez

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Rectificar el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 134-2015/MINSA, de fecha 3 de marzo de 2015, conforme al siguiente detalle: Dice: "Artículo 2.- El Grupo de Trabajo, estará integrado por: (- • • ) • Un (1) representante de la Mesa de Lucha contra la Pobreza".

Debe decir: "Artículo 2.- El Grupo de Trabajo, estará integrado por: (..-) Un (1) representante de la Mesa de Concertación para la Lucha contra la • Pobreza". Artículo 2.- Dejar subsistentes los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 134-2015/MI NSA. Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.ce/transparencia/dge normas.asp.

Regístrese y comuníquese.

ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud