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6 feb. 2012 - 30% de la remuneración total, en base a la remuneración total permanente; ... ó>/r. Que, en tal sentido
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Wl*fu8fu*,'*/a,/6 L i m a0, 3 F E B 2 0 i 2 Vistos;el Expediente y; y demásrecaudos quese acompañan, N' 0000987-2012, CONSIDERANDO: ñrro mar{ia"te el expediente de vistos,el Director Reqional de Educación de Lima Metropolitana elevael recursode revisióninterpuestopor doña Enid EsmeraldaGarcía Baldoceda, en su calidadde docentepensionista, contrala Resolución Regional Directoral N" 06033-2011-DRELM, porno encontrarse conforme conla citadaResolución; Que,la recurrente manifiesta en su recursoque la resolución impugnadadebeser declaradanula,por cuantoconsideraque en formacontrariaa lo dispuestopor el artículo 48 de la Ley No 24029,Ley del Profesorado, modificadopor la Ley No 25212,se le ha otorgadoIa bonificación especialpor preparación al de clasesy evaluaciónequivalente 30% de la remuneración total,en basea la remuneración totalpermanente; Que,al respecto, el primerpárrafodel artículo48 de la Ley No24029,modificado por la Ley No25212,estableceque el profesortiene derechoa percibiruna bonificación especialmensualpor preparación de clasesy evaluación equivalente al 30% de su remuneración total;en concordancia con lo dispuesto en los artículos 208 y 210 de su porDecreto Reglamento, aprobado SupremoNo019-90-ED; lo expuesto, Que,no obstante el artículo10 del DecretoSupremoNo051-91-PCM, de maneraexpresaprecisaque lo dispuestoen el artículo48 de la Ley No24029,se aplica 91:enhrora üLdUlEUltlcl r q rs¡¡s¡s¡¿ción rvrrru¡lslqvlvll permanente total tvtal ltE g establecida U ll U en - , / g U I E t U \Supremo; dicho l L , l l U tDecreto )UPIgll¡Ur P(;¡llldllUl

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Que,en tal sentido, al amparodel precitado marcojurídico, la Resolución Directoral ó>/r habríasido emitidaen observancia del principiode 9?y' RegionalN" 06033-20'11-DRELM, previsto legalidad, en el numeral1 del artículolV del TítuloPreliminar de la Ley No27444, LeydelProcedimiento Administrativo General; Que,cabeseñalarque la Resolución de Sala PlenaNo 001-2011-SERVIRffSC, emitidapor el Tribunaldel ServicioCivil,que estableceprecedentes de administrativos observancia obligatoria relativos a la aplicación de la remuneración totalparael cálculode subsidios, y asignaciones bonificaciones especiales del personalque se encuentraen precisado actividadal servicioal Estado,no ha que el conceptode remuneración total permanente no sea aplicablepara el cálculode las bonificaciones por preparación de clasesy evaluación, regulados en el artículo 48 de la LeyNo24029; no resultaposiblealegarque pararesolverel presenterecursose Que,asimismo, debeteneren cuentala Resolución No3077-2011-SERVIRffSO-Primera Salaemitidapor el Tribunal del Servicio Civil,ya que la mismaresuelve entreun unacontroversia individual y la entidaddondeprestasus servicios; docenteen actividad no siendodichoTribunal competentepara pronunc!arse sobre la materiaen impugnación, debido a que Ios pensionarios regímenes no estáncontemplados en el artículo17 del DecretoLegislativo No 1023ni en el artículo 3 de su Reglamento, aprobadopor DecretoSupremoNo 008-2010PCM:

Que, resultanecesarioprecisarque las Sentencias del TribunalConstitucional recaídasen los expedientes y 1847-2005-PC|TC, No 1367-2004-AA/TC, 3534-2004-AAITC no resultanaplicables al presentecaso,todavez que las mismassólotienenefectosinter partes. De conformidad porla Ley con lo dispuesto en el DecretoLey No25762modificado N" 26510,el DecretoSupremoNo 006-2006-ED y las y sus normasmodificatorias, facultades delegadas en la Resolución Ministerial No0009-2012-ED, SE RESUELVE:

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Artículo Único.-DECLARARINFUNDADO por el recursode revisióninterpuesto doña Enid Esmeralda GarcíaBaldoceda, contrala Resolución Directoral RegionalNo 06033-2011-DRELM, emitida por la DirecciónRegional de Educaciónde Lima por los fundamentos Metropolitana, expuestosen la parte considerativa de la presente poragotada Resolución, dándose la víaadministrativa. y comuníquese. Regístrese