W so fución fl|.inisterio t - Ministerio del Ambiente

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VISTOS: el lnforme N' 0518-2018-MINAM^/MGAJDGRS, de la D¡recc¡ón General de Gestión de Residuos Sólidos; el Memorando N' 330-2018-MINAM¡/MGA, del V¡cem¡nister¡o de Gestión Ambiental; el lnforme No 339-2018-|\,|NAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesorla Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Leg¡slativo N' 1013 se crea el l\,linisterio del Ambiente como organ¡smo del Poder Ejecutivo, con personerfa juríd¡ca de derecho públ¡co, cuya func¡ón general es d¡señar, establecer, ejecutar y supervisar la polltica nacional y sector¡al ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, med¡ante Decreto Legislativo N" 1278, se aprueba ¡a Ley de Gest¡ón lntegral de Res¡duos Sólidos, la cual t¡ene por objeto establecer derechos, obligaciones, atribuc¡ones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, con la f¡nal¡dad de propender la maxim¡zac¡ón constante de la efrciencia en el uso de los mater¡ales y asegurar una gest¡ón y manejo de los residuos sólidos económica, san¡tar¡a y ambientalmente adecuada, con sujeción a las obligaciones, principios y lineam¡entos señalados en esta Ley; Que, el literal a) del numeral 24.1 del artfculo 24 del Decreto Legislativo N' 1278 establece que las Municipalidades Distritales, en materia de manejo de res¡duos sól¡dos, son competentes para asegurar una adecuada prestación del servicio de limp¡eza, recolección y transporte de res¡duos en su jur¡sd¡cción, deb¡endo garant¡zar la adecuada d¡spos¡ción f¡nal de los mismos: Oue, de acuerdo a lo establec¡do en el articulo 3 de la Ley No 27972, Ley Orgánica de N4unic¡pal¡dades, la jur¡sdicción de las munic¡palidades provinciales comprende el terr¡torio de la respectiva provincia y el distr¡to del ce.cado;

Oue, de conformidad con lo establec¡do en el literal p) del artículo 15 del Decrelo Legislat¡vo N" 1278, el Min¡sterio del Amb¡ente, en su cal¡dad de ente rector a n¡vel nac¡ona!

para la gestión y manejo de los residuos, es competente para declarar en emergenc¡a la gestión y manejo de los residuos sólidos, cuyo alcance, criter¡os y procedimientos son defiñidos en su Reglamento; y, coordinar con las autoridades sectoriales nacioñales, entidades de flscalización amb¡ental y/o los gobiernos regionales, según sea el casoi

Que, el literal b) del a(ículo 125 del Reglamento del Decreto Legislativo N" 1278' aprobado por Decreto Supremo N'014-2017-MlNAl\¡, señala como una causal para la declaratoria de emergencia en la gestión y manejo de los res¡duos sólidos, la afectación directa de cuerpos naturales de agua y sus bienes asociados, que pone en riesgo la calidad de los m¡smos; Que, de acuerdo al artlculo '126 del citado Reglamento, en caso resulte procedente la

declaratoria de emergonc¡a, el l\¡inisterio del Ambiente emite la .esolución respectiva, en la cual se establece el ámb¡to territorial, el tiempo de durac¡ón, el cual no deberá exceder de sesenta (60) días, prorrogables por cuarenta y cinco (45) díasi y las medidas inmed¡atas a ser ¡mplementadas por las entidades correspondientes, dentro de las cuales dispondrá la elaborac¡ón de un P¡an de Acción para la atención de la emergenc¡a; Que, elartículo 124 del Reglamento en referencia, establece que en caso de que sea declarado en emergencia el manejo de los residuos sólidos en la etapa de disposición final, la l\¡un¡cipatidad Provincial, en coordinac¡ón con la N4un¡cipalidad Distrital, según corresponda, autoriza la implementación de celdas transitoriasi y precisa que, para la implementación de la celda transitoria será aplicable todo ¡o relacionado con la materia;

Oue, el literal d) del artículo 74 del Reglamento de Organ¡zación y Func¡ones del M¡nisterio delAmb¡ente, aprobado po. Decrelo Supremo N" 002-2017-M|NAM, establece que la Di.ección General de Gestión de Residuos Sólidos t¡ene la función de evaluar la declaratoria de emergencia de la gestión y manejo de residuos sólidos y coordinar con las entidades competentes, según sea el casoi

Oue, con Oficio N" 423-2018-MPLP/A, el Alcalde de la Mun¡cipal¡dad Provincial de Leonc¡o Prado sol¡c¡ta al Ministerio de¡ Amb¡ente declarar en emergencia la gestión y manejo de residuos sól¡dos munic¡pales po. el ¡nadecuado manejo y vert¡miento de res¡duos sól¡dos en el botadero municipal "La l\4uyuna", ub¡cado en el diskito de Rupa Rupa, prov¡ncia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco; Que, mediante lvlemorando N" 466-2018-MlNAI\¡MMGAJDGRS, la Dirección General de Gest¡ón de Residuos Sólidos remite el lnforme N' 05'l8-2018-[¡INAM^/MGA/DGRS, en el cual señala que, de la revis¡ón de la documentación reoib¡da, se advierte que se v¡ene realizando una inadecuada d¡sposic¡ón de los res¡duos sólidos en el botadero municipal "La Muyuna", ocasionando impactos n€ativos en el río Huallaga y alrededores, por ub¡carse en la r¡bera de este; asimismo, precisa que esta situación configura la causal prevista en el literal DE¡ b) del articulo 125 del Reglamento del Decreto Legislativo N' 1278, debido a la afectación recta de cuerpos naturales de agua y sus bienes asociados que ponen en riesgo la calidad §..j ¡¡\ll.B. rtcRg 5r los mismos:

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Que. además, el c¡tado ¡nforme señala que, considerando que la l\¡unicipalidad Prov¡ncial de Leoncio Prado t¡ene ¡deñtmcado el ter.eno para la implementación de ia celda transitoria, esta deberá se. incluida en el Plan de Acción a elaborarse conforme a lo dispuesto en el articulo 126 del Reglamento del Decreto Legislativo N' '1278; teniendo en cuenta, para efecto, Io señalado en el artlculo 123 del Reglamento en referencia, el cual establece que s celdas transitorias a ser implementadas como parte de una declarator¡a de emergencia ben contar con la opinión favo¡able del l\4lNAM, para lo cual las municipal¡dades provinc¡ales o d¡str¡tales presentará ante la Dirección General de Gestión de Res¡duos Sólidos la información con las características para la habilitac¡ón de la celda trans¡tor¡ai

Que, de lo antes señalado se adv¡erle que se conligura la ex¡genc¡a necesaria para declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distr¡to de Rupa Rupa, de conlormidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N' '1278 y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N' 014-2017-MINAI¡;

Coñ el visado del V¡ceministerio de Gestión Amb¡ental; de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; y, de la Ofc¡na General de Asesorfa Juríd¡ca; De conformidad con el Decreto Leg¡slat¡vo No 1013, Ley de Creación, Organ¡zación y Func¡ones del M¡n¡sterio del Amb¡ente; el Decreto Legislat¡vo N" 1278, Decreto Leg¡slat¡vo que aprueba la Ley de Gestión lntegral de Residuos Sólidos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N" 014-2017-IúINAM; y, el Reglamento de Organización y Func¡ones del Ministerio delAmb¡ente, aprobado por Decreto Supremo N' 002-2017-[¡ INAM; SE RESUELVE:

Articulo

'1.. Declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el

distr¡to de Rupa Rupa, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco, por un plazo

de sesenta (60) días calendario, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución l\¡inisterial.

Artículo 2.. Disponer que la Municipalidad Prov¡ncial de Leonc¡o Prado elabore, junto con las entidades involucradas, un Plan de Acc¡ón que contemple, entre otros aspectos, el cronograma preliminar de las acc¡ones para la construcción y puesta en funcionamiento de una celda transitoria, considerando las activ¡dades a desarrollar para la identificación del terreno donde se ubicará la celda, el saneamiento físico y legal del terreno, y la presentación del expediente técnico que contenga la ¡nformación con las caracterfsticas de esta, entre otras activ¡dades que se d¡spongan para atender la problemát¡ca identificada; señalando a los responsables de su ejecuc¡ón. El c¡tado Plan deberá ser rem¡tido a la Direcc¡ón General de Gestión de Residuos Sólidos del Min¡sterio delAmbiente en un plazo máx¡mo de s¡ete (7) días háb¡les, contado desde la vigencia de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Disponer que el Gob¡erno Reg¡onal de Huánuco y las entidades públ¡cas del Gobierno Central correspond¡entes adopten las acciones complemeniar¡as para garant¡zar la continuidad en el mane.io de los res¡duos sól¡dos en el distrito de Rupa Rupa, de conformidad con lo d¡spuesto en los artlculos 127 y 128 del Reglamento del Decreto Legislativo N" '1278. Artículo 4.. El Minister¡o del Amb¡ente br¡ndará asistencja técnica a la ¡lunicipalidad ncial de Leoncio Prado durante el desarrollo de las actividades para la implementación la celda transitor¡a, en el marco de sus competencias.

Artículo 5.- La declaratoria de emergenc¡a dispuesta en el articulo 1 de la presente solución l\¡inisterial, no ex¡me de las responsabilidades a que hubiere lugar por la inobservancia de funciones por parte de los servidores c¡v¡les de la Municipalidad Prov¡nc¡al

Regíst¡eae, comuniquese y publíquese.

M¡nistra delAmb¡ente